Agradecer, primero que nada, el apoyo que nos brindan simplemente con leernos. Para nosotros es un gran honor contar con su atención, la cual, tengan por seguro, nos guardaremos de entretener en contenidos vanos; antes bien, sepan que siempre procuraremos la relevancia y pertinencia de los temas en los que nos extendemos.
Queremos invitarlos a leer la presente edición de LEX, en donde abordamos temas como la mediación, las pruebas de refutación, qué hacer en caso de falta de atención médica, entre otros que, seguramente, resultarán de interés para muchos.
Esperamos que estos contenidos sean motivo que incentive la reflexión y el pensamiento crítico entre nuestros lectores. LEX se ha mantenido siempre en un espíritu dialéctico, mostrando con frecuencia las dos caras de la moneda para diferentes tópicos. Además de esto, sobra decir que aceptamos toda crítica constructiva que gusten hacernos.
Por otro lado, nos sentimos dichosos de poder contar, nuevamente, con la participación de tan distinguidos especialistas en su área. Creemos que, más allá de que esto nos envista con la autoridad de las buenas fuentes, igualmente nos es dado ampliar así una comunidad de personas interesadas en transformar para bien su entorno social.
En el fondo, esa es precisamente la razón por la que sigue en pie este nuestro proyecto: por la esperanza de que, a través de este medio, podamos contribuir a la solución de algunos conflictos de nuestra época. En esta
guisa, y porque sabemos lo complicado que es encontrar medios confiables actualmente, nos hemos propuesto ofrecer perspectivas informadas sobre el acaecer social y sus implicaciones para el mundo del Derecho.
Sin más por el momento, reiteramos nuestras gracias y los invitamos a leer la presente edición, que con tanto esmero preparamos.
Lic. René Castelán Olguín, Director y Fundador de Revista LEX INFORMA
Control de Detención en Sede Ministerial
La Mtra. Pamela Labastida Cuevas, fiscal federal en la unidad de secuestros de la Fiscalía Especializada en Delincuencia Organizada de la FGR, comparte con nosotros un tema bastante importante que, especialmente para los abogados, debería volverse necesario comprender. El tema atañe a las primeras instancias de impartición de justicia, toda vez que queda estrechamente ligado con el quehacer policial, el cual no puede proceder sin un buen informe.
La maestra Pamela señala que no estamos acostumbrados a manejar el control de la detención apegados al Derecho, y esto porque “estamos en uno de los países más corruptos del mundo”.
Por lo tanto, es importante que, como abogados, sepamos manejar ese control apegados a nuestra materia, puesto que no hay una mejor manera de avanzar, según opina nuestra invitada.
En cuanto a seguridad pública, recordemos que la policía tiene un papel muy importante.
Manejar un correcto informe policial homologado es clave para manejar un buen control de detención en general. La sede ministerial no podría dar el siguiente paso de no contar con este. Se trata del “primer respondiente”, pues allí comienzan a correr las cuarenta y ocho horas para que se determine si es viable o no la retención.
Recordemos que, para llegar a órgano jurisdiccional, se necesita un mínimo dato de prueba para formular imputación y para así ser vinculados a proceso. Se trata de estándares que la Suprema Corte de Justicia
ha establecido.
Ahora bien, es importante recordar que, en sede ministerial, no podemos hablar todavía de imputados, sino solo de investigados, en tanto que se continúa integrando la carpeta de investigación. Esta es una confusión frecuente, por lo que “desde ahí deberíamos aprendernos a manejar”, dice la maestra Pamela.
Al respecto, y porque el panorama se antoja preocupante, prosigue la maestra opinando: “cualquier escuela forma abogados en un año y medio… debería haber una reforma que regule el tema de la educación pública. Nosotros, como abogados, manejamos la libertad de las personas, sus sueños… estamos manejando vidas, tratando con personas, no podemos manejarnos fuera de la ley”.
De hecho, muchas veces ocurre ya en la práctica que algunos criminales salen libres porque los policías no generan un buen informe policial. Esta situación es lamentable y exige capacitación y preparación: pensemos en cuantos criminales se han beneficiado, injustamente, de esta deficiencia de nuestra justicia.
“No podemos quedarnos de brazos cruzados, esperando que las autoridades nos brinden justicia cuando no cuentan con los conocimientos necesarios para hacer bien su trabajo”, menciona la maestra, haciendo énfasis en la falta de preparación que caracteriza a la policía de nuestro país.
“La policía es la parte más vulnerable y más descuidada del sistema”, recalca, no sin algo
de pesar. “Antes de hablar con el Ministerio Público, hay que hablar con los policías… A través de ellos, la noticia criminal pasa a las siguientes instancias”. De esta manera, la policía se constituye como un filtro que ha de perfeccionarse para que comunique a autoridades superiores los hechos y los autores delictivos.
Esta situación contrasta bastante con el ideal que se tiene respecto a la manera en que debería funcionar el sistema de seguridad entero: “en sede ministerial, somos todos uno mismo”, explica la maestra Pamela.
Cabe concluir que, a pesar de que estas son las generalidades sobre la explicación que dio la maestra Pamela sobre el tema, vendría bien revisar todos los puntos que tocó a fin de comprender mejor la cuestión. Nuestros lectores podrán hacerlo a través del siguiente enlace, donde ha quedado grabada nuestra conversación con nuestra invitada: https://fb.watch/ujyviYvdvL.
Mtra. Pamela Labastida Cuevas
Fiscal Federal en la Unidad de Secuestros de la Fiscalía Especializada en Delincuencia Organizada de la FGR
Es Licenciada en Derecho por el Centro de Especialidades en Ciencias Jurídicas y Criminológicas de la Ciudad de México, donde obtuvo su título y cédula profesional. Su formación académica es extensa y diversa, con un enfoque en las neurociencias aplicadas al ámbito jurisdiccional. Es Máster en Ciencia Jurisdiccional con especialización en Neurociencias por la Universidad de Barcelona y tiene una Maestría en Juicios Orales y Proceso Penal Acusatorio por el INACIPE. Su trayectoria incluye también una Especialidad en Cognitive Fitness por la Harvard Medical School.
A lo largo de su carrera, ha complementado su formación con múltiples diplomados en áreas clave como la Neurobiología del Comportamiento Humano, Políticas de Seguridad Nacional y Seguridad Pública por la UNAM, Detección de Mentiras y Lenguaje Corporal, el Nuevo Sistema Penal Acusatorio, y Derechos Humanos y Uso de la Fuerza en la Función Policial. Ha participado en diversos seminarios, incluyendo el Seminario de Seguridad Nacional impartido por la Universidad del Ejército y Fuerza Aérea Mexicana, y ha cursado varios programas especializados en neurociencias por la Harvard Medical School.
Además, ha recibido reconocimientos por su destacada labor en el ámbito de la seguridad y la justicia. En noviembre de 2019 y 2020, fue galardonada por la Fundación Forjadores de México en la rama de Seguridad y Justicia por su trayectoria profesional en el área de leyes y seguridad.
En el ámbito de la publicación académica, ha coautorado obras relevantes como “El arte del interrogatorio científico” en colaboración con el Dr. Juan Fernando González Porras, publicado por editorial Lexnaya en 2020, así como “Algunas propuestas jurídicas de reforma para el México contemporáneo”, publicada por Editorial Flores en 2021.
Controversia sobre el Estado Civil de las personas
“El núcleo más importante de la sociedad es la familia; de esta depende el equilibrio del Estado”, mencionaba el Dr. Héctor Manuel Serrano Sánchez, juez de primera instancia civil y familiar en retiro por jubilación, en la conferencia que presidió a través de un live en nuestra página de Facebook.
Siendo así, se entiende por qué el Derecho deba dedicar esfuerzos a preservar la funcionalidad de esta institución natural dentro del seno social. Lamentablemente, debido a influencias de los tiempos, vemos que actualmente este es el ámbito que más conflictos presenta para nuestra disciplina: según explicaba el doctor Héctor, al menos en el Estado de México, entidad donde desempeñó la mayoría de sus actividades, diversas cuestiones familiares constituían los más de los procedimientos. “Predomina lo relativo a la guardia y custodia y lo que deriva de ello”, señalaba.
Esta situación, sin embargo, no se veía ayudada por la justicia que las autoridades eran capaces de impartir: “Los procedimientos en materia familiar llevaban lentitud, no se cumplía el principio de una justicia pronta y expedita”.
Recordemos que los hijos quedan involucrados en las diferentes conflictivas que puedan suscitarse a este respecto, lo cual exige acción inmediata de la ley a fin de proteger la integridad de ellos, que se encuentran en una condición indefensa y vulnerable.
De ahí la necesidad de implementar un nuevo sistema que ofreciera la posibilidad de agilizar todos los procedimientos. Al respecto, aclara el doctor Héctor que “el procedimiento oral familiar que se va implementando no resulta tan nuevo: había antecedentes que nos llevaban a él”.
De cualquier forma, hay que decir que el nuevo sistema oral implicó modificar algunos artículos constitucionales para llegar a la creación de un Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares. “A esto hemos de acostumbrarnos: nuestros códigos estatales dejarán de tener vigencia para dar paso a la implementación de dicho Código Nacional”.
Con este Código, en una palabra, “lo que se busca es la transparencia y la eficacia, como una forma de cumplir aquellas controversias que implican un núcleo familiar que ha dejado de ser funcional”.
Ahora bien, existen ya, en el derecho positivo vigente, las formas de proceder ante estas problemáticas familiares. Nos encontramos ante un procedimiento mixto: es decir, aunque vamos a comenzar con un escrito nuestra demanda, no bien admitida, vamos a proceder con la parte oral.
A su vez, la audiencia, que constará de diversas etapas, cuenta hoy en día con una herramienta muy provechosa, en opinión del doctor Héctor: a saber, la videograbación, la cual ayudará a disminuir y solucionar equívocos. Pero esta no es sino una de las novedades que vamos a
encontrarnos en las audiencias actuales, de modo que conviene revisar la cuestión a profundidad para aprender a litigar en este nuevo sistema.
Viendo, pues, la importancia del tema que ha tratado el doctor Héctor, invitamos a todos nuestros lectores, principalmente a aquellos abogados próximos a ejercer en materia civil y familiar, a escuchar la conferencia completa que podrán encontrar en el siguiente enlace: https:// fb.watch/ucuIpaYoEk/ .
Recordemos que la familia es el núcleo más importante de la sociedad, por lo que defenderla y ayudarla a mantener su funcionalidad debería ser prioritario para todos los sujetos de Derecho.
Dr. Héctor Manuel Serrano Sánchez
Juez de Primera Instancia Civil y Familiar en retiro por jubilación
El Licenciado en Derecho por la UAEMex, donde obtuvo su título en 1987. Continuó su formación con una Maestría en Derecho Constitucional y Amparo en la Universidad IUEM, que concluyó en 2013. Recientemente, obtuvo su Doctorado en Cultura de Derechos Humanos en la Universidad Columbia en julio de 2024.
Comenzó su carrera profesional en el Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, donde ocupó varios cargos desde 1987, incluyendo Juez de Primera Instancia en Materia Civil y Familiar. Desde noviembre de 1987 hasta su retiro en febrero de 2022, desempeñó funciones clave en la administración de justicia. Actualmente, se encuentra en retiro y es profesor en el Centro Universitario Columbia.
A lo largo de su trayectoria, ha participado en múltiples actividades de postgrado. Completó un Diplomado en Derechos de Género con el Centro de Estudios Sociales y Jurídicos Sur de Europa y un Diplomado en Argumentación y Derechos Humanos con la Universidad de Tlaxcala y la Escuela Judicial del Estado de México. Además, ha recibido formación continua a través de cursos de exigencia legal en la Escuela Judicial del Poder Judicial del Estado de México y ha sido docente en diversas instituciones como la Universidad Azteca, la Universidad ETAC, y el Colegio Capacitación y Consultoría Integral S.C., entre otras.
El Dr. Héctor Manuel Serrano Sánchez ha dedicado su carrera a la administración de justicia y a la formación de nuevos profesionales del derecho, combinando su experiencia práctica con una sólida base académica y docente.
Uso adecuado, lógico y pertinente de las herramientas en Mediación
En su conferencia, la Lic. Daniela Beatriz Partida Aguilar, coordinadora general del Centro de Mediación, Diálogo y Restauración “C-MEDIAR” puntualiza de manera especial el hecho de que las herramientas de mediación no son meros recursos o estrategias para mediar: por el contrario, comenta que “en la realidad, son mucho más que herramientas: nos ayudan a entrar en el mundo de las personas, a escuchar sus historias y a entender sus emociones. De esta manera, poco a poco, vamos a buscar eso tan anhelado que es la paz”.
Así pues, el uso adecuado, lógico y pertinente de estas es algo fundamental para la mediación, en tanto que van más allá de lo teórico, instalándose en la esfera más personal de la gente. “No se trata solo de saber qué hacer, sino cuándo y cómo: esta es la clave, aquí radica la verdadera esencia de nuestro trabajo”.
Aclara que “las personas vienen a nosotros en busca de ayuda, y nosotros tenemos para ellas más que técnicas, sino la posibilidad efectiva de lograr un cambio en sus vidas. Debemos usar nuestras herramientas con sensibilidad y sabiduría, a fin de asegurarnos que cada intervención esté presidida por un gran respeto hacia nuestros clientes”.
No se trata, pues, simplemente de seguir un “guion rígido”, sino de un intento de adaptación a las necesidades particulares de las personas, creando un espacio donde se sientan seguras para expresar “lo que llevan dentro”. En cierto modo, este énfasis en el trato a los individuos como personas y no solo como meros sujetos de derecho representa un cambio de paradigma para la manera tradicional de hacer justicia.
Uno de los temas que conlleva este nuevo paradigma es el de la “legitimación”, concepto fundamental. “Significa crear las condiciones para que la gente pueda acceder a la participación (…), es darles a las partes la oportunidad y el espacio para expresarse”.
La licenciada Daniela piensa que la legitimación nace de la necesidad humana de explicar, “de una manera amable y comprensible, el por qué una persona hace lo que hace”. Parte del supuesto de que “las personas, a menudo, desean que sus acciones sean vistas desde su propia perspectiva”; es decir, buscan cierto reconocimiento ajeno para su forma de ver las cosas.
A grandes rasgos, estamos ante un tipo de relativismo moral, donde se concibe que la realidad que percibe cada individuo
es igualmente válida que las otras muchas “realidades”, alejándonos así de una formulación objetiva de los hechos. El alcance y las consecuencias de este principio dependería de la manera en que es puesto en práctica y, precisamente por ello, resulta necesario que el Derecho se preocupe por establecer un uso adecuado, lógico y pertinente del mismo.
A este respecto, la licenciada reconoce que “no hay verdad en la percepción, ya que ésta nunca es completa. Aunque la realidad sea la misma, la interpretación puede ser distinta”.
Pero volviendo a las herramientas de mediación, la licenciada Daniela explica que estas buscan “dar a cada persona el espacio y el reconocimiento que necesitan para que puedan expresarse”. Crear esta coyuntura, propia para el desahogo de testimonios, implica crear un contexto de confianza para con las partes.
Es muy común, dice la licenciada Daniela, que en una mediación las partes tomen bastante tiempo para elaborar su propio testimonio, extendiéndose lo suficiente para impacientar a la otra persona. Este comportamiento “es una señal de que no se ha gestionado correctamente el espacio para una buena comunicación”. De ahí que la preparación deba contemplar un previo apaciguamiento de las emociones, las cuales frecuentemente son enemigas del buen intercambio de opiniones.
Como podrá verse, aunque el tema pueda parecer bastante prometedor en cuanto a la solución de conflictos por medio de la mediación, habrá que tomar
en cuenta diversos factores (ligados a la representación subjetiva de los hechos) que lo vuelven bastante complejo. Por ello, instamos a nuestros lectores a que escuchen la conferencia completa, disponible en el siguiente enlace: https:// fb.watch/uczIgv3pPS
Lic. Daniela Beatriz
Partida Aguiar
Coordinadora General del Centro de Mediación, Diálogo y Restauración “C-MEDIAR”
Es licenciada en Derecho por la Universidad Autónoma de Nayarit y maestrante en Derechos Humanos por el Instituto de Estudios de Posgrado de México.
Actualmente, se desempeña como Coordinadora General del Centro de Mediación, Diálogo y Restauración “C-MEDIAR”, donde lidera proyectos educativos enfocados en la resolución de conflictos en ámbitos públicos y privados. También ofrece servicios de mediación privada, certificada por el gobierno del estado de Tamaulipas, y ejerce como abogada litigante especializada en asuntos laborales en el despacho jurídico “Medina y Asociados” en Ciudad Madero, Tamaulipas.
Es Consultora Especialista en Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en los programas “Nuevos abogados para el sistema de justicia en México” y “Fortalecimiento para la representación legal de los trabajadores y sindicatos en México”, ambos de la Barra Americana de Abogados de México, desde 2023. Además, es docente de Ciencias Sociales y Humanidades a nivel preparatoria para el Grupo Educativo Madero en Ciudad Madero, Tamaulipas.
Entre sus logros previos, se destaca su desempeño como Coordinadora del Área Jurídica en Materia Laboral y del Área de Mediación en el Centro de Mediación Privado #1 “Seguridad Jurídica para Todos AC” en Tepic, Nayarit, durante 2021-2022. También fue Coordinadora General del Centro de Evaluación de Estándares de Competencia del CONOCER “Servicios de Estabilidad Patrimonial”
en Guadalajara, Jalisco, de 2022 a 2023.
Daniela cuenta con certificaciones en el Sistema Nacional de Competencias del Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales (CONOCER) en los siguientes estándares: EC.1250 “Conciliación para la solución de conflictos en materia laboral”, EC.217.1 “Impartición de cursos de formación de capital humano de manera presencial grupal”, y EC.076 “Evaluación de la competencia de candidatos con base en estándares de competencia”. Además, ha acumulado más de dos mil horas de capacitación especializada en Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos (MASC), incluyendo formación de mediadores en materia penal, conciliadores en materia penal, facilitadores en junta restaurativa en materia penal y habilidades docentes en MASC.
Se ha destacado como Capacitadora en Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos para el Poder Judicial del Estado de Nayarit de 2020 a 2023, y para la Fiscalía Especializada del Estado de Guerrero en 2023. Ha ejercido como docente y conferenciante en diversos diplomados e instituciones a nivel nacional, incluyendo el Diplomado de Mediación Penitenciaria en el CEFERESO #4 Noroeste, Nayarit, en 2022, y los Diplomados de Mediación y Conciliación Laboral de C-MEDIAR, Tamaulipas, de 2021 a 2023. También ha sido docente de MASC para el Instituto para la Certificación, Competencias y Capacitación del Estado de Coahuila en 2021, y de Mediación Penitenciaria para la Dirección de Investigación, Diagnóstico y Mediación de la Subsecretaría de Ejecución de Sanciones y Reinserción Social del Estado de Tamaulipas. Finalmente, ha brindado asesoría y orientación a equipos universitarios en Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias desde 2020 hasta la fecha.
Prueba superveniente y de refutación
El tema que nos presentó en conferencia el Dr. Ramón Ramos Becerril, especialista en litigación y estrategias de defensa en juicios orales, resulta de especial importancia en tanto que puede devenir en el sobreseimiento del proceso penal o en dictar una sentencia condenatoria. Es decir, se trata de acciones definitivas que, si no ponen fin al proceso, a lo menos influyen considerablemente en su desenlace.
La prueba es entendida como aquello con lo cual nos valemos para “demostrar algo”. En el sistema penal mexicano actual, se admiten diversas acepciones de dicho concepto, según el momento en que se ofrezcan o desahoguen.
Así, tenemos a los medios de prueba que le servirán al Ministerio Público como una bitácora para llevar ante un juez. Por otro lado, los hay aquellos que solo son pruebas una vez que se le presenten al juez de control para la preparación de un juicio; es decir, se les considera así cuando sean desahogadas ante un tribunal de enjuiciamiento.
La importancia, dice el doctor Ramón, radica en que hay pruebas de refutación y pruebas supervenientes.
Las últimas, valga la redundancia, giran en torno a hechos supervenientes: esto es, aquellos medios probatorios que no fueron ofrecidas probatoriamente por
alguna de las partes, siempre y cuando se justifique no conocerlas con anterioridad.
En la medida en que esta prueba no se mantenga dentro del margen del hecho principal, no ha de ser entonces considerada pertinente de incorporación. Es decir, la prueba superveniente deriva forzosamente de lo ya desahogado con anterioridad. Emana de una prueba ya constituida. Por lo tanto, tiene que ofrecerse ante el tribunal de enjuiciamiento.
De aquí que ambas pruebas tengan una particularidad importante: escapan a la lógica del ofrecimiento en la etapa intermedia. Al momento del descubrimiento probatorio, ellas no pasan por este filtro. Lo más importante en ellas, por lo tanto, es explicar su desconocimiento al momento de ofrecerlas.
Habrá casos en los que los jueces no quieran admitir esta prueba o simplemente no les convenga, como observa el doctor Ramón que sucede con frecuencia en la práctica. Y es que, especialmente tratándose de la prueba superveniente, “no quedará duda alguna de que, lo que yo pretendí llevar a juicio, es lo que voy a demostrar”.
Ahora bien, la prueba de refutación tiraría la teoría del caso de alguna defensa, o bien, la teoría que hizo el Ministerio
Público. Los requisitos son los mismos: que no tuviéramos conocimiento de esa prueba hasta antes que se encontrara. Igual aquí “veremos mucho resentimiento al respecto por parte del MP, intentarán hacer que el tribunal no admita esta prueba”.
Definitivamente no hemos agotado el tema que expuso el doctor Ramón en su conferencia. Para quienes gusten conocer más a profundidad esta cuestión, los invitamos a escuchar sus palabras en el enlace que dejamos a continuación: https://fb.watch/ucI_-YIvdK.
Dr. Ramón Ramos
Becerril
Especialista en Litigación y Estrategias de Defensa en Juicios Orales
El Dr. Ramón Ramos Becerril es Licenciado en Derecho por la FES Acatlán UNAM. Posteriormente, cursó la Maestría en Litigación en Juicios Orales en el Centro de Estudios Superiores en Ciencias Jurídicas y Criminológicas, donde también obtuvo la Especialidad en Litigación y Estrategias de Defensa en Juicios Orales. Complementando su sólida preparación, obtuvo un Doctorado en Derecho Penal y un Posdoctorado en la misma institución, lo que lo posiciona como un experto en la materia.
Su carrera profesional lo ha llevado a desempeñar cargos relevantes en el sector público, destacándose en 2007 como Juez Interino del Vigésimo Cuarto Penal y Juez Primero Penal del entonces Distrito Federal por Ministerio de Ley. En 2009, asumió el cargo de Subdirector de Seguridad Pública en la Contraloría General del Distrito Federal, así como Subdirector de Procesos Penales de la Fiscalía Especializada en Delitos Cometidos en la Procuración y Administración de Justicia en el Estado de Chiapas, donde manejó casos de alta complejidad, particularmente en el Poblado de Acteal.
Desde 2010, el Dr. Ramos Becerril ejerce como abogado litigante, especializándose en la defensa de figuras públicas y casos mediáticos. Ha representado a clientes de alto perfil como José Marco Antonio Pagés Reynaga, ex Director de Comunicación Social de Quintana Roo, y a Marisela Peña Herrada, figura destacada de la Lucha Libre AAA, además de ser apoderado legal de Promociones Antonio Peña S.A. de C.V. También ha defendido a personajes involucrados en eventos de gran resonancia, como los hechos del 1 de diciembre de 2013, durante la toma de posesión presidencial, y ha sido defensor particular de jueces del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, entre ellos Susana Trujano Castilla, Andrés Miranda González y Patricia Ortíz Contreras. Asimismo, ha representado al Presidente Municipal de Actopan, Veracruz.
El Dr. Ramos Becerril ha sido un constante partícipe en cursos de actualización, conferencias y talleres, recibiendo reconocimientos por su destacada labor en la formación continua. Entre sus logros académicos se encuentran constancias y diplomas otorgados por la UNAM, el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y el Senado de la República, entre otros. Ha participado en foros clave sobre temas como la extinción de dominio, transparencia, trata de personas y narcomenudeo, consolidándose como un referente en el ámbito jurídico penal.
Su vasta experiencia en litigación y su formación académica lo posicionan como un experto de primer nivel en el derecho penal, comprometido con la defensa jurídica y el avance de la justicia en México.
¿Qué hacer ante la falta de atención médica oportuna?
Negligencia, impericia o imprudencia
La conferencia del Lic. Hugo Enrique Pineda, abogado postulante y especialista en derecho médico, toca una cuestión realmente de vida o muerte. Dado que ninguno de nosotros nos vemos exentos que sufrir emergencias médicas, y por lo tanto menos aún ser víctimas de errores médicos, vale la pena que todos conozcamos un poco acerca de cómo actúa el Derecho en este ámbito.
Tomando en cuenta que la falta de atención médica oportuna conlleva consecuencias tan graves como la muerte de los pacientes es en extremo preocupante que dicha negligencia se haya vuelto común en el ejercicio de la medicina. Recordemos que la mayor parte de la población mexicana recibe servicios médicos en hospitales públicos.
Ahora bien, cuando hablamos de error médico, nos referimos a una conducta inadecuada de un profesional de la medicina, basada en una inobservancia técnica capaz de producir un agravio a la salud física o mental del paciente. Aclaremos que, en este caso, el profesional de la salud no es solo el médico, sino además todo el personal de enfermería que intervenga en el cuidado de las personas.
Existen algunos conceptos que ha acuñado el Derecho para referirse a las acciones u omisiones en que incurren los doctores al ser acusados de falta de profesionalismo.
El primero de ellos, la negligencia, “es cuando sabiendo lo que se debe hacer, no se hace; también, cuando sabiendo lo que no se debe hacer, se hace”, sintetiza el licenciado Hugo.
La imprudencia es mejor entendida directamente con el ejemplo que ofrecía en
su conferencia: “cuando, digamos, un médico suministra a un paciente medicamentos que no eran los óptimos para tratar su padecimiento, además de otras muchas acciones en el mismo tono”.
Finalmente, la impericia es “la falta de conocimientos básicos indispensables que debe tener, obligatoriamente, un profesional de la salud”. Por ejemplo: un médico debe contar con la preparación necesaria (en este caso, estudios que lo avalen como cirujano) para poder efectuar una operación. Así, se entiende que las diversas especialidades marcan el “énfasis de adiestramiento técnico y científico que debe tener cada profesional de la salud”.
Así pues, cuando se trata de argumentar en un juicio que el profesional de la salud actuó con dolo, esto no se relaciona la imprudencia o la impericia, pero sí queda estrechamente ligado a la negligencia, cuestión que implicaría una reparación del daño.
El error médico tiene tres fases: diagnóstico, fase terapéutica (propiamente el tratamiento, siendo este de cualquier naturaleza) y fase recuperacional. Identificar en qué fase tiene lugar el error médico es imprescindible para que el Derecho pueda, a partir de ello, trabajar.
Cabe añadir que el gran número de demandas que se hacen a hospitales y a médicos señala el licenciado Hugo, ha originado lo que se conoce como “medicina defensiva”. Esta no es más que un proceder médico que toma sus precauciones: con la finalidad de que no existan las dichas demandas, suele hacer una gran cantidad de estudios a los pacientes.
Muchos de estos pudieran parecer absurdos o innecesarios, mas prefieren hacerlos antes de errar en sus diagnósticos.
A pesar de ello, algo que sucede con muchos pacientes es que entran en una especie de círculo del cual tardan mucho en salir. Es decir, habiendo llegado a la fase de recuperación, que es la última, los mandan de regreso a la terapéutica o incluso a la diagnóstica, viendo que su salud no mejora. Esto también es motivo de muchas demandas.
El tema, que como ya se dijo constituye una cuestión de vida o muerte, es por lo mismo bastante complejo. Por ello, quienes gusten conocer más al respecto pueden hacerlo a través de este enlace, donde podrán escuchar la conferencia del licenciado Hugo completa: https://fb.watch/udRpc7g9cg.
Lic. Hugo Enrique Pineda
Abogado Postulante y Especialista en Derecho Médico
El Lic. Hugo Enrique Pineda es un abogado postulante con una amplia trayectoria en diversas ramas del derecho, con especialización en Derecho Médico. Su práctica legal abarca la asesoría y representación de hospitales, clínicas y profesionales de la salud en asuntos complejos, relacionados con la responsabilidad médica y los aspectos legales inherentes al ejercicio de la medicina. Además, es un destacado empresario y asesor en el sector inmobiliario, donde ha adquirido experiencia tanto en el ámbito público como en el privado.
Formado como Licenciado en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México, actualmente cursa dos maestrías en el Centro Universitario de Estudios Jurídicos: una en Derecho Civil y Familiar, y otra en Sistema Acusatorio y Juicios Orales Penales. Esta sólida base académica le ha permitido abordar con destreza casos que requieren un profundo conocimiento técnico y jurídico.
En su carrera profesional, se ha destacado como Socio Director de Pineda, Illescas y Asociados S.A.
de C.V., donde lidera un equipo especializado en diversas áreas del derecho, particularmente en Derecho Médico. También es Director General de Opera Grupo Inmobiliario en la Ciudad de México, consolidándose como un asesor clave en el desarrollo y gestión de proyectos inmobiliarios.
Ha complementado su formación con diversos diplomados que abarcan temas como el amparo, la actuación judicial, los efectos procesales de la actuación policial, y los aspectos médico-legales de los profesionales de la salud, con especial énfasis en la responsabilidad civil y administrativa por mala praxis médica.
Además de su carrera en el ámbito jurídico, el Lic. Pineda cuenta con una formación en el área de la salud como Técnico en Urgencias Médicas Nivel Avanzado por la Cruz Roja Mexicana. También se ha especializado en extracción vehicular y ha servido como paramédico voluntario en dicha institución. Su vocación de servicio se extiende a la enseñanza, siendo instructor certificado por la Asociación Americana del Corazón (AHA) en cursos de Reanimación Cardiopulmonar Básica y Avanzada, y ha obtenido diversas certificaciones en el manejo de lesiones traumáticas y la atención a pacientes con múltiples enfermedades.
El Lic. Hugo Enrique Pineda combina sus conocimientos en derecho y salud para ofrecer un servicio integral y especializado, lo que lo posiciona como un profesional versátil y altamente capacitado en su campo.
El Sistema Penitenciario en Latinoamérica ¿La reinserción social es una falacia?
Por: Dr. Rubén Darío Merchant Ubaldo, Especialista en derecho penal y experto en criminología
Es preocupante la situación que se conoce en las noticias de lo que ocurre en los centros penitenciarios en distintos países de América Latina; verbigracia, actos de violencia, fuga de presos, prostitución, acopio de armas, venta de drogas, actos de extorsión, ordenes de secuestros desde la cárcel, pero lo más lamentable, es la corrupción o autogobierno que impera dentro, y, en la mayoría de los casos, en colusión con las autoridades.
De hecho, considero que ningún político en precampaña se atreve hacer promesas para resolver la problemática que se presenta en las prisiones, ello obedece posiblemente a que es un tema satanizado y no es popular; o bien, no se tienen soluciones para atender dicho flagelo. Lo anterior, ha sido un asunto pendiente de distintos presidentes o gobernadores para reintegrar a los presos en la comunidad, y, desafortunadamente, el sistema penitenciario este asociado con la marginación.
Por otra parte, el artículo 201 de la Constitución de la República del Ecuador, determina que el Sistema Nacional de Rehabilitación Social tiene por finalidad “La rehabilitación integral de las personas sentenciadas penalmente para reinsertarlas a la sociedad, así como la protección de las personas privadas de la libertad y la garantía de sus derechos”. Esto guarda concordancia con el Código de Ejecución de Penas y Rehabilitación Social ecuatoriano.
Es de dominio público que la situación en los penales del Ecuador es muy grave, pues se han presentado masacres carcelarias como la ocurrida el 23 de febrero de 2021, producto de una serie de amotinamientos en varios centros penitenciarios del país y dejaron como resultado 79 muertos; o bien, el más reciente del 08 de enero de 2024, en donde el Presidente del Ecuador, Daniel Novoa, decretó un estado de excepción, con toque de queda tras una serie de motines en al menos seis cárceles del país, que implicó la retención de guardias penitenciarios.
De mismo modo, han sido criticadas por organismos internacionales las acciones utilizadas por Nayib Bukele Ortez, para garantizar la seguridad en El Salvador, respecto de los disturbios en penitenciarias, aparte ha establecido mano dura y estado de excepción que instauró en 2022 contra el crimen organizado. Aunque, ello implique violación de derechos humanos, siendo probable que, aplique el criterio del mandatario salvadoreño “El fin justifica los medios”.
En el caso de México el 18 de junio de 2008, hubo una reforma significativa en materia penal, entre los que se encuentra el artículo 18 de la Carta Magna y resalta la parte que establece: “El sistema penitenciario se organizará sobre la base del respeto a los derechos humanos, del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte, como
medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir, observando los beneficios que para él prevé la ley”.
Concomitantemente, existe la Ley Nacional de Ejecución Penal publicada en el año 2006 y en su contenido cita el término de reinserción social, entendida como la restitución del pleno ejercicio de las libertades, tras el cumplimiento de una sanción o medida ejecutada con respecto a los derechos humanos, la cual se aplica en todo el territorio de la República Mexicana.
En dicho ordenamiento jurídico, se advierten aspectos relevantes como el plan de actividades, que consiste en la organización de los tiempos y espacios en que cada persona privada de la libertad realizará sus actividades laborales, educativas, culturales, de protección a la salud, deportivas, personales y de justicia restaurativa, de conformidad con el régimen y organización de cada centro.
De la misma manera, se hace énfasis de los centros penitenciarios sustentables cuyos internos producen sus propios alimentos, fabrican su ropa y muebles, realizan trabajos de mantenimiento en las cárceles (electricidad y plomería), muy similar como ocurre en Alemania, donde el Estado cumple con el diseño y construcción de la arquitectura penitenciaria y los presos, deben de cubrir sus necesidades básicas, entre los que se encuentran su manutención, la de sus familias y la reparación del daño por el delito cometido.
La figura del policía procesal también es una novedad en la citada ley, luego entonces, es una unidad dependiente de la Policía Federal o de las instituciones de seguridad pública de las entidades federativas, que realizan traslados de personas procesadas
y sentenciadas a los recintos judiciales, celebrándose sus audiencias; además de prestar la seguridad y custodia de la persona privada de la libertad en los recintos judiciales, en coordinación con las demás autoridades competentes.
Así mismo, cumplir con mandamientos de jueces relacionados con las personas sentenciadas y aquellas que hayan obtenido la libertad condicional. En realidad, lo que se buscó es especializar a la policía, debido a que anteriormente las actividades descritas las realizaban los custodios con una efímera capacitación, lo que representaba un riesgo al momento de surgir una eventualidad.
El juez de ejecución es otra parte importante en el sistema penitenciario mexicano, garantiza a las personas privadas de la libertad el goce de los derechos fundamentales, así como la sentencia condenatoria se ejecute salvaguardando la invariabilidad de la cosa juzgada, sustanciar y resolver los incidentes que se promuevan, para lograr el cumplimiento del pago de la reparación del daño y aquellas con motivo de las ejecuciones penales.
Aunado a ello, decretar como medidas de seguridad, la custodia de la persona privada de la libertad, que llegue a padecer enfermedad mental de tipo crónico, continuo e irreversible a cargo de una institución del sector salud, representante legal o tutor, para brindarle atención y tratamiento. Pero, sobre todo, garantizando a las personas privadas de la libertad su defensa en el procedimiento de ejecución y supervisión en supuestos de libertad condicionada, sustitución de penas y permisos especiales.
Lo trascendente de la citada autoridad judicial, es rehabilitar los derechos de la persona sentenciada y una vez que se cumpla con el término de suspensión
señalado en la sentencia, así como en los casos de indulto o reconocimiento de inocencia. No se soslaya, que el trabajo de las autoridades y personal penitenciario es fundamental, si realmente se busca una readaptación, reinserción o resocialización de las personas privadas de la libertad.
Por consiguiente, no es un problema de terminología para que funcione el sistema penitenciario en Latinoamérica, en el que la persona se reinserte a la sociedad y no vuelva a delinquir, sino más bien, es la aplicación de la ley. Preocupante es el aumento de la criminalidad femenina y la situación de mujeres con niños en prisión, al grado de que han sido olvidadas por sus familias y por el rol que tienen en la sociedad a diferencia de los hombres. No obstante, se proponen algunas recomendaciones que pueden ser debatibles.
9 Militarizar el sistema penitenciario o convertirlo en paramilitar, esto es, parte administrado por la milicia y la otra por el ejecutivo.
9 Subrogar las prisiones, es decir, que sean operadas por el sector privado.
9 Profesionalizar e invertir en el personal penitenciario y dotarlos de recursos humanos, materiales y espacios con el propósito de cumplir sus funciones.
9 Aplicar los instrumentos internacionales en materia penitenciaria como las Reglas de Mandela, Tokio, Bangkok, De San Salvador; por citar solo algunos.
9 Descodificar algunos tipos penales o crear un Código Penal único.
9 Implementar un programa o reforma legislativa de reducción de la pena, por tiempo de lectura y estudio.
9 Incentivar y apoyar la industria penitenciaria.
9 Dar continuidad a los programas que han funcionado en administraciones anteriores, como el llamado “Knock out” en prisiones del Estado de México, que fomentaba el box en prisión y con el auspicio de asociaciones de boxeo, lo mismo puede ocurrir en otros deportes.
9 Adoptar medidas socioeducativas en jóvenes, con el fin de que no estén en prisión.
9 Comparar y adecuar modelos penitenciarios internacionales con resultados positivos, como el otrora de República Dominicana y supervisado por la Organización de las Naciones Unidas.
9 Llevar a la práctica soluciones tratándose de mujeres; por ejemplo, la propuesta de la asociación “Plan B”, que trabaja con mujeres privadas de la libertad para disminuir los índices de reincidencia.
9 Instituir en la sociedad programas como el ajustado en Medellín, Colombia, denominado “Tejiendo hogares”.
9 Hacer una clasificación adecuada de presos y conceder indulto en aquellos que en realidad puedan ser reinsertados a la sociedad, despresurizando las prisiones y que solamente estén las personas que ameritan privación de la libertad.
9 Lograr una idónea coordinación interinstitucional entre los Ministerios o Secretarías de Educación, Salud, Trabajo y Penitenciaria con enfoque de readaptación social.
9 Realizar un trabajo pospenitenciario y concientizar a la sociedad, para brindar oportunidades de reclusos que se reinsertan o apoyarlos con emprendimiento.
9 Implementación de programas de justicia terapéutica con personas en conflicto con la ley, que tienen un trastorno de uso de sustancias y que cometan conductas delictivas.
9 Dar oportunidad a las neurociencias y neuroderecho, en casos donde existe todo tipo de violencia que provoque delitos y deseo sexual en violadores.
9 Reforzar y dar seguimiento al debate generado en una Conferencia Nacional Penitenciaria.
9 Fomentar la investigación de Sistemas Penitenciarios Contemporáneos.
En resumen, hay mucho por hacer para mejorar el sistema penitenciario y lo ideal sería cerrar prisiones, tal y como lo están logrando en Suecia, Dinamarca o Noruega, por medio de estrategias de prevención, educación y valores en la sociedad, cito a la pensadora española Concepción Arenal Ponte “Abrid escuelas y se cerrarán cárceles”. Algo similar ocurre en Finlandia, en un cambio de paradigma y ciertamente no hay prisiones, sólo existen comunidades terapéuticas.
Es válido que existan opiniones que señalen que la reinserción social es una falacia; o bien, que el Estado en lugar de readaptar ejerza control en las prisiones o lucre aumentando la construcción de cárceles y permitiendo algunas actividades ilícitas; sin embargo, estoy convencido que, ante todo problema hay soluciones, consecuentemente, depende de que exista voluntad política y se aplique una política
pública penitenciaria estratégica, como la sugerida y ver resultados, que posiblemente no sean inmediatos, pero bien vale la pena intentarlo.
Dr. Rubén Darío
Merchant Ubaldo
Doctor en Derecho e investigador
Licenciatura en Derecho.
Especialidad en Derecho Penal.
Maestro en Derecho Civil.
Maestro en Alta Dirección Empresarial.
Doctor el Alta Dirección Estratégica Internacional.
Catedrático de posgrado en derecho, Criminología y Alta Dirección, escritor e investigador.
Posdoctorado en “Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales” en la Universidad de Buenos Aires y con el auspicio de la Corte Interamericana de Derechos Humanos con sede en Costa Rica.
Conferencista Internacional.
Semanario Judicial de la Federación
Mantente informado con las noticias más relevantes
¿En qué consiste la reforma judicial que impulsa
el Gobierno de AMLO en México?
Por CNN Español
10:15 ET(14:15 GMT) 21 agosto, 2024
(CNN Español) – El presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, afirmó en junio que Morena –su partido político– con mayoría en el Congreso buscará aprobar la reforma al Poder Judicial en el próximo periodo parlamentario de sesiones, que se iniciará el 1 de septiembre.
La reforma al sistema judicial forma parte de un paquete de 20 reformas presentadas por el mandatario en febrero pasado para modificar diversas partes de la Constitución del país.
La propuesta contempla cuatro cambios importantes que te explicamos a continuación. Jueces y magistrados elegidos por voto popular
El documento de la reforma presentado por el Gobierno de México propone modificar el artículo 95 constitucional para elegir a jueces por voto directo y secreto por un periodo de 12 años y no de 15 como es actualmente.
En caso de que la reforma se apruebe, en 2025 se llevará a cabo una elección extraordinaria para renovar a ministros, magistrados y jueces y que quienes actualmente ocupan estos cargos puedan ser candidatos, informó en febrero la titular de la Secretaría de Gobernación, Luisa María Alcalde.
Para ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), los elegidos durarían en el cargo ocho, 11 y 14 años, dependiendo de los resultados de la votación.
Actualmente, los ministros son propuestos por el presidente mediante una terna, y el ganador debe ser respaldado por al menos dos terceras partes de los senadores al momento de la votación, mientras que los magistrados y los jueces son nombrados por el Consejo de la Judicatura Federal.
Nueva integración de la SCJN
Se prevé reformar el tercer párrafo del artículo 94 de la Constitución a fin de reducir de 11 a nueve los ministros de la Suprema Corte y la duración en su encargo pasaría de 15 a 12 años.
Las dos salas que tiene actualmente el máximo tribunal serían eliminadas y solo se realizarían sesiones en el pleno que deberán ser públicas y transparentes para que todos tengan acceso a los temas que se discuten.
Contempla también la eliminación de la pensión vitalicia para actuales y futuros ministros y un ajuste a sus remuneraciones al tope máximo establecido para el presidente de México que, según el Gobierno federal, es de unos US$ 8.000 mensuales.
Sustituir el Consejo de la Judicatura Federal (CJF)
Entre los cambios se plantea la sustitución del CJF, que se encarga de la administración de la Judicatura y de la vigilancia de la actuación de los jueces. La propuesta busca que sea reemplazado por dos instituciones: el Tribunal de Disciplina Judicial y el Órgano de Administración Judicial.
El primero estará encargado de las funciones administrativas, de carrera judicial y de control interno, así como de elaborar el presupuesto del Poder Judicial, según el documento de la reforma.
El Órgano de Administración Judicial estaría integrado por cinco personas designadas para un periodo de seis años. El Poder Ejecutivo nombraría a uno; el Senado, a otro; y la SCJN, a tres.
Sus funciones contemplan la recepción de denuncias de cualquier persona u autoridad e investigar a ministros, magistrados, jueces y personal judicial por actos contrarios a la ley o a
la Administración de Justicia.
Actualmente, el Consejo de la Judicatura Federal está integrado por siete miembros, uno de los cuales es el presidente de la Suprema Corte y también del Consejo; tres de entre los magistrados y jueces de Distrito, designados por el pleno de la Corte por mayoría de cuando menos ocho votos; dos consejeros designados por el Senado, y uno por el presidente de México.
Nuevas reglas procesales
La reforma propone cuatro nuevas reglas:
Justicia expedita: propone un plazo máximo de seis meses para la resolución de asuntos fiscales, y de un año para asuntos penales.
Suspensiones: se prohíbe otorgar suspensiones contra leyes con efectos generales en amparos, controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad.
Justicia local: los poderes judiciales de las entidades federativas deberán establecer reglas para la elección directa de sus magistrados, y jueces, así como órganos de administración y disciplina independientes.
Fideicomisos del Poder Judicial: cuando hayan finalizado los juicios pendientes, deberán reintegrarse al Fondo de Pensiones para el Bienestar, respetando los derechos y prestaciones de los trabajadores.
Críticas a la reforma
Aunque López Obrador y Morena aseguran que los cambios al sistema judicial buscan responder al reclamo del pueblo para tener una institución de impartición de justicia austera, independiente y ajena a intereses privados, la reforma ha sido blanco de críticas de diversos actores.
El Laboratorio de Impacto sobre el Estado de Derecho de la Facultad de Derecho de Stanford y la Barra Mexicana de abogados advirtieron que las propuestas “constituyen una amenaza directa a la independencia judicial, violan estándares internacionales y socavan la democracia en México”.
En un informe publicado en mayo pasado,
señalan que “muy pocos países del mundo eligen a jueces por votación popular. De los cuales solo Bolivia y Estados Unidos utilizan elecciones judiciales para seleccionar a jueces de tribunales con jurisdicción constitucional. La experiencia de estos dos países confirma que las elecciones judiciales comprometen la independencia y la imparcialidad judicial”.
El magistrado Daniel Sánchez Montalvo, integrante de la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación, dijo anteriormente a CNN que esta reforma judicial propuesta por el Gobierno representa “un ataque directo a la división de poderes”.
Sánchez Montalvo opinó que el riesgo más importante, en caso de ser aprobada, “es la afectación a la independencia judicial que tiene que regir y privar en todos los países”. Agregó que esto significa “que no debe existir ninguna influencia externa, ni interna, al momento de que los juzgadores resuelvan o emitan sus resoluciones”.
López Obrador ha defendido la reforma en distintas ocasiones. En junio afirmó, por ejemplo, que los únicos que se oponen a la ella son los “machuchones” –término con el que se refiere a personas poderosas– quienes, según sus palabras, han beneficiado a presuntos delincuentes.
“Los verdaderos empresarios quieren un Estado de derecho, los especuladores quieren un Estado chueco, ellos son los que no quieren una reforma para limpiar de corrupción al Poder Judicial”, señaló el mandatario.
Las reformas constitucionales requieren el voto de las dos terceras partes de las Cámaras de Diputados y Senadores, así como la mayoría de los Congresos estatales.
Nota del editor: este texto fue publicado originalmente en junio de 2024.
Delfina Gómez inició la limpieza en calles, carreteras, parques, canales y ríos mediante brigadas dirigidas por los titulares de las Secretarías y organismos del Edomex.
Por Redacciónagosto 30, 2024 | 14:14 pm hrs
La gobernadora del Estado de México, Delfina Gómez Álvarez, dio inicio a la campaña “Limpiemos Nuestro Edomex” en los 125 municipios, a la que convocó de manera masiva a la ciudadanía, empresarios y legisladores para sumarse a esta jornada de limpieza.
Esta acción tiene el propósito de mejorar el medio ambiente y evitar la acumulación de basura, que es una de las principales causas de inundaciones.
“Iniciamos con esta Jornada de Limpiemos Nuestro Edomex, esto surge del análisis, pero sobre todo de percibir a través de los recorridos, de las visitas que hacemos a los municipios lamentablemente vemos espacios como el que estamos viendo aquí, como el que vemos en los enlaces en los 125 municipios del Estado de México.
“Y por eso, como Gobierno, dentro de lo que son las Mesas de Seguridad, dentro de lo que son las reuniones con los Secretarios que integran el Gabinete, propusimos hacer estas jornadas de limpieza”, refirió Gómez Álvarez.
A través de una transmisión, la mandataria estatal encabezó el arranque de la limpieza de calles, carreteras, parques, canales y ríos mediante brigadas dirigidas por los titulares de las Secretarías y organismos del Gobierno estatal, acompañados de servidores públicos e integrantes de los 125 ayuntamientos, así como sociedad en general que se sumó a esta iniciativa.
Desde la Colonia San Felipe en el municipio de Texcoco, la Gobernadora Delfina Gómez Álvarez destacó la importancia de limpiar calles y carreteras
de basura para prevenir situaciones como la que está viviendo actualmente el municipio de Chalco debido a un mal manejo de los residuos.
“Lamentablemente ya lo vivimos en Chalco, ahorita estamos pasando una situación muy complicada por un mal manejo de basura, por una situación también de atención al manejo de lo que es la basura en lo que se refiere a los órdenes de gobierno. Y creo que a todas nos toca dar solución”, comentó la Gobernadora Delfina Gómez Álvarez.
Además, la titular del ejecutivo estatal reconoció que este problema no se solucionará en un día por lo que anunció que esta campaña de “Limpiemos Nuestro Edomexx” será permanente. Destacó también que uniendo esfuerzos gobierno y sociedad se puede lograr la transformación del Estado de México para brindar a las y los mexiquenses espacios públicos dignos que promuevan el sano esparcimiento en un ambiente limpio.
Con esta iniciativa el Gobierno que encabeza Delfina Gómez Álvarez busca concientizar a las y los mexiquenses sobre la importancia de Recuperar, Reutilizar, Reciclar, Reducir y disponer los residuos que se acumulan en barrios, calles y colonias mexiquenses para mejorar la imagen urbana y el cuidado de su salud.
En el arranque acompañaron a la gobernadora Delfina Gómez Álvarez, Miguel Ángel Hernández Espejel, Secretario de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación; Elizabeth Terrazas Ramírez, Presidenta Municipal de Texcoco; así como servidores públicos del Gobierno estatal y municipal.