En publicidad no todo vale. Debemos ser conscientes del impacto que la práctica publicitaria tiene en consumidores y usuarios, y cómo el marketing y la publicidad influyen en la sociedad contribuyendo incluso a moldearla, fomentando estereotipos, creando necesidades o estableciendo modas o iconos. Por tanto, la práctica publicitaria tiene una gran carga de responsabilidad y unos límites que no se deben sobrepasar. Por un lado, nos encontramos con una legislación nacional que regula de manera específica la práctica publicitaria, pero también con diferentes normas que abordan asuntos como el consumo de bebidas alcohólicas, el tabaquismo, el uso de medicamentos o incluso la protección de los menores o de las mujeres que incluyen menciones a la publicidad. Así, antes de que entrara en vigor la Ley de medidas sanitarias frente al tabaquismo, en el año 2005, era posible publicitar en cualquier formato el consumo de cigarrillos y era habitual ver anuncios en vallas publicitarias, por ejemplo. Esta ley, no solo prohibió el consumo de tabaco en recintos cerrados, sino que también restringió la actividad publicitaria de este producto. Además, también la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios hace abierta mención a la publicidad y a los derechos que tienen consumidores y usuarios. Por otro lado, la práctica publicitaria se autorregula mediante códigos deontológicos y mecanismos de autocontrol que, en ocasiones, van más allá de la propia legislación. Así pues, resulta fundamental no perder de vista estas regulaciones, ya que son el marco a partir del cual se pueden concebir las ideas que darán forma a los materiales publicitarios en cualquier formato.
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.1. Normativa en materia de publicidad y derechos del consumidor En España, encontramos tres leyes que regulan, de manera específica, la práctica publicitaria: la Ley General de Publicidad, la Ley de Competencia
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MF2188_3 Organización y control del plan de medios de comunicación