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Reforma Laboral un nuevo reto para los Sindicatos
Lic. einar Vázquez Guillén
Coordinador Júridico en Evercorp Consultoria Empresarial
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Licenciado en Derecho por Universidad la Concordia Campus Aguascalientes (2008- 2012).
Maestrante en Derecho Procesal Laboral y Seguridad Social. Centro de Estudios de Posgrados (2019-2021). Para comenzar a platicar de la reforma laboral en materia sindical debemos entender lo que es un sindicato, pues bien; según la Ley Federal del Trabajo nos dice que es la asociación de trabajadores constituida para el mejoramiento y defensa de sus respectivos intereses y en caso de las asociaciones de patrones actualmente conocidas como “cámaras” buscan de igual forma el mejoramiento y defensa de sus respectivos intereses patronales, esos intereses deben estar plasmados en sus estatutos los cuales en realidad son su Ley máxima de dicho sindicatos, en donde se establecen entre otras cosas las facultades del secretario, condiciones de trabajo; contrato colectivo y en sí toda su organización.
Ahora bien el pasado 1 de mayo del presente se publicó la reforma laboral en México, la cual consiste en modificaciones a la Ley Federal del Trabajo, Ley del Seguro Social y Ley del infonavit, las cuales entraron en vigor en lo general el día 2 de mayo; siendo esto todo un reto para los sindicatos, las juntas de conciliación que ahora pasaran a ser juzgados laborales, para los patrones y abogados postulantes pues dichas reformas ya están en vigor más sin embargo los conflictos laborales se siguen resolviendo de la misma manera “existiendo un conflicto de aplicación de ley, de procesos y de práctica”.
Pero hablando específicamente en la reforma de la libertad sindical, la pregunta obligada es ¿dónde surgió su antecede de dicha reforma? pues bien, la ratificación del convenio 98 en materia de protección a la libertar sindical y negociación colectiva de la OIT (Organización Internacional del Trabajo) en el 2018 trajo consigo el antecedente directo a dicha reforma, dicho convenio entrará en vigor el 23 de noviembre del 2019; y en cuanto a la reforma de la justicia laboral la misma tuvo como antecedente en los acuerdos internacionales en materia comercial. La libertad sindical según la Ley Federal del Trabajo ya reformada nos dice en su título séptimo, articulo 354 del mismo ordenamiento; que reconoce la libertad de coalición de trabajadores y patrones dando la misma libertad a ambas fuerzas laborales previo acuerdo de voluntades; buscando siempre la equidad “obrero-patronal”.
El artículo 358 de la Ley Federal del Trabajo garantiza ciertos derechos que los miembros poseen, como por ejemplo trata de eliminar los puestos por tiempo indefinido de líderes sindicales los cuales solo podrán reelegirse pero ojo; esto no quiere decir que el cargo será por tiempo indefinido.
Tipos de Sindicatos
Según el artículo 360 de La Ley Federal del Trabajo los sindicatos de los trabajadores pueden ser:
1.- Gremiales; Se entienden que son los formados por trabajadores de una misma profesión, oficio o especialidad esto independientemente a si pertenecen a la misma patronal.
2.- De empresa; estos son los formados por trabajadores que presten sus servicios en una misma empresa sin importar la categoría, puesto o rama que desempeñen dentro; siempre y cuando sean de la misma empresa.
3.- Industriales; Estos son los formados por trabajadores que sin importar donde presenten sus servicios en dos o más pertenezcan a la misma rama industrial alguna en específico.
4.-Nacionales de industria, son los formados por trabajadores que presenten sus servicios en varias
empresas de la misma rama industrial, instaladas en dos o más entidades federativas.
5.- De oficios varios, estos son los formados por trabajadores de diversas profesiones, estos podrán constituirse siempre y cuando el número de trabajadores de una misma profesión sea menor de veinte.
Recomendación paras las empresas
Como conclusión puedo sugerir que la nueva reforma laboral 2019 y modificaciones a la Ley Federal del Trabajo introduce nuevos cambios que requerirán habilidades especificas en los encargados de la gestión de Recursos Humanos en la empresas, principalmente en ajustes en materia sindical, si bien los sindicatos son un canal de comunicación entre los empleados y las empresas, las organizaciones deberán tener mayor contacto con los empleados para atender sus necesidades, prevenir riesgos del trabajo y mejorar sus condiciones. Recomiendo a las empresas antes de todo puedan asesorarse en materia laboral patronal con algún experto para tener una constante revisión de contratos individuales de trabajo, reglamentos interiores de trabajo, clima laboral, seguridad social y en general verificar que las condiciones laborales que ofrecen se encuentren apegadas a derecho, todo ello para evitar contingencias laborales de cualquier índole; recuerde que la prevención es la solución a los problemas futuros.
