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Certificaciones CVS

CAPÍTULO 04

Certificaciones Condominios de Vivienda Social

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PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS (D.S Nº27)

PROYECTOS PARA EL EQUIPAMIENTO COMUNITARIO (CAPÍTULO I)

PROYECTO CONDOMINIO SOCIAL 2000 Y SEDE SOCIAL (E.P FUNDACIÓN DE VIVIVIENDAS HPH CHILE) PROYECTOS PARA LA VIVIENDA (CAPÍTULO II) PROYECTOS PARA CONDOMINIOS DE VIVIENDA (CAPÍTULO III)

AMPLIACIÓN DE LA VIVIENDA EDIFICADA (E.P FUNDACIÓN DE VIVIVIENDAS HPH CHILE)

2018 1985

Figura 5 _Fotografía de Block con ampliación y block por ampliar ,de Roberto Corón para Fundación de Viviendas HPH Chile, 2022.

Proceso de postulación a proyectos, Certificaciones de Condominios de Vivienda social y Ley de Copropiedad

El proceso de certificaciones de los condominios de vivienda social es un proceso que la fundación realiza todos los años en diferentes CVS. La Fundación de Viviendas HPH Chile actúa como Entidad Patrocinante (EP) de la comunidad de copropietarios de estos condominios, para su postulación a Mejoramiento de Viviendas y Barrios del D.S. Nº27, donde se realizan proyectos atingentes al Capítulo I de equipamiento comunitario y al Capítulo III de ampliación de la vivienda en copropiedad y mejoramiento de bienes comunes.

Para la postulación de estos proyectos, se requiere una serie de pasos desde la capacidad de organización de la administración de los condominios hasta el trabajo de las entidades patrocinantes con Seremi, Minvu y Serviu.

El paso a paso de las postulaciones comienza donde la comunidad de copropietarios, por medio de una entidad patrocinante, realizan el proceso de Diagnóstico Constructivo, donde se ordenan las obras a realizar por prioridad mediante el juicio de la comunidad y los profesionales a cargo, y el Diagnóstico Socio-Jurídico, donde se identifica el trabajo a realizar con la organización, de acuerdo con la Ley de Copropiedad Vigente. Este punto es importante ya que la Ley de Copropiedad vigente hasta Mayo del presente año fue la Nº19.537; y actualmente se encuentra vigente la Ley de Copropiedad Nº21.442. Esta nueva ley tiene cambios que mejoran la interrelación entre los copropietarios y el funcionamiento de la administración de los condominios.

Entre estos cambios destaco en primera parte que se profesionaliza a los administradores de las copropiedades mediante el ‘registro nacional de administradores’, contando con exigencias mínimas de estudios, deberes y derechos para éstos, y en términos del cumplimiento de los reglamentos de copropiedad, los administradores pueden optar a sanciones más restrictivas que en la antigua ley. En segundo punto, se fortalece el apoyo público para los condominios de viviendas sociales en torno a las municipalidades, gobiernos regionales y Serviu, tema que podría mejorar la distribución de los recursos en prestaciones de asesoría para la población; y se crea la secretaría ejecutiva de condominios del Minvu, para atender a problemáticas específicas de las copropiedades tales como las propuestas de mejoramiento o ampliación. Y en tercer punto, se contemplan nuevas condiciones para la construcción de condominios, la cual debe considerar la integración del condominio a la trama vial de la ciudad, el tránsito de vehículos en el interior y el acceso a los bienes de uso público. Estos puntos principalmente para los CVS desde este año deben ser contemplados al identificar el trabajo que realizará la fundación en los condominios, por ejemplo, sobre el capítulo III de ampliaciones de vivienda y mejoramiento de los espacios comunes de la copropiedad.

Siguiendo con el paso a paso, luego de que la comunidad y la entidad patrocinante (EP) realizan los diagnósticos correspondientes, la EP presenta una serie de antecedentes a la Seremi para certificar la copropiedad como condominio objeto del programa ya mencionado. Con esto, posterior o mediante la resolución de la Seremi, la EP desarrolla el proyecto, la asesoría técnica y social, y define la empresa constructora.

Luego la EP ingresa la postulación del proyecto al Minvu, presenta los expedientes de proyectos habilitados en el Serviu para su revisión y calificación, y el Minvu asigna los subsidios correspondientes a proyectos que se encuentren calificados por el Serviu. Estos subsidios cuentan con un monto ya conocido y ajustado a los proyectos por la fundación, de acuerdo con las priorizaciones que se hayan calificado en el diagnóstico de cada condominio. Al obtener el subsidio, se aplica un rango de 12 meses para proyectos de Mejoramiento de Bienes Comunes, y 24 meses para proyectos de Ampliación de la vivienda en copropiedad.

De acuerdo con los procesos de postulación de proyectos de los que fui partícipe, algunos condominios que estaban en el plazo desde la asignación del subsidio de ampliación de viviendas en copropiedad hacia el desarrollo de proyectos se encontraban esperando la aprobación de petición de asignación directa de fondos. Este proceso se realiza de manera excepcional debido al aumento de precios de los materiales de construcción y mano de obra versus los montos subsidiarios que se han mantenido. Estos proyectos de ampliación corresponden a condominios de vivienda social en la comuna de La Florida, sector Los Quillayes, los cuales dentro del descontento de las familias se encuentran en el ojo de quienes nos interesamos por el desenlace que Serviu debe dar al tema.

Realizo una pausa aquí para comentar la importancia que tiene el conocer cómo funcionan estos procesos tras los muros y como se relacionan realmente las autoridades con las familias, ya que por lo que pude analizar, el trabajo

de la fundación como entidad patrocinante queda inconcluso sin esta asignación directa de fondos, de acuerdo al proyecto que se estima conveniente, y más aún, que con el paso de los años, se vuelve repetitivo el esfuerzo de certificar nuevamente los CVS para hacer válida la asignación del subsidio de ampliación que se vence cada dos años. Un problema de plazos, de diplomacia, pero que tiene a las familias años esperando una mejor calidad de vida sin siquiera poder re postular a otros subsidios habitacionales.

Como método de resumen, tal como se observa en el diagrama, los pasos a realizar para la postulación de proyectos con subsidios del D.S Nº27 son lineales; pero en la práctica esta linealidad se tergiversa interceptándose así pasos y plazos no originalmente contemplados.

LLAMADO del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios (Capítulo I y III

E.P. + CVS (Trabajo conjunto y reuniones)

DISEÑO DE PROYECTO (E.P.)

POSTULACIÓN (MINVU)

EXPEDIENTE DE PROYECTO (SERVIU)

ASIGNACIÓN DEL SUBSIDIO (MINVU)

PERMISO DE EDIFICACIÓN

OBRA + TRABAJOS DEL ÁREA TÉCNICA Y SOCIAL

RECEPCIÓN FINAL CERTIFICACIÓN CVS (SEREMI)

ASIGNACIÓN DIRECTA (MINVU)

Diagrama 2 _Procesos de postulación a proyectos, Aguilar V, 2022.

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