Funcionamiento del snd vsn actualizada 070814

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EL SISTEMA NACIONAL DE DIÁLOGO

 La actuación del Sistema Nacional de Diálogo de la Presidencia de la República se ubica dentro de lo que establecen las políticas general del Gobierno de la República y la Agenda del Cambio, y de manera específica, en el marco del Pacto por la Seguridad, Paz y Justicia; por lo tanto, su contribución a la gobernabilidad democrática del país a nivel nacional y regional, está circunscrita a los márgenes de actuación que le otorga la política general de Gobierno.  El SND constituye un instrumento que le permite al Presidente de la República atender conflictos complejos que requieren de la intervención coordinada de las diferentes dependencias gubernamentales y estatales del país para prevenir escaladas, resolver y transformar los conflictos sociales que requieren especial atención por parte de la Presidencia de la República y que para su conducción político-estratégica, se ha institucionalizado mediante el establecimiento de una Comisión Presidencial de Diálogo (CPD). Cabe destacar que la atención a la conflictividad social que resulta de competencia del SND, es atendida desde dos planos: i) Desde el Asesor Presidencial responsable del SND y ii) Desde el Equipo del SND que cuenta con un marco estratégico de intervención.  El Sistema Nacional de Diálogo ha mantenido una coordinación permanente para la atención de la conflictividad social con la COPREDEH, SAA y MINGOB, que ha permitido contar con intervenciones en campo y a nivel nacional, para ser eficientes y eficaces en brindar respuesta inmediata con los recursos con que se cuentan. Coordinación interinstitucional que se ha ampliado a otros ministerios, secretarías, fondos y otras dependencias estatales de acuerdo a la naturaleza de los conflictos sociales atendidos.  La intervención del SND en coordinación con la institucionalidad relacionada con la conflictividad social; los mecanismos institucionales establecidos como el Sistema Nacional de Consejos de Desarrollo Urbano y Rural, los Gobernadores Departamentales y las Alcaldías Municipales; representantes de organizaciones locales; y empresarios ha contribuido a la gobernabilidad democrática del país.  Se cuenta con avances en el proceso de institucionalización del Sistema, así como con la redefinición de líneas de acción del SND, lo que ha permitido aportes oportunos, sustanciales y estratégicos que están permitiendo elevar las capacidades de observación, análisis e intervención para la prevención, resolución y transformación de la conflictividad social.

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 El SND cuenta con estrategias integrales de intervención para atender procesos de diálogo y atención a la conflictividad, que han sido preparadas por equipos multidisciplinarios y en algunos casos interinstitucionales. Dichas estrategias buscan que los conflictos se prevengan, desescalen y se establezcan rutas de entendimiento para la búsqueda de soluciones compartidas con el mayor grado de acuerdo posible. Cada proceso de diálogo y atención a conflictos requiere estrategia específica y el tiempo que conlleva, está directamente relacionado con la voluntad política de las partes de alcanzar acuerdos que sean factibles y estén en el marco de la ley.  Los conflictos que el SND atiende, se hacen desde un enfoque sistémico, de prevención, de transformación, de pertinencia social y cultural, territorial y dialógico, buscando la sostenibilidad en la atención y en la resolución, la coordinación interinstitucional, y desde una perspectiva de atención por frentes, que rebasa lo casuístico, lo disperso, lo aislado y el corto plazo. La resolución y transformación de los conflictos está ligada de manera directa al cumplimiento de políticas públicas y de Estado incluyentes, con pertinencia cultural, amigables con el ambiente y la preeminencia del bien común. Lo que puede implicar en algunos casos, que los procesos trasciendan el corto y mediano plazo porque requieren intervenciones de los demás órganos del Estado y en la mayoría de los casos, de transformaciones institucionales y presupuestarias, para las que generalmente, el aparato público no está preparado.  En el ámbito legal e institucional, el SND mediante Acuerdos Gubernativos No. 125-2014 y 164-2014 del Ministerio de Gobernación, de fecha 31 de marzo de 2014 y 15 de mayo de 2014, crea la Comisión Presidencial de Diálogo por sus siglas –CPD-, la que depende de la Presidencia de la República y es una instancia de naturaleza consultiva y deliberativa, integrada por: el Ministro de Finanzas Públicas, el Ministro de Gobernación; el Ministerio de Energía y Minas, el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, el Secretario de Asuntos Agrarios, el Secretario de Planificación y Programación de la Presidencia; El Secretario de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia y el Presidente de la Comisión Presidencial Coordinadora de la Política del Ejecutivo en materia de Derechos Humanos.  El SND es la instancia que opera solamente en casos que requieren procesos de intervención cuando las instituciones responsables o que tienen mandato específico, se ven desbordadas, o bien, cuando las partes en conflicto requieren su intervención o por instrucción directa presidencial.

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