NOTA: Cuando sea posible, un sumario (nota al inicio) será agregado, como en el presente caso, al momento de la publicación del fallo. El sumario no forma parte de la sentencia de la Corte, pero es preparado por el Recopilador para conveniencia del lector. Véase United States v. Detroit Timber & Lumber Co., 200 U.S. 321 CORTE SUPREMA DE LOS ESTADOS UNIDOS Sumario HUSTLER MAGAZINE INC. ET AL. v. FALWELL, 485 U.S. 46 (1988) certiorari al tribunal federal de apelaciones para el cuarto circuito No. 86-1278. Alegatos Diciembre 2, 1987 – Fallo Febrero 24, 1988 El demandado, un ministro nacionalmente conocido, comentarista de asuntos públicos y políticos cursó acción por reparación de daños ante una Corte Federal de Distrito en contra de los actuales demandantes, una revista de circulación nacional y su editor, solicitando reparación por inter alia, calumnia y causación intencional de sufrimiento emocional a raíz de la publicación de un anuncio “parodia”, el cual, entre otras cosas presentaba una caricatura del demandado participando ebrio en un encuentro incestuoso con su madre en una letrina. El jurado falló en contra del ahora demandado en su demanda por calumnia, basando específicamente su razonamiento en que la parodia no pudo “ser razonablemente entendida como describiendo hechos actuales o eventos actuales en los que él [el actual demandado] haya participado”, empero, sí falló a su favor en la demanda por causación intencional de daño emocional, especificando que debería percibir indemnización compensatoria y punitoria por dichos daños. La Corte de Apelaciones dejó firme la sentencia recaída en primera instancia y rechazó el argumento de los hoy demandantes en el que afirmaban “que en estos casos la real malicia establecida en
New York Times Co. v. Sullivan, 376 U. S. 254, debe ser demostrada antes que el demandante [refiriéndose al actual demandado] pueda percibir reparación por daño emocional”. Rechazó también como irrelevante la demanda por calumnia, puesto que el jurado halló que la parodia no era descriptiva de hechos actuales, el anuncio era una opinión protegida por la 1ra Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos, empero, la Corte decidió que la edición constituyó una publicación lo suficientemente ultrajante como para constituir causación intencional de daño emocional.
Se sostiene: (a) Para proteger el libre flujo de las ideas y opiniones en materias de interés e incumbencia pública, la 1ra Enmienda y la 14ta Enmienda han prohibido que figuras públicas y funcionarios públicos puedan percibir reparación por agravio de
causación intencional de daño emocional a raíz de la publicación de una caricatura tonta como el anuncio parodia en la susodicha edición sin contener a más de la publicación un testimonio de hecho falso que haya sido realizado con real malicia, i. e., con conocimiento de que la afirmación era falsa o con omisión temeraria acerca de su veracidad o falsedad. (b) El interés del estado en proteger a figuras públicas de daño emocional no es suficiente para negar la protección para negar la protección de la 1ra Enmienda al discurso que sea parentalmente ofensivo y que pretenda infligir daño emocional cuando
este
discurso
no
pueda
ser
razonablemente
interpretado
como
testimoniando un hecho actual sobre esta figura pública. (c) Aquí el demandado es claramente una figura pública según la determinación de la 1ra Enmienda, y las cortes inferiores hallaron que la parodia no era razonablemente creíble para ser aceptada. (d) “Atroz” en el campo del discurso político y social tiene un inherente subjetivismo, y ello ha permitido al jurado imponer responsabilidad en base a pruebas u opiniones, o quizá sobre la base de sus disgustos personales respecto de una particular expresión, y ello no puede, consistentemente con la 1ra Enmienda, formarse una base para conceder reparación por daños a raíz de una conducta tonta como la aquí involucrada. Pp. 50-57. 797 F.2d 1270, revocado y reenviado. REHNQUIST, MP, redacta la opinión de la Corte, con adhesión de BRENNAN, MARSHALL, BLACKMUN, STEVENS, O’CONNOR e SCALIA, MM. WHITE, M, redacta una opinión concurrente con la mayoría. KENNEDY, M., no ha tomado parte en la consideración y decisión del presente caso. El señor Alan L. Isaacman ha planteado los argumentos del caso para los demandantes. Ha colaborado con su memorial el señor David O. Carson. El señor Norman Roy Grutman ha planteado los argumentos del caso para los demandados. Han colaborado con su memorial los señores Jeffrey H. Daichman y
Thomas V. Marino. Alegatos de los amicus curiae urgiendo revocación fueron presentadas: por la Fundación Americana por las Libertades Civiles de la Unión la señora Harriette K.
Dorsen y los señores John A. Powell y Steven R. Shapiro; por la Asociación Americana de Editoriales Caricaturistas los señores Roslyn A. Mazer y George Kaufmann; por la Asociación Americana de Editores Inc. el señor Bruce Rich; por Home Box Office Inc. los señores P. Cameron DeVore y Daniel M. Waggoner; por el Instituto de Derecho y Humanidades el señor Edward de Grazia; por el Comité de Reporteros para la
Libertad de Prensa la señora Jane E. Kirtley y los señores Richard M. Schmidt, David
Barr y J. Laurent Scharff; por Periódicos de Richmond Inc. los señores Alexander Welford, David C. Kohler, Rodney A. Smolla, William A. Niesse, Jeffrey S. Klein, Terry Maguire y Slade R. Metcalf; y por los Abogados Voluntarios para las Artes Inc. los señores Irwin Karp y I. Fred Koenisberg. EL MAGISTRADO PRESIDENTE REHNQUIST redacta la opinión de la Corte: El demandante Hustler Magazine Inc., es una revista de circulación nacional. El demandado Jerry Falwell es un ministro nacionalmente conocido, y ha sido activo comentarista de asuntos públicos y políticos, incoó acción de reparación de daños en contra de los actuales demandantes y a su editor Larry Flynt solicitando indemnización por daños derivados de invasión de privacidad, calumnia y causación intencional de daño emocional. El Juzgado Federal dictó un veredicto en contra de los mismos en el reclamo por invasión de privacidad y sometió los otros dos reclamos al conocimiento de un jurado. El mismo, no hizo lugar a la demanda por calumnia, empero, sí lo hizo respecto del reclamo por causación intencional de daño emocional y concedió la indemnización reclamada. Ahora, hemos de considerar si dicha concesión es consistente con la 1ra Enmienda y la 14ta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos. La portada interior del número de noviembre de 1983 de la revista Hustler presentó una “parodia” de un anuncio para el Licor Campari que contenía el nombre y una caricatura del demandado y titulado “Jerry Falwell habla de su primera vez”. Esta parodia fue modelada después del actual anuncio de Campari que incluyó entrevistas con varias celebridades sobre sus respectivas “primeras veces”. Si bien fue evidente, por el fin de cada entrevista, que esa muestra de la primera vez realizada para Campari, claramente encerraba un doble significado acerca de la expresión general “primera vez”. Copiando la forma y logo de dicho anuncio de Campari, los editores de Hustler escogieron al demandado y armaron una entrevista con el mismo, en la cual él afirmaba que su “primera vez” ocurrió cuando estaba ebrio en un encuentro incestuoso con su madre en una letrina. La parodia de Hustler retrataba al demandado y su madre como ebrios e inmorales, y sugería que el demandado es un hipócrita pues solo predica cuando él estaba ebrio. En letra pequeña en la parte inferior de la página, el anuncio contenía la aclaración “es una parodia - no lo tomen en serio”. El índice de la revista contenía también los anuncios como “Ficción; anuncios y parodias de personalidades”. Pronto, después que el número de noviembre de Hustler se haya hecho público, el demandado incoó acción de reparación en el Juzgado Federal para el Distrito Oeste de Virginia contra Hustler Magazine Inc., Larry C. Flynt, y Flynt Distributing Co. Inc. El demandado declaró en su protesta que la publicación de la parodia en Hustler le
otorgaba legitimación activa para solicitar indemnización por calumnia, invasión de privacidad y causación intencional de daño emocional. El caso fue elevado a juicio1. Al cierre de las pruebas, el Juzgado Federal concedió y dictó un veredicto a favor de los entonces demandantes por invasión de privacidad. El jurado falló en contra suya en la demanda por calumnia, especificando que la parodia no podía “ser razonablemente
entendida
como
describiendo
hechos
actuales
sobre
[el
demandado] o eventos actuales en los que [el] ha participado”. App. to Pet for Cert. C1. El jurado falló a favor de los entonces demandantes en la demanda por causación intencional de daño emocional, sin embargo, y estableció que debería percibir $100.000 como indemnización por daños y perjuicios, y también impuso $50.000 en concepto de indemnización punitoria a los actuales demandantes2. La moción de los entonces demandantes para un juicio con veredicto inamovible fue denegada. En la apelación, la Corte Federal de Apelaciones para el Cuarto Circuito confirmó el juicio en contra los actuales demandantes. Falwell v. Flynt, 797 F.2d 1270 (1986). La Corte rechazó el argumento de los demandantes de que “real malicia” establecida en New York Times Co. v. Sullivan, 376 U.S. 254, (1964), debe ser demostrada antes que el demandado pueda ser indemnizado por daño emocional. La Corte agregó que porque el demandado es admitidamente una figura pública, los entonces demandados “están al mismo nivel de protección de la 1ra Enmienda en la demanda por causación intencional de daño emocional que la que ellos recibieron en la demanda por calumnia”. 797 F.2d, al 1274. Pero esto no quiere decir que una aplicación literal de la regla de la real malicia es adecuada en el contexto del reclamo por daño emocional. En opinión de la Corte, la decisión del caso del New York Times enfatizó la importancia constitucional no de la falsedad de testimonio o de la indiferencia de los acusados por la verdad, pero de la intensidad del nivel de culpabilidad personificada en el requisito de “conocimiento… o temeridad” de la conducta. Aquí, la exigencia de New York Times v. Sullivan, 485 U.S. 46, es satisfecha por requerimiento de ley estatal, y el jurado halló que los entonces demandados actuaron intencional o temerariamente3.
1
Mientras el caso estaba pendiente el anuncio parodia fue publicado en Hustler por segunda vez.
2
El jurado no halló responsabilidad de parte de Flynt Distributing Co. Inc. En consecuencia no
toma parte en el presente recurso. 3
Bajo la Ley de Virginia, en una acción por causación intencional de daño emocional el accionante
debe demostrar que la conducta del acusado (1) es intencional o temeraria; (2) ofende a los parámetros generalmente aceptados de decencia y moralidad; (3) tiene relación causal con el daño emocional sufrido por el accionante; y (4) ha causado severo sufrimiento emocional. 797 F. 2d, al 1275, n. 4 (cit. Womack v. Eldridge, 215 Va. 338, 210 S. E. 2d 145 [1974]).
La Corte de Apelaciones entonces procedió a rechazar ese argumento porque el jurado halló que el anuncio parodia no describe hechos actuales sobre el hoy demandado, el anuncio fue una opinión protegida por la 1ra Enmienda. Como la Corte recalcó, el mismo fue “irrelevante”, con el tema es “si la publicación fue lo suficiente ultrajante como para constituir causación intencional de daño emocional” Íd., en 12764. Los entonces demandantes presentaron una moción solicitando que el caso sea oído nuevamente por el pleno, pero ello fue rechazado por una Corte dividida. Vista la importancia de las cuestiones constitucionales involucradas, concedemos la petición de revisión. Este caso nos presenta una nueva cuestión relacionada con las limitaciones de la 1ra Enmienda4 sobre la autoridad de Estado para proteger a sus ciudadanos de causación intencional de daño emocional. Nosotros debemos decidir si una figura pública puede percibir reparación por daños emocionales causados por la publicación de un anuncio parodia que resulte ofensivo para dicha persona, e indudablemente craso y repugnante a los ojos de la mayoría. El demandado podría hacernos encontrar que un Estado interesado en la protección de figuras públicas contra daño emocional es suficiente para denegar la protección de la 1ra Enmienda al discurso temerariamente ofensivo y cuyo objetivo intencional es causar un daño emocional, incluso cuando ese discurso no pueda ser razonablemente entendido como describiendo hechos actuales sobre la figura pública involucrada. Ello lo denegamos. A la cabeza de la 1ra Enmienda se halla el reconocimiento de la fundamental importancia del libre flujo de las ideas y opiniones en asuntos de interés e incumbencia públicos. “La libertad de expresión no es solamente un aspecto de la libertad individual -y así algo bueno en sí mismo- pero también es esencial para la búsqueda común de la verdad y la vitalidad de la sociedad como un todo”. Bose Corp
v. Consomers Union of the United States Inc., 466 U.S. 485 (1984). Por tanto, hemos sido particularmente vigilantes para asegurar que aquella expresión individual de ideas permanezca libre de la imposición gubernamental de sanciones. La 1ra Enmienda no reconoce tal cosa como una “falsa idea”. Gertz v. Roberts Welch Inc., 418 U.S. 323 (1974). Como ha escrito el Sr. Magistrado Holmes: “cuando el hombre ha pasado el tiempo realizando hechos conflictivos, ellos pueden creer, incluso más de lo que creen en los cimientos de su propia conducta, que el último buen deseo es llegar a la libre circulación de las ideas -que la mejor prueba de la verdad es la posibilidad de lograr que el pensamiento sea aceptado en sí mismo en competencia de mercado…”. Abrams v. United States, 250 U.S. 616 (1919) (opinión disidente).
4
La Corte de Apelaciones también rechazó otros argumentos de los entonces demandantes no
planteadas en dicha apelación.
La clase del robusto debate político animado por la 1ra Enmienda obliga a producir expresiones que son críticas de oficinas públicas o de sus figuras públicas quienes están “íntimamente involucradas en la resolución de importantes asuntos públicos o, por razón de su fama, determinan eventos en áreas concernientes a la sociedad en grande”. Associated Press v. Walker, resuelto conjuntamente con Curtis
Publishing Co. v. Butts, 388 U.S. 130 (1967) (el Sr. Magistrado Presidente Warren concurrió con el resultado). El Sr. Magistrado Frankfurter lo expuso sucintamente en
Baumgartner v. United States, 322 U.S. 665 (1944), cuando se dice que “una de las prerrogativas de los ciudadanos de los Estados Unidos es el derecho a criticar a los hombres y asuntos públicos”. Tal criticismo, inevitable, no será siempre razonable o moderado, las figuras públicas como los oficiales públicos estarán sujetos a los “vehementes, cáusticos, y muchas veces desagradablemente ácidos comentarios”.
New York Times, supra, 270. “El candidato quien se jacta de su impecable registro y de la honestidad de sus finanzas no puede gritar ‘Falso’ cuando un oponente o un aplicado periodista intenta demostrar lo contrario”. Monitor Patriot Co. v. Ro, 401 U.S. 265 (1971). Por supuesto, esto no quiere decir que alguna expresión sobre una figura pública es inmune a sanción en forma de indemnización. Desde New York Co. v. Sullivan, 376 U.S. 254 (1964), debemos considerar reglado que una figura pública puede llevar a un orador responsable por un daño causado a su reputación, por una publicación difamatoria que lo acuse falsamente de algo, pero únicamente si dicha declaración ha sido realizada “con conocimiento de su falsedad o con indiferencia temeraria de si la misma era falsa o no” a responder por ello (Íd., 279-280). Las declaraciones falsas de hechos son particularmente valoradas; ellas interfieren con la función de búsqueda de la verdad del mercado de ideas, y causan daño a la reputación de un individuo que no puede ser fácilmente reparada a través de una retractación, no obstante ser persuasiva o efectiva (Véase Gertz, 418 U.S. 340, 344, nº 9). Empero, incluso estas falsedades tienen un pequeño valor en y de ellas mismas, porque son “sin embargo, inevitables en el libre debate” (Íd. 340), y una regla que pudiera imponer estricta responsabilidad a un editor por afirmaciones fácticas falsas podría tener un indudable efecto “tranquilizante” sobre las expresiones relativas a figuras públicas, que tienen valor constitucional. “La libertad de expresión requiere espacio para ’respirar’”. Philadelphia Newpapers Inc. v. Hepps, 475 U.S. 254 (1986) (ello hace referencia a la cita de New York Times, supra, 272). Este espacio de respiración está dado por disposición constitucional y permite a las figuras públicas percibir reparación por injuria o difamación únicamente cuando pueden demostrar que la declaración era falsa y la misma ha sido realizada mediando el necesario nivel de culpabilidad. El demandado arguye, sin embargo, que un diferente estándar debería ser aplicado en el presente caso porque aquí el Estado busca prevenir no un daño a la reputación, sino una severa angustia emocional sufrida por la persona a quien hace referencia
una publicación ofensiva. Cf. Zacchini v. Scripps-Howard Broadcasting Co., 433 U.S. 562 (1977) en dicho caso fue reglado que el estándar de la “real malicia” no se aplica al agravio por apropiación de un derecho autoral). Según parecer del demandado, y según el de la Corte de Apelaciones, siempre que la publicación tenga intención de causar daño emocional, es ultrajante, y si de hecho inflige serio sufrimiento emocional, constitucionalmente no importa si la declaración era un hecho o una opinión, o si era falsa o verdadera. Es el intento de causar lo cual constituye el gravamen del agravio, y el interés del Estado en la prevención de daño emocional es sencillamente el hecho de que cualquier interés dañoso de un orador debe ser incluido en un discurso de este tipo. Generalmente hablando la ley no considera el intento de causar daño emocional como algo que debería recibir mucha atención, y es bastante comprensible que la mayoría de las jurisdicciones no han escogido hacer civilmente responsable a aquel cuya conducta en cuestión es lo suficiente “ultrajante”. Pero en el mundo del debate sobre cuestiones públicas, muchas cosas se han dado, con motivos que son menos que admirables, y son protegidas por la 1ra Enmienda. En Garrison v. Louisiana, 379 U.S. 64 (1964), hemos sostenido que incluso cuando el orador o escritor está motivado por odio o enfermedad su expresión se halla protegida por la 1ra Enmienda: El orador vendrá a inhibirse si debe correr el riesgo de que sea probado ante los Tribunales que ha hablado sin odio, pero, incluso si ha hablado con odio, las expresiones honestas creíbles contribuyen al libre intercambio de ideas y afirmaciones” (Íd. 73). Así mientras un mal motivo pueda ser estimado para controlar propósitos de la responsabilidad por daños en otras áreas de la ley, nosotros pensamos que la 1ra Enmienda prohíbe tal resultado en el área del debate sobre figuras públicas. Nosotros hemos tomado esto de manera diferente, allí donde pueda existir una pequeña duda para que los cartoonistas políticos pudieran ser sujetados a indemnizar por daños sin demostración alguna de que la falsedad de sus trabajos haya difamado a quien sea sujeto de ellos, se ha violado la 1ra Enmienda. Webster define a las caricaturas como: “la deliberada distorsión de la imagen o imitación de la persona, con estilo literario, etc. con exageración de sus facciones o modales para lograr un efecto satírico” (Webster. New Unabridged Twentieth Century Dictionary of the English Language, 275, 2d. ed., 1979). El atractivo de las caricaturas políticas frecuentemente radica en la explotación de la poca fortuna de los rasgos físicos o eventos políticos embarazosos -una explotación frecuentemente calculada para injuriar a los sentimientos del sujeto retratado. El arte de los cartoonistas a menudo no es razonado o verdadero, pero cortante y desigual. Un cartoonista expresa la naturaleza del arte en dicho trabajo: despreciable, ridículo y satírico; es menos
efectivo cuando intenta palmotear a algún político por la espalda. Es usualmente tan bienvenido como la picadura de una abeja y es siempre controversial en algunos lugares (Long. The Political Cartoon: Journalism’s Strongest Weapon. The Quill 5657, Nov. 1962). Varios famosos ejemplos de este tipo de discurso intencionalmente injuriante han sido presentados por Thomas Nast, probablemente el más grande cartoonista estadounidense hasta la fecha, quien se ha asociado por varios años durante la era de la posguerra Civil con la revista Harper’s Weekly. En las páginas de dicha publicación Nast presentó un gráfico vendetta contra William M. “Boss” Tweed y sus corruptos asociados en la Ciudad de Nueva York “Tweed Ring”. Describió a través de una historieta del sujeto como “un sostenido ataque que con esa pasión y eficacia resiste solo en la historia del arte gráfico norteamericano” (M. Keller. The Art and Politics of Thomas Nast, 177, 1968). Otro escritor explica que el suceso de Nast fue logrado “porque el impacto emocional de esa presentación continuamente va más allá de lo exigido por el buen gusto y las maneras convencionales” (C. Press. The Political Cartoon, 251, 1981). A pesar de su, algunas veces, cáustica naturaleza, desde temprano retratando a George Washington como un burro hasta el día de hoy, las descripciones gráficas y las caricaturas satíricas han jugado un prominente rol en el debate público y político. El castigo de Nast al Tweed Ring. La caracterización de Walt McDougall del banquete dado por el candidato presidencial James G. Blaine con los millonarios en el “Delmonico’s” como “El Banquete Real de Belshazzar”, y otros numerosos esfuerzos indudablemente han tenido un efecto en el curso y resultado en el debate contemporáneo. La altura de Lincoln y su postura delgaducha; los dientes y anteojos de Teddy Roosevelt; y la mandíbula prominente de Franklin D. Roosevelt y su portador de cigarrillos han sido inmortalizados por las caricaturas políticas con un efecto que no podría ser obtenido por el fotógrafo o el retratista artístico. Desde el punto de vista de la historia es claro que nuestro discurso político hubiera sido considerablemente más pobre sin ellos. El demandado sostiene, no obstante, que la caricatura en cuestión fue tan “ultrajante”
como
para
distinguirla
entre
las
demás
caricaturas
políticas
tradicionales. No hay duda que la caricatura del demandado y su madre publicada en Hustler es un primo distante de las caricaturas antes descriptas, y tiene una pobre relación con aquellas. Si ello fuera posible dejando de lado un principio establecido al separar el uno de los demás discursos públicos podría probablemente sufrir un daño pequeño o no. Empero, nosotros dudamos que haya algún estándar tal, y estamos bastante seguros que la descripción peyorativa “ultrajante” no suministra uno. “Ultrajantísimo” en el área del discurso político y social tiene un interés subjetivísimo sobre lo que permitiría a un jurado imponer responsabilidad de acuerdo sus propios gustos o puntos de vista, o quizá sobre la base de sus disgustos
sobre una particular expresión. Una habitualidad “ultrajantísma” así escapa lejos de nuestra antigua negativa a permitir daños y perjuicios porque el discurso en cuestión pueda tener un impacto emocional adverso en la audiencia. (Véase
N.A.A.C.P. v. Claiborne Hardware Co., 458 U.S. 886: “El discurso no pierde su carácter protegido… sencillamente porque pueda avergonzar a los demás o coaccionarlos en acción”). Y, como lo hemos dicho en FCC v. Pacifica Foundation, 438 U.S. 726 (1978): Su carácter ofensivo no es razón suficiente para suprimirlo. Ciertamente, si es la opinión del orador la que ofende, la consecuencia es la razón para acordar protección constitucional. Por ello es un principio central de la 1ra Enmienda que el Gobierno permanezca neutral en el mercado de las ideas (Íd. 745-746). Véase también Street v. New York, 394 U.S. 576 (1969): Es firmemente aceptado que… la expresión pública de las ideas no puede ser prohibida meramente porque las ideas son ofensivas en ellas mismas para algunos de sus oyentes. Es verdad que, estos repetidos principios de la 1ra Enmienda, como otros principios, están sujetos a limitaciones. Hemos reconocido en Pacifica Foundation, que el discurso que sea “vulgar, ofensivo y chocante no está legitimado para una absoluta protección constitucional en todas las circunstancias (438 U. S. 747)”. En Chaplinsky
v. New Hampshire, 315 U.S. 568 (1942), sostuvimos que un Estado podría legalmente castigar a un individuo por el uso de “palabras ofensivas e insultantes, por esas que por sus expresiones inflijan injuria o tiendan a incitar una inmediata ruptura de la paz” (Íd. 571-572). Estas limitaciones son, empero, reconocidas de la observación en Dun & Bradstreet Inc. v. Greenmoss Builders Inc., 472 U.S. 749 (1985), que esta Corte “desde hace mucho tiempo reconocido que no todo discurso es igual en importancia para la 1ra Enmienda”. Pero, la clase de expresión involucrada en este caso no nos parece gobernada por alguno de los principios generales de la 1ra Enmienda arriba establecidos. Concluimos que las figuras públicas y los oficiales públicos no pueden percibir indemnización por causación intencional de daño emocional por razón de publicaciones tales como la que aquí constituye el tema discutido, puesto que la publicación contenía una falsa declaración de un hecho que fue realizada con “real malicia”, i. e., con conocimiento que el mismo era falso o con indiferencia temeraria acerca de si era o no verdadero, puesto que la misma no puede ser razonablemente entendida como describiendo hechos actuales. Esta es no es meramente una ciega aplicación del estándar de New York Times (véase Time Inc. v. Hill, 385 U.S. 374 (1967), ello refleja nuestro considerado juicio que tal estándar es necesario para dar un adecuado “espacio de respiro” a las libertades protegidas por la 1ra Enmienda.
Aquí es claro que el demandado Falwell es una “figura pública” en palabras de la 1ra Enmienda5. El jurado falló en contra del hoy demandado en su demanda por injuria cuando decidió que el anuncio parodia publicado por Hustler no podría “ser razonablemente
entendido
como
describiendo
hechos
actuales
sobre
[el
demandado] o eventos actuales en los que él [el demandado] haya participado” (App. to Pet. for Cert. C1). La Corte de Apelaciones interpretó, al igual que el jurado, que el anuncio parodia “no era razonablemente creíble” (797 F. 2d, 1278), y de acuerdo a nuestra costumbre aceptamos esta decisión. El demandado es así relegado por el jurado en su demanda por causación intencional de daño emocional por conducta “ultrajante”. Pero, por las razones aquí establecidas su demanda no puede, en consonancia con la 1ra Enmienda, formarse una base para ser indemnizada por daños cuando la conducta en cuestión es una publicación de una caricatura tal como el anuncio parodia involucrado en el presente caso. El juicio de la Corte de Apelaciones no es como corresponde. Se revoca la Sentencia y se devuelven los autos para un nuevo pronunciamiento.
Así se ordena. EL MAGISTRADO KENNEDY no ha tomado parte en la consideración y decisión del presente caso.
William Rehnquist, Byron Raymond White, William J. Brennan Jr., Thurgood Marshall, Antonin Scalia, Harry A. Blackmun, John Paul Stevens, Sandra Day O’Connor. _____________________ EL MAGISTRADO WHITE, concurre con el resultado: Así como lo veo, la decisión del caso New York Times Co. v. Sullivan, 376 U.S. 254 (1964), tiene poco que ver con este caso, aquí el jurado halló que el anuncio no contenía afirmación o hecho. Pero, estoy de acuerdo con la Corte que el juicio de los Tribunales inferiores, que ha penalizado a la publicación por la parodia no puede ser acorde con la 1ra Enmienda.
Byron Raymond White.
5
Ninguna parte disputa esta conclusión. El demandado es el anfitrión de un programa televisivo
para en cadena nacional y fue el fundador y presidente de un organización política antiguamente conocida como Moral Majority. El mismo también fue el fundador de la Universidad de Liberty, Virginia, y autor de varios libros y publicaciones (Who’s Who’s in America. 44º ed. 1986-1987).