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Breves reflexiones sobre la Actividad Extractiva Offshore y el Arbitraje
Maria Grazia Blanco
Abogado Maritimista . Socio Director de la firma Bolinaga y Blanco asesoría marítima y mercantil. Ex- vicepresidente y miembro de la rama venezolana del IIDM. Miembro del Comité Marítimo Internacional. Miembro de la AVDM. Profesora de Posgrado de la UCV Y UMC.
Desde que se inició la explotación de recursos naturales offshore a mediados del siglo XX, el impacto económico y social ha sido enorme. Aunque las consecuencias económicas de la actividad extractiva offshore son evidentes, también hay que tener en cuenta los problemas o disputas que se pueden generar en ella a consecuencia de las relaciones, operaciones y acuerdos que se establecen en esta industria.
Hablar de la actividad extractiva offshore y el arbitraje realmente resulta retador porque significa considerar una multiplicidad de conceptos, principios, teorías, materias de derecho que ciertamente no podremos desarrollar en este artículo, no olvidemos, que estas operaciones están en conexión con el derecho de los hidrocarburos o petrolero como se conoce coloquialmente, pero a su vez, con el derecho ambiental, el derecho tributario, laboral, constitucional y marítimo entre otras. En fin, es todo un desafío que nos puede conducir a muchas controversias que pueden estar ligadas a las variadas operaciones y actos administrativos que se presentan en ella.
Ahora vamos a tratar de vincular esta actividad con el arbitraje por lo que nos referiremos a estos complejos procesos legales que se establecen para la solución de conflictos que se dan en esta industria, que en muchos casos nos pueden llevar a la aplicación del derecho internacional público o al derecho internacional privado. En ambas situaciones, las controversias con elementos de extranjería pueden suscitar acuerdos voluntarios de ir ante la vía contenciosa u ordinaria, así como al arbitraje, donde la solución estará en manos de personas imparciales y expertas, de manera de lograr un arreglo a través de una decisión definitiva e inapelable como es Laudo Arbitral.
El arbitraje se ha utilizado con éxito en muchos casos, especialmente en aquellos en los que las partes involucradas son grandes compañías o multinacionales como ocurre en la actividad extractiva offshore. En este sentido, la resolución de conflictos entre partes con estas características, pero además, involucradas en una controversia con elementos de extranjería, en la práctica, tiene unas ventajas innegables, por cuanto a través de él, se logra una solución con fuerza ejecutoria o valor de cosa juzgada que da por concluido una disputa en virtud de un derecho que ha sido vulnerado o por la consecución de alguna autorización administrativa relacionado con la actividad que se ejecuta dentro de este mundo hidrocarburífero. Es decir, estamos claros que la exploración, explotación y producción en el mar puede activar procesos y procedimientos de arbitraje o mecanismos que movilizan la aplicación del derecho sustantivo para conseguir objetivos de distinta naturaleza, como pueden ser entre otros, el reconocimiento del derecho afectado.
Cuando estamos ante la actividad navegatoria o las actividades que se realizan en el mar, se suelen requiere muchas veces soluciones rápidas y eficaces que no se logran en las jurisdicciones contenciosas ordinarias o en las normas adjetivas aplicables o con vinculación al tema en cuestión
La relaciones jurídicas que se establecen dentro de la actividad offshore puede sobrevenir por vía contractual o extracontractual, además esta actividad al realizarse en los espacios acuáticos de una determinada nación o en las zona económica exclu-
siva de esta o en aguas internacionales genera unos presupuestos legales que puede comprometer a la soberanía de los países o en otros casos a los países costeros o fronterizos, que no suelen estar involucrados con los desarrollos o proyectos hidrocarburíferos. Esto complejiza la solución cuando surgen problemas, como las contaminaciones marinas o daños transfronterizos, ejemplo: - caso del accidente de la Plataforma Montara, ocurrido en el 2009, que generó un conflicto entre Indonesia y Australia, siendo la operadora del proyecto Australia y la afectada Indonesia. Pero, así como este vamos a encontrar muchos otros casos que se han establecido dentro de este panorama a consecuencia de esta industria: - En 1969 un estallido de la Plataforma costa afuera, cerca de Santa Bárbara, California, produjo un derrame estimado de hasta 100.000 barriles de crudo, contaminando el litoral de California.
-En 1979, El pozo costa afuera Ixtoc I, en la Bahía de Campeche, México, explosionó, filtrando hasta 3 millones de barriles de crudo, convirtiéndose, en el peor derrame mar adentro en la historia de América del Norte. -En 1988, la plataforma Piper Alpha explosionó y se hundió mientras perforaba en el Mar del Norte en un campo operado por Occidental Petroleum, matando a 167 trabajadores.
En contraposición a esto, la actividad offshore establecidas en aguas someras, profundas o ultra profundas en la búsqueda de energías fósiles ha comenzado a transformarse a pasos agigantados, tomando en cuenta los últimos avances tecnológicos que se han verificado en esta industria desde finales del siglo XX y lo que va del siglo XXI, sin embargo, no hemos avanzado en el desarrollo eficiente de su normativa jurídica, encontrándonos en muchos casos con una desregulación o falta de organicidad en los ordenamientos jurídicos nacionales e internacionales.
La actividad hidrocarburífera es realmente muy amplia y no está circunscrita al plano nacional, por el contrario, muchas veces excede de esos límites, trascendiendo al plano internacional. A diferencia de otras industrias, la actividad extractiva offshore es regulada por un sistema internacional de convenciones y tratados, así como, normativas propias de los Estados donde se ejecutan los proyectos extractivos.
Esto significa en teoría, que las empresas que operan en este sector deben acatar las normas establecidas a nivel internacional y en algunos casos, a las disposiciones nacionales de un determinado Estado vinculado con el conflicto legal, por lo que la realidad se torna complicada y compleja. Ahora lo más importante a destacar es que, en la mayoría de las regulaciones internacionales, se establece la importancia del arbitraje, como un mecanismo alternativo de solución de controversias cada vez más recurrido
Por tal razón, podemos confirmar que el arbitraje es una opción de solución de controversias dentro de la actividad extractiva y la justificación de ello, se encuentra entre otras cosas: -porque las partes de diferentes nacionalidades pueden no sentirse cómodas para someter sus controversias a los tribunales nacionales de la contraparte. -Además, una de las consecuencias de la elección de un tribunal nacional es que sólo pueden acceder a ella los abogados de ese país, pudiendo solo ellos actuar en los litigios de esos tribunales. - Igualmente, no olvidemos que las sentencias de los tribunales nacionales tienen un reconocimiento limitado fuera de sus fronteras y aquí ya encontramos los primeros argumentos para la existencia del arbitraje internacional en la materia que estamos analizando.
Se pude afirmar categóricamente que, el arbitraje ha sido establecido en el tiempo como un mecanismo alternativo de solución de controversias, donde las partes acuerdan someterse a unos árbitros, para alcanzar la solución de una disputa concerniente a cuestiones de libre disposición o aquellas que la ley autoriza. Pasando este mecanismo a reemplazar con efectividad a la jurisdicción ordinaria o contenciosa, cuando sobrevienen desavenencias o conflictos entre las partes firmantes de un contrato, por ejemplo: - incumplimiento del contrato de concesión por parte de la empresa licenciataria o - la violación de los derechos de los trabajadores o violaciones a los acuerdos establecidos en los contratos de servicios (buques de apoyo, remolque, lanchaje o helicóptero) que suelen complementar esta actividad . En resumen, el arbitraje se puede utilizar para resolver una variedad de disputas, incluyendo aquellas relacionadas con contratos, transacciones comerciales y conflictos laborales, entre otros.
Es indudable, que el arbitraje ha tenido un mayor protagonismo en nuestra contemporaneidad para la solución de controversias, lográndose en el tiempo el perfeccionamiento de las normas de arbitraje y el mayor conocimiento o difusión entre los actores y/ operadores del derecho, el cual ya conocen las bondades de esta institución.