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LA CHICANA COMO LEY

Hace cerca de dos años fue publicado un artículo de la jurista Bernardette Meyler titulado Cuando la Ley Ataca al Estado de Derecho.

En tal artículo, Meyler, a propósito de las maniobras empleadas por el equipo legal de Donald Trump para intentar revertir los resultados electorales de 2020, señala la puesta en marcha de estrategias para “socavar la Democracia y el Estado de Derecho utilizando los mismos procesos legales que debieran sostenerlos”.

El empleo de mecanismos legales para subvertir el derecho no es nuevo. En México, por ejemplo, algunas de esas prácticas tienen nombres bastante arraigados en el habla común.

En la jerga de los abogados se habla comúnmente de “chicana” para referirse al empleo de estrategias de litigio en las que se utilizan mecanismos legalmente válidos como arma para entorpecer y desvirtuar el proceso judicial.

Roberto Martínez Espinosa

Socio fundador y consejero en Alcius Advisory Group. Ha sido abogado general de la Comisión Federal de Electricidad. Director general de Normatividad de Hidrocarburos en la Secretaría de Energía y magistrado electoral federal

No solo se ha acuñado el sustantivo, sino también el verbo derivado de él “chicanear” o su sinónimo, de uso menos extendido, “huisachear”. En el lenguaje del deporte se emplean el sustantivo “marrullería” y el adjetivo “marrullero” para referirse al empleo de tácticas antideportivas, con frecuencia cobijadas dentro de las reglas mismas del juego.

En los sistemas políticos se ha tornado, por desgracia, cada vez más recurrente el empleo por regímenes autoritarios de las vías democráticas de acceso al poder para, desde allí, desvirtuar o destruir la democracia misma

Desvirtuar la democracia

En los sistemas políticos se ha tornado, por desgracia, cada vez más recurrente el empleo por regímenes autoritarios de las vías democráticas de acceso al poder para, desde allí, desvirtuar o destruir la democracia misma. Esto sucede a la manera de quien dinamita un puente luego de haberlo cruzado, para que nadie más pueda transitar por él.

El empleo reiterativo y sistemático de este tipo de tácticas tramposas en diferentes ámbitos de la vida social y pública termina por normalizarlas de manera paulatina. Al principio producen sorpresa y reacción. Luego, la sensibilidad se va perdiendo y los límites de lo que se percibe como aceptable o normal se van extendiendo poco a poco. Hasta que lo inadmisible termina por ser admitido sin sorpresa ni repugnancia.

En su artículo, Meyler hace referencia al término “legalismo autocrático” utilizado por Kim Lane Scheppele, para designar “el ataque al orden constitucional utilizando como arma los métodos hechos posibles por el propio orden constitucional”. En el fondo, se trata de utilizar la ley como mero instrumento de legitimación y simulación al mismo tiempo que se convierte al Estado de Derecho en nada más que una caricatura.

¿Vulnerar la ley?

Hace algún tiempo publiqué un breve comentario a propósito de un decreto mediante el cual el presidente de México autorizaba a las dependencias gubernamentales a ignorar y, francamente, vulnerar la ley en la ejecución de diferentes proyectos. En mi comentario señalaba que la chicana estaba siendo consagrada como política pública por el mismísimo titular del Poder Ejecutivo Federal. Mediante una iniciativa presidencial de reforma a diversas leyes en materia administrativa, presentada el pasado 24 de marzo, el legalismo autocrático vuelve con renovados bríos buscando consagrar la chicana no solo como política pública, sino como ley. Ahora se pretende que el poder legislativo habilite expresamente al ejecutivo para subvertir nuestro, de por sí debilitado, Estado de Derecho y vulnerar el orden constitucional y legal. La iniciativa en cuestión no solo retoma la autorización, previamente auto adjudicada mediante decreto presidencial, para la realización de proyectos gubernamentales sin contar con las autorizaciones necesarias para ello ni con certeza sobre el cumplimiento, de las condiciones legales aplicables. En realidad, se trata de una compilación de medidas y políticas públicas en curso sobre diversas materias o cuya legalidad y constitucionalidad ha sido controvertida en tribunales, a las que se pretende dar cobertura legal.

¿Qué sigue?

Por razones de espacio no haré aquí un análisis puntual de cada uno de los múltiples contenidos de la iniciativa, unos más graves que otros. Me limitaré a hacer referencia a tres de ellos.

El primero consiste en la habilitación que se pretende otorgar a la administración para desconocer discrecionalmente permisos, autorizaciones, licencias o contratos, sin indemnización, vía declaración de nulidad, revocación o terminación anticipada. Para eludir la obligación constitucional de indemnizar bastaría a la administración pública con invocar el interés público, general o social, la preservación de bienes comunes o la seguridad e integridad de personas e instituciones nacionales.

En segundo término, se pretende legalizar el despojo inmobiliario en contra de particulares por la administración pública. Esto, por cierto, de manera unilateral, sin juicio, garantía de audiencia ni formalidades esenciales del procedimiento de por medio. Además, sin posibilidad de obtener suspensión por parte de autoridades judiciales. Para lograrlo, sería suficiente con que la administración pública adujera que el bien pertenece al dominio público, para desconocer cualquier derecho o título de propiedad del particular afectado y desposeerlo del inmueble. Este tipo de medidas han sido, de hecho, puestas ya en marcha para, con base en un decreto del porfiriato, desposeer a propietarios de inmuebles en la zona de Santa Fe en la Ciudad de México. En tercer lugar, se autoriza a la administración pública a acudir en los procedimientos de adquisición a licitaciones internacionales sin agotar antes las de carácter nacional o las realizadas bajo cobertura de tratados internacionales. Esto no sólo afectaría la producción nacional. Podría, además, incidir en la violación de tratados comerciales suscritos por nuestro país.

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