VIERNES, 1 DE NOVIEMBRE DE 2013 / AÑO XXXIX / NÚM.12159 / SAN JUAN, PUERTO RICO
Abre el béisbol invernal en Caguas y Mayagüez
DEPORTES
P.30
Ventas de horror Los comercios reportan baja de un 30 por ciento en Halloween
NEGOCIOS
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Xavier Torres decidido a producir cine
ESCENARIO
¡SE ARMA EL PUEBLO!
P.18
Los niveles alarmantes de la criminalidad parecen haber lanzado a la ciudadanía a buscar protección en las armas de fuego, ya que la expedición de licencias de portación alcanzaron cifras sin precedentes P.4
EL VOCERO / VIERNES, 1 DE NOVIEMBRE DE 2013
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índice
El periódico de Puerto Rico
EN VOCERO.COM
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EL VOCERO DE PUERTO RICO
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NEGOCIOS P.16 ESCENARIO P.18 CLASIFICADOS P.21
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Octubre, violento de principio a fin MIGUEL RIVERA PUIG, EL VOCERO
Hasta la 1:30 de la madrugada del 31 de octubre sumaban 90 los asesinatos registrados este mes, el segundo más violento de este año, superado únicamente por agosto con 95 muertes violentas.
EL VOCERO / Archivo
Dos masacres con cuatro cada una se registraron en el barrio Piñones, en Loíza el 13 y 20 de octubre. En octubre de 2012 la Policía informó 71 asesinatos; en ese mes en el 2011 se sumaron 97; en el 2010 la suma alcanzó los 81 y en el 2009 llegó a 84.
EN PORTADA
En lo que va de 2013, se han expedido 7,806 licencias de portación de armas.
Armados hasta los dientes MIGUEL RIVERA PUIG, EL VOCERO
Se dispara el número de licencias de armas solicitadas y concedidas a la ciudadanía El pavor con el que vive la ciudadana ante la ola de asesinatos, atracos y robos domiciliarios ha provocado una dramática alza en la solicitud y concesión de licencias para portar armas. De enero de 2011 al 28 de octubre de 2013 se han expedido 21,381 licencias, una cifra sin precedentes. Y en lo transcurrido de este año, ya sumaban 7,806 las licencias expedidas, cifra que con toda probabilidad sobrepasará las 7,917 otorgadas en el 2012, y por mucho las 5,658 concedidas en el 2011. La ley obliga a la Policía a emitir la licencia en un término de 120 días una vez se radique la solicitud y la misma esté completa. El solicitante, de no concedérsele en los 120 días plazo, tiene derecho a una licencia provisional de 60 días. Hasta el 28 de octubre se encontraban activas 66,533 licencias de portación. Poco más de un tercio de estas han sido otorgadas en los pasados tres años, lo que indica el grado de temor que vive la ciudadanía, pero también evidencia que están dispuestos a defender su vida y propiedad a como de lugar. En los últimos años han sido notables los casos de ciudadanos comunes que, ante la agresión de un delincuente, se han batido a tiros con este para defender su vida y propiedad. Estas acciones demuestran igualmente poca confianza en la capacidad de las fuerzas de ley y orden del gobierno para proteger la vida de los ciudadanos.
En meses como agosto y lo transcurrido de octubre, donde han ocurrido asesinatos viciosos de comerciantes, billeteros y víctimas de atracos, la reacción de muchos ciudadanos es ir a comprar un arma y solicitar la portación, lo que se refleja en las estadísticas al menos tres meses más tarde.
bles, se dispararon las licencias concedidas a 916 concedidas y una revocada; en septiembre fueron 707 y una revocada. En lo que va de octubre se han concedido 701. Con las dos masacres de octubre y el récord establecido de asesinatos para este mes, se espera que muchos salgan disparados a solicitar sus licencias.
Un médico que habló con EL VOCERO, quien posee arma y quien gestionó una licencia de portación para su esposa, reconoció que a la armería a la que va a practicar cada vez acuden más personas. Destacó que una buena parte de las compras ya no son solo de revólveres y pistolas, sino de rifles de alto poder. Los ciudadanos, al parecer, los consideran más eficaces para defenderse en caso de un robo domiciliario.
El superintendente Héctor M. Pesquera defendió el derecho constitucional a portar armas de fuego. Dijo que en Estados Unidos, los que hablaron recientemente de hacer cambios en las leyes para la posesión de armas “se quedaron sin armas y sin balas”.
De acuerdo con las estadísticas, el pasado enero se otorgaron 798 licencias, y se cancelaron cinco de las solicitadas. En febrero se concedieron 731 y se negó una. En marzo la cifra ascendió a 935 licencias concedidas y cuatro denegadas o canceladas. Abril fue el mes con más licencias concedidas con 990. Se canceló apenas una. Las mismas fueron solicitadas entre enero y febrero. Para mayo el número de permisos concedidos fue de 746 con cuatro revocaciones; en junio 693 concedidas y dos revocadas; en julio 568 concedidas y una revocada. En agosto, cuando ya era obvio que la criminalidad no se reducía a niveles tolera-
Indicó que la ley permite que la persona la porte mientras pase la investigación y tenga la reputación. “Pues claro, todo el mundo tiene derecho, es un derecho constitucional para la protección su persona, su negocio, familia institución, tiro al blanco y caza”. Por su parte, el coronel José Ramírez, superintendente auxiliar en Asuntos del Ciudadano, quien tiene bajo su cargo el Negociado de Armas, aseguró que los procesos de otorgación se estaban cumpliendo a tenor con la ley y que en la mayoría de los casos las licencias se expiden en menos de 120 días. Octubre ha sido el segundo mes más violento en lo que va del año con 90 asesinatos hasta ayer al mediodía. El mes con más asesinatos ha sido agosto, con 95.
En seis de los 10 meses del 2013 la Policía ha informado descensos comparados con los mismos períodos en el 2012. Se registraron aumentos en abril cuando hubo 69 asesinatos, tres más que en el 2012; en mayo con 74 asesinatos, cinco más que en el año anterior y en agosto con 95, un aumento de cinco. Alrededor de siete muertes que se presumen fueron violentas no han sido incorporadas a la estadística de octubre, en espera de los protocolos de autopsia. Con estos 90 asesinatos suman 749 las muertes informadas desde el 1 de enero hasta la madrugada del 31 de octubre, una reducción de 47 comparada con el 2012. Entre las víctimas de la madrugada de ayer figura Ángel (Cachonga) González Tirado, de 20 años de edad y quien el pasado 29 de octubre regresó de Estados Unidos a donde se había ido en diciembre pasado cuando era investigado por el asesinato del militar Alberto Morales, ocurrido en Arroyo. Según la Policía, ‘Cachonga’ conducía una guagua Dodge y a eso de la 1:30 de la madrugada sicarios desde otro vehículo le dispararon en la PR 3, cerca de una institución universitaria en Arroyo. En la guagua la Policía halló una pistola. A la 1:00 de la madrugada de ayer y en el residencial Las Villas II, en el municipio de Florida, fue asesinado Edeliz Berríos Ramos, de 23 años de edad. El joven fue ultimado a balazos. Con este hecho suman dos los asesinatos en Florida en lo transcurrido de año.
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Pesquera no quiso dar explicaciones
Entre críticas y lamentos la despedida del ‘Super’
MIGUEL RIVERA PUIG, EL VOCERO
MARICARMEN RIVERA SÁNCHEZ y MIGUEL RIVERA PUIG, EL VOCERO
A la defensiva y por momentos molesto, el renunciante superintendente de la Policía, Héctor M. Pesquera, insistió ayer en que lo que “me molesta es que sigan insistiendo en las razones (para su renuncia). Yo soy funcionario público pero la gente no son dueños de mi… tomé una decisión por razones personales”. Pesquera convocó a los medios noticiosos a media mañana, y de acuerdo con varias fuentes, parte de su malestar es que La Fortaleza había hecho pública su renuncia en la noche del miércoles, cuando supuestamente se había acordado que sería él quien la anunciaría el jueves.
En repetidas ocasiones repitió su negativa con expresiones como “no voy a contestar, las consideraciones son mías, personales, es mía y de mi familia”. Sobre su reciente viaje a Estados Unidos dijo que sirvió para hacer una presentación por segundo año en la asamblea de jefes de Policías, y que la incidencia de asesinatos nada tiene que ver con su presencia o no en Puerto Rico.
EL VOCERO / Alvin J. Báez
Se negó a revelar la conversación telefónica “privada” que mantuvo con García Padilla, que estaba fuera de Puerto Rico y si el Gobernador le pidió que retirara la renuncia como en otras ocasiones.
Rechazó que fuera cierto que con su salida podría declarase al País en una emergencia y que el Gobierno federal asignara más fondos.
Ahora regresará a su hogar en Fort Lauderdale, Florida y no volverá a su puesto en la Autoridad de Muelles del Condado Dade. “Yo renuncié hace dos meses”. Agradeció que el gobierno de dicha ciudad hubiera aguantado el puesto por 18 meses.
Con vehemencia negó que su renuncia fuera una reacción a la Héctor Pesquera no regresará al puesto “Mi esposa dice que designación y ratifique ocupaba en Miami Dade. no pero yo digo que cación antier del alguasí”, refiriéndose a cil federal Juan Mattos, como el asesor técnico de cumplimien- que permanecerá jubilado. Pesquera to avalado por el juez federal Gustavo recibe una pensión de alrededor de Gelpí, para atender las estipulaciones $100 mil por los años en que trabaque obligan a la Policía a una reforma. jó en el FBI. “No tiene que ver nada, que quede contundentemente claro, entiendo que esa decisión es acertada por parte del Departamento de Justicia federal y por el Departamento de Justicia de Puerto Rico”, respondió. “No traten por esa línea”, agregó. Aunque el motivo de su renuncia, dijo, no lo revelará ni ahora ni en un futuro, manifestó que tiene el apoyo de su familia y que “nunca ni ayer ni nunca me ha pedido (el Gobernador) la renuncia”. Expresó que mantenía su aprecio al Gobernador y reconoció que este tuvo deferencias para que se quedara en el cargo.
Como parte de sus expresiones indicó que “yo no tengo mordaza, la información fluye de una forma que no es la correcta, para que no se caigan los casos en la Corte, no es mordaza”. Sobre las masacres recientes indicó que “yo no controlo los incidentes de violencia”. Añadió que en los próximos 15 días “no voy a abdicar mi responsabilidad” y que completará la transición. Finalmente dijo que trabajó cómodo tanto con García Padilla como con Fortuño. “Ellos lo entendieron, no soy político”.
El liderato popular en el Capitolio se dedicó ayer a criticar la gestión del renunciante superintendente de la Policía, Héctor Pesquera, mientras la minoría novoprogresista resaltó su labor y lamentó su salida. Para el dirigente de un gremio policiaco, Pesquera nunca tuvo control de la administración. “Es un desastre”, dijo Diego Figueroa, de FUPO, aunque le reconoció que es un excelente investigador criminal. El portavoz de la delegación popular en el Senado, Aníbal José Torres tuvo las palabras más duras contra Pesquera al cuestionar las razones tras la renuncia. “Se acabó la altanería y la prepotencia”, dijo para luego añadir que “el que se va no hace falta. No podemos tener esa posición bajo secuestro”. Las reacciones de las autoridades federales, sin embargo, fueron diplomáticas y solo lamentaron su renuncia. El Gobierno hará un nombramiento permanente antes de que quede vacante la superintendencia el 15 de noviembre La secretaria de la Gobernación, Ingrid Vila Biaggi, adelantó en entrevista radial (NotiUno) que “nos estamos moviendo rápidamente”, al tiempo que confirmó que el Ejecutivo tenía otros candidatos en caso de que Pesquera finalmente abandonara la superintendencia en agosto pasado. El secretario de Justicia, Luis Sánchez Betances, aseguró que los planes de seguridad no se afectarán. Por su parte, el comisionado residente, Pedro Pierluisi se mostró preocupado sobre el nuevo nombramiento. “Pesquera es un hombre de ley y orden, que tiene posiblemente las mejores credenciales que ha tenido un superintendente de la Policía en Puerto Rico. Pero quería plena autonomía, que lo dejaran supervisar la Policía libre de intromisiones políticas, como debe ser y no dudo que se haya cansado de la intromisión indebida, la improvisación y el mal gobierno”, opinó. El portavoz de la delegación
novoprogresista en el Senado, Larry Seilhamer, defendió la gestión de Pesquera. “Las estadísticas claramente demuestran una reducción en los asesinatos y en otros renglones y eso lo que dice es que el superintendente fue efectivo”, dijo. El presidente senatorial, Eduardo Bhatia, en el pasado un duro crítico de Pesquera, dijo estar confiado en que aparecerán candidatos para sustituirlo “con un liderato fuerte pero sensible a las comunidades y a trabajar en equipo con otros grupos”. Aclaró que con esto no quiso decir que Pesquera adolecía de esas cualidades. El presidente cameral Jaime Perelló dijo por su parte que no es momento de buscar las razones por las cuales Pesquera renunció, sino que es hora de buscarle sustituto. La portavoz de la delegación novoprogresista en la Cámara, Jenniffer González reiteró que la salida de Pesquera se debió a que “se hartó” de la actual administración. Auguró que el sucesor o sucesora será “un nombramiento político”. Los líderes de los dos gremios que agrupan la mayoría de los uniformados coincidieron en que urge que se designe un superintendente que conozca la Policía y atienda los reclamos salariales. Figueroa indicó que mira con buenos ojos a José Orlando López y al coronel jubilado José Luis Caldero López. Por su parte Jaime Morales, director ejecutivo de COPS, dijo que no le sorprende la renuncia. “Sea Pesquera o sea el que sea, crea inestabilidad en la agencia todos los asuntos pendientes con los policías y la problemática de implantar los acuerdos del litigio federal”. Mientras, la fiscal federal Rosa Emilia Rodríguez dijo sentirse “muy apenada”. “Hizo un trabajo extraordinario para el bien de Puerto Rico durante el tiempo que fungió como Superintendente. Le dio nuevas energías a la Policía y a la lucha contra el crimen”.
(Yenniffer Alvarez Jaimes y Melissa Correa Velázquez colaboraron en esta historia.)
Delimitan funciones del asesor policiaco MELISSA CORREA VELÁZQUEZ, EL VOCERO
“El papel del TCA no es manejar los asuntos diarios de la Policía de Puerto Rico. Ese rol descansa exclusivamente en el superintendente de la Policía, quien responde únicamente al gobernador de Puerto Rico”, expre-
sa la orden, inusual pues aclara más lo que no puede hacer que lo que debe hacer. “De ninguna forma el TCA puede interferir o intervenir con el gobierno constitucional de Puerto Rico de su indelegable obligación de promover la paz, seguridad y bienestar de la población”, agrega el escrito. Destaca que en este caso su papel no es tradicional en el cual pueda adjudicar disputas. En cambio, actuará
como facilitador entre el gobierno local y federal. Aclaró que el acuerdo entre ambos no provee para la imposición de multas por incumplimiento, como las hubo en el caso Morales Feliciano. “El acuerdo provee que si la economía o las arcas de Puerto Rico no están sólidas, se pueda atrasar un poco. Las partes me lo traen, hacen un plan B y se aplaza o enmienda”, apuntó.
SUMINISTRADA
El asesor técnico de cumplimiento (TCA, por sus siglas en inglés), no será el jefe ni el supervisor del Superintendente de la Policía, según una orden del juez federal Gustavo Gelpí, tras aprobar el nombramiento de Juan Mattos a ese puesto.
Juan Mattos
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Proyecto sería nueva carga económica
Pierluisi espera sector farmacéutico no se afecte
MARICARMEN RIVERA SÁNCHEZ, EL VOCERO
YENNIFER ÁLVAREZ JAIMES, EL VOCERO
que se radican las planillas.
“Un análisis del texto propuesto apunta a un incremento sustancial en el costo de las auditorías para el comerciante, lo cual, a su vez, representa un aumento en el costo de hacer negocio en Puerto Rico”, dijo Aníbal Jover Pagés, presidente del Colegio. “Sobre este tema en particular, reiteradamente el Colegio de CPA se ha expresado entendiendo que no es recomendable seguir imponiendo cargas a los contribuyentes para hacer negocio en Puerto Rico”.
El CPA Hugo Burgos dijo que “hay que tener cuidado que el CPA no entre en un rol gerencial para salvar el rol de independencia que se supone que tenga”.
Hernández Montañez dijo que una opción para reducir los costos que la medida les representaría a los contribuyentes sería eliminar el requisito del estado financiero y simplificar el proceso. Esto, luego de que el secretario auxiliar de Hacienda, Ángel Marzán, reconociera que no hay personal para ver estos documentos y que el mismo no hace falta por la forma en
EL VOCERO / Archivo
En una ponencia escrita, Hacienda favoreció la medida. La ponencia de Hacienda no estaba firmada por la secretaria, Melba Acosta, como es usual, sino por Karolee García, la nueva subsecretaria de la agencia. Hacienda estima que con la información adicional que se radicaría bajo este nuevo proyecto, se facilitaría la fiscalización de renglones como el cobro del IVU.
Aseguró que la solicitud de información adicional podría servir de disuasivo a la evasión contributiva. “De otra parte, asistiría al Departamento a identificar con mayor facilidad y eficiencia los contribuyentes que no están cumpliendo a cabalidad con su responsabilidad contributiva”, señaló.
REDACCIÓN, EL VOCERO
“El 19 y 20 de octubre, el Oficial Examinador Independiente (OEI) dispuso que toda persona interesada en presentar ponencias escritas o documentos en apoyo de sus planteamientos podrían hacerlo hasta el 30 de octubre de 2013. Mediante esta resolución, y a solicitud de la propo-
Al mismo tiempo, el congresista puertorriqueño apoyó a PIA por firmar el Memorando de Entendimiento para establecer el ‘Puerto Rico Medicare Coalition for Fairness’. Esta coalición, explicó, está compuesta por representantes de diferentes sectores de la salud en la Isla.
“Cualquier reforma contributiva federal no debe PEDRO PIERLUISI hacernos daño y esa posiLa Coalición busca garanción ha calado en el Contizar que el pago de los greso. Les dije (a la industria farmacéutica) planes médicos de Medicare Advanque estén tranquilos”, sentenció a pre- tage en Puerto Rico sea reembolsado guntas de EL VOCERO luego de parti- de manera equitativa por el Gobiercipar en la Convención Anual de PIA. no federal. Más del 70 por ciento de todos los beneficiarios de Medicare Recientemente, el comisionado residente en Puerto Rico, sobre 500mil persose reunió tanto con el líder republica- nas, están inscritos en algún plan de no Dave Camp (R-Michigan), como el Medicare Advantage.
“La información adicional que se solicita al amparo de este proyecto ayudará al Departamento en su gestión de fiscalización y en su meta continua de mejorar la captación de los impuestos que administra de dos formas diferentes”, dijo García.
Extienden periodo en AAA El oficial examinador independiente, Esteban Mujica Cotto, quien lleva a cabo el proceso de evaluación para la modificación del Cargo por Cumplimiento Ambiental y Regulatorio (CCAR) de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA), extendió el periodo para recibir propuestas y alternativas adicionales de las empresas e industrias hasta el próximo 6 de noviembre.
Pierluisi dijo que la reforma contributiva en Estados Unidos “no debe afectar a Puerto Rico, si acaso nos debe ayudar”.
líder demócrata Sandy Levin (D-Michigan) de la Comisión de Medios y Arbitrios sobre el impacto de la Reforma Contributiva en Puerto Rico.
nente, la AAA, se extiende este plazo hasta el 6 de noviembre de 2013”, dispone la Resolución Interlocutoria del OEI. Hace tres días todo el sector económico de la Isla advirtió que dicho cargo tendría repercusiones tan altas en sus costos que podrían verse afectados 15,000 empleos.Luego de recibir todas las propuestas y alternativas adicionales, el OEI rendirá un informe que debe estar accesible al público durante 10 días para sus comentarios y sugerencias. Una vez transcurran esos 10 días, el informe pasará a la Junta de Gobierno de la AAA para su evaluación y posteriormente su determinación.
EL VOCERO / Archivo
Jover Pagés compareció ayer ante la Comisión cameral de Hacienda para discutir el proyecto de la Cámara 1524, radicado por el presidente de la Comisión, Rafael Hernández Montañez. La medida pretende enmendar varias leyes contributivas para crear “mecanismos de fiscalización de mayor eficiencia”.
“Partiendo de la premisa de que tenemos que salirnos de la caja, no nos hace falta el documento, abaratamos costos al negocio y entramos a las partidas que sí nos hacen falta”, dijo Hernández Montañez durante la vista. El legislador reconoció parte de los planteamientos del Colegio de CPA, entidad que cuestionó una provisión del proyecto que obligaría a los contables opinar sobre el estado financiero radicado.
RÍO GRANDE- El comisionado residente, Pedro Pierluisi, espera que el sector farmacéutico no se vea afectado con los cambios en Código de Rentas Internas federal, aseguró ayer ante los miembros de la Asociación de la Industria Farmacéutica de Puerto Rico (PIA, por sus siglas en inglés).
EL VOCERO / Ingrid Torres
Un proyecto que aumentaría los requisitos de información que hay que someter con las planillas representaría una nueva carga económica para los contribuyentes, estimó ayer el Colegio de Contadores Públicos Autorizados. La entidad denunció además que la medida choca con leyes y regulaciones estatales y federales además de que abre las puertas para que personas que no son Contadores Públicos Autorizados (CPA) tengan injerencia en los asuntos financieros.
Reacciona AEE a investigación YENNIFER ÁLVAREZ JAIMES, EL VOCERO
La Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) reaccionó a la investigación de EL VOCERO que reveló que la corporación pública mantiene una madeja de subsidiarias vinculadas al negocio de fibra óptica pero sin dejar claro qué beneficio público se genera de estas corporaciones. De acuerdo a la administradora interina de la AEE, Ruby Rivera, la corporación pública no invierte en la construcción de las nuevas instalaciones de PREPA Networks, LLC. Este rotativo publicó el martes que se invierten más de $20 millones para construir un edificio en los terrenos de la antigua Escuela Hotelera en Isla Verde, donde trabajará media docena de empleados que labora el sistema comercial del cable de fibra óptica. Al mismo tiempo, Rivera informó, en comunicación escrita, que PREPA Networks, LLC opera y mantiene un plan de negocios
independiente al de la AEE. A pesar de esto, la funcionaria dijo que las instalaciones contarán con un piso para alquiler de locales comerciales que generarán ingresos. “La inversión de construcción y el compromiso de pago fue planificado bajo el modelo de negocio y desarrollo de PREPA Networks, LLC.”, sentenció la funcionaria. Finalmente, Rivera aseguró que la actividad económica que genera PREPA Networks, LLC, “aporta al desarrollo económico de Puerto Rico, además, la construcción incentiva la economía, creando 450 empleos indirectos y 80 directos”. EL VOCERO solicitó una entrevista con la administradora interina de la AEE para aclarar varias interrogantes planteadas en la serie investigativa pero al cierre de esta edición no se obtuvo una respuesta.
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Con una goma fuera de calles
Alarmante disloque social embarazos de adolescentes
MARICARMEN RIVERA SÁNCHEZ, EL VOCERO
Encaminado a convertirse en ley proyecto que prohíbe uso de ‘four tracks’ en vías pavimentadas
Tanto la Cámara como el Senado se disponían ayer a darle paso al informe del comité de conferencia que fue creado para que los dos cuerpos se pusieran de acuerdo sobre la medida.
De acuerdo al informe, ante la falta de un registro, el único estimado que existe sobre la cantidad de vehículos ‘todo terreno’ en las carreteras del País es de entre 40 mil y 150 mil. El informe indica que, luego de analizar el proyecto, los legisladores deben concluir “que la prohibición a que estos vehículos circulen en las vías públicas es adecuada y apropiada”. En el Senado, la votación fue unánime a favor del informe mientras al cierre de esta edición la sesión cameral no había terminado.
De convertirse en ley, ya estos vehículos no podrán ser conducidos ni en carreteras pavimentadas -aunque sean rurales- ni en zonas protegidas. Los menores de 16 años solo podrán conducir los vehículos de menos de 100 caballos de fuerza mientras los vehículos más pesados solo podrán ser conducidos por mayores de 16 años que tengan licencia de conducir.
Además, indicó que estas jóvenes “muestran inestabilidad emocional, no cuentan con el apoyo de su familia o de su pareja y tienen relaciones sexuales esporádicas y no planificadas”.
El Senado también aprobó ayer un proyecto para las Leyes Anotadas de Puerto Rico sean de dominio público y otra medida para ofrecer un crédito de 10 por ciento a las nuevas compras de productos del País destinados a la exportación. El Senado aprobó además una asignación de $2 millones a Agricultura para atender la plaga que aqueja a los cultivos de cítricos.
Debido a este escenario, y al hecho de que “esta es una época particularmente sensible desde el punto de vista económi-
Federación también marchará por retiro de los maestros La Federación de Maestros (FMPR) convocó una marcha este domingo a las 11:00 a.m. desde el Capitolio hasta La Fortaleza en defensa de que no se altere su plan de pensiones. Precisamente hoy un frente amplio de maestros y directores de escuelas llevará a cabo una marcha a las 2:00 pm desde el Capitolio, por ese mismo motivo.
co, junto al personal de la agencia nos dimos a la tarea de iniciar una jornada para el recaudo de artículos indispensables para jóvenes adolescentes embarazadas”. “Mejorar la calidad de vida de nuestras mujeres jóvenes embarazadas es una de las prioridades de nuestra agencia. Conocemos del panorama difícil que se enfrentan las futuras madres, por lo que se hace necesario aunar esfuerzos y apoyar actividades como
esta. La ciudadanía debe crear conciencia sobre esta problemática social y sus consecuencias”, recalcó la procuradora de la Mujer. La actividad, denominada ‘Dando amor a una nueva vida’, se realizó en el Centro de Ayuda Social en Puerto Nuevo, donde se entregaron decenas de canastillas con artículos necesarios para el cuidado del bebé y de la futura madre, como botellas, ropa, frisas, talco y loción de bebé.
Cuento de nunca acabar problema con las gomas
En la Cámara, los representantes avalaron una línea de crédito de $15 millones para realizar reparaciones al Capitolio y la medida que prohíbe a Acueductos y Alcantarillados traspasar las deudas de un dueño anterior al nuevo dueño de la vivienda.
CYBERNEWS
EL VOCERO / Tania Dumas
Las multas por violar esta ley irían desde $1,000 a $5,000 con pena de reclusión de hasta tres años en los casos en que alguna persona resulte gravemente heri-
Vázquez Garced sostuvo que del perfil de las adolescentes “se desprende que del 70 al 80% de estas madres son solteras, de escasos recursos y el 95% de los embarazos no son deseados. Carecen de información adecuada sobre el sexo y los métodos anticonceptivos”.
EL VOCERO / Archivo
El proyecto contaría con el aval de legisladores populares y novoprogresistas. Los portavoces del Partido Nuevo Progresista (PNP) en ambos cuerpos firmaron el informe del comité de conferencia. Una vez aprobado en ambos cuerpos, el proyecto pasará a la firma del gobernador, Alejandro García Padilla.
La mitad de los fondos que se recauden por estas multas se destinarán a la Policía, cuerpo que advirtió carecer de los recursos para confiscar y almacenar estos vehículos. La otra mitad irá al Fondo de Enfermedades Catastróficas.
EL VOCERO / Archivo
da. En estos casos, los vehículos podrán ser confiscados por la Policía.
El 80% de las madres adolescentes son solteras y el 95% de los embarazos no son planificados, informó la procuradora de la Mujer, Wanda Vázquez Garced, cuya agencia realizó una jornada de recolección de artículos para estas.
El portavoz del Partido Nuevo Progresista (PNP) en la Comisión de Salud del Senado, Ángel (Chayanne) Martínez, responsabilizó ayer a la Junta de Calidad Ambiental (JCA), al Departamento de Hacienda y al Departamento de Salud por la alegada inacción de estas agencias en la solución del problema del recogido de miles de neumáticos, que se han convertido en el foco de reproducción del mosquito que provoca el dengue. “Es increíble ver como la presente administración está de brazos cruzados ante la peligrosa amenaza a la salud de los puertorriqueños por la falta del recogido de neumáticos en los puestos de servicio a través de todo Puerto Rico y no vemos una acción pro activa de la Junta de Calidad Ambiental, el Departamento de Hacienda y el Departamento de Salud para resolverlo”, sentenció el Senador Martínez Santiago.
EL VOCERO / Archivo
La Legislatura logró ponerse de acuerdo con el proyecto que busca limitar el uso de los vehículos todo terreno o ‘four tracks’ y aprobaron ayer un proyecto que no solo permite la confiscación de estos vehículos cuando no se usan conforme a la ley, sino que prohíbe su tránsito por carreteras pavimentadas, aun cuando sea para transportarlos entre fincas.
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El senador indicó que el Departamento de Hacienda “no ha sido diligente en emitir los pagos a tiempo para que las compañías encargadas del recogido de estos neumáticos se pueda llevar a cabo regularmente, evitando así la acumulación desmedida de los mismos”. Martínez responsabilizó a la secretaria de Salud, Ana Rius alegando que “no la he visto interviniendo efectivamente para salvaguardar la salud del pueblo puertorriqueño”.
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Acusados de otros dos asaltos MIGUEL RIVERA PUIG, EL VOCERO
Presuntos asesinos de billeteros son identificados por testigos Luis E. (Samiro) Cruz Rijos, presunto autor material del asesinato del billetero Germán Alejandro y su compinche José Ortrz Rojas, fueron identificados en sendas ruedas de confrontación (‘line up’) por atracos a otros dos vendedores de billetes y se les radicarían cargos de robo e infracciones a la Ley de Armas ayer. Uno de los atracos ocurrió el martes, 15 de octubre, en la zona portuaria, donde
un billetero fue despojado de más de $4 mil y 30 billetes de la Lotería. El otro atraco ocurrió el miércoles 17 de julio, frente a una farmacia en Cupey. Allí un billetero fue despojado de $2,100. Alejandro fue asesinado el 22 de octubre al final de la P 119, cerca de la entrada de la urbanización Garden Hills en Guaynabo, donde llevaba décadas vendiendo billetes. Ambos están sumariados por el vicioso asesinato.
Con nuevo grillete MELISSA CORREA VELÁZQUEZ, EL VOCERO
manera que se activa el sistema siempre voy a estar preocupado. Mientras eso no se aclare voy a evitar ese tipo de conversación”, apuntó. Indicó que pidió a OSAJ información sobre el funcionamiento de los grilletes. EL VOCERO / Ingrid Torres
La Oficina de Servicios con Antelación a Juicio (OSAJ) le cambió el grillete a Pablo Casellas, luego de que el pasado martes el aparato sonara en plena sala durante el proceso de selección del jurado. Así lo informó Harry Padilla, uno de los abogados de Casellas a preguntas de la Prensa.
Mientras, el proceso de selección del jurado se reanudó esta mañana. El letrado dijo desconoEl juez del Tribunal Supecer cuál era el problema rior de Bayamón, José del grillete y afirmó que Ramírez Lluch, excusó desconfía de que a traa 13 personas de los vés del mismo se pue50 potenciales jurados dan escuchar las PABLO CASELLAS que fueron citados. Las conversaciones que tierazones son de trabane con su cliente. jo y familiares. Una de los excusados “Se supone que si estamos en sala, si es residente en el estado de Virgina. el grillete es para garantizar dónde está Pablo y está en sala, pues se supo- “Empezamos el proceso nuevamente. ne que OSAJ deba saber que está en Son siete paneles y es básicamente lo sala y no debería sonar en sala”, aco- mismo que observaron con los siete antetó Padilla. “Hasta que no esté claro de riores. Quedan 26 del grupo anterior”, cómo funciona el sistema y cuál es la indicó el fiscal Sergio Rubio Paredes.
Golpe al ‘pirateo’ de marcas INTER NEWS SERVICES
La Oficina de Asuntos Monopolísticos (OAM) del Departamento de Justicia (DJ) efectuó ayer un operativo alrededor de la Isla como parte de una investigación sobre prácticas de competencia injusta. Según informó el secretario Auxiliar de Asuntos Monopolísticos del DJ, Jesús Alvarado Rivera, agentes de la OAM intervinieron con varios establecimientos comerciales en los municipios de Fajardo, Ponce, Yabucoa, Hatillo y Bayamón. En estos se ocuparon joyería, gafas, carteras y relojes imitando marcas protegidas, con un valor aproximado de $84 mil. “El Estado tiene que garantizar la protec-
ción de los derechos, incluyendo los de propiedad intelectual. Hemos dado con comerciantes que se dedican a vender artículos en clara violación de estos derechos para obtener una ventaja competitiva que es claramente injusta y desleal. En ocasiones encontramos mercancía escondida detrás de paredes falsas”, dijo Alvarado Rivera. Asimismo, comentó que la mayoría evade también el pago de contribuciones y tienen una red de vendedores por consignación, lo cual multiplica el efecto nocivo a la competencia. Las personas a cargo de los establecimientos fueron citadas.
EL VOCERO / VOX / VIERNES, 1 DE NOVIEMBRE DE 2013
La injusticia en Puerto Rico: Círculo vicioso KATHERINE ANGUEIRA NAVARRO, PSICÓLOGA SOCIAL COMUNITARIA
La incertidumbre ante la falta de dirección de la Policía de Puerto Rico por la renuncia del superintendente Héctor Pesquera se suma a la falta de una política pública clara para combatir la criminalidad. El Pueblo vuelca su indignación con razón por los dos a tres asesinatos diarios. Las masacres que cobran las vidas ante un público aterrorizado se han convertido en la cotidianidad de nuestra guerrilla del trasiego de drogas. Las violaciones, la violencia doméstica en que la víctima es torturada hasta su propia muerte, y el maltrato de menores, entre otros actos deleznables de quienes disfrutan su capacidad de controlar a otro ser humano mediante la degradación y humillación siguen acaparando las primeras planas noticiosas. Sin embargo, la misma Prensa que destaca la morbosidad de los hechos para aumentar su circulación o sus ‘ratings’, tiene un serio problema de inconsistencia teórica. Ya empezó el molinillo de la campaña contradictoria ‘noticiosa’ para impulsar el ‘toallazo’ al criminal violento. Ya se pretende encajonar al Código Penal aprobado en
el 2012 dentro del discurso de odio contra el PNP y por ende, merecedor del repudio del Pueblo. Ya se levanta el banderín de que se aprobó al cierre del cuatrienio pasado, como si el Código Penal aprobado en junio de 2004 hubiese atravesado una amplia discusión en toda su dimensión, más allá del circo mediático alrededor del entonces delito de sodomía que criminalizaba las relaciones bienvenidas entre la comunidad homosexual. Eso sirvió de distracción para evitar enfocar en la médula de las sentencias lenientes que se promulgaron en dicho Código Penal de 2004, incluso en los delitos de violencia contra la persona. Interesantemente, quienes ahora levantan la ‘noticia’, no señalan la ausencia de la delegación del PPD en la vista pública en torno al código penal en que comparecimos en febrero de 2012 para levantar nuestros reclamos en contra de la lenidad en los delitos de violencia contra la persona.
Tampoco se analizan los fundamentos que dan curso al cambio de política pública que con tanto esfuerzo logramos fuera de líneas partidistas algunas víctimas sobrevivientes de delitos de violencia ante la burla a la dignidad que constituía el Código Penal que entró en vigor en el 2005. Por supuesto, tampoco se menciona los malabares que una víctima sobreviviente de delitos de violencia debe atravesar en el procesamiento criminal de su agresor hasta lograrse una convicción, y la falta de programas de ‘rehabilitación’ que realmente cambien la conducta de violadores y asesinos. Ni tan siquiera aceptan la tasa alta de reincidencia de estas personas convictas por quitarle la paz y hasta la vida a otro ser humano. Ya no se trata de la aplicación de la pena de muerte en la jurisdicción del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, ni de la revocación del derecho a la fianza. Esos dos torniquetes contra convictos de delitos de violencia han sido frenados por el Pueblo. La pena de muerte ha sido rechazada consistentemente por jurados ante juicios de casos abominables en el Tribunal federal para el Distrito de Puerto Rico. El intento de revocar el derecho a la fianza, por segunda oca-
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sión fue frenado en un referendo el año pasado. Hay que distinguir. Ahora se trata de lo que implica una pena en que se pondere la severidad del delito de violencia contra la persona: el homicidio, la violación, el secuestro, entre otros. Por su tasa alta de reincidencia, el único disuasivo para impedir que repitan su conducta violenta es la separación de la sociedad. Esto no se trata de ser punitivo, sino como medida protectora de la sociedad. Por ejemplo, en el delito de violación que el Código Penal de 2004 redujo de 99 años máximo a 25 años, en el Código Penal de 2012 logramos aumentarla a 50 años, con la necesidad de cumplirse el 75% del término en la cárcel para poder beneficiarse de libertad bajo palabra (Art. 308); ya que por la naturaleza del delito no cualifica para programas de desvío, ni para bonificaciones. A menos que se haga magia interpretativa, el Plan de Reorganización Núm 2 del Departamento de Corrección y Rehabilitación (Art. 11 y 12, 21 noviembre de 2011) no aplica bonificaciones a sentenciados bajo el nuevo Código Penal de 2012 (Ley Núm. 146 del 30 de julio de 2012). Exhorto a la Prensa del País a ser responsables en la cubierta de este tema, analizando las contradicciones de su propio discurso. El País sabe leer el entrelineas de sus incoherencias.
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INTERNACIONALES / VIERNES, 1 DE NOVIEMBRE DE 2013 El periódico de Puerto Rico
LA HAYA, Holanda — Siria completó la destrucción de equipo crítico para la producción de armas químicas y municiones con gases venenosos, dijo la agencia mundial de eliminación de esas armas, al tiempo que intensos combates sacudieron un área del norte del país cercana a uno de los sitios donde están almacenados agentes tóxicos. El anuncio de la Organización para la Prohibición de Armas Químicas (OPAQ) se produjo un día antes del plazo del 1 de noviembre fijado por la entidad basada en La Haya para destruir o “dejar inoperables” todas las instalaciones de producción de armas químicas y maquinaria para mezclar las substancias bases. La destrucción del equipo significa que Siria no puede producir más armas químicas.Sin embargo, Siria aun no ha destruido el arsenal químico que posee.
MAGGIE MICHAEL, THE ASSOCIATED PRESS
CAIRO — Unos 20,000 policías y soldados en Egipto vigilarán el juicio del derrocado presidente, dijo ayer un funcionario, en momentos en que oponentes islamistas tienen previsto efectuar protestas multitudinarias que podrían exacerbar la agitación en el país. El funcionario del Ministerio del Interior advirtió que se enfrentará “decididamente con la fuerza” a cualquier manifestante que intente irrumpir en la sala de la corte donde se enjuiciará al ex gobernante Mohammed Morsi.
homicidios y violencia en relación con los enfrentamientos ocurridos en diciembre en el palacio presidencial y que dejaron varios muertos.
El ex gobernante es mantenido en un lugar secreto desde que el ejército lo derrocó el 3 de julio en un golpe que contó con el apoyo popular. Se desconoce si Morsi, de 62 años, comparecerá en el tribunal, aunque será traído en helicóptero al lugar. El juicio se efectuará dentro de un instituto policial cerca del MOHAMED MORSI complejo de la prisión de La firme advertencia tiene Tora en el sur de El Cairo, lugar después de que la coalición enca- donde se mantiene presos a la mayoría de bezada por la Hermandad Musulmana los dirigentes del grupo, dijo el funcionario. convocó a manifestaciones multitudinarias ayer en todo el país hasta el 4 de El funcionario solicitó el anonimato porque noviembre, este último la fecha del comien- no estaba autorizado a hacer declaraciozo del juicio a Morsi. Morsi, dirigente de nes sobre las medidas de seguridad prela Hermandad, afronta cargos de incitar paradas para el proceso contra Morsi.
Muere padre de la PC de IBM THE ASSOCIATED PRESS
CHICAGO — William C. Lowe, directivo de IBM responsable de llevar la computadora personal a las masas murió, de un ataque cardíaco el 19 de octubre en Lake Forest, Illinois. Tenía 72 años. Lowe supervisó el desarrollo de la primera PC de IBM, que llegó a las tiendas minoristas en 1981. Según la página de internet de la LOWE empresa, Lowe era director de un laboratorio en las instalaciones de IBM en Boca Raton, Florida y convenció a sus jefes que podía reunir un equipo capaz de construir una computadora personal en un año. Para ello, utilizó repuestos y programas de contratistas externos. La primera computadora personal de IBM costaba 1.565 dólares y no incluía un monitor.
AP
BASSEM MROUE Y MIKE CORDER, THE ASSOCIATED PRESS
Preparan seguridad para juicio a Morsi
AP / Maya Alleruzz
Siria destruye equipo para producir armas
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NEGOCIOS / VIERNES, 1 DE NOVIEMBRE DE 2013
SUMINISTRADA
negocios
El periódico de Puerto Rico
Echa raíces la crisis en la agricultura ILEANEXIS VERA ROSADO Y OBED BETANCOURT, EL VOCERO
Lejos de resolverse, la crisis en la agricultura parece acentuarse luego del acuerdo recientemente pactado entre el gobierno y los elaboradores de leche. Apenas un día después del acuerdo renunció el administrador de la Oficina de Reglamentación de la Industria Lechera (ORIL), José Pantojas, los ganaderos radicaron una moción para que se paralice dicho acuerdo y ayer renunció con inmediata efectividad el presidente de la Asociación de Agricultores Ramón González. Aunque González, señaló en comunicado de prensa que su renuncia nada tiene que ver con la polémica sobre la leche, coincide con la sacudida que sienten los agricultores en este momento. El primer vicepresidente, Juan A. Reyes, debe asumir el cargo de Presidente hasta que se celebre la Asamblea Anual, según el Reglamento del gremio. “En el día de hoy (ayer) presento mi renuncia inmediata como presidente de la Asociación de Agricultores de Puerto Rico, cargo que con mucha honra he ocupado desde el 2007. Debo atender asuntos personales indelegables”, dijo González. En entrevista con EL VOCERO, Gon-
zález sostuvo que tras diez años de servicio a la organización, en dos términos como presidente, era hora de dar paso a otra persona y dedicar tiempo a sus negocios familiares como lo son su farmacia, la venta de tractores y su finca. A ello sumó dedicar tiempo a su familia, especialmente sus hijos que van la universidad. Sin embargo, no descartó que en el futuro regrese a la vida pública en cualquier función que se le requiera. Por su parte, Pantojas ya reveló que ni siquiera firmó el acuerdo a nombre de ORIL porque se requieren más estudios y no está de acuerdo con algunas de las estipulaciones. Al presentar su renuncia a la secretaria de Agricultura, Myrna Comas, aludió que siempre tuvo previsto estar un año al frente de la ORIL y que ya se había acogido al retiro de su antiguo empleo como profesor universitario. El presidente del sector de la leche en la Asociación de Agricultores, Juan Carlos Rivera, desvinculó la renuncia de González con el conflicto, pero fue enfático en que la renuncia de Pantoja sí responde al acuerdo, el cual nunca contó con su aval. “El reglamentador nunca avaló el acuerdo y evidencia de ello es que el mismo no cuenta con su firma. Para Pantoja
dicho acuerdo es la destrucción de la Industria”, sostuvo. En su moción los ganaderos denuncian que el acuerdo se hizo sin mostrarles los términos del mismo y cuando finalmente tuvieron acceso al documento resultó que salen más perjudicados. Indicaron que el pacto se hizo sin estudios que reflejaran los daños colaterales a la industria. Aunque La Fortaleza sostiene que detuvo un supuesto aumento a la leche este año, el acuerdo indica claramente que debe esperarse a un estudio encomendado por el Departamento de Agricultura que refleje los costos actuales de los sectores de la industria para determinar si se aumenta el precio. Esto puede tardarse un año. Mientras, el Gobierno le transferirá un total de $95 millones distribuidos en cuatro años a los elaboradores. Los ganaderos indican que se demantelaron los fondos para varios programas, como el de calidad de la leche, del fondo de fomento de la industria, comedores escolares, Head Start y ancianos, repago de préstamos y a ellos le redujeron la cantidad que recibían por cuartillo de leche de 90 centavos a 76.
Se debilitan las ventas al detal CARLOS ANTONIO OTERO, EL VOCERO
Luego de caídas consecutivas por tres meses, las ventas al detalle recuperaron terreno en mayo, pero en junio y julio volvieron a registrar una leve tendencia a la baja con una reducción de -0.39 por ciento (%). Según datos de Informe de Ventas al Detalle para julio 2013, que publica la Compañía de Comercio y Exportación (CCE), las ventas al detalle alcanzaron la cantidad de $2,944.4 millones para una reducción de -0.29%, cuando se compara con los $2,953.0 millones registrados en julio de 2012.
Según el informe, las principales reducciones en ventas incluyó articúlos como pinturas, cristales y papel de empapelar (-12.75%), tiendas de efectos para automóviles y para el hogar (7.3%), tiendas de equipos electrónicos como radios, televisores y computadoras (-5.1%), y tiendas por departamento (4.3%). Por su parte, las ventas de vehículos de motor nuevos y usados -que habían mostrado cierto repunte en meses anteriores-, registraron una baja de 2.8% en julio al comparralo con los
resultados de hace un año para el mismo periodo. Mientras, los comercios con mejor desempeño incluyó alzas en tiendas de variedades (20.0%), mueblerías (12.0%), tiendas de ropa para damas (10.6%), y establecimientos de mercancía en general (7.5%). Las estaciones de gasolina reportaron 4.7%. Aunque reportaron un aumento en ventas de 0.03%, este fue mínimo en las farmacias. En mayo pasado las ventas al detal aumentaron 2.4%.
Ahoga a los comercios el precio del agua ILEANEXIS VERA ROSADO, EL VOCERO
Si no surgen cambios en la facturación por el servicio de agua potable al sector comercial del País, se podrían perder miles de empleos o cerrar cientos de comercios, alertó el Centro Unido de Detallistas (CUD). “La economía está bien lenta. De continuar la tendencia de imposición de impuestos de manera desmedida, los cierres, las quieras y la pérdida de empleos será la orden del día. El sector productivo de la Isla no aguanta un impuesto más. Actualmente se está trabajando con los más bajos márgenes de ganancias, que apenas les da para mantenerse”, dijo Enid Monge, presidenta del CUD. Ante la crisis que vaticinan debido al alza en el costo del servicio de agua, los comercios esperan que antes la Autoridad de Acueductos y Alcantarillado (AAA) atienda las recomendaciones que les presentaron. El CUD sostiene que tales opciones redundan en eficiencias para la AAA y en una merma considerable en la imposición del Cargo por Cumplimiento Ambiental Regulatorio (CCAR) que encarece la facturación. Según Monge, las facturas de agua se han elevado entre un 150% hasta más de 300%, que para muchos comercios significan miles de dólares en pagos mensuales. Se adelantó que el lunes habrá otra reunión con gerenciales de la AAA, donde presentarán alternativas que alegadamente redundarán en mayores beneficios para la agencia. Entre las alternativas se incluye que la AAA solicite una prórroga de la deuda contraída con la EPA e intente renegociarla, para que puedan efectuar pagos a plazos y eviten el desembolso de un sólo pago. Proponen que el cobro del CCAR sea basado en consumo y no en diámetro como está establecido en la Ley, mientras en los establecimientos de alto consumo, como hospitales y hoteles que puedan ofrecerles descuentos para reducir el pago mensual. Por el momento, Monge solicitó que se detengan los cobros excesivos hasta que haya una determinación final. De esto no ser posible, recomendó que se les acredite a los comercios lo que hayan pagado, en sus pagos futuros. Por ahora existe un plan de pago con las nuevas tarifas. Los reclamos del CUD se añaden a los que recientemente pronunciaron los portavoces del Consejo Multisectorial que integra 16 organizaciones del sector privado, y que alertaron sobre una pérdida de hasta 15,000 empleos si no se atiende con premura el asunto de los elevados costos en servicios esenciales. El Consejo recomienda que el CCAR se realice a base del consumo con un cargo de 10 centavos por metro cúbico para todos los usuarios. Además, se determine que el CCAR sea a base de que cada usuario comercial o industrial tenga la opción de acogerse a la tarifa aprobada por diámetro de contador o la tarifa propuesta por volumen de consumo, sin alterar las tarifas aprobadas y propuestas.
EL VOCERO / NEGOCIOS / VIERNES, 1 DE NOVIEMBRE DE 2013
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Estiman exagerada la crisis por los bonos ALANA ÁLVAREZ VALLE, EL VOCERO
La crisis económica de la Isla reseñada por los medios estadounidenses ha sido exagerada por los mercados y no debe ser un detente para hacer inversiones con cautela, en opinión de Carlos González, DGI Fund Manager de Oriental Bank.
“Se complica porque los mercados están asustados. Dentro de la perspectiva de invertir en el mundo global, es importante saber que no hay que estar aterrorizados, sino tener cautela. Lo peor es cuando la gente se asusta y hacen cosas por emoción y hay que tener mucho cuidado”, comentó.
El ejecutivo expresó en un conversatorio con la prensa que por razones externas a Puerto Rico, los mercados han identificado los problemas de la Isla y han agravado la situación.
González explicó que está probado que en periodos a largo plazo las acciones consiguen mejor rendimiento participando en acciones, por lo que instrumentos como la Diversified Groth IRA de Oriental resultan muy beneficiosos a la hora de invertir para el retiro. Solo una tercera parte del fondo se invierte en acciones, para la tranquilidad y estabilidad de la clientela, indicó.
“Nos han cerrado las puertas. Como pasa en los mercados, todo es una exageración. Cuando suben, suben demasiado y cuando bajan, bajan demasiado. Carlos González, DGI Fund Pero desgraciadamente una vez bajan Manager de Oriental Bank toma tiempo en recuperar y tienen que “La costumbre es vender cuando esta bajiver noticias positivas de las compañías to y comprar cuando está subiendo, y y de los gobiernos de que están haciendo lo necesario cuando hay que vender es en momentos buenos. Esta para mejorar la situación”, sostuvo. crisis puede crear oportunidades. Los bonos de aquí dan rendimientos extraordinarios. Pero aunque no se El ejecutivo entiende que se están dando pasos para la ha acabado la crisis, hay que mantener la diversificarecuperación, pero que es parte de un proceso largo y ción con un riesgo bajo, para que el dinero esté ahí difícil. cuando se necesite”, afirmó.
Halloween produce poco a comercios ILEANEXIS VERA ROSADO, EL VOCERO
Ante la apretada economía, la celebración del Día de Halloween ha pasado desapercibida, dejando a su paso un 30 por ciento (%) de caída en las ventas de temporada, en comparación con los números del año pasado. Enid Monge, presidente del Centro Unido de Detallistas, aseguró que las ventas de Halloween en los pequeños y medianos comercios (Pymes) a sido muy lenta, ya que los consumidores optaron por disfraces caseros, donde la originalidad prevaleció para poder estirar el dólar. “Aquellas personas que tienen algo de dinero discrecional han optado por ahorrarlo y utilizarlo quizás para las compras navideñas que se avecinan. Este año no se ha visto el auge de otros años. Poco a poco se ha ido desvaneciendo la celebración en detrimento de los comercios. Dentro de
poco desaparece sin darnos cuenta”, sostuvo. En sentido similar se expresó Gilberto Alvelo, el denominado Dr Shoper, quien aceptó que tras un recorrido por varios comercios, tanto grandes como pequeños han visto reducir marcadamente sus ventas. Tendencia que no descarta pueda continuar en la época navideña, tras lo reducido de los presupuestos en los hogares. En un recorrido de última hora, se pudo constatar que en comercios como Kmart, Wal-Mart y Party City, muchos padres dejaron para ayer mismo las compras de los disfraces de los niños aprovechando los especiales de último momento, que reducían los precios a la mitad o menos,. Los costos regulares promediaron los $10 ó $15.
Llegan aguacates importados con plagas INTER NEWS SERVICE
AGUADILLA - Un entomólogo del Departamento de Agricultura federal en la isla confirmó la detección de un insecto en un envío de carga aérea de aguacates importado que llegó al aeropuerto internacional Rafael Hernández de Aguadilla. El caso se reportó a principios de mes y el insecto se identificó al día siguiente como Brevipalpus. De acuerdo con el Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP por sus siglas en inglés) en la isla “varios otros
parásitos han sido detectados en los puertos de Puerto Rico este mes”. Entre los identificados como plagas se cuentan el Coccotrypes, Frankliniella y Copitarsia, Ancognatha scarabaeoides, Lepidoptera, Ancognatha scarabaeoides Erichson y Aphididae. En estos casos, el CBP emite una notificación de acción de emergencia para el importador que requiere que se haga otro envío o que se fumigue.
EL VOCERO / Tania Dumas
escenario
VIERNES, 1 DE NOVIEMBRE DE 2013
BREVES
En concierto Gilberto Santa Rosa presentará se presentará por primera vez en el Coliseo de Puerto Rico el 8 de febrero con'Amor en tiempo de salsa'. El concierto estará centrado en el repertorio romántico del 'Caballero de la salsa'.
“Yo confío en mí 'full'”, estableció Xavier Torres.
Producirá película antes de los 35 MARIAM M. ECHEVARRÍA BÁEZ, EL VOCERO
Xavier Torres sueña en grande y tiene sus metas muy bien definidas. “Antes de mis 35, yo produzco una película”, estableció el actor, quien ha logrado participaciones en 'Quiéreme mucho', 'Brake In' para Lifetime, 'Entourage' de HBO y la película de Disney 'Wizards of Waverly Place: The Movie' junto a Selena Gómez. El también empresario contó que durante los pasados años, sostuvo reuniones con la Corporación de Cine para encaminar un proyecto y la intención de retomarlo se mantiene latente. “Siempre estoy buscando un buen libreto, pero no me ha llegado ese libreto bueno”, comentó el modelo de 30 años que apuesta a un 'Dream Team' de actores para la materialización del filme. “Yo confío en mí 'full'”, reiteró.
Torres decidió aprovechar la temporada muerta en Los Angeles para anclar en Puerto Rico y afianzar aun más su faceta empresarial a través de los eventos de guagüitas de comida y la próxima apertura de su restaurante, Delavida Restobar en la Placita de Santurce, junto al chef Fernando José. Aunque alabó el crecimiento de la industria cinematográfica local y el aumento de producciones extranjeras que han hecho de Puerto Rico un destino de filmación, “los papeles principales vienen de allá con nombres y apellidos”, por lo que considera necesario salir a buscarlos en Los Angeles, como ha sido el caso de Amaury Nolasco y Roselyn Sánchez, por mencionar algunos. “No me van a llamar para hacer a 'John Smith'. Siempre voy a ser el latino, pero me
sigo preparando, puliendo el inglés, tomando clases de baile, de actuación, para cuando venga el 'pilot season', estar 'ready'”. El hijo del hombre ancla de 'Las Noticias Univisión' Ramón Enrique Torres, se prepara para su interpretación del 'Soldadito de Plomo' en el musical 'La Juguetería', a presentarse del 13 al 16 de noviembre en el Teatro de la Universidad de Puerto Rico.
Al Grammy Lucero será la conductora de la próxima edición de los Premios Grammy Latinos, a celebrarse el 21 de noviembre en Las Vegas y a transmitirse por Univisión. Se confirmó además la presencia de Marc Anthony, Draco Rosa y Carlos Vives, entre otros.
“Pierdo la autoridad cuando me quitan el sombrero”, adelantó sobre parte de la trama de la obra, en la que actúan además Sandra Zaiter, Lourdes Robles y Gredmarie Colón, con música de José Vega 'Remi' y dirección de Gil René. Para información sobre funciones escolares de “La Juguetería”, puede llamar al 787503-5288 ó 787-927-3634.
Se une al tour de Girl Up REDACCIÓN, EL VOCERO
Suministrada
El periódico de Puerto Rico
A Tailandia La periodista Lilia Luciano participará en el 'Girl Up Tour Puerto Rico', a partir del 3 de noviembre, para inspirar a niñas de diversas escuelas a lograr grandes metas y crear conciencia de la importancia de la educación para un desarrollo personal y profesional. Colaborará con la campaña
'Chicas unidas para cambiar el mundo', iniciando clubes 'Girl Up' en numerosos colegios de la Isla. Existen más de 325 clubes en más de 30 países, que trabajan por una mejor vida para las adolescentes. Lilia visitará colegios como St. John's, Robinson, Maristas, Academia María Reina, Bald-
win, Academia San José y Perpetuo Socorro, su escuela por 13 años. A través de charlas de motivación y talleres, apoyará a estas niñas para que puedan volver a casa con herramientas y esperanzas necesarias para llegar lejos cumpliendo sus sueños.
La ex Miss Mundo de Puerto Rico, Janelee Chaparro Colón partirá hoy hacia Bangkok, Tailandia para representar a la Isla en Miss Grand International, franquicia adquirida por la organización local de Miss Mundo. La noche final, el 19 de noviembre, lucirá vestido de Carlos Alberto.
EL VOCERO / ESCENARIO / VIERNES, 1 DE NOVIEMBRE DE 2013
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Con discos de bolero y merengue YOMARIS RODRÍGUEZ, EL VOCERO
Mientras se conoce su destino en 'Mira quien baila' el próximo domingo, Manny Manuel está por finalizar la grabación de un nuevo disco de boleros como regalo de Navidad y a principios de 2014 regresa al estudio para trabajar un álbum de merengues inéditos con artistas invitados de diversos géneros musicales.
ticas a su peso. “Si hablamos de 20 años atrás sería muy distinta mi reacción, entiendo mi trabajo y lo que conlleva. Lo tomo por el lado positivo. Mi propósito es entretener al público y si es parte de eso ponerme en la mira para ver cómo bajo de peso lo entiendo”, expresó.
De otro lado, ya tieEstá “doblemente ne grabada la mitad Manny Manuel ansioso” por conodel disco de bolecer los resultados ros con clásicos de de la votación para saber si permanece él o su compa- los años 50 y 60 de Latinoamérica. Del álbum de merentriota Johnny Lozada, con quien fue nominado para aban- gue solo adelantó que saldrá para marzo o abril y tendonar el reality show de Univisión. Aunque su deseo es drá artistas invitados “con unas combinaciones interesantes”. “continuar hasta la final”, ya tiene fecha para reencon- “Estoy muy feliz de volver a presentar música del ayer portrarse con sus seguidores puertorriqueños el 21 de noviem- que hay un público falto de sustancia en letras y de recorbre en las fiestas patronales de Juncos. dar momentos hermosos; y para los que venimos creciendo comprender la música de nuestros abuelos”, indicó. “No es lo mismo estar nominado con una persona que no ha nacido en nuestro país, que con Johnny. Mi mayor deseo Antes de entrar a 'Mira quien baila' estuvo presentánes continuar, de no ser así me voy con el mismo entusias- dose en Islas Canarias, un público que sigue visitando a mo y dejo un representante muy especial en las manos de través de los años. Puerto Rico”, comentó quien verá el resultado, sea o no favorable para él, como “la realidad de un reality show”. “No puedo negar que se ha expandido (mí música) a gente de otros países, como Nicaragua, Ecuador, PanaEn medio de la tensión que se vivirá, su compatriota bori- má y México, que no conocían mi carrera y hoy se unen cua y actriz Zuleyka Rivera mostrará su habilidad para a mi grupo de fanáticos. Quiero llevar mi música a trael baile, al ser invitada a esta octava gala dedicada a vés de la ventana de Mira quien baila”, aseguró. la música de las telenovelas. Su esfuerzo no solo ha sido bailar sino enfrentar las crí-
Apuestan al surrealismo musical MARIAM M. ECHEVARRÍA BÁEZ, EL VOCERO
Al igual que a las obras surreales, que requieren que los ojos busquen más allá de lo evidente, los integrantes del grupo Pizá piden al público que presten oídos a su propuesta, que no podría nombrarse solo como pop rock.
La agrupación de pop electrónico acústico, compuesta además por Raúl Mangual (cantante y compositor), Edwin Joyses González (bajo y piano) y José Juan Rodríguez (batería y cajón), promueve “7 Años de Amor”, que ha comenzado a sonar en las principales emisoras de la Isla.
“Es como cuando ves una pieza (surreal), que en realidad no es lo que es de primera instancia. Nuestra música está regida dentro de lo que es el pop, pero todo tiene una razón de ser, una idea y un significado para estar allí”, ilustró Yuber Dayán Gómez (guitarras, teclados y productor musical).
Aunque concentrados en Puerto Rico, los integrantes no descartan en una segunda etapa emprender la conquista de nuevos mercados. Su primer disco para Sony Music, 'Surreal', incluye 10 temas, cinco en español y cinco en inglés, en su mayoría de la autoría de los miembros de Pizá. Entre el contenido, se encuentra 'Hasta dónde llegaré, concebido “pensando en la superación en general. No importa si eres músico, pintor o abogado, habla de lograr las metas y vencer el miedo”, añadió Yuber.
Pizá promueve “7 Años de amor”.
Raúl, por su parte, adelantó que el grupo se presentará este sábado, 2 de noviembre, en el Coliseo Mario Quijote Morales de Guaynabo, como parte del 'A caballito de palo Joseph Fonseca World's Fest'. Mientras que el jueves, 7 de noviembre estarán en el Paseo de las Estrellas en Caguas y el sábado, 9 de noviembre en Bar Code en Aguada. Los interesados en seguirle los pasos, pueden encontrarlos en Facebook bajo Piza Music o en Twitter por @Pizamusiclive.
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ESCENARIO / VIERNES, 1 DE NOVIEMBRE DE 2013
El periódico de Puerto Rico
Discuten plan estratégico de museo YOMARIS RODRÍGUEZ, EL VOCERO
Como parte de la agenda de la reunión anual de la Junta de Directores de la Alianza Americana de Museos (AAM), realizada por primera en vez en Puerto Rico, con el Museo de Arte de Puerto Rico (MAPR) como anfitrión, ayer se realizó en éste un foro sobre la excelencia de un museo.
En el desarrollo de esas ideas es clave el apoyo y entendimiento de una Junta de Directores, a la cual éste alertó no debe verse como una amenaza sino como parte del equipo porque “todos tenemos los mismos intereses del llevar el museo al sitial más alto posible”.
El mencionado encuentro comenzó el pasado miércoles y concluye hoy viernes con la visita de la Junta de Directores de AAM al Museo de Arte de Ponce, en compañía de la doctora Lourdes Ramos, directora ejecutiva del MAPR.
Asimismo, aconsejó no bajar la guardia cuando se tiene la acreditación porque se perdería el esfuerzo realizado.
Uno de los temas discutidos ayer fue sobre los estándares de la acreditación de AAM y los documentos básicos, enfocados en el plan estratégico institucional. Los moderadores fueron: Arturo García-Solá, presidente de la Junta de Directores del MAPR; Ramos y Kathleen Brown, consultora en planes estratégicos para museos.
En el caso del MAPR, tiene como consultora a Brown, quien los ayuda a analizarse y poner los sueños en papel. Igualmente ella destacó que el plan es un trabajo constante porque el ambiente y la operación van cambiando. El mismo se renueva de tres a cinco años y toma en consideración hasta la economía del país.
EL VOCERO / Alvin J. Báez
“Un plan estratégico ayuda a que esas grandes ideas no se queden en ideas. El haber sido acreditados era una meta, pero no un fin. Somos un museo joven y es importante en este proceso el crecimiento del equipo del museo, que ha tenido una visión de trabajo arduo por el museo y Puerto Rico. Eso nos dio una base sólida para crear ideas y pensar en el futuro. Esa es la base para el plan estratégico”, destacó de primera intención García-Solá.
“Tenemos que seguir planificando para llegar al próximo nivel y darle dirección al plan de vuelo, que es el plan estratégico, y debe ser certero porque cuando es desorganizado no vamos a llegar a ningún sitio. Es importante que ese plan no puede ser de querer hacerlo todo, se trata de hacer un análisis profundo de debilidades, fortalezas y de ahí sacar objetivos. Tenemos que repasar el plan todos los años, ver qué hemos cumplido o no y sustituir cosas por otras porque es un plan viviente que puede ser cambiado”, aseguró.
Dra. Lourdes Ramos, Arturo García-Solá y Kathleen Brown
CARTELERA
EL VOCERO / CLASIFICADOS / VIERNES, 1 DE NOVIEMBRE DE 2013
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EDICTOS CB-3514 DOCKET NO. WO12A0110AD Commonwealth of Massachusetts The Trial Court Probate and Family Court In the matter of: In the matter of: Elida N. Avila To: Carmen Nicole Toledo of Uknown Residence last known of Guaynabo, Puerto Rico any unnamed or unknown parent and persons interested in a petition for the adoption of said child and to the Department of Children and Families of said Commonwealth. A petition has been presented to said court by: Vázquez Isamara of Worcester, MA Héctor R. Avila of Worcester, MA requesting for leave to adopt said child and that the name of the child be changed to Elida Nicole Avila Vázquez. Worcester Probate and Family Court 225 Main Street Worcester, MA 01608 (508) 831-2200 IF YOU DESIRE TO OBJECT THERETO, YOU OR YOUR ATTORNEY MUST FILE A WRITTEN APPEARANCE IN SAID COURT AT: Worcester ON OR BEFORE TEN O’CLOCK IN THE MORNING (10:00 AM) ON: 11/19/2013 WITNESS, Hon. Denise L. Meagher, First Justice of this Court. Date: September 4, 2013 ED-16007 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA, SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.
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SONIA MILAGROS MARTINEZ MELENDEZ Demandado(a) CIVIL NUM.: K CD2013-1391. SALA: 908. SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA (IN REM). NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: SONIA MILAGROS MARTINEZ MELENDEZ. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 21 de octubre de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 23 de octubre de 2013. En SAN JUAN, Puerto Rico, el 23 de octubre de 2013. REBECCA RIVERA TORRES. NOMBRE SECRETARIO(A). VANESSA ROSARIO ALICEA. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR.
LA SUCESION DE IRMA ROSARIO GALARZA, COMPUESTA POR LUIS ALFONSO LUGO GONZALEZ, POR SI Y EN CUANTO LA CUOTA VIUDAL USUFRUCTUARIA, Y LOS HIJOS DE LA FENECIDA: MIGUEL Y JUAN CARLOS, AMBOS DE APELLIDOS SANTA ROSARIO; ROMAIRA Y JULIO ALEXIS, AMBOS DE APELLIDOS DAVILA ROSARIO; FULANO DE TAL Y MENGANO DE TAL, COMO MIEMBROS DESCONOCIDOS DE LA SUCESION DE IRMA ROSARIO GALARZA; ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; DEPARTAMENTO DE HACIENDA; CENTRO DE RECAUDACION DE INGRESOS MUNICIPALES
GALARZA, COMPUESTA POR LUIS ALFONSO LUGO GONZALEZ, POR SI Y EN CUANTO LA CUOTA VIUDAL USUFRUCTUARIA, Y LOS HIJOS DE LA FENECIDA: MIGUEL Y JUAN CARLOS, AMBOS DE APELLIDOS SANTA ROSARIO; ROMAIRA Y JULIO ALEXIS, AMBOS DE APELLIDOS DAVILA ROSARIO; FULANO DE TAL Y MENGANO DE TAL, COMO MIEMBROS DESCONOCIDOS DE LA SUCESION DE IRMA ROSARIO GALARZA; ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; DEPARTAMENTO DE HACIENDA; CENTRO DE RECAUDACION DE INGRESOS MUNICIPALES Demandados CIVIL NUM.: ECD12-0857 (611) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EMPLAZAMIENTO POR EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS EE. UU. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE P.R. SS. A: ROMAIRA DÁVILA ROSARIO, POR SI Y COMO MIEMBRO DE LA SUCESION DE IRMA ROSARIO GALARZA 13 CARRETERA 785, KM. 0.1 BARRIO CAÑABONCITO CAGUAS, PR 00725 Por la presente se le notifica que la parte demandante Banco Santander Puerto Rico, ha presentado ante este Tribunal una demanda contra usted, solicitando la concesión del siguiente remedio: Cobro de Dinero: Préstamo #9847251 la suma de $166,812.36 de principal; intereses a razón del 5.500% anual, los cuales se acumulan mensualmente hasta el saldo total de la deuda; $316.68 por concepto de cargos por mora, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo de la deuda, más la suma de $18,590.00 por concepto de honorarios de abogado. La demanda en su totalidad puede ser examinada en este Tribunal. El abogado de la parte demandante lo es el LCDO. SERGIO A RAMIREZ DE ARELLANO, con oficinas en el Banco Popular, Center, Suite 1022, Ave. Muñoz Rivera 209, San Juan, Puerto Rico 00918-1009; teléfonos (787)7652988; (787)764-6392; Fax (787)765-2973, a quienes deberán notificar copia de la contestación a la demanda dentro de los treinta (30) días desde la publicación de este edicto presentado dentro de dicho término el original de la contestación en este Tribunal. Se le apercibe que de así no hacerlo, el Tribunal podrá conceder el remedio solicitado en la demanda transcurridos los treinta (30) días después de la publicación del Edicto, se le anotará la rebeldía y se le dictará sentencia, sin más citarle ni oírle. Dado bajo mi firma y con el sello oficial del Tribunal en Caguas, Puerto Rico a OCT 15 2013. CARMEN ANA PEREIRA ORTIZ, SECRETARIO(A), Por: MARÍA DEL C. MARTIS LÓPEZ, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL I.
Demandados CIVIL NUM.: ECD12-0857 (611) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EMPLAZAMIENTO POR EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS EE. UU. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE P.R. SS. A: LUIS ALFONSO LUGO GONZALEZ, POR SI Y COMO MIEMBRO DE LA SUCESION DE IRMA ROSARIO GALARZA 13 CARRETERA 785, KM. 0.1 BARRIO CAÑABONCITO CAGUAS, PR 00725 Por la presente se le notifica que la parte demandante Banco Santander Puerto Rico, ha presentado ante este Tribunal una demanda contra usted, solicitando la concesión del siguiente remedio: Cobro de Dinero: Préstamo #9847251 la suma de $166,812.36 de principal; intereses a razón del 5.500% anual, los cuales se acumulan mensualmente hasta el saldo total de la deuda; $316.68 por concepto de cargos por mora, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo de la deuda, más la suma de $18,590.00 por concepto de honorarios de abogado. La demanda en su totalidad puede ser examinada en este Tribunal. El abogado de la parte demandante lo es el LCDO. SERGIO A. RAMIREZ DE ARELLANO, con oficinas en el Banco Popular, Center, Suite 1022, Ave. Muñoz Rivera 209, San Juan, Puerto Rico 00918-1009; teléfonos (787)7652988; (787)764-6392; Fax (787)765-2973, a quienes deberán notificar copia de la contestación a la demanda dentro de los treinta (30) días desde la publicación de este edicto presentado dentro de dicho término el original de la contestación en este Tribunal. Se le apercibe que de así no hacerlo, el Tribunal podrá conceder el remedio solicitado en la demanda transcurridos los treinta (30) días después de la publicación del Edicto, se le anotará la rebeldía y se le dictará sentencia, sin más citarle ni oírle. Dado bajo mi firma y con el sello oficial del Tribunal en Caguas, Puerto Rico a de OCT 15 2013. CARMEN ANA PEREIRA ORTIZ, SECRETARIO(A), Por: MARÍA DEL C. MARTIS LÓPEZ, ED-14055 ESTADO LIBRE SECRETARIA AUXILIAR DEL ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL I. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE PONCE, SALA SUPERIOR. RP-205 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIDemandante BUNAL DE PRIMERA INSTANV. CIA SALA DE CAGUAS
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CARLOS RUBEN SOTO ALVARADO MARTA MILAGROS LARACUENTE SEDA y la Sociedad Legal de
Bienes Gananciales compuesta por ambos CARLOS ALBERTO SOTO LARACUENTE Demandados CIVIL NUM. JCD2009-0310. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. AVISO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA. Yo, ANGEL L. MERCADO QUILES, Alguacil Supervisor de la División de Subastas del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce, a los demandados y al público en general les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 16 de abril de 2013 y para satisfacer la Sentencia por la cantidad de $50,161.10 de principal, dictada en el caso el 17 de diciembre de 2012, notificada y archivada en autos el día 28 de diciembre de 2012, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a las propiedad localizada en: en el Municipio de Ponce, Puerto Rico, el bien inmueble que se describe a continuación: --809, Cond. El Señorial, Ponce, Puerto Rico. URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL: Apartamento Ochocientos Nueve, apartamento de forma rectangular situado en el octavo piso del Condominio El Señorial, con un área aproximada de cuarenta y ocho punto cero cero metros cuadrados. Colinda por el Norte, en seis metros con setenta y un centímetros con la pared que los separa del corredor de uso común limitado; por el Sur, en seis metros con setenta y un centímetros con la pared que los separa del apartamento Ochocientos Diez. Consta este apartamento de una sala, comedor, cocina, un dormitorio con su closet para ropa un cuarto de baño, un closet para ropa de cama y un pasillo que comunica la sala-comedor, con el dormitorio y el baño y a la vez conduce a la puerta que abre el corredor de uso común limitado por donde tiene comunicación al exterior. Todas las medidas aquí expresada son aproximadas. Este apartamento se le asigna el estacionamiento R Cincuenta y Cuatro. ---Le corresponde una participación en los elemetos comunes de cero punto sesenta y cuatro porciento, gastos y ganancias comunes del edificio e igual proporción se aplicará en la votación de las reuniones de los condómines. ---Inscrita al Folio 250 del Tomo 1385 de Ponce I, finca número 39,980. Que con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $61,750.00 para la propiedad descrita. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 partes del valor de la tasación. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en ésta el tipo mínimo será de la 1/2 del valor de la tasación. Para el lote descrito, la primera subasta se llevará a cabo el día 13 de noviembre de 2013, a la 1:30 de la tarde. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una segunda subasta el día 20 de noviembre de 2013, a la 1:30 de la tarde. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una tercera subasta el día 27 de noviembre de 2013, a la 1:30 de la tarde. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce. Se le advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción
de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Ponce, Puerto Rico, a 11 de oct. de 2013. ANGEL MERCADO QUILES, ALGUACIL 140. ED-15018 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE FAJARDO, SALA SUPERIOR.
DORAL BANK Parte Demandante VS.
HERMINIO SANCHEZ CIRILO y su esposa LINDA MARTINEZ ORTIZ t/c/c LINA MART=NEZ y la Sociedad Legal de Gananciales constituida por éstos
Parte Demandada CASO NUM.: NSCI2013-00007. SALON NUM.: 301. ACCION CIVIL DE COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. A: HERMINIO SANCHEZ CIRILO y su esposa LINDA MARTINEZ ORTIZ y su esposa LINDA MARTINEZ ORTIZ t/c/c LINA MARTINEZ ORTIZ y la Sociedad Legal de Gananciales constituida por éstos. Quede emplazada(o) y notificada(o) que en este Tribunal se ha radicado Demanda sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria en la que se alega que usted le adeuda a la parte demandante lo siguiente: La suma de $106,842.21 de principal, más los intereses sobre dicha suma al 7.250% anual desde el día 1ro. de junio de 2012, hasta su completo pago, más las primas de seguro hipotecario y riesgo, recargos por demora y cualesquiera otras cantidades pactadas en la escritura de primera hipoteca, desde la fecha antes mencionada y hasta la fecha del total pago de las mismas, más la suma de $11,550.00 para gastos, costas y honorarios de abogados. La propiedad hipotecada cuya ejecución se solicita tiene la siguiente descripción y localización: URBANA: Solar número 66 del bloque DD de la Urbanización Terrazas Demajagua, radicada en el Barrio Demajagua del término municipal de Fajardo, Puerto Rico, con una cabida superficial de 517.96 metros cuadrados. En lindes: por el Norte, en una distancia de 30.00 metros con el solar número 67 del bloque DD; por el Sur, en una distancia de 30.00 metros con el solar 65 del bloque DD; por el Este, en una distancia de 15.00 metros con la calle 4 de la urbanización; y por el Oeste, en una distancia de 7.07 metros con la parcela marcada C en el plano de inscripción y en una distancia de 12.27 metros con el solar 74 del bloque DD. Enclava una casa para fines residenciales. Inscrita al folio 124 del tomo 428 (ágora) de Fajardo, Registro de la Propiedad de Fajardo, finca número 17,482. Se le advierte que si no contesta la demanda, radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la misma al LCDO. NICOLAS QUIÑONES CASTRILLO del Bufete VAZQUEZ & VIZCARRONDO LLP, a su dirección P.O. Box 195389, San Juan, Puerto Rico 00919-5389, Tel. (787) 9995252, Fax (787) 751-1038 dentro del término de treinta (30) días de la publicación de este edicto en un periódico de circulación diaria, se le(s) anotará la rebeldía y se le(s) dictará sentencia en su contra, concediendo el remedio solicitado, sin más citarle(s) ni oírle(s). EXPEDIDO BAJO mi firma y sello de este Tribunal. En FAJARDO, Puerto Rico, hoy día 17 de oct. de 2013. WANDA I. SEGUI REYES, SECRETARIA(O) GENERAL., POR: MERLY OLMO TORRES, SUB-SECRETARIA(O).
RP-207 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS
DORAL BANK Demandante vs.
LAS SUCESIONES DE MIGUEL NOVOA CABALLERO Y ROSA M. COLON MELENDEZ, COMPUESTA POR SUS HIJO EFRAIN NOVOA COLON; FULANO DE TAL; FULANA DE TAL; SUTANO DE TAL, SUTANA DE TAL, A, B Y C COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS; DEPARTAMENTO DE HACIENDA
Demandados CIVIL NÚM. ECD2013-0561 (611) SOBRE COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE PRENDA E HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA EMPLAZAMIENTO POR EDICTO Estados Unidos de América Presidente de los Estados Unidos Estado Libre Asociado de Puerto Rico S. S. A: FULANO DE TAL, FULANA DE TAL, SUTANO DE TAL, SUTANA DE TAL, A, B Y C COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS DE LAS SUCESIONES MIGUEL NOVIA CABALLERO Y ROSA M. COLON MELENDEZ Por la presente se le emplaza y notifica que debe contestar la demanda dentro del término de treinta (30) días a partir de la publicación del presente edicto, radicando el original de la contestación ante el Tribunal y sala que se menciona en el epígrafe de este edicto con copia a la parte aquí demandante. Se le apercibe que de no contestar la demanda dentro del término aquí estipulado, se le anotará la rebeldía y se dictará sentencia sin más citarle ni oírle. Por la presente el Tribunal de Primera Instancia, conforme al caso de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria vs. Latinoamérica de Exportación, Inc., 164 DPR 689 (2005), le ordena que en el término de treinta (30) días, haga declaración aceptando o repudiando la herencia de las Sucesiones de MIGUEL NOVOA CABALLERO y ROSA M. COLON MELENDEZ. Se le apercibe que de no expresar su intención de aceptar o repudiar la herencia dentro del término que se le fijó, la herencia se tendrá por aceptada. Los abogados de la parte demandante son: García-Chamorro Law Group, P.S.C., 1606 Ave. Ponce de León, Edif. Julio Bogoricín, Suite 900, San Juan, Puerto Rico, 00909, Tel. (787)9771932, Fax (787)722-1932. Expido este edicto bajo mi firma y sello de este Tribunal, hoy OCT 15 2013. CARMEN ANA PEREIRA ORTIZ, SECRETARIO(A) GENERAL, MARIA DEL C. MARTIS LOPEZ, SECRETARIA AUXILIAR. ED-14060 #BP-1630723. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS, SALA SUPERIOR.
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante v.
ILAY DIAZ TORRES su esposa JOANY MICHELLE DIAZ ABREU y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos Demandados CIVIL NUM: E CD2011-0801 (401). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, Funcionario del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, por la presente ANUNCIA y hace saber al público en general que en cumplimiento de la Sentencia dictada el día 15 de diciembre de 2011, procederé a vender en subasta, al mejor postor y por dinero en efectivo o cheque certificado todo título, derecho o interés de la parte demandada nombrada en el epígrafe, sobre la propiedad que más adelante se describe. Se ANUNCIA por medio de este EDICTO que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 14 de noviembre de 2013, a las 9:30 de la mañana, en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE CAGUAS. Siendo ésta la PRIMERA SU-
BASTA que se celebra en este caso, el tipo mínimo aceptable como oferta en la PRIMERA SUBASTA será el tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma de $102,600.00. De no haber remate o adjudicación en esta PRIMERA SUBASTA se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 21 de noviembre de 2013, a las 3:30 de la tarde, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será dos terceras partes del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma total de $68,400.00. Esta SEGUNDA SUBASTA habrá de celebrarse en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE CAGUAS. De no haber remate o adjudicación en esta SEGUNDA SUBASTA se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 5 de diciembre de 2013, a la 1:30 de la tarde, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca. Si tampoco hubiese remate o adjudicación en la TERCERA SUBASTA y se declarase desierta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo el acreedor adjudicarse la propiedad dentro de los diez (10) días siguientes, por la totalidad de la cantidad adeudada. La propiedad a ser vendida en subasta es la que se describe a continuación y para la cual se dan sus datos registrales: ---“URBANA: APARTAMENTO NUMERO CATORCE CERO TRES (1403). Apartamento de forma irregular, localizado al noroeste en la tercera planta del edificio del Módulo Catorce (14) del Condominio Paseo Las Catalinas, situado en la Carretera Estatal Ochocientos Setenta y seis (876) kilómetro Dos punto Siete (2.7) en el Municipio de Caguas, Puerto Rico. El apartamento tiene un área total aproximada de novecientos veintitrés pies cuadrados (923 p2), equivalentes a ochenta y cinco metros cuadrados con setenta y nueve centésimas de otro (85.79 m2). Colinda por el NORTE, en varias alineaciones que totalizan veinticuatro pies con nueve pulgadas (24’09”) equivalentes a siete metros y cincuenta y cuatro centésimas de otro (7.54m) con el área exterior del Módulo; por el SUR, en varias alineaciones que totalizan veinticuatro pies con nueve pulgadas (24’-09”), equivalentes a siete metros y cincuenta y cuatro centésimas de otro (7.54 m) con el pasillo, las escaleras y el recibidor que accesa a ese piso; por el ESTE, en una alineación de cuarenta y dos pies con cero pulgadas (42’-0”), equivalentes a doce metros con ochenta centésimas de otro (12.80 m) con el apartamento catorce cero seis (14.06); y por el OESTE., en varias alineaciones que totalizan cuarenta y dos pies con cero pulgadas (42’-0”), equivalentes a 12 metros con ochenta centesimas de otro (12.80m) en vacío con el área exterior del Módulo. Esta unidad residencial consiste de tres (2) habitaciones con sus guardarropas, uno y medio (1.5) baños, sala, comedor, cocina-lavandería y balcón. La unidad tiene uso común limitado de dos estacionamientos enumerados CATORCE CERO TRES (1403) y catorce cero (1403). La entrada de esta unidad residencial está localizada hacia el Norte, conectando con su escalera de acceso, a una acera abierta que conduce hasta el área de estacionamiento y accesando a la entrada del Condominio Paseo Las Catalinas. Le corresponde además, una participación en los elementos comunes así como en la distribución de ganancias y en los gastos comunes equivalente al cero punto nueve tres cero porciento (0.0930%). Inscrita al folio 125 del tomo 1633 de Caguas, finca #54,257, inscripción 1ra, del Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Primera. DIRECCION: COND. PASEO LAS CATALINAS, APT. 1403 CAGUAS, PUERTO RICO. Además, se notifica de esta Subasta a la Junta de Directores del Condominio PASEO LAS CATALINAS, para que comparezcan a la Subasta a licitar, a fin de proteger los cargos de mantenimiento atrasados y no pagados. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer la Sentencia antes mencionada por la suma principal de $91,964.63 más intereses sobre dicha suma al tipo del 7.000% anual, desde el día 1 de agosto de 2010, hasta su total y completo pago, más la suma estipulada de $10,260.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, más cualesquiera otras sumas que aparezcan de la faz del contrato. Los autos y todos los documentos correspondientes a este procedimiento están de manifiesto en la Secretaría de este Tribunal durante los días y horas laborables, por lo que los interesados pueden referirse al expediente allí archivado, bajo el civil número que aparece en el epígrafe de este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente, que firmo y sello, en CAGUAS, Puerto Rico, hoy día AUG 20 2013. EDGARDO ALDEBOL MIRANDA, ALGUACIL AUXILIAR.
ED-15084 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE CAROLINA.
LOURDES MARIA MORALES RODRIGUEZ Demandante VS
HECTOR MANUEL RIVERA DAVILA Demandado CIVIL NUMERO: F DI2013-0050. MATERIA: DIVORCIO. CAUSAL: SEPARACION. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. S.S. A: HECTOR MANUEL RIVERA DAVILA. CONDOMINIO LAGUNA, PENTHOUSE C, CAROLINA, PUERTO RICO o sea, la parte Demandada arriba mencionada. Por la presente se le emplaza y requiere para que notifique al abogado de la parte Demandante, cuyo, nombre, dirección y teléfono son los que se indican a continuación: LCDO. JOSE ARTURO SOTO VERGÉS. REGISTRO NUMERO 7030. P.O. BOX 211, MAYAGUEZ, PUERTO RICO 00681. TELEFONO: (787) 8060161/FAX: 787-806-0723. Correo electrónico: bufetesotoverges@gmail.com Se le apercibe que si no compareciere usted a contestar la Demanda dentro del término de treinta (30) días a partir de la publicación por edicto, radicando el original de la contestación ante el Tribunal correspondiente, con copia a la parte Demandante, se le anotará la rebeldía y se le dictará sentencia concediendo el remedio solicitado, sin más citarle ni oírle. En CAROLINA, Puerto Rico a AUG 29 2013. MIRIAM ROSA MALDONADO, SECRETARIA REGIONAL. POR: GLORIBEE GALARZA GONZALEZ, SECRETARIA AUX. TRIBUNAL.
ED-15095 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS, SALA SUPERIOR.
DORAL BANK Demandante vs.
JOHN DOE Demandado CIVIL NUM. ECP2013-0075. SOBRE: CANCELACION DE PAGARE EXTRAVIADO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos de América. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. A: JOHN DOE. Se notifica que se presentó en esta Secretaría la Demanda de epígrafe sobre Cancelación de Pagaré Extraviado Por la Vía Judicial. Se le emplaza y requiere para que presente en este Tribunal la contestación a la Demanda y notifique copia de la misma al Lcdo. Armando J. Jiménez Seda, Corporate Center Bldg Ste 601, 33 Calle Resolución, San Juan, PR 00920, teléfono número (787) 625-9700, dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto. Si dejara de hacerlo, podrá dictarse sentencia en rebeldía, concediéndose el remedio solicitado en la Demanda, sin más citarle ni oírle. El pagaré hipotecario objeto de esta demanda, fue emitido a favor de DORAL BANK, por la suma de $6,400.00, con intereses a razón del 12.00% anual, vencedero a la presentación, según consta de la escritura número 52, otorgada en San Juan, Puerto Rico, ante el notario José Oralndo Mercado Gely, inscrita al folio 221 del tomo 1082 de Caguas, finca 5697, inscripción 17ma, Registro de la Propiedad de Caguas Sección I. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y el Sello del Tribunal, hoy OCT 17 2013. CARMEN ANA PEREIRA ORTIZ, SECRETARIA GENERAL. POR: MARIA DEL C. MARTIS LOPEZ, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL I.
EL VOCERO / CLASIFICADOS / VIERNES, 1 DE NOVIEMBRE DE 2013 RP-208 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS SALA SUPERIOR
DORAL BANK Demandante V.
SUCESION DE ANGEL DAVID RODRIGUEZ COTTO t/c/c ANGEL D. RODRIGUEZ COTTO t/c/c ANGEL RODRIGUEZ COTTO COMPUESTA POR CARMEN ELISA RODRIGUEZ VIDAL t/c/c CARMEN E. RODRIGUEZ VIDAL t/c/c CARMEN RODRIGUEZ VIDAL EN LA CUOTA VIUDAL USUFRUCTUARIA, DAVID JOEL RODRIGUEZ RODRIGUEZ, DALYS MARY RODRIGUEZ RODRIGUEZ, FULANO DE TAL, FULANA DE TAL, SUTANO DE TAL, SUTANA DE TAL, A, B Y C COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS; HONORABLE SECRETARIO DEL DEPARTAMENTO DE HACIENDA DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO Demandados CIVIL NUM. ECD2013-0444 (612) EMPLAZAMIENTO POR EDICTO Estados Unidos de América Presidente de los Estados Unidos Estado Libre Asociado de Puerto Rico S. S. A; FULANO DE TAL, FULANA DE TAL, SUTANO DE TAL, SUTANA DE TAL, A, B Y C COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS DE LA SUCESION DE ANGEL DAVID RODRIGUEZ COTTO t/c/c ANGEL D. RODRIGUEZ COTTO t/c/c ANGEL RODRIGUEZ COTTO Por la presente se le emplaza y notifica que debe contestar la demanda dentro del término de treinta (30) días a partir de la publicación del presente edicto, radicando el original de la contestación ante el Tribunal y sala que se menciona en el epígrafe de este edicto con copia a la parte aquí demandante. Se le apercibe que de no contestar la demanda dentro del término aquí estipulado, se le anotará la rebeldía y se dictará sentencia sin más citarle ni oírle. Por la presente el Tribunal de Primera Instancia, conforme al caso de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria vs. Latinoamérica de Exportación, Inc., 164 DPR 689 (2005), le ordena que en el término de treinta (30) días, haga declaración aceptando o repudiando la herencia de la Sucesión de ANGEL DAVID RODRIGUEZ COTTO t/c/c ANGEL D. RODRIGUEZ COTTO t/c/c ANGEL RODRIGUEZ COTTO. Se le apercibe que de no expresar su intención de aceptar o repudiar la herencia dentro del término que se le fijó, la herencia se tendrá por aceptada. Los abogados de la parte demandante son: García-Chamorro Law Group, P.S.C., 1606 Ave. Ponce de León, Edif. Julio Bogoricín, Suite 900, San Juan, Puerto Rico, 00909, Tel. (787)9771932, Fax (787)722-1932. Expido este edicto bajo mi firma y sello de este Tribunal, hoy 25 OCT 2013. CARMEN ANA PEREIRA ORTIZ, Secretario(a) General, Por: LILI RODRIGUEZ RODRIGUEZ, Secretaria Auxiliar.
RP-206 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR
Doral Bank Demandante v.
Omar Rivera Resto Demandado CIVIL NÚM.: DCD2013-2321 (701) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EMPLAZAMIENTO POR EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, El Presidente de los Estados Unidos El Estado Libre Asociado de Puerto Rico A la parte demandada: Omar Rivera Resto a su última dirección conocida FISICA: Urbanización El Cortijo, N-19 Calle 6, Bayamón, PR 00959 POSTAL Urb. El Cortijo, N19 Calle 6, Bayamón PR 00957 Por la presente se le(s) notifica que se ha radicado en la Secretaría de este Tribunal una Demanda en Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca en su contra, en la cual se alega que adeuda a la parte demandante la suma de $65,288.83 por concepto de principal más intereses al tipo pactado de 7.500% anual desde el 1 de marzo de 2013. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además la parte demandada adeuda a la parte demandante los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento; las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $7,200.00 y cualquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca número 304, otorgada ante el Notario Vivian S. Alfonso Rivera, el día 27 de mayo de 2005, sobre la finca número 43,873 inscrita al folio 78 del Tomo 1346 del Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Primera. Este Tribunal ha ordenado que se le(s) cite a usted(es) por edicto que se publicará una sola vez en un periódico de circulación general. Se le(s) emplaza y requiere que dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto excluyendo el día de la publicación de este edicto conteste(n) la demanda radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la Contestación de la Demanda a las oficinas de MARTÍNEZ & TORRES LAW OFFICES, P.S.C. ATENCIÓN al Lcdo. José David Hernández Dávila P. O. Box 192938, San Juan, Puerto Rico 00919-2938; Tel (787)767-8244, Fax (787)767-1183, Abogado de la Parte Demandante. Se le(s) advierte que si dejare(n) de contestar la Demanda en el período de tiempo antes mencionado, podrá dictarse contra usted(es) Sentencia en Rebeldía, concediéndose el remedio solicitado sin más citarle(s) ni oírle(s) EXPEDIDO bajo mi firma y con el Sello del Tribunal. DADA hoy OCT 23 2013, en Bayamón, Puerto Rico. Ruth Aponte Cotto, Secretaria(o) Regional II, María D. Medina, Secretario(a) Auxiliar I. ED-14057 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE SALINAS, SALA SUPERIOR.
DORAL BANK Demandante V.
ELVIN ORTIZ GONZALEZ ANA RIVERA HERNANDEZ t/c/c ANA ROSA RIVERA HERNANDEZ t/c/c ANA R. RIVERA HERNANDEZ
Demandado CIVIL NUM. G4CI201200121. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. AVISO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA. Yo, José A. Torres Vallés, Alguacil Supervisor de la División de Subastas del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Salinas, a los demandados y al público en general les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 15 de enero de 2013 y para satisfacer la Sentencia por la cantidad de $51,330.71 de principal, dictada en el caso el 20 de septiembre de 2012, notificada y archivada en autos el día 1 de octubre de 2012, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado
y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a las propiedad localizada en: en el Municipio de Salinas, Puerto Rico, el bien inmueble que se describe a continuación: --B-7, 21 St., La Trinitaria III Dev., Salinas, Puerto Rico. --URBANA: Parcela de terreno localizada en la Urbanización La Trinitaria III en el Barrio Aguirre del término municipal de Salinas, Puerto Rico, identificada en el Plano de Inscripción Final de la Urbanización La Trinitaria III con el número SIETE (7) DEL BLOQUE “B” con una cabida superficial de trescientos punto quince (300.15) metros cuadrados, en linces por el NORTE, en trece punto treinticuatro (13.34) metros con el Lote número B-Diez (B10); por el SUR, en trece punto treinticuatro (13.34) metros con la Calle número Veintiuno (21); por el ESTE, en veintidós punto cincuenta (22.50) metros con el Lote número B-Seis (B-6); y por el OESTE, en veintidós punto cincuenta (22.50) metros con el Lote número B-Ocho (B-8). --Enclava una casa de hormigón armado y bloques de concreto de una sola planta, de tres (3) cuartos dormitorios en solar interior, diseñada para fines residenciales y construida de acuerdo con los planos y especificaciones aprobados por la Administración de Reglamentos y Permisos de Puerto Rico. ---Es segregación de la finca que se encuentra presentada y pendiente de inscripción al asiento doscientos noventa y uno (291) del Diario quinientos noventa (590), del Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección de Guayama. Que con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Salinas. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $56,000.00 para la propiedad descrita. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 partes del valor de la tasación. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en ésta el tipo mínimo será de la 1/2 del valor de la tasación. Para el lote descrito, la primera subasta se llevará a cabo el día 13 de noviembre de 2013, a las 11:30 de la mañana. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una segunda subasta el día 20 de noviembre de 2013, a las 10:30 de la mañana. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una tercera subasta el día 27 de noviembre de 2013, a las 10:30 de la mañana. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Salinas. De Estudio de Título realizado surge el siguiente gravamen posterior el cual podrá ser cancelado: HIPOTECA: Constituida por Elvin Ortiz González y Ana Rosa Rivera Hernández, en garantía de un pagaré a favor de Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico, o a su orden, por la suma de $15,000.00, sin intereses y a vencer el 31 de marzo del año 2013, según consta de la escritura #376, otorgada en San Juan, el 31 de marzo de 2005, ante el Notario José Manuel Casanova Rivera, inscrito al folio 201 del tomo 280 de Salinas, finca #11,839, inscripción 3ra. Condiciones la Llave para su hogar por 8 años. Se le advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así co-
mo la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Salinas, Puerto Rico, a 11 de octubre de 2013. (FDO.) ALGUACIL. JOSE A. TORRES VALLES, ALGUACIL CONFIDENCIAL. TRIBUNAL DE GUAYAMA. ED-16015 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE HUMACAO.
DORAL BANK Demandante v.
SUCESION DE MODESTO ARROYO MARQUEZ compuesta por LIZANDRA ARROYO COLON LYNETTE ARROYO COLON FULANO Y SUTANO DE TAL SUCESION DE CARMEN DELIA COLON LEBRON compuesta por LIZANDRA ARROYO COLON LYNNETTE ARROYO COLON PERENSEJO DE TAL y SUTANEJO DE TAL Demandado(a) CIVIL: HSCI201201374. SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: SUCESION DE MODESTO ARROYO MARQUEZ compuesta por LIZANDRA ARROYO COLON; LYNETTE ARROYO COLON; FULANO Y SUTANO DE TAL; SUCESION DE CARMEN DELIA COLON LEBRON compuesta por LIZANDRA ARROYO COLON; LYNETTE ARROYO COLON; PERENSEJO DE TAL y SUTANEJO DE TAL; su última dirección conocida: VILLAS DE MAUNABO 25 G-6 CALLE LAS FLORES, MAUNABO PR 00707; P/C DEL LCDO. CARLOS G. BATISTA JIMENEZ. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 4 de septiembre de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 23 de octubre de 2013. EN HUMACAO, Puerto Rico, el 23 de octubre de 2013. DOMINGA GOMEZ FUSTER, SEC. REGIONAL. LUZ MILAGROS CAMILO NAZARIO. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR.
ED-16017 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA., SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.
SCOTIABANK DE PUERTO RICO Demandante
CERVANTISIMO INC. SIGLO REAL CORPORATION JAIME SANCHEZ ROSADO t/c/c JAME SANCHEZ ROSADO LINDA MARIA RUEKERT SANCHEZ t/c/c LINDA SANCHEZ y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos
Demandado(a) CIVIL NUM.: K CD2013-0868. SALA: 908. SOBRE: COBRO DE DINERO, EJECUCION DE PRENDA Y EJECUCION DE HIPOTECA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: CERVANTISIMO INC., SIGLO REAL CORPORATION, JAIME SANCHEZ ROSADO t/c/c JAME SANCHEZ ROSADO, LINDA MARIA RUEKERT SANCHEZ t/c/c LINDA SANCHEZ y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 8 de octubre de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 24 de octubre de 2013. En SAN JUAN, Puerto Rico, el 24 de octubre de 2013. REBECCA RIVERA TORRES. NOMBRE SECRETARIO(A). VANESSA ROSARIO ALICEA. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR. ED-14059 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE COAMO, SALA SUPERIOR.
DORAL BANK Demandante vs.
FERNANDO JAVIER PEREZ GONZALEZ su esposa JEANNETTE FLORES VIERA Sociedad de Bienes Gananciales compuesta por ambos
Demandados CIVIL NUM. B2CI2012-0066. SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. A: FERNANDO JAVIER PEREZ GONZALEZ su esposa JEANNETTE FLORES VIERA y la Sociedad de Bienes Gananciales compuesta por ambos; DEPARTAMENTO DE HACIENDA DE PUERTO RICO por cualquier contribución adeudada y al público en general: CERTIFICO Y HAGO CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por el Secretario del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Coamo, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, por se-
parado, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, en mi oficina sita en el Edificio del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Coamo, el día 13 de noviembre de 2013 a las 11:00 de la mañana, todo título, derecho, participación y/o interés que le corresponda o pueda corresponderle a la parte demandada y/o cualquiera de ellos en el inmueble hipotecado objeto de ejecución que se describe a continuación: ---URBANA: Solar número veintiséis (26) del bloque N de la Urbanización Extensión Jardines de Coamo, radicado en el Barrio San Idelfonso del Municipio de Coamo, Puerto Rico, con una cabida de trescientos (300.00) metros cuadrados, colinda por el norte en veinticinco (25.00) metros con el solar número N-Veinticinco (25), por el Sur en veinticinco (25.00) metros con el solar número N-Veintisiete (27), por el Este en doce (12.00) metros con la calle número diecisiete (17); y por el Oeste en doce (12.00) metros con la calle número diecinueve-A (19-A). Contiene casa de hormigón, bloques y otros materiales dedicada a vivienda. La hipoteca objeto de ejecución se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad, Sección de Barranquitas, al folio 26 del tomo 306 de Coamo, finca número 17,914. Se establece como tipo mínimo de la primera subasta la suma de $64,452.00. De resultar necesaria una segunda subasta por declararse desierta la primera, la misma se celebrará en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Coamo, el día 20 de noviembre de 2013 a las 11:00 de la mañana, y se establece como tipo mínimo para dicha segunda subasta la suma de $42,968.00, equivalente a 2/3 partes del tipo mínimo establecido originalmente para la primera subasta. De no adjudicarse la propiedad en esa segunda subasta, se celebrará una tercera subasta en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Coamo, el día 27 de noviembre de 2013 a las 11:00 de la mañana, y se establece como tipo mínimo para dicha tercera subasta la suma de $32,226.00, equivalente a la mitad del tipo mínimo establecido para la primera subasta. La subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la parte demandante el importe de la Sentencia dictada a su favor ascendente a la suma de $56,534.93, balance de principal del pagaré hipotecario objeto de ejecución, los intereses al tipo convenido del 7% anual devengados sobre dicho principal hasta el día 1ro de mayo de 2011, más los devengados desde dicha fecha y los que se devenguen hasta el total y completo pago de la deuda, más los cargos por demora incurridos desde dicha fecha hasta el total y completo pago de la deuda, la suma de $6,445.20, para costas, gastos y honorarios de abogado del demandante según pactados en el pagaré y en el contrato de hipoteca y cualesquiera otros adelantos para el pago de contribuciones y pólizas de seguro hechos por la demandante. Se notifica a todos los interesados que todas las actas y demás constancias del expediente de este caso están disponibles en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables para ser examinadas. Se entiende que todo licitador acepta como bastante la titularidad que da base a la misma. La susodicha venta en pública subasta, se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte dicha propiedad con rango posterior al gravamen aquí ejecutado. A su vez cualquier gravamen preferente al crédito que da base a esta ejecución continuará subsistente, entendiéndose que el adjudicatario en la subasta lo acepta y queda subrogado en la responsabilidad de su pago. Y para conocimiento de la parte demandada, de todas aquellas personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen objeto de ejecución, de todos los licitadores y del público en general, expido el presente Edicto de Subasta para su publicación dos (2) veces por espacio de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones. en un diario de circulación general en Puerto Rico, así como para su publicación por espacio de dos (2) semanas en tres (3) sitios públicos del Municipio de Coamo, Puerto Rico, expedido el mismo en Coamo, Puerto Rico, hoy día 13 de agosto de 2013. (FDO.) ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE COAMO. OMAR ROSA FUENTES, ALGUACIL.
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ED-16006 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMON.
ED-16020 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN LORENZO.
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HECTOR JAVIER SANTIAGO RAMOS t/c/c HECTOR J. SANTIAGO RAMOS t/c/c HECTOR SANTIAGO RAMOS DENIES MALDONADO SANTIAGO y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos
ANGEL ALBERTO DE JESUS VAZQUEZ t/c/c ANGEL A. DE JESUS VAZQUEZ t/c/c ANGEL DE JESUS VAZQUEZ RAHAIZA MARIE DE JESUS VAZQUEZ t/c/c RAHAIZA M. DE JESUS VAZQUEZ t/c/c RAHAIZA DE JESUS VAZQUEZ ESTHER CORDERO CRUZ
Demandante v.
Demandado(a) CIVIL: D CD2013-1695 (401). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: HECTOR JAVIER SANTIAGO RAMOS t/c/c HECTOR J. SANTIAGO RAMOS t/c/c HECTOR SANTIAGO RAMOS, DENIES MALDONADO SANTIAGO y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 15 de octubre de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 23 de octubre de 2013. EN BAYAMON, Puerto Rico, el 23 de octubre de 2013. RUTH APONTE COTTO, SEC. REGIONAL II. SANDRA I. BAEZ HERNANDEZ. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR.
Demandante v.
Demandado(a) CIVIL: E2CI2013-0175. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: ANGEL ALBERTO DE JESUS VAZQUEZ t/c/c ANGEL A. DE JESUS VAZQUEZ t/c/c ANGEL DE JESUS VAZQUEZ; RAHAIZA MARIE DE JESUS VAZQUEZ t/c/c RAHAIZA M. DE JESUS VAZQUEZ t/c/c RAHAIZA DE JESUS VAZQUEZ; ESTHER CORDERO CRUZ. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 18 de septiembre de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 24 de octubre de 2013. EN SAN LORENZO, Puerto Rico, el 24 de octubre de 2013. MARIBEL BARREIRO MAYMI. NOMBRE SECRETARIO(A). ANA D. FLORES FLORES. NOMBRE ED-16008 ESTADO LIBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. ASOCIADO DE PUERTO RICO. FIRMA SECRETARIO(A) AUXITRIBUNAL DE PRIMERA INS- LIAR. TANCIA, SALA DE PONCE.
TEXEIRA RENTAS DAVID Demandante VS.
DB-549 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO BTRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE FAJARDOSALA SUPERIOR
EX PARTE
DORAL BANK
Demandado CASO: J JV2012-1061. SALON: 0503. SOBRE: JURISDICCION VOLUNTARIA. EXPEDIENTE DE DOMINIO (CAUSAL/DELITO). LIC. MARQUEZ COLON SALVADOR. 485 AVE. TITO CASTRO SUITE 102 PONCE, PR 00716-0209. NOTIFICACION DE SENTENCIA. EL SECRETARIO que suscribe notifica a usted que este Tribunal ha dictado Sentencia en el caso de epígrafe con fecha 22 de octubre de 2013, que ha sido debidamente registrada y archivada en los autos de este caso, donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Y, siendo o representando usted la parte perjudicada por la Sentencia, de la cual puede establecerse recurso de apelación, dirijo a usted esta notificación, habiendo archivado en los autos de este caso copia de ella con fecha de 24 de octubre de 2013. ROMAN TORO RUBEN. PO BOX 1831 YAUCO, PR 00698. POMALES MORALES MARISOL. APARTADO 363928 CORREO GENERAL SAN JUAN, PR 00936. DEPARTAMENTO DE TRANSPORTACION Y OBRAS. PO BOX 41269 SAN JUAN, PR 00940-1269. FISCAL DE DISTRITO. APARTADO 330466 PONCE, PR 00732. PONCE, Puerto Rico, a 24 de octubre de 2013. LUZ MAYRA CARABALLO GARCIA, SECRETARIA INTERINA. POR: EREINA AGRONT LEON, SECRETARIA AUXILIAR.
Demandante v.
JIMMY ROSADO HERNÁNDEZ Demandado CIVIL NÚM: NSCI2007-0394 SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA N REM, EDICTO DE SUBASTA El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE FAJARDO SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, giro o cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 3 de diciembre de 2013, a las 10:15 de la mañana, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE FAJARDO SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Urb Paisajes del Lago, Camino del Yunque 7-B, Luquillo, PR 00773 y que se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el número SIETE (7) del Bloque B, en el plano de
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CLASIFICADOS / VIERNES, 1 DE NOVIEMBRE DE 2013 El periódico de Puerto Rico
inscripción de la Urbanización Paisajes del Lago localizado en los Barrios Sabana y Pitahaya del término municipal de Luquillo, Puerto Rico, con una cabida de OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO PUNTO NOVENTA Y TRES (884.93) metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en una distancia de veinticinco punto veintiocho (25.28) metros, con el solar 'C' guión dieciséis (C-16), el solar 'C' guión diecisiete (C17) y 'C' guión dieciocho (C-18); por el SUR, en una distancia de veinticinco punto veintiocho (25.28) metros con el camino del Yunque; por el ESTE, en una distancia de treinta y seis punto ochenta y siete (36.87) metros con el solar 'B' guión seis (B-6); y por el OESTE, en una distancia de treinta y seis punto ochenta y siete (36.87) metros con el solar 'B' guión ocho (B-8). Enclava una casa. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 37 del Tomo 244 de Luquillo, finca número 11810, en el Registro de la Propiedad de Fajardo. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $212,000.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 10 de diciembre de 2013, a las 10:15 de la mañana. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $141,333.33. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 17 de diciembre de 2013, a las 10:15 de la mañana. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $106,000.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 787, otorgada el día 31 de agosto de 2005, ante el Notario Edgardo Del Valle Galarza y consta inscrita en el Folio 37 del Tomo 244 de Luquillo, finca número 11810, en el Registro de la Propiedad de Fajardo, inscripción octava. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $209,448.37 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 6.950% anual desde el día 1 de noviembre de 2006. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $21,200.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $21,200.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $21,200.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE FAJARDO SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endo-
so, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. A: HIPOTECA: Constituida por Jimmy Rosado Hernández (soltero), en garantía a un pagaré a favor de DORAL FINANCIAL CORPORATION, haciendo negocios como H.F.MORTGAGE BANKERS, o a su orden, por la suma de $53,000.00, con intereses al 6.95% anual y vencedero el 1 de septiembre del 2035, según escritura número 788, otorgada en San Juan, el 31 de agosto del 2005, ante el notario Edgardo Del Valle Galarza. Inscrita al folio 37 del tomo 244 de Luquillo (Agora). Inscripción novena. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en Fajardo, Puerto Rico, hoy día 7 de octubre de 2013. FDO. LUZ E. GARCÍA VILLANUEVA, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE FAJARDO.
ED-16021 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE AGUADILLA.
BANCO SANTANDER DE PUERTO RICO Demandante V.
VALENTIN RAMOS VILLANUEVA GUILLERMINA SALINAS RODRIGUEZ ambos por sí y en representación de la Sociedad Legal de Gananciales por ellos constituida Demandados CIVIL NUM. A CD2013-0230. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: VALENTIN RAMOS VILLANUEVA, GUILLERMINA SALINAS RODRIGUEZ, RAMOS-SALINAS, SOCIEDAD DE GANANCIALES. PUNTA BORINQUEN BASE RAMEY, 133 CALLE LIGHTHOUSE, AGUADILLA PR 00605. 112 LIGHTHOUSE ST., BASE RAMEY, RES. PUNTA BORINQUEN, AGUADILLA PR 00605. EL SECRETARIO que suscribe le notifica a usted que el 18 de octubre de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recursos de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 22 de octubre de 2013. EN AGUADILLA, Puerto Rico, el 22 de octubre de 2013. ANA M. AVILES GONZALEZ, SECRETARIA GENERAL. POR: DAYLILY PEREZ REYES, SECRETARIA AUXILIAR.
ED-16014 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE TOA ALTA.
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante VS.
ANTONIO NIEVES RODRIGUEZ y OTROS
ED-16026 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE AGUADILLA.
JOSE LUIS SOLER CUEBAS Peticionarios
EX PARTE
CIVIL NUM. AJV2013-0120. SOBRE: EXPEDIENTE DE DOMINIO. EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A: LAS PERSONAS IGNORADAS Y DESCONOCIDAS A QUIENES PUDIERA PERJUDICAR LA INSCRIPCION DEL DOMINIO A FAVOR DE LA PARTE PETICIONARIA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE LA FINCA QUE MAS ADELANTE SE DESCRIBIRA Y A TODA PERSONA EN GENERAL QUE CON DERECHO PARA ELLO DESEE OPONERSE A ESTE EXPEDIENTE. Por la presente se le notifica que comparezcan, si creyeren si les convienen ante el Honorable Tribunal dentro de veinte (20) días a partir de la última publicación de este Edicto, y exponer a lo que a sus derechos convenga en el Expediente promovido por la parte peticionaria para adquirir su dominio sobre la siguiente finca: RUSTICA: Marcada como Solar #2, según su plano de inscripción, sita en el Barrio Piletas de Lares, Puerto Rico, compuesta de tres mil novecientos treinta puno treinta y nueve cinco seis (3,930.3956 m/c) igual a una cuerda, en lindes al Norte y en cuatro alineaciones con la Sucesión de Juan Aquino; al Sur y en seis alineaciones con una carretera municipal; al Este en dos alineaciones con el solar número tres (3), al Oeste con el solar número tres (3); a; Oeste con el solar número uno. Afecta a una servidumbre a favor de la Autoridad de Energía Eléctrica. Debe notificar con copia de sus alegaciones a la representación legal de la promovente: Lcdo. Edwin Rosas Gaud, P.O. Box. 370, Las Marías, Puerto Rico. Se le advierte que de o hacer oposición alguna dentro del término antes expresado, la parte peticionaria podrá obtener que se apruebe el expediente de dominio y el Tribunal ordene la inscripción de la finca a su favor en el Registro de la Propiedad correspondiente. En MAYAGUEZ, Puerto Rico a 10 de septiembre de 2013. ANA M. AVILES GONZALEZ, SECRETARIA REGIONAL. BRENDA VISBAL CASTRO, SUB-SECRETARIA.
Demandados CASO CIVIL NUM. CD13-0764. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: SRA. IRIS MIRTHA SOLER PADILLA t/c/c IRIS MYRTA SOLER PADILLA t/c/c IRIS SOLER PADILLA p/c LCDA. LUZ VALENTIN GARCIA-PO Box 3361 BAYAMON PR 00958. SR. ANTONIO NIEVES RODRIGUEZ por sí y como representante de la SLG compuesta con IRIS MYRTHA SOLER PADILLA t/c/c IRIS MYRTA SOLER PADILLA tcc IRIS SOLER PADILLA - RR 3 BOX 9560 TOA ALTA PR 00953. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 11 de octubre de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los (10) días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de (30) días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 23 de octubre de 2013. En TOA ALTA, Puerto Rico, el 23 de octubre de 2013. CC: LCDO. JOSE HERNANDEZ DAVILA - PO BOX 192938 SAN JUAN PR 00919-2938. MIGDALIA MARRERO CALDERON. NOMBRE SECRETARIO(A) REGIONAL. LIRIAM M. HERNANDEZ OTERO. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR. ED-16016 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. ED-16024 ESTADO LIBRE TRIBUNAL GENERAL DE JUSASOCIADO DE PUERTO RICO. TICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA TRIBUNAL DE PRIMERA INS- INSTANCIA, SALA SUPERIOR TANCIA, CENTRO JUDICIAL DE DE GUAYAMA.. HUMACAO, SALA SUPERIOR.
DORAL BANK Demandante vs.
JOHN DOE Demandado CIVIL NUM. H1CI2013-00709 (207). SOBRE: CANCELACION DE PAGARE EXTRAVIADO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos de América. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. A: JOHN DOE. Se notifica que se presentó en esta Secretaría la Demanda de epígrafe sobre Cancelación de Pagaré Extraviado Por la Vía Judicial. Se le emplaza y requiere para que presente en este Tribunal la contestación a la Demanda y notifique copia de la misma al Lcdo. Armando J. Jiménez Seda, Corporate Center Bldg Ste 601, 33 Calle Resolución, San Juan, PR 00920, teléfono número (787) 625-9700, dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto. Si dejara de hacerlo, podrá dictarse sentencia en rebeldía, concediéndose el remedio solicitado en la Demanda, sin más citarle ni oírle. El pagaré hipotecario objeto de esta demanda, fue emitido a favor de HF INC., por la suma de $20,000.00, con intereses al 13 3/8% anual, vencedero el 1 de mayo de 2005, garantizado con una hipoteca constituida mediante la escritura número 496, otorgada en San Juan, Puerto Rico, ante el notario Raul Tous Bobonis, inscrita al folio 245 del tomo 172 de Naguabo, finca 9714, inscripción 1ra, Registro de la Propiedad de Humacao. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y el Sello del Tribunal, hoy 21 de octubre de 2013. DOMINGA GONZALEZ FUSTER, SECRETARIA REGIONAL. POR: SONIA N. RIVERA SUAREZ, SEC. DE SERVICIOS A SALA.
DORAL BANK Demandante v.
JOSE ANTONIO MALDONADO FIGUEROA y BLANCA IVETTE DIAZ RIVERA Demandado(a) CIVIL NUM. G CD2013-0076. SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: BLANCA IVETTE DIAZ RIVERA. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 16 de octubre de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 23 de octubre de 2013. EN GUAYAMA, Puerto Rico, el 23 de octubre de 2013. MARISOL ROSADO RODRIGUEZ. NOMBRE SECRETARIO(A) REGIONAL. DINA GARCIA GARCIA. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR.
ED-16009 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMON.
ED-16012 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE TOA ALTA.
ED-16003 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMON.
ED-16005 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMON.
DORAL RECOVERY II LLC
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO
DORAL BANK
DORAL BANK
JOSE OMAR SANTANA HERNANDEZ y OTROS
JERRY RIOS RIVERA Y OTROS
Demandante v.
Demandante VS.
LIBERTY WILLIAM BETZAIDA ROLON COLLAZO AYALA GUTIERREZ ELIZABETH MARIA tcc BETZAIDA ACEVEDO CRESPO y AYALA GUTIERRE la Sociedad Legal de tcc BETZAIDA Bienes Gananciales AYALA DE MARQUEZ Demandados compuesta CASO CIVIL NUM. CD13-0379. SOBRE: COBRO DE DINERO Y por ambos EJECUCION DE HIPOTECA.
Demandado(a) CIVIL: D CD2013-1495 (401). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: LIBERTY WILLIAM ROLON COLLAZO, ELIZABETH MARIA ACEVEDO CRESPO y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 18 de octubre de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 23 de octubre de 2013. En BAYAMON, Puerto Rico, el 23 de octubre de 2013. RUTH N. APONTE COTTO-SEC REGIONAL II. SANDRA I. BAEZ HERNANDEZ. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR.
NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: SRA. BETZAIDA AYALA GUTIERREZ tcc BETZAIDA AYALA GUTIERRE tcc BETZAIDA AYALA DE MARQUEZ - Bo. Higuillar 216 Parc San Antonio Dorado PR 00646. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 11 de octubre de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los (10) días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de (30) días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 24 de octubre de 2013. EN TOA ALTA, Puerto Rico, el 24 de octubre de 2013. CC: LCDO. JOSE HERNANDEZ DAVILA-PO Box 192938 SAN JUAN PR 00919-2938. MIGALIA MARRERO CALDERON. NOMBRE SECRETARIO(A) REGIONAL. LIRIAM M. HERNANDEZ OTERO. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR.
ED-16025 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMON.
ED-16002 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMON.
SABDIEL SANTIAGO TORRES JENNIFER GUZMAN MORALES Peticionarios
EX-PARTE CIVIL NUM.: DJV2013-1476. SOBRE: INFORMACION DE DOMINIO. EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS. A: PERSONAS IGNORADAS A QUIENES PUEDA PERJUDICAR LA INSCRIPCION DE ESTE DOMINIO, JOHN DOE: Por la presente se le notifica para que comparezca ante este Tribunal, si a bien creyere conveniente, en el término de 30 días contados a partir de la fecha de publicación del último Edicto, a exponer su derecho contra el peticionario para adquirir dominio que tiene sobre la siguiente finca: ---”RUSTICA: Predio de terreno en el Barrio Abras (Mavillas) de Corozal, PR, con cabida de 2,274.0539 M/C, en lindes: por el NORTE, en 79.006 metros, en parte, con Rafael Vega y, en parte, con Sara Ortiz Miranda, separados por Camino; por el SUR, en 82.129 metros, con quebrada y Efraín Guzmán Ríos (otra finca); por el ESTE, en 28.810 metros, Efraín Guzmán Ríos; y por el OESTE, en 28.296 metros, con Suc. Félix Torres y Camino que conduce a Carretera Estatal 159.” Debe notificar copia de sus alegaciones al abogado del Peticionario: Lcdo. Roberto Vázquez Rodríguez, Calle San Manuel No. 1 (altos), Corozal, Puerto Rico 00783, Tel. 787-8592246. Extendido bajo mi firma y sello del Tribunal, en Bayamón, Puerto Rico, hoy 26 de sept. del 2013. RUTH N. APONTE COTTO, SECRETARIO. IDA SEDA PAGAN, SECRETARIA AUXILIAR.
DORAL BANK Demandante v.
SANDRA FIGUEROA CANTIZANIZ Demandado(a) CIVIL: D CD2013-1009. SALA 703. SOBRE: ACCION IN REM Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA (VIA ORDINARIA). NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: SANDRA FIGUEROA CANTIZANIS. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 16 de octubre de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 22 de octubre de 2013. EN BAYAMON, Puerto Rico, el 22 de octubre de 2013. RUTH APONTE COTTO, SEC. REGIONAL II. MARILYN COLON CARRASQUILLO. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR.
Demandante v.
Demandante v.
Demandado(a) CIVIL: D CD2013-0497. SALA 702. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE PRENDA E HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: JUANA RIVERA DIAZ, por sí y en representación de la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ella y su esposo DOLORES RIOS COLON A-13 VILLA MATILDE, TOA ALTA, PR 00953/C1 A-15, URB. VILLA MATILDE, TOA ALTA, PR 00953. JERRY RIOS RIVERA A-13 VILLA MATILDE, TOA ALTA, PR 00953/C/1-15, URB. VILLA MATILDE, TOA ALTA, PR 00953. DOLORES RIOS COLON. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 10 de octubre de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 24 de octubre de 2013. EN BAYAMON, Puerto Rico, el 24 de octubre de 2013. RUTH APONTE COTTO, SEC. REGIONAL II. CARMEN M. PINTADO. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR.
Demandado(a) CIVIL: D CD2013-1232. SALA 501. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: JOSE OMAR SANTANA HERNANDEZ, por sí en representación de la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por él y su esposa EYDIE ANN TORO PEREZ; 1511 PASEO DELTA ST. LEVIT, TOA BAJA PR 00959. EYDIE ANN TORO PEREZ por sí y en representación de la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ella y su esposo JOSE OMAR SANTANA HERNANDEZ. EL(LA) SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 21 de octubre de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 24 de octubre de 2013. EN BAYAMON, Puerto Rico, el 24 de octubre de 2013. RUTH APONTE COTTO, SEC. REGIONAL II. CARMEN M. PINTADO. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA ED-16011 ESTADO LIBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSED-16001 ESTADO LIBRE TICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA ASOCIADO DE PUERTO RICO. INSTANCIA, SALA SUPERIOR TRIBUNAL GENERAL DE JUS- DE COMERIO. TICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE CAROLINA EN RG. Demandante v.
DORAL BANK
DORAL BANK Demandante v.
MARIA TERESA RODRIGUEZ MARTINEZ t/c/c y OTROS
Demandado(a) CIVIL: FCCI2013-00007. SALON: 0004. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: FULANO DE TAL, FULANA DE TAL, SUTANO DE TAL, SUTANAN DE TAL, A, B y C como herederos desconocidos de la SUCESION DE JESUS MANUEL ROBLES CARRERA. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 15 de octubre de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 23 de octubre de 2013. EN RIO GRANDE, Puerto Rico, el 23 de octubre de 2013. MIRIAM ROSA MALDONADO. NOMBRE SECRETARIO(A). SUE LAURIE SOTO ACEVEDO. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR.
ISMAEL FIGUEROA SANTOS AUREA ESTHER MEDINA TORRES y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos
Demandado(a) CIVIL: B3CI201300160. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: AUREA ESTHER MEDINA TORRES. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 10 de octubre de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 23 de octubre de 2013. En COMERIO, Puerto Rico, el 23 de octubre de 2013. CARMEN A. TORRES TORRES. NOMBRE SECRETARIO(A). MIRTA I. GARCED PEREZ. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR.
EL VOCERO / CLASIFICADOS / VIERNES, 1 DE NOVIEMBRE DE 2013 ED-16004 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMON.
DORAL RECOVERY II Demandante v.
NICOLAS LOPEZ PEÑA MILDRED CRUZ SOTO y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos
Demandado(a) CIVIL: D CD2013-1314. SALA 703. SOBRE: COBRO DE DINERO. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: NICOLAS LOPEZ PEÑA, MILDRED CRUZ SOTO y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 17 de octubre de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 24 de octubre de 2013. EN BAYAMON, Puerto Rico, el 24 de octubre de 2013. RUTH APONTE COTTO, SEC. REGIONAL II. MARILYN COLON CARRASQUILLO. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR. ED-16022 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.
PRIAMO O. PASTOR LEON por sí y como Presidente de OZ INVESTMENTS, INC. Demandantes vs.
MIRTA RAMOS RAMOS y HECTOR GARCIA MURIEL Demandados CASO NUM.: KAC 2013-0294. SALON NUM.: 508. SOBRE: ACCION CIVIL DE: DAÑOS Y PERJUICIOS. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. A: HECTOR GARCIA MURIEL. 1485 Ave. Ashford-Suite 1203-1 Condado, San Juan, Puerto Rico 00907. POR LA PRESENTE, se les notifica que la parte demandante ha presentado ante este Honorable Tribunal una demanda de Cobro de Dinero y Daños y Perjuicios. Representa a la parte peticionaria el abogado cuyo nombre, dirección y teléfono, son los que se indican a continuación: LIC. JOSE PORBEN ULLOA. P.O. BOX 364624, SAN JUAN, P.R. 00936-4624. Teléfono & FAX (787) 781-8544. E-mail: jporbenlaw@coqui.net LCDA. DINORAH BURGOS GARCIA. RUA 9232, Ave. Andalucía #626 Urb. Puerto Nuevo San Juan, P.R. 00920. Tel: (787) 642-4205. Email: dinoburgar@hotmail.com Se le apercibe de que si no compareciera usted a contestar dicha demanda dentro del término de treinta (30) días a partir de la fecha del Edicto, se le anotará la rebeldía y se dictará sentencia concediendo el remedio solicitado, sin más citarle ni oírle. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y Sello del Tribunal, hoy OCT 23 2013. LCDA. REBECCA RIVERA TORRES, SECRETARIA REGIONAL. POR: BRENDA BAEZ ACABA, SECRETARIA SERV. A SALA.
ED-16027 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN, SALA SUPERIOR.
DORAL RECOVERY II LLC Demandante vs.
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO JOHN DOE
Demandado CIVIL NUM. KCP2013-0199. SALA 508. SOBRE: CANCELACION DE PAGARE EXTRAVIADO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos de América. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. A: JOHN DOE. Se notifica que se presentó en esta Secretaría la Demanda de epígrafe sobre Cancelación de Pagaré Extraviado Por la Vía Judicial. Se le emplaza y requiere para que presente en este Tribunal la contestación a la Demanda y notifique copia de la misma al Lcdo. Armando J. Jiménez Seda, Corporate Center Bldg Ste 601, 33 Calle Resolución, San Juan, PR 00920, teléfono número (787) 625-9700, dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto. Si dejara de hacerlo, podrá dictarse sentencia en rebeldía, concediéndose el remedio solicitado en la Demanda, sin más citarle ni oírle. El pagaré hipotecario objeto de esta demanda, fue emitido a favor de WESTERNBANK DE PUERTO RICO, hoy día, BANCO POPULAR DE PUERTO RICO, por la suma de $275,000.00, con intereses al 2.00% sobre el por ciento preferencial, vencedero a la presentación, garantizado con una hipoteca constituida mediante la escritura número 50, otorgada en Ponce, Puerto Rico, ante el notario José Héctor Vivas, inscrita al folio 50 del tomo 1494 de Río Piedras Norte, finca 5727, inscripción 13ma, Registro de la Propiedad de San Juan Sección Segunda. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y el Sello del Tribunal, hoy OCT 16 2013. LCDA. REBECCA RIVERA TORRES, SECRETARIA REGIONAL. POR: ANA G. MATOS SANCHEZ, SECRETARIA SERV. A SALA. ED-16019 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN LORENZO.
DORAL BANK Demandante v.
SUCESION DE JOSE M. RODRIGUEZ ORTIZ t/c/c JOSE MIGUEL RODRIGUEZ ORTIZ Demandado(a) CIVIL: E2CI2013-0180. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: FULANO DE TAL, FULANA DE TAL, SUTANO DE TAL, SUTANA DE TAL, A, B Y C como herederos desconocidos de la SUCESION DE JOSE M. RODRIGUEZ ORTIZ t/c/c JOSE MIGUEL RODRIGUEZ ORTIZ. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 12 de septiembre de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 24 de octubre de 2013. En SAN LORENZO, Puerto Rico, el 24 de octubre de 2013. MARIBEL BARREIRO MAYMI. NOMBRE SECRETARIO(A). ANA D. FLORES FLORES. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR.
ED-16010 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE CAGUAS.
ED-16018 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA MUNICIPAL DE CAROLINA.
DORAL BANK
DORAL BANK
WILLIAM SERRANO SANTIAGO VILMA DE LA VEGA GONZALEZ y TERESA GONZALEZ HUERTAS
LUIS ANGEL CORTEZ VELEZ
Demandante v.
Demandado(a) CIVIL NUM. E CD2013-0487. SALA 612. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: WILLIAM SERRANO SANTIAGO. VILMA DE LA VEGA GONZALEZ. TERESA GONZALEZ HUERTAS. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 7 de agosto de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 24 DE OCTUBRE de 2013. EN CAGUAS, Puerto Rico, el 24 de octubre de 2013. CARMEN A. PEREIRA ORTIZ, SECRETARIA REGIONAL INT. CYNTHIA GARCIA DEL VALLE. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR.
Demandante v.
Demandado(a) CIVIL: F CD2013-0472. SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: LUIS ANGEL CORTEZ VELEZ t/c/c LUIS A. CORTES VELEZ. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 7 de octubre de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 24 de octubre de 2013. EN CAROLINA, Puerto Rico, el 24 de octubre de 2013. MIRIAM ROSA MALDONADO. NOMBRE SECRETARIO(A) REGIONAL. INGRID PEREZ OSORIO. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR. ED-16023 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. SALA SUPERIOR DE GUAYAMA.
PATRICIA SANTURIO Demandante v.
JOHN E. KENNETT RAMIREZ
ED-16013 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSDemandado(a) TICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA CIVIL NUM. G CD2012-0432. INSTANCIA, SALA SUPERIOR SOBRE: COBRO DE DINERO Y DAÑOS Y PERJUICIOS. NOTIDE BAYAMON. FICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: JOHN E. KENNETT RAMIREZ por edicto Demandante p/c del LCDO. JOSE PORBEN v. ULLOA. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 18 de octubre de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o ResoluDemandado(a) CIVIL: D CD2013-0725. SALA ción en este caso, que ha sido 701. SOBRE: COBRO DE DINE- debidamente registrada y archiRO Y EJECUCION DE HIPOTE- vada en autos donde podrá usCA POR LA (VIA ORDINARIA). ted enterarse detalladamente de NOTIFICACION DE SENTENCIA los términos de la misma. Esta POR EDICTO. A: MARIA JU- notificación se publicará una sola LIA NIEVES GARCIA a su últi- vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto ma dirección conocida física: Rico, dentro de los 10 días siCOND. LAS VILLAS DE CIU- guientes a su notificación. Y, DAD JARDIN, APT. 231-H siendo o representando usted (PENTHOUSE), BO. PAJAROS, una parte en el procedimiento LOS PINOS COURT, BAYA- sujeta a los términos de la SenMON, PR 00956; COND. VILLAS tencia, Sentencia Parcial o ResoDE CIUDAD JARDIN, TOA AL- lución, de la cual puede estableTA, PR 00953 POSTAL: PO cerse recurso de revisión o apeBOX 537, VEGA BAJA, PR lación dentro del término de 30 00694. EL SECRETARIO(A) que días contados a partir de la publisuscribe le notifica a usted que cación por edicto de esta notifi17 de octubre de 2013, este Tri- cación, dirijo a usted esta notifibunal ha dictado Sentencia, Sen- cación que se considerará hecha tencia Parcial o Resolución en en la fecha de la publicación de este caso, que ha sido debida- este edicto. Copia de esta notifimente registrada y archivada en cación ha sido archivada en los autos donde podrá usted ente- autos de este caso, con fecha de 23 de octubre de 2013. En Guararse detalladamente de los tér- yama, Puerto Rico, el 23 de ocminos de la misma. Esta notifica- tubre de 2013. MARISOL ROSAción se publicará una sola vez en DO RODRIGUEZ. NOMBRE SEun periódico de circulación gene- CRETARIO(A). YAMILE DIAZ ral en la Isla de Puerto Rico, TORRES. NOMBRE SECRETAdentro de los 10 días siguientes RIO(A) AUXILIAR. FIRMA SEa su notificación. Y, siendo o re- CRETARIO(A) AUXILIAR. presentando usted una parte en el procedimiento sujeta a los tér- RP-163 ESTADO LIBRE ASOminos de la Sentencia, Senten- CIADO DE PUERTO RICO TRIcia Parcial o Resolución, de la BUNAL DE PRIMERA INSTANcual puede establecerse recurso CIA SALA DE CAROLINA de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados Demandante a partir de la publicación por V. edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 24 de octubre de 2013. En BAYAMON, Puerto Rico, el 24 de octubre de 2013. RUTH APONTE COTTO, SEC. REGIONAL II. MARILYN COLON CARRASQUILLO. NOMBRE SECRETARIA AUXILIAR. Demandados FIRMA SECRETARIO(A) AUXICIVIL NÚM. F CD2012-0470 LIAR. (401) SOBRE: COBRO DE DI-
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MARIA JULIA NIEVES GARCIA
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ISMAEL CASADO COLL, JEANYMAR GONZÁLEZ RIVERA Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS
NERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA Yo, Samuel González Isaac, Alguacil Supervisor de la División de Subastas del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina, a los demandados y al público en general les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 7 de febrero de 2013 y para satisfacer la Sentencia por la cantidad de $43,497.60 de principal, dictada en el caso el 24 de agosto de 2012, notificada y archivada en autos el día 16 de octubre de 2012, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a las propiedad localizada en: en el Municipio de Carolina, Puerto Rico, el bien inmueble se describe a continuación: G-6 3 St., Estancias del Parque, Carolina, Puerto Rico 00979 URBANA: Solar marcado con el número G guión Seis localizado en la calle tres del plano de inscripción de la Urbanización Estancias del Parque radicado en el Barrio Canovanillas del término municipal de Carolina, Puerto Rico, con un área superficial de Ciento Cinco punto Setenta y Ocho metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con el solar número G guión Siete, en una distancia de dieciocho punto sesenta metros lineales; por el SUR, con solar G guión Cinco, en una distancia de dieciocho punto cincuenta y nueve metros lineales; por el ESTE, con el solar F guión Seis, en una distancia de cinco punto setenta y cuatro metros lineales; por el OESTE, con la calle número tres, en una distancia de cinco punto setenta y cuatro metros lineales. Enclava una casa. Segregada de la finca número cincuenta mil trescientos veintidos (50,322) inscrita al folio veintiocho del tomo mil ciento sesenta y cuatro de Carolina, del Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Segunda. Presentada y pendiente de calificación al asiento doscientos sesenta y ocho (268) diario doscientos ochenta y cuatro (284) del Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Segunda. Que con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada, en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $52,550.00 para la propiedad descrita. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 partes del valor de la tasación. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en ésta el tipo mínimo será de la 1/2 del valor de la tasación. Para el lote descrito, la primera subasta se llevará a cabo el día 15 de noviembre de 2013, a las 10:30 de la mañana. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una segunda subasta el día 22 de noviembre de 2013, a las 2:30 de la tarde. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una tercera subasta el día 2 de diciembre de 2013, a las 10:00 de la mañana. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina. Se le advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en
la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Carolina, Puerto Rico, a 11 de octubre de 2013. Samuel González Isaac, ALGUACIL. RP-164 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR
DORAL BANK Demandante V.
PEDRO GARCIA BURGOS Demandados CIVIL NUM. F CD2012-0385 (407) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA Yo, Samuel González Isaac, Alguacil Supervisor de la División de Subastas del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina, a los demandados y al público en general les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 3 de junio de 2013 y para satisfacer la Sentencia por la cantidad de $230,319.55 de principal, dictada en el caso el 18 de octubre de 2012, notificada y archivada en autos el día 29 de octubre de 2012, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a las propiedad localizada en el Municipio de Carolina, Puerto Rico, el bien inmueble se describe a continuación: 314 Apt. Marbella Oeste Cond. Carolina, P.R. 00979 URBANA: HORIZONTAL PROPERTY. Residential apartment marked Three hundred fourteen (#314) on the third floor of Marbella del Caribe Condominium West Tower at kilometers Zero point sies (0.6) of State Road number One hundred eighty seven (187) Isla Verde, Puerto Rico, Carolina, Puerto Rico, with an area of Eight hundred seventy nine point fifty eight (879.58) square feet, equivalent to Eighty one point seventy one (81.71) square meters bounding on the North, with public corridor and with apartment number Three hundred twelve (#312); by the East, with apartment number Three hundred twelve (#312); by the West, with apartment number Three hundred fifteen (#315); and by the South with the exterior elements of the building and with the empty space over the parking area and over the commonterrace located over the sale spaces. The apartment consists of living-dining room, kitchen, one bathroom, two bedroom, two closets, and a balcony on its South side. The apartment has a main door connecting with the common corridor of the floor form where access may be gained to the exterior of the building and to the public street by the elevator and stairway. This apartment is equipped with a stainless steel sink, range with oven, Kitchen cabinets, water heater and central air conditioning. Se le asigna el área de estacionamiento número Ciento once (#111). Consta inscrito al folio Doscientos ochenta y tres (283) del tomo Quinientos veinticinco (525) de Carolina, Finca número Veinte mil trescientos noventa y uno (#20,391), al Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Primera (I) de Puerto Rico. Que con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $248,000.00 para la propiedad descrita. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 partes del valor de la tasación. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en esta el tipo mínimo será de la 1/2 del valor de la tasación. Para el lote
descrito, la primera subasta se llevará a cabo el día 15 de noviembre de 2013, a las 9:00 de la mañana. De no comparacer postor alguno se llevará a efecto una segunda subasta el día 22 de noviembre de 2013, a la 1:00 de la tarde. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una tercera subasta el día 2 de diciembre de 2013, a las 9:00 de la mañana. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina. De Estudio de Título realizado surge el siguiente gravamen posterior el cual podrá ser cancelado: HIPOTECA: Constituida por Pedro García Burgos, en garantía de un pagaré a favor de Doral Bank, o a su orden, por la suma de $46,500.00, intereses al 6 5/8% anual y a vencer el 1 de febrero del año 2036, según consta de la escritura #166, otorgada en San Juan, el 3 de febrero de 2006, ante el Notario Luis A. Archilla Díaz, inscrito al folio 208 del tomo 935 (ágora) de Carolina, finca #20,391, inscripción 17ma. Sujeta a condiciones que aceleran su vencimiento. Se le advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Carolina, Puerto Rico, a 11 de octubre de 2013. Samuel González Isaac, ALGUACIL. DB-553 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN
DORAL BANK Demandante V.
ANA JOAQUINA HERNÁNDEZ BIASCOECHEA Demandada CIVIL NUM. K CD2011-1131 (603) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA (VIA ORDINARIA) ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU.) SS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO) EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA El Alguacil que suscribe, Funcionario del Tribunal de Primera instancia de Puerto Rico, por la presente ANUNCIA y hace saber al público en general que en cumplimiento de la Sentencia dictada el día 7 de noviembre de 2011, procederé a vender en subasta, al mejor postor y por dinero en efectivo o cheque certificado todo título, derecho o interés de la parte demandada nombrada en el epígrafe, sobre la propiedad que más adelante se describe. Se ANUNCIA por medio de este EDICTO que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 13 de noviembre de 2013, a las 10:30 de la mañana en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE SAN JUAN. Siendo esta la PRIMERA SUBASTA que se celebra en es-
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te caso, el tipo mínimo aceptable como oferta en la PRIMERA SUBASTA será el tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma de $106,400.00. De no haber remate o adjudicación en esta PRIMERA SUBASTA se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 26 de noviembre de 2013, a las 10:30 de la mañana en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será dos terceras partes del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma total de $70,933.33. Esta SEGUNDA SUBASTA habrá de celebrarse en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE SAN JUAN. De no haber remate o adjudicación en esta SEGUNDA SUBASTA se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 4 de diciembre de 2013, a las 10:30 de la mañana en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca. Si tampoco hubiese remate o adjudicación en la TERCERA SUBASTA y se declarase desierta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo el acreedor adjudicarse la propiedad dentro de los diez (10) días siguientes, por la totalidad de la cantidad adeudada. La propiedad a ser vendida en subasta es la que se describe a continuación y para la cual se dan sus datos registrales: "URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL: Apartamento número dos guión D (2-D). Apartamento residencial localizado en Ia segunda (2da) planta del Condominio Ashford Tower, el cual radica en Ia Avenida Ashford número diez cinuenta (1050) esquina Calle Aguadilla, Sector Condado de Santurce, del término municipal de San Juan, Puerto Rico. Tiene una cabida superficial de quinientos treinta y cinco punto noventa y dos (535.92) pies cuadrados, equivalentes a cuarenta y nueve punto setenta y cinco (49.75) metros cuadrados. Colinda por el NORTE, con el vestíbulo donde tiene su entrada en tres pies cero pulgadas (3’ 0"), equivalente a punto noventa y uno (.91) metros, Ia escalera del edificio en ocho (8) pies, equivalente a dos punto cuarenta y tres (2.43) metros y con el apartamento dos guión C (2-C) en nueve punto cero ocho (9.08) pies, equivalente a dos punto setenta y seis (2.76) metros; por el SUR, con el patio sur del edificio en dieciocho punto cinco (18.5) pies, equivalentes a cinco punto sesenta y tres (5.63) metros; por el ESTE, con el patio este del edificio en treinta y dos punto sesenta y seis (32.66) pies, equivalentes a nueve punto noventa y cinco (9.95) metros; por el OESTE, con el apartamento dos guión B (2-B) en veintiseis punto sesenta y seis (26.66) pies, equivalente a ocho punto doce (8.12) metros y en ocho punto dieciseis (8.16) pies, equivalente a dos punto cincuenta y nueve (2.59) (según certificacion registral dos punto cuarenta y nueve (2.49)) metros. Este apartamento contiene sala-comedor con su closet, cocina, una (1) habitación, baño, pasillo y closet. Le corresponde en los elementos comunes generales una participación equivalente a tres punto dos cuatro cinco por ciento (3.245%). Consta inscrito al folio 188 del tomo 806 de Santurce Norte, finca número 31,278 del Registro de Ia Propiedad de San Juan, Sección Primera.DIRECCIÓN: COND. ASHFORD TOWER APTO. 2-D SAN JUAN, PR 00907 Surge del Estudio de Título efectuado en el caso de epígrafe que sobre la finca descrita anteriormente, pesa el gravamen posterior a la primera hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento, el que se relaciona más adelante, y a cuyos tenedores se les notifica mediante este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta, de la ejecución de la primera hipoteca, para que comparezcan a la subasta en la fecha, hora y sitio antes indicados, a proteger sus derechos, si así lo estiman a bien: 1) Doral Mortgage Corporation, a cuyo favor hay una hipoteca en garantía de un pagaré, por la suma principal de $26,600.00 con intereses al 10.95% y venciendo el 1ro de enero de 2019, constituida mediante la escritura #1258, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 15 de diciembre de 2003, ante la Notario Público Jacqueline Feliciano Archilla, inscrita al folio 191 del tomo 806 de Santurce Norte, finca #31,278, inscripción 5ª. 2) Aviso de Demanda: Caso civil núm. 2007-0109 del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan por Doral Financial Corporation v. Titular, donde solicita pago de la deuda garantizada con hipoteca de la inscripción 4ª, por la suma de $103,803.39,
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CLASIFICADOS / VIERNES, 1 DE NOVIEMBRE DE 2013 El periódico de Puerto Rico
según demanda fechada 13 de febrero del 2008, al folio 204 del tomo 1157 de Santurce Norte, finca #31,278 anotación ‘A’. 3)Estado Libre Asociado de Puerto Rico, a cuyo favor hay un Embargo para responder de la suma principal de $8,001.32, adeudado por Ana Joaquina Hernández Biascoechea, por contribución sobre ingresos; según Certificación del 13 de abril de 2012, al folio 156, Orden No. 624 del libro 4 de Embargos Estatales, Ley 12. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer la Sentencia antes mencionada por la suma principal de $97,801.38 de principal, con intereses al 7.375% anual desde el 1ro de noviembre de 2010, cargos por demoras mensuales, las contribuciones e impuestos, primas de seguro contra riesgo y seguro de hipoteca hasta su completo pago mas la suma pactada de $10,640.00 en concepto de costas, gastos y honorarios de abogado, más los cargos por demora, más cualesquiera otras sumas que aparezcan de la faz del contrato. Dichos pagos se efectuarán en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del (de la) Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. Los autos y todos los documentos correspondientes a este procedimiento están de manifiesto en la Secretaria de este Tribunal durante los días y horas laborables, por lo que los interesados pueden referirse al expediente allí archivado, bajo el civil número que aparece en el epígrafe de este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente, que firmo y sello, en SAN JUAN, Puerto Rico, hoy día 9 de octubre de 2013. Pedro Hieye González, PEDRO HIEYE GONZÁLEZ, ALGUACIL SALA SUPERIOR DE SAN JUAN, Juan M. Ortiz Vázquez, Alguacil Regional #918902 CB-3565 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON SALA SUPERIOR
DORAL BANK Parte Demandante VS
JAVIER VARELA RIVERA; MAYRA ENID DOMENECH ROMAN T/C/C MAYRA DOMENECH ROMAN Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Parte Demandada CIVIL NUM.: D CD2012-0139 SALON NÚM.: 504 SOBRE ACCION CIVIL DE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE SUBASTA A: JAVIER VARELA RIVERA; MAYRA ENID DOMENECH ROMAN T/C/C MAYRA DOMENECH ROMAN Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS; POPULAR MORTGAGE, INC.; Y AL PUBLICO EN GENERAL: El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de Bayamón, Bayamón, Puerto Rico, hago saber a la parte demandada, al PUBLICO EN GENERAL; y a el (los) siguiente(s) gravámen(es) posterior(es): POPULAR MORTGAGE INC.: A cuyo favor aparece inscrito un pagaré por la suma de $35,000.00, sus intereses al 7.250% anual y vencedera el 1 de enero de 2024, según la escritura número 118, otorgada en San Juan, el 5 de diciembre de 2008, ante la notario Rosimar Cacho Natal. Inscrita como asiento abreviado al folio 133 del tomo 437 de Toa Alta, finca número 22,364. Inscripción cuarta. Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 25 de abril de 2013, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que se describe a continuación: URBANA: Solar radicado en la urbanización Plaza de la Fuente, localizada en el barrio Mucarabones del término municipal de Toa Alta, Puerto Rico, con el solar número 20 del bloque B, con un área de 333.510 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en una distancia de 13.00 metros, con los solares número 17 y 18 del mismo bloque; por el SUR, en una distancia de 13.68 metros, con la calle número 4 de la urbanización; por el ESTE, en una distan-
cia de 25.00 metros, con el solar número 19 del mismo bloque y por el OESTE, en una distancia de 25.00 metros, con el solar número 21 del mismo bloque. Enclava edificación. Inscrita al folio 132 del tomo 437 de Toa Alta, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Tercera, finca número 22,364. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la SENTENCIA dictada a su favor, el día 26 de diciembre de 2012, en el presente caso civil, a saber la suma de $192,269.45 de principal, más intereses al 6.75% anual desde el día 1ro. de agosto de 2011, más la suma de $20,960.00, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente a partir del día 1ro. de septiembre de 2011, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el (los) gravamen (es) aquí antes mencionado (s), a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 25 DE NOVIEMBRE DE 2013 A LAS 10:45 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de Bayamón, Bayamón, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $209,600.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 2 DE DICIEMBRE DE 2013 A LAS 2:45 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $139,733.33, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 9 DE DICIEMBRE DE 2013 A LAS 2:45 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $104,800.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse al acreedor la finca aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721) Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría de este Tribunal, durante las horas laborables. EXPIDO, el presente EDICTO, en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 5 de junio de 2013. Alg. Freddy Omar Rodríguez Collazo Alguacil Supervisor División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Bayamón
CB-3568 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON SALA SUPERIOR
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Parte Demandante VS
AGNERIS DEL CARMEN VALENTIN ALVAREZ T/C/C AGNERIS DEL C. VALENTIN ALVAREZ Parte Demandada CIVIL NUM.: DCD2010-1832 SALON NÚM.: 703 SOBRE ACCION CIVIL DE COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE SUBASTA A: AGNERIS DEL CARMEN VALENTIN ALVAREZ T/C/C AGNERIS DEL C. VALENTIN ALVAREZ ; Y AL PUBLICO EN GENERAL El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de Bayamón, Bayamón, Puerto Rico, hago saber, a la parte demandada y al PUBLICO EN GENERAL: Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 15 de febrero de 2013, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que ubica y se describe a continuación: --URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL: Apartamento número 55, localizado en la tercera planta del Edificio 5 del inmueble sometido al Régimen de Propiedad Horizontal denominado Chalets Las Cumbres que radica con la Calle #3-A de la urbanización El Cortijo, Bayamón, Puerto Rico. Es de forma sustancialmente rectangular y esta construido de hormigón reforzado y bloques de hormigón a ser utilizado para fines residenciales. Tiene su entrada principal por el lado Sur que lo comunica con las escaleras del área común donde tiene acceso a su vez a los estacionamientos y a la vía pública. Colinda por el NORTE, en una distancia de 25 pies 6 pulgadas, con espacio aéreo; por el SUR, en 12 pies 9 pulgadas, con escalera de área común y en 12 pies 9 pulgadas, con Apartamento #56; por el ESTE, en 37 pies 8 pulgadas, con espacio aéreo y por el OESTE, en 33 pies 9 pulgadas, con escalera de área común. Tiene una cabida de 910.61 pies cuadrados equivalentes a 84.63 metros cuadrados. Consta de sala-comedor, tres dormitorios con closet, cuarto de baño, cocina y terraza. A este apartamento le corresponde los espacios de estacionamientos que le sean asignados en la escritura de individualización y compraventa. Le corresponde además a este apartamento en los elementos comunes generales del inmueble una participación de .01009%. La finca ante mencionada se encuentra Inscrita al folio 93 del tomo 1906 de Bayamón Sur, Registro de la Propiedad de la Propiedad de Bayamón, Sección Primera, finca número 79,246. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la suma de $96,806.32 de principal, más intereses al 5.95% anual desde el día 1ro. de octubre de 2008, más la suma de $10,278.40, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente desde la fecha antes mencionada, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca, todo ello, según surge de la SENTENCIA dictada en este caso el 12 de agosto de 2010. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el (los) gravamen (es) aquí antes mencionado (s), a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 26 DE NOVIEMBRE DE 2013 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de Bayamón, Bayamón, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $102,784.00. Que de ser nece-
saria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 3 DE DICIEMBRE DE 2013 A LAS 2:00 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $68,522.66 equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 10 DE DICIEMBRE DE 2013 A LAS 2:00 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $51,392.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse al acreedor la finca aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721) Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte, a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborales. EXPIDO, el presente EDICTO, en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 22 de octubre de 2013. Alg. Freddy Omar Rodríguez Collazo Alguacil División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Bayamón ED-14064 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS, SALA SUPERIOR.
SCOTIABANK DE PUERTO RICO Demandante v.
JAVIER ALEXIS GONZALEZ VILLEGAS también conocido como JAVIER A. GONZALEZ VILLEGAS DAMARIS LARACUENTE ALVAREZ y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos
Demandados CIVIL NUM: ECD2012-1271 (611). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA (VIA ORDINARIA). Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, Funcionario del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, por la presente ANUNCIA y hace saber al público en general que en cumplimiento de la Sentencia dictada el día 23 de abril de 2013, procederé a vender en subasta, al mejor postor y por dinero en efectivo o cheque certificado todo título, derecho o interés de la parte demandada nombrada en el epígrafe, sobre la propiedad que más adelante se describe. Se ANUNCIA por medio de este EDICTO que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 14 de noviembre de 2013, a las 9:45 de la mañana, en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de
Puerto Rico, SALA DE CAGUAS. Siendo ésta la PRIMERA SUBASTA que se celebra en este caso, el tipo mínimo aceptable como oferta en la PRIMERA SUBASTA será el tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma de $155,000.00. De no haber remate o adjudicación en esta PRIMERA SUBASTA se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 21 de noviembre de 2013, a las 3:45 de la tarde, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será dos terceras partes del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma total de $103,333.33. Esta SEGUNDA SUBASTA habrá de celebrarse en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE CAGUAS. De no haber remate o adjudicación en esta SEGUNDA SUBASTA se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 5 de diciembre de 2013, a la 1:45 de la tarde, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca. Si tampoco hubiese remate o adjudicación en la TERCERA SUBASTA y se declarase desierta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo el acreedor adjudicarse la propiedad dentro de los diez (10) días siguientes, por la totalidad de la cantidad adeudada. La propiedad a ser vendida en subasta es la que se describe a continuación y para la cual se dan sus datos registrales: ---“URBANA: Solar marcado con el número OCHO (8) del bloque N, de la Calle 7, de la Urbanización Reina de los Angeles, la cual está localizada en el barrio Rincón del término municipal de Gurabo, Puerto Rico, con un área de doscientos noventa y nueve punto cero cero (299.00) metros cuadrados. En lindes por el Norte, en una distancia de trece punto cero cero (13.00) metros, con la calle número SIETE (7), por el Sur, en una distancia de trece punto cero cero (13.00) metros, con el solar número N-13; por el Este, en una distancia de veintitrés punto cero cero (23.00) metros, con el solar número N-9: y por el Oeste, en una distancia de veintitrés punto cero cero (23.00) metros con el solar número N-7. Enclava una casa.” Inscrita al folio 49 vto. del tomo 344 de Gurabo, finca #9,520, inscripción 7ma., del Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Segunda. DIRECCION: URB. REINA DE LOS ANGELES N-8 CALLE 7, GURABO, PUERTO RICO. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer la Sentencia antes mencionada por la suma principal de $145,258.79 más intereses sobre dicha suma al tipo del 7.375% anual, desde el día 1 de mayo de 2012, hasta su total y completo pago, más la suma estipulada de $15,500.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, más cualesquiera otras sumas que aparezcan de la faz del contrato. Los autos y todos los documentos correspondientes a este procedimiento están de manifiesto en la Secretaría de este Tribunal durante los días y horas laborables, por lo que los interesados pueden referirse al expediente allí archivado, bajo el civil número que aparece en el epígrafe de este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente, que firmo y sello, en CAGUAS, Puerto Rico, hoy día AUG 20 2013. EDGARDO ALDEBOL MIRANDA, ALGUACIL AUXILIAR. CB-3564 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON SALA SUPERIOR
DORAL BANK Parte Demandante VS
BLANCA IRIS RIVERA CRUZ T/C/C BLANCA RIVERA CRUZ; ESTADOS UNIDOS DE AMERICA Parte Demandada CIVIL NUM.: DCD2011-3023 SALON NÚM.: 701 SOBRE ACCION CIVIL DE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE SUBASTA A: BLANCA IRIS RIVERA CRUZ T/C/C BLANCA RIVERA CRUZ; ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; Y AL PUBLICO EN GENERAL: El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de Bayamón, Bayamón, Puerto Rico, hago saber a la parte demandada, al PUBLICO EN GENERAL;
y a el (los) siguiente(s) gravámen(es) posterior(es): ESTADOS UNIDOS DE AMERICA: A cuyo favor aparece anotado un embargo por la suma de $18,358.70, según notificación número 685510010, presentada el 17 de agosto de 2010, al asiento 2 de la página 142 del Libro de Embargos Federales número 10, finca número 77,683. Nota: No podemos precisar si el titular y el embargado son la misma persona. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA: A cuyo favor aparece anotado un Embargo por la suma de $9,068.44, según notificación número 817330111, presentada el 1 de noviembre de 2011, al asiento 2 de la página 116 del Libro de Embargos Federales número 11, finca número 77,683. Nota: No podemos precisar si el titular y el embargado son la misma persona. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA: A cuyo favor aparece anotado un Embargo por la suma de $8,183.85, según notificación número 837241511, presentada el 4 de enero de 2012, al asiento 5 de la página 159 del Libro de Embargos Federales número 11, finca número 77,683. Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 7 de diciembre de 2012, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que se describe a continuación: URBANA: Penthouse: Apartamento residencial #152 de forma irregular, constituido por dos niveles, localizado en la quinta planta del módulo 1 del Condominio La Floresta que está situado en el Barrio Juan Sánchez del término municipal de Bayamón, Puerto Rico. Consta de dos niveles, siendo los linderos del primer nivel los siguientes: Por el NORTE, con el apartamento #251, en una distancia de 13.16 metros lineales; por el SUR, con el apartamento #151, área común y espacio exterior, en una distancia de 15.20 metros lineales; por el ESTE, con espacio exterior, en una distancia de 9.55 metros lineales y por el OESTE, con espacio exterior, en una distancia de 9.55 metros lineales. Consta el mismo de tres habitaciones con sus respectivos closets, una sala-comedor, cocina, dos baños, área de almacenar, laundry y terraza. Los baños están equipados con bañera, lavamanos y servicio sanitario. Se incluye bidet en el baño del cuarto principal. El área del primer nivel del apartamento es 127.04 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con área común limitada, en una distancia de 6.63 metros lineales; por el SUR, con el apartamento #151, en una distancia de 6.63 metros lineales; por el ESTE, con área común limitada, en una distancia de 6.02 metros lineales y por el OESTE, con área común limitada, en una distancia de 6.02 metros lineales. El segundo nivel de este apartamento consta de un área privada techada de 35.07 metros cuadrados. Y una terraza descubierta que se considera elemento común limitado a este apartamento. Las mejoras a esta área están regidas por la escritura matriz y el Reglamento de Condómines, según el detalle de terraza techada provisto. Ambos niveles están conectados por una escalera localizada en el interior del apartamento, la cual conecta ambos niveles. El área total del apartamento es de 162.11 metros cuadrados. La puerta de entrada a este apartamento está situada en el primer nivel por su lindero Sur y por ella se sale a la escalera y al área interior de circulación del proyecto. Este apartamento tiene una participación de 0.7615% en los elementos comunes generales del proyecto. Le corresponde como elemento común limitado los estacionamientos identificados con los números 27 y 28. Inscrita al folio 165 del tomo 1878 de Bayamón Sur, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Primera, finca número 77,683. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la SENTENCIA dictada a su favor, el día 17 de agosto de 2012, en el presente caso civil, a saber la suma de $149,948.56 y $37,226.33 respectivamente de principal, más intereses al 6.125% anual desde el día 1ro. de diciembre de 2010 la primera hipoteca y el 1ro. de mayo de 2011, la segunda hipoteca, más la suma de $16,000.00 y $4,000.00 respectivamente , por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente a partir del día 1ro. de enero de 2011, la primera hipoteca y el 1ro. de junio de 2011, la segunda hipoteca, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud
de la escritura de hipoteca. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el (los) gravamen (es) aquí antes mencionado (s), a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 26 DE NOVIEMBRE DE 2013 A LAS 10:15 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de Bayamón, Bayamón, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es la suma de $160,000.00 y $40,000.00 para un total de $200,000.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 3 DE DICIEMBRE DE 2013 A LAS 2:15 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de la suma de $106,666.67 y $26,666.67 para un total de $133,333.34, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 10 DE DICIEMBRE DE 2013 A LAS 2:15 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será la suma de $80,000.00 y $20,000.00 para un total de $100,000.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse al acreedor la finca aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721) Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría de este Tribunal, durante las horas laborables. EXPIDO, el presente EDICTO, en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 5 de junio de 2013. Alg. Freddy Omar Rodríguez Collazo, Alguacil Supervisor División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Bayamón ED-14056 #9288425 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE COAMO.
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante v.
MARIA ADELINA TORRES MENDOZA también conocida como MARIA A. TORRES MENDOZA
Demandada CIVIL NUM: B2CI2012-1024. SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA (VIA ORDINARIA). Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, Funcionario del Tribunal de Primera Instancia de
Puerto Rico, por la presente ANUNCIA y hace saber al público en general que en cumplimiento de la Sentencia dictada el día 22 de abril de 2013, enmendada el día 15 de mayo de 2013, procederé a vender en subasta, al mejor postor y por dinero en efectivo o cheque certificado todo título, derecho o interés de la parte demandada nombrada en el epígrafe, sobre la propiedad que más adelante se describe. Se ANUNCIA por medio de este EDICTO que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 13 de noviembre de 2013, a las 10:30 de la am en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE COAMO. Siendo ésta la PRIMERA SUBASTA que se celebra en este caso, el tipo mínimo aceptable como oferta en la PRIMERA SUBASTA será el tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma de $122,400.00. De no haber remate o adjudicación en esta PRIMERA SUBASTA se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 20 de noviembre de 2013, a las 10:30 de la am en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será dos terceras partes del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma total de $81,600.00. Esta SEGUNDA SUBASTA habrá de celebrarse en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE COAMO. De no haber remate o adjudicación en esta SEGUNDA SUBASTA se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 27 de noviembre de 2013, a las 10:30 de la am en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca. Si tampoco hubiese remate o adjudicación en la TERCERA SUBASTA y se declarase desierta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo el acreedor adjudicarse la propiedad dentro de los diez (10) días siguientes, por la totalidad de la cantidad adeudada. La propiedad a ser vendida en subasta es la que se describe a continuación y para la cual se dan sus datos registrales: ---“URBANA: Solar radicado en la Urbanización Quintas de Coamo, localizada en el barrio Palmarejo del término municipal de Coamo, Puerto Rico, que se describe en el plano de inscripción de la Urbanización con el número, área y colindancias que se relacionan a continuación: Número del solar: Diecinueve (19) del bloque D. Area del solar: Cuatrocientos cincuenta y uno punto sesenta y siete (451.67) metros cuadrados. En lindes por el Norte, con los lotes D guión UNO (D-1) y D guión DOS (D-2), en una distancia de veintiséis punto noventa y seis (26.96) metros; por el Sur, con la calle número TRES (3) de la urbanización, en una distancia de dieciocho punto cuarenta y siete (18.47) metros; por el Este, con la franja verde; en una distancia de veinte punto veintidós (20.22) metros; y por el Oeste, con el lote D guión DIECIOCHO (D-18), en una distancia de veintiuno punto cincuenta (21.50) metros. En este solar se ha construido una vivienda de bloques y hormigón reforzado para una familia. Este solar se encuentra afectado por su procedencia Sur a una servidumbre para la distribución de Telecomunicaciones y de Televisión por Cable a favor de la Junta Reglamentadora de Telecomunicaciones de Puerto Rico, de Uno punto Cincuenta y Dos (1.52) metros de ancho.” Inscrita al folio 97 del tomo 311 de Coamo, finca #18,609 del Registro de la Propiedad de Barranquitas. DIRECCION: URB. QUINTAS DE COAMO D-19 COAMO, PUERTO RICO. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer la Sentencia antes mencionada por la suma principal de $117,752.00 más intereses sobre dicha suma al tipo del 6.000% anual, desde el día 1 de febrero de 2012, hasta su total y completo pago, más la suma estipulada de $12,240.00 para costas, gastos y honorario de abogado, más cualesquiera otras sumas que aparezcan de la faz del contrato. Los autos y todos los documentos correspondientes a este procedimiento están de manifiesto en la Secretaría de este Tribunal durante los días y horas laborables, por lo que los interesados pueden referirse al expediente allí archivado, bajo el civil número que aparece en el epígrafe de este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente, que firmo y sello, en COAMO, Puerto Rico, hoy día 8 de agosto de 2013. OMAR ROSA FUENTES, ALGUACIL.
EL VOCERO / CLASIFICADOS / VIERNES, 1 DE NOVIEMBRE DE 2013 ED-15069 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE MAYAGUEZ.
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LUIS GERMAN MARTINEZ RUIZ
Demandado CIVIL NUM. I1CI201200726 (306). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA. EDICTO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA ENMENDADO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. A: EL DEMANDADO, LUIS GERMAN MARTINEZ RUIZ, ASSOCIATES INTERNATIONAL HOLDING CORPORATION y al público General: Yo, Luis E. Seda González, Alguacil Auxiliar Placa 339, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de MAYAGUEZ, a los demandados y al público en general les notifica que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha liberado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 24 de JUNIO de 2013 y para satisfacer la Sentencia dictada en el caso de autos la cual se notificó y archivó en autos el día 31 de enero de 2013 y se publicó el 8 de febrero de 2013, en donde se condena a la parte de satisfacer la suma ascendiente a $30,762.50 de principal, más intereses al 8.95% anual desde el día primero de marzo de 2012, más recargos acumulados, más cualesquiera suma de dinero por concepto de contribuciones, primas de seguro hipotecario y riesgo, recargos por demora, así como de cualesquiera otras cantidades pactadas en la escritura de hipoteca, más la suma de $3,600.00 para costas, gastos y honorarios de abogado procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, todo derecho, título e interés que hayan tenido, tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a la propiedad bien inmueble ubicado en 1159 A ST., Lot #99 Soledad Com., Río Cañas Abajo, Mayagüez, Puerto Rico 00680 que se describe a continuación: RUSTICA: Parcela marcada con el número noventa y nueve (99) en el plano de parcelación de la comunidad rural Soledad del Barrio Río Cañas Abajo, del término municipal de Mayagüez, Puerto Rico. Con una cabida superficial de cero punto cinco mil doscientos cuarenta y dos cuerdas (0.5242 cdas), equivalentes a dos mil sesenta punto veintitrés metros cuadrados (2,060.23 M/C). En lindes por el NORTE, con parcela número noventa y tres (93) de la comunidad; por el SUR, con la parcela número noventa y nueve guión “B” (99-B) de la comunidad; por el ESTE, con la parcela número noventa y ocho (98) de la comunidad; y por el OESTE, con la calle número diez (10) de la comunidad. Inscrita al folio 138. del tomo 1503 de Mayagüez, finca número 27,830, del Registro de la Propiedad, Sección de Mayagüez. Que con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, SALA DE MAYAGUEZ, cuyos autos están disponibles para su inspección en dicho Tribunal. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $36,000.00 para la propiedad descrita. Sino produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 partes del valor de la tasación. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en ésta el tipo mínimo será de la 1/2 del valor de la tasación. Para la propiedad descrita, la PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el 4 de diciembre de 2013, a las 9:30am. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una SEGUNDA SUBASTA el día 11 de diciembre de 2013, a las 2:30pm. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una TERCERA SUBASTA el día el 18 de diciembre de 2013, a las 2:30pm. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, SALA DE MAYAGUEZ. Se le advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quién deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda del curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que
tenga(n) interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía, y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. LIBRADO en MAYAGUEZ, Puerto Rico a 22 de agosto de 2013. POR: LUIS E. SEDA GONZALEZ, ALGUACIL DEL TRIBUNAL. ED-15072 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE SAN LORENZO, SALA SUPERIOR.
DORAL BANK Demandante vs.
PEDRO LUIS RODRIGUEZ FLORES FELICITA GONZALEZ RAMOS y la Sociedad Legal de Gananciales representada por ambos
Demandados CIVIL NUM. E2CI2009-0947. SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. A: PEDRO LUIS RODRIGUEZ FLORES, FELICITA GONZALEZ RAMOS y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos, AUTORIDAD PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA VIVIENDA DE PUERTO RICO; MOISES CRUZ HIDALGO; DEPARTAMENTO DE HACIENDA por cualquier contribución adeudada y al público en general: CERTIFICO Y HAGO CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por el Secretario del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Lorenzo, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, por separado, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, en mi oficina sita en el Edificio del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Lorenzo, el día 4 de diciembre de 2013 a las 10:00 de la mañana, todo título, derecho, participación y/o interés que le corresponda o pueda corresponderle a la parte demandada y/o cualquiera de ellos en el inmueble hipotecado objeto de ejecución que se describe a continuación: --RURAL: Parcela marcada con el número doscientos ochenta y siete (287) en el plano de parcelación de la comunidad rural Florida del Barrio Florida del término municipal de San Lorenzo, con una cabida superficial de cero punto mil doscientos setenta y tres cuerdas (0.1273), con quinientos punto cero treinta y cinco (500.035) metros cuadrados. En lindes por el Norte, con parcela número doscientos ochenta y ocho (288) de la comunidad; por el Sur, con parcela número doscientos ochenta y seis (286) de la comunidad; por el Este con carretera estatal insular número nueve mil novecientos veintinueve (9929); y por el Oeste, con parcela número trescientos catorce (314) de la comunidad. En-
clava una casa. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección Segunda de Caguas, al folio 174 del tomo 387 de San Lorenzo, finca número 12,218, inscripción décima. La antes descrita propiedad se encuentra afecta a los siguientes gravámenes posteriores, a la hipoteca objeto de ejecución: Hipoteca en garantía de pagaré a favor de la Autoridad para el Financiamiento de La Vivienda de Puerto Rico, por la suma principal de $15,000.00, otorgada ante el Notario Público Julio F Fernández el día 31 de diciembre de 2002, escritura número 286, sin intereses, inscrita al folio 174 vuelto del tomo 387 de San Lorenzo, inscripción 11. Además, se encuentra presentada una Anotación de la Sentencia dictada el 23 de junio de 2010, por el Tribunal de Primera Instancia; Sala de San Lorenzo; en el caso civil E2CI2009-00919, seguido por Moisés Cruz Hidalgo, demandante vs Rafael Antonetty Ramos, Felícita González Ramos y Pedro Rodríguez Flores; demandados, por una cuantía de $10,000.00, más intereses, etc.; inscrito al folio 111 del tomo 4 del Registro de Sentencias de Caguas II. Se establece como tipo mínimo de la primera subasta la suma de $51,000.00. De resultar necesaria una segunda subasta por declararse desierta la primera, la misma se celebrará en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Lorenzo el día 11 de diciembre de 2013 a la 1:00 de la tarde, y es establece como tipo mínimo para dicha segunda subasta la suma de $34,000.00, equivalente a 2/3 partes del tipo mínimo establecido originalmente para la primera subasta. De no adjudicarse la propiedad en esa segunda subasta, se celebrará una tercera subasta en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Lorenzo, el día 18 de diciembre de 2013 a la 1:00 de la tarde, y se establece como tipo mínimo para dicha tercera subasta la suma de $25,500.00, equivalente a la mitad del tipo mínimo establecido para la primera subasta. La subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la parte demandante el importe de la Sentencia dictada a su favor ascendente a la suma de $47,485.04, balance de principal del pagaré hipotecario objeto de ejecución, los intereses al tipo convenido del 7.95% anual devengados sobre dicho principal hasta el día 1ro de agosto de 2009, más los devengados desde dicha fecha y los que se devenguen hasta el total y completo pago de la deuda, más los cargos por demora incurridos desde dicha fecha hasta el total y completo pago de la deuda, la suma de $5,100.00, para costas, gastos y honorarios de abogado del demandante según pactados en el pagaré y en el contrato de hipoteca y cualesquiera otros adelantos para el pago de contribuciones y pólizas de seguro hechos por la demandante. Se notifica a todos los interesados que todas las actas y demás constancias del expediente de este caso están disponibles en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables para ser examinadas. Se entiende que todo licitador acepta como bastante la titularidad que da base a la misma. La susodicha venta en pública subasta, se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte dicha propiedad con rango posterior al gravamen aqui ejecutado. A su vez cualquier gravamen preferente al crédito que da base a esta ejecución continuará subsistente, entendiéndose que el adjudicatario en la subasta lo acepta y queda subrogado en la responsabilidad de su pago. Y para conocimiento de la parte demandada, de todas aquellas personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen objeto de ejecución, de todos los licitadores y del público en general, expido el presente Edicto de Subasta para su publicación dos (2) veces por espacio de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones en un diario de circulación general en Puerto Rico, así como para su publicación por espacio de dos (2) semanas en tres (3) sitios públicos del Municipio de San Lorenzo, Puerto Rico, expedido el mismo en San Lorenzo, Puerto Rico, hoy día 29 de agosto de 2013. ANGEL GOMEZ GOMEZ, ALGUACIL. PLACA 593. ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN LORENZO.
ED-15074 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE COAMO.
DORAL BANK Demandante vs.
SONIA CASTRO PEREZ t/c/c SONIA IVETTE CASTRO PEREZ t/c/c SONIA IVELISSE CASTRO PEREZ ANTONIA PEREZ SANTIAGO
Demandadas CIVIL NUM. B2CI 2008-01094. SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. A: SONIA CASTRO PEREZ t/c/c SONIA IVETTE CASTRO PEREZ t/c/c SONIA IVELISSE CASTRO PEREZ, ANTONIA PEREZ SANTIAGO, DORAL MORTGAGE CORPORATION DEPARTAMENTO DE HACIENDA DE PUERTO RICO por cualquier contribución adeudada y al público en general: CERTIFICO y hago constar: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por el Secretario del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Coamo, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, por separado, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, en mi oficina sita en el Edificio del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Coamo el día 4 de diciembre de 2013 a las 10:30 am, todo título, derecho, participación y/o interés que le corresponda o pueda corresponderle a la parte demandada y/o cualquiera de ellos en el inmueble hipotecado objeto de ejecución que se describe a continuación: --URBANA: Parcela número nueve (9) predio de terreno radicado en el barrio Llanos del municipio de Coamo, Puerto Rico, con una cabida superficial de tres mil seiscientos setenta y cuatro punto seiscientos cuarenta y nueve metros cuadrados (3,674.649 m.c.), equivalentes a cero punto nueve tres cuatro nueve tres cuerdas (0.93493 cds.). En lindes por el Norte, en setenta y ocho punto cuatro cientos ocho metros (78.408 mts.), con predio número ocho (8) a segregarse; por el Sur, en setenta y nueve punto ciento veinte metros (79.120 mts.), con terrenos de Rogelio Aponte (Según inscripción 2da. con Francisco Morales); por el Este, en cuarenta y siete punto setecientos quince metros (47.715 mts.), con la finca número tres (3) de Rogelio Aponte, y por el Oeste, en cuarenta y cinco punto seiscientos cuarenta y dos metros (45.642 mts.), con predio a dedicarse a uso público. Enclava una casa. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección de Barranquitas al folio 162 del tomo 235 de Coamo, finca número 13,237. La antes descrita propiedad se encuentra afecta al siguiente gravamen posterior, a la hipoteca objeto de ejecución: 1) Hipoteca en garantía de pagaré a favor de Doral Mortgage Corporation, por la suma principal de $21,928.00, otorgada ante el Notario Pedro M. Ortiz Bey al 8.45 por ciento anual y vencedera a la presentación, inscrita al folio 105 del tomo 287 de Coamo, inscripción séptima. Se establece como tipo mínimo de la primera subasta la suma de $171,000.00. De resultar necesaria una segunda subasta por declararse desierta la primera, la misma se celebrará en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Coamo, el día 11 diciembre 2013 a las 10:30 am, y se establece como tipo mínimo para dicha segunda subasta la suma de $114,000.00, equivalente a 2/3 partes del tipo mínimo establecido originalmente para la primera subasta. De no adjudicarse la propiedad en esa segunda subasta, se celebrará una tercera subasta en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Coamo el día 18 diciembre 2013 a las 10:30 am, y se establece como tipo mínimo para dicha tercera subasta la suma de $85,500.00, equivalente a la mitad del tipo mínimo establecido para la primera subasta. La subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la parte demandante el importe de la Sentencia dictada a su favor ascendente a la suma de $165,936.47, balance de principal del pagaré relacionado en
la demanda, más los intereses que al tipo convenido del 7.375% anual se han devengado sobre dicho principal hasta el día 1ro de febrero de 2008, más los devengados hasta la fecha de esta sentencia y los que se devenguen hasta el total y completo pago de la deuda, más los que se incurran desde dicha fecha y hasta el total y completo pago de la deuda, más la suma de $17,100.00 para costas, gastos y honorarios de abogado del demandante según pactados en el pagaré y en el contrato de hipoteca y cualesquiera otros adelantos para el pago de contribuciones y pólizas de seguro hechos por la demandante. Se notifica a todos los interesados que todas las actas y demás constancias del expediente de este caso están disponibles en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables para ser examinadas. Se entiende que todo licitador acepta como bastante la titularidad que da base a la misma. La susodicha venta en pública subasta, se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte dicha propiedad con rango posterior al gravamen aquí ejecutado. A su vez cualquier gravamen preferente al crédito que da base a esta ejecución continuará subsistente, entendiéndose que el adjudicatario en la subasta lo acepta y queda subrogado en la responsabilidad de su pago. Y para conocimiento de la parte demandada, de todas aquellas personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen objeto de ejecución, de todos los licitadores y del público en general, expido el presente Edicto de Subasta para su publicación dos (2) veces por espacio de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones en un diario de circulación general en Puerto Rico, así como para su publicación por espacio de dos (2) semanas en tres (3) sitios públicos del Municipio de Coamo y en la Colecturía de Rentas Interna del Municipio de Coamo, Puerto Rico, expedido el mismo en Coamo, Puerto Rico, hoy día 19 de agosto de 2013. OMAR ROSA FUENTES, ALGUACIL. ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE COAMO. POR: MADELINE A. TORRES PAGAN, ALGUACIL AUXILIAR 857. CB-3585 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE ARECIBO
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante v.
MINERVA LUZ TORRES CORDERO; ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA Demandados CIVIL NUM. C CD2013-0140 (401) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA SS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO EDICTO DE SUBASTA Yo, Luis E. Román Carrero, Alguacil Auxiliar, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Arecibo, al público en general: CERTIFICO Y HAGO SABER: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia fechado de 7 de agosto de 2013, que me ha sido dirigido por la secretaría del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Arecibo, en el caso arriba indicado, venderé en la fecha o fechas que más adelante se indican, en pública subasta al mejor postor, en moneda legal de los Estados Unidos de América, en mi oficina sita en el local que ocupa en el Centro Judicial de Arecibo, Puerto Rico, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada en el inmueble que se describe a continuación: Dirección Física: Reparto Llanadas 7-B, Barceloneta, Puerto Rico 00617: "URBANA: Solar radicado en la Urbanización Reparto Las Llanadas, sito en el Barrio Florida Afuera del Municipio de Barceloneta, que se describe en el plano de inscripción de la Urbanización con el número 7 del Bloque "B", con un área de 357.0792 metros cuadrados. En lindes por el NOROESTE, en 26.31 metros, con el solar número 6 del Bloque "B"; por el NORESTE, en una alineación de 4.53 metros con el solar número 5 del Bloque "B" y en otra alinea-
ción de 8.65 metros con los solares número 12 y número 11 del Bloque "B"; por el SURESTE, en 27.70 metros, con el solar número 8 del Bloque "B"; y por el SUROESTE, en 13.00 metros con la Calle número 1. Enclava una estructura." Consta inscrita al tomo de hoja móvil 209 (según certificación registral folio 167 tomo 249) de Barceloneta, finca 11,093, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección de Manatí El inmueble antes descrito se encuentra afecto a los siguientes gravámenes: a. HIPOTECA: En garantía de pagaré a favor de Popular Mortgage, Inc., o a su orden, por la suma de $112,500.00 con intereses al 5 5/8 % anual y vencimiento 1ro de julio de 2033. Constituida por la Escritura 419 otorgada en San Juan el 30 de junio de 2003 ante la Notario Arlene Rivera Benítez e inscrita al folio 167 del tomo 249 de Barceloneta, inscripción 4ta. b. ANOTACION DE DEMANDA: Demanda radicada el 20 de febrero de 2013 en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Arecibo, en el caso civil CCD2013-0140, seguido por Banco Popular de Puerto Rico versus Minerva Luz Torres Cordero, sobre Ejecución de Hipoteca y Cobro de Dinero, en la que se solicita el pago de la hipoteca de la inscripción 4ta por la suma de $112,500.00, anotada al folio 167 del tomo 249 de Barceloneta, Anotación "A" con fecha del 12 de abril de 2013. c. EMBARGO FEDERAL en contra de Minerva L. Torres Cordero, con número de seguro social xxx-xx0304 por la suma de $11,844.39, número de notificación 337190107. Anotado el 16 de enero de 2007 al folio 75 orden 1 del tomo IV del libro de Embargos Federales de Manatí. d. EMBARGO FEDERAL en contra de Minerva L. Torres Cordero, con número de seguro social xxx-xx0304 por la suma de $15,258.10, número de notificación 455357008. Anotado el 16 de julio de 2008 al folio 148 orden 3 del tomo IV del libro de Embargos Federales de Manatí. e. EMBARGO FEDERAL en contra de Minerva L. Torres Cordero, con número de seguro social xxx-xx0304 por la suma de $3,256.10, número de notificación 469661708. Anotado el 10 de septiembre de 2008 al folio 158 orden 5 del tomo IV del libro de Embargos Federales de Manatí. Los gravámenes objeto de ejecución en el presente caso con los mencionados en los incisos "a" y "b". Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación que se transmite y que las cargas y gravámenes anteriores y las preferentes, si las hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante las acepta y queda subrogado en la responsabilidad de las mismas, sin destinarse a su extinción el precio del remate. El mejor postor debe hacer el pago en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. El precio mínimo de este remate con relación a la antes descrita finca y la fecha de cada subasta serán las siguientes: FECHA DE SUBASTA PRIMERA SUBASTA 3 DE DICIEMBRE DE 2013 A LAS 9:15 AM PRECIO MINIMO $112,500.00 SEGUNDA SUBASTA 10 DE DICIEMBRE DE 2013 A LAS 9:15 AM PRECIO MINIMO $75,000.00 TERCERA SUBASTA 17 DE DICIEMBRE DE 2013 A LAS 9:15 AM PRECIO MINIMO $56,250.00 Conforme la Sentencia dictada el día 16 de mayo de 2013, archivada en los autos el día 20 de mayo de 2013, se condena a la parte demandada a pagar las siguientes cantidades: $96,032.18 de principal; intereses a razón de 5.875% anual, los cuales se acumulan mensualmente hasta el saldo total de la deuda; $176.35 por concepto de cargos por mora, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo de la deuda, más la suma de $11,250.00 por concepto de honorarios de abogado. La sentencia dictada en el caso de epígrafe fue en rebeldía por lo que de conformidad al Artículo 3 de la Ley Número 184 de 17 de agosto de 2012, que entró en vigor el 1ro de julio de 2013, conocida como "Ley para Mediación Compulsoria y Preservación de tu Hogar en los Procesos de Ejecuciones de Hipotecas de una Vivienda Principal", las disposiciones de la misma no son de aplicación al presente caso. Se
notifica por la presente a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre el inmueble a ser subastado con posterioridad a la inscripción del gravamen del ejecutante descrito anteriormente, o acreedores de cargas o derechos reales que los hubieren pospuesto al gravamen del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizado hipotecariamente con posterioridad al gravamen del actor para que puedan concurrir a la subasta si así lo interesan o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogado, quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Y, para conocimiento de licitadores, del público en general, y para su publicación de acuerdo con la ley en un periódico de circulación general de la isla de Puerto Rico y en tres sitios públicos del Municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía, y vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida de la parte demandada, expido el presente edicto bajo mi firma y el sello de este Tribunal, en Arecibo, Puerto Rico, hoy día 28 de agosto de 2013. Por: Luis E. Román Carrero ALGUACIL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE ARECIBO Edgar Santana Matta Alguacil Regional Int. CB-3587 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE RIO GRANDE
Doral Bank Demandante v.
José Cristóbal Pérez Sánchez Demandado CIVIL NÚM: N3CI2012-00419 SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EDICTO DE SUBASTA El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE RIO GRANDE, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, giro o cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 5 de diciembre de 2013, a las 10:30 de la mañana en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE RIO GRANDE, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Villas de Río Grande, S-23 Ave. Agustín Pérez Andino, Río Grande, PR 00745 y que se describe a continuación: URBANA: Solar número 23 de la manzana S de la Urbanización Villas de Río Grande, compuesto de 324.53 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en 23.000 metros, con el solar número 25; por el SUR, en 23.00 metros, con el solar número 21; por el ESTE, en 14.11 metros, con la calle número A; por el OESTE, en 14.11 metros, con el solar número 6 del bloque. Enclava una casa de concreto. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 271 del Tomo 88 de Río Grande, finca número 4,685 en el Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Tercera. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $85,310.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 12 de diciembre de 2013, a las 10:30 de la mañana. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $56,873.33. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el
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día 19 de diciembre de 2013, a las 10:30 de la mañana. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $42,655.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 814, otorgada el día 23 de diciembre de 2004, ante el Notario Diana M. Ruiz Hernández y consta inscrita en el Folio abreviado al 275 vuelto del Tomo 88 de Río Grande, finca número 4,685 en el Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Tercera, inscripción séptima. La antes mencionada hipoteca fue modificada el 10 de septiembre de 2011, mediante la escritura número 417 ante la Notaria Aurora Montalvo Díaz, para ampliar el balance de principal a $97,479.17, desde el 1 de noviembre de 2011 y vencimiento el 1 de octubre de 2041, y sus intereses al 4.500%. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $97,350.81 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 4.500% anual desde el día 1 de noviembre de 2011. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 4.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $8,531.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $8,531.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $8,531.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la Regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE RIO GRANDE durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de las constancias del Registro de la Propiedad en un estudio de título efectuado a la finca antes descrita. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en Río Grande, Puerto Rico, hoy día 1ro de agosto de 2013. (FDO) Betty Navarro Algarín Alguacil, placa 242 José C. Ortiz Santana Alguacil Confidencial ALGUACIL
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LOCALES / VIERNES, 1 DE NOVIEMBRE DE 2013 El periódico de Puerto Rico
ZARAGOZA, 68 años. Natural de Río Piedras y residente de Arecibo. Falleció el 30 de octubre de 2013 en Arecibo. Sepelio hoy a las 12:00 p.m. partiendo desde la Funeraria González, carretera 129, hacia el Cementerio Nuevo El Tres de Arecibo.
bió cristiana cremación. CARMEN CELINA PEREZ CANCIO. Natural de San Sebastián. Falleció en Bayamón. Recibió cristiana cremación.
ORACION MILAGROSA Amadísimo Señor, Dios mío. En ti confío ciegamente porque tú eres mi guía y mi eterno salvador. Por eso te pido con toda la fuerza de mi alma para que con omnipotencia ilumines la gracia que tanto deseo. Señor mío, Jesucristo, te pido esta gracia para que me la concedas. En nombre del Padre Sano. Amén. Rezar 3 días consecutivos y publicar el 4to. día con fe.
JUAN A. MUÑOZ RIVERA. Natural de Manatí. Falleció en San Juan. Recibió cristiana cremación. LYDIA MALDONADO COLON. Natural de Barranquitas. Falleció en San Juan. Recibió cristiana cremación. PLACIDA SANTIAGO NEGRON. Natural de Cayey. Falleció en San Juan. Recibió cristiana cremación. MEISY ALBERTINA PEREZ PADROS. Natural de Cuba. Falleció en San Juan. Reci-
LUIS ENRIQUE BATLLE RAMIREZ, 37 años. Natural de Mayagüez y residente del Bo. Bateyes. Falleció el 29 de octubre de 2013 en Mayagüez. Sepelio efectuado.
ANA GLORIA VILLANUEVA CENTENO, 78 años. Natural y residente de Hatillo. Falleció el 26 de octubre de 2013 en Hatillo. Sepelio efectuado. ALEJANDRINA VALENCIA MENDEZ, 81 años. Natural y residente de Arecibo. Falleció el 28 de octubre de 2013 en Arecibo. Sepelio hoy a las 11:00 a.m. partiendo desde la Funeraria González, carretera 129, hacia el Cementerio La Santa Cruz de Arecibo. SANTOS D. ALMODOVAR
EDICTO CB-3586 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE CAGUAS
BANCO SANTANDER PUERTO RICO Demandante Vs.
MARIA MILAGROS SOTO CASTRO Demandada CIVIL NUM.: ECD2010-1027 (401) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA SS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO EDICTO DE SUBASTA Yo, RAMON L HERNANDEZ CINTRON, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas, al público en general: CERTIFICO Y HAGO SABER: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia fechado de 15 de agosto de 2013, que me ha sido dirigido por la secretaría del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Caguas en el caso arriba indicado, venderé en la fecha o fechas que más adelante se indican, en pública subasta al mejor postor, en moneda legal de los Estados Unidos de América, en mi oficina sita en el local que ocupa en el Centro Judicial de Caguas, Puerto Rico, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada, en el inmueble que se describe a continuación: "URBANA: Solar radicado en Caguas Real Home Resort localizado en la Carretera Estatal número cincuenta y dos (52), salida veintitrés (23), Barrio Turabo del término municipal de Caguas, Puerto Rico, que se describe en el plano de inscripción, con el número, área y colindancias que se relacionan a continuación: NUMERO DEL SOLAR: ONCE (11) DEL BLOQUE "H" (11-H). AREA DEL SOLAR: MIL CUARENTA Y
UNO PUNTO CUATRO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (1,041.4944 M.C.) En lindes: por el NORTE, distancia de veintiuno punto novecientos noventa y nueve metros (21.999 m.), con la calle número dos (2) "B" del proyecto; por el SUR, distancia de veintidós punto cero cero metros (22.00 m.), con el solar veinticuatro (24) del Bloque "A"; por el ESTE, distancia de cuarenta y siete punto ciento sesenta y ocho metros (47.168 m.), con el solar número diez (10) del Bloque "H"; por el OESTE, distancia de cuarenta y siete punto quinientos noventa y tres metros (47.593 m.), con el solar doce (12) del Bloque "H" del proyecto. En dicho solar enclava una casa construida en concreto y bloques de hormigón para fines residenciales, la cual consta de cuatro (4) dormitorios, tres y medio (3 1/2) baños, doble marquesina, sala, comedor, cocina, "family room", terraza y demás dependencias. Se halla afecto este solar a las siguientes servidumbres: Servidumbre Telecomunicación: Franja de terreno de un metro con cincuenta centímetros (1.50) de ancho por veintiuno punto novecientos noventa y nueve (21.999) metros de largo por su colindancia Norte. Servidumbre Pluvial con un área de sesenta y seis punto trescientos noventa y seis metros cuadrados (66.396 m.c.) al Sur. Este solar tiene un área de talud de doscientos noventa y siete punto nueve mil seiscientos sesenta y un metros cuadrados (297.9661 m.c.)" Finca presentada al Asiento 229 del Diario 1126, Solar H11, Caguas Real Home Resort en Caguas, Sección Primera de Caguas, del Registro de la Propiedad. Pendiente de segregación de la finca #52,417, inscrita al folio 80, del tomo 1,529 de Caguas, Sección Primera de Caguas, del Registro de la Propiedad. Se aclara que la parte demandante solamente ejecutará la propiedad inmueble antes descrita y no reclamará suma adicional si dicho producto resultase insuficiente para cubrir el pago de las sumas adeudadas. El inmueble antes descrito se encuentra afec-
to a los siguientes gravámenes: a. HIPOTECA en garantía de un pagaré a favor de Santander Mortgage Corporation, o a su orden, por la suma de $668,800.00, intereses al 6 3/4% anual y vencedero el 1 de julio de 2036, según consta de la escritura número 88, otorgada en San Juan el 22 de junio de 2006 ante el Notario Pedro Mario Rivera, presentada y pendiente de inscripción al asiento 230 del diario 1126 (Agora) el 12 de julio de 2006. b. AVISO DE DEMANDA del caso civil número ECD20101027, seguida en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, Banco Santander de Puerto Rico, demandante v. María Milagros Soto Castro, demandada, en la que se reclama el pago de la hipoteca por $668,000.00. Presentada al asiento 135 del diario 1155 el 15 de junio de 2010. c. SENTENCIA por Estipulación Enmendada, dictada en el caso civil número ECD2010-1027, seguida en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, Banco Santander de Puerto Rico, demandante v. María Milagros Soto Castro, demandada, por la misma se reclama el pago de $643,047.28 y otros gastos, correspondiente a la hipoteca antes relacionada, presentada al asiento 1023 del diario 1173 el 26 de abril de 2013. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación que se transmite y que las cargas y gravámenes anteriores y las preferentes, si las hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante las acepta y queda subrogado en la responsabilidad de las mismas, sin destinarse a su extinción el precio del remate. El mejor postor debe hacer el pago en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. Conforme a la Sentencia dictada el día 13 de junio de
2011 y archivada en los autos el 16 de junio de 2011, la anterior venta se hará conforme estipulado por las partes en un "Acuerdo para que se Dicte Sentencia por Estipulación" firmado por las partes el 27 de mayo de 2011, para satisfacer las siguientes sumas adeudadas por concepto del préstamo hipotecario adquirido por la parte demandada, sólo mediante el fruto de la venta judicial del inmueble hipotecado, cuyos balances eran: $643,047.28 de principal; $68,557.20 por concepto de intereses acumulados hasta el 30 de mayo de 2011, más los que continúen acumulándose diariamente a la tasa pactada de 6 3/4% anual hasta su total y completo pago; $3,904.02 por concepto de cargos por mora acumulados, más los que continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda; $1,243.95 por concepto de "escrow"; más la suma de $66,880.00 para costas, gastos y honorarios de abogado. Dicha Sentencia ha sido presentada para inscripción en el Registro de la Propiedad, Sección Primera de Caguas, la cual es relacionada en el inciso (c) anterior. Al caso de epígrafe no le son aplicables las disposiciones del Artículo 3 de la Ley Número 184 de 17 de agosto de 2012, que entró en vigor el 1ro de julio de 2013, conocida como "Ley para Mediación Compulsoria y Preservación de tu Hogar en los Procesos de Ejecuciones de Hipotecas de una Vivienda Principal", toda vez que la parte demandada acordó junto a la parte demandante la ejecución en pública subasta de la propiedad antes descrita en pago a la deuda. En cumplimiento con la Sentencia antes mencionada, se celebrará la Subasta del inmueble objeto del presente caso el día 9 de diciembre de 2013, a las 9:30 de la mañana en la oficina del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas, y cuyo tipo mínimo será la cantidad de $668,800.00. Se notifica por la presente a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre el inmueble a ser subastado con posterioridad a la inscripción del gravamen del ejecutante descrito
anteriormente, o acreedores de cargas o derechos reales que los hubieren pospuesto al gravamen del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizado hipotecariamente con posterioridad al gravamen del actor para
que puedan concurrir a la subasta si así lo interesan o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogado, quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Y, para conocimiento de licitadores, del público en general, y para su
publicación de acuerdo con la ley en un periódico de circulación general de la isla de Puerto Rico y en tres sitios públicos del Municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía, y vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conoci-
da de la parte demandada, expido el presente edicto bajo mi firma y el sello de este Tribunal, en Caguas, Puerto Rico, hoy día 24 de septiembre de 2013. RAMON L HERNANDEZ CINTRON ALGUACIL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE CAGUAS
EL VOCERO / DEPORTES / VIERNES, 1 DE NOVIEMBRE DE 2013
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Golovkin en NY CARLOS NARVÁEZ ROSARIO, EL VOCERO AP
El campeón mediano de la Asociación Mundial de Boxeo, Gennady Golovkin, llegó el miércoles junto a su equipo a Nueva York, en espera del pesaje del viernes de cara a su pelea del sábado en el Madison Square Garden ante Curtis Stevens.
KEVIN DURANT
SUMINISTRADA
Warriors abusan de los Lakers THE ASSOCIATED PRESS
OAKLAND, California - Klay Thompson anotó 38 puntos, la mayor cantidad de su carrera, para que los Warriors de Golden State humillaran 12594 a los Lakers de Los Angeles en su muy esperado duelo de inicio de temporada. Thompson encestó 15 de 19 tiros de campo, entre ellos cinco de siete de tres puntos, para guiar a los Warriors a una abultada victoria. Golden State tuvo una ventaja de 19 puntos al medio tiempo, 33 al final del tercer cuarto y de hasta 35 al inicio del último periodo. David Lee agregó 25 puntos, ocho rebotes y cinco asistencias a medida que los Warriors apabullaron a un equipo de los Lakers en reconstrucción que jugó sin Kobe Bryant y Steve Nash.
Subirá al peso ligero CARLOS NARVÁEZ ROSARIO, EL VOCERO
Rocky vislumbra poner fin a 15 años de trayectoria en las 130 libras luego de su pelea con ‘Mikey’ García DORADO – Su defensa ante Miguel Ángel ‘Mikey’ García, pautada para el próximo 9 de noviembre en Corpus Christi, Texas, marcará el fin de una larga trayectoria del actual campeón Román ‘Rocky’ Martínez en las 130 libras. Martínez, que defenderá su corona de la Organización Mundial de Boxeo (OMB) ante el invicto peleador méxico-americano en un choque que cobrará vida en el American Bank Center, adelantó que pretende subir al peso ligero luego de su pelea con García. “Yo soy un 130 libras natural, pero ya subiendo a 135. Me he mantenido por 15 años en el peso junior ligero, pero ha sido por mi dedicación, pero creo que ésta será mi última pelea en 130. Es hora de ir pensando en subir”, declaró.
Durant cuela 42
Martínez está inmerso en una dura preparación de cara a una de sus mayores pruebas. García, que viene de fulminar al ex campeón Juan Manuel ‘Juanma’ López, tiene marca invicta de 32-0 y 27 nocauts.
En Utah, Kevin Durant anotó 22 de sus 42 puntos desde la línea de tiros libres, entre ellos un par cuando quedaban 6.4 segundos en el reloj, para que el Thunder de Oklahoma City derrotara 101-98 al Jazz. Reggie Jackson añadió 14 puntos y embocó otros dos tiros libres claves con 10.5 segundos por jugar.
HOY EN LA NBA •New Orleans en Orlando, 7 p.m. •Filadelfia en Washington, 7 p.m. •Cleveland en Charlotte, 7 p.m. •Milwaukee en Boston, 7:30 p.m. •Toronto en Atlanta, 7:30 p.m. •OKC en Minnesota, 8 p.m. •Dallas en Houston, 8 p.m. •Detroit en Memphis, 8 p.m. •Miami en Brooklyn, 8 p.m. •Portland en Denver, 9 p.m. •Utah en Phoenix, 10 p.m. •Clippers en Sacramento, 10 p.m. •San Antonio en Lakers, 10:30 p.m.
MÁS INFO. EN VOCERO.COM
Jodie Meeks anotó 14 tantos y el español Pau Gasol terminó con 12 puntos, siete rebotes y tres asistencias para los Lakers.
García perdió su corona de las 126 libras el pasado 14 de junio, un día antes de su choque con López, tras confrontar problemas para hacer el peso. La OMB colocó a García en el primer lugar de la división junior ligero lo que le permite optar por la corona de Martínez. “Mikey es tremendo boxeador y según lo pinta mi empresa (Top Rank), es la pelea de mi vida en cuando a dinero y exposición, así que pensando en eso nos hemos preparado”. Martínez, que perdió la corona de las 130 libras en el 2009 ante Nicky Cook, recuperó el cetro en septiembre de 2012 al vencer por decisión a Miguel Beltrán Jr. Martínez (27-1-2 y 16 nocauts) ya se encuentra en el peso para su choque con García.
“Nos hemos fortalecido mucho y el trabajo ha sido uno muy bueno. Vamos a ir a buscar esa victoria”, aseguró el vegabajeño.
Golovkin, quien ha retirado por nocaut a sus últimos 13 oponentes, aseguró estar listo y preparado para salir airoso de su octava defensa de la faja mundial que conquistó en el año 2010.
Culcay nuevo campeón
Jack Culcay se convirtió en el nuevo campeón Intercontinental junior mediano al vencer en Alemania al argentino Guido Nicolás Pitto. Fue una revancha directa. Culcay fue favorecido por los jueces, Erkki Meronen y Jean Francois Toupin 115-113, y Pawel Kardyni 117-112.
Inicia Copa Gigante
Con un total de 20 combates iniciará el viernes en el Coliseo Guillermo Angulo de Carolina, la Décima Copa Gigante de Boxeo Aficionado.
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DEPORTES / VIERNES, 1 DE NOVIEMBRE DE 2013 El periódico de Puerto Rico
Sin duda el más valioso THE ASSOCIATED PRESS
BOSTON - Hoy, más que nunca, es el "Big Papi" de los Medias Rojas.
Inicia la puja invernal RAFY RIVERA, EL VOCERO
La Liga de Béisbol Profesional celebra su 75 aniversario como parte de la temporada 2013-2014
Kentucky primero Kentucky es el número uno en el top 25 del basket de la NCAA, apenas una campaña después de cerrar 2112. Michigan State, el monarca Louisville, Duke, Kansas (con Andrew Wiggins), Arizona, Michigan, Oklahoma State, Syracuse y Florida completan los primeros 10.
Con el regreso de los Cangrejeros de Santurce al estadio Hiram Bithorn, y en el marco de una tibia celebración de su 75 aniversario, inicia hoy la temporada 20132014 de la Liga de Béisbol Profesional de Puerto Rico. El torneo se presenta con muy poca promoción, pero con la participación de cinco equipos. Esta noche los Gigantes de Carolina visitan a a los campeones Criollos de Caguas en el Yldefonso Solá Morales. Por su parte, los Leones de Ponce enfrentan a los subcampeones Indios de Mayagüez en el Isidoro ‘Cholo’ García. Todos los partidos son a las 7:15 p.m. Santurce recibe el domingo a las 4:15 p.m. a los Gigantes.
"Este año hay mucho entusiasmo. Las cinco franquicias están bien preparadas. Me consta que hay mucho talento joven del que sabemos irá subiendo a Major League y que le dieron permiso de jugar acá. Hay sobre 20 jugadores jóvenes que han sido firmados por varios equipos en las Grandes Ligas", dijo Héctor Rivera Cruz, presidente de la Liga de Béisbol Profesional de Puerto Rico. “Le dedicamos la temporada a Don Luis Francisco Rodríguez Olmo, el único expelotero vivo de los que jugaron en la primera temporada del béisbol profesional en Puerto Rico", añadió . Aunque no tienen las fechas seleccionadas, el campeonato invernal contempla en algún momento
la celebración de juegos en los pueblos de las franquicias originales como Guayama y Aguadilla, así como ciudades donde se quiere promocionar el béisbol invernal, como Cayey. El 13 de noviembre está programado realizar una actividad en el estadio Sixto Escobar en conmemoración de la fecha en que se jugó el primer partido de la liga en 1938. El Juego de Estrellas está en calendario para el 8 de diciembre. Sin embargo, la liga no tiene todavía seleccionado el estadio donde se jugará ni el formato entre jugadores. Este juego se le dedicará al equipo de Puerto Rico, subcampeón del Clásico Mundial de Béisbol.
David Ortiz se apoderó del premio al Jugador Más Valioso de la Serie Mundial, el miércoles por la noche, y coronó una semana espectacular en la que guió a Boston a la coronación sobre San Luis, con una mezcla de poder, paciencia y una charla oportuna. Éste fue el mayor logro en la carrera de Ortiz, quien ahora tiene tres títulos y representa el último eslabón del equipo que rompió la maldición de Babe Ruth, al barrer en el Clásico de Otoño de 2004 y dejar atrás una sequía de 86 años. "Tengo claro que soy uno de los mejores y me gusta cargar con la responsabilidad", dijo Ortiz. "Así ha sido toda mi carrera, un desafío". "No buscaba ser el baluarte, pero soy consciente de que tenía que hacer algo para seguir de pie", dijo. "Y hoy no me tocó hacer nada. El resto del equipo se encargó". Bateó de 16-11 (.688), con dos jonrones y seis RBI’s en la serie.
AP
Una rivalidad revisitada, Florida State (3) contra Miami (7), encabeza la acción sabatina del football colegial. La última vez que chocaron como equipos clasificados entre los primeros diez fue en el 2005. Además, Michigan (23) juega en Michigan State (24).
SUMINISTRADA
FSU vs. Miami
De asesor de béisbol Iván Rodríguez RAFY RIVERA, EL VOCERO
En acción hoy el Barcelona El Barcelona enfrenta hoy al Espanyol en su primer clásico ciudadano, por la 12ma fecha de la liga española. El azulgrana busca alargar su invicto a 17 partidos oficiales. Mientras, el Real Madrid visita el sábado al Rayo Vallecano.
El exreceptor de Grandes Ligas será el gerente general del equipo de Puerto Rico que resulte campeón en la temporada invernal y a su vez el asesor especial del organismo en temas de selección de peloteros. Rodríguez trabajará directamente con los peloteros que conformen la novena que verá acción en la Serie del Caribe 2014. Así lo confirmó Héctor Rivera Cruz, presidente de la Liga de Béisbol Profesional, al tiempo que alabó la disponibilidad del expelotero.
"Hablé con Iván a ver si estaba dispuesto y él me dijo ‘presidente en lo que usted me necesita ahí estaré’. Así lo hicimos y ya contaremos con la presencia de Iván", dijo Rivera Cruz. "Es como un asesor de la liga. Habrá un comité integrado por Iván como gerente general de ese equipo de béisbol profesional de Puerto Rico. Va a estar también el gerente general del equipo campeón y el director de operaciones de la liga", agregó. El presidente aclaró que la figura de Rodríguez no será una para imponer jugadores sino más bien para asesorar de acuerdo al talento que tenga disponible la novena campeona.
EL VOCERO / Archivo
Iván Rodríguez está de vuelta al béisbol profesional.
D deportes
VIERNES, 1 DE NOVIEMBRE DE 2013
Beltrán ante un futuro incierto ERIC NÚÑEZ, THE ASSOCIATED PRESS
BOSTON - Carlos Beltrán, agente libre. Este es el nuevo presente del jardinero derecho puertorriqueño tras disputar su primera Serie Mundial. ¿Seguirá con los Cardenales de San Luis? ¿Deberá probar como bateador designado para la parte final de su carrera? Aunque se quedó sin campeonato, Beltrán acrecentó su prestigio como bateador productivo y oportuno en octubre, con lo que se posiciona bien para buscar posiblemente su último gran contrato. Tras esperar 16 años de carrera, Beltrán finalmente cumplió con participar en una Serie Mundial y procuró ser filosófico luego que los Cardenales sucumbieron en seis juegos ante los Medias Rojas de Boston. "No puedo decir que me sienta mal, porque nunca dejamos de pelear y lo dejamos todo", dijo Beltrán. "La postemporada es la postemporada, pero la Serie Mundial es más significativa. Al final de cuentas, no nos salieron las cosas como queríamos, pero nos podemos sentir orgullosos".
Giro de 180 grados ERIC NÚÑEZ, THE ASSOCIATED PRESS
Su mensaje caló de inmediato. "Como dije, desde el primer día, el cuerpo no funciona si la mente no funciona. Y nuestro mánager es excepcional", dijo David Ortiz, el Jugador Más Valioso de la tercera Serie Mundial que se adjudican los Medias Rojas desde 2004. "Apenas llegamos a Fort Myers, (la sede de pretemporada del equipo en Florida), sabía el libreto de la película, lo único que teníamos que hacer era oprimir el botón de 'play'", añadió el jardinero Jonny Gomes. Boston se convirtió en apenas en el segundo equipo en la historia de las Grandes
Ligas que se proclama campeón al año siguiente de terminar en el último lugar de lugar, calcando lo hecho por los Mellizos de Minnesota en 1991. Su foja de 69-93 dejó un porcentaje de .426. Ningún club había ganado la Serie Mundial la temporada posterior tras tener un porcentaje tan bajo.
La derrota en el Fenway Park marcó el punto final del contrato de $26 millones por dos temporadas que tenía con los Cardenales. Como agente libre, el boricua deberá sopesar su futuro en las Mayores. "Ahora mismo, iré a mi casa, esperar tranquilo, a ver qué sucede", comentó. "No sé si este equipo va a tener el interés de firmarme, tengo que ver lo que me conviene. Si hay un acuerdo bien, si no hacia adelante".
Tonificados por el cambio de timonel, renovada camarería en su camerino y las acertadas contrataciones realizadas por el gerente general Ben Cherington, los Medias Rojas acumularon la mayor cantidad de días (158) en la cima de su división en la Liga Americana y encadenaron rachas de más de tres derrotas seguidas por apenas segunda vez en los 113 años de existencia de la franquicia. Con sus tres campeonatos desde 2004, esta franquicia puede presumir que es la número uno de la última década, algo fascinante al considerar que hasta hace era sinónima de agónicas debacles.
Fotos AP
Boston hace historia con su increíble avance al título de la Serie Mundial
BOSTON - Desde el primer momento que John Farrell se dirigió a los jugadores de los Medias Rojas de Boston al iniciar la pretemporada, el mensaje fue olvidar todo el drama y calamidades de los últimos dos años.
Con 51 juegos acumulados en postemporada, Beltrán ahora exhibe porcentajes de .333 en bateo, .445 en embasado y .683 en slugging.
MATT HOLLIDAY, JON JAY Y CARLOS BELTRÁN