Beals vs Saldanha (SCC)

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CORTE SUPREMA DE CANADÁ Beals c. Saldanha, [2003] 3 R.C.S. 416, 2003 CSC 72 Geoffrey Saldanha, Leueen Saldanha y Dominic Thivy

Recurrentes

c. Frederick H. Beals III y Patricia A. Beals

Recurridos

Caratulada: Beals c. Saldanha Referencia neutra: 2003 CSC 72. N° de registro: 28829. Oída Febrero 20, 2003; Resuelta Diciembre 18, 2003. Presentes: La muy honorable magistrada presidenta McLachlin y los honorables magistrados Gonthier, Iacobucci, Major, Bastarache, Binnie, Arbour, LeBel y Deschamps. APELACIÓN PROVENIENTE DE LA CORTE DE APELACIONES DE ONTARIO Derecho internacional privado – Sentencias extranjeras – Ejecución – Acción intentada ante un tribunal del estado de Florida con relación a la venta de un terreno por una suma de US$ 8.000 – Sentencia del tribunal de Florida en ausencia de los demandados residentes en Ontario – Veredicto del jurado que acordó la suma de US$ 210.000 a título de daños y perjuicios y la de US$ 50.000 a título de indemnización punitoria – Contestación defectuosa de la acción por parte de los demandados de acuerdo a las leyes de Florida y el intento de anulación de dicho fallo por defecto o apelar la atribución de indemnización punitoria por parte del jurado – El criterio del “nexo real y sustancial” aplicable a la ejecución de sentencias de otras provincias, ¿debería igualmente aplicarse a las sentencias extranjeras? - ¿Se ha demostrado que el medio de defensa fundado en el fraude, el orden público o la justicia natural se aplica de manera a impedir a los tribunales canadienses ejecutar una sentencia extranjera? – ¿Viola el art. 7 de la Carta canadiense de los derechos y libertades la ejecución de una sentencia extranjera? Derecho constitucional – Carta de derechos – Justicia fundamental – El artículo 7 de la Carta canadiense de los derechos y libertades ¿puede proteger a un demandado canadiense contra la ejecución de una sentencia extranjera? Sentencias y resoluciones – Sentencias extranjeras – Ejecución – Reglas relativas al reconocimiento y a la ejecución de una sentencia extranjera por los tribunales canadienses – Naturaleza y alcance de los medios de defensa de los que dispone un deudor judicial. Los recurrentes, residentes en Ontario, vendieron a los recurridos un terreno vago situado en el Estado de Florida. Esta operación engendró un diferendo y, en 1986, los recurridos iniciaron, en Florida, juicios contra los recurrentes y otros demandados. Los recurrentes presentaron su defensa, pero escogieron no contestar a ninguna de las modificaciones subsecuentemente introducidas a esta acción. Según la ley de Florida, esta omisión equivale a no contestar la demanda. La falta de los recurrentes fue, seguidamente, constatada y éstos recibieron la notificación de una resolución que un proceso ante un


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