CONTENIDO
SISTEMA DE JUSTICIA 6 PARA ADOLESCENTES ¿Por qué es necesario dar un trato diferenciado a los adolescentes? Foro Académico: 10 Igualdad de Género en la Impartición De Justicia El Feminicidio y su 16 relación con el Sistema Educativo Funciones de la 18 Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes La Sociedad Consumista 20 como Generadora de Delitos Implementación de la 22 Reforma Laboral
Ley Olimpia 24
Noticias 26
Director General René Castelán Olguín Secretaria General Norma Patricia Castelán Gómez Secretario Particular Leobardo Domínguez González Directora de Relaciones Públicas Dominga Delgado López Directora de Diseño Editorial Rosa Alicia Cruz Hernádez
Director de Producción Audiovisual Mario Misael Vargas Hernández Director de Comunicación Selina Peña Delgado Director de Redacción Martín Rodríguez Flores Recursos Humanos Jorge Zohar Velasco Grande Directora de Publicidad Lorena Ochoa Ortega Equipo De Apoyo Aline Caballero Hernández Lourdes Alejandra Guerrero Reyes Juan Pablo Hernández Urban Miguel Ángel Rojas Guerrero José Rodrigo Cruz Hernández Erick Ricardo Alamos Trejo
LEX INFORMA, año 2, núm. 31, octubre, 2021. Es una publicación quincenal editada por Corporativo Jurídico LEX, S.A. de C.V., Estado de México. Tel: 5579968517. Editor responsable: Rosa Alicia Cruz Hernández, por el Instituto Nacional del Derecho de Autor. Impresa por Corporativo Jurídico LEX, Estado de México. Este número se terminó de imprimir el 30 de octubre de 2021, con un tiraje de 10,000 ejemplares. Las opiniones expresadas por los autores no necesariamente reflejan la postura del editor de la publicación. Se autoriza la reproducción total o parcial del contenido aquí publicado sin fines de lucro, siempre y cuando se cite la fuente completa. Hecho en México, LEX INFORMA. Todos los derechos reservados © 2021. Permiso en trámite.
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DIRECTORIO
Carta Editorial 4
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EDITORIAL Este mes dimos lugar a temas relacionados a género, parte de las actividades realizadas dieron origen a hablar de la Ley Olimpia, lo cual permite vislumbrar los avances en la materia y lo que aún falta por hacer y lograr así que hombres y mujeres puedan tener la seguridad de que su intimidad está protegida por la ley. Por otro lado, dimos espacio a un foro para conversar acerca del papel de la mujer en la impartición de justicia, de esos años que ha tomado que la mujer pueda ejercer su voz y ocupar puestos de alto nivel. No queda más que agradecer a nuestras y nuestros ponentes por su participación y apoyo con Revista LEX INFORMA. Así mismo, continuamos con nuestra labor de realizar conferencias, a través de la utilización de herramientas digitales para llevar conocimientos a nuestros lectores y seguidores, a fin de dar respuesta a esos temas que siguen en la mesa de discusión y que siguen generando incertidumbre por los métodos adoptados a raíz de la situación colectiva que enfrentamos hoy en día.
incógnitas que surgen en el ámbito laboral, social, cultural y por supuesto, en materia de salud. Una vez más reiterar el agradecimiento por seguir nuestro medio y llenarnos de mensajes y comentarios cuyo único fin es el de mejorar nuestra calidad como medio informativo. Nuestras redes se encuentran disponibles, al igual que nuestro correo electrónico, mismos que se han convertido en nuestro centro de operaciones, por ello, nuestro contenido seguirá siendo difundido por el espacio digital. Finalmente, agradecemos profundamente su preferencia y aceptación, esperando con firmeza seguir entre el gusto de ustedes, nuestros lectores. Sinceramente Lic. René Castelán Olguín.
No dejaremos de buscar respuestas, de contactar a expertos en las diferentes áreas y dar respuesta a las 4
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• • DERECHO DERECHO PENAL PENAL • • DERECHO DERECHO LABORAL LABORAL • • DERECHO DERECHO CIVIL CIVIL • • DERECHO DERECHO MERCANTIL MERCANTIL • • DERECHO DERECHO FAMILIAR FAMILIAR • • AMPAROS AMPAROS Corporativo Jurídico LEX fundado en 2012 por abogados de amplia trayetoria en el sector público y privado. Actualmente nuestros litigantes cuentan con la óptima experiencia y el respaldo de sus socios decididos a cimentar una empresa de servicios legales con la finalidad de servir a las entidades públicas y privadas. Hoy en día, se encuentran en nuestra firma aplicando toda su experiencia a la estuctira operativa del despacho, buscando dar un valor agregado en todos los servicios y rebasando todas las expectativas hacia nuestos clientes.
DERECHO PENAL, LABORAL, CIVIL, MERCANTIL, FAMILIAR Y AMPAROS
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SISTEMA DE JUSTICIA PARA ADOLESCENTES ¿Por qué es necesario dar un trato diferenciado a los adolescentes? sólo a los adolescentes sino también a otros grupos que se encuentran en una situación especial de vulnerabilidad, justifica la adopción de medidas inherentes a realidades diferentes, lo cual no implica discriminar en sentido negativo, si no que deviene del razonamiento de circunstancias particulares en que se ven colocados estos grupos. En el caso concreto de los adolescentes es indispensable saber que enfrentan circunstancias particulares de su desarrollo que los hacen distintos a un adulto y en consecuencia requieren un trato legal diferente. La maduración cerebral en el ser humano, se va desarrollando progresivamente y se considera concluye alrededor de los 20 a 25 años; siendo el lóbulo frontal del cerebro el último en completar su desarrollo. ¿Qué importancia legal pudiera tener esto? Mucha. Porque algunas de las principales funciones de este lóbulo están relacionadas con el control e inhibición de la conducta social y la toma de decisiones; con la capacidad de evaluar las consecuencias de las acciones y anticipar los riesgos. Situaciones que cobran especial interés al momento de cometer una conducta señalada como delito, ya que si el cerebro no ha alcanzado esta madurez cerebral el adolescente difícilmente podrá controlar e inhibir la conducta como lo pudiera realizar un adulto.
“Todos los adultos fueron niños alguna vez, pero pocos lo recuerdan” Antoine de Saint Exupéry – El Principito La queja más común que escucho cuando se habla del sistema de justicia para adolescentes es: “Es injusto que estén tan poco tiempo privados de su libertad; un adolescente a los 16 años ya sabe lo que hace, deberían ser juzgados como un adulto.” ¿Saben lo que hacen? La mayoría de veces sí. ¿Tienen control total sobre ello? No siempre. El trato diferencial y especializado que la ley otorga no 6
Durante la adolescencia existe un desfase entre el desarrollo de las habilidades cognitivas y de las habilidades emocionales, entonces por ejemplo a los 16 años un individuo puede razonar como un adulto y saber que una conducta es delictiva, pero no tiene la madurez psicosocial necesaria para actuar como lo hará al tener mayor edad; es decir no son totalmente capaces, de controlar sus propios impulsos o de resistirse a la presión social. En consecuencia si un adolescente se encuentra ante una situación cargada de emotividad, presión social, aventura, riesgo y no tiene la guía adecuada de un adulto resulta muy probable que actúe de forma inmadura y desacertada; por el contrario si es debidamente informado de riesgos y consecuencias y no tiene presión social para decidir podrá tomar decisiones más maduras. Es de tal importancia el lóbulo frontal, que ha llegado a ser considerado como un regalo de la naturaleza para los seres humanos, ya que es una de las principales diferencias que encontramos entre el cerebro humano y el
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Mtra. Ivón Ruiz Cerón Jueza de Ejecución de Medidas Especializada en Justicia para Adolescentes
cerebro animal; de allí que su falta de maduración en los adolescentes pueda traer consecuencias significativas en su vida. Por otra parte es necesario recordar que los adolescentes tienen una predisposición natural al riesgo, al cambio, al desafío; lo que puede incluso suponer que la adolescencia ha sido fundamental para el desarrollo de la humanidad; pues es precisamente gracias a esta etapa de la vida que se han realizado los principales cambios y adelantos socioculturales, ya que los adolescentes buscan formas distintas a las de sus padres, no se conforman con lo que se ha dicho; si no existiera esta etapa posiblemente seguiríamos en la edad de piedra, sin cuestionar, ni desafiar lo que los mayores nos enseñaran. Además, a esto debemos sumar los cambios, hormonales, sociales y emocionales que viven los adolescentes, que de una u otra forma los hace vulnerables; ya que independientemente de que sus cuerpos estén creciendo, su cerebro no está lo suficientemente maduro, ni tienen autonomía total para decidir dónde vivir y que hacer, encontrándose en muchas ocasiones supeditados a las decisiones familiares. En el libro “Un sicario en cada hijo te dio” (Niño de Rivera, Castañeda, Dorantes, & Llamas Palomar, 2020) son narradas seis historias de adolescentes internos en diferentes centros de internamiento Mexicanos y a través de ellas podemos advertir como en muchas ocasiones los adolescentes antes de cometer la conducta fueron víctimas de su familia, de la sociedad, de las circunstancias, del Estado mismo y por supuesto de su naturaleza adolescente. El Estado que alguna vez les falló y no protegió sus derechos más fundamentales como el tener un nombre propio o una familia les hace ahora un juicio y les sentencia por la conducta cometida. Si bien es cierto muchas ocasiones nos alarmamos del resultado de su conducta, sobre todo cuando son difundidas por los medios de comunicación quienes les criminalizan y se escandalizan por la corta edad en que los adolescentes las cometen; no menos cierto es que pocas veces nos alarmamos ante las circunstancias de vida previas, que llevaron a cada uno a la comisión de los hechos. Difícilmente vemos qué fue lo que sucedió antes; no es tan sencillo como el pensar que simplemente un día el adolescente se levantó y decidió ser parte de la
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delincuencia organizada; ser sicario, o halcón, matar, robar o violar; es mucho más profundo que esto; normalmente podemos advertir la preexistencia de circunstancias que no son de todo responsabilidad del adolescente Por ejemplo tenemos la historia de Damián quien entre otras cosas su madre tuvo diecisiete hijos y ante la menor provocación desde muy pequeño era golpeado por ella con la escoba, cinturón, escoba, chancla o cable con todas sus fuerzas; hasta que un día lo entregó con una señora que tenía una casa en la que se alquilaban niños para mendigar o vender; logrando escapar del lugar, para irse a vivir en los basureros, trabajar como limpiavidrios y posteriormente empezar el consumo de drogas e iniciar con robos a partir de los ocho años y más adelante ser captado por la delincuencia organizada para ayudar en la sustracción de niños para venta de órganos y convertirse en halcón cuando ya iba a cumplir los nueve años; Damián nunca tuvo un acta de nacimiento; una guía, educación o cuidado que le ayudara a tener una vida distinta. Normalmente las historias de los adolescentes son complejas; con situaciones personales, sociales y familiares que hacían difícil la posibilidad de tener una vida en libertad; incluso antes de nacer tal y como lo podemos ver en el Documental: “Condena y redención: el caso de CYNTOIA BROWN” del año 2020, en el que la adolescente acusada de homicidio padeció entre muchas otras cosas alcoholismo fetal, que modificó en gran medida su comportamiento adolescente, dado que su madre bebía durante el embarazo una botella de alcohol al día, además de consumir drogas al final del embarazo; habiendo padecido tanto ella como su madre y abuela violaciones que impactaron en el desarrollo de su personalidad y forma de vida. En el diagnóstico de las y los adolescentes que cometen delitos graves en México realizado en 2014 por Elena Azaola, se estableció entre muchos otros datos que el 94% de los adolescentes habían tenido varios empleos como: vendedores de dulces, flores o películas, repartidores de pizzas, vendedores de tacos, asistentes en talleres mecánicos o de carpintería, trabajos de albañilería, herrería, franeleros, lava platos y labores en el campo y en la ganadería; que el 26% comenzaron a trabajar antes de cumplir los 12 años; el 41% comenzaron a trabajar entre los 13 y los 14 años y el 41% sufrió algún tipo de maltrato o abuso durante su infancia. Cuando conocemos las historias detrás de la conducta cometida, nos damos cuenta que posiblemente el que hubieran sido satisfechas necesidades básicas como alimentación, educación, guía y amor habría hecho distintas sus vidas y precisamente por ello las medidas impuestas a los adolescentes no deben ser sinónimo de castigo, si no que buscan potenciar el desarrollo de su persona y sus capacidades; es indispensable recordar que el sistema de justicia para adolescentes no tiene un fin punitivo, sino un fin socioeducativo. Muchas ocasiones me preguntan si en estos más de 20 años que llevo trabajando con los adolescentes privados 8
de su libertad considero que existe una verdadera reinserción y que si bastan tan solo tres o cinco años de internamiento para lograr una mejor vida para ellos (temporalidades máximas para los adolescentes que tienen 14 y 15 o 16 y 17 años al momento de la comisión de la conducta en términos de la Ley Nacional del sistema integral de justicia penal para adolescentes). Yo estoy totalmente convencida que si. Una temporalidad larga no es sinónimo de una mejor reinserción social y familiar, así como tampoco imprimir violencia sobre un niño es sinónimo de futura buena conducta; se trata más bien de la cantidad de elementos y guía que pongamos a disposición del niño o adolescente para lograr una maduración sana. Recuerdo el caso de un adolescente a quien llamaremos David, sentenciado a cuatro años y 6 meses de internamiento, quien ingresó manifestando que tenía primaria concluida; sin embargo no tenía documento para acreditarlo; durante su internamiento certificó primaria, secundaria y preparatoria con carrera técnica en diseño gráfico digital e inició la universidad en línea. Obviamente David no era el mismo chico que entró con estudios no comprobables de primaria al joven que recuperó su libertad con una maduración y evolución intelectual, física, familiar, psicológica e incluso social; pero sobretodo las oportunidades de vida serian distintas para él al momento de volver a la libertad porque no solamente avanzo académicamente, también tomó diferentes cursos de capacitación para el trabajo; mejoró su dinámica familiar y emprendió proyectos dentro del internamiento como lo fue la elaboración de una agenda en náhuatl con una calidad increíble. Considero que en éste como en muchos casos sólo era necesario darle una oportunidad y recursos para potencializar sus capacidades; siendo precisamente la adolescencia una etapa fundamental para lograrlo. Sin embargo socialmente es muy complicado darnos cuenta que no todos los adolescentes tuvieron las mismas oportunidades que nosotros; juzgamos desde una mirada adultocentrista y muchas veces desde el privilegio, sin saber que su desarrollo cerebral no es igual al de un adulto, que su forma de vida no depende sólo de ellos, sino también de la familia y sociedad en que le tocó vivir, que las hormonas juegan un papel importante en su conducta y que en general están supeditados a muchas situaciones o circunstancias distintas a las de un adulto quien está capacitado para vivir y tomar decisiones de manera autónoma. Y es precisamente por esta mirada y la tendencia inquisitiva de buscar penas y no medidas, así como una intención de venganza, es lo que en muchas ocasiones no nos permite entender el por qué los adolescentes merecen un trato diferenciado al de los adultos; el daño que desafortunadamente causan a las víctimas no aminoraría aunque tuvieran un trato como adultos; los derechos de las víctimas son los mismos con independencia de que la conducta haya sido cometida por un adulto o
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un adolecente y el buscar la forma de reparar el daño causado en la mayor medida posible sería objeto de otro análisis. Esta necesidad de trato diferenciado; no es un capricho del legislador Mexicano, sino que ha sido señalada por instrumentos internacionales como lo es la CONVENCIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO, firmada por el Estado Mexicano en 1989 y ratificada en 1990 la cual busca que todo ser humano menor de dieciocho años se beneficie de una serie de medidas especiales de protección y asistencia; su contenido fue negociado durante un periodo de 10 años por gobiernos, organizaciones no gubernamentales, promotores de los derechos humanos, abogados, especialistas de la salud, asistentes sociales, educadores, expertos en el desarrollo del niño y dirigentes religiosos de todo mundo.
humanos en la historia, no solo por Estados sino también por otros sujetos de derecho internacional, al coincidir la comunidad internacional en que los niños merecen un trato diferenciado y especializado dada su vulnerabilidad por la etapa de desarrollo físico y emocional, en que se encuentran. ■ IVON RUIZ CERÓN
Esta convención no es un instrumento cualquiera; es el tratado más ratificado que cualquier otro de derechos
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En torno a la inequidad y violencia que sufren las personas en nuestro país, Revista LEX INFORMA se complació en presentar el Foro Académico: Igualdad de Género en la Impartición de Justicia, en donde distintas figuras del ámbito judicial brindaron sus conocimientos para contribuir a la difusión de este tema. Para comenzar nuestra entrega la Dra. Yasmín Esquivel Mossa, Ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se presentó con el tema Avances y Retos en la Impartición de Justicia con Perspectiva de Género. La Ministra Yasmín Esquivel comenzó su intervención de la siguiente manera: me gustaría agradecer al Lic. René Castelán Olguín, Fundador y Director de Revista LEX INFORMA, por el espacio para participar en este foro sobre la igualdad de género en compañía de muy distinguidas juristas y comprometidas juzgadoras en el marco de la conmemoración del vigésimo sexto aniversario de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer. Juzgar con perspectiva de género la violencia contra las mujeres se ha convertido en una práctica cotidiana en nuestro país, basta observar las notas periodísticas o redes sociales para constatar este terrible problema. A inicios de semana leí una nota cuyo encabezado decía “Piden auxilio 197 mujeres al día por violencia, acoso…”, esta es una de las tantas notas que dibujan la 10
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realidad que viven las mujeres, niñas y adolescentes al sustento de la familia cumpliendo doble jornada por medio de las llamadas realizadas a las líneas de laboral, la del trabajo doméstico no remunerado y ayuda. el informal remunerado, en los que reciben salarios inferiores al de los hombres, asimismo subsiste una La consulta a los datos que mes con mes reporta práctica de exigirles una prueba de embarazo para el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de ingresar al trabajo o son víctimas de la violencia en Seguridad Publica bajo el rubro Información sobre el hogar o escolar. la violencia contra las mujeres, incidencia delictiva y llamadas de emergencia al 911 nos aporta las cifras De esta forma, ha sido necesario acudir a la de víctimas de mujeres de feminicidio y otros delitos, implementación de la perspectiva de género, que se con base en las carpetas de investigación iniciadas ha definido como un método de análisis que pretende ante el MP en las diferentes entidades federativas. detectar y eliminar las barreras y obstáculos que En este año al corte del 30 de septiembre el sistema discriminan a las personas por condición de sexo o reporta un promedio de 2.69 feminicidios al día y 7.70 género; un ejemplo se encuentra en la plataforma de homicidios dolosos de mujeres, lo que se traduce en Acción de Beijín en la que se estableció un importante un total de 10 mujeres que diariamente mueren, así paradigma en la Agenda Mundial de la Igualdad de como 47,041 lesiones dolosas, 192,746 de violencia Género y el empoderamiento de la mujer. familiar, 3,116 de violencia de género y 15,744 de violación, el panorama es devastador, mujeres cuya En ella, los estados se comprometieron a vida es sesgada o lo menos, marcada hacia el futuro, implementar la perspectiva de género en todas sus la violencia sobre las mujeres, niñas y adolescentes instituciones, procesos de planificación y adopción es un flagelo profundamente arraigado, consecuencia de decisiones en el ámbito público y privado. Por de la discriminación estructural de la mujer que otro lado, en materia de impartición de justicia se encuentra en la violencia su peor y más grave ha realizado una importante labor para el acceso a expresión, o simplemente producto de relaciones la justicia de las mujeres y la tutela efectiva de sus asimétricas de poder en una sociedad claramente derechos al incorporar dicha perspectiva; asimismo jerarquizada, donde los hombres pretenden afianzar es una obligación para el Estado Mexicano juzgar con perspectiva de género, siendo una obligación su dominación. de orden constitucional para quienes impartimos La particularidad de este tipo de violencia encuentra justicia. su raíz en el género, es decir, se ejerce contra la mujer por ser mujer. Las preguntas obligadas y de En particular, la Convención Contra la Eliminación de urgente respuesta son: ¿Cómo atender y erradicar todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer la violencia contra la mujer? ¿Cómo lograr hacer (CEDAW) es el instrumento en el que por vez primera efectivo los Derechos Humanos? Llevamos no se impone a los estados parte de la obligación para menos de 3 décadas implementando diversas vías, fomentar un trato de igualdad en todas las etapas del sin embargo, en la actualidad lejos de abatirse la procedimiento a través de diversas recomendaciones vemos incrementar. En nuestro país, los Art. 1° y como la número 33 en la que se establece que las 4° Constitucional disponen que todas las personas mujeres tienen que confiar en un sistema judicial gozarán de los mismos Derechos Humanos libre de mitos y estereotipos en una judicatura cuya reconocidos en la Constitución y en los Tratados imparcialidad no se vea comprometida por estos Internacionales ratificados por el Estado Mexicano; supuestos sesgados. también se han promulgado leyes que directamente El comité recomienda que los estados parte ejerzan tratan de satisfacer el propósito tutelar de los la debida diligencia para prevenir, investigar, castigar Derechos de la Mujeres, Niñas y Adolescentes para y ofrecer la reparación por todos los delitos cometidos atender y erradicar la violencia contra la mujer. En contra mujeres, asimismo alentar a las mujeres el ámbito internacional se identifican otros tantos a denunciar los delitos cometidos contra ellas y instrumentos y un sinfín de relatorías, así como participar activamente en los procesos de justicia recomendaciones e informes que atienden este penal bajo un criterio de confidencialidad y una problema, sin embargo, este esfuerzo normativo que perspectiva de género para evitar la estigmatización postula la igualdad formal de mujeres y hombres no durante todas las actuaciones judiciales, incluyendo ha logrado materializarse en una igualdad sustantiva la victimización secundaria en casos de violencia de hechos. junto con una mejora en las respuestas en su justicia Lo anterior puede observarse cuando nos percatamos penal a la violencia en el hogar, entre otras. Sabemos que las mujeres son las principales responsables del que en México aún tenemos una agenda pendiente, hogar y el cuidado de los hijos, además de coadyuvar en donde no se revictimice a la mujer cuando acuda
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a las instancias para denunciar este tipo de delitos. Más tarde, en el ámbito regional surgió la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer conocida como Convención Belem do Pará, siendo el primer instrumento internacional que establece el derecho a las mujeres a vivir a una vida libre de violencia como una condición indispensable para su desarrollo; también fue el primero en definir la violencia y reconocer que esta constituye una forma de impedir y anular el ejercicio de los Derechos Humanos de las mujeres. Este instrumento propone por primera vez el desarrollo de mecanismos de protección y de defensa de derechos de las mujeres como fundamentales para luchar contra el fenómeno de la violencia contra su integridad física, sexual y psicológica, tanto en el ámbito público como en el privado. Ahora, juzgar con perspectiva de género no es solo un mandato para el Estado Mexicano, también es una obligación constitucional. El máximo Tribunal ha sostenido que el reconocimiento de los derechos de la mujer a una vida libre de violencia, discriminación y acceso a la justicia en condiciones de igualdad exige que todos los órganos jurisdiccionales del país impartan justicia con perspectiva de género pretendiendo detectar y eliminar todas las barreras y obstáculos que discriminan a las personas por condición de género; de ahí que los juzgadores deben cuestionar esos estereotipos preconcebidos en la legislación respecto de las funciones asignadas a uno u otro género. En este sentido, la obligación de impartir justicia con perspectiva de género debe operar como regla general y enfatizarse en aquellos casos de grupos de especial vulnerabilidad como son las mujeres y las niñas indígenas, tutelando derechos fundamentales consagrados tanto en la Constitución como en tratados internacionales del Estado Mexicano.
y 205 de la Ley del Seguro Social, la respuesta, su solicitud no podía ser atendida positivamente porque las normas prescriben que dicho servicio sólo era otorgable, sin restricciones, a mujeres trabajadoras. En este ejemplo sí tenemos la aplicación de un protocolo con perspectiva de género, pero si el trabajador pretende hacer uso del servicio debe acreditar ser viudo o divorciado, o bien, ejercer la custodia judicial de sus hijos, siempre y cuando no contraigan nuevamente matrimonio o concubinato. Ante la negativa, ambos padres promovieron un Juicio de Amparo indirecto, el cual fue sobreseído, lo que motivó que interpusieran un recurso de revisión ante la segunda sala, y así trajo el conocimiento del asunto para aspecto de resolver sobre la inconstitucionalidad de las normas señaladas y bajo las consideraciones siguientes: en el estudio, la sala establece que la ley hace una distinción injustificada y discriminatoria al otorgar el beneficio de guardería de forma exclusiva a las aseguradas, mientras que para los trabajadores asegurados establece una serie de requisitos en su condición de padres o tener la guardia y custodia del menor; una diferencia que atenta contra la igualdad de los derechos que deben regir para toda persona independientemente de su sexo, además de obstaculizar a los padres trabajadores a gozar del servicio en igualdad de derechos que la mujer trabajadora colocándolos en un situación de desventaja, así como el derecho a la igualdad entre hombre y mujer que contempla el Art. 4 de la Constitución.
La perspectiva de género nos permite evidenciar una distinción injustificada que beneficie al hombre, sin embargo, el análisis del asunto permite ir más allá. En efecto, advertimos que este trato diferenciado deriva de la asignación a la mujer de un rol de cuidado de los hijos por el simple hecho de serlo, lo que implica un estereotipo de género, esto es, la preconcepción de que a la mujer es a la que corresponde la responsabilidad de la crianza, Por otra parte, introducir la perspectiva de género la atención y cuidado de los hijos sin considerar conlleva incentivar políticas institucionales que ésta es una responsabilidad compartida de los encaminadas a eliminar la discriminación basada padres que deben participar en igual medida. en el género, por ejemplo, promover la mayor presencia de mujeres como titulares de órganos Para finalizar, me gustaría mencionar que tenemos un jurisdiccionales, generar mecanismos para prevenir, reto mayor: abatir la violencia contra las mujeres que atender y erradicar el acoso sexual o cualquier otra pasa por una cultura de la denuncia por poner coto forma de violencia sexual de género e implementar a la impunidad. Nuestras autoridades deben recabar la licencia de paternidad. información estadística de cuántos son los delitos que son denunciados; deben empeñarse todos los Respecto del anterior, en el año 2015 un hombre días en el ámbito de nuestras competencias para presentó solicitud para la prestación de servicio contar con protocolos que garanticen investigaciones de guardería para su hijo, esto ante el área con perspectivas de género y así culminar en correspondiente del IMSS. Un par de semanas sentencias condenatorias para los responsables y después se le respondió, con base en los Art. 201 rendir cuentas a la ciudadanía de cuántos de esos 12
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delitos son castigados. Se impone la capacitación con perspectiva de género a policías y autoridades ministeriales, es necesario abatir la brecha salarial que existe, asimismo la subrepresentación de la mujer en posiciones de mando y dirección, y en este sentido, son necesarias políticas institucionales en el sector privado que refuercen las políticas públicas y la tarea legislativa que ha venido desempeñando en los últimos años; es nuestro deber y no una aspiración, debemos hacer una realidad material los principios de igualdad y no discriminación. Para continuar con nuestro foro, la Dra. Estela Fuentes Jiménez, Magistrada del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México, nos presentó el tema: De la Violencia Doméstica... al Tribunal. Es un honor estar compartiendo esta tarde con grandes personalidades, de igual forma quiero agradecer al Lic. René Castelán por este evento de gran importancia para llevar conciencia a la sociedad actual. Hablar de la violencia doméstica no es una cosa menor, es un tema que todas y todos conocemos, siempre hablamos de violencia y desafortunadamente todos los días vemos en los medios de comunicación los distintos medios de comunicación y que finalmente terminan haciéndonos notar un tema en donde incide la violencia, enterándonos de forma de sucesos o problemas que se viven en nuestro país y que amenazan o vulneran de manera grave los derechos humanos, no sólo de las mujeres, sino de todas las personas que integramos la sociedad; dentro de los ejemplos tenemos homicidios, feminicidios, inseguridad, corrupción, pobreza, desigualdad, exclusión y discriminación. Pareciera ser que ya se ha dicho todo en relación a la violencia doméstica, sin embargo, considero que representa a la fecha un problema de gravedad, en donde estimo que el Estado no ha actuado en consecuencia para este efecto, y esto desde luego ha generado desconfianza y descontento en la sociedad, principalmente para los aparatos de procuración de justicia, así como el aparato de la administración de justicia, pues sabemos y conocemos todos los juzgadores el clamor de las familias que exigen una justicia efectiva.
En nuestro país, la violencia contra la mujer no es un tema novedoso, sino un problema social de antaño, inclusive desde el último cuarto del siglo XX ya se habían manifestado revoluciones para alcanzar esa igualdad sustantiva que tanto hemos buscado. Quise hablar sobre este tema porque me causó una gran impresión las cifras actuales, ya que después de revisar varios documentos, las estadísticas que se desprenden tanto de las notas periodísticas como de algunos artículos y de las últimas estadísticas que arroja el INEGI, vemos que a la fecha la violencia doméstica o familiar ha ido en gran aumento; sabemos y tenemos conocimiento que la emergencia sanitaria nos obligó no sólo a detenernos, sino a encerrarnos en nuestros domicilios para atacar a este enemigo que conocemos como virus Covid-19 que ha matado a mucha gente en el mundo, pero el más afectado sin lugar a dudas ha sido el continente americano. A la par de estos resultados, otra cifra que aumentó de forma considerable fue la violencia doméstica y lo más preocupante, las víctimas de feminicidio. Al encontrarme con un texto titulado “Las dos pandemias: violencia contra las mujeres en México en el contexto del Covid-19” pude observar que sólo en abril de 2020 se registró un promedio de 12 feminicidios por día y un aumento considerable
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en las llamadas telefónicas denunciando violencia familiar, violencia sexual, entre otras. En otra nota pude advertir que en lo que va del año las mujeres capitalinas realizaron un promedio de 197 llamadas de auxilio por día, y estas llamadas sólo son relacionadas con temas que tienen implicación de género o que según la Agencia Digital de Información Pública versan en temas como violencia intrafamiliar, salud, emocional o sexual; pero también se advierte que en lo que va del año se han contabilizado 55,850 llamadas a la línea telefónica de la Ciudad de México sobre mujeres que piden auxilio por violencia intrafamiliar. De estas llamadas 16,231 fueron por temas penales. Ahora, de la encuesta nacional de seguridad pública, de acuerdo con los datos que arroja el INEGI, pude advertir que el confinamiento y el aislamiento por Covid-19 han tenido una gran repercusión en la vida familiar, pues se agravaron situaciones como el estrés y la economía. También se habla de tensión familiar, violencia de género y en algunos casos, feminicidios.
circunstancias emocionales o de otro tipo. Ahora, si consideramos a la familia como una institución social, que es concebida por la sociedad como un espacio de seguridad de pacifismo, de calidez y de respeto en donde se inculcan los mayores valores para el perfecto desarrollo de su personalidad, es necesario trabajar para erradicar o por lo menos disminuir este problema que aqueja a las familias mexicanas.
Es un problema que hemos venido arrastrando porque considero que no ha sido atendido con la contundencia y precisión que se requiere, de ahí que este problema requiere ser atendido de manera urgente, no sólo por el Estado, sino con otras acciones afirmativas para hacer conciencia y sensibilizar a la sociedad sobre el particular, pues pensamos que violencia sólo es asistir un golpe o provocar una lesión física, y no, violencia son muchísimas
Primeramente, quiero agradecer la invitación al Lic. René Castelán Olguín por el espacio brindado en este foro digital sobre la Igualdad de Género en la Impartición de Justicia.
Dicho lo anterior, podemos conceptualizar a la violencia doméstica como aquella que tiene lugar entre personas que pertenecen al mismo núcleo familiar, pero ¿qué comprende esta violencia familiar? Actos u omisiones que atentan contra la vida, integridad, libertad o desarrollo de las capacidades y desde luego de la personalidad de los miembros. La violencia doméstica recae en personas que son o hayan sido parejas del agresor, es decir, a la persona, concubina o a cualquier otra relación de tipo sentimental, y aquí podemos hablar sobre aquellas parejas homosexuales, así como a todas aquellas personas que comprenden a la comunidad Los efectos particularmente adversos son para las LGBTTTI. mujeres, los niños, niñas, adolescentes, así como personas con discapacidad o personas de la tercera ¿Cuáles son estas consecuencias de la violencia edad, y todas aquellas que son vulnerables como doméstica? Diría que, en términos generales, estas blanco perfecto de un tipo de violencia. De acuerdo consecuencias son a nivel físico y psicológico, como con estos datos, durante el periodo más álgido de el estrés postraumático, ansiedad, depresión, baja la pandemia, la violencia que experimentaron las autoestima, sentimientos de culpa y los más graves mujeres en el entorno familiar se incrementó en que terminan siempre en homicidios o feminicidios. un 22.9% y se destaca información en donde el ¿Cómo puedo finalizar estos comentarios? Es un agresor principal fue siempre el esposo o la pareja ideal el que consideremos que en nuestra sociedad sentimental. Como vemos, ha ido en aumento esta mexicana el núcleo familiar sea un espacio seguro, de violencia doméstica o intrafamiliar, pues en 2019 se respeto, en donde se inculquen los valores de mayor registraron 209,593 carpetas de investigación, y lo trascendencia para una vida digna. Considero que, que puedo advertir es que en 2019 aún no teníamos nuestra lucha, en todos los temas relacionados con este problema de la pandemia, sin embargo, en la igualdad sustantiva, debe continuar y debemos ir el año 2020 se registraron 220,609 carpetas de caminando hombro con hombro, luchando y abriendo investigación. Estos números sólo comprenden brechas para que en algún momento podamos aquellas que se han denunciado, pero ¿qué pasa alcanzar la plenitud no sólo de las mujeres, sino de con aquellas mujeres que no denuncian? No todas las personas que componen la sociedad. obstante, las cifras que arrojan estos instrumentos son preocupantes, sobre todo si consideramos que Para finalizar esta entrega, la Mtra. Fabiola Catalina son un reflejo de un problema añejo, inclusive a la Aparicio Perales, Juez Consejera del Poder Judicial fecha puedo afirmar que se trata de un problema de del Estado de México, nos compartió su experiencia salud pública y que la pandemia por Covid-19 vino a personal y laboral en el tema: La Mujer como recrudecer estos efectos que ya veíamos. Juzgadora.
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Hablando desde mi experiencia, puedo decir que durante 36 años he vivido dentro de mi institución diversos cambios, así como diversas formas de trabajo, y que actualmente en el Poder Judicial
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¿Qué podemos hacer? Protegerlas rápido, ya que dentro de la ley general se establece un tiempo para poder emitir una medida de protección que son 4 horas, entonces, ¿cómo vamos a hacer para reducir este tiempo? El señor presidente con un equipo de trabajo estableció que la única manera de proteger a todas las mujeres que tienen dicho problema, es por medio de un juzgado en línea, exclusivo para la violencia familiar; este juzgado va a laborar los 365 días del año, las 24 horas del día, de tal manera que, desde cualquier lugar del Estado de México, las mujeres pueden presentar por línea una petición urgente de ayuda. Cabe mencionar que se van a rolar los jueces para estar ahí atendiendo esas llamadas de auxilio y en menos de 4 horas tengan que emitir la orden de protección.
tenemos concursos de oposición para todas y todos; de esta forma se nos dan las mismas oportunidades para poder acceder a cargos de la alta dirección. Estamos convencidas de que no se nombra a una magistrada y jueza por el simple hecho de ser mujer, sino por sus capacidades, ya que presenta un examen y se gana ese cargo tan importante. No obstante, debo reconocer que en el cargo de jueza o magistrada no hay paridad, pues existe un mayor número de hombres en esos cargos. En este sentido, somos 173 juezas y 236 jueces, por otro lado, encontramos que magistradas mujeres son 18 y hombres 36, entonces, definitivamente la idea de nuestro presidente, el Magistrado Alfredo Ricardo Sodi Cuéllar, es que exista esa paridad. Actualmente, se están concursando cuatro plazas de Magistrado y únicamente el concurso se abrió para mujeres; durante todo el tiempo que he laborado en la institución nunca se había advertido que un concurso se hiciera así. En cuanto a la violencia desde la parte del consejo, siempre ha habido una preocupación para proteger a las víctimas.; a raíz de la pandemia se ha generado una fuerte violencia hacia las mujeres y lamentablemente el porcentaje se ha elevado, de esta forma se ha tenido la necesidad de inaugurar el primer juzgado familiar en línea en violencia familiar, precisamente como consecuencia del incremento de la violencia, ya que es lamentable ver que lo único que se ha generado es violencia, pero hay que ver cuál es la razón y ayudar mientras ellas lo necesiten.
Sabemos que no sólo las mujeres son violentadas, también los hombres, pero nosotras hablamos más de las mujeres porque el número es mayor, no porque exista una discriminación. Una de las partes que más he resentido como juzgadora es cuando he tenido frente a mí a una mujer que es violentada y que no entiende que la situación por la que está pasando es un maltrato, que piensa que estas actitudes son normales y de esta forma otorga el perdón a su pareja, provocando la sucesión de la misma e incluso llegar al grado extremo de privarse de la vida. En el Poder Judicial del Estado de México, afortunadamente no tenemos diferencias de salarios, es decir ganamos lo mismo que los varones, ya que pensamos como juzgadores que el principio de la justicia es la mediación; nosotros le hemos apostado mucho a esta forma porque a veces necesitamos ayuda de alguien que tenga las herramientas adecuadas para que nos haga ver el problema y así llegar a un arreglo considerando que el futuro de la justicia es la tecnología. En concreto quiero comentar que sí nos falta el tema de la paridad, pero vamos avanzando, creo que se ha logrado mucho a lo largo de tantos años de la lucha de muchas mujeres que incluso dieron su vida con tal de que otras estemos mejor. Espero que muy pronto podamos lograr la piedad entre juezas y magistradas. De esta forma concluyó el Foro Académico “Igualdad de género en la Impartición de Justicia” dentro de nuestra plataforma digital.
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El Feminicidio y su relación con el Sistema Educativo
En torno al incremento de violencia que se ha suscitado en contra de las mujeres, Revista LEX INFORMA se complace en presentar a la Mtra. Laura Rodríguez Allier, Licenciada en Criminalística, Maestra en Ciencias de la Educación y Experta en Empoderamiento y Derechos de las Mujeres, quien nos habló sobre el Feminicidio y su relación con el Sistema Educativo. La Mtra. Allier inició su exposición de la siguiente manera: esta tarde voy a hablar sobre el feminicidio, sin embargo, me gustaría aterrizar el tema dentro de la cuestión educativa, ya que converge con el hogar y diferentes ámbitos en donde una persona se puede desarrollar desde las primeras etapas. Primeramente, voy a situar el feminicidio desde la perspectiva histórica, es decir, cómo se veía, cómo se ve y cuál es la propuesta educativa que se debería tener en nuestras manos como sociedad actual, como educadores o padres que estén participando con la educación de los pequeños y adolescentes.
Lamentablemente, las defunciones femeninas no son un tema nuevo, pues a lo largo de la historia se han presentado situaciones sociales que demuestran la violencia en contra de las mujeres; un ejemplo son los restos óseos pertenecientes a la sociedad prehistórica que indican su muerte por posibles golpes causados por otro ser humano. También se conoce que en Roma el papel de la mujer era relegado prácticamente al hogar o podía ser vendida, castigada y maltratada, mientras el hombre ocupaba el Senado, así como la participación ciudadana y las decisiones del pueblo, entre otras cosas.
Asimismo, el convenio de 1951 con la igualdad de remuneración entre la obra masculina y femenina y en 1954 la Asamblea General de las Naciones Unidas exhortó a los estados miembros a abolir prácticas como poner un precio a la novia, garantizar la libertad para elección de su esposo y la posibilidad de volver a tener relaciones en el caso de quedar viudas. Por otro lado, en 1967 la Asamblea General aprueba la declaración sobre la eliminación de la discriminación contra la mujer y en la década de los 70’s se trabaja en los países desarrollados el abordaje de la violencia doméstica contra las mujeres. En los años 80’s se ve la adopción de medidas para eliminar cualquier tipo de discriminación y dignidad de las mujeres y en Bélgica entran tres feministas radicales que definen el concepto en el Primer Tribunal Internacional de Delitos contra las Mujeres como una demanda colectiva. En Ciudad Juárez se presentó una cantidad elevada de asesinatos violentos de mujeres con evidencia de violencia sexual; en consecuencia, México se convirtió en el primer país del mundo en crear una Ley que tipificó y criminalizó el feminicidio como un delito especifico, producto de la violencia feminicida. Dicho concepto es acuñado por primera vez por Christine Lagarde en 2005 y en México a nivel federal es publicado el 14
En Egipto, sucedía algo similar y en la India si un esposo moría, la mujer era quemada junto al cadáver; en Irak y Etiopía encontramos casos de deshonra familiar por tener una hija. En Grecia, si una pareja era acusada de cometer un delito, la pena sólo era aplicada para la mujer, mientras que en el islam, la mujer es propiedad privada del marido y puede pegarle tomándose como fines educativos; en Inglaterra se contaba con la regla “del dedo pulgar” donde el esposo tenía derecho de golpear a su mujer con una vara que no superara el grosor del dedo pulgar. Otro ejemplo se observa en Francia, cuando un hombre mataba a su pareja no era castigado siempre y cuando existiera un arrepentimiento mediante juramento. En el nivel nacional se encuentra el registro de la epístola de Melchor Ocampo que era leída cuando se casaban, misma que presentaba una serie de consejos o sugerencias de lo que debía hacer un hombre y una mujer como esposo y esposa; lo anterior continuó hasta 2006-2007 cuando se aprobó en la Cámara de Diputados y Senadores el ordenamiento de la supresión de esta epístola. Prosiguiendo con el tema, me gustaría mencionar los antecedentes de la creación de la protección de las mujeres; en esta arista podemos encontrar que en 1947 la ONU se reunió para debatir la cuestión jurídica y social de las mujeres. 16
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Mtra. Laura Rodríguez Allier Licenciada en Criminalística, Maestra en Ciencias de la Educación y Experta en Empoderamiento y Derechos de las Mujeres
de junio de 2012 dentro del Diario Oficial de la Federación y en esta reforma se incorpora el delito de feminicidio en su Código Penal en el Art. 325. ¿Quiénes cometen feminicidio? La cifra arroja que el 35% de los asesinatos de mujeres a nivel mundial son cometidos por un compañero íntimo, lo que deja ver que las personas cercanas a la mujer son las causantes no sólo en la relación sentimental, sino cuando están distantes. En el año 2019, encontramos que las entidades de Veracruz, Estado de México, CDMX, Nuevo León y Puebla son los estados con el mayor número de casos de feminicidio denunciados, y que además se lograron considerar como feminicidios. Continuando con las estadísticas, del año 2015 al 2019 podemos ver un aumento de casos que sigue en estos tiempos de pandemia, pero aquí no vamos a hablar de cuestión política, debemos ir más allá, es decir, esto se trata de qué condiciones se están generando en el hogar, en la educación o en el mismo contexto social en el que se desarrolla mujer y hombre para que, de enero a octubre de 2020, se registraran aproximadamente 777 casos de feminicidio. La definición de feminicidio se presenta en la muerte violenta de las mujeres por razones de género. El tipificar en nuestro país el feminicidio es hablar de la forma más extrema de violencia contra la mujer, a diferencia del homicidio que es la muerte de la mujer en donde no había un vínculo o conocimiento previo; lo anterior podemos encontrarlo en el Art. 325 del Código Penal Federal en donde se presentan siete razones para hablar de este delito. ¿Cuáles son las agravantes? Si un servidor público entorpece la investigación va a tener un agravante, ya que estamos ante un delito que está considerado en la Ley Penal. En el caso de la CDMX si el activo y la víctima existe una relación sentimental afectiva de confianza, de parentesco o cualquier otra, ahí ya hay una agravante. Es menester informar que la pena para castigar un feminicidio es de 40-60 años de cárcel y aproximadamente 500 días de salario mínimo, pero dada a su naturaleza sólo podrá realizarse dolosamente. Cabe destacar que cualquier muerte de una mujer deberá analizarse con perspectiva de género, y es importante porque desconocemos todos los mecanismos y herramientas que existen para que podamos hacer valer el derecho de las víctimas; dentro de ellas existe la guía de peritajes enfocada en perspectivas de género, así como varios protocolos para atender el feminicidio y el Observatorio Nacional de Feminicidio. Para esto, la SCJN establece que en el caso de muertes de la mujeres se debe identificar las conductas que causaron la muerte y verificar la ausencia y presencia de motivos o razones de género que originen o expliquen la muerte violenta, de igual forma se debe preservar evidencias específicas para determinar si hubo violencia sexual y hacer las periciales
pertinentes para determinar si la víctima estaba inmersa en un contexto de violencia; para ello tenemos la exploración por parte del médico forense, quien va a explorar el cuerpo de la mujer y buscar signos de defensa. Me gustaría hacer mención del Protocolo Alba que es parecido a la Alerta Amber, pero específico para las mujeres; este surge a raíz del campo algodonero en donde tres chicas desaparecieron y al no haber respuesta del gobierno, se produce la intervención de la Corte Interamericana, y de esta forma México muestra el Protocolo Alba que consiste en que todos los sistemas encargados en la búsqueda, localización y protección se unan para poder encontrar a la mujer. También podemos checar Alas para el Cambio que está incluido en el Plan Nacional de Desarrollo de 2030, en donde el objetivo 5 presenta la estrategia de iniciativa que nos habla de la inclusión de todos los ciudadanos de cualquier edad para atacar la problemática social. La autopsia psicológica en casos de feminicidios es una propuesta que se utiliza en casos en donde, derivado de sus investigaciones, no se tienen los elementos para establecer si una persona fue asesinada o falleció por su propia mano, es decir, si se suicidó; en estos casos se va a analizar ropa, calzado, documentos, celulares, computadoras, etc. Para finalizar esta exposición quisiera hablar desde mi formación docente. Este tema es muy importante porque los alumnos en general desconocen esta situación; en la currícula no aparecen temas de violencia de género, aparece violencia escolar, pero hemos dejado a un lado la violencia de género, entonces, ¿en qué momento se va a difundir? ¿En qué momento los mismos docentes van a tener conocimiento de todos los mecanismos que existen, tanto preventivos como al momento de un caso de feminicidio? Creo que una propuesta sería que se pudiera incluir en la currícula de los adolescentes el tema de la violencia de género, hablarles sobre los vínculos, ya que se piensa que las relaciones en casa son las correctas, que la violencia es normalizada, y se cree que es natural que mi mamá sea golpeada. Entonces, debemos acercar estos temas y estas pláticas a los jóvenes, es de suma importancia. Si no atacamos esto desde edades tempranas, no podemos presentar una prevención más adelante, y a esto se suma que las chicas normalizan la violencia y piensan que los celos son parte del amor. Por favor, comencemos a pensar en una educación, en un respeto e igualdad. Nuestra invitada, la Mtra. Laura Rodríguez agradeció el espacio brindado por el Lic. René Castelán Olguín, esperando una participación más; de esta forma concluimos una entrega más en la plataforma digital de Revista LEX INFORMA.
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Funciones de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes Revista LEX INFORMA se complace en presentar a la Mtra. Cristel Yunuen Pozas Serrano, Procuradora de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de México, que nos presenta las Funciones de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes. Para comenzar su exposición la Mtra. Pozas tomó la palabra de la siguiente forma: Antes de entrar a nuestro tema quisiera compartir desde cuándo las procuradurías de protección aparecen en nuestra legislación, un poco a manera de preámbulo muy básico para que se cuente con conocimientos y se acerquen a la especialización de derechos. En este cambio de paradigmas que nos hace ver a las niñas, niños y adolescentes como personas titulares de derechos, tienen que considerarse conforme a su nivel de desarrollo, edad y algunas situaciones importantes, como lo son las relaciones tempranas y vínculos seguros, es decir, el afecto que les brindamos para alcanzar un grado de bienestar muy alto; ideal compartido desde 1989 en la propia Convención de los Derechos del Niño, en donde se señaló que los estados, la familia y las comunidades son quienes tienen la obligación de propiciar un desarrollo de la personalidad adecuada para la niñez en general. Existen estudios científicos que nos dicen que las relaciones tempranas en la primera infancia van a generar bases esenciales para la personalidad de la niña o el niño en su vida adulta; de ahí que el enfoque de derechos plasma que debemos tener una congruencia entre la edad del infante y el desarrollo de esta personalidad de la mano de su crecimiento conforme a su contexto. De ahí que estos actores de cambio de paradigma son la Convención de los Derechos del Niño en el año 2014 con la Ley General de Niñas, Niños y Adolescentes, asimismo conlleva unos veinte años de muchas de las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño y algunos informes especializados, por ejemplo, el que explica el interés superior de la niñez, sus alcances y la forma de participación de niñas, niños y adolescentes. Desde 1994 el Estado mexicano tenía la recomendación de formar una área especializada para la niñez, misma que fuera el traductor de los deseos genuinos de la niñez, y así evitar —hasta cierto punto— tantos trámites por la intermediación adulta para que los niños tuvieran un acceso más rápido hacia el ejercicio de sus derechos, sin embargo, esto no se dio hasta el año 2014 con la propia Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que cambió de nuestra propia Constitución Federal en 2011. Antes de esta gran reforma existieron algunos amparos directos, así como algunas sentencias emblemáticas de nuestros Tribunales de la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación, en donde se reconocían derechos humanos de niñas, niños y adolescentes, por supuesto muy apegados a la interpretación conforme al principio pro persona. De esta forma se abre la pauta para hablar acerca de lo que corresponde a los niños, ya que no es una población para verla como del mañana, es una población actual y lo estamos viendo con grandes activistas que son adolescentes y niños que, a través del mundo, están siendo escuchados en la Asamblea General de las Naciones Unidas, mismos que están solicitando se garanticen sus
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derechos. Ahora, los niños viven tres tipos de relaciones de poder: física, psicológica y legal, está última es la patria potestad como poder, y hay países que ya están transitando las responsabilidades parentales, lo cual es una evolución de la patria potestad y será muy interesante el momento en que México llegue a este paso jurídico en favor de las niñas y los niños. Para proseguir con el tema me concentraré en lo que está pasando en el Estado de México. A partir de las reformas constitucionales y de la Ley General, en 2015 se expide por nuestra legislatura la Ley de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México, que traerá algunas aportaciones muy complementarias y relevantes; si uno analiza el propio texto de la Ley general contra la Ley de Derechos, encontramos que la Ley de Derechos de nuestro estado menciona un amplio catálogo y un párrafo adicional que la propia Ley General, entonces, esto es un paso trascendente y hablamos de un nivel jurídico de vanguardia que trae muchos beneficios para ellos. Otra Ley presente es la que regula los Centros de Asistencia Social de las Adopciones en el Estado de México, siendo una ley especial de vanguardia muy modernizada y por supuesto con los cambios legislativos que vinieron a la par de los Códigos de Procedimientos Civiles como el Código Civil y el Código Penal. También hay unos criterios jurisprudenciales que están teniendo un reflejo propio de lo que está pasando en América Latina con la Corte Interamericana de Derechos Humanos, es decir, con algunas sentencias emblemáticas
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Mtra. Cristel Yunuen Pozas Serrano Procuradora de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de México
como la que se refiere a los niños de la calle. Una de las figuras muy importantes en la administración del Gobernador Alfredo del Mazo, es el Procedimiento Sumario de Conclusión de Patria Potestad y en este sentido, muchos niños han restituido su derecho a vivir en familia como lo es a través de la adopción, algo que en otras entidades federativas no está sucediendo. De ahí que también hay grandes avances a nivel de nuestra Suprema Corte de Justicia de la Nación; hay una tesis de noviembre del año pasado, donde se habla de la justicia con perspectiva de infancia y la SCJN hace un análisis de lo que necesitan los adultos y operadores jurídicos para poder ayudar a los niños, a través de metodologías o sesiones pedagógicas y didácticas para que puedan acercarse a las autoridades judiciales y sus auxiliares. ¿Por qué es necesaria una especialización? Para esto voy a utilizar un ejemplo, imaginen ustedes a un niño que quiere a alcanzar a ver por la ventana y un adulto que está junto de él, el niño requiere de un banquito para subirse a la ventana y poder ver lo mismo que está viendo el adulto, pero esta interacción de comunicación resulta especial; en este sentido la figura neurológica de un adulto piensa de forma abstracta y el niño de forma concreta, de ahí que la procuraduría de protección necesita estar junto a una niña, un niño o un adolescente en todos los procesos tanto judiciales como administrativos, pues no ve las cosas igual que los adultos, mucho menos con el lenguaje, por lo tanto, se suma otra discriminación y un trato diferenciado. Hay varios mecanismos de protección previstos en la Ley General, uno de ellos es precisamente la distribución de competencias que le toca a cada quien en los tres órdenes de gobierno; este enfoque de derechos que permea en toda la Ley General nos obliga a la profesionalización de ciertos actores y el famoso SIPINNA, tema de protección de niñas y niños en donde quisiera abonar que somos todos. Por otro lado, hay una Secretaría Ejecutiva que le toca ejecutar los acuerdos del gran sistema en donde participamos todos. La intención de los propios mecanismos es visibilizar cómo se encuentra la infancia en nuestro país y para eso se hace un Sistema Nacional de Información y un Programa de Protección para dar tiros de precisión acerca de las comisiones de la infancia. Otro de los mecanismos de protección es la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, la cual tiene como objeto la protección integral y la restitución de derechos a través de la coordinación de acciones de manera interinstitucional, pero sobre todo con el dictado de medidas de protección especiales que tienen una diferencia de naturaleza en cuanto a las órdenes que dicta el Ministerio Público, mientras nosotros generamos planes de restitución de derechos a largo plazo que son revisados continuamente con el único objetivo ya mencionado. Antes éramos la denominada Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia, pero ya no lo somos, pues la defensa está implícita en la protección integral, siendo más amplia, ya que abarcamos todos los derechos y de esta forma nos obliga a atender todo el catálogo íntegro de derecho, partiendo de la condición de infante y todas aquellas acciones que otorguen mayor beneficio.
¿Qué hizo esta procuraduría al sistema DIF? Un sistema que es de carácter asistencial; se ve plagado de una unidad administrativa que es completamente garantista y así se hace un híbrido que se refleja en un sistema tanto estatal como municipal que ha visto un cambio muy sustancial en su quehacer, en cómo ver las cosas y sobre todo en el ejercicio de sus atribuciones. Algunas de estas se cedieron a la procuraduría estatal a mi cargo, tales como: supervisar los centros de asistencia social públicos y privados mejor conocidos como casas hogar de niñas y niños sin cuidados parentales. Otro tema importante son las entregas voluntarias y las adopciones. Las entregas voluntarias se refieren a los casos donde las mamás no quieren ejercer su derecho a la maternidad y pueden entregar a la institución a sus hijos e hijas. Otra atribución es la de dictar planes de restitución de derechos que nos permiten revisar el catálogo íntegro de derechos de los niños y generar acciones determinadas para que otras autoridades puedan llevar a cabo este planteamiento. Por supuesto somos ejes de colaboración con autoridades federales y estatales de otras entidades federativas. Estas atribuciones que tenemos tanto municipales como estatales son muy importantes, ya que se detecta y atiende vulneración de derechos, por ejemplo, cuando un hijo del vecino grita pidiendo auxilio, en ese caso se debe recurrir a la procuraduría de protección, va a ir un equipo multidisciplinario y verificará las condiciones del pequeño y va a descartar o verificar la vulneración de derechos; si se confirma, seremos también los que coadyuvamos con el MP y todas nuestra valoraciones formarán parte de las carpetas de investigación, asimismo fungimos como conciliadores y mediadores con enfoque de niñez y perspectiva de infancia si se constituye un delito. ¿A quiénes atendemos? A todos las niñas, niños y adolescentes, aplicando el principio de no discriminación. Nosotros recibimos reporte, se hacen valoraciones, se escucha la opinión del niño, se busca res familiares, presentamos ante los agentes del MP, ejercemos su representación y ejercemos algunas medidas de protección como la de ingresos a los centros de asistencia. Para cerrar esta presentación me gustaría mencionar que justo la pirámide y el punto neurálgico de los derechos de la infancia es el interés superior de la niñez, mismo que no sólo hay que citarlos y decir “atendiendo al interés superior de la niñez…”, sino que debemos tener consideraciones más beneficiosas a partir de su sentir y vivir. En mi experiencia un niño debe estar cercano al proceso de justicia para resignificar lo vivido como forma terapéutica, sin embargo, no sucede, al contrario, es traumático, difícil de entender y es un espacio para y construido por adultos, entonces, aquí tendríamos una gran oportunidad y espero que en los próximos años se desarrollen más especialistas que atiendan al interés superior de la niñez desde muchas profesiones, no sólo juristas. Estamos a sus órdenes en Andrés, Quintana Roo sur, esquina Las Torres en la col. Villa Hogar, Toluca, Estado de México, además, contamos con 6 coordinaciones regionales en donde pueden estar en contacto con nosotros. La Mtra. Yunuen Pozas Serrano concluyó con los agradecimientos ante el espacio brindado por el Lic. René Castelán Olguín, director y fundador de Revista LEX INFORMA.
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La Sociedad Consumista como Generadora de Delitos
En torno a los incrementos de delincuencia, Revista LEX INFORMA tuvo el honor de presentar al Mtro. Juan Manuel Sánchez Macías, Maestro en Derecho Electoral, Docente Universitario y Magistrado en Retiro de la Sala Regional Xalapa del TEPJF, quien nos presentará la charla titulada “La Sociedad Consumista como Generadora de Delitos”.
El Mtro. Sánchez Macías tomó la palabra para comenzar su presentación de la siguiente forma: Son varios los sociólogos y economistas que han estado revisando las situaciones de cómo la sociedad consumista empieza a generar un alto índice de delincuencia, pero ¿por qué ocurre esto? Todos tenemos necesidad de satisfacer nuestras necesidades (comer, vestir, tener una casa, etc), sin embargo, a raíz de la revolución industrial —cuando surge la ampliación del acero que da origen a que grandes empresas empiecen a construir automóviles— empieza la producción y distribución en masa de los bienes, y el problema es que con esa distribución en masa —dicen los sociólogos— empezamos a producir en demasía y cuando lo hacemos llega un momento en que las empresas de cualquier orden tienen que ser más selectas, y así idear planes para crear lo más sofisticado, pues ya pasamos de esa etapa en donde se producían bienes para el consumo necesario, es decir, pasamos a una etapa de creación y producción de bienes para un consumo netamente alienado.
y en ese momento es cuando se suscita el problema, pues se crea una cierta animadversión por ese tipo de situaciones, dicho con manejo de Erich Fromm en “El Corazón del Hombre”: en una sociedad que va al 100%, es decir, que no nos detenemos a pensar en valores y emoción, empezamos a caer en este comportamiento de consumir por consumir sin límite, o incluso en A lo ya mencionado se suma la situación —que deseos por tener lo mismo que el otro y más. yo sé es una utopía— y es que ojalá el producir los bienes fuera para que el 80-90% de la población a nivel Al hablar de una sociedad consumista se presenta mundial tuviera lo necesario, sin embargo, según las el problema de las marcas. Refiero esto al hecho estadísticas de la ONU, el 70% de la población mundial de determinar cuál es mejor, por qué es mejor y su sigue sin tener acceso a ese tipo pleno de consumo consumo por ese hecho, pero detrás del producto de bienes para su satisfacción personal, y el 30% no existe un mensaje que es subliminal del prototipo de sólo acaparan el consumo, sino el consumismo, ahora, una sociedad consumista y patriarcal que vivimos, es el problema no es ese, el problema es que se ha decir, la imagen de hombre guapo y mujer curvilínea; generado una situación —que apuntan los sociólogos esto en psicología criminal es fundamental porque así como Chomsky— en la que se crea la sed de consumo, creamos una inestabilidad. Un ejemplo que puedo citar es decir, mientras más dinero, más se consume. surge en la década de los 70’s-80’s había un anuncio de una bebida alcohólica que decía “la rubia que todos Reitero, el problema en esta situación es que cuando quieren”, y en ella se apreciaba a lado de una mujer hay una sociedad desigual no existen las mismas rubia curvilínea, entonces, esa es la situación: después oportunidades de trabajo y se refleja en la cuestión en de estar 20 horas detrás de una máquina, Pedro llega a donde los poderosos consumen, y de esta forma se su hogar, bebe y no encuentra a la rubia que presenta manda la imagen a través de los medios de comunicación la bebida que consume, pero encuentra a la vecina o propaganda excesiva de un consumismo exacerbado, ¿Y qué ocurre? Por más exagerado que pueda sonar 20
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Mtro. Juan Manuel Sánchez Macías Maestro en Derecho Electoral, Docente Universitario y Magistrado en Retiro de la Sala Regional Xalapa del TEPJF
ocurre violación, acoso y otro tipo de situaciones en a una insatisfacción de saciedad, es decir, “quiero donde se puedan suscitar distintos delitos. más”. Ahora, a lo anterior podemos sumar el estrés que surge por vivir en una sociedad consumista que Es una situación que dice Erich Fromm que llevamos avanza a gran velocidad, una ansiedad que llega a la dentro y de esta forma abandonamos la satisfacción de criminógena, es decir, parafraseando a Platón: “toda la necesidad meramente personal para convertirnos en sociedad tiene los delitos que se merece”, pero ¿a qué consumistas per se, y lo peor de todo es que estamos me refiero? Pondré un ejemplo: si dos personas con un consumiendo valores, pero no sólo eso, estamos rumbo distinto se encuentran y por una razón se elevan consumiendo y acabando con la sociedad. los ánimos, se puede presentar una agresión y seguido de esto, un homicidio imprudencial por un mal golpe. Ahora bien, las marcas generan una competencia entre el público, pero en esta competencia el sector Dicho lo anterior, el problema es que hemos alto deja fuera al 70% ya antes mencionado, y hoy con normalizado todas estas situaciones, hemos la tecnología vamos a caer en una serie de negocios normalizado cierto tipo de violencia y la falta de una en donde se produce para consumir, trayendo delitos cultura de denuncia. de robo, así como sexuales y demás situaciones como la evasión de impuestos, buscar países fiscales o Ese es el mayor problema, la normalización de estas escenarios en los que estamos cayendo en la posible conductas ya mencionadas. creación de una serie de políticas públicas presentes ¿Qué medidas se están tomando al respecto? Son desde las universidades, Gobierno o en todas las muy pocos los países que comienzan a manejar ese instituciones en donde se comparten este tipo de tipo de situaciones, pero podemos encontrar empresas reuniones para informar a la gente, y así poder manejar en donde el empleado trabaja de las 9 am a las 4 pm, este tipo de posturas para ver que efectivamente en donde tiene spa, un salón de juegos y se busca necesitamos rediseñar estrategias para no pasar por que el ser humano no se desgaste, y con esto, no encima de los más débiles en ese afán desmedido del convertirlo en un robot y recupere la fuerza que invierte consumismo. en su labor. Para proseguir me gustaría mencionar que hay Cuántas veces hemos conocido los casos en donde una serie de productos que se manipulan para crear “una mejor sociedad”, por lo que se crea una serie de gente que no tuvo la preparación y que llegó a tener productos que tengan un sabor diferenciado, una marca —por azares del mundo— dinero, cayó en los excesos: y un montón de sustancias que traen una serie de drogadicción, alcoholismo, en la sociedad patriarcal toxinas brutales, un claro ejemplo fue el suscitado con que vivimos o mujeres, etc. el tequila y el aguardiente que dejaban a las personas Para finalizar mi ponencia me gustaría recomendar con problemas de vista o parálisis. Bajo este tipo de que nuestros jóvenes, niños y niñas lean textos como circunstancias la sociedad consumista no sólo genera “Un mundo feliz” de Aldous Huxley o “La Rebelión en la delincuencia, sino enfermedades, crisis, de valores y Granja” de George Orwell; que vean todo este tipo de un individualismo atroz y desleal. situaciones y de qué mejor forma que en la literatura. Cabe mencionar que cuando hablo de capitalismo Agradezco el espacio brindado por el Lic. René me refiero a la cantidad de capital para satisfacción de Castelán Olguín, y el esfuerzo de Revista LEX INFORMA intereses dentro de la sociedad consumista, asimismo por presentar este tipo de programas informativos. del que tiene más oportunidades porque tiene más Felicito a todo su equipo por buscar una sensibilización relaciones o porque tuvo mejor oportunidad académica, pero que ese 30% es el que sigue controlando el de la gente, y me gustaría invitarlos a darse cuenta que consumo de los medicamentos, de las medicinas, de estamos acabando el mundo. los alimentos y de los bienes necesarios para generar De esta forma concluyó una entrega más en la satisfacción. plataforma digital de Revista LEX INFORMA. Aquí el problema es cuando la satisfacción pasa
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Implementación de la Reforma Laboral Es importante mencionar que la Reforma Laboral que actualmente se encuentra en implementación nace por la reforma constitucional del 24 de febrero de 2017 del gobierno anterior, donde se modifica la Constitución Política en su Art. 123, específicamente en la cuestión de las obligaciones que México ya estaba obligado por algunas suscripciones realizadas con algunos pactos y convenios internacionales en materia de Derechos Humanos y laborales, y posteriormente encontramos las nuevas obligaciones que ya se materializan en la Ley Federal de Trabajo del 1° de mayo de 2019 por los tratados comerciales. Se ha establecido que todo este andamiaje jurídico constitucional viene en algunos estudios que muchos llamaron los estudios de la justicia cotidiana y que también fueron impulsadas desde el gobierno anterior. Si bien es cierto que la Reforma Laboral tiene elementos tanto de compromisos internacionales como de exigencias obreras sociales, lo cierto es que también era necesaria que hubiese una voluntad política, así como escuchar a especialistas de las diferentes disciplinas de las ciencias sociales.
En función de las reformas que se han suscitado en la historia de nuestro país para buscar un mejor desarrollo de todos los sectores, Revista LEX INFORMA se complace en presentar al Mtro. Abraham Gómez José, Apoderado Legal y Coordinador de Actividades Procesales del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, quien nos explicó cómo ha sido la Implementación de la Reforma Laboral. Estamos en un momento muy importante en la historia de nuestro país, ya que se converge con distintas reformas al marco jurídico y una de las más importantes en muchas décadas es la Reforma al Marco Jurídico Laboral, que no sólo atraviesa por la Ley Federal del Trabajo, sino por otros ordenamientos, pero hay que precisar que esta implementación de la Reforma Laboral nace por diversas demandas de trabajadores, sindicatos y de otras organizaciones sindicales que se han realizado a lo largo de muchos años para buscar mejoras laborales, así como la democratización de las elecciones de sus dirigencias sindicales. 22
Esta reforma que nace con la publicación en el Diario Oficial de la Federación inicia con la implementación y la duración de estas nuevas sustituciones que van a materializar en términos reales la nueva justicia laboral. Aquí es importante mencionar que son tres ejes que maneja dicha reforma: Estamos hablando de un nuevo modelo de justicia laboral, específicamente de la transición de las Juntas Federales y Locales de Conciliación y Arbitraje a juzgados especializados en materia laboral en atención a la misma materia, así como juzgados especializados con competencia laboral y juzgados con competencia de fuero común. Recordemos que, las Juntas Locales de Conciliación, administrativamente, dependen de los Estados en los que no se ha aplicado la reforma del Poder Ejecutivo, y ese poder era quien nombraba a los integrantes. Otro de los aspectos trascendentales es que se transita de una forma de integración para estar en un modelo de una operadora jurídica que dependerá del Poder Judicial de la federación en los casos de juezas federales y de los poderes judiciales locales, en los casos de los jueces locales que vayan a conocer las controversias que, en su momento, se les vayan a presentar. Algo importante por mencionar es que en el nuevo procedimiento va a prevalecer la oralidad y se centra en la conciliación, es decir, que las partes busquen
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Mtro. Abraham Gómez José Apoderado Legal y Coordinador de Actividades Procesales del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje
un acuerdo.
registros.
El segundo eje es muy importante, este señala la democratización de la vida sindical y va a materializarse en democracia y libertad sindical, pues estamos hablando que ahora los agremiados contarán con la prerrogativa, en este caso, en la elección de dirigentes sindicales a través del voto personal, libre y secreto. Dicho lo anterior, cabe destacar que anteriormente la ley contemplaba otras figuras como las convenciones de delegados en donde había una poca participación del agremiado y se elegía tal vez bajo otros mecanismos, asimismo como la democratización de los contratos colectivos de trabajo y demás líderes sindicales que llevaban a la par un ejercicio de extorsión.
De esta forma se va a concentrar el registro de todos los sindicatos del país y ya no va a estar distribuido o disperso; será sólo un ente nacional y un aspecto importante es que en Sede Administrativa, este órgano —que ya lo hizo— tendrá la facultad de realizar la verificación de los procedimientos de democracia sindical, pues recordemos que recientemente se hizo esta verificación con un sindicato automotriz y se encontraron violatorios en algunos etapas; asimismo será autoridad encargada de emitir las estancias de representatividad, es decir, las constancias que serán aquellos documentos en donde el trabajador, a través de un proceso democrático, va a facultar a su dirigente o comité sindical para que pueda celebrar los contratos colectivos de trabajo, y van a tener una vigencia de seis meses.
La legitimación de los contratos colectivos —que, justamente la secretaría del trabajo ha estado difundiendo mucho—, es esa participación democrática para que el trabajador conozca el contenido de los contratos y en su caso, legitimarlos. Quiero mencionarles que no sólo la reforma laboral en materia sindical retoma la Ley Federal del trabajo —que regula el apartado A del Art. 123 constitucional — sino también le da cobertura al apartado B del Art. 123 Constitucional que refiere a los trabajadores al servicio del Estado. Por último, el tercer eje de la Reforma Laboral y su implementación tiene que ver con la creación de organismos en materia de conciliación, en este caso hablamos que, a nivel federal, se crea una figura muy importante para la vida laboral de los trabajadores, y me refiero al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, el cual tiene dos funciones denominadas en sede administrativa: la primera función, —como su nombre lo dice — es la de conciliar; en este sentido, sólo va a tener representación en las entidades federativas y va a tratar de realizar este mecanismo de solución de controversia en los conflictos que sean de competencia federal. Este Centro tendrá sus conciliadores —que incluso ha lanzado convocatorias para que los profesionistas puedan formar parte de él —, pero además hablamos de una obligación que se establece en la ley, la cual se debe abordar por partes, es decir, se tiene que acudir a la etapa prejudicial de conciliación. Por otro lado, tenemos la segunda función que refiere a hacer todo el registro de los sindicatos del país, ya que anteriormente en las entidades federativas eran las juntas que concentraban todos los
Entonces, ¿cómo se ha ido implementando la Reforma Laboral en nuestro país? El legislador dispuso que se iba a formar un consejo coordinador velado por las autoridades laborales que dependen del poder ejecutivo, así como del Poder Judicial de la Federación, los poderes iniciales de las entidades federativas, y de esta forma todos iban a realizar una estrategia para que, de manera gradual, se implementará la reforma laboral en cada uno de los estados. Es así que la primera etapa de la implementación se hizo el 18 de noviembre del año pasado, en donde se incluyeron a ocho estados que ya cuentan al día de hoy con sus jueces y juezas laborales; esto significa que tendrán a la directora o en su caso, director del Centro de Conciliación. Para cerrar esta participación me gustaría comentar que, justamente en estos meses, se debe conciliar la segunda etapa de la implementación de la reforma laboral. Estamos hablando de que el Poder Judicial de la Federación y las entidades federativas que van a participar, lanzarán las convocatorias para que a través de concursos de oposición se elijan a los jueces o juezas que van a estar dividiendo las controversias. Pero ya fueron seleccionados y salió la lista de quienes son los Jueces y las Juezas, así en mayo de 2022 se tiene que concluir con la implementación de la Reforma Laboral. Así concluyó una entrega más en la plataforma digital de Revista LEX INFORMA, no sin antes recibir los agradecimientos por parte del Mtro. Gómez José.
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Ley Olimpia Ahora, como bien se ha comentado, una víctima fue la incursionista en esta reforma, la cual ha tenido un alto impacto y que al día de hoy diferentes entidades de nuestro país han replicado a nuestro Código; yo considero que se está llevando de manera correcta, no como debería, pues aun no tenemos el pleno conocimiento de cómo abordar la conducta, y muchos abogados llegan a emitir comentarios sobre la Ley Olimpia pensando que es una ley nueva, pero realmente es una reforma a nuestros Códigos, misma que busca sancionar la violencia digital o algún uso indebido y sin autorización de cualquier persona que sea afectada y transgredida de su intimidad sexual.
Al respecto de las nuevas reformas que buscan proteger la integridad física y mental de las personas, Revista LEX INFORMA se complace en presentar al Mtro. Víctor Rivera, conocido como “El Abogado de las Estrellas”, Abogado Penalista, Maestro en Derecho, Fundador de Abogados CUR, productor y conductor de Televisión y Radio, que en esta ocasión nos presenta la Ley Olimpia. El Mtro. Rivera tomó la palabra y dio inicio a su presentación de la siguiente forma: Para comenzar me gustaría indicar que el objeto de la Ley Olimpia es, principalmente, sancionar toda violencia digital que al día de hoy vivimos. Lo anterior parte de diferentes conductas que van apareciendo y de esta forma la ley se tiene que ir actualizando, es decir, muchas reformas que al día de hoy tenemos en nuestro país se encuentran dentro de lo actual y conforme va creciendo dicha conducta, se tiene que buscar la manera de sancionar para que no vaya en crecimiento y para que se protejan las víctimas que llegan a presentar esta violencia digital, que no se tenía tipificada en ningún código porque no sucedía a menudo o porque no habíamos tenido la mala experiencia. 24
Dicho lo anterior, ¿cuáles son esas conductas que va a sancionar la Ley Olimpia? Sancionará todo contenido sexual que llegue a ser tomado y difundido sin la autorización de la persona, generando un daño psicológico, emocional o hasta moral que llega a ser irreparable. En esta situación podemos encontrar parejas o relaciones laborales sentimentales en donde se veía como una forma de venganza; un ejemplo claro sería cuando una persona ya no quiso estar con la otra y se presentó una intimidad, entonces pudo subir sus fotografías en forma de desquite, lo explico de manera coloquial para que nuestro público lo pueda entender y así evitar tantos tecnicismos que puedan alejar a las personas dentro de otras ramas. Cabe destacar que sanciona tanto a hombres como a mujeres, que es una de las confusiones presentes en nuestro ramo jurídico que traerá una consecuencia legal y tendremos un problema de índole penal. Prosiguiendo con el tema, ¿cuáles son las penas que va a establecer la Ley a efecto de sancionar a quienes exteriorizan la conducta de grabar, compartir o difundir este contenido? La pena mínima viene desde los seis meses y la máxima rebasa los cinco años; esta pena va teniendo agravantes dependiendo de la forma y el vínculo que se tenga sentimentalmente con la víctima e irá aumentando cada vez que se llegue a tener
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Mtro. Víctor Rivera, el Abogado de las Estrellas Abogado Penalista, Maestro en Derecho, Fundador de Abogados CUR, productor y conductor de Televisión y Radio
demostrada la relación sentimental, familiar o laboral de alguna persona, así como la forma de cómo se obtenga dicho contenido. Otra situación presente es el engaño, ya que, si el objeto fue preponderantemente a través del engaño para obtener el contenido, no está autorizado por la persona y se ha transgredido su intimidad sexual, es sancionable. Si existiera un caso en donde un individuo graba a una persona estando en el parque, mientras hace ejercicio sí debe considerarse para aplicar la Ley Olimpia, pues es muy clara y menciona: a quien grabe audio, fotografíe, filme o elabore imágenes, audios o videos personales de personas que no están de acuerdo o no se tiene su consentimiento, ahora, aunque en este ejemplo no se encuentra una persona desnuda y no tiene un contenido sexual o un vínculo sentimental, al final del día está transgrediendo la intimidad de la persona y eso debe ser sancionable en esta reforma. En el Estado de Coahuila existieron las primeras carpetas de investigación y tuvo tal efecto que fue judicializada y el imputado fue vinculado a proceso por la denuncia de esta conducta, sin embargo, al día de hoy afortunadamente podemos decir que tenemos más de 2, 143, 000 carpetas abiertas, de las cuales el 100% no se han podido judicializar por diferentes circunstancias, pero estamos hablando que el 83% de estas mismas se ha logrado el objetivo, que es tener una vinculación a proceso de las personas que han realizado dicha conducta. ¿Cuál ha sido el asunto más relevante que he llevado en este tema? Afortunadamente la firma ha tenido y ha representado los intereses como asesores jurídicos de diferentes víctimas; puedo plasmar que nuestra experiencia ha sido satisfactoria a razón que el Estado y la Fiscalía — con quienes nos ha tocado coadyuvar— tienen las unidades especializadas en violencia de género y contra la violencia hacia las mujeres, así como diferentes conductas que ya se pueden tener con un mejor acercamiento. Refiero lo anterior porque algunas ocasiones los Ministerios Públicos tienden a revictimizar a todas las personas que han sufrido algún abuso o violencia, pero nosotros tuvimos la fortuna de judicializar entre otras, una carpeta, la vinculación a proceso y tuvimos una sentencia de cinco años cuatro meses. Esto fue en la CDMX, y tuvimos que recurrir a un apoyo social para efectos de ser atendidos como debe ser; ese caso fue muy nuevo para mí en el sentido de saber cómo abordar
esta conducta, pero al final del día tuvimos el resultado por el cual fuimos. Cabe destacar que fue un tema de labor altruista y fue algo muy mediático, siendo una experiencia muy agradable, pues no estábamos acostumbrados a tener estos resultados sobre conductas de esta índole. Muchas veces llegabas a lo que antes podíamos confundir con la difamación, en la calumnia que era muy parecida cuando alguien difunde fotografías o te hace una campaña de desprestigio. Para finalizar mi presentación me gustaría recomendar a las personas que puedan identificarse con este tipo de problemas, que lo más importante es tener el valor de denunciar y no un temor por una manipulación que muchas veces llegan a someter, ya que ese desgaste procesal en el tema de interponer la denuncia correspondiente, así como toda parte burocrática, pero algo a lo que invito a mis compañeros es que cuando el Estado se encuentra sirviendo a la sociedad, hagamos valer nuestros derechos y para esto, debemos conocerlos. Todo este proceso que llegan a enfrentar al momento que se llevan especialistas en materia: psicólogos, peritos, asesores jurídicos, policías ministeriales, sin embargo, este trabajo no se va a conseguir solicitándolo, sino exigiéndolo. Si un fiscal no te hace caso, hay que interponer una queja ante la Visitaduría, y así poder obligarlo a que realice su trabajo de manera correcta, no tenemos por que esperar más de dos horas en la fiscalía para que nos interpongan nuestra denuncia, debemos ser atendidos de manera pronta, correcta y con amabilidad. También podemos presentar nuestras denuncias por medio de un escrito y no se tiene que presentar posteriormente a ratificar la misma, podemos tener acceso a los especialistas en tecnología para poder extraer toda esta información y poderla integrar de manera correcta a la carpeta de investigación; todo esto no es un trabajo sencillo, se requiere de un equipo de profesionistas y se va a lograr simplemente tomando la decisión de querer enfrentarlo con toda la actitud, con toda esa parte de valor, solicitando incluso medidas de protección para cualquier riesgo de la integridad física. El Mtro. Víctor Rivera agradeció el tiempo y espacio brindado por el Lic. René Castelán Olguín, Director y Fundador de Revista LEX INFORMA. De esta manera concluyó una entrega más en nuestra plataforma digital.
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Meta cumplida! se vacunó contra Covid-19 a todos los mayores de 18 años: AMLO Desde Campeche, donde se llevó a cabo la reunión del gabinete federal de seguridad y la conferencia mañanera de este viernes, el presidente Andrés Manuel López Obrador anunció el cumplimiento de la meta de vacunación contra el Covid-19 en México. Desde Campeche, donde se llevó a cabo la reunión del gabinete federal de seguridad y la conferencia mañanera de este viernes, el presidente Andrés Manuel López Obrador anunció el cumplimiento de la meta de vacunación contra el Covid-19 en México. “Hay una buena noticia, ya se cumplió con el compromiso de aplicar cuando menos una dosis a todos los mexicanos, mujeres y hombres mayores de 18 años. Ya avanzamos mucho. Desde luego hay quienes no han aceptado vacunarse, pero están cambiando de parecer. Y vamos a continuar con las segundas dosis. Vamos a continuar convenciendo a los que no se han vacunado”, aseguró el primer mandatario en su habitual conferencia desde el sur del país. Por su parte el subsecretario de Salud, Hugo LópezGatell Ramírez, aseguró que hasta el momento en el país se han aplicado un total de 125.7 millones de dosis contra el Covid-19; el 81% de la población ya cuenta con el esquema completo de vacunación, mientras el 83% de las personas mayores de edad tienen al menos una vacuna, señaló en la conferencia matutina. “Hoy informamos la conclusión de esta importante etapa y cumplimiento de la meta que nos propusimos. Buscamos que se vacunara toda la población adulta de México, esto se logró gracias al Operativo Correcaminos”, dijo la mañana de este viernes López-Gatell. Detalló que para enfrentar la peor crisis sanitaria en los últimos 100 años, se implementó la Brigada Correcaminos y se instalaron 14,190 centros de vacunación contra el coronavirus a lo largo de todo el país “La vacunación contra el Covid-19 en el país no se detiene hasta que completemos todo el uso de vacunas que es necesario tener. Debemos completar la segunda dosis. En este momento están en operación o programados 953 municipios en 22 entidades. Tenemos que expandir el operativo hasta el último rincón”, aseguró el subsecretario. López-Gatell precisó que México adquirió 250 millones de vacunas contra Covid-19 de diferentes laboratorios, de las que hasta ahora han sido recibidas 147 millones 286,345 dosis, y reconoció el trabajo realizado por el secretario de Relaciones Exteriores, Marcelo Ebrard, en ese ámbito. El Gobierno de la CDMX declaró ayer jueves el fin de la vacunación contra Covid-19 a todos los habitantes 26
mayores de 18 años de la capital, con la aplicación de 13.4 millones de vacunas, durante las 34 fases de la campaña que ocuparon 253 días. En el limbo quedó la aplicación de una tercera dosis de la vacuna contra Covid-19 para los capitalinos, y la inmunización a menores de 18 años sin comorbilidades, lo cual depende de una decisión de la Secretaría de Salud federal. Eduardo Clark, director de Gobierno Digital, dijo que se logró inocular a más de 7.1 millones de personas con por lo menos una dosis, y una cobertura del 99.5% de los adultos de la ciudad. Mencionó que 6.7 millones de personas en la CDMX cuentan con esquema completo, lo que va a representar entre el 94 y el 95% de los adultos de la ciudad. García Dobarganes dijo que la aplicación de dosis continuará en las siguientes semanas y meses para rezagados y personas que vayan cumpliendo 18 años. Vamos a cumplir, dice AMLO sobre orden judicial de vacunar a menores El presidente López Obrador aseguró que se cumplirá la sentencia de un juez para vacunar contra Covid-19 a todos los menores de edad cuando esta sea definitiva. Al respecto, el secretario de Gobernación, Adán Augusto López Hernández, dijo que el gobierno federal no ha sido notificado de la resolución, y dijo que la sentencia, la dio una secretaria judicial que está asumiendo funciones de juez por vacancia, por cubrir un periodo vacacional. “Es toda una estrategia para combatir la más exitosa campaña de vacunación en el mundo”, aseguró. La secretaria en funciones de Juez Séptimo de Distrito en el Estado de México, Claudia Gámez Galindo, dio un plazo de cinco días al gobierno federal para incluir a los menores de 12 a 17 años como parte del plan nacional de vacunación contra la Covid-19, los cuales contarán a partir de la notificación legal. El fallo precisa que la vacuna contra Covid-19 que deberán recibir los menores será de la farmacéutica estadounidense Pfizer, la cual es la única autorizada para aplicarse a las niñas y niños menores de 18 años. Al respecto, el presidente López Obrador aseguró que su gobierno respetará todos los mandatos del Poder Judicial, sin embargo, acusó que es necesario hablar sobre el efectos de este tipo de resoluciones. https://www.eleconomista.com.mx/politica/Metacumplida-se-vacuno-contra-Covid-19-a-todos-losmayores-de-18-anos-AMLO-20211029-0036.html
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Edomex se mantiene en semáforo verde; va 81% de población vacunada: Del Mazo
El gobernador del Estado de México, Alfredo del clases y seguro avanzando en la normalidad de la Mazo, indicó que el 81% de personas de la entidad vida en la entidad”, apuntó. ya tienen las dos dosis de la vacuna contra Covid-19. CDMX también continúa en semáforo verde A través de sus redes sociales indicó que con el La Ciudad de México se mantendrá en semáforo 81% de personas con dos dosis de la vacuna contra verde otras dos semanas, informó Eduardo Clark Covid -19, lo que calificó como “un gran avance” que García Dobarganes, director general de Gobierno permite sentirnos más animados y más optimistas, Digital de la Agencia Digital de Innovación Pública. “que vamos por buen rumbo”. Indicó que hay 910 hospitalizados por Covid-19 Añadió que todos los mayores de 30 años tienen en la Zona Metropolitana del Valle de México y 682 las dos dosis aplicadas, todos los mayores de 18 en la Ciudad de México. hasta 29 años cuando menos la primera dosis y para Expuso que ya se registran mínimos históricos el 28 de noviembre estará concluida la aplicación de de la segunda dosis del biológico para este grupo en el número de hospitalizados diarios, pues está semana se reportaron 308 personas. etario. Asimismo, indicó que la Ciudad reporta 7 mil Por lo que agradeció a los gobiernos federal casos activos y ya se identifican disminuciones de y los municipales por el esfuerzo, en especial al sector salud y las vacunadoras que han apoyado activos en todos los rangos de edad. “muchísimo” en esta gran tarea.
https://www.eluniversal.com.mx/metropoli/covid“Esto nos permite seguir por buen rumbo, el 19-edomex-se-mantiene-por-cuarta-semana-enestado hoy en día sigue en semáforo verde lo que semaforo-verde permite seguir retomando actividades, regresando a
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