MARIA VICTORIA PEREIRA FLORES Msc. Derecho Ambiental
Caracteres del D.A..a).- Objeto.- Biosfera. Todo se encuentra interrelacionado (Paradigma Holístico). b).- Ámbito Territorial.- Planetario. Los asuntos ambientales no reconocen fronteras políticas. Sin perjuicio de ello, se requiere de un pensar global, pero de un actuar local. c).- Sujeto.- Humanidad. Sin referencia a tiempo ni lugar. Inter e intrageneracional d).- Interdisciplinariedad.Distintos técnicos, de diversas disciplinas actuando de forma conjunta/coordinada con un mismo objetivo. e).- Participación Pública.Libre acceso a la información ambiental, audiencias públicas, intereses difusos, etc...
Tel.- 098-239649
E.mail..- mariavpereira@hotmail.com
MARIA VICTORIA PEREIRA FLORES Msc. Derecho Ambiental
Principios del Derecho Ambiental.- Globalidad.La finalidad ambiental de protección, conservación y mejora de los elementos que hacen la vida en el Planeta tiene una dimensión mundial. - Horizontalidad/ Transversalidad.La materia ambiental afecta a una gran diversidad de políticas, y a la vez es necesario que esas mismas políticas se formulen teniendo presente el marco ambiental. - Sustentabilidad.Necesidad de modular el crecimiento económico y social con la protección del Medio Ambiente. - Prevención.Sometimiento de las actividades con riesgo ambiental a preceptivos controles. - Precaución.Limitar actividades potencialmente peligrosas para el Medio Ambiente, aún sin haberse probado fehacientemente la relación causa-efecto (sin tener certezas). -
Causalidad.Corrección en la fuente misma.
- Integración de costes ambientales.Introducir el coste que representa la prevención, mantenimiento o regeneración ambiental (eco-auditorias, procesos de traslación de costes ambientales, establecimiento de cánones e impuestos ambientales, sistema de reventa de cupos autorizados de emisiones contaminantes, etc.). -
Solidaridad.- Condición de supervivencia
Tel.- 098-239649
E.mail..- mariavpereira@hotmail.com