http://doi.org/10.22497/iura/52.5211
Apartamiento del precedente judicial por la Administración
¿UNA POTESTAD ABSOLUTA O LIMITADA? Por Gustavo Adolfo Bonilla Caballero1
RESUMEN La potestad del apartamiento del precedente judicial en materia contencioso administrativa se ha convertido en una amenaza que puede llegar a limitar la figura de la extensión de la jurisprudencia del Consejo de Estado, hasta el punto de dejarla en desuso por la imposibilidad de la aplicación de sentencias de unificación tanto del Consejo de Estado como de la Corte Constitucional en sede administrativa. Tal potestad de apartamiento debe ser modulada o limitada comoquiera que al apartarse la Administración de los pronunciamientos jurisprudenciales – contrario con lo que sucede con el apartamientos de los jueces- no sufre ningún costo político, razón por la cual su apartamiento no se ciñe estrictamente a criterios excepcionales sino que se convierte en una regla general. El presente trabajo expone sendas propuestas para que la Administración module esta potestad ya sea por la eventual lesión al principio de igualdad o por la falta de tecnicidad de las decisiones que se asuman en las providencias. En ambos casos circunscrito a un escenario de amparo del principio de sostenibilidad fiscal, razón que a la postre ha utilizado de forma soslayada la Administración para apartarse de las sentencias unificadas del Consejo de Estado. Palabras clave: Precedente judicial/ extensión de jurisprudencia/ sostenibilidad fiscal/apartamiento del precedente/ test de igualdad/ Estado regulador.
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Abogado de la Universidad Autónoma de Colombia, especialista en Derecho Administrativo de la Universidad Militar Nueva Granada, magister en Derecho Administrativo de la Universidad Externado de Colombia, docente de pregrado y postgrado de varias universidades de Colombia, coordinador nacional de sedes de la Universidad Antonio Nariño.
Revista IURA vol. 5 (2)
julio - diciembre 2020
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