Excelencia profesional

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Número 169

Marzo 2014

AVANCES La homologación del IVA y sus repercusiones en la Frontera Norte de México

Excelencia Profesional Asociación Mexicana de Contadores Públicos, Colegio Profesional en el Distrito Federal, A.C.

CUESTIÓN FISCAL

Subsidio al empleo a partir de enero de 2014

ENTRE CONTADORES

Sucesión testamentaria y Copropiedad ACTUAL

LOS PROCESOS LEGISLATIVOS ESTÁN ABIERTOS A LA SOCIEDAD DIP. JOSÉ ISABEL TREJO REYES Presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito Público

FORO DE DISCUSIÓN CONFORME A LOS RESULTADOS OBTENIDOS A LA FECHA, ¿CONSIDERAS QUE LA REFORMA FISCAL FOMENTARÁ EL CRECIMIENTO DEL PAÍS?



DIRECTORIO Consejo Directivo Bienio 2013-2014 L.C.C. y Mtro. Eduardo Maubert Viveros Presidente C.P.C. María Enriqueta Peña Moar Vicepresidente General C.P.C. Guillermo Santana Torres Vicepresidente del Sector Externo C.P.C. Francisco Castro Lomelí Vicepresidente del Sector Privado C.P.C. Carlos Alejandro González Pacheco Vicepresidente del Sector Público C.P.C. Luis Navarro Ortega Vicepresidente del Sector Docente L.C.C. María Lucía García Mejía Vicepresidente de Finanzas C.P.C. Leónides Jerónimo Solano Vicepresidente de Servicio a Asociados L.C.C. Luis Fernando Poblano Reyes Vicepresidente de Capacitación L.C. Bernardo Manuel Rodríguez Bravo Secretario Propietario Vocales C.P.C. Roberto Guzmán Álvarez C.P.C. Vannesa Recamier Espinoza C.P.C. Manuel Ruelas Peña C.P.C. Graciela Hurtado Cortés C.P.C. Doroteo Torres Hernández C.P.C. María Delia Ávila Nava C.P.C. José Manuel Téllez Hernández C.P.C. Alma Lilia Brigada Rodríguez

Excelencia Profesional es un órgano de comunicación interna con frecuencia mensual para los miembros de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos, Colegio Profesional en el Distrito Federal, A.C. constituido conforme a la Ley General de Profesiones. Esperanza No. 765, Col. Narvarte, Del. Benito Juárez, C.P. 03020 México, D.F. www.amcpdf.org.mx correo electrónico: comunicacion@amcpdf.org.mx Teléfono: 56362370 Editor Responsable: C.P.C. Hugo H. Urbán Caudillo, Presidente de la Comisión Editorial Comisión Editorial C.P.C. Eduardo Maubert Viveros C.P.C. Jorge Briones Gómez C.P.C. María Guadalupe de la Fuente Arteaga L.C.C. Lucía García Mejía C.P.C. Carlos Alejandro González Pacheco C.P.C. Luis Fernando Poblano Reyes L.C. Bernardo Manuel Rodríguez Bravo C.P.C. Jaime Segura López C.P.C. Martha Angelina Valle Solís C.P.C. Lizbeth Vidals López Producida e impresa por: Editorial Promente, S.A. de C.V. Calle San Francisco 1838-302 Col. Del Valle, Del. Benito Juárez México, D.F. www.cisecomunicacion.com.mx Teléfono: 24554334 y 35 Número 169 Marzo de 2014 Número de certificación de licitud de título: 10091 Número de certificación de licitud de contenido: 7170 Número de reserva al título en derecho de autor 04-2013-080812200200-01 La opinión de los colaboradores es responsabilidad exclusiva de los mismos y no refleja necesariamente la posición de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos, Colegio Profesional en el Distrito Federal, A.C. sobre los temas que se abordan.


CONTENIDO

COLUMNA DEL EDITOR

Tu Colegio sigue trabajando permanentemente por sus

Asociados y por el bien de la Profesión, es por ello que en este número de marzo te hemos traído en entrevista

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MENSAJE

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EN NOTAS

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ENLACE

de la Presidencia

al Diputado José Isabel Trejo Reyes, Presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara,

en la cual en medio del anuncio que hizo el Presidente Enrique Peña Nieto sobre que no habrá “Ningún nuevo impuesto, ni incremento a tasas”, te presentamos el

pulso que se percibe en San Lázaro, al tener que legislar,

particularmente en materia recaudatoria. Interesante para los Contadores el saber que no por ocupar un cargo

o estar en el pleno del poder Legislativo, se puede dirigir o influir sobre el destino de la nación, te recomendamos

leas este trabajo, que al igual que en los otros números, hemos elaborado con gran dedicación.

• Reforma Hacendaria generará inflación: Carstens • Gobiernos de México y Estados Unidos fortalecen su comercio bilateral • Llevan a SCJN rechazo a Reforma Hacendaria • Tiene combate antilavado presupuesto insuficiente • No habrá nuevos impuestos hasta 2018: Videgaray

Además, te traemos temas de actualización profesional con destacados artículos, adecuados al nivel de los

miembros de la Asociación, como son “La Homologación

del IVA y sus repercusiones en la Frontera Norte de

Vicepresidencia de Finanzas L.C.C. María Lucía García Mejía

México”, “Comentarios a la Reforma Fiscal 2014 en materia de salarios”, “Sucesión Testamentaria y

Copropiedad”,

“Preparándote

para

tu

FINANZAS TRANSPARENTES

pensión

Modalidad 40”, entre otros, además de nuestro Foro de Discusión y el Buzón del Lector.

Seguiremos ocupados en darle a nuestra AMCPDF,

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AVANCES

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ACTUAL

proyección con la publicación mensual de nuestra revista, pero principalmente estamos preocupados por darte una herramienta de consulta que te sea

La homologación del IVA y sus repercusiones en la Frontera Norte de México

verdaderamente útil, es por ello que como siempre, nuestro

buzondeleditor@amcpdf.org.mx

está

a

tu

disposición, ayúdanos a hacer la Revista que quieres tener.

Sumando y no restando es como este colegio será más grande.

CPC Hugo H. Urbán Caudillo

Presidente de la Comisión Editorial

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EXCELENCIA PROFESIONAL

Los procesos legislativos están abiertos a la sociedad DIP. JOSÉ ISABEL TREJO REYES

Presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito Público


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TEC

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LEGIS

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CUESTIÓN FISCAL

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ENTRE CONTADORES

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FORO DE DISCUSIÓN

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EVENTOS

Administración de archivos electrónicos XML

SUBSIDIO AL EMPLEO A PARTIR DE ENERO DE 2014 De las dos tablas aplicables para el efecto

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GESTIONES

Preparándote para tu pensión Modalidad 40

Comentarios a la Reforma Fiscal 2014 en materia de Salarios

Sucesión Testamentaria y Copropiedad Conforme a los resultados obtenidos a la fecha, ¿consideras que la Reforma Fiscal fomentará el crecimiento del país? SILLAS DE RUEDAS PARA EL CRIT CIUDAD DE MÉXICO

BUZÓN DEL LECTOR ESTIMADOS CONTADORES: Con el objetivo de generar un constante intercambio de ideas, el Buzón del Lector es un espacio al que nos puedes enviar las dudas, preguntas o comentarios que te surjan sobre el quehacer contable. Busca en las próximas ediciones tus aportaciones.

P.

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¿Cuándo se presenta la declaración mensual de enero de 2014 de Personas Físicas?

¿Se puede tributar en el RIF (Régimen de Incorporación Fiscal) si durante 2013 se tributó como intermedio?

A más tardar el 17 de marzo de 2014, según el artículo 4º Transitorio de la 1ª RMF 2014, publicada el 31 de enero de ese mismo año. Hay que observar que la fecha es la misma para la declaración mensual de febrero 2014, y por eso es conveniente aclarar que cada una se presenta por separado.

Si durante 2013 se tuvieron ingresos inferiores a 2 millones de pesos, basados en el artículo 6º Transitorio de la 1ª RMF 2014, sí es posible. El plazo para presentar el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones fiscales es el 31 de marzo.

CONTACTO

buzondeleditor@amcpdf.org.mx Tel. 56 36 23 70 Marzo 2014

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MENSAJE

MENSAJE DE LA PRESIDENCIA

Estimados Colegas: Marzo, mes de las declaraciones anuales de las personas morales. Declaraciones donde los contribuyentes hacen cuentas con el SAT. Declaraciones que para los CPR’s se convierten en fuente de información para continuar y terminar con el Dictamen de los Estados Financieros, sean o no para efectos fiscales. Mes de mucho trabajo para quienes nos dedicamos al ejercicio de esta noble profesión. Recordemos que es el último ejercicio que, hasta el momento, estará sujeto a la obligación de dictaminarlo si se cumplen las condiciones que establece el Código Fiscal de la Federación, o se opte por hacerlo. Lo que es seguro es que gracias a nuestra intervención profesional el gobierno federal recaudará una buena cantidad de ingresos adicionales por el pago de las diferencias en las contribuciones que determinemos al final de nuestro trabajo. Tal vez no sirva de mucho en función del criterio que siguió el SAT para modificar la figura de nuestro Dictamen para 2014, pero demostrará que la Contaduría Pública organizada realiza un trabajo altamente confiable para todos los terceros interesados en él. Y esto me mueve a la reflexión de que para este Dictamen debemos ser aún más cuidadosos en la aplicación de nuestra normatividad profesional expresada en el Código de Ética y en las Normas Internacionales de Auditoría, y en la revisión del cumplimiento del marco normativo de información financiera y de las disposiciones fiscales aplicables a los contribuyentes dictaminados. Siempre tendremos algo qué mejorar de nuestras auditorías; hagámoslo ahora porque no sabemos si este Dictamen de los Estados Financieros del ejercicio 2013 sea la base para revertir la visión que la autoridad fiscal tiene de él. No podemos seguir siendo una estadística negativa para el SAT, cuyos números dicen que el 80% de los CPR’s que son revisados en su actuación profesional no pasan la prueba de calidad que ellos requieren. Y desde luego, en la AMCP trataremos de apoyarte con los mejores cursos, talleres y diplomados que te ayuden a lograr esa calidad profesional que hoy necesitamos para luchar por nuestra fuente principal de ingresos. L.C.C. y Mtro. Eduardo Maubert Viveros Presidente del Consejo Directivo Bienio 2013-2014

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EXCELENCIA PROFESIONAL


EN NOTAS REFORMA HACENDARIA GENERARÁ INFLACIÓN: CARSTENS El Economista

La inflación general en México superará el 4% en los próximos meses derivado de la Reforma Hacendaria y otros factores estacionales, advirtió el Gobernador del Banco de México (Banxico), Agustín Carstens. "Nosotros pensamos en el Banco que el paquete fiscal tendrá un impacto en la medición de la inflación, de 40 puntos base, y que eventualmente estará por debajo del 4% porque hay otros factores temporales que nos han afectado y que irán desvaneciéndose", explicó. Resaltó que de noviembre a diciembre de 2013 hubo un brinco en la inflación, que pasó de 3.6 a 3.9%, debido al impacto que tuvieron factores como el alza en la tarifa del metro en la Ciudad de México, incrementos inusuales en transporte aéreo y paquetes vacacionales, aunado al impacto del clima en productos agropecuarios y alza en telefonía.

resultado del impacto previsto en las modificaciones fiscales", las previsiones para 2015 y los siguientes años se mantienen sin cambio. Carstens añadió que otro factor que impacta la inflación es el alto desliz en el precio de las gasolinas, que ha sido prácticamente tres veces del objetivo de inflación, lo que contribuye al alza de los precios. No obstante, consideró que "ese factor que le aporta un sesgo importante a la inflación y que ha sido uno de los factores que ha contribuido a que no haya plena convergencia al 3%, va a desaparecer y estaremos en mucho mejores circunstancias en el 2015", puntualizó.

Sin embargo, el Banquero Central resaltó que aunque las expectativas de inflación para 2014 se elevaron "como

El Gobernador del Instituto Central recordó que en el marco de la Reforma Hacendaria, el Gobierno Federal estableció el compromiso de que a partir de 2015, los precios de las gasolinas se ajustarán de acuerdo a la inflación.

GOBIERNOS DE MÉXICO Y ESTADOS UNIDOS FORTALECEN SU COMERCIO BILATERAL El Financiero

Los gobiernos de México y Estados Unidos, junto con los empresarios de ambos países, trabajarán conjuntamente para agilizar el comercio bilateral y convertir a esta región en una de las más competitivas a nivel internacional. Esta fue la conclusión a la que llegaron Penny Pritzker, Secretaria de Comercio de los Estados Unidos; Ildefonso Guajardo, Secretario de Economía de México; y Álvaro Fernández Garza, Presidente de la Cámara de la Industria de la Transformación de Nuevo León, en el último día de la visita a México de la funcionaria estadounidense. El dirigente de los empresarios regiomontanos, confió en que esta relación comercial fomentará significativamente la competitividad y el desarrollo económico regional, creando mayores oportunidades de bienestar para los habitantes de ambas naciones. Guajardo resaltó la importancia de esta visita de Pritzker a México, su primera misión comercial al extranjero, y delineó los puntos de lo que será la nueva agenda para hacer más eficiente la relación comercial en América del Norte. "¿Cómo podemos reducir los costos de transacción para los empresarios de los tres países?, esto implica facilitación aduanera, diseño de logística, transportación de mercancías a través de puertos y carreteras, que estén planeadas integralmente en los tres países para poder constituirnos en lo que hoy es el gran reto: competir en las cadenas de valor global", explicó. Al concluir su visita de cinco días a México, los dos últimos en Monterrey, Pritzker resaltó la necesidad de eliminar las trabas que frenan el traslado de mercancías por la frontera de 3 mil kilómetros entre ambos países. Marzo 2014

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LLEVAN A SCJN RECHAZO A REFORMA HACENDARIA

El Economista

Las fracciones parlamentarias del PAN, PT y Movimiento Ciudadano, acompañados por legisladores del PRD, presentaron ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación una acción de inconstitucionalidad contra diversos impuestos, como la homologación del IVA a 16% en las franjas fronterizas. Los legisladores panistas Luis Alberto Villareal García y Carlos Angulo Parra -este último responsable de integrar el expediente y redactar la impugnación ante el máximo Tribunal del país-, argumentaron que la medida atenta contra el principio de competitividad recién incluido en la Constitución. Indicaron que el documento está firmado por 171 Diputados, de ellos 114 del Partido Acción Nacional (PAN), 24 del de la Revolución Democrática (PRD), 19 de Movimiento Ciudadano (MC) y 14 del Partido del Trabajo (PT). El coordinador del Grupo Parlamentario del PAN en el Palacio Legislativo de San Lázaro, Villarreal García, mencionó que el propósito de la acción es dar marcha atrás a la aplicación de los nuevos impuestos, entre ellos la homologación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en las fronteras, pues lesionan la economía de las empresas y de la clase media. Por separado, Angulo Parra advirtió que la Reforma Hacendaria en general, pero particularmente la homologación del IVA en la frontera, representa una flagrante violación al citado principio constitucional, “pues no va a generar crecimiento económico, ni va a promover la inversión y mucho menos va a generar empleos”.

TIENE COMBATE ANTILAVADO PRESUPUESTO INSUFICIENTE El Economista

Mientras que en México se lavan al año entre 10,000 y 50,000 millones de dólares, el presupuesto para el combate al lavado de dinero y financiamiento al terrorismo es limitado. Durante el 2013, la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la nueva Unidad Especializada en Análisis Financiero (UEAF) de la Procuraduría General de la República (PGR) creada a partir de la nueva Ley Antilavado contaron con un presupuesto de 178.1 millones de pesos. Si bien dentro de la estructura de la SHCP y la PGR, tanto la UIF como la UEAF tienen un peso mayor que el resto de las demás áreas, su presupuesto es el más bajo. Para el 2013, a la UIF se le aprobó un presupuesto para enero-diciembre de 194.4 millones de pesos, pero solamente se le autorizaron 160.3 millones de pesos, es decir, que hubo una diferencia de 34.1 millones de pesos menos que los contemplados originalmente. Lo anterior considerando que en julio del 2013 entró en vigor la nueva Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, que tiene por objetivo regular las transacciones en efectivo en las actividades consideradas vulnerables. En tanto que en la PGR, a la UEAF se le aprobaron el año pasado 45 millones de pesos, de los cuales sólo se autorizaron 3.2 millones de pesos.

NO HABRÁ NUEVOS IMPUESTOS HASTA 2018: VIDEGARAY

El Economista

El gabinete económico del mandatario Enrique Peña Nieto presentó el Acuerdo para la Certidumbre Tributaria (Pacto Fiscal) bajo ocho lineamientos que estarán vigentes a partir de hoy y hasta el próximo 30 de noviembre del 2018, cuando concluya la presente administración. El titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Luis Videgaray Caso, afirmó que el acuerdo cuenta con el respaldo de la sociedad civil, el apoyo unánime de gobernadores y diversas organizaciones empresariales, por lo cual se establece que en dicho periodo el Ejecutivo se propone a no realizar cambios a la legislación tributaria. En presencia del Secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong, el Secretario de Economía, Ildefonso Guajardo, la Titular del Turismo, Claudia Ruiz Massieu Salinas, entre otros, Videgaray Caso presentó los puntos: • No modificar la legislación tributaria, que incluye, no proponer nuevos impuestos ni aumentar las tasas de los impuestos existentes o bien no reducir o eliminar los beneficios y/o exenciones existentes. • Combate a la evasión fiscal y promoción de formalidad. • Respeto a los derechos constitucionales y a las decisiones del poder judicial de la federación. • Mejorar la eficiencia, oportunidad y transparencia en los ingresos y ejercicio del gasto. • Mantener una trayectoria de déficit decreciente. • Excepciones para realizar modificaciones a las disposiciones tributarias, en caso de una contingencia. • Régimen fiscal del sector energético. • Mantener una comunicación cercana con la sociedad civil. 6 |

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FINANZAS TRANSPARENTES VICEPRESIDENCIA DE FINANZAS

ENLACE

Como bien se sabe, la administración y transparencia de los recursos económicos es una actividad fundamental para el avance y fortalecimiento de cada institución; de modo que, el caso de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos, Colegio Profesional en el Distrito Federal, A.C., no es la excepción, por ello y como parte del Consejo Directivo se integra la figura de la Vicepresidencia de Finanzas, que está a cargo de la L.C.C. María Lucía García Mejía. DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS

La principal función de la Vicepresidencia de Finanzas es supervisar que se utilicen de manera correcta y transparente los recursos que se generan en la AMCPDF, para que a partir de éstos los Socios puedan obtener los beneficios que les corresponden. Para contar con una administración sólida, la Vicepresidencia de Finanzas requiere de la colaboración de cada Comisión, pues éstas deben hacerle llegar el informe en el que plasmen sus gastos anuales, ya que son parte del Marzo 2014

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presupuesto de la Asociación, el cual es aprobado por el Presidente y por el Consejo Directivo.

La titular de la Vicepresidencia de Finanzas reconoce que la Asociación se encuentra entre las Instituciones con cuotas más accesibles en comparación con otras.

La labor del área financiera recae en establecer un plan estratégico en el que se decida cuál será el manejo del remanente obtenido a partir de varios conceptos, tales como las cuotas, cursos, diplomados y talleres, además de poner atención en lo relacionado con el mantenimiento que puede requerir el inmueble que es sede de la AMCPDF, hacer los pagos correspondientes al personal, brindarles la afiliación al Seguro Social y las respectivas prestaciones que por Ley les corresponden. De la misma forma, la L.C.C. María Lucía García Mejía comenta que si bien es cierto que, la Comisión de Evaluación está facultada para elegir a los profesores que impartirán los cursos en la Asociación, la Vicepresidencia a su cargo es la que debe administrar los ingresos para pagar los servicios profesionales, así como el material necesario. Dicha Vicepresidencia también apoya al evento “Jueves del Asociado”, ya que se proporcionan los recursos necesarios para generar diversos materiales como los reconocimientos a los expositores. De igual forma, durante la Convención Anual también se debe administrar el presupuesto asignado para la compra de los

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materiales que son obsequiados a los asistentes, como plumas, agendas, carpetas, blocks e inclusive para los regalos sorteados. Cabe destacar que los recursos generados durante dicho evento, son exclusivos para ésta, es decir, no se pretende que los ingresos generados sean destinados directamente a la Asociación, para que con ello se pueda incrementar el valor de los premios rifados, el año pasado se sorteó un automóvil.

VENTAJAS DE SER ASOCIADOS

La transparencia y buena administración llevada a cabo por el Presidente del Consejo Directivo junto con la Vicepresidencia de Finanzas, permitió que el 2013 cerrara con un incremento aproximado del 50% en su presupuesto. Por ello y a partir de los recursos brindados por los Asociados, es posible cederles ciertos beneficios, un claro ejemplo es el curso gratuito ofrecido a quienes estén recertificados. Al ser Socio de la AMCPDF, estar al corriente en sus cuotas, y dependiendo del tipo de socio de que se trate (dictaminadores o no dictaminadores), se les podrán ofrecer cursos a menor costo, de modo que esto les permitiría seguir capacitándose y preparándose, en este sentido, el beneficio lo encontrarían en la obtención de sus puntos (escala que va de 25, 50 y 66


dependiendo del Socio que se trate). Incluso aquellos Socios que ya hayan cumplido con sus puntos, gozarán de una disminución en el costo de los mismos, pues de $1,000.00 ahora sólo pagarán $500.00. Por el contrario, donde sí existió un aumento fue en los honorarios dados a los capacitadores de los cursos, esto con el fin de tener un mejor personal en la impartición de conocimientos.

A FUTURO

El remanente que se ha generado en lo que va de este bienio también ha sido utilizado para llevar a cabo la credencialización, con lo cual y de acuerdo a la Licenciada García Mejía, se busca que los miembros se sientan más identificados con la institución de la cual forman parte. Uno de los principales planes a futuro del Consejo Directivo y de la Vicepresidencia de Finanzas es la compra de un inmueble para ampliar el actual estacionamiento de la AMCPDF, ya que hoy en día éste comienza a ser insuficiente para el número de Asociados.

La transparencia en los recursos es fundamental para la AMCPDF.

MENSAJE A LOS ASOCIADOS A pesar de que el Dictamen Fiscal ya no es obligatorio a partir de 2014, la L.C.C. María Lucía García Mejía hace un llamado al gremio Contable para que continúe siendo parte de la AMCPDF ya que considera necesaria la actualización de sus colegas, pues las Leyes Fiscales, las Normas de Información Financiera y las Normas de Auditoría se encuentran en constante cambio, escenario ante el cual un Contador Público Colegiado tiene un mejor estatus frente a aquél que no lo es. De acuerdo con la Vicepresidenta de Finanzas, lo anterior muestra que el Contador inscrito en la Asociación cuenta con muchas facilidades. En suma, reiteró la importancia que implica ser Socio de la AMCPDF, pues se esperan más beneficios, los cuales se están resolviendo en el Consejo Directivo y se darán a conocer mediante correos masivos.


AVANCES

La Homologación del IVA y sus Repercusiones en la Frontera Norte de México

El primero de enero de este año, los residentes en la zona fronteriza despertamos con la amarga realidad de un fuerte incremento de precios en la mayoría de artículos y productos debido a la entrada en vigor de la Reforma Hacendaria, dentro de los cuales el punto que más afectó fue el incremento en la tasa del Impuesto al Valor Agregado en la frontera, esto aunado a los incrementos en los combustibles y otros productos de primera necesidad. El objetivo del presente artículo es analizar los motivos que llevaron a eliminar el trato especial del IVA en la región fronteriza, su justificación y si se están cumpliendo los pronósticos del Ejecutivo Federal en cuanto a su recaudación, así como el impacto económico real que se observa a dos meses de su entrada en vigor.

Breves antecedentes del Impuesto al Valor Agregado y su tasa diferenciada.

El Congreso de la Unión aprobó en diciembre de 1978 la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), la cual entró en vigor el primero de enero de 1980, para sustituir a la Ley del Impuesto Federal Sobre Ingresos Mercantiles (ISIM), que era el gravamen general sobre las ventas, así como a varios impuestos en consumos específicos. Desde su origen, la Ley del IVA estableció como tasa general del impuesto el 10%, salvo que se efectuaran en determinadas zonas del país, como la franja fronteriza norte, la zonas libres de Baja California y norte de Sonora y de Baja California Sur, en estos casos la tasa aplicable se estableció en un 6%, excepto en las importaciones. En su exposición de motivos se mencionó que dicho tratamiento diferenciado se debió a la situación particular de esas zonas, en las cuales se les reconoció por una parte, la lejanía de los principales centros de producción de bienes en el país, y por otro lado, la cercanía con las ciudades 10 |

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fronterizas en los Estados Unidos con precios más competitivos y con una tasa de impuesto al consumo entre el 6 y el 8%. Durante su existencia, el IVA ha sufrido varias modificaciones en sus tasas, como fue en 1983, que se estableció en un 15% general y el 10% para la zona fronteriza. Posteriormente en el año de 2010 sufre su segunda modificación incrementándose ambas tasas en un punto porcentual para quedar en 16% y 11% respectivamente, mismas que estuvieron vigentes hasta el año pasado. Como se puede apreciar, desde su origen y hasta el año pasado, siempre se mantuvo una tasa diferenciada a las actividades realizadas en las zonas fronterizas. Fue hasta 1997 que nuestro más alto Tribunal determinó mediante tesis de jurisprudencia del pleno de la Corte, que el artículo 2º de la Ley del IVA respeta el principio de equidad tributaria, al establecer la aplicación de una tasa del 10% sobre los actos o actividades gravados, cuando ellos se realicen por residentes en la región fronteriza, por las siguiente razones:

1.

El objeto del IVA, es el consumo, el cual atiende tanto a la capacidad de compra como a la disposición de bienes y servicios.

2.

El referido consumo no se presenta en idénticas condiciones en la región fronteriza y en el resto del


país, pues la cercanía de aquélla con otras naciones altera los patrones de consumo.

3. Al establecer el legislador una tasa menor para el

cálculo del tributo que deban enterar los residentes de la región en comento se infiere, inclusive, el fin extrafiscal de no afectar la competitividad y de estimular el comercio nacional en la frontera, desalentando el consumo de bienes y servicios extranjeros que perjudiquen la competitividad de la industria nacional en tal región, lo que implica otorgar diversas consecuencias jurídicas a desiguales supuestos de hecho, respetándose, por ende, el principio de equidad tributaria previsto en la fracción IV, del artículo 31 Constitucional.

Novena Época. Pleno Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo VI, Septiembre de 1997. Tesis: P. CXXXVIII/97 Tesis Aislada(Constitucional, Administrativa) Pag. 208.

VALOR AGREGADO. EL ARTÍCULO 2o. DE LA LEY RELATIVA AL IMPUESTO CORRESPONDIENTE, QUE ESTABLECE LA APLICACIÓN DE UNA TASA MENOR CUANDO LOS ACTOS O ACTIVIDADES GRAVADOS SE REALICEN POR RESIDENTES EN LA REGIÓN FRONTERIZA, NO VIOLA EL PRINCIPIO DE EQUIDAD TRIBUTARIA (LEGISLACIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 1O DE ABRIL DE 1995). El artículo citado respeta el principio de equidad tributaria al establecer la aplicación de una tasa del diez por ciento sobre los actos o actividades gravados, cuando ellos se realicen por residentes en la región fronteriza, ya que siendo el consumo el objeto de este impuesto indirecto, el cual atiende tanto a la capacidad de compra como a la disposición de bienes y servicios, resulta un hecho notorio que el referido consumo no se presenta en idénticas condiciones en la región fronteriza y en el resto del país, pues la cercanía de aquélla con otras naciones altera los patrones de consumo, por lo que al establecer el legislador una tasa menor para el cálculo del tributo que deban enterar los residentes de la región en comento se infiere, inclusive, el fin extrafiscal de no afectar la competitividad y de estimular el comercio nacional en la frontera, desalentando el consumo de bienes y servicios extranjeros que perjudiquen la competitividad de la industria nacional en tal región, lo que implica otorgar diversas consecuencias jurídicas a desiguales supuestos de hecho, respetándose, por ende, el principio de equidad tributaria previsto en la fracción IV del artículo 31 constitucional. Amparo en revisión 1772/95. Isaías García Calvillo y otros. 21 de noviembre de 1996. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Genaro

David Góngora Pimentel y Humberto Román Palacios. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretaria: Maura Angélica Sanabria Martínez. Amparo en revisión 1989/96. Maximino Rubén Cerón López. 3 de julio de 1997. Mayoría de ocho votos. Ausente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Disidentes: Genaro David Góngora Pimentel y Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretario: Ariel Alberto Rojas Caballero. Amparo en revisión 1981/95. Enlaces Radiofónicos, S.A. 3 de julio de 1997. Mayoría de ocho votos. Ausente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Disidentes: Genaro David Góngora Pimentel y Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretario: José Ángel Mattar Oliva. Amparo en revisión 3047/96. Juan Ricardo Juárez Castillo. 3 de julio de 1997. Mayoría de ocho votos. Ausente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Disidentes: Genaro David Góngora Pimentel y Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretario: José Ángel Mattar Oliva. El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada el ocho de septiembre en curso, aprobó, con el número CXXXVIII/1997, la tesis aislada que antecede; y determinó que la votación es idónea para integrar tesis jurisprudencial. México, Distrito Federal, a ocho de septiembre de mil novecientos noventa y siete.

Reforma 2014, Ley del Impuesto al Valor Agregado

El pasado 8 de septiembre del 2013, el Presidente de la República Enrique Peña Nieto presentó su propuesta de Reforma Fiscal, en la cual se deroga el artículo 2º que establecía la tasa preferencial del 11% del Impuesto al Valor Agregado, mejor conocido como IVA en las zonas fronterizas; generalizando con esto a la tasa del 16% en todo el territorio nacional, bajo los siguientes argumentos principales:

1.

La tasa preferencial para la frontera norte resulta inequitativa frente a las operaciones similares que se realizan en el resto del territorio nacional.

2. La aplicación de una tasa reducida, además

de implicar una menor recaudación, dificulta la administración y el control del impuesto, por lo que se abren espacios para la evasión y elusión fiscal.

3.

La aplicación de la tasa reducida en la región fronteriza es regresiva, ya que ésta reduce el pago de impuesto a los habitantes de regiones que en promedio obtienen ingresos mayores a los del resto del país.

4.

En su momento, el otorgamiento de dicho Marzo 2014

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beneficio obedeció a la necesidad de mantener la competitividad entre los contribuyentes que residen en la citada región. Su justificación estuvo basada principalmente en el aislamiento que existía de las poblaciones fronterizas y el resto del país.

5.

El diferencial de tasas no ha beneficiado a los consumidores de la región fronteriza. Resultados de un análisis con una muestra de precios a nivel localidad muestran que la menor tasa en la frontera no se ha reflejado en menores precios al consumidor. Lo anterior, indica que la tasa reducida del citado impuesto lejos de ser una herramienta efectiva para reducir los precios finales, beneficiando con ello a los consumidores, ha ayudado a productores y comercializadores. Esta iniciativa de Reforma fue aprobada por las dos Cámaras, publicado el Decreto en el Diario Oficial de la Federación el miércoles 11 de diciembre de 2013 y entró en vigor el pasado 1º de enero de 2014.

¿Cuál es el impacto del aumento del IVA en la frontera?

A la fecha de la presente publicación, es difícil poder cuantificar el impacto económico real que se tiene en la región fronteriza por la aplicación de la tasa general del 16% de IVA, lo que representa para sus residentes un incremento del 45% en la tasa de dicho impuesto. El impacto económico se podrá evaluar una vez que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) presente sus indicadores económicos del primer trimestre de este año. En referencia al estado de Baja California, el analista económico, Enrique Rovirosa Miramontes, ha mencionado en distintos foros, que la ciudad más afectada ha sido su Capital Mexicali, ya que según la variación de trabajadores asegurados del IMSS, fue de 4,295 empleos, es decir, se han perdido esta cantidad de empleos formales. Asimismo menciona que como consecuencia de la Reforma Fiscal Federal, en Mexicali se registró una inflación anualizada del 5.1% en la primer quincena del 2014. Mientras tanto en la ciudad de Tijuana, la inflación anualizada para ese mismo periodo fue de 4.6%. El impacto de la Reforma por el aumento en la tasa del IVA en las ciudades fronterizas es real y se percibe 12 |

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en su población. En referencia al Estado de Baja California, donde el 90% de la población vive en la franja fronteriza (Mexicali, Tijuana y Tecate), se observa un deterioro sensible en el poder adquisitivo y en la calidad de vida de sus habitantes, causado por el fuerte aumento generalizado en los precios de los productos y servicios, en la mayoría de los casos por encima del índice inflacionario y esto, combinado con los bajos niveles de ingreso en general, está ocasionando que disminuya drásticamente la adquisición de bienes o servicios básicos o en el peor de los casos, ha orillado al consumidor a utilizar los medios de financiamiento habituales nada baratos para estar en posibilidades de mantener la calidad de vida, lo cual es realmente preocupante. Ante esta situación, para quienes vivimos en esta zona, se nos abren dos escenarios a fin de poder maximizar nuestros ingresos y que este aumento repercuta en menor proporción en nuestros bolsillos: los que cuentan con Visa americana, cruzan la frontera para hacer sus compras, aprovechando una mejor oferta en precios de los productos, así como un impuesto al consumo menor al 9%; mientras que los que no cuentan con el documento, tienen que conformarse con la oferta del mercado mexicano, que desafortunadamente en la mayoría de los casos son las personas que cuentan con menores recursos. Es decir, se observa una fuerte fuga de capital hacia el extranjero, en donde los comercios están aprovechando esta coyuntura económica con ofertas y promociones en sus productos para lograr atraer a más clientes, y como consecuencia, una fuerte disminución en las ventas de los comercios locales, pudiendo ocasionar con esto el cierre de varios de ellos con las consecuencias de mayor desempleo e inseguridad. El impacto ya se refleja en varios sectores como el restaurantero, donde los negocios lucen casi vacíos, mientras que los establecimientos del lado americano hacen campañas publicitarias para lograr atraer a más clientes. Así mismo en la gasolina, en donde el incremento del impuesto y los constantes “gasolinazos”, han ocasionado que ya se adquiera a menor costo y de mejor calidad este producto en los establecimientos estadounidenses.


Pronóstico económico

Datos mencionados por el analista económico Enrique Ruvirosa Miramontes, las expectativas económicas en Baja California para este año 2014 no son nada promisorias, se espera prácticamente un decrecimiento de la economía de -1% y siendo muy optimistas un crecimiento de un 1%, ya que la Reforma Fiscal tendrá un efecto negativo de -2.5% sobre el Producto Interno Bruto (PIB) de Baja California. Según el Dr. Noé Arón Fuentes, investigador del Departamento de Estudios Económicos, del Colegio de la Frontera Norte, se espera una caída del 3.5% en la actividad económica del Estado de Baja California y alrededor de 30,000 nuevos desempleados. Además, se prevé que por la fuga de consumidores la recaudación de Impuesto al Valor Agregado sea menor a $4,000 millones de pesos, siendo que el Ejecutivo Federal estimó recaudar por este concepto $18,000 millones de pesos. Según un estudio realizado por el Consejo Coordinador Empresarial (CCE) de esta frontera, el aumento del IVA generará una baja en el PIB de un 3.3%, lo cual se estima en una pérdida de más de $2,157 millones de pesos.

Conclusiones

Como se puede observar, desde su origen y hasta el año pasado, se mantuvo una tasa diferenciada a las actividades realizadas en las zonas fronterizas. Al establecer el legislador en su momento una tasa menor para el cálculo del tributo que deban enterar los residentes de la región fronteriza se desprende del fin extrafiscal de no afectar la competitividad y de estimular el comercio nacional en la frontera, desalentando el consumo de bienes y servicios extranjeros que perjudiquen la competitividad de la industria nacional en tal región, criterio validado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y que continúan siendo aplicables a la situación económica actual,

razón por la cual, los argumentos del Ejecutivo Federal establecidos en la iniciativa de Reforma que motivaron la homologación del IVA son insuficientes para justificar su aplicación. Son en realidad solo eso, tratar de justificar una medida incorrecta. A mes y medio de su entrada en vigor, lo que se percibe en la frontera es una fuerte fuga de capitales hacia el extranjero, así como el cierre de algunos comercios por la disminución en sus ventas y aumento en el desempleo de la zona. Los únicos que se han beneficiado con el aumento del impuesto en la frontera, son los comerciantes estadounidenses y a muy corto plazo las instituciones financieras por el aumento en las deudas de los consumidores. En relación a la recaudación del IVA en la zona fronteriza, como van las cosas y según los pronósticos, no se van a cumplir las expectativas del Ejecutivo Federal por este concepto. Habrá que esperar unos meses más para poder cuantificar la magnitud de los efectos de esta medida, los cuales se espera no sean nada alentadores. Esperemos que el Ejecutivo Federal realice medidas y acciones para mitigar el efecto económico y social del incremento del IVA en la región y franja fronterizas. Por nuestra parte, empresarios, comerciantes y sociedad en general, ante la falta de visión e interés de nuestros gobernantes para darnos herramientas suficientes y coadyuvar al desarrollo económico y social de nuestro país y en especial de nuestra zona fronteriza, tenemos la obligación de “tomar al toro por los cuernos” y establecer las mejores opciones (financieras, fiscales, legales, etc.) para estar en posibilidades de mantener precios competitivos en nuestros productos, así como medidas de remuneración a los trabajadores más eficientes, que incrementen su poder de compra y reactiven nuestra ya golpeada economía.

El diferencial de tasas no ha beneficiado a los consumidores de la región fronteriza. Resultados de un análisis con una muestra de precios a nivel localidad muestran que la menor tasa en la frontera no se ha reflejado en menores precios al consumidor.

M.C. Wilfrido Gálvez Palacios Presidente de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos, Colegio Profesional en Mexicali, B.C., A.C.

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LOS PROCESOS LEGISLATIVOS ESTÁN ABIERTOS A LA SOCIEDAD DIP. JOSÉ ISABEL TREJO REYES Presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito Público

Con 44 Diputados, la Comisión de Hacienda y Crédito Público, es una de las más grandes en la historia de la Cámara de Diputados. Dicha Comisión, tiene la responsabilidad de examinar, discutir y dictaminar las iniciativas de reforma al marco jurídico en materia fiscal y financiera, las iniciativas de Ley de Ingresos de la Federación para cada ejercicio fiscal y dar cause a los distintos asuntos relacionados con estas materias que les turne la Mesa Directiva. Actualmente está bajo la presidencia del Diputado José Isabel Trejo Reyes, quien habló para la revista Excelencia Profesional.

HU. Esta Comisión Permanente de Hacienda tiene que ver propuestas de reformas, discutirlas y analizarlas, ¿cómo es la mecánica a grandes rasgos?

Dip. Hay que subrayar que toda Reforma de carácter Fiscal, ya sea para derogar, abrogar o crear nuevas disposiciones, tiene que entrar por la Cámara de Diputados, y por lo tanto, por la Comisión de Hacienda. La vía es la misma en el caso de las iniciativas del Presidente de la República, de las Legislaturas Locales o de los Diputados o Senadores. El proceso legislativo está establecido en la Ley Orgánica y el Reglamento, pero también en esa parte nos permite abrir la oportunidad para que otras voces que no son de Legisladores puedan 14 |

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opinar al respecto, un ejemplo de ello, son los grandes foros que se hicieron para analizar la Reforma Hacendaria, fueron una muestra de que los procesos legislativos están abiertos a la sociedad, no es sólo la Cámara de Diputados y ésta Comisión la que legisla, sino también las voces externas a ésta. Tenemos que estar atentos sobre cuál es la opinión de especialistas, académicos, empresarios y de pequeños y grandes contribuyentes, para que las Reformas Fiscales no aterricen en un terreno que no es la realidad. Es indudable que existen distintas posiciones y es importante plasmar con claridad en la Ley lo que se legislará para que no haya confusión, independientemente de la visión que pueda tener el Presidente de la Comisión de Hacienda, resaltando que lo que imperará en el Dictamen, es lo que diga la mayoría en la Cámara de Diputados en última instancia, porque todas las leyes también son revisadas por el Senado, si está de acuerdo se va al Ejecutivo.

HU. ¿Cómo logran el consenso?

Dip. Ahí tienes que arreglártela para sacar el “como sí” y evidentemente las posiciones cuando son encontradas, se buscan el “como no”, entonces el primero, se aterriza con la mayoría y tú buscas platicar en corto con los grupos parlamentarios. En la Cámara, la mayoría la tiene el PRI, junto con el PV y el PANAL, entonces tienes que hablar con ellos, se van construyendo las mayorías de conformidad a cómo se vislumbra, cuál es el interés de las fuerzas. La Reforma Fiscal, salió con una alianza clara PRI-PRD y PANAL-PV, en contra, Convergencia-PT-PAN, pero la conformación de la Cámara te garantiza mayorías en uno u otro sentido, a veces logramos unanimidades, pero no siempre es así. En materia de contribuciones son mayorías pero hay que construirlas. La discusión evidentemente, aunque votamos en contra de muchas cosas, por ejemplo, el IVA en colegiaturas o todo lo relacionado con Compra–Venta de casas, coincidimos todos en quitarlos, votamos de esta forma porque realmente nos parecían impuestos que iban a desestimular mucho la inversión y generar por lo tanto, desempleo. Ahí están muy presentes las posturas, dices con claridad tu posición y los acuerdos se hacen hasta donde se pueden, si dices desacuerdo, se dice mayoría y sale, esa es una mecánica al más puro estilo pragmático del poder legislativo y no vas Diputado por Diputado, la propia Junta de Coordinación Política, que es la máxima autoridad en la Cámara tienen voto ponderado, aunque van los 7 Coordinadores, el voto del PRI vale mucho más que el del PT, entonces acá aunque es individualizado la cantidad total de las fuerzas son claramente establecidas.

HU. Entendemos que en esta Comisión no son el SAT, no son Hacienda, ustedes proponen Leyes, sin embargo cada vez que hay Reformas o cambios, tienen que revisar cómo van los números.

Dip. Tenemos capacidad jurídica y técnica de proponer

iniciativas de reforma a las leyes, nada mas que tenemos que tomar en cuenta que los votos cuentan y que la iniciativa puede quedar para la historia pero que no pasará, cuando el PAN sabe que no contará con el PRD y el PRI para una modificación fiscal pues la iniciativa va como besada por el diablo. Ahora bien, quien tiene los números, las recaudaciones, las estadísticas del gasto y del ingreso, es el SAT evidentemente, le informa a la Secretaría de Hacienda cómo está el comportamiento y entonces ellos son quienes tienen que estar viendo los indicadores diarios para ver una potencial reforma en el caso de que no se recaudara como se planteó o que hubiera una distorsión en la recaudación. Entonces ellos son los que estarían de manera primordial para presentar una reforma, además de que la fuerza la presentarían a través del Presidente de la República pues tiene un impacto distinto de cuando lo presenta un Diputado o un Senador y el ejecutivo tiene un nivel de cabildeo distinto. Entre los poderes la coadyuvancia te lleva a discutir lo que el país necesita.

HU. Y en este sentido es parte del dominio público que el Consejo Coordinador Empresarial y otros más han buscado un pacto con Videgaray, ¿de qué manera les incide ésto?

Dip. Pero tiene mucho menos incidencia, aunque nosotros somos receptivos a cualquier propuesta de cualquier contribuyente u organismo empresarial en relación con potenciales medidas de cambio, no tenemos la fuerza que tiene el Ejecutivo. La fuerza de éste en cualquier alianza, pacto, modificación o medida, tiene mucho más peso y fuerza que nosotros porque tienen el respaldo de sus fuerzas políticas en la Cámara. Nosotros atendemos y abrimos foros, vemos las cosas a detalle y tratamos de influir si creemos que es buena la propuesta o que la actitud puede servir mucho, si eso es así intervenimos, pero también, la Comisión de Hacienda y Crédito Público tiene límites, puede dictaminar inclusive, algunos Diputados de la Comisión, pero no como Comisión, algunas veces hemos sacado algunos acuerdos para que la Comisión trabaje alguna iniciativa porque es decisión de ésta y su presidente, pero es por unanimidad y es muy difícil. Los acuerdos buscados por el sector empresarial, ahora que salió el Acuerdo de la Certidumbre Tributaria, que acaba de dar a conocer el Secretario de Hacienda, escuché posiciones públicas del sector de hacer modificaciones a las reformas que se hicieron, no fue así, lo único que está proponiendo es que no habrá nuevos impuestos, no se disminuirán las facilidades y deducciones a favor de los contribuyentes, no habrá cambios hasta noviembre del 2018, salvo este corchete que se pone, que en mi opinión es muy correcto, que se abra la posibilidad de que si hay problemas de carácter macroeconómico, que yo entiendo esto como que si se afectan los ingresos del Estado y eso pudiera afectar el gasto, hablamos de un escenario de Finanzas Públicas quebrantadas, por usar el nombre, simplemente entras a un escenario de déficit de ingresos Marzo 2014

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Dip. José Isabel Trejo Reyes y C.P.C Hugo H. Urbán Caudillo

y tienes que modificar la Ley porque claramente sería una distorsión o una insuficiencia de recaudación y no hay peor quebranto que perjudique a la sociedad que el de las Finanzas Públicas. Esa parte esta bien que la dejen abierta, porque en un ambiente de volatilidad financiera y económica mundial no se sabe cuándo te puede impactar, aunque ahora el entorno es importante, si el crecimiento de Estados Unidos es una buena noticia para unos, para otros no es tan buena porque la política monetaria de ese país era estar estimulando con la compra de deudas y emisión de billete, pero si su economía empieza a crecer, en teoría lo hace también la nuestra, eso nos permite tener una visión más optimista, pero puede cambiar. A mí me parece bien que ésto llegue hasta el 2018, sí y sólo sí no haya una disminución de ingresos fiscales.

HU. Al día de hoy los números que ustedes ven corresponden con los que pensaban, la Comisión de Hacienda ¿se siente satisfecha?

Dip. No tenemos números porque la Ley lo impide, y es normal que no los tengamos, ya que los tres primeros meses observas más o menos el comportamiento de esos meses, traes la secuela del bajo crecimiento del 2013. En 2014, enero ha sido un poco difícil, también febrero y aunque todo marcha bien con las Reformas, hay algunos indicadores en la economía que no te dicen eso, el Indicador de Confianza del Consumidor y Productor no te lo dice así, la tasa de desempleo que creció en febrero tampoco es un indicador alentador y a pesar de que se ve que van bien las Reformas y la reunión cumbre con Estados Unidos, hay un reconocimiento mundial pero la bolsa baja y baja, esos son indicadores reales de la economía que tiene que estarse analizando y que por supuesto influyen en la recaudación, hay que ver cuál es el informe de recaudación que manda la Secretaría de Ingresos del primer trimestre y ahí tendremos un referente real, serio, estadísticas formales que obliga la Ley a traer al Ejecutivo con nosotros y ahí hacemos un análisis y se comienza a ver el comportamiento de los ingresos y haces el comparativo con años anteriores de cómo fue y darte una tendencia y tu análisis tiene que llevarte a alguna conclusión, si vas bien tomas medidas nuevas, estaríamos hablando de abril. Estás viendo cuál es 16 |

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el comportamiento de las Finanzas Públicas en materia de ingresos y egresos.

HU. Entonces ustedes no verían cambios pretendidamente de aquí al 2018, a reserva de algún cambio en la macroeconomía.

Dip. Es una decisión unilateral del Ejecutivo, lo está haciendo a través de un Consejo pero no lo está haciendo nadie más, es una decisión del Ejecutivo Federal, no es tan fácil sostener eso, el propio Poder Ejecutivo deja abierto el hacer la modificación en función de la macroeconomía, además tendríamos que tomar en cuenta una cosa, si la conformación de la Cámara de Diputados fuera la misma a partir del 2015, esto tendría una visión de estabilidad desde la perspectiva del Ejecutivo, pero puede cambiar la Cámara en ese año, entonces pudiera considerar necesario en su momento, hacer cambios. Entonces los actores cambian dependiendo del número de Diputados en cada bancada a partir de septiembre del 2015, el Acuerdo de Certidumbre Tributaria tendrá que tomar en cuenta a la Cámara de Diputados en su conformación el próximo año, ahorita se puede sostener sin cambios, y veremos a partir de septiembre del 2015, cómo se conforma la Cámara y si habrá cambios en el 2016.

HU. Actualmente se han hecho propuestas en el tema de Antilavado de dinero, así como la Reforma Fiscal, ¿cómo ven el desarrollo o qué esperan en los próximos años?

Dip. Cualquier tipo de ley puede ser modificada a iniciativa de cualquier legislador, y yo sí creo que algunas cosas que no tengan un sentido práctico, que en la realidad no estén dando la utilidad que se busca en el espíritu del Diputado, del Senador en el Ejecutivo, por ejemplo el tema del lavado de dinero, el tema fiscal, si las cosas no están funcionando como uno quisiera sería de entrada un tema de ingeniería legislativa que pudiera estar mal diseñado, de todas maneras son etapas nuevas que teníamos que implementar porque había una exigencia internacional en tema de lavado de dinero a cumplir y también una de la economía nacional, pero sí creo que nada es para siempre, considero que en la medida que se van viendo


las posibilidades y las dificultades hay que hacer una retroalimentación y hacer la propuesta de los cambios para que sirvan las Reformas, porque de lo contrario te estancas, a veces nos cuesta decir perdón, me equivoqué, permítame corregir o nos faltaron retoques. Estamos haciendo justamente eso con las medidas antilavado de dinero, pienso lo mismo en las medidas fiscales, la visión del Ejecutivo fue así como lo dijimos, más ISR, quitar el IETU, si funciona adelante, si no, hay que modificarlas. Ya vimos que hay un Decreto de Facilidades Administrativas por ejemplo, y algunos estímulos fiscales mediante un decreto que muchas veces las habíamos discutido en la Comisión y no se aceptó y seguramente el Ejecutivo con buena visión hace de ese decreto en beneficio de los contribuyentes. Entonces sí son novedades difíciles de implementar y que son retos principalmente para el Ejecutivo, quien debe ser el garante de la ejecución de las Leyes, pero también tenemos que estar la ciudadanía y los Diputados, atentos a lo que se pueda proponer y hacerlo lo más rápido que se pueda para corregirse. Hay que darle la oportunidad también a la implementación y bueno con deficiencias o no, nosotros como Contadores tenemos que tratar que se cumpla le Ley y decirle a nuestros asesorados que por lo pronto hay que cumplir la Ley.

reculando al tema del federalismo fiscal recaudatorio, en el tema del gasto se ha avanzado mucho más, se han aumentado las facultades a los Estados y Municipios para ejercer el gasto, pero yo sí siento que ahora con la terminación de los REPECOS, y los del Régimen Intermedio que es algo en lo que intervenían mucho las instancias estatales, pues ahora eso ha dejado a las entidades como desquehacerados, y ahora esa pregunta tendrá que seguir siendo permanente y válida hasta cuando entremos a que las entidades federativas recauden mucho más, al menos yo espero que ahora se recauden bien el predial y los pagos por derechos al consumo del agua potable.

La Comisión está a las órdenes de todos, el Congreso no legisla solo, hay muchas voces que es imposible no escuchar y estamos listos para ello.

HU. Entendemos que la Comisión de Hacienda tiene que hacerse llegar de consultas de profesionales y de información para la toma de desiciones, ¿quién los asiste?

Dip. Tenemos en la Comisión evidentemente profesionales para enfrentar esa responsabilidad, sin embargo no lo sabemos todo, y nosotros nos asesoramos principalmente de los usuarios, en este caso los contribuyentes chicos y grandes, de la academia, de Colegios Profesionales, académicos, universitarios, platicamos y consultamos el tema de las especificidades técnicas para que salga de la mejor manera posible y tanto la Legislatura como la Comisión están muy abiertas para todos y nosotros platicamos con quien lo requiera e informamos a la Mesa Directiva de las pláticas, lo subimos al portal de Internet, para que sepan qué se dijo, lo que buscamos. Tenemos las facultades para decidir pero es muy sano consultar a los especialistas para decidir correctamente.

HU. Pareciera un poco que estamos empezando a dejar de lado la recaudación que era estatal y estamos empezando a caer en un tema más federal, no es ningún secreto, llega Fox y hace una serie de cambios para hacer el tema más local, Calderón lo continua pero pareciera que ahorita comenzamos a dar pasos hacia atrás, ¿es un poco la tendencia que están buscando ahora?

Dip. Yo coincido con la posición, pienso que estamos

Hay un pretexto para no pagar impuestos, “es muy complejo pagar”, sin embargo, no es así, el que no lo hagan nos dice también, que es un asunto de cultura, y además si no le vamos generando la cultura de la obligación de recaudar al Presidente Municipal y al Gobernador, no desarrollaremos destrezas de barridos de los contribuyentes. Quién conoce dónde está la tiendita, la carnicería, el mercado, los Presidentes Municipales. Es muy difícil que se sepa dónde están todos los contribuyentes del país, pienso que ahí estaríamos desaprovechando la riqueza de autoridades municipales y estatales, que bien organizadas pueden cobrar más impuestos. En mi opinión es un retroceso y espero que ese tipo de cosas las podamos modificar aún en el entorno del Acuerdo de Certidumbre Tributaria.

MENSAJE A LOS ASOCIADOS

Esta nueva Reforma Fiscal nos obliga éticamente a sacar lo máximo de nosotros para orientar con precisión y en el tiempo justo a los contribuyentes, en mi opinión sí hay algunos cambios que son situaciones que no conocíamos entonces, mucha gente sí confía en su Contador, hay que hacer nuestro trabajo especializado para que sigamos siendo confiables para los contribuyentes y hacer la tarea como siempre para que ellos sepan que los Contadores somos profesionistas que contribuimos a la buena marcha económica del país. Quiero transmitir a la Asociación, y los que estamos en el mundo de la Contaduría Pública, que son bienvenidas sus opiniones. Los Contadores somos de los profesionistas que presumimos que más nos actualizamos en nuestra preparación académica y profesional, estamos obligados a reglas nacionales e internacionales. Yo me siento orgulloso de ser un Contador Público Certificado, todos los especialistas tienen voz en esta Comisión, en la Cámara de Diputados y evidentemente nosotros dar un seguimiento en las publicaciones, que es una forma de contribuir a la cultura contributiva. Marzo 2014

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TEC ¿Qué es un comprobante fiscal digital? Estas nuevas facturas son documentos electrónicos que cumplen las reglamentaciones establecidas por el SAT con la intención de garantizar la autenticidad de todos los datos contenidos, el emisor, el receptor, el folio, etc.

El formato en que se generan es Extensible Markup Language o comúnmente conocido por sus siglas como XML. Busca ordenar información de manera estructurada, es decir con partes totalmente definidas y que al unirse forman un mensaje concreto.

ADMINISTRACIÓN

DE ARCHIVOS ELECTRÓNICOS XML En el constante intento de las autoridades fiscales por tener conocimiento de las actividades de los contribuyentes, y el inevitable avance de las tecnologías de la información se han implantado formas y procedimientos nuevos que indudablemente tienen grandes ventajas, como la eliminación de papel, la eliminación parcial de presentarse en las Administraciones locales para la realización de trámites, atención en línea, etc. Sin embargo estas mejoras intercambian las antiguas prácticas por cierta carga administrativa de nueva generación, por ejemplo podemos enfocarnos un poco a las facturas, que como es sabido por todos los que emiten estos documentos es obligatorio para este año hacerlo de forma electrónica. Desde hace ya un par de años el uso de Comprobantes Fiscales Digitales ha ido tomando fuerza, pues para la autoridad fiscal es una herramienta mucho más fácil de controlar, pero ¿cómo funciona para todas las empresas?, pues la autoridad solo es una y las empresas son diferentes desde cualquier ángulo en el que las observemos; pues pueden ir desde una microempresa con algunas cuantas facturas al mes, hasta grandes corporativos con incontables operaciones. 18 |

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El lenguaje estándar XML especifica unas normas básicas a nivel de sintaxis: • Se debe declarar que se trata de un archivo XML invariablemente dentro de la estructura del archivo. • Se debe informar qué versión de XML se utiliza. Ejemplo: <?xml versión=”1.0”?> Desde una perspectiva fiscal estos documentos se mencionan en nuestra legislación actual como sigue: Se menciona en el artículo 29 del Código Fiscal de la Federación: “Cuando las leyes fiscales establezcan la obligación de expedir comprobantes fiscales por los actos o actividades que realicen, por los ingresos que reciban o por las retenciones que efectúen, los contribuyentes deberán emitirlos mediante documentos digitales…” Debe entenderse como documento digital lo mencionado en el artículo 17-D del CFF: “Cuando las disposiciones fiscales obliguen a presentar documentos, éstos


deberán ser digitales y contener una firma electrónica avanzada del autor…” Estos documentos digitales forman parte de la Contabilidad según lo establece el artículo 30 del CFF, por lo que hay que conservarlos al menos 5 años, sin embargo el mismo Código en el artículo 146 refiere que el plazo para que se configuré la prescripción de un crédito fiscal no excederá, en ningún caso, de diez años. Lo que significa que deberemos conservar estos archivos hasta por una década para poder hacer frente a la aclaración de un eventual crédito fiscal.

¿Cuál es la mejor forma de almacenar estos documentos digitales? Dependiendo del tamaño de quien se reciba el servicio o bien, puede haber dos formas de recibir la factura electrónica:

• Siendo enviada por el proveedor al correo electrónico designado por nosotros. • Descargar por nuestra cuenta el archivo XML desde la página del proveedor. En el primer caso se corre el riesgo de que no se reciba la factura por dos motivos: Un error en el correo electrónico o por error en el control del proveedor. En el segundo caso se corre el riesgo de olvidar la debida descarga del archivo. Hay dos formas de almacenar los XML:

Local

Destinar una carpeta en un equipo propio, ya sea de los encargados de crédito y cobranza o de facturación, teniendo permisos especiales para su acceso y modificación.

Web

Existen varias opciones para almacenar todo tipo de documentos en la Web, desde proveedores gratuitos hasta servidores especializados en respaldar día a día los movimientos de nuestros equipos de cómputo. Siendo esta última la mejor opción para el resguardo de los archivos electrónicos pues tiene las ventajas de estar disponible en cualquier momento, desde cualquier terminal con conexión a Internet. Pero la principal ventaja es la eliminación del riesgo de pérdida total de la información, que es un riesgo muy común siempre que se usen equipos de cómputo personales y si estos son el único medio de almacenamiento.

Administración

Independientemente de qué método de almacenaje se elija, la gestión de los archivos es un punto clave para poder ubicar algún comprobante en específico, un ejemplo de como armar una estructura de control puede ser: Ejemplo 1 • Por Proveedor de Mayor a menor importancia • Por Año • Por mes • Por día Ejemplo 2 • Por año • Por mes • Por No. de cheque Incluso armando carpetas cuando un cheque abarque varios comprobantes, como en los reembolsos de gastos que son muy comunes en las organizaciones. La forma en que se decida almacenar y administrar los XML dependerá totalmente del nivel de operaciones y complejidad de cada organización, sin embargo se recomienda ampliamente considerar el uso de un sistema WEB debido a lo ya mencionado. Esperando que este artículo proporcione información de valor para tener presente la gran importancia que conlleva el nuevo esquema de facturación y las opciones para su control.

C.P.C. y E.F. Jesús Antonio Gómez González Integrante de la Comisión Página Web de la AMCPDF

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CUESTIÓN FISCAL

SUBSIDIO AL EMPLEO A PARTIR DE ENERO DE 2014 DE LAS DOS TABLAS APLICABLES PARA EL EFECTO El subsidio para el empleo (cuyo antecedente desde octubre de 1993 es el “crédito al salario”) es un instrumento fiscal para apoyar a los trabajadores de menores ingresos. Este beneficio a cargo del Gobierno Federal, es otorgado a través de los empleadores al momento de efectuar la determinación de las retenciones del Impuesto Sobre la Renta (ISR) por los salarios (incluyendo las prestaciones) pagados. En el caso de los trabajadores de hasta dos salarios mínimos, para los cuales el monto de subsidio que les corresponde excede del ISR a retener, la diferencia es entregada al trabajador conjuntamente con el pago de sus salarios. Posteriormente, los empleadores recuperan las cantidades entregadas a sus trabajadores acreditándolas contra el ISR retenido a otros trabajadores de mayores ingresos o contra el ISR empresarial (o por otros conceptos) a su cargo. Desde 2008 en que se denominó “subsidio al empleo” fue sacado de la LISR, recuerde que era el artículo octavo transitorio de la Ley que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones fiscales para 2008, publicada en octubre de 2007. En la Reforma Fiscal, llamada “Hacendaria y Social” por el Ejecutivo, se propuso disminuir el pago del subsidio a los trabajadores derivado de las siguientes consideraciones: Se propone que el beneficio del subsidio para el empleo se reoriente para cubrir las cuotas de seguridad social a cargo de los trabajadores de menores ingresos, con lo cual se dará un fuerte impulso a la formalidad. Con la propuesta, el Gobierno Federal cubrirá para los trabajadores con ingresos de hasta dos salarios mínimos, las cuotas obreras al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) hasta por un monto equivalente a las cuotas obreras del IMSS. En contraparte a esta modificación, el subsidio al empleo para los trabajadores con esos niveles de ingresos se ajustará en el monto de las cuotas, que pasarán de ser cubiertas por el trabajador a ser cubiertas por el Gobierno Federal. Así, se reduce la carga de seguridad social dejando intacto el ingreso neto de los trabajadores. 20 |

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Con la medida, la carga asociada al pago de las cuotas de seguridad social de los trabajadores de menores ingresos, se reducirá en 2.4 puntos porcentuales de su salario. Cabe destacar que la propuesta reduce el costo de empleo en el sector formal del grupo poblacional, en el que la incidencia de la informalidad es más elevada. Información publicada por el INEGI indica que dos tercios de todos los trabajadores informales del país se ubican en niveles de ingresos menores o iguales a dos salarios mínimos. De esta manera, se reducen las barreras para la incorporación de estos trabajadores al sector formal de la economía y se sientan las bases para un crecimiento más acelerado e incluyente de la productividad de la economía mexicana. Por ello, la tabla de subsidio aprobada y publicada, incorporada en el artículo décimo transitorio de la LISR contiene las siguientes características: • Se mantiene la tabla de subsidio y se incorpora a la LISR (aunque en transitorios). • Se modifica la tabla de subsidio: Pasa de 11 a 12 renglones. • Se disminuye el subsidio a quienes ganan menos. Como afortunadamente no les alcanzó el tiempo legislativo a nuestros Diputados y Senadores, se quedaron pendientes las siguientes reformas planteadas a la seguridad social: • El incremento en las cuotas patronales en el seguro de enfermedades y maternidad (del 1.05% al 2.8% en las prestaciones en especie y del 0.7% al 1.8% en las prestaciones en dinero). • Reforma para la homologación de bases para efectos del cálculo de cuotas obrero patronales con la base para el cálculo del Impuesto Sobre la Renta de los trabajadores (en vías de ser aprobada por el Senado). • Así como las leyes reglamentarias de la pensión universal para adultos mayores y del seguro de desempleo (que, por acuerdo con el sector privado, ya no será a cargo del Estado, ni se disminuirá de las cuotas al INFONAVIT como en la iniciativa de Reforma propuesta a éste respecto).1


SUBSIDIO PARA EL EMPLEO MENSUAL

La reforma aprobada a la tabla de subsidio y publicada el pasado 11 de diciembre de 2013, carecía de razón al disminuir el monto del mismo para los salarios menores, pero ya es Ley. Por ello el Ejecutivo Federal en el Decreto del pasado 26 de diciembre de 2013 que otorga “beneficios fiscales y facilidades administrativas”, corrige esta situación (y regresa a la tabla vigente hasta 2013, sin cambio alguno), como se aprecia en el artículo 1.12 al tenor siguiente:

1 Quedaron pendientes en las negociaciones de la Reforma Hacendaria y se retomarán en el periodo ordinario que inicia en febrero de 2014, ver al respecto:

http://www.reforma.com/libre/online07/ preacceso/articulos/default.aspx?plazac onsulta=reforma&url=http://www.reforma. com/nacional/articulo/726/1450384/&urlr edirect=http://www.reforma.com/nacional/ articulo/726/1450384/ O el periódico Reforma, página 6, sección nacional, artículo: Agenda PRI seguro para desempleados, por Claudia Salazar.

Figura 1

LÍMITE SUPERIOR

SUBSIDIO PARA EL EMPLEO

1,768.96 2,653.38 3,472.84 3,537.87 4,446.15 4,717.18 5,335.42 6,224.67 7,113.90 7,382.33 en adelante

407.02 406.83 406.83 392.77 382.46 354.23 324.23 324.87 294.63 253.54 217.61 0.00

0.01 1,768.97 2,653.39 3,472.85 3,537.88 4,446.16 4,717.19 5,335.43 6,224.68 7,113.91 7,382.34

Es decir, a partir del primero de enero de 2014 para los pagos semanales, quincenales o mensuales (cuestión de dividir la tabla), se podrá aplicar la tabla publicada en la LISR o seguir aplicando la tabla de 2013 correspondiente a esta “facilidad”. Ambas tablas comparadas se muestran en las figuras 1 y 2. Usted deberá decidir, incluso por empleado, cuál de las dos tablas aplica. Sea cuidadoso pues conforme al artículo 6 del Código Fiscal Federal, cuando las Leyes Fiscales establezcan opciones a los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, la elegida no podrá variarse en el ejercicio. 2013 LÍMITE INFERIOR

Figura 2

Artículo 1.12. Los contribuyentes que perciban ingresos de los previstos en el primer párrafo o la fracción I del artículo 94 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, excepto los percibidos por concepto de primas de antigüedad, retiro e indemnizaciones u otros pagos por separación, en lugar de aplicar la tabla contenida en el artículo Décimo del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios; de la Ley Federal de Derechos, se expide la Ley del Impuesto sobre la Renta, y se abrogan la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, y la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de diciembre de 2013, podrán aplicar la siguiente:

LÍMITE INFERIOR

SEGÚN LISR 2014

APLICABLE SEGÚN ARTÍCULO 1.12 DOF 2612 SUPERIOR

SUBSIDIO E

LÍMITE INFERIOR

SUPERIOR

SUBSIDIO E

0.01 1768.97 1978.71 2653.39 3472.85 3537.88 4446.16 4717.19 5335.43 6224.68 7113.91 7382.34

1768.96 1978.7 2653.38 3472.8435 37.87 4446.15 4717.18 5335.42 6224.67 7113.90 7382.33 en adelante

407.02 406.83 359.84 343.60 310.29 298.44 354.23 324.87 294.63 253.54 217.61 0

0.01

1768.96

407.02

1768.97 2653.39 3472.85 3537.88 4446.16 4717.19 5335.43 6224.68 7113.91 7382.34

2653.38 3472.84 3537.87 4446.15 4717.18 5335.42 6224.67 7113.90 7382.33 en adelante

406.83 406.62 392.77 382.46 354.23 324.87 294.63 253.54 217.61 0

En negritas se muestra la disminución.

C.P.C. Hugo H. Urbán Caudillo Director General de Urbán Corporate

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GESTIONES

PREPARÁNDOTE PARA TU PENSIÓN

MODALIDAD 40 Actualmente en nuestro país, se está percibiendo que las personas mayores de 40 años, difícilmente puedan contratarse con un patrón que esté debidamente cotizando ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), por lo que al no tener una relación laboral, pierden la oportunidad de recibir en lo futuro una pensión por parte del Instituto. Para estos casos, existe en la Ley del IMSS, una opción para seguir cotizando, con el propósito de tener el derecho a una pensión de cesantía en edad y/o por vejez. Dicha opción es permitida a través de la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, mejor conocida como Modalidad 40, la cual podría considerarse como la posibilidad que tiene el trabajador para continuar siendo sujeto del derecho a recibir una pensión por cesantía en edad avanzada y/o vejez.

¿En qué consiste la Modalidad 40?

Esta modalidad beneficia a los trabajadores que hayan dejado de pertenecer al Régimen Obligatorio, de conservar la posibilidad de pensionarse, para que de manera independiente puedan seguir pagando los seguros de invalidez y vida, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, que les permitirá conservar sus derechos ante el IMSS y acumular más semanas de cotización y llegado el momento, puedan tener el derecho a una pensión. De ésta forma la Modalidad 40 únicamente comprende los seguros siguientes:

1. Invalidez y vida. 2. Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. ¿Qué requisitos se tienen que cumplir para ser sujeto de la Modalidad 40? a. Tener cotizadas en el régimen obligatorio del IMSS un mínimo

de 52 semanas dentro de los últimos 5 años.

b. Inscribirse con el último salario base de cotización o con uno

superior al que tenían al momento de la baja.

c. No estar disfrutando de alguna de las pensiones de invalidez,

cesantía en edad avanzada o vejez. 22 |

EXCELENCIA PROFESIONAL

¿Qué costo de inscripción en Modalidad 40?

Al cubrir los seguros de invalidez y vida, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, se deben pagar las cuotas íntegras obreraspatronales de 10.075% (al no haber patrón se debe pagar la correspondiente al mismo), sobre el salario base de cotización, conforme a lo siguiente:

1. Invalidez y vida el 2.375% (1.75% patrón y 0.625% trabajador). 2. Retiro 2% (patrón). 3. Cesantía en edad avanzada y vejez 4.275% (3.150% patrón y 1.125% trabajador). 4. Prestaciones en especie de la rama de enfermedad y maternidad 1.425% (1.05% patrón y 0.375% trabajador). Para ejemplificar el pago por un mes de 31 días, considerando el tope máximo con el que se puede cotizar por día, es decir 25 veces el salario mínimo general que rija en el Distrito Federal, que a partir del 1 de enero es de $67.29, nos daría el siguiente pago mensual: $67.29 x 25 veces igual a $1,682.52, por el porcentaje de cuotas de 10.075% da $169.49, por 31 días del mes resultaría un pago de $5,254.08.

Periodo o época para realizar la inscripción a la Modalidad 40

De manera individual siendo suficiente con que el interesado presente la solicitud por escrito en la subdelegación que le corresponda conforme a su domicilio, llevando los siguientes documentos de conformidad con la “Solicitud de Inscripción en la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio” del Registro Federal de Trámites y Servicios (RFTS) IMSS02-007, del que tomamos los aspectos importantes a considerar:


¿Qué efectos tendría la eliminación de este trámite?

El interesado no podría continuar cotizando de manera voluntaria en el régimen obligatorio una vez que ha sido dado de baja por su patrón y no gozaría de los beneficios de la continuación voluntaria.

Casos en los que se debe presentar el trámite:

¿QUIÉN? El asegurado dado de baja en el régimen obligatorio o, en su caso, la persona que autorice para realizar el trámite con carta poder.

5. Tratándose de reingreso, comprobante de pago de las cuotas obrero patronales del período anterior, copia y original para su cotejo.

patrón, para que llegado el momento se alcance una pensión por cesantía en edad avanzada o vejez y no perder los derechos para su obtención.

Plazo Máximo de Respuesta: 5 días hábiles.

Es importante mencionar, que para efectos de la determinación de las pensiones aquí mencionadas, tratándose de trabajadores que tienen la opción de pensionarse mediante la Ley del IMSS de 1973, el monto de las mismas se obtiene básicamente de dos elementos, las semanas cotizadas y el salario promedio de las últimas 250 semanas, por lo que tener un mayor número de semanas y un salario alto, repercutirá en un monto mayor de pensión.

Plazo de prevención: 2 días hábiles. Observaciones: Dos días hábiles siguientes a la presentación del aviso. Tiene vigencia: Sí.

¿EN QUÉ CASOS? 1. Cuando el asegurado cuente con un mínimo de cincuenta y dos cotizaciones semanales en los últimos cinco años anteriores a la baja. 2. Cuando realice cambios de domicilio y circunscripción.

Número de días, meses, años: Indeterminada.

Medio de presentación del trámite:

Criterios de resolución del trámite:

Escrito libre con firma autógrafa del asegurado. Información requerida: 1. Número de Seguridad Social. 2. Clave Única de Registro de Población. 3. Nombre completo (Apellido paterno, Materno, Nombre). 4. Domicilio. 5. Firma o huella del solicitante. 6. Último salario base de cotización registrado al momento de la baja en el régimen obligatorio. 7. Salario con que desea cotizar, al menos el registrado al momento de la baja en el régimen obligatorio. 8. Fecha de la solicitud. Documentos que deben anexarse: 1. Documento que contenga el Número de Seguridad Social, en original. 2. Identificación oficial con fotografía y firma, copia y original para su cotejo. 3. Recibo de pago de la cuota obrero patronal correspondiente, copia y original para su cotejo. 4. Comprobante de domicilio, copia y original para su cotejo.

El trámite se presenta de manera voluntaria dentro de los cinco años posteriores a haber sido dado de baja del régimen obligatorio.

1. Haber causado baja en el régimen obligatorio del Seguro Social. 2. Solicitar la inscripción dentro de los cinco años siguientes contados a partir de la fecha de baja del régimen obligatorio. 3. No estar disfrutando de pensión de Invalidez, Vejez o Cesantía en Edad Avanzada. 4. En caso de que existan antecedentes de prestaciones otorgadas conforme al Régimen de Jubilaciones y Pensiones del Contrato Colectivo del Trabajo, el trámite de continuación voluntaria en el régimen obligatorio no será procedente para los trabajadores IMSS. 5. Contar con un mínimo de cincuenta y dos cotizaciones acreditadas en el régimen obligatorio en los últimos cinco años anteriores a la baja. A manera de conclusión

La Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio mejor conocida como Modalidad 40, es una opción que permite seguir cotizando semanas con un salario igual o mayor al que se tenía al ser dado de baja por un

Lo anterior podría analizarse como una inversión; que repercutiría en obtener un mayor monto de pensión, la que sería recuperable y con beneficio mes a mes en función de esperanza de vida actual de la población. No obstante lo anterior, es importante mencionar que para pensionarse conforme a la Ley del IMSS de 1973, debe estar vigente al momento de pensionarse el artículo transitorio que la sustenta, el cual puede derogarse en alguna modificación de la Ley del IMSS por la situación financiera que actualmente presenta el Instituto. Cabe destacar que la Modalidad 40 no otorga servicios médicos, al ser una opción para acumular semanas de cotización para pensionarse, existiendo para ello el Seguro de Salud para la Familia y de esa manera tener el esquema de seguridad completo. Es conveniente que para optar por esta modalidad se realice un estudio de costo-beneficio por un especialista en el área que pueda considerar todas las variables que permite la Legislación y obtener el mayor beneficio de la misma.

L.C. y E.F. Alberto Nava Luna Integrante de la Comisión Página Web de la AMCPDF

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LEGIS

Comentarios a la Reforma

Fiscal 2014 en Materia de Salarios

La Reforma Fiscal para el Ejercicio Fiscal 2014 vista de manera integral (Ley del Impuesto Sobre la Renta, Código Fiscal de la Federación, Ley de Lavado de Dinero, Ley Federal del Trabajo y Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares), constituye un hito en la historia reciente. Presento a continuación un breve resumen de la misma:

de Administración Tributaria, el Instituto Mexicano del Seguro Social o el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda Para los Trabajadores) no lo encuentre en tres ocasiones de búsqueda.

I. Contingencias para perceptores de salarios.

2 Se considera delito declarar ingresos menores a los realmente obtenidos, un trabajador que reciba salarios mayores en su cuenta de nómina comparadas contra, por ejemplo, las registradas ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, podría considerarse delincuente fiscal.

1 Se incorpora en el artículo 10 del Código Fiscal de la Federación, que en el caso de que la Persona Física no tenga un domicilio fiscal declarado o no se encuentre en el registrado, se tomará como domicilio fiscal; el consignado ante las Instituciones del Sistema Financiero. Incluso se incorpora como delito el desaparecer del domicilio fiscal, considerando como tal al contribuyente cuando la autoridad fiscal (Servicio 24 |

EXCELENCIA PROFESIONAL

Esto es muy importante pues los trabajadores o no tienen domicilio fiscal o tienen registrado el de su patrón, en algunos otros casos puede quedar asentado el del pagador de ingresos asimilados a salarios.

3 Asimismo una Persona Física, con ingresos por salarios podrá ser objeto del procedimiento de “Discrepancia Fiscal” cuando sus ingresos declarados sean menores a sus gastos (incluso sus pagos a


tarjetas de crédito) e inversiones en el ejercicio, de conformidad con el artículo 91 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Es necesario recordar que la Discrepancia Fiscal es equiparable al delito de Defraudación Fiscal en términos del artículo 109, fracción I del Código Fiscal de la Federación. Este delito sólo era aplicable a Personas Físicas con ingresos por actividad empresarial, profesional o dividendos hasta el ejercicio 2013 y aplica a todas las Personas Físicas (inclusive las perceptoras de salarios e ingresos asimilados a partir de enero de 2014).

II. De la deducción de ingresos por salarios A partir del 2014, se incorpora como deducción para las Instituciones Educativas el pago de “Anticipos a cuenta de Remanente Distribuible”, en términos del artículo 25, fracción IX, por incorporar a estas instituciones no donatarios al título II de la Ley del ISR.

1

2 Se incorpora como requisito para la deducción de

salarios, el que los pagos se efectúen con cheque nominativo o transferencias para todos los pagadores y títulos de la Ley, excepto el Régimen de Incorporación Fiscal, aunque con posterioridad en la resolución miscelánea se canceló este requisito. Otro requisito fundamental para la deducción de la nómina e ingresos asimilados a salarios, es que el pagador deberá emitir un Certificado Fiscal Digital por Internet por dichos pagos y retenciones, obligación establecida para los pagadores en el artículo 99, fracción III de la LISR, aunque los transitorios de la Resolución Miscelánea difieren al 1º de abril, pues el cumplimiento de dicha obligación y de conformidad con las disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y los requisitos de las deducciones se pueden satisfacer hasta el último día del ejercicio fiscal.

3

4 La deducción de “vales de despensa” se condiciona

a que se realice por medio de monederos electrónicos, de conformidad con el artículo 27, fracción X, aunque la miscelánea fiscal autoriza la deducción de éstos en formato de papel hasta el 30 de junio del 2014.

5 Dentro de las medidas mas controversiales de la

Reforma se encuentran la no Deducibilidad de las cuotas

obreras que absorbe el patrón, pagadas al Instituto Mexicano del Seguro Social y la deducción particular de fondos de pensiones personales instrumentados por las empresas, así como de los pagos que la Ley del Impuesto Sobre la Renta establece como ingresos exentos para los trabajadores, éstos serán deducibles en una proporción del 53% o del 47% que se conocerá hasta terminado el ejercicio, el cual se debe calcular conforme a la regla 1.3.3.1.16 de la Resolución Miscelánea Fiscal, situación tan aberrante que merece una reflexión por separado.

III. Tratamiento de Ingresos para sus Perceptores 1 No hay cambios en el tratamiento

de los ingresos: no objeto, exentos y gravables para quien los percibe.

2 La tarifa mensual se ve afectada

por un incremento del 30% o hasta 35% para ingresos superiores a $62,500.00 mensuales, incorporándose tres niveles más a la tarifa como se muestra en la Figura 2.

3 La tabla del subsidio al empleo

que se había reducido, producto de la iniciativa de Reforma a diversas leyes, se derogó tácitamente en el artículo 1.12 del “Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa”, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el pasado 26 de diciembre de 2013, que permite la utilización nuevamente (para 2014) de la tabla del subsidio vigente en el ejercicio 2013, sin actualizar ni considerar el incremento a los salarios mínimos, lo que en la práctica lo disminuye. Marzo 2014

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TARIFA MENSUAL Límite inferior ($) 0.01 496.08 4,210.42 7,399.43 8,601.51 10,298.36 20,770.30 32,736.84 62,500.01 83,333.34 250,000.01

Límite superior ($) 496.07 4,210.41 7,399.42 8,601.50 10,298.35 20,770.29 32,736.83 62,500.00 83,333.33 250,000.00 En adelante

Cuota fija ($)

Porcentaje para aplicarse sobre el excedente del límite inferior

0 9.52 247.24 594.21 786.54 1,090.61 3,327.42 6,141.95 15,070.90 21,737.57 78,404.23

1.92 6.4 10.88 16 17.92 21.36 23.52 30 32 34 35 Figura 1

La Discrepancia Fiscal es equiparable al delito de Defraudación Fiscal en términos del artículo 109, fracción I del Código Fiscal de la Federación.

Se presentan ambas tablas en la Figura 2. Es importante acotar que el “Subsidio al Empleo” queda contenido en el artículo décimo transitorio de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y ya no en Ley diversa, como aconteció en los ejercicios del 2008 al 2013.

IV. Otras Reformas aplicables a salarios 1 Se establece en el Código

Fiscal de la Federación que el Registro Federal de Contribuyentes constituya al sistema de control para los trabajadores (en contradicción con la Ley del Seguro Social cuyas Reformas de 2001 lo establecen con la CURP) ante los sistemas de Seguridad Social y el Sistema Financiero así como la actualización de obligaciones automática del Servicio de Administración Tributaria por los ingresos que se le notifiquen por cada Persona Física. Asimismo se establece un nuevo procedimiento de auditorías electrónicas cuyo resultado inicial,

2

26 |

EXCELENCIA PROFESIONAL

será una determinación preliminar de contribuciones y se establece la obligación de un buzón tributario como medio de comunicación entre los contribuyentes y la autoridad, que en el caso de las Personas Físicas entrará en vigor hasta el ejercicio 2015, por lo que las auditorías fiscales para 2014 serán notificadas personalmente a los contribuyentes en término de los artículos 134 y siguientes, del Código Fiscal de la Federación, incluidas las Personas Físicas perceptoras de ingresos del capítulo I, del título cuarto de la LISR.

V. De la declaración anual Se disminuye a un tope del 10% de los ingresos acumulables obtenidos en el ejercicio por las Personas Físicas para las deducciones personales (incluyendo en dicho tope a la aportación a cuentas personales para el retiro, considerada aún un estímulo fiscal en el artículo 185 de la nueva LISR).

1

Para el caso de los gastos médicos dentales y hospitalarios se

2


Aplicable según Artículo 1.12 DOF 2612 Límite Inferior

Superior

Subsidio E

0.01

1768.96

407.02

1769 2653.4 3472.9 3537.9 4446.2 4717.2 5335.4 6224.7 7113.9 7382.3

2653.38 3472.84 3537.87 4446.15 4717.18 5335.42 6224.67 7113.9 7382.33 en adelante

406.83 406.62 392.77 382.46 354.23 324.87 294.63 253.54 217.61 0

2012 Límite Inferior

0.01 1769 1978.7 2653.4 3472.9 3537.9 4446.2 4717.2 5335.4 6224.7 7113.9 7382.3

Subsidio E

407.02 406.83 359.84 343.6 310.29 298.44 354.23 324.87 294.63 253.54 217.61 0 Figura 2

condiciona su deducción, además del tope señalado, a ser cubiertos por medios distintos al efectivo. Lo cual puede entenderse a la luz de la Ley para prevenir el lavado de dinero pero se constituye como un importante incentivo a la evasión para estos profesionales de la salud. 3 Con el nuevo control fiscal sobre los ingresos y

actividades de los contribuyentes se incrementará el número de los que deben presentar declaración anual, aún cuando sus ingresos mayoritarios correspondan a ingresos por salarios.

VI. De la inconstitucionalidad de las Reformas Consideramos que la Reforma Fiscal incide negativamente en los Derechos Humanos y garantías de los contribuyentes; tanto pagadores, como perceptores de salarios, por lo que se considera conveniente la interposición del juicio de amparo que en este caso sería conveniente interponer al primer acto de aplicación:

1

a) A la primera aplicación de la tarifa (que no se ha actualizado desde el ejercicio fiscal 2004). b) Por la inequidad en el costo fiscal de los ingresos

para Personas Morales cuya tasa es del 30% y en el caso de Personas Físicas, que puede llegar hasta el

35%, más un 10% por dividendos y 10% por ganancias percibidas en bolsas de valores. c) Asimismo, estimamos conveniente que los patrones interpongan el Juicio de Amparo por la inequidad en la no deducción de los ingresos exentos de los trabajadores, por los múltiples efectos nocivos que traería, basten estos elementos:

• Pago de Impuesto Sobre la Renta sobre una erogación obligatoria por Ley o contratos de trabajo. • Incremento en el coeficiente de utilidad para pagos provisionales. • Disminución de la CUFIN (Cuenta de Utilidad Fiscal Neta) de la Persona Moral. Invitamos a usted, querido lector a revisar su propio caso y obrar en consecuencia. L.C.C. y E.F. Eduardo López Lozano Director de Grupo Reingeniería Fiscal Patronal, Contadores Públicos y Asociados

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FORO

FORO DE DISCUSIÓN

Conforme a los resultados obtenidos a la fecha, ¿consideras que la Reforma Fiscal fomentará el crecimiento del país? Es evidente que México crecerá durante 2014, al menos comparado contra el 2013, año en que vivimos una inesperada recesión, incluso en contra del MEMO (Mexican Moment). Durante el primer año de gobierno de Enrique Peña Nieto, se propusieron distintas Reformas estructurales (telecomunicaciones, energética, financiera y fiscal), así que con relación al tema que nos ocupa, se ve que hay varias preguntas por responder en este contexto: ¿Creceremos porque se han hecho los cambios correctos?, ¿porque al bajar tanto en 2013 lo único que queda es crecer en 2014?, o ¿por las Reformas distintas a la Fiscal? Difícil medir y saber por qué razón. La Reforma Energética traerá sin duda nuevos capitales y generará empleos y con ello una natural derrama económica, lo cual impactará en los números macroeconómicos. Eso sigue sin significar que gracias a la Reforma Fiscal nuestro país crecerá, de hecho, el gremio de la Contaduría, buena parte de la sociedad y sin duda el sector empresarial, no parecen coincidir con esta visión. En general, sabemos y varios especialistas aseguran que México crecerá, pero ninguno se atreve (salvo la SHCP) a decir que sucederá gracias a la Reforma Fiscal y si lo atribuyen a los demás cambios estructurales. Recientemente el Presidente Enrique Peña Nieto, declaró: “Ningún nuevo impuesto ni incremento a tasas” en lo que resta de la actual administración, buscando dar certeza”, sin embargo sabemos que esto depende en realidad de cómo queden conformadas las mayorías en las cámaras en 2015, año de elecciones, en el que nuestro parlamento podría verse con mayorías diferentes a las existentes actualmente y con ello, las posibilidades de reformas, así que esta promesa compete únicamente al Ejecutivo, que no al Legislativo. Se espera que México crezca en los próximos años, incluso que al final de esta década seamos de los actores macroeconómicos más importantes, pero pareciera que la conclusión es contundente, el crecimiento no se deberá a la Reforma Fiscal.

Derivado del interés mostrado por los Asociados, se deja abierta la siguiente pregunta: ¿Cuál ha sido tu experiencia con el portal del SAT con relación al cumplimiento de las obligaciones fiscales?

Envíanos tus aportaciones y comentarios a buzondeleditor@amcpdf.org.mx 28 |

EXCELENCIA PROFESIONAL


ENTRE CONTADORES

Sucesión Testamentaria y Copropiedad Considerando la importancia de publicar los trabajos en la Revista Excelencia Profesional, derivados de los ganadores en el Segundo Encuentro Fiscal Universitario organizado por la Asociación Mexicana de Contadores Públicos, Colegio Profesional en el Distrito Federal, A.C., a continuación se presenta el artículo correspondiente al segundo lugar de la Facultad de Contaduría y Administración, de la Universidad Nacional Autónoma de México. HERENCIA

Es la sucesión de todos los bienes del difunto, pero también de todos sus derechos y obligaciones que no se hayan extinguido por su muerte. En materia civil se establecen dos maneras de seguir una sucesión, la primera es la “Sucesión Testamentaria”, la cual se lleva a cabo por voluntad del testador y a falta de ésta, se hará por disposición de ley (sucesión legítima). El testamento destaca por ser un acto personal, revocable y libre, por el cual una persona capaz dispone de sus bienes y derechos, y declara o cumple deberes para después de su muerte. En cambio la sucesión legítima, se dará cuando no se haya elaborado un testamento, o cuando habiéndolo, no tenga validez o se considere nulo. También procederá la sucesión legítima por todos los bienes pertenecientes al testador que no se hayan incluido dentro del testamento o cuando no se cumpla con la condición impuesta al heredero o éste muere antes del testador. Marzo 2014 2014 Marzo

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GESTIONES

Una figura importante de la sucesión es el albacea, quien de conformidad con el artículo 1706 del Código Civil Federal es la persona encargada de presentar el testamento, del aseguramiento de los bienes de la herencia, la formación de inventarios, la administración de los bienes y la rendición de las cuentas del albaceazgo, el pago de las deudas mortuorias, hereditarias y testamentarias, entre otras. SUCESIÓN TESTAMENTARIA Se abre al momento en que muere el autor de la sucesión o bien cuando se presume la muerte de un ausente, además se debe tener presente que las personas que pueden testar son aquellas mayores de 16 años y que gocen un cabal juicio, aunque las que no reúnen el segundo requisito podrán hacerlo bajo ciertas restricciones. ASPECTOS FISCALES DE LA SUCESIÓN TESTAMENTARIA Para efectos de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) la recepción de la masa hereditaria está exenta de acuerdo al artículo 93, fracción XXII de la Ley del ISR, más no así todo lo que generen esos bienes recibidos en herencia. En relación a la sucesión, el representante legal pagará en cada año de calendario el impuesto por cuenta de los herederos o legatarios, considerando el ingreso en forma conjunta, hasta que se haya dado por finalizada la liquidación de la sucesión. El pago efectuado en esta forma se considerará como definitivo, salvo que los herederos o legatarios opten por acumular los ingresos respectivos que les correspondan, en cuyo caso podrán acreditar la parte proporcional de impuesto pagado. En este sentido, será el representante legal quien efectúe los pagos provisionales y presente la declaración anual correspondiente considerando los ingresos y deducciones en forma conjunta. Tratándose de la enajenación de inmuebles que se realice por medio del representante de la sucesión con consentimiento de los herederos o legatarios, se determinará la ganancia, considerando la proporción que a cada uno de ellos le corresponda en la sucesión. Para efectos de los contribuyentes que tributaban en el Régimen de los Pequeños Contribuyentes (ahora 30 | 30 |

EXCELENCIA PROFESIONAL EXCELENCIA PROFESIONAL

Régimen de Incorporación Fiscal), en tanto no se liquide su sucesión, el representante legal de la misma, continuará cumpliendo con las obligaciones. Para el caso del fallecimiento de contribuyentes obligados a presentar declaración anual, se procederá como dispone el artículo 239 del Reglamento de la Ley del ISR. En materia del Impuesto al Valor Agregado (IVA) los bienes transmitidos por herencia no se consideran enajenación de conformidad con el segundo párrafo del artículo 8 de la Ley del IVA. Por su parte, el artículo 32, penúltimo párrafo de la citada Ley, establece que en el caso de que los ingresos deriven de actos o actividades que realice una sucesión, el representante legal de la misma pagará el impuesto presentando declaraciones de pago del mes de calendario que corresponda, por cuenta de los herederos o legatarios. Por otra parte, se tiene la obligación de presentar avisos, dentro del mes siguiente a la apertura de sucesión, cancelación del Registro Federal de Contribuyente por liquidación de la sucesión, cancelación en dicho registro por defunción y aviso de apertura de la misma. COPROPIEDAD Se define como una cosa o derecho que pertenecen proindiviso a varias personas. La característica más importante de la copropiedad, es el hecho de participar en los frutos y los gastos de manera equitativa, o bien, de manera proporcional al derecho que se tenga sobre el bien, el cual debe estar estipulado con un contrato o una disposición especial. En materia fiscal, para efectos de la Ley del ISR se da el mismo tratamiento a los integrantes de una sociedad conyugal que a los de una copropiedad, por lo tanto uno de los cónyuges o copropietarios será nombrado representante común y deberá llevar la contabilidad correspondiente, expedir y recabar la documentación por las operaciones que se realicen así como cumplir con las obligaciones de retención de impuestos. Por último, referente al IVA, los copropietarios de una negociación designarán representante común, previo aviso, ante las autoridades fiscales, y será éste quien a nombre de los copropietarios cumpla con las obligaciones establecidas en la Ley del IVA.


Sillas de ruedas para el CRIT Ciudad de México A nombre de la AMCPDF, el pasado 12 de febrero la Comisión de Responsabilidad Social, presidida por la Mtra. Blanca Leticia Ocampo García de Alba, se dio a la noble tarea de entregar en donación al CRIT Ciudad de México, 10 sillas de ruedas y 207 juguetes donados por nuestros Asociados y Personal Administrativo. En una emotiva ceremonia en la que estuvo presente el Director General del CRIT el Sr. José Luis Estrada Lara, la C.P.C. Enriqueta Peña Moar, Vicepresidente General en representación del L.C.C. Eduardo Maubert Viveros, Presidente de nuestra Asociación, dirigió unas palabras en donde mencionó varios de los programas que ofrece la AMCPDF en el área de Salud como son la ayuda a las Fundaciones: Cañada 7 ranchos, Angelitos de Cristal y Renacimiento. Agradeció también al Club Rotario Centro Histórico y Xalostoc, la oportunidad que otorgan para poder participar con ellos en otras acciones tales como las operaciones de niños con labio paladar hendido, en donde se apoyará con la operación de 5 niños en el mes de abril. Posteriormente, se hizo la entrega simbólica de 3 sillas de ruedas a niños que están por iniciar su terapia de rehabilitación. En la entrada principal Marzo 2014

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del CRIT en compañía del Jefe Delegacional de Iztapalapa el C.P. Jesús Valencia Guzmán, se hizo la entrega de juguetes a todos los niños del Centro de Rehabilitación así como a los que iban llegando a sus respectivas terapias. Para este acto se contó con el apoyo de una compañía de teatro, personal administrativo de la AMCPDF y rotarios que se disfrazaron de payasos y mediante la Risoterapia entregaron los obsequios a los pequeños. En la Asociación Mexicana de Contadores Públicos, Colegio Profesional en el Distrito Federal, A.C., te hacemos una invitación para que participes en las labores de la Comisión de Responsabilidad Social en obras como ésta, tú puedes asistir y ser parte activa como lo hizo el C.P.C. José Manuel Téllez Hernández y el C.P.C. Jorge López Ríos.

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EXCELENCIA PROFESIONAL


CURSOS DEL MES DE MARZO AMCPDF DÍA

CURSOS

3

DECLARACIÓN ANUAL DE PERSONAS MORALES 2013 Expositor: C.P. Fernando Robles Montiel

27 feb

TALLER DE DICTAMEN PARA EFECTOS DE SEGURO SOCIAL (Obligatorio trámite de registro IMSS) (Indispensable Laptop) Expositor: C.P.C. Cecilia Bravo Navarro

28 feb

ASPECTOS LEGALES DEL IMSS E INFONAVIT (Para cumplimiento de la N.A.A del IMSS 2014) Expositor: L.C.C. Carlos Gutiérrez Pérez

06 mzo

H. 16:00 a 21:00

4, 6, 11 y 13

H. 09:00 a 15:00

HASTA

*5 puntos N.A.A.

*24 puntos N.A.A.

10

H. 16:00 a 21:00

*5 puntos N.A.A.

11

H. 16:00 a 21:00

12

H. 16:00 a 21:00

CÓMO, CUÁNDO Y DÓNDE SE PUEDE PRESENTAR UNA DEMANDA DE AMPARO

Expositor: M. en D. Gerardo Sánchez de la Barquera Balderas 07mzo *5 puntos N.A.A.

TALLER DE DECLARACIÓN ANUAL P.M. 2013 AUTOMATIZADO (Indispensable Laptop) Expositor: L.C.C. Julio D. Reyes Rivero

10 mzo

DICTAMEN DE CONTRIBUCIONES LOCALES DISTRITO FEDERAL Expositor: C.P.C. y E.F. Vicente Velázquez Meléndez

11 mzo

ANÁLISIS INTEGRAL DEL SIPRED L.C.C. Eduardo Maubert Viveros, C.P.C. y E.F. Roberto Gómez Ledesma y Lic. Alejandro Juárez Bolaños

13 mzo

TALLER DE DECLARACIÓN ANUAL DE PERSONAS FÍSICAS CAPÍTULO II Expositor: L.C.C. Fidel Reyes Luera

14 mzo

REFORMAS AL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN Expositor: Lic. Juan Jacobo Meraz Sotelo

18 mzo

*5 puntos N.A.A.

13

H. 09:00 a 14:00

18

H. 09:00 a 14:00 y de 16:00 a 19:00

*5 puntos N.A.A.

*8 puntos N.A.A.

19

H. 16:00 a 21:00

*5 puntos N.A.A.

20

H. 09:00 a 14:00

24

H. 16:00 a 21:00

*5 puntos N.A.A.

TALLER DE DECLARACIÓN ANUAL DE PERSONAS FÍSICAS NO EMPRESARIAS Expositor: C.P.C. Salvador López Camacho

20 mzo

RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL Expositor: L.C. Y E.F. Susana Mireles Arreola

21 mzo

*5 puntos N.A.A.

25

H. 09:00 a 14:00

26

H. 16:00 a 21:00

*5 puntos N.A.A.

AUDITORÍA GUBERNAMENTAL Expositor: Dr. Jorge E. González Guayda

24 mzo

*5 puntos N.A.A.

Expositor: L.C. y E.F. Susana Mireles Arreola

D

ASOCIADOS

PERSONAL ASOCIADOS

NO ASOCIADOS

D

900.00

668.00

1,000.00

S

1,000.00

743.00

1,113.00

D

4.320.00

3,206.00

4,800.00

S

4.800.00

3,566.00

5,342.00

D

900.00

668.00

1,000.00

1,000.00

743.00

1,113.00

D

900.00

668.00

1,000.00

S

1,000.00

743.00

1,113.00

D

900.00

668.00

1,000.00

S

1,000.00

743.00

1,113.00

D

900.00

668.00

1,000.00

S

1,000.00

743.00

1,113.00

D

1,440.00

1,069.00

1,600.00

S

1,600.00

1,189.00

1,781.00

D

900.00

668.00

1,000.00

S

1,000.00

743.00

1,113.00

D

900.00

668.00

1,000.00

S

1,000.00

743.00

1,113.00

D

900.00

668.00

1,000.00

S

1,000.00

743.00

1,113.00

D

900.00

668.00

1,000.00

S

1,000.00

743.00

1,113.00

D

900.00

668.00

1,000.00

S

1,000.00

743.00

1,113.00

S

Con descuento

S

Sin descuento

Para ofrecerle un mejor servicio recuerde que es obligatorio reservar el curso que desea tomar y realizar con anticipación su pago en cualquiera de las siguientes modalidades: *TARJETAS DE DÉBITO Y CRÉDITO VISA O MASTER CARD; *DEPÓSITO O TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA EN LAS SIGUIENTES CUENTAS BANAMEX, S.A. ASOCIADOS: 870-562728 más referencia, CLABE para transferencias 002180087005627280 y NO ASOCIADOS: 236-6979886, CLABE para transferencias 002180023669798865 *CHEQUE: solo se aceptarán pagos con TRES DÍAS HÁBILES de anticipación al inicio del curso, en caso de devolución del mismo, se aplicará un cargo del 20% + IVA sobre el valor del cheque, con base en el artículo 193 de la “Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito”. ***En caso de depósito o transferencia, favor de enviar copia del comprobante a facturacion@amcpdf.org.mx y/o facturacion2@amcpdf.org.mx*** En cancelaciones con menos de 48 horas antes del evento, se aplicará una penalización del 25% sobre la cuota del mismo. La AMCP se reserva el derecho de no iniciar cualquiera de los grupos, modificar fechas y/o expositores por causas ajenas a su voluntad con el fin de asegurar la calidad y el objetivo del programa o en su caso de no reunir un mínimo de 10 personas.

Visite nuestra página: www.amcpdf.org.mx



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