Procedimientos contenciosos administrativos

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Procedimientos Contenciosos Administrativos Bravo Yorlsis V-20.599482


Evolución Histórica La trayectoria histórica del Contencioso – Administrativo debemos ubicarla en Francia, donde tiene su origen, su configuración e ha ido determinando a través del Principio de la Separación de las Funciones Administrativas y Judiciales, Principio este, presente en la Ley 11-24 Agosto de 1.790. Apareciendo una jurisdicción que con el tiempo termina siendo independiente, tanto del orden judicial como de la Administración activa. Y es así como nace el sistema Contencioso-Administrativo Francés que sirve de modelo a los diferentes procedimientos Contencioso – Administrativos.


En Venezuela, antes de la vigencia de la Constitución de 1.961, no existía un sistema contencioso administrativo propiamente dicho, pero las normas legales que rigen al contencioso-administrativo; no está en un solo bloque, llámese Código Contencioso Administrativo, llámese Ley Orgánica Contencioso-Administrativa. Todas estas normas que rigen el contencioso administrativo, siendo la clave del sistema venezolano para esa época el artículo 206 de la Constitución de 1.961, hoy ratificado y ampliado ese contenido en el artículo 259 de la Constitución República Bolivariana de Venezuela. En aquella oportunidad, el profesor Moles Caubet señalaba que hasta la vigencia de la Constitución de 1.971 la jurisdicción contencioso-administrativa no tenía definición alguna, ni constitucional ni legal. Existía tan solo una multiplicidad de competencias entreveradas que, aplicando los módulos correspondientes del Derecho Comparado, se hacía posible calificarlas como pertenecientes a la jurisdicción contenciosoadministrativa.


Características del Procedimiento Contencioso Administrativo.

Una de las Características del Contencioso Administrativo en Venezuela, es que la Constitución y la Ley no solamente definieron una competencia por la materia, y no solamente crearon tribunales especiales para atribuirle esa competencia, sino que crearon también procedimientos especiales para el trámite de estos asuntos. En este sentido puede decirse que en Venezuela hay un sistema procesal contencioso administrativo, porque se dan los tres elementos necesarios para que exista un sistema procesal: 

Definición de competencia por la materia

Tribunales especiales

Procedimientos especiales

Por lo que puede decirse que hay un sistema procesal contencioso administrativo, diferente del civil y de cualquier otro.


Clases de Procedimientos Contenciosos Administrativos 1. Procedimiento de impugnación de actos de los órganos de los poderes públicos. 2. Procedimientos de demandas contra la administración publica 3. Procedimientos de demandas entre la Republica, los Estados o los Municipios. 4. Procedimientos de demandas que intenten la Republica, los Estados o los Municipios contra los particulares. 5. Procedimiento de instancia o de alzada

segunda

6. Procedimientos derivados de la aplicación del artículo 102 de la Ley Orgánica de la (antigua) Corte Suprema de Justicia.


Según el artículo 4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la definición jurisdicción en Venezuela sirve para dictar sentencias y para ejecutarlas. Y según la definición de la competencia del Juez contencioso administrativo en Venezuela, este no solamente anula sino también condena y entre la condena está el restablecimiento de las situaciones jurídicas subjetivas lesionadas

En Venezuela en la definición de la jurisdicción contencioso administrativo cuando se trate de demandas de nulidad de actos administrativos, permite en el juicio plantear hechos diferentes a los que se plantearon en el procedimiento administrativo y permite promover pruebas diferentes a las que se promovieron en el procedimiento administrativo.


Principios que rigen el procedimiento contencioso administrativo en Venezuela. Estos procedimientos están regidos por una serie de principios: unos de carácter legales y otros que constituyen principios de orientación

PRINCIPIOS PROCESALES DEL PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO

ADMINISTRATIVO DE CARÁCTER LEGAL Por estos principios procesales del proceso contencioso administrativo pueden entenderse las reglas que se aplican al proceso contencioso administrativo, entendido como un conjunto de relaciones jurídicas que se originan con motivo de la interposición de una demanda de anulación. El Doctor Duque, utilizaba el concepto moderno de proceso como el conjunto de relaciones, para no confundirlo con otros conceptos como lo son el concepto de procedimiento y el concepto de juicio. Se entiende por proceso: al conjunto de relaciones que surgen entre los sujetos del proceso con motivo de la interposición de una demanda. Esta distinción entre proceso y procedimiento, aparece recogida en el Código de Procedimiento Civil, en donde lo que es propiamente el trámite de las acciones se llama procedimiento, y a lo que constituye en general las relaciones entre los sujetos que intervinieron en un procedimiento se llama proceso.


Reglas del procedimiento contencioso administrativo. 1. La aplicación de los procedimientos contemplados en la Ley Orgánica de la (antigua) Corte Suprema de Justicia 2. La aplicación de los procedimientos contemplados en los códigos y leyes nacionales. 3. La aplicación supletoria en ambos casos del Código de Procedimiento Civil, tramitar y resolver acciones que no tengan pautado un trámite específico. 4. La aplicación analogía de procedimientos semejantes para trámite especial.


Los Poderes Decisorios del Juez Contencioso Administrativo. El fundamento de los poderes decisorios de los jueces contencioso administrativo, quiere significar que son propiamente las normas que determinan la facultad del juez contencioso administrativo al sentenciar. Los poderes del Juez contencioso-administrativo decisorios al dictar la sentencia son de dos clases: 1. Declarativas o anulatorias 2. De condena

En ese sentido las sentencias de los jueces contenciosoadministrativos pueden ser: Declarativas: Cuando anulan un acto o un contrato  Sentencias de Condena: Cuando dictan condena en contra de la administración al conocer de demandas contractuales o extracontractuales en su contra. El juez contencioso administrativo en cuanto a la dirección o instrucción del proceso puede actuar oficiosamente. En efecto, el juez contencioso administrativo examina in limitis litis, es decir, sin citación del demandado o demandados, los presupuestos procesales y los requisitos de las demandas. Es decir que sin esperar defensas por parte del demandado, el juez contencioso administrativo puede limpiar el proceso eliminando demandas ilegales o no validas, de manera que pueden impedir el curso del proceso que en definitiva vayan a ser anulados. 



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