Contratos legislacion laboral 3° semestre

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CONTRATOS LABORALES

CAMILA RODRIGUEZ CARAVAJALINO 230860 YARIMA ASCANIO LOPEZ

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MELISA FERNANDA OSORIO

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RUTH CLEMENCIA DOCENTE

UNIVERSIDAD FRANCISCO DE PAULA SANTANDER OCAÑA FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y ECONOMICAS CONTADURIA PÚBLICA NOCTURNA LEGISLACION LABORAL 2017


CONTRATO DE SERVICIO ALL IN SYSTEM LTDA, Dirección: CR 12 #10-45 barrió cañaveral Teléfono: 5609010 ALL IN SYSTEM LTDA, NIT 800 497331-1, cuya sede principal está ubicada en el barrio cañaveral en Ocaña Norte de Santander. Y representada por YARIMA ASCANIO LOPEZ con CC: 1062398041 de sandiego cesar: CONTRATA: Los servicios laborales de MARIA CAMILA GANZALES PACHECO, con CC: 1092431512, domiciliaria en la ciudad de Ocaña Norte de Santander, cel. : 3158924110 Correo electrónico: mariaca@gmail.com, quien en adelante se desempeñara como auxiliar contable de la empresa ALL IN NSYSTEM LTDA. Cumpliendo con las siguientes obligaciones: La señora maría Camila Gonzales pacheco se encargara de llevar los registros contables diariamente de la empresa.  Elaborara comprobantes de ingreso y egreso.  Analizar los estados financieros.  Presentar diagnostico financieros. Jornada laboral: La señora María Camila Gonzales pacheco deberá estar en la empresa desde las 8:00 am hasta las 6:00 pm, teniendo en cuenta que de 12:00 pm hasta las 2:00 pm tendrá hora de almuerzo de lunes a viernes, y los días sábado laborara de 8:00 am hasta 12:00 pm, y cuando la señora María Camila Gonzales pacheco sea requerida en un horario no habitual se le cancelara el tiempo extraordinario de trabajo. Salario V/r: Recibirá una remuneración mensual de 735.717 pesos las cuales serán consignados en el número de cuenta financiera. Cáusales de Terminación: PRIMERO: Por muerte del trabajador, por mutuo consentimiento, por expiración del plazo fijo pactado, Por terminación de la labor u obra contratada. OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR: Realizar personalmente la labor, en los términos estipulados; observar los preceptos del reglamento y acatar y cumplir las órdenes e instrucciones. No comunicar con terceros, salvo autorización expresa, que información que tenga sobre su trabajo. Dado en Ocaña Norte de Santander a los (6) días del mes de abril del 2017. Firma: Yarima Ascanio López ______________________________ YARIMA ASCANIO LÓPEZ Repre: Legal

María Gonzales Pacheco _____________________________________ MARÍA CAMILA GONZALES PACHECO Empleado


CONTRATO DE OBRA

ALL IN SYSTEM LTDA, Dirección: CR 12 #10-45 barrió cañaveral Teléfono: 5609010 Entre los suscritos a saber Yarima Ascanio López mayor de edad y vecino de la ciudad de Valledupar, identificada con cedula de ciudadanía N° 1062398041, expedida en sandiego cesar, quien en adelante se denominara contratante y por otro el señor Luis Miguel Quintero Pérez quien es víctima del conflicto armado identificado con cedula de ciudadanía N° 1062234567 expedida en la ciudad de Cúcuta norte de Santander con tarjeta profesional N° 772801, quien en adelante se denominara el contratista, se ha celebrado el contrato expresado en las siguientes clausulas del presente documento. PRIMERO: El presente contrato tiene por objeto realizar le recomendación y representación de inmueble ubicada en Ocaña norte de Santander. Dirección CR 12 # 10-45 en el barrio cañaveral. SEGUNDO: Que el contratistas se comprometa a efectuar la remodelación y reparación de las instalaciones de la empresa que tiene las siguientes características bajo su propia responsabilidad sin que genere vinculo laboral alguna entre el contratista y contratante y con las personas que emplee el contratista. TERCERO: El precio y el valor del contrato: De acuerdo a las cantidades de obra y precio unitarios indicados a continuación, el valor del presente contrato asiendo la suma de dos millones (2.000.000). CUARTO: Condiciones de pago, el valor del contrato cancelado con anticipo de cesantías del contratante reconocido por el fondo nacional de prestaciones sociales. QUIENTO: En caso de incumplimiento de alguna de las partes estas se pactan en mutuo acuerdo una cláusula penal de terminación del contrato.

Firma: Yarima Ascanio López __________________________ YARIMA ASCANIO LÓPEZ El Contratante

Luis Quintero Pérez ________________________________ LUIS MIGUEL QUINTERO PÉREZ EL Contratista


CONTRATO A TERMO FIJO ALL IN SYSTEM LTDA, CR 12# 10-45 barrió cañaveral TEL: 5609010 Yarima Ascanio López, identificada con cedula de ciudadanía N° 1062398041 actuando como representante legal de la empresa ALL IN SYSTEM LTDA identificada con NIT: 800 497331-1 domiciliada en Ocaña norte de Santander quien en adelante se denominara empleador, y SANDRA MARCELA MEJIA GUTIERREZ, identificada con cedula de ciudadanía N° 1065524098 residente en Cúcuta norte de Santander , quien en adelante se denominara empleado acuerdan celebrar el presente contrato individual de trabajo a termino fijo por un periodo menor a un año , encontrándose la señora Sandra Marcela , en situación de discapacidad, de una de sus extremidades superiores (mano derecha) regirá las siguiente clausulas. PRIMERO: Objeto del empleador contrata los servicios personales del trabajador, la señora se desempeñara como jefe de ventas. El trabajador aceptara los cambios de labores, decididos por el empleador siempre que sus condiciones laborales se mantengan. SUGUNDO: Iniciación y jornada de trabajo: El trabajador iniciara labores a partir de la fecha 06 de mayo del 2017, con una jornada laboral ordinaria de 8:00 am hasta 12: pm y de 2:00 am hasta 6:00 pm. TERCERO: Lugar de trabajo: El lugar de trabajo será en el barrio cañaveral con CR 12 #10-45 DEL MUNICIPIO de Ocaña norte de Santander y puedes ser modificado por acuerdo entre las partes , siempre que las condiciones laborales del trabajador no sufra desmejora o disminuya su remuneración o le cause perjuicio. CUARTO: Salario: El trabajador devengara un salario mínimo mensual de setecientos treinta y cinco mil setecientos diecisiete pesos (735.717), pagados en efectivo que incluye la remuneración de los descansos dominicales y festivos. QUINTO: Obligaciones del trabajador: Deberá cumplir las siguientes obligaciones: Colocar al servicio su capacidad normal de trabajo, según Trabajar durante la vigencia del presente contrato única y exclusivamente al servicio del empleador. SEXTA: Trabajo extra en dominicales y festivos: Es de advertir que dicho trabajo debe ser autorizado por el empleador a sus representantes, para efecto de su reconocimiento. SEPTIMO: Justa causa para despedir: Son justa causa para terminar el contrato, por cualquier de las partes, los expresados en los artículos 62-63 del art del CST.


Firma:

Yarima Ascanio López _________________________________ YARIMA ASCANIO LÓPEZ Repre: Legal

Marcela Mejía Gutiérrez ___________________________________ MARCELA MEJÍA GUTIÉRREZ Empleado


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