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Derechos Reservados a favor de AUDACIA CORPORATIVA FISCAL, Educación Empresarial Estratégica, revista digital, Año I, No. 55, abril de 2023, es una publicación mensual, http://www audaciacorporativafiscal com Las opiniones expresadas por los autores no reflejan la postura de la edición de la publicación, ni del Consejo Editorial Queda prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos e imágenes de la publicación sin previa autorización por escrito del Autor y del Consejo Editorial de la revista digital AUDACIA CORPORATIVA FISCAL

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GANANCIA EN ENAJENACIÓN DE ACTIVOS

Que tal querido Audaz, ¿Cómo te fue en la presentación de las declaraciones anuales de personas morales, en este pasado mes de marzo de 2023? Sin duda, tu tolerancia a la frustración fue puesta a prueba.

Seguramente, te surgieron imprevistos, como a muchos; como la falta de actualización de cifras, la imposibilidad de ingresar para el llenado de la declaración aún, cuando los datos de la firma electrónica fuesen los correctos; sin embargo, habrá que maximizar el aprendizaje que estas circunstancias nos hayan dejado

Ante ello, cabría la siguiente reflexión ¿Qué puedo realizar durante este 2023 a fin de aminorar el grado de frustración al presentar la declaración en el próximo ejercicio?

La razón de la reflexión es para recordar que, habrá situaciones que dependen de nosotros y otras que no, por ejemplo, depende de mí que la formulación de los estados financieros se encuentre en tiempo, así como también la formulación de los papeles de trabajo necesarios para requisitar los apartados de la declaración anual; sin embargo, no depende de mi la estabilidad de la plataforma para el envío de la declaración.

Algo similar ocurre en el tema empresarial, habrá circunstancias que no dependan de las decisiones del administrador, como puede ser el tipo de cambio o el índice inflacionario, no obstante, habrá otras que sí, como el establecimiento de controles internos o de políticas y procedimientos.

En este sentido, la aplicación del denominado análisis FODA (Fortalezas, Oportunidades, Debilidades y Amenazas) nos podría ser de mucha utilidad para tomar decisiones en diferentes aspectos

Por ello, uno de los objetivos de tu revista Audacia Corporativa Fiscal, es proporcionar información oportuna, que te ayude a tomar decisiones en distintas áreas; y este número 55 no será la excepción, ¡Que la disfrutes!

“Si no tienes ganas de ser frustrado jamás en tus deseos, no desees sino aquello que depende de ti.” - Epicteto de Frigia

Norma Internacional de Gestión de la Calidad 1 (NIGC1), Gestión de la Calidad para Firmas de Auditoría que Realizan Auditorías o Revisiones de Estados Financieros u Otros Encargos de Aseguramiento o Servicios Relacionados

El Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento "IAASB" (International Auditing and Assurance Standards Board), encargado de mejorar la calidad y la uniformidad de las actividades en todo el mundo y fortalecer la confianza pública en la profesión de auditoría y aseguramiento de la información a nivel mundial, asimismo, emite normas en materia de auditoría, control de calidad, revisión y aseguramiento de la información, además de otros servicios relacionados.

En Diciembre del 2020, publicó tres Normas de Gestión de la Calidad nuevas y modificaciones, que fortalecen y modernizan el enfoque de la firma de auditoría para la gestión de la calidad: la NIGC 1, NIGC 2 y la NIA 220, Gestión de la Calidad de la Auditoría de Estados Financieros.

A través de estas normas, el IAASB aborda un ecosistema de auditoría en evolución y cada vez más complejo, incluidas las crecientes expectativas de las partes interesadas y la necesidad de sistemas de gestión de la calidad que sean proactivos y adaptables

Las normas dirigen a las firmas de auditoría a mejorar su seguimiento y corrección, a incorporar la calidad en su cultura corporativa y el "tono de la dirección", y mejorar la solidez de las revisiones de calidad de los encargos

¿Qué es la NIGC 1?

▶ La NIGC 1 aborda la responsabilidad de una firma de auditoría de contar con un sistema de gestión de la calidad (SGC), el cual constituye un mecanismo que ayuda a los equipos de auditoría a realizar encargos de calidad.

Las firmas de auditoría realizan diferentes encargos bajo las Normas del IAASB:

Auditorías o revisiones de estados financieros realizados bajo las NIA (Normas Internacionales de Auditoría) y las NIER (La Norma Internacional de Encargos de Revisión).

Encargos de aseguramiento distintos de auditorías o revisiones de información financiera histórica realizados (por ejemplo, aseguramiento de informes externos extendidos, o aseguramiento sobre los controles en organizaciones de servicios); o

Encargos de servicios relacionados realizados (es decir, procedimientos acordados y encargos de compilación).

Las Normas de Encargos del IAASB se ocupan de la realización de estos trabajos, incluidas las responsabilidades del socio del encargo y del equipo del encargo. Estas normas son parte de la premisa bajo la cuál está sujeta la NIGC 1 y la NIGC 2 o los requerimientos nacionales que tengan el mismo nivel de exigencia.

La NIGC 1 está relacionada con la responsabilidad de la firma de auditoría para el Sistema de Gestión de la Calidad (SGC), siendo el SGC el mecanismo que crea un entorno para apoyar a los equipos encargados de la calidad

También ayuda a la firma de auditoría a lograr la calidad del encargo consistente, enfocándose en la forma en la que la firma de auditoría maneja la calidad de los encargos realizados

La NIGC 1 reemplaza la actual NICC 1, Control de calidad para las firmas de auditoría que realizan auditorías y revisiones de estados financieros, y otros encargos de aseguramiento y servicios relacionados.

de auditoría como el objetivo del SGC.

La NIGC 1 tiene como objetivo mejorar la solidez del SGC de la firma de auditoría. Esto requiere que la firma de auditoría personalice el diseño, implementación y operación de su SGC con base en la naturaleza y circunstancias de la firma de auditoría y los encargos que realiza. También requiere que la firma de auditoría haga la transición de políticas y procedimientos que abordan elementos en lo individual, como lo requiere la NICC 1 actual, a un enfoque integrado de gestión de la calidad que refleje el sistema en su conjunto. Los cambios clave incluyen:

Un enfoque más proactivo y personalizado para la gestión de la calidad, centrado en lograr los objetivos de calidad mediante la identificación de los riesgos para esos objetivos y la respuesta a los riesgos.

Requerimientos mejorados para abordar el gobierno corporativo y el liderazgo de la firma de auditoría, incluido el aumento de las responsabilidades del liderazgo

Requerimientos ampliados para modernizar la norma y reflejar los factores que afectan el entorno de la firma de auditoría, incluidos los requerimientos para abordar la tecnología, las redes y el uso de proveedores de servicios externos

Nuevos requerimientos que abordan la información y la comunicación, incluida la comunicación con terceros. Requerimientos mejorados para el seguimiento y la corrección para promover un monitoreo más proactivo del SGC en su conjunto y la remediación efectiva y oportuna de las deficiencias.

El efecto en los cambios y aplicabilidad de la norma

La NIGC 1 aplica para todas las firmas de auditoría que realizan auditorías o revisiones de estados financieros u otros encargos de aseguramiento o servicios relacionados.

Si la firma realiza alguno de estos encargos, esta norma le aplica. En circunstancias en las que la firma de auditoría realiza otros tipos de encargos que no son encargos realizados bajo las Normas de Encargos del IAASB (por ejemplo, servicios de impuestos o servicios de consultoría), la NIGC 1 no requiere que el SGC se extienda a dichos encargos.

Sin embargo, la NIGC 1 puede afectar las áreas operativas de la firma de auditoría (por ejemplo, TI y recursos humanos), otros encargos que no se realizan según las Normas de Encargos del IAASB o el personal de la firma de auditoría que no está involucrado en la realización de encargos según las Normas de Encargos del IAASB

Esto se debe a que la NIGC 1 no considera la gestión de la calidad como una función separada de la firma de auditoría. En cambio, con el fin de mejorar la eficacia de la gestión de la calidad, la NIGC1 promueve la integración de la gestión de la calidad en la cultura de la firma de auditoría, en la estrategia de la firma de auditoría, las actividades operativas y los procesos de negocios.

Además, para cumplir con la ley, la regulación o los requerimientos de ética aplicables, es posible que el SGC de la firma de auditoría deba abordar otras áreas de la firma.

El SGC (Sistema de Gestión de Calidad) de la firma de auditoría puede afectar otras áreas de la firma

La NIGC 1 requiere que la firma de auditoría establezca un objetivo de calidad en el que “La firma demuestre un compromiso con la calidad a través de una cultura que existe en toda la firma de auditoría". Además, aborda la necesidad de que la cultura reconozca y refuerce “la importancia de la calidad en las decisiones y acciones estratégicas de la firma de auditoría, incluidas las prioridades financieras y operativas de la firma de auditoría".

En consecuencia, la estrategia, las decisiones, los objetivos y la gestión de recursos de la firma de auditoría deben reflejar un compromiso con la calidad.

La NIGC 1 aborda los recursos humanos y los recursos tecnológicos. Como resultado, la función de TI de la firma de auditoría y la función de recursos humanos pueden verse afectadas por el SGC

La NIGC 1 aborda la planificación y necesidades de recursos, incluida la obtención, distribución o asignación de recursos Esto afecta la forma en que los recursos, incluidos los financieros, se utilizan en toda la firma de auditoría

La NIGC 1 aborda el cumplimiento de los requerimientos de ética aplicables En el contexto de las disposiciones de los requerimientos de ética aplicables, la firma de auditoría puede necesitar diseñar e implementar políticas o procedimientos que: Prohíban la prestación de ciertos servicios distintos de los de aseguramiento a clientes que sean entidades de interés público para los cuales la firma de auditoría realiza auditorías o revisiones de estados financieros o Prohíban al personal que realiza auditorías o revisiones de estados financieros u otros encargos de aseguramiento, así como a otras personas identificadas dentro de la firma de auditoría de tener ciertos intereses financieros en entidades para las cuales se realizan dichos encargos.

Fecha de entrada en vigor

A nivel internacional, esta norma será aplicable a partir del 15 de diciembre de 2022 y reemplaza a la Norma Internacional de Control de Calidad 1 (NICC 1) – Control de calidad en las firmas de auditoría que realizan auditorías y revisiones de estados financieros, así como otros encargos que proporcionan un grado de seguridad y servicios relacionados.

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