ABOGADOS DE VALLADOLID / PRIMER SEMESTRE 2019

Page 42

ABOGADOS DE VALLADOLID / Análisis / 42

Urbanismo con perspectiva de H¶OFSP Por Cristina Gallego Velloso, abogada y miembro de la junta directiva de AMAV

Actualmente se produce una enorme confusión sobre lo que es el género. En una primera aproximación, podría concebirse como el sexo biológico del nacimiento. Sin embargo, el género es el rol que socialmente se nos ha impuesto. Es, según Zaida Muxi1, “una construcción social y cultural conformada históricamente”, de tal manera que a las mujeres se nos ha asignado “un espacio, el privado, y un mundo de trabajo, el reproductivo” y ha sido “la invisibilidad de lo privado y el no reconocimiento del valor de la reproducción lo que ha marcado y marca las actividades realizadas por mujeres”. Y bajo esta realidad se han ido desarrollando urbanísticamente las ciudades, que son resultado de la historia en la que el hombre ha impuesto su protagonismo; como decía Hannah Arendt2, ”La ciudad es una memoria organizada” y ”Las mujeres son las grandes olvidadas de la historia”. El urbanismo de género busca precisamente visibilizar la diferencia en el uso de los espacios por el hecho de ser mujeres y hombres y el rol estereotipado que se le atribuye a cada uno, estudia la influencia de estos roles femeninos y masculinos y las implicaciones directas que tienen en las decisiones urbanas, y apuesta por transformar la sociedad a partir de repensar espacios, porque estos también contribuyen a reconfigurar las realidades. Lo cierto es que no hay ninguna fórmula concreta que permita saber cómo han de ser los espacios en las ciudades desde la perspectiva de género, porque hay que acomodarse a cada contexto territorial y a su población, pero sí que puede hablarse de cinco cualidades humanas a tener en cuenta; la proximidad, la diversidad, la autonomía, la vitalidad y la representatividad3. Proximidad en el sentido de que todo se tenga cerca de casa y se acceda caminando o usando el transporte público, y diversidad consistente en que en esta proximidad te encuentres con equipamientos, comercios, transporte público variado, con independencia de la edad, origen y diversidad funcional de cada persona. La autonomía está relacionada con la accesibilidad universal, la percepción de seguridad entendida como la posibilidad de

que se puedan usar los espacios de manera libre y segura en cualquier momento del día, mientras que la vitalidad es la cualidad que da vida a esos espacios: vida en la calle, como lugar en el que sociabilizar, lo que también permite la seguridad. Finalmente, la representatividad es la cualidad que tiene que ver con la participación fundamental en las decisiones humanas, en aquellas sobre cómo tiene que ser tu barrio, teniendo también en cuenta la memoria, la historia, pero sobre todo de las mujeres y nuestras aportaciones a la ciudad, tradicionalmente ignoradas. En el ámbito legislativo y jurídico, se inició en el año 1994 la denominada “Carta Europea de las Mujeres en la Ciudad”, consistente en una línea de investigación

El principio de igualdad de trato es un principio inspirador de la nueva concepción del desarrollo urbano subvencionada por la Sección para la Igualdad de Oportunidades de la Comisión de la Unión Europea. Su objetivo era concebir una nueva filosofía en el planeamiento urbano, contribuyendo de una forma constructiva a que se tuvieran en cuenta las diferentes necesidades y expectativas de los ciudadanos, hombres y mujeres, en el debate democrático real, lo que venía motivado, entre otras razones, por la ausencia de mujeres en todos los niveles de toma de decisiones relacionados con la ciudad, la vivienda y el planeamiento urbano, pese a estar particularmente afectadas por las condiciones de vida en la ciudad, el barrio y la vivienda. En España la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, en su artículo 264, en relación con el procedimiento de elaboración de normas con rango de ley y reglamentos, obliga a que la memoria del análisis del impacto normativo contenga un apartado referido al “impacto por razón de

género”, con la finalidad de analizar y valorar “los resultados que se puedan seguir de la aprobación de la norma desde la perspectiva de la eliminación de desigualdades y de su contribución a la consecución de objetivos de igualdad de oportunidades y de trato entre hombres y mujeres”. La exigencia de la incorporación de un informe de impacto por razón de género en la tramitación de las normas reglamentarias ha sido extendida por los tribunales de la jurisdicción contencioso-administrativa a los instrumentos de planeamiento, por tener estos la misma naturaleza jurídica que aquellas disposiciones, exigiéndose el informe de género, incluso, como requisito ineludible para garantizar la validez de los planes de urbanismo. En este sentido, tienen gran trascendencia las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 19 de abril y de 10 de julio de 2017, que consideran de aplicación la cláusula de supletoriedad de derecho estatal ante la ausencia de normativa autonómica que impusiera como requisito la elaboración de un informe de impacto de género, que es imprescindible en la elaboración de normas de planeamiento: “Asume por ello esta Sala que no carece precisamente de relevancia sino todo lo contrario que el planificador, con base en los oportunos estudios demográficos, deba considerar el impacto de género que los instrumentos de ordenación puedan causar al regular cuestiones tales como, por ejemplo y entre otras, la ubicación y características de los viales y conexión de redes generales y locales en conexión con centros docentes, equipamientos necesarios, transportes y movilidad, una u otra tipología edificatoria (en directa relación con la seguridad pública y para la prevención de agresiones característicamente dirigidas contra la mujer) o la ubicación, proximidad y accesibilidad de zonas verdes y parques públicos”. Sin embargo, la reciente sentencia de nuestro Tribunal Supremo de 10 de diciembre de 2018 entiende que no es exigible dicho informe para la aprobación del Plan General de Ordenación Urbana de un ayuntamiento aprobado por acuerdo del Gobierno de la Comunidad de Madrid, y concluye


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.