SPSAREG MÓDULO 3

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Comprendiendo el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC para mejores Agronegocios en América Latina y Caribe. Fase A MÓDULO 3 El Comité MSF y la solución de diferencias


Comprendiendo el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC…

Módulo 3

Autor del curso: Banco Interamericano de Desarrollo (BID) (www.iadb.org), a través de su Sector de Integración y Comercio (INT) Coordinador del curso: Banco Interamericano de Desarrollo (BID) (www.iadb.org), a través de su Sector de Integración y Comercio, el Instituto para la Integración de América Latina y el Caribe (www.iadb.org/es/intal), el Instituto Interamericano para el Desarrollo Económico y Social (INDES) (www.indes.org), la Organización Mundial de Aduanas (OMA)(www.wcoomd.org) y la Secretaría General del Sistema de la Integración Centroamericana (SG-SICA) (http://www.sica.int/) Autor del Módulo: Gustavo Idigoras, Director Consultora BIM, Director Centro de Estudios del Sistema agroalimentario (CEAGRO-UNLZ), experto internacional para MERCOSUR, SIECA, BID en temas sanitarios. Ex negociador agrícola y sanitario de Argentina y MERCOSUR. Ex Ministro Consejero Agrícola ante la UE (Bruselas) Coordinación pedagógica y de edición: El Instituto Interamericano para el Desarrollo Económico y Social (INDES) (www.indes.org),en colaboración con la Fundación Centro de Educación a Distancia para el Desarrollo Económico y Tecnológico (CEDDET) (www.ceddet.org)

Este documento es propiedad intelectual del Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Cualquier reproducción parcial o total de este documento debe ser informada a: BIDINDES@iadb.org . Las opiniones incluidas en los contenidos corresponden a sus autores y no reflejan necesariamente la opinión del Banco Interamericano de Desarrollo. Los presentes materiales han sido revisados a la luz de las decisiones ministeriales tomadas en el marco de la Novena Conferencia Ministerial de la Organización Mundial del Comercio celebrada en Bali, Indonesia, en diciembre de 2013. Los ajustes fueron realizados con la finalidad de reflejar un mayor alineamiento entre la temática del curso y las prioridades identificadas en la Declaración Ministerial y decisiones de Bali, en la que participaron todos los miembros del BID. Declaración de Bali

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Contenido

Unidad I. El trabajo en materia sanitaria y fitosanitaria en la OMC: el Comité MSF ........................................................................... 5 Objetivos de aprendizaje ......................................................... 5 I.1. ¿Qué es el Comité MSF? .................................................... 5 I.2. Cuestiones que trata ......................................................... 8 I.2.1. Aplicación y administración del Acuerdo MSF ............... 12 I.3. ¿Quién puede asistir a las reuniones? ............................... 19 I.3.1. El papel de las tres hermanas y de otros observadores en el Comité MSF ................................................................... 20 I.4. ¿Cómo funciona el Comité?.............................................. 22 I.4.1. La toma de decisiones ............................................... 22 I.4.2. Reuniones formales e informales ................................ 23 I.5.Reglamento interno ......................................................... 23 I.6. Principales cuestiones planteadas ..................................... 23 I.7.Directrices prácticas ......................................................... 27 Síntesis de la Unidad ............................................................... 34 Unidad II. Solución de diferencias ............................................. 38 II.1. Objetivo - Ámbito de aplicación....................................... 38 II.2. Órganos de la OMC involucrados en el proceso de solución de diferencias ........................................................................... 39 II.3. La solución de diferencias en el Acuerdo MSF ................... 43 II.4. Las diferencias sanitarias y fitosanitarias ......................... 48 II.4.1. CE — Hormonas (DS26 Y DS48) ................................ 48 II.4.2. Australia — Salmón (DS18) ...................................... 48 II.4.3. Japón — Productos agrícolas (DS76) .......................... 49 II.4.4. Japón — Manzanas (DS245) ..................................... 49 3


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II.4.5. CE – Aprobación y comercialización de productos biotecnológicos (DS291, DS292 AND DS293)........................ 49 II.4.6. Australia — Manzanas (DS367) ................................. 50 II.4.7. Estados Unidos — Aves de corral (DS392) .................. 50 Síntesis de la Unidad ............................................................... 52 Bibliografía ............................................................................. 53 Principales páginas web de consulta .......................................... 55

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Unidad I. El trabajo en materia sanitaria y fitosanitaria en la OMC: el Comité MSF

Objetivos de aprendizaje

Comprender qué es el Comité MSF y sus funciones y objetivos principales. Obtener una perspectiva general acerca de las cuestiones que actualmente se debaten durante las reuniones y aprender sobre los reglamentos del Comité.

Aprender sobre las cuestiones que se tratan en las reuniones del Comité MSF, en especial sobre las preocupaciones comerciales específicas de los Miembros y el proceso de revisión del Acuerdo MSF.

Obtener conocimientos prácticos acerca de cómo deben los Miembros prepararse para estas reuniones y actuar durante su transcurso.

I.1. ¿Qué es el Comité MSF?

EN RESUMEN •

En el marco del Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (el "Comité MSF"), que responde directamente ante el Consejo del Comercio de Mercancías y está abierto a todos los Miembros de la OMC, se realizan labores en materia sanitaria y fitosanitaria.

El Comité MSF ofrece a los Miembros la oportunidad de realizar consultas sobre cualquier cuestión relativa a la aplicación del Acuerdo MSF o al cumplimiento de sus objetivos. En éste sentido, el Comité MSF se reúne con el fin de desempeñar las funciones

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necesarias para la aplicación de las disposiciones del Acuerdo MSF, o las demás tareas que se le pida que asuma.

ADEMÁS: El Comité MSF no se reúne "en sesión extraordinaria" para celebrar negociaciones, pero puede realizar reuniones especiales sobre cuestiones específicas. Estas reuniones "en sesión extraordinaria" se destinan a las negociaciones previstas en el mandato del Programa de Doha para el Desarrollo (PDD). El PDD no prevé negociaciones acerca del Acuerdo MSF, por lo que el Comité MSF no se reúne "en sesión extraordinaria". Si quiere obtener más información sobre la Ronda de Doha y el PDD, consulte el portal sobre Doha.

El Comité MSF: •

Sirve regularmente de foro para celebrar consultas y desempeña las funciones necesarias para aplicar las disposiciones del Acuerdo y para la consecución de sus objetivos, especialmente en materia de armonización (artículo 12.1 del Acuerdo MSF).

Supervisa utilización

el

proceso

de

internacionales,

de

normas, y

armonización directrices

coordina

con

internacional y

y

la

recomendaciones

las

organizaciones

internacionales competentes las iniciativas a este respecto (artículo 3.5 y artículo 12.4 del acuerdo MSF). •

Fomenta y facilita la celebración entre los Miembros de consultas o

negociaciones

ad

hoc

sobre

cuestiones

sanitarias

o

fitosanitarias concretas (artículo 12.2 del Acuerdo MSF). • Promueve el aumento de la coordinación y la integración entre los sistemas y métodos nacionales e internacionales para la aprobación del uso de aditivos alimentarios o el establecimiento de tolerancias de contaminantes en los productos alimenticios, las bebidas o los piensos (artículo 12.2 del Acuerdo MSF). 6


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• Ha elaborado directrices para fomentar la aplicación práctica del artículo 5.5 del Acuerdo MSF, que establece la obligación de los Miembros de la OMC de evitar distinciones arbitrarias o injustificables en los niveles que considere adecuados en diferentes situaciones, si tales distinciones tienen por resultado una discriminación o una restricción encubierta del comercio internacional (artículo 5.5 del Acuerdo MSF). • Otorga a los países en desarrollo Miembros, previa solicitud, excepciones especificadas y de duración limitada, totales o parciales, al cumplimiento de las obligaciones dispuestas en el Acuerdo MSF, teniendo en cuenta sus necesidades económicas, comerciales y de desarrollo (artículo 10.3 del Acuerdo MSF). • Se mantiene en estrecho contacto con las organizaciones internacionales

competentes,

en

especial

con

las

tres

organizaciones hermanas, con objeto de lograr el mejor asesoramiento científico y técnico que pueda obtenerse a efectos de la administración del Acuerdo MSF, y de evitar toda duplicación innecesaria de la labor. El Comité MSF puede decidir, cuando proceda, utilizar la información generada por los

procedimientos

—especialmente

en

materia

de

notificación— vigentes en las organizaciones internacionales competentes (artículo 12.3 y artículo 12.5 del Acuerdo MSF). • Puede invitar, a iniciativa de un Miembro de la OMC, a las organizaciones internacionales competentes (o sus órganos auxiliares) a examinar cuestiones concretas con respecto a una determinada norma, directriz o recomendación sanitaria o fitosanitaria (artículo 12.6 del Acuerdo MSF). • examina el funcionamiento y aplicación del Acuerdo MSF, y presenta al Consejo del Comercio de Mercancías propuestas de modificación del texto del Acuerdo (artículo 12.7 del Acuerdo MSF).

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I.2. Cuestiones que trata Como hemos aprendido, el Comité

MSF suele celebrar tres

reuniones ordinarias cada año en la sede de la OMC en Ginebra. Sólo adopta las decisiones por consenso. Las reuniones ordinarias del Comité MSF suelen durar dos días, y pueden ir precedidas de una o varias reuniones informales para examinar cuestiones específicas. También

puede

celebrar

reuniones

especiales

y

talleres.

Anteriormente, estas reuniones se han celebrado con el fin de tratar cuestiones

como

participación

en

la

evaluación

los

del

organismos

riesgo, de

el

proceso

y

estandarización,

la la

regionalización, la aplicación del Acuerdo MSF, y la transparencia, a menudo con la participación de las tres organizaciones hermanas, que gozan de la condición de observadores en el Comité. Al final de cada reunión, el Comité MSF aprueba un orden del día provisional para la siguiente reunión. Alrededor de un mes antes de cada reunión, el Director General de la OMC distribuye el orden del día propuesto para la siguiente reunión junto con un recordatorio de los plazos relevantes. En la jerga de la OMC, recibe el nombre de "aerograma". Los Miembros de la OMC pueden pedir la inclusión de puntos específicos en el orden del día hasta diez días naturales antes de la siguiente reunión, cuando se prepara el "aerograma". Este aerograma se envía a todos los Miembros de la OMC. Un orden del día clásico para una reunión formal del Comité MSF es del tipo siguiente:

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EN DETALLE Punto del orden del día: Adopción del orden del día Los Miembros de la OMC pueden solicitar que se realicen cambios en el orden del día antes de que éste se adopte. Estos cambios suelen referirse a la eliminación de una preocupación comercial específica porque se haya avanzado bilateralmente en la resolución del problema, o a la inclusión de cuestiones específicas en "Otros asuntos". Punto del orden del día: Aplicación del Acuerdo En este punto del orden del día, los Miembros pueden debatir aspectos específicos de la aplicación del Acuerdo. Por ejemplo, los Miembros pueden proporcionar información sobre los avances que hayan logrado en la aplicación del Acuerdo, sobre las consultas relativas a la equivalencia o sobre su reconocimiento como zonas libres de determinadas plagas o enfermedades. Los

Miembros

también

pueden

plantear

preocupaciones

comerciales específicas, por ejemplo cuando sus productos tropiezan con obstáculos sanitarios o fitosanitarios que impiden su entrada en los mercados de otros Miembros. Si un Miembro ha notificado un reglamento que es motivo de preocupación para otros Miembros, éstos pueden plantearlo en este punto del orden del día, así como otros asuntos relacionados con la transparencia, por ejemplo la no notificación de ciertas medidas por parte de un Miembro o las notificaciones poco claras. Punto del orden del día: El Acuerdo MSF y los países en desarrollo Durante el Examen del Acuerdo MSF celebrado en 1998-99, el Comité señaló que los países en desarrollo se enfrentaban a diversos problemas relativos a la aplicación del Acuerdo. La Secretaría preparó un documento de referencia (G/SPS/W/93) sobre el Acuerdo MSF y los países en desarrollo, y esta cuestión se 9


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ha convertido en un punto permanente del orden del día en las reuniones del Comité MSF. Punto del orden del día: Equivalencia — artículo 4 En la Decisión sobre la aplicación del artículo 4 (G/SPS/19/Rev.2), el Comité MSF decidió incluir la equivalencia de forma permanente en el orden del día. Durante 2002 y 2003 los debates en este punto del orden del día se centraron en el programa de trabajo adoptado por el Comité MSF (G/SPS/20). Los Miembros pueden informar sobre sus experiencias en relación con las negociaciones sobre el reconocimiento de la equivalencia y las "tres organizaciones hermanas" informan al Comité MSF acerca de su labor pertinente. Punto del orden del día: Asistencia técnica y cooperación En este punto del orden del día, los Miembros tienen la oportunidad de identificar sus necesidades de asistencia técnica y de informar a otros Miembros acerca de la asistencia técnica que han prestado. Además, la Secretaría y varias de las organizaciones que tienen la condición de observador proporcionan periódicamente información sobre sus actividades de asistencia técnica. El Comité ha deliberado acerca de una tipología de distintas clases de asistencia técnica, para identificar los tipos que son más adecuados (G/SPS/GEN/206). La Secretaría ha distribuido un cuestionario sobre las necesidades de asistencia técnica (G/SPS/W/113), y distribuye las respuestas a ese cuestionario (en las adiciones del documento G/SPS/GEN/295). Punto del orden del día: Vigilancia de la utilización de normas internacionales En este punto del orden del día se pueden plantear problemas comerciales

debidos

a

que

una

norma

internacional

está

desactualizada, o que ya no se utiliza, o debido a la no existencia de dicha norma.

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Con arreglo al procedimiento provisional para la vigilancia del proceso

de

armonización

internacional

(G/SPS/11

y

G/SPS/11/Rev.1) formulado por el Comité, los Miembros deben presentar ejemplos específicos de esos problemas como mínimo 30 días antes de cada reunión del Comité. El Comité debate esos casos y puede pedir a las organizaciones de estandarización pertinentes que examinen los estándares en cuestión. Las actividades de vigilancia del Comité se resumen en un informe anual que se facilita a las organizaciones internacionales de normalización. El último informe anual (G/SPS/W/269), así como los informes anteriores (en la serie G/SPS/), se puede descargar del sitio Web de la OMC. Punto del orden del día: Cuestiones de interés resultantes de la labor de las organizaciones observadoras En este punto del orden del día se invita a todos los observadores a que faciliten información pertinente al Comité, por ejemplo sobre la formulación de estándares internacionales y las reuniones de los comités de estandarización. Punto del orden del día: Solicitud de la condición de observador El Comité MSF debe decidir la concesión de la condición de observador a los solicitantes por consenso. El Comité examina el mandato y la composición de la organización solicitante, así como el interés de su labor para el Comité MSF, teniendo en cuenta las directrices adoptadas por el Consejo General de la OMC.

El

documento G/SPS/W/78/Rev.10 contiene información acerca de las organizaciones internacionales a las que se ha concedido la condición de observador y acerca de las solicitudes pendientes.

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Punto del orden del día: Otros asuntos En otros asuntos, los Miembros pueden plantear cualquier cuestión que

no

hayan

presentado

previamente.

Esto

incluye

las

preocupaciones comerciales específicas que no pudieron señalarse a la atención del otro Miembro y de la Secretaría por lo menos 10 días naturales antes de la reunión.

I.2.1. Aplicación y administración del Acuerdo MSF

Según lo dispuesto en el artículo 12.1 del Acuerdo MSF, el Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias se creó con el fin de que sirviera regularmente de foro para celebrar consultas, en especial relativas a la aplicación de las disposiciones del Acuerdo MSF por parte de los Miembros. Asimismo, el artículo 12.7 dispone que el Comité examinará el funcionamiento y aplicación del Acuerdo MSF y someterá al Consejo del Comercio de Mercancías propuestas de modificación del texto del Acuerdo. Más adelante profundizaremos en estas cuestiones relativas a la aplicación y administración del Acuerdo MSF. Preocupaciones comerciales específicas planteadas por los Miembros de la OMC en el Comité MSF En lo que respecta al Acuerdo MSF, las preocupaciones comerciales específicas que plantean los Miembros son cuestiones de máxima importancia durante las reuniones del Comité MSF. Normalmente se trata de cuestiones planteadas por Miembros de la OMC relativas a las medidas adoptadas o en proceso de adoptarse por otros Miembros, incluidas las cuestiones de transparencia. Ahí es donde el Comité MSF sirve de foro para que los Miembros planteen sus preocupaciones acerca de los efectos de las medidas impuestas por otros Miembros.

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Antes de plantear una preocupación comercial específica ante el Comité MSF, los Miembros de la OMC pueden haber realizado una serie de trámites de intercambio de información y celebración de consultas. • Un Miembro puede haber solicitado información al organismo encargado de la notificación y presentado observaciones sobre una notificación al Miembro autor de la notificación. Un Miembro puede haber celebrado debates y consultas bilaterales con otro Miembro acerca de una MSF. Estos pasos preliminares no siempre se siguen y un Miembro de la OMC puede plantear una preocupación comercial directamente en el Comité

MSF.

No

obstante,

al

solicitar

que

se

añada

una

preocupación comercial específica al orden del día, éste también debe informar al Miembro que mantiene la medida y ofrecerle un sumario de sus preocupaciones. No es inusual que los Miembros de la OMC celebren reuniones bilaterales al margen de la reunión del Comité MSF para tratar estas preocupaciones comerciales específicas. Si durante estas reuniones se progresa, o se resuelve el problema, el Miembro de la OMC que solicitó añadir la cuestión al orden del día de la reunión puede solicitar que ésta se retire. En los casos en que no se obtiene el resultado deseado al plantear una cuestión en el Comité MSF, un Miembro de la OMC puede solicitar que se inicien consultas formales y el procedimiento de solución de diferencias, ante el Órgano de Solución de Diferencias (OSD), como veremos más adelante. Sin embargo, también se anima a los Miembros de la OMC a usar los buenos oficios del Presidente del Comité MSF o, si lo desean, los procedimientos de solución de diferencias de la OIE y la CIPF, en sus respectivos campos de acción, para facilitar la resolución de preocupaciones comerciales específicas.

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ADEMÁS:

Puede consultar los resúmenes de las preocupaciones comerciales específicas que se han planteado en el documento G/SPS/GEN/204/Rev.13 (actualizado hasta febrero de 2013). La Secretaría ha revisado este documento anualmente para incluir la información nueva que han proporcionado los Miembros (documento G/SPS/GEN/204/Rev.1 hasta 12).

Como se observa en la gráfica siguiente, en los 18 años entre 1995 y 2012 se plantearon 344 preocupaciones comerciales específicas. Gráfico 1. Número de cuestiones planteadas

Fuente: OMC Del

total

de

las

preocupaciones

comerciales,

el

30%

son

preocupaciones relativas a la inocuidad alimentaria, el 40% son relativas a la protección fitosanitaria, el 40% son relativas a la sanidad animal, y el 6% son relativas a otras cuestiones como los requisitos de certificación o las traducciones. En la Gráfica 2 se clasifican las preocupaciones comerciales presentadas entre 1995 y 2012 en cuestiones relativas a la inocuidad alimentaria, cuestiones relativas a la sanidad animal, cuestiones relativas a la protección fitosanitaria y otras cuestiones. 14


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Gráfico 2. Preocupaciones comerciales clasificadas por temas

Fuente: OMC Los países en desarrollo participan activamente en este punto del orden del día durante las reuniones del Comité MSF. En los 18 años transcurridos entre 1995 y el final de 2012, los países en desarrollo Miembros han planteado 189 preocupaciones comerciales (en diversas ocasiones más de un Miembro ha planteado, apoyado o mantenido una cuestión), en contraste con las 212 que han planteado los países desarrollados Miembros y las cinco planteadas por países menos adelantados Miembros. Un país en desarrollo Miembro ha apoyado a otro Miembro que planteaba una cuestión en 260 casos, comparado con 180 casos para los países desarrollados Miembros y dos para los países menos adelantados Miembros. Con el fin de facilitar el seguimiento de las preocupaciones comerciales específicas de los Miembros de la OMC, el Comité MSF ha recomendado que los Miembros de la OMC informen al Comité MSF, de forma voluntaria, de todas las preocupaciones comerciales específicas que se hayan resuelto. Los Miembros han notificado que se han resuelto 101 de las 344 preocupaciones comerciales que se plantearon entre 1995 y el final de 2012.

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En 2012 se comunicó la resolución de tres cuestiones, incluida una que se planteó por primera vez ese mismo año. Se ha comunicado que se han solucionado parcialmente dieciocho preocupaciones comerciales. En las reuniones, los Miembros suelen comprometerse a intercambiar información y a celebrar consultas bilaterales. A menudo informan al respecto durante reuniones posteriores del Comité, en especial cuando las preocupaciones persisten.

ADEMÁS: EL SPS IMS Como veremos más detalladamente en el Módulo 4, el Sistema de gestión de la información MSF (SPS IMS) es una herramienta con la que buscar y proveer de forma exhaustiva la información relacionada con las cuestiones sanitarias y fitosanitarias de la OMC. Ésta permite acceder a los documentos y registros pertinentes al Acuerdo MSF, incluidas las preocupaciones comerciales específicas planteadas en el Comité MSF. La información que hay disponible en el SPS IMS figura en la barra de menú de la izquierda en la página web del SPS IMS.

Examen del Acuerdo MSF En virtud del artículo 12.7 del Acuerdo MSF, el Comité MSF debía examinar el Acuerdo MSF a los tres años de su entrada en vigor y posteriormente cuando surgiera la necesidad. Este artículo dispone lo siguiente: El Comité examinará el funcionamiento y aplicación del presente Acuerdo a los tres años de la fecha de entrada en vigor del Acuerdo sobre la OMC y posteriormente cuando surja la necesidad. Cuando proceda, el Comité podrá someter al Consejo del Comercio de Mercancías propuestas de modificación del texto del presente Acuerdo teniendo en cuenta, entre otras cosas, la experiencia adquirida con su aplicación.

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Módulo 3

Tal como establece el Acuerdo MSF, el Comité MSF completó el Primer Examen de la aplicación del Acuerdo MSF en marzo de 1999 (G/SPS/12). En la Conferencia Ministerial celebrada en 2001 en Doha, los Miembros de la OMC decidieron revisar el funcionamiento y la aplicación del Acuerdo MSF como mínimo una vez cada cuatro años. La decisión sobre cuestiones y preocupaciones relativas a la aplicación (WT/MIN(01)/17) establece que:

3.4 De conformidad con lo dispuesto en el párrafo 7 del artículo 12 del Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, se encomienda al Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias que examine el funcionamiento y aplicación del Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias al menos una vez cada cuatro años.

Tal como requería esta decisión, el Comité MSF realizó un Segundo Examen de la aplicación del Acuerdo MSF, finalizado en 2005 (G/SPS/36), que fue mucho más exhaustivo que el primero, ya que tomaba como base los 10 años de experiencia en el funcionamiento del Acuerdo MSF. Finalmente, el Tercer Examen (G/SPS/53) se concluyó en 2010. Durante el Tercer Examen, los Miembros de la OMC estudiaron las mismas cuestiones que se habían planteado en los dos exámenes previos:

coherencia

(artículo

5.5),

equivalencia

(artículo

4),

transparencia(artículo7) http://www.wto.org/english/docs_e/legal_e/15sps_01_e.htm

-

articleVII y Anexo B), vigilancia de la utilización de normas internacionales (artículos 3.5 y 12.4), trato especial y diferenciado (artículo 10), regionalización (artículo

6), seguimiento de

la 17


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Módulo 3

aplicación del Acuerdo (artículos 12.1 y 12.2), preocupaciones comerciales

específicas

/

celebración

de

consultas

ad

hoc,

cooperación con el Codex Alimentarius, la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) y la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF) (artículo 12.3), y actividades de solución de diferencias (artículo 11).

Además, durante el Tercer Examen el Comité también estudió: aplicación del Acuerdo (artículo 13), normas privadas voluntarias, buenas prácticas de reglamentación y procedimientos de control, inspección y aprobación (artículo 8 y Anexo C)

¿Qué no hace el Comité MSF? El Comité MSF no establece las medidas y reglamentaciones en materia de inocuidad alimentaria, sanidad animal y preservación de los vegetales

que deben

aplicar

los

Miembros

a nivel

nacional

e

internacional. En realidad, el Acuerdo MSF dispone los principios (las obligaciones que deben cumplir los Miembros) que deberá seguir un Miembro al elaborar e implementar estas medidas y reglamentaciones, para que éstas sean transparentes y no perjudiquen los derechos de otros Miembros de la OMC, con el fin de aportar previsibilidad y estabilidad al sistema multilateral de comercio. De hecho, estas medidas y reglamentaciones las establecen los Miembros

interesados,

reglamentación

y

mediante

legislación,

procesos

preferiblemente

nacionales basados

en

de los

estándares internacionales.

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Comprendiendo el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC…

Módulo 3

Los estándares internacionales son aquellos que establecen los organismos internacionales de normalización, tal como se definen en el párrafo 3 del Anexo A del Acuerdo MSF. Estos órganos internacionales de estandarización cuentan con la participación de expertos científicos y reguladores de los gobiernos, y en algunos casos también con la participación de la comunidad internacional, los miembros de la sociedad civil, las industrias, los expertos, etc. El Acuerdo MSF anima a los

Miembros

de

la

OMC

a

participar

plenamente

en

estas

organizaciones y a promover desde ellas el desarrollo y la revisión periódica de los estándares, las directrices y las recomendaciones en todas las áreas de las medidas sanitarias y fitosanitarias.

I.3. ¿Quién puede asistir a las reuniones?

Las reuniones del Comité MSF están abiertas a todos los Miembros de la OMC y a los gobiernos que gozan de la condición de observadores en los órganos de la OMC. Asimismo, algunas organizaciones internacionales intergubernamentales han obtenido la condición de observadores en el Comité, bien de forma permanente o bien ad hoc reunión por reunión. El Comité MSF ha accedido a invitar a representantes de diversas organizaciones internacionales intergubernamentales en calidad de observadores, incluidas las "tres organizaciones hermanas" (el Codex, la OIE y la CIPF). Además, se invita ad hoc a distintas organizaciones, para reuniones puntuales.

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Módulo 3

Organizaciones internacionales intergubernamentales y otras a las que se ha concedido la condición de observador en órganos de la OMC hasta julio del 2012 (G/SPS/W/78/Rev.10).

I.3.1. El papel de las tres hermanas y de otros observadores en el Comité MSF

En marzo de 2012, el Comité accedió a debatir varias cuestiones relacionadas con los observadores y solicitó a la Secretaría que elaborara un documento de referencia (G/SPS/GEN/1157) sobre el papel de los observadores —y, en especial, de las organizaciones internacionales

intergubernamentales

con

condición

de

observador— en las reuniones del Comité MSF. El papel de las organizaciones con condición de observador El documento de referencia arriba mencionado recalcaba que, como afirmó el Consejo General, el propósito de otorgar la condición de observador a las organizaciones internacionales en la OMC es permitir que estas organizaciones sigan los debates que se llevan a cabo sobre cuestiones de interés directo para ellas. En concreto, el Comité MSF debería considerar el mandato, el alcance y el área de trabajo de la organización y debería "concederse la condición de observador a las organizaciones internacionales que contribuyan de manera objetiva al funcionamiento y la aplicación del Acuerdo MSF".

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Comprendiendo el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC…

Módulo 3

NOTA:

La revisión de los informes resumidos de las reuniones del Comité de los últimos años indica que las organizaciones con condición de observador han participado no sólo para proveer información relevante sobre sus actividades, sino también para aclarar información objetiva, científica o técnica relativa a las normas internacionales pertinentes o al área de especialización de la organización con condición de observador.

Solicitudes pendientes de la condición de observador Tras una reunión ordinaria del Comité, si éste no ha alcanzado un consenso respecto a una solicitud de condición de observador, la Secretaría

debe ponerse

organizaciones

que

en contacto con cada

hayan

presentado

dicha

una

de

solicitud

las para

informarles de que la cuestión se examinará durante la siguiente reunión del Comité. En

septiembre

de

2011,

la

Secretaría

propuso

una

posible

clasificación de las organizaciones cuyas solicitudes de condición de observador siguieran pendientes, con el fin de facilitar al Comité la valoración de dichas solicitudes (G/SPS/GEN/1112).

La labor de las tres hermanas Las tres organizaciones han actuado prontamente para abordar cuestiones específicas que se han planteado y han mantenido al Comité informado de las acciones pertinentes que han tomado. Además, hay que señalar el papel que han representado estas organizaciones en las reuniones del Comité MSF, especialmente respecto a las explicaciones adicionales de los estándares, las directrices y las recomendaciones que elaboran. 21


Comprendiendo el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC…

Módulo 3

En octubre de 2009 se celebró un taller en el que se analizaba la relación entre el Codex, la CIPF, la OIE y el Comité MSF y se ofrecían

recomendaciones

sobre

cómo

mejorar

esta

relación

(G/SPS/R/57). En el Tercer Examen del funcionamiento y la aplicación del Acuerdo MSF, el Comité accedió a realizar un seguimiento de las recomendaciones del taller de evaluar el trabajo del Codex, la CIPF y la OIE y mejorar la relación de éstas con el Comité

MSF

(G/SPS/53).

NOTA: En julio de 2012, Chile y Estados Unidos presentaron una propuesta titulada "Participación de las organizaciones internacionales de normalización en el Comité MSF de la OMC en relación con preocupaciones comerciales específicas" (G/SPS/W/267). La propuesta reconocía que las organizaciones internacionales de estandarización representan un papel importante al ayudar a los Miembros a asegurarse de que sus medidas estén basadas en la ciencia, protejan la sanidad y faciliten el comercio. Por ello, y dado que hay ocasiones en que surgen discrepancias entre los Miembros respecto a MSF específicas, la propuesta animaba a los Miembros a realizar consultas con los organismos internacionales de normalización para obtener asistencia en la aplicación de estándares, directrices y recomendaciones internacionales.

I.4. ¿Cómo funciona el Comité? I.4.1. La toma de decisiones

Como hemos aprendido en el Módulo 1, la OMC es una organización centrada en sus Miembros y basada en el consenso. El consenso se define en el artículo IX (nota al pie 1) del Acuerdo OMC, que establece lo siguiente:

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Comprendiendo el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC…

Módulo 3

Se considerará que el órgano de que se trate ha adoptado una decisión por consenso sobre un asunto sometido a su consideración si ningún Miembro presente en la reunión en que se adopte la decisión se opone formalmente a ella.

Cuando no se logra alcanzar el consenso, el Acuerdo OMC contempla realizar una votación; sin embargo, no se pueden realizar votaciones en todos los Comités. El Acuerdo MSF, por ejemplo, dispone explícitamente que el Comité MSF tomará sus decisiones por consenso.

I.4.2. Reuniones formales e informales

Una reunión ordinaria del Comité MSF puede estar precedida de una o más reuniones informales para debatir cuestiones concretas. Dado que las decisiones se toman por consenso, sin votaciones, las consultas informales constituyen un elemento imprescindible para lograr que los distintos Miembros lleguen a un acuerdo.

I.5.Reglamento interno En la reunión celebrada en marzo de 1997, el Comité MSF acordó que

el

Reglamento

de

las

reuniones

del

Consejo

General

(WT/L/161) se aplicará mutatis mutandis en las reuniones del Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (G/L/170) salvo disposición contraria en el Procedimiento de trabajo (G/SPS/1).

I.6. Principales cuestiones planteadas Las cuestiones que se debaten en el Comité MSF pueden dividirse en tres categorías distintas: 23


Comprendiendo el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC…

Módulo 3

Cuestiones informativas: los puntos del orden del día en los

que

los

Miembros

y

los

observadores

pueden

proporcionar la información que consideren importante al Comité

MSF.

Por

ejemplo:

información

relativa

a

la

aplicación del Acuerdo, información sobre las experiencias en materia de equivalencia y regionalización, e información relativa a la asistencia técnica que se ha prestado. •

Consultas entre los Miembros: en estos puntos del orden

del

día,

preocupaciones

los

Miembros

relativas

a

pueden

medidas

plantear específicas

sus (o

propuestas de medidas) adoptadas o en proceso de adoptarse por otros Miembros de la OMC. Recuerde que las hemos estudiado en la sección II.B.1 de este Módulo. En este apartado también están incluidos las cuestiones que se plantean en materia de vigilancia de la utilización de los estándares internacionales. •

Cuestiones relativas a las negociaciones: en estos puntos,

los

Miembros

de

la

OMC

negocian

los

procedimientos o las directrices cuyo propósito es facilitar la aplicación práctica de artículos concretos del Acuerdo MSF. Como ya hemos estudiado, el Comité MSF ha adoptado varias decisiones en materia de equivalencia, regionalización,

transparencia,

coherencia,

etc.

Como

veremos más adelante, las negociaciones actuales del Comité MSF se centran en dos cuestiones relevantes: las normas privadas y las consultas ad hoc. Normas Privadas La cuestión de las normas privadas se planteó por primera vez en la reunión del Comité celebrada en junio de 2005. En esta reunión, San Vicente y las Granadinas plantearon una preocupación relativa al funcionamiento del sistema EurepGAP en materia de comercio de plátanos con los supermercados de Reino Unido. Desde entonces, 24


Comprendiendo el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC…

Módulo 3

en los debates sobre normas privadas se han tenido en cuenta el impacto de éstas sobre el acceso a los mercados, su efecto sobre el desarrollo y si es adecuado que el Comité debata los aspectos jurídicos relacionados. Según el artículo 13, el alcance institucional del Acuerdo MSF incluye un amplio abanico de órganos y sistemas: •

Instituciones del gobierno central;

Instituciones públicas locales (incluidas las provinciales y de los gobiernos estatales);

Instituciones regionales y organizaciones no gubernamentales. Las obligaciones de

los Miembros dependen del tipo

de

organismo del que se trate. En el Tercer Examen, los miembros del MERCOSUR (Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay) aludieron al artículo 13 del Acuerdo y a la responsabilidad de los Miembros de cumplir el Acuerdo MSF (G/SPS/W/245).

Dado

que

algunos

Miembros

encuentran

dificultades a la hora de comprender y aplicar el artículo 13, el MERCOSUR propuso que el Comité MSF elaborara unas directrices para implementar el artículo 13 y favorecer que los Miembros pudieran

aplicar

de

forma

eficaz

sus

disposiciones.

Algunos

Miembros consideraron que la propuesta del MERCOSUR era una buena base para nuevos debates sobre la cuestión de las normas privadas y sobre el artículo 13, con el fin de permitir, en particular, que los países pequeños en desarrollo Miembros mejoren su aplicación de las disposiciones sanitarias y fitosanitarias y mejoren su acceso a los mercados.

25


Comprendiendo el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC…

Módulo 3

NOTA IMPORTANTE:

La Secretaría elaboró una nota explicativa en la que describía los distintos tipos de estándares privados y resumía los tipos de preocupaciones que habían identificado los Miembros (G/SPS/GEN/746).

En su reunión de los días 30 y 31 de marzo de 2011 el Comité adoptó

cinco

medidas

de

apoyo

a

los

estándares

privados

(G/SPS/55):

Consultas AD HOC El artículo 12.2 dispone que el Comité "fomentará y facilitará la celebración entre los Miembros de consultas o negociaciones ad hoc sobre cuestiones sanitarias o fitosanitarias concretas". El Comité ha reconocido la utilidad del artículo 12.2, y en especial de los buenos oficios del Presidente, como medio para facilitar la solución de problemas

comerciales

específicos,

teniendo

en

cuenta

particularmente que los países en desarrollo suelen enfrentarse a dificultades técnicas y económicas a la hora de usar activamente el procedimiento de solución de diferencias. En consecuencia, varios Miembros han presentado propuestas para un procedimiento que facilite la utilización de las consultas y negociaciones ad hoc entre los Miembros. En septiembre de 2011, la Secretaría presentó una Propuesta de procedimiento que se recomienda para las consultas ad hoc (G/SPS/W/259) basada en las propuestas de los Miembros. Durante la reunión del Comité MSF celebrada en marzo de 2013, la Presidenta informó sobre una reunión informal relativa a las consultas ad hoc en que recordaba que el Comité llevaba varios 26


Comprendiendo el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC…

años

debatiendo

sobre

la

elaboración

del

Módulo 3

procedimiento.

La

Presidenta recordó a los Miembros que, durante la reunión celebrada en octubre de 2012, el Comité había decidido avanzar el proyecto mediante la creación de un Grupo de Trabajo por vía electrónica (GT-e) que continuara la labor durante los intervalos entre reuniones del Comité. La Presidenta informó que el proceso había sido sorprendentemente útil. La Secretaría había documentado esta experiencia y el proceso podía convertirse en un legado que dejaran los Miembros al Comité. El texto de compromiso de los coordinadores proporcionó un material excelente que posibilitó la preparación de un proyecto de documento que se distribuyó al GT-e para que se efectuaran las observaciones finales. En junio de 2013, la Secretaría presentó una versión nueva revisada para el Comité MSF (G/SPS/W/259/Rev.6).

I.7.Directrices prácticas

En esta sección aprenderá una serie de pautas prácticas respecto a cómo deben los Miembros prepararse para las reuniones en materia sanitaria y fitosanitaria y cómo deben intervenir, con el fin de aumentar y mejorar la participación de los países ALC en ellas.

Prepararse para la reunión • Organizar el trabajo de preparación: Los siguientes son algunos

"consejos

útiles"

que

pueden

servir

a

los

representantes que se preparen para las reuniones del Comité MSF:

27


Comprendiendo el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC…

Módulo 3

• Familiarícese con la información de referencia: Los delegados que participen en las reuniones del Comité MSF deben leer la información de referencia sobre las reglas y decisiones del Comité. • Recopile información general: Los delegados encontrarán información de utilidad en el portal sobre MSF. • Recopile información de referencia específica: Además de tener la información de referencia general, los delegados deberían tener en cuenta lo siguiente: (I) La Secretaría de la OMC prepara un informe de cada reunión que incluye los debates, las declaraciones de los delegados, y los compromisos que se han adoptado. (II)

Además,

es

importante

repasar

el

aerograma

propuesto. • Póngase en contacto con los delegados nacionales: Los delegados

recién

nombrados

deberían

ponerse

en

contacto con otros especialistas nacionales que hayan participado en reuniones anteriores, ya que éstos serán una

fuente

valiosa

de

información,

experiencias,

observaciones y otros tipos de referencias. • Defina la posición de su país: El trabajo realizado antes de las reuniones debería tener como fin el definir la posición del país, que es lo que presentará el delegado en la reunión del Comité. • Documentos

en

materia

sanitaria

y

fitosanitaria:

Asegúrese de tener todos los documentos que se comentarán. Los documentos presentados por la Secretaría o por cualquier Miembro de la OMC pueden clasificarse en función de los siguientes criterios:

28


Comprendiendo el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC…

• Carácter:

Los

documentos

pueden

Módulo 3

tener

carácter

restringido o ser de uso público, lo cual viene indicado en la casilla superior derecha del encabezado. Mientras permanecen restringidos, solamente los Miembros de la OMC pueden consultarlos en la página web para los Miembros; se hacen públicos 45 días después de su distribución. • Signatura: Todos los documentos de la OMC están identificados por medio de un código llamado "signatura", y su código individual figura bajo el recuadro donde aparece el carácter. El objetivo del código es ayudar a que

los documentos queden organizados de

forma

ordenada y se puedan localizar fácilmente.

Hay dos formas de acceder a estos documentos: • Suscribirse al sistema de distribución automático de documentos de la Secretaría, que le enviará boletines por correo electrónico con los documentos adjuntos (una o dos veces a la semana). • Descargarlos directamente de la página web de la OMC. Todos estos documentos se encuentran disponibles en la base de datos Documentos en línea, que consta de su propio navegador y buscador.

29


Comprendiendo el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC…

Módulo 3

• Definir la posición del país: Cuando los delegados ejercitan su derecho a hablar, lo hacen en nombre del país que los ha acreditado para ello; esto trasciende la opinión personal o profesional del delegado, o la opinión de la agencia para la que trabajan. Si el país posee un Comité nacional MSF, éste será el foro donde se debata y se formule la opinión del país. Si no existe este órgano, será necesario convocar reuniones con todas las partes interesadas competentes con el fin de determinar la posición nacional. • Coordinación a nivel nacional: Una de las mayores tareas a las que se enfrentan todos los países es cumplir el objetivo de conseguir una política sanitaria y fitosanitaria coherente, sostenible, transparente y seria. En este sentido, fortalecer la organización interna y construir marcos institucionales sólidos podría ser de utilidad para mejorar la elaboración y la aplicación de las políticas sanitarias y fitosanitarias adecuadas. La institucionalización de las estructuras nacionales permite, entre otras cosas: •

aportar previsibilidad al proceso de toma de decisiones,

maximizar los resultados y la eficacia de los recursos humanos, financieros y físicos de una forma sostenible a largo plazo, y

asegurar un debate amplio y transparente entre todas las partes interesadas competentes.

30


Comprendiendo el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC…

Módulo 3

• Es igual de importante tener en cuenta que muchas de las cuestiones que se revisan o negocian en el marco del Comité MSF también las abordan las tres hermanas: el Codex Alimentarius, la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE), y la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF). Por ejemplo, tanto el Comité MSF como las tres hermanas debatieron ampliamente la regionalización y las normas privadas. Por tanto, tener una "posición nacional" claramente definida permite a los países ser coherentes en sus negociaciones internacionales, con independencia del foro internacional en el que se vaya a comentar cada cuestión específica. Por desgracia, es habitual encontrar posiciones nacionales desarticuladas e incluso contradictorias en distintos foros; ello puede atribuirse a la ausencia de un debate organizado y la consecuente falta de definición de la posición de un país.

NOTA: En los últimos años, varios países de América Latina y el Caribe han decidido organizar su trabajo a nivel nacional mediante la creación de estructuras institucionales. Muchos han establecido Comités nacionales MSF para trabajar de forma coordinada y estructurada con el fin de definir y aplicar políticas sanitarias y fitosanitarias a nivel internacional. Estos Comités generalmente tienen una representación amplia, con partes interesadas del sector público —ministerios de economía o finanzas, agricultura, sanidad, exteriores, comercio—, del sector privado (sectores principales de producción, especialmente los que participan en el comercio exterior), y del sector académico. Estos comités se han institucionalizado en algunos países, con reglas internas propias que rigen su funcionamiento, participación y proceso de toma de decisiones. En otros países, estas comisiones funcionan de una forma única y muy flexible.

31


Comprendiendo el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC…

Módulo 3

Durante las reuniones: • La acreditación: Las credenciales de los representantes deben presentarse a la Secretaría de la OMC con al menos una semana de antelación al comienzo de una sesión. • El Presidente: El Consejo General Comité MSF!!! elige a un Presidente entre los representantes de los Miembros. La elección se realiza durante la primera reunión del año y el Presidente ocupa el cargo hasta el final de la primera reunión del año siguiente. La persona elegida normalmente participa en las

deliberaciones en calidad

de

Presidente

y no como

representante de un Miembro. Sin embargo, en cualquier momento puede solicitar autorización para actuar en capacidad de lo uno o de lo otro. • La organización del debate: Además de ejercer la autoridad que se le ha concedido en virtud de otras disposiciones, el Presidente abre y cierra las sesiones, dirige el debate, otorga el turno de las intervenciones , somete las cuestiones a decisión, proclama las decisiones, resuelve el orden de los puntos en agenda y atiende todas las cuestiones relativas a los debates. El Presidente también puede llamar al orden a los oradores si sus declaraciones se alejan del punto que se esté debatiendo. • Los idiomas: Aunque las lenguas de trabajo de la OMC son el inglés, el francés y el español, es muy recomendable que los participantes tengan un dominio fluido de la lengua inglesa, puesto que ésta es la que se usa con frecuencia en las comunicaciones informales y las reuniones paralelas. • Las actas: La Secretaría de la OMC prepara un resumen de las reuniones del Comité MSF; las delegaciones pueden consultar las partes relativas a las declaraciones que hicieron durante la reunión antes de que el informe se distribuya. 32


Comprendiendo el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC…

Módulo 3

• Las comunicaciones verbales: Las posiciones nacionales se exponen durante las reuniones del Comité por medio de comunicaciones verbales. Los Miembros que lo deseen pueden pedir la palabra al Presidente del Comité MSF; ello se hace colocando verticalmente la placa con el nombre del país sobre la mesa de negociaciones. Los Miembros deben esperar pacientemente hasta que el Presidente les dé el turno de palabra. • Las alianzas: Es necesario recordar que la OMC tiene más de 150 países Miembros y que las decisiones se toman por consenso; por ello, es vital crear una "masa crítica" poderosa de opiniones afines para lograr los objetivos deseados.

33


Comprendiendo el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC…

Módulo 3

Síntesis de la Unidad El Comité MSF En el marco del Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (el "Comité MSF"), que responde directamente ante el Consejo del Comercio de Mercancías y está abierto a todos los Miembros de la OMC, se realizan labores en materia sanitaria y fitosanitaria. El Comité MSF ofrece a los Miembros la oportunidad de realizar consultas sobre cualquier cuestión relativa a la aplicación del Acuerdo MSF o al cumplimiento de sus objetivos. También asume las responsabilidades que le asignan el Acuerdo MSF o los Miembros de la OMC, en virtud del artículo 12 del Acuerdo. Ello incluye principalmente el mandato de cooperar con los organismos internacionales de estandarización, con el fin de promover el objetivo de la armonización y evitar la duplicación del trabajo. Sobre la labor que realiza el Comité MSF

Las preocupaciones comerciales específicas son un punto del orden

del día en las reuniones del Comité MSF (relativo a la aplicación del Acuerdo) que permite a los Miembros de la OMC plantear preocupaciones relativas a una MSF adoptada o en proceso de ser adoptada por otro Miembro

de

la

OMC

(incluidas

las

cuestiones

en

materia

de

transparencia).

Antes de plantear una preocupación comercial específica ante el

Comité MSF, los Miembros de la OMC pueden haber realizado una serie de trámites de intercambio de información y celebración de consultas:

Un Miembro puede haber solicitado información al organismo

encargado de la notificación del otro Miembro y presentado observaciones sobre una notificación al Miembro autor de la notificación.

Un Miembro puede haber celebrado debates y consultas bilaterales

con otro Miembro acerca de una MSF.

Estos pasos preliminares no siempre se siguen y un Miembro de la

OMC puede plantear una preocupación comercial directamente en el Comité MSF.

34


Comprendiendo el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC…

Módulo 3

En los casos en que no se obtiene el resultado deseado al plantear

una cuestión en el Comité MSF, un Miembro de la OMC puede solicitar que se inicien consultas formales y el procedimiento de solución de diferencias ante el Órgano de Solución de Diferencias (OSD). Como alternativa, también se anima a los Miembros de la OMC a usar los buenos oficios del Presidente del Comité MSF o, si lo desean, los procedimientos de solución de diferencias de la OIE y la CIPF, en sus respectivos campos de acción, para facilitar la resolución de preocupaciones comerciales específicas. El Comité MSF realiza una revisión del Acuerdo MSF cada cuatro años. El Primer Examen se llevó a cabo tres años después de que el

Acuerdo

MSF

entrara

en

vigor.

El

Comité

revisa

el

funcionamiento y la aplicación del Acuerdo MSF y puede presentar propuestas para enmendar el texto del Acuerdo ante el Consejo del Comercio de Mercancías. El Comité MSF ha realizado tres revisiones a fecha de junio de 2013. Participantes en las reuniones del Comité MSF Las reuniones del Comité MSF están abiertas a todos los Miembros de la OMC y a los gobiernos que gozan de la condición de observadores en los órganos

de

la

OMC.

Algunas

organizaciones

internacionales

intergubernamentales han obtenido la condición de observadores en el Comité, bien de forma permanente o bien ad hoc reunión por reunión. Reglamento interno El Procedimiento de trabajo, adoptado en abril de 1995, señala lo siguiente:

El Comité MSF se reúne con el fin de desempeñar las funciones

necesarias para la aplicación de las disposiciones del Acuerdo MSF, o las demás tareas que se le pida que asuma.

Los avisos de las reuniones del Comité y los proyectos de orden del

día se publicarán al menos 10 días antes de la fecha de cada reunión. Cualquier Miembro podrá pedir por escrito a la Secretaría la inclusión de puntos en el orden del día propuesto.

En el curso de cualquier reunión podrán plantearse o volver a

examinarse

cuestiones

relativas

a

las

notificaciones,

incluidas

las

notificaciones consideradas en reuniones anteriores.

35


Comprendiendo el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC…

Módulo 3

El Comité celebra como mínimo dos reuniones al año, pero, como

hemos visto, suele reunirse tres veces al año.

El Presidente puede convocar una reunión extraordinaria del

Comité. Con respecto a cualquier cuestión planteada en el marco del Acuerdo, el Presidente podrá, a petición de los Miembros directamente interesados, ayudarles a ocuparse de la cuestión de que se trate. El orden del día Al final de cada reunión, el Comité MSF aprueba un orden del día provisional para la siguiente reunión. En la jerga de la OMC, recibe el nombre de "aerograma". Este aerograma se envía a todos los Miembros de la OMC. Un orden del día clásico para una reunión formal del Comité MSF es del tipo siguiente: 1.

Adopción del orden del día

2.

Aplicación del Acuerdo MSF

a.

Información de los Miembros de la OMC

b.

Preocupaciones comerciales específicas

c.

Examen de notificaciones específicas recibidas

d.

Otras cuestiones relacionadas con la aplicación de las disposiciones

en materia de transparencia 3.

El Acuerdo MSF y los países en desarrollo

4.

Equivalencia — artículo 4

5.

Asistencia técnica y cooperación

6.

Vigilancia de la utilización de normas internacionales

7.

Cuestiones de interés resultantes de la labor de las organizaciones

observadoras 8.

Solicitud de la condición de observador

9.

Otros asuntos

Los informes resumidos del Comité MSF constituyen una herramienta útil para obtener un mayor conocimiento acerca de las principales cuestiones tratadas en las reuniones. Estos informes pueden encontrarse bajo la signatura G/SPS/R/*.

36


Comprendiendo el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC…

Módulo 3

Coordinación a Nivel Nacional En los últimos años, varios países de América Latina y el Caribe han decidido organizar su trabajo a nivel nacional mediante la creación de estructuras institucionales. Muchos han establecido Comités nacionales MSF para trabajar de forma coordinada y estructurada con el fin de definir y aplicar políticas sanitarias y fitosanitarias a nivel internacional. Estos Comités generalmente tienen una representación amplia, con partes interesadas del sector público —ministerios de economía o finanzas, agricultura, sanidad, exteriores, comercio—, del sector privado (sectores principales de producción, especialmente los que participan en el comercio exterior), y del sector académico. Estos Comités se han institucionalizado en

algunos

países,

con

reglas

internas

propias

que

rigen

su

funcionamiento, participación y proceso de toma de decisiones. En otros países, estas comisiones funcionan de una forma única y muy flexible.

37


Comprendiendo el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC…

Módulo 3

Unidad II. Solución de diferencias

II.1. Objetivo - Ámbito de aplicación

Ni el mejor de los acuerdos internacionales tiene validez si las obligaciones contenidas no pudieran implementarse cuando uno de los signatarios las incumpliera. La creación de un mecanismo eficaz de solución de diferencias, por tanto, aumenta el valor práctico de los compromisos que asumen los signatarios de un acuerdo internacional. Es

esencial

resolver

las

diferencias

de

forma

oportuna

y

estructurada. Ello ayuda a prevenir los efectos perjudiciales de los conflictos comerciales internacionales no resueltos y a mitigar los desequilibrios entre las partes más fuertes y las más débiles mediante la solución de sus diferencias sobre la base de reglas en lugar de dejar que el resultado se obtenga en función de su poder. La mayoría de las personas consideran que el sistema de solución de diferencias de la OMC es uno de los resultados principales de la Ronda Uruguay. Tras la entrada en vigor del Acuerdo OMC en 1995, el sistema de solución de diferencias ganó importancia práctica rápidamente a medida que los Miembros recurrían a él con más frecuencia. El Entendimiento sobre Solución de Diferencias (ESD) que se adoptó en la Ronda Uruguay establece una serie de normas relativas a las diferencias que surgen respecto a cualquiera de los distintos Acuerdos a los que se aplica el ESD (llamados "acuerdos abarcados" y enumerados en el Apéndice 1 del ESD). Entre ellos se encuentran el Acuerdo OMC, el GATT de 1994 y todos los Acuerdos en materia 38


Comprendiendo el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC…

Módulo 3

de comercio de mercancías que incluye, el AGCS y el Acuerdo sobre los ADPIC. Por tanto, incluye el Acuerdo MSF.

NOTA IMPORTANTE: Los únicos participantes en el sistema de solución de diferencias son los gobiernos Miembros de la OMC, que pueden participar como partes principales o como terceros. La Secretaría de la OMC, los países observadores de la OMC, otras organizaciones internacionales y los gobiernos regionales o locales no tienen derecho a iniciar procedimientos de solución de diferencias en la OMC.

II.2. Órganos de la OMC involucrados en el proceso de solución de diferencias

• Los Grupos Especiales. Éstos son órganos cuasi judiciales, en cierto

modo

tribunales,

encargados

de

arbitrar

en

las

diferencias entre Miembros en primera instancia. Normalmente se

componen

seleccionados

de ad

tres

expertos,

hoc

para

el

excepcionalmente caso.

El

Grupo

cinco,

Especial

constituido para una diferencia concreta debe revisar los aspectos objetivos y legales del caso y presentar un informe al Órgano de Solución de Diferencias (que, al igual que el Consejo General,

está

formado

por

representantes

de

todos

los

Miembros de la OMC) en el que exponga sus conclusiones sobre si las alegaciones del reclamante están fundadas y si las medidas o acciones impugnadas no están de conformidad con la OMC. Si el Grupo Especial determina que las alegaciones, efectivamente, incumplido

sus

están

fundadas

obligaciones

y con

que la

un OMC,

Miembro hará

ha una

recomendación para que el reclamado la implemente. 39


Comprendiendo el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC…

Módulo 3

• El Órgano de Apelación. Es un órgano permanente de siete miembros cuya responsabilidad es revisar los aspectos legales de los informes presentados por los Grupos Especiales. El Órgano de Apelación, por tanto, constituye la segunda y última etapa en el proceso de arbitraje del sistema de solución de diferencias. Si una parte interpone un recurso contra un informe del Grupo Especial, el Órgano de Apelación revisa las cuestiones legales que se han impugnado y puede apoyar, revocar o modificar las conclusiones del Grupo Especial. • El Órgano de Solución de Diferencias (OSD). Es el responsable de administrar el ESD, es decir, de supervisar la totalidad del proceso de solución de diferencias. El OSD tiene las facultades de crear Grupos Especiales, adoptar los informes del Grupo Especial y del Órgano de Apelación, mantener la vigilancia de la aplicación de sentencias y recomendaciones, y autorizar la suspensión de las obligaciones en virtud de los acuerdos abarcados. El OSD adoptará los informes de los Grupos Especiales y del Órgano de Apelación "salvo que haya consenso en contra", es decir, que todos los Miembros estén en contra de que se adopten estos informes. Esta regla se denomina consenso "negativo". • Los expertos. Las diferencias, especialmente aquellas en materia

sanitaria

y

fitosanitaria,

a

menudo

comprenden

cuestiones fácticas de carácter técnico o científico, por ejemplo cuando la existencia o intensidad de un riesgo para la salud relacionado con un determinado producto es objeto de disputa entre las partes.

40


Comprendiendo el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC…

Módulo 3

Dado que los miembros de los Grupos Especiales son expertos en comercio internacional pero no necesariamente en estas áreas científicas, el ESD otorga a los Grupos Especiales el derecho a recabar información y asesoría técnica de expertos. Tendrán derecho de recabar información y asesoramiento técnico de cualquier fuente que estime conveniente, pero antes de recabar información de una persona o entidad sometida a la jurisdicción de un Miembro, el grupo especial lo notificará a las autoridades de dicho Miembro (artículo 13.1 del ESD).

¿Cuánto se tarda en solucionar una diferencia? Tabla No. 2.2. Proceso de solución de diferencias de la OMC

Los plazos de cada etapa del procedimiento de solución de diferencias

son

aproximados:

flexibilidad.

Asimismo,

los

el

Acuerdo

países

pueden

admite

cierta

solucionar

las

diferencias entre ellos durante cualquier etapa. Los totales también son aproximados. 60 días

45 días

6 meses

3 semanas

60 días

Total = 1 año 60-90 días

Consultas, mediación, etc. Creación del Grupo Especial y designación de los panelistas Informe final del Grupo Especial para las partes Informe final del Grupo Especial para los Miembros de la OMC El Órgano de Solución de Diferencias adopta el informe (salvo en caso de apelación)

(sin apelación)

Informe de apelación

41


Comprendiendo el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC…

Módulo 3

El Órgano de Solución de Diferencias adopta el informe

30 días

de apelación

Total = 1 año y 3

(con apelación)

meses

Finalmente, es necesario comentar que en el ESD la prioridad es solucionar las diferencias mediante la celebración de consultas. La mayoría de las diferencias planteadas hasta ahora (alrededor de dos tercios) en la OMC no han progresado más allá de las consultas, bien porque se encontró una solución satisfactoria, bien porque el reclamante decidió no seguir adelante con el proceso. Ello muestra que las consultas son muchas veces un medio eficaz de solución de diferencias en la OMC y que los Miembros son cuidadosos para no abusar de los instrumentos de arbitraje y aplicación forzosa del sistema de solución de diferencias. En el artículo 23 del ESD se establece otra serie de principios de importancia, que tiene un título muy adecuado: "Fortalecimiento del sistema multilateral". Éste prohíbe las acciones unilaterales de los Miembros

para

incumplimiento

tratar de

de

reparar

obligaciones

u

lo

otro

que tipo

consideren de

anulación

un o

menoscabo de las ventajas resultantes de los acuerdos abarcados. Los Miembros deberán seguir los procedimientos de solución de diferencias de la OMC, que incluyen la celebración de consultas durante todo el proceso, para resolver los conflictos relativos a los acuerdos abarcados.

42


Comprendiendo el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC…

Módulo 3

II.3. La solución de diferencias en el Acuerdo MSF

Como ya hemos aprendido, el Acuerdo MSF es uno de los "acuerdos abarcados", por lo que queda incluido en la jurisdicción del Órgano de Solución de Diferencias. Sin embargo, los "acuerdos abarcados" pueden contener "reglas y procedimientos especiales y adicionales" acerca de la solución de diferencias, lo cual es el caso del Acuerdo MSF. Existen reglas y procedimientos específicos que están diseñados para abordar las particularidades de las diferencias surgidas en el marco del Acuerdo MSF, y éstos priman sobre lo establecido en el ESD "cuando las

disposiciones del ESD y las reglas o los

procedimientos especiales o adicionales de un acuerdo abarcado no se puedan considerar complementarios" (artículo 1.2 del ESD). Las disposiciones en materia de solución de diferencias sanitarias y fitosanitarias contenidas en el artículo 11 del Acuerdo MSF se refieren al establecimiento de un grupo asesor de expertos técnicos, o la consulta de las organizaciones internacionales competentes, previa solicitud de la parte o por iniciativa del Grupo Especial. El artículo 11.3 del Acuerdo MSF reconoce que los demás órganos internacionales competentes pueden ofrecer medios para ayudar a los Miembros a resolver las diferencias, dada la naturaleza técnica y científica

de

muchas

de

ellas.

La

CIPF

y

la

OIE

tienen

procedimientos para ello. Este artículo dispone lo siguiente: 11.3. Ninguna disposición del presente Acuerdo menoscabará los derechos que asistan a los Miembros en virtud de otros acuerdos internacionales, con inclusión del derecho de recurrir a los buenos oficios o a los mecanismos de solución de diferencias de otras organizaciones internacionales o establecidos en virtud de un acuerdo internacional.

43


Comprendiendo el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC…

Módulo 3

Grupo de expertos técnicos El artículo 11.2 del Acuerdo MSF especifica que, a petición de alguna de las partes de una diferencia, o por iniciativa propia, el Grupo Especial puede establecer un grupo asesor de expertos técnicos para que ayude en las cuestiones científicas o técnicas. El artículo 11.2 establece que: 11.2. En una diferencia examinada en el marco del presente Acuerdo en la que se planteen cuestiones de carácter científico o técnico, el grupo especial correspondiente deberá pedir asesoramiento a expertos por él elegidos en consulta con las partes en la diferencia. A tal fin, el grupo especial podrá, cuando lo estime apropiado, establecer un grupo asesor de expertos técnicos o consultar a las organizaciones

internacionales

competentes,

a

petición

de

cualquiera de las partes en la diferencia o por propia iniciativa.

Como dispone el artículo, el Grupo Especial también puede consultar a los expertos de las organizaciones internacionales competentes. En el artículo 3.4 del Acuerdo MSF, se reconoce al Codex Alimentarius, a la Organización Mundial de Sanidad Animal y a la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria como organizaciones internacionales competentes en lo que respecta a la labor de armonización.

Casos relacionados con el Acuerdo MSF Varias de las diferencias surgidas en la OMC están directamente relacionadas con el Acuerdo MSF. Algunas (cinco) de ellas incluso llegaron a la fase del Grupo Especial:

44


Comprendiendo el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC…

Módulo 3

Tabla No. 2.3.Diferencias en materia sanitaria y fitosanitaria

Signatura

Diferencia

Australia

Principalesconstataciones / artículos

Medidas DS18

Reclamante

que

afectan

a

la

importación

de

Canadá

5.1 – 5.5 – 5.6

salmón Comunidades Europeas Medidas DS26

que

afectan carne

a y

la los

EstadosUnidos

1 – 3.1 – 3.2 – 3.3 – 5.1 – 5.5

productos cárnicos (hormonas) Comunidades Europeas Medidas DS48

que

afectan carne

a y

la los

Canadá

1 – 3.1 – 3.2 – 3.3 – 5.1 – 5.5

productos cárnicos (hormonas) Japón

Medidas DS76

afectan

que a

los

EstadosUnidos

2.2 – 5.1 – 5.6 – 5.7

productos agropecuarios

45


Comprendiendo el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC…

Japón

Medidas DS245

afectan

Módulo 3

que a

la

importación

de

EstadosUnido s

2.2 – 5.1 – 5.7

manzanas Comunidades Europeas

Medidas DS291

afectan

que a

la

aprobación

y

EstadosUnidos

2.2 – 5.1 – 5.7 - 8 – Anexo C

comercializació n de productos biotecnológicos Signatur a

Diferencia

Reclamante

Principalesconstatacione s / artículos

Comunidades Europeas

Medidas DS292

afectan

que a

la

aprobación

y

Canadá

2.2 – 5.1 – 5.7 - 8 – Anexo C

comercializació n de productos biotecnológicos Comunidades Europeas

Medidas DS293

afectan

que a

la

aprobación

y

Argentina

2.2 – 5.1 – 5.7 - 8 – Anexo C

comercializació n de productos biotecnológicos

46


Comprendiendo el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC…

Australia

Medidas

que

afectan DS367

Módulo 3

a

la

importación

de

manzanas

Nueva

2.2 – 2.3 – 5.1 – 5.2 – 5.5 –

Zelandia

5.6 – Anexo A – Anexo C

procedentes de Nueva Zelandia Estados Unidos

Determinadas medidas DS392

afectan

que a

las

importaciones de

aves

China

1 – 2.2 – 2.3 – 5.1 – 5.2 – 5.5

de

corral procedentes de China

Los informes de los Grupos Especiales y del Órgano de Apelación en estos casos han abordado diversas cuestiones relativas a la interpretación de la "necesidad" y el "nivel adecuado de protección" en el marco del Acuerdo MSF; han afrontado la cuestión de la aplicación temporal del Acuerdo; han aclarado la relación entre el principio de precaución y el Acuerdo MSF, y han ofrecido respuesta a las preguntas sobre la realización de evaluaciones del riesgo. En los Módulos 1 y 2 hemos comentado todas estas cuestiones y hemos aprendido sobre los elementos cruciales de la interpretación que se derivan de los distintos casos en materia sanitaria y fitosanitaria. Si lo considera de utilidad, ¡échele otro vistazo!

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Comprendiendo el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC…

Módulo 3

II.4. Las diferencias sanitarias y fitosanitarias

II.4.1. CE — Hormonas (DS26 Y DS48)

Si

quiere

obtener

más

información,

consulte

los

resúmenes

disponibles en la página web del caso CE — Hormonas (reclamante Estados Unidos) y CE — Hormonas (reclamante Canadá).

II.4.2. Australia — Salmón (DS18)

Si quiere obtener más información, consulte el resumen disponible en la página web del caso Australia — Salmón.

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Comprendiendo el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC…

Módulo 3

II.4.3. Japón — Productos agrícolas (DS76)

Si quiere obtener más información, consulte el resumen disponible en la página web del caso Japón — Productos agrícolas.

II.4.4. Japón — Manzanas (DS245)

Si quiere obtener más información, consulte el resumen disponible en la página web del caso Japón — Manzanas.

II.4.5. CE – Aprobación y comercialización de productos biotecnológicos (DS291, DS292 AND DS293)

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Comprendiendo el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC…

Si

quiere

obtener

más

información,

Módulo 3

consulte

los

resúmenes

disponibles en la página web del caso CE — Aprobación y comercialización de productos biotecnológicos(reclamante Estados Unidos),

CE

biotecnológicos comercialización

Aprobación (reclamante de

y

comercialización

Canadá)

productos

yCE

de

productos

Aprobación

biotecnológicos

y

(reclamante

Argentina).

II.4.6. Australia — Manzanas (DS367)

Si quiere obtener más información, consulte el resumen disponible en la página web del caso Australia — Manzanas.

II.4.7. Estados Unidos — Aves de corral (DS392)

Si quiere obtener más información, consulte el resumen disponible en la página web del caso Estados Unidos — Aves de corral (China).

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Comprendiendo el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC…

Módulo 3

ADEMÁS:

Si quiere saber más, acceda a la Base de Datos Integrada de Controversias Comerciales de América Latina y el Caribe. La Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) desarrolló está completa base de datos para ofrecer información y difundir el conocimiento entre los países miembros, los expertos, los miembros del sector privado y las personas que estuvieran interesadas en general en los sistemas de diferencias comerciales en los que participan los países de América Latina y el Caribe. Es sencillo obtener los resultados de una forma fácil y flexible, y se puede acceder a la información necesaria para realizar un análisis preliminar y comparativo de las diferencias comerciales. Respecto al área específica de las diferencias en la OMC, esta base de datos también ofrece estadísticas, enlaces a los textos jurídicos pertinentes y una breve explicación del procedimiento de solución de diferencias que se emplea en esta organización, entre otros datos de utilidad.

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Comprendiendo el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC…

Módulo 3

Síntesis de la Unidad

El sistema de solución de diferencias de la OMC El sistema de solución de diferencias de la OMC "es un elemento esencial para aportar seguridad y previsibilidad al sistema multilateral de comercio". Tiene como función preservar los derechos y las obligaciones que han adquirido los Miembros de la OMC y es una herramienta esencial para asegurar que todos los Miembros cumplen sus obligaciones, y que hay un entendimiento común de la naturaleza de estas obligaciones. Los órganos de solución de diferencias de la OMC

• GruposEspeciales. • Órgano de Apelación. • Expertos. • Órgano de Solución de Diferencias. La solución de diferencias en materia sanitaria y fitosanitaria El artículo 11.3 del Acuerdo MSF reconoce que los demás órganos internacionales competentes pueden ofrecer medios para ayudar a los Miembros a resolver las diferencias, dada la naturaleza técnica y científica de muchas de ellas. La CIPF y la OIE tienen procedimientos para ello. El artículo 11.2 del Acuerdo MSF especifica que, a petición de alguna de las partes de una diferencia, o por iniciativa propia, el Grupo Especial puede establecer un grupo asesor de expertos técnicos para que ayude en las cuestiones científicas o técnicas.

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Comprendiendo el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC…

Módulo 3

Bibliografía

TextosLegales

1. Acuerdo

sobre

la

Aplicación

de

Medidas

Sanitarias

y

Fitosanitarias (MSF), disponible en http://www.wto.org/english/docs_e/legal_e/15sps_01_e.htm 2. Entendimiento sobre Solución de Diferencias, disponible en http://www.wto.org/english/docs_e/legal_e/28-dsu_e.htm

Principales documentos de referencia

Decisión sobre la aplicación del artículo 4 del Acuerdo sobre la Aplicación de MSF (G/SPS/19/Rev.2), disponible en http://docsonline.wto.org/imrd/directdoc.asp?DDFDocuments/t/ G/SPS/19R2.doc

Procedimiento

de

vigilancia

del

proceso

de

armonización

internacional (G/SPS/11/Rev.1), disponible en https://docs.wto.org/dol2fe/Pages/FE_Search/DDFDocuments/43 597/Q/G/SPS/11R1.pdf •

Resumen

de

las

preocupaciones

comerciales

específicas

planteadas en el Comité MSF, actualizado hasta febrero de 2013, disponible en https://docs.wto.org/dol2fe/Pages/FE_Search/DDFDocuments/11 5097/q/G/SPS/GEN204R13.pdf •

Organizaciones internacionales intergubernamentales y otras a las que se ha concedido la condición de observador en órganos 53


Comprendiendo el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC…

Módulo 3

de la OMC hasta julio del 2012 (G/SPS/W/78/Rev.10), disponible en https://docs.wto.org/dol2fe/Pages/FE_Search/DDFDocuments/3 1147/Q/G/SPS/W78R10.pdf •

Reglamento de

las

reuniones del Comité

MSF

(G/L/170),

disponible en https://docs.wto.org/dol2fe/Pages/FE_Search/DDFDocuments/16 201/Q/G/L/170.pdf •

Procedimiento de trabajo del Comité MSF (G/SPS/1), disponible en https://docs.wto.org/dol2fe/Pages/FE_Search/DDFDocuments/4 2683/Q/G/SPS/1.pdf

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Comprendiendo el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC…

Módulo 3

Principales páginas web de consulta

Portal sobre la Ronda de Doha, disponible en http://www.wto.org/english/tratop_e/dda_e/dda_e.htm

Documentos en línea de la OMC, disponible en https://docs.wto.org/dol2fe/Pages/FE_Search/FE_S_S005.aspx

Sistema de gestión de la información MSF, disponible en http://spsims.wto.org/

Portal sobre MSF, disponible en http://www.wto.org/english/tratop_e/sps_e/sps_e.htm

Página web para los Miembros de la OMC, disponible en https://docs.wto.org/dol2fe/Pages/FE_Search/FE_S_S005.aspx

Transmisión electrónica de los documentos no reservados de MSF, disponible en http://www.wto.org/english/tratop_e/sps_e/sps_mailing_list_e.h tm

Documentos en línea de la OMC, disponible en https://docs.wto.org/dol2fe/Pages/FE_Search/FE_S_S005.aspx

Base de Datos Integrada de Controversias Comerciales de América Latina y el Caribe, disponible en http://badicc.eclac.cl/controversias/index_en.jsp

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