Revista e-lectores Num 5

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electores

Publicación bimestral de la Sala Regional Monterrey del TEPJF

DERECHOS POLÍTICOS CANDIDATURAS INDEPENDIENTES DESAFÍOS DEL 2018 SISTEMA JURÍDICO MEXICANO BLOQUES DE COMPETITIVIDAD CIUDADANÍA TRANSPARENCIA PARIDAD

• SANDRA LÓPEZ BRINGAS • MA. ELENA DÍAZ RIVERA • SAÚL MANDUJANO RUBIO • HUMBERTO URQUIZA MARTÍNEZ • OMERO VALDOVINOS MERCADO • PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ • YURISHA ANDRADE MORALES • MA. GUADALUPE GONZÁLEZ JORDÁN • RAMÓN HERNÁNDEZ REYES • OSCAR M. GUERRA FORD

Año 1 Num 5


e lectores

Publicaciรณn bimestral de la Sala Regional Monterrey del TEPJF


oscar M. guerra FORD información para una mejor elección

SAÚL MANDUJANO RUBIO INTEGRIDAD ELECTORAL Y LOS DESAFÍOS DEL 2018

ELECCIONES Y NUEVA JERARQUÍA NORMATIVA EN EL SISTEMA JURÍDICO MEXICANO

yurisha andrade morales la dimensión del proceso electoral 2017-2018

PEDRO ZAMUDIO GODÍNEZ DESAFÍOS DEL PROCESO ELECTORAL 2017-2018, LA PERSPECTIVA DESDE EL ESTADO DE MÉXICO

OMERO VALDOVINOS MERCADO PARIDAD DE GÉNERO EN EL SISTEMA POLÍTICO-ELECTORAL MEXICANO

SANDRA LÓPEZ BRINGAS INTEGRACIÓN DE FÓRMULAS HOMBRE-MUJER PARA CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR, UNA MAXIMIZACIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICOS DE LA MUJERES.

c

ontenido

HUMBERTO URQUIZA MARTÍNEZ

maría guadalupe gonzález jordán la complejidad en la aplicación de los bloques de competitividad en materia de paridad de género

ramón hernández reyes la ciudadanía conspicua

MA. ELENA DÍAZ RIVERA MÉXICO Y LAS CANDIDATURAS INDEPENDIENTES.

6 13 17 25 29 35 43 49 59 65


editorial

2018 es un año que marcará el rumbo democrático de nuestro país, por lo cual, es muy importante que como sociedad conozcamos cada vez mejor el actual contexto electoral en que vivimos.

CLAUDIA VALLE AGUILASOCHO Magistrada Presidenta de la Sala Regional Monterrey del TEPJF

Por tal motivo, los artículos que conforman el número cinco de e-lectores, se enfocarán en el proceso electoral 2017 - 2018, sus desafíos, las multicitadas candidaturas independientes, la relevancia de la paridad de género en nuestro sistema democrático y su complejidad en la aplicación, ¿qué es la ciudadanía conspicua? y finalmente, cómo la transparencia juega un papel relevante para las elecciones del domingo 1° de julio. Todas y todos, formamos parte de la democracia; es nuestro deber informarnos. Gracias por leer e-lectores.

Claudia Valle Aguilasocho Magistrada Presidenta

Magistrados de la Sala Regional Monterrey del TEPJF

Claudia Valle Aguilasocho Magistrada Presidenta Yairisinio David García Ortiz Magistrado Jorge Emilio Sánchez-Cordero Grossmann Magistrado

Sandra Ayala Celis Dirección Editorial Claudia Arellano Montelongo Diseño gráfico

La revista e-lectores (año 1 num. 5, Febrero-Marzo 2018) es una publicación electrónica bimestral editada por la Sala Regional Monterrey, del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Calle Loma Redonda núm. 1597, colonia Loma larga, CP 64710, Monterrey, Nuevo León. Teléfono (01 81) 8048 – 0840. Las opiniones expresadas por las y los autores, no necesariamente reflejan la postura de la Sala Regional Monterrey y son responsabilidad de quien la escribe. Queda prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos e imágenes de la publicación.


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En los próximos meses viviremos el fervor de las campañas de candidatos a ocupar puestos de elección popular. En este proceso, la transparencia se convierte en una bandera para los aspirantes y forma parte del cúmulo de promesas que se harán a la ciudadanía para recibir el favor de su voto.

6 e-lectores


OSCAR M. GUERRA FORD

ser removidos de sus cargos

para escuchar hablar mucho

con facilidad y las promesas

de transparencia y rendición de

pasan a un segundo plano; al fin

cuentas en toda esta actividad

y al cabo, su objetivo de llegar

proselitista. Hay un dicho que

al poder ya se cumplió y reciben

reza: “el prometer no empobrece”,

una buena remuneración por

y el político mexicano lo sabe

ello. Esta película la hemos visto

muy bien, así que empeña su

durante mucho tiempo.

palabra

ofreciendo

algunas

cosas que difícilmente podrá

La transparencia y el acceso a

cumplir.

realidad,

las

la información, en las últimas

campaña

se

dos décadas, han sido temas

reducen a un juego de palabras

recurrentes en el ámbito político,

que, muchas veces, están lejos

pero,

de llegar a ser una realidad y, sin

impulso más importante para

embargo, esta situación no ha

estos temas no ha provenido de la

representado un costo político

clase política sino de la sociedad

negativo

se

civil organizada, que también

olvidan de sus compromisos. Ya

desde hace algunos años ha

electos e investidos, los nuevos

comenzado

servidores públicos no pueden

en la escena pública. Ambos

promesas

En de

para

regresar al índice

Debemos prepararnos, entonces,

Comisionado del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

quienes

paradójicamente,

a

tomar

el

fuerza

Publicacion bimestral de la Sala Regional Monterrey del TEPJF

7


temas han sido demandas sociales que

pública es informar sobre eso que se hizo,

ya se venían gestando desde finales de

pero indicando cuánto costó, a quién

la década de los noventa, con el boom

se contrató para hacerlo, exponiendo

de la transparencia en el mundo, pero

al público el o los contratos, decir si se

que solo fueron posible en México con la

cumplió con sus términos en tiempo

alternancia de partidos en la presidencia

y forma; además, comunicar con qué

de la República.

objetivo se realizó esa acción, cuáles son los beneficios que debían generarse, en

Materializar la transparencia y crear

su caso, el impacto que traerá al medio

las condiciones para ejercer el derecho

ambiente, etcétera.

de acceso a la información ha sido un

regresar al índice

constante

remar

contracorriente

por

Ahora tenemos una reglamentación para

parte de la sociedad. Se trata de la

transparentar los actos de gobierno,

conquista de espacios a los gobiernos

es decir, existe una ley general y leyes

federal y locales, por lo cual resulta

locales de transparencia y acceso a la

incoherente que sean los políticos los

información pública que obligan a las

que utilicen como propaganda a estos

instituciones gubernamentales y a todos

dos elementos indispensables para la

aquellos que reciben recursos del erario

rendición de cuentas.

público, como los partidos políticos, a transparentar el uso y destino de éstos,

Muchas veces se confunde la publicidad

además de informar sobre sus actos y los

de

resultados obtenidos. Esta información

las

acciones

y

logros

con

la

transparencia. El hice esto o hice aquello

deberá

no es rendir cuentas de la actividad

electrónicos, aun sin que haya petición

gubernamental. Transparentar la gestión

de algún particular.

8 e-lectores

estar

publicada

en

medios


(fracción XIV); en temas de recursos Dentro de este apartado de obligaciones

económicos: los montos de las cuotas

de transparencia, las leyes en la materia

ordinarias y extraordinarias aportadas por

imponen a las instituciones políticas y a

sus militantes (fracción VIII); los montos

candidatos independientes la publicación

autorizados de financiamiento privado,

de información genérica y específica para

así como una relación de los aportantes

informar sobre sus actividades pasadas

vinculados con los montos (fracción IX); el

y presentes. Destaco la que es relevante

listado de aportantes a las precampañas

sobre precandidatos y candidatos, que nos

y campañas políticas (fracción X); los

permitirá conocer más sobre su historial

montos

en el ámbito profesional y burocrático: por

otorgado mensualmente a sus órganos

ejemplo, el artículo 76 de la ley general

nacionales, estatales y municipales, entre

demanda a los partidos nacionales y

muchas otras cosas más.

a

las

agrupaciones

financiamiento

público regresar al índice

locales,

de

políticas

nacionales y a las personas morales

Esta información tiene que ser reportada

constituidas en asociación civil creadas por

trimestralmente, de modo que podrá ser

los ciudadanos que pretendan postular su

consultada antes de que terminen las

candidatura independiente, proporcionar

campañas para conocer a los candidatos

el currículo con fotografía reciente de

que pretenden convertirse en nuestros

todos los precandidatos y candidatos a

gobernantes. Sus actos pasados nos

cargos de elección popular, con el cargo

podrán ofrecer un mejor panorama sobre

que se postula, el distrito electoral y la

su actuación política y

entidad federativa (fracción XVII); además,

profesional para decidir

sus documentos básicos, plataformas

de manera informada si

electorales y programas de gobierno

brindamos o no nuestro

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9


voto a alguno de ellos.

parte de su quehacer como representantes

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populares. Asimismo, varios candidatos han tenido

Esta información nos permitirá pensar con

algún cargo público, por lo tanto, existe

mayor detenimiento a quién vamos a brindar

información publicada sobre el resultado de

nuestra confianza para que nos gobierne en

su gestión. Así que tenemos la oportunidad

los próximos años. Ya informados, estamos

de echar un vistazo a los documentos que

en condiciones de reconfirmar nuestra

dan cuenta de su comportamiento como

preferencia por algún político consolidado

funcionarios al frente de una dependencia

o pronunciarnos por una nueva opción.

o como legisladores. Respecto de los

Debemos estar conscientes de que si

primeros, podemos saber de los indicadores

elegimos mejor podremos esperar y exigir

de gestión y de resultados, los pormenores

mejores resultados.

del ejercicio del gasto público, sus sueldos y las prerrogativas que tuvieron, si recibieron

Ahora bien, una vez elegidos tendremos

alguna sanción por deficiencias en el servicio

también la oportunidad de dar seguimiento

público, y una larga lista más de información

al cumplimiento de todas esas promesas de

sobre su desempeño burocrático. Con

campaña, incluyendo la de transparentar y

relación a los últimos, podemos conocer

rendir cuentas a la sociedad. La transparencia,

si presentaron iniciativas de ley, el sentido

sin embargo, ya no es una opción para

de su voto en alguna norma aprobada, si

la voluntad política, sino una obligación

participaron en comisiones del congreso,

por ley. Por lo tanto, deberán documentar

si asistieron regularmente a las sesiones,

todo acto que derive de del ejercicio de

tanto a las plenarias como de comités o

sus facultades, competencias o funciones;

comisiones, así como las dietas y demás

los documentos que se generen estarán

remuneraciones

disponibles al público en los portales de

10 e-lectores

que

recibieron

como


internet institucionales y en la Plataforma

directamente en la generación de políticas

Nacional de Transparencia (PNT), además

públicas para un mejor aprovechamiento

de que podrán ser requeridos por las

de los recursos que son destinados a sus

personas vía solicitudes de información

comunidades.

para obtener, incluso, información más detallada de algún asunto de su interés.

El entramado normativo que se ha conformado garantiza el derecho de acceso a la información y la publicación

precandidatos, los aspirantes a cargos

de obligaciones de transparencia en

de elección popular deben informar

medios electrónicos, de modo que la

sobre sus antecedentes políticos y sus

población tenga una oferta informativa

propuestas de campaña, como parte

generosa para vigilar a sus autoridades y

de las obligaciones de transparencia.

exigir el cumplimiento de sus propuestas

Posteriormente, todos sus actos de

y promesas de campaña. En su caso, la

gobierno

del

ciudadanía podrá revocar el mandato

escrutinio público, ya sea por petición

que ha concedido negando el voto al

de algún ciudadano o para cumplir con

político que quiera reelegirse para un

el vasto cúmulo de obligaciones de

periodo de mandato adicional. Ese podría

transparencia que las leyes en la materia

ser el castigo por el incumplimiento de

demandan para ser publicadas de manera

promesas, independientemente de las

electrónica. Así, sus acciones y el uso y

responsabilidades que llegaran a tener por

destino de los recursos públicos que

el uso indebido de los

les son otorgados estarán abiertos a la

recursos públicos o la

sociedad para que ésta pueda dar puntual

falta de cumplimiento

seguimiento a la manera de gobernar de

de

quienes ganaron la elección, y participar

atribuciones.

estarán

a

disposición

sus

deberes

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En resumen, desde que se convierten en

y

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11


regresar al índice

Ninguna elección ha tenido los retos que enfrentará la de 2018. El 1° de julio se votará por 3,406 cargos de representación popular. Además de las elecciones federales habrá elección concurrente en 30 entidades federativas, en 9 de las cuales se renovará al Ejecutivo local. Nunca antes se ha requerido de un número superior a 1, 400,000 funcionarios para instalar más de 155 mil casillas y recibir el voto de más 86 millones de electores. 12 e-lectores


Por encima de las cifras, los

electoral representa sin duda

desafíos también se dirigen

un obstáculo, constituye un

a

campo fértil para la disputa legal

saúl mandujano rubio

el

y extralegal de los resultados,

cumplimiento de los principios

dando lugar a la posverdad

Consejero del Instituto Electoral del Estado de México

universales de transparencia

o la mentira decorosa que

y confianza en el sistema

dificulta la consolidación de la

electoral,

antes,

democracia.

después

de

y

la

integridad

la

electoral

percepción

Evaluar

sobre

durante

los

y

comicios.

calidad

de

las

Reconocer que el Instituto

elecciones

implica

realizar

Nacional Electoral (INE) y otras

un juicio normativo sobre la

autoridades electorales tienen

presencia o ausencia de las

un

propiedades deseables en las

no

distintas etapas del proceso

necesariamente una condición

electoral.

de fatalidad. Es colocarse en

déficit

de

credibilidad,

implica

aceptar

regresar al índice

la

el tramo de reconstrucción Justo en ese tema, cuando

que puede permitir ganar la

la calidad se califica desde la

legitimidad

perspectiva del electorado, el

ello

foco de atención se desplaza

perciba la elección de 2018

hacia

que

como un proceso libre y justo,

el mismo tiene sobre las

que se conduzca conforme a

circunstancias

proceso.

la letra de la ley, en el que no

perciba

se utilice dinero ajeno, que

proceso

no se compren votos, que las

Que

la

la

percepción

del

población

negativamente

el

es

suficiente.

necesario

que

Para se

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13


candidaturas sean de gente honesta

que aseguren la integración con paridad

y las campañas inteligentes, frescas

de género de los poderes Legislativo y

y comprometidas con los problemas

Ejecutivo y, por si fuera poco, equilibren

del país. Un proceso sin huecos por

la lucha intrapartidaria y aplanen el piso

donde

entre precandidatos y candidatos.

puedan

filtrarse

criminales

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disfrazados de líderes políticos, en el que la representación popular resulte

Sin colocar en duda los esfuerzos que

más confiable por sus propios méritos

las autoridades realizan por equilibrar la

y en buena lid, tanto en la elección del

competencia electoral, cuando la calidad

Ejecutivo federal y local, como de las

de las elecciones se califica desde la

diferentes legislaturas.

perspectiva del electorado, ya es común una opinión general que las desacredita

De acuerdo con lo anterior, puede

y pone oídos a los señalamientos de

suponerse

fraude. Aparecen críticas a partir de

que

el

desafío

de

las

autoridades electorales administrativas

mensajes

ya no reside solo en organizar un

vez más en la percepción emotiva de

proceso con jornada electoral ejemplar,

un proceso que en el enfoque objetivo

en el que se cuente con exactitud el voto

de sus condiciones y circunstancias,

ciudadano, quizás ahora se pretende

dominan afirmaciones sin refutación

hacerlas corresponsables de muchos

en torno a juicios que ignoran la

otros temas. Autoridades que fiscalicen

veracidad de los hechos. No es extraño

de manera eficaz el dinero público y

el balance falso del proceso, donde los

privado en las campañas electorales,

puntos de vista se reciben con énfasis

que contribuyan a prevenir la coacción

indebido y las exageraciones o mentiras

del voto, que garanticen la equidad y el

contadas durante las campañas no son

equilibrio en la competencia electoral,

adecuadamente cuestionadas.

14 e-lectores

drásticos,

basados

cada


Acotar

la

predisposición

ciudadana

administración del proceso electoral. Sin

a suponer el trabajo deficiente de la

ella no hay garantía de que la voluntad

autoridad electoral, pasa forzosamente

ciudadana se reflejará en los resultados

por un problema de narrativa. Derivado

de la elección. Una contienda sin

del mal humor social, existe un panorama

integridad podría desvirtuar el cometido

de desconfianza y deterioro de la vida

de elecciones democráticas e impedir

institucional que no desaparece con

considerarlas libres. Pero acceder a

instalar el cien por ciento de las casillas

ella no es suficiente sin la cualidad de

y asegurar el desarrollo pacífico de la

persuadir a la ciudadanía de que se ha

jornada electoral. A pesar de ese y otros

logrado. regresar al índice

logros, la percepción de los electores muestra una inclinación peligrosa a

Toda elección da lugar a ganadores

cuestionar las formas y condiciones de

y perdedores, y como todos desean

la contienda. Es precisamente ahí donde

ganar la tentación del triunfo es capaz

está uno de los retos más grandes del

de propiciar malas prácticas electorales,

2018, se trata de mostrar la capacidad de

agregar a ello que la aceptación de la

las autoridades para despejar muchas de

derrota es inaccesible en muchos casos,

las dudas ciudadanas sobre el proceso,

siempre es posible que la historia del

desafío que se construye a partir de una

proceso sea contada mediante la visión

descripción adecuada y convincente del

del derrotado, basada en críticas para

mismo.

desacreditarlo y alejando a los votantes de auténticas y veraces fuentes de

Inherente a los principios de la democracia,

información. Legitimar la elección es

la integridad suele entonces ser parte

el verdadero desafío del 2018, reto que

esencial de una elección libre, justa y

transcurre entre la integridad electoral y

confiable. Es un factor determinante en la

la posverdad.

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Elecciones y nueva jerarquĂ­a normativa en el sistema jurĂ­dico mexicano.


humberto urzquiza

martínez Consejero del Instituto Electoral del Estado de Michoacán

I. Introducción.

y prestación de servicios públicos; en lo relativo al Municipio, existe mayor dependencia sobre lo determinado por

construir como un modelo federal,

el Estado, pero con autonomía para

mismo que se identifica como

emitir sus propias normas, a través de

un modelo de organización de

los reglamentos.

regresar al índice

Desde el siglo XIX, México se logró

competencias para el cumplimiento de acciones y servicios públicos,

Una

y para lo cual, se requiere de un

autonomía,

modelo de gobierno propio, que

para el funcionamiento del federalismo,

asuma la responsabilidad en el

es la posibilidad de emitir sus propias

cumplimiento de los actos en favor

leyes (normas jurídicas, como leyes

de la sociedad.

o reglamentos en lo municipal) en

de

las

características elemento

de

la

indispensable

aquellas materias cuya competencia les El federalismo mexicano ha reconocido

corresponde.

3 órdenes de gobierno: Federal, Estatal y Municipal. En los dos primeros de

De esa forma, en lo electoral, desde 1947,

ellos, existe una autonomía de mayor

había existido un modelo en el que las

grado, lo que les permite cumplir con

elecciones federales estaban reguladas

sus obligaciones, mediante acciones

por la legislatura federal (senadores y

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diputados federales) y en cada entidad

II.

Nuevo modelo jurídico electoral.

federativa, por sus legislaturas locales (diputados locales). Así pues, existía una

Con la reforma constitucional de 2014,

ley para cada tipo de elección, federal

el modelo de elecciones tuvo diversas

para Presidente, Senador y Diputados

alteraciones, como la concurrencia, el

Federales y locales para Gobernador,

redimensionamiento

Diputados Locales y Ayuntamientos.

antes de las legislaturas locales y órganos

de

atribuciones

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electorales locales, ahora en posesión Con la reforma de 2014, se transita a un

de la legislatura federal y de Instituto

modelo jurídico híbrido que, entre otros

Nacional Electoral -órgano nuevo que

impactos, tiene el cambio en la jerarquía

en su denominación se identifica el

entre lo nacional y lo local, en materia

nuevo

electoral.

de la creación de nuevas figuras como la

diseño

delegación,

institucional-,

atracción

y

además

asunción,

Una de las consecuencias de la nueva

alterando el sentido de federalismo, en la

forma de funcionamiento jurídico es la

idea de “una concepción (…) “institucional-

invalidez indirecta que se está generando

funcional”: las tareas estatales se reparten

por

parte

de

productos

normativos

entre el Estado central y los estados

nacionales

de

carácter

secundario,

miembros de tal forma que “cada orden

como es el Reglamento de Elecciones,

estatal en ciertos ámbitos puede decidir

consultas y lineamientos, todos emitidos

solo y asumir la responsabilidad” (véase

por el Instituto Nacional Electoral, frente a

Sánchez 2011: 15), lo que se modifica en

legislaciones electorales locales y todo lo

lo electoral, con la referida reforma.

que de ello se desprende. Los cambios constitucionales requirieron de un desenvolvimiento legal, por lo que

18 e-lectores


se emitieron leyes generales que, si

de funcionarios de casilla, integración y

bien antes de dicha reforma, en la parte

funcionamiento de la casilla, desarrollar

impugnativa ya existía una ley general,

normativamente temas como conteos

por lo que no es nuevo el modelo de

rápidos, encuentras y programa de

leyes de dicha naturaleza en lo electoral,

resultados

pero con los cambios hace 3 años, se

distritación, en otras, el INE asumió

impusieron de forma absoluta, las leyes

las mismas mediante un instrumento

generales en la regulación de todo el

jurídico que no tiene reconocimiento

sistema electoral, a grado tal, que se

expreso en la reforma de 2014, el

logró mutar a un sistema nacional

Reglamento de Elecciones.

por

la

electorales,

centralización

regresar al índice

caracterizado

preliminares

de actividades fundamentales en el desarrollo de actividades electorales, así como en la regulación de partidos políticos y de delitos electorales.

De esa forma, la base jurídica de las elecciones federales, estatales y municipales, la encontramos en las leyes generales.

A partir de esa centralidad de diversas funciones

que

históricamente

correspondían a los estados y sus institutos electorales, como capacitación

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19


Con el intento de generar condiciones

de áreas de cada órgano electoral, o

normativas similares en todos los estados,

bien, de cómputos de elecciones locales,

frente a elecciones locales y municipales,

competencia exclusiva de lo local. Ejemplos

así como las federales, con las que se

que dejan claro la sobre regulación y

concretó la concurrencia de elecciones, se

en algunos casos la contradicción de

produjo el Reglamento de Elecciones.

regulación entre lo local y lo nacional. Lo

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que está generando conflictos normativos, El contenido de dicho documento ha

en tanto los actores electorales locales,

generado conflictos con diversas leyes

para temas estatales, están aplicando su

electorales

el

Código Electoral, y en caso de contravenir lo

contenido del reglamento de elecciones

señalado en el reglamento del INE, se están

ha sobrepasado aquellas temas que son

inclinando hacia lo nacional, dejando sin

competencia del INE y que podría regular

efectos la validez de la legislación electoral

de forma ordinaria, de conformidad con

local.

locales,

toda

vez

que

lo señalado en el artículo 41 que en su apartado B, señala expresamente los

III.

Jerarquía normativa y la nueva (in)

tópicos que son competencia del INE,

validez electoral local.

como es capacitación electoral, ubicación y designación de funcionarios de casilla,

Es así, que la realidad jurídica que

PREP,

de

ha reproducido el INE, a través de la

documentos y producción de material

homogeneización de normativa aplicable en

electoral y fiscalización, sin embargo, del

temas que les corresponden y la expansión

contenido del reglamento de elecciones

de la obligatoriedad en temas que de origen

se advierte que la regulación llega a

les corresponde a los Estados y que salvo

temas como integración de órganos de los

atracción o asunción, no hay forma de que

Instituto Electorales locales, nombramiento

lleven a cabo dichas actividades, lo que

conteos

20 e-lectores

rápidos,

impresión


está generando conflictos normativos de

En aquellos casos en los que el reglamento

aplicación que, a su vez, están llevando a

regula tópicos propios del INE, no existe

la invalidez indirecta de las legislaciones

mayor problema, pero cuando se refieren

electorales sustantivas, para darle cabida

a temas que competen exclusivamente a

plena a la normativa nacional a través del

lo local, es cuando la jerarquía normativa

reglamento.

está alterando la validez de las normas y donde una ley local, se encuentra

Ello, por tanto, genera una reflexión

subordinada a un reglamento nacional.

respecto de la naturaleza jurídica del La creación de leyes generales en

la posible alteración que puede estar

materia electoral está generando la

produciendo

en

centralización directa de aquellos temas

tanto, si bien, la base de las Leyes

que son propiamente INE, pero también

Generales

está

del

en

las

permiten

órgano

nacional

elecciones,

la

intervención electoral

generando

una

regresar al índice

Reglamento de Elecciones, así como

centralización

en

de aquellos temas que son propios

procesos electorales locales, mediante

de los Estados, lo que, a su vez, está

normas jurídicas, como lo es el propio

produciendo una invalidez indirecta de

reglamento, ello está impactando en la

la legislación electoral local. A revisión

jerarquía de las leyes electorales locales,

se encuentra la naturaleza de las leyes

producto del posicionamiento que las

generales como leyes constitucionales

constituciones locales le otorgan a la

en los términos de lo dispuesto por Jorge

normativa electoral local en temas que

Carpizo (véase Rodríguez, 2011, 124) y

son de su competencia, y que se está

ampliaríamos la idea a la naturaleza del

alterando por el marco reglamentario

Reglamento de Elecciones a partir de la

nacional, en tanto, se desplaza la validez

ley general de ser el caso que se defina

de la norma local, por la presencia del

como ley constitucional.

reglamento nacional.

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21


Conclusiones.

4.

Los Estados podrán estar perdiendo

ya, mucho de su soberanía producto de la 1.

El

sistema

electoral

en

México,

centralidad de los procesos electorales,

dividido en federal y estatal, cambio a partir

situación que nos pone en el otro lado del

del año de 2014, en el que se centralizó

péndulo que inicio en el siglo XIX en México

muchas actividades que anteriormente le

en donde los procesos electorales federales

correspondían a los Estados.

eran regulados y organizados por los Estados.

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2.

Esa centralización está generando un

efecto indirecto en la legislación electoral

5.

Es necesario encontrar la respuesta

local, que, de seguir así, se verá, no solamente

a la naturaleza constitucional de las leyes

sometida a lo dispuesto por la normativa

generales y, por tanto, del reglamento de

nacional, sino que podrá extinguirse, lo que

elecciones “legitimado” por dicha norma

llevaría al escenario de la terminación de los procesos electorales locales y la culminación

Fuentes de Consulta.

de la nacionalización (centralización) de los procesos electorales iniciada en 2014.

Sánchez de la Barqueda y Arroyo, Herminio, (2011), La federalización de la política

3.

El efecto de esa transición puede

tener varias lecturas, pero en un diseño

cultural en México: ¿Alemania como Modelo?, México, editorial UNAM.

federalista, poco ayudará al buen y eficiente desarrollo de las actividades de las Entidades

Rodríguez, Marcos del Rosario (2011), La

Federativas, que se están viendo cada vez

cláusula de Supremacía Constitucional. El

más disminuidas en sus funciones.

artículo 133 constitucional a la luz de su origen, evolución, jurisprudencia y realidad social, México, editorial Porrúa e IMDPC.

22 e-lectores


regresar al Ă­ndice

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LA DIMENSIÓN DEL PROCESO ELECTORAL 2017-2018 24 e-lectores


Atendiendo a lo establecido en la normativa electoral,

YURISHA ANDRADE MORALES

corresponde a los organismos

Consejera del Instituto Electoral de Michoacán

públicos locales electorales dirigir,

30 Estados donde se elegirán 3,406

en las entidades federativas,

cargos de elección popular, más 629

donde la certeza, legalidad,

del ámbito federal. Cifra inédita en

máxima publicidad, objetividad,

la historia reciente de nuestro país

imparcialidad, independencia,

que implica la participación de cerca

equidad y profesionalismo serán

de 88.2 millones de electores, de

principios rectores en el ejercicio

la necesidad de instalar alrededor

de la función estatal de organizar

de 155 mil casillas que requerirán

los procesos electorales.

un millón 400 mil funcionarios de

regresar al índice

organizar y vigilar las elecciones

mesas directivas y ya, en la etapa A cuatro años de que fue aprobada

de

las

campañas

electorales,

la

la reforma electoral de 2013-2014 y

intensa movilización de más de 38

a tres años tres meses de que fueron

mil candidaturas independientes y

instalados los organismos públicos

partidarias1.

locales electorales (OPL) conforme a las nuevas reglas establecidas en las

Es la primera contienda presidencial

normas que nos rigen, hoy vivimos la

después de la reforma de gran calado

elección concurrente más grande en la

de 2014. El 1° de julio del próximo año,

historia de nuestro país, pues coincide

se elegirá Presidente de la República,

por primera vez con elecciones en

1  Contando a los integrantes de las planillas de ayuntamientos.

Publicacion bimestral de la Sala Regional Monterrey del TEPJF

25


Diputados federales y Senadores, 8

nacionales y estatales, fiscalías y

gubernaturas y la Jefatura de Gobierno

tribunales electorales, pero, sobre todo

de la Ciudad de México, además de

una participación activa de millones de

Diputados locales y Ayuntamientos.

ciudadanos.

Por primera vez tendremos en todas las elecciones

concurrentes una misma

Las

instituciones

electorales

casilla. Las Mesas Directivas de Casilla

enfrentamos grandes retos con miras

estarán ante los ojos de observadores y

al fortalecimiento de la democracia y

representantes de los actores políticos.

la participación ciudadana, como la instrumentación de la reelección por

regresar al índice

Debe

destacarse

ha

primera ocasión; la implementación del

calendarios

Servicio Profesional Electoral Nacional;

electorales locales y federal, en el cual

garantizar la paridad en el registro de

establece, entre otras fechas, el inicio

las

y conclusión para que presenten su

independientes por segunda ocasión;

solicitud los ciudadanos interesados en

el respeto a la autodeterminación de

obtener su registro como aspirantes a

los pueblos y comunidades indígenas,

candidatos independientes, periodo de

así como la inclusión de grupos

precampañas electorales, de la etapa

vulnerables.

homologado

que los

el

INE

candidaturas;

las

candidaturas

de obtención del respaldo ciudadano de

los

aspirantes

independientes,

candidaturas

afrontaremos y que pondrán a prueba

como el día que se celebrará la jornada

nuestra vocación y compromiso con

electoral.

la democracia; el proceso electoral

Eso involucra un trabajo conjunto

implica un desafío, sin embargo, las

entre

autoridades

26 e-lectores

campañas,

Muchos son los dilemas y retos que

así

las

de

a

autoridades

electorales

electorales

debemos


actuar con autonomía e independencia

absoluta transparencia y con apego

para consolidar una nueva etapa

irrestricto a la ley, las autoridades

del

en

electorales estamos comprometidas

nuestro país; asimismo, tenemos

a entregar los mejores resultados en el

el

de

cumplimiento de las actividades que

promoción,

nos corresponden para lograr que en

desarrollo

democrático

compromiso

garantizar difusión

el e

institucional

respeto,

implementación

de

2018, los mexicanos demuestren, una

acciones apegadas a los derechos

vez más, que solo el poder del voto

humanos.

es capaz de lograr una renovación armónica de los poderes públicos.

y disposición de las autoridades

Es por ello, que formulo un llamado

electorales para trabajar de la mano

a

con la ciudadanía, las instituciones,

funcionarios electorales, a los medios

los medios de comunicación, los tres

de comunicación y a la ciudadanía en

poderes y los partidos políticos con

general a actuar con responsabilidad,

la finalidad de obtener resultados

respetando la normativa electoral y

satisfactorios y transparentes que

evitando situaciones de violencia;

lleven a buen término este proceso

pues los ciudadanos queremos un

electoral.

proceso

los

actores

electoral

políticos,

que

a

regresar al índice

Es importante refrendar la voluntad

los

garantice

condiciones de paz, tranquilidad y En un contexto donde las exigencias

seguridad.

sociales y las críticas ciudadanas han puesto a los partidos políticos, a los

Realizo un llamado enérgico a los

gobiernos y a todas las instituciones

partidos políticos para que sujeten

públicas en el reto de actuar con

su actuación al marco de la ley, para

Publicacion bimestral de la Sala Regional Monterrey del TEPJF

27


que desarrollen campañas competitivas que nos permita aprender de las primeras basadas en la confrontación de los lecciones del 2015 para fortalecer el argumentos, en la exposición y en la sistema nacional de elecciones en la defensa de sus plataformas electorales parte que nos corresponde. y no en las campañas negativas de descalificación

y

de

señalamientos

Incito a la ciudadanía para que participe

personales entre los candidatos que hoy activamente los ciudadanos rechazan.

en

la

organización

de

las elecciones, a que se sume a la observación de las mismas, a que integren

Invito a todas las autoridades electorales las mesas directivas de casilla y, sobre

regresar al índice

para cumplir ejemplarmente con nuestra todo, a que ejerza su voto, a que decida tarea, a sumarnos a una deliberación colectivamente en las urnas. Nuestro propositiva y respetuosa en la búsqueda de compromiso es respetar ese voto en el soluciones a los temas que resolveremos,

sentido que indique cada elector.

a actuar con apego a la transparencia y a la rendición de cuentas en el manejo de Recordemos que nadie, absolutamente los recursos que no son nuestros sino del nadie, podrá ocupar cargo alguno si no erario, los cuales tienen que ser cuidados obtiene el apoyo de los ciudadanos. El con escrúpulo y aplicados con honradez

voto de los electores es el único poder

y racionalidad.

que decidirá en las urnas.

Hago una invitación al INE para que nos La participación ciudadana coadyuva coordinemos en cada actividad que nos a consolidar la democracia, por lo que corresponde en un marco de respeto a las invito a la sociedad a acudir a las urnas atribuciones y competencias de ambas con responsabilidad el próximo 1° de julio instituciones, a que construyamos una de 2018. sinergia de trabajo en favor de la sociedad

28 e-lectores


regresar al Ă­ndice

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29


pedro zamudio godínez

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Consejero Presidente del Instituto Electoral del Estado de México

Las elecciones de 2018 representan todo un reto, pues se pondrá en práctica, de nueva cuenta pues esto ya ocurrió en las elecciones de 2015, la implementación de la casilla única, con la diferencia de que a nivel federal, además de la elección de diputados, también habrá la de presidente de la república y la de senadores; así en el Estado de México, derivado de la concurrencia de las elecciones federales con las locales, habrá cinco elecciones ya que además de las federales, a nivel local se elegirá a las y los 75 diputados, así como a quienes integrarán los 125 ayuntamientos de la entidad.

30 e-lectores


En este sentido, la implementación

tres escrutadores y tres suplentes

de la casilla única, obligación legal

generales;

derivada de la reforma constitucional

escrutador “adicionales” tendrán a

de 2014, implica un reto operativo

su cargo lo relativo a las elecciones

y logístico que pone a prueba la

locales. En este sentido, está previsto

coordinación entre las autoridades

que de manera simultánea en cada

electorales, si bien es cierto que

casilla se realice el escrutinio y

con la casilla única se busca la

cómputo de las elecciones federales

uniformidad de procedimientos en

y locales, lo que implica desde ya

las elecciones tanto locales como

el reto de garantizar en cada local

federales, así como una mayor

donde se apruebe la instalación de un

eficiencia en la organización de

centro de votación, el espacio físico

las mismas, este modelo requiere

para que el escrutinio y el cómputo

atender una serie de complejidades

se realicen de manera adecuada,

que su existencia propicia.

garantizando la transparencia y la

el

secretario

y

el

regresar al índice

autenticidad de los resultados. Al respecto, es importante señalar la complejidad de llevar a cabo el

En

escrutinio y el cómputo en cada

electorales,

casilla de las elecciones federales y

derivado del escrutinio y el cómputo

locales de manera simultánea, pues

de cinco elecciones, los funcionarios

cuando se instala la casilla única

de casilla deberán estar debidamente

se

funcionarios

capacitados para que los integren

a un presidente, dos secretarios,

de manera adecuada, siguiendo

designan

como

cuanto

a

los

cabe

expedientes resaltar

que,

Publicacion bimestral de la Sala Regional Monterrey del TEPJF

31


lo establecido en la ley aplicable a

Ilustremos el tema con un ejemplo

cada elección. En este sentido es

hipotético: supongamos que en una

fundamental garantizar la certeza

casilla instalada en el municipio

de los resultados y el contenido

de

de cada paquete electoral y que se

concurrente, los 9 partidos políticos

cuente con toda la documentación

con registro nacional acreditan a sus

correspondiente

consejo

dos representantes; de entrada ya

respectivo de manera oportuna e

tendríamos 18, más el representante

íntegra.

del

en

el

Tonanitla

partido

regresar al índice

Radical)

para

político

serían

19,

la

elección

local

(Vía

supongamos

Asimismo, otra complicación prevista

que se registraron dos candidatos

se relaciona con los representantes

independientes uno para la elección

ante las mesas directivas de casilla,

federal de presidente de la república

pues los partidos con registro nacional

y otro para la elección local de

en elecciones concurrentes tienen

ayuntamiento y ambos acreditan a

derecho a nombrar dos representantes

su representante; tendremos un total

propietarios y suplentes, los partidos

de 21 representantes acreditados

políticos con registro local tienen

ante una casilla, esto es todo un

derecho a nombrar un representante

reto para los funcionarios de casilla,

propietario

y

los

particularmente para los presidentes

candidatos

independientes

tienen

de la mesa directiva, quienes tienen el

derecho a nombrar un representante

mandato legal de preservar el orden,

propietario y suplente, dependiendo

de ahí que la capacitación que se

del ámbito geográfico del cargo por el

brinde a dichos funcionarios adquiere

que contiendan.

relevancia, a fin de que puedan ejercer

32 e-lectores

suplente

y


su función de autoridad, derivado de

para determinar la viabilidad de la

la gran cantidad de personas que

implementación de los mecanismos

podrán estar presentes en las mesas

de traslado de paquetes electorales

directivas de casilla representado los

se tuvieron que realizar estudios de

intereses de partidos y candidatos.

factibilidad en los que se describieron las

condiciones

geográficas,

de

Otro reto importante que conlleva

infraestructura,

la elección de 2018 es el relativo a

políticas y sociales que justificaran

los mecanismos de recolección y

la

traslado de los paquetes electorales.

determinado, no obstante, ello no

Para la elección concurrente de

impidió que se presentara un aparente

2015 dichos mecanismos fueron

retraso en la entrega de algunos

acordados por el INE y el IEEM a

paquetes electorales a los consejos

través del Convenio General de

respectivos, comparando los tiempos

Coordinación, y en los Anexos Técnico

a cuando cada institución se hacía

y

cargo de sus propios paquetes.

detallado

correspondientes, particularmente

de

un

mecanismo

en

En consecuencia, un reto en el

una de las “adendas” realizadas

proceso electoral en marcha será

exclusivamente para ello. En 2015 se

lograr

la

utilizaron tres mecanismos: centro

entre

autoridades

de recepción y traslado fijo, centro

la toma de decisiones de manera

de recepción y traslado itinerante

oportuna respecto a los mecanismos

y los dispositivos de apoyo para el

de

recolección

traslado de presidentes de mesas

los

paquetes

directivas de casilla, en este sentido

señalar que la Adenda en donde se

adecuada

coordinación electorales

y

regresar al índice

y

Financiero

selección

meteorológicas,

traslado

electorales,

y

de

baste

Publicacion bimestral de la Sala Regional Monterrey del TEPJF

33


determinaron

dichos

mecanismos

entre las autoridades electorales se

para la elección de 2015 se aprobó

deben tomar en consideración los

el 31 de mayo, es decir, con apenas

tiempos y las distancias a recorrer en

siete días de antelación a la jornada

estas nuevas demarcaciones por la

electoral, lo que tuvo un impacto

actual conformación de los distritos

negativo en cuanto a la capacitación

electorales.

de los funcionarios de casilla, para el efectivo desarrollo de la actividad.

A manera de conclusión, el proceso electoral

regresar al índice

Al la

respecto,

adicionalmente

complejidad

a

anteriormente

un

2017-2018

desafío

importante

implementación

total

representa para de

la las

señalada, en la elección de 2018,

implicaciones de la reforma político-

para implementar los mecanismos

electoral de 2014, pero también es

de recolección y traslado de los

una oportunidad para reforzar la

paquetes electorales, se debe tomar

coordinación entre las autoridades

en cuenta la nueva geografía electoral

electorales, en aras de consolidar

tanto a nivel federal como local

el sistema nacional de elecciones y

ya que ambas fueron aprobadas

garantizar a la ciudadanía mexicana

recientemente por el INE, es decir, se

sus derechos políticos en igualdad de

aprobaron de manera posterior a las

condiciones, a partir de la uniformidad

elecciones concurrentes de 2015,

y homologación de los procedimientos

ello implica que para la coordinación

relativos a la organización electoral.

34 e-lectores


PARIDAD DE GÉNERO

EN EL SISTEMA POLÍTICO-ELECTORAL MEXICANO

Publicacion bimestral de la Sala Regional Monterrey del TEPJF

35


omero valdovinos mercado Magistrado del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán

regresar al índice

En este artículo se visualiza brevemente la paridad de género y su impacto en nuestro sistema jurídico y democrático. De manera general, se destaca su concepción y regulación dentro del marco jurídico nacional, así como su análisis a través de diversos criterios jurisdiccionales y jurisprudenciales sostenidos por las máximas autoridades de control e interpretación constitucional de México.

36 e-lectores


El término “paridad” proviene del latín

puestos de toma de decisiones2. Ello,

parilis que significa parecido, igual o

fundamentalmente por la situación de

semejante; también encuentra raíces en

desventaja

pariter, cuyo significado es del mismo

padecido las mujeres, sobre todo en la

modo. La voz aequalitas, igualdad, es

esfera política.

utilizada como sinónimo de paridad1.

La expresión “género” se refiere a las

En ese sentido, del alcance etimológico

identidades,

de la expresión “paridad”, se concibe un

de mujeres y hombres construidos

carácter igualitario.

socialmente, así como al significado que

que

históricamente

funciones

y

han

atributos

se atribuye a las diferencias biológicas entre ambos, dando lugar a relaciones

paridad

estrategia

jerárquicas entre hombres y mujeres y a

que tiene como objetivo garantizar la

la distribución de facultades y derechos

participación equilibrada de mujeres

en detrimento de la mujer3. Es decir, se

y hombres en todos los ámbitos de la

trata de una edificación social de lo que

sociedad, particularmente en la toma de

aparentemente deben ser las mujeres y

decisiones. En la práctica, la paridad se

los hombres desde su nacimiento, lo cual

traduce como la apertura de mayores

varía con el tiempo y las culturas.

consiste en

una

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Desde el punto de vista político, la

espacios de participación política a las mujeres, en la necesidad de incrementar y acelerar el acceso de las mujeres a los

1  Márquez Romero, Raúl (coord.), Diccionario jurídico mexicano, México, t. IV, Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México, p. 2758.

2  Instituto Nacional de las Mujeres, Glosario de género, México, Instituto Nacional de las Mujeres, 2007, p. 102. 3  Definición tomada de la plataforma electrónica del Centro de Capacitación Judicial Electoral del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, mediante la que ofertó el curso denominado Violencia Política contra las Mujeres el 24 de marzo de 2017.

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37


regresar al índice

La paridad de género tiene su pilar

Derivado de ello, el legislador federal

fundamental

Constitución

incorporó en las leyes secundarias la

Federal, la cual establece en su primer

regulación de la figura de la paridad

artículo, entre otras cuestiones, que

de género. Al respecto, la Ley General

en nuestro país todas las personas

de

gozarán de los derechos humanos

Electorales5,

reconocidos en ella y en los tratados

cuestiones, contempló como derecho

internacionales de los que el Estado

de los ciudadanos y obligación para

Mexicano sea parte; también prohíbe

los partidos políticos, la igualdad

toda discriminación motivada, entre

de oportunidades y la paridad entre

otras razones, por el género. Y, en su

hombres y mujeres para tener acceso a

numeral cuarto, consagra la igualdad

cargos de elección popular, por ejemplo,

del varón y la mujer ante la ley.

en la integración de las fórmulas

en

la

Instituciones

y

Procedimientos

además

de

otras

para senadurías y diputaciones por La reforma constitucional de febrero de

los principios de mayoría relativa y

dos mil catorce, representó un avance

representación

significativo en materia de paridad

considerarse

de género en el contexto político-

género,

electoral. En ella, entre diversas cosas,

independientes; los partidos políticos

se estableció que los partidos políticos

promoverán y garantizarán la paridad

están obligados a garantizar la paridad

entre los géneros, en la postulación de

entre los géneros en candidaturas a

candidatos a los cargos de elección

legisladores federales y locales4.

popular

4

5  Artículos 14.4, 232.4, 233.1 y 234.1.

Artículo 41, fracción I, párrafo 2.

38 e-lectores

proporcional personas

incluidas

para

la

las

del

deben mismo

candidaturas

integración 26.4,

del

232.3,


Congreso de la Unión, los Congresos de

fortalecido con la existencia de diversos

los Estados y la Asamblea Legislativa

instrumentos internacionales adoptados

del Distrito Federal (ahora Ciudad de

por el Estado mexicano, que impulsan

México).

la igualdad entre hombres y mujeres en la vida política de nuestro país. Tal es el caso de la Convención sobre la

reconoce a los partidos la libertad

Eliminación de todas las Formas de

para

que

Discriminación contra la Mujer7, misma

la

que impone a los Estados que forman

paridad de género en las candidaturas

parte de ella, la obligación de tomar en

a legisladores federales y locales, que

las esferas política, social, económica y

permitan

de

cultural, las medidas apropiadas, incluso

igualdad entre géneros, y que en ningún

de carácter legislativo, para asegurar el

caso tengan como resultado que a

pleno desarrollo y adelanto de la mujer,

uno de los géneros le sean asignados

con el objeto de garantizarle el ejercicio

exclusivamente aquellos distritos en

y el goce de los derechos humanos y las

los que el partido haya obtenido los

libertades fundamentales en igualdad

porcentajes de votación más bajos en el

de condiciones con el hombre8.

determinar

garanticen

de

los

criterios

manera

asegurar

objetiva

condiciones

proceso electoral anterior.

El ordenamiento jurídico interno en materia de paridad de género se ve 6

Artículos 3 y 25.1.

regresar al índice

La Ley General de Partidos Políticos6

7  Firmada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, el 18 de diciembre de 1979. Suscrita por México el 17 de julio de 1980 y ratificada el 23 de marzo de 1981. 8  Artículos 3 y 7.

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39


De igual forma, el Pacto Internacional

de la paridad de género, y que bajo

de

Políticos9

ninguna circunstancia, podrán hacer

compromete a los Estados Partes

una excepción al principio de paridad

a garantizar a hombres y mujeres

en el momento de la postulación de

la igualdad en el goce de todos los

candidaturas11.

Derechos

regresar al índice

derechos

Civiles

civiles

y

y

políticos10.

De

manera general, y sólo por mencionar

La Sala Superior del Tribunal Electoral

algunos,

del Poder Judicial de la Federación,

estos

instrumentos

internacionales contemplan diversas

se

exigencias tendentes a garantizar a las

precedentes sobre la paridad de género,

mujeres, en condiciones de igualdad

por ejemplo, la singular “resolución

a los hombres, el derecho al sufragio

antijuanitas12” a través de la cual,

en sus dos vertientes, esto es, en su calidad de electoras y de candidatas a cargos de elección popular. El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, determinó que en el caso de que los partidos políticos tengan procedimientos internos de selección partidaria, deberán balancear las exigencias democráticas con las 9  Firmada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas el 16 de diciembre de 1966. Fue adoptado por México el 24 de marzo de 1981. 10  Artículos 3 y 25.

40 e-lectores

ha

pronunciado

en

diversos

11  Al resolver la acción de inconstitucionalidad 39/2014 y acumuladas, en relación con lo establecido por el artículo 179, segundo párrafo, del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Morelos. 12  SUP-JDC-12624/2011 y acumulados. La Sala Superior aprobó que las fórmulas de candidatos a diputados y senadores por ambos principios debían integrarse con personas de igual género, esto para cancelar la práctica “Juanitas”, que consistía en que los partidos políticos postulaban a mujeres únicamente para cubrir la cuota exigida por la ley, para que posteriormente fueran sustituidas por sus suplentes -que eran hombresal pedir éstas una licencia indefinida; por lo cual, los ocupantes de la curul


se evitó que los partidos evadieran

medidas de todo tipo para su efectivo

las acciones afirmativas de género

cumplimiento, por lo que debe permear

previstas en el abrogado Código Federal

en la postulación de candidaturas

de

Procedimientos

para la integración de los órganos de

Electorales, al obligarlos a registrar a

representación popular tanto federales,

candidatos propietarios y suplentes del

locales y municipales13 . Lo anterior, a

mismo género y de manera alternada,

efecto de garantizar un modelo plural e

con independencia del método de

incluyente de participación política en

selección.

los distintos ámbitos de gobierno, con

Instituciones

y

condiciones de contienda más justas y parejas frente a los procesos electivos

que

popularmente.

la

postulación

candidaturas

está

paritaria encaminada

de a

generar de manera efectiva el acceso

Con todo ello, se fortalece el sistema

al ejercicio del poder público de ambos

democrático nacional y, de manera

géneros, en auténticas condiciones de

general, se consolida el reconocimiento

igualdad, y que el principio de paridad

de los principios constitucionales que

emerge como un parámetro de validez

rigen la función política-electoral en

que dimana del mandato constitucional

nuestro país.

y

convencional

de

regresar al índice

Dicha autoridad también ha sostenido

establecer

normas para garantizar el registro de candidaturas acordes, así como pertenecían a un género distinto al propietario.

13  Jurisprudencia 6/2015 emitida por la Sala Superior, de rubro: PARIDAD DE GÉNERO. DEBE OBSERVARSE EN LA POSTULACIÓN DE CANDIDATURAS PARA LA INTEGRACIÓN DE ÓRGANOS DE REPRESENTACIÓN POPULAR FEDERALES, ESTATALES Y MUNICIPALES.

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41


Integración de fórmulas hombre-mujer para cargos de elección popular,

regresar al índice

una maximización de los derechos políticos de las mujeres

En las últimas décadas se han logrado importantes avances en materia de paridad género para el acceso a cargos públicos, lamentablemente varios de ellos se concretaron de la mano de los órganos jurisdiccionales electorales. Varios de estos casos han sido relativos a la postulación de mujeres a cargos de elección popular.

42 e-lectores


Actualmente,

tanto

General

Instituciones

de

Procedimientos como

la

Ley

La acción afirmativa en comento

y

fue producto de los casos de

Electorales,

las denominadas “Juanitas”, y

mayoría

la

tuvo por objeto evitar que las

las

fórmulas se integraran mujer-

candidaturas a diputados por

hombre y, una vez ganada la

el principio de mayoría relativa,

elección, la mujer dejara el

así como por el principio de

cargo y fuera sustituida por

representación

proporcional,

un hombre, anulando con ello

contemplan que las fórmulas

el acceso de la participación

deberán

compuestas,

de la mujer en los cargos de

cada una, por un propietario y

elección popular, aunado a que

un

invariablemente

ello representaba un fraude a la

del mismo género, es decir

ley, pues los partidos políticos

mujer-mujer u hombre-hombre.

cumplían con su porcentaje de

Esta

postulación de candidatas; sin

estar

suplente

como

locales,

acción

afirmativa

finalidad

tuvo

propiciar

el

embargo, en la integración de los

empoderamiento de las mujeres,

órganos representativos, ya no

a quienes históricamente se

se reflejaba la cuota de género

les discrimina y relega, para

y, menos aún la paridad, ya que

participar en el ámbito público.

las candidatas que resultaban

Consejera del Instituto Electoral del Estado de México

regresar al índice

las

legislaciones

de

SANDRA LÓPEZ BRINGAS

electas, dejaban el cargo a favor de suplentes hombres.

Publicacion bimestral de la Sala Regional Monterrey del TEPJF

43


regresar al índice

En ese sentido, hay que precisar que

decidido continuar la implementación

el fin de las acciones afirmativas que

y operación de este tipo de acciones

se establecen a favor de las mujeres, y

afirmativas, pues con ellas se beneficia

de manera más específica, las cuotas

la participación de las mujeres en

en la postulación de candidaturas, así

la política del país, aunque con ello

como en los órganos de dirección de

pareciera

las autoridades electorales, consiste

del

en implementar medidas orientadas a

esta posible limitación se encuentra

dar un trato preferencial, hasta que se

justificada porque lo que se pretende es

alcance una participación más equitativa

un fin superior, que tiene relación con

de la mujer en la vida política del país. Es

la paridad de género en la participación

importante señalar, asimismo, que las

política. Entonces, se puede llegar a

acciones afirmativas son temporales y

una posible afectación de derechos de

concluirán una vez que se haya revertido

hombres por cuanto a que se les puede

la situación de desventaja para las

negar el registro a una candidatura o a

mujeres y se genera conciencia de la

un cargo de dirección partidista, en aras

importancia de la participación paritaria

de privilegiar la participación paritaria

de hombres y mujeres en los asuntos

en dichos espacios. Una vez que esa

públicos del país y, que una vez que se

finalidad se haya alcanzado, la acción

alcance ese fin, deberían desaparecer, ya

afirmativa concluirá.

que

género

se

limitan

opuesto.

Sin

derechos embargo,

que existirán las mismas oportunidades para todos y ningún sujeto tendrá interés

A

mayor

abundamiento,

no

pasa

o incentivos de romper dicho equilibrio.

desapercibido que lo que distingue radicalmente el trato preferencial de

No obstante que se genera un trato

las acciones afirmativas de la simple

preferencial, el Estado Mexicano ha

discriminación es que, a diferencia de

44 e-lectores


ésta, las acciones afirmativas pretenden

Dichas medidas revelan un carácter

realizar la igualdad en el terreno de los

compensatorio, corrector, reparador y

hechos, por lo tanto, es la consecución

defensor en beneficio de un sector de

de la igualdad la que justifica y exige

la población que históricamente, en el

un

respecto

plano político, se ubican en condiciones

Ronald Dworkin señala que una acción

de inferioridad, por lo que no pueden ser

afirmativa1 no resulta contraproducente,

consideradas como discriminatorias y

al contrario, parece tener un éxito

contrarias al principio de igualdad.

trato

preferencial.

Al

extraordinario y tampoco es injusta, ya Siguiendo con esa línea progresista

compromete ningún principio moral.

en favor de la paridad de género, recientemente

la

Sala

Superior

del

Por lo anterior, considero que, en nuestro

Tribunal Electoral del Poder Judicial de

sistema jurídico, es posible que una

la Federación al resolver el expediente

norma expresa o implícita incorpore

SUP-REC-7/2018, estimó que, de una

algún criterio de acción afirmativa o de

interpretación

discriminación positiva, con el objeto de

género, hay casos de excepción a la

atender otros principios constitucionales,

regla que establece que las fórmulas de

como es el caso de las cuestiones de

candidatos se integren por personas del

género en materia político-electoral y

mismo género, específicamente cuando

acceso a la representación política en

el propietario es hombre y la suplente

condiciones de igualdad.

mujer. En estos casos, la postulación de

1

En la obra “Virtud soberana, La teoría y la práctica de la igualdad” de Ronald Dworkin refiere el término “discriminación positiva”, que es el equivalente de acción afirmativa.

fórmulas

con

perspectiva

hombre-mujer

regresar al índice

que no viola ningún derecho individual ni

de

resultan

acordes con el fin constitucional que contempla la paridad de género, pues se

Publicacion bimestral de la Sala Regional Monterrey del TEPJF

45


maximiza la participación de la mujer,

mujer, está encaminada a posibilitar la

mediante la integración de fórmulas

mayor participación de las mujeres.

regresar al índice

de candidatos en las que la mujer puede ser suplente de un propietario

Tal lectura se traduce en mayores

hombre, pues si se diera el caso de

posibilidades para que la mujer acceda

que el candidato propietario resultara

a los cargos de representación, lo

electo y debiera dejar el cargo, entraría

cual constituye una política pública

al mismo una mujer, lo que potencia su

válida, aunado a esto, la disposición

derecho a integración de los órganos

controvertida no pugna con el principio

representativos del país.

de autoorganización de los partidos políticos previsto en los artículos 41 y

Lo anterior es así, si se tiene en cuenta

99 de la Constitución General, ya que la

que la participación política de las

disposición reglamentaria no establece

mujeres en condiciones de igualdad es

una

un derecho humano reconocido en las

inexcusable para los institutos políticos,

normas fundamentales; por ello, está

porque deja a la libertad de éstos y en

permitido a la autoridad tomar medidas

la definición de su estrategia política,

para buscar dicho fin.

determinar el género de la persona que

Máxime si se trata de la participación

fungirá como suplente cuando una

de una mujer como representante en

fórmula se encabece por un hombre

un órgano legislativo de una entidad

propietario.

obligación

de

cumplimiento

federativa, en atención a que la medida de permitir fórmulas mixtas hombre-

46 e-lectores

Así, la regulación que autoriza que


la fórmula hombre-mujer, maximiza

La norma combatida tiene por objeto

la participación de las mujeres en la

beneficiar al género femenino, al

postulación de las candidaturas, con lo

erigirse

cual, aumenta la posibilidad de que la

propicia

participación de las mujeres sea más

participación.

efectiva.

condiciones,

en

una

herramienta

mayores

condiciones

En si

la

las

que de

relatadas

regulación

del

principio de paridad y los criterios dictados por Sala Superior se han

de participación en beneficio de las

orientado a establecer mecanismos

mujeres, desde una perspectiva de

que maximizan el derecho de las

género, el lineamiento constituye un

mujeres en la participación política,

medio para alcanzar el fin buscado,

entonces, el lineamiento impugnado

más aún porque la pluralidad en las

se ajusta a Derecho al perseguir un fin

fórmulas de participación también

constitucional válido.

regresar al índice

Esto, porque al permitir más formas

propicia que haya un mayor espectro de mujeres que encuentren afinidad

Establecer

lo

opuesto,

hubiera

por una fórmula mixta y, con ello,

conculcado lo dispuesto por Tratados

se incentiva elevar los niveles de

Internacionales, haciendo nugatorio

participación de la mujer; es decir,

el derecho de participación de la

que, por sus intereses, las mujeres

ciudadana como suplente, por el sólo

elijan también participar en calidad de

hecho de ser mujer, situación que,

suplentes de un propietario hombre.

como se ha expresado, vulnera en todo sentido las acciones afirmativas

Publicacion bimestral de la Sala Regional Monterrey del TEPJF

47


dejando en un estado de desigualdad, pueda ser la suplente de una hombre en el producto

de

la

discriminación

que registro de fórmulas de cargos de elección

históricamente ha padecido este grupo

popular.

social. Alcanzar la paridad de género en la Además, la citada interpretación conforme

participación política en el país constituye

aquí dilucidada, se realizó en favor del aún un gran reto del proceso de desarrollo género femenino, pues de ser registrada democrático. y a la postre con un posible triunfo ciudadanía,

Corresponde autoridades

a y

todos, actores

electoral, abonaría que, en la integración políticos, velar porque este y otros rubros

regresar al índice

de los Congresos y Ayuntamientos, exista de potenciación de derechos políticos se una mayor representación de mujeres, consoliden en aras de una democracia lo cual, sin lugar a dudas, traería como consecuencia

inobjetable

el

más auténtica que no se limite al ámbito

avance electoral, sino, en términos del artículo 3

democrático, así como consolidación de de la Norma Fundamental, como un estilo la eliminación de toda violencia contra la de vida. mujer en el ámbito legislativo. No obstante, la implementación de dicho Cierto es que hay avances significativos criterio

en

los

procesos

electorales e

incontrovertibles

en

los

ámbitos

2017-2018, no podrá actualizarse en federal y de la mayoría de las entidades las normas reglamentarias en materia federativas, pero el reto de paridad de registros de candidaturas, ya que la subsiste y corresponde a todos continuar mayoría de los institutos electorales trabajando, desde nuestros respectivos locales, ya aprobaron en el ámbitos de su ámbitos, a que dichas aspiraciones se competencia las mismas, y ya sólo queda materialicen y permanezcan. la vía jurisdiccional para que una mujer

48 e-lectores


La complejidad en la aplicación de los bloques de competitividad en materia de paridad de género regresar al índice

En toda democracia, los principios de equidad de género e igualdad de oportunidades deben ser protegidos por las autoridades y, a su vez, observados por los institutos políticos, ya que en ambos casos se posibilita en un grado mayor la probable ocupación de curules en los congresos o cargos en ayuntamientos tanto por mujeres como por hombres. La paridad de género es un derecho reconocido de rango constitucional que tiene por objeto compensar el acceso de mujeres y hombres a los cargos de elección popular, en condiciones de igualdad y equidad.

Publicacion bimestral de la Sala Regional Monterrey del TEPJF

49


maría guadalupe gonzález jordán

regresar al índice

Consejera del Instituto Electoral del Estado de México

Desde luego, el grupo menos favorecido y excluido históricamente ha sido el de las mujeres, circunstancia que dio origen al principio de paridad de género, previsto en diversos tratados internacionales y en la Constitución mexicana. Tal postulado ha emergido contundentemente en los ámbitos político y electoral para facilitar y garantizar el registro de candidaturas de mujeres y hombres en iguales condiciones. De tal manera que los partidos políticos en su carácter de entidades de interés público,

son

50 e-lectores

el

puente

para

hacer

posible la participación política de las mujeres, así como su acceso a los cargos de elección popular, por lo cual se les debe exigir la inclusión del género femenino en un número más importante. Es vital que en pleno siglo XXI las condiciones de competencia paritaria se den certeramente, con el propósito de alcanzar la igualdad sustantiva en el ejercicio del poder público, en la toma de decisiones y en la representación social y política.

El principio de igualdad, entendido como un valor superior del sistema jurídico nacional, ha llevado a las autoridades a realizar acciones con perspectiva de género como el empleo del lenguaje incluyente, al tiempo de exigir a los


partidos políticos a utilizarlo en su

b) Son proporcionales, al exigírseles

propaganda política y electoral, con el

un equilibrio entre las medidas que

afán de neutralizar las prácticas de

se implementan con la acción y los

discriminación hacia la mujer y promover la

resultados por conseguir, y sin que se

igualdad entre este género y el masculino,

produzca una mayor desigualdad a la que

pues es un elemento inmanente al ser

pretende eliminar.

humano. c) Son razonables y objetivas, ya que deben En paralelo a la paridad de género, surgen

responder al interés de la colectividad a

las

partir de una situación de injusticia para

acciones

afirmativas

como

una

un sector determinado.1

situación de desventaja de las mujeres frente a los hombres en los cargos

En

públicos, las cuales buscan que el grupo

abaten

humano desfavorecido tenga un plano

prohibidas

de igualdad sustancial en todas las

antidiscriminatorias, porque protegen a

oportunidades que se presenten en el

grupos vulnerables y a sus integrantes,

sector

tales

gubernamental.

Las

acciones

concreto, las

dichas

categorías

acciones sospechosas

constitucionalmente.

como

mujeres,

Son

indígenas,

afirmativas tienen características propias

discapacitados, entre otros, y tienen un

muy bien definidas:

engranaje constitucional y convencional basado en el principio de igualdad

a) Son temporales, porque constituyen

material.

un medio cuya duración se encuentra condicionada al fin que se proponen.

El hecho es que las acciones afirmativas son una obligación del Estado, en tanto

Publicacion bimestral de la Sala Regional Monterrey del TEPJF

51

regresar al índice

medida compensatoria para revertir la


que están orientadas a dar existencia al

por ello se implementó otra acción

principio de igualdad. Tienen un objeto

afirmativa: los denominados bloques de

y un fin preponderante, en virtud de que

competitividad, los cuales surgieron a

buscan erradicar las situaciones de

partir de la problemática que presentaba

injusticia, desventaja o discriminación.

la postulación de mujeres en los distritos o municipios menos competitivos.

regresar al índice

Como claro ejemplo está la inmersión de la paridad de género vertical y horizontal

En torno a ello, el legislador federal

en el ámbito comicial. La primera de ellas

dispuso en la Ley General de Partidos

consiste en que los partidos políticos y

Políticos (artículo 3, párrafo 5), que en

las autoridades electorales aseguren que

ningún caso se admitirán criterios que

las listas o fórmulas de candidaturas

tengan como resultado que a alguno

se conformen en proporción de ambos

de los géneros le sean asignados

géneros, y la segunda dimensión tiene

exclusivamente aquellos distritos en

como eje verificar que el registro de

los que el partido haya obtenido los

candidaturas sea paritario en la totalidad

porcentajes de votación más bajos en el

de ayuntamientos que componen una

proceso electoral anterior. 2

entidad federativa, pues mediante esta

A pesar de que la norma general hace

vía, se protegen los derechos político-

referencia a alguno de los géneros,

electorales de las mujeres.

el verdadero espíritu del enunciado normativo es proteger al sector femenino,

Lo anterior, no ha sido suficiente para

dado

garantizar la inclusión paritaria de las

relegado a los distritos, demarcaciones

mujeres en los cargos de elección popular,

o municipios con menor posibilidad de

52 e-lectores

que

continuamente

ha

sido


triunfo.

ni los institutos electorales tienen claro cómo aplicar y desarrollar los bloques de

Esta acción antidemocrática trajo como

competitividad.

consecuencia que se tomaran medidas tendentes a garantizar que cualquier

Ante esta problemática, por ejemplo, el

mujer o grupo de mujeres candidatas sean

Instituto Electoral del Estado de México

postuladas en similares condiciones que

(IEEM) decidió solicitar, en lo individual,

los hombres, toda vez que el legislador

a los partidos políticos sus criterios

federal omitió especificar la manera en

para garantizar la paridad de género en

que se abatiría esa problemática.

la postulación de candidaturas hasta regresar al índice

antes de que iniciaran las precampañas, A partir del contenido del artículo 282

con el objeto de que sus bloques de

del

competitividad

Reglamento

de

Elecciones

del

se

apegaran

a

las

Instituto Nacional Electoral, se plantea la

especificaciones proporcionadas por la

conformación de bloques de competitividad

autoridad electoral, a fin de evitar prácticas

con el objetivo de garantizar posibilidades

fraudulentas.3

reales de participación, evitando que en cada distrito, demarcación o municipio

Al recibir la notificación de los criterios,

exista un sesgo evidente en contra de un

el organismo público se percató que

género.

las fuerzas políticas fueron poco claras respecto de la inclusión de la paridad

No

obstante,

tal

horizontal y la mayoría no adjuntó los

consigo

bloques de competitividad individualizados

dificultades en su materialización, ya que

y en coalición o en otro tipo de asociación,

en la realidad ni los partidos políticos

por lo que no se puede apreciar con

procedimiento

la ha

innovación traído

de

Publicacion bimestral de la Sala Regional Monterrey del TEPJF

53


precisión la inclusión de la mujer en el

ayuntamientos. De ahí que la interrogante

ámbito político, inclusive, solo un partido

es, ¿cuál distritación debe privilegiarse si

presentó los bloques de competitividad

son elecciones diferentes?

de manera individual, sin considerar la candidatura común que suscribió con otros

En mi opinión, y como relieve el Estado

dos partidos políticos.

de México, debe aplicarse la distritación

regresar al índice

utilizada en la elección del Ejecutivo A causa de lo anterior, el IEEM, a través de

Estatal del 2016, en razón de que es lo más

sus consejeros y consejeras, fijó una fecha

cercano y actualizado posible para calificar

límite para la presentación integral de los

objetivamente la fuerza que detenta cada

bloques de competitividad, a efecto de

partido político en las demarcaciones, lo cual

revisar el cumplimiento de las directrices

se apega a lo dispuesto en el Reglamento

reglamentarias.

para el Registro de Candidaturas a los distintos Cargos de Elección Popular del

Otra

situación

que

los

difícil

es

IEEM, ordenamiento que indica que los

fueron

bloques de competitividad son el resultado

nuevamente configurados por el Instituto

de la clasificación que deberán realizar los

Nacional Electoral, apenas en el año 2016,

partidos políticos, consistente en dividir en

circunstancia que no permite conocer la

tres partes iguales las demarcaciones en

verdadera fuerza electoral de los partidos

las que pretendan competir, considerando

políticos, en virtud de que esta redistritación,

al menos el porcentaje de la votación

en algunas entidades federativas, fue

obtenida por el partido político en la elección

utilizada en la elección de Gobernador, cuya

inmediata anterior de que se trate. 4

distritos

de

resolver

electorales

naturaleza dista considerablemente de la que conlleva las elecciones de diputados y

54 e-lectores

En esta parte resalta la frase “considerando


al menos el porcentaje de la votación

En el primero de ellos, la Sala Regional

obtenida por el partido político en la elección

Monterrey adujo principalmente que:

inmediata anterior de que se trate”, pues en a) La norma que debía prevalecer era la de

otra interpretación más que la gramatical,

los Lineamientos locales, en la medida que

que los comicios anteriores fueron los de

el artículo 278 del Reglamento de Elecciones

Gobernador. Por ello, en aras de maximizar

fue emitido por el Instituto Nacional Electoral,

la posibilidad de postulación de mujeres,

sin contar con facultades para tales efectos,

se prefiere sin ninguna duda el criterio

puesto que las reglas de paridad de género

manifestado, en virtud de que refleja con

deben emitirse de acuerdo al contexto de

mayor certeza la voluntad del electorado.

cada entidad federativa.

Otra cuestión a solucionar es la manera en

b) Es correcto verificar el cumplimiento de los

que las coaliciones y candidaturas comunes

requisitos de paridad, analizando de forma

(en el Estado de México) deben conformar

conjunta las postulaciones de un partido

los bloques de competitividad, si vistos

y de la coalición, pues las postulaciones

los partidos que las componen solo en lo

realizadas deben ser tomadas como un todo.

individual, tal cual lo dispone el artículo 278 del Reglamento de Elecciones, o bien, como

c) La coalición es un ente autónomo para

un todo, tal cual lo reguló en su artículo 10

efectos de postulación, su existencia refleja

de los Lineamientos de paridad de género

la voluntad de diversos partidos políticos de

el Instituto Electoral de Coahuila. Este

proponer una candidatura para una elección.

conflicto de criterios fue parte de una litis

Así las cosas, a efecto de verificar la paridad

en los órganos jurisdiccionales electorales

horizontal, resulta válido tener como un todo

federales, del cual emanaron los expedientes

a los partidos políticos, con independencia

SM-JRC-9/2017 y SUP-REC-1198/2017.

de que su participación fuera individual o

Publicacion bimestral de la Sala Regional Monterrey del TEPJF

55

regresar al índice

ella se aprecia, sin necesidad de acudir a


asociada, pues ello puede trascender en

cumplimiento de paridad, en particular, el

la materialización del principio de paridad,

contenido del artículo 278 del Reglamento

en la medida en que se realicen análisis

de Elecciones.

diferenciados sobre la forma en que se dará cumplimiento a dicho mandato de

b) Lo previsto en el artículo antes

postulación y a la participación efectiva

mencionado no se debe aplicar al caso

de la mujer en los procesos electivos.

concreto, toda vez que en la normativa

regresar al índice

electoral existe una regla o disposición d) La verificación del cumplimiento

aplicable a una hipótesis que permite

del principio de paridad se debe hacer

maximizar el derecho de las mujeres a

analizando

las

acceder a los cargos de elección popular.

postulaciones de cada partido coaligado

En todo caso, el ejercicio debió ser el de

con las candidaturas registradas bajo la

la aplicación de la norma más favorable

participación en coalición, es decir, no

(principio pro persona) y no el de

debe realizarse de forma aislada, sino

determinar la inexistencia de facultades

que ésta debe extenderse a todos los

del órgano nacional.

en

forma

conjunta

partidos que hayan participado de forma coaligada.

De lo expuesto se aprecia que la Sala Monterrey sostiene que en la paridad de

Por otro lado, la Sala Superior sostuvo lo

género y los bloques de competitividad es

siguiente:

adecuado revisar tanto las postulaciones de cada partido asociado en coalición

a)

La

Sala

Monterrey

determinó

como las de la coalición en lo general

indebidamente que el Consejo General

con

del INE carecía de facultades para

cumplimiento de la paridad horizontal y

establecer las reglas de verificación del

transversal. Solo de esa forma es posible

56 e-lectores

el

propósito

de

identificar

el


determinar si las cuotas de género son

constitucional, pues como ocurrió en

proporcionales.

Coahuila, hubo afectaciones a ambos géneros, es decir, en algunos bloques

Por otra parte, si bien la Sala Superior

había mayor número de mujeres y

no entró al estudio de esta postura, sí se

en otros mayor número de hombres

pudo identificar su criterio maximizador,

y en algunos, la planilla no estaba

en el sentido de que las coaliciones y

encabezaba por mujeres.

candidaturas comunes son un todo, lo En suma, el criterio rector emitido por

sesgos en todo un territorio, al tener

ambas Salas tiene por objeto proteger al

a cada candidatura en lo individual y

género femenino, porque obliga a cada

en conjunto como si se tratase de una

partido político en lo individual, aunque

totalidad.

vaya en coalición o en otro modelo de

regresar al índice

que permite repartir los espacios sin

asociación, a postular un porcentaje Con base en las sentencias citadas,

competitivo y proporcional de cada

respecto a los bloques de competitividad,

género, así como encabezar las planillas

se arriba a la conclusión de que se debe

con un mayor número de mujeres, dando

atender a las regulaciones locales antes

cumplimiento a la dimensión horizontal

de preferir lo establecido en el artículo

y a la transversalidad del principio de

278 del Reglamento de Elecciones, ya

paridad.

que de no acumular las candidaturas en lo individual a las de la coalición o,

En esta lógica, la implementación de los

en su caso, a la candidatura común,

bloques de competitividad, como una

se corre el riesgo de que los partidos

acción afirmativa, pretende coadyuvar

políticos incumplan con este mandato

al empoderamiento del sector femenino

Publicacion bimestral de la Sala Regional Monterrey del TEPJF

57


en la toma de decisiones públicas, sin embargo, lograr que se cristalice en las elecciones federales y locales, es una tarea compleja para las autoridades electorales, en virtud de que los criterios no son suficientemente exactos, por lo cual, las instituciones que organizan las

elecciones

y

los

participantes

(partidos políticos) estamos llamados a perfeccionarlos y a definirlos con mayor

regresar al índice

precisión.

Bibliografía Legislación 1) Ley General de Partidos Políticos. 2 2) Lineamientos a fin de garantizar la paridad de género en la postulación y registro de las y los candidatos que participarán en la elección de las y los integrantes de los ayuntamientos del Estado, para el proceso electoral 2016-2017, del Instituto Electoral de Coahuila. 3) Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral. 3, 4 4) Reglamento para el Registro de Candidaturas a los distintos Cargos de Elección Popular ante el Instituto Electoral del Estado de México. Tesis de jurisprudencia 1) Jurisprudencia 43/2014. ACCIONES AFIRMATIVAS. TIENEN SUSTENTO EN EL PRINCIPIO CONSTITUCIONAL Y CONVENCIONAL DE IGUALDAD MATERIAL. Gaceta de Jurisprudencia y Tesis en materia electoral, TRIFE, Año 7, Número 15, 2014, páginas 12 y 13. 2) Jurisprudencia 11/2015. ACCIONES AFIRMATIVAS. ELEMENTOS FUNDAMENTALES.

58 e-lectores

Gaceta de Jurisprudencia y Tesis en materia electoral, TRIFE, Año 8, Número 16, 2015, páginas 13, 14 y 15. 1 3) Jurisprudencia 7/2015. PARIDAD DE GÉNERO. DIMENSIONES DE SU CONTENIDO EN EL ORDEN MUNICIPAL. Gaceta de Jurisprudencia y Tesis en materia electoral, TRIFE, Año 8, Número 16, 2015, páginas 26 y 27. 4) Tesis XXVI/2015. PARIDAD DE GÉNERO. DEBE CUMPLIRSE EN LA POSTULACIÓN DE CANDIDATURAS PARA LA INTEGRACIÓN DE ÓRGANOS DE REPRESENTACIÓN. Gaceta de Jurisprudencia y Tesis en materia electoral, TRIFE, Año 8, Número 16, 2015, páginas 56 y 57. 5) Tesis IX/2016. CUOTA DE GÉNERO. DEBE OBSERVARSE EN LA INTEGRACIÓN DE LOS ÓRGANOS DIRECTIVOS PARTIDISTAS (NORMATIVA DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL). Gaceta de Jurisprudencia y Tesis en materia electoral, TRIFE, Año 9, Número 18, 2016, página 76. 6) Tesis XXI/2016. LENGUAJE INCLUYENTE. COMO ELEMENTO CONSUSTANCIAL DE LA PERSPECTIVA DE GÉNERO EN LA PROPAGANDA ELECTORAL. Gaceta de Jurisprudencia y Tesis en materia electoral, TRIFE, Año 9, Número 18, 2016, páginas 95 y 96. 7) Tesis LX/2016. PARIDAD DE GÉNERO. EN EL ÁMBITO MUNICIPAL DEBE SER ATENDIDA SIN DISTINGUIR ENTRE CANDIDATURAS POSTULADAS INDIVIDUALMENTE POR PARTIDOS O COALICIONES (LEGISLACIÓN DE QUERÉTARO). Gaceta de Jurisprudencia y Tesis en materia electoral, TRIFE, Año 9, Número 18, 2016, páginas 102 y 103. Sentencias 1) SM-JRC-9/2017 de la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. 2) SUP-REC-1198/2017 de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.


Fotografía obtenida del «Informe País Sobre la Calidad de la Ciudadanía en México», http://portalanterior.ine.mx/archivos2/s/DECEYEC/EducacionCivica/Resumen_Ejecutivo_23nov.pdf

LA CIUDADANÍA COnsPICUA

El buen ciudadano es aquel que no puede tolerar en su patria un poder que pretende hacerse superior a las leyes. Cicerón

Publicacion bimestral de la Sala Regional Monterrey del TEPJF

59


ramón hernández reyes

regresar al índice

Consejero Presidente del Instituto Electoral de Michoacán

Para ser una patria modelo

afirmación no se encuentra muy distante

se debe empezar por buscar

de la realidad. Para que exista un país a la

el perfeccionamiento de los

altura de las exigencias de la ciudadanía

ciudadanos; no podemos advertir

ésta debe primeramente demostrar con

una nación desarrollada si su

hechos –y no sólo con palabras– que

sociedad no está a la par. Esto

merece tener un Estado que responda a las

también nos lleva a pensar que

circunstancias y compromisos sociales.

para que la ciudadanía se encuentre a la altura de las circunstancias

Por tanto, es indispensable la construcción

debe resolver en primer orden los

de ciudadanía, la cual no se puede concebir

problemas que tiene en su entorno,

si no es sobre bases sólidas de educación

y para que esto suceda también

cívica. No podemos imaginar un país

debe contar con un amor profundo

desarrollado si no se ha inculcado en la

hacia su país.

sociedad el amor a la patria que se refleja en el respeto a las leyes, a las instituciones,

¿Cómo queremos tener una gran nación

a sus gobiernos y a sus determinaciones;

si no tenemos grandes ciudadanos? El

el amor al lábaro patrio, conocer el himno

adagio común reza que “los ciudadanos

nacional y el nombre de cada uno de los

tienen el gobierno que se merecen”, y esta

estados de la República; asumir, en fin, la

60 e-lectores


práctica de la convivencia en común, la

que se realizó con base en la aplicación

solución colectiva de los problemas, así

de más de 11 000 entrevistas en toda la

como involucrarse en los problemas de la

República mexicana.

comunidad y saber resolverlos, además de ejercer la solidaridad y la participación

El citado Informe cuenta con varios

ciudadana.

indicadores importantes, pero sólo voy a citar tres que deben llamar mucho la

Al

respecto,

el

«Informe

Calidad de la Ciudadanía en que

México», es

un

instrumento elaborado

de

atención.

El

primero es que la

sociedad

no interés

regresar al índice

País Sobre la

“... sólo uno de diez ciudadanos intenta convencer a sus amigos de votar por algún candidato. Dicho en otras palabras, los ciudadanos tienen poco interés en los institutos políticos y desconocen a sus candidatos”.

tiene por

i n v o l u c ra r s e en

temas

de

política,

y menos en

manera conjunta por el Instituto Nacional

temas relacionados con los partidos

Electoral y El Colegio de México, pone a

políticos. El Informe arrojó que de los temas

disposición de la sociedad información

de interés de la sociedad se encuentra

objetiva, actualizada y relevante sobre

con un pírrico 11 por ciento el de los

valores, percepciones y prácticas de la

partidos políticos; es decir, prácticamente

ciudadanía en nuestro país. Se apoya en

un ciudadano de diez se interesa por

dos grandes ejes: una encuesta general de

los partidos políticos, y el problema se

la calidad de la ciudadanía en México y un

acentúa cuando se analiza la intervención

estudio sobre asociaciones ciudadanas,

del ciudadano en temas relacionados

Publicacion bimestral de la Sala Regional Monterrey del TEPJF

61


regresar al índice

con los procesos electorales: sólo uno

la inmensa mayoría desconoce otros

de diez ciudadanos intenta convencer a

mecanismos de participación ciudadana

sus amigos de votar por algún candidato.

como el plebiscito, el referéndum, el

Dicho en otras palabras, los ciudadanos

presupuesto participativo, el observatorio

tienen poco interés en los institutos

ciudadano y la iniciativa popular, entre

políticos y desconocen a sus candidatos.

otros.

El segundo aspecto

El tercer aspecto

relevante es que el

que

estudio

que

atención es que

porcentaje

los ciudadanos

para

arroja

un

mayoritario ciudadanía

de la

la

se

llama

la

involucran

única

poco en temas

forma de participación

relacionados

es el ejercicio del voto;

con el altruismo

es decir, para ellos el voto es la forma más

o el ser solidario. En este rubro se obtiene

elemental de participación política en una

un 55 por ciento; dicho en otras palabras,

sociedad democrática. Si bien tenemos

al ciudadano común le interesa poco

un índice de participación electoral que

ayudar a su prójimo. También el estudio

supera un poco más del 50 por ciento

revela que la ciudadanía se encuentra

de participación –lo cual no es motivo

comprometida con respetar las leyes

de orgullo en comparación con países

en un 53 por ciento; o sea: de diez

cuya ciudadanía ejerce este derecho

ciudadanos, cinco están convencidos de

con índices de más del 80 por ciento–

respetar las leyes y los otros cinco no.

el verdadero problema descansa en que

Es importante mencionar el Índice de

62 e-lectores


Desarrollo

Democrático

de

América

Latina 2015, elaborado por la Fundación

condicionamiento de las libertades por la inseguridad.

Konrad Adenauer Stiftung, referente al informe regional correspondiente a

En 2017 se llevaron a cabo diversos foros

la decimocuarta edición, que permite

al interior de la República con la finalidad

evaluar y medir comparativamente el

de construir un programa nacional de

desempeño del desarrollo democrático

educación cívica, comandado por el

en

Instituto Nacional Electoral, en el cual

dieciocho

países

de

América

Latina como Argentina, Chile, Uruguay,

participen

los

organismos

Paraguay, Brasil, Bolivia, Perú, Ecuador,

locales

Colombia, Venezuela, Panamá, Costa

civil y los principales sectores de la

Rica, Nicaragua, El Salvador, Honduras,

sociedad. Se pretende llevar a cabo

Guatemala, República Dominicana y

una política nacional en la que se

México.

incremente la calidad de la ciudadanía

electorales,

la

públicos sociedad regresar al índice

y su participación en temas de interés y En

el

mencionado

documento

se

problemáticas sociales.

advierte que en el rubro del respeto de los derechos políticos electorales y

Lo importante de esta tarea es que, con

las libertades civiles, las debilidades

base en indicadores como los señalados

en

observan

anteriormente, se diseñe una estrategia

primordialmente en el reducido voto de

tendiente a paliar la poca participación

adhesión política, en el poco respeto

ciudadana en temas de interés de la

de las libertades civiles y derechos

sociedad y, por ende, se incremente la

políticos, en la desconsideración a las

participación en el ejercicio de derechos

cuotas de género en el gobierno y en el

políticos electorales, el fortalecimiento

nuestro

país

se

Publicacion bimestral de la Sala Regional Monterrey del TEPJF

63


de las instituciones, el respeto a la ley y

solidaridad con los semejantes y la

la convivencia social, entre otros.

participación en temas de intereses

regresar al índice

colectivos, así como el ejercicio y A este ejercicio se ha convocado a la

potencialización

sociedad mexicana en pleno, por lo que

político-electorales, el respeto a los

es importante que cada uno de nosotros

resultados electorales, la participación

participemos no sólo en la denuncia de

en la elaboración de políticas públicas

aspectos que consideramos retrasan

transexenales y trianuales, el fomento

el desarrollo de nuestra democracia,

a la gobernabilidad y gobernanza, la

sino participando en la elaboración de

transparencia, la rendición de cuentas,

propuestas viables, pesables, medibles

el acceso a la información y el combate

y evaluables.

a la corrupción, entre otros.

Es

importante

resaltar

los

derechos

estas

Sólo así podremos iniciar el camino

propuestas tomen en consideración

correcto hacia una nueva democracia

aspectos

conciencia

que beneficie a toda la ciudadanía y que

ciudadana y creación de la ciudadanía

haga de todos nosotros ciudadanos

como los mencionados líneas arriba

conspicuos

relacionados con los símbolos patrios

engrandecimiento de este gran país que

y el orgullo de ser mexicano; el respeto

es México.

básicos

de

que

de

a las leyes y a las instituciones, la

64 e-lectores

que

contribuyan

al


MÉXICO

Y LAS CANDIDATURAS INDEPENDIENTES

Publicacion bimestral de la Sala Regional Monterrey del TEPJF

regresar al índice

El tema de las Candidaturas Independientes no es nuevo en nuestro país, la primera ola de reformas legales para regular las candidaturas independientes se dió siendo Presidente Felipe Adolfo de la Huerta Marcor, quien por primera vez utilizó el término de Candidatos Independientes,

65


ma. elena díaz rivera Magistrada del Tribunal Electoral del Estado de México

De la Huerta, fue presidente provisional de México desde

regresar al índice

el 1 de junio hasta el 30 de noviembre de 1920, al asumir el poder, Adolfo de la Huerta se propuso como tareas fundamentales reorganizar el gobierno, lograr la paz interna con actitud conciliadora hacia los grupos disidentes y la fuerza militar, convocó a elecciones generales para renovar los poderes ejecutivo y legislativo logrando además el día 7 de Julio de 1920 expedir el Decreto que reformó la Ley Electoral del 2 de julio de 1918.

66 e-lectores


Entre

las

modificaciones

más

constancia de haber votado, subscrita

importantes están el que las elecciones

por el Presidente y uno de los secretarios,

ya no se hicieran en forma simultánea

recogiéndole la credencial. En los Estados

para diputados y senadores al Congreso

donde no estuviera establecido el orden

de la Unión; se celebrarían el primer

Constitucional y hubiera desaparecido el

domingo del mes de agosto, mientras que

Poder Legislativo, la Primera Comisión

las de Presidente de la República se harían

el

primer

domingo del mes de septiembre. Los

y

políticos

candidatos

Independientes registrados, deberán sus

hacer

boletas

El México de ahora ha impulsado una serie de reformas constitucionales de gran trascendencia para el desarrollo del país, entre otras la político-electoral, enfocada a la participación de los ciudadanos dentro de nuestro sistema político.

y

Senado

computación

la de

los votos. Hecho esto,

hará

declaración

la de

haber sido electa la

persona

hubiere

que

obtenido

la mayoría de los votos

emitidos,

los candidatos y sus representantes

expidiéndole

entregarán

credencial. Sobre la legitimidad de esta

dichas

boletas

a

los

Presidentes Municipales.

credencial

la

haría

del

regresar al índice

partidos

Escrutadora

correspondiente

dictaminaría

la

Segunda

Comisión Escrutadora del Senado y la La credencial de elector formaría parte

Cámara calificará estas elecciones, como

del expediente electoral; además, tan

las de todos sus demás miembros, de

luego como uno de los secretarios haya

manera definitiva e inatacable.

anotado el nombre del elector en la lista respectiva con la palabra “voto”,

El México de ahora ha impulsado una serie

le entregaría para su resguardo la

de reformas constitucionales de gran

Publicacion bimestral de la Sala Regional Monterrey del TEPJF

67


regresar al índice

trascendencia para el desarrollo del país,

Esto es los candidatos independientes son

entre otras la político-electoral, enfocada

los ciudadanos postulantes a cargo de

a la participación de los ciudadanos dentro

un puesto político popular en los Estados

de nuestro sistema político. El 10 de febrero

Unidos Mexicanos, ya sea en el ámbito

de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la

Federal, Estatal o Municipal, y que éstos

Federación el decreto por el que se reforman,

no están afiliados o fueron postulados por

adicionan y derogan 29 artículos de la

un partido político en el país. Son también

Constitución Política de los Estados Unidos

conocidas como Candidaturas Ciudadanas,

Mexicanos en materia político-electoral.

consagradas en los artículos 35 fracción

En la que se integró la figura de candidatos

II y 116 fracción IV, inciso K) de nuestra

independientes y la iniciativa ciudadana en

Constitución Política de los Estados Unidos

materia legislativa (en los niveles federal y

Mexicanos.

estatal); Nuestra Carta Magna fue la primera en el mundo en incluir los derechos sociales.

La respuesta del Congreso de la Unión

Los derechos sociales son obligaciones

respecto

que el Estado tiene con la sociedad, como

participación política ha sido favorable

impartir y garantizar justicia educación y

ya que permite y fomenta esta figura de

salud, entre otros.

acceso a la participación de los ciudadanos

de

éste

nuevo

modelo

de

sin filiación partidista pero con aspiración Poco puede decirse, que no se conozca ya,

política.

acerca de los candidatos independientes, sabemos que los candidatos independientes

Es razonable que los Estados establezcan

son aquellos ciudadanos que se postulan a

barreras,

algún cargo de elección popular y que no

candidaturas

pertenecen a un partido político, con ello

no puede considerarse que las figuras

ejercen el derecho a ser votados.

jurídicas de partidos políticos y candidatos

68 e-lectores

o

modalidades

para

las

independientes,

ya

que


independientes sean equivalentes, pues

de la Ley Fundamental, los candidatos

tienen naturaleza y fines distintos. El

independientes

artículo 41 de la Constitución Federal, en

ciudadano para solicitar su registro

sus párrafos primero y segundo, dispone

como tales ante la autoridad electoral,

que los partidos políticos son entidades

siempre que cumplan con los requisitos,

de interés público, cuyo fin es promover

condiciones y términos establecidos

la participación del pueblo en la vida

en la legislación, pero sin adquirir la

democrática; contribuir

a

la

integración

de

los

de

órganos

política

y,

como

organizaciones de

ciudadanos,

hacer posible el acceso de estos al

ejercicio

poder de

del

independientes ejercen un derecho ciudadano para solicitar su registro ante la autoridad electoral, siempre que cumplan con los requisitos, condiciones y términos establecidos en la legislación, pero sin adquirir la permanencia que sí tiene un partido...

público,

acuerdo

con

un

derecho

permanencia que sí tiene un partido, la diferencia sustancial entre los candidatos regresar al índice

representación

...Los candidatos

ejercen

independientes y

los

partidos

políticos,

responde

a que lo últimos son actores

políticos

institucionalizados, esto

es

como

entidades de interés público, las cuales

los principios, programas e ideas que

conllevan responsabilidades mayores a la

postulan, mediante el sufragio universal,

participación política electoral a diferencia

libre, secreto y directo.

de los candidatos independientes que únicamente participan para un cargo

Por

su

parte,

de

acuerdo

con

lo

dispuesto en el artículo 35, fracción II,

especifico por un periodo determinado. Luego entonces los Congresos locales

Publicacion bimestral de la Sala Regional Monterrey del TEPJF

69


tienen una amplia libertad configurativa

requisitos para postular una Candidatura

para definir los requisitos que deben

Independiente.

cumplir quienes aspiren a postularse por esa los

vía, desde luego sin violar

principios

garantizando

regresar al índice

ciudadanos,

constitucionales

los

derechos

porque

vivimos

de en

y

Me queda claro, que nace una nueva generación del pensamiento, nuevas

los

ideologías

un

así

y

mismo

la el

reforma

sistema

electoral,

democrático

régimen federal como forma de gobierno

mexicano, se encuentra actualmente

del Estado Mexicano, a nuestra nación la

en una transformación debido a estas

protegen sus leyes contenidas en nuestra

recientes

Carta Magna y se prohíbe cualquier otra.

objetivo de ésta última, es fortalecer la

Por ende, La Nación Mexicana adopta

participación ciudadana, la democracia

para su gobierno la forma de República

real y no teórica que nuestra Constitución

Representativa

se

establece como forma de gobierno, y

deposita el Supremo Poder Ejecutivo de

con el cambio normativo que implica

la Federación en un solo individuo, que

estas reformas y nuevos pensamientos,

se denomina presidente de los Estados

se

Unidos

México,

oportunidades, inicia una nueva era

en su calidad de Estado Federal, tiene

para México en materia de elecciones,

reservadas determinadas facultades a las

en el cual permitirá al ciudadano la

entidades federativas, que conservan una

participación justa y equitativa de los

autonomía paralela del Poder Federal. En

beneficios del desarrollo económico y

esa tesitura al tener cada estado o cada

social así como el mejoramiento de los

entidad sus facultades y atribuciones

procesos electorales, consolidando la

propias, nuestra Constitución deja a las

vida democrática.

legislaturas locales la definición de los

Con algunas variaciones, en todos los

Popular

Mexicanos,

70 e-lectores

Federal,

nuestro

abren

reformas

las

electorales,

puertas

a

cuyo

nuevas


Estados de la República para ser

de elección en todas las Entidades

Candidato(a) Independiente se requiere:

se requiere de un número específico

1. Que

de firmas de apoyo ciudadano; la

se

emita

la

convocatoria

correspondiente;

Suprema Corte de Justicia de la

2. Que los ciudadanos interesados en

registrarse

presenten

manifestación por de

escrito las

su

que establecen la prelación de la

intención

primera manifestación de respaldo

órganos

ciudadano tienen el propósito de

electorales

acreditar, en forma fehaciente, que la

de ante

los

autoridades

correspondientes; 3. Para

ello

candidatura independiente alcanzó entre

el respaldo ciudadano suficiente

una

para participar en la elección con un

asociación civil y nombrar a un

mínimo de competitividad que haga

responsable de la administración de

previsible su posibilidad de triunfar

los recursos financieros;

y, consecuentemente, justifique que

constituir

4. Abrir una cuenta bancaria para recibir el financiamiento público y privado;

regresar al índice

otras

cuestiones,

deben,

Nación, ha sostenido que las normas

se eroguen recursos estatales a su favor; 7. Registrarse ante el Servicio de

5. El esquema de financiamiento es el siguiente: privado para la etapa de

Administración Tributaria (SAT); 8. Constancia de residencia expedida

la obtención del apoyo ciudadano,

por

y público para la etapa de las

precisando el tiempo de residencia

campañas;

en el domicilio;

6. Con diferencias en los porcentajes y el número de ciudadanos que

autoridad

competente,

9. Credencial para votar vigente; 10. Acta de nacimiento.

pueden obtener el registro por el tipo

Publicacion bimestral de la Sala Regional Monterrey del TEPJF

71


Los aspirantes que obtengan la de un sistema electoral solido que calidad de candidato independiente tenga su regulación permitiendo tienen acceso básicamente a las tener

procesos

electorales

de

mismas prerrogativas en todos los calidad, imparciales, transparentes, Estados, entre las más importantes con pleno respeto a los derechos se encuentran el acceso a tiempo humanos

y

a

las

garantías

en radio y televisión, así como al procesales; la no discriminación y financiamiento público.

el reconocimiento pleno al principio de igualdad, equidad de género,

Por lo tanto, de lo anterior se concluye

la seguridad y la certeza jurídica

regresar al índice

que los requisitos establecidos en constituyen, junto con otros aspectos la legislación local para acceder a sustantivos el punto de llegada de la un cargo de elección de candidato protección judicial de los derechos independiente

no

tienen

que

fundamentales

garantizando

los

corresponder con los establecidos procesos democráticos en el país. por la Constitución Federal. La Las Instituciones y las leyes son, por

coyuntura

electoral

es

la

oportunidad que tendrá México,

sí mismas los pilares fundamentales como un país que está dispuesto que sostienen a toda democracia al cambio y donde la esperanza y una garantía de espacio de la

estarán

depositando

participación, deliberación, decisión, candidaturas independientes. y si agregamos el funcionamiento

72 e-lectores

a

las


Ingresa al micrositio del Informe de Labores 2016 -2017 de la Sala Regional Monterrey:

regresar al Ă­ndice

http://sitios.te.gob.mx/informe_monterrey_2018/

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73


La Sala Regional Monterrey agradece las distinguidas aportaciones para esta ediciรณn http://sitios.te.gob.mx/srm salamonterrey@te.gob.mx


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