Noticiaj Marzo 2015

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Di Sí al Outsourcing NEGOCIOS Y FOMEN TO COMERCI A L

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El sistema de contratación externa de empleados ha crecido entre las empresas debido a la situación económica que actualmente se vive en el país, con el fin de ahorrar recursos clave a las firmas.

En un mundo globalizado, en el que las empresas buscan ser las más fuertes, las más rápidas y las que suban más alto, como en las olimpiadas, es necesario contar con grandes equipos de trabajo. Sin embargo, cuando las empresas tienen crecimientos vertiginosos y en consecuencia sobrepasan su capacidad de reacción por la limitación de los recursos, es necesario que tengan opciones. Una de estas opciones es el outsourcing, que consiste en que "una empresa contrata a otra para que realice la gestión o ejecución diaria de una función". La empresa contratante deberá transferir parte del control administrativo y operacional a la empresa contratada, de modo que ésta pueda realizar su trabajo apartada de la relación normal de la empresa contratante y sus clientes. En México está permitida la creación y operación legal del outsourcing. De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, la creación u operación de empresas prestadoras de servicios es válida y legal. Éstas requieren estar debidamente constituidas y contar con los elementos propios y suficientes para cumplir con sus obligaciones obrero-patronales. Si lo hacen así, liberan a la empresa beneficiaria de las obligaciones laborales de las que podrían ser solidarias responsables.

Ventajas de decir SI AL OUTSOURCING La empresa contratante se puede dedicar a realizar sus competencias clave, en consecuencia aumenta su rentabilidad. Se concentran todos los recursos para desarrollar nuevos productos y hacer innovaciones. Disminuye los costos de reclutamiento, selección y capacitación entre otros, ya que corren por cuenta de la empresa contratada. Permite obtener productos de mejor calidad ya que la empresa se enfoca en eso. Reduce el número de tareas rutinarias, para la empresa trasladándolo al outsourcing. Este sector ha cobrado fuerza y se ha multiplicado trayendo una gran competencia, por lo que las empresas de outsourcing que ofrezcan la mejor calidad a un menor precio son las que sobreviven actualmente. El trabajo en régimen de subcontratación u outsourcing, establecido en los artículos 15-A a 15-D de la Ley Federal del Trabajo, entendido como aquel por medio del cual un patrón denominado contratista ejecuta obras o presta servicios con sus trabajadores bajo su dependencia, a favor de una empresa contratante, la cual fija las tareas del contratista y lo supervisa en el desarrollo de los servicios o la ejecución de las obras

contratadas, tiene en nuestro país las siguientes ventajas: La empresa contratante puede dedicarse a su actividad principal o core business con sus propios trabajadores directos y subcontratar a una empresa que realice trabajos realmente especializados. Si la empresa contratante cumple con los requisitos de la Ley Federal del Trabajo evita ser patrón directo de los trabajadores subcontratados y mantiene sin aumento su plantilla de trabajadores directos o head count. La empresa contratante puede desarrollar proyectos específicos y temporales sin tener que contratar a trabajadores directamente. La empresa contratante no tiene la obligación de realizar los cálculos de pago de impuestos y cuotas de seguridad social para los trabajadores subcontratados ni hacer pago de liquidaciones para los mismos. La empresa contratante puede reducir su área administrativa y de recursos humanos, al disminuir el número de sus trabajadores directos. La principal ventaja del outsourcing es que facilita el manejo más rentable de ciertas actividades que no son consideradas estratégicas ni parte de las esenciales de una empresa, es decir, fomenta la concentración de todos los esfuerzos en funciones claves y medulares del negocio tal como fue concebido en sus orígenes en el modelo de la Ford de los años setenta. Existen otras ventajas, como la reducción de cargas administrativas y contingencias legales, manteniendo al 100 por ciento la deducibilidad del costo de los servicios, así como también se reducen costos fijos y de capacitación para llevar a cabo actividades que no son parte del objeto social principal de las empresas. Es importante tener en cuenta que el outsourcing no es considerado ilegal aún con la entrada en vigor de la reforma a la Ley Federal del Trabajo en materia de subcontratación de servicios que entró en vigor el 1º de diciembre de 2012; simplemente ha sido regulado de forma más estricta. Dichas disposiciones no implican que las empresas de outsourcing y sus actividades dejen de ser eficaces o incluso obsoletas; simplemente deben llevarse a cabo ciertos ajustes, inclusive a nivel corporativo, a efecto de mitigar y tratar de evitar posibles contingencias por falta de cumplimiento a los candados establecidos en la Ley Federal del Trabajo.

SI al OUTSOURCING para dar a mi empresa las herramientas para lograr reducir costos en la producción, dedicarse a su actividad principal sin distraerse en actividades no propias de ésta, utilizar proveedores especializados representando una ventaja competitiva, creación de empleos formales apegados al 100% del marco legal.












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