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Reglamento de Inscripción al Régimen de Seguridad Social y algunas de sus implicaciones
La nueva reglamentación para inscripción al IGSS, el cual básicamente aumentó el espectro de personas obligadas a cotizar. Esto debe ir de la mano con medidas estatales que permitan una transparente y eficiente asignación y ejecución del presupuesto.
El 16 de enero de 2023, fue publicado el Acuerdo 1529 de la Junta Directiva del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, que contiene el reglamento de inscripciones al régimen de seguridad social. Los cambios más importantes que contiene el Acuerdo son: a) La obligación de inscripción en el régimen de Seguridad Social a partir de un trabajador, cuando antes era a partir de tres; b) La eliminación de restricciones para inscribir como trabajadores a accionistas y/o representantes Legales que generen un salario como trabajadores.
La nueva normativa, evidentemente busca ampliar la cantidad de personas obligadas a cotizar. Esto causó cierta conmoción, ya que, muchos patronos pequeños, como los profesionales independientes, comerciantes informales, amas de casa que cuentan con empleada doméstica, entre otros que contaban con uno o dos trabajadores, no tenían prevista la nueva carga económica impuesta por el IGSS.
Ante tal situación, el IGSS, en febrero 2023, emitió un comunicado en el que trató de suavizar la situación, indicando, entre otros puntos, que el cambio y la coercibilidad del acuerdo se desarrollarían de forma paulatina, empezando por las empresas legalmente constituidas, para luego ir avanzando hasta alcanzar otros sectores de la población. El comunicado incluso indica que el acuerdo no será coercible hasta que no se cuente con un plan de trabajo establecido por parte del IGSS para la implementación del acuerdo, pero se debe tomar en cuenta que el acuerdo publicado por el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social se encuentra en plena vigencia y obligatoriedad, mientras que los compromisos expuestos por el IGSS en el comunicado no son exigibles por no encontrarse en un instrumento legal formal; es por ello que el IGSS tendría la facultad de inscribir de oficio y retroactivamente con multas del caso, a cualquier patrono y/o trabajador en el momento que así lo estime procedente.
El hecho de que habrán más personas cotizando al seguro social, generará más fondos para el IGSS pero también más gasto en coberturas, por lo que cabe recordar que existen dos grandes aspectos que como país debemos buscar resolver: que nuestros representantes en el Congreso presupuesten el pago de la deuda que le tiene el Estado al IGSS y luego exigir a las autoridades del IGSS la transparencia y eficiencia en la ejecución del presupuesto. Con esto sí se lograría que no solo haya cobertura para más afiliados, sino que esta sea de mejor calidad y se logre el que debería ser el verdadero objetivo de todo esto: otorgar mejores beneficios a los afiliados.