MARTES, 8 DE OCTUBRE DE 2013 / AÑO XXXIX / NÚM.12144 / SAN JUAN, PUERTO RICO
Cardenales empatan; en jaque los Tigres
DEPORTES
P.30
No ha lugar El Supremo desestimó demanda que impugnaba nombramientos judiciales y de procuradores en la pasada administración
LOCALES
¡SOLO EN EL ELA MÍSTER!
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Como si las bebelatas en adiestramientos de maestros, el fiestón de los confinados con muñecas inflables incluidas, y los palos encebaos que instala la AEE no fueran suficientes noticias del Macondo nuestro de cada día, ayer un acusado de narco se autodenominó “comerciante” y otro se quejó de que lo amenazaron de ir a juicio EL VOCERO / Archivo
P.4
Jacobo al cine con guión sobre homosexualidad
ESCENARIO
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Gobierno debe $2.4 mil millones al retiro de maestros devela demanda de la Asociación P.6
EL VOCERO / MARTES, 8 DE OCTUBRE DE 2013
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índice
El periódico de Puerto Rico
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ESTADOS UNIDOS P.14 NEGOCIOS P.16
Cambia 'look' y bebé no lo reconoce
ESCENARIO P.18 CLASIFICADOS P.20
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personas no se quieren declarar culpables, el proceso es que van a juicio”.
AP / J. Scott Applewhite
Pero uno de los que botó la bola fue el famoso Efraín Medina Rivera, mejor conocido como 'Papo Truco'. Este negó en la corte federal que fuese un timador que engañó a cientos de personas robándole la identidad y extorsionando a través de un coordinado esquema que involucró a sobre 50 compinches, y que conducía dentro de la prisión.
EN PORTADA
Una serie de confinados, presumiblemente del campamento El Zarzal, en Río Grande, en poses sugestivas con muñecas inflables.
Insólito fin de semana MELISSA CORREA VELÁZQUEZ y SERVICIOS COMBINADOS, DE EL VOCERO
Una serie de sucesos infrecuentes se desataron en la Isla Desde confinados jugando con muñecas inflables y bebiendo cerveza en las cárceles hasta un alcalde que usa los recursos más importantes y caros del Estado, como es la Autoridad de Energía Eléctrica, para que le siembren un palo enceba'o para sus fiestas patronales, así como un acusado federal que se canta inocente porque solo es un “comerciante” son algunos de las cosas que ocurrieron este fin de semana. Este fin de semana surgieron fotos en las redes sociales que muestran a una serie de confinados, presumiblemente del campamento El Zarzal, en Río Grande, en poses sugestivas con muñecas inflables y fotografiándose en la cama con la dama de plástico. Uno inclusive le puso una gorrita de los Yankees de Nueva York. La orgía de los confinados fue acompañada de una buena selección de cervezas de todo tipo, entre ellas algunas muy caras. El secretario de Corrección y Rehabilitación José R. Negrón Fernández dijo ayer que ordenó una investigación sobre el fiestón. Las fotos de los confinados recuerdan aquellas reveladas también en las redes sociales hace un año en la cárcel de Vega Alta, en el que se veía a confinadas casarse y en poses sugestivas entre ellas. Igualmente se reveló ayer que el alcalde de Ciales Juan José Rodríguez Pérez mandó a la AEE a hacer un hoyo profundo para poder hincar un palo enceba'o para los asistentes a las fiestas patronales. Los empleados de la AEE son de los recursos más necesitados e
igualmente bien pagados en el Gobierno. Muchas veces ni dan abasto para resolver los problemas que se le presentan al sistema energético. El Alcalde -sin embargo- mostró su indignación cuando se le criticó por usar de esa manera esos recursos. Y señaló que tener disponible un palo enceba'o para los que quieran treparlo fue parte de la celebración en honor a La Virgen del Rosario, celebración que había caído en desuso y que él ha rescatado. “Es lamentable que intereses políticos y mal intencionados intenten deslucir el brillo y la alegría que produjo el regreso de las fiestas patronales a nuestro pueblo”, respondió el político. Además, explicó para que no hubiera dudas, aunque la AEE hizo el hoyo, fueron sus empleados municipales los que hincaron el palo enceba'o. La AEE le facturó $381 por el trabajo, que el Municipio pagará inmediatamente, dijo. Las insólitas insulares aumentaron su nivel cuando un acusado dijo en la corte federal ayer que se estaba declarando culpable porque le amenazaron con llevarlo a un juicio en su fondo. Anthony Soto Rivera, retoño del expolítico Antonio 'El Chuchin' Soto, dijo ayer que “me declaré culpable porque se me amenazó con ir a juicio”. El juez, incrédulo ante lo que escuchaban sus oídos, tuvo que explicarle con toda la calma que le fue posible que “no es una amenaza, si las
Nada que ver, jamás. Papo Truco dijo en corte abierta ayer y con toda la seriedad que se puede tener ante un juez, que él sencillamente era “un comerciante”. Y por tanto, se declaró inocente de todas las acusaciones que pesan contra él. Pero su segundo al mando en el esquema -Tirson Pizarro Plaza- no podía ser menos que su jefe, y ante la pregunta sobre a qué se dedicaba, tan serio como su jefe dijo: “yo trabajo en la cárcel”. También se declaró inocente de haber montado el esquema millonario de fraude. Previo a que se iniciara la vista Pizarro Plaza se quejaba de dolor. A lo que el licenciado Rivera le dijo al alguacil que el acusado parecía tener dolor de piedra. Acto seguido, el alguacil le preguntó que si tenía que ir al baño porque tenía un espectáculo. Pizarro Plaza le respondió “no es un show, no me presto para eso”. Estos fueron acusados por un Gran Jurado por cargos de conspiración para cometer fraude bancario, robo de identidad, robo de identidad agravada, hacer transacciones fraudulentas con tarjetas de crédito y tráfico de drogas. El insólito día de ayer, que para algunos podría haber sido tan normal como cualquier otro día, cerró con una denuncia sobre el uso inadecuado de bebidas. Denuncias similares se han hecho en el pasado, inclusive a un exsecretario de agencia se le atribuyó haber cargado licor en el carro oficial que guiaba cuando se dirigía a una fiesta de la agencia. Pero eso quedó en nada. Pero cuando se denuncia que a los asistentes a un taller de educativo del Departamento de Educación -a las personas que el país le confía la educación de sus hijos- se les provee de vales (vouchers) para que tengan la oportunidad de libar alcohol durante su estadía en tan solemne circunstancia, entonces es que la racionalidad de los actos públicos está en crisis. El secretario de Educación Rafael Román explicó que los vales los entregó el hotel como parte del paquete de promoción que ofrece a sus clientes. Indicó que tan pronto los funcionarios de la agencia tuvieron conocimiento, los recogieron y durante la plenaria se hizo la aclaración de que el DE no auspicia actividades con bebidas alcohólicas. "Que quede claro que el Departamento de Educación no paga, ni pagará, no auspicia, ni auspiciará actividad o talleres oficiales con bebidas alcohólicas", expresó Román.
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YENNIFER ÁLVAREZ JAIMES, EL VOCERO
La Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) ha gastado $270 millones en un intento para convertir a gas natural sus plantas generadoras y sin lograr un ahorro real en la factura de los clientes, sostuvo el representante popular Javier Aponte Dalmau, para justificar su expresión de que la corporación enfrenta “un abismo fiscal”. El representante indicó que los “bonos (de la AEE) están devaluados casi a nivel de chatarra” por lo que el País debe mirar con seriedad su propuesta para crear la Corporación de Energía de Puerto Rico.
Gobierno debe $2.4 mil millones a Sistema Retiro Maestros CARMEN MILAGROS DÍAZ, EL VOCERO
en su justificación explicaba que buscaba hacer justicia a los maestros que no se beneficiaban de la aportación del gobierno al Seguro Social.
La Asociación de Maestros (AMPR) radicó una demanda en el Tribunal de Primera Instancia de San Juan para solicitar que el Gobierno de Puerto Rico pague los $2.4 mil millones que le adeuda al Sistema de Retiro de los Maestros.
De acuerdo con la legisladora, ese dinero fue presupuestado y no hay razón para que la agencia no lo pague. Asimismo, Educación es una de las agencias con mayor presupuesto asignado y con aumentos todos los años.
Según la AMPR, el propio gobierno reconoce la deuda en su informe anual financiero al año fiscal del 30 de junio de 2012, lo que sirve de base para la demanda.
“No hay razón para crear una crisis si el mismo gobierno paga a los maestros y no los pone en precario”, expresó Ramos.
De acuerdo con el representante del Partido Popular Democrático (PPD), la AEE ha gastado $150 millones “para gasificar 10 calderas”. Además, la pasada administración de Luis Fortuño gastó $63 millones en el gasoducto del norte; mientras la administración del exgobernador Aníbal Acevedo Vilá gastó $57 millones en el gasoducto del sur.
El pago de la deuda es una de las alternativas que proponen los maestros para poner en mejor condición financiera su sistema de retiro y evitar una reforma que elaboran los asesores económicos de la Fortaleza.
No obstante, Aponte Dalmau dijo que la AEE tiene mucho que explicar debido a que la información sobre las finanzas de la corporación pública “está más oculta que los secretos del Papa”. “Hemos podido saber mucha información en base a terceros. Pero indudablemente, gente que ha trabajado interna en esto nos dice que en 6 años la corporación se las va a ver en una situación financiera bien seria”, sentenció el representante en entrevista con EL VOCERO.
Se desprende del informe que la deuda del gobierno a todos los sistemas de retiro asciende a $11.2 mil millones y se desglosa en: $8.6 mil millones al Sistema de Retiro de Empleados Públicos; $75,268 al Sistema de Retiro de la Judicatura, además de los mencionados $2.4 mil millones a los maestros.
Aponte Dalmau presentó el domingo tres medidas que buscan eliminar la AEE y crear la Corporación de Energía de Puerto Rico. Entre otras cosas, el legislador propone eliminar el monopolio que tiene la AEE en el área de generación de energía y abrirla a la competencia de la empresa privada. Esta propuesta obtuvo el rechazo de la Unión de Trabajadores de la Industria Eléctrica y Riego (UTIER). Pero para el director ejecutivo de la Asociación de Productores de Energía Renovable (APER), Julián Herencia, “toda iniciativa que represente regresar a Puerto Rico a un sitial competitivo debe ser estudiada con profundidad”. “Nosotros como asociación nunca hemos hablado de privatización, pero entendemos que al abrir las puertas de la generación, la energía renovable representa energía más barata, con menos impacto en el bolsillo del consumidor y la industria y un impacto positivo en el ambiente”, sentenció Herencia. El portavoz de APER agregó que a pesar que la Administración de Asuntos Energéticos (AAE) es la agencia que tiene autoridad para fiscalizar no ha asumido un rol protagónico sobre la implantación de la política energética. El proyecto de Aponte Dalmau propone que la AAE sea la agencia encargada de determinar si la entidad o compañía interesada en generar energía alterna está cualificada para conectarse al sistema de la AEE. EL VOCERO solicitó una reacción sobre el proyecto del representante Aponte Dalmau al director ejecutivo de la AEE, Juan Alicea, pero al cierre de esta edición no se obtuvo respuesta.
La deuda acumulada al retiro de los maestros se debe a leyes especiales que han sido aprobadas como aumentos a los maestros, pagos de bonos y promesas de campaña que debieron sufragarse con dinero del Fondo General. Sin embargo, el dinero fue extraído del Sistema de Retiro de los Maestros sin que se le reembolsara, y esto alegadamente ha provocado el menoscabo. El Departamento de Educación, por su lado, acumula otra deuda desde el cuatrienio pasado cuando la Asamblea Legislativa aprobó un aumento en la aportación patronal al Sistema de Retiro de los Maestros, indicó la autora de la medida, la representante Lourdes Ramos. La medida,
EL VOCERO / Archivo
Denuncian millonario gasto en AEE
El secretario de Educación, Rafael Román, manifestó que no tiene conocimiento sobre la deuda, pero aseguró que hoy “indagará con más precisión” sobre el asunto. Aunque por ley es miembro de la Junta del Sistema de Retiro de los Maestros, dijo que a las reuniones asiste la subsecretaria.
Con fecha la reunión en Fortaleza Por otro aldo, el gobernador Alejandro García Padilla citó a los líderes magisteriales a una reunión en Fortaleza este viernes, informó la presidenta de la AMPR, Aida Díaz. Hasta ayer desconocían la hora. Díaz indicó que a la reunión no van a llevar sus propuestas y solamente escucharán al Ejecutivo. De otra parte, la portavoz de la organización magisterial EDUCAMOS, Eva Ayala, cree que el proyecto de Reforma al Sistema de Retiro se presentará esta semana. A juicio de Ayala, la reforma de retiro de los maestros aumentará la edad de jubilación, incrementará la aportación del empleado, reducirá las pensiones y eliminará o reducirá los bonos y las leyes especiales.
Junta AEP cancela reunión sobre querella CARMEN MILAGROS DÍAZ, EL VOCERO
La Junta de Gobierno canceló una reunión programada para ayer en la que abordaría la querella de una exempleada de la Autoridad de Edificios Públicos (AEP), que alega fue despedida por informar sobre presuntas irregularidades con los contratos que otorgó el director ejecutivo, Gil Rodríguez. Asimismo, se mantiene en suspenso la determinación que tomarán los miembros de la Junta, luego que el informe de una auditoría revelara que un contrato de artes gráficas que otorgó Rodríguez, y
que EL VOCERO publicó la semana pasada, no cumple con los procedimientos de adjudicación y las normas de sana administración. La directora de Comunicaciones, Rebeca González, en entrevista con este medio se desentendió del proceso de adjudicación del contrato a pesar de que está relacionada con su área de trabajo. La funcionaria indicó que el director ejecutivo es quien contrata y que ella se encarga de dirigir la oficina de comunicaciones, el personal y su relación con la prensa.
Señaló que Rodríguez preparó su informe en respuesta a la querella de la exempleada “porque toda moneda tiene dos caras”, y la sometió a la Junta de Gobierno que preside José Izquierdo. El director ejecutivo, sin embargo, no estará disponible para dar declaraciones debido a que “hay una evaluación en proceso”. La querella fue radicada por la directora de la oficina de Servicios Legales, Lisa Durán, quien además era secretaria de la Junta de Directores.
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Desestiman demanda por nombramientos de funcionarios
Asignación asegura continuidad de investigaciones CARMEN MILAGROS DÍAZ, EL VOCERO
REDACCIÓN, EL VOCERO
A los demandantes se les impuso un pago de honorarios de abogados “por temeridad” de $10mil a favor de la parte peticionaria. Estos pleitos involucraban a la exlegisladora Liza Fernández, quien fue nombrada como jueza superior y al juez asociado del Tribunal Supremo, Edgardo Rivera. El juez asociado no intervino en la determinación. El TS determinó que ninguno de los demandantes tiene legitimación activa para demandar porque no probaron, como establecen las reglas, daños inminentes y específicos a ellos. En el caso del senador Tirado, ni él ni su delegación del PPD impugnaron en su momento la alegada inconstitucionalidad de la sesión extraordinaria en que fueron aprobados los nombramientos. Inclusive, participaron en la sesión. “Los demandantes, escueta e hipotéticamente, reclaman una posibilidad de nulidad de los dictámenes emitidos por estos funcionarios. Al así hacerlo, el planteamiento no tan solo está ausente de un daño particular, real, palpable y concreto, sino que el mismo no tendría lugar ante el hecho de que este Tribunal ha aplicado la doctrina de funcionario de facto a la figura de los jueces”, reza el escrito. Además, establece que los nombramientos no son nulos e ilegales debido a que “la propia Constitución de Puerto Rico limita en estos casos los asuntos por atender a los especificados en su convocatoria o mensaje especial, expresó en su orden ejecutiva no tan solo las medidas legislativas,
sino la importancia de considerar los nombramientos ejecutivos y judiciales”. Los licenciados instaron dos demandas en las que impugnan los nombramientos de varios funcionarios públicos. Los letrados arguyeron que el exgobernador y el Senado de Puerto Rico violaron la Constitución, al nombrar a sobre cien personas para cargos a la Judicatura, fiscales, jueces administrativos y otros funcionarios públicos. Sostenían que los referidos nombramientos son nulos y que ello conllevará que sus determinaciones y decisiones así lo sean. De otra parte, los demandantes y el senador Cirilo Tirado Rivera sostienen que el nombramiento de Rivera García era nulo, al realizarse en una sesión extraordinaria convocada por el Presidente del Senado, o en la alternativa en una sesión en receso, por lo que quedó sin efecto al levantarse la próxima sesión ordinaria. EL VOCERO / Archivo
El Tribunal Supremo de Puerto Rico (TSPR) desestimó ayer las demandas que radicaron los licenciados Arturo Nieves Huertas y Luis Raúl Albaladejo, así como el senador popular Cirilo Tirado, con las que pretendían impugnar nombramientos judiciales, de fiscales y de procuradores, realizados algunos al final del mandato del gobernador Luis Fortuño.
Pequeñas partículas conocidas como nanopartículas usadas para que lleven el tratamiento de quimioterapia directamente al órgano o área con cáncer es una de las investigaciones que se realizan en Puerto Rico y que se beneficiarán de una asignación de $7.5 millones de fondos federales destinados al Centro Comprensivo de Cáncer de la Universidad de Puerto Rico (UPR) para que continúe con sus esfuerzos por erradicar esta enfermedad. La asignación asegura al menos hasta el 2018 la continuidad de investigaciones de gran envergadura como la que busca que fumadores de cigarrillo que padecen cáncer de próstata dejen de fumar. El dinero también permite la capacitación de los investigadores, así como la labor de educación a la comunidad y médicos, informó la gastroenteróloga oncóloga y directora de investigaciones Marcia Cruz Colón. El fondo otorgado por el Instituto Nacional de Cáncer (NCI)
Rosa Santana, por ejemplo, trabajó en una investigación que pretende usar las células inmunes del cuerpo para atacar las células dañadas. De tener éxito, se elimina la toxicidad que provocan los tratamientos actuales como la quimioterapia y radioterapia así como el riesgo de rechazo al tratamiento. Por su parte, Juan Ruiz, estudia cómo hacer para que la radiación a la que se someten a los pacientes tengan un impacto mayor en el tejido con cáncer y minimizar el daño en el tejido sano.
Asegura centros privados de salud mental a través de APS no son fiscalizados por ASES MARICARMEN RIVERA SÁNCHEZ, EL VOCERO
La jueza Fernández solicitó la imposición de costas por temeridad al resaltar que los demandantes han incoado al menos cuatro recursos contra ella en la que le mancillan la reputación y en ninguno han prevalecido por la frivolidad de sus demandas.
El director de la Administración de Servicios de Salud Mental y contra la Adicción, Salvador Santiago, dijo ayer que los centros privados que ofrecen servicios de salud mental a través de APS no son fiscalizados por ASES.
“Los hechos aludidos reflejan una actitud contumaz de los demandantes contra los funcionarios que ejercen válidamente sus puestos… No cabe duda que actuaron de forma temeraria, determinó el TS.
“Entiendo que no”, dijo cuando se le preguntó si estos centros están siendo fiscalizados. “Entiendo que no ha habido esa evaluación profunda. Eso le corresponde a ASES porque es la que contrata con ellos”.
Los jueces que participaron en la determinación fueron Rafael Martínez, Roberto Feliberti, Luis Estrella y Erick Kolthoff. El juez presidente Federico Hernández Denton, la jueza asociada Liana Fiol Matta y la juez asociada señora Anabelle Rodríguez Rodríguez emitieron un voto particular de no intervención. La jueza asociada señora Mildred G. Pabón Charneco no intervino, así tampoco el juez asociado señor Edgardo Rivera García no interviene.
de los Institutos nacionales de la Salud. Durante el anuncio, algunos de los 14 estudiantes de la UPR que participaron en un internado de verano sobre cáncer en el MD Anderson Cancer Center, de la Universidad de Texas, presentaron los hallazgos de las investigaciones prometedoras en las que colaboraron con doctores e investigadores de ese importante centro.
Sin embargo, el Director de ASES dijo por su parte que se han comenzado a evaluar a través del Nuevo programa ASS Actúa. Santiago hizo sus expresiones a la prensa durante una vista de la Comisión senatorial de Salud que investiga los programas de prevención de ASSMCA. Durante la vista una serie de padres y familiares de pacientes se quejaron del
trato que reciben en las oficinas de APS. Rivera, por su parte, dijo en reacción que “en aras de que los servicios de salud mental de los referidos centros no se vean afectados, hemos estado trabajando para credencializar los servicios de ASSMCA para cumplir con los requisitos federales. En cuanto se reciban los documentos de los médicos de ASSMCA, estos se van a contratar en un periodo de dos semanas. Todos los servicios seguirán sin interrupción en los mismos centros de ASSMCA para que no exista un disloque en la relación médico paciente, la cual es de suma importancia para los pacientes de esta población”. Señaló que “hemos estado fiscalizando varias clínicas APS para asegurar un servicio adecuado a la población de pacientes de salud mental” a través de “ASES Actúa”.
Larga jornada por COFINA y PATENTAZO MARICARMEN RIVERA SÁNCHEZ, EL VOCERO
La Cámara se disponía anoche a discutir dos controversiales medidas: una para aumentar el margen prestatario de la Corporación del Fondo de Interés Apremiante (COFINA) y otra para establecer las reglas del juego de la nueva patente nacional. El día estuvo marcado por el fuerte cabildeo de los grupos empresariales que están
en contra de las enmiendas propuestas por el Ejecutivo a la ley que da paso a esta patente. Pasadas las cuatro de la tarde el debate no había comenzado. Las delegaciones habían acordado que debatirían ambos proyectos por tres horas y media, sin contar la presentación de los proyectos por parte del pre-
sidente de la Comisión cameral de Hacienda, Rafael Hernández Montañéz. Al cierre de esta edición, la sesión no había terminado. La delegación penepé había advertido que se opondría a ambos proyectos, pero la votación no se había llevado a cabo. El proyecto de la patente nacional, que se
trata de enmiendas a la Ley 40, implica que las empresas deberán demostrar al Departamento de Hacienda cuando no puedan pagar una tajada de sus ingresos y, aún entonces, tendrían que pagar un por ciento. El viernes el presidente cameral, Jaime Perelló había dicho que buscaría reducir este porciento a 0.05 por ciento.
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CYBERNEWS
Los senadores, José “Joito” Pérez y Miguel Pereira, presentaron ayer una pieza legislativa dirigida a agilizar el procesamiento de querellas administrativas contra todo funcionario del orden público, estatal o municipal, agente de rentas internas o cualquier otro oficial de la Rama Ejecutiva autorizado a realizar arrestos. Se trata del Proyecto del Senado 760, el cual establecerá que la Comisión de Investigación, Procesamiento y Apelación (CIPA), tendrá un término fijo de hasta 120 días, contados a partir de la radicación de querella, apelación o recurso de reconsideración, para calendarizar una vista inicial y 60 días para emitir la resolución final.
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Explotan en Twitter los rumores políticos YENNIFER ÁLVAREZ JAIMES, EL VOCERO
Con la desaparición del personaje La Comay de la televisión local, la red social Twitter se convirtió en la plataforma ideal para difundir rumores e información sensitiva sobre las agencias gubernamentales y de la clase política del País. Este fenómeno representa un nuevo reto para la Prensa porque aunque mucha de la información que se divulga a través de las redes sociales es falsa, en múltiples ocasiones ha sido corroborada y confirmada por periodistas. La característica principal de la información que se divulga en Twitter es su carácter de anonimato; aunque muchas de las cuentas se pueden identificar como simpatizantes de los principales partidos políticos. Alerta Progresista @aprogresista y Ofensiva Popular @ofensivapopular, son dos de las cuentas de Twitter más activas; que además de ejercer comunicación política, publican información que luego es corroborada por la Prensa y ocupa titulares. Otro personaje que ha dado de qué hablar por la veracidad de la información que pública en sus tuits es La Vieja Changa @condadofashion. La información sobre las pruebas de dopaje que resultaron positivas a empleados de La Fortaleza, las renuncias en el gabinete de la alcaldesa de San Juan, Carmen Yulín Cruz, y el más reciente escándalo del Departamento de Educación por costear bebidas alcohólicas en un seminario en el Hotel El Conquistador, son
algunas de las primicias que ha publicado @condadofashion y que luego han sido corroboradas por la Prensa. Según la estudiosa de las redes sociales, Julizette Colón Bilbraut, el fenómeno de estas cuentas de Twitter no es único en Puerto Rico. La experta en propiedad intelectual digital, redes sociales y disputas cibernéticas, recordó el fenómeno del conjunto de hackers Anonymous y el líder de WikiLeaks, Julian Assange.
EL VOCERO / Archivo
Proyecto bipartita para acelerar querellas
EL VOCERO conversó con @condadofashion mediante mensaje directo por Twitter y aseguró que se trata de un grupo de personas que inspiradas precisamente en WikiLeaks pretende fiscalizar al Gobierno.
El personaje cibernético explicó que el grupo adoptó la imagen de la modista neoyorquina Iris Apfel para evocar a los personajes La Condesa del Bochinche y La Comay, reconocidos en la cultura popular puertorriqueña. En menos de un año, @condadofashion ha logrado además captar la atención de analistas radiales y periodistas que citan sus tuits y dan segumiento a las denominadas “exclusivas”. “Lo desconocido capta la atención de la gente, pero además de eso, la información que publica La Vieja Changa es sensitiva y hacer pública nuestras identidades podría poner en peligro nuestra seguridad y la propia esencia del ‘profile’ (perfil)”, contestó @condadofashion cuando este rotativo cuestionó la razón por la que adopta el anonimato.
Protestan hoy los empleados federales MELISSA CORREA VELÁZQUEZ, EL VOCERO
La Federación Americana de Empleados Gubernamentales realizará a las 11:00 a.m. de hoy una manifestación en repudio contra el cierre del gobierno federal, iniciado el pasado 1 de octubre, y que ha afectado a sobre 5 mil trabajadores en Puerto Rico. El presidente del sindicato Alejandro Arvelo, indicó a EL VOCERO que la protesta se llevará a cabo entre 11:00 a.m. y la 1:00 p.m. frente al edificio City View Plaza en Guaynabo, en donde ubican varias oficinas federales como el Seguro Social y Parques Nacionales, entre otras. También cele-
brarán una rueda de prensa sobre los efectos adversos del cierre, tanto para los trabajadores federales como para el público que utiliza servicios de las oficinas federales. “A nivel nacional se están haciendo protestas en todas las oficinas y Puerto Rico va a seguir moviéndose y dependiendo si el viernes no se resuelve, haremos otras manifestaciones. Haremos otras manifestaciones dependiendo de cuánto dure el cierre”, anticipó Arvelo. La Federación Americana de Empleados Gubernamentales representa a unos 10 mil empleados civiles
del Servicio de Inmigración y Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés), el Negociado Federal de Seguridad y Transportación (TSA, por sus siglas en inglés), la Patrulla Fronteriza, el Departamento de Vivienda Federal, el Negociado Federal de Prisiones (BOP, por su siglas en inglés), el Seguro Social y la Guardia Costanera, entre otros. El pasado domingo el presidente de la Cámara de Representantes federal John Boehner, señaló que no ve una salida al cierre del gobierno federal a menos que el presidente Barack Obama esté dispuesto a negociar con los republicanos.
Al tribunal nuevo partido al no poder inscribirse CYBERNEWS
El presidente del Partido de Democracia Participativa (PDP), José Rolando Santiago Álvarez, informó ayer que radicará un escrito de revisión ante el Tribunal de Primera Instancia de San Juan en relación a la negativa de inscripción de la colectividad ante la Comisión Estatal de Elecciones (CEE). El escrito indica que debido a que la CEE no resuelve el asunto de la solicitud para la Certificación de la Asociación de Ciudadanos del PDP y así
poder comenzar el recogido de las 56 mil firmas necesarias para la inscripción de su partido, han tenido que presentar su demanda ante el Tribunal de Primera Instancia de San Juan. “Lo que ocurre es que a la CEE ya se le pasó el término para adjudicar la controversia alegada sobre los colores del logo (azul-rojo-verde). El término que tenía la CEE para resolver el asunto es de 15 días, según la Sección 2.5 del Reglamento de la CEE,
Sección 2.5 de Determinación de la Comisión sobre el Nombre, Emblema o Insignia”, expresó Santiago Álvarez en comunicación escrita. El presidente del PDP invitó al nuevo presidente de la CEE a que “no le haga coro a los comisionados electorales de los partidos tradicionales, en cuanto a ignorar los reclamos de los nuevos partidos en su gesta por alcanzar la verdadera democracia”.
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Guardia de seguridad mata yerno MIGUEL RIVERA PUIG, EL VOCERO
EL VOCERO / Archivo
PONCE - Un guardia de seguridad mató a balazos a su yerno de 18 años de edad, al rechazar la relación que tenía con su hija de 16 años, la que había dado a luz un bebé hace unas semanas. Las versiones bajo pesquisa apuntan a que el guardia de seguridad Francis Flores Rodríguez, de 38 años de edad, le había comprado alimentos para su hija y nieto. La joven entró al apartamento de su padre, quien supuestamente le insistió que dejara al joven Abraham Santiago Pérez, quien vivía en el apartamento aledaño en el residencial Villa del Caribe. Según la investigación policiaca a eso de las 6:40 pm del domingo Abraham entró al apartamento de su suegro y lo increpó por meterse en la relación que tenía con la joven. Supuestamente el joven salió y buscó un cuchillo. Francis lo enfrentó con un revólver y frente a su hija le dio dos balazos en el pecho, matándolo en el acto. El guardia de seguridad huyó de la escena y los agentes de la División de Homicidios del CIC por instrucciones del fiscal Juan Pumarejo, lo buscaban para arrestarlo. Otra muerte violenta se escenificó en esta ciudad cuando narcosicarios que se sospecha son vecinos del Resi-
dencial López Nussa acudieron a la cancha del Residencial La Ceiba y abrieron fuego contra Giovanny Morrillo Janeiro, de 25 años de edad. El hecho ocurrió a las 6:50 pm del domingo y la víctima fue llevada al Hospital Dr. Pila. Los agentes intentaron entrevistarlo, pero el joven se negó a dar información que identificara a sus agresores. Del Hospital Dr. Pila fue referido al Centro Médico de Río Piedras donde murió a las 11:30 de la noche del domingo. A las 3:25 de la tarde del domingo ocurrió una balacera a la altura del kilómetro 65 de la PR-149, en el barrio Lomas, en Juana Díaz, en la que resultó muerto Domingo Alejandro Torres Colón, de 27 años de edad, quien era vecino del barrio Camarones, en Villalba. La víctima conducía un Toyota por esa vía y fue atacado a balazos por individuos que iban en un automóvil. La Policía buscaba a un sospechoso. Con estos tres hechos de sangre el fin de semana culminó con siete muertes violentas, elevando la estadística desde que comenzó el año a 670, una reducción de 73 comparado con el mismo período en el 2012. Durante el fin de semana 11 personas resultaron heridas de bala en distintos incidentes.
Discrepancias religiosas posible origen de altercado MIGUEL RIVERA PUIG, EL VOCERO
SUMINISTRADA
señalaron las fuentes, fueron el motiCAROLINA – Los problemas de alevo de las violentas desavenencias. gada violencia de género entre el púgil Héctor Camacho, hijo, y su esposa y madre de La Policía acudió tarde en su hija de 18 meses de la noche del sábado al nacida, tendrían su oricondominio ESJ Tower, y gen en discrepancias de acuerdo a las versiopor creencias religiosas, nes la mujer de 30 años según fuentes policiales. de edad estaba en el vesDespués de horas en la tíbulo golpeada y sagraque la esposa de Camado por la boca. Tenía a cho se mantuvo en que su hija en brazos. no declararía y que quería regresar a su país La esposa de Camacho, de origen Panamá, alehijo, que lleva unos cinHÉCTOR CAMACHO, HIJO gadamente narró que co años de relación y había sido víctima de quien se casó hace unos cuatro meses, fue llevada al Hospital un patrón de maltrato, ya que ella prode la UPR y la niña quedó bajo la cusfesa la religión evangélica y él la musultodia del Departamento de la Familia. mana. Las diferencias de credo, según
También tendrán que facilitar entrada a los Testigos de Jehová MELISSA CORREA VELÁZQUEZ, EL VOCERO
Los municipios de Santa Isabel, Vega Baja y Yauco también deberán facilitar la entrada a los Testigos de Jehová en las urbanizaciones con control de acceso para llevar su prédica de casa en casa, según una orden del juez federal Gustavo Gelpí. El pasado 24 de septiembre los demandantes pidieron al juez que encontrara en desacato a los municipios y urbanizaciones cerradas de Santa Isabel, Vega Baja y Yauco por no permitirles la entrada, a pesar que desde el 2008 se les había instruido a garantizarles el acceso. De esta forma, estos municipios se unirán a los ayuntamientos y urbanizaciones cerradas de Bayamón, Ponce, San Juan, Dorado, Gurabo, Caguas y Trujillo Alto, las cuales deben proveer llaves, códigos de acceso y ‘beepers’ a los Testigos de Jehová. “Los demandantes buscan la implantación de los remedios previamente establecidos en la orden para los municipios. La corte entiende que esos mismos remedios aplican a los municipios
de Santa Isabel, Vega Baja y Yauco”, expresa la orden. La misma dispone que los municipios deben proveer a los religiosos un número de contacto en caso de que las urbanizaciones incumplan su orden. De igual forma, se instruye a las urbanizaciones a notificar con anticipación a los ayuntamientos cualquier cambio en el método de acceso. Los municipios serán responsables de informar a la corte sobre el cumplimiento de las urbanizaciones. A su vez, se dispone que cada cuartel de la Policía debe responder prontamente cualquier llamada sobre el rechazo a acceso a los religiosos. Los municipios deben hacer un listado de las comunidades que no tienen guardias de seguridad en la entrada. La orden dispone además que cualquier ayuntamiento que incumpla la orden se enfrenta a una sanción de $100 diarios y a sanciones adicionales.
“Me declaré culpable porque se me amenazó con ir a juicio” MELISSA CORREA VELÁZQUEZ, EL VOCERO
Anthony Soto Rivera, hijo del exsenador Antonio ‘El Chuchin Soto’, se declaró culpable ante el juez federal Francisco Besosa, por poseer un arma de fuego modificada para disparar de forma automática. La vista se tornó un poco tensa ante las inconsistencias del convicto.
A lo que Besosa le cuestionó a Soto Rivera si fue él quien formó el acuerdo de culpabilidad y si la alegación del gobierno era lo que había pasado. “Me declaré culpable porque se me amenazó con ir a juicio”, respondió el retoño del expolítico.
Inicialmente, dijo que quería declararse culpable, pero luego alegó que no tuvo tiempo de discutir la prueba con su abogado Víctor González de la Oficina del Defensor Público Federal y que quería que se celebrara una vista de supresión de evidencia.
Acto seguido el Juez le explicó que “no es una amenaza, si las personas no se quieren declarar culpables, el proceso es que van a juicio”.
“Yo quería discutir la evidencia, pero no me dieron tiempo porque querían ir a juicio. No tuve tiempo, me enviaron a Atlanta y estaba en ‘lock down’ porque se formó un motín y no he visto la prueba”, alegó el convicto. A lo que su representante legal indicó al Juez que se había reunido con Soto Rivera en unas tres ocasiones y con la investigadora de la defensa para explicarle en qué consistía la prueba en su contra. “Él está al tanto de la evidencia”, apuntó González, quien añadió que su cliente sabía que parte de la prueba consiste en los testimonios de los agentes que lo encontraron con el arma de fuego encima.
“Yo lo que quería era irme a una supresión de evidencia y me dijeron que no se podía”, indicó el convicto. Besosa le indicó “usted ha sido representado por buenos abogados y si su abogado no entendió que había causa para radicar una petición de supresión de evidencia era porque sabía que no iba a tener éxito”. Mientras, la fiscal Kelly Zenón expuso que el caso contra Soto Rivera no es uno difícil de probar y que Soto Rivera es un ofensor de carrera. Afirmó que si éste deseaba rechazar la oferta del gobierno, que hiciera alegación de culpabilidad sin acuerdo de recomendación de sentencia. Finalmente, Soto Rivera dijo estar satisfecho con su abogado y terminó declarándose culpable.
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Hombre que EEUU intentó capturar planeó ataques ROBERT BURNS Y JASON STRAZIUSO, THE ASSOCIATED PRESS
NAIROBI, Kenia — El hombre que fuerzas especiales estadounidenses intentaron capturar en Somalia el fin de semana era un keniano que planeaba atacar el Parlamento de su país y la sede de la ONU en Nairobi, de acuerdo con un documento de inteligencia del gobierno keniano.
AP
El operativo de las fuerzas de élite SEAL realizado el sábado antes del amanecer tenía como objetivo capturar a Abdulkadir Mohamed Abdulkadir, también conocido como Ikrima, dijo un funcionario estadounidense. Se cree que los militares estadounidenses no lograron capturar ni matar a su objetivo.
atentado al elegante centro comercial Westgate en Nairobi el 21 de septiembre, en el que fallecieron al menos 60 personas, menciona a Samantha Lewthwaite —una británica llamada la ‘Viuda Blanca’ en la prensa de su país— como uno de varios “actores clave” en la conspiración para atacar edificios parlamentarios, la sede de las Naciones Unidas en Nairobi, campamentos de las fuerzas de defensa de Kenia y otros objetivos.
El documento interno del Servicio Nacional de Inteligencia de Kenia dice que Abdulkadir fue el principal organizador de un complot aprobado por el liderazgo central de al-Qaida en Pakistán para llevar a cabo múltiples ataques en Kenia a finales de 2011 y comienzos de 2012. Previamente, la AP reportó que esos ataques, ligados al grupo extremista somalí al-Shabab, se vieron frustrados. El documento, que fue filtrado a la AP y otros medios de comunicación tras el
Los conspiradores también intentaron asesinar a impor tantes funcionarios políticos y de seguridad de Kenia, de acuerdo con el documento de inteligencia.
La policía frustró ese complot. Lewthwaite, quien estaba casada con uno de los atacantes suicidas de los atentados al sistema de transporte de Londres en 2005, evitó ser capturada cuando por medio de un fraude consiguió un pasaporte sudafricano a nombre de otra persona. A finales del mes pasado, la Interpol, en una acción solicitada por Kenia, emitió una orden de arresto para Lewthwaite.
Entra a la segunda semana cese de gobierno federal DONNA CASSATA, THE ASSOCIATED PRESS
WASHINGTON — El cese parcial de labores del gobierno entró en su segunda semana sin que se vislumbre el final y en medio de indicios de mal agüero de que Estados Unidos se acerca a su primera mora de pagos en la historia del país.
10 días para que la amenaza de cese de pagos se vuelva inminente, la animosidad entre los líderes legislativos marca el estancamiento y la solución parece eludirlos.
AP / Charles Dharapak
Un comunicado de Harry Reid, líder de la mayoría demócrata El republicano John en el Senado, acusó Boehner, presidena Boehner de tener te de la Cámara de un problema de creRepresentantes, desdibilidad y le pidió cartó adoptar cualpermitir una votación quier medida para directa a una iniciaincrementar el poder tiva para reanudar de endeudamiento las labores del gobierdel gobierno si prino. “Hay un patrón mero el presidente consistente del preBarack Obama no BARACK OBAMA sidente Boehner en hace ciertas conceel que dice cosas que siones. Las discucontradicen los hechos o sus acciones siones sin acuerdos sacudieron los pasadas”, dijo Adam Jentleson, portamercados financieros ayer por la mañavoz de Reid. “Los estadounidenses en na, cuando el índice Dow Jones cayó todo el país están sufriendo porque Boehmás de 100 puntos al principio de ner se niega a aceptar la realidad”. las operaciones. Cuando solo faltan
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negocios
El periódico de Puerto Rico
Puerto Rico se posiciona en mercado de hoteles boutique ALANA ÁLVAREZ VALLE, EL VOCERO
O:live en el Condado, que ya ha sido galardonado, tiene varias nominaciones a premios internacionales
Puerto Rico ya cuenta con su espacio en el creciente segmento a nivel internacional de los hoteles boutique con el reconocimiento de O:live Boutique Hotel en el Condado a varios galardones de la industria. Los premios Boutique Hotel Awards y Mr & Mrs Smith Awards -ambos con base en Londres-, que condecoran esas pequeñas hospederías de ambiente íntimo y lujosas amenidades de gran hotel, otorgaron varias nominaciones a O:live como Mejor Hotel Nuevo del Año (“Best New Hotel of the Year”) y Mejor Novato del Año (“Best Newcomer”) y Mejor Restaurante, respectivamente. Ambos premios se revelan en noviembre, por lo que los dueños de la propiedad, el matrimonio Loisse Hegger y Fernando Dávila, podrían viajar a la capital británica a recoger sus galardones. No obstante, en días recientes la reconocida organización Fodor's reconoció a O:live como uno de los 10 Mejores Resorts del Caribe 2013. El único otro en Puerto Rico es el Dorado Beach Ritz Carlton Reserve, una propiedad de 1,400 acres de terreno.
“Estamos bien contentos. Es la primera vez que escogen a un hotel en el Caribe. Competimos con múltiples países. Mr & Mrs Smith se define como especialista en Boutique Hotels que cumplen con una calidad en servicio, diseño, tema y amenidades”, comentó Hegger. “Es un orgullo, porque aunque no ganemos, estar entre los nominados es un honor. Se habla del éxodo de puertorriqueños, pero algunos decidimos quedarnos e invertir aquí”, expresó Dávila. “Es importante saber que están mirando a Puerto Rico como esta puerta de productos de lujo. No tienes que tener acres, puede ser en la ciudad pero sentirte que te escapaste, que estás en un ambiente íntimo con todas las amenidades que necesitas”, agregó. O:live Boutique Hotel, que está localizado en la calle Aguadilla en el Condado frente a la Laguna, abrió sus puertas en mayo de 2012. Tiene 15 habitaciones y cuenta con 100 empleos directos y sobre 200 indirectos. Está decorado al estilo Mediterráneo, como una compilación de los mejores recuerdos de los viajes del matrimonio, que rememora las costas de Francia (St. Tropez), Italia (la costa
de Marfil), Marruecos y España (la Costa del Sol). Los empresarios entienden que el éxito del local radica en ese valor añadido, en los detalles, darle atención personalizada a los huéspedes. Por eso, a pesar de que llevan sólo un año abiertos tienen clientes recurrentes. “Nos aprendemos sus nombres, cómo toman el café o el té, cómo les va. En otros lugares cobran por todo, con nosotros es como si llegaran a la casa, pero con esas atenciones especiales”, indicó Hegger. “Como, además de los clientes de Estados Unidos, nos visitan muchos europeos y de otros lugares, tenemos empleados que hablan diferentes idiomas, incluyendo árabe y mandarín. Hemos tratado de pensar en los detalles, porque el lujo es no es oro, es tener una experiencia única desde que entras hasta que sales”, exclamó Dávila. Dávila y Hegger anhelan desarrollar otras propiedades que poseen en nuevos hoteles boutique. “Queremos educar al público de Puerto Rico para que nos ayuden a promover este concepto que va acorde con las nuevas tendencias turísticas”, subrayó Dávila.
BREVES EL VOCERO / NEGOCIOS / MARTES, 8 DE OCTUBRE DE 2013
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Le llega más dinero a Hacienda en septiembre ALANA ÁLVAREZ VALLE, EL VOCERO
La Secretaria hizo hincapié la semana pasada que esta alza en recaudos es “bien importante para COFINA”. El Proyecto del Senado 751 y su equivalente en la Cámara el Proyecto 1425 aumentan la cantidad del IVU que se deposita en COFINA de un 2.75% a un 3.5%. La semana pasada la casa acreditadora Moody's Investors Services degradó a A2 los bonos de COFINA y cambió las perspectivas de estable a negativa.
Los recaudos preliminares del Fondo General para septiembre reflejaron un aumento de $109 millones o 18% más en comparación con septiembre del año pasado. La información fue adelantada ayer por al Secretaria de Hacienda, Melba Acosta Febo, previo a la votación en la legislatura sobre el proyecto que aumenta el por ciento del Impuesto de Ventas y Uso que se destina a la Corporación del Fondo de Interés Apremiante (COFINA), con el cual el gobierno pretende levantar deuda nueva. La funcionaria destacó en comunicación escrita que están solamente $7 millones por debajo del estimado del presupuesto actual. Precisamente para balancear el presupuetso es que el gobienro necesita aumentar los recaudos y para regresar al mercado de bonos. “En el primer trimestre del año fiscal en curso los recaudos superan el mismo periodo del año anterior en $70 millones, equivalente a 4.4%. Estos números son preliminares, pueden variar y aumentar según Hacienda continua contabilizando recaudos. Los números finales serán reportados más tarde en el mes”, indicó Acosta Febo. “Las cifras preliminares demuestran los resultados de la nueva legislación contributiva y las diversas gestiones administrativas de responsabilidad fiscal que hemos adoptado. Continuamos monitoreando muy de cerca los recaudos y reforzando las medidas de fiscalización para
Melba Acosta Febo
cumplir con las metas que nos hemos trazado”, agregó. En los primeros dos meses del presente año fiscal, julio y agosto, los recaudos no alcanzaron las proyecciones. En septiembre, según el comunicado de prensa, los recaudos del IVU ascendieron a $97.5 millones para un incremento interanual de 5.3%, lo cual se atribuyó a las medidas que se han tomado para ampliar la base del impuesto. “Estos recaudos son el nivel más alto para un mes de septiembre desde que se implantó el IVU en noviembre de 2006”, dijo Acosta Febo.
Hacienda sostuvo que el alza en los recaudos de septiembre proviene principalmente de dos fuentes de ingresos. La contribución sobre ingresos de corporaciones registró un total de recaudos de $243 millones, lo cual representó un incremento de $88 millones o 57% en comparación con septiembre del año anterior. El aumento se atribuye a los cambios contributivos de la Ley 40 del 2013 que introdujo el cómputo de la patente nacional, entre otros. En septiembre se venció el pago trimestral de la contribución estimada de la mayoría de las corporaciones. El arbitrio de 4% a las compañías foráneas fue otro renglón importante con recaudos este mes que alcanzaron $150 millones, unos $30 millones más que septiembre del año anterior, este efecto se atribuye al cambio en la tasa contributiva que entró en vigor este año fiscal.
Corolla impulsa las ventas de Toyota
WSJ destaca problemas de PR Segun el diario de negocios The Wall Street Journal oficiales del gobierno federal de Estados Unidos están preocupados con la crisis económica de la Isla y los riesgos para los inversionistas estadounidenses.
San Juan en ruta colonial La directora ejecutiva de la Compañía de Turismo, Ingrid Rivera Rocafort informó a EL VOCERO que ya hay varias compañías de cruceros interesadas en establecer una ruta colonial por El Caribe en la que el Viejo San Juan sería una de las paradas. Las otras dos ciudades pudieran ser Santo Domingo y Cartagena.
REDACCIÓN NEGOCIOS, EL VOCERO
septiembre lograron vender 2,143 unidades, para un total de 20,351 unidades en lo que va de año. En agosto, la marca alcanzó un 27.4% de participación de mercado.
La llegada del nuevo modelo rediseñado Toyota Corolla registró un alza de 66% en ventas, a un mes de su lanzamiento en el mercado local. En septiembre, las ventas del Toyota Corolla alcanzaron las 819 unidades, que representa un 66% más sobre las ventas para el mismo mes el año anterior. Las ventas totales del Corolla alcanzaron las 5,496 unidades en lo que va de año, para un alza de 33%. La participación del modelo en el mercado es de 29.2%. “El Corolla ha conquistado los corazones de más de 40 millones de personas en 150 países desde 1966, por lo que estos datos dejan claro que este modelo sigue siendo el favorito y el mejor vehículo de todos los tiempos. En cuanto al patrón de ventas en términos generales, demostramos que como marca nos hemos ganado la confianza y lealtad del consumidor con la calidad de nuestros vehículos y nuestro servicio de excelencia”, dijo Mario Dávila, pre-
sidente de Toyota de Puerto Rico. Además del rediseño interior y exterior, el nuevo Toyota Corolla 2014 muestra mejores capacidades en la calidad de su manejo y seguridad mejorada. En cuanto a las ventas generales de Toyota y sus diferentes modelos, Dávila informó que en
Según Dávila, el liderazgo de Toyota se mantiene apoyado en los factores de calidad y confiabilidad de producto, el servicio mediante una amplia red de concesionarios, la disponibilidad de Toyota Financial Services y el espíritu de reinvención constante, entre otros. Toyota de Puerto Rico Corporation es distribuidora exclusiva de vehículos Toyota, Lexus y Scion en la Isla y se encuentra entre las 25 principales distribuidoras de autos en el mundo, con 26 concesionarios.
FirstBank dona propiedad Casa de la Bondad, Centro de Enseñanza de la Familia, Enactus, JCI (Junior Chamber International) y Proyecto PECES son las primeras cinco organizaciones sin fines de lucro que se beneficiarán del edificio comercial donado por FirstBank al Municipio de Humacao y que servirá como Centro de Adiestramiento y Desarrollo para la Comunidad.
FOTO ARCHIVO
MARTES, 8 DE OCTUBRE DE 2013
SUMINISTRADAS
escenario
Improvisación en los platos MARIAM M. ECHEVARRÍA BÁEZ EL VOCERO
El éxito del DJ Iván Robles radica, a su juicio, en la capacidad de adaptación e improvisación, que pondrá de manifiesto el próximo 12 octubre en el Centro de Convenciones de Puerto Rico, en el marco del 'Mejor Party de los 70's y 80's'.
Llevará al cine tema homosexualidad YOMARIS RODRÍGUEZ, EL VOCERO
Está decidido, el próximo guión que el cineasta puertorriqueño Jacobo Morales llevará a la pantalla grande abordará el tema de la homosexualidad. Pero sin caer en clichés, sino con el respeto y la dignidad que también merecen como seres humanos los homosexuales.
el diálogo”, indicó el veterano cineasta.
Se trata de la obra 'Al final del eclipse', que cerró exitosamente este año el Festival de Teatro del Tercer Amor, de Coribantes, y que dada la aceptación obtenida Jacobo decidió adaptarla para cine. De esta manera, dejó a un lado varios guiones que ha estado evaluando en los últimos años.
En términos de costos es una producción inmediata, porque en otras cosas son pocos personajes y los actores serán los mismos de la pieza teatral. Estos son: Jorge Luis Ramos, quien ganó el premio de mejor actor en el festival de Coribantes; Jerry Segarra, Ernesto Concepción y Yamaris Latorre. Por cierto, la obra inaugurará el Festival de Teatro Puertorriqueño del Instituto de Cultura, en marzo de 2014, el cual será dedicado a Jacobo y su esposa y productora Blanca Eró. El rodaje de la película será después de esta fecha.
“Desde que terminé de escribirla como obra y mucho más cuando la vi representada, me pasó por la mente que puede ser una película bien intimista, que descansa mucho en
En un principio, la trama se basa en un padre conservador (Ramos), su hijo homosexual (Segarra) y la relación de éste con una persona bisexual (Concepción). Estos
dos últimos son muy amigos de una muchacha lesbiana (Latorre), quien tiene un problema muy serio con su compañera que está enferma y necesita ayuda. Esta chica no apareció físicamente en teatro, pero sí lo hará en cine y aún no tiene contemplado quién la caracterizará. Jacobo solo la dirigirá, no actuará, y su esposa como es costumbre será la productora.
En términos de audiencia, entiende la asistencia a las salas no tiene por qué verse afectada porque no está dirigida solo a la comunidad homosexual. “Me agrada el tema porque lo tratamos bien; no nos basamos en los clichés manoseados que abundan en este tipo de obra. Se trata a la persona con dignidad y el respeto a sus propias convicciones”, puntualizó.
Renuncia a MQB por sentirse traicionada REDACCIÓN, EL VOCERO El periódico de Puerto Rico
Yolandita Monge se cantó traicionada y se retiró de “manera irrevocable” de la cuarta edición de 'Mira Quién Baila'.
YOLANDITA MONGE
“Lo que pasó anoche (domingo) en 'Mira quien baila' fue una falta de respeto, no solo a mí, sino peor aún, a toda mi familia. Si ellos están dispuestos a todo por 'rating', yo no. Si ellos están dispuestos a la traición, a venderle el alma al diablo por dos pesos, pues yo no. Yo llegué a un programa de televisión a bailar, a
defender una causa, no a que se me faltara el respeto, y se abusara de la confianza que les entregué”, lee el escrito enviado ayer por la cantante, que aunque no entra en detallessobreeldetonantedesudeterminación, se presume se basa en la difusión del vídeo de su hija Noelia.
“Si no querían puertorriqueños en la competencia, con no invitarnos tenían. Ya tienen una preocupación menos, ya no estoy”, reveló al tiempo que reiteró su agradecimiento al público que la privilegió con el 82 por ciento de los votos frente a Graciela Beltrán.
“Eso no se le hace a nadie, y si pensaron que yo jugaría ese juego, pues se equivocaron”, añadió la vocalista quien alega cierto grado de discrimenhacialosboricuasencompetencia.
De otra parte, la actriz se comprometió a hacer un concierto, cuyas ganancias sean destinadas a combatir la leucemia en los niños que la padecen en Puerto Rico.
“Tengo mi música siempre lista. Me dedico a esto, pero todos los 'partys' tienen algo diferente. Uno estudia la gente y su 'mood' (estado anímico)”, explicó Robles para establecer que “nunca los públicos son iguales”. De cara al 'Mejor Party de los 70's y 80's', convoca a una audiencia de todas las edades para nutrirse de la música que aun hoy, continúa siendo referente para la industria. “Es una experiencia musical que no te puedes perder, no importa la edad que tengas”, comentó quien labora en un nuevo álbum de música electrónica bajo el seudónimo de iROB. “Iván Robles es 'old school' y iROB es 'new school”, aseguró quien tiene en agenda la presentación en varios festivales en Europa y Suramérica. El 'Mejor Party de los 70's y 80's' es una producción TM Entertainment y también contará con la participación de la banda europea Bjorn Again interpretando los éxitos de ABBA, el DJ Emil Cedeño y el grupo Juke Box vocalizando los éxitos de los Beatles. Mayor información sobre Robles en www.ivanrobles.com. Para el evento, llamar a Ticket Center.
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Suministradas
EL VOCERO / ESCENARIO / MARTES, 8 DE OCTUBRE DE 2013
Moda y turismo en el West YOMARIS RODRÍGUEZ, EL VOCERO
En estos días, la moda es tema de conversación al dedicársele una semana en San Juan Moda, en El San Juan Resort & Casino, en Isla Verde. El área oeste también es parte de este movimiento con la sexta edición del West Fashion Week (WFW) para la temporada de primavera-verano 2014, que regresa del 10 al 12 de octubre al Hotel Courtyard Marriott en Aguadilla.
LOOK
El WFW, dirigido por Annjannette Spicer, mantiene su propósito de impulsar en un mismo evento la moda, la belleza y el turismo interno, mientras promueve a los diseñadores en el oeste y sirve de plataforma para nuevos talentos. Por primera vez los recaudos del desfile de apertura serán donados al Hogar Regazo de Paz, que ayuda a proveer un hogar a niños maltratados, desamparados, huérfanos o víctimas de violencia doméstica.
El jueves arrancará a partir de las 8:30 pm con el desfile de la línea infantil de Tommie Hernández y cerrará con la colección de Glenny Hernández, quien llega desde República Dominicana. El viernes comenzará a partir de las 7:30 pm con la línea de accesorios LaRox seguido por Nancy Oyola, Elsa Dunn, Raúl José, Juan Díaz by El Figueroa, Regatta, Curly, Lisa Thon y Bliyi. El sábado los desfiles también iniciarán desde las 7:30 pm con Lemaris Lorenzo, Nathalia López, Juan Carlos Collazo, Normariliz Soto, Maritza Camareno, Sonia Rivera, Oscar de la Renta y el gran cierre será de Tommie Hernández. El arreglo de las modelos estará a cargo del Liceo de Arte y Diseño, capitaneado por Imanol Marrero; el calzado será de Ian Behrman y el montaje de PFA Production Services. Para boletos comunicarse al 787630-5642.
Pulsera contra cáncer seno La pulsera Hope, confeccionada en plata 950 y macramé rosado, es la nueva propuesta de la diseñadora de accesorios Damarys Caro para contribuir en la recaudación de fondos de Susan G. Komen Puerto Rico, en su lucha por combatir el cáncer de seno. Esta pieza de la línea Karola & Co. es la segunda edición que Caro realiza en cola-
boración con la joyería Reinhold para esta causa. El propósito de la palabra hope (esperanza) es brindar esperanza y apoyo a cientos de mujeres que luchan a diario contra esta enfermedad. Este jueves Caro presentará la pulsera en el Gift Grab Bag de Reinhold, en Plaza Las Américas, de 11:00 am a 7:00 pm; y el viernes en El San Juan Resort & Casino desde las 6:00 pm.
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Demandante v.
LUZ IRAIDA ORTIZ MELENDEZ
Demandado(a) CIVIL: F CD2013-0679. SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: LUZ IRAIDA ORTIZ MELENDEZ t/c/c LUZ ORTIZ MELENDEZ. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 24 de septiembre de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 24 de septiembre de 2013. EN CAROLINA, Puerto Rico, el 30 de septiembre de 2013. MIRIAM ROSA MALDONADO. NOMBRE SECRETARIO(A). KEILA GARCIA SOLIS. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR; FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR.
EL VOCERO / CLASIFICADOS / MARTES, 8 DE OCTUBRE DE 2013 ED-11097 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE AGUADILLA.
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SUCESION MOHAMMAD MAATH AHMAD HAMDAD t/c/c MOHAMMAD MAATH HAMDAN compuesta por FULANO DE TAL Y SUTANO DE TAL y RADIHA MUSA t/c/c RADIEH MUSA HAMDAN en cuanto a la cuota viudal usufructuaria RADIHA MUSA t/c/c RADIEH MUSA HAMDAN, por sí SECRETARIO DE HACIENDA CENTRO DE RECAUDACIONES DE INGRESOS MUNICIPALES (C.R.I.M.) Demandados CIVIL NUM. ACD 2012-00127. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de PR. SS. A: WALA HAMDAN por conducto de su madre con patria potestad RADIHA MUSA t/c/c RADIEH MUSA HAMDAN. Por la presente se le notifica que la parte demandante ha presentado ante este Tribunal, demanda contra usted, solicitando la concesión del remedio expuesto en la demanda de epígrafe, por la suma principal de $81,485.50 más intereses sobre dicha cuantía al tipo convenido de 6% anual desde el primero de noviembre de 2011 hasta su total y completo pago, más recargos acumulados, más cualesquiera suma de dinero por concepto de contribuciones, primas de seguro hipotecario y riesgo, recargos por demora, así como de cualesquiera otras cantidades pactadas en la escritura de hipoteca hasta el pago total de las mismas, más la cantidad estipulada de $8,800.00 para costas, gastos y honorarios de abogados. La propiedad hipotecada es la: URBANA: Solar radicado en urbanización Medina, situada en el Barrio Mora de Isabela, Puerto Rico, marcado con el número 16 de la manzana “N” con un área superficial de 312.00 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con el número 17, en 24.00 metros; por el SUR, con solar número 15, en 24.00 metros; por el ESTE, con la calle número 10, en 13.00 metros; y por el OESTE, con los solares número 5 y número 6, en 13.00 metros. Contiene una casa de cemento diseñada para una familia. Presentada dicha hipoteca al asiento 687 del diario 839, finca número 8,445 de Isabela, del Registro de la Propiedad, Sección de Aguadilla. Inscrito en virtud de la Ley para agilizar el Registro de la Propiedad de 2010, extendido al asiento el 31 de enero de 2012; e inscrita al folio 33 vuelto del tomo 205 de Isabela; inscripción 5ta. Se le apercibe y advierte que de no contestar la Demanda radicando el original de la contestación ante la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Aguadilla y notificando copia de la misma al Lcdo. Juan M. Surillo Pumarada con oficinas localizadas en Surillo Pumarada & Dahdah Ramírez, Calle Méndez Vigo 84B Oeste, Mayagüez, Puerto Rico, 00680; teléfono (787) 8343700, y cuya dirección postal es P.O. Box 1183, Mayagüez, Puerto Rico 00681-1183, dentro del término de TREINTA (30) DIAS,
siguientes a la publicación de este emplazamiento por Edicto que será publicado una sola vez en un periódico de circulación diaria general en la Isla de Puerto Rico, podrá dictarse contra Usted sentencia en rebeldía, concediendo el remedio solicitado por la parte demandante en la Demanda, todo ello sin más citarle ni oírle. EXPEDIDO, bajo la firma de este Tribunal, en Aguadilla, Puerto Rico, hoy día 20 de septiembre de 2013. ANA M. AVILES GONZALEZ, SECRETARIA REGIONAL. (FDO.) POR: SECRETARIA AUXILIAR. DB-536 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR
DORAL BANK Demandante v.
ROSALINA TORRES RIVERA, MARIA EUGENIA RIVERA PRIETO Demandada CIVIL NÚM: F CD20131026(401)SOBRE:COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA (VÍA ORDINARIA) EMPLAZAMIENTO POR EDICTOESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO A: ROSALINA TORRES RIVERA, MARIA EUGENIA RIVERA PRIETOSe notifica a ustedes que se ha presentado en esta Secretaría una demanda en la que se ejecuta una hipoteca por $14,176.00 de principal, la cual está reducida a $5,707.01 al 9.45% de interés anual, adeudando intereses desde el 1 de febrero de 2013, sobre la propiedad inmueble que se describe a continuación: ALTURAS DE CAMPO RICO LOTE 916 CALLE 21 Y 14 CANOVANAS, PR 00729 Se les emplaza y requiere que contesten la demanda presentando el original de la contestación en la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de CAROLINA, Puerto Rico y notificando copia de dicha contestación al abogado del demandante: LIC. IGNACIO J. GORRIN MALDONADO, RUA #11,534, FIDDLER GONZÁLEZ & RODRÍGUEZ, P.S.C., PO BOX 363507, SAN JUAN, PR 009363507, TEL. (787) 759-3156; (787) 759-3157; (787) 759-3191, FAX (787) 754-7544, igorrin@fgrlaw.com, dentro del término de TREINTA (30) DÍAS de haberse publicado este edicto, descontando la fecha de la publicación del edicto. Si dejaren de contestar la demanda dentro del plazo y la forma indicada, se procederá a dictar sentencia en rebeldía en su contra, concediendo el remedio solicitado en la demanda, sin más citarle ni oírle. EXPEDIDO, bajo mi firma y sello del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE CAROLINA, PUERTO RICO, hoy a 27 de septiembre de 2013. MIRIAM ROSA MALDONADO, SECRETARIA REGIONAL, SECRETARIO(A) . DAMARIS TORRES RUIZ, SUBSECRETARIO(A). CB-3399 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN
AUTORIDAD DE CARRETERAS Y TRANSPORTACION DE PUERTO RICO PETICIONARIA V.
SUCN. JULIA ORTIZ SANCHEZ PARTES CON INTERES CASO NUM. KEF2004-0172 (1003) SOBRE: EXPROPIACION FORZOSA EMPLAZAMIENTO POR EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS S.S. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO A: SUCESION DE GONZALA ORTIZ SANCHEZ, también conocida como Carmen Ortiz Sánchez, compuesta por: CARMEN M. CAPOZZI, RUFINA ANTONETTY, ELISA WILLIAMS, MIRIAM POPE, GEORGE WILLIAMS, GLEN WILLIAMS PARTES CON INTERES Se le notifica y emplaza que la Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico ha radicado en esta Secretaría una Petición de Expropiación Forzosa sobre las siguientes propiedades: PARCELA NUM. 146-
01 CODIFICACION: 401-000006-03 (PARTE) “RUSTICA: Parcela de terreno localizada en el Barrio Emajagua del término municipal de Maunabo, Puerto Rico, compuesta por 10.174.8422 metros cuadrados, equivalentes a 2.5888 cuerdas, según mensura realizada por la Autoridad de Carreteras. En lindes, por el NORTE, con terrenos remanentes de la finca principal; por el SUR, con la parcela 14802 a ser adquirida; por el ESTE con la parcela 150-01 a ser adquirida y por el OESTE con las parcelas 147-01 y 148-01 a ser adquiridas”. PARCELA NUM. 148-01 CODIFICACION: 401000-006-03 (PARTE) “RUSTICA: Parcela de terreno localizada en el Barrio Emajagua del término municipal de Maunabo, Puerto Rico, compuesta por 944.9922 metros cuadrados, equivalentes a 0.2404 cuerdas, según mensura realizada por la Autoridad de Carreteras. En lindes, por el NORTE, con terrenos remanentes de la finca principal; por el SUR, con la parcela 145D-01 a ser adquirida; por el ESTE con la parcela 147-01 a ser adquirida, y por el OESTE con la parcela 145D-01 y 148-01 a ser adquirida”. PARCELA NUM. 148-02 CODIFICACION: 401-000-00603 (PARTE) “RUSTICA: Parcela de terreno localizada en el Barrio Emajagua del término municipal de Maunabo, Puerto Rico, compuesta por 1,438.0989 metros cuadrados, equivalentes a 0.3659 cuerdas, según mensura realizada por la Autoridad de Carreteras. En lindes, por el NORTE, con la parcela 146-01 a ser adquirida; por el SUR, con las parcelas 149-01 y 149A-01 a ser adquiridas; por el ESTE con la parcela 146-01 a ser adquirida, y por el OESTE con la parcela 145D-01 y otros terrenos a ser adquiridos”. PARCELA NUM. 149-01 CODIFICACION: 401000-006-03 (PARTE) “RUSTICA: Parcela de terreno localizada en el Barrio Emajagua del término municipal de Maunabo, Puerto Rico, compuesta por 4,388.1946 metros cuadrados, equivalentes a 1.1165 cuerdas, según mensura realizada por la Autoridad de Carreteras. En lindes, por el NORTE, con las parcelas 145D01, 149A-01 y terrenos de Vicente Ortiz Sánchez a ser adquiridos; por el SUR, con PR-901 y parcela 189-A-01 a ser adquirida y terrenos privados; por el ESTE con la parcela 150A-01, 189A-01 y terrenos a ser adquiridos de Vicente Ortiz Sánchez, y por el OESTE con terrenos privados”. PARCELA NUM. 149A-01 CODIFICACION: 401-000-006-03 (PARTE) “RUSTICA: Parcela de terreno localizada en el Barrio Emajagua del término municipal de Maunabo, Puerto Rico, compuesta por 422.3812 metros cuadrados, equivalentes a 0.1075 cuerdas, según mensura realizada por la Autoridad de Carreteras. En lindes, por el NORTE, con la parcela 148-02 a ser adquirida; por el SUR, con la parcela 149-01 y 150A-01 a ser adquiridas; por el ESTE con la parcela 188-01 a ser adquirida, y por el OESTE con la parcela 149-01 a ser adquirida”. PARCELA NUM. 188-01 CODIFICACION: 401000-006-03 (PARTE) “RUSTICA: Parcela de terreno localizada en el Barrio Emajagua del término municipal de Maunabo, Puerto Rico, compuesta por 410.0038 metros cuadrados, equivalentes a 0.1043 cuerdas, según mensura realizada por la Autoridad de Carreteras. En lindes, por el NORTE, con parcela 148-01, a ser adquirida; por el SUR, con las parcelas 150A-01 y 149A-01, a ser adquiridas; por el ESTE, con la parcela 150A-01, y por el OESTE, con las parcelas 149A01 a ser adquiridas”. Las antes descritas parcelas se segregan de la finca número 6,571, inscrita al folio 224 del tomo 75 de Maunabo, Registro de la Propiedad de Guayama. La Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico interesa adquirir dicha estructura para el Proyecto ACT-005313, Construcción Carretera PR-53, Maunabo, Puerto Rico. Se ha consignado en esta Secretaría la cantidad de $95,210.00 que ha sido el valor estimado por la agencia expropiante por la propiedad expropiada. No habiéndose podido notificar ni emplazar a la parte con interés antes relacionada, por estar inaccesible a ello, este Tribunal ha ordenado que se emplace por edicto, que se publicará una (1) vez por semana, durante tres (3) semanas consecutivas, en un periódico de circulación diaria de Puerto Rico. Se le notifica que si desea presentar objeción o defensa a la incautación de la propiedad, debe radicar su contestación en este Tribunal dentro del término de treinta (30) días contados a partir de la última publicación de este edicto, debiendo notificar con copia de dicha
contestación a la parte peticionaria, a través de la Lcda. Frances D. Jiménez Figueroa, P.O. Box 360267, San Juan, Puerto Rico 00936-0267; teléfonos (787) 200-7378 (787) 200-7379; facsímil (787) 759-5999. De no contestar en el término antes indicado, renunciará a todas sus defensas y objeciones, pero en la vista de justa compensación, hubiere o no comparecido o contestado con anterioridad, podrá ofrecer prueba sobre el justo valor de la propiedad y participar en la distribución de la suma adjudicada. Este Tribunal ha señalado el día 13 de noviembre de 2013, a las 9:00 a.m., Sala 1003 del Centro Judicial de San Juan, Puerto Rico, para la vista del caso, en cuyo día se determinará el justo valor de la propiedad y las partes a ser compensadas y a la cual puede comparecer con o sin representación de abogado. Expedido por Orden del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, Puerto Rico a 10 de septiembre de 2013. Lcda. Rebecca Rivera Torres, Secretaria Regional. Secretario (a) General. Por: Loyda M. Couvertier Reyes, Secretario (a) Auxiliar. ED-10072 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA. EN EL TRIBUNAL SUPERIOR DE PUERTO RICO, SALA DE AGUADILLA.
EFRAIN SOTO VARGAS Peticionario
EX-PARTE CIVIL NUM: AJV2013-0121. SOBRE: EXPEDIENTE DE DOMINIO. EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. S.S. A: LAS PERSONAS IGNORADAS A QUIENES PUEDA PERJUDICAR LA INSCRIPCION SOBRE EL INMUEBLE DESCRITO EN LA PETICION DE DOMINIO EN EL CASO DE EPIGRAFE Y EN GENERAL A TODA PERSONA QUE DESEE OPONERSE. POR LA PRESENTE se notifica que la peticionaria en epígrafe ha presentado una Petición para que se declare a su favor el dominio de la siguiente entidad registral: --RUSTICA: Radicada en el Bo. Piedras Blancas de Aguada, PR, con una cabida de 86 céntimos de cda. Colinda al ESTE con camino vecinal, al OESTE con Luis Vargas, al NORTE con Maximiliano Sánchez y al SUR, con Santiago Vargas y Luis Vargas. Que según nueva mensura de la finca objeto de dominio descrita en el párrafo segundo, previamente realizada por el Agrimensor Julio C. Cajigas, licencia número 9795, surge de la siguiente descripción y es la que se pretende inscribir: ---RUSTICA: Predio de terreno sito en el Barrio Piedras Blancas en el término municipal de Aguada, Puerto Rico, con una cabida superficial de 3,036.9296 mc = a 0.7727 de cuerda. en lindes al NOR-ESTE, en 5 alineaciones que suman 87.35 metros lineales con terrenos de Luis Vargas; al SUR, en 3 alineaciones que suman 85.35 metros lineales con terrenos de Carlos Méndez (Hogar Love and Care, Inc.); al ESTE, en 16 alineaciones que suman 78.19 metros lineales con carretera municipal que dirige a carretera 411. la finca tiene forma de triángulo. Enclavan en el terreno dos estructuras de cemento. La parte peticionaria adquirió la antes descrita finca, mediante escritura 17 sobre División Parcial de Bienes Hereditarios y Rectificación de Cabida, otorgada el 21 de mayo de 2013 ante la Notaria Ana D. Cajigas Morales. El abogado del Peticionario es la Licenciada Ana D Cajigas Morales, P.O. Box 2111, Aguada, Puerto Rico 00602, Tel. 787252-1131. Se ha ordenado por este Tribunal Superior de Aguadilla, se publique la pretensión de la peticionaria por 3 veces durante un término de 20 días en un periódico de circulación diaria, para que los que tengan algún derecho real sobre el inmueble descrito, las personas ignoradas a quienes puedan perjudicar la inscripción y en general, a todos los que deseen oponerse, puedan efectuarlo dentro del término de 20 días a partir de la última publicación del presente edicto. POR TANTO, libro la presente en Aguadilla, Puerto Rico, hoy 13 de agosto de 2013. ANA M. AVILES GONZALEZ, SECRETARIA REGIONAL. POR: BRENDA VISBAL, SECRETARIO AUXILIAR.
ED-11092 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE PATILLAS.
BENIGNO SOTO DE LEON su esposa ALBILDA VELAZQUEZ DAVILA y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos Demandantes
LOURDES SOTO DE LEON t/c/p SEGUNDA SOTO DE LEON JOSE MANUEL SOTO DE LEON herederos de RAMON SOTO DE LEON que son: CONSUELO DE LOURDES SOTO WESTERBAND y OTROS
CIVIL NUM. G3CI201200094. SOBRE: PARTICION, DIVISION Y ADJUDICACION DE BIENES DE HERENCIA. EDICTO. A: MARILUZ SOTO COLON, 7164 SOUTH HARDING, CHICAGO, ILLINOIS 60629; YOLANDA SOTO COLON, 3417 W. FUILERTON, CHICAGO, ILLINOIS 60647; MARGIE SOTO COLON, 3417 W. FUILERTON, CHICAGO, ILLINOIS 6064; NANCY SOTO COLON, 5002 WEST PENSACOLA AVE., CHICAGO, ILLINOIS 606411, WANDA SOTO COLON, 5002 PENSACOLA AVE., CHICAGO, ILLINOIS 606411; PEDRO SOTO COLON, 8E FERMWOOD DRIVE, BOLINGBROOK, CHICAGO, ILLINOIS 60440, OMAYRA SOTO WESTERBAND, 900 GRAND CONCOURSE, APARTAMENTO 46-A, BRONX, NEW YORK 10451; JEANNETTE SOTO FONSECA, RODNEY SOTO ORTIZ y LUIS ALBERTO SOTO ORTIZ. JOHN DOE Y RICHARD ROE, HEREDEROS DESCONOCIDOS. Por la presente se le notifica a usted que la parte demandante ha presentado una demanda sobre Partición, División y Adjudicación de Bienes de Herencia y se le emplaza por edicto y se le requiere que notifique al Licenciado Luis Pabón García, abogado parte demandante a su dirección en Professional Center Bld., Suite 301, Muñoz Rivera #2, Caguas, Puerto Rico 00725 copia de su contestación a la demanda dentro de los treinta (30) días después de la publicación de este edicto. Apercibiéndose que de no hacerlo así, se dictará sentencia concediendo el remedio solicitado. Bajo mi firma y sello del tribunal, hoy día 22 de mayo de 2013. LILLIAN I. FLORES MORALES, SECRETARIA TRIBUNAL CONFIDENCIAL II. ED-10010 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON, SALA SUPERIOR.
SCOTIABANK DE PUERTO RICO Demandante V.
EDGARDO ENRIQUE MEDINA BARCELO t/c/c EDGARDO E. MEDINA BARCELO t/c/c EDGARDO MEDINA BARCELO
Demandados CIVIL NUM. DCD2011-2719 (506). SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA Y COBRO DE DINERO. AVISO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA. Yo, ALG. FREDDY OMAR RODRIGUEZ COLLAZO, Alguacil Supervisor de la División de Subastas del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, a los demandados y al público en general les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 5 de diciembre de 2012 y para satisfacer la Sentencia por la cantidad adeudada de $417,993.61 de principal, dictada en el caso el 22 de febrero de 2012, notificada y archivada en autos el día 15 de
marzo de 2012, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a las propiedad localizada en: en el Municipio de Guaynabo, Puerto Rico, el bien inmueble que se describe a continuación: --D1, #34, Tintillo St., Tintillo Gardens Dev., Guaynabo, Puerto Rico. ---URBANA: Solar número treinta y cuatro (34) de la manzana D guión uno (D-1) en la urbanización Tintillo Gardens, del Barrio Juan Domingo en Guaynabo, Puerto Rico, con una cabida de setecientos quince metros cuadrados (715.02) y en lindes por el Norte, con propiedad de A.G. Wolf, distancia de catorce puntos doscientos treinta y tres metros (14.233) pero según plano catorce punto doscientos veintinueve metros (14.229), por el Sur, con el solar número treinta y tres (33) del bloque D guión uno (D-1), en la urbanización Tintillo Gardens, del Barrio Juan Domingo en Guaynabo, Puerto Rico, con una cabida de setecientos quince metros cuadrados (715.02) y en lindes por el Norte, con propiedad de A.G. Wolf, distancia de catorce puntos doscientos treinta y tres metros (14.233) pero según plano catorce punto doscientos veintinueve metros (14.229), por el Sur, con el solar número treinta y tres (33) del bloque D guión uno (D-1), en veinticuatro punto ochocientos sesenta y cinco (24.865) metros, por el Este, con el solar número uno (1) del bloque D guión uno (D-1), distancia de treinta y uno punto novecientos noventa y seis metros (31.996) y por el Oeste, con la calle número tres (3), distancia de treinta y seis punto ochocientos setenta y un metros (36.871) y un arco. ---Inscrita al folio cincuenta (50) del tomo ciento ochenta y ocho (188) de Guaynabo, Sección de Guaynabo, finca número doce mil ochocientos cuarenta y cuatro (12,844). Que con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $476,576.00 para la propiedad descrita. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 partes del valor de la tasación. Para el lote descrito, la primera subasta se llevará a cabo el día 22 de octubre de 2013, a las 11:15 de la mañana. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una segunda subasta el día 29 de octubre de 2013, a las 3:15 de la tarde. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una tercera subasta el día 5 de noviembre de 2013, a las 3:15 de la tarde. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón. Se le advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificara además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conoci-
miento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Bayamón, Puerto Rico, a SEP 17 2013. ALG. FREDDY OMAR RODRIGUEZ COLLAZO.
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ED-11084 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.
LUIS ARMANDO LUGO ZAMBRANA Parte Demandante VS.
KARINESS APONTE COLON
ED-11094 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSParte Demandada TANCIA, CENTRO JUDICIAL DE CIVIL NUM. K DI2013-0235. SASAN JUAN, SALA SUPERIOR. LA 708. SOBRE: DIVORCIO (SEPARACION). SENTENCIA. A la vista en su fondo señalada Parte Demandante para el 23 de agosto de 2013, VS. compareció la parte demandante, Luis Armando Lugo Zambrana, representado por la Lcda. Doraly Rivera González. La parte demandada, Kariness Aponte Colón, no compareció ni su representante legal. A la parte demandada se le anotó la rebeldía el 5 de julio de 2013. Surge del expediente que el Tribunal ha adquirido jurisdicción sobre la demandada, mediante emplazamiento edicto, el cual fue realizado conforme a las Reglas de Procedimiento Civil de Puerto Rico. A base de del análisis de la prueba presentada y de conformidad con las disposiciones de los artículos 96 y 97 del Código Civil de Puerto Rico, 1930 (31 Parte Demandada L.P.R.A., secciones 321 y 331), CASO NUM. K CD2013-0128. el Tribunal declara Con Lugar la SALON NUM. 807. ACCION CI- demanda de divorcio y en su VIL DE COBRO DE DINERO Y consecuencia decreta roto y diEJECUCION DE HIPOTECA suelto el vínculo matrimonial POR LA VIA ORDINARIA. EM- existente entre las partes por la PLAZAMIENTO POR EDICTO. causal de Separación. Las parEstados Unidos de América. El tes contrajeron matrimonio el día Presidente de los Estados Uni- 17 de julio de 2004, en Salinas, dos. Estado Libre Asociado de Puerto Rico, según Certificado Puerto Rico. SS. A: ROBERTO de Matrimonio Núm. 152-2004DEL VALLE QUIÑONEZ t/c/c 0 0 1 0 8 - 0 1 2 2 7 9 - 2 5 2 6 7 7 ROBERTO DEL VALLE QUIÑO- 01786815. Custodia y Patria PoNES; SANDRA TROCHE MER- testad. Las partes procrearon la CADO t/c/c SANDRA LUZ TRO- siguiente hija durante su matriCHE MERCADO. Quede empla- monio: Nombre: Gina Paola Luzada(o) y notificada(o) que en go Aponte. Fecha nacimiento: 4 de junio de 2005. Edad: 8 años. este Tribunal se ha radicado De- La menor reside con su madre manda sobre Cobro de Dinero y desde hace un año en el estado Ejecución de Hipoteca por la Vía Washington en los Estados UniOrdinaria en la que se alega que dos. El Tribunal declina jurisdicusted le adeuda a la parte de- ción sobre los asuntos de la memandante lo siguiente: Las su- nor. El demandante informe que mas de $138,985.48 y la custodia de la menor la tiene $34,618.35 de principal, más los la madre la patria potestad es intereses sobre dicha suma al compartida. La pensión alimenti6.5/8% anual desde el día 1ro. cia se fijó en la ASUME en febrede noviembre de 2010, hasta su ro 2013 y asciende a $428.00 completo pago, más las primas mensuales. El número de caso de seguro hipotecario y riesgo, en la ASUME es 0506851. El derecargos por demora y cuales- mandante informó que son una quiera otras cantidades pactadas semana en verano y una semaen la escritura de primera hipote- na en diciembre, en la fecha y ca, desde la fecha antes mencio- condiciones que coordinen las nada y hasta la fecha del total partes. Liquidación de la sociepago de las mismas, más las su- dad de bienes gananciales. Las mas de $14,640.00 y $3,660.00 partes expresan que no tienen bienes ni deudas de la sociedad para gastos, costas y honorarios legal de gananciales que dividir. de abogados. La propiedad hipo- Esta Sentencia deberá ser notifitecada cuya ejecución se solicita cada también por edicto. REGIStiene la siguiente descripción y TRESE Y NOTIFIQUESE. En localización: URBANA: Lote #25 San Juan, Puerto Rico, a 23 de del bloque Z de la Urbanización agosto de 2013. ARLENE SERío Piedras Valley, localizado en LLES GUERRINI, JUEZ SUPEel Sector Guaracanal del Barrio RIOR. CERTIFICO: LCDA. RESabana Llana de Río Piedras, BECCA RIVERA TORRES, SEcon una cabida superficial de CRETARIA. POR: MARILY LO246.236 metros cuadrados. En PEZ MARTINEZ, SEC. AUXIlindes por el NORTE, en una dis- LIAR. tancia de 13.71 metro, con la Calle A de dicha urbanización; por ED-10011 ESTADO LIBRE el SUR, en una distancia de ASOCIADO DE PUERTO RICO. 13.68 metros con la propiedad TRIBUNAL DE PRIMERA INSde Doña Matilde Valdivieso de TANCIA, SALA SUPERIOR DE Roig; por el ESTE, en una dis- BAYAMON. tancia de 17.88 metros con el lote #26 y por el OESTE, en una Demandante distancia de 17.98 metros con el V. lote #24. El inmueble antes descrito contiene una casa de concreto diseñada para una sola familia construida de acuerdo con los planos de especificaciones Demandados sometidos y aprobados por las CIVIL NUM. DCD2007-3446 agencias e instrumentalidades (701). SOBRE: COBRO DE DIgubernamentales pertinentes. NERO Y EJECUCION DE HIPOInscrita al tomo móvil 983 de Sa- TECA POR LA VIA ORDINARIA. bana Llana, sección V de San AVISO DE VENTA EN PUBLICA Juan, finca número 33,187. Se le SUBASTA. Yo, ALG FREDDY advierte que si no contesta la de- OMAR RODRIGUEZ COLLAZO, manda, radicando el original de Alguacil Supervisor de la División la contestación en este Tribunal de Subastas del Tribunal de Priy enviando copia de la misma al mera Instancia, Sala de BayaLCDO. NICOLAS QUIÑONES- món, a los demandados y al púCASTRILLO del Bufete VAZ- blico en general les notifico que, QUEZ & VIZCARRONDO LLP, a cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente su dirección P.O. Box 195389, caso por el Secretario del TribuSan Juan, Puerto Rico 00919- nal de epígrafe con fecha 31 de 5389, Tel. (787) 999-5252, Fax enero de 2013 y para satisfacer (787) 751-1038 dentro del térmi- la Sentencia por la cantidad de no de treinta (30) días de la pu- $275,539.30 de principal, dictada blicación de este edicto en un en el caso el 4 de agosto de periódico de circulación diaria, se 2008, notificada y archivada en le(s) anotará la rebeldía y se autos el día 21 de agosto de le(s) dictará sentencia en su con- 2008, procederé a vender en pútra, concediendo el remedio soli- blica subasta, al mejor postor en citado, sin más citarle(s) ni pago de contado y en moneda oírle(s). EXPEDIDO BAJO MI del curso legal de los Estados FIRMA Y SELLO DE ESTE TRI- Unidos de América, todo dereBUNAL. En San Juan, Puerto Ri- cho, título e interés que hayan co, hoy día SEP. 25 2013. tenido tengan o puedan tener los LCDA. REBECCA RIVERA TO- deudores demandados en cuanRRES, SECRETARIA REGIO- to a las propiedad localizada en NAL. POR: YANIRA RIVERA el Municipio de Guaynabo, PuerBUTHER, SUB- to Rico, el bien inmueble que se describe a continuación: ---#22, SECRETARIA(O) SERV. SALA. The Village at Suchville Dev., Guaynabo, Puerto Rico. ---URBANA: Lote de terreno localizado
DORAL BANK
ROBERTO DEL VALLE QUIÑONEZ t/c/c ROBERTO DEL VALLE QUIÑONES SANDRA TROCHE MERCADO t/c/c SANDRA LUZ TROCHE MERCADO
DORAL BANK
HECTOR LUIS NEGRON GARCIA
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CLASIFICADOS / MARTES, 8 DE OCTUBRE DE 2013 El periódico de Puerto Rico
en el Proyecto Residencial The Village at Suchville en el Barrio Juan Domingo del municipio de Guaynabo, Puerto Rico, identificado en el plano de inscripción aprobado por la Junta de Administración de Reglamentos y Permisos para la Urbanización Unidad 22. El mismo tiene una cabida superficial de ciento ocho punto cincuenta y ocho metros cuadrados (108.58 m.c.). En lindes por el Norte con la unidad número veintiuno (21) en una distancia de dieciséis punto ocho mil seiscientos ochenta y cuatro metros (16.8684 m.), por el Sur con la unidad número veintitrés (23), en una distancia de dieciséis punto ocho mil seiscientos ochenta y cuatro metros (16.8684 m.), por el Este, “public area”, en una distancia de seis punto cuatrocientos setenta y siete (5.477 m.) y por el Oeste, con “public area” en una distancia de seis punto cuatrocientos setenta y siete (6.477 m.). En el solar enclava una estructura de hormigón armado y bloques con un área superficial de aproximadamente de tres mil setenta pies cuadrados (3,070.00 p.c.) equivalentes a doscientos ochenta y cinco punto doscientos tres metros cuadrados (285.203 m.c.) --En el solar enclava una estructura de hormigón armado y bloques con un área superficial de aproximadamente tres mil setenta pies cuadrados (3,070 p.c.) equivalentes a doscientos ochenticinco punto doscientos tres metros cuadrados (285.203 m.c.). La misma consta de tres (3) cuartos dormitorios, un salón multi-usos, tres y medio (3 1/2) baños, sala, comedor, cocina, marquesina para dos automóviles y demás dependencias. --Inscrita al folio 73 del tomo 1,359 de Guaynabo, inscripción 2da., finca número 1/46045. Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección de Guaynabo. Que con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $279,200.00 para la propiedad descrita. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 partes del valor de la tasación. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en ésta el tipo mínimo será de la 1/2 del valor de la tasación. Para el lote descrito, la primera subasta se llevará a cabo el día 22 de octubre de 2013, a las 11:30 de la mañana. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una segunda subasta el día 29 de octubre de 2013, a las 3:30 de la tarde. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una tercera subasta el día 5 de noviembre de 2013, a las 3:30 de la tarde. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón. De Estudio de Título realizado surge el siguiente gravamen posterior el cual podrá ser cancelado: ---HIPOTECA: En garantía de un pagaré a favor de Doral Bank, o a su orden, por la suma de $69,800.00, intereses al 6.5% anual, vencedero el 1ro de febrero de 2035, según consta de la escritura número 98, otorgada en San Juan, el 26 de enero de 2005, ante el notario Julio Francisco Fernández Rodríguez, inscrito al folio 73 del tomo 1359 de Guaynabo, finca 46,045, inscripción 3ra. ---HIPOTECA: En garantía de un pagaré a favor de Doral Bank, o a su orden, por la suma de $117,000.00, intereses al 7.5% anual, vencedero el 1ro de noviembre de 2020, según consta de la escritura número 364, otorgada en San Juan, el 14 de octubre de 2005, ante el notario José Rubén Vélez Marrero, inscrito al folio 73 del tomo 1359 de Guaynabo, finca 46,045, inscripción 4ra. ---EMBARGO: A favor del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, Departamento de Hacienda, por la suma de $102,820.06, por concepto de Contribuciones sobre ingresos, contra Héctor Luis Negrón García, según certificación de fecha de 2 de junio de 2009, anotado el 8 de mayo de 2012, al folio 73 del tomo 1359 de Guaynabo, finca 46,045. Anotación A. También anotado al folio 161 del libro 16, orden 9218. Se le advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que
tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. LIBRADO en BAYAMON, Puerto Rico, a SEP 20 2013. ALG. FREDDY OMAR RODRIGUEZ COLLAZO. RP-127 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE AGUADA.
SONIA C. EVANS también conocida por SONIA EVANS, SONIA CANDELARIA y SONIA CANDELARIA TALAVERA Demandante Vs.
RITA ANN EVANS también conocida por RITA A. EVANS, RITA EVANS y RITA EVANS ARTNZEN
Demandada CIVIL NUM. ABCI2013-00371. SOBRE: LIQUIDACION DE HERENCIA/DIVISION OF ESTATE. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. A: RITA ANN EVANS, también conocida por RITA A. EVANS, RITA EVANS y por RITA ANN EVANS ARNTZEN. Por la presente se le emplaza y notifica que la parte demandante ha presentado demanda de contra usted, la parte demandada, solicitando la Liquidación de Herencia. Se le requiere para que conteste la demanda, copia de cuya demanda le será enviada por correo certificado con acuse de recibo dentro de los diez días siguientes a la publicación de este emplazamiento por edicto, conjuntamente con el emplazamiento, radicando el original de la contestación ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Aguada a la siguiente dirección: Tribunal de Aguada, PO Box 744, Aguada, Puerto Rico 00602, y notificando copia de dicha contestación a la demanda al abogado de la parte demandante, cuyo nombre, dirección y teléfono son los que se indican a continuación: Lcdo. Ramiro Lladó Martínez, Apartado 1821, Rincón, Puerto Rico 00677, Teléfono (787) 823-7894, dentro de los treinta (30) días después de la publicación de este edicto, excluyéndose el día de la publicación. Se le apercibe que en caso de no hacerlo así, podrá dictarse sentencia en rebeldía en contra suya, concediendo el remedio solicitado en la demanda sin más citarle ni oírle. Expedido bajo mi firma y sello del Tribunal, hoy 10 de abril de 2013, en Aguada, Puerto Rico. ANA M. AVILÉS GONZÁLEZ, SECRETARIA REGIONAL. BETHZAIDA ACEVEDO LISOJO, SEC. AUX. TRIBUNAL I. SECRETARIA AUXILIAR.
ED-10073 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE BAYAMON.
MARY CHRISTINE TULLA VARGAS Peticionaria
EX PARTE
CIVIL NUM.: DJV13-0245. SOBRE: EXPEDIENTE DE DOMINIO. EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los EEUU. El Estado Libre Asociado de PR. A: EDGAR E. PEREZ BRACETY Y FRANCISCO NIEVES GARCIA Y CATALINA ADORNO y/o sus SUCESIONES HEREDEROS DESCONOCIDOS Y TODO EL QUE TENGA ALGUN DERECHO REAL SOBRE EL INMUEBLE DESCRITO MAS ADELANTE; A LAS PERSONAS IGNORADAS A QUIENES PUEDA PERJUDICAR LA INSCRIPCION DE DOMINIO SOLICITADA Y EN GENERAL A TODA PERSONA QUE DESEE OPONERSE: POR LA PRESENTE, se les notifica que comparezcan, si creyeren que les conviene, ante este Tribunal en el caso de epígrafe dentro de veinte (20) días a partir de la última publicación de este Edicto, y exponer lo que a sus derechos convenga en el expediente promovido por el peticionario para adquirir e inscribir su dominio sobre la siguiente propiedad: ---RUSTICA: Predio de terreno ubicado en el Barrio Sabana, Sector cerro Gordo, del Municipio de Vega Alta, Puerto Rico; con una cabida superficial de cuatrocientos setenta y ocho punto tres seis cuatro ocho (478.3648) metros cuadrados; en lindes por el NORTE, con Sports Consultan, Inc.; por el SUR, con calle Principal de Cerro Gordo; por el ESTE, con Edgar E. Pérez Bracety; y por el OESTE, con terrenos de Pablo Cintrón Soto y con Leonardo Concepción Villalobos. ---Enclava una estructura de madera y metal. Esta finca no está inscrita en el Registro de la Propiedad. Deberán notificar con copia de sus alegaciones al Lcdo. Raúl Caballero Meléndez, abogado del peticionario en Edificio Asociación de Maestros, Oficina 516, 452 Avenida Ponce De León, San Juan, PR 00918; Teléfonos: 758-8645/764-8385, apercibiéndose que de no hacer oposición a este expediente dentro de veinte (20) días a partir del último edicto, se procederá a la vista de la prueba pudiéndose dictar Resolución aprobando el expediente y ordenando la inscripción en el Registro de la Propiedad en pleno dominio del inmueble a favor de la Peticionaria. POR ORDEN DEL TRIBUNAL, se expide el presente en Bayamón, Puerto Rico, hoy 30 de agosto de 2013. RUTH N. APONTE COTTO, SECRETARIO REGIONAL. POR: IDA SEDA PAGAN, SECRETARIA AUXILIAR. ED-11093 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE ARECIBO, SALA SUPERIOR.
DORAL BANK Demandante V.
RAUL ACEVEDO ESTEVES
Demandado CIVIL NUM. CCD2013-0478 (402). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. Presidente de los Estados Unidos. Estado Libre Asociado de Puerto Rico. S.S. A: RAUL ACEVEDO ESTEVES. Por la presente se le emplaza y notifica que debe contestar la demanda dentro del término de treinta (30) días a partir de la publicación del presente edicto, radicando el original de la contestación ante el Tribunal y sala que se menciona en el epígrafe de este edicto con copia a la parte aquí demandante. Se le apercibe que de no contestar la demanda dentro del término aquí estipulado, se le anotará la rebeldía y se dictará sentencia sin más citarle ni oírle. Los abogados de la parte demandante son: García-Chamorro Law Group, P.S.C., 1606 Ave. Ponce de León, Edif. Julio BogoricínSuite 900, San Juan, Puerto Rico, 00909, Tel. (787) 977-1932, Fax (787) 722-2132. Expido este edicto bajo mi firma y sello de este Tribunal, hoy 16 de septiembre de 2013. MARILUZ DIAZ RODRIGUEZ, SECRETARIA REGIONAL. POR: GISELA SERRANO PEREZ, SECRETARIA AUXILIAR.
ED-11090 #BP-4883782 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA, SALA SUPERIOR.
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante v.
XIOMARA MARIA SOTO REYES también conocida como XIOMARA M. SOTO REYES
Demandada CIVIL NUM: FCD2013-0872 (401). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA (VIA ORDINARIA). EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. A: XIOMARA MARIA SOTO REYES también conocida como XIOMARA M. SOTO REYES. Se notifica a USTEDES que se ha radicado en esta Secretaría una demanda en la que se ejecuta una hipoteca por la suma principal de $288,000.00, la cual está reducida a la santidad de $287,993.33, al 5.875% de interés anual, adeudando intereses desde el día 1 de diciembre de 2012, sobre la propiedad que se describe a continuación: --”URBANA: URBANIZACION ESTANCIAS DE SAN FERNANDO F-10 CALLE 7 CAROLINA, PUERTO RICO (con una cabida de 445.50 metros cuadrados). Se les emplaza y requiere que contesten la demanda radicando el original de la contestación en la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Carolina Puerto Rico y notificando copia de dicha contestación a los abogados de la parte demandante: VELMA E. DIAZ CARRASQUILLO, Unión Plaza, Ave. Ponce De León #416, Suite 001-A, Hato Rey, Puerto Rico 00918; PO Box 361508, San Juan, PR 00936-1508; Teléfono: 753-0619, dentro del término de treinta (30) días de haberse radicado este edicto, descontando la fecha de la publicación del edicto. Si dejaren de contestar la demanda dentro del plazo y la forma expresada, se procederá a dictar sentencia en su contra concediendo el remedio solicitado en la demanda sin más citarle ni oírle. EXPEDIDO bajo la firma y sello de este Tribunal, en CAROLINA, Puerto Rico, hoy día SEPT. 24 2013. MIRIAM ROSANNA MALDONADO, SECRETARIA REGIONAL. POR: ELVIRA CUADRADO ORLANDO, SEC. AUX. DEL TRIB. I. ED-11087 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA, SALA SUPERIOR DE HUMACAO.
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TOSCA MARTINEZ SYLVIA
Demandado(a) CIVIL: HSCI201300439. SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO ENMENDADA. A: SYLVIA TOSCA MARTINEZ; su última dirección conocida: 1683 WATAUGA AVE APT 201 ORLANDO FL 32813; P/C DEL LIC. JOSE DAVID HERNANDEZ DAVILA. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 9 de septiembre de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 30 de septiembre de 2013. EN HUMACAO, Puerto Rico, el 30 de septiembre de 2013. DOMINGA GOMEZ FUSTER. NOMBRE SECRETARIO(A). ILEANETTE RIVAS SERRANO. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR.
ED-12000 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN, SALA SUPERIOR.
DORAL BANK Demandante v.
MARIO CASTAÑEDA MUÑOZ t/c/c MARIO CATAÑEDA MUÑOZ
Demandado CIVIL NUM.: KCD2013-1764 (906). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A LA PARTE DEMANDADA: MARIO CASTAÑEDA MUÑOZ t/c/c MARIO CATAÑEDA MUÑOZ a su última dirección conocida FISICA: Cond. Torre Alta, 274 Calle Uruguay, Apt. 1104, San Juan, PR 00918; Cond. Torre Alta, Atpo. 1104, Calle Uruguay esq. Calle México, San Juan, PR 00918 POSTAL Cond. Torre Alta, 274 Calle Uruguay, Apt. 1104, San Juan, PR 00918. Por la presente se le(s) notifica que se ha radicado en la Secretaría de este Tribunal una Demanda en Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca en su contra, en la cual se alega que adeuda a la parte demandante la suma de $178,242.63 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 4.000% anual desde el 1 de enero de 2013. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además la parte demandada adeuda a la parte demandante los cargos por demora equivalentes a 4.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento; las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $17,901.90 y cualquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca número 536, otorgada ante el Notario Humberto Soto Mainardi, el día 24 de septiembre de 2012, sobre la finca número 22,240 inscrita al folio 182 del Tomo 1279 del Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Segunda. Este Tribunal ha ordenado que se le(s) cite a usted(es) por edicto que se publicará una sola vez en un periódico de circulación general. Se le(s) emplaza y requiere que dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto excluyendo el día de la publicación de este edicto conteste(n) la demanda radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la Contestación de la Demanda a las oficinas de MARTINEZ & TORRES LAW OFFICES, P.S.C. ATENCION al Lcdo. José David Hernández Dávila P.O. Box 192938, San Juan, Puerto Rico 009192938; Tel (787) 767-8244, Fax (787) 767-1183, Abogado de la Parte Demandante. Se le(s) advierte que si dejare(n) de contestar la Demanda en el período de tiempo antes mencionado, podrá dictarse contra usted(es) Sentencia en Rebeldía, concediéndose el remedio solicitado sin más citarle(s) ni oírle(s). EXPEDIDO bajo mi firma y con el Sello del Tribunal. DADA hoy SEP 30 2013, en San Juan, Puerto Rico. LCDA. REBECCA RIVERA TORRES, SECRETARIA REGIONAL. POR: MARIA SERRANO SOTO, SEC. SERVICIOS A SALA. ED-10038 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON, SALA SUPERIOR.
DORAL BANK Demandante V.
SUCESION DE ARSENIO SANTIAGO SANTANA compuesta por MARIA ANTONIA POLLOCK FONTANEZ MARILU SANTIAGO MURIENTE FULANO DE TAL FULANA DE TAL SUTANO DE TAL SUTANA DE TAL y por los herederos
de nombres desconocidos A, B y C SUCESION DE MARIA ANTONIA POLLOCK FONTANEZ compuesta por MARILU SANTIAGO MURIENTE FULANO DE TAL FULANA DE TAL SUTANO DE TAL SUTANA DE TAL y por los herederos de nombres desconocidos A, B y C SECRETARIO DE HACIENDA DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
Demandada CIVIL NUM. DCD 2007-2388 (701). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. AVISO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA. Yo, ALG. FREDDY OMAR RODRIGUEZ COLLAZO, Alguacil Supervisor de la División de Subastas del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, a los demandados y al público en general les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 22 de octubre de 2012 y para satisfacer la Sentencia por la cantidad adeudada de $117,100.42 de principal, dictada en el caso el 10 de enero de 2013, notificada y archivada en autos el día 8 de junio de 2012, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a las propiedad localizada en en el Municipio de Guaynabo, Puerto Rico, el bien inmueble que se describe a continuación: ---URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL: Apartamento I Ciento Dos. Apartamento residencial localizado en el Condominio Balcones de Santa María ubicado en el Barrio Los Frailes de Municipio de Guaynabo, Puerto Rico. Este apartamento cuenta con un área de cien punto cuarenta y nueve (100.49) metros cuadrados. Está localizado en la primera planta del edificio I construido de concreto reforzado, bloques de hormigón, acero estructural y tiene las siguientes colindancias; por el NORTE en una distancia de treinta y cuatro pies nueve pulgadas con el exterior; por el SUR en una distancia de treinta y cuatro pies cero pulgadas con el exterior; por el ESTE en una distancia de treinta y cuatro pies cero pulgadas con el Apartamento I Ciento Uno, y por el OESTE en una distancia de treinta y cuatro pies cero pulgadas con el Apartamento I Ciento Tres. La entrada principal está localizada en la fosa de la escalera. Contiene sala, comedor, cocina, dos baños, tres habitaciones y closets y balcón y le corresponden las áreas comunes limitados de nueve vestíbulos y tres fosas de escaleras y los espacios de estacionamientos marcados con los número Treinta y Tres y Cincuenta y Nueve. ---Le corresponde el cero punto siete mil seiscientos sesenta por ciento en los elementos comunes generales y el cinco por ciento en los elementos comunes limitados. Al margen se hace constar que el Apartamento I Ciento Dos, goza del uso exclusivo de un patio que es elemento común limitado el cual está delimitado y marcado por los puntos y/o verjas según surge de los planos del proyecto. ---Inscrita al Folio Treinta y Dos (32) del Tomo Novecientos Setenta y Siete (977) de Guaynabo, finca número Treinta y Cinco Mil Dos (35002) del Registro de la Propiedad de Guaynabo. Que con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación
pactada, la cual es $120,000.00 para la propiedad descrita. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 partes del valor de la tasación. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en ésta el tipo mínimo será de la 1/2 del valor de la tasación. Para el lote descrito, la primera subasta se llevará a cabo el día 22 de octubre de 2013, a las 9:30 de la mañana. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una segunda subasta el día 29 de octubre de 2013, a la 1:30 de la tarde. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una tercera subasta el día 5 de noviembre de 2013, a la 1:30 de la tarde. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón. Se le advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificara además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Bayamón, Puerto Rico, a SEP 16 2013. ALG. FREDDY OMAR RODRIGUEZ COLLAZO. CB-3413 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE ARECIBO SALA SUPERIOR
DORAL BANK Parte Demandante VS
RUDY ARZUAGA GONZALEZ Parte Demandada CIVIL NUM.: CCD2012-0602 SALON NÚM.: 402 SOBRE ACCION CIVIL DE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE SUBASTA A: RUDY ARZUAGA GONZALEZ; EDGARDO CORREA SERRANO; DORAL BANK; Y AL PUBLICO EN GENERAL: El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de Arecibo, Arecibo, Puerto Rico, hago saber a la parte demandada, al PUBLICO EN GENERAL; y a el (los) siguiente(s) gravámen(es) posterior(es): EDGARDO CORREA SERRANO: A cuyo favor aparece inscrito un Embargo ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Arecibo, en el caso civil número CPE 2009-0107 (401), sobre desahucio por incumplimiento de Contrato y cobro de dinero, se anota embargo por $88,432.53 y otras cantidades, según Orden de fecha 3 de febrero de 2010 y Mandamiento de fecha 8 de febrero de 2010. Anotada al folio 1 del tomo 591 de Manatí. Inscripción cuarta, finca número 14,812. DORAL BANK: A cuyo favor aparece inscrito una Anotación de Demanda ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Arecibo, en el caso civil número CCD 2010-0298 (302), sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, en la que se reclama el pago de hipoteca de la inscripción tercera, con un balance de $137,457.31, según De-
manda de fecha 13 de abril de 2010. Anotada al folio 1 de tomo 591 de Manatí. Anotación A el 23 de septiembre de 2010, finca número 14,812. Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 14 de mayo de 2013, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que se describe a continuación: RUSTICA: Radicada en el Barrio Tierras Nuevas de Manatí, con cabida de 3821.209 metros cuadrados, equivalentes a 0.972 cuerdas. En lindes por el Norte, en 2 distancias descontinuada en 25.38 metros, con Sucesión Mena, de 8.61 metros lineales, y 2.54 metros lineales, con faja de uso público; por el Sur, en distancia de 37.13 metros lineales, con solar número 2; por el Este, en distancias descontinuadas de 91.61 metros, 2.53 metros y 14.00 metros lineales, respectivamente, con faja de uso público; por el Oeste, en distancia de 102.00 metros, con Don Luis A. Ferré. Inscrita al folio 1 del tomo 414 de Manatí, Registro de la Propiedad de Manatí, finca número 14,812. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la SENTENCIA dictada a su favor, el día 12 de diciembre de 2012, en el presente caso civil, a saber la suma de $134,979.01 de principal, más intereses al 7.5% anual desde el día 1ro. de enero de 2012, más la suma de $13,745.73, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente a partir del día 1ro. de febrero de 2012, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el (los) gravamen (es) aquí antes mencionado (s), a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 17 DE OCTUBRE DE 2013 A LAS 9:45 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de Arecibo, Arecibo, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $137,457.31. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 24 DE OCTUBRE DE 2013 A LAS 9:45 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $91,638.21, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 31 DE OCTUBRE DE 2013 A LAS 9:45 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $68,728.66, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse al acreedor la finca aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721) Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse di-
EL VOCERO / CLASIFICADOS / MARTES, 8 DE OCTUBRE DE 2013 cha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría de este Tribunal, durante las horas laborables. EXPIDO, el presente EDICTO, en Arecibo, Puerto Rico, hoy día 27 de agosto de 2013. Edgar Santana Matta, Alguacil Regional. Por: Luis E. Román Carrero, Alguacil Supervisor División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Arecibo. ED-12001 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE TOA ALTA.
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante v.
EDGARDO SERRA MALDONADO t/c/c EDGAR SERRA MALDONADO JULISSA RIOS FABIAN y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos
Demandados CIVIL NUM.: CD2013-0818. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A LA PARTE DEMANDADA: EDGARDO SERRA MALDONADO t/c/c EDGAR SERRA MALDONADO, JULISSA RIOS FABIAN y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos a su última dirección conocida FISICA: Ave. Boulevard Monroig EE-124, Toa Baja, PR 00949. POSTAL: PO Box 50040, Toa Baja, PR 00950. Por la presente se le(s) notifica que se ha radicado en la Secretaría de este Tribunal una Demanda en Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca en su contra, en la cual se alega que adeuda a la parte demandante la suma de $29,954.77 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 9.950% anual desde el 1 de octubre de 2012. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además la parte demandada adeuda a la parte demandante los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento; las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $9,600.00 y cualquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca número 382, otorgada ante el Notario Amaury Lloréns Balzac, el día 12 de julio de 2000, sobre la finca número 10,157 inscrita al folio 115 del Tomo 172 del Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Segunda. Este Tribunal ha ordenado que se le(s) cite a usted(es) por edicto que se publicará una sola vez en un periódico de circulación general. Se le(s) emplaza y requiere que dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto excluyendo el día de la publicación de este edicto conteste(n) la demanda radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la Contestación de la Demanda a las oficinas de MARTINEZ & TORRES LAW OFFICES, P.S.C. ATENCION al Lcdo. José David Hernández Dávila P.O. Box 192938, San Juan, Puerto Rico 00919-2938; Tel (787) 767-8244, Fax (787) 767-1183, Abogado de la Parte Demandante. Se le(s) advierte que si dejare(n) de contestar la Demanda en el período de tiempo antes mencionado, podrá dictarse contra usted(es) Sentencia en Rebeldía, concediéndose el remedio solicitado sin más citarle(s) ni oírle(s). EXPEDIDO bajo mi firma y con el Sello del Tribunal. DADA HOY SEPT. 26 2013, EN TOA ALTA, PUERTO RICO. MIGDALIA MARRERO CALDERON, SECRETARIA DEL TRIBUNAL. LIRIAM M. HERNANDEZ OTERO, SECRETARIA AUX. DEL TRIBUNAL.
ED-12002 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA, SALA SUPERIOR.
DORAL BANK Demandante v.
WILFREDO FLORES ALVAREZ
Demandado CIVIL NUM.: FCD2013-1132 (402). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A LA PARTE DEMANDADA: WILFREDO FLORES ALVAREZ a su última dirección conocida FISICA: Barrio Cedro, Solar #2, Carolina, PR 00979; Barrio Cedros, Carr. 853 Km. 13.0 Int., Carolina, PR 00979 POSTAL PMB 131, PO BOX 6022, CAROLINA, PR 00988. Por la presente se le(s) notifica que se ha radicado en la Secretaría de este Tribunal una Demanda en Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca en su contra, en la cual se alega que adeuda a la parte demandante la suma de $135,187.45 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 4.500% anual desde el 1 de enero de 2013. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además la parte demandada adeuda a la parte demandante los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento; las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $8,800.00 y cualquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca número 8, otorgada ante el Notario Magda V Alsina Figueroa, el día 15 de enero de 2008, sobre la finca número 37,117 inscrita al folio 183 vuelto del Tomo 919 del Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Segunda. Este Tribunal ha ordenado que se le(s) cite a usted(es) por edicto que se publicará una sola vez en un periódico de circulación general. Se le(s) emplaza y requiere que dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto excluyendo el día de la publicación de este edicto conteste(n) la demanda radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la Contestación de la Demanda a las oficinas de MARTINEZ & TORRES LAW OFFICES, P.S.C. ATENCION al Lcdo. José David Hernández Dávila P.O. Box 192938, San Juan, Puerto Rico 00919-2938; Tel (787) 7678244, Fax (787) 767-1183, Abogado de la Parte Demandante. Se le(s) advierte que si dejare(n) de contestar la Demanda en el período de tiempo antes mencionado, podrá dictarse contra usted(es) Sentencia en Rebeldía, concediéndose el remedio solicitado sin más citarle(s) ni oírle(s). EXPEDIDO bajo mi firma y con el Sello del Tribunal. DADA hoy SEPT. 26 2013, en CAROLINA, PUERTO RICO. MIRIAM ROSA MALDONADO, SECRETARIA REGIONAL. SOLMARIE MONTERO CASTRO, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL. CB-3414 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE ARECIBO SALA SUPERIOR
DORAL BANK Parte Demandante VS
LUIS MARIO CORTES CORTES T/C/C LUIS M. CORTES CORTES Parte Demandada CIVIL NUM.: CCD2008-0605 SALON NÚM.: 404 SOBRE ACCION CIVIL DE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE SUBASTA A: LUIS MARIO CORTES CORTES T/C/C LUIS M. CORTES CORTES; Y AL PUBLICO EN GENERAL: El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de Arecibo, Arecibo, Puerto Rico, hago saber, a la parte demandada y al PUBLICO EN GENERAL: Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 22 de mayo de 2013, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que ubica y se describe a continuación: —RUSTICA: Parcela marcada con el #152-A en el plano de parcelación de la comunidad rural Corcovada del tér-
mino municipal de Hatillo, con una cabida superficial de cero punto quince cincuenta y uno diezmilésimas de otra, equivalentes a 609.50 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con la parcela 153; por el SUR, con la calle de la comunidad; por el ESTE, con la calle de la comunidad; y por el OESTE, con la parcela 152. Enclava una casa dedicada a vivienda. —Inscrita al folio 290 del tomo 209 de Hatillo, Registro de la Propiedad de Arecibo, Sección Segunda, finca número 11,133. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la suma de $65,309.03 rebajado mediante pagos hechos bajo la Ley de Quiebra a la suma de $64,958.73 de principal, más intereses al 6.875% anual desde el día 1ro. de marzo de 2008, más la suma de $6,750.00, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente desde la fecha antes mencionada, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca, todo ello, según surge de la SENTENCIA dictada en este caso el 17 de octubre de 2008. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el (los) gravamen (es) aquí antes mencionado (s), a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 17 DE OCTUBRE DE 2013 A LAS 9:30 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de Arecibo, Arecibo, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $67,500.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 24 DE OCTUBRE DE 2013 A LAS 9:30 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $45,000.00 equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 31 DE OCTUBRE DE 2013 A LAS 9:30 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $33,750.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse al acreedor la finca aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721) Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte, a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborales. EXPIDO, el presente EDICTO, en Arecibo, Puerto Rico, hoy día 27 de agosto de 2013. Edgar Santana Matta, Alguacil Regional Int. Por: Luis E. Román Carrero Alguacil Sup. División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Arecibo.
ED-11099 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE FAJARDO, SALA SUPERIOR.
DORAL BANK Demandante v.
LA SUCESION de MERIEMIL FERNANDEZ NIEVES t/c/c MEREMIL FERNANDEZ compuesta por MARIO RODRIGUEZ GONZALEZ, por sí y en cuanto a la cuota viudal usufructuaria MARIO RODRIGUEZ FERNANDEZ ALEX MISAEL RODRIGUEZ FERNANDEZ
Demandados CIVIL NUM.: NICI2013-00206 (301). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. MANDAMIENTO DE INTERPELACION. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A LA PARTE DEMANDADA: LA SUCESION DE MERIEMIL FERNANDEZ NIEVES t/c/c MEREMIL FERNANDEZ compuesta por MARIO RODRIGUEZ GONZALEZ por sí y en cuanto a la cuota viudal usufructuaria; MARIO RODRIGUEZ FERNANDEZ; ALEX MISAEL RODRIGUEZ FERNANDEZ a su última dirección conocida FISICA: Urbanización Vistas de Luquillo, E4 Calle V2, Luquillo, PR 00773. POSTAL Vistas de Luquillo Calle V2 E-4 Luquillo, PR 00773; Vistas de Luquillo, E-4 Calle V2, Luquillo, PR 00673. Se ordena a los herederos de la causante, a saber: LA SUCESION DE MERIEMIL FERNANDEZ NIEVES t/c/c MEREMIL FERNANDEZ compuesta por MARIO RODRIGUEZ GONZALEZ por sí y en cuanto a la cuota viudal usufructuaria; MARIO RODRIGUEZ FERNANDEZ; ALEX MISAEL RODRIGUEZ FERNANDEZ, a que dentro del mismo término de treinta (30) días contados a partir de la fecha de la notificación, ACEPTEN O REPUDIEN la participación que les corresponda en la herencia de la causante Meriemil Fernández Nieves t/c/c Meremil Fernández. Se les apercibe a los herederos antes mencionados que de no expresarse dentro de ese término de treinta (30) días en torno a su aceptación o repudiación de herencia, se tendrá por aceptada. EXPEDIDO bajo mi firma y con el Sello del Tribunal. DADA hoy 26 de septiembre de 2013, en Fajardo, Puerto Rico. WANDA I. SEGUI REYES, SECRETARIO(A). (FDO.) CB-3415 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE ARECIBO SALA SUPERIOR
DORAL BANK Parte Demandante VS
CARLOS ANTONIO REVERON MEDINA T/C/C CARLOS REVERON MEDINA; SU ESPOSA MARIA EVELYN DIAZ POCHE T/C/C MARIA E. DIAZ POCHE Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES CONSTITUIDA POR ESTOS Parte Demandada CIVIL NUM.: CCD2012-0748 SALON NÚM.: 404 SOBRE ACCION CIVIL DE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE SUBASTA A: CARLOS ANTONIO REVERON MEDINA T/C/C CARLOS REVERON MEDINA; SU ESPOSA MARIA EVELYN DIAZ POCHE T/C/C MARIA E. DIAZ POCHE Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES CONSTITUIDA POR ESTOS; AUTORIDAD PARA EL FINANCIAMIENTO DE PUERTO RICO; Y AL PUBLICO EN GENERAL: El que suscribe,
Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de Arecibo, Arecibo, Puerto Rico, hago saber a la parte demandada, al PUBLICO EN GENERAL; y a el (los) siguiente(s) gravámen(es) posterior(es): AUTORIDAD PARA EL FINANCIAMIENTO DE PUERTO RICO: A cuyo favor aparece inscrito un Pagaré por la suma de $14,800.00, sin intereses y vencedero el 27 de octubre de 2013, según escritura número 431, otorgada en San Juan, el 27 de noviembre de 2005, ante el notario Robeto J. Alfonso. Inscrita al folio 64 del tomo 1297 de Arecibo. Inscripción cuarta, finca número 17,625. Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 8 mayo de 2013, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el número 15 del bloque B de la Urbanización Arecibo Gardens, radicado en el Barrio Tanamá del término municipal de Arecibo, Puerto Rico, con una cabida de 374.87 metros cuadrados. En lindes por el Norte, en 27.61 metros, con el solar número 16 del mismo bloque; por el Sur, en 25.82 metros, con el solar número 14 del mismo bloque; por el Este, en 11.70 metros, con la calle número 1; y por el Oeste, en 16.87 metros, con el Caño Santiago. Sobre dicho solar enclava una casa construida de concreto armado y bloques para fines residenciales Inscrita al folio 135 del tomo 440 de Arecibo, finca número 17,625, Registro de la Propiedad de Arecibo, Sección Primera. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la SENTENCIA dictada a su favor, el día 7 de marzo de 2013, en el presente caso civil, a saber la suma de $48,630.49 de principal, más intereses al 7.50% anual desde el día 1ro. de abril de 2010, más la suma de $5,100.00, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente a partir del día 1ro. de mayo de 2010, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el (los) gravamen (es) aquí antes mencionado (s), a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 17 DE OCTUBRE DE 2013 A LAS 9:15 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de Arecibo, Arecibo, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $51,000.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 24 DE OCTUBRE DE 2013 A LAS 9:15 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $34,000.00, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 31 DE OCTUBRE DE 2013 A LAS 9:15 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $25,500.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicárse al acreedor la finca aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721) Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan
interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría de este Tribunal, durante las horas laborables. EXPIDO, el presente EDICTO, en Arecibo, Puerto Rico, hoy día 27 de agosto de 2013. Edgar Santana Matta, Alguacil Regional Int. Por: Luis E. Román Carrero Alguacil Supervisor División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Arecibo. ED-11095 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE MANATI.
MARGARITA ROSARIO MAYSONET MIGUEL ANGEL MELENDEZ PAGAN y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos Demandantes V.
JOSE MIGUEL MELENDEZ ROSARIO MARTHA IRIS TORRES REILLO t/c/c MARTHA IRIS REILLO TORRES CORPORACION X y ASEGURADORAS AyB Demandados CIVIL NUM.: CD12-854. SOBRE: NULIDAD DE CONTRATO POR VICIOS DE CONSENTIMIENTO. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. Presidente de los EE.UU. Estado Libre Asociado de P.R. A: MARTHA IRIS TORRES REILLO. Por la presente se le emplaza y se le requiere a usted que le notifique a la Lcda. Melisa Mercado Ruiz y/o Lcdo. Orlando I. Martínez García, abogados de la parte demandante, copia de la contestación a la demanda que fue interpuesta contra usted en el caso de epígrafe, dentro de los próximos treinta (30) días de haberse publicado este edicto. Notifíquele a la Lcda. Melisa Mercado Ruiz y/o Lcdo. Orlando I. Martínez García la referida contestación a la demanda a: Abogados de América Law Offices, P.O. Box 2102, Barceloneta, Puerto Rico 00617 y/o a la siguiente dirección electrónica: licenciadamercadoruiz@gmail.co m. Se le apercibe que de no hacerlo así, y de no radicar el original de su contestación en la secretaría de este tribunal, se le anotará la rebeldía y se dictará sentencia concediendo el remedio que ha sido solicitado, sin más citarle, ni oírle. En MANATI, Puerto Rico, hoy SEP. 19 2013. SORAYA GONZALEZ MALDONADO, SECRETARIA. CB-3421 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS SALA SUPERIOR
DORAL BANK Parte Demandante v.
MARTIN ACEVEDO CLAUDIO, MARIA TERESA RAMIREZ TRINIDAD y la sociedad legal de bienes gananciales compuesta por ambos Parte Demandada CIVIL NÚMF ECD20111642(402) SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA (VÍA ORDINA-
RIA) ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU. SS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA El Alguacil que suscribe, Funcionario del Tribunal de Primera instancia de Puerto Rico, por la presente ANUNCIA y hace saber al público en general que en cumplimiento de la Sentencia dictada el día 2 de octubre de 2012, procederé a vender en subasta, al mejor postor y por dinero en efectivo o cheque certificado todo título, derecho o interés de la parte demandada nombrada en el epígrafe, sobre la propiedad que más adelante se describe. Se ANUNCIA por medio de este EDICTO que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 24 de octubre de 2013, a las 11:00 de la mañana en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE CAGUAS. Siendo esta la PRIMERA SUBASTA que se celebra en este caso, el tipo mínimo aceptable como oferta en la PRIMERA SUBASTA será el tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma de $107,950.00. De no haber remate o adjudicación en esta PRIMERA SUBASTA se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 31 de octubre de 2013, a las 3:30 de la tarde en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será dos terceras partes del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma total de $71,966.67. Esta SEGUNDA SUBASTA habrá de celebrarse en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE CAGUAS. De no haber remate o adjudicación en esta SEGUNDA SUBASTA se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 7 de noviembre de 2013, a las 3:30 de la tarde en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca. Si tampoco hubiese remate o adjudicación en la TERCERA SUBASTA y se declarase desierta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo el acreedor adjudicarse la propiedad dentro de los diez (10) días siguientes, por la totalidad de la cantidad adeudada. La propiedad a ser vendida en subasta es la que se describe a continuación y para la cual se dan sus datos registrales: "URBANA: Solar marcado con el número veinte (20) del Bloque "A" de la Urbanización Alturas de Beatriz, radicado en el Barrio Beatriz de Caguas, Puerto Rico, con una cabida de quinientos cuarenta y dos punto siete mil setecientos ochenta y nueve (542.7789) metros cuadrados. En lindes por el Norte, con la calle número dos (2), en dieciséis punto novecientos veintitrés (16.923) metros; por el Sur, con remanente de la finca principal, en diecisiete punto cero veintiuno (17.021) metros; por el Este, con el solar número "A" veintiuno (A-21), en treinta y uno punto novecientos noventa y dos (31.992) metros; y por el Oeste, con el solar número "A" diecinueve (A-19), en treinta y uno punto novecientos sesenta y seis (31.966) metros. Enclava una casa." Finca número: 51,516 inscrita al folio 56 del tomo 1676 de Caguas, Registro de la Propiedad, Sección Primera de Caguas. DIRECCIÓN: URB. ALTURAS DE BEATRIZ #20-A CALLE 2 CAGUAS, PR 00725 Surge del Estudio de Título efectuado en el caso de epígrafe que sobre la finca descrita anteriormente, no pesan gravámenes posteriores a la primera hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer la Sentencia antes mencionada por la suma principal de $100,130.60 de principal, con intereses al 6.95% anual desde el 1 de julio de 2011, hasta su completo pago mas la suma pactada de $10,795.00 en concepto de costas, gastos y honorarios de abogado, más los cargos por demora, más cualesquiera otras sumas que aparezcan de la faz del contrato. Dichos pagos se efectuarán en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del (de la) Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. Los autos y todos los documentos correspondientes a este procedimiento están de manifiesto en la Secretaria de este Tribunal durante los días y horas laborables, por lo que los interesados pueden referirse al expediente allí archivado,
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bajo el civil número que aparece en el epígrafe de este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente, que firmo y sello, en CAGUAS, Puerto Rico, hoy día 20 de agosto de 2013. Edgardo Aldebol Miranda ALGUACIL AUXILIAR SALA SUPERIOR DE CAGUAS. ED-11089 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE CAROLINA.
DORAL RECOVERY II LLC. Demandante v.
FRANCISCO ADAN SALDAÑA FERNANDEZ t/c/c FRANCISCO A. SALDAÑA FERNANDEZ t/c/c FRANCISCO SALDAÑA FERNANDEZ t/c/c FRANCISCO SALDAÑA
Demandado(a) CIVIL: F CD2013-0634. SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: FRANCISCO ADAN SALDAÑA FERNANDEZ t/c/c FRANCISCO A. SALDAÑA FERNANDEZ t/c/c FRANCISCO SALDAÑA FERNANDEZ t/c/c FRANCISCO SALDAÑA. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 19 de septiembre de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 30 de septiembre de 2013. EN CAROLINA, Puerto Rico, el 30 de septiembre de 2013. MIRIAM ROSA MALDONADO. NOMBRE SEC. REGIONAL. ELVIRA CUADRADO ORLANDO. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR. ED-9986 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON, SALA SUPERIOR.
DORAL BANK Demandante V.
HECTOR CRESPO MEDINA JOHNNAYDA VELEZ CASTRO y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos
Demandados CIVIL NUM. DCD 2011-2441 (504). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. AVISO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA. Yo, ALG. FREDDY OMAR RODRIGUEZ COLLAZO, Alguacil Supervisor de la División de Subastas del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, a los demandados y al público en general, les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal, de epígrafe con fecha 26 de noviembre de 2012 y para satisfacer la Sentencia por la cantidad de $104,549.93 de principal, dictada en el caso el 19 de julio de 2012, notificada y archivada en autos el día 24 de julio de 2012, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados
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CLASIFICADOS / MARTES, 8 DE OCTUBRE DE 2013 El periódico de Puerto Rico
Unidos de América, todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a las propiedad localizada en: Municipio de Toa Alta, Puerto Rico, el bien inmueble se describe a continuación: ---181 García Lorca St. Jardínes del Escorial, Toa Alta, P.R. 00953. ---URBANA: Solar radicado en la Urbanización Jardínes de la Fuente, Sección Jardínes del Escorial, localizado en el barrio Mucarabones del término municipal de Toa Alta, Puerto Rico, que se describe en el plano de inscripción, con el número, área y colindancias que se relacionan a continuación: solar número Tres (#3) del Bloque “M”, con un área de trescientos veinticinco punto cero cero (325.00) metros cuadrados. En lindes por el Norte, en una distancia de trece punto cero cero (13.00) metros lineales, con la Avenida Principal; por el Sur, en una distancia de trece punto cero cero (13.00) metros lineales, con la calle número Diecinueve (#19); por el Este, en una distancia de veinticinco punto cero cero (25.00) metros lineales, con el solar número Dos (#2) del bloque “M”; por el Oeste, en una distancia de veinticinco punto cero cero (25.00) metros lineales, con el solar número Cuatro (#4) del bloque “M”. ---Dicho solar enclava una casa de concreto para fines residenciales. ---Este solar consta inscrito al folio Doscientos cuarenta y uno (241) del tomo Trescientos Noventa y Cinco (395) de Toa Alta, Finca número Diecinueve mil novecientos ochenta y seis (#19,986), al Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Tercera (III) de Puerto Rico. Que con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $110,400.00 para la propiedad descrita. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 partes del valor de la tasación. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en ésta el tipo mínimo será de la 1/2 del valor de la tasación. Para el lote descrito, la primera subasta se llevará a cabo el día 22 de octubre de 2012, a las 9:45 de la mañana. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una segunda subasta el día 29 de octubre de 2013, a la 1:45 de la tarde. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una tercera subasta el día 5 de noviembre de 2013, a la 1:45 de la tarde. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón. De Estudio de Título realizado surgen los siguientes gravámenes posteriores los cuales podrán ser cancelados: ---BITACORA: Al asiento 1005 del diario 476, el día 23 de febrero de 2006, se presenta la escritura #90, otorgada en San Juan, el día 25 de enero de 2006, ante el Notario Luis A. Archilla Díaz, para que se inscriba Hipoteca en garantía de un pagaré a favor de Doral Financial Corp. h/n/c H.F. Mortgage Bankers por la suma de $27,600.00, intereses al 6 3/4% anual y a vencer el 1 de febrero de 2006. Inscrito en virtud de la ley 216 de fecha de 27 de diciembre de 2010. Se le advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda del curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el
precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Bayamón, Puerto Rico, a SEP 17 2013. ALG. FREDDY OMAR RODRIGUEZ COLLAZO. RP-131 Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA Tribunal de Primera Instancia Sala Superior SAN JUAN
NELSON NIEVES RODRIGUEZ Y NYDIA IVETTE GUZMAN JIMENEZ POR SI Y EN REPRESENTACION DE LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES Demandante v.
DORAL BANK, PAN AMERICAN FINANCIAL CORPORATION, ORIENTAL BANK, JOE DOE, RICHARD DOE TENEDORES DESCONOCIDOS DEL PAGARE Demandado(a) Civil Núm. K CP2012-0222 SALA 504 Sobre: CANCELACIÓN DE PAGARÉ HIPOTECARIO EXTRAVIADO NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO A: JOE DOE, RICHARD ROE EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 13 de septiembre de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 25 de septiembre de 2013. En SAN JUAN, Puerto Rico, el 25 de septiembre de 2013. Nombre Secretario(a) REBECCA RIVERA TORRES, Nombre Secretario(a) Auxiliar MARIA ELENA GORDILLO CRUZ, Firma Secretario(a) Auxiliar. CB-3406 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE FAJARDO
ACM PENFIELD CR, LLC Demandante v.
MADELINE REYES DE LEON Demandada CIVIL NUM.: NSCI201100546 (301) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA SS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO EDICTO DE SUBASTA Yo, María del Pilar Rivera Rivera, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Humacao, al público en general: CERTIFICO Y HAGO SABER: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia fechado de 15 de marzo de 2013, que me ha sido dirigido por la secretaría del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Fajardo, en el caso arriba indicado, venderé en la fecha o fechas que más adelante se indican, en pública subasta al mejor postor, en moneda legal de los Estados Unidos de América, en mi oficina sita en el local que ocupa en el Centro Judicial de Humacao, Puerto Rico, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada en el inmueble ubicado en Ciudad Cristiana, T-9 Calle Nicaragua, Humacao, Puerto Rico, el cual se describe a continuación: "URBANA: Solar marcado con el número 9 del Bloque "T" de la Urbanización Ciudad Cristiana, localizada en el Barrio Río Abajo del término municipal
de Humacao, Puerto Rico, con una cabida superficial de doscientos treinta y cuatro punto dieciséis metros cuadrados (234.16 m.c.) En lindes por el NORTE, con el solar número ocho (8) del Bloque "T", en veintitrés metros (23.00 m.); por el SUR, con el solar número diez (10) del Bloque "T", en veintitrés punto cero cuatro metros (23.04 m.); por el ESTE, con el solar número veintinueve (29) del Bloque "T", en diez punto dieciocho metros (10.18 m.); y por el OESTE, con la calle número veintiuno (21), en ocho punto noventa y ocho metros (8.98 m.) y una longitud de arco de uno punto veinte metros (1.20 m.) Sobre dicho solar enclava una casa." Inscrita al folio 210, del tomo 359 de Humacao, finca #15,527, Sección de Humacao, del Registro de la Propiedad. El inmueble antes descrito se encuentra afecto a los siguientes gravámenes: a. HIPOTECA en garantía de un pagaré a favor de Santander Mortgage Corporation, o a su orden, por la suma de $80,544.00, intereses al 6 1/2% anual y vencedero el 1 de febrero de 2036, según consta de la escritura número 9, otorgada en San Juan el 10 de enero de 2006 ante la Notario Griselle Arbona Martínez, inscrita al folio 133 del tomo 559 de Humacao, inscripción 8ª. b. AVISO DE DEMANDA radicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Humacao, en el caso civil número HSCI20110006, seguido por Banco Santander -Puerto Rico, demandante, vs. Madeline Reyes de León, demandada. Por la misma se reclama el pago del préstamo hipotecario garantizado con la Hipoteca por $80,544.00, de la inscripción 8ª. Presentada al asiento 516 del Diario 905. Nota: Se aclara que este caso fue trasladado al Tribunal de Fajardo y le fue asignado el número Civil NSCI201100546. El gravamen objeto de ejecución en el presente caso es el mencionado en el inciso (a) y el Aviso de Demanda relacionado con el mismo, mencionado en el inciso (b). Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación que se transmite y que las cargas y gravámenes anteriores y las preferentes, si las hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante las acepta y queda subrogado en la responsabilidad de las mismas, sin destinarse a su extinción el precio del remate. El mejor postor debe hacer el pago en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. El precio mínimo de este remate con relación a la antes descrita finca y la fecha de cada subasta serán las siguientes: FECHA DE SUBASTA PRIMERA SUBASTA 22 de octubre de 2013 a las 9:00 am PRECIO MINIMO $80,544.00 SEGUNDA SUBASTA 29 de octubre de 2013 a las 9:00 am PRECIO MINIMO $53,696.00 TERCERA SUBASTA 5 de noviembre de 2013 a las 9:00 am PRECIO MINIMO $40,272.00 Conforme a la sentencia dictada el día 21 de agosto de 2012 y archivada en los autos el 29 de agosto de 2012, la anterior venta se hará para satisfacer las siguientes sumas adeudadas por concepto del préstamo hipotecario garantizado por la hipoteca antes mencionada: la suma principal de $75,695.36; intereses a razón de 6-1/2% anual, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo de la deuda; $761.76 por concepto de cargos por mora los cuales se acumulan mensualmente hasta el total pago de la deuda; $50.00 por concepto de otros gastos, más la suma de $8,054.40 para costas, gastos y honorarios de abogado. La sentencia dictada en el caso de epígrafe fue en rebeldía, por lo que de conformidad al Artículo 3 de la Ley Número 184 de 17 de agosto de 2012, que entró en vigor el 1ro de julio de 2013, conocida como "Ley para Mediación Compulsoria y Preservación de tu Hogar en los Procesos de Ejecuciones de Hipotecas de una Vivienda Principal", las disposiciones de la misma no son de aplicación al presente caso. Se notifica por la presente a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre el inmueble a ser subastado con posterioridad a la inscripción del gravamen del ejecutante descrito anteriormente, o acreedores de cargas o derechos reales que los hubieren pospuesto al gravamen del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizado hipotecariamente con posterioridad al gravamen del actor para que puedan concurrir a la subasta si así lo interesan o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogado, quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Y, para conocimiento de licitadores, del público en general, y para su publicación de acuerdo con la ley
en un periódico de circulación general de la isla de Puerto Rico y en tres sitios públicos del Municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía, y vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida de la parte demandada, expido el presente edicto bajo mi firma y el sello de este Tribunal, en Humacao, Puerto Rico, hoy día 17 de septiembre de 2013. MARIA DEL PILAR RIVERA RIVERA ALGUACIL REGIONAL POR: WILNELIA RIVERA DELGADO, ALGUACIL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE HUMACAO ED-10060 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE RIO GRANDE, SALA SUPERIOR.
DORAL BANK Demandante v.
LAS SUCESIONES DE JESUS PIÑERO SOSA y BLANCA ARZUAGA CAMILO compuesta por los herederos desconocidos con posible interés denominados como FULANO DE TAL y FULANA DE TAL y SUTANO DE TAL y SUTANA DE TAL DEPARTAMENTO DE HACIENDA DIVISION DE CAUDALES RELICTOS y CENTRO DE RECAUDACIONES DE INGRESOS MUNICIPALES (CRIM)
Demandados CIVIL NUM.: N3CI2013-00249. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO Y MANDAMIENTO DE INTERPELACION. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A LA PARTE DEMANDADA: FULANO DE TAL y FULANA DE TAL como herederos desconocidos de la SUCESION DE JESUS PIÑERO SOSA Y SUTANO DE TAL Y SUTANA DE TAL como herederos desconocidos de la SUCESION DE BLANCA ARZUAGA CAMILO a su última dirección conocida FISICA: COMUNIDAD DOLORES, 203 CALLE GUATEMALA, RIO GRANDE, PR 00745. POSTAL: PARC. LA DOLORES, 203 CALLE GUATEMALA, RIO GRANDE, PR 00745. Por la presente se le(s) notifica que se ha radicado en la Secretaría de este Tribunal una Demanda en Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca en su contra, en la cual se alega que adeuda a la parte demandante la suma de $34,466.20 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 7.000% anual desde el 1 de octubre de 2012. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además la parte demandada adeuda a la parte demandante los cargos por demora equivalentes a 4.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento; las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $5,100.00 y cualquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de número 654, otorgada ante el Notario Héctor Luis Torres Vilá, el día 20 de octubre de 1993, sobre la finca número 8627 inscrita al folio 61 del Tomo 501 del Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Tercera. Este Tribunal ha ordenado que se le(s) cite a usted(es) por edicto que se publicará una sola vez en un periódico de circulación general. Se les emplaza y requiere que dentro de los treinta (60) días siguientes a la publicación de este edicto excluyendo el día de la publicación de este edicto contesten la demanda radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la Contestación de la Demanda a las oficinas de MARTINEZ & TORRES LAW OFFICES, P.S.C. ATENCION al Lcdo. José David Hernández Dávila, P.O. Box 192938, San Juan, Puerto Rico 00919-2938; Tel (787) 767-8244, Fax (787) 7671183, Abogada de la Parte Demandante. Se les advierte que si
dejaren de contestar la Demanda en el período de tiempo antes mencionado, podrá dictarse contra ustedes Sentencia en Rebeldía, concediéndose el remedio solicitado sin más citarles ni oírle. Se ordena a los herederos de los causantes, a saber: Fulano de Tal y Fulana de Tal como herederos desconocidos de la Sucesión de Jesús Piñero Sosa y Sutano de Tal y Sutana de Tal como herederos desconocidos de la Sucesión de Blanca Arzuaga Camilo, a que dentro del mismo término de treinta (30) días contados a partir de la fecha de la notificación, ACEPTEN O REPUDIEN la participación que les corresponda en la herencia de los causantes Jesús Piñero Sosa y Blanca Arzuaga Camilo. Se les apercibe a los herederos antes mencionados que de no expresarse dentro de ese término de treinta (30) días en torno a su aceptación o repudiación de herencia, se tendrá por aceptada. EXPEDIDO bajo mi firma y con el Sello del Tribunal. DADA hoy SEPT. 20 2013, en RIO GRANDE, Puerto Rico. MARIA J. LOPEZ SANCHEZ, SECRETARIA DEL TRIBUNAL. IDALIA TORRES COLON, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL I. DB-537 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR
ORIENTAL BANK Demandante v.
SAMIR ABOOMAR YARL Demandados CIVIL NÚM: K CD20131438(505) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA (VÍA ORDINARIA) EMPLAZAMIENTO POR EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO A: SAMIR ABOOMAR YARL Se notifica a ustedes que se ha presentado en esta Secretaría una demanda en la que se ejecuta una hipoteca por $121,950.00 de principal, la cual está reducida a $121,711.55 al 6.75% de interés anual, adeudando intereses desde el 1ro de noviembre de 2012, sobre la propiedad inmueble que se describe a continuación: RIVIERAS DEL RIO C1-1206 TRUJILLO ALTO, PR 00976 Se les emplaza y requiere que contesten la demanda presentando el original de la contestación en la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de SAN JUAN Puerto Rico y notificando copia de dicha contestación al abogado del demandante: LIC. IGNACIO J. GORRIN MALDONADO, RUA #11,534, FIDDLER GONZÁLEZ & RODRÍGUEZ, P.S.C., PO BOX 363507, SAN JUAN, PR 00936-3507, TEL. (787) 759-3156; (787) 759-3157; (787) 759-3191, FAX (787) 754-7544, igorrin@fgrlaw.com, dentro del término de TREINTA (30) DÍAS de haberse publicado este edicto, descontando la fecha de la publicación del edicto. Si dejaren de contestar la demanda dentro del plazo y la forma indicada, se procederá a dictar sentencia en rebeldía en su contra, concediendo el remedio solicitado en la demanda, sin más citarle ni oírle. EXPEDIDO, bajo mi firma y sello del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN JUAN, PUERTO RICO, hoy a 27 de SEPTIEMBRE de 2013. LCDA. REBECCA RIVERA TORRES, SECRETARIA REGIONAL, SECRETARIO (A). CARLA J. RIVERA CLIMENT, SECRETARIA DE SERVICIOS A SALA, SUB-SECRETARIO(A) . ED-11088 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA, SALA SUPERIOR DE HUMACAO.
DORAL BANK Demandante v.
ABNER CASTRO VIERA
Demandado(a) CIVIL: HSCI201300616. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: ABNER CASTRO VIERA; su última dirección conocida: HC 1 BOX 4017 NAGUABO PR 00718; P/C del LIC. JOSE DAVID HERNANDEZ DAVILA. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 23 de septiembre de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación
general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 30 de septiembre de 2013. EN HUMACAO, Puerto Rico, el 30 de septiembre de 2013. DOMINGA GOMEZ FUSTER. NOMBRE SECRETARIO(A). ILEANETTE RIVAS SERRANO. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR. ED-11085 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA, SALA SUPERIOR DE HUMACAO.
BANCO SANTANDER PUERTO RICO Demandante v.
JUAN ALBERTO MARTINEZ SANTANA y su esposa MAYRA CIRILO RODRIGUEZ
Demandado(a) CIVIL: HSCI201300606. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION POR EDICTO. A: JUAN ALBERTO MARTINEZ SANTANA y su esposa MAYRA CIRILO RODRIGUEZ; su última dirección conocida: COND. BAYSIDE COVE, 105 ARTERIAL HOSTOS APT. 28, SAN JUAN, PR 00918 y/o URBO. PALMANOVA, PALMAS DEL MAR, 236 CALLE MONTECARLOS, HUMACAO, PR 00791; P/C DE LA LCDA. IRMARIE RIVERA MIRANDA. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 26 de septiembre de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 30 de septiembre de 2013. En HUMACAO, Puerto Rico, el 30 de septiembre de 2013. DOMINGA GOMEZ FUSTER. NOMBRE SECRETARIO(A). IRIS Y. DELGADO RESTO. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR. RP-128 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE AÑASCO
MAGDALENA VALENTÍN CRESPO DEMANDANTE VS.
INOCENCIO GONZALEZ CRESPO, también conocido por CHARLIE GONZALEZ CRESPO DEMANDADA CASO NUM. I2CI201300128 SOBRE: LIQUIDACIÓN DE COMUNIDAD DE BIENES EMPLAZAMIENTO POR EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS SS. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO A: INOCENCIO GONZALEZ CRESPO T/C/P CHARLIE GONZALEZ CRESPO 2239 VIRGIL PLACE, BRONX, NY 10473 POR LA PRESENTE: Se le notifica que contra usted se ha presentado demanda de Liquidación de Comunidad de Bienes. Se le emplaza y se requiere que presente su contestación a la demanda, radicando el original de la misma en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Añasco, Apartado 1405, Añasco, PR 00610, notificando copia de la misma a: BUFETE LLADO & MARIN APARTADO 1821 RINCÓN, PR 00677 TEL. 787 8237894 787 823-2005 FAX Email: shorthairedp@gmail.com Dentro
de los treinta (30) días después de la publicación de este Edicto. Se le apercibe que si usted dejare de contestar dicha Demanda, se anotará la rebeldía y se podrá dictar contra usted Sentencia, concediendo el remedio solicitado, sin más citarle ni oírle. EXPEDIDO BAJO MI FIRMA y Sello del Tribunal en Añasco, Puerto Rico hoy día 08 de agosto de 2013. Evelyn Padilla Nieves, Secretario Por: Firmado, Sec. Aux. I. ED-11098 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR GUAYAMA.
GERARDO RODRIGUEZ ORTIZ y OTROS Demandante Vs.
PEDRO J. VADILLO QUIJANDRIA y MYRIAM SANTIAGO VARGAS y la Sociedad de Gananciales compuesta por ambos FULANO y MENGANO DE TAL
Demandado CIV. NUM.: G AC2013-0078. SOBRE: PARTICIPACION DE COMPRAVENTA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de P.R. SS. A: PEDRO J. VADILLO QUIJANDRIA Y MYRIAM SANTIAGO VARGAS y la Sociedad de Gananciales compuesta por ambos, FULANO Y MENGANO DE TAL. Por la presente se le notifica que la parte demandada ha presentado ante este Tribunal, una reclamación contra usted, solicitando la concesión del siguiente remedio: PARTICIPACION DE COMPRAVENTA. Representa a la parte demandante, el abogado cuyo nombre, dirección y teléfono se consigna de inmediato: LCDO. NAIDA GALARZA COLON. CALLE JOSE DE DIEGO NO. 5 SALINAS, PUERTO RICO 00751. TEL. (787) 824-0768. Se le apercibe que si no compareciere usted a contestar dicha demanda dentro del término de treinta (30) días a partir de la publicación de este edicto, se le anotará la rebeldía y se le dictará Sentencia concediendo el remedio solicitado, sin más citarle ni oírle. En Guayama, Puerto Rico, hoy 13 de agosto de 2013. MARISOL ROSADO RODRIGUEZ, SECRETARIA REGIONAL. POR: VIRGEN S. DE JESUS LOPEZ, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL. ED-11096 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE PONCE.
JOSE FRANCISCO ANDUJAR TORRES Demandante v.
ELIZABETH FERNANDEZ TORRES
Demandada CIVIL NUMERO: J DI2013-0511. SOBRE: DIVORCIO (RUPTURA IRREPARABLE). EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. A: ELIZABETH FERNANDEZ TORRES. 508 W37th St., Apt. 208 San Pedro, California 90731. Por la presente se le emplaza, se le notifica que una demanda ha sido presentada en su contra y se le requiere para que contesten la demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este Edicto, radicando el original de su contestación ante el Tribunal correspondiente y notificando con copia de la misma al (a la) abogado(a) de la parte demandante o a ésta, de no tener representación legal. Se le apercibe que de no hacerlo, se podrá dictar Sentencia en rebeldía concediendo el remedio solicitado en la demanda, sin citarle ni oírle más. LCDA. BRENDAIRIN CRUZ SANTIAGO. ABOGADA NUMERO R.U.A. 14097 P.O. BOX 800018 COTO LAUREL, PR 00780-0018. TELEFONO: (787) 473-7428. Correo Electrónico: bcslegalservices@gmail.com Expedido bajo mi firma y sello del Tribunal, hoy 17 de septiembre de 2013. LUZ M. CARABALLO GARCIA, SECRETARIO(A). FECHA: 17 SEPT. 13. (FDO.) J. QUIRINDONGO, SUB-SECRETARIO(A).
CB-3407 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS SALA SUPERIOR
DORAL BANK Parte Demandante v.
XIOMARA CHARON RÍOS Parte Demandada CIVIL NÚM: E CD20111605(612) SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA (VÍA ORDINARIA) ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU. SS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA El Alguacil que suscribe, Funcionario del Tribunal de Primera instancia de Puerto Rico, por la presente ANUNCIA y hace saber al público en general que en cumplimiento de la Sentencia dictada el día 12 de septiembre de 2012, procederé a vender en subasta, al mejor postor y por dinero en efectivo o cheque certificado todo título, derecho o interés de la parte demandada nombrada en el epígrafe, sobre la propiedad que más adelante se describe. Se ANUNCIA por medio de este EDICTO que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 24 de octubre de 2013, a las 11:15 de la mañana en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE CAGUAS. Siendo esta la PRIMERA SUBASTA que se celebra en este caso, el tipo mínimo aceptable como oferta en la PRIMERA SUBASTA será el tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma de $162,150.00. De no haber remate o adjudicación en esta PRIMERA SUBASTA se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 31 de octubre de 2013, a las 3:45 de la tarde en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será dos terceras partes del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma total de $108,100.00. Esta SEGUNDA SUBASTA habrá de celebrarse en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE CAGUAS. De no haber remate o adjudicación en esta SEGUNDA SUBASTA se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 7 de noviembre de 2013, a las 3:45 de la tarde en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca. Si tampoco hubiese remate o adjudicación en la TERCERA SUBASTA y se declarase desierta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo el acreedor adjudicarse la propiedad dentro de los diez (10) días siguientes, por la totalidad de la cantidad adeudada. La propiedad a ser vendida en subasta es la que se describe a continuación y para la cual se dan sus datos registrales: "URBANA: Apartamento número novecientos nueve (909). Propiedad horizontal: Apartamento residencial de forma irregular localizado en el quinto (5to) piso del edificio nueve (9) del Condominio Los Pinos, localizado en el Barrio Bairoa, Caguas, Puerto Rico, área aproximada de mil trescientos cuatro punto mil ciento sesenta y uno (1304.1161) pies cuadrados. En lindes por NORTE, con área comunal; por el SUR, con área comunal; por el ESTE, con apartamento número ochocientos diez (810); y por el OESTE, con el apartamento número novecientos diez (910). La puerta principal de entrada está situada en su lindero Norte. Consta de sala-comedor, cocina, balcón, family room convertible a dormitorio, laundry, dos (2) dormitorios y dos (2) baños. La corresponde dos (2) espacios de estacionamientos, uno al lado del otro, identificados con el mismo número de apartamento." Finca Número: 53,029 inscrita al folio 180 del tomo 1561 de Caguas, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección Primera de Caguas. DIRECCIÓN: COND. LOS PINOS APTO. 909 CAGUAS, PR 00725 Surge del Estudio de Título efectuado en el caso de epígrafe que sobre la finca descrita anteriormente, no pesan gravámenes posteriores a la primera hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer la Sentencia antes mencionada por la suma principal de $154,135.37 de principal, con intereses al 6.50% anual desde el 1 de julio de 2011, hasta su completo pago mas la suma pactada de $16,215.00 en concepto de costas, gastos y honorarios de abogado, más los cargos por demora, más cualesquiera otras su-
EL VOCERO / CLASIFICADOS / MARTES, 8 DE OCTUBRE DE 2013 mas que aparezcan de la faz del contrato. Dichos pagos se efectuarán en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del (de la) Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. Los autos y todos los documentos correspondientes a este procedimiento están de manifiesto en la Secretaria de este Tribunal durante los días y horas laborables, por lo que los interesados pueden referirse al expediente allí archivado, bajo el civil número que aparece en el epígrafe de este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente, que firmo y sello, en CAGUAS, Puerto Rico, hoy día 20 de agosto de 2013. Edgardo Aldebol Miranda ALGUACIL AUXILIAR SALA SUPERIOR DE CAGUAS. CB-3408 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR
Doral Bank Demandante v.
Gonzalo Mattei Santiago, Lilliam del Valle Nieves y la sociedad legal de bienes gananciales compuesta por ambos Demandados CIVIL NÚM: KCD2012-0456 (503) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EDICTO DE SUBASTA El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, giro o cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 17 de octubre de 2013, a las 11:00 de la mañana, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Calle 5 Esq. Capetillo #1018, San Juan, PR 00923 y que se describe a continuación: URBANA: Solar número 185 del plano de Urbanización de la finca Sociedad Protectora y situada en el Costado Sur de la Calle Capetillo, con una cabida o área horizontal de 200.00 metros cuadrados, y cuyas dimensiones y colindancias con los siguientes: solar rectangular de 10.00 metros de frente por 29.00 metros de fondo, forma esquina SurOeste del cruce de las calles Capetillo y C, colindancia Norte su frente, en una distancia de 10.00 metros, con calle Capetillo; por el Este, izquierda entrando, en una distancia de 20.00 metros, con la calle C y por el Oeste, derecha entrando, en una distancia de 20.00 metros, con el solar número 186; por el Sur, su fondo, en 10.00 metros, con el solar número 184 de la vendedora.- - - - - - - - - - - - - La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 11 del Tomo 85 de Río Piedras Nte, finca número 4551, en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Segunda. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $120,000.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 24 de octubre de 2013, a las 11:00 de la mañana. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $80,000.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 31 de octubre de 2013, a las 11:00 de la mañana. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $60,000.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 58, otorgada el día 28 de
febrero de 2001, ante el Notario Teresa González Ferrer y consta inscrita en el Tomo móvil 1442 (ágora) de Río Piedras Nte, finca número 4551, en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Segunda, inscripción décimoctava. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $106,990.87 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 8.750% anual desde el día 1 de febrero de 2011. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $12,000.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $12,000.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $12,000.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la Regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de las constancias del Registro de la Propiedad en un estudio de título efectuado a la finca antes descrita. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en San Juan, Puerto Rico, hoy día 16 de septiembre de 2013. (Fdo.) PEDRO HIEYE GONZÁLEZ ALGUACIL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN. CB-3409 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR
Doral Bank Demandante v.
Heriberto Rodríguez Hernández y Sonia Ivette Marrero Vázquez Demandados CIVIL NÚM: KCD2013-0440 (506) SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA In Rem EDICTO DE SUBASTA El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en
efectivo, giro o cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 16 de octubre de 2013, a las 11:00 de la mañana, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Comunidad Tras Talleres, 968 Calle Verdejo, Santurce, PR 00916; Comunidad Trastalleres, 968 Calle Verdejo, San Juan, PR 00926 y que se describe a continuación: URBANA: Solar No. 968 de la Manzana 26 según el plano de inscripción del Proyecto de solares denominado SECTOR TRASTALLERES, radicado en la zona urbana del término municipal de Santurce Sur, del Municipio de San Juan, Puerto Rico. Dicho solar tiene un área de 261.50 metros cuadrados. En lindes por el Norte, con solar No. 966 de la Comunidad, distancia de 18.70 metros; por el Sur, con el solar No. 970 de la Comunidad, distancia de 21.32 metros; por el Este, con la Caller Verdejo, distancia de 10.48 metros; y por el Oeste, con solar No. 971 de la Comunidad, distancia de 8.70 metros. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 211 del Tomo 378 de Santurce Sur, finca número 9402, en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Primera. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $76,800.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 23 de octubre de 2013, a las 11:00 de la mañana. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $51,200.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 30 de octubre de 2013, a las 11:00 de la mañana. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $38,400.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 354, otorgada el día 29 de octubre de 2004, ante el Notario Ricardo A. Ceballos Columna y consta inscrita en el Folio 211 del Tomo 378 de Santurce Sur, finca número 9402, en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Primera, inscripción tercera. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $70,608.14 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 7.950% anual desde el día 1 de marzo de 2012. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $7,680.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $7,680.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $7,680.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUANSALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que
tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. A: HIPOTECA: Por la suma principal de $14,400.00 en garantía de un pagaré a favor de DORAL FINANCIAL CORPORATION, haciendo negocios como, H. F. MORTGAGE BANKERS, o a su orden, con intereses al 9.95 % anual y vencimiento el 1ro. de noviembre de 2034, tasada en $14,400.00, constituida mediante escritura No. 355 otorgada en San Juan el 29 de octubre de 2004, ante Ricardo A. Ceballos Columna, inscrita al folio 211 del tomo 378 de Santurce Sur, finca No. 9402, inscripción 4ª. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en San Juan, Puerto Rico, hoy día 16 de septiembre de 2013. (Fdo.) PEDRO HIEYE GONZÁLEZ ALGUACIL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN. CB-3387 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE CAGUAS
BANCO SANTANDERPUERTO RICO Demandante v.
LA SUCESION DE NYDIA ISABEL QUIÑONES RODRIGUEZ, COMPUESTA POR SUS PADRES, JUAN QUIÑONES HERNANDEZ Y VIRGINIA RODRIGUEZ ORTIZ; DANIEL EDUARDO TORRES COFRESI; DEPARTAMENTO DE HACIENDA; CENTRO DE RECAUDACION DE INGRESOS MUNICIPALES Demandados CIVIL NUM.: ECD2012-0658 (611) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA SS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO EDICTO DE SUBASTA Yo, RAMON L. HERNANDEZ CINTRON, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas, al público en general: CERTIFICO Y HAGO SABER: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia fechado de 28 de junio de 2013, que me ha sido dirigido por la secretaría del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Caguas, en el caso arriba indicado, venderé en la fecha o fechas que más adelante se indican, en pública subasta al mejor postor, en moneda legal de los Estados Unidos de América, en mi oficina sita en el local que ocupa en el Centro Judicial de Caguas, Puerto Rico, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada en el inmueble que se describe a continuación, y el cual está ubicado en la Urb. Bosque Real, B-11, Cidra, Puerto Rico: "URBANA: Solar número once (11) del Bloque "B" de la Urbanización Bosque Real ubicada en la carretera número setecientos treinta y cin-
co (735), kilómetro cero hectómetro ocho, Barrio Arenas de Cidra, Puerto Rico, con una cabida superficial de trescientos dos punto cero cero sesenta metros cuadrados (302.0060 m.c.) En lindes por el NORTE, en veintitrés punto ochenta y un metros (23.81 m.), con el solar doce (12) del Bloque "B"; por el SUR, en veintitrés punto ochenta y un metros (23.81 m.), con el solar diez (10) del Bloque "B"; por el ESTE, en doce punto setenta metros (12.70 m.), con el solar treinta y seis (36) del Bloque "B", y por el OESTE, en doce punto setenta metros (12.70 m.), con la calle Palma Real de la Urbanización. Sobre el antes descrito inmueble se halla construida una casa de hormigón y bloques de concreto para fines residenciales. El antes descrito inmueble está afecto, por su procedencia, a servidumbre a favor de la Autoridad de Telecomunicaciones de Puerto Rico, Municipio de Cidra y condiciones restrictivas de uso y edificación. Está afecta a una servidumbre de la Autoridad de Telecomunicaciones de Puerto Rico de uno punto cincuenta y dos metros (1.52 m.), equivalentes a cinco pies (5’) de ancho a lo largo de su colindancia Oeste que da a la calle Palma Real de la Urbanización." Inscrita al folio 61 del tomo 470 de Cidra, finca #17,348, Sección II de Caguas, del Registro de la Propiedad. El inmueble antes descrito se encuentra afecto al siguiente gravamen, el cual es objeto de ejecución en el presente caso: a. HIPOTECA en garantía de un pagaré a favor de Banco Santander- Puerto Rico, o a su orden, por la suma de $160,522.00, intereses al 5.50% anual y vencedero el 1 de marzo de 2038, según consta de la escritura número 30, otorgada en San Juan el 15 de febrero de 2008 ante el Notario Orlin P. Goble, inscrita al folio 61 del tomo 470 (Ágora) de Cidra, inscripción 2ª y última. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación que se transmite y que las cargas y gravámenes anteriores y las preferentes, si las hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante las acepta y queda subrogado en la responsabilidad de las mismas, sin destinarse a su extinción el precio del remate. El mejor postor debe hacer el pago en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. El precio mínimo de este remate con relación a la antes descrita finca y la fecha de cada subasta serán las siguientes: FECHA DE SUBASTA PRIMERA SUBASTA 7 de noviembre de 2013 a las 9:45 am PRECIO MINIMO $160,522.00 SEGUNDA SUBASTA 14 de noviembre de 2013 a las 1:45 pm PRECIO MINIMO $107,014.66 TERCERA SUBASTA 21 de noviembre de 2013 a las 1:45 pm PRECIO MINIMO $80,261.00 Conforme a la sentencia dictada el día 18 de enero de 2013 y archivada en los autos el 19 de marzo de 2013 y expedida una notificación enmendada el 2 de abril de 2013, la anterior venta se hará para satisfacer las siguientes sumas adeudadas por concepto del préstamo hipotecario garantizado por la hipoteca antes mencionada: $152,637.19 de principal; $12,592.62 por concepto de intereses acumulados, más los que continúen acumulándose a razón del 5.50% anual hasta el saldo de la deuda; $720.69 por concepto de "escrow"; $30.00 por concepto de otros gastos, más la suma de $16,052.20 para costas, gastos y honorarios de abogado. La sentencia dictada en el caso de epígrafe fue en rebeldía, por lo que de conformidad al Artículo 3 de la Ley Número 184-2012 de 17 de agosto de 2012, que entró en vigor el 1ro de julio de 2013, conocida como "Ley para Mediación Compulsoria y Preservación de tu Hogar en los Procesos de Ejecuciones de Hipotecas de una Vivienda Principal", las disposiciones de la misma no son de aplicación al presente caso. Se notifica por la presente a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre el inmueble a ser subastado con posterioridad a la inscripción del gravamen del ejecutante descrito anteriormente, o acreedores de cargas o derechos reales que los hubieren pospuesto al gravamen del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizado hipotecariamente con posterioridad al gravamen del actor para que puedan concurrir a la subasta si así lo interesan o satisfacer
antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogado, quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Y, para conocimiento de licitadores, del público en general, y para su publicación de acuerdo con la ley en un periódico de circulación general de la isla de Puerto Rico y en tres sitios públicos del Municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía, y vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida de la parte demandada, expido el presente edicto bajo mi firma y el sello de este Tribunal, en Caguas, Puerto Rico, hoy día 13 de agosto de 2013. RAMON L HERNANDEZ CINTRON ALGUACIL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE CAGUAS ED-9963 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE GUAYAMA, SALA SUPERIOR.
DORAL BANK Demandante vs.
RENE OSVALDO GUZMAN FLORES y su esposa GILDA GRISELLE NOGUERAS RIVERA y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos
Demandados CIVIL NUM G CD2013-0126 (303). SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. A: RENE OSVALDO GUZMAN FLORES y su esposa GILDA GRISELLE NOGUERAS RIVERA y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos, LA AUTORIDAD PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA VIVIENDA DE PUERTO RICO al público en general: CERTIFICO Y HAGO CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por el Secretario del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guayama, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, por separado, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, en mi oficina sita en el Edificio del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guayama, el día 22 de octubre de 2013 a las 10:30 de la mañana, todo título, derecho, participación y/o interés que le corresponda o pueda corresponderle a la parte demandada y/o cualquiera de ellos en el inmueble hipotecado objeto de ejecución que se describe a continuación: ---”URBANA: Solar radicado en la Urbanización Portal de Ancones, situado en los Barrios Ancones y Palmas del Municipio de Arroyo, Puerto Rico, que se relaciona a continuación: Número del Solar: OCHO (8) del BLOQUE “D”; Area del Solar: trescientos doce metros cuadrados (312.00.00 m/c). En lindes por el NORTE, en veinticuatro metros (24.00) con el solar número nueve (9) del Bloque “D” de la urbanización; por el SUR, en veinticuatro metros (24.00) con el solar número siete (7) del Bloque “D” de la urbanización; por el ESTE, en trece metros (13.00) con el solar número quince (15) del Bloque “D” de la urbanización; y por el OESTE, en trece metros (13.00) con la Calle Número Cuatro (4) de la urbanización. Enclava una estructura para fines residenciales, construida en hormigón y bloques.” La hipoteca objeto de ejecución se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad, Sección de Guayama, al folio 194 del tomo 200 de Arroyo, finca número 8029.- La antes descrita propiedad se encuentra afecta al siguiente gravamen posterior, a la hipoteca objeto de ejecución: • HIPOTECA constituida mediante la escritura #611, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 20 de agosto de 2004, ante el Notario Público Kendall E. Krans Negrón, en garantía de un pagaré a favor de LA AUTORIDAD PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA VIVIENDA DE PUERTO RICO, por la suma principal de $10,000.00 y créditos adicionales, sin intereses y vence el día 20 de agosto de 2012, tasándose la finca en $10,000.00, e inscrita al folio 194 del tomo 200 de Arroyo; inscrip-
ción 3ra. y última. Se establece como tipo mínimo de la primera subasta la suma de $61,407.00. De resultar necesaria una segunda subasta por declararse desierta la primera, la misma se celebrará en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guayama, el día 29 de octubre de 2013 a las 10:30 de la mañana y se establece como tipo mínimo para dicha segunda subasta la suma de $40,938.00, equivalente a 2/3 partes del tipo mínimo establecido originalmente para la primera subasta. De no adjudicarse la propiedad en esa segunda subasta, se celebrará una tercera subasta en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guayama, el día 5 de noviembre de 2013 a las 10:30 de la mañana y se establece como tipo mínimo para dicha tercera subasta la suma de $30,703.50 equivalente a la mitad del tipo mínimo establecido para la primera subasta. La subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la parte demandante el importe de la Sentencia dictada a su favor ascendente a la suma de $58,842.87 balance de principal del referido pagaré, más los intereses que al tipo convenido del 5.95% anual que se han devengado sobre dicha suma desde el 1ro de octubre de 2012, y los que se devenguen hasta el total y completo pago del principal, los cargos por demora incurridos hasta esta fecha y los que se devenguen hasta el total y completo pago de la deuda, cualesquiera adelantos hechos por la demandante para el pago de primas de seguro y contribuciones y la suma de $6,140.00 para costas, gastos y honorarios de abogado del demandante según pactados en el pagaré y en el contrato de hipoteca y cualesquiera otros adelantos para el pago de contribuciones y pólizas de seguro hechos por la demandante. Se notifica a todos los interesados que todas las actas y demás constancias del expediente de este caso están disponibles en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables para ser examinadas. Se entiende que todo licitador acepta como bastante la titularidad que da base a la misma. La susodicha venta en pública subasta, se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte dicha propiedad con rango posterior al gravamen aquí ejecutado. A su vez cualquier gravamen preferente al crédito que da base a esta ejecución continuará subsistente, entendiéndose que el adjudicatario en la subasta lo acepta y queda subrogado en la responsabilidad de su pago. Y para conocimiento de la parte demandada, de todas aquellas personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen objeto de ejecución, de todos los licitadores y del público en general, expido el presente Edicto de Subasta, para su publicación dos (2) veces por espacio de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones en un diario de circulación general en Puerto Rico, así como para su publicación por espacio de dos (2) semanas en tres (3) sitios públicos del Municipio de Guayama, Puerto Rico, expedido el mismo en Guayama, Puerto Rico, hoy día 24 de julio de 2013. ORLANDO FIGUEROA MORALES, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE GUAYAMA. ED-9964 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE GUAYAMA, SALA SUPERIOR.
DORAL BANK Demandante vs.
MICHAEL TORRES MANDRY y su esposa MARIA DE LOS ANGELES RODRIGUEZ SANTIAGO y la Sociedad Legal de Gananciales constituida por ellos
Demandados CIVIL NUM. GCD 2008-0601 (302). SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. A: MICHAEL TORRES MANDRY y su esposa MARIA DE LOS ANGELES RODRIGUEZ SANTIAGO y la Sociedad Legal de Ganancia-
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les constituida por ellos y al público en general: CERTIFICO Y HAGO CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por el Secretario del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Guayama, Sala Superior, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, por separado, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, en mi oficina sita en el Edificio del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Guayama, Sala Superior, el día 22 de octubre de 2013 a las 10:00 de la mañana, todo derecho, título, participación y/o interés que le corresponda a la parte demandada y/o cualquiera de ellos en el inmueble hipotecado objeto de ejecución que se describe a continuación: --URBANA: Solar radicado en el Barrio Boca Velásquez de Santa Isabel, marcado con el número diecisiete (17) del bloque “E”, en el plano de inscripción para solares de la Finca Boston, proyecto de emergencia sometido a la Administración de Reglamentos y Permisos (ARPE) bajo el número de caso ochenta y seis guión sesenta y siete guión “A” guión cero sesenta y cuatro guión “C” “G” “I” (86-67-A-064CGI), plano que fuera enmendado por dicha agencia bajo el caso número cero dos “I” “U” dos guión “C” “E” “I” cero uno guión cero cero seis cinco cero (021U2-CET01-00650) el primero (1) de abril de dos mil dos (2002), con una cabida superficial de doscientos cincuenta y dos metros cuadrados (252mc); en lindes por el NORTE, en una distancia de catorce (14) metros lineales con la Calle número seis guión “E” (6-E) de la Finca Boston; por el SUR, en una distancia de catorce (14) metros lineales con el solar número ocho (8) del Bloque “E” de la Finca Boston; por el ESTE, en una distancia de dieciocho (18) metros lineales con el solar número dieciocho (18) del Bloque “E” de la Finca Boston; y por el Oeste, en una distancia de dieciocho (18) metros lineales con el solar número dieciséis (16) del Bloque “E” de la Finca Boston. En dicho solar enclava una estructura de concreto para fines residenciales. Inscrita en el Registro de la Propiedad, Sección de Guayama, al folio 68 del tomo 177 de Santa Isabel, finca número 7176. Según pactado se establece como tipo mínimo de la primera subasta la suma de $65,600.00. De ser necesaria una segunda subasta por declararse desierta la primera, la misma se celebrará en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Guayama, Sala Superior, el día 29 de octubre de 2013 a las 10:00 de la mañana y se establece como tipo mínimo para dicha segunda subasta la suma de $45,733.33, equivalente a 2/3 partes del tipo mínimo establecido originalmente. De no adjudicarse la propiedad en esa segunda subasta, se celebrará una tercera subasta en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Guayama, Sala Superior, el día 5 de noviembre de 2013 a las 10:00 de la mañana y se establece como tipo mínimo para dicha tercera subasta la suma de $34,300.00, equivalente a la mitad del tipo mínimo establecido originalmente en la primera subasta. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la parte demandante el importe de la Sentencia dictada a su favor ascendente a la suma de $63,958.84, balance de principal adeudado, más los intereses que al tipo convenido del 6.50% anual se han devengado sobre dicha cantidad desde el día 1ro. de agosto de 2008, más los devengados hasta esta fecha y los que se devenguen hasta el total y completo pago de la deuda; más los de cargos por demora devengados hasta esta fecha y los que se devenguen hasta el total y completo pago de la deuda y la suma de $6,860.00 para costas, gastos y honorarios de abogado del demandante según pactados en el pagaré y en el contrato de hipoteca y cualesquiera otros adelantos para el pago de contribuciones y pólizas de seguro hechos por la demandante. Se notifica a todos los interesados que todas las actas y demás constancias del expediente de este caso están disponibles en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables para ser examinadas. Se entiende que todo licitador acepta como bastante la titulación que da base a la misma. La susodicha venta en pública subasta, se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte dicha propiedad con rango posterior al gravamen aquí ejecutado. Se entiende que cualquier gravamen prefe-
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CLASIFICADOS / MARTES, 8 DE OCTUBRE DE 2013 El periódico de Puerto Rico
rente al crédito que da base a esta ejecución continuará subsistente, entendiéndose que el remanente lo acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. Y para conocimiento de la parte demandada, de todas aquellas personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen objeto de ejecución, de todos los licitadores y del público en general, expido el presente Edicto de Subasta para su publicación dos (2) veces por espacio de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones en un periódico de circulación general en Puerto Rico, así como para su publicación por espacio de dos (2) semanas en tres (3) sitios públicos del Municipio de Guayama, Puerto Rico, expedido el mismo en Guayama, Puerto Rico, hoy día 24 de julio de 2013. ORLANDO FIGUEROA MORALES, ALGUACIL. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE GUAYAMA, SALA SUPERIOR..
ED-11091 #BP-4966868 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE SAN JUAN.
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante v.
La Sucesión de la finada EMMA COSME ROSADO compuesta por ANGEL R. COLON COSME ELLIOT R. COLON COSME LA sucesión del finado ANGEL LUIS COLON COSME compuesta por GENESIS COLON RUIZ (menor) ABDIEL COLON RUIZ (menor) IRIS IVETTE RUIZ en representación de los menores GENESIS COLON RUIZ ABDIEL COLON RUIZ la SUCESION de la finada GLADYS I. COLON COSME compuesta por NAHOMY RIVERA COLON (menor) ANGEL LUIS RIVERA en representación de la menor NAHOMY RIVERA COLON; la Sucesión del finado VIDAL VAZQUEZ COLON compuesta por X; Y; Z (herederos desconocidos) la sucesión de la finada EMMA COLON COSME compuesta por X; Y; Z (herederos desconocidos) la sucesión de la finada EMMA COLON COSME compuesta por
MILAGROS ROJAS COLON EDITH MICHELLE ORTIZ COLON PABLO JOSE CABALLOS COLON JANE DOE JOHN DOE RICHARD DOE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO y CRIM
CIVIL NUM: KCD2013-0858 (807). SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA (VIA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. EL Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. A: GENESIS COLON RUIZ (menor), IRIS IVETTE RUIZ en representación de la menor GENESIS COLON RUIZ, ELLIOT R. COLON COSME; PABLO JOSE CABALLOS COLON, JANE DOE, JOHN DOE, RICHARD DOE; X; Y; Z (herederos desconocidos). Se notifica a USTEDES que se ha radicado en esta Secretaría una demanda en la que se ejecuta una hipoteca por la suma principal de $38,200.00, la cual está reducida a la cantidad de $19,545.26, al 7.750% de interés anual, adeudando intereses desde el día 1 de octubre de 2012, sobre la propiedad que se describe a continuación: ---URBANA: Calle Irlanda Edificio A Apartamento 29 Urbanización Jardines de Quintana, San Juan, Puerto Rico con una cabida de 1,096.55 pies cuadrados. Se les emplaza y requiere que contesten la demanda radicando el original de la contestación en la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE SAN JUAN PUERTO RICO y notificando copia de dicha contestación a los abogados de la parte demandante: VELMA E. DIAZ CARRASQUILLO, Unión Plaza, Ave. Ponce De León #416, 001A- Hato Rey, Puerto Rico 00918; PO Box 361508, San Juan, PR 00936-1508; Teléfono: 7530619, dentro del término de TREINTA (30) días de haberse radicado este edicto, descontando la fecha de la publicación del edicto. Si dejaren de contestar la demanda dentro del plazo y la forma expresada, se procederá a dictar sentencia en su contra concediendo el remedio solicitado en la demanda sin más citarle ni oírle. EXPEDIDO bajo la firma y sello de este Tribunal, en SUBSECCION DE DISTRITO SALA DE SAN JUAN, Puerto Rico, hoy día SEP 25 2012. LCDA. REBECCA RIVERA TORRES, SECRETARIA REGIONAL. POR: YANIRA RIVERA BUTHER, SECRETARIA SERV. SALA. CB-3443 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON SALA SUPERIOR
DORAL BANK Parte Demandante VS
JOSE ENRIQUE GONZALEZ COLON T/C/C JOSE E. GONZALEZ COLON; ESTADOS UNIDOS DE AMERICA Parte Demandada CIVIL NUM.: DCD2010-0710 SALON NÚM.: 504 SOBRE ACCION CIVIL DE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE SUBASTA A: JOSE ENRIQUE GONZALEZ COLON T/C/C JOSE E. GONZALEZ COLON; ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; Y AL PUBLICO EN GENERAL: El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de Bayamón, Bayamón, Puerto Rico, hago saber a la parte demandada, al PUBLICO EN GENERAL; y a el (los) siguiente(s) gravámen(es) posterior(es): ESTADOS UNIDOS DE AMERICA: A cuyo favor aparece anotado un Embargo, por la suma de $8,324.48, según notificación número 382704407. Anotada el 23 de agosto de 2007 al asiento 4 del folio 173 del Libro de Embargos Federales Número 1, finca número 2,393. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA: A cuyo favor aparece anotado un Embargo, por la suma de $119,205.55, según notificación número 774585711. Anotada el 25 de abril de 2011 al asiento 5 del folio 239 del Libro de Embargos Federales Número 2, finca
número 2,393. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA: A cuyo favor aparece anotado un Embargo, por la suma de $27,324.93, según notificación número 774585811. Anotada el 25 de abril de 2011 al asiento 1 del folio 240 del Libro de Embargos Federales Número 2, finca número 2,393. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA: A cuyo favor aparece anotado un Embargo, por la suma de $17,485.12, según notificación número 82084611. Anotada el 25 de octubre de 2011 al asiento 3 del folio 50 del Libro de Embargos Federales Número 3, finca número 2,393. ADVERTENCIA: Aunque el número de seguro social informado en este embargo federal, no coincide con los informados en los embargos federales anteriores, tanto el nombre del contribuyente como su dirección física, sí coinciden en todos ellos. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA: A cuyo favor aparece anotado un Embargo, por la suma de $16,067.76, según notificación número 919326613, presentada el 5 de febrero de 2013, al asiento 5 del folio 173 del Libro de Embargos Federales Número 3, finca número 2,393. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA: A cuyo favor aparece anotado un Embargo, por la suma de $7,255.37, según notificación número 919326213, presentada el 5 de febrero de 2013, al asiento 1 del folio 174 del Libro de Embargos Federales Número 3, finca número 2,393. Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 25 de febrero de 2013, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que se describe a continuación: URBANA: Solar #32 del Bloque F de la Urbanización Las Vegas, sitio Flor del Valle, Barrio Palmas de Cataño, Puerto Rico, con un área superficial de 299.00 metros cuadrados. Colinda por el NORTE, en 23.00 metros, con el solar #31 del Bloque F de la Urbanización Las Vegas; por el SUR, en 23.00 metros, con el solar #33 del Bloque F de la Urbanización Las Vegas; por el ESTE, en 13.00 metros, con la Calle #3 de la Urbanización Las Vegas y por el OESTE, en 13.00 metros, con el solar #15 del Bloque F de la Urbanización Las Vegas. Inscrita al folio 101 del tomo 49 de Cataño, finca número 2,393, Registro de Bayamón, Sección Cuarta. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la SENTENCIA dictada a su favor, el día 1ro. de abril de 2011, en el presente caso civil, a saber la suma de $79,921.87, rebajado mediante acuerdo de pago por Estipulación a la suma de $ 79,349.66 de principal, más intereses al 5.75% anual desde el día 1ro. de diciembre de 2009, más la suma de $9,520.00, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente a partir del día 1ro. de enero de 2010, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el (los) gravamen (es) aquí antes mencionado (s), a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 31 DE OCTUBRE DE 2013 A LAS 11:15 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de Bayamón, Bayamón, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $95,200.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 7 DE NOVIEMBRE DE 2013 A LAS 3:15 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $63,466.66, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 14 DE NOVIEMBRE DE 2013 A LAS 3:15 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para
la TERCERA SUBASTA será de $47,600.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicárse al acreedor la finca aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721) Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte a todos los interesados que la co-demandada Estados Unidos de América, tiene el derecho a redimir la propiedad antes descrita dentro del término de ciento veinte (120) días desde la fecha de la venta y pública subasta, previo el pago de la cantidad ofrecida por el licitador a quien se le otorgue la buena pro, más intereses, todo ello a tenor con lo dispuesto en la Sección 2410(c) del Título 28 del Código de Estados Unidos de América (28 USC 2410(c)) y la Sección 7425 (d)(1)(2) del Título 26 del mismo Código (26 USC 7425 (d)(1)(2)). Se le advierte, además, a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría de este el Honorable Tribunal, durante las horas laborables. EXPIDO, el presente EDICTO, en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 05 de junio de 2013. Alg. Freddy Omar Rodríguez Collazo, Alguacil Supervisor División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Bayamón CB-3448 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN LORENZO
Doral Bank Demandante v.
Angel Luis Gómez González, Ivelisse Morales Rivera y la sociedad legal de bienes gananciales compuesta por ambos Demandados CIVIL NÚM: E2CI2011-0376 SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EDICTO DE SUBASTA El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN LORENZO, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, giro o cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 1º de noviembre de 2013, a las 10:00 de la mañana en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN LORENZO, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Carr. 183 Ramal 902, Quebrada Arenas, San Lorenzo, PR 00754; Carr. 902 Km 5.0, Bo. Quebrada Arenas, Sector Wiso Gómez, San Lorenzo, PR 00754 y que se describe a continuación: RUSTICA: Lote de terreno rotulado número 1 con cabida de 620.8781 metros cuadrados, radicada en el Barrio Quebrada Arenas del término municipal de San Lorenzo, Puerto Rico, en lindes por el Norte, con la Sucesión de Vicente Montañez; por el Sur, con la finca principal de la cual segrega; por el Este, con la finca principal; por el Oeste, con camino
minicipal. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 152 del Tomo 365 de San Lorenzo, finca número 17,372 en el Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Segunda. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $65,000.00 Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 8 de noviembre de 2013, a las 1:00 de la tarde. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $43,333.33. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 15 de noviembre de 2013, a las 1:00 de la tarde. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $32,500.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 384, otorgada el día 9 de julio de 1999, ante el Notario Pedro A. López Villafañe y consta inscrita en el Folio 86 del Tomo móvil 375 de San Lorenzo, finca número 17,372 en el Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Segunda, inscripción quinta. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $48,045.14 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 6.990% anual desde el día 1 de febrero de 2011. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $6,500.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $6,500.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $6,500.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca; más intereses provisto por la Regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN LORENZO durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad está sujeta a los siguientes gravámenes anteriores y/o preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. HIPOTECA: Constituida por Angel Luis Gómez González casado con Ivelisse Morales Rivera, en garantía de un pagaré a favor de PORTADOR, o a su orden, por la suma de $15,000.00, sus intereses al 8% anual y vencedero el 30 de noviembre de 1999, según escritura número 27, otorgada en San Lorenzo, el 9 de noviembre de 1994, ante la notario Lesbia San Antonio Núñez. Inscrita al folio 152 vuelto del tomo 365 de San Lorenzo. Inscripción segunda. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos
dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en San Lorenzo, Puerto Rico, hoy día 13 de agosto de 2013. Fdo. ANGEL GOMEZ GOMEZ ALGUACIL PLACA 593. CB-3441 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS SALA SUPERIOR
DORAL BANK Demandante v.
IVETTE ROMÁN MORALES Demandados CIVIL NÚM: ECD2009-0358 (402) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EDICTO DE SUBASTA El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, giro o cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 29 de octubre de 2013, a las 10:00 de la mañana, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Urb. Estancias de Siervas de María Barrio Navarro, Solar #1, Gurabo, PR 0788 y que se describe a continuación: URBANA: Solar número 1 de la Urbanización Estancias de Siervas de María radicado en el Barrio Navarro del término municipal de Gurabo, Puerto Rico, con una cabida superficial de 973.99 metros cuadrados; en lindes por el NORTE, en una distancia de 10.58 metros con la carretera estatal número 931; por el SUR, en una distancia de 25.68 metros lineales, con la calle A de la urbanización; por el ESTE, en una distancia de 12.48 metros lineales, en un radio de 9.37 grados, 22.19 metros, en un radio de 30.17 grados y 22.12 metros, en un radio de 8.06 grados (así consta) con la calle de entrada a la urbanización; y por el OESTE, en una distancia de 34.49 metros lineales, con el solar número 2. Enclava una casa para fines residenciales. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 133 del Tomo 478 de Gurabo, finca número 18,546 en el Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Segunda. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $252,600.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 5 de noviembre de 2013, a las 2:15 de la tarde. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $168,400.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 12 de noviembre de 2013, a las 2:00 de la tarde. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $126,300.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 326, otorgada el día 11 de mayo de 2005, ante el Notario Rey Javier De León Colón y consta inscrita en el Folio 133 del Tomo 478 (agora) de Gurabo, finca número 18,546 en el Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Segunda, inscripción cuarta. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $237,579.51 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 6.500% anual desde el día 1 de octubre de 2008. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $25,260.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $25,260.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $25,260.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca; más intereses según provisto por la Regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad está sujeta a los siguientes gravámenes anteriores y/o preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. HIPOTECA: Constituida por Ivette Román Morales (soltera), en garantía de un pagaré a favor de DORAL FINANCIAL CORPORATION haciendo negocios como H.F. MORTGAGE BANKERS, por la suma de $27,490.00, con intereses al 9.50% anual y vencedero el 1 de abril del 2017, según escritura número 271, otorgada en Gurabo, el 5 de abril del 2002, ante el notario José Rubén Vélez Marrero. Inscrita el 30 de noviembre de 2012 al folio 133 del tomo 478 (ágora) de Gurabo. Inscripción segunda. Surge de un estudio de título efectuado que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. A: HIPOTECA: Constituida por Ivette Román Morales (soltera), en garantía de un pagaré a favor de SANA MORTGAGE CORPORATION, o a su orden, por la suma de $30,000.00, con intereses al 8.45% anual y vencedero el 1 de diciembre de 2020, según escritura número 435, otorgada en San Juan, el 27 de octubre de 2005, ante el notario Antonio José Aponte Sánchez. Inscrita el 30 de noviembre de 2012 al folio 133 del tomo 478 (ágora) de Gurabo. Inscripción quinta. B: PRESENTACION: Presentada el 20 de octubre de 2011, al asiento 179 del diario 660, Demanda de fecha 30 de agosto de 2011, ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Lorenzo, en el caso civil número E2CI 2011-0486, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, seguido por Doral Bank vs. Carlos Humberto Lalama Quevedo (así consta), en la que se reclama el pago de hipoteca con un balance de $138,311.86 y otras cantidades, o la venta en pública subasta de la propiedad. Pendiente de anotación. C. COMPRAVENTA: Consta inscrita a favor de ESTEBAN VARGAS OLMEDA y su esposa, EVELYN BURGOS CARAZO, quienes adquieren por compra a Ivette Román Morales (soltera), por la suma de $280,000.00, según escritura número 27, otorgada en Caguas, el 25 de septiembre de 2007, ante el notario Gavino J. Rivera Ramos. Inscrita al folio 133 del tomo 478 de Gurabo. Inscripción sexta. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en Caguas, Puerto Rico, hoy día 15 de agosto de 2013. (FDO) Carlos Centeno Merced ALGUACIL AUXILIAR 640 TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAGUAS. CB-3451 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante v.
ELISEO RAMOS RIOS, WEENA GONZALEZ MORALES y la sociedad legal de bienes gananciales compuesta
por ambos
Demandados CIVIL NUM: K CD2012-1494 (602) SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA VIA ORDINARIA (IN REM) ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU SS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, Funcionario del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, por la presente ANUNCIA y hace saber al público en general que en cumplimiento de la Sentencia dictada el día 11 de diciembre de 2012, procederé a vender en subasta, al mejor postor y por dinero en efectivo o cheque certificado todo título, derecho o interés de la parte demandada nombrada en el epígrafe, sobre la propiedad que más adelante se describe. Se ANUNCIA por medio de este EDICTO que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 23 de octubre de 2013, a las 9:30 de la mañana, en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE SAN JUAN. Siendo ésta la PRIMERA SUBASTA que se celebra en este caso, el tipo mínimo aceptable como oferta en la PRIMERA SUBASTA será el tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma de $148,500.00. De no haber remate o adjudicación en esta PRIMERA SUBASTA se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 30 de octubre de 2013, a las 9:30 de la mañana, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será dos terceras partes del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma total de $99,000.00. Esta SEGUNDA SUBASTA habrá de celebrarse en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE SAN JUAN. De no haber remate o adjudicación en esta SEGUNDA SUBASTA se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 6 de noviembre de 2013, a las 9:30 de la mañana, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca. Si tampoco hubiese remate o adjudicación en la TERCERA SUBASTA y se declarase desierta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo el acreedor adjudicarse la propiedad dentro de los diez (10) días siguientes, por la totalidad de la cantidad adeudada. La propiedad a ser vendida en subasta es la que se describe a continuación y para la cual se dan sus datos registrales: ---“RUSTICA: Lote A: Parcela de terreno en el barrio Tortugo de Río Piedras, Puerto Rico, compuesta de SETECIENTOS CINCUENTA y TRES punto TREINTA y CINCO (753.35) metros cuadrados, con las siguientes colindancias por el Norte, con parcela D y B; por el Sur, con terrenos de la sucesión Pérez Morris; por el Este, con parte de la parcela B y parte de la parcela dedicada a uso público; y por el Oeste, con parte de la parcela D y con terrenos de Viuda de Pérez Morris. Enclava una estructura en concreto que mide TREINTA y CINCO (35) pies de ancho por CUARENTA y SIETE (47) pies de largo”. Inscrita al folio móvil del tomo 629 de San Juan, finca #12,075 del Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Cuarta. DIRECCION: BARRIO TORTUGO CARR. 873, KM. 1.1 SAN JUAN, PUERTO RICO Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer la Sentencia antes mencionada por la suma principal de $100,048.22 más intereses sobre dicha suma al tipo del 6.000% anual, desde el día 1 de enero de 2012, hasta su total y completo pago, más la suma estipulada de $13,500.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, más cualesquiera otras sumas que aparezcan de la faz del contrato. Los autos y todos los documentos correspondientes a este procedimiento están de manifiesto en la Secretaría de este Tribunal durante los días y horas laborables, por lo que los interesados pueden referirse al expediente allí archivado, bajo el civil número que aparece en el epígrafe de este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente, que firmo y sello, en SAN JUAN, Puerto Rico, hoy día 17 de septiembre de 2013. JUAN M. ORTIZ VAZQUEZ ALGUACIL REGIONAL PEDRO HIEYE GONZALEZ ALGUACIL SUPERVISOR DIVISION DE EJECUCION DE SENTENCIAS TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN
EL VOCERO / LOCALES / MARTES, 8 DE OCTUBRE DE 2013
Cabo Rojo. Fue cremado. MAYRA ALEJANDRA CONDE SUAREZ, 34 años. Natural de Río Piedras y residente de Santurce. Falleció el 30 de septiembre de 2013 en Santurce. Fue cremada. DAVID PIOVANETTI GARCIA. Natural de Maricao. Falleció en San Juan. Recibió cristiana cremación. HECTOR M. DEL VALLE SANCHEZ. Natural de Manatí. Falleció en Manatí. Recibió cristiana cremación. ISMAEL TORRES BAEZ. Natural de Las Marías. Falleció en Guaynabo. Recibió cristiana cremación. ELBA JOSEFINA BEVERAGGI MELENDEZ. Natural de San Juan. Falleció en Gurabo. Recibió cristiana cremación. MARIA JOSEFINA BORRAS MATTA. Natural de Fajardo. Falleció en Carolina. Recibió cristiana cremación.
CLARIBEL RIOS LOPEZ, 63 años. Natural y residente de Arecibo. Falleció el 6 de octubre de 2013 en Arecibo. El sepelio se efectuará hoy martes a la 1:00 p.m. partiendo desde su residencia en el Barrio Jarealitos en Arecibo, hacia el Cementerio Antiguo de Arecibo. ARCADIO GONZALEZ COLON, 79 años. Natural de Utuado y residente de Arecibo. Falleció el 7 de octubre de 2013 en Arecbo. Estará expuesto en capilla mañana miércoles de 11:00 a.m. a 11:00 p.m. Luego será cremado.
JOSE RODRIGUEZ TROCHE, 61 años. Natural de Mayagüez y residente del Bo. Quebrada Grande. Falleció el 3 de octubre de 2013 en Mayagüez. Fue cremado. ALFREDO PAGAN OLIVERA, 58 años. Natural de Río Piedras y residente de Cabo Rojo. Falleció el 4 de octubre de 2013 en
LUZ CELENIA ARROYO VARGAS, 86 años. Natural de Las
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Marías y residente en Mayagüez. Falleció el 6 de octubre de 2013 en Mayagüez. Sepelio hoy en el Cementerio Nuevo Municipal. JOHNNY FELICIANO RIVERA, 80 años. Natural y residente en Mayagüez. Falleció el 3 de octubre de 2013 en Río Piedras. Para más información comunicarse al 834-6565. EDUARDO DAVID MERCADO ORTIZ, 81 años. Natural y residente en Mayagüez. Falleció el 7 de octubre de 2013 en Mayagüez. Para detalles llamar al 834-6565. FRANCISCA CUEVAS CINTRON, 102 años. Natural de Maricao y residente en Boquerón. Falleció el 3 de octubre de 2013 en Boquerón. Sepelio efectuado. JOSEFA MIGUELINA SANTIAGO MUÑIZ, 97 años. Natural de San Germán y residente en Mayagüez. Falleció el 4 de octubre de 2013 en Mayagüez. Sepelio efectuado.
EDICTOS CB-3444 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE GUAYNABO
DORAL RECOVERY INC. Demandante v.
VÍCTOR REYES DE LEÓN, LYDIA COTTO ORTEGA T/C/C LIDIA COTTO ORTEGA Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Demandados CIVIL NÚM: D2CD2012-0305 SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EDICTO DE SUBASTA El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE GUAYNABO, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, giro o cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 30 de octubre de 2013, a las 10:00 de la mañana en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE GUAYNABO, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Urbanización Vista del Morro, B-4 Calle Guaraguao, Cataño, PR 00962 y que se describe a continuación: URBANA: Solar número 4-B de la Urbanización Vista del Morro, situada en el Barrio Palmas de Cataño, con cabida de 244.50 metros cuadrados. En lindes por el Norte, con carretera número 869, distancia de 9.78 metros; por el Sur, con calle número 1, distancia de 9.78 metros; por el Este, con el solar número 3, distancia de 25.00 metros; por el Oeste, con el solar número 50, en distancia de 25.00 metros. Enclava una casa. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 21 del Tomo 97 de Cataño, finca número 4333, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Cuarta. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $50,000.00. Si no hubiere rema-
te ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 7 de noviembre de 2013, a las 10:00 de la mañana. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $33,333.33. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 14 de noviembre de 2013, a las 10:00 de la mañana. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $25,000.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 272, otorgada el día 11 de octubre de 1997, ante el Notario Miguel A. Hernández Sanabria y consta inscrita en el Folio 23 vuelto del Tomo 97 de Cataño, finca número 4333, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Cuarta, inscripción tercera. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $39,354.83 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 8.500% anual desde el día 1 de junio de 2012. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $5,000.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $5,000.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $5,000.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la Regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE GUAYNABO durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de
las constancias del Registro de la Propiedad en un estudio de título efectuado a la finca antes descrita. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en Guaynabo, Puerto Rico, hoy día 30 de septiembre de 2013. JORGE CAMPUSANO DE LA ROSA ALGUACIL SUPERVISOR PLACA 918 TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE GUAYNABO CB-3455 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR
Doral Bank Demandante v.
Sylvia Pérez Reyes, Ramón Ramos Sánchez y la sociedad legal de bienes gananciales compuesta por ambos Demandados CIVIL NÚM: KCD 2011-1619 SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EDICTO DE SUBASTA El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe
por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, giro o cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 30 de octubre de 2013, a las 11:00 de la mañana, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Urbanización San José 411 Calle Aranjuez, San Juan, PR 00923 y que se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el No. U-4, del plano de inscripción preparado por La Autoridad sobre Hogares de Puerto Rico, hoy La Corporación de Renovación Urbana y Vivienda de Puerto Rico, para su Proyecto PRHA-12, denominado SAN JOSÉ DEVELOPMENT, radicado en el Barrio Hato Rey del término municipal de San Juan, Puerto Rico, con una cabida superficial de 316.50 metros cuadrados. En lindes por el Norte, con los terrenos de La Corporación de Renovación Urbana y Vivienda de Puer to Rico, en distancia de 6.48 metros; por el Sur, con el solar U-3, distancia de 14.47 metros; por el Este, con la Quebrada Méndez, en distancia de 32.40 metros; y por el Oeste, con la Calle Aranjuez de la mencionada Urbanización, en distancia de 31.00 metros. Enclava una vivienda. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 218 del Tomo 1506 de Río Piedras Nte, finca número 33511, en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Segunda. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $74,750.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 6 de noviembre de 2013, a las 11:00 de la mañana. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $49,833.33. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 14 de noviembre de 2013, a las 11:00 de la mañana. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $37,375.00. La hipoteca a ejecu-
tarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 12, otorgada el día 17 de enero de 2005, ante el Notario Edgardo del Valle Galarza y consta inscrita en el Folio 218 del Tomo 1506 de Río Piedras Nte, finca número 33511, en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Segunda, inscripción cuarta. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $70,965.47 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 8.950% anual desde el día 1 de diciembre de 2010. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $0.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $0.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $0.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la Regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de las constancias del Registro de la Propiedad en un estudio de título efectuado a la finca antes descrita. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el
importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en San Juan, Puerto Rico, hoy día 30 de SEPTIEMBRE de 2013. FDO. JOSE SOTOMAYOR MATOS ALGUACIL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN. CB-3456 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR
Federal National Mortgage Association t/c/c Fannie Mae Demandante v.
Fernando Colón Gutiérrez Demandado CIVIL NÚM: KCD2012-2638 (508) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EDICTO DE SUBASTA El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, giro o cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 30 de octubre de 2013, a las 9:30 de la mañana, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Barrio Caimito, Sector Marcelo, Carretera 842 Kilómetro 6.6, Río Piedras, PR 00926 y que se describe a continuación: RÚSTICA: Solar B. Parcela de terreno radi-
cado en el Barrio Caimito Alto de Río Piedras del Municipio de San Juan, Puerto Rico, con una cabida superficial de 0.1690 (Según Certificación Registral 0.1699) cuerdas, equivalentes a 667.606 metros cuadrados. En lindes por el Norte, en una distancia de 11.228 metros, con el lote denominado solar A, en el plano de inscripción y segregación; por el Sur, en una distancia de 30.673 metros, con el remanente de la finca principal; por el Este, en dos alineaciones que suman 39.704 metros, con Adrián Carrasquillo; por el Oeste, en cuatro alineaciones y un arco que suman 34.529 metros, con la faja de terreno denominado camino dedicada a uso público, en el plano de inscripción y segregación. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 81 del Tomo 515 de Río Piedras Sur, finca número 16,509, en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Cuarta. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $171,000.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 6 de noviembre de 2013, a las 9:30 de la mañana. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $114,000.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 14 de noviembre de 2013, a las 9:30 de la mañana. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $85,500.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 460, otorgada el día 22 de julio de 2005, ante el Notario Carlos R. Garriga Blanco y consta inscrita en el Folio 81 del Tomo 676 de Río Piedras Sur, finca número 16,509, en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Cuarta, inscripción séptima. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $155,333.62 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 6.500% anual desde el día 1 de mayo de 2012. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios
de la fecha vencimiento, la suma de $17,100.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $17,100.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $17,100.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la Regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de las constancias del Registro de la Propiedad en un estudio de título efectuado a la finca antes descrita. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en San Juan, Puerto Rico, hoy día 30 de septiembre de 2013. (FDO) José Sotomayor Matos ALGUACIL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.
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DEPORTES / MARTES, 8 DE OCTUBRE DE 2013 El periódico de Puerto Rico
Puig elimina a la campeona THE ASSOCIATED PRESS
Puig jugará en la segunda ronda frente a Kurumi Nara, quien se impuso en su primer partido 6-3, 6-2 sobre la francesa Carolina Garcia. La australiana Samantha Stosur (3) superó a la sueca Johanna Larsson 6-4, 6-2 y la candiense Eugenie Bouchard (5) despachó a la estadounidense Varvara Lepchenko 6-3, 6-0. La serbia Jelena Jankovic (1) se retiró del torneo a último momento por problemas en la cadera. Jankovic tuvo que ser atendida de dolores en esa zona luego de perder ante Serena Williams el domingo en la final del Abierto Chino en Beijing.
Suda John Isner SHANGHAI - El colombiano Santiago Giraldo tuvo contra las cuerdas al estadounidense John Isner pero no pudo darle el golpe de gracia y terminó perdiendo 4-6,
7-5, 7-5 en la primera ronda del torneo Masters de Shanghai. Giraldo no supo aprovechar tres puntos de quiebre con la pizarra igualada 5-5 en el tercer set. Isner, cabeza de serie número 14, conservó su saque y luego quebró el del colombiano para liquidar el duelo. "Tuve un arranque flojo. Lo único que podía hacer era seguir peleando", dijo Isner, quien se apuntó 29 ases. "Sentí que estaba sacando bien. De modo que traté de conservar el saque". En otros juegos que se completaron, Tommy Haas (11) le ganó a Sam Querrey 6-4, 64, Gael Monfils se impuso a Tatsuma Ito 6-3, 6-2 y Marcel Granollers venció a Janko Tipsarevic 6-4, 6-4. Isner podría vérselas con Rafael Nadal en la tercera ronda. El español acaba de recuperar el primer lugar en la clasificación mundial. En el torneo también participan Novak Djokovic, a quien Nadal desplazó de la cima del escalafón, y Roger Federer. Los tres debutan en la segunda ronda.
AP
OSAKA, Japón - La puertorriqueña Mónica Puig, cabeza de serie número siete, doblegó ayer a la británica Heather Watson 6-4, 6-4 en la primera ronda del Abierto de Japón de la WTA y dejó al torneo sin su campeona del año pasado.
BREVES EL VOCERO / DEPORTES / MARTES, 8 DE OCTUBRE DE 2013
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Es un vikingo
EL VOCERO / Archivo
Josh Freeman firmó un contrato de un año y cerca de $3 millones con los Vikings, según informes. El ex quarterback de los Bucs de Tampa Bay también fue vinculado a los Bills y los Raiders. Christian Ponder y Matt Cassel son los otros QBs en Minnesota (1-3). Puerto Rico apunta a los Juegos Centroamericanos y del Caribe de Veracruz 2014 con una delegación menor a la de Mayagüez 2010.
Inician búsqueda de fondos RAFY RIVERA, EL VOCERO
DRD y COPUR coordinan esfuerzos tras asignación millonaria para la delegación El Secretario de Recreación y Deportes, Ramón Orta, confirmó ayer que ya inició conversaciones con el Comité Olímpico de Puerto Rico a fines de cuadrar la ayuda para los atletas que estarán activos en los Juegos Centroamericanos y del Caribe de Veracruz 2014. Orta expresó que también se contempla ayudar económicamente a los atletas que no están bajo el programa de Alto Rendimiento. "Nosotros estamos trabajando con el Comité Olímpico para una aportación adicional que le permita la preparación de la delegación", comentó Orta. "Sara (Rosario) y yo estamos coordinando para que se pueda identi-
ficar un dinero adicional para la preparación de los atletas". Sobre ls cantidad de dinero necesaria para la delegación centroamericana, Orta fue parco y no dio un número en específico. Los Juegos Centroamericanos y del Caribe de Veracruz 2014 se llevarán a cabo en noviembre. "En términos generales, de dinero, no hemos hablado de una cifra específica. Sí del método que tenemos que ir a la Legislatura porque es una asignación especial", indicó Orta. Para la edición de Mayagüez 2010, el Gobierno de ese entonces asignó la partida de $2 millones para el entrenamiento y preparación de
los planes de trabajo de las diferentes federaciones deportivas. La delegación fue de 630 atletas. Para Veracruz 2014 se prevé que sea menor, considerando que habrán siete eventos menos. "El Gobernador (Alejandro García Padilla) está esperando que la Legislatura evalúe una asignación especial a esos efectos para entonces él firmarla", dijo Orta. "Te diría que debemos tener algo concreto entre diciembre y enero". Orta aclaró que su agencia es una que le facilita la identificación de recursos al COPUR. "Eso es un asunto del Departamento de Alto Rendimiento del Comité
Olímpico y sus federaciones. Yo no entro en esa área", explicó. El COPUR recibe anualmente $3.8 millones de parte del Gobierno, y es extensiva hasta el 2020. Cualquier otra ayuda que necesiten se tiene que tramitar como especial. Sobre los atletas no adscritos a Alto Rendimiento, Orta aseguró que estos tendrán ayuda. "Está la otra parte donde nosotros estamos identificando un presupuesto para la ayuda o la asistencia a esos atletas que deberían recibir un estipendio y que no se atienden por la Junta de Atletas a Tiempo Completo. Ya tenemos una lista preliminar, faltan los últimos toques que se están dando", apuntó Orta.
Salen de Flynn Los Raiders dejaron en libertad al QB Matt Flynn, quien pasó a ser el tercero en la plantilla a pesar de un salario de $6.5 millones. Oakland adquirió a Flynn hace seis meses en un cambio con los Seahawks de Seattle para ser titular, pero Terrelle Pryor le ganó el puesto.
Perdida en el espacio la liga profesional RAFY RIVERA, EL VOCERO
A un mes para iniciar la temporada 20132014 de la Liga de Béisbol Profesional de Puerto Rico, la incertidumbre e improvisación continúan siendo la orden del día en el mencionado organismo deportivo. A pesar de que para este torneo estarán celebrando el 75 aniversario de su fundación, la información respecto a cómo se coordinará el campeonato es casi nula. Ejemplo de esto es la falta de actualización de su página en internet bajo la dirección
www.ligapr.com y en Facebook con Liga de Béisbol Profesional Roberto Clemente.
aparecen los logos de seis equipos, cuando para el venidero torneo sólo estarán cinco.
A esto se le une el que los números telefónicos que aparecen como de la oficina de la Liga no corresponden. En el caso del número telefónico de los Gigantes de Carolina, el número que aparece es el de la oficina de abogado del presidente Héctor Rivera Cruz.
Parte del mensaje del presidente Rivera Cruz, lee "Reciban una cordial invitación para que disfruten la emoción y diversidad que representa la participación de seis equipos, por primera vez en años recientes, en nuestro torneo invernal que comienza el jueves 8 de noviembre de 2012 para el deleite de nuestra fanaticada. Iniciamos la presente temporada con un nuevo nombre: Liga de Béisbol Profesional Roberto Clemente".
Ambas páginas se mantienen olvidadas teniendo solamente información de la pasada temporada. En la portada de la página www.ligapr.com
Posible cambio de QB en Eagles Michael Vick está día a día con una lesión en su ‘hamstring’, lo que le permitirá a Nick Foles ganar la titularidad como QB de los Eagles (2-3). Foles entró por Vick en la victoria dominical sobre los Giants, tirando para 197 yardas y dos touchdowns.
SERIES DE DIVISIÓN
OAKLAND VS. DETROIT Viernes 4 de octubre Detroit 3, Oakland 2 Sábado 5 de octubre Oakland 1, Detroit 0 Lunes 7 de octubre Oakland 1, Detroit 0 Martes 8 de octubre Oakland (Straily) en Detroit (Fister) Jueves 10 de octubre *Detroit en Oakland
LIGA NACIONAL SAN LUIS VS. PITTSBURGH Jueves 3 de octubre San Luis 9, Pittsburgh 1 Viernes 4 de octubre Pittsburgh 7, San Luis 1 Domingo 6 de octubre Pittsburgh 5, San Luis 3 Lunes 7 de octubre San Luis 2, Pittsburgh 1 Miércoles 9 de octubre Pit (Cole) en SL (Wainwright) ATLANTA VS. LOS ÁNGELES Jueves 3 de octubre Los Ángeles 6, Atlanta 1 Viernes 4 de octubre Atlanta 4, Los Ángeles 3 Domingo 6 de octubre Los Ángeles 13, Atlanta 6 Lunes 7 de octubre Atlanta en LA, anoche Miércoles 9 de octubre *Los Ángeles en Atlanta, 8:30 pm
A-Rod vs. MLB en la federal THE ASSOCIATED PRESS
NUEVA YORK - Una demanda en la que Alex Rodríguez afirma que las Grandes Ligas y su comisionado Bud Selig se lanzaron a una "cacería de brujas" para expulsarlo del béisbol se transfirió de una corte estatal a otra federal. La organización de Grandes Ligas presentó un aviso sobre la transferencia de la demanda, al destacar que las afirmaciones del antesalista de los Yanquis de Nueva York son de competencia federal. Estas medidas legales siguen a una petición del Sindicato de Peloteros de las Grandes Ligas para que se revoque una suspensión de 211 partidos impuesta por la MLB a A-Rod.
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DEPORTES / MARTES, 8 DE OCTUBRE DE 2013 El periódico de Puerto Rico
San Luis demuestra su cría WIL GRAVES, THE ASSOCIATED PRESS
Una brillante labor del novato Wacha obliga un quinto y decisivo choque contra los Piratas PITTSBURGH - El novato Michael Wacha tiró un juego sin hits hasta el octavo inning y los Cardenales de San Luis sacaron a relucir su estirpe de octubre al vencer ayer 2-1 a los Piratas de Pittsburgh para forzar un decisivo quinto juego en la serie de primera ronda de los playoffs de la Liga Nacional. La victoria de los Cardenales empató la serie y les dejó con marca de 7-1 en los últimos tres años en partidos de eliminación. Fotos AP
LIGA AMERICANA BOSTON VS. TAMPA BAY Viernes 4 de octubre Boston 2, Tampa Bay 0 Sábado 5 de octubre Boston 12, Tampa Bay 2 Lunes 7 de octubre Boston en Tampa Bay, anoche Martes 8 de octubre *Bos (Peavy) en TB (Hellickson), 8:30 pm Jueves 10 de octubre *Tampa Bay en Boston
Pedro Álvarez sacudió su tercer jonrón de la serie. El batazo del dominicano, con un out en la octava entrada, fue el único de hit de Pittsburgh en el juego. Wacha y el bullpen de San Luis hizo valer el jonrón de dos carreras bateado por Matt Holliday. En su última apertura de la temporada regular, Wacha se quedó a un out del juego sin hit. Trevor Rosenthal se encargó del noveno inning. Concedió un boleto con dos outs para darle suspenso al final, pero retiró a Andrew McCutchen con un elevado para su primer rescate de postemporada. El quinto juego será el miércoles en San Luis, cuyo as Adam Wainwright abrirá por los
ATLÉTICOS 6, TIGRES 3 Oakland AB R H BI BB SO Avg. Crisp cf 4 1 3 1 0 0 .333 Donaldson 3b 4 0 1 0 1 0 .167 Lowrie ss 5 0 0 0 0 3 .000 Moss 1b 4 1 1 1 1 3 .182 Cespedes lf 5 1 1 0 0 2 .385 S.Smith dh 4 1 2 2 0 1 .500 Reddick rf 4 1 1 1 0 1 .182 Vogt c 2 1 1 0 1 1 .222 a-D.Norris ph-c 1 0 0 0 0 1 .000 Sogard 2b 4 0 0 0 0 0 .000 Totals 37 6 10 5 3 12 Detroit AB R H BI BB SO Avg. A.Jackson cf 3 0 0 0 1 2 .091 Tor.Hunter rf 3 1 1 0 1 0 .200 Mi.Cabrera 3b 4 0 1 0 0 0 .250 Fielder 1b 4 1 2 0 0 0 .250 V.Martinez dh 4 1 1 1 0 0 .250 Jh.Peralta lf 4 0 1 2 0 1 .200 Avila c 3 0 0 0 1 1 .222 Infante 2b 4 0 1 0 0 0 .300 Iglesias ss 3 0 0 0 0 0 .111 Totals 32 3 7 3 3 4 Oakland 001 230 000—6 10 0 Detroit 000 300 000—3 7 1 a-struck out for Vogt in the 8th. E-Mi.Cabrera (1). LOBOakland 8, Detroit 5. 2B-Crisp 2 (2), V.Martinez (2). 3BVogt (1). HR-Reddick (1), off Ani.Sanchez; Moss (1), off Ani.Sanchez; S.Smith (1), off Ani.Sanchez. RBIs-Crisp (1), Moss (1), S.Smith 2 (2), Reddick (1), V.Martinez (1), Jh.Peralta 2 (2). SB-Crisp (1). SF-Crisp. Runners left in scoring position-Oakland 3 (Cespedes 2, S.Smith); Detroit 1 (Infante). RISP-Oakland 1 for 12; Detroit 2 for 3. Runners moved up-Lowrie, Avila. GIDP-Tor.Hunter, V.Martinez. DP-Oakland 2 (Donaldson, Sogard, Moss), (Moss, Lowrie). Oakland IP H R ER BB SO NP ERA J.Parker W, 1-0 5 5 3 3 1 1 73 5.40 Otero H, 1 2 2 0 0 0 1 20 0.00 Doolittle H, 1 1 0 0 0 1 1 14 0.00 Balfour S, 1-1 1 0 0 0 1 1 21 0.00 Detroit IP H R ER BB SO NP ERA Ani.Sanchez L, 0-1 41-3 8 6 5 2 6 101 10.38 J.Alvarez 3 0 0 0 1 3 38 0.00 Veras 12-3 2 0 0 0 3 30 0.00 Umpires-Home, Gary Darling; First, Jim Reynolds; Second, Tom Hallion; Third, Mike DiMuro; Right, CB Bucknor; Left, Mark Wegner. T-3:32. A-43,973 (41,255).
Yadier Molina felicita a Michael Wacha momentos antes de que fuera removido en la octava entrada de su dominante actuación.
dueños de casa. Los Piratas colocarán en el montículo al novato Gerrit Cole. Ambos ganaron juegos la semana pasada, en esta serie. Los Cardenales conectaron apenas tres hits pero eso les bastó. Holliday pegó dos de los imparables, incluido un vuelacerca ante Charlie Morton. Wacha ponchó a nueve rivales y dio un par de boletos. El derecho de 22 años no permitió que un solo enemigo se embasara sino hasta la sexta entrada, cuando obsequió una base por bolas a Russell Martin.
CARDENALES 2, PIRATAS 1 San Luis AB R H BI BB SO Avg. M.Carpenter 2b 4 0 0 0 0 3 .067 Beltran rf 2 1 0 0 2 0 .286 Holliday lf 4 1 2 2 0 0 .250 Ma.Adams 1b 4 0 0 0 0 2 .267 Y.Molina c 4 0 0 0 0 1 .267 Jay cf 3 0 0 0 1 1 .154 Freese 3b 3 0 0 0 1 0 .154 Rosenthal p 0 0 0 0 0 0 --Kozma ss 3 0 1 0 0 0 .500 Wacha p 2 0 0 0 0 2 .000 Ca.Martinez p 0 0 0 0 0 0 --Descalso 3b 0 0 0 0 0 0 .000 Totals 29 2 3 2 4 9 Pittsburgh AB R H BI BB SO Avg. S.Marte lf 4 0 0 0 0 1 .067 N.Walker 2b 3 0 0 0 1 1 .000 McCutchen cf 4 0 0 0 0 1 .357 Morneau 1b 3 0 0 0 0 0 .250 Byrd rf 3 0 0 0 0 3 .214 P.Alvarez 3b 3 1 1 1 0 1 .385 R.Martin c 1 0 0 0 2 1 .200 Barmes ss 1 0 0 0 0 0 .200 a-G.Jones ph 1 0 0 0 0 1 .000 c-Tabata ph 1 0 0 0 0 1 .000 Morton p 1 0 0 0 0 0 .000 b-Mercer ph-ss 2 0 0 0 0 1 .143 Totals 27 1 1 1 3 11 San Luis 000 002 000—2 3 0 Pittsburgh 000 000 010—1 1 0 a-struck out for Barmes in the 6th. b-popped out for Mazzaro in the 6th. c-struck out for Ju.Wilson in the 8th. 1ran for R.Martin in the 8th. LOB-San Luis 5, Pittsburgh 2. HR-Holliday (1), off Morton; P.Alvarez (3), off Wacha. RBIs-Holliday 2 (2), P.Alvarez (5). CS-J.Harrison (1). SWacha. Runners left in scoring position-San Luis 2 (M.Carpenter 2). RISP-San Luis 0 for 1; Pittsburgh 0 for 0. San Luis IP H R ER BB SO NP ERA Wacha W, 1-0 71-3 1 1 1 2 9 96 1.23 2-3 Ca.Martinez H, 1 0 0 0 0 1 6 9.00 Rosenthal S, 1-1 1 0 0 0 1 1 21 0.00 Pittsburgh IP H R ER BB SO NP ERA Morton L, 0-1 5 2-3 3 2 2 4 4 92 3.18 Mazzaro 1-3 0 0 0 0 0 2 0.00 Ju.Wilson 2 0 0 0 0 3 25 0.00 Melancon 1 0 0 0 0 2 16 3.00 T-2:36. A-40,493 (38,362).
Se quedó cerca de brindar una actuación histórica, frente a una multitud hostil que no dejó de corear su nombre para distraerlo, deseosa de que los Piratas avanzaran a la Serie de Campeonato de la Liga Nacional por primera vez en 21 años. Pero los bateadores de Pittsburgh tuvieron enormes dificultades para encontrarle la pelota a Wacha, quien maniató con serenidad a la alineación de los Piratas como si estuviera en un entrenamiento de pretemporada, no en un tenso partido donde estaba en juego la eliminación.
Oakland a ley de una NOAH TRISTER, THE ASSOCIATED PRES
DETROIT - Después de todo, los Atléticos de Oakland no necesitan solo de una joya de pitcheo para vencer a Detroit. También son capaces de superarles a punta de batazos. Brandon Moss, Josh Reddick y Seth Smith despacharon jonrones por los Atléticos, que sacaron del montículo a Aníbal Sánchez en el quinto inning de victoria por 6-3 sobre los Tigres. Oakland se adelantó 2-1 en la serie de primera ronda de los playoffs de la Liga Americana. Moss quebró un empate 3-3 en el quinto con un cuadrangular solitario, y luego Smith la sacó con un compañero a bordo. Eso fue todo para Sánchez.
"No estuvo mal poder anotar algunas carreras para tomar la ventaja en ese momento", dijo Smith. Fue un impresionante despliegue ofensivo, luego que ambos equipos disputaron dos partidos de escasas carreras y mucha tensión en Oakland. Los Atléticos pueden sentenciar la serie hoy. Sánchez, el líder de efectividad de la liga, toleró seis carreras -cinco limpias- y ocho hits en cuatro innings y un tercio.
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D deportes
MARTES, 8 DE OCTUBRE DE 2013
Rocky Martínez a todo vapor
CARLOS NARVÁEZ ROSARIO, EL VOCERO
El campeón junior ligero puertorriqueño Román ‘Rocky’ Martínez continuó ayer su preparación de cara a su combate del 19 de noviembre en el American Bank Center de Corpus Christi ante el ex monarca pluma Miguel Ángel ‘Mikey’ García. Las recientes noticias de que García se ha sometido a una dura preparación de la mano del reconocido preparador físico Alex Ariza, son indicios -según el grupo de trabajo de Martínez- de una gran preocupación del californiano. "Ellos tienen una preocupación y están buscando alternativas", dijo Raúl ‘Papo’ Torres, entrenador de Martínez.
CARLOS NARVÁEZ ROSARIO, EL VOCERO
Luce de gran ánimo de cara a su importante cita titular el sábado ante ‘Siri’ Salido
El campeón Latino de la Organización Mundial de Boxeo (OMB), Orlando ‘El Fenómeno’ Cruz, llegó el domingo a la ciudad de Las Vegas y comenzó desde el lunes a darle los toques finales a su preparación de cara a su duelo del sábado ante el exmonarca pluma Orlando ‘Siri’ Salido. Cruz y Salidos disputarán la vacante de las 126 libras de la OMB, título que quedó libre el pasado 14 de junio en Texas cuando el entonces monarca, Miguel Ángel ‘Mikey’ García, falló en hacer el peso límite de cara a lo que sería su primera defensa. El peleador de 32 años precisamente va tras su primera oportunidad de título mundial, a un año de haber revolucionado al mundo del boxeo al declarar abiertamente su homosexualidad.
De ese grupo, Iván Calderón y Miguel Cotto fueron los únicos que tuvieron una muy sobresaliente carrera profesional. "No hay mal que por bien no venga. Hoy me siento más maduro y en plena confianza de que me llevaré esta victoria. He realizado un gran entrenamiento y estoy muy contento con eso. Estoy muy seguro de que éste es mi tiempo, mi momento y por eso me he concentrado. Verán que no hablaré mucho, porque lo haré arriba del ring.", aseguró. Cruz y Salido se enfrentarán en el Thomas & Mack Center en la coestelar de la velada a ser encabezada por el duelo entre el campeón welter de la OMB, Timothy Bradley, y Juan Manuel Márquez.
Cruz se encuentra a dos libras del peso límite pluma.
Salido (39-12-2 y 27 nocauts) viene de perder ante García por decisión técnica en enero. Cruz es el primer clasificado de la OMB, y llega con marca de 20-2-1 y 10 nocauts.
"Me siento muy contento y muy tranquilo. Enfocado en el trabajo que vamos a hacer", dijo Cruz, un exmiembro de equipo olímpico de Puerto Rico de los Juegos de Sidney 2000.
"Ya estamos a dos libras del peso y eso demuestra la gran preparación que hemos tenido. Con esto es suficiente, y la gente me verá. Prometí que sería campeón mundial y llegó mi momento", apuntó.
Martínez (27-1-2 y 16 nocauts) defenderá por tercera ocasión su corona de las 130 libras de la OMB que obtuvo en septiembre de 2012 al vencer al mexicano Miguel Beltrán Jr. García (32-0 y 27 KO’s), por su parte, viene de derrotar por nocaut en el cuarto asalto al ex campeón puertorriqueño Juan Manuel ‘Juanma’ López. Martínez entrena a todo vapor en el Gimnasio Municipal de Dorado. Allí ya comenzó a realizar sus guanteos, esta vez ayudado por el peso ligero Luis ‘El Artesano’ Cruz. "Esta ha sido una preparación que hemos hecho con mucha inteligencia y hemos sido ayudado por Luis ‘Artesano’ Cruz porque él tiene un estilo de pelea parecido. A un mes de la pelea podemos decir que estamos a un 75 por ciento de la preparación. Sabemos que Mikey es un buen peleador, pero Román Martínez es un 130 libras natural y muy fuerte. Mikey viene subiendo", apuntó.
EL VOCERO / Archivo
A dos libras ‘El Fenómeno’
"Nosotros estamos bien enfocados y estamos haciendo un gran trabajo. La preparación de Román va de maravilla", aseguró el veterano.
ROCKY MARTÍNEZ