CORTE SUPREMA DE LOS ESTADOS UNIDOS WEST COAST HOTEL CO. v. PARRISH 300 U.S. 379 (1937) apelación contra un fallo de la corte suprema del estado de washington No. 293. Alegatos Diciembre 16-17, 1936 – Fallo Marzo 29, 1937 Sumario 1. La privación de la libertad de contratar está prohibida por la Constitución si se lo hace sin el debido proceso legal, empero la restricción o regulación de esta libertad sí resulta razonable en relación a su objetivo y en caso de ser adoptada para la protección de la comunidad contra los males que afectan a la salud, la seguridad, la moral y el bienestar el pueblo, pues se ajusta al debido proceso. P. 391. 2. Al regular la relación entre el empleador y el empleado, la Legislatura cuenta necesariamente con un amplio campo de discreción de manera a poder establecer una buena protección de la salud, la seguridad y que dicha paz y tal bien pueda ser promovido para asegurar la liberación de todas las condiciones laborales y la libertad contra la opresión. 3. El Estado tiene interés especial en la protección de las mujeres contra contratos de trabajo que establecen miserables condiciones de trabajo, largas jornadas laborales o salarios insuficientes que las dejen sin el apoyo adecuado y terminen por dañar su salud; pues (a) La salud de las mujeres está peculiarmente vinculada al vigor de la raza; (b) Las mujeres están especialmente expuestas a ser sobrecargadas y explotadas por empleadores inescrupulosos; y (c) Esta explotación y la denegación de un salario viable no solo va en detrimento de la salud y bienestar de las mujeres afectadas, sino que impone una carga directa a la comunidad que debe prestarle apoyo. Pp. 394, 398 et seq. 4. Se ha tomado nota en forma judicial de las demandas sin paralelo buscando protección que se han presentado durante el reciente período de depresión y cuya cantidad aún resulta alarmante a pesar del grado de recuperación económica que se ha verificado. P. 399.