SUPREMA CORTE DEL ESTADO DE NUEVA YORK DISTRITO DE NUEVA YORK, SECCIÓN: 51 EL PUEBLO DEL ESTADO DE NUEVA YORK
SOLICITUD DE DESESTIMACIÓN
- contra -
Acusación No. 02526/2011
DOMINIQUE STRAUSS-KHAN,
RECIBIDO
Acusado.
OFICINA DEL SECRETARIO JUDICIAL AGOSTO 22, 2011 SUPREMA CORTE SECCIÓN PENAL DISTRITO DE NUEVA YORK SUMARIO
En nombre del pueblo, el Estado de Nueva York solicita la desestimación de la causa iniciada contra el acusado, tal como se la identifica supra, por los cargos de agresión sexual contra la denunciante, supuestamente ocurridos en un hotel del centro de Manhattan, el 14 de mayo de 2011. La naturaleza de los cargos exige que estemos en condiciones de demostrar con toda seguridad que el acusado realizó el acto sexual con la denunciante bajo coacción, y sin su consentimiento. Tras una profunda investigación, hemos arribado a que la prueba de dos elementos esenciales – el uso de la fuerza y la ausencia de consentimiento – únicamente reposaría en el testimonio de la supuesta víctima al momento del juicio. Las pruebas físicas, científicas, y otros medios de prueba, indican que el acusado ha realizado un precipitado acto sexual con la supuesta víctima, empero, las mismas no permiten concluir si el acto tuvo lugar bajo coacción y sin consentimiento. Aparte de la supuesta víctima y el acusado, no existe otro testigo del incidente. Sin lugar a duda alguna, en consecuencia, para que el jurado declare la culpabilidad del acusado, es necesario que esté convencido más allá de toda duda razonable, que la supuesta víctima es digna de confianza. En efecto, el caso se inicia y se agota, es decir, depende por completo de su testimonio. Al momento de la imputación, todas las pruebas disponibles nos llevaron a pensar que la supuesta víctima era fiable. No obstante, otros elementos recogidos durante la investigación nos hicieron dudar gravemente de su credibilidad en este caso. Que un individuo haya mentido en el pasado o cometido hechos punibles no necesariamente lo convierte en indigno de confianza y no impide que sea convocado al estrado de los testigos durante el juicio. Pero, sea cual fuera la realidad de los hechos del presente caso, la cantidad y naturaleza de las falsedades de la supuesta víctima nos impide dar fe a su
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