La incidencia del ordenamiento jurídico europeo

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L a incidencia deL ordenamiento jurídico

europeo en L a configuración deL D erecho

Tributario españoL

Los derechos fundamenta L es y medidas de controL deL fraude fisca L

CONSEJO EDITORIAL

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L a incidencia deL

ordenamiento jurídico

europeo en L a configuración deL

D erecho Tributario españoL

Los derechos fundamentaLes y medidas de controL deL fraude fiscaL

María García Caracuel

Profesora Titular de Derecho Financiero y Tributario

Universidad de Granada

Colección: Atelier Fiscal

Director: Miguel Ángel Collado Yurrita

(Catedrático de Derecho financiero y tributario de la UCLM)

Reservados todos los derechos. De conformidad con lo dispuesto en los arts. 270, 271 y 272 del Código Penal vigente, podrá ser castigado con pena de multa y privación de libertad quien reprodujere, plagiare, distribuyere o comunicare públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, fijada en cualquier tipo de soporte, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios.

© 2024 María García Caracuel

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e-mail: editorial@atelierlibros.es www.atelierlibrosjuridicos.com Tel.: 93 295 45 60

I.S.B.N.: 978-84-10174-41-2

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Impresión: Winihard Gràfics, Avda. del Prat 7, 08180 Moià

í ndice

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1. introducción: incidencia deL ordenamiento jurídico europeo en L a configuración deL D erecho Financiero españoL

1. El sistema de fuentes condicionado por el Derecho Europeo ........... 14

2. Incidencia en la configuración sustantiva del Derecho Financiero español . 18

2. L a incidencia deL D erecho E uropeo en L a Lucha contra eL fraude y Límites a L a misma

3. dos ejempLos de medidas de controL deL fraude en L a LegisL ación españoL a . .

1. La declaración de bienes y derechos situados en el extranjero 32

1.1. Obtención de información tributaria de bienes y derechos situados en el extranjero 39

1.2. Aspectos objetivos y subjetivos de la obligación ................

1.3. Cumplimiento de la obligación y límites

1.4. Régimen sancionador previo a la sentencia del TJUE

1.5. Compatibilidad con el Derecho de la UE. El principio de proporcionalidad en la declaración de bienes en el extranjero 49

1.6. El régimen sancionador del deber de informar bajo el prisma de la Carta Europea de Derechos Fundamentales y del Convenio Europeo de Derechos Humanos ............................. 61

1.7. El incumplimiento del Derecho de la UE por parte del Reino de España: El Dictamen de la Comisión Europea y la sentencia del TJUE de 22 de enero de 2022 68

A. Dictamen Motivado de la Comisión Europea de 15 de febrero de 2017 ............................. 69

B. Sentencia del TJUE de 27 de enero de 2022 ......... 71

2. La publicación de la lista de deudores de la Hacienda Pública ......... 75

2.1. Contenido y requisitos de la publicación del listado de morosos a la Hacienda Pública 78

2.2. El marco de protección de datos personales ................... 88

2.2.1. El ámbito nacional .................................. 88

2.2.2. El ámbito europeo .................................. 94

A El derecho a la protección de datos personales en el CEDH 94

B. La protección de datos en el marco comunitario 98

2.3. El derecho a la intimidad y la protección de datos de carácter personal en el Derecho europeo como límite al artículo 95.bis LGT ... 107

2.4. Los efectos sancionadores de la de la lista de deudores y sus consecuencias 119

2.5. Los criterios para la publicación de deudores tras la Ley 11/2021, de 9 de julio 126

2.6. El futuro de la publicación de la lista de morosos frente a los últimos pronunciamientos jurisprudenciales ................

2.6.1. Delimitación de la publicación de deudores de la Hacienda Pública por el Tribunal Supremo 130

2.6.2. El TEDH y la legitimidad de la injerencia en la vida privada del contribuyente

6. jurisprudencia citada

Incidencia del derecho y la jurisprudencia europeos sobre la normativa tributaria estatal

La declaración de bienes y derechos situados en el extranjero

La publicación de la lista de deudores de la hacienda pública ............

El derecho a la intimidad y la protección de datos de carácter personal en el Derecho europeo ...........................................

p róLogo

En su última obra (George Steiner, el huésped incómodo), Nuccio Ordine consiguió hacernos partícipes del pensamiento de Steiner, permitiéndonos profundizar a la vez en el suyo propio. Ambos humanistas coincidieron en muchos temas, pero uno de los que mejor refleja la pasión de ambos por el conocimiento y la educación es el relativo al esfuerzo y al compromiso necesarios para adquirir ambos. Dice Ordine: «No es verdad que las dificultades empujen al fracaso. Muchas veces las dificultades sirven de estímulo para hacerlo mejor, nos ayudan a afinar los instrumentos, nos preparan para disfrutar de cualquier conquista que realicemos, aun de la más modesta». Quizás se pregunte usted por qué quien prologa esta obra, tratando de introducirla, decide comenzar con esta idea. Pues bien, la respuesta es sencilla: conozco a la autora desde hace ya más de veinte años, he tenido la suerte de compartir con ella sus logros, sus avances, y sobre todo conozco su trabajo, metódico, reflexivo, serio, fruto del esfuerzo y del compromiso al que aludía Ordine. Creo que valorar esta circunstancia es importante, no sólo por el reconocimiento que supone hacia la autora, sino porque entiendo que es necesario seguir insistiendo en la necesidad de mostrar a nuestros compañeros y compañeras de disciplina que no sólo importa cuánto se escribe, es aún más trascendente el proceso que lleva a la escritura. De nada sirven textos escritos sin el esfuerzo al que se refiere el malogrado Ordine: si «aprender tiene un precio y sólo quien lo paga conquista el derecho a la palabra», puedo asegurarles que la profesora García Caracuel ha pagado con creces dicho precio y ha conquistado con éxito el derecho a la palabra, el derecho a expresar opiniones que se sustentan en años de trabajo discreto y efectivo. Les aseguro que la lectura de esta monografía les permitirá entender cómo ha incidido el ordenamiento jurídico europeo en la configuración de nuestra disciplina, desde el punto de vista de los derechos fundamentales y del control del fraude fiscal. Esta obra no es fruto de una tesis doctoral: podría serlo, dada la calidad del resultado y, sobre todo, dado el esfuerzo que se refleja en cada una de sus líneas. Nos estamos acostumbrando a trabajos escritos con excesiva premura, más centrados en sumar líneas al currículo necesario para progresar en la profesión que

en contribuir al avance del conocimiento. Sin embargo, la obra que usted va a leer es el resultado de años de trabajo intenso, de meditación, de adquisición de instrumentos con los que abordar un tema complejo y muy importante. Y ello me lleva a afirmar que María García Caracuel es una de las investigadoras con mejor conocimiento de la relación entre los derechos fundamentales y el Derecho Financiero y Tributario. Son ya muchos los años que esta autora lleva formándose tanto a través de lecturas doctrinales como estudiando minuciosamente la jurisprudencia, especialmente la emanada del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Puedo asegurarles que he comprobado en múltiples ocasiones su dominio de la materia, que se engrandece por la prudencia y sensatez con las que la autora emite sus opiniones. Ese estilo sencillo y humilde se refleja también a la perfección en el libro que tengo el honor de prologar. Por todo lo dicho, considero una suerte poder prologar un trabajo que muestra el camino correcto en la investigación en ciencias jurídicas: el camino del esfuerzo que legitima el derecho a la palabra.

Entrando en el contenido del trabajo, la doctora García Caracuel pone en evidencia el abuso por parte del Estado español de medidas fiscales particularmente agresivas que se justifican en la lucha contra el fraude y la evasión fiscal pero que atentan a derechos fundamentales de los contribuyentes y las libertadas fundamentales. Nos hemos convertido en espectadores de la devaluación del principio de proporcionalidad y vemos sucederse medidas que, con la justificación de la lucha contra el fraude, traspasan líneas que en un estado social y democrático de derecho deberían estar mucho mejor definidas y protegidas. Ya en 2018, en la conocida Declaración de Granada, se puso de manifiesto el peligro de la presunción generalizada de voluntad defraudadora. Permítanme reproducir unas líneas de dicho texto: «Ahora bien, en este campo, como en todos los que rigen la vida social, no todo es permisible. El fin, por loable que sea, no justifica los medios, y los esfuerzos que realizan las Administraciones públicas para atajar el fraude no pueden obnubilarnos hasta el punto de cerrar los ojos ante la preterición que, para ello, o con el pretexto de ello, se hace de los principios de justicia tributaria». Seis años después, seguimos sufriendo las consecuencias de esta pésima y peligrosa opción, y las numerosas sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea constatando las vulneraciones de derechos que se han justificado con la necesidad de perseguir el fraude no parecen desincentivar una tendencia tan peligrosa. Así, mientras la Unión Europea centra sus esfuerzos en la prevención, en la asistencia mutua y en el intercambio de información, en nuestro país se sigue apostando por la adopción de medidas que entran en conflicto directo con los derechos de las personas contribuyentes.

Dos ejemplos de la idea expuesta los encontramos en el devenir jurisprudencial de la declaración de bienes en el extranjero y de la publicación de la lista de morosos. No son los únicos, pero sí son probablemente los que mejor sirven para comprobar las consecuencias de la contaminación de un fin tan loable como es el de evitar el fraude con medidas que vulneran derechos de enorme calado. La autora aprovecha estos ejemplos para ofrecer una visión general de la relevancia del ordenamiento europeo en la configuración actual del Derecho Finan-

ciero español. El análisis de ambas medidas a la luz de las exigencias sustantivas impuestas por el respeto a las libertades europeas garantizadas en los tratados constitutivos, así como a los derechos fundamentales reconocidos en la Carta europea de Derechos Fundamentales, merece una lectura atenta.

El análisis de cada una de estas medidas incluye una primera parte dedicada a presentarlas y a acotar su alcance, para proceder a continuación a exponer un análisis crítico de las consecuencias derivadas del establecimiento de una nueva obligación de informar para los particulares a la luz de los principios fundamentales del Ordenamiento jurídico europeo. En ambos casos, se trata de medidas que, pese a formar parte de nuestro ordenamiento desde hace más de una década, han dado lugar a numerosos cuestionamientos y litigios, gracias a los cuales la jurisprudencia ha ido delimitando y dibujando su contenido tratando de hacer compatible el objetivo principal (frenar el fraude y la evasión) con el respeto de los derechos de los contribuyentes.

El trabajo se acompaña además de una relación sistematizada de jurisprudencia que resulta especialmente útil y que contribuye a mostrar el dominio de la materia por parte de la profesora García Caracuel. Y es que, en efecto, una de las virtudes de este trabajo es el tratamiento que realiza de la jurisprudencia, tarea bastante más compleja de lo que a simple vista pueda parecer. Comentar sentencias aisladas puede resultar más o menos sencillo, pero hacerlo con el conocimiento profundo de la jurisprudencia que muestra la autora exige un trabajo, como ya he adelantado, que no se acomete en días.

No pretendo resumir esta monografía ni reseñarla, mi intención con estas líneas no es otra que la de introducirles en un magnífico trabajo y contextualizarlo. Espero tener crédito suficiente como para que quien me lea se adentre en las siguientes páginas con el convencimiento de que encontrará resultados fruto del esfuerzo. Y ese crédito me lo otorga, además de la experiencia, la suerte de conocer desde hace ya muchos años a la autora y de haber sido testigo de su evolución. Cuando la conocí trabaja en su tesis doctoral en Bolonia, en los inicios de una trayectoria investigadora marcada por la internacionalización responsable. Durante estos años ha ido madurando sin perder una de las notas que la caracterizan: el gusto por el trabajo bien hecho, y una elogiable falta de interés en las prisas sin sentido. Espero que quienes decidan seguir la lectura encuentren, como he podido encontrar yo, preguntas bien planteadas y respuestas fruto de la reflexión. El fruto de un esfuerzo que merece la recompensa del derecho a la palabra.

Catedrática de Derecho Financiero y Tributario Universidad de Málaga

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