Revista ceres

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BoletĂ­n NÂş 5 ISSN 2027-1018

Colectivo Estudiantil de Responsabilidad Social


FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS DIRECCIÓN DE BIENESTAR DIRECCIÓN DE BIENESTAR UNIVERSITARIO PROGRAMA GESTIÓN DE PROYECTOS

REVISTA CERES

Colectivo Estudiantil de Responsabilidad Social Boletín Nº 5/ ISSN 2027-1018 El Colectivo Estudiantil de Responsabilidad Social (CERES) se creó en abril de 2007, como iniciativa de un grupo de estudiantes de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Colombia que reconoció la necesidad de integrar a la formación académica e intelectual del estudiante una línea de conocimiento que se preocupara por analizar las condiciones sociales, económicas y ambientales en las cuales se generan los avances y cambios que son desarrollados por las empresas en el marco del modelo económico actual. El tema de Responsabilidad Social Empresarial (R.S.E.) cobra importancia dadas las condiciones presentes en las que el mundo atraviesa, por fenómenos tales como: la globalización, la liberalización de mercados de capitales y financieros, la crisis ambiental impulsada por el modelo industrial de producción, los evidentes problemas de marcadas diferencias sociales (pobreza, desigualdad, violencia, etc.). En esa medida se presenta el modelo de R.S.E., el cual pretende dar respuesta a las problemáticas mencionadas de manera integral, tomando como sujeto de acción a la empresa. Ceres_fce@yahoo.es   facebook.com/ceres.fceunal   www.fce.unal.edu.co ir a: estudiantes/grupos de trabajo  RECTOR Ignacio Mantilla Prada VICERRECTOR, SEDE BOGOTÁ Diego Fernando Hernández

COMITÉ EDITORIAL Jenny Alexandra Cárdenas Vera / Cindy Lorena Casallas / Isis Franco Álvarez / Wendy Giselle Español Niño ORIENTACIÓN ACADÉMICA Mauricio Gómez Villegas Profesor Escuela de Administración de Empresas y Contaduría Pública INTEGRANTES DEL GRUPO Cindy Lorena Casallas Pulido / Isis Beatriz Franco Álvarez Jenny Alexandra Cárdenas Vera / Steven Pardo López Yuli marcela Suárez Rico / Wendy Giselle Español Niño CORRECCIÓN DE ESTILO Albalucía del Pilar Gutiérrez DISEÑO Y DIAGRAMACIÓN Nicole Calderón Castañeda PGP PORTADA Fotografía tomada por Cristhian Contreras y Nicole Calderón IMPRESO POR: Gracom, Gráficas Comerciales UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA Cra 45 No 26-85 Edificio Uriel Gutierrez Sede Bogotá www.unal.edu.co issuu.com/gestiondeproyectos

DIRECTOR BIENESTAR SEDE BOGOTÁ Oscar Oliveros Garay COORDINADORA PROGRAMA GESTIÓN DE PROYECTOS Elizabeth Moreno Dominguez COORDINADORA DE GRUPOS ESTUDIANTILES DE TRABAJO Andrea Fandiño DECANO FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Jose Guillermo García Izasa ASESOR DIRECCIÓN DE BIENESTAR FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Beethoven Herrera Valencia

Derechos de Autor y Licencia de distribución: Derechos de Autor y Licencia de distribución. (Ver http://co.creativecommons.org/tipos-de-licencias/). Atribución – No Comercial. El material creado puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. No se puede obtener ningún beneficio comercial. Los textos presentados en la siguiente publicación expresan la opinión de sus respectivos autores y la Universidad Nacional no se compromete directamente con la opinión que estos pueden suscitar.


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CONTENIDO


E ditorial

¿Por qué hablar de Responsabilidad Social? Porque debatir su verdadero significado es realmente importante. En la actualidad, es un tema del que muchos hablan, pero que pocos conocen. Es comúnmente utilizada como estrategia y para proporcionar valor a las entidades; sin embargo, es importante resaltar que generar valor no es su principal objetivo. La Responsabilidad Social (RS) debe ser entendida como un com-

promiso personal para devolver parte de lo que se ha tomado prestado de la naturaleza y la sociedad a los mismos. Es tener en cuenta que las transformaciones naturales y los cambios en las costumbres son resultado de los actos del ser humano, quien, como ser racional, ha tomado todo lo que tiene a su alcance para cubrir sus necesidades, y como resultado se tiene lo que percibimos hoy. Por lo tanto, es necesario que se apersone de las consecuen-

cias de sus actos. Muchos preguntan qué tiene que ver el Contador Público con la Responsabilidad Social. Pues bien, aunque es considerado un tema meramente empresarial, esto no es así. La RS hace parte de cualquier persona, independientemente de la profesión que tenga. Y, por supuesto, el Contador(a) Público(a) no se queda atrás: antes de ser profesional, es una persona, y como tal debe responder por sus actos a la naturaleza y la sociedad que habita. En este orden de ideas, desde abril de 2007, el Colectivo Estudiantil de Responsabilidad Social (CERES) viene estudiando el trasfondo de la RS, generando a cada uno de los integrantes una reflexión sobre su actuación como profesional y, sobre todo, como persona. Este grupo, iniciativa de estudiantes, ha venido creciendo tanto en conocimiento como en reflexión. Como muestra de ello, ha realizado anualmente cinco Encuentros de Responsabilidad So-

cial, varias conferencias en actividades como el Día del Contador y, por supuesto, los cuatro boletines que a la fecha se han publicado. Sin dejar atrás la labor de investigación de los integrantes del Colectivo, me complace invitarlos a leer cada uno de los siguientes escritos que comprenden el boletín No. 5 del Colectivo. Se inicia con el escrito de Mauricio Gómez Villegas, docente de la Escuela de Administración y Contaduría Pública de la Facultad de Ciencias Económicas: Responsabilidad Social Empresarial, ¿obligatoria o voluntaria? Luego, encontramos Enfoques de la Responsabilidad Social Empresarial, escrito por Cindy Lorena Casallas Pulido, integrante del Colectivo, el cual es una muestra de los enfoques estudiados por el grupo. A continuación está Limitaciones de la concepción económica de la empresa para el desarrollo de la Responsabilidad Social Empresarial, por Yuli

Marcela Suáre Rico, estudiante de maestría de administración e integrante del grupo. Le sigue Cooperativismo, su Responsabilidad Social y los Tratados de Libre Comercio, por Jenny Marcela Cárdenas Vera, el cual es el escrito de la Ponencia presentada en el I Simposio de Estudiantes y Egresados de Contaduría Pública realizado en mayo de 2012 por los grupos de estudio pertenecientes a la Facultad de Ciencias Económicas, estudiantes de Contaduría Pública. Y, finalmente, Fundamentos éticos de la regulación ambiental, de Steven Pardo López, el cual es una muestra de la parte ambiental que no debemos dejar pasar. Reiteramos día a día nuestro agradecimiento al profesor Mauricio Gómez Villegas por el apoyo brindado, quien, aunque hace algún tiempo se encuentra fuera del país, no ha dejado de apoyarnos y sigue motivándonos a continuar con el espacio de reflexión.


RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL ¿OBLIGATORIA O VOLUNTARIA? Mauricio Gómez Villegas Profesor Facultad de Ciencias Económicas Universidad Nacional de Colombia

Voy a intentar hacer un ejercicio un poco dialéctico, en el sentido de contraponer algunos de los argumentos que se han planteado, no significando con ello que no esté de acuerdo con algunos de tales argumentos, sino solo para que el pensamiento se ponga en movimiento. En esa línea, y debido a la condición que en este momento ostento 1, debo hacer esta lectura de George Steiner, que es un filósofo de origen francés radicado en los Estados Unidos y ensayista muy significativo: 1 Como Subcontador General de la Nación, en 2010.

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[…] el pensamiento no está bajo control aún durante el sueño y verosímilmente en los estados de inconsciencia la corriente fluye. Solo muy raras veces lo controlamos. El latido del pensamiento parece múltiple y dispuesto en muchos estratos, puede originarse en abismos somáticos y psicosomáticos, mucho más allá del alcance de la introspección. Es muy posiblemente un fenómeno pre-lingüístico (sic) un ímpetu de energías cíclicas anterior a toda expresión ejecutiva. Pero atrapados en la gran casa prisión del lenguaje no llegamos a ninguna idea plausible, mucho menos traducible, de cómo podría ser un pensamiento inexpresado o inexpresable (Steiner, 2007).


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¿Qué quiero significar con esto? Que el pensamiento no puede ser controlado nunca. A pesar de mi actual condición, creo que me han invitado a hablar en calidad de académico. Por ello voy a referirme con la libertad de ese pensamiento, así como nos invitaba el profesor Sanabria a pensar al revés, a pensar críticamente, a cambiar algunos de los cánones que compartimos. Quiero que entiendan que algunas de las cosas que voy a decir, la gran mayoría de ellas, buscan movilizar el pensamiento, antes que plantear argumentos de verdad basados en la autoridad. Es decir, no planteo la necesidad de regular la Responsabilidad Social Empresarial (RSE) porque en este momento detente una responsabilidad pública o estatal. Propondré tres tipos de argumentos, planteamientos históricos, políticos y filosóficos, para justificar la necesidad de regulación, de obligatoriedad de la Responsabilidad Social Empresarial. Con el fin de justificar estos argumentos, primero caracterizaré el estado actual de la situación socioeconómica e institucional, a partir de un simple caso. Considero que es un estado de crisis general más amplia, pero el espacio no me permitirá abundar en describir las múltiples crisis. A la vez, buscaré conversar con el panelista que me antecedió en el uso de la palabra, por medio de un ejercicio de dialéctica. Empezando el ejercicio dialéctico de contraargumentación, lo primero que tendría que señalarle, profesor Sanabria, es que tenemos que ser críticos, pero no solamente de las disciplinas económicas, sino también, y sobre todo, de las teorías económicas neoclásicas

y financieras que se han expandido para explicar no solamente el comportamiento económico, sino que ahora han colonizado otros campos del saber, de las ciencias sociales. Por ejemplo, uno podría decir: ¡para entender la empresa, estudiemos la sociología!, pero lo que hoy en día se termina estudiando son teorías sociológicas terriblemente neoclásicas y economicistas, como la teoría de la agencia y la teoría de los costos de transacción, que se nos venden como teorías institucionales de cuño sociológico (Perrow, 1992). O sea que el problema no radica en solamente movernos a otras disciplinas, sino también en descolonizarnos del economicismo, que incluso está en otras disciplinas: en la psicología, en la antropología, en la sociología. En ese sentido, valdría la pena que no neguemos la necesidad de estudiar el problema de la satisfacción de las necesidades humanas en un contexto de condiciones limitadas, es decir, el problema económico, sino que recontextualicemos y reconstruyamos las teorías que se hacen dominantes y que se vuelven sentido común, y que al volverse

lo que uno mismo piensa y tiene en la cabeza. Con esa antesala, he traído aquí unas fotos para ambientarnos sobre el problema de la responsabilidad social voluntaria, para caracterizar el estado actual del actuar empresarial globalizado. Hablaré de la empresa SCHUTZ. Una empresa colombiana que fue a la India a buscar un proveedor para el calzado. Ustedes ya saben que muchos de los zapatos que nos ponemos antes los fabricábamos y comprábamos de Bucaramanga. Pero ahora no, ahora vienen de China, otros de la India, otros de Brasil, en fin. La dinámica de tercerización ha llevado a que se produzcan allí con costos muy bajos, casi irrisorios. Esta empresa envió un funcionario que viajó a la India a buscar un proveedor, y miren lo que encontró.

sentido común están a prueba de todo discurso crítico, de todo debate, como lo son las teorías neoclásicas y, en este momento sobre todo, las teorías de la economía financiera. Por ello, la apertura al pensamiento implica romper el economicismo neoclásico, romper las fronteras de la economía y atreverse a dudar de

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Aquí están las zapaterías Catwalk, son fotos tomadas por la empresa. Muy bonito el local, parece el Centro Comercial Andino, que además es una réplica de los sueños de consumo en los países centrales del shopping. Los centros comerciales son prácticamente iguales en todo el mundo. Esto lo hace la mano invisible, como lo decía Adam Smith y lo plateaba el profesor Sanabria, que junto al proyecto de autorregulación consigue lo mejor de la calidad mediado por el mercado. Además, aquí nos van a decir «Hoy hay regulación de la Responsabilidad Social, es autorregulación, está regulado por la ISO, está regulado por la norma técnica de ICONTEC, o sea para que ustedes están pidiendo regulación, si ahí está, esto lo hace la gestión de calidad, etc.». Miren ustedes qué bonito las tiendas de las zapaterías Catwalk. Ahora, en las fotografías de la Imagen 3 pueden, verse las zapaterías de la marca Catwalk. Esto también lo hace la autorregulación y la lógica de mercado.

Desde luego, aquí también está el dueño de la fábrica y de los negocios (ver Imagen 4).

Como pueden ver ustedes, hay una «excelente» distribución del espacio, muy «bien» acoplada. La mejor es la Imagen 5: dos pisos para la línea de producción. Si se dan cuenta, en la imagen se ve que, para ganar espacio, estos empresarios indios hacen completamente suyos los planteamientos de Taylor: doble línea de montaje, arriba y abajo.

Finalmente, acá está el producto terminado de calidad regulado (ver Imagen 6), porque es para exportarlo de la India a otras partes, a otras empresas para quienes también hacen maquila.

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En ese contexto entonces creo que tenemos que comenzar a discutir qué tipo de regulación existe sobre Responsabilidad Social. El problema es que está soportada en uno de los paradigmas de las instituciones contemporáneas, como lo señalaban mis antecesores, y es la autorregulación del mercado. El capitalismo contemporáneo no habla de que no haya regulación, lo que pasa es que dice que esa regulación se da por la congruencia de múltiples fuerzas que hacen que la gente se regule, se autoregule. En ese sentido, profesor Sanabria, yo creo que hay que tener cuidado, porque mucho del pensamiento económico está afincado en posiciones éticas, la economía clásica estaba soportada en una concepción ética del hombre, de la sociedad y del rol que se debería jugar para organizar y asignar los recursos. Los primeros documentos de Adam Smith, son documentos de ética; eso quiere decir que la ida hacia la ética tampoco puede ser la solución en sí misma. El problema es ¿Cuál ética? ¿Una ética para qué? ¿Una ética para quiénes? ¿En qué contexto? Es decir, que tampoco solamente movernos hacia la ética, sino a una ética concreta, o a un conjunto de éticas particulares. Esto quiere decir que las instituciones sociales contemporáneas están basadas en una ética, no podemos decir que las empresas no tienen ética, tienen una ética; no podemos decir que el sistema financiero no tiene ética, tiene una ética. Lo que pasa es que es una ética terriblemente utilitarista, hedonista, esa es la ética que se nos impone cotidianamente. Es una ética que pone de nuestra parte un relacionamiento con la naturaleza y con los otros seres humanos complejos y que, en la mayoría de las ocasiones, nos lleva a las crisis que hoy tenemos. Por ello creo que lo que tenemos que señalar es que existe hoy una crisis de las instituciones sociales, tanto de las instituciones de mercado, como de las instituciones de derecho, de las instituciones culturales en general. Por supuesto, también hay una crisis de la autorregulación: la crisis financiera nos lo ha mostrado. Si usted tiene que autorregularse en un contexto donde las formas de pensar y los valores dominantes están tirados hacia un lado, hacia el hedonismo, el utilitarismo y el oportunismo, pues usted actúa de esa manera. Los agentes financieros que hicieron fraudes, que han «innovado», porque así lo llaman: innovación financiera, con esta cantidad de instrumentos financieros obscuros, poco claros, muy peligrosos, pues ellos están convencidos de que el éxito y su justificación en la vida (¡una postura ética!), es ganar en el corto plazo mucho dinero, están comprometidos con eso. Necesitamos un cambio de esa ética. Y yo plantearía que se requiere una regulación externa

más que una autorregulación en el campo de la Responsabilidad Social Empresarial por varias razones, sin con esto querer decir que esa es una condición suficiente, pero si es una condición necesaria para la reconstrucción de una Patria-Mundo (Morin,2010). Esto es condición para una metamorfosis que transforme la sociedad. El problema es que las estructuras institucionales de derecho han colapsado ante la globalización y la hegemonía del poder económico financiero. Por ello, las regulaciones e instrumentos «cuasi jurídicos» se han convertido en mecanismos bajo la disposición del poder financiero y han entonces desnaturalizado la lógica de la regulación externa, es decir, del derecho en las sociedades modernas que buscaba mediar el interés general, para evitar que la fuerza del más poderoso se impusiera (Carnelutti, 1999). En las sociedades modernas, el derecho se instauró para dominar al poder, y esto lo tienen claro personas tan conservadoras, incluso, como Joseph Ratzinger. En un muy famoso debate que sostuvo con Jurger Habermas, la cabeza viva de la escuela de Fráncfort, Razinger decía, a propósito de todo lo que vive el país:

[…] es tarea concreta de la política poner al poder bajo el escudo del derecho y regular así su recto uso. No debe regir el derecho del más fuerte, sino más bien la fuerza del derecho. El poder ejercido en el orden del derecho y a su servicio está en las antípodas de la violencia, entendida esta como poder sin derecho u opuesto él, de ahí que sea importante para cada sociedad que el derecho y su ordenamiento estén por encima de toda sospecha (Habermas y Ratzinger, 2008).

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Retomar el rol del derecho implica pensar de dónde debe provenir, porque cuando decimos que tenemos que regular a nivel estatal, estamos viendo lo que pasa en ocasiones en el país: que muchas normas no se expiden para dominar al poder, sino que son expresión del poder, que en este momento es el poder económico y, cada vez más, del poder financiero. Por consiguiente, lo que necesitamos es repensar un contexto de la regulación externa que ponga en cintura al poder económico-financiero. Porque en la autorregulación, todas estas normas, todos estos estándares internacionales que se suponen son técnicos y que emanan de organismos privados en todo el mundo, como las normas ISO, no son sino la materialización del interés del poder económico internacional, que vuelve su interés la norma. Ahora nos dicen que tales normas no necesitan ser del orden estatal o sujetas al escrutinio del soberano, del pueblo, sino que pueden (incluso dicen que deben) ser establecidas por los técnicos. Ahora con ISO26000, que está en discusión, lo que nos dicen es que ser socialmente responsables es solo un asunto técnico, no político. Y, sobre todo, que es mera voluntad, que es buena fe. El punto a discutir, en la misma línea de lo que plantea el profesor Sanabria, no es si la regulación externa es buena o mala. No hay duda de que es necesaria y es indispensable. Al respecto, Habermas, señala:

Por lo demás parto de la base de que la constitución del estado liberal tiene la suficiente capacidad para defender su necesidad de legitimación con autosuficiencia, es decir, recurriendo a las exigencias cognitivas de un conjunto de argumentos independiente de la tradición religiosa y metafísica […] en un estado democrático de derecho, una ley que hiciera del derecho al voto una la obligación, sería un elemento tan extraño como una solidaridad impuesta por la ley. Pero la ausencia de una ley que establezca el derecho al voto no es propio de una sociedad de derecho. En efecto, no basta con la regulación, pero sin ella no podíamos construir la base de interacción social (Habermas y Ratzinger, 2008).

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Y bien, con estos elementos intento decirles que entiendo conveniente la obligatoriedad de la Responsabilidad Social Empresarial, y para redondear mis ideas, voy a plantear tres argumentos, o tres tipos de argumentos, que pueden justificar esta conveniencia. ¿Por qué pienso que es conveniente regular la Responsabilidad Social Empresarial? Porque tenemos que hacernos tres preguntas base, que las empresas hoy deben ayudar a responder. Esas preguntas son, como lo diría Dennis Goulet (1999):

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¿Qué es la vida digna? Si el 80% de nuestro tiempo productivo lo pasamos en las empresas y eso constituye parte de nuestra vida, ellas tienen que participar en la búsqueda de respuesta (pienso en la dignidad de los trabajadores en India, por ejemplo, pero también acá en nuestro país).

¿Cuáles son los fundamentos de una vida en sociedad? Si las empresas son la célula básica de este sistema, y ellas han surgido para satisfacer los procesos sociales y de integración, ellas tienen que participar de esa respuesta.

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¿Qué postura deben adoptar los seres humanos frente a la naturaleza? Si las empresas son el ente por excelencia que promueve una interacción con la naturaleza, puesto que la usan y la degradan y haciendo esto generan nuestra forma de verla (como simples «recursos»), ellas tienen que participar de esa respuesta.

Por lo anterior, considero la importancia de regular en ese marco, a un nivel macro que, como mínimo, inicie por ser estatal. Para justificar mi apoyo a la regulación estatal de la RSE, voy a esgrimir brevemente los argumentos históricos, políticos y filosóficos.


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Quiero empezar por plantear los argumentos históricos. Sintetizaré algunos elementos de la conformación del derecho liberal. La construcción de los Estados-modernos y la consolidación de la democracia han sido procesos arduos y aún incompletos. Algunos hablan de que Colombia es la más antigua democracia del continente y todo lo demás, pero eso es más discurso que otra cosa. La democracia es un ideal que se va construyendo como civilización. Tiene problemas, por supuesto, pero este ideal es preferible y es la forma menos imperfecta, conocida hasta ahora, para organizar el gobierno de los Estados. Por ello, debemos defenderla y entenderla como un proceso, como una dinámica aún en construcción. Esto quiere decir que la democracia ni es una cosa en sí misma, ni es un estadio o situación particular, sino que es un proceso, un conjunto de etapas con sus dinámicas. Los derechos que hoy gozamos no son los mismos derechos de los que gozaron nuestros antepasados. Pensar en los derechos de tercera generación no hubiese sido posible sin primero incorporar en nuestras instituciones jurídicas y simbólicas los derechos humanos. Tampoco hubiese sido posible sin pensar en derechos como el de igualdad y de justicia, derechos centrales para pensar la economía política. Que quiero decir con esto, profesor Sanabria, que responsabilidad es igual a obligaciones (ser responsable es estar obligado), pero por otro lado es derecho. Y cuando hablamos de que hay derechos, debe haber un sujeto que se beneficie, que sea poseedor de esos derechos. Estos derechos promueven que la sociedad encuentre una identidad con ellos y los vuelva parte de la cultura. Los derechos de tercera generación deben defenderse como elementos de la cultura. El derecho a la educación y a la salud no puede simplemente borrarse. ¿De qué?, de una obligación. ¿De quién?, del Estado, y este como aparato que nos reúne a todos, pero que en ocasiones es dominado, raptado por algunos para sus fines particulares. En ese sentido, no podemos ver la Responsabilidad Social

solamente desde un lado, como una carga para la empresa, porque también es un derecho para la sociedad. Ya me referiré a esto cuando aborde finalmente los argumentos de cierre. Históricamente, la regulación ha evolucionado y eso ha permitido constituir mejor al Estado. Creo que es el momento de iniciar una regulación a las empresas que incluyan el rol de la Responsabilidad Social de una manera transversal. Esperaremos a que la evolución histórica, la que hemos visto en otros derechos y obligaciones, evolucione. Ahora voy a plantear algunos argumentos políticos que justifican la regulación estatal de la RSE, y aquí me voy a basar en Immanuel Wallerstein. Él plantea (2002) que la gran pelea que se vivió o que se ha vivido en la modernidad se dio entre tres visiones de la política: el liberalismo en el centro, el conservatismo, a la derecha, y el progresismo o lo que hemos entrado a llamar la izquierda. Esa pugna sobre la concepción del mundo y de la administración del poder, que es lo propio de la política, fue ganada por el liberalismo, y Wallerstein dice: «los conservadores

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quisiesen que nada cambiara. Los revolucionarios quisiésemos que todo cambiara ya. Pero los liberales ganaron la modernidad y nos dijeron: el cambio deberá ser gradual y ese cambio deberá estar basado en el aporte los expertos» (2002). Ese argumento político nos está diciendo que la gente que tiene una identidad progresista, en ocasiones quisiera entrar a unos cambios que no pueden darse hasta que no exista una confluencia de diferentes factores. Yo me considero progresista. Quizás no lo sea, pero en mi espíritu busco todo el tiempo serlo. Creo que el mundo ideal no tendría por qué estar regulado; yo sí quisiera una sociedad donde los niveles de consciencia, los niveles de comprensión de sí mismo y los niveles de identidad con los otros, la responsabilidad, fueran tan altos que no se necesitara de ninguna forma de heteroregulación (o exoregulación). Pero las condiciones materiales que se requieren para que esto se dé no las hemos alcanzado, no las tenemos. Y hay que tener cuidado, porque en ocasiones los progresistas terminamos asumiendo posturas conservadoras para evitar el ritmo, a veces más revolucionario, que los conservadores le imprimen al cambio (obviamente, al cambio que es retrógrado en esta época neoliberal). Yo pienso que si nosotros acordásemos la necesidad de plantear una regulación que exija a las empresas una Responsabilidad Social, estaríamos moviéndonos a una postura que entiende que el cambio debe ser gradual, pero que se necesita tomar acciones para promover mayores cambios. Y finalizo con los argumentos filosóficos para justificar una regulación de la RSE. Ustedes saben bien que entre los aportes de Kant, el más grande, dentro de muchos gigantescos, pero esto lo reconocen muchos teóricos de la filosofía política, es la noción de mayoría de edad. La noción de mayoría de edad en Kant ayuda en parte a establecer el límite entre la responsabilidad civil y la ausencia de responsabilidad. Pero Kant estaba viviendo, como bien lo señaló Foucault (1993), en una evaluación y contextualización al documento de Kant (2004), una época de ilustración. Una época de ilustración es aquel momento

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histórico en donde la libertad de pensamiento no solamente es permitida, sino promovida, porque la gente tiene la condición de «amoblar su cabeza» para pensar más allá; porque pensar no es lo mismo que reflexionar. Pensar implica cultura y cultura implica educación, y la educación implica condiciones materiales y muchas cosas más. Cada uno, claro, puede pensar lo que quiera, pero si nunca no pudo pasar por una escuela, o por un conjunto de autores, de reflexiones, si usted no se ha podido instalar en la cultura, pues imagínese usted lo que puede pensar. Adicionalmente, si no pudo contrastar lo que ha pensado con otros, con otras posibilidades, entonces esta forma no será pensamiento puro. Porque como lo señalaban algunos de los filósofos marxistas, el ser humano piensa como vive; eso no significa que solamente el conocimiento ilustrado valga la pena. Lo que sí significa es que para ejercer unos principios éticos universalistas, unos imperativos éticos, en el mejor sentido Kantiano de imperativo categórico, se necesita estar en un contexto de ilustración, y creo que esta sociedad, como lo he mostrado al inicio de mi presentación con el ejemplo de las empresas de zapatos, no tiene un contexto proclive a la ilustración. No se piensa en los otros. No hay muchos gerentes ilustrados en el sentido Kantiano. Muy pocos gerentes ilustrados hay en Colombia: está, por ejemplo, el rector de la Universidad Jorge Tadeo Lozano, José Fernando Isaza, que manejó la Compañía Colombiana Automotriz. Pero ¿cuántos gerentes ustedes conocen ilustrados, en el sentido de comprender el mundo, en el sentido de entender al otro? Por esta razón creo que los argumentos filosóficos que nos plantea Habermas, y que planteó Bauman sobre la crisis de valores, no dan para que la Responsabilidad Social Empresarial quede al libre albedrío. Porque para que el libre albedrío nos comprometa con la segunda formulación del imperativo categórico («Obra de tal modo que uses la humanidad, tanto en tu persona como en la de cualquier otro, siempre como un fin, y nunca solo como un medio») se necesita vivir en un tiempo de ilustración.


REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS Carnelutti, F. (1999). Cómo nace el derecho. Bogotá: Monografías Jurídicas. Foucault, M. (1993). Qu’est-ce que les Lumières? En: Magazine Littéraire 309. París. Goulet, D. (1999). Ética del Desarrollo. Madrid: IEPALA editorial. Habermas, J y Ratzinger, J. (2008). Entre razón y religión. Dialéctica de la secularización. México: Fondo de Cultura Económica. Kant, I. (2004). [1784] ¿Qué es la Ilustración? Buenos Aires: Alianza Editorial. Morin, E (2010). Elogio de la metamorfosis. Sección tribuna. El País, Madrid. Enero 17. Recuperado de: http://elpais.com/diario/2010/01/17/opinion/1263682813_850215.html Perrow, Ch. (1992). Sociología de las organizaciones. México: McGraw-Hill. Steiner, G. (2007). Diez (posibles) razones para la tristeza en el pensamiento. Siruela. Fondo de Cultura Económica. Wallerstein, I. (2002). Conocer el mundo, saber el mundo. México: Siglo XXI editores.


ENFOQUES DE LA RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL Cindy Lorena Casallas Pulido Contadora Pública Universidad Nacional de Colombia

RESUMEN

PALABRAS CLAVES Responsabilidad Social Empresarial, bienestar social, filantropía, compromiso social.

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¿Qué es la Responsabilidad Social Empresarial (RSE)? Pues bien, es un concepto proveniente de inicios del siglo XX. Surge con un sentido filantrópico y parte de la necesidad de brindar ayuda a terceros. Hoy, ¿debe aún considerarse con sentido filantrópico? Para responder este cuestionamiento se abordará la evolución del concepto de RSE, desarrollando brevemente las teorías que la fundamentan, hasta llegar a considerar el sentido de compromiso social y medioambiental que debe tener. A continuación se describirán los enfoques que se han instituido, para establecer cuál es el que deben tener en cuenta las empresas, con el fin de que esta deje de percibirse como una estrategia financiera. Se concluye que la RSE no es una simple moda, sino que es un compromiso social y medioambiental que debe nacer por iniciativa propia y no como una obligación.


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1. INTRODUCCIÓN A lo largo del tiempo los intereses de las personas van cambiando y con ello el mercado se va transformando. Es así como el nuevo mercado exige nueva información, esta se moldea para incidir en los diferentes interesados. Dado lo anterior, encontramos la Responsabilidad Social Empresarial (RSE en adelante) que nace como respuesta a la necesidad de brindar información demandada por la sociedad. La RSE brinda información de cómo está actuando la empresa y sobre el efecto que esta está generando en la sociedad. Adicional, la RSE es una respuesta a las constantes críticas de las prácticas empresariales (contaminación ambiental, condiciones laborales indignas, publicidad engañosa y abusiva, entre otras) y a los escándalos generados por el mal manejo de la información, como los casos de Enron, Worldcom y Parmalat. A la RSE se le han dado infinidad de definiciones, concepciones e interpretaciones. Se le ha considerado una moda pasajera, una solución paradigmática y hasta se lucran de su novedad. La creación y difusión de la RSE ha traído consigo la creación de normas, iniciativas, prácticas, e instrumentos (como la GRI, ISO 26000, AA1000, SA 8000, Global Compact, Libro Verde, entre otros) para concebir una aplicación homogénea. Las primeras formas de generarse las RSE se dan por medio de la filantropía, es decir, donativos voluntarios o caridad a los necesitados. Aunque este no es su fin último, sí puede considerarse como una muestra de RSE. Sin embargo, a pesar de ser la RSE mal interpretada mantiene su esencia de compromiso con la sociedad, ha pasado de ser considerada filantropía para convertirse en un compromiso social que inicia por una etapa de sensibilización.

2. EVOLUCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL El concepto de Responsabilidad Social Empresarial (RSE) surge en los años 50 y 60 en Estados Unidos, tras la necesidad de establecer políticas y prácticas relacionadas con la contribución de beneficio a la sociedad, como consecuencia a las constantes críticas a las prácticas y a las graves crisis presentadas por los malos manejos de la información. Sin embargo, el concepto tiene leves apariciones alrededor de los años 30 con sentido filantrópico, siempre está ligada a los donativos o al ofrecimiento de caridad a los necesitados. Las primera noción de responsabilidad de la empresa es la enunciada por Friedman quien considera que «en una economía libre, solo hay una única responsabilidad de los negocios: usar sus recursos e involucrarse en actividades direccionadas en aumentar sus ganancias siempre y cuando se mantenga en una competencia abierta y libre, sin decepción ni fraude» (Friedman, citado por Ariza et al, 2008, p. 16). Esta concepción de Friedman es totalmente económica, pues considera que la única responsabilidad de una empresa es velar por el aumento de los recursos de los accionistas. Noción defendida aún hoy día, por quienes desde la teoría neoliberal se resisten a generar la RSE. En el estudio de la RSE se encuentran seis eras o fases de evolución (Yepes, et al, 2007, p.88­107). Esas fases son:

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Fase precursora (1776­1990): Se concebía una empresa como responsable cuando utiliza de la mejor manera los recursos (producción eficiente), generando resultados positivos para los accionistas. Asume responsabilidad con los accionistas. No se conoce el concepto de RSE como tal, y mucho menos se tenía una concepción social de la empresa. La RSE se entiende como caridad, servicio y filantropía.

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Fase Filantrópica (1900­1950): Se admite la filantropía como el amor por la humanidad. La «filantropía empresarial se refiere a la acción gratuita y externa de la empresa, que tiene como beneficiario principal a una comunidad u organización» (Yepes et al, 2007, p.90). Se entiende que la organización brinda generosidad que «brota del amor» y se representa en el servicio brindado al apoyo de una persona humana. La filantropía se ha representado como una caridad teológica, pues es una muestra de servicio a los empleados, que luego se extendió a favorecer a los miembros desprotegidos de la comunidad en general por medio de donativos y ayudas económicas. Se toma la filantropía como la mejor forma de ganarse la fidelidad del público consumidor, por medio de precios bajos y atención al cliente (estrategia de mercadeo). Y como una administración de custodia, al ser el gobierno quien se encargaba de promover la actividad social, suscitando la economía y la protección social.

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Fase crítica (1950­1967). Esta fase de concientización define la RSE como «obligaciones de los hombres de negocios de perseguir políticas, plantear objetivos, tomar decisiones y seguir las líneas de acción deseables en términos de

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valores y necesidades de la sociedad» (Yepes et al, 2007, p.96).

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Fase de los problemas (1967­1973). Aquí se posiciona Friedman, quien argumentó que la RSE es una «doctrina subversiva que va en contra de los intereses de los accionistas» (Yepes et al, 2007, p.98). Planteando que la única responsabilidad de las empresas es la de utilizar los recursos y trabajar en el aumento de sus utilidades. Menciona que la responsabilidad social debe estar a cargo de otros estamentos sociales y no de la empresa.

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Fase del reconocimiento (1973­ 1980): Las empresas entran a ser consideradas como agentes éticos. Razonadas como «organizaciones que trabajan y construyen una ideología vinculada por valores, hábitos, con un carácter definido en su filosofía institucional que debe resultar legítima para la sociedad» (Yepes et al, 2007, p.101). Esta fase se caracteriza por una mezcla de obligaciones de gobierno y de la sensibilidad de la empresa.

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Fase de compromiso (198 0­ actualidad): Se da el proceso de concienciación por parte de las organizaciones y empresas, considerando propio y necesario el sentido de responder por su impacto a la comunidad

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en general. Se advierte un compromiso real con los grupos de interés de la empresa y resalta la RSE en ámbitos de la vida social, cultural, económica, política y medioambiental. Se conoce más información transparente de las prácticas empresariales. Esas seis fases se pueden reunir en tres. La primera es un compromiso de la empresa con los accionistas, donde su único fin es velar por los intereses de aquellos agentes dueños del capital. La sociedad es ajena a la empresa, pues solo importa la generación de utilidades. Aquí, las organizaciones dan unos pequeños impulsos a la sociedad brindando donativos y ayudas económicas sin ser conscientes de ello. Una segunda etapa sería aquella en la que se empieza a concebir una «sensibilización social» por parte de la empresa. Ya la empresa empieza a involucrar derechos humanos respecto a sus trabajadores y a la filantropía en sus políticas, precisada como donativos, con un fin estratégico y rentístico. Finalmente, encontramos una última muestra de RSE interpretada como la «actuación social de la empresa», en la cual se plantea que es «indispensable definir y consolidar un conjunto de principios que, más allá de la aceptación de la responsabilidad de la empresa, promueven su actuación permanente y

proactiva en sintonía con los intereses y exigencias de los stakeholders, incluso aquellos que no tienen capacidad para exigir nada a la empresa» (Ariza et al, 2008, p.18). Es un compromiso voluntario por reducir impactos tanto a la sociedad como al medioambiente, de no maltratar a sus empleados, de responder a los proveedores y de cumplir sus obligaciones con el gobierno.

3. RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL Considerando que la sociedad es la de alguna manera brinda los recursos para que las empresas desarrollen su actividad, y es ella misma la que soporta los resultados devastadores generados por multinacionales y grandes entidades, lo mínimo que las estas deben hacer es establecer políticas de buen gobierno, prácticas de conducta ética y proyectos responsables socialmente, y en mayor medida iniciativas de protección medioambiental. Entre estas responsabilidades se encuentran según Bestratén y Pujol (2004, p.2): - Servir a la sociedad con productos útiles y en condi- ciones justas. - Crear riqueza de la manera más eficaz posible y procurar la distribución equitativa de esta. - Respetar los derechos humanos con condiciones dignas de trabajo que favorezcan la seguridad y salud laboral, además del desarrollo humano y profesional de los trabajadores. - Gestionar la continuidad de la empresa y, si es posible, lograr un crecimiento razonable. - Respetar el medio ambiente evitando en lo posible cualquier tipo de contaminación, minimizando la generación de residuos y racionalizando el uso de los recursos naturales y energéticos. - Cumplir con rigor las leyes, reglamentos, normas y costumbres, respetando los legítimos contratos y compromisos adquiridos. Así la RSE «Se considera como un conjunto integral de políticas, prácticas y programas que se instrumentan en toda la gama de operaciones corporativas y en los procesos de toma de decisiones, y que significa poner en marcha un sistema de administración con procedimientos, controles y documentos.» (Ministerio de educación consultado en http://www.mineducacion. gov.co/). Se evidencia que la RSE debe ser incluida


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en la gestión de todas las empresas, reconstruyendo la planeación estratégica para que sea contenida en todos los procesos y prácticas empresariales. Expectativas de la sociedad, puesto que existe una relación contractual entre la sociedad y la empresa. Donde la sociedad necesita de la empresa y la empresa, para lograr su continuidad, necesita de la sociedad. La RSE es una asunción voluntaria de la empresa por su compromiso derivado de las acciones del mercado y la sociedad, así como del medio ambiente y el desarrollo humano. Además, supone una innovación y una ventaja competitiva. Las características propias de la RSE son: actitud pro­activa, políticas concretas, no identificada con la acción social, las cuales empiezan por la propia organización y su entorno (Francés, 2005, p.18­21). La definición brindada por el Banco Mundial (citado por Ariza et al, 2008, p.19) la RSE es «una serie de políticas y prácticas vinculadas a la relación con los actores sociales clave, con los valores, el cumplimiento de los requerimientos legales y el respecto a las personas, comunidades y al medio ambiente.» Por su parte, el World Business Council for Sustainable Development define la RSE como «la decisión de la empresa de contribuir al desarrollo sostenible, trabajando con los empleados, sus familias y la comunidad local, y también con la sociedad en su conjunto, para mejorar su calidad de vida» (World Business Council for Sustainable Development citado por Ariza et al, 2008, p.19). Esta definición muestra un sentido más propio con la sociedad, al comprometer a la empresa a responder ante todos los grupos de interés de la sociedad así como a aquellos no directamente afectados.

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Enfoque libertario: En este enfoque es representativo Friedman, el autor sostiene que la única responsabilidad existente es la maximización de utilidades para los accionistas. Se pretende utilizar fuerzas y recursos en pro de la maximización de utilidades.

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Enfoque Moral: La RSE se refiere a una obligación moral asumida voluntariamente por la empresa, en reconocimiento y satisfacción en las demandas de la sociedad o reparación de daños que pueda haber causado. Este enfoque está representado por tres sub­enfoques: de las decisiones y acciones que lleva a cabo frente a la comunidad.

2.1

4. ENFOQUES DE RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL Los enfoques de RSE están alineados en dos corrientes predominantes que son la económica y la social. Así, se tiene a un extremo la defensa del libre mercado y la mínima intervención del Estado, y al otro, a la empresa como un ente con compromiso social, procurando un mayor equilibrio económico, social y cultural. A continuación, se presentarán los enfoques de la RSE (Yepes et al, 2007) pasando desde el totalmente económico hasta un enfoque completamente social.

2.2

Moral orgánico­ mecanicista: Afirman que las empresas no pueden ser consideradas como miembros de una comunidad moral, ya que no poseen conciencia. Indican que la empresa es una creación humana y por ende los reclamos morales se deben hacer a los diseñadores de la empresa, quienes son los directamente responsables de los actos empresariales. Moral secundaria: Se alude a que las empresas llevan una actuación secundaria lo que la constituye como agente con moral secundaria, pero nunca como una agente moral autónomo. Su responsabilidad en las decisiones y acciones se le atribuye solo en cierto grado.

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3 67 Enfoque axiológico: Se considera que las empresas responsables moralmente toman decisiones fundamentales e irradian su bondad. Considerando que la «caridad empieza por casa», donde si cada empresa actúa respecto a sus valores y es una empresa excelente, contribuirá a la comunidad. Por su parte, también se considera que la empresa tiene una responsabilidad moral con todos y cada uno de los implicados en el proceso administrativo.

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Enfoque del «Self­ interest» o autointerés iluminado: Se considera que al tener políticas de RSE se obtiene como beneficio mayores ventas e incremento en el reconocimiento, es decir, una mejor imagen de la empresa. Desde este enfoque, se considera la RSE como una estrategia de mercado para lograr el éxito empresarial y la maximización de beneficios económicos (Francés, 2005, p.118). Frente a ello, cabe mencionar que se hace necesaria la inclusión de los medios de comunicación, divulgación y mercadeo para que la imagen de la empresa sea conocida por la comunidad en general.

Enfoque teológico­religioso: Se considera que las buenas prácticas empresariales de las personas que conforman la empresa podrán conducir al desarrollo de hábitos morales en toda la comunidad. La religión fundamenta la RSE en dos principios: caridad y custodia.

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Enfoque de los stakeholders: Las empresas deben cumplir con una responsabilidad con todos y cada uno de los grupos de interés, puesto que estos de alguna forma contribuyen a la generación de valor de la misma empresa. La entidad debe tener unas responsabilidades económicas, referentes a los directivos y accionistas; unas responsabilidades legales, con proveedores y empleados; unas responsabilidades éticas con competidores y clientes; y, finalmente, unas responsabilidades sociales y medioambientales. Enfoque institucional social: Se constituyen las empresas como centros de poder social y económico. Se define la empresa como institución social con responsabilidades sociales.


5. CONSIDERACIONES FINALES

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

La responsabilidad social empresarial no debe ir de la mano de la lógica del mercado, ya que su actuar y pensar van mucho más allá, como bien lo menciona Ariza et al (2008) la RSE es una respuesta al «Bienestar Social». Debe ser un compromiso voluntario adoptado por las empresas para responder moralmente por sus decisiones y actuaciones.

Ariza, D., Gómez, M. y León, E. (2008). Surgimiento, evolución y expansión de la responsabilidad social empresarial: una propuesta de comprensión crítica. Libro memorias VII Simposio nacional de

En consideración de todos los daños causados al medio ambiente y de la degradación de los derechos humanos, las organizaciones deben adoptar una conciencia reflexiva y empezar a reconocer sus actos. La RSE es un conjunto de políticas, prácticas e instrumentos empleados en conjunto por empleados, accionistas, proveedores y comunidad en general para velar por el desarrollo humano, por lo cual la RSE debe ser vinculada a todos los ámbitos de la empresa. En la evolución de la RSE, nos encontramos en un punto en el que las empresas han tomado dicha conciencia de la necesidad de su compromiso tanto con la sociedad como con el medioambiente y, por supuesto, con la vinculación de valores éticos y responsables en sus políticas. En ese sentido, la RSE ha dejado de ser considerada filantropía, sin dejar de realizar donativos, ya que su responsabilidad va más allá de la caridad humana. Es evidente la necesidad de un compromiso real y por ello es apropiado un enfoque de RSE referente a la moral. El enfoque moral encierra un conjunto de valores, a partir de los cuales se diseñan procesos y prácticas empresariales que permiten un mayor compromiso con la sociedad. «Lejos de ser una simple moda, la Responsabilidad Social Empresarial parece hacer parte estructural de la visión de mercado sobre el “Bienestar Social”.» (Ariza et Al, 2008, p.20).

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«El pensamiento económico dominante está varado de sentido. Parece más que nunca que se hace urgente el cambiar de razonamiento en materia de concepción y de conducta económica de las empresas, respecto a lo que enseñan las leyes más fundamentales de la física y de la ecología» Omar Aktouf. «La naturaleza de las grandes empresas es profundamente inhumana» Fridjof Capra.

LIMITACIONES DE LA CONCEPCIÓN ECONÓMICA DE LA EMPRESA PARA EL DESARROLLO DE LA RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL Yuli Marcela Suárez Rico Contadora Pública Estudiante Maestría en Administración Facultad de Ciencias Económicas Universidad Nacional de Colombia


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La empresa es una construcción social, obedece a una interpretación subjetiva de la realidad y, por tanto, constituye un fenómeno complejo y paradójico que puede ser entendido de maneras diferentes a partir de concepciones económicas, sociales, políticas e incluso culturales (Montoya, 2003, 64). Sin embargo, la interpretación dominante de la empresa está soportada en una concepción que la identifica como átomo primitivo de la economía, un agente indiferenciado, que interactúa con consumidores y oferentes de factores de producción también indiferenciados, en una economía de mercado (Putterman,16, 1994). Tal concepción es netamente mecanicista, ya que se preocupa principalmente por la eficiencia y la maximización de utilidades (Solis, 2008). Concibe al hombre desde la perspectiva racional del homo economicus: individuo que enfoca sus acciones en la maximización de una función de utilidad (Argandoña, 2007; Marzal, 1986), los neoclásicos y sus discípulos intentaron hacer de los seres humanos objetos mecánicos (Aktouf, 82, 2001). En ese sentido, y más allá de toda consideración moral o filantrópica, es la búsqueda de la ganancia individual, del beneficio propio, lo que lleva —de acuerdo con la célebre metáfora de Adam Smith sobre la mano invisible— a la satisfacción de las necesidades sociales y al bienestar colectivo (Solis, 2008, p. 238). Por tanto, este enfoque determinista reduce la realidad a un falso objetivismo, porque desconoce el ámbito social, ambiental y político que conforma y permite la existencia de la organización. Capra en el Punto Crucial (1998, p. 244) planteó que las consecuencias de esta falacia reduccionista se están haciendo degradablemente visibles: hay cada vez más choques entre las fuerzas económicas, que desgarran el tejido social y arruinan el entorno natural. La limitación impuesta por esta concepción hegemónica ha contribuido a reafirmar el debate por la ética de la empresa y la responsabilidad social empresarial, cuestionando los métodos a través de los cuales la empresa moderna se ha legitimado en la sociedad. Esto es, a través de la explotación de seres humanos y recursos naturales, contaminación, generación de pobreza e injusticia social, y subvaloración de la dignidad humana. Dicha

situación es evidente en el caso Colombiano. Un artículo de la revista Semana de agosto de 2011 refleja la responsabilidad de algunas empresas en el desplazamiento forzado, puntualmente muestra el caso de Chiquita Brands, Dole Food Company y las Empresas palmeras de Urabá. Además, en un artículo de esta misma revista de noviembre de 2011 el ex paramilitar Salvatore Mancuso ha declarado que directivos de Postobón y Bavaria tenían conocimiento de los pagos de estas empresas a los paramilitares para operar en regiones donde estos se encontraban. De acuerdo con lo anterior, y ante la clara imposibilidad de la empresa desde su concepción dominante para dar soluciones a las necesidades sociales y ambientales, es necesario preguntarse: ¿Qué concepciones de empresa son proclives a la Responsabilidad Social Empresarial? Una de las limitaciones planteadas por la concepción económica radica en la creencia de que la empresa como organización es creada para maximizar beneficios y para ello es preciso olvidarse de la ética o cumplir con la ética de mínimos, es decir, limitarse a cumplir con la legalidad y la sujeción a las leyes del mercado ( Cortina, 2000). Cuando la concepción que subyace la empresa es económica, la responsabilidad social empresarial termina contribuyendo a la obtención del fin último: maximización de utilidades a toda costa. Así fue planteado por el Premio Nobel de Economía Milton Friedman en 1970. En una etapa posterior, la RSE1, se tomó como una estrategia, impulsada por teóricos como Porter y Kramer, que pretende generar fidelidad de cliente a través de fachadas, sin considerar principios éticos. A partir de este enfoque la responsabilidad social empresarial se define como aquella que va más allá del mero cumplimiento de la normativa legal establecida y de la obtención de resultados exclusivamente económicos a corto plazo. Supone un planteamiento de tipo estratégico que afecta la toma de decisiones y las operaciones de toda la organización, creando valor en el largo plazo y contribuyendo significativamente a la obtención de ventajas competitivas duraderas (Asociación Española de Contabilidad y Administración de Empresas, AECA).

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RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL

Por el contrario, concepciones alternativas de empresa que reconocen a la misma como una construcción social que pertenece a un medio ambiente como sistema abierto y complejo y que involucran visiones ecológicas, humanistas y éticas pueden ser más proclives a practicar la Responsabilidad Social Empresarial en su verdadera expresión. Las concepciones alternativas de empresa han surgido por influencia de la sociología de las organizaciones, de la complejidad y de las corrientes humanistas y ambientales que buscan rescatar el sentido mismo de la vida como propósito principal para un desarrollo sustentable. La complejidad implica que la organización se desligue de la visión reduccionista para ser entendida como un entramado de relaciones de todo tipo: económico, social, político y ambiental (Morin, 1998), entendiendo desde esta perspectiva que la realidad que percibimos es una construcción a partir de los propios esquemas de distinción que manejamos como observadores y no esa entidad objetiva y absoluta (Velásquez, 2007, 131). Es imprescindible que la concepción de empresa cambie sustancialmente y para ello, debe comprenderse como una verdadera organización que no se reduce a la suma de sus miembros, que depende de su entorno para funcionar y que, por ello, debe asumir claras responsabilidades sociales y tomar decisiones morales (Cortina, 2000). Esto significa que deben repensarse profundamente los valores sobre los que está basada la misma: la acumulación, el crecimiento al infinito y la crematística ya no serán criterios de medición adecuados (Capra, 19998). El plano de la ética de virtudes se establece en el modelo antropológico de empresa, propendiendo

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por dinámicas de desarrollo de los individuos desde el interior de la organización a través de conductas transparentes que trasciendan en interés individual y reconozcan la condición humana de quienes en ella intervienen. Este tipo de modelo no puede ser evaluado en torno a una sola variable (beneficio). Requiere de consenso, acuerdo y diálogo; por tanto, en este modelo la Responsabilidad Social Empresarial es voluntaria, pero no discrecional: no aplicable a voluntad, sino con la obligatoriedad de la ética (Argandoña, 22, 2007). Uno de los ejemplos de tal concepción está dado por el modelo de gobernabilidad corporativa alemán. Su propuesta se fundamenta en la codeterminación de los trabajadores en los órganos de dirección de las empresas (Weiss, 46, 2003). Los trabajadores (quienes aportan uno de los elementos esenciales para la existencia de la empresa: la mano de obra y el capital intelectual) tienen el derecho de participar en los consejos de administración de las empresas, lo que ratifica la posibilidad de un interés colectivo a través del consenso y no de la jerarquía impuesta por el aporte de capital. No obstante, es necesario entender que no solo los seres humanos configuran el entramado del cual hace parte la empresa como organización, en concordancia con esto, algunos teóricos propenden por tomar concepciones más amplias que integren tanto lo antropológico, como lo ecológico. Esto puede ser visto a través de la teoría de los stakeholders, también conocida como la teoría del participante en la empresa que implica:

Dejar atrás la visión de la corporación como una entidad autónoma que se enfrenta a un ambiente externo que ha de controlar; una entidad que está estructurada en términos de jerarquías estrictas de poder y autoridad y en las cuales las actividades de la gerencia se expresan mejor en función de conflicto y competencia (Buchholz y Rosnthal; 2002, p. 381).

La concepción de empresa a partir de la complejidad reconoce la existencia de relaciones mutuas de la organización con el sistema, compuesto por naturaleza y sociedad, ambas representadas en el modelo propuesto de Edward Freeman (2007) que reconoce una serie de grupos que afectan o son afectados por el actuar de la organización. Algunos más cercanos a esta son caracterizados como clientes, empleados, proveedores, accio-


nistas- inversionistas y comunidades cercanas a la estructura física de la empresa. Los grupos de interés secundarios estarían representados por el gobierno, los competidores, los grupos de defensa del consumidor, los grupos activistas, la sociedad en general y el medio ambiente. En el marco de una concepción íntegra y ética de la empresa, se entiende que esta tendrá como función principal permitir el desarrollo, en términos de lo expresado por Amartya Sen (2000), este desarrollo es visto a partir de libertades, de mejoramiento de calidad de vida que equivale a satisfacción de necesidades y oportunidad de ejercer capacidades. En consecuencia, la Responsabilidad Social Empresarial no se evalúa a través de la función de utilidad ni se toma como ventaja competitiva. La RSE es entonces, la integración voluntaria, por parte de las empresas, de las preocupaciones sociales y medioambientales en sus operaciones comerciales y sus relaciones con sus interlocutores –stakeholders- ( Comisión Europea), es voluntaria pues la reflexión ética puede aplicarse a lugares donde el derecho no puede llegar (Cortina, 126, 2000).

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«CUALQUIER GRUPO O INDIVIDUO QUE PUEDA AFECTAR O SER AFECTADO POR EL LOGRO DE LOS PROPÓSITOS DE UNA CORPORACIÓN. STAKEHOLDERS INCLUYE A PROVEEDORES, CLIENTES, EMPLEADOS, ACCIONISTAS, BANCOS, AMBIENTALISTAS, GOBIERNO U OTROS GRUPOS QUE PUEDAN AYUDAR O DAÑAR A LA CORPORACIÓN.» FREEMAN EDWARD

Indudablemente, la aceptación de la empresa como construcción social requiere la comprensión de la misma a partir de diversas relaciones como un sistema abierto e interconectado, por lo que la concepción económica de la empresa es insuficiente para satisfacer las necesidades sociales y ambientales del entorno, debido a que tal modelo propende por una relación lineal, determinista y reduccionista que enfoca sus esfuerzos en la consecución del objetivo para uno de los actores que intervienen en la organización, invisibilizando los demás sin los cuales no sería posible la existencia de la empresa. Por tanto, concepciones alternativas que tengan en cuenta los actores fundamentales que afectan o son afectados por la empresa a través de una postura ética y del desarrollo, en términos de sustentabilidad son proclives a una verdadera Responsabilidad Social Empresarial que se fundamente en el interés colectivo más que en el individual.

Admitir la responsabilidad social corporativa implica reconocer, en primer lugar, que la empresa tiene, obligaciones que exceden la lógica del mercado (…), en segundo lugar reconocer que la empresa no es instrumento neutro al servicio de determinados intereses privados, sino que es una realidad social que responde al logro de determinadas tareas y objetivos sociales, de cuyo cumplimiento depende su legitimidad. La obtención de beneficios puede que sea la motivación y el objetivo principal para aquellos actores que adoptan un riesgo comercial, pero no es el propósito de la empresa.(García Marzá, 167, 2004)

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«No es sino un modo en que el hombre pueda poseer toda la felicidad que su naturaleza puede poseer, a través de la unión y la cooperación de todos en beneficio de cada uno.» Robert Owen

COOPERATIVISMO, SU RESPONSABILIDAD SOCIAL Y LOS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO 1

Jenny Alexandra Cárdenas Vera Contadora Pública Universidad Nacional de Colombia

RESUMEN El cooperativismo existe gracias a las personas que lo hacen posible, es así como se construye un concepto que es depurado con el tiempo. Nuestra sociedad lo ha apropiado al estudiar su evolución y desarrollo en un contexto económico, político y social cambiante. De igual manera, sin dejar de lado el principio de cooperación basado en la responsabilidad social, como factor invaluable que sustenta, en parte, su razón de ser.

PALABRAS CLAVES Cooperativismo, Tratados de Libre Comercio, economía solidaria, Responsabilidad Social, economía.

El contraste del cooperativismo versus la conceptualización de los TLC se pone a la orden del día para analizar sus implicaciones y evaluar de qué manera las negociaciones de acuerdos y la firma de los mismos transforman las estructuras sociales de cooperación que rigen en el país, así como su impacto directo sobre la responsabilidad social de las mismas. Esta aproximación deja la inquietud y abre las puertas hacia la reflexión, el estudio y el debate para la construcción del tema. 1. Artículo preparado para el I Simposio Nacional de Estudiantes y Egresados de Contaduría Pública. Jenny Alexandra Cárdenas Vera, egresada de Contaduría Pública. Universidad Nacional de Colombia, Facultad de Ciencias Económicas. 1Imagen tomada de http://nera-cooperativismo.blogspot.com/

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BOLETÍN CERES Nº 5

INTRODUCCIÓN En el marco de la economía internacional, los TLC y el cooperativismo parecen dos mundos independientes pero con elementos en común. Por un lado, el cooperativismo y su institucionalidad solidaria y, por el otro, el neoliberalismo como propulsor del capitalismo progresivo. El cooperativismo ha sido trabajado desde épocas remotas, por ejemplo, la conformación de bandadas para salir de cacería en busca de presas para comer, vemos como grupos de humanos primitivos son muestra de los vínculos asociativos que pueden establecerse para obtener beneficios mutuos. Por su parte, los Tratados de Libre Comercio son la parte práctica del concepto de competencia, negociación, libre mercado, todos estos provienen de la idea de cooperación entre individuos motivados por el ideal económico, aquello que los economistas clásicos como A. Smith, D. Ricardo, A. Marshall, entre otros, denominaron la racionalidad económica. El objetivo de este documento es hacer una apropiación conceptual del cooperativismo en el contexto colombiano, tomando como referencia el papel de la Responsabilidad Social como algo inherente a su función, contrastado con el impacto de los TLC que firmó el país recientemente y aquellos acuerdos que están en proceso de negociación. La ruta de desarrollo del tema se hará de la siguiente manera: primero, se presentará y analizará un breve concepto sobre el cooperativismo. Segundo, una breve reseña del cooperativismo en Colombia nos pondrá en contexto sobre su progreso en el país. Tercero, se estudiará puntualmente sobre el cooperativismo y su Responsabilidad Social. Cuarto, aproximación conceptual a los TLC como punto de referencia para percatar al lector sobre la importancia del tema. Quinto, en esta instancia se menciona qué acuerdos ha firmado el país y cuáles se encuentran en proyecto de negociación, con el fin de comprender la dimensión de los cambios que se avecinan para el sector solidario. Sexto, con el marco conceptual establecido, en este apartado se identifican los impactos que tienen los TLC sobre el cooperativismo y en especial sobre su función de R.S. Por último, la conclusión gira en torno a la importancia del tema y se espera propiciar la reflexión para que se genere un cooperativismo posTLC, reformado, competitivo y, sobre todo, más solidario.

EVOLUCIÓN DEL COOPERATIVISMO EN COLOMBIA El cooperativismo en el S. XXI es visto como:

El Cooperativismo es una doctrina socio­económica que promueve la organización de las personas para satisfacer de manera conjunta sus necesidades. El cooperativismo está presente en todos los países del mundo. Le da la oportunidad a los seres humanos de escasos recursos de tener una empresa de su propiedad junto a otras personas. Uno de los propósitos de este sistema es eliminar la explotación de las personas por individuos o empresas dedicados a obtener ganancias. (Pontificia Universidad Católica de Puerto Rico, s.f., párr. 1).

Concepto que es resultado de los cambios económicos, sociales, ambientales, culturales, manteniendo su esencia en el tiempo. La primera parte trata de integrar las necesidades comunes que tienen las personas en lo social y lo económico, factores que solo son visibles en el ambiente de una comunidad que comparte en forma generalizada sus modos de vida; preocupaciones sociales que solo son subsanadas con emprendimiento de acciones comunitarias que tienen como fin proveer por sus medios los bienes y servicios para su sostenimiento. El segundo elemento de importancia es el hecho de buscar la participación activa de una comunidad dentro de la copropiedad de una organización, ya que evita la acumulación de riqueza en condiciones de desigualdad e injusticia, lo que conlleva a clasificar al cooperativismo como una opción de bienestar para la sociedad.

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El tercer principio que motiva el cooperativismo esta visto desde un enfoque antropológico que explica la necesidad que tiene el hombre de subsistir en condiciones dignas que le permitan progreso a favor de todos, razón por la cual se convierte en un instrumento integral entre lo moral y lo racional del hombre, manteniendo las dimensiones sostenibles para la sociedad. Ahora bien, retroceder en el tiempo para conocer el desarrollo de la historia precolombina en nuestro país con respecto al cooperativismo nos lleva a entender la forma de trabajo cooperativo que tenían los Muiscas. Un ejemplo de ello, es el caso en que la tierra era un recurso común que les ofrecía oportunidades iguales a todos, de la cual se aprovechaban los frutos del trabajo para hacerla productiva y en beneficio de la comunidad (Fajardo Calderón, Cabal Cruz, & Donneys Beltran, 2008). Por supuesto, existía territorialidad, jurisdicciones que les daban a conocer a las comunidades hasta donde podían comprometer sus recursos para utilizarlos a su favor. Posteriormente, como llegó la época de la colonia, muchas de las instituciones de trabajo cooperativo se transformaron en nuevas formas como los resguardos, las encomiendas: figuras que fueron traídas por los europeos. En este periodo se puede decir que hubo un oscurantismo para el cooperativismo. Posteriormente, se despertó de nuevo el compromiso del pueblo colombiano, ya en otros tiempos el país empezó a trabajar progresivamente sobre el cooperativismo, desde el General Rafael Uribe Uribe, quien hacia 1911,

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buscó establecer el principio de que todo trabajador crea productos y generan bienestar, por el cual reciben lo que les corresponde, como lo menciona el historiador Mendoza (como se cita en Castillo, 2011). El cooperativismo se fundó por las necesidades crecientes de vivienda, consumo, ahorro y crédito. Posteriormente, la legitimación del cooperativismo se dio con la primera ley de cooperativas de Colombia, ley 134 de 1931, normativa que fue apoyada por representantes políticos tan importantes como Jorge Eliecer Gaitán y Mariano Ospina Pérez, como lo documenta Castillo (2011). Hacia 1975, se empezaron a formular las estrategias del sector cooperativista en el Plan Nacional de Desarrollo Cooperativo PLANDECOOP, donde se consolidaban los principios que encaminaban la economía solidaria. Ya iniciada la década de los noventa, se llegó a establecer que las organizaciones más representativas del sector solidario eran las cooperativas financieras. Sin embargo, con uno de los altibajos más significativos a finales de la década de los noventa, la crisis financiera más significativa del país, estancó en cierta medida el crecimiento del sector, dado que la confianza en sus instituciones financieras decayó. Pero como todo, en los ciclos de la economía y la sociedad, surgió

de nuevo la confianza en el cooperativismo. De la mano de los impulsadores de la económica solidaria, desde 2001 hasta la actualidad, el sector cooperativista se ha reconvertido, mejorado su estructura organizacional, financiera y recobrando la importancia en la responsabilidad social que les fundamenta (Castillo, 2011). Tanto así, que existe una participación proactiva de las organizaciones cooperativistas en los diversos eslabones de la economía, como lo son las entidades del sector salud, agropecuario, financiera, transporte, asegurador, trabajo asociado, educación, entre otras. Muestra de ello es el reciente artículo del diario Portafolio publicado en su página web, «Cooperativas del Huila apuestan por los ambientes escolares» del 28 de febrero de 2012, se crea una alianza estratégica para llevarle educación de calidad, en condiciones óptimas, a las poblaciones más vulnerables de la región. En el anexo No. 1 y 2 se presentan datos sobre el sector. Parte de este progreso está visualizado bajo el contexto de estrategia gubernamental y las


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personas que comparten las mismas necesidades y que se apoyan en su trabajo colaborativo para proveer de bienestar a la comunidad de asociados. Su visión se fundamenta en el trabajo por todos y para todos, haciendo que la institución que los integra sea sostenible de manera económica, social, ambiental y cultural.

expectativas que se tienen con las firmas de TLC, con el fin de insertar al país en los procesos económicos internacionales, para lo cual se prevén reformas constitucionales o promulgación de leyes para el sector cooperativo, como lo resalta el profesor Castillo, quien en su libro Políticas Publicas y Cooperativismo en Colombia (2011) hace alusión al tema.

COOPERATIVISMO Y RESPONSABILIDAD SOCIAL La Responsabilidad Social es un tema tratado en diferentes frentes, desde el sector público pasando por el sector privado para llegar al tercer sector, el de la economía solidaria. Se podría decir que las organizaciones del cooperativismo tiene una R.S. inherente, producto de la búsqueda del bienestar común, razón por la cual también merecen ser estudiadas desde el contexto actual como lo son las instituciones de los demás sectores. El profesor Elgue (como se cita en Bastidas, 2010) cree firmemente que las cooperativas están des-

tinadas a enfrentar problemas comunes, por lo cual sus asociados deciden reunir esfuerzos, así como asociar personas y no capital. Así mismo, las cooperativas buscan la proyección del hombre sobre la naturaleza para posibilitar su subsistencia, para satisfacer necesidades sin otras motivaciones, ya que se opera con valores de uso y no de cambio (en sentido económico). Las organizaciones del cooperativismo desarrollan actividades empresariales supeditadas a una necesidad no a una renta, por tal razón, son denominadas entidades de autoayuda, ya que se consideran de la gente para la gente. Para acertar en el desarrollo de su función social, las cooperativas deben enfocar sus recursos a la inversión social (Bastidas, 2010), buscando una rentabilidad social, considerada como la capacidad de producir impactos sociales, ya que pueden participar en el entorno social, cultural, ambiental, con recursos de gestión y de desarrollo característicos de su existencia. El profesor Bastidas (2010) transmite el tema desde el punto de vista basado en el precepto que determina la existencia de un ente cooperativista no como una institución de caridad, donde recibe recursos para aplicarlos en el bienestar de una comunidad, sino como aquella institución que parte de la confianza entre

La R.S. es el resultado esperado y parte integral del desarrollo cooperativista, razón por la cual muchas personas cooperan entre sí para ofrecer beneficios comunes, es como aquel eslogan que dice: «de la gente, por la gente y para la gente», esa es la R.S. fundamental que debe proveer este modelo social. En las organizaciones cooperativistas —economía solidaria— la R.S. hace parte de los valores tanto institucionales, como personales de los participantes; no son como aquellas instituciones que establecen políticas de R.S. como instrumentos que únicamente administra la gerencia, por el contrario, corresponde a cada individuo ofrecer compromiso social para que el logro de la entidad sea alcanzado. En el contexto colombiano, la R.S. del sector solidario es fundamental para proveerle a la sociedad el bienestar que tanto ha prometido el sector público y en el cual el sector privado avanza lentamente. El cooperativismo tiene la R.S. de ofrecer mejores oportunidades de educación, salud, trabajo, vivienda, alimentación, conocimientos, tecnología, innovación, en condiciones justas y siempre buscando el bien­estar social, cultural, económico y ambiental que ofrece la cooperación y participación de las comunidades en todos los niveles de la sociedad.

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TRATADOS DE LIBRE COMERCIO (TLC) Los tratados de libre comercio se han convertido en la parte práctica de la economía de mercado, como lo menciona el Doctor Carlos Gaviria Díaz (Herreño & et al., 2008, p.15): «[…] [R]esistir al TLC o resistir al proceso de globalización como un modelo de economía de mercado desbordado es ir contra las leyes de la historia.» Afirmación que en últimas nos lleva a aceptar las utopías del mercado:

1

Creer Firmemente que la globalización es un proceso en una sola dirección, hacia el crecimiento y desarrollo.

2

Con el tiempo habrá equidad y progreso para toda la humanidad.

No es difícil creer y aferrarse a esos postulados; sin embargo, es mucho más complejo llevarlos a cabo en la realidad. La conceptualización del TLC más difundida está puesta en los siguientes términos:

[E]s un acuerdo mediante el cual dos o más países reglamentan de manera comprehensiva sus relaciones comerciales, con el fin de incrementar los flujos de comercio e inversión y, por esa vía, su nivel de desarrollo económico y social. Los TLC contienen normas y procedimientos tendientes a garantizar que los flujos de bienes, servicios e inversiones entre los países que suscriben dichos tratados se realicen sin restricciones injustificadas y en condiciones transparentes y predecibles. (Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, 2004, p. 5).

La cual busca abrir las fronteras hacia la integración global y la búsqueda de cooperación para que de la mano del desarrollo económico la humanidad encuentre el bienestar que siempre ha perseguido.

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La importancia de resaltar esta última afirmación es fundar conciencia sobre lo que tanto ha buscado el hombre en sociedad, pero con el modelo de economía de mercado no logra encontrar: bienestar. Ese bienestar común que solo se logra si se trabaja en cooperación y solidaridad. Ahora bien, describiendo un poco la situación actual del país, Colombia está en un contexto donde trabajar en pro de los TLC es primordial para la estrategia de desarrollo del gobierno. Por tal razón, se han firmado acuerdos con Chile, la Unión Europea, Canadá, Estados Unidos, Mercosur, con el triángulo del norte (Guatemala, El Salvador, Honduras), con el EFTA (Republica de Islandia, Principado de Liechtenstein, el Reino de Noruega, la Confederación Suiza, estos países no hacen parte de la unión europea) (U. Sergio Arboleda, 2012). Y en proceso de negociación con Corea de Sur, Turquía y Panamá. Como lo comenta el reconocido economista Joseph E. Stiglitz, citado por Mansilla (2003), en la OMC se han impulsado y casi que forzado a la apertura de los países en desarrollo, para que jugadores, tan fuertes como Estados Unidos y otras potencias, generando las condiciones de mercado dominantes que someterán a los débiles al yugo comercial del contrincante más poderoso. De ahí también viene el hecho de que «la globalización es enérgicamente impulsada por corporaciones internacionales que no sólo mueven el capital y los bienes a través de las fronteras sino también las tecnología» (Stiglitz, 2002, p.34), es la muestra del poderío de las multinacionales para avasallar al cooperativismo a la transformación capital o a la desaparición definitiva.


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IMPACTOS DE LOS TLC Pero la implicación de tanta libertad comercial no es vista claramente en la etapa de negociación y en la firma del acuerdo, sino en la entrada en vigencia y puesta en práctica de las condiciones acordadas donde se reconocen los verdaderos alcances del tratado. Los niveles no evaluados ni fortalecidos como la capacidad de producción, la competitividad, la calidad, la innovación , la capacidad humana, financiera, de conocimiento, tecnológica, de infraestructura, entre otros, que deben estar al alcance de los sectores público, privados y cooperativos son muestra de los impactos que pueden tener los TLC en el desarrollo del objeto social de las organizaciones. Para el cooperativismo y su R.S., las condiciones de los TLC cambian su operatividad, lanzándolas a competir con organizaciones económicas agresivas, con el fin de sobrevivir en el mercado. Posiblemente, su compromiso social se vea menguado y relegado a ofrecer bienes y servicios de mercado sin contenido social, cultural y ambiental.

Es así como Agacino (como se cita en Estay & et al., 2008, p. 61), con objeto de la integración que genera la globalización por medio de los TLC dice: «La paradoja es que la “integración” a los mercados mundiales, en muchos países, corre paralela a una suerte de “desintegración” social, sectorial y territorial», comentario muy acorde con el destino que puede esperar el cooperativismo en nuestro país.

Por lo cual, con el correr del tiempo las organizaciones cooperativas para no perder su cobertura social, se verán en la necesidad de adquirir capital para expandirse, con el fin de alcanzar la productividad que exige el mercado, uso de recursos tecnológicos, maquinaria, infraestructura, entre otros. Aun así, con las expectativas que ofrecen los TLC no se puede perder el rumbo, ya que se puede caer en el juego de la racionalidad económica y no de la razonabilidad social.

La conclusión a simple vista resulta algo adversa para el desarrollo del cooperativismo en el país, así como el compromiso y responsabilidad social de llevar bienestar social, sobre todo cuando se busca la tan anhelada «unidad nacional» para el progreso económico de la sociedad colombiana.

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CONCLUSIÓN Para este documento se ha cumplido el propósito principal, no en forma detalla sobre los impactos de una liberación comercial, pero si en elementos que son de resaltar a la hora de profundizar en el estudio de las implicaciones de la libertad de mercado y comercio que brinda los TLC frente a las organizaciones sociales. Así mismo, se observa que al tratar el cooperativismo, su responsabilidad social y los TLC, no se puede dar una conclusión definitiva sobre el tema, por lo tanto se enunciaran los principales puntos sobres los que se hace un llamado a la reflexión y al debate para construir entre todos un proyecto de cooperación en el marco de una sociedad activa cultural, social, política, económica y ambientalmente responsable.

1

La ley de cooperativas expedida hacia 1931, fue un trabajo apoyado por representantes del pueblo como Jorge Eliecer Gaitán y no debe ser dejado de lado con los progresos económicos, sino trabajado y desarrollado para la actualidad colombiana.

2

Las estrategias gubernamentales muchas veces no resultan ser tan buenas en el largo plazo, ya que en el caso de las organizaciones del sector cooperativo, la liberación comercial puede dejarlas a la deriva. El gobierno deberá hacer un compromiso abierto para capacitarlas, actualizar su estructura tecnológica, proveer recursos, de conocimiento, seguimiento y apoyo.

3

4

El gobierno no prevé la supremacía de las corporaciones de capital privado sobre las de capital social y espera que ambas compitan en un mercado altamente agresivo y manejado por el poderío financiero. Tarde que temprano ‘el pez grande se comerá al pez chico’ si no se adoptan medidas contingentes. Para el cooperativismo y su responsabilidad social, los TLC dejan al sector desprovisto de herramientas que les permitan sobrevivir al mercado internacional. Por lo que se avecinan cambios para el sector de la economía solidaria, con el fin de evitar que su función social desaparezca y termine pareciéndose a las grandes corporaciones de mercado.

Adicionalmente, en el marco del «Año Internacional de las cooperativas – 2012» (ONU), no se debe desaprovechar la oportunidad de reflexionar sobre los temas que nos conmueven y las soluciones que pueden surgir a la vista, con el fin de potencializar el cooperativismo como estrategia para el nuevo orden económico mundial. Por último, se hace la invitación a construir un cooperativismo posTLC, reformado, activo, competitivo y sobre todo más solidario y humano.

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REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS Bastidas, O. (2010). Economía social y cooperativismouna visión organizacional. San Gil (Santander): Fundación Universitaria San Gil.

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FUNDAMENTOS ÉTICOS DE LA REGULACIÓN AMBIENTAL Steven Pardo López Contador Público Estudiante Maestría en Administración Universidad Nacional de Colombia

RESUMEN

PALABRAS CLAVES Regulación ambiental, principios éticos, racionalidad, razonabilidad, justicia, bien.

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El diseño de la regulación ambiental se sustenta sobre principios éticos que emanan de la economía y son inconciliables con el concepto de desarrollo sustentable introducido por el informe Brundtland en 1987. Conocer las características del utilitarismo (como doctrina ética dominante) y contrastarlas con algunas características de la teoría de justicia de John Rawls (como teoría ética alternativa) permite desnudar las fallas de los lineamientos que determinan las bases éticas de la regulación ambiental y evidencia la necesidad de promover una discusión en donde la razonabilidad sea un concepto que se anteponga a la racionalidad, al tiempo que se procura alcanzar la igualdad a través de la aceptación de la desigualdad bajo condiciones razonables.


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INTRODUCCIÓN

PRINCIPIOS DE REGULACIÓN

El incremento de los efectos perjudiciales que genera la acción del hombre en el medio ambiente ha incentivado en las últimas décadas una mayor discusión sobre el tema medioambiental en diferentes escenarios de carácter nacional y supranacional, lo que a su vez ha conducido a una aparente celeridad en el desarrollo de la regulación para el uso de los recursos naturales. Las bases más conocidas de dicha regulación reposan en teorías económicas ortodoxas legitimadas por la corriente ética del utilitarismo. Sin embargo, el análisis y las soluciones propuestas desde las teorías dominantes en regulación medioambiental se quedan cortas ante los desafíos que enfrenta el mundo contemporáneo, tal como lo evidencia la situación del planeta, la cual presenta balances cada vez más críticos sobre seguridad alimentaria, situación de especies en vías de extinción, deshielo en el ártico, aumento del nivel del mar, indicadores de emisión de gases con efecto invernadero y deforestación, entre otros.

El funcionamiento de la sociedad, como sociedad, está condicionado, entre otras cosas, al establecimiento de leyes y normas que limiten el comportamiento de los individuos; dichas leyes y normas conforman marcos regulatorios que modelan los derechos y obligaciones a seguir de acuerdo a las características de cada comunidad.

Partiendo del reconocimiento de la economía como principal fuente regulatoria y de su estrecho vínculo con la ética para actuar en el campo medioambiental, el presente artículo intenta, en primer lugar, repasar las principales vertientes del pensamiento económico que caracterizan la evolución de la regulación medioambiental; en segundo lugar, denotar que el incipiente avance en regulación se debe a limitantes éticos que solo permiten la aproximación a soluciones técnicas ante un problema de carácter estructural; y, en tercer lugar, introducir algunos conceptos útiles de la teoría de justicia de John Rawls que pueden ser aprovechados para analizar, desde una perspectiva alterna, el desarrollo de la regulación medioambiental.

Como resultado del creciente deterioro medioambiental que se ha evidenciado en el mundo en general durante las últimas décadas, la regulación ambiental ha ganado autoridad y protagonismo en los principales escenarios de discusión multilateral, posicionándose como uno de los marcos regulatorios de mayor desarrollo en la historia reciente; sin embargo, este desarrollo no guarda relación con su tímida influencia y precarios resultados. Durante el último siglo, un amplio conjunto de representantes de disciplinas sociales y naturales han demostrado especial interés en plantear soluciones al uso y abuso de los recursos naturales. De esta forma, se han adelantado estudios desde la física, la biología, la economía, la ecología, la contabilidad, entre otras. Sin embargo, a pesar del notable esfuerzo interdisciplinar, los fundamentos de las principales vertientes de regulación ambiental contemporánea surgen, ineludiblemente, de las combinaciones de dos posiciones epistemológicas opuestas del pensamiento económico, a saber, los planteamientos expresados por Pigou y Coase. Así, una de las principales herramientas de regulación son los impuestos pigouvianos, los cuales buscan gravar las actividades productivas de aquellos individuos u organizaciones que generen externalidades negativas. La idea de este planteamiento es que cada uno de los agentes contaminantes internalice las externalidades negativas que produce. Como elementos a destacar, esta perspectiva demanda la acción intensiva del aparato administrativo estatal, lo que puede originar mayores costos que los beneficios económicos obtenidos; además, genera barreras a la entrada de inversión extranjera, lo cual repercute en una limitada aceptación de los países que buscan crear condiciones para un desarrollo económico de talante neoliberal. Por su parte, Ronald Coase plantea una alternativa a los impuestos pigouvianos a través de los derechos de propiedad. Esta alternativa sugiere que en muchas ocasiones el mercado brinda una solución óptima al uso de los recursos. Según Coase, una vez el Estado ha asignado derechos de propiedad de forma clara, sin

importar si lo hizo eficientemente, el mercado se encargará de que las partes que conforman el sistema adelanten transacciones económicas que permitan una redistribución eficiente de los derechos de propiedad, de tal forma que los individuos que valoren más un recurso natural pagarán más por este y tendrán derecho sobre el mismo. A pesar de lo anterior, esta teoría cuenta con limitantes importantes como los costos de transacción, los cuales evitan la redistribución eficiente de los derechos de propiedad, o el protagonismo de las transacciones económicas, las cuales limitan el acceso a los recursos naturales a aquellos individuos que poseen mayores recursos económicos pero que, no necesariamente, son aquellos que valoran más tales recursos. Como es evidente, las teorías de Pigou y Coase son opuestas en relación con la fuente de regulación (pública-privada), pero, dadas las limitaciones que cada una presenta, las prácticas regulatorias ambientales optan por aplicar diversas combinaciones fundamentadas en ambas posturas. Es así que existen alternativas como los permisos negociables, que «son cuotas medioambientales o autorizaciones asignadas sobre los niveles de contaminación o de uso del entorno que, una vez fijadas y atribuidas por la autoridad competente, pueden ser negociadas e intercambiadas por sus titulares respetando un marco predeterminado» (OCDE, 1991b: 17 y 121), las reglas de responsabilidad, o el sistema de compensación de emisiones, cada uno de los cuales, además, se fundamenta en el principio de racionalidad económica, según el cual todos los individuos buscan obtener el máximo beneficio.

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ÉTICA Y REGULACIÓN El debate sobre los mecanismos de regulación medioambiental aplicados en el mundo en general es indispensable para el rediseño de alternativas que procuren el cuidado del medio ambiente y acerquen a la humanidad al concepto de desarrollo sustentable. Sin embargo, pretender que la discusión se fundamente exclusivamente en características metodológicas equivale a conformarse con plantear soluciones técnicas ante problemas que demandan soluciones estructurales. Las soluciones técnicas son necesarias en innumerables escenarios, pero su aplicación en entornos que requieren soluciones de carácter estructural supone una utilidad limitada y temporal. Es por esto que los debates sobre regulación ambiental deben privilegiar temas que afecten la base del pensamiento contemporáneo. En este sentido, ahondar sobre los fundamentos éticos en que se basan las líneas de regulación ambiental supone un primer paso para brindarle a la sociedad una solución estructural. De acuerdo con Max Neef, las disciplinas relativas a la ética y la moral presentes en una sociedad deberían definir las nociones, procedimientos y objetivos de las demás disciplinas presentes en el sistema social, así podríamos asegurar que si el diseño de la regulación ambiental es influenciado por los objetivos que persiguen disciplinas, tales como la política o la economía, y decimos que esas disciplinas deberían estar

alineadas con los objetivos planteados por la ética de la sociedad, entonces las normas de regulación ambiental deben responder a esos mismos objetivos éticos. Y es así. En la actualidad, las normas de regulación ambiental están en sintonía con los principios expuestos por la doctrina ética dominante: el utilitarismo. La cuestión es que dicha doctrina ética tiene una relación mutuamente excluyente con el concepto de desarrollo sustentable y, por lo tanto, un marco regulatorio fundamentado en una ética utilitarista será insuficiente, e incluso inconveniente, para regular un desarrollo socioeconómico en el que «se satisfagan las necesidades de las generaciones presentes sin comprometer las posibilidades de las generaciones futuras para atender sus propias necesidades» (ONU, 1987). Recordemos que el utilitarismo, tiene sus máximos exponentes, representados en Jeremy Bentham y John Stuart Mill. Para el primero, el utilitarismo se basa

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en la consecución del placer, mientras que para el segundo en la consecución de la felicidad; de esta forma, de acuerdo con Bentham, las acciones más morales son las que maximizan el placer y minimizan el dolor. Bajo la visión utilitarista, el cálculo de la utilidad logrado a partir de sopesar costos- beneficios indica el grado de felicidad que está obteniendo el individuo. La principal premisa del utilitarismo es buscar el mayor bien para el mayor número de personas, y ese mayor bien se materializa con el resultado final de las acciones que emprenden los individuos; bajo esa misma idea, el utilitarismo legitima la famosa frase «el fin justifica los medios», que en la práctica constituye un fundamento para las acciones egoístas e individualistas que realizan las personas en la sociedad. Es así como esta doctrina ética no garantiza la protección de los derechos de las minorías, ni brinda fundamentos objetivos para juzgar las consecuencias

como buenas o malas más allá del análisis costo-beneficio, el cual, entre otras cosas, puede variar según la posición del observador y el contexto en el cual se realice. Adicionalmente, vale la pena preguntarse si el utilitarismo es un sistema ético original1, que dio origen a un patrón de comportamiento que ha maximizado la importancia de la economía en la sociedad, o si por el contrario, el utilitarismo es un sistema ético subyacente, resultante de teorías y principios económicos que modelaron un sistema ético que sirvió para legitimar las acciones de las personas que buscan seguir dichos principios. En todo caso, ya sea un sistema ético original o subyacente a las ciencias económicas, el utilitarismo presenta principios insuficientes para diseñar marcos regulatorios adecuados para la sustentabilidad del medio ambiente. 1 Se refiere, a si el utilitarismo es un sistema ético que tuvo sus bases en la filosofía ética.


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TEORÍA DE LA JUSTICIA Y CONSTRUCTIVISMO KANTIANO DE JOHN RAWLS En la búsqueda de sistemas éticos que provean principios provechosos en procura de generar un cambio estructural en la regulación medioambiental, me permito presentar algunas ideas del filósofo norteamericano John Rawls. Como uno de los filósofos políticos más importantes del siglo XX, John Rawls dedicó la mayor parte de su tiempo a la elaboración de una teoría de justicia social. Dentro de los elementos más importantes de su teoría y más relevantes para los fines de este artículo, podemos destacar:

Las personas son concebidas como libres e iguales: A pesar de que la libertad y la igualdad han representado dos posiciones distintas, casi que irreconciliables en la concepción de la democracia, ya que “la primera prioriza las libertades cívicas (pensamiento, conciencia, propiedad) y la segunda las libertades políticas, subordinando las primeras a estas últimas” (GRUESO, Delfín 2005),

estas diferencias logran ser superadas con el concepto de persona moral.

La libertad permite que cada persona formule su ordenación de preferencias sin atender a condicionamientos externos, y siguiendo solo las pautas del razonamiento práctico, que en la propuesta rawlsiana está vinculada a la capacidad de las personas para llegar a un acuerdo dadas las condiciones de la posición originaria, especialmente la que hace el velo de la ignorancia.(Álvarez, 2002)

Los individuos elaboran los principios de justicia, buscando ser objetivos; una objetividad vista no como la búsqueda de principios verdaderos, sino como la búsqueda de los principios razonables o prácticos a las circunstancias que enmarcan a una sociedad. Las personas son capaces de actuar racional y razonablemente. «Lo razonable subordina y presupone lo racional» (Grueso, 2005. p 147), lo cual no es otra cosa que darle prioridad a los justo sobre lo bueno, en términos de Kant. Los sujetos son racionales, así que se interesan en ellos mismos, pero eso no implica que sean egoístas. Los principios morales de los individuos generan un ideal de persona para la sociedad, a partir del cual se predica el valor moral. De los anteriores elementos, los conceptos de razonabilidad y racionalidad son fundamentales, no solo para el desarrollo de la Teoría de Justicia de Rawls, sino también para el diseño de un sistema regulatorio que procure la sustentabilidad medioambiental; por lo tanto, es preciso ahondar en ellos.

Lo razonable y lo racional en Rawls son términos vinculados a la estrategia de cooperación y cumplen un papel especialmente importante en la elaboración de los principios de justicia. Sin estos conceptos la dicotomía entre igualdad y libertad sería insostenible. Lo razonable se refiere a que «todos los que cooperan tienen que beneficiarse o compartir las cargas comunes, de algún modo apropiado, juzgado desde un adecuado punto de comparación» (Miranda, 2010). Lo racional, por su parte, hace referencia «al deseo de las personas de realizar sus facultades morales y de asegurar la promoción de su concepción del bien» (Miranda, 2010). Además, existe un segundo principio denominado principio regulador de desigualdades económicas y sociales, el cual plantea que la desigualdad puede ser permitida, siempre y cuando sea para mejorar las condiciones de los desfavorecidos. Como es evidente, las ideas de John Rawls manejan conceptos base diferentes, y en ocasiones opuestos, a la doctrina del utilitarismo. El hecho de que lo

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racional esté subordinado por lo razonable y que el mismo concepto de racionalidad se acerque a las facultades morales dejando en segundo renglón eventuales análisis costo-beneficio supone quiebres frente al pensamiento dominante que deben ser analizados con rigor de cara a sus potencialidades en relación con el mejoramiento de la regulación medioambiental. De igual forma, la aceptación de la desigualdad bajo ciertas circunstancias en donde los individuos con menos recursos económicos y sociales resulten beneficiados es una postura que tiene la potencialidad de devolver el concepto de igualdad a un escenario de discusión determinante. Esto, en la medida en que la igualdad como derecho y factor decisorio en la discusión medioambiental ostenta, en la actualidad, una figura de simple retórica. La igualdad no puede ser ejercida, dado que para alcanzarla bajo las condiciones actuales hay que aplicar acciones de desigualdad temporal, una desigualdad temporal inconveniente para algunas esferas sociales, que bajo el mismo principio de igualdad sustentan la inconveniencia ética de ese tipo de acciones.

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CONSIDERACIONES FINALES Antes de pensar en aplicar procesos transdisciplinares para la evaluación de los impactos medio ambientales, para el diseño de planes de manejo ambiental o para la configuración de regulación sobre el uso de los recursos naturales, deberían debatirse los principios éticos a partir de los cuales todas estas herramientas técnicas serán estructuradas. Sin embargo, dada la celeridad del mundo y la urgencia en avances de regulación y valuación ambiental, no podemos rechazar las propuestas que se generan desde las ciencias naturales y sociales a la espera de un rediseño de los principios éticos que gobiernan al mundo en general y a la biosfera en particular.

Lo anterior no implica que debamos abandonar la discusión sobre la doctrina o combinación de doctrinas éticas a partir de las cuales se diseña la regulación ambiental. Lo que implica es que, desde una óptica razonable, no se deben sacrificar avances prácticos para el medio ambiente en razón de que no son avances verdaderos o ideales. Discutir sobre los conceptos de igualdad, razonabilidad y racionalidad desde la óptica Rawlsiana no solucionará los problemas ambientales, pero la interiorización social de estas ideas por medio de la educación sí puede fungir como elemento dinamizador de un debate sobre cómo alcanzar el desarrollo sustentable del medio ambiente y los requerimientos regulatorios para hacerlo.


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Se terminó de imprimir en las instalaciones de GRACOM Gráficas Comerciales, Ubicada en la Ciudad de Bogotá, Colombia, en la Carrera 69K N° 70-76, en ºel mes de Noviembre de 2013. El tiraje es de 500 ejemplares en papel Propalcote de 90 gramos. Las fuentes utilizadas, Trade Gothic LT Std y Meta Pro.


CERES Bolet铆n No. 5 es una revista de Responsabilidad Social de la Universidad Nacional de Colombia y de los estudiantes vinculados al Colectivo Estudiantil de Responsabilidad Social. Los textos presentados en la siguiente publicaci贸n expresan la opini贸n de sus respectivos autores y la Universidad Nacional no se compromete directamente con la opini贸n que estos pueden suscitar.


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