Trabajadores de la Enseñanza de FETE-UGT nº 80

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Treballadors de l’ensenyament

Irakaskuntza Langileak

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Traballadores do Ensino Número 80

mayo-junio 2007

Biblioteca de la Universidad Carlos III de Getafe (Madrid)

LOMLOU Una ley para mejorar la Universidad Un Bachillerato a dos velocidades Entrevista con Alejandro Tiana, secretario general de Educación


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Opinión

Crispación política en un año educativo clave Las elecciones municipales y autonómicas otorgan la victoria, en cuanto al número de votos, al Partido Popular, debido fundamentalmente a los resultados obtenidos en Madrid (paradójicamente un 39% de los electores de esta comunidad se manifiesta de izquierdas frente a un 27% que dice ser de derechas). Sin embargo, los socialistas están en disposición de ganar poder territorial gracias al aumento del número de concejales y como consecuencia de la política de aislamiento que ha practicado el PP, con respecto a otros partidos políticos. La abstención puede ser una de las claves a la hora de analizar los resultados y al parecer, tuvo una mayor incidencia entre las filas socialistas. Por el contrario, los votantes de la derecha no sólo han acudido a las urnas sino que no han dejado de caldear el ambiente, movilizándose a través de su participación continua en manifestaciones y similares. Tenemos la impresión de que hasta que se celebren las elecciones generales, la crispación política irá en aumento y que la educación será de nuevo un instrumento de confrontación, precisamente ahora que es cuando más sosiego se necesita para desarrollar la LOE. Tenemos varios temas sobre la mesa de negociación, y este año previo a las elecciones, será además un periodo clave para concretar las dos leyes educativas: la LOE y la LOU. El martes, día 8 de mayo, se constituyó el Observatorio de la Convivencia con la presencia de la Ministra de Educación. De esta forma se cumple con otro de los compromisos adquiridos en el Acuerdo Sindical del 20 de Octubre. El trabajo del Observatorio estará encaminado a recoger información y análisis sobre la situación de la convivencia en los centros, la elaboración de propuestas y la colaboración con otros Observatorios. El que sea eficaz o no dependerá de su incidencia en los problemas reales que tienen determinados centros; pero, a buen seguro, que sus planteamientos tendrán que complementarse con medidas que

se están demandando desde los mismos como la disminución de ratios, o con perfiles profesionales nuevos. Analizar la situación de la convivencia en los centros buscando soluciones y entrando en el fondo del problema relacionando la sociedad y la familia con la escuela es alejarse de fórmulas simplistas -fruto de unos tiempos ya superadosque buscan más el titular que la solución del problema. Este es el caso de las últimas medidas que el Presidente francés ha tomado en relación con la educación, en un afán de acabar con lo que él entiende como resaca del mayo del 68. La autoridad no se gana con formalidades, intentar imponer algunas fórmulas correspondientes a otra época es anacrónico. Pero sí es cierto, que algo tiene que cambiar para que el profesor recupere el prestigio. No se puede consentir que los padres cuestionen decisiones de los profesores delante de sus hijos o que ante

Tenemos la impresión de que hasta la celebración de las elecciones generales la crispación política va ir en aumento, utilizando a la educación como un nuevo instrumento de confrontación.

decisiones urgentes disciplinarias, la contestación se alargue en el tiempo o se pierda en una encrucijada administrativa. La propuesta lanzada por el MEC respecto a la flexibilización el bachillerato para que los alumnos con ritmos mas lentos en el aprendizaje puedan distribuir el total de asignaturas en tres años; ha levantado un considerable revuelo en la comunidad educativa. El número de alumnos que no consigue la titulación post-obligatoria es del 30%, y ha bajado en dos puntos el número de los matriculados en los ciclos de grado superior que necesitan el título de bachillerato para poder acceder. Estos hechos, aunque son estadísticas, parecen razones más que suficientes para buscar formulas que vayan dirigidas a favorecer a los alumnos en sus procesos de aprendizaje, con el objetivo de que obtengan el título. Es cierto que si no se cuenta con los

medios necesarios para implantar estas medidas será complicado llevarlas a efecto; ya que generará problemas organizativos en los centros y seguramente los alumnos verán limitadas todas las posibles opcionalidades que oferten los centros. Pero no podemos obviar que este sistema ya está implantado en la Educación de Adultos y que algunas comunidades ya lo han puesto en marcha con resultados satisfactorios. Por fin la Ley Orgánica 4/2007 de12 de abril que modifica la 6/2001 de 21 de Diciembre vio la luz. De esta forma se da por concluida una interminable etapa de confrontación sindical contra la LOU. La nueva Ley Universitaria, contempla muchas de las reivindicaciones que nuestra organización planteó tanto a los partidos políticos como al Ministerio. La desaparición del sistema nacional de habilitaciones y su cambio por el acreditaciones, incluyendo al final la flexibilización necesaria para recoger a colectivos que ya han demostrado con creces su capacitación profesional. Las modificaciones han tenido el calado suficiente como para hacernos apoyar esta Ley que, desde el punto de vista sindical, abre un nuevo campo de negociación con el estatuto del Personal Docente e Investigador. Cabe resaltar temas como la subida de nivel para que el profesorado universitario sea homologado con el del resto de Europa, promoción, movilidad, jubilación anticipada… El otro Estatuto, el que tiene que desarrollar al de la Función Publica en la docencia está pendiente de la convocatoria de una nueva mesa sectorial de educación para conocer si se confirma el acuerdo de la pasada mesa del 18 de Abril, donde parecía que el MEC aceptaba las propuestas de los Sindicatos, o por el contrario las dudas manifestadas en la revista "Escuela" por parte de un responsable del MEC son las que predominan; si es así nuestra Organización no estará en el acuerdo final. Para nosotros es imprescindible que la jubilación LOE sea indefinida, que en la promoción la evaluación se cambie por un sistema de acreditación, que el paso entre cuerpos sea por concurso de méritos y que haya una subida retributiva general.

Carlos López Cortiñas Secretario General de FETE-UGT 1 Trabajadores de la Enseñanza


Sumario Trabajadores de la Enseñanza Nº 80.

Redacción

mayo - junio de 2007

Opinión

Directora: Charo Pérez Molina

1

•Crispación política en un año educativo clave.

Universidad

3

•La LOMLOU, una ley para mejorar la universidad española. •Una reforma para las universidades. •Una nueva LOU más flexible y moderna. •A la espera de las normas que desarrollan la LOMLOU. •Una ley de universidades con flecos y marcha atrás. •Una apuesta demasiado corta para el PAS.

Bachillerato

10

•Un Bachillerato que refuerza la optatividad y crea un curso-puente. •La mala fe, lo real y lo posible.

15

•La Ley de Igualdad y su incidencia en el empleo y la Función Pública.

El Sindicato

19

Foto Universidad Carlos III

•FETE-UGT exige al Ministerio que cumpla los compromisos adquiridos sobre el Estatuto.

Edita:

•Los incrementos salariales recogidos en los módulos de concierto tienen que pagarse. •Un eslabón más en la cadena educativa. •¿Se escapa el tren de las Enseñanzas Artísiticas Superiores?

28

•El profesor-poeta Antonio Machado, en el centenario de su llegada a Soria.

Trabajadores de la Enseñanza

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•La Ley de Igualdad, una herramienta para abordar la igualdad de oportunidades.

Tablón Consultas

Belén Delgado Pascual Ángeles García Rodríguez Javier Sanz

Portada:

•Siglo XXI, siglo de los deberes.

Políticas Sociales

Nadia Osman (Andalucía) Tomás Esteban (Aragón) Marcos García (Asturias) María Pons (Baleares) Salvador Monedero (Canarias) Javier Rodríguez (Cantabria) Antonio Caballero (Castilla-La Mancha) Roque Fernández (Castilla y León) Manel Castillón (Cataluña) Francisco Bombién (Ceuta) Manuel Briones (Euskadi) Miguel Salazar (Extremadura) Jaime Couto (Galicia) Valentín Marzo (La Rioja) Angel Luis Jiménez (Madrid) Rafael Arce (Melilla) Francisco Javier Blanco (Murcia) Mª José Anaut (Navarra) Gerardo Fernández (País Valenciano)

Diseño, redacción y maquetación:

•Comunidades autónomas: Conoce un poco más lo que ocurre en los distintos territorios.

Desde el Aula

Carlos López Cortiñas Manuel Gil Mellado Miguel Asensio Carot Elvira Novell Iglesias Andrés Martínez Sánchez Eusebio González Jabonero Carmen Vieites Conde Maribel Loranca Irueste Paloma Martínez Navarro Choni García Navarro Concha Espinosa

Consejo asesor:

Entrevista con Alejandro Tiana (secretario general •E de Educación). “No podemos renunciar a algo positivo sólo porque sea más complejo”.

Apuntes Jurídicos

Consejo de redacción:

M-41531-1991 ISSN: 1698 - 613X Trabajadores de la Enseñanza no se hace responsable de las opiniones vertidas en los artículos firmados ni se identifica necesariamente con ellos


Universidad

La LOMLOU, una ley para mejorar la universidad española El Parlamento aprobó el pasado 29 de marzo la ley orgánica que modifica la Ley Orgánica de Universidades (la LOMLOU). El secretario de Estado de Universidades e Investigación, Miguel Ángel Quintanilla destaca en este artículo que la modificación de la LOU no es una reforma menor, sino muy importante, porque aumenta la autonomía en aspectos clave. a primera idea que quiero transmitir es clara: tenemos la mejor universidad de nuestra historia. Y la segunda: necesitamos algo más; una Universidad que lidere la sociedad del conocimiento.

L

El sistema universitario español demanda más calidad, más equidad y una relación más próxima con la sociedad, por lo que debemos adoptar políticas para que la ciudadanía ejerza su derecho a recibir una Educación Superior de calidad. Son estos objetivos los que guían la actuación del Ministerio de Educación y Ciencia. Para acercarnos al objetivo de lograr la mejor universidad posible, la primera medida ha sido modificar la Ley de Universidades para corregir importantes desajustes del sistema universitario. No es una reforma menor, sino muy importante, porque introduce una lógica distinta: aumenta la autonomía en aspectos claves de la actividad universitaria. Así, el nuevo modelo de acreditación responde a la exigencia de un estricto rigor científico, es un sistema eficiente y pleno de garantías que permitirá a las universidades convocar las plazas para el acceso a los cuerpos de fun-

cionarios docentes y elegir, entre los acreditados, a los mejores perfiles. Autonomía también para que cada universidad establezca sus señas de identidad, decida qué títulos imparte. Las universidades deben ser capaces de adaptarse a los cambios y diversificar su oferta y ello es incompatible con una limitación gubernamental al número o tipo de titulaciones. Por ello, desaparece el Catálogo de Titulaciones y se reemplaza por un Registro de Universidades, Centros y Títulos. El mismo grado de autonomía tendrán también en la elección de sus autoridades académicas y de sus modelos de organización interna. Por otro lado, la autonomía exige que las decisiones estrictamente académicas se adopten por las universidades, a través de una clara diferenciación institucional entre el ámbito académico y el político, creando para ello dos órganos diferentes, el Consejo de Universidades -la academia - y la Conferencia General de Política Universitaria -la administración autonómica. La otra cara de la moneda de la autonomía es la rendición de cuentas. La universidad ofrece un servicio público y es obligación de las administraciones velar por que sea de calidad. Con la nueva

Ley, la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y la Acreditación (ANECA) se convertirá en agencia estatal, potenciando la garantía de la calidad de acuerdo con estándares internacionales. Nuestra reforma también da un nuevo impulso a la investigación hecha en y desde la universidad y a su vinculación con el sistema productivo. En este ámbito las principales medidas son la posibilidad de que el profesorado pueda intensificar su trayectoria investigadora a lo largo de su carrera, el reconocimiento de la capacidad para transferir el conocimiento científico a la sociedad como mérito académico o la implementación de la conocida como ‘excedencia tecnológica’. Asimismo, la modificación de la LOU abre el camino para la estabilización de los jóvenes investigadores contratados, entre otros, a través del programa Ramón y Cajal. Respecto del profesorado contratado, la reforma aborda una definición más precisa de las figuras contractuales del ámbito universitario. Hablar de la modificación de la Ley de Universidades también significa recordar que estamos avanzando, junto a otros 45 estados, en la construcción de un Espacio Europeo de Educación Superior. Es una gran oportunidad que requiere también de una reorganización de nuestro sistema universitario en tres ciclos: Grado, Máster y Doctorado. Esta nueva articulación distingue sólo entre titulaciones de grado y de posgrado. Por esta razón, la Ley ha previsto la integración de los Catedráticos y Profesores de Escuela Universitaria CEU y TEUs -en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad. Otro de los ámbitos de la reforma de la LOU es la participación de los estudiantes en la política universitaria, a través del diseño de un Estatuto del Estudiante que prevea la creación de un Consejo del Estudiante Universitario.

La participación de los estudiantes es uno de los ámbitos de la reforma de la LOU

Miguel Ángel Quintanilla Secretario de Estado de Universidades e Investigación 3 Trabajadores de la Enseñanza


Universidad

Una reforma para las universidades ecía Ortega y Gasset, en 1930, que la reforma universitaria es siempre creación de usos nuevos, no solo corrección de abusos, que también, pero que lo importante es acertar plenamente con la “misión de la universidad”. Una misión que situaba especialmente en la docencia, sin olvidar la ciencia -de la que decía “es la dignidad, es el alma de la Universidad”-, ni la función social de la Universidad, su relación y contacto con la realidad.

D

Para las administraciones, se potencia el papel de las CCAA con la Conferencia General de Política Universitaria, órgano de cooperación y coordinación interterritorial. El Consejo de Universidades, órgano de coordinación académica, estará integrado por los rectores. La ANECA se convierte en agencia estatal de titularidad pública para la garantía de calidad, en colaboración con las agencias de evaluación autonómicas Para el profesorado, se establece un nuevo sistema de acreditación para la selección del profesorado, más eficaz y

someterán a control en base a criterios europeos de calidad. Para los estudiantes se refuerzan sus derechos y se amplian las posibilidades de participación con el Estatuto del estudiante universitario y la creación del Consejo de los estudiantes universitarios; se introduce el reconocimiento de la experiencia laboral a efectos académicos, y la posibilidad de recibir una atención académica que permita compatibilizar el estudio con la actividad laboral; permite que las personas mayores que no han seguido itinerarios tradicionales puedan seguir una formación superior en cualquier momento de su vida; incorpora medidas de acción positiva para las personas discapacitadas en la universidad.

El abuso se produjo en 2001, con el Partido Popular, que, prescindiendo de todo y de todos, aprobó una ley que, lejos de proporcionar a las universidades los instrumentos para cumplir con sus objetivos, hizo todo lo contrario. Las universidades necesitaPara la investigación científica y ban apoyos para adaptarse al el desarrollo tecnológico en la Espacio Europeo de Educación universidad y su relación con el Superior (EEES), más flexibilidad entorno social y productivo, se para relacionarse con su entorno, fomenta la cooperación de las más autonomía, más libertad en universidades con el sector proel ejercicio de su responsabiliductivo y se promueve la movidad, con la correspondiente renlidad del personal docente e dición de cuentas, para a su vez investigador, con la creación de afrontar el reto de la mejora de la institutos mixtos de investigacalidad de la enseñanza universición, el establecimiento de excetaria, en base a criterios internadencias temporales de hasta cionalmente reconocidos. Nada cinco años y supresión de de esto se hizo, no se dispuso la incompatibilidades en determiestructura para la reforma necenadas condiciones para que saria de las titulaciones, ni los inspromuevan el desarrollo de trumentos de evaluación de la empresas de base tecnológica. calidad que fueron insuficientes FETE-UGT presentó numerosas propuestas de mejora. Se incorpora la contratación de e inadecuados; se entorpeció el investigadores doctores con quehacer normal de las universicarácter permanente. dades de una forma casi absurda. A pesar del tiempo perdido y de las eficiente; la compatibilidad de docencia La reforma legislativa aprobada permidificultades, la modificación de la ley ha e investigación y la posibilidad de que tirá a las universidades dar respuesta a llegado a buen puerto, cumpliendo un en determinados momentos de la tralos retos de un mundo complejo, camcompromiso del presidente del Gobieryectoria profesional pueda existir una biante, distinto del de hace unos años, no, Rodríguez Zapatero, y el Partido dedicación más intensa a una u otra el mundo de la sociedad de la informaSocialista. actividad; mejora de las condiciones ción, de la sociedad en red, de la nueva laborales para diversos colectivos de economía global, para cumplir con sus Se ha hecho a partir de un intenso traprofesores (INEF, asociados LRU, las funciones de docencia e investigación bajo con la comunidad universitaria condiciones laborales de los ayudantes, así como con la llamada ‘tercera misión’, estudiantes, profesores e investigadores, transición de TEU a TU, de colaborador entendida como la generación, uso, personal de administración y servicios-, a contratado); posibilidad de acuerdos aplicación y explotación del conocimienadministraciones educativas, agentes para jubilaciones anticipadas; elaborato y de otras capacidades de la universisociales y grupos políticos, desde ción del Estatuto del PDI en el plazo de dad fuera de los entornos académicos. mucho antes del inicio de su tramitaun año. Para ello la universidad necesita flexibilición parlamentaria en septiembre pasadad, rigor que no rigidez, libertad y, por do. El acuerdo ha incluido a todos los Para el desarrollo del EEES se estructuencima de todo, ‘no tener miedo a la grupos parlamentarios excepto el PP, ran los estudios universitarios en tres libertad’. permitiendo una reforma muy imporciclos: Grado, Máster y Doctorado; se tante, de gran calado, que conlleva camcrea el Registro de Títulos oficiales sienMontse Palma bios sustanciales en la orientación de la do las Universidades las encargadas de Portavoz socialista política universitaria. proponer y elaborar los títulos que se de Educación y Ciencia 4 Trabajadores de la Enseñanza


Universidad

Una nueva LOU más flexible y moderna

S

i en la legislatura de la mayoría absoluta el PP se emborrachó de poder, de autoritarismo y se volvió, también en el tema educativo, autista, al no escuchar a nadie e imponer leyes con muy poca lógica democrática -la LOU fue un claro ejemplo de ello-, el actual período de gobierno de Rodríguez Zapatero se caracteriza -por eso de la necesidad y la virtud- por el diálogo, el acuerdo dentro y fuera del Parlamento y el acercamiento político a la realidad social. Tras la imposición de la LOU de 2000, el actual presidente anunció de forma clara y rotunda su voluntad de reformarla escuchando al mundo universitario. Por eso, su tramitación ha cumplido escrupulosamente la génesis democrática de una ley participativa. El anterior equipo educativo socialista produjo ya diferentes textos aproximativos, pero fue el actual equipo de Mercedes Cabrera el que desbloqueó el problema con coraje y voluntad. Tras escuchar a todos los estamentos universitarios y políticos: comunidades autónomas, rectores, alumnos, profesores, sindicatos, etc., plasmó su proyecto en un texto que ha servido de base para llegar a la actual LOU, aprobada recientemente.

adaptación y cambio, despistándola de sus auténticos retos. Es una nueva LOU que mejora aspectos tan necesarios como: z La coordinación política y académica con nuevos órganos como la Conferencia de Política Universitaria y el Consejo de Universidades. z La mayor flexibilidad de creación de nuevas titulaciones y su inscripción en un Registro, superando el modelo de catálogo cerrado. z El nuevo sistema de acceso al profesorado a través de la acreditación, superando el actual marco de homologaciones. z La autonomía dada a la ANECA, auténtico vigilante de la calidad del sistema. z Los mayores derechos del alumnado, de los profesores y del personal de administración y servicio. z La apuesta por la investigación y la transferencia del conocimiento a la

sociedad y su mejor retribución a ello. z La apuesta por la flexibilidad y la auténtica autonomía de la universidad. z La adaptación de figuras contractuales a una nueva realidad con plazos razonables.

El consenso ha sido posible también por la actitud responsable y razonable de los actores, de sus representantes sindicales; también, no lo vamos a ocultar, con intereses, esperanzas, exigencias legítimas... Y por ello ha habido diálogo y acuerdo. Por eso, creo que la nueva LOU, quizá sin dejar plenamente contento a nadie, permite tener un marco mejor para los nuevos retos de nuestra Universidad. Ahora queda desarrollarla, impulsar nuevos proyectos, estatutos... Más trabajo, pero se puede decir: ¡Feliz LOU! Ángel Martínez Sanjuán Presidente de la Comisión de Educación y Ciencia del Congreso de los Diputados

Su tramite parlamentario ha sido sosegado, permitiendo el diálogo dentro y fuera. En la Comisión de Educación del Congreso se dejaron oír los actores: sindicatos, la CRUE, estudiantes, expertos de aquí y de la UE, Consejos Sociales, ex consejeros autonómicos... Todo el mundo ha hablado y ha aportado sus puntos de vista o sus reivindicaciones. Y desde estas premisas, que este presidente ha querido fomentar y ayudar en todo momento, ha surgido una nueva LOU más consensuada, más autónoma con la universidad, más flexible para los nuevos tiempos y para la construcción del Espacio Europeo de la Enseñanza Superior, y más moderna, para los nuevos retos que tiene delante nuestra sociedad y, por ende, nuestra universidad. Es una nueva LOU, que no va a necesitar meter a nuestra universidad en un período constituyente que sería horroroso en estos momentos de 5 Trabajadores de la Enseñanza


Universidad

A la espera de las normas que desarrollan la LOMLOU

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l comienzo del nuevo milenio la universidad española era tan distinta de la anterior a la LRU que las figuras de profesorado y los procedimientos de acceso ya no eran válidos. Aunque la LOU exigió reformar todas las normas internas de las universidades como si se fuese a crear un nuevo tipo de universidad, en realidad fue en el tema de profesorado donde se produjeron la mayoría de los cambios. También ahora esta parte se vuelve a modificar. Una de la peores consecuencias de la criticada habilitación es que ha obstaculizado el acceso al sistema funcionarial. Ha habido muy pocas habilitaciones para el cuerpo de titulares porque el propio sistema lo hacía dificilísimo de aplicar, además de todos los defectos detectados en el caso de catedráticos. El profesorado contratado ha cubierto los huecos y nos ha llevado entre otras cosas a un desorbitado número de profesores e investigadores con dedicación parcial en la universidad. La reforma de la LOU aclara el procedimiento para cubrir suplencias temporales y acota el número de contratados con dedicación parcial. Eso es bueno. Aunque se asume la ya realidad de doble vía para personal permanente, funcionario y contratado, pues se les da análogos derechos representativos, sería de desear que se favorezca el paso a las distintas figuras de funcionarios. El nuevo sistema de acreditación es al menos viable y mucho más razonable que la habilitación, la bondad, como en todo sistema, la dará la forma en que se aplique. Queda el problema de las condiciones laborales, sobre todo económicas, de los profesores en la fase inicial de su carrera docente. En esto tienen la palabra las comunidades autónomas y deberán tener en cuenta que una buena universidad depende en gran medida de la calidad de sus docentes e investigadores, y conseguir a los mejores para esta tarea depende a menudo de las condiciones laborales. Por señalar otros temas que en la LOU fueron controvertidos, tenemos la elección del rector por sufragio universal. Ahora se deja a los claustros la decisión de que sea el claustro o toda la universidad quien lo elija. La experiencia ha demostrado que el sistema de elección por el claustro le daba a éste más poder y ello parece mejor que la concentración 6 Trabajadores de la Enseñanza

de poder en el rector, pero quizás las diferencias tan enormes entre unas universidades y otras haga bueno el que cada una lo decida internamente. Otro tema importante en la modificación es lo que afecta a las universidades privadas. En ellas el profesorado tiene la responsabilidad en las decisiones de carácter académico, cosa que no se exigía hasta ahora y debe ser oído antes de nombrar al rector. Además un 50% de los profesores deberán ser doctores, frente al 25% que se tenía hasta ahora, y esos profesores no pueden serlo a tiempo completo de las universidades públicas. La bondad de la reforma necesita ahora de un buen desarrollo de las normas que debe establecer el Gobierno, por ejemplo, para títulos oficiales y para acreditaciones de profesores, en particular los actuales TEU. Algunas lagunas sí tiene la reforma. Por ejemplo, los decanos y decanas serán elegidos entre los profesores y profesoras, y el rector podrá nombrar vicerrectores entre los profesores doctores. ¿Quiere esto decir que las profesoras pueden ser decanas, pero no vicerrectoras? Paz Jiménez Seral Profesora titular de Álgebra de la Universidad de Zaragoza

l Parlamento aprobó el pasado 29 de marzo una importante modificación de la Ley Orgánica de Universidades (LOU), originalmente aprobada en 2001, que trata de solventar algunos problemas surgidos al aplicarla en las Universidades, y en particular una controvertida concepción del sistema de selección del profesorado funcionario -Catedráticos y Profesores Titulares de Universidad y Escuela Universitaria-, que ha impedido que en estos años accedieran a dichos puestos personas de mérito y valía, por el fácil expediente de no convocar un número suficiente de plazas para la habilitación en esos cuerpos docentes.

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Aunque la modificación de la LOU incorpora bastantes elementos de modernización y puesta al día de la normativa -por ejemplo en aspectos relativos al espacio europeo de educación superior, a la coordinación de la política universitaria, a la protección de datos, al tratamiento equitativo de géneros o a la protección de los derechos de personas discapacitadas-, el punto de mayor conflicto ha sido el referido al régimen del personal docente e investigador, tanto a causa de la nueva normativa como por el régimen transitorio que incorpora. El sistema de habilitación, con plazas restringidas y ante comisiones que juzgaban a los candidatos de cara a su selección, se transforma


Universidad

Una ley de Universidades con flecos y marcha atrás en otro de ‘acreditación’, donde se exigirá un determinado nivel de actividades docentes o de investigación para conseguir ser acreditado. Las Universidades luego convocarán concursos donde seleccionarán su profesorado entre los que previamente posean esta condición. La diferencia fundamental con el anterior sistema es que no hay plazas limitadas, de manera que se produce una separación más clara entre cumplir los requisitos de docencia e investigación -acreditación, sin restricción numérica- y ser seleccionado para ocupar un determinado puesto de trabajo -concurso público, sujeto a las necesidades docentes y de investigación de las Universidades-. Los cuerpos de profesores de Universidad quedan reducidos a dos: Catedráticos y Titulares, y los cuerpos relacionados con las Escuelas Universitarias se declaran a extinguir, lo que probablemente es una premonición sobre el destino de las mismas, que quizá pase por su conversión en otro tipo de Centros -Facultades o Escuelas-. Esta desaparición de cuerpos es preocupante en el caso de los Profesores Titulares de Escuelas Universitarias (TEU), para pertenecer al cuál no era necesaria la posesión del título de doctor. La transición de TEU a Profesor Titular de Universidad, que probablemente se debiera haber resuelto mediante la exhibición del título de doctor, puesto que las oposiciones a ambos cuerpos eran casi idénticas salvo en este requisito, se ha zanjado mediante una acreditación específica, que a buen seguro supondrá más problemas que soluciones y quizá no cumpla la función de incentivo que se le supone. Las demás figuras de los profesores e investigadores universitarios son contratos laborales, que pueden tener la forma de contratos temporales -en Ayudantes y Profesores Ayudantes Doctores, así como Profesores Eméritos, Visitantes y Asociados- o indefinidos -Profesores Contratados Doctores-, lo que sigue la tradición. No obstante, se restringe la figura de Profesores Colaboradores, reservada ahora para ciertas áreas técnicas y profesionales donde es necesario contar con la ayuda de titulados medios, mientras que los actuales profesores que ocupan esta categoría se

declaran a extinguir en sus propias plazas. En el caso de los Colaboradores que tengan u obtengan el título de doctor, y reciban la acreditación pertinente, también se les permite pasar a la categoría de Contratados Doctores en sus propias plazas. Este intento de ‘elevar la cualificación’ de los profesores universitarios, que en sí es meritorio y no ha sido cuestionado por ninguna tendencia, contrasta con la disminución del nivel relativo que se observa en ciertas enseñanzas universitarias, producto de la falta de motivación de una parte de los estudiantes, obligados a gastar unos años en la institución universitaria antes de incorporarse a sus trabajos, y de la baja estima que se ha otorgado a los méritos docentes en los concursos y habilitaciones. Sería deseable, también en el nivel universitario, que se cultivaran y atendieran las habilidades pedagógicas de los profesores, no sólo su rendimiento académico y su capacidad para realizar investigación. Limitación de contratados temporales Con la aprobación de las enmiendas a la LOU parece que se ha restringido la duplicidad que en un principio se pretendió entre profesores funcionarios y contratados, aunque para rematar la faena de forma airosa hubiera sido preciso diseñar alguna forma de pasarela entre la figura de Contratado Doctor y la de Profesor Titular, con el fin de que la carrera docente fuese más coherente. Con todo, la limitación de los contratados temporales al 40% de la plantilla no puede saludarse sino con júbilo, porque probablemente signifique la obligación, para muchas universidades públicas, de convertir contratos temporales en indefinidos. La promesa de regular una estructura de carrera funcionarial, a través del desarrollo de un Estatuto del Personal Docente e Investigador ofrece una oportunidad para profundizar en el desarrollo de la Ley y equiparar en derechos y deberes a los funcionarios universitarios con el resto de los servidores públicos. Probablemente esto suponga, entre otras cosas, que se regularán las condiciones de jubilación voluntaria anticipada o de reducción

paulatina de la actividad para quienes lo deseen. A pesar de lo anterior, la mera emisión de una modificación legislativa no resuelve por sí misma la precaria situación de la buena parte de las universidades, ni la difícil transición a los modelos de grado y posgrado impuestos por la Unión Europea en el acuerdo de Bolonia, ni la integración de las Universidades en la estructura productiva y de empleos de la industria y las instituciones sociales. En particular, es bastante decepcionante el panorama de la financiación de las universidades, incapaz de establecerse a través de un sistema estable ligado a las necesidades y los resultados, y siempre esperando que los fondos para docencia e investigación lleguen cuando se necesitan, para que rindan el servicio público al que van destinados: la evolución de la Universidad en los próximos años irá estrechamente ligada a los esfuerzos que se hagan en el país por aumentar la investigación, el desarrollo y la innovación, lo que requiere por lo general que las Administraciones públicas sean capaces de incrementar sus presupuestos de forma considerable y, a la vez, que pueda conseguir que la empresa privada se sume a este reto. En este empeño sería interesante que las fuerzas políticas se uniesen, como han hecho para sacar adelante el texto de las modificaciones a la LOU, porque la Universidad española ha de ser un empeño de todos, y no podemos permitirnos el lujo de que cada partido político, de los que se turnan en el poder, amenace con modificar la ley universitaria y produzca inseguridad en un sistema que necesita, como condición indispensable para cumplir sus fines, unas reglas del juego estables, consensuadas y con suficiente dignidad como para cumplir los objetivos sociales que se proponen. En otras palabras, la Universidad española no se puede permitir muchas rectificaciones ni marchas atrás: hay que saber acertar en las decisiones, y mantenerlas para que un sistema tan sensible como el universitario pueda dar los resultados apetecidos en eficiencia y servicio. Concha Espinosa Secretaria de Enseñanza Universitaria de FETE-UGT 7 Trabajadores de la Enseñanza


Universidad

Una apuesta demasiado corta para el PAS l viernes 13 de abril de 2007 apareció publicada en el BOE (número 89) la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. En lo que al PAS se refiere, además de algunas modificaciones semánticas en tres de sus artículos, se añaden sendos apartados en otros dos. Se contempla en ellos una mejora de las condiciones laborales, apostando por la formación permanente y la movilidad entre las distintas universidades, y se deja abierta la posibilidad de participar en incentivos que contribuyan a la mejora de la investigación y el conocimiento.

sario para el buen funcionamiento universitario como servicio público y para conseguir una institución moderna y competitiva. Por ello, en esta reforma de la LOU se deberían haber delimitado claramente los ámbitos de actuación del PAS, distinguiendo entre las funciones de administración y gestión y aquellas otras funciones de gobierno universitario. Se debería, a su vez, haber siquiera hecho un intento de homogeneizar las condiciones laborales para el conjunto del colectivo, así como también una apuesta clara y decidida por la promoción.

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No está mal dicha apuesta, si no fuera porque se queda más bien corta, demasiado corta, diríamos, para un colectivo que representa casi un tercio de la plantilla de quienes trabajarnos en la Universidad y que es imprescindible y absolutamente nece-

Biblioteca de la Universidad Carlos III

Tampoco se recoge en ningún momento la creación de 'mesas de negociación' en el ámbito de cada Universidad y comunidad autónoma en las que pudieran dirimirse los temas que atañen a nuestras condiciones de trabajo y la inclusión de los agentes sociales en todos los órganos de consulta y propuesta universitaria. La movilidad sí se considera, pero habría de realizarse de una forma pertinente y adecuada, siempre mediante convenios de reciprocidad avalados por los agentes sociales. Por otra parte, no se garantiza en los claustros una presencia mínima del PAS, lo que, en los distintos estatutos universitarios, ha supuesto que nuestra representación oscile entre el 8% y el 10 %: demasiada desproporción en una empresa donde, como ya se ha señalado, nuestro colectivo supone aproximadamente un tercio del total de los trabajadores. En la declaración de intenciones de este texto, se señala la de dotar de mayor autonomía a las Universidades en su toma de decisiones, en su administración y en su funcionamiento interno. Para ello, creemos, no obstante, que también se ha de contar necesaria e ineludiblemente con la aportación del PAS; con lo que todo aquello que suponga una mejora y adecuación de nuestro colectivo en todos los sentidos no redundará sino en beneficio y provecho de la Universidad y de su pretendida autonomía. Agustín Martínez Pastor PAS. Universidad de Oviedo

8 Trabajadores de la Enseñanza



Bachillerato Alejandro Tiana Secretario general de Educación

“No podemos renunciar a algo positivo sólo porque sea más complejo” La propuesta del MEC de un ‘curso puente’ para los alumnos de 1º de Bachillerato que no puedan promocionar a 2º pretende, según el secretario general de Educación, que el estudiante tenga un “cierto reconocimiento, aunque tenga que repetir”. Tiana asegura que no se puede renunciar a algo positivo para los estudiantes sólo porque entrañe complejidad para los centros. uál es la pretensión del Ministerio con la propuesta que ha hecho para los alumnos de 1º de Bachillerato que hayan aprobado más de la mitad de asignaturas, pero que no puedan promocionar a 2º?

C

Nuestro objetivo es que el esfuerzo hecho por un alumno que haya aprobado la mayoría de las asignaturas de primero, pero no suficientes para pasar de curso, encuentre un cierto reconocimiento, aunque el estudiante tenga que repetir. En la actualidad, un alumno que repite con tres o cuatro asignaturas suspensas corre el riesgo de disminuir su grado de motivación y de esfuerzo al verse obligado a cursar otra vez las seis o siete que ya aprobó. Al mismo tiempo, para que no se convierta en un año ocioso, con pocas asignaturas, se establece que pueda matricularse de algunas de segundo. No debemos olvidar, además, que estudiar Bachillerato es el paso previo a la Universidad o a la FP de Grado Superior, donde se utiliza un método similar. Los estudiantes tienen que ir aprendiendo a responsabilizarse de sus opciones. Determinados sectores conservadores han respondido a la propuesta afirmando que se trataría de una rebaja del nivel educativo. Esperanza Aguirre ha hablado incluso de ‘degradación’. ¿Cuál es la respuesta del MEC a este planteamiento? Estas declaraciones hay que situarlas en el marco en el que se han realizado, en vísperas de unas elecciones autonómicas, más que en el plano estrictamente educativo. Lo que la Ley Orgánica de Educación (LOE) deja muy claro es que, en Bachillerato, con más de dos asignaturas suspensas hay que repetir curso y que para obtener el Bachillerato hay que aprobar todas y cada una de las 10 Trabajadores de la Enseñanza

materias en menos de cuatro años. En este sentido la exigencia no ha variado un ápice y los alumnos adquirirán los mismos conocimientos utilicen la fórmula que utilicen. Consideramos que con este cambio podemos mantener en el sistema educativo a alumnos con más dificultades que sus compañeros, con una organización más productiva de su tiempo que la de repetir asignaturas que ya han aprobado. ¿Es una medida dirigida fundamentalmente a favorecer el aumento de la tasa de titulados en Bachillerato? Es una medida dirigida fundamentalmente a favorecer que nuestros jóvenes estudien educación secundaria postobligatoria y continúen después en educación superior, tanto universitaria como de FP. El nivel educativo de la población española es inferior al de la mayoría de los países de la Unión Europea, y tenemos que elevarlo. Los directores de centros han hablado de las dificultades de organización que se pueden originar y de las diferencias que pueden darse entre centros grandes y pequeños. ¿Lo ha previsto el MEC? Efectivamente, el MEC es consciente de que la medida propuesta puede plantear ciertas dificultades organizativas, pero consideramos que no podemos renunciar a algo positivo para nuestros jóvenes y nuestro sistema educativo sólo porque sea algo más complejo. La propuesta ha sido presentada recientemente y aún tenemos tiempo para reflexionar sobre ella con los sectores implicados y ajustarla a la realidad de cada centro. La nueva ordenación académica del Bachillerato no comenzará a impartirse hasta el curso 2008/2009. En cualquier caso, hay que dejar claro que no sería un curso puen-

te diseñado a la carta por cada alumno, sino que son las Administraciones educativas y los centros los que elaborarían la oferta de las asignaturas de segundo para los repetidores. El alumno tendría que adaptarse a lo ofertado con ciertos criterios comunes, como no cursar la segunda parte de una asignatura cuya primera parte tiene suspensa. Hay bastantes directores que están de acuerdo con esta decisión y que, pese a los cambios que implica, consideran que su efecto puede ser positivo. ¿A qué obedece el hecho de que España se encuentre 20 puntos por debajo de la media europea en varones con Bachillerato o FP? Es difícil dar una respuesta concreta y única a esta pregunta, porque influyen distintos factores. España ha extendido la educación obligatoria hasta las 16 años hace muy pocos años, y aún arrastramos un desfase claro con respecto a la mayoría de los países europeos. Si se observa el fenómeno por comunidades autónomas, las que tienen mayor oferta de empleo no cualificado para jóvenes suelen ser también las que presentan tasas más elevadas de abandono educativo. Por otra parte, hasta ahora el sistema educativo se centraba en intentar corregir las deficiencias detectadas en los alumnos en Secundaria, cuando en realidad muchos problemas tienen su origen en Primaria y hay que actuar desde el comienzo para prevenirlos. La UE aspiraba a que en 2010 el 85% de los jóvenes comunitarios acabe estudios secundarios postobligatorios. Desde el MEC, ¿se considera un propósito alcanzable en España? Ante todo, hay que recordar que se trata de un objetivo para el conjunto de la Unión, y no para cada país. Los que partimos de una situación de retraso tene-


Bachillerato bará esa materia, con el riesgo de repetir si suspende también otras y la imposibilidad de titular al final de la etapa. Yo preguntaría de nuevo a los detractores de la materia por qué han decidido lanzar a las familias a una vía arriesgada y azarosa en vez de recurrir ante los tribunales lo que creen que no es legal. Quizás sea porque no estén seguros de que tengan argumentos para recurrir, pues en otras ocasiones sí lo han hecho. De todos modos, lo que quiero resaltar es que no hay ningún contenido en la materia que vaya en contra de la moral privada de nadie, como puede comprobar cualquiera que mire los contenidos que están publicados en el BOE o la oferta de libros de texto que empieza a estar disponible.

Alejandro Tiana, secretario general de Educación

mos el compromiso de avanzar decididamente en este indicador, pero parece evidente que alcanzarlo nos llevará más tiempo que a los países más avanzados. En cualquier caso, el 85% es nuestro punto de referencia. Se trata de un objetivo difícil, pero estamos trabajando para conseguirlo, utilizando diversos instrumentos, como los Planes de Refuerzo, Orientación y Apoyo (Proa), las evaluaciones de diagnóstico desde mediados de Primaria para detectar las carencias cuanto antes y poder atajarlas, el aumento de las becas -especialmente las de carácter compensatorio-, la flexibilización del sistema educativo para que quienes lo abandonan puedan reintegrarse después o para impulsar la educación a lo largo de la vida, etc. Empezamos a ver los primeros frutos de nuestras políticas, aunque aún nos quede mucho camino por recorrer. Según indicadores de Eurostat -tomados de la EPA-, en 2005 y 2006 se ha invertido la tendencia perversa manifestada entre los años 2000 y 2004, y el número de jóvenes entre 18 y 24 años que no está estudiando ni tiene título postobligatorio ha disminuido del 31.7 en 2004 al 29.9 en 2006. ¿Es viable la propuesta de la presidenta de la Comunidad de Madrid de ofrecer tareas de voluntariado a los

alumnos cuyas familias rechacen Educación para la Ciudadanía? Es una propuesta ilegal y resulta increíble e inaceptable que la máxima representante de una administración con competencias en educación haga este tipo de afirmaciones a la ligera. La Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos es una asignatura del currículo como otra cualquiera y los alumnos tienen la misma obligación de estudiarla que, por ejemplo, las Matemáticas o la Lengua, porque así figura en la LOE, que es una ley aprobada por el Parlamento español y por lo tanto de obligado cumplimiento. Lo que sí es posible, e incluso podría ser interesante, es complementar los contenidos fijados por el Gobierno central -que representan el 65% del total del horario de los alumnos- con otro tipo de actividades que contribuyeran a darle un enfoque práctico a la materia. ¿A qué riesgos se pueden enfrentar alumnos y familias? En el Ministerio de Educación y Ciencia nos preocupa mucho que se esté utilizando a las familias con fines partidistas, sin pensar en las consecuencias de esas acciones o al menos sin advertirles de ello. Un alumno que falte reiteradamente a clase puede ser sancionado por absentismo, además de que no apro-

También el presidente del PP, Mariano Rajoy, ha lanzado la idea de que suprimiría esta materia si llegase a gobernar. Especialistas como José Antonio Marina han calificado de 'disparate' la objeción a esta asignatura. ¿A qué atribuye usted este empecinamiento por parte de los sectores más conservadores? Prefiero no aventurar qué les pasa por la cabeza a esos sectores que usted menciona. Debería preguntárselo a ellos. Lo que me preocupa es que puedan pretender otros fines utilizando un campo tan sensible como es la educación. ¿Cuál es el balance que hace el Ministerio del Programa Proa? Nuestro balance es muy positivo, aunque todavía hay que pulir ciertas cosas, además de que queremos extenderlo a más colegios e institutos. De hecho, el curso que viene ya disfrutarán de Planes Proa más de 2.500 centros en toda España. Según el informe de evaluación del curso 2005/2006, más del 65% de los coordinadores y tutores consideran que el Plan tiene efectos muy o bastante positivos en la mejora de los hábitos y técnicas de estudio, o que más de un 81% de los profesionales de la educación -tutores, equipos directivos, orientadores, etc.- que han participado en la evaluación considera que se ha reducido el absentismo bastante o mucho. La atención individualizada y las actuaciones globales que supone también han tenido efectos muy positivos en la integración social de los alumnos y en la mejora de la convivencia. Creo que se trata de un programa que va en la buena dirección. Trabajadores de la Enseñanza 11 Trabajadores de la Enseñanza


Bachillerato

Un Bachillerato que refuerza la optatividad y crea un curso-puente

U

na mayor flexibilidad es la característica principal del nuevo Bachillerato, que empezará a impartirse en el curso 2008-2009. El proyecto refuerza la optatividad, adaptándola a los intereses del alumnado, y facilita que el alumno pueda cursar el Bachillerato en tres años mediante un ‘curso puente’. Esta propuesta se acerca al planteamiento de FETE-UGT de un Bachillerato de tres años para los alumnos que tengan un ritmo de aprendizaje más lento. El nuevo Bachillerato se estructura en tres modalidades: Artes, Ciencias y Tecnología y Humanidades y Ciencias Sociales, y se introduce una nueva asignatura, Ciencias para el mundo contemporáneo.

De acuerdo con el proyecto, los alumnos deberán cursar en los dos cursos al menos seis materias de la modalidad; cinco de ellas han de ser de la modalidad elegida -el RD 3474/2000, el conocido como Decreto de Humanidades, estableció tres en cada curso-. Los centros deberán ofertar la totalidad de las materias de modalidad. Sólo se podrá limitar la elección de materias por parte del alumnado cuando haya un número insuficiente de ellos, según los criterios establecidos por la Administración educativa de la respectiva comunidad autónoma. Cuando la oferta de materias en un centro quede limitada por razones organizativas, se facilitará que los alumnos puedan cursar alguna materia a distancia o en otro centro. La religión será de

oferta obligatoria para los centros y de libre elección para los alumnos. En el borrador desaparecen Filosofía I y Filosofía II y se incorporan Filosofía y Ciudadanía e Historia de la Filosofía; Historia para a ser Historia de España. Historia de la Filosofía e Historia de España deberán cursarse en 2º. Educación Física se mantiene como hasta ahora y, aunque el borrador no lo menciona, lo más probable es que se siga impartiendo en 1º. Filosofía y Ciudadanía entronca con la Educación ético cívica de 4º de la ESO y la Educación para la Ciudadanía de la ESO y Primaria. Aunque el borrador no dice nada al respecto, es seguro que se impartirá en primer curso. La modalidad de Arte se organizará en

La mala fe, lo real y lo posible

L

a propuesta lanzada por el Ministerio de Educación respecto a la flexibilización del bachillerato, de acuerdo con la cual aquellos alumnos con ritmos más lentos de aprendizaje para seguir los estudios podrían distribuir el total de asignaturas en tres años en lugar de los dos en los que seguiría organizándose de manera estándar esa etapa educativa, ha despertado un considerable revuelo en la comunidad educativa. Una parte de las críticas que ha recibido esta idea, que FETE-UGT planteó por primera vez hace ya unos años, surge de no haberla entendido, o, lo que es bastante peor, de no haberla querido entender y rechazarla por razones enraizadas en la inacabable disputa partidista. En este capítulo hay que sumar todas las declaraciones que se han hecho alegando que el nuevo modelo de bachillerato, al permitir el paso del primero al segundo curso con seis asignaturas suspendidas, debía ser entendido como un paso más en una concepción pedagógica que desprecia la excelencia académica y que 12 Trabajadores de la Enseñanza

desvirtúa el esfuerzo individual que necesariamente requiere el estudio. Quienes así han argumentado han olvidado decir que no se trata de permitir, sin más, la promoción de primero a segundo con un buen número de suspensos. Tampoco parecen reparar en que esos suspensos no dejarían de serlo por el hecho de introducir una nueva concepción de la promoción de curso. Habría que recordarles que de lo que se trata es de facilitar la continuidad en el bachillerato, ya que los alumnos repetirían las asignaturas de primero suspendidas, - 3 ó 4 como máximo-, y algunas de las de segundo, sin tener que volver a cursar las materias ya aprobadas en el primer año. Y que la intención que anima esta propuesta es la de permitir que un mayor número de estudiantes alcancen el título de bachiller, al que sólo se tendría opción -como es el caso en la actualidad- si se hubieran aprobado todas las asignaturas de los dos cursos. A quienes confunden las cosas, a veces desde una manifiesta mala fe, habría que recordarles, en fin, que la excelencia a la que se aspira es la que

beneficia al mayor número de estudiantes, y no sólo a unos pocos, capaces de superar con éxito un proceso educativo que ellos entienden en términos casi de selección darwiniana. Enfocar de ese modo las cosas no es defender la excelencia, sino el más puro clasismo. Es evidente que, una mejor preparación académica, además de facilitar el acceso a la vida laboral, permite hacerlo en puestos de trabajo más cualificados, mejor retribuidos y con mayores posibilidades de movilidad y ascensos. En el año 2004 el porcentaje de alumnado que no continuaba en el sistema educativo al acabar la Secundaria Obligatoria en España era del 30%. En el mismo año en la Unión Europea el dato era del 15,9 %, y para 2010 está establecido como objetivo rebajarlo hasta un 10%. Otro fin complementario de la propuesta del ministerio -además de aumentar el número de titulados en Bachiller- es elevar el porcentaje de titulados de formación profesional de grado superior. Otro porcentaje que


Bachillerato Horario de las enseñanzas mínimas Actual

Borrador

Materias Nº horas

Materias

Nº horas

Educación Física

35

Educación Física

35

Lengua castellana y Literatura

210

Lengua castellana y Literatura

210

Lengua extranjera

210

Lengua extranjera

210

Filosofía

140

Historia de la Filosofía

70

Historia

70

Historia de España

70

Religión/Actividades de estudio

70

Religión

70

Materias de modalidad

TOTAL

420 (70/un.)

1.155

dos vías: artes plástica, diseño e imagen, por una parte; y Artes Escénicas, música y danza, por otra. Su oferta podrá hacerse de forma diferenciada. La primera vía es similar a la actual, en tanto que la

requiere rectificación a la vista del marcado desequilibrio existente en España entre los estudios profesionales y universitarios. La tasa de titulados de Formación Profesional de grado superior ha descendido desde un 18% en el curso 1996/97 hasta un 14,4% en el curso 2002/03, y el número de alumnos y alumnas que optan por cursar estas enseñanzas, según las estadísticas, es cada vez menor. Para acceder a las enseñanzas profesionales de grado superior el alumnado ha de tener el título de bachiller. Esta condición hace que un elevado porcentaje del mismo desista de cursar ciclos formativos de grado superior al sentirse incapaz de aprobar el bachillerato al ritmo actualmente establecido. Se hace necesario, por tanto, establecer un bachillerato a dos velocidades en función de las características y circunstancias personales de cada alumno/a, según ritmos de aprendizaje e intereses personales. Por otro lado, no hay que dejar de prestar una mayor atención a las voces que han denunciado la inviabilidad del nuevo modelo de bachillerato, aduciendo las dificultades organizativas que comportaría. Quienes se han pronunciado en estos

Materias de modalidad

540 (90/un.)

Filosofía y Ciudadanía

70

Ciencias para el mundo contemporáneo

70

TOTAL

1.345

segunda contempla aspectos que hasta ahora estaban ausentes del sistema educativo. Con esta nueva vía se facilita la compatibilidad del Bachillerato con las enseñanzas profesionales de

términos consideran imposible atender a la previsible "balcanización" de los horarios que se derivaría de la introducción de un "bachillerato a dos velocidades". En muchos casos -no en todos- en este argumento da por sentado que el nuevo modelo tiene como consecuencia un crecimiento de los grupos de alumnos y que los centros contarían efectivamente con las dotaciones adecuadas para dar respuesta a las nuevas demandas. La cuestión no es, pues, si se pondrán los recursos para hacer posible el nuevo modelo organizativo, sino que ese modelo es en sí mismo irrealizable por requerir una combinatoria de opciones en la confección de los horarios, tanto de alumnos como de profesores, que no podría ser llevada a la práctica. Cuando se debate sobre la imposibilidad de un modelo de organización, la mejor respuesta es señalar que tal modelo teórico es ya una realidad o lo ha sido. Lo real es, por descontado, posible. Y es real que el bachillerato nocturno se organiza de la manera que ahora se quiere generalizar para las clases de diurno. Alguien podría objetar: ¡pero el nocturno está organizado por bloques que los alumnos deben seleccionar antes de comenzar primero, de modo que la organización está predefi-

música, a través de la convalidación de materias. Este Bachillerato podrá impartirse en los institutos y en los conservatorios, de igual modo a como en la actualidad el Bachillerato de Artes se puede impartir en las Escuelas de Artes Plásticas y Diseño. En la modalidad de Ciencias y Tecnología las materias permiten establecen itinerarios prácticamente iguales a las modalidades actuales, si bien desaparece la materia de Mecánica. Por último, en la modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales desaparece Historia de la Música, que fue incorporada como materia propia de esta modalidad por el RD 3474/2000, y Economía y Organización de Empresas se denominará Economía de la Empresa. Las materias optativas serán reguladas por las Administraciones educativas de las comunidades, y, en general, el alumno elegirá una en cada curso. Deben garantizar que el alumno pueda elegir al

nida y no se modifica en función de una combinatoria abierta!. Es cierto, pero ese mismo esquema ¿no podría plantearse también para el bachillerato diurno? Aún más, durante la fase inicial de aplicación de la LOGSE, entre 1995 y 2000, en algunas comunidades -en Cataluña, por ejemplo- se experimentó en varios centros con fórmulas muy semejantes a las que ahora están siendo discutidas, y en modelos en que la optatividad de asignaturas era mucho más alta que la actual. Finalmente esa experimentación cesó. Pero no por la inviabilidad del proyecto, ni por los resultados obtenidos, sino por la falta de medios para seguir adelante con ella. FETE-UGT defiende, por tanto, la idea avanzada por el Ministerio. De hecho, se aproxima mucho a nuestro planteamiento. Y no procede, como ocurre tantas veces en el ámbito de la educación, de análisis teóricos mejor o peor fundamentados: procede de las prácticas reales de los centros y de la voluntad que ha movido al profesorado de los mismos a alcanzar la excelencia educativa para el mayor número de estudiantes. Carlos López Cortiñas Secretario General FETE-UGT Trabajadores de la Enseñanza

13


Bachillerato menos una materia de modalidad, ya sea de la suya propia o de otra. Con ello se posibilita que el alumnado pueda reforzar la modalidad elegida cursando como optativa una séptima materia de la misma modalidad. Respecto a Religión, será de oferta obligatoria para los centros y de libre elección para los alumnos. No habrá alternativa, y la evaluación se realizará en los mismos términos y con los mismos efectos que la de las otras materias de Bachillerato, por lo que contará con una más para la promoción. Religión no computará para la media de Selectividad ni para la obtención de becas. El proyecto contempla el que las Administraciones puedan autorizar que una parte de las materias del currículo se impartan en lenguas extranjeras. Pero los centros que impartan una parte de las materias en lenguas extranjeras no podrán incluir los requisitos lingüísticos entre los criterios para la admisión de los alumnos. El borrador no habla del Bachillerato nocturno, pero parece que pasará a denominarse ‘para adultos’. Sobre la educación de personas adultas el borrador especifica que corresponde a las Administraciones de las comunidades autónomas organizar las pruebas para que los mayores de 20 años puedan obtener el título. En el Bachillerato de personas adultas no se aplicará la promoción contemplada en el proyecto. La evaluación será continua y diferenciada según las distintas materias. Los resultados se expresarán mediante calificaciones numéricas de uno a diez, sin decimales, siendo negativas las inferiores a cinco. La nota media será la media aritmética de las calificaciones de todas las materias. Al final del curso los alumnos podrán realizar una prueba extraordinaria para recuperar las materias suspendidas. Pero el asunto que más ha llamado la atención ha sido el relacionado con la promoción. Como hasta ahora, los alumnos de 1º que hayan suspendido un máximo de dos materias promocionarán a 2º y si se suspenden tres o más el alumno repetirá curso. La novedad es que quien haya aprobado el 55% de las materias que componen 1º repetirá únicamente las suspensas. Esto puede entenderse como un ‘curso puente’ con las materias que se repiten de 1º y las que se elijan de 2º. Este planteamiento 14 Trabajadores de la Enseñanza

Nueva propuesta de Bachillerato Materias comunes: Ciencias para el mundo contemporáneo, Educación Física, Filosofía y Ciudadanía, Historia de la Filosofía (en 2º), Historia de España (en 2º), Lengua Castellana y Literatura I y II, Lengua cooficial y Literatura I y II, Lengua Extranjera I y II, Religión (opcional). Materias de modalidad: Los alumnos deberán cursar en los dos cursos al menos seis materias de modalidad (cinco de la modalidad elegida). Humanidades y Ciencias Sociales

Ciencias y Tecnología

Artes Artes Plásticas, Imagen y Diseño

- Economía - Economía de la empresa - Geografía - Griego I y II - Historia del Arte - Historia del mundo contemporáneo - Latín I y II - Matem. para las CCSS I y II - Literatura universal

- Biología - Biología y Geología - Ciencias de la Tierra y medioambientales - Dibujo Técnico I y II - Electrotecnia - Física - Física y Química - Matemáticas I y II - Química - Tecnología Industrial I y II

- Cultura Audiovisual - Dibujo Artístico I y II - Dibujo Técnico I y II - Diseño - Historia del Arte - Técnicas de expresión gráfico-plástica - Volumen

Artes Escénicas, Música y Danza - Análisis Musical I y II - Anatomía aplicada - Artes Escénicas - Cultura audiovisual - Historia de la Música y la Danza - Lenguaje y práctica musical - Literatura universal

Materias optativas: El alumno, por lo general, elegirá una en cada curso. Serán reguladas por las comunidades autónomas.

El curso-puente propuesto por el MEC A favor

En contra

Los datos indican que el 43% de los jóvenes de 16 años no se matricula ni en Bachillerato ni en FP de Grado Medio; el 30% de los adolescentes no consigue el título de Graduado en Secundaria, y el 18% de los jóvenes de entre 18 y 25 años ni estudia ni trabaja. Estas medidas supondrían un acicate motivador para padres y adolescentes tanto en el momento de matricularse como en el de continuar dentro del sistema, en el caso de suspender algunas materias.

La organización escolar se complica. Surgen dificultades en la confección de los horarios de los grupos de alumnos y en la distribución de las aulas. Con estas medidas, puede haber más suspensos en 1º y 2º de Bachillerato, puesto que ahora los equipos de evaluación cuidan mucho de suspender en septiembre, por el hecho de la repetición. De cara a la selectividad, si un alumno suspende cuatro asignaturas y sólo asiste a clase de esas cuatro dejaría en el olvido las aprobadas.

lo que pretende es reducir el abandono escolar prematuro. Los alumnos que al final de 2º tuvieran materias pendientes sólo se matricularán de ellas. Se podrá cursar Bachillerato durante cuatro años.

ba enseñanzas de lengua castellana en un número de horas no inferior al que corresponde a esta área. Con otras palabras, se blindan las 210 horas mínimas de lengua castellana.

El horario establecido por el MEC corresponde a las enseñanzas mínimas: el 65% para las comunidades sin lengua cooficial y el 55% para las que sí la tienen. Éstas pueden detraer un 10% del horario escolar derivado de este anexo para la organización de la enseñanza de esa lengua cooficial, siempre que se utilice de cada una de las materias un máximo de la tercera parte del horario. Por otra parte, al igual que sucede en las enseñanza obligatorias, si los contenidos referidos a estructuras lingüísticas se imparten en la lengua diferente del castellano, se garantiza que el alumno reci-

El número de horas de Educación Física, Lengua castellana y Literatura y Lengua extranjera, Historia y Religión no varían. Las de Filosofía I y Filosofía II se reparten entre Historia de la Filosofía y Filosofía y Ciudadanía. Se añaden al horario de enseñanzas mínimas 70 horas correspondientes a Ciencias para el mundo contemporáneo. Las materias de modalidad aumentan de 70 a 90 horas cada una, pasando de 420 a 540 horas en total, lo que supone un incremento de 120 horas. En total, el horario correspondiente a las enseñanzas mínimas experimenta un aumento de 190 horas.


coleccionable

Apuntes Jur dicos

LA LEY DE IGUALDAD Y SU INCIDENCIA EN EL EMPLEO Y LA FUNCIÓN PÚBLICA En el presente número vamos a comentar los principales contenidos de la Ley de Igualdad. LA LEY DE IGUALDAD Y SU INCIDENCIA EN EL EMPLEO Y LA FUNCIÓN PÚBLICA Recientemente se ha publicado la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo (BOE del 23), para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Esta ley desarrolla principios constitucionales y otros que han sido contemplados por la jurisprudencia. Igualmente tiende a implementar la Directiva 2002/73/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2002, en materia de igualdad. Por la importancia de esta norma vamos a realizar un análisis de su contenido que facilitará su conocimiento. 1.- Datos constatados: En primer lugar, recogiendo datos publicados por distintos organismos públicos, debemos afirmar que la discriminación laboral entre hombres y mujeres sigue siendo una realidad actual. Algunos datos ratifican esta afirmación: La mujer española gana como media un 28% menos que el hombre. La tasa de actividad registrada es el 22% inferior en las mujeres. Las mujeres abandonan sus puestos de trabajo por razones familiares en proporción de 27 por cada hombre. El 83% de las personas que cuidan a otra dependiente es mujer. Por cada diez contratos temporales ocho son realizados por mujeres. El 78% de los contratos a tiempo parcial son realizados por mujeres. Una reciente encuesta del CIS señala que las cargas familiares son la principal traba para que las mujeres realicen un trabajo en condiciones de igualdad. En el 57% de las familias españolas

con al menos un hijo, la mujer ejerce de ama de casa y el hombre una profesión remunerada. En los consejos de administración, las mujeres de las grandes empresas suponen menos del 2,5%. Una mayoría de los empresarios son hombres. El 60,5% de los nuevos titulados universitarios son mujeres, sólo el 35% son profesoras. Como se puede apreciar, existe una situación objetiva de discriminación que la ley pretende mejorar.

La discriminación laboral entre hombres y mujeres es una realidad. La mujer española gana de media un 28% menos que el hombre, y el 78% de los contratos a tiempo parcial son realizados a mujeres Con este panorama entendemos que se pretendan atajar estas diferencias. La presente ley es un paso más para conseguirlo. 2.- El contenido de la Ley: Siguiendo la propia estructura de la ley destacamos en primer lugar los distintos apartados que la componen, y seguidamente entramos en una pormenorización de aquellos que se refieren a cuestiones estrictamente laborales. La ley se estructura en un título preliminar, ocho títulos, treinta y una disposiciones adicionales, once disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y ocho disposiciones finales. El título preliminar establece el objeto y el ámbito de aplicación de la ley.

El título primero, siguiendo las directivas europeas en materia de igualdad, 2002/73/CE, 2004/113/CE, define los conceptos y categorías jurídicas relativos a la igualdad, discriminación directa e indirecta, acoso sexual, acciones positivas… Del mismo modo, determina las consecuencias jurídicas de las conductas discriminatorias. En el título segundo, en su capítulo primero, se establecen pautas generales de actuación de los poderes públicos en relación con la igualdad. Se regula la presencia equilibrada de mujeres y hombres en las listas electorales, el establecimiento de informes de impacto de género y la planificación pública de las acciones a favor de la igualdad que en la Administración del Estado se plasmará en un Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades. En el capítulo segundo se establecen criterios de orientación de las políticas públicas en materia de educación, cultura y sanidad. Igualmente medidas de acceso a la vivienda y desarrollo en el medio rural. El título tercero contiene medidas para el fomento de la igualdad en los medios de comunicación social y para el control de los supuestos de publicidad de contenido discriminatorio. El título cuarto se ocupa del derecho al trabajo en igualdad de oportunidades, estableciendo medidas para garantizar la igualdad en el acceso al empleo y la promoción profesional. Se protege frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo. Para las empresas de más de 250 trabajadores se crea la obligación de negociar planes de igualdad. Se regula igualmente el permiso de paternidad de trece días 15 Trabajadores de la Enseñanza


Apuntes Jur dicos de duración. En relación con la reducción de jornada por guarda legal se amplía la edad máxima del menor a ocho años y se reduce a un octavo de la jornada el mínimo de dicha reducción. Se introducen infracciones y sanciones por los incumplimientos en materia de discriminación, reforzando el papel de la Inspección de Trabajo en la empresa. El título quinto, en su capítulo primero, regula el principio de igualdad en el empleo público estableciendo criterios generales a favor de la igualdad en las Administraciones públicas. En el capítulo segundo se establece la presencia equilibrada entre hombres y mujeres en los nombramientos a órganos directivos de la Administración General del Estado, que se amplía a los órganos de selección, colegiados, comités y consejos de administración. El capítulo tercero de este título se refiere a medidas de igualdad para el empleo en el ámbito de la Administración General. Los capítulos cuarto y quinto regula el derecho de igualdad en las fuerzas armadas y cuerpos de seguridad del Estado. El título sexto, se dedica a la igualdad de trato en el acceso a bienes y servicios. El título séptimo, contempla la realización voluntaria de acciones de responsabilidad social por las empresas en materia de igualdad, que se podrán concertar con la representación de los trabajadores. Se incluye el fomento de la presencia equilibrada de hombres y mujeres en los consejos de administración. El título octavo establece disposiciones de carácter organizativo con la creación de una Comisión Interministerial de Igualdad y la Unidad de Igualdad de cada Ministerio. Igualmente establece un Consejo de participación de la mujer como cauce de participación institucional. Las disposiciones adicionales recogen modificaciones legislativas necesarias para la acomodación de esta ley, reformando la Ley Orgánica de Régimen Electoral General, la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, Ley de Enjuiciamiento Civil, Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, modificaciones de la ley 25/1994, de 12 de julio, 16 Trabajadores de la Enseñanza

para la incorporación al ordenamiento español de la Directiva 89/552/CEE, modificación de la Ley General de Sanidad, Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, se modifican distintos artículos del Estatuto de los Trabajadores, de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, de la Ley de Procedimiento Laboral, modificaciones en la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social, Real Decreto Ley por el que se regulan bonificaciones de cuotas a la Seguridad Social, Ley de Medidas Urgentes de Reforma del Mercado de Trabajo, Ley de Empleo, modificaciones en la Ley General de Seguridad Social, Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública, Ley de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas, Ley de Funcionarios Civiles del Estado, Ley sobre Seguridad

El artículo 45 de la ley define los planes de igualdad como un conjunto de medidas tendentes a conseguir la igualdad de trato y evitar la discriminación. Será necesario diagnosticar la situación de la empresa Social de los Funcionarios, Ley de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil, así como la Ley de creación del Instituto de la Mujer. Como se puede apreciar, se trata de un cambio legislativo importante que afecta a numerosas leyes. Las disposiciones transitorias establecen el régimen de aplicación de determinadas medidas. Las disposiciones finales se refieren a la naturaleza de la ley y su fundamento constitucional, entrada en vigor y mandato de evaluación de los resultados de la negociación colectiva en materia de igualdad.

2.1.- El contenido estrictamente laboral: Reseñamos, por estar dedicados plenamente a las relaciones laborales, los títulos IV: “El derecho al trabajo en igualdad de oportunidades” y el título V: “El principio de igualdad en el empleo público”. En relación con el título IV, se resalta el

valor de los Programas de inserción laboral activa que comprenderá todos los niveles educativos incluyendo la formación profesional, las escuelas taller y las casas de oficios, pudiéndose destinar prioritariamente a la preparación específica de mujeres o a completar su formación. Se potencia la promoción de la igualdad en la negociación colectiva mediante acciones positivas que fomenten la igualdad de trato y no discriminación entre mujeres y hombres. Se potencia en este título el establecimiento de planes de igualdad. No se trata de un trámite burocrático, sino que se pretende que en la empresa se practique el principio de igualdad. El art. 45 de la ley comentada los define como un conjunto de medidas tendentes a conseguir la igualdad de trato y evitar la discriminación. Para ello será necesario en primer lugar diagnosticar la situación de la empresa. En ellos se fijarán los objetivos que se pretenden alcanzar. Los contenidos del plan tendrán en cuenta las situaciones previas que se puedan producir y los objetivos de modificación pretendidos. El Ministerio de Trabajo creará un distintivo para el reconocimiento de aquellas empresas que destaquen en la aplicación de políticas laborales de igualdad. El título V: “El principio de igualdad en el empleo público” establece criterios para la actuación de las Administraciones. Se atenderá al principio de presencia equilibrada en los órganos directivos, en las comisiones de valoración y órganos selectivos. Igualmente mejora la atención en situaciones de riesgo por embarazo, conciliación de la vida familiar, vacaciones, acciones formativas. Se establece un protocolo de actuación frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo. Finalmente se pretende la evaluación de las situaciones de igualdad en el empleo y el establecimiento de un plan de igualdad en la Administración General del Estado. 3.- Modificaciones legislativas: En relación con la amplia modificación legislativa que ha realizado la ley de igualdad para acomodar la legislación vigente a los principios que pretende desarrollar, destacamos por su contenido laboral:


Apuntes Jur dicos

3.1.- Estatuto de los Trabajadores:

Art. 4.2.e), mejora la redacción respecto al respeto de la intimidad y frente al acoso sexual o por razón de sexo. Art. 17, refuerza al trabajador frente a las órdenes discriminatorias o trato desfavorable. Se introducen los planes de igualdad en la empresa. Art. 34.8, posibilita adaptaciones horarias para hacer efectiva la conciliación de la vida familiar. Art. 37.3.b), establece dos días por nacimiento de hijo y por fallecimiento, enfermedad grave o accidente de parientes hasta el 2º grado. Si requiere desplazamiento será de cuatro días. Art. 37.4 y 5, se posibilita la sustitución de la hora de lactancia por su acumulación. Art. 38.3, se da la posibilidad de disfrutar las vacaciones fuera del año natural cuando coincidan con la baja por maternidad o incapacidad derivada del embarazo. Art. 45.1.d), se completan los supuestos de la suspensión del contrato en los casos de maternidad, paternidad, lactancia… Art. 46.2, se mejoran las condiciones de la excedencia voluntaria. Art. 46.3, igualmente se mejora la excedencia por el cuidado de cada hijo o familiar. Art. 48.4 y 5, se modifica, mejorando, la suspensión del contrato por parto. Art. 48 bis, se regula la suspensión del contrato por paternidad, por el período de 13 días. Art. 53.4, se refuerzan los supuestos de nulidad de la extinción del contrato por causas relacionadas con la discriminación. Art. 54.5, en relación con el despido disciplinario, se declara nulo en los supuestos que se produzca durante el embarazo, lactancia… Art. 64.1, en relación con las competencias del comité de empresa, se refuerza el derecho de información, control y puesta en marcha de las medidas de conciliación.

Art. 85.1, se incorporarán en los convenios colectivos el deber de negociar planes de igualdad en las empresas de mas de 250 trabajadores. Art. 90.6, la autoridad laboral deberá velar por el respeto al principio de igualdad en los convenios colectivos que pudieran tener cláusulas discriminatorias. Dº.Aª.17ª, las discrepancias en materia de conciliación se resolverán por la jurisdicción laboral por la vía del art. 138 bis. Dº.Aª.18ª, para los casos de reducción de jornada por lactancia, por guarda legal, se tendrá en cuenta la jornada completa a efectos del cálculo de indemnizaciones. Igualmente en los casos de parto y paternidad.

La Ley de Igualdad conlleva una amplia modificación de la normativa jurídica para acomodar la legislación vigente a los principios que pretende desarrollar

3.2.- Ley de Procedimiento Laboral, se introducen los siguientes cambios: Art. 27.2, se añade nuevo párrafo con la posibilidad de reclamar indemnización con motivo de la discriminación. Art. 108.2, se precisan distintos supuestos de nulidad del despido por causas de discriminación, por maternidad, adopción o acogimiento o circunstancias derivadas de ello. Art. 122.2, se precisan supuestos de nulidad extintiva de los contratos por discriminación.

Art. 181, se modifica precisando sobre la demanda de tutela de derechos fundamentales. 3.3.- Ley General de Seguridad Social. Art. 38.1.c), se establecen prestaciones económicas por paternidad entre otros supuestos. Art. 106.4, se mantiene la obligación de cotizar por paternidad y otros supuestos. Art. 124.3, las cuotas por paternidad y otras se computarán a los efectos de períodos de carencia para las distintas prestaciones. Art. 124.6, los períodos de paternidad y otros que subsistan a la fecha de extinción del contrato serán considerados para distintas prestaciones. Art. 125.1, se asimila al alta la situación de desempleo total cuando perciba las prestaciones correspondientes. Igualmente las situaciones de riesgo durante el embarazo, lactancia y otras tendrán la consideración de asimiladas al alta. Capítulo IV bis del Título II, respecto a la maternidad, se modifica en los siguientes términos: Art. 133 bis, a efectos de prestación por maternidad se recogen diversas situaciones. Art. 133 ter, se establecen períodos mínimos de cotización por maternidad y otras situaciones dependiendo de la edad: menores de 21 años no necesitan períodos de carencia; entre 21 y 26, 90 días; más de 26 años 180 días en los últimos siete años o 360 días en su vida laboral. Art. 133 quater, la prestación económica por maternidad será del 100% de la base reguladora correspondiente. Art. 133 quinquies, para el caso de actuación fraudulenta se denegará el derecho al subsidio de maternidad.

Art. 146.d), sobre la intervención de la Inspección de Trabajo por casos de discriminación.

Art. 133 sexies, serán beneficiarias las trabajadoras por cuenta ajena.

Art. 149.2, se precisa sobre las infracciones laborales en materias de discriminación.

Art. 133 septies, la cuantía de la prestación es del 100% del IPREM, la duración de la prestación no contributiva será de 42 días naturales desde el parto.

Art. 180.1, la sentencia indicará la existencia o no de discriminación, declarando la nulidad radical de la conducta del empleador.

Art. 133 octies, se establece una prestación por paternidad con las condiciones que marca la ley. 17 Trabajadores de la Enseñanza


Apuntes Jur dicos

Art. 133 nonies, se requiere para el subsidio por paternidad un período de carencia de 180 días en los siete últimos años o de 360 en la vida laboral. Art. 133 decies, la cuantía será conforme al art. 133 quater. Art. 134, la situación protegida durante el riesgo por embarazo será el período de suspensión del contrato. Se modifica el art. 135 de la LG de Seguridad Social respecto a la prestación económica por riesgo durante el embarazo, naciendo el día de la suspensión del contrato y finalizando en el día anterior a la suspensión por maternidad. Capítulo IV quinquies, relativo al riesgo durante la lactancia natural: Art. 135 bis, será situación protegida la suspensión del contrato cuando no se pueda cambiar de puesto por riesgo laboral. Art. 135 ter, la prestación será similar a la de riesgo durante el embarazo finalizando cuando el hijo cumpla nueve meses. Art. 172.1.b), se modifica el subsidio por incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, durante la lactancia… Art. 180, prestaciones, los dos primeros años de excedencia por cuidado de hijo o menor acogido tendrán la consideración de períodos cotizados. Igualmente cuando se trate de cuidado de familiar será por el período de un año. Las cotizaciones durante los dos primeros años de reducción de jornada se computarán al 100% para cualquier contingencia. Art. 211.5, se añade un nuevo apartado para los casos de reducción de jornada en diversos supuestos incrementándose las bases de cotización como si se hubiera cotizado hasta el 100%. Art. 217.1, se modifica la cuantía del subsidio hasta el 80% del IPREM. Art. 222.2, cuando el trabajador se encuentre en situación de maternidad o paternidad y se extinga el contrato seguirá percibiendo las prestaciones por esas causas pasando posteriormente al desempleo si reúne las condiciones, sin reducción del período de maternidad o paternidad. Art. 222.3, el trabajador desempleado 18 Trabajadores de la Enseñanza

El Ministerio de Trabajo creará un distintivo para el reconocimiento de aquellas empresas que destaquen en la aplicación de políticas laborales de igualdad pasará a cobrar las prestaciones por maternidad en su caso o paternidad. En las disposiciones adicionales de la LG de Seguridad Social se introducen cambios respecto a los contratos de formación, Dº.Aª.6ª; regula la forma de cómputo del período trabajado en el caso de contratos por horas, Dº.Aª.7ª; regula la forma de cálculo de cotizaciones en caso de maternidad para las contingencias de incapacidad y otras, Dº.Aª.7ª.1; se modifican las prestaciones por maternidad y paternidad en la Dº.Aª.11ª bis; se regula la gestión de las prestaciones por maternidad y paternidad, Dº.Aª.11ª ter; se establecen períodos de cotización asimilados al parto, Dº.Aª.44ª.

3.4.- Modificación de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública, Ley 30/1984: Art. 29.4, se computará a efectos de trienios, consolidación de grado y derechos pasivos la situación de excedencia por cuidado de hijos. Igualmente podrán participar desde dicha situación en curso de formación. Mantendrá el derecho a la reserva al puesto durante los dos primeros años. Art. 29.8, regula la excedencia por violencia de género sobre la mujer funcionaria. Art. 28.8, añade nuevo párrafo, recibiendo la funcionaria las retribuciones íntegras durante los dos primeros meses. 30.1.a), se añade el permiso de paternidad de 15 días por nacimiento o adopción. Art. 31.1 a) bis, se crea una nueva letra ampliando el permiso por fallecimiento, accidente o enfermedad grave dentro del primer grado de tres días hábiles o

de cinco si es en distinta localidad. Si se trata de segundo grado será de dos días o cuatro respectivamente. Art. 30.1.f), se podrá solicitar la sustitución del período de lactancia por un permiso retribuido que acumule en jornadas completas el tiempo correspondiente. Art. 30.1.f) bis, posibilita la reducción de la jornada en dos horas, con reducción de haberes, por nacimiento de hijos prematuros o de ausentarse del trabajo por el mismo tiempo, sin deducción. Art. 30.1.g), se modifica el primer párrafo extendiendo la guarda legal a menores de 12 años y la posibilidad de reducción de jornada para atender a persona mayor. Art. 30.1.g) bis, se posibilita la reducción de jornada para el cuidado de familiar de primer grado hasta el 50%, por el plazo máximo de un mes con carácter retribuido. Art. 30.2, posibilidad de permisos por conciliación de la vida familiar y laboral. Art. 30.3, se modifican los derechos derivados del parto o acogimiento, pudiendo participar en los cursos de formación, computándose el período como servicios efectivos con todos los derechos económicos derivados... 3.5.- Modificaciones de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado: Art. 69.3, se consideran las licencias por riesgo durante el embarazo y la lactancia. 3.6.- De las disposiciones transitorias de la ley de igualdad es necesario señalar que el deber de negociar en materia de igualdad, Dº.Tª.4ª, dispuesto en el art. 85 ET, será de aplicación en la negociación subsiguiente a la primera denuncia del convenio que se produzca tras la entrada en vigor de la ley. Los derechos en materia de maternidad, paternidad riesgo durante el embarazo o la lactancia, Dº.Tª.7ª, tendrán efecto desde el momento en que se produzca el hecho causante o la suspensión del contrato.

Joaquín Chávarri Andrés Asesoría Jurídica de FETE-UGT


El Sindicato

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Castilla La Mancha

Mejoras laborales para el curso 2007/08

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l curso académico que finaliza ha estado marcado principalmente por tres aspectos fundamentales: la publicación de los decretos de currículos de la LOE, el sistema de acceso a la función pública docente y, aún en negociación a fecha de este artículo, del Estatuto de la Función Pública Docente. En Castilla-La Mancha, como en el resto de comunidades, la Consejería de Educación esta desarrollando los currículos de las diversas enseñanzas, ya que el próximo curso escolar comenzará con la implantación de los mismos. Pero la FETE-UGT de Castilla-La Mancha estará ojo avizor en el estricto cumplimiento de los acuerdos de noviembre de 2006, que deberían dar sus frutos en el curso académico 2007/08. FETE-UGT exigirá a la Consejería de Educación la incorporación progresiva de

personal de administración y servicio en los centros de Educación Infantil y Primaria, la incorporación de nuevos perfiles que den respuesta a las nuevas necesidades que los centros educativos necesitan (educadores sociales, asistentes sociales,…) y la dotación de apoyos en Educación Infantil cada tres unidades para mejorar la calidad del sistema.

cobertura de asistencia jurídica a los docentes en los plazos mínimos que permita la Ley, con la confección de un Protocolo de Asistencia Jurídica; facilidades para optar a plazas vacantes y poder conciliar la vida laboral y familiar; mejorar la estabilidad de los compañeros interinos; y, finalmente, la aplicación del Plan Concilia. El desarrollo de estas medidas marcará la pauta de futuras negociaciones con la patronal educativa, y serán un buen termómetro que nos indicará el grado de cumplimiento de los acuerdos firmados.

El desarrollo ineludible por parte de la Consejería de Educación de estas medidas debe ir acompañado de otras de carácter social, también firmadas por FETE-UGT, como son la subida del Programa de Acción Social que permitirá mejorar las prestaciones sociales que ya se daban y dar cobertura a las nuevas prestaciones contempladas; el aumento de las indemnizaciones por jubilación anticipada; la

Islas Baleares

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a educación afectivo-sexual y la coeducación son cada vez más necesarias en una sociedad que, pese a que parece bien informada, continúa manteniendo fuertes dosis de desconocimiento y perpetuando unas relaciones desigualitarias.

Exposex

La Exposex es una exposición itinerante sobre salud afectivo-sexual dirigida a la población en general, pero mucho más específicamente a la juventud, realizando todo un recorrido, con textos ilustrados con gráficos, dibujos y fotografías, a través de nuestra salud afectiva y sexual. Los objetivos de la exposición son: favorecer y fomentar cambios de actitudes potenciando una salud afectiva y sexual libre de estereotipos, favoreciendo un desarrollo integral e identificando mitos y relaciones no igualitarias, luchar contra la violencia de género y desarrollar conductas de prevención de enfermedades de transmisión sexual y embarazos no deseados. Estos 17 carteles nos acercan al conocimiento de nuestro cuerpo, de nuestras emociones y percepciones, de nuestras relaciones... Este inquietante recorrido consta del concepto de sexualidad desde

rompiendo mitos y estereotipos y diferenciando erotismo de pornografía. La exposición se completa con trípticos, orientaciones pedagógicas, bibliografías, recursos didácticos..., muy útiles a la hora de trabajar el tema, previamente a la visita, en el mismo momento o posteriormente en el aula. La exposición está itinerando por todas las Illes Balears, programándose, en cada población dónde sea expuesta, visitas guiadas para el alumnado de ESO, Bachillerato, asociaciones... y de visita libre para la ciudadanía.

una perspectiva de unidad bio-psico-social, invitándonos a reconocer si nos estamos enamorando, descubriendo el placer de ser mujer o el de ser hombre, contemplando la sexualidad evolutiva: infancia, pubertad y adolescencia y madurez...

FETE-UGT Illes Balears organiza y gestiona la EXPOSEX, realizada por la Associació d'estudis sexològics i del gènere "Neith" a lo largo de este curso y el próximo, con la colaboración del Institut Balear de la Dona y el Instituto de la Mujer del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

Se trabaja de una forma integral la higiene, presentando el cuerpo como un tesoro a cuidar, previniendo ETS y Embarazos No Deseados (END), fomentando la maternidad y paternidad responsable, así como el sexo seguro. Se fomenta también la libre orientación del deseo, la creatividad en las prácticas , desde el respeto y la igualdad,

La educación afectivosexual firmemente impregnada de los principios de la educación para la igualdad es la herramienta, el recurso más potente para la prevención de la violencia de género y garantía de construcción de una sociedad más libre, más igualitaria y más laica. Trabajadores de la Enseñanza

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País Valenciano

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l acuerdo sobre condiciones laborales y retributivas del personal funcionario docente no universitario de la comunidad valenciana para el periodo 2007-2008, firmado el pasado 8 de mayo, entre las organizaciones sindicales con representación en la Mesa sectorial y la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, es en palabras del secretario general de FETE-UGT PV, Guillermo Martí, “el mejor acuerdo posible conseguido con el menor coste para el profesorado”. Sin duda alguna, entre las medidas recogidas en el citado documento, destaca por encima de todas la relativa a la mejora retributiva, donde se contempla el incremento del complemento específico en un total de 130 euros mensuales que quedan repartidos del siguiente modo: incremento de 30 euros a partir del 1/9/2007 y posteriores subidas de 25 euros repartidas durante el año 2008, hasta completar ese total de 130. Recordemos,que este incremento del complemento se aplicará también al profesorado de los centros concertados. Continuando en el ámbito económico, el acuerdo aborda también el tema de los

FETE-UGT PV consigue para el profesorado un importante acuerdo retributivo “sexenios”, para los cuales destina 47,1 millones de euros, lo que permitirá un incremento de este componente retributivo, que en el período de 3 años alcanzará las cuantías de 103,96 el primer sexenio, 109,22 el segundo, 123,85 el tercero, 134,11 el cuarto y 79,06 el quinto. De igual modo, se destina una partida de 15 millones de En primer término, Guillermo Martí, secretario general de euros en concepto de reco- FETE-UGT PV, en el momento de la firma del Acuerdo. nocimiento y estímulo del Escuelas Infantiles a un nuevo modelo ejercicio de la función directiva en los cencon un maestro por centro, un educador tros públicos. por unidad y otro más a partir de tres Por último, señalar otros aspectos reuni- unidades, dos a partir de seis y tres a dos en el acuerdo tales como: la adop- partir de nueve, además del compromición de medidas dirigidas al profesorado so de la Consellería para la próxima para facilitar la conciliación de la vida publicación del acuerdo de Plantillas de laboral y familiar, así como la modifica- Formación Profesional, alcanzado en ción del Decreto de permisos y licencias; Mesa Sectorial y de aplicación en la la modificación de las plantillas de las actualidad.

Madrid

Iniciativa Legislativa Popular sobre Convivencia Escolar: FALTAS stamos asistiendo en los últimos años a la percepción por parte de la sociedad de un deterioro de la convivencia en los centros escolares. Por un lado, los niveles de fracaso escolar siguen siendo muy altos, a lo que hay que sumar la progresiva implantación de un sistema segregador, en el cual el alumno sin dificultades de aprendizaje, sin susceptibilidad de exclusión social y rentable económicamente va a unos centros, y el resto a otros.

E

Acuerdo Social. Un acuerdo con desarrollo practicamente inexistente, en el que se proponían medidas para la mejora de la calidad del sistema educativo madrileño y entre ellas, algunas dentro del marco específico de la convivencia. Para UGT la convivencia en los centros es un problema muy serio que debe ser abordado con medidas preventivas. Por

20 Trabajadores de la Enseñanza

ello, UGT, junto con CCOO y la FAPA Giner de los Ríos, plantea esta ILP sobre la Convivencia. Dentro de la misma UGT considera especialmente relevantes los siguientes aspectos: - Desarrollo de un decreto que garantice la escolarización equilibrada del alumnado con necesidades de apoyo educativo. - Disminución de la ratio máxima en Educación Infantil a 20 alumnos/aula. - Vincular la ratio alumno/aula al porcentaje de alumnado con necesidades de apoyo, cuyo efecto será el descenso de la misma a medida que el porcentaje de este alumnado sea mayor.

Por otra parte, en este momento se le exige a los centros educativos soluciones a problemas que la nueva estructura familiar y social es incapaz de resolver. El alumnado está integrado en familias que no pueden atenderlos en sus estudios o en sus ratos de ocio. La escuela se ve obligada a extender su actividad formativa para abarcar esos períodos, así como a gestionar situaciones más diversas y complejas del alumnado. Pero las dotaciones de personal no son las acordes para estas nuevas necesidades. Toda esta problemática llevó a la firma, el 9 de marzo de 2005, por la Administración y los sindicatos UGT y CCOO, del

- Autonomía organizativa de los centros y dotación presupuestaria. - Dotación de los centros con un plan de convivencia, aprobado por el Consejo Escolar y desarrollado a través del Plan Tutorial. - Dotación de recursos humanos a los centros y a las zonas. El secretario general de FETE-UGT Madrid, J.Vicente Mata, sumando su firma en la presentación de la ILP.

- Asistencia letrada gratuíta para todo el personal de los centros que sea víctima de conflictos escolares.


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Castilla y León

La educación en Castilla y León diagnóstico: reservado

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os cambios legales siempre pueden generar problemas de adecuación entre la realidad y la norma; sin embargo, en nuestra Comunidad a estos "desajustes" puntuales se suma la desidia de una Administración popular que está volcada en puestas en escena ampulosas para la prensa pero que se sustentan en la nada. Así, se venden a bombo y platillo convenios entre la Consejería de Educación y el Colegio de Psicólogos sin información previa y sin dotar de los recursos humanos propios; se firman convenios con Asociaciones de sordos para atención de alumnos hipoacúsicos en el aula, pero no se amplia la plantilla de PT y AL. Y sólo ponemos ejemplos recientes. El desarrollo normativo de la LOE que debe realizarse en la escala autonómica, asi como el proceso de armonización de las normas estatales con las autonómicas están virtualmente paralizados, en espera de los resultados electorales de mayo, con lo que se está impidiendo cualquier posible avance en la negociación. De esa

manera estamos a la espera de ver cómo se van a gestionar la acumulación de los periodos de lactancia y permisos por paternidad, la reducción horaria a los mayores de 55 años, y cualquier aspecto relacionado con las normas de la conciliación y la igualdad. Así, o no se legisla nada o se publica directamente en el BOCyL, sin contemplar ninguna de las propuestas de las Organizaciones Sindicales. Igualmente el desarrollo del Acuerdo de mejora para CyL se aborda de la misma manera: las reuniones se transforman en meras comunicaciones de textos que se van a publicar de manera inminente sin tener en cuenta ninguna aportación sindical. Y todo ello sin tener establecido un calendario de los temas: la Consejería prioriza asuntos de manera unilateral o, a lo sumo, de acuerdo con algun sindicato "afín" y propone temas que se publican en BOCyL sin aportaciones de nadie más. Todos los temas estrellas los conocemos a través de los medios de comunicación,

por lo que la actividad sindical se traslada al seguimiento en prensa y no en los foros de negociación al uso. Además, no se dan datos de alumnado (acnees, ances, inmigrantes, etc) ni de tipo estadístico, por la negativa de las Direcciones Provinciales que invocan la Ley de Protección de Datos en un ejercicio del más absurdo todavía. En este contexto, FETE-UGT de Castilla y León sigue empeñada en presionar para lograr una negociación real en los diferentes temas, por llevar todos los asuntos a todos los foros y darles publicidad por todos los medios. La tarea de difusión de nuestro mensaje requiere de una participación activa de nuestros afiliados. Además, los acuerdos firmados por FETEUGT obligan a todos a buscar unas negociaciones pegadas a las necesidades de la comunidad educativa, por lo que planteamos los objetivos recogidos en los mismos como puntos de partida mínimos que se pueden lograr sin esperar a que expire su vigencia. Se antoja difícil acelerar la consecución de los objetivos marcados en el Acuerdo de mejora de Castilla y León; pero nunca renunciamos a nada.

Galicia

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ctualmente vivimos un periodo convulso en nuestra comunidad en materia educativa. La Consellería de Educación, con el total desacuerdo de FETE-UGT GALICIA, decidió, unilateralmente, modificar la jornada escolar en los meses de junio y septiembre a partir del próximo curso. Además de esta decisión, que va a afectar a todos los docentes, los compañeros de enseñanza privada están reivindicando otro tipo de mejoras que pasan por el abono de atrasos correspondientes al

FETE-UGT Galicia lidera las negociaciones en defensa de los trabajadores año 2006, por la creación de una Mesa de Ensino Privado-Concertado, por el abono de un complemento retributivo para los maestros que impartan 1º y 2º de ESO y por la acumulación de las horas de lactancia, entre otras. Algunas fuerzas sindicales trataron de pescar en río revuelto e implicaron a los colectivos de privada-concertada y pública en el mismo paquete reivindicativo con la pretensión de confundir a los colectivos implicados. FETE-UGT, en su línea de coherencia sindical, entendió que la defensa diferenciada de ambos colectivos exigía la creación de dos plataformas distintas, con pretensiones distintas y con fechas y movilizaciones no coincidentes.

Partiendo de esta premisa, FETE-UGT lideró las negociaciones intersindicales que permitieron la formación de dos plataformas; en enseñanza pública se convocó una concentración de delegados para el día 25 de abril y una jornada de huelga para el día 3 de mayo. En el sector de enseñanza privada-concertada, las movilizaciones se substanciaron en la convocatoria de una concentración para el día 2 de mayo y una jornada de huelga el día 9 de mayo. FETE-UGT, como organización sindical reflexiva y coherente, sabe entender que la unidad sindical es necesaria para la defensa de los intereses de todos los docentes. No podemos tolerar actuaciones basadas exclusivamente en el afán de protagonismo que algunos otros pretenden utilizar por bandera. 21 Trabajadores de la Enseñanza


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Extremadura

RAYUELA: Un paso más en la implantación de las TICs en los centros educativos ayuela es una plataforma tecnológica que reúne las funcionalidades necesarias para la completa gestión y comunicación de los centros docentes, así como la prestación de servicios a la comunidad educativa, ya sean estos de seguimiento educativo o de teletramitación. Todo ello sin necesidad de instalar programas y desde un ordenador con conexión a internet.

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Rayuela supone un mismo entorno de trabajo para todos los centros educativos: desde Educación infantil a secundaria, formación profesional, adultos, conservatorios, escuelas de idiomas, equipos de orientación educativa, centros de profesores, consejeria. etc. Rayuela ha sido concebida como una plataforma en la que convergerá toda la gestión de la Comunidad Educativa Extremeña, integrada con los sistemas de gestión de recursos humanos, con la aplicación de registro de centros y con sistemas externos como la Agencia Tributaria, Padrón, etc.

22 Trabajadores de la Enseñanza

Presentada la plataforma se inicia un proceso de puesta en marcha durante el presente curso, en que un grupo muestra de centros inician en plan experimental el proceso de matriculación y seguimiento, que una vez evaluado y validado se generalizará a todos los centros de la Comunidad Autónoma. Al mismo tiempo se ha programado un plan de formación para el profesorado de esos centros y para los coordinadores que a su vez serán los agentes dinamizadores y monitores de los demás compañeros, lo que facilitará la generalización de dicha plataforma. También se ha presentado la plataforma a los padres contando con las asociaciones y federaciones de padres de alumnos de la Comunidad. Todos, profesores, padres y alumnos, tendrán acceso mediante una clave especial a la información y servicios que necesiten, pudiendo estar informados en todo momento y a tiempo real de la evolución y progreso del alumno: faltas de asistencias, calendarios de exámenes, tareas programadas, etc.

A través de la plataforma se realizarán todos los procesos administrativos: como la matriculación, solicitudes de plazas, evaluación, comedores, actividades complementarias, becas, gestión económica de los centros, etc. Todo esto permitirá adecuar la gestión de los centros a la legislación en materia de protección de datos. Las asociaciones y federaciones de padres y madres dispondrán de un espacio propio donde podrán participar y gestionar sus actividades. Como dice el propio lema de presentación de la Plataforma Rayuela, este será nuestro punto de encuentro en la educación. Los usuarios dispondrán de un Centro de Atención al Usuario (C.A.U.), (teléfono de contacto 924004050). Email: caurayayuela@edu.juntaextremadura.net , donde se les atenderá en todo momento y se les ayudará para desenvolverse con facilidad por la plataforma. También se les facilitará Formación en Red que permitirá al usuario consultar cursos específicos que le ayuden a descubrir todas las posibilidades de uso de la Plataforma Rayuela.


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Siglo XXI, siglo de los deberes urante muchos años intenté hacer partícipes a mis alumnos de la siguiente idea: los derechos no son maná caído del cielo, los derechos humanos tal y como los vivimos y conocemos en el occidente democrático, en España, no son un regalo de los dioses, los derechos son como la libertad, la verdad o la felicidad, productos históricos, humanos y siempre en camino, siempre por mantener, desarrollar y perfeccionar, por hacer, in fieri.

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Los derechos para todos los ciudadanos iniciaron su andadura en el Renacimiento con la aparición de la conciencia de individualidad, con la conciencia del ser personal. Decía Descartes. "Pienso…". Pienso, y quien lo hago soy yo. Desde ese Renacimiento, muchos hombres, intelectuales, filósofos, artistas, y, posteriormente, obreros y obreras lucharon de palabra o por escrito, poniendo en peligro su vida o su libertad, con sangre, sudor y lágrimas, por convencer a sus conciudadanos que eran seres humanos, poseedores y portadores de derechos, y, por arrebatar al poder religioso, político, económico o militar la exclusividad en los derechos. En esa larga, dura y sangrienta historia de Occidente fueron apareciendo los derechos más queridos para la burguesía liberal, los derechos civiles: la libertad de conciencia, la de expresión, el derecho al voto, la libertad de cátedra… Más tarde, en el siglo XX, amanecieron derechos más caros para el poder económico, al que no le quedó otro remedio que irlos concediendo y a regañadientes aceptando: el derecho universal a la educación, a la salud, a las pensiones y, hace muy pocos días en España el de ayuda a los dependientes. Es decir, los derechos de segunda generación o, mejor llamados, sociales. Se puede afirmar, que el siglo XX pasará a la historia como el siglo de una gran revolución silenciosa, en el occidente democrático, por la toma de conciencia de los ciu-

El siglo XX, fue el siglo de los derechos, el siglo XXI acabará siendo el de los deberes.

dadanos y ciudadanas de a pie de ser merecedores de derechos, porque antes de ellos muchos luchadores y luchadoras los habían conseguido para ellos. Y, así, las mujeres obtuvieron la igualdad con los hombres, su derecho a ser tratadas como iguales en todos los ámbitos de la vida. Las familias disfrutaron el derecho a la educación y a la salud. Los trabajadores a su pensión al final de la vida laboral. Los científicos e intelectuales a investigar y expresarse en libertad. En España, esa conciencia ciudadana de ser sujeto de derechos se formalizó en la Constitución. En nuestro país, por un retroceso en la Historia, se hicieron realidad más tarde que en Francia, Inglaterra, Alemania u otros países de nuestro entorno geográfico y social. Ahora nos encontramos en el recién estrenado siglo XXI. Siglo que acabará siendo el de los deberes. Los humanos somos como un péndulo que va ingrávido desde un extremo al otro. Desde no poseer derechos

a ser todo derechos, sin conciencia de la otra cara que es la del deber, las obligaciones. De ahí la afirmación de que poco a poco iremos comprendiendo la realidad y la necesidad de los deberes. Las familias, los padres, en vez de hablar casi en exclusiva del derecho a la educación de sus hijos, incluida la educación moral y religiosa, pasarán a comprender que su función paterna consiste en el deber no sólo de alimentar, sino de acompañar a sus hijos en el crecimiento intelectual y espiritual, en su desarrollo como personas y en la consecución de una personalidad integrada en sí mismos y en su entorno, y, ello siempre con la mirada puesta en el horizonte de la autonomía personal, pues sólo con ella podrán ser adultos y felices. Su deber paterno es ayudar a que lea y piense, y, en libertad, se haga a sí mismo. Derecho, sí, ya lo es. Lo por llegar es la conciencia del deber, sin cadenas para el hijo, pero con orden y esfuerzo familiar, sin sobreprotección afectiva. Así, los hijos, los niños o adolescentes, además de ejercer su derecho universal a la educación, entenderán el centro

escolar como un centro de deberes, deber de respetar, tolerar, esforzarse y aprender. Los discentes, imitando la praxis paterna de los deberes, practicarán los mismos con respecto a todo, sea centro educativo, sea ciudad, congéneres o medio natural. Los poderes económicos, la banca y los grandes empresarios, tomarán conciencia de su responsabilidad social y medio ambiental. No pueden continuar en el siglo XXI como lo han hecho en el XX: destruyendo y contaminando los bosques o las aguas, esquilmando los recursos, explotando y esclavizando a las personas… Las empresas, las grandes sobre todo, los bancos, la ciencia y las nuevas tecnologías por venir, tienen que existir, pero su deber es llegar a un contrato de facto con todos los humanos, en beneficio de todos, y no sólo en beneficio de unos pocos, egoístas y desalmados, depredadores. También en este siglo, por ejemplo, le llegará a las jerarquías eclesiásticas el sentido de los deberes. Deber de respetar la Constitución, las constituciones, la mayoría de edad de los ciudadanos, su libertad de conciencia y de religión, su derecho a administrarse en lo público mediante leyes civiles democráticamente promulgadas, el deber de entender y practicar la separación entre la Iglesia y el Estado. En fin, acabarán comprendiendo que el siglo XXI no puede ser ya el siglo de sólo derechos y privilegios. Y, así, se podría continuar con otros colectivos o poderes, pero la enumeración sería, para el buen entendedor, innecesaria además de prolija. Los ciudadanos de a pie, sin abandonar la reivindicación por los derechos, estamos caminando ya hacia ese mundo de deberes del siglo XXI. Somos o vamos a ser los primeros en comprender la otra cara de la moneda que son los deberes. También vamos a ser los primeros en exigir a los poderes actuales, a la banca, empresarios, medios de comunicación, jerarquías eclesiásticas, políticos, a todos los poderes, exigirles sus deberes en beneficio de los humanos actuales y de los por venir, los futuros, en beneficio de una convivencia más fructífera y serena, incluyendo a nuestro planeta Tierra en esa convivencia serena. Los ciudadanos de a pie vamos a demostrar al resto que el péndulo de la balanza camina hacia el centro. Ni todo derechos, ni todo deberes. Sino la cara y cruz de una misma realidad: la realidad como personas. Valentín Marzo Arpón. S. Ejecutivo de FETE-UGT Rioja 23 Trabajadores de la Enseñanza


El Sindicato

FETE-UGT exige al Ministerio que cumpla los compromisos adquiridos sobre el Estatuto

E

n las décadas de los ochenta y noventa del pasado siglo, el Gobierno español acometió una profunda reforma educativa que debía tener los siguientes pilares: la organización de los centros educativos; qué, cómo y cuándo enseñar, y, por último, las condiciones laborales del profesorado. Los gobiernos que se han ido sucediendo han legislado sobre los centros y las enseñanzas, dejando siempre para mejor ocasión la regulación de la situación de los docentes.

FETE-UGT entiende que la futura ley que regule las condiciones laborales del profesorado de los niveles no universitarios debe suponer, en primer lugar, una mejora sustancial para todo el colectivo, que suponga nuestra homologación retributiva con la media de nuestros compañeros de los países de la OCDE. Asimismo, debe posibilitar una promoción profesional real sin conllevar necesariamente cambio en el puesto de trabajo, abierta a todos los docentes, voluntaria y flexible.

docentes con enfermedades profesionales y el cobro del complemento de 60 euros al alcance de todos los docentes. El 18 de abril, en la reunión de la Mesa Sectorial de Educación, FETE-UGT y otras organizaciones sindicales entendimos que existía un principio de acuerdo en torno a los puntos citados. Las bases de la negociación colectiva exigen a las partes la ‘buena fe negocial’, pero la experiencia y la cautela obligan a los sindicatos a ratificar compromisos por escrito sin fiarse de aquellos que se contraen simplemente de palabra.

Ya en 1984, la Ley 30, que suponía un La posterior actuaimportante ción del MEC, tanto esfuerzo moderpor las declaraciones nizador de la Funa distintos medios de ción Pública comunicación como española, abrió por el texto articulado las puertas a un que el 17 de mayo estatuto propio ha remitido a esta de los funcionaorganización sindical rios docentes y que sigue siendo atendiendo a la insuficiente, nos obliespecificidad de ga a pensar que la nuestra tarea. Administración ha Posibilidad que quebrantado seriatambién recoge mente las reglas básiel Estatuto Básico cas del proceso del Empleado negociador. Público, que entró en vigor el El Estatuto debe servir para dignificar, reconocer e incentivar la labor del profesorado. FETE-UGT exige al pasado 14 de Ministerio que cummayo. Posiblepla lo acordado en Por otro lado, el futuro estatuto debe mente, ahora sea el momento de un la última mesa sectorial y presente mejorar y ampliar el actual sistema de estatuto docente que dignifique, reconozcuanto antes a los sindicatos un texto sexenios y retribuir el trabajo que ca e incentive la labor del profesorado. que contenga los principios de acuerdo están haciendo miles de docentes que, La configuración autonómica del Estado del día 18 de abril. De no ser así, la en la actualidad y en el mejor de los español y la plena asunción de compeAdministración educativa deberá rescasos, no reciben más que una ‘palmatencias en la gestión del personal docenponder de su actuación ante el profedita en la espalda’ por una gran dedite por parte de las Comunidades Autósorado y trabajar para recuperar ante cación y un trabajo bien hecho. nomas implican que el estatuto no los docentes una credibilidad que, pueda ser más que una norma básica cuando se escriben estas líneas, está FETE-UGT ya ha hecho llegar al Ministerio que, aunque, a nuestro juicio, debe regulejos de tener. las reivindicaciones que, necesariamente, lar cuestiones fundamentales, deberá debe ver reflejadas en la futura ley: la Por nuestra parte y con otras organizaciogran parte de su éxito o fracaso al desajubilación anticipada con carácter indefinines sindicales, estamos dispuestos a rrollo y aplicación que lleven a cabo las do, la acreditación de los méritos en lugar emprender las acciones precisas para distintas Administraciones educativas. de la evaluación como mecanismo para impedir que se ningunee a los represenNo obstante lo anterior, el MEC no la promoción horizontal, el mantenimientantes de los trabajadores. Si el MEC no puede escudarse en su ámbito competo de los requisitos actuales de los sexeda su respuesta, tendrá la nuestra. tencial para intentar sortear las reivinnios para alcanzar dicha promoción, la dicaciones de las organizaciones sindimejora del sistema de promoción vertical Maribel Loranca cales pretendiendo hacer un puro trá-paso de cuerpos de grupo B a grupo ASecretaria de Enseñanza Pública mite de la negociación del estatuto, mediante el sistema de concurso de como ocurrió en julio de 2006. de FETE-UGT méritos, medidas de atención a los 24 Trabajadores de la Enseñanza


El Sindicato

Los incrementos salariales recogidos en los módulos de concierto tienen que pagarse Gobierno del Partido Popular no se mantuvo ninguna reunión que posibilitara un acuerdo de estas características.

E

l derecho a la Negociación Colectiva queda garantizado en el artículo 37 de la constitución española. De este derecho surgen los convenios colectivos, fuentes de regulación de las condiciones de trabajo en nuestro sistema de relaciones laborales. Los convenios colectivos se suscriben tras las negociaciones entre los representantes de los empresarios y trabajadores -patronales y sindicatos-, que establecen en su articulado la normativa laboral que debe regir de acuerdo con el Estatuto de los Trabajadores y, en las condiciones que éste permite, adecuando y mejorando determinados aspectos de las relaciones laborales.

Asimismo, en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación en su Disposición Adicional Vigesimoséptima 1. dice: “Durante el periodo al que se refiere la disposición adicional primera de la presente Ley, y en cumplimiento del Acuerdo suscrito entre el Ministerio de Educación y Ciencia y las organizaciones sindicales representativas del profesorado de los centros privados concertados, todas las partidas de los módulos del concierto se revisarán anualmente en un

Desde 1995 no se había logrado un acuerdo estatal que mejorara las condiciones de los trabajadores de la concertada

Este panorama se complica en la negociación del Convenio de la Enseñanza Concertada porque el incremento salarial que se debe aplicar para el personal en pago delegado queda fijado por los módulos de concierto de los Presupuestos Generales del Estado como establece el Real Decreto de Normas básicas de concierto de 1985. Es decir, los negociadores simplemente ratifican los incrementos de dichos módulos.

porcentaje equivalente al de las retribuciones de los funcionarios públicos dependientes de las Administraciones del Estado”. Como consecuencia de ello, se han trasladado estos incrementos a la negociación colectiva del V Convenio de Concertada en las tablas salariales de 2007 en la cuantía que establece el Anexo IV de los PGE de 2007.

Como consecuencia del histórico Acuerdo suscrito con el MEC en 2005, durante el periodo de implantación de la Ley Orgánica de Educación (LOE), se aplicarán los mismos incrementos retributivos a los docentes que con carácter general se establezcan para los funcionarios públicos dependientes de la Administración del Estado.

Teniendo en cuenta que la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007, en su artículo 16, Modulo económico de distribución de fondos públicos para sostenimiento de centros concertados, dice: “Las Comunidades Autónomas en pleno

Desde el Acuerdo de 1995 los trabajadores de los centros concertados no habían logrado un acuerdo estatal que contribuyese a mejorar sus condiciones sociolaborales. Durante las dos legislaturas del

ejercicio de competencias educativas, podrán adecuar los módulos establecidos en el citado Anexo a las exigencias derivadas del currículo establecido por cada una de las enseñanzas, siempre que ello no suponga una disminución de las cuantías de dichos módulos en ninguna de las cantidades en que se diferencian, fijadas en la presente Ley”. Por tanto, teniendo presente todo lo expuesto creemos que el incremento efectuado en las tablas salariales del 2007 del V Convenio de Concertada para los docentes viene a recoger el espíritu de la LOE, el acuerdo suscrito con el MEC y el incremento de los módulos de los Presupuestos Generales del Estado. Estas cantidades, como se puede comprobar en el Anexo IV del los PGE de 2007, han sido transferidas a las Comunidades Autónomas. No entendemos cómo algunas Administraciones, que no dudaron en aumentar sus presupuestos para iniciar los conciertos en niveles no obligatorios (infantil) antes de haber recibido financiación estatal, e incrementar la partida de otros gastos que reciben directamente los titulares de los centros, en la actualidad no estén aplicando los compromisos salariales establecidos en las tablas salariales del V Convenio de la Enseñanza Concertada en algunos casos y, en otros, pretendan vaciar de contenido el acuerdo suscrito con el MEC, al absorber del complemento retributivo autonómico los incrementos pactados en el Convenio. Paloma Martínez Navarro Secretaria de Enseñanza Privada de FETE-UGT

Comparación módulos de conciertos de los Presupuestos Generales del Estado 2006-2007 Infantil Primaria Módulos 2006

Salarios

Secundaria 1 Maestro

Secundaria 1 Licenciado

Secundaria 2

26.303,45

26.303,45

31.564,12

42.008,16

G. variables

3.580,11

3.580,11

4.211,72

8.066,08

Otros gastos

5.363,93

5.721,50

6.973,14

7.696,55

Suma Módulos 2007

Educación Especial

35.247,49

35.605,11

42.748,98

27.184,62 + 3,35%

27.184,62 + 3,35%

32.621,52 + 3,35%

34.043,07 + 7,85%

43.415,43 + 3,35%

G. variables

3.700,04 + 3,35%

3.700,04 + 3,35%

4.352,81 + 3,35%

5.103,50 + 21,17%

8.336,29 + 3,35%

Otros gastos

5.543,62 + 3,35%

5.913,22 + 3,35%

7.206,74 + 3,35%

7.206,74 + 3,35%

7.954,38 + 3,35%

36.428,28

36.797,88

44.181,07

46.353,31

59.706,10

Salarios

Suma

57.770,79

25 Trabajadores de la Enseñanza


El Sindicato

Un eslabón más en la cadena educativa n el año 1991, se constituye la secretaría federal de personal laboral, que tiempo después pasaría a denominarse, de Personal de Administración y Servicios, al entender que este personal no es sólo personal con contratación de carácter laboral sino también personal de carácter funcionario. Aún así, el término nació incompleto puesto que en la secretaría estabán y están incluídos los docentes laborales, personal de atención educativa y complementaria etc. que no se sentía identificado totalmente con esa denominación. Ese fue el comienzo que, como nuevo, requería un periodo de rodaje para acostumbrar a la federación y al sector del personal docente, de la llegada de un nuevo eslabón.

E

Al incorporarnos, los docentes tuvieron que dar cabida, contenido y forma mental a este colectivo del cual sabían realmente poco y fue a través de nuestro trabajo, cuando les hicimos comprender la importancia de nuestra labor en los centros, de cómo influíamos en el buen funcionamiento de los mismos, así como de la tarea educativa y/o complementaria a la suya que realizábamos, por tanto, debían considerarnos como parte de la educación, a la vez que imprescindibles en la misma. Pero al mismo tiempo, debíamos convencernos a nosotros mismos de lo importantes que éramos, y de la importancia del desempeño adecuado de nuestras tareas, para cuyo fin, fuimos exigiendo la formación acorde con las nuevas necesidades tecnológicas, de seguridad, educativas, etc.. El reconocimiento de nuestro trabajo y la formación, las hemos tenido que defender y luchar tanto a nivel interno, en el propio sindicato, como externo con las Administraciones correspondientes. A nivel interno, hemos tenido que ir haciéndonos un hueco dentro de la organización, donde empezamos ocupando

puestos de responsabilidad sólo a nivel de la secretaría, para pasar a otros de distinta índole dentro del sindicato, lo que ha supuesto nuestro reconocimiento por parte del resto de compañeros y el aumento de representatividad interna de nuestro sector. Es cierto, que todos estos pasos han supuesto un importante avance para el sector, pero debemos seguir trabajando para recordar que muchos temas directamente ligados al ámbito educativo, no afectan sólo al personal docente, sino también al resto de los trabajadores de la enseñanza. Por otro lado y a nivel externo, también tenemos mucho que decir. Nuestra lucha sindical sigue estando en la defensa de nuestro colectivo frente a todo tipo de administraciones y patronales. Debemos seguir trabajando para alcanzar mejoras laborales, para que nuestro colectivo se vea plenamente reconocido, también a nivel legislativo. Y es que en un sistema como el nuestro, en el que los continuos cambios gubernamentales traen consigo cambios normativos, es importante aparecer recogidos en dichas leyes, pues al fin y al cabo, estas van a ser quienes marquen las directrices a seguir. ¿Cómo y cuándo hemos sido mencionados en las distintas leyes educativas? Por hacer un pequeño repaso, comenzaremos con la LODE donde se menciona al Personal de Administración y Servicios, como miembros del consejo escolar del centro. La "LISMI" (Ley de Integración Social de los Minúsvalidos)de 1982, en la sección 3ª artículo 28 dice textualmente: "Todo el personal que, a través de las diferentes profesiones y en los distintos niveles, intervenga en la educación especial deberá poseer, además del título profesional adecuado a su respectiva función, la especialización, experiencia y aptitud necesarias". Por su parte, la LOGSE, en su artículo 10 decía: “La educación infantil será impartida por maestros con la especialización correspondiente. En el primer ciclo los centros dispondrán asimismo de otros profesionales con la debida cualificación para la atención educativa apropiada a los niños de esta edad”. Y en su artículo 37, donde habla de la Educación Especial, comienza el punto 1 diciendo: “Para alcanzar los fines señalados en el artículo anterior, el sistema educativo deberá disponer de profesores de las especialidades correspondientes y de profesionales cualificados...”

26 Trabajadores de la Enseñanza

En la LOE, actual ley en vigor, en el titulo II "Equidad en el educación",en el apartado dedicado a los alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo, en el punto de recursos, habla de otros profesionales así como de la formación a profesorado y otros profesionales.., también en esta ley se incluye la presencia del personal de atención educativa complementaria en el consejo escolar del centro. En definitiva y para no entrar en más detalles, lo que quiero que observemos es que hemos avanzado un poco en el camino, quizás no lo suficiente, pero también debemos de reconocer que somos jóvenes , llevamos poco tiempo en el campo educativo, nos queda mucho tiempo de lucha e insistencia hasta conseguir vernos respetados y considerados como a todos nos gustaría. Debemos empezar por creernos nosotros mismos la tarea que estamos realizando. El respeto y el reconocimiento se ganan, la dignidad la tienes. En un centro de trabajo todos los trabajadores/as son importantes. Nuestro trabajo es seguir insistiendo para conseguir hacerles ver, que un ordenanza les abre la puertas; el personal de limpieza les mantiene en condiciones higiénicas el centro; el personal administrativo les solventa las tareas burocráticas; el personal de cocina y comedores alimenta y educa en los hábitos de alimentación y ocio al alumnado; el personal de educación especial e infantil complementa el aprendizaje de tareas... en fin, les costará más o menos tiempo, pero las necesidades educativas como ya he dicho anteriormente cada día son mayores y éstas no están, ni deben ser atendidas por el personal docente. Conjuntamente formamos un equipo con un objetivo común, lo mejor para los alumnos y alumnas, y sin todos y todas, eso no será posible. Choni García Navarro S. de PAS de FETE-UGT


El Sindicato

¿Se escapa el tren de las Enseñanzas Artísticas Superiores?

L

os continuos cambios normativos en materia educativa no han dejado indiferente a nadie. Las Enseñanzas Artísticas Superiores no son una excepción, y así lo demuestra el devenir legislativo en el que se han visto inmersas hasta la llegada de la última ley educativa. Con la aprobación de la LOE se abren nuevas posibilidades para estas enseñanzas. Los centros son considerados superiores y permite su adscripción a las Direcciones Generales de Universidad a través de convenios con las Administraciones Autonómicas. También explicita que las titulaciones deben incluirse en el Catálogo de Títulos Superiores, garantizando la convergencia con el modelo europeo establecido en la Declaración de Bolonia. Prevé la participación del Consejo de Coordinación Universitaria y la creación del Consejo Superior de Enseñanzas Artísticas como órgano consultivo. Les otorga carácter superior por tanto, además de una organización más acorde a sus peculiaridades, aumentando la autonomía administrativa, jurídica y académica necesaria para su buen funcionamiento, eso sí, sin alcanzar los niveles de autonomía universitaria, a pesar de ser centros de estudios superiores. En lo que respecta a la situación laboral del colectivo docente, continúa sin desarrollarse la legislación necesaria para la provisión de puestos de trabajo, manteniéndose un altísimo grado de inestabilidad en los proyectos educativos de los centros y de interinidad en el empleo. Desde FETE-UGT consideramos que este es el momento adecuado para afrontar los cambios legislativos necesarios para resolver la situación de precariedad del profesorado. Entendemos que se ha dado un fuerte impulso con la LOE y la creación del CSEA, pero ahora más que nunca, es necesario apostar por el desarrollo democrático de la normativa, ordenando estas enseñanzas, tanto en sus aspectos administrativos y académicos, como en los aspectos laborales. Es urgente regular todo lo relativo al acceso del profesorado y a la carrera docente, situación que garantizaría la estabilidad de las plantillas y la continuidad de los proyectos de formación e investigación en los centros. Es necesario por ello catalogar los puestos de trabajo,

determinar los temarios de las especialidades de catedráticos de música, de artes escénicas y de artes plásticas y diseño con el objeto de convocar un sistema de acceso transitorio que garantice la consolidación de los puestos de trabajo del profesorado en activo, así como la creación de nuevas vacantes. En la actualidad para acceder a la docencia es necesario el título de licenciado. La LOE elimina la certificación de aptitud pedagógica, pero establece que en la regulación de estas enseñanzas, el Gobierno, previa consulta con las Comunidades Autónomas, podrá incluir otras

exigencias derivadas de las condiciones de inserción de las enseñanzas superiores. Parece que existen dudas ante la exigencia del título de doctor para impartir estas enseñanzas, tal como se desprende del marco europeo. Para FETE-UGT sería un grave error exigir el titulo de doctor para el acceso a la docencia, dada la escasez de titulados y de programas de doctorado para las disciplinas artísticas. Se establecen otros sistemas de contratación y acceso que no pueden enmascarar una merma del trabajo estable. La necesidad de disponer de especialistas cualificados provenientes del mundo artístico y laboral ha introducido modificaciones en la legislación educativa, determinando que, "para algunos módulos o materias se podrán incorporar como profesores especialistas, atendiendo a su cualificación y a las necesidades del sistema educativo, a profesionales no necesariamente titulados que desa-

rrollen su actividad en el ámbito laboral". También establece la posibilidad de contratar "excepcionalmente como profesores especialistas a profesionales no necesariamente titulados de nacionalidad extranjera". Este modelo no puede quedar desvirtuado y aplicarse para sustituir el modelo de funcionario docente, por el de trabajador temporal. Sorprendentemente y para impartir las enseñanzas superiores, permite a los centros públicos gestionados por fundaciones, establecer los requisitos de titulación, pruebas de selección y valoración de méritos para el acceso. No parece esta última una situación muy sensata ni que garantice los principios de igualdad, mérito y capacidad tantas veces promulgados, motivo por el cual mostramos nuestro desacuerdo. Destacar también que el gobierno, previa consulta con las CCAA, establecerá las condiciones para permitir el ingreso en los cuerpos de catedráticos de enseñanzas artísticas, mediante concurso de méritos, a personalidades de reconocido prestigio en sus respectivos campos, lo cual debe administrarse con carácter de estricta excepcionalidad. Por otra parte, es necesario regular las estructuras de los centros y las condiciones de trabajo del profesorado, que deben ser análogas a las facultades universitarias y a las del profesorado investigador universitario, abandonando la percepción de profesor de secundaria y desarrollando figuras docentes con una carga horaria más reducida y repartida entre la docencia, la tutoría, la investigación y la creación. Un modelo de profesor docente investigador permite un proceso de formación y de contacto directo con el mundo artístico y laboral que redunda en la calidad y mejora de la enseñanza. Para FETE-UGT, el Gobierno debe actuar con carácter decisivo a través de los órganos de consulta y negociación establecidos, completando con diligencia la ordenación de estas enseñanzas y garantizando el reconocimiento de su estatus superior en el marco europeo, así como una correcta implementación, atendiendo siempre a criterios consensuados y de calidad. Miguel Asensio Carot S. de Administración de FETE-UGT 27 Trabajadores de la Enseñanza


Desde el aula

El profesor-poeta Antonio Machado, en el centenario de su llegada a Soria La conmemoración del centenario de la llegada de Antonio Machado a Soria como profesor de Francés ha dado pie a la celebración de un ‘año machadiano’ que incluye multitud de iniciativas, algunas de las cuales también tienen su reflejo en las aulas. Otro profesor rememora aquí el arranque de la actividad docente del autor de ‘Campos de Castilla’, que se prolongaría por ciudades como Baeza, Segovia y Madrid.

M

ucho se ha escrito de Antonio Machado (Sevilla, 26-7-1875Collioure, 22-2-1939) como poeta y poco de su faceta humana de docente. De catedrático de francés ejerció durante toda su vida activa por los Institutos de Soria, Baeza, Segovia y Madrid, sucesivamente. Incluso, impartió clases gratuitas en la Escuela de Artes y Oficios de los Obreros de Soria; actuó como profesor sustituto de lengua y literatura castellana y se implicó en la Universidad Popular de Segovia. Además se involucró en la tarea educadora de las Misiones Pedagógicas durante la Segunda República y hasta se desdobló en uno de sus más acreditados apócrifos, Juan de Mairena, que también era profesor. La difícil situación económica familiar fallecidos el padre y el abuelo- obligó al poeta de Soledades, cumplidos los 30 años, a buscar empleo. Animado por Giner de los Ríos y Unamuno, Antonio opositó a cátedras de francés de Segunda Enseñanza, para lo que no se requería licenciatura, ya que manejaba el idioma aprendido en sus estancias en París, durante 1899 y 1902. El proceso, efectuado en el Instituto Cardenal Cisneros de Madrid, se prolongó más de 19 meses, desde su anuncio en la Gaceta de 1 de agosto de 1905. A ellas concurrieron 126 aspirantes para cubrir las siete vacantes, pero al llamamiento de 8 de marzo de 1906 sólo se presentaron 40. Presidía el tribunal Eugenio Sellés; eran vocales Fernando Araujo, Antonio Gaspar, José M.

28 Trabajadores de la Enseñanza

Castilla y Julio Cejador y el secretario, Agustín Carrera. En enero de 1907 Machado inicia las pruebas explicando la Lección 22 sobre los verbos franceses. Después desarrolló el tema de ‘El teatro como medio educativo’; tradujo del español al francés de la obra clásica La perfecta casada; leyó sus trabajos escritos; dio una clase práctica ante un grupo de alumnos y realizó la crítica a los trabajos de otros candidatos. Por fin, el día 5 de abril se convocó a los siete opositores aprobados para la elección de cátedras; Machado, con el número 5, entre las de Soria, Baeza y Mahón que le quedaban, eligió la de Soria. La Gaceta de Madrid de 20 de abril de 1907 publicaba la Real Orden, con fecha de 16, de su nombramiento y el bisemanario local Tierra Soriana del día 25 lo recogía: “Ha sido nombrado por oposición Catedrático numerario de la clase de

francés Don Antonio Machado Ruiz”. Hubo que esperar al 1 de mayo para que se trasladara a la ciudad castellana. Desde Madrid, el tren lo condujo a Torralba del Moral y, efectuado el trasbordo, continuó el largo viaje hasta llegar a la estación de San Francisco de Soria. En la recoleta ciudad se alojó en una casa de huéspedes del Collado, 50. Desde aquí se acercó al Instituto General y Técnico para tomar posesión de su cargo ante el director Gregorio Martínez, como certificó el secretario Miguel Liso y Torres, si bien pospuso su incorporación al inicio del curso.

Las actas del claustro de profesores confirman la presencia de Machado en la sesión del 28 de septiembre, donde se acuerda “dar buen informe en las instancias presentadas por los tres [profesores] Machado, Cabrerizo y Liso, solicitando del Ilmo. Señor Rector de la Universidad de Zaragoza autorización para dedicarse a enseñanzas distintas del Bachillerato”. Así pues, el 1 de octubre, con la apertura del año Varias personas se fotografían como académico 1907-1908, Antonio Antonio Machado y Leonor Izquierdo, en uno de los Machado se incorporaba de actos organizados en Soria a lo largo de este año. lleno a las tareas docentes,


Desde el aula sa. Todo será en vano, ya que Leonor fallece en la noche del 1 de agosto de 1912. Por lo que Antonio Machado, dolorido, huye de Soria junto a su madre.

El Instituto General y Técnico de Soria, hoy IES Antonio Machado, en una imagen fechada hacia 1907. AHP.

impartiendo los dos cursos de lengua francesa e interviniendo en los tribunales examinadores de ingreso y de libres, tanto de bachillerato como del magisterio. En este primer curso va a contar Machado con un total de siete alumnos oficiales, de los que una tan sólo es mujer. Ocho serán los asistentes a las clases de segundo curso figurando, asimismo, entre ellos, únicamente una alumna. La seguridad que le da tener un trabajo fijo -ya que la poesía no daba ni para la necesaria comida- le llevará a reafirmar su posición de crecida autoestima en estos versos de su conocido ‘Retrato’ (XCVII): Y al cabo, nada os debo; debéisme cuanto he escrito. A mi trabajo acudo, con mi dinero pago el traje que me cubre y la mansión que habito, el pan que me alimenta y el lecho donde yago.

No pareció resultarle muy grata esta inicial etapa de su estancia en la nueva ciudad. Así se deduce de la carta remitida a Rubén Darío a inicios del mes de octubre de 1908, cuando le confiesa: “Yo estoy en Soria, vieja ciudad de Castilla, donde me trajeron mis pecados desempeñando la cátedra de Francés;

pero quiero hacer una nueva oposición a la cátedra de Madrid, que permutaré, Dios mediante, con la de Sevilla”. Pero su instancia -Madrid, 2-IX-1908para opositar a la cátedra del Instituto de San Isidro de Madrid no sale adelante, lo que resultaría decisivo para su noviazgo con la joven Leonor -la hija de sus nuevos pupileros de la calle Estudios, 7- que culminaría con su boda el 30 de julio de 1909, en la Iglesia de Santa María La Mayor. Choca que, en su estado de felicidad conyugal, Machado cursara nueva instancia Soria, 24-IX-1910- para acceder ahora a la cátedra del Instituto de Barcelo e la Junta para Ampliación de Estudios le concedió una beca, el 18 de diciembre de 1910, para completar sus estudios de formación en Filología francesa. Así, a primeros de enero de 1911, Machado viajó a la capital francesa con su esposa Leonor. En el Colegio de Francia acudió a los cursos impartidos, decantándose más por las clases de filosofía de Henri Bergson que por el magisterio filológico de J. Bédier. La repentina enfermedad de Leonor, el 14 de julio, le obligará a regresar de prisa a Soria, en busca del clima seco del altiplano, más saludable para su espo-

El propio Machado confesaba en su ‘Biografía’, de 1913: “No tengo vocación de maestro y mucho menos de Catedrático. Procuro, no obstante, cumplir con mi deber”. Esto ha trasmitido su imagen de profesor indulgente. Empero, Mariano Granados Aguirre -alumno suyo en Soriarecordaba con agrado su vivencia de iniciación en el idioma nuevo, pasándole inadvertida la dureza de la gramática. Cuando la voz de Machado vibraba recitando en el silencio de la clase, el recogimiento de los escolares, su atención emocionada tenía un poco de unción religiosa. Su modo de enseñar, aprendido en la Institución Libre de Enseñanza, era el socrático: diálogo sencillo y persuasivo. Estimulaba el alma de sus alumnos para que la ciencia fuese pensada, vivida por ellos mismos. Como su Juan de Mairena, pretendía cambiar la mentalidad escolar, desarrollando el espíritu crítico de los alumnos y la indagación personal. El maestro para Machado debía ser a la vez maestro y discípulo, puesto que enseñar y aprender son dos nociones complementarias. Bien sabía que el problema de España era de educación, y por eso trabajó con denuedo para regenerar su país. Antes que profesor, Machado era poeta. Todo un clásico desde su primer libro, Soledades (1903). Pese a su condición de hombre cosmopolita, Soria le cautivó. Lo corrobora su poema ‘Orillas del Duero’ (IX), incluido apresuradamente en la edición de Soledades. Galerías. Otros poemas (1907). Quiso el destino que los dos se encontraran. Soria aportó al poeta el sosiego necesario y el observatorio adecuado para hallar la esencia del alma española. Con la joven Leonor gozó la dicha del amor y padeció la desgracia de perderla temprano. Antonio, agradecido, entregó a Soria su poemario Campos de Castilla (1912), que supone la mejor ofrenda de un poeta andaluz a la Castilla materna. Desde entonces, las tierras del Alto Duero se han convertido en el ámbito machadiano poéticamente trascendido por antonomasia. Y su ciudad, en memorable: “Soria, ciudad castellana / ¡tan bella! bajo la luna”. Éste fue el milagro del poeta Antonio Machado, el que ahora -100 años después de su llegada a Soria como profesor- rememoramos. José María Martínez Laseca Profesor de Lengua y Literatura IES Antonio Machado de Soria 29 Trabajadores de la Enseñanza


Políticas Sociales

La Ley de Igualdad, una herramienta para abordar la igualdad de oportunidades a Ley de Igualdad recientemente aprobada es una herramienta positiva porque aborda de forma transversal el principio de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en todas las esferas de la vida: educación, política, sanidad, empleo y Seguridad Social, acceso a bienes y servicios, etc. Algunos de los nuevos derechos laborales en el sector privado son: Maternidad zSe amplía en dos semanas en caso de nacimiento, adopción o acogida de hijos/as con discapacidad. zSe amplia en un máximo de 13 semanas en caso de nacimiento de hijas/os prematuros, mientras permanezca hospitalizado/a. zDisfrute por el padre de la totalidad del permiso en caso de fallecimiento de la madre, independientemente de su situación laboral. zSe flexibilizan los requisitos de cotización previa para acceder a la prestación: Madres< 21 años: no se exige cotización. Madres entre 21 y 26 años: 90 días en los siete años anteriores, o 180 en toda la vida laboral. Madres > 26 años: 180 días La Ley de en los siete años anteriores, o 360 en toda la vida laboral. zSubsidio durante las seis primeras semanas, equivalente al 100% del Iprem, si no existe cotización previa pero se está de alta en la Seguridad Social. zPrestación por riesgo durante el embarazo equivalente al 100% de la base reguladora por contingencias comunes. zSe reconoce un periodo de 112 días cotizados por cada parto de un hijo/a y 14 días más a partir del segundo en caso de partos múltiples para las trabajadoras solicitantes de pensión de jubilación o incapacidad permanente.

L

Lactancia zPosibilidad de suspensión del contrato de trabajo por riesgo durante la ‘lactancia natural’ con una prestación equivalente al 100% de la base reguladora por contingencias comunes. 30 Trabajadores de la Enseñanza

zPosibilidad de acumular el permiso retribuido por lactancia en jornadas completas, en los términos que establezca la negociación colectiva. Paternidad z13 días, aumentando en dos días más por parto múltiple, por cada hijo/a a partir del segundo. Se podrá disfrutar a jornada parcial por acuerdo con la empresa. zPrestación equivalente al 100% de la Base Reguladora para contingencias comunes, abonada por la Seguridad Social. zPara tener derecho a cobrar la prestación se exige tener cotizados 180 días en los siete años anteriores al nacimien-

minos que establezca la negociación colectiva, o en el acuerdo con la empresa respetando lo previsto en aquella. zSe contempla un nuevo permiso retribuido de dos días en casos de intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario de parientes hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad (art 37.3 b ET). zCuando las vacaciones coincidan en el tiempo con una Incapacidad Temporal, derivada de embarazo, parto, lactancia natural, o con la suspensión del contrato, por maternidad o paternidad, se tendrá derecho a disfrutarlas fuera del año ñatural que corresponda. zSe amplía a ocho años la edad del menor que da derecho a reducción de jornada por guarda legal. Asimismo, se establece que el mínimo de la reducción será de 1/8 de la jornada (en lugar de 1/3). zSe computarán incrementadas al 100% de la jornada los dos primeros años del periodo de reducción de jornada por cuidado de hijos/as y el primer año de reducción de jornada por cuidado de familiares. zEn las indemnizaciones correspondientes en caso de despido o extinción de contrato mientras se disfruta de la Igualdad prevé un coste anual de 400 millones. reducción de jornada referida anteriormente no se tendrá en cuenta dicha reducción. to, adopción, acogida, o 360 días en zEn la excedencia por cuidado de toda la vida laboral. hijos/as se considerarán cotizados los dos z Podrán disfrutarlo los trabajadores por primeros años con reserva de puesto. cuenta ajena, por cuenta propia o autózSe incrementa a dos años el periodo de nomos y los que estén afiliados a un excedencia por cuidado de familiares y se régimen especial de la Seguridad Social. considerará cotizado el primer año. zPodrá disfrutarse desde que finalice el zSi los periodos de excedencias referipermiso por nacimiento de hijo/a, hasta dos vienen precedidos de una reduc13 días (o los que correspondan) desción de jornada, las cotizaciones se pués de la finalización del permiso de computarán al 100% de la jornada antematernidad (16 o 18 semanas). Deben rior a la reducción. disfrutarse ininterrumpidamente. zEn las indemnizaciones corresponzEn ningún caso podrá disfrutarlo la dientes en caso de despido o extinción madre: es un permiso exclusivo del padre. de contrato mientras se disfruta de los Conciliación de la vida laboral, periodos de excedencia referidos antepersonal y familiar riormente no se tendrá en cuenta dicha reducción. zSe podrá adaptar la duración y distribución de la jornada de trabajo para hacer zSe reduce a cuatro meses el periodo efectivo el derecho a la conciliación de la mínimo para situarse en excedencia vida personal, familiar y laboral en los térvoluntaria (ahora en dos años).


Tablón Libros PAPÁ, MAMÁ: ¿DÓNDE ESTÁ MI PIJAMA? Natividad Cabezas García

¿Cómo puede afrontar un niño de 9 años la dificil situación de la separación de sus padres?. Conseguir, que llegado ese momento ambas partes, padres e hijos, sepan afrontarlo con naturalidad, e incluso, de manera divertida es, entre otros, uno de los objetivos marcados por la autora en este libro. Natividad Cabezas (Salamanca 1960) ha pretendido con esta obra animar a niños y padres a comprender mejor la situación actual de los hijos de padres separados, siendo esta obra divertida para los niños, pero a la vez una gran guía didáctica para padres y profesores. El libro, que va dirigido a niños a partir de 8 años, se presenta bajo un formato que podríamos denominar de facil lectura para los chavales, ya que está dividido en

Educación y ciudadanía Valores para una sociedad democrática Varios autores (Colectivo Lorenzo Luzuriaga) ¿Hay que enseñar valores en la escuela? ¿quién decide los valores que hay que enseñar? ¿cómo se evalúan? ¿deben influir estos valores en la organización del centro escolar y del aula? ¿cuál es la responsabilidad de la familia y de la sociedad en general a la hora de transmitir valores en una socieda democrática? Éstas son algunas de las cuestiones que se abordan en esta publicación. Los frecuentes cambios de las leyes que enmar-

siete capítulos cortos donde además los jóvenes lectores podrán encontrar dibujos para pintar y actividades para comprender mejor la lectura. Dada la afición de la autora hacia la animación a la lectura, nos presenta con esta obra un buen número de temas que los chicos y chicas podrán ir descubriendo a medida que se involucren en la trama y que podrán comentar posteriormente con sus padres, amigos y profesores, pero sobre todo van a encontrar una lectura que les llevará al mundo de la magia, de la diversión y de la imaginación. Natividad Cabezas que es Psicopedagoga y profesora desde hace veinticinco años, ha participado en diferentes escuelas de padres y congresos internacionales de educación infantil, por lo que su amplia experiencia en este campo queda demostrada en este libro en el que de la mano de Jeffrey, el joven protagonista, nos invita a vivir una aventura apasionante, mucho más real de lo que imaginamos. can y organizan nuestro sistema educativo han suscitado diferentes temas de debate. En el caso de la Ley Orgánica de la Educación (LOE), uno de los temas sobresalientes del debate ha sido el de la educación para la ciudadanía, un debate que se mantiene con fuerza tiempo después de la aprobación de la citada Ley. Los autores del libro abordan este tema, realizan sus propuestas sobre el mismo y junto a las conclusiones elaboradas por el propio Colectivo Lorenzo Luzuriaga, intentan con esta publicación contribuir a un debate siempre oportuno y, porque no decirlo, de gran interés no sólo para los miembros de la comunidad eduativa sino para toda la sociedad en general.

La función del profesor como asesor Francisco G. Ayala Aguirre Editorial Eduforma El objetivo principal de esta obra es motivar al profesor para que reflexione sobre su práctica educativa, desde la perspectiva de la interacción humana. Se pretende que el docente visualice la relación maestro-alumno de una manera dinámica y productiva, ya que en esta interacción las acciones del profesor repercuten, finalmente, en la forma de ser y en el proceso de aprendizaje del alumno. El autor propone un modelo para incrementar la eficacia de la orientación académica y para ello incluye actividades individuales y de grupo, además de presentar algunos casos representativos.

Claves para la acción educativa española en el exterior FETE-UGT pone a disposición de todos los profesores y profesoras interesados en acceder a una plaza en el exterior, esta publicación que puede ser de ayuda para la preparación de las diferentes fases del Concurso de méritos a través del cual es posible el acceso a dichas plazas. Si estas interesado/a en su adquisición dirígete a: comunicacion@fete.ugt.org

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Consultas En este apartado se contestarán aquellas consultas recibidas que tengan interés general. De forma personalizada se dará contestación a todas aquellas preguntas que recibamos de nuestros afiliados, debidamente acreditados, dirigidas a la dirección de la revista o a juridica@fete.ugt.org , Los no afiliados deberán abonar el coste de la consulta.

Reducción de jornada Nos consultan en relación con la excedencia para el cuidado de hijo menor cuando se tiene reducción de jornada. Muy relacionado con el tema de igualdad abordado en los Apuntes Jurídicos de este mismo número es el Auto del Tribunal Constitucional (TC), que pasamos a comentar: Se cuestiona por el Juzgado nº 1 de lo social de Guadalajara la constitucionalidad de los preceptos 140.2 y 109.1 apdo. 1, de la LGSS en relación con el art. 37.5 del ET que prevé el derecho de reducción de jornada por cuidado de hijo menor o familiar a cargo por vulnerar el art. 14 CE, en la vertiente de discriminación indirecta por razón de sexo; asimismo, plantea la inconstitucionalidad por omisión o insuficiencia normativa en cuanto que no se ha previsto para ese especial supuesto de reducción de jornada una regla específica, remitiéndose a la regulación del contrato a tiempo parcial. La cuestión se inadmite por entender que lo planteado por el juzgado proponente no resulta suficiente para justificar su admisión a tramite, y resultar notoriamente infundada en base al art. 37.1 LOTC. El auto pone especial énfasis en el carácter contributivo del sistema de Seguridad Social que se plasma en el régimen jurídico del contrato a tiempo parcial, incorporado al ordenamiento anteriormente a la doctrina sentada en la STC 253/2004, de 22 de diciembre. Igualmente dice que es el legislador quien decide qué tipo de protección se da a las diferentes necesidades sociales, y si este no ha contemplado una norma específica para ese caso concreto ha sido por atender a la viabilidad y eficacia del sistema de Seguridad Social. La Presidenta y una Magistrado del TC discrepan con su voto particular en contra del auto de inadmisión de la cuestión de inconstitucionalidad fundamentándose en la diferenciación entre los trabajadores que están contratados a tiempo parcial y los que se acogen a la reducción de jornada que se prevé en el art. 37.5 ET. Si bien se encuentran en condiciones laborales similares, existen diferencias entre ambas situaciones. El trabajador a tiempo parcial está sujeto al régimen jurídico diseñado para esa figura contractual, mientras que el trabajador que se acoge a la reducción de jornada, ejercita un derecho que se extrae directamente del art. 39 de la Constitución, cuya finalidad, al establecer que

Oposiciones Dada las numerosas consultas que recibimos, es conveniente recordar de modo general: a).- Cuidado y precisión en rellenar el impreso de inscripción. Suelen producirse errores que finalmente son insubsanables o dificultan la participación. b).- Los certificados de cursos, experiencia docente… deben estar debidamente visados o registrados, según proceda, para evitar que sean rechazados y especialmente 32 Trabajadores de la Enseñanza

los poderes públicos asegurarán la protección social, económica y jurídica de la familia, es proteger la existencia de valores que merecen ser protegidos constitucionalmente. En este segundo caso el legislador se atiene al principio de contributividad del sistema de Seguridad Social, y no tiene en cuenta las repercusiones contributivas al trabajador que ejerce ese derecho al remitirse a la normativa que rige los contratos a tiempo parcial. Por tanto le provocan un perjuicio, por omisión o insuficiencia normativa. Entienden las magistradas que formulan el voto particular, que la cuestión no es notoriamente infundada y debió ser admitida a trámite porque, comporta una diferencia de trato por razón de sexo no justificada y razonable objetivamente. Discriminatoria por tanto, en cuanto que produce un impacto adverso sobre los miembros de un determinado sexo, tal y como demuestra la información estadística incorporada al auto de planteamiento de la cuestión de constitucionalidad, en el que se acepta que el ejercicio del derecho a reducción de jornada es la opción utilizada mayoritariamente por mujeres trabajadoras. Por todo ello entienden que las mujeres trabajadoras que hacen uso de ese derecho como adecuación del mandato de artículo 39 CE, no están en condiciones asimilables a las de los trabajadores que reducen su jornada por otras causas, o que realizan un trabajo a tiempo parcial por lo que sí existe omisión o insuficiencia legislativa. Lesiva indirectamente también al hacer prevalecer el régimen legal de cotizaciones de la Seguridad Social, que calcula las prestaciones en función de las cotizaciones efectivamente realizadas, sobre la garantía de ejercicio y disfrute de derechos protegidos constitucionalmente, en este caso protección a la familia (art. 39 CE) y no discriminación por razón de sexo (art. 14 CE). Finalmente, y atendiendo a la ubicación de estos preceptos, así como del artículo 41 CE, de mantenimiento del régimen público de Seguridad Social, que se encuentran contenidos en el Título I, plantean que han de considerarse globalmente todos ellos, para evitar la discriminación indirecta y garantizar de protección de las necesidades de la familia y del sistema contributivo, y entendiendo que la cuestión de inconstitucionalidad debió ser admitida a trámite, sin prejuzgar el sentido de la sentencia.

deben recoger las fechas en las que se ha desempeñado la actividad o el número de créditos obtenidos. c).- La documentación que se presenta es conveniente acompañarla de una lista de documentos ordenada de modo que quede debidamente acreditada. Igualmente es conveniente que se constate que todos los documentos están debidamente compulsados. d).- Tener muy en cuenta los plazos de reclamación y respetarlos a los efectos de poder solicitar alguna rectificación.


pag.educared A4 3/5/07 13:48 P gina 1

IV congreso

internacional de

educared Educar en comunidad

BOLETÍN DE INSCRIPCIÓN IV Congreso Internacional de EducaRed Educar en comunidad Palacio Municipal de Congresos - Parque Ferial Juan Carlos I, Av. de la Capital de España Madrid, s/n 28042 Madrid 29, 30 y 31 de octubre de 2007 Área de trabajo virtual del Congreso: marzo - octubre de 2007 DATOS PERSONALES Nombre y apellidos DNI Letra Otro Dirección Código Postal Población Provincia País Teléfono móvil Correo electrónico Conformidad de envío de mensajes con novedades SI / NO DATOS PROFESIONALES Docente Tipo de centro Nombre del centro Dirección Código postal País Teléfono Correo electrónico

FORMALIZACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN Adjunto cheque nominal a favor de "IV Congreso Internacional de EducaRed" Adjunto justificante de ingreso en la c/c 2100-2134-30-0200443102 de La Caixa Solicito factura del pago Nombre o razón social NIF Dirección de envío factura Solicito BECA de inscripción en el Congreso por estar matriculado: En la Facultad de Ciencias de Educación de la Universidad/ciudad: En la Escuela Universitaria de Formación del Profesorado/ciudad: Adjunto copia del documento que lo acredita Solicito BECA de inscripción en el Congreso por estar inscrito en ¡A NAVEGAR! 8ª edición

Provincia

MODALIDADES DE PARTICIPACIÓN Deseo PRESENTAR UNA EXPERIENCIA EDUCATIVA Título: Adjunto la documentación relativa a la experiencia Deseo ENVIAR UNA COMUNICACIÓN ESCRITA Título: Adjunto la documentación relativa a la comunicación Deseo participar en el ÁREA DE TRABAJO VIRTUAL del Congreso

Fax

Estudiante Centro de estudios Otros Especifique cuál

AVISO LEGAL PARA LA TOMA DE DATOS Y SU INCORPORACIÓN A FICHEROS AUTOMATIZADOS De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, los asistentes/suscriptores quedan informados y aceptan la incorporación de sus datos a los ficheros automatizados existentes en la Fundación Telefónica, que se conservarán en la misma con carácter confidencial, sin perjuicio de las remisiones de obligado cumplimiento a las Administraciones Públicas que estipula la Ley. Su finalidad es la de prestar los servicios de información y difusión de las actividades de la Fundación Telefónica. La identidad y dirección del responsable son las siguientes: Fundación Telefónica, Sr. D. Javier Nadal Ariño. Calle Gran Vía, 28, 8ª planta (28013 Madrid).

CUOTA DE INSCRIPCIÓN 50 euros. Hasta el 30 de septiembre de 2007 75 euros. Desde el 1 de octubre hasta el 26 de octubre de 2007 Más información en: www.educared.net/congresoiv Remita este boletín a: Secretaría del IV Congreso Internacional de EducaRed CANTOS DE SIRENA, S.L. , C/ Joaquín Costa, 61, 7º Izda - 2 28002 Madrid Teléfono: 91 564 52 60 Fax: 91 411 91 50 Correo electrónico: secretaria4congreso@educared.net

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Colaboran:

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Fundación Telefónica, Sindicatos y Asociaciones de Profesores, Titulares de Centros y Asociaciones de Padres

Ministerio de Educación y Ciencia Consejerías de Educación

Ayuntamiento de Madrid


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