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La transparencia a examen en el ámbito de las corporaciones colegiales El artículo 38.1 de la Ley de Transparencia (LTAIBG) atribuye al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG), entre otras funciones, la de evaluar su grado de aplicación Ana María Ruiz Martínez Vocal asesora del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG) En aplicación de este mandato y para la Memoria 2019 de este organismo se ha procedido a evaluar, en colaboración con la Fundación Hay Derecho, el grado de cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa por parte los Consejos Generales de los Colegios profesionales (49, en total). Para esta evaluación se ha utilizado la metodología MESTA (Metodología de Evaluación y Seguimiento de la Transparencia Activa), herramienta propia del CTBG, que valora no solo la publicación formal de las informaciones exigidas por la ley sino también las características de dicha publicación en cuanto a su accesibilidad, forma, claridad, uso de formatos que faciliten su tratamiento posterior, actualización de la información u organización de la misma. Una primera cuestión es que no todas las obligaciones de información contempladas en la LTAIBG son aplicables a los Consejos Generales, que solo están sujetos en sus actividades de derecho administrativo. Así, de las informaciones contempladas en los artículos 6 y 6 bis de la LTAIBG, están obligados a publicar todas ellas salvo la información relativa a planificación. No es de aplicación el artículo 7 a este tipo de entidades y respecto de las obligaciones contempladas en el artículo 8 les son de aplicación como mínimo las referidas a contratos sujetos a derecho administrativo, convenios suscritos en el ejercicio de sus funciones públicas y subvenciones y ayudas públicas recibidas. Con estas premisas, una vez finalizada la evaluación de la información recogida en las páginas webs de los Consejos, se estableció un periodo de tiempo para que cada uno de los evaluados pudiese efectuar las alegaciones que considerase pertinentes a los informes individuales remitidos por el CTBG. Resultado obtenidos del trabajo de evaluación desarrollado desde el CTBG Los resultados obtenidos tras la finalización de este periodo de observaciones son los siguientes: Respecto de la localización y estructuración de la información sujeta a obligaciones de publicidad activa, solo un 45% de los Consejos analizados ha creado un portal de transparencia. En general, la información que se ofrece en los portales de transparencia está organizada y resulta fácil su localización aunque no se ajuste estrictamente al 18 g Profesiones
patrón definido por la LTAIBG. En el caso de aquellas corporaciones que carecen de portal de transparencia, es necesario efectuar un recorrido por todos los accesos y enlaces dependientes para localizar la información. Por lo que respecta al bloque de obligaciones «Información Institucional, Organizativa y Registro de Actividades de Tratamiento», se publica el 62% de las informaciones que integran este bloque, aunque hay que reseñar que existe una gran variabilidad entre los Consejos.
La metodología MESTA valora no solo la publicación formal de las informaciones exigidas por la ley sino también las características de dicha publicación en cuanto a su accesibilidad, forma, claridad, uso de formatos que faciliten su tratamiento posterior, actualización de la información u organización de la misma La práctica totalidad de los Consejos, un 98%, identifica a las personas que ocupan puestos de responsabilidad en sus órganos de gobierno. Más del 87% publica una descripción de sus funciones, el 83% describe su estructura organizativa y un 94% la normativa que les resulta de aplicación, aunque un 40% no publica la normativa de carácter general que regula las funciones de los Colegios Profesionales. Finalmente, tan solo un 34,7% publica el perfil y trayectoria profesional de las personas que forman parte de sus órganos de gobierno y un 32,7% publica el organigrama o el Registro de Actividades de Tratamiento de datos de carácter personal. El Índice de Cumplimiento de la Información Obligatoria (en adelante, ICIO) de este bloque de obligaciones se sitúa en valores medios, un 54,8% con un rango que oscila entre el 93 y el 20%. Además de la falta de publicación de contenidos obligatorios, la publicación de la información directamente sobre la web o mediante formatos de imagen que impiden su tratamiento y la falta de referencias a la fecha en que se revisó la información publicada, justifican el nivel de cumplimiento obtenido en este bloque de obligaciones. En cuanto a la información económica, la proporción de contenidos publicados es muy baja: un 6,7%. Solo nº 187 g septiembre-octubre 2020