COLEGIO HISPANOAMERICANO
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR I-DI-02
Fecha de implementación: 10-JULIO-2021
Versión: 11
12. Los celulares no se permiten en el Colegio a los estudiantes desde preescolar hasta noveno grado. Los estudiantes de grados décimo y undécimo podrán traer celular al Colegio; lo podrán utilizar únicamente cuando no se encuentren en actividades académicas o formativas o cuando haya autorización explícita del adulto responsable encargado de la respectiva actividad. El Comité Directivo del Colegio está facultado para suspender el uso del celular a los estudiantes de los grados décimo y undécimo en cualquier momento del año lectivo si considera que no se está haciendo un uso responsable del mismo o se está violando el presente numeral. 13. Realizar grafitis sobre paredes, tableros, espejos y mobiliario. 14. Comercializar elementos de trabajo, personales o de consumo alimenticio, sin autorización de la Rectoría. 15. Realizar compras no autorizadas a través de las mallas o cercas que determinan el perímetro de la Institución Educativa. 16. Faltar continuamente a clases de manera injustificada. 17. Obstaculizar premeditadamente el ingreso o salida de las instalaciones de los estudiantes u otro miembro de la comunidad. 18. No atender las recomendaciones de Bioseguridad dictadas por el colegio de acuerdo con los lineamientos emanados por el gobierno Nacional. 19. La reiteración de faltas leves se convierte en falta grave. ARTÍCULO 51. FALTAS GRAVES Se considera falta grave (Tipo II), toda conducta o comportamiento que atenta contra la integridad psicológica y/o física de otro miembro de la comunidad educativa, así como acciones deshonestas que afectan la sana convivencia. Constituyen faltas graves (Tipo II), los siguientes comportamientos o conductas: 1. La injuria, la difamación u ofensas graves contra los miembros de la comunidad educativa. 2. La discriminación a un miembro de la comunidad educativa. 3. La suplantación de personalidad en actos de la vida escolar y la falsificación o sustracción de documentos de la Institución. 4. La agresión física contra cualquier miembro de la comunidad educativa. 5. Los daños graves causados por uso indebido o intencional en las instalaciones, equipos tecnológicos, materiales o documentos que pertenezcan a la comunidad educativa o en los bienes de otros miembros de la Institución. 6. Los actos que inciten o perturben gravemente el normal desarrollo de las actividades de la Institución. En este numeral se incluyen rituales, retos o juegos que pongan en riesgo la seguridad física, mental y emocional propia o de los demás. 7. La práctica o incitación de actos que pongan en riesgo o peligro la integridad física o vida de los miembros de la comunidad educativa. 8. El incumplimiento de las sanciones impuestas. 9. Las amenazas directas o indirectas contra cualquier miembro de la comunidad educativa.
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