3 minute read
El MODELO DE TRABAJO HIBRIDO llegó para quedarse
Por Evelyn Rebuli Socia de ALTA QIL+4ABOGADOS
Mirando hacia atrás, la pandemia nos dejó muchos aprendizajes, entre ellos que no todos los empleados deben prestar sus servicios en un centro de trabajo, existe la posibilidad de que ciertas funciones pueden ser realizadas sin importar la ubicación.
La pregunta entonces es ¿cómo manejar equitativamente esa flexibilidad del trabajo remoto? ¿Dónde trazar la línea?
La respuesta no es tan simple, y viene acompañada de un conocido “depende”.
Depende de las funciones y roles de cada puesto de trabajo. Hay funciones que por su naturaleza son esenciales que se desarrollen en la oficina, mientras que otros no son indispensables que físicamente se encuentren ubicados en el centro de trabajo.
Otro factor importante es la cultura organizacional de quien quiera implementar la organización y de si el colaborador cuenta
con todas las herramientas necesarias en su espacio remoto para realmente desempeñar su trabajo de manera productiva como si estuviera en la oficina.
Los retos más grandes que encontramos en estos años de trabajo en casa son, entre otros, la dificultad de establecer que personal puede prestar servicios fuera del centro de trabajo sin caer en arbitrariedad, que no todos los trabajos pueden ejecutarse en forma remota, que existen excepciones, que el control y supervisión del trabajo en esta modalidad no es tan sencillo y que en algunos casos la productividad no es la misma.
Una opción que podemos considerar son los modelos híbridos, para trabajadores que ocupen determinados puestos en donde por la naturaleza de su trabajo si se pueda dar opción de trabajar de forma remota, siempre que tengan el mismo o mayor nivel de productividad, con facilidad de supervisión, y que exista un acuerdo previo de días y horas a la semana para trabajo remoto.
Desde el punto de vista legal esto es factible y un Patrono puede implementar dichas políticas y establecer por escrito los contratos correspondientes con sus empleados acordando las condiciones del trabajo hibrido.
Recomendamos se regule en forma clara las condiciones aplicables para todas las partes e incluir las obligaciones para los trabajadores, como el estar disponible en el horario de trabajo, responder a correos, citaciones, llamadas, realizar el trabajo con la misma responsabilidad, calidad y resultados medibles con objetivos claros.
Adicional contar con un procedimiento y los límites aplicables, para hacer la solicitud, las obligaciones de salud y seguridad ocupacional exigibles, la forma en que se supervisará el trabajo y sus resultados. Las condiciones
tecnológicas requeridas para que sea posible el trabajo a distancia, la forma de entrega y/o devolución de equipo.
Lo ideal es que la política sea flexible y que el modelo pueda modificarse o revocarse en caso de incumplimiento de cualquier obligación o cambios en las necesidades del trabajo.
El conocer claramente las reglas del juego nos ayudará a asegurar el éxito del proyecto o modelo de trabajo.