Excelencia profesinal febrero 2015

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Tec

Número 180

Febrero 2015

Procedimiento para dar de alta el Buzón Tributario como persona física

Excelencia Profesional Asociación Mexicana de Contadores Públicos, Colegio Profesional en el Distrito Federal, A.C.

Enlace

Consejo Directivo, bienio 2015-2016 Gestiones

La nueva era de las compensaciones

ACTUAL

LOS CONTADORES

PÚBLICOS, ALIADOS DE LOS EMPRESARIOS Mtro. Juan Pablo Castañón Castañón

Presidente Nacional COPARMEX

Entre Contadores Los medios electrónicos como herramienta efectiva del control fiscal



DIRECTORIO Consejo Directivo Bienio 2015-2016 C.P. y M.A. Jorge López Ríos Presidente C.P.C. María Isabel Jiménez Almaraz Vicepresidente General C.P.C. Carlos Alejandro González Pacheco Vicepresidente del Sector Externo C.P.C. Juvenal Octaviano Villaverde Crisantos Vocal del Vicepresidente del Sector Externo M.A. y L.C.C. Leónides Jerónimo Solano Vicepresidente del Sector Privado C.P.C. Manuel Ruelas Peña Vocal del Vicepresidente del Sector Privado

Excelencia Profesional es un órgano de comunicación interna con frecuencia mensual para los miembros de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos, Colegio Profesional en el Distrito Federal, A.C. constituido conforme a la Ley General de Profesiones. Esperanza No. 765, Col. Narvarte, Del. Benito Juárez, C.P. 03020 México, D.F. www.amcpdf.org.mx correo electrónico: comunicacion@amcpdf.org.mx Teléfono: 5636-2370 Editor Responsable: L.C.C. Luis Fernando Poblano Reyes Presidente de la Comisión Editorial

C.P.C. Francisco Castro Lomelí Vicepresidente del Sector Público

Comisión Editorial

C.P.C. Bárbara Regina Moreno Navarrete Vocal del Vicepresidente del Sector Público

C.P.C. Carlos Alejandro González Pacheco

C.P.C. Francisco Ernesto Guerrero Pérez Vicepresidente del Sector Docente C.P.C. José Luis Saldívar Jardón Vocal del Vicepresidente del Sector Docente

C.P. y M.A. Jorge López Ríos C.P.C. Alejandro Antonio Campos Tenorio C.P.C. Salvador López Camacho L.C. Martín Ernesto Quintero García Dr. y C.P.C. Mariano Latapí Ramírez Producida e impresa por: Editorial Promente, S.A. de C.V. Calle San Francisco 1838-701

L.C.C. Mirna Reina Meillon Álvarez Vicepresidente de Finanzas

Col. Del Valle, Del. Benito Juárez

C.P.C. Alejandro Antonio Campos Tenorio Vocal del Vicepresidente de Finanzas

Teléfono: 2455-4334

C.P.C. María Delia Ávila Nava Vicepresidente de Servicios a Asociados C.P.C. David González Martín del Campo Vocal del Vicepresidente de Servicios a Asociados C.P.C. y M.B.A José Luis Matus Urtecho Vicepresidente de Capacitación C.P.C. Marcelo Yépez Salinas Vocal del Vicepresidente de Capacitación C.P.C. Doroteo Torres Hernández Secretario Propietario C.P.C. Walter Raúl López Ramírez Vocal del Secretario Propietario

México, D.F. www.cisecomunicacion.com.mx

Número 180 Febrero de 2015

Número de certificación de licitud de título: 10091 Número de certificación de licitud de contenido: 7170 Número de reserva al título en derecho de autor 04-2013-080812200200-01

La opinión de los colaboradores es responsabilidad exclusiva de los mismos y no refleja necesariamente la posición de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos, Colegio Profesional en el Distrito Federal, A.C. sobre los temas que se abordan.


Columna Del Editor

Febrero mes en el que el Contador Público tiene una importante carga de trabajo en relación a las diferentes declaraciones informativas que deben presentar los contribuyentes. Sin embargo, existen otras obligaciones y disposiciones fiscales que debemos tener presentes, por lo mismo en esta edición incluimos temas por demás importantes para el gremio contable y los propios contribuyentes. Te presentamos al Consejo Directivo que estará en funciones durante el bienio 2015-2016 quienes tienen la tarea de continuar con el buen rumbo de la AMCPDF. Como artículo central, el Mtro. Juan Pablo Castañón Castañón, Presidente de la COPARMEX nos da una visión empresarial sobre el ambiente económico y político que estamos viviendo en México, así como la importancia de los servicios del Contador Público en las empresas. Dentro de los temas relevantes que incluye esta edición, se encuentran las compensaciones de saldos a favor, el procedimiento para presentar el aviso de compensación, el Buzón Tributario para personas físicas que entró en vigor el 1º de enero de 2015 para hacer la alta correspondiente. En cuanto a disposiciones fiscales vigentes a partir de 2015 incluimos las reformas más importantes al Código Fiscal del Distrito Federal y de la resolución miscelánea fiscal de 2015, algunas reglas importantes que debemos tener presentes. Para el próximo mes de marzo se presenta la declaración anual de personas morales con la nueva plataforma para cumplir con esta obligación, por lo que también te dejamos el nuevo formato. Te exhortamos a participar en el Foro de Discusión y en el Buzón del Lector enviando tus preguntas y resolviendo la pregunta que planteamos cada mes, tu participación es importante.

L.C.C. Luis Fernando Poblano Reyes Presidente de la Comisión Editorial

Contenido 4|

Mensaje DE LA PRESIDENCIA

5 | En Notas

• APLICARÁ PEMEX MEGARECORTE EN SUS GASTOS • SAT BRINDA FACILIDADES PARA NO PAGAR IMPUESTOS • SHCP ADELANTA BONOS POR LA CAÍDA DEL CRUDO • FMI RECORTA PRONÓSTICOS DEL PIB DE MÉXICO PARA 2015 Y 2016

7 | Enlace

CONSEJO DIRECTIVO, BIENIO 2015-2016 AMCPDF

11 | Gestiones

LA NUEVA ERA EN LAS COMPENSACIONES

14 | Tec PROCEDIMIENTO PARA DAR DE ALTA EL BUZÓN TRIBUTARIO COMO PERSONA FÍSICA

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Actual

LOS CONTADORES PÚBLICOS, ALIADOS DE LOS EMPRESARIOS Mtro. Juan Pablo Castañón Castañón Presidente Nacional COPARMEX

20 | Avances

REFORMAS AL CÓDIGO FISCAL DEL DISTRITO FEDERAL

24 | Cuestión Fiscal

LO RELEVANTE DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA 2015

26 | Legis

NUEVO FORMATO DE DECLARACIÓN ANUAL

28 | Entre Contadores

LOS MEDIOS ELECTRÓNICOS COMO HERRAMIENTA EFECTIVA DE CONTROL FISCAL

32 | Foro de Discusión 2|

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Mensaje

DE LA PRESIDENCIA Amigos Asociados: En febrero, segundo mes del año, todas nuestras Comisiones ya están llevando a cabo sus programas de trabajo para comenzar con el pie derecho este bienio 2015-2016, y lograr las diferentes metas planteadas. Precisamente estas Comisiones nos recuerdan que para este mes a más tardar el 15 de febrero, se debe presentar mediante el Programa “Declaración Informativa Múltiple” (DIM) en medios magnéticos las declaraciones informativas. Para este efecto, en el portal del SAT pueden consultar el software que debemos utilizar y sus manuales de instalación.También en febrero, deben presentar la declaración de prima de Riesgo de trabajo al IMSS y preparar la presentación de la Contabilidad de los contribuyentes que en 2013, hayan obtenido ingreso iguales o mayores a 4 millones de pesos, lo anterior se presentará la primera semana de marzo. Asimismo, hay colegas que deben estar revisando los estados financieros de las empresas con las que trabajan, para poder dictaminarles con el profesionalismo que caracteriza a nuestra profesión. Aunque tenemos varias obligaciones que cumplir, también nos podemos dar tiempo para considerar algunas otras fechas en las cuales compartiremos momentos agradables en familia o con nuestros colaboradores de la oficina como son el 2 de febrero, este día tendremos la oportunidad de degustar los tradicionales tamales patrocinados por todos aquellos que el 6 de enero hayan tenido la suerte de sacar al niño en la rosca de reyes. Igualmente el 5 de febrero recordaremos la promulgación de nuestra Constitución Política de 1917 y el 24 celebraremos a nuestro Lábaro Patrio. Finalmente otra fecha para convivir entre colegas y amigos será el 14 de febrero, que en este año por caer en sábado, nos dará la oportunidad de celebrar con todos aquellos que apreciamos. Y no debemos de olvidar nuestro tradicional “Jueves del Asociado” en donde los esperamos con gusto como cada mes.

Respetuosamente C.P. y M.A. Jorge López Ríos Presidente del Consejo Directivo Bienio 2015-2016

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En Notas Aplicará PEMEX megarrecorte en sus gastos La Jornada

Frente al desplome de los precios internacionales del crudo desde mediados del año pasado, Petróleos Mexicanos (PEMEX) anunció este lunes un recorte de gastos por 21 mil 300 millones de pesos en un periodo de cuatro años (de 2014 a 2018) en la contratación de bienes, servicios, arrendamientos y obra pública, los cuales incluyen la desaparición de la mitad de sus centros de compra, el despido de 17% de los trabajadores de los mismos y una reducción de 21% en el número de contratos. La hoy empresa productiva del Estado, indicó que para generar ahorros también reducirá el número de procedimientos de contratación desiertos hasta en 50%, y hará una reducción de 30% en el tiempo empleado en cada uno de ellos. A través de un comunicado, PEMEX señaló que estas medidas son “ahorros por eficiencias”. Menos recursos Sin embargo, el Director de la carrera de Economía de la Escuela de Negocios del Tecnológico de Monterrey campus Santa Fe, Raymundo Tenorio, consideró que se trata de un recorte al gasto producto de la caída de los ingresos petroleros. “Es ponerle un nombre más rimbombante, para decir que son eficiencias y que van a hacer más con menos, pero definitivamente significa que es un recorte al gasto de inversión y al gasto corriente de PEMEX, porque al haber menos disponibilidad de recursos por la exportación de petróleo y por los derechos y obligaciones que cobra la empresa entonces habrá que considerar recortar”, señaló. La Dirección Corporativa de Procura y Abastecimiento, creada por mandato de la Reforma Energética, dijo que los ahorros son resultado de la obtención de mejores condiciones de precios en los procesos de compra y adquisiciones. Añadió que de los 21 mil 300 millones de pesos que se busca ahorrar, 35% (7 mil 662 millones) correspondieron a 2014, y el otro 65% corresponderá al periodo 2015-2018, ya que muchos contratos de PEMEX son plurianuales. Detalló que entre los principales logros del área de Procura y Abastecimiento se encuentra reducir en 51% el número de centros de compra de PEMEX, los cuales pasaron de 120 a 59 y se planea llegar a tener únicamente 20 o 25 centros a fines del presente año, lo que significará una reducción total de 81%. Además de la disminución de centros (a través de los cuales se comercializan los productos de PEMEX Exploración y Producción, PEMEX Refinación, PEMEX Gas y Petroquímica Básica y PEMEX Petroquímica) la empresa redujo la plantilla de personal de los mismos en 17%, al pasar de mil 236 a mil 32 plazas, sin haber interrumpido las operaciones. También se redujo 21% el número de contratos, que pasaron de más de 27 mil a 21 mil 600, y se gestionó 50% del monto contratable de PEMEX en el área de procura mediante la implementación estratégica de gestión por categorías, que en 2014 quedó conformada por 23 categorías, y que para el presente año se planea crecer a 53 para ejercer 64% del monto total contratable. Finalmente dijo que también busca implementar un programa de homologación de los procedimientos de contratación para contar con un solo proceso unificado, más ágil, competitivo y transparente.

SAT brinda facilidades para no pagar impuestos El Economista

El Servicio de Administración Tributaria (SAT), informó que las personas físicas con actividad empresarial cuyas ventas sean al público general y sus ingresos no rebasen los 100,000 pesos en el año, no pagarán el Impuesto al Valor Agregado (IVA) ni el Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS), a partir de enero del 2015. Con el propósito de apoyar el desarrollo de los contribuyentes con mínima capacidad administrativa y evitar que operen en la informalidad, el Ejecutivo Federal otorgó a quienes tienen ingresos anuales de hasta 100,000 pesos un descuento de 100% del IVA y del IEPS a pagar durante los años en que tributen en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF). En un comunicado, precisó que el nuevo Régimen ofrece un esquema de cálculo simplificado del IVA y del IEPS con base en dos datos: el monto de los ingresos bimestrales y el sector al que pertenece el contribuyente. Con ello, el Servicio de Administración Tributaria calculará el monto de los impuestos y posteriormente aplicará el descuento del 100%. También, informó que desde el pasado mes de enero del 2015, los contribuyentes con ventas al público en general, con ingresos entre 100,000 y dos millones de pesos anuales no pagarán IVA ni IEPS en su primer año de incorporación, y se les otorgarán descuentos durante los siguientes nuevos años, como ocurre en el caso del Impuesto Sobre la Renta (ISR). Asimismo, indicó que en el portal del SAT a través de Mis Cuentas se encuentra un simulador para calcular fácilmente los impuestos a fin de familiarizarse con este nuevo esquema, el cual es el más sencillo que ofrece el SAT a los contribuyentes. Lo anterior de acuerdo con el Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales a quienes tributen en el RIF, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 10 de septiembre del 2014 y que entró en vigor el 1 de enero del 2015. Además de estos beneficios, los contribuyentes que se integran a la formalidad inscribiéndose en el Régimen de Incorporación Fiscal, tienen la oportunidad de obtener acceso a los servicios de salud, financiamiento de vivienda, otorgamiento de una pensión, créditos a su medida, entre otros. El SAT hace una invitación a quienes aún ejercen alguna actividad económica en la informalidad a que se sumen al Régimen de Incorporación Fiscal y obtengan los beneficios que se obtienen al estar inscritos.

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SHCP adelanta bonos por la caída del crudo

La Razón

Ante una inminente alza en las tasas de interés de la Reserva Federal de Estados Unidos, que podría ocasionar salida de capitales y periodos de inestabilidad en los mercados, el Gobierno de México se anticipó a emitir deuda en el exterior y cubrir el 50% de sus necesidades financieras para este año. Alejandro Díaz de León titular de la Unidad de Crédito Público de la Secretaría de Hacienda, explicó que se emitieron bonos en dólares a 10 y 30 años, con lo que se obtuvieron 2 mil millones de dólares para cubrir el 50% de las necesidades de financiamiento externo del gobierno para 2015, como una estrategia ante posibles condiciones de riesgo en el mercado para este año, por la caída en los precios del petróleo, las elecciones de Grecia y la subida de tasas de interés de la Reserva Federal. “La colocación que se hizo fue dentro del programa de financiamiento del Gobierno Federal para 2015, que se publicó a mediados de diciembre que tiene contemplado una estrategia de colocación en los mercados internos como externos, eso es parte de la estrategia para todo el año”, dijo el funcionario. De acuerdo con la Ley de Ingresos para 2015, el Ejecutivo Federal está autorizado para contratar y ejercer en el exterior créditos, empréstitos y otras formas del ejercicio del crédito público, incluso mediante la emisión de valores, para el financiamiento del Presupuesto de Egresos, a efecto de obtener un monto de endeudamiento neto externo de 5 mil millones de dólares, que se ejercería con organismos financieros internacionales. La decisión de salir al mercado se debió a que en los últimos meses se observó mucha volatilidad, “de hecho antes de la caída de los precios internacionales del petróleo, después se tuvo una volatilidad en los mercados, especialmente en los emergentes, e incluso hemos tenido factores de riesgo por el tema de Grecia y sus elección del 25 de enero”, explicó. Por ello, antes de volver a emitir deuda, el gobierno evaluará las condiciones financieras internacionales, es decir, que haya tasas de interés atractivas, un costo bajo, apetito de demanda por el lado de los inversionistas. “Es importante que cuando haya transacciones se tenga interés del otro lado por participar en la emisión, lo que ayuda no solo a colocar el monto que queremos sino a tener un mejor precio”, dijo. Advirtió que una posible alza de interés en las tasas de la Reserva Federal es un factor de riesgo, porque no se sabe si será un proceso ordenado o abrupto, con la salida de capitales, para lo cual también se anticiparon con la emisión del bono a 10 y 30 años. Finalmente, recordó que para 2016 el Gobierno no prevé mayor endeudamiento, incluso mencionó que para este año el nivel es menor de lo que se necesitó para 2014, en 0.4 puntos del PIB. No obstante, consideró esperar a marzo, que es cuando se presentan los precriterios de política económica al Congreso, para la primera versión del escenario macroeconómico para el 2016 y tomar una decisión.

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EXCELENCIA PROFESIONAL

FMI recorta pronósticos del PIB de México para 2015 y 2016 El Financiero

El Fondo Monetario Internacional (FMI) bajó sus pronósticos de crecimiento de la economía mexicana para 2015 y 2016, al tiempo que alertó del impacto negativo de los menores petroprecios en naciones exportadoras de crudo. Esto pese a la aprobación del paquete de reformas estructurales y el dinamismo económico más vigoroso que experimenta EU, el principal socio comercial de México. En la actualización de sus ‘Pronósticos de la economía mundial’, el organismo ajustó a 3.2% su vaticinio de crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB) de México para 2015, en lugar del 3.5% de octubre pasado. Este pronóstico convierte al FMI, junto con la CEPAL, en el organismo con el pronóstico más conservador para la economía mexicana. Además se ubica en el límite mínimo del rango estimado por la Secretaría de Hacienda, de 3.2 a 4.2%, y por debajo del 3.4% anticipado por especialistas privados en el más reciente sondeo quincenal de Banamex. Menor Ritmo Mundial El FMI modificó también su pronóstico para la economía nacional en 2016, de 3.8 a 3.5%. Esta previsión contrasta con el 3.8% proyectado en la encuesta de Banamex y todavía más con el 4.9% estimado por la Secretaría de Hacienda. También la ONU ajustó a la baja su pronóstico para México, de 5.0 a 3.4% para 2015 y de 5.2 a 3.8% para 2016. Recientemente el Banco Mundial y la OCDE también recortaron sus expectativas. En la medida que persiste la baja en los petroprecios, las naciones exportadoras de crudo tendrán que reducir su gasto público, advirtió Olivier Jean Blanchard, economista en jefe del FMI, en el marco de la presentación de los pronósticos, en Pekín, China.

Buzón

DEL LECTOR

P. ¿Qué requisitos son necesarios para el trámite de Renovación del Certificado Digital del IMSS (firma electrónica del IMSS) de un patrón? R. • Tarjeta Patronal vigente, original y copia. • Carta de solicitud de cancelación del certificado, dos originales. Consultar la dirección: http://idse.imss.gob.mx/certificacion/jsp/representante/revocacion/ opcionSubdelegacion.jsp • Identificación Oficial del Patrón o Representante Legal, original y copia. • Acta constitutiva o poder notarial, original y copia. • RFC de la empresa, original y copia. • RFC con Homoclave y CURP del Patrón o Representante Legal, original y copia. • Dispositivo de almacenamiento masivo (memoria USB). El patrón o representante legal deberá presentarse en las instalaciones del Instituto, todas las copias son en tamaño carta u oficio según sea el caso.


Enlace

Consejo Directivo,

Bienio 2015-2016 AMCPDF Con el objetivo de que conozcas a los nuevos integrantes del Consejo Directivo, te presentamos una breve semblanza curricular de cada uno de ellos.

C.P. Y M.A. JORGE LÓPEZ RÍOS Presidente Contador Público por la Escuela Libre de Contabilidad y Administración, con una Maestría en Administración por el Instituto de Ciencias Sociales y Administrativas (IESCA). En el ámbito profesional, se ha desempeñado como Socio Director del Despacho J. L. J. López Ríos y Asocs., S.C., ha sido Gerente de Auditoría del Despacho González Lazarino S.A. de C.V., Jefe de Presupuestos en la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, además de realizar diversas actividades en el área de auditoría como encargado, en la iniciativa pública y privada.

Dentro de la AMCPDF, en el bienio 20102012, fue Presidente de la Comisión de Eventos Culturales, Vicepresidente General en el bienio 2009-2010 y Vicepresidente del Sector Externo del 2008 al 2009.

C.P.C. y M.A.E. María Isabel Jiménez Almaraz Vicepresidente Contadora Pública por la Escuela Superior de Comercio y Administración del Instituto Politécnico Nacional (IPN), Maestra en Administración de Empresas con la especialidad en Finanzas, por la Universidad de las Américas y por parte del CONACyT, Maestra en Administración Pública. Además, realizó estudios de Doctorado en Administración de Empresas por la Universidad La Salle. En el ámbito de Recursos Humanos, Financieros y Materiales, ha ocupado cargos en el sector público y privado, es Socia Director del Instituto de Desarrollo de Ejecutivos y Administración S.C., fue Coordinadora de Servicios Administrativos y Mejora Continua de Procesos Recaudatorios de la Dirección de Incorporación y Recaudación en el Instituto Mexicano del Seguro Social, Coordinadora de Asesores de la Oficialía Mayor de la Secretaría de la Reforma Agraria y Directora General de Administración y de Finanzas de la Consejería del Ejecutivo Federal.

General

En la Asociación, se ha desempeñado como Vocal Suplente del Sector Docente durante el bienio 2010-2011, Vicepresidente del Sector Público del bienio 2009-2010 e Integrante de la Comisión de Eventos Culturales durante el 2008 y 2009.

C.P.C. Doroteo Torres Hernández Secretario Propietario Es Contador Público por el Instituto de Ciencias Sociales, Económicas y Administrativas (Escuela Libre Universitaria de Contabilidad y Administración), Maestro en Administración por el Instituto de Ciencias Sociales y Administrativas (IESCA). Es Socio Director de la Firma DTH Consultoría, S.C., y Director General del Despacho D-Torres & Asociados S.C.

Como parte de la AMCPDF, durante el bienio 2013-2014, fue Vocal de la Vicepresidencia de Finanzas, integrante de la Comisión de Normas de Auditoría y participante en los programas de "AMCPDF-Radio, la voz de la Contaduría". Febrero 2015

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C.P.C. Walter Raúl López Ramírez Vocal Suplente Contador Público por el Centro Universitario Grupo Sol CEM, S.A. Es Socio Fundador de Consultoría y Asesoría Integral WMJA, S.C., Director del área de Auditoría, Gerente de Impuestos, Síndico suplente del Contribuyente ante la SHCP y se ha desarrollado en diversos cargos en las áreas de Auditoría e Impuestos.

En la AMCPDF durante el bienio 2013-2014, fue integrante de la Comisión de Síndicos.

C.P.C. Carlos Alejandro González Pacheco

Vicepresidente del Sector Externo

Es Contador Público por la Escuela Bancaria y Comercial, cuenta con un Posgrado en Impuestos por la UNAM y un Diplomado en la misma área por la Escuela Bancaria y Comercial. Asesor Fiscal y Dictaminador en un despacho propio, además de formar parte de la Gerencia de Impuestos en diversas empresas reconocidas a nivel mundial.

Durante el bienio 20092010 dentro de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos, fue Vicepresidente del Sector Público y Presidente de la Comisión de Impuestos Locales.

C.P.C. Juvenal Octaviano Villaverde Crisantos Vocal Suplente Contador Público por la Facultad de Contaduría y Administración de la UNAM, cuenta con un Posgrado en Fiscal, Maestría en Auditoría y Licenciado en Derecho por la misma institución. Ha ocupado diversos cargos en las áreas de Seguridad Social y Contribuciones Locales, así como catedrático e integrante del Sector Docente.

Dentro de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos, ha sido integrante de las Comisiones de Seguridad Social y de Impuestos locales.

C.P.C. Francisco Castro Lomelí Vicepresidente del Sector Público Como parte de su formación académica, es Contador Público por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) con especialidad en Fiscal. Socio Director de la Firma Castro Franco y Asociados, S.C., ha realizado actividades en el área de Auditoría dentro de la iniciativa privada, así como también ha ocupado varios cargos en la Administración Pública Federal y en el sector privado.

C.P.C. Bárbara Regina Moreno Navarrete Vocal Suplente

Es Contador Público por la Escuela Superior de Comercio y Administración del Instituto Politécnico Nacional (IPN), Auditor Fiscal de la Firma Despacho Huerta García, S.C. En su desarrollo profesional, es asesor en el área Financiera y Fiscal en el sector público y privado y auditor en diversas empresas.

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EXCELENCIA PROFESIONAL

Además, ha sido integrante de las Comisiones de Eventos Culturales y de Responsabilidad Social.

Dentro de la AMCPDF, del 2000 al 2014, ha formado parte del Consejo Directivo así como también, fue Vicepresidente de Finanzas.


L.C.C. y Mtro. Leónides Jerónimo Solano

Vicepresidente del Sector Privado

La Licenciatura en Contaduría Pública la cursó en la Escuela Libre Universitaria de Contabilidad y Administración y cuenta con una Maestría en Administración de Negocios por la misma Institución. Socio Director de JR Emprendedores Visionarios y Asociados, S.C., Firma de Contadores, Administradores y Abogados que asesoran diversas empresas comerciales, industriales y de servicios en la materia de Fiscal, Laboral, de Seguridad Social y Defensa Fiscal. Es Gerente de Auditoría en el despacho Mancera del Castillo y Asociados, S.C., y catedrático en diversas universidades.

Además, durante el bienio 2009-2010, fue integrante del Consejo Directivo de la AMCPDF.

C.P.C. Manuel Ruelas Peña Vocal Suplente Contador Público por la Escuela Superior de Comercio y Administración del Instituto Politécnico Nacional (IPN), cuenta con un Diplomado con especialidad en Dictaminación en Estados Financieros. Es Socio Fundador del Despacho Peña y Ruelas Asociados, S.C., y Asesor Contable en áreas Administrativas, Financieras y de Seguridad Social.

En la AMCPDF, ha sido integrante del Consejo Directivo y de la Comisión de Responsabilidad Social.

C.P.C. Francisco Ernesto Guerrero Pérez Vicepresidente del Sector Docente

Contador Público por la Universidad del Valle de México. Es Socio del Despacho TAX Asesores, S.C., y está a cargo del área de Auditoría de Estados Financieros para efectos fiscales, del IMSS y de Impuestos Locales en el Distrito Federal y Estado de México, además de ofrecer asesoría contable financiera.

Durante el bienio 20072008 en la Asociación, fue Presidente de la Comisión Fiscal y durante el 2012 y el 2013, lo fue de la Comisión de Certificación.

C.P.C. José Luis Saldivar Jardón Vocal Suplente Sus estudios de Contaduría Pública, los realizó en la UNAM. Se ha desempeñado como Auditor en diferentes despachos a cargo del área de Auditoría de Estados Financieros para efectos fiscales, del IMSS y de Impuestos Locales en el Distrito Federal y Estado de México.

L.C.C. Mirna Reina Meillón Álvarez Vicepresidente de Finanzas Contadora Pública por la Universidad Nacional Autónoma de México y está cursando la Maestría en Fiscal por la Universidad del Distrito Federal. Socio del MMAC Contadores Públicos y Consultores, S.C., y Despacho TAX Asesores, S.C.

Dentro de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos, ha sido integrante de la Comisión de Eventos Culturales, Responsabilidad Social y Colegios Nacionales.

En la AMCPDF, ha sido integrante de la Comisión Fiscal.


C.P.C. Alejandro Antonio Campos Tenorio Vocal Suplente

Contador Público por la Universidad Autónoma del Estado de México y en la AMCPDF ha formado parte de la Comisión de Normas de Auditoría. Socio del Despacho Argacampos, S.C., y está a cargo del área de Auditoría de Estados Financieros para efectos fiscales, además de ofrecer asesoría contable financiera.

C.P.C. María Delia Ávila Nava

Vicepresidencia de Servicios a Asociados Contadora Pública por la Escuela Superior de Comercio y Administración del Instituto Politécnico Nacional (IPN), cuenta con un Diplomado en Impuestos por la Escuela Bancaria y Comercial, está cursando la Maestría en Fiscal y en la AMCPDF ha sido integrante de la Comisión de Eventos Culturales. Gerente de Auditoría en el despacho Roberto Rodríguez, S.C. Y Asesora Contable en diversas empresas.

C.P.C. David González Martín del Campo Vocal Suplente

Es Contador Público por el Instituto Politécnico Nacional y en la AMCPDF durante el bienio 2011-2012, fue Vocal Suplente de la Vicepresidencia, así como también, integrante de la comisión de Eventos Culturales. Con un despacho propio, es asesor fiscal y dictaminador en diversas empresas, además de Perito Contable en áreas civiles, mercantiles, penales, entre otras, ante salas del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

C.P.C. y Mtro. José Luis Matus Urtecho Vicepresidente de Capacitación

Licenciado y Maestro en Contaduría por la Escuela Bancaria y Comercial, así como también es Maestro en Administración de Empresas por la Universidad Anahuac del Sur. En la AMCPDF ha formado parte de la Comisión de Eventos Culturales. En el ámbito profesional, es asesor en el área Financiera y Fiscal dentro del sector público y privado, además de Catedrático en Posgrado del Instituto Politécnico Nacional.

C.P.C. Marcelo Yépez Salinas Vocal Suplente

Contador Público por la Escuela Bancaria y Comercial. Dentro de la AMCPDF ha sido integrante de la Comisión Comisión de Eventos Culturales. Profesionalmente hablando, es Socio Director del Despacho Contable Yépez Salinas y Cía., S.A. de C.V.

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EXCELENCIA PROFESIONAL


Gestiones

La nueva era en las COMPENSACIONES Una forma menos traumática de recuperar los saldos a favor, definitivamente es la compensación, incluso hasta nos podemos ahorrar el trámite, ya que en esta figura lo que realmente ocurre es una especie de “cobro a lo chino”, es decir, por un lado el contribuyente tiene un impuesto por pagar, pero por el otro existe una cantidad a favor pendiente de recuperar y entonces, ambas deudas se cancelan. Actualmente, los mecanismos de recuperación de saldos a favor, se han convertido en un trámite totalmente a distancia, y aunque éste todavía es recibido en las oficinas del SAT, en lo personal a mi me parece mucho más cómodo realizarlo por Internet. En realidad lo único que cambia es que cuando se presenta en papel, hay que integrar un folder con los formatos y los requisitos, en cambio por Internet lo que integramos es una carpeta en nuestra computadora que más tarde es encriptada para enviar la información. Sin embargo, es importante resaltar que en ambos casos los anexos se presentan de forma electrónica. (Ver tabla 1) Los contribuyentes que optaron por dictaminarse utilizan los anexos del programa F3241, mientras que todos los demás utilizamos los anexos en Excel para cada tipo de impuesto. Aunque es importante resaltar que al no haber un anexo para ISR, se adjunta en el trámite el ANEXO A del formato 41, que consiste en indicar solamente el origen del saldo a favor. Las compensaciones son universales y esta es una gran ventaja, ya que no hay distinción en el tipo de impuestos que se desean aplicar, salvo las excepciones que aparecen en la tabla 2.

Tabla 1. En compensaciones y en devoluciones

Las compensaciones son universales y esta es una gran ventaja, ya que no hay disposición en el tipo de impuestos que se desean aplicar.

Tabla 2. Impuestos contra los que se puede compensar

El saldo a favor del Impuesto al Valor Agregado de un mes posterior podrá compensarse contra el adeudo a cargo del contribuyente por el mismo impuesto correspondiente a meses anteriores, con su respectiva actualización y

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recargos, de conformidad con el artículo 23, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación y en base al criterio normativo 133/2013/IVA. (Ver tabla 3)

Tabla 3. Compensación Universal de pago de lo indebido

Es fundamental distinguir un saldo a favor de un pago de lo indebido, ya que si observamos en las tablas anteriores, existen menos restricciones para los pagos de lo indebido, debido a que son cantidades que en ocasiones se pagan por error o de más, mientras que un saldo a favor deriva de una mecánica de cálculo. Por ejemplo: suponiendo que tengo un IVA Trasladado cobrado en el mes de 60 pesos y un IVA acreditable de 100, al presentar la declaración me arrojaría un saldo a favor de IVA de 40. Pero siguiendo con el ejemplo, como los Contadores llenamos declaraciones “de madrugada”, puede pasar que en lugar de informar que el IVA Trasladado cobrado es de 60, le ponemos 600 al restar el IVA acreditable nos va a dar una cantidad a pagar de 500, y pensando es que la pagamos por error, al presentar la declaración complementaria y anotar los datos correctos, tenemos un saldo a favor de IVA de 40 y un pago de lo indebido de 500. La situación aquí es que para recuperar ambas cifras los trámites son distintos, ya que el saldo a favor sí podemos acreditarlo contra el IVA de periodos siguientes pero el pago de lo indebido tendríamos que compensarlo o solicitar su devolución.

Tabla 4. Compensación Universal de pago de lo indebido

Tabla 5. Plataforma de pago referenciado

Considero que por esa razón, es que tendremos que ser cuidadosos para indicar estas cifras de forma correcta en nuestra contabilidad, por algo existe un código agrupador para el uso de estas cuentas. (Ver tabla 4) La plataforma de pago referenciado es donde comienza el trámite y es tan completa que lleva un seguimiento del tratamiento de los saldos a favor en materia de acreditamiento o compensación, ya que a diferencia del esquema anterior, donde había quienes compensaban y no sabían de dónde sacarían el saldo a favor, ahora el sistema pide el detalle de la fecha de presentación y el número de la declaración que contiene cada saldo a favor aplicado. (Ver tabla 5 y 6) De tal forma que la regla miscelánea 2.3.12 establece que cuando en la plataforma se compense un saldo a favor que fue declarado previamente en la misma plataforma, ya no hay necesidad de

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Tabla 6. Plataforma de pago referenciado


presentar un aviso, y se entiende que toda la información del cálculo que originó el saldo a favor aplicado se presentó en una declaración previa. No obstante lo anterior, las personas morales que en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos acumulables superiores a $100’000,000.00, que el valor de su activo determinado en los términos de las reglas de carácter general que al efecto emita el SAT, sea superior a $79’000,000.00, o que por lo menos 300 de sus trabajadores les hayan prestado servicios en cada uno de los meses del ejercicio inmediato anterior, supuestos señalados en el artículo 32-A del CFF, deberán presentar la información que señalan las fracciones I y II, así como el segundo párrafo de la regla 2.3.9., según corresponda a la materia del impuesto que genera el saldo a favor, a través de Internet, utilizando para ello la aplicación de servicios al contribuyente en la página de Internet del SAT. Para los demás saldos a favor, tenemos que distinguir el tipo de contribuyente y así complementar los trámites de compensación o devolución utilizando anexos, que también son llenados de forma electrónica, además de enviar al SAT los comprobantes, papeles de trabajo, constancias, etcétera, que avalan la existencia de dicho saldo a favor. Conforme a la regla miscelánea 2.3.9 el plazo para el envío del trámite se hará conforme al siguiente calendario: Sexto dígito numérico de la clave en el RFC

Día siguiente a la presentación de la declaración en que se hubiere efectuado la compensación

1y2 3y4 5y6 7y8 9y0

Sexto y séptimo día siguiente Octavo y noveno día siguiente Décimo y décimo primer día siguiente Décimo segundo y décimo tercer día siguiente Décimo cuarto y décimo quinto día siguiente

Sin embargo, hay que resaltar que el truco de este trámite es verificar el estado de nuestro trámite en la página del SAT, y en caso de que no haya quedado listo, volverlo a intentar. Ya que si lo dejamos en el olvido, posiblemente nos requieran el pago de la contribución pagada, además de la multa aunque si comprobamos que somos unos “SANTOS” en materia fiscal, a lo mejor la condonan al 100% conforme a los requisitos de la regla 2.17.14. Para estos efectos, presentarán ante la ALSC correspondiente a su domicilio fiscal, escrito libre que contenga la declaración bajo protesta de decir verdad, manifestando que cumplen con los siguientes requisitos:

I. Haber presentado los avisos, declaraciones y demás información que establecen las disposiciones fiscales, correspondientes a los tres últimos ejercicios. II. Haber cumplido los requerimientos que, en su caso, le hubieren hecho las Autoridades Fiscales, en los tres últimos ejercicios. Los contribuyentes deberán contar con los documentos que comprueben haber dado cumplimiento a dichos requerimientos, entendiéndose por éstos, a la presentación de cualquier aviso, declaración y demás información que establezcan las disposiciones fiscales. III. En el caso de que en los últimos tres años, derivado del ejercicio de facultades de comprobación se le hubieren determinado diferencias a su cargo en el pago de impuestos y accesorios, éstas no sean superiores al 10% respecto de las que hubiera declarado, o que no se hubieran declarado pérdidas fiscales mayores en un 10% a las realmente sufridas. En caso de que haya dictaminado sus estados financieros en los términos de los artículos 32-A y 52 del CFF, que en el mismo plazo a que se refiere esta fracción, no se hubieran observado omisiones respecto al cumplimiento de sus obligaciones, o habiéndose hecho éstas, las mismas hubieran sido corregidas por el contribuyente. IV. No haber incurrido en alguna de las agravantes a que se refiere el artículo 75 del CFF, al momento en que las Autoridades Fiscales impongan la multa por la compensación improcedente. V. No estar sujeto al ejercicio de una o varias acciones penales, por delitos previstos en la legislación fiscal, o no haber sido condenado por delitos fiscales. VI. No haber solicitado en los últimos tres años el pago a plazos de contribuciones retenidas, recaudadas o trasladadas. Las Autoridades Fiscales podrán requerir al infractor los datos, informes o documentos que consideren necesarios, para cuyo efecto el contribuyente contará con un plazo de quince días para cumplir con lo

solicitado, de no hacerlo dentro de dicho plazo, no serán procedentes los beneficios.

L.C. Penélope Castro Valdez Castro Valdez Asesores Fiscales Febrero 2015

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Tec

Procedimiento

PARA DAR DE ALTA EL BUZÓN TRIBUTARIO COMO PERSONA FÍSICA El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha difundido a través de los medios electrónicos, y principalmente mediante su portal, información relacionada con el Buzón Tributario para dar cumplimiento oportuno a esta obligación a partir de enero de 2015 para las personas físicas. Alta en el Buzón Tributario para personas físicas

El Buzón Tributario es un sistema de comunicación electrónica entre el fisco y el contribuyente y a su vez, una obligación para los contribuyentes personas físicas registradas en el SAT, a partir del 1 de enero 2015. Esta nueva disposición implica una serie de derechos y obligaciones a través de las cuales se pretende que las Autoridades Fiscales cuenten con mecanismos adicionales que tendrán un efecto importante en la actividad de fiscalización que impactarán en forma trascendente la actuación y comunicación entre el SAT y los contribuyentes, principalmente relacionadas con requerimientos, auditorías o incluso liquidaciones de impuestos a través de medios electrónicos, incluyendo aquellos que puedan ser recurridos, así como la forma en que los contribuyentes presentarán promociones, solicitudes o avisos, o bien, darán cumplimiento a requerimientos de la Autoridad.

Para qué sirve el Buzón Tributario

La actualización de un correo o registrar uno nuevo, se puede hacer desde el portal de Internet del SAT, en la sección Trámites: Buzón Tributario, donde el servicio confirma la actualización del correo electrónico. Respecto a su operación, se prevé la obligación a cargo de los contribuyentes de ingresar para notificarse de los actos y trámites de la autoridad, durante los tres días siguientes a la recepción de un aviso electrónico, que será enviado por la Autoridad Fiscal a través del medio elegido por el contribuyente entre los que la Autoridad dé a conocer mediante reglas de carácter general. EN CASO DE INGRESAR AL BUZÓN, el sistema automáticamente generará el acuse correspondiente en el que constará la fecha y la hora en que el contribuyente se autenticó para abrir el documento.

El Buzón Tributario facilita la comunicación con las Autoridades Fiscales al tener un punto de contacto único con ellas, estandariza y ayuda a que la información enviada sea correcta, pudiendo cumplir con las obligaciones sin necesidad de acudir a sus oficinas.

EN CASO DE NO INGRESAR AL BUZÓN dentro de los tres días hábiles después de que recibió el aviso electrónico, la notificación se entenderá efectuada al día siguiente en que venció el plazo de los tres días.

Se prevé en primera instancia que se recibirán avisos, notificaciones y principalmente, se presentará mes con mes la información de la Contabilidad Electrónica, para aquellas personas que estén obligadas.

Cómputo de plazos y horario de recepción de documentos

En el Buzón Tributario se puede verificar la información que se recibe y emite, para realizar aclaraciones, enviar información de requerimientos o consultar tu situación fiscal.

• Para efectos del Buzón Tributario, el horario de recepción será de las 00:00 a las 23:59 horas.

Procedimiento para acceso

PARA INGRESAR, se necesita el RFC, Contraseña o Firma Electrónica.

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Cuando se envíe información que deba ser firmada, se utilizará la Firma Electrónica. Es necesario que se registre un correo electrónico o hasta cinco, y este o estos deben estar actualizados para recibir correctamente los mensajes.

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Tratándose de documentación cuya presentación se deba realizar dentro de un plazo legal, se considerarán hábiles las 24 horas correspondientes al día de vencimiento, conforme a lo siguiente:

Huso horario aplicable

Para efectos de la presentación de promociones, solicitudes, avisos, cumplimientos a requerimientos de la Autoridad y consultas a través de documento digital, o la notificación de cualquier acto


o resolución que la Autoridad Fiscal emita en documento digital que se realicen mediante el Buzón Tributario, se considerará la hora del Tiempo del Centro, independientemente del huso horario que corresponda a la localidad en donde se hayan llevado a cabo.

La revisión electrónica iniciará con base en información y documentación que obre en poder de la Autoridad, dándole a conocer al contribuyente los hechos que deriven en las supuestas irregularidades a través de una resolución provisional que, en su caso, contenga la preliquidación de diferencias a cargo de impuestos del contribuyente.

Notificación Electrónica

A través de la resolución provisional se podrá requerir al contribuyente, responsable solidario o tercero, para que en un plazo de 15 días siguientes a la notificación, manifieste lo que a su derecho convenga a fin de desvirtuar las irregularidades o acreditar el pago de las supuestas omisiones, con la posibilidad incluso de ofrecerse pruebas.

Previo a la realización de la notificación, el SAT enviará al contribuyente un aviso electrónico indicándole que tiene un documento digital pendiente de notificación; dicho aviso será enviado al correo electrónico que el contribuyente proporcionó al momento de generar su Firma Electrónica Avanzada, o bien, al que señale cuando ingrese por primera vez al apartado “Notificación Electrónica”. Los contribuyentes contarán con 3 días hábiles para abrir los documentos digitales pendientes de notificar, dicho plazo se contará a partir del día siguiente a aquél en que el SAT le envíe el aviso a que se refiere el párrafo anterior. LAS NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS SE TENDRÁN POR REALIZADAS, cuando se genere acuse de recibo electrónico en el que conste la fecha y hora en que el contribuyente se autenticó para abrir el documento a notificar y surtirán sus efectos al día siguiente a aquél en que fueron hechas.

Notificación en caso de que el contribuyente ingrese a su buzón tributario en día u hora inhábil

En caso de que el contribuyente ingrese a su Buzón Tributario para consultar los documentos digitales pendientes de notificar en día u hora inhábil, generando el acuse de recibo electrónico, la notificación se tendrá por practicada al día hábil siguiente.

Revisiones Electrónicas

La Autoridad con este medio, establece un procedimiento de fiscalización novedoso, que será efectuado a través de medios electrónicos. La Autoridad Fiscal podrá notificar, requerir y recibir documentación del contribuyente, responsable solidario o tercero, así como emitir la resolución determinante de un crédito fiscal, utilizando el Buzón Tributario.

Si el contribuyente acepta la preliquidación de la Autoridad, deberá cubrir las contribuciones o aprovechamientos omitidos junto con los correspondientes accesorios y gozará del beneficio de pagar una multa reducida equivalente a 20% de las contribuciones omitidas. Sin embargo, si declina y ofrece pruebas, la Autoridad Fiscal podrá efectuar un segundo requerimiento dentro del plazo de 10 días siguientes a aquel en que la Autoridad reciba las pruebas, el cual deberá ser atendido por el contribuyente también dentro del plazo de 10 días siguientes contados a partir de la notificación del segundo requerimiento que le hagan. Obtenida la información solicitada, la Autoridad Fiscal contará con un plazo de 40 días para la emisión y notificación de la resolución, a no ser que se ofrezcan pruebas periciales, en cuyo caso se suspenderá dicho plazo, en tanto se desahoguen las mismas. Si el contribuyente no desvirtúa lo señalado, la resolución provisional se volverá definitiva y las cantidades determinadas se podrán hacer efectivas, además perderá el derecho para hacer valer lo que convenga al contribuyente.

Delitos

Por último, en materia de delitos se señala que se impondrá sanción de tres meses a tres años de prisión, a quien modifique, destruya o provoque la pérdida de la información que contenga el buzón tributario con el objeto de obtener indebidamente un beneficio propio o para terceras personas en perjuicio del fisco federal, o bien, ingrese de manera no autorizada a dicho Buzón, a fin de obtener información de terceros. C.P.C. Salvador López Camacho Presidente de la Comisión Fiscal de la AMCPDF.

Febrero 2015

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Actual

Mtro. Juan Pablo Casta帽贸n Casta帽贸n Presidente Nacional COPARMEX

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LOS CONTADORES PÚBLICOS, ALIADOS DE LOS EMPRESARIOS La Confederación Patronal de la República Mexicana (COPARMEX), es un sindicato patronal de afiliación voluntaria, que aglutina empresarios de todos los sectores que buscan mediante ella su representación en el ámbito laboral y social. Está conformada por una red de 65 Centros Empresariales, 13 Federaciones, 3 Representaciones y 14 Delegaciones en todos los estados de la República. Además, 27 Comisiones de Trabajo nacionales se dedican al estudio y generación de propuestas en las temáticas más importantes de la economía y la sociedad. Su Presidente Nacional, el Mtro. Juan Pablo Castañón Castañón, platicó con el equipo de la Revista Excelencia Profesional, sobre temas referentes a las Reformas aprobadas el año pasado, la formalidad, la Contabilidad Electrónica, entre otros temas. Las Reformas y el crecimiento de México

En nuestro país, 2014 fue un año en el que sucedieron varias Reformas que han impactado de una manera significativa en el gremio empresarial, el Mtro. Castañón, considera que si se hacen las cosas bien, México va a cambiar en 5 o 10 años. Cualquier país que busque su desarrollo integral, tiene que trabajar en tres columnas vertebrales de forma paralela:

1. La educación. Es importante generar el talento para el futuro. La educación, la formación y las competencias, van ligadas con la prosperidad, ya que contribuyen al desarrollo de toda sociedad y son la mejor manera de combatir la desigualdad, puesto que se van dando oportunidades de progreso a los individuos.

La seguridad jurídica y la justicia que da el entorno para que se combata la pobreza y se generen oportunidades, crearán círculos virtuosos que incluyan estos tres elementos. Si no se tiene un Estado de Derecho sólido, las bases como nación no serán las más óptimas. En el caso de la Reforma Educativa, el reto que se tiene es aterrizarla, y de esta manera se tenga una evaluación educativa de maestros y alumnos, es indispensable pensar en cómo se enfocará la capacitación de los maestros, para que formen los talentos que se requieren para el siglo XXI.

Se está trabajando también en buscar los mecanismos más idóneos para combatir la corrupción y de esta manera tener un sistema nacional anticorrupción que vaya dirigido a todos los sectores de la administración pública más próxima al ciudadano como los municipios, los gobiernos de los estados, la impartición de justicia local y federal en sus tres poderes. Además, se requiere avanzar en una cédula única de identificación ciudadana, en policías estatales únicas que permitan su capacitación, financiamiento, coordinación con las instituciones federales y avanzar en juicios orales, así como dar independencia en ministerios públicos. También hace falta avanzar en la profesionalización técnica de los penales. Se está debatiendo en cómo vivir una democracia con libertad pero con respeto y sin impunidad, es decir, respetar los derechos de los terceros sin afectar a los demás.

2. La prosperidad. Esta se genera a través de la educación, si no se tiene el talento, no se tendrá cómo sostener la prosperidad, o por ejemplo, se tendrá que importar y comprar tecnología, lo que significaría que el desarrollo sería desigual, ya que las personas no tendrían oportunidades, pues se estarían buscando en el exterior.

Juan Pablo Castañón platica que desde hace alrededor de 15 años, los empresarios demandaban la implementación de una serie de Reformas para darle una transformación a México, orientadas a mostrar una mayor apertura en el país, acabar con los monopolios, generar una mayor competitividad y apertura de los mercados para pequeñas y medianas empresas, así como transitar hacia una apertura energética y finalmente a la fecha, se tienen las legislaciones para ello.

3. El Estado de Derecho. Aquí se habla de la justicia, de las normas y las leyes que favorecen a que no haya impunidad, ni corrupción.

Con la Reforma Energética se tienen varios retos como los precios del petróleo, la integración de las empresas nacionales y cómo Febrero Enero 2015

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LA ÚNICA FORMA DE GENERAR EMPLEOS SOSTENIBLES EN EL TIEMPO, ES A TRAVÉS DE LAS EMPRESAS PEQUEÑAS MEDIANAS Y GRANDES

se desarrollará una industria energética y nacional media y pequeña, sólida y firme, que va desde los servicios, pasando por la tecnología, hasta la producción. Además de la Ley de Competencia Económica y de la Financiera, que dan también una imagen internacional de prosperidad y modernidad. Entonces, a partir de lo anterior, se tiene que lograr atraer la inversión internacional, que los contratos y las licitaciones faciliten la inversión y sea atractiva y que a su vez, se promuevan la generación de cadenas de valor para las pequeñas y medianas empresas. Por su parte, la Reforma Fiscal ha tenido un impacto en la economía interna. Se han seguido impulsando las importaciones que son el principal motor de la economía, pero el desarrollo regional y la economía interna, ha tenido un desempeño muy reducido.

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La regulación en las empresas

La COPARMEX está impulsando una Reforma Fiscal que se adapte al tamaño de las empresas, no es lo mismo una empresa que cuenta con los recursos, que tiene un tamaño que le permite tener un aparato administrativo y además los procesos y las certificaciones para cumplir con la normatividad, a una empresa que tiene 10 o15 empleados en la que los colaboradores tienen que atender las regulaciones, la proveeduría, en las ventas, la planeación y todos aquellos requerimientos legales. El exceso de regulación para las pequeñas empresas lleva a una falta de competitividad y a incentivar para irse hacia la informalidad y ahí es donde se pierde como nación, porque la informalidad resuelve en la microeconomía algunas circunstancias del pequeño empresario, pero como país lleva a la improductividad y esta implica incluso, bajos salarios, menos impuestos, menos seguridad social, una degradación en general. En cuanto al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), Juan Pablo Castañón comenta que es bastante viable el hecho de que exista un programa mediante el cual, sin cobrar impuestos, se invite a la ciudadanía a formar parte de las filas de la formalidad y al mismo tiempo les de herramientas o facilite que tengan un nivel importante de cumplimiento. Sin embargo, para una microempresa el nivel de


cumplimiento es tan complejo que no hay un atractivo, es decir, es necesaria una regulación especial, porque esto lleva a un control tan excesivo que le resultará oneroso y eventualmente caerán en la simulación nuevamente, los que hoy se están incorporando quizás no podrán alcanzar un ritmo administrativo tan alto. Hablando desde una visión empresarial, la Autoridad tiene que facilitar a estos pequeños empresarios regulaciones sin ninguna implicación administrativa para cumplir con la Ley, para que la informalidad disminuya y se de un crecimiento en el que se genere un círculo virtuoso, que es el objetivo de crear una masa de empresarios.

La Autoridad no debería ser exigente con las empresas sin adaptarse a su tamaño y ser consecuentes en la economía informal, buscando elementos para que pasen a la formalidad.

SI EN LAS DIFERENTES EMPRESAS SE LLEVAN LOS PROCESOS CON TRANSPARENCIA, AL MOMENTO DE PRESENTAR SUS INFORMES NO HABRÁ PROBLEMAS CON SU CONTABILIDAD.

Pensando en los nuevos empresarios y/o emprendedores, en todos los centros empresariales de la COPARMEX, se tienen programas de capacitación, acompañamiento para subirlos a los programas del INADEM, contacto con el microempresario para hacer redes de negocios, etcétera, en donde el empresario tenga la oportunidad de conocer proveedores o clientes en oportunidades de negocios.

La Contabilidad Electrónica

Otro de los grandes temas que atañen al gremio contable y a los mismos contribuyentes, es la Contabilidad Electrónica, dado que es justo en este año cuando se tiene que comenzar a cumplir con esta regla. Las grandes empresas tienen que llevarla a cabo según los ingresos que tengan en su ejercicio fiscal. Para las micro, pequeña y medianas empresas, es necesario que existan las condiciones óptimas para realizarla. Las gestiones que han hecho distintas organizaciones empresariales, han llevado a que la incorporación a la Contabilidad Electrónica paulatina y menos agresiva de como estaba planteada la iniciativa, algunas áreas de la economía se postergan al 2016 y otras tendrán que dar poca información. Es decir, todo lo que lleve a tener un orden, mayor transparencia está correcto, pero tiene que haber las condiciones para ello, debe existir una economía sólida y firme que permita generar proyectos y programas, tecnología y talento interno en la empresa.

En Contabilidad Electrónica hay muchos aspectos a considerar todavía, la COPARMEX al ser una organización empresarial con fuertes valores éticos siempre está a favor de todo proceso que implique que las cosas se hagan bien, pero sí hacen hincapié en que se adapten al tamaño de las empresas y se vaya generando la cultura paulatina de la formalidad en México.

Hablando sobre el papel del Contador Público, Juan Pablo Castañón, refiere que para un pequeño y mediano empresario, es como el confesor en la vida espiritual y por tanto, se necesita generar empatía, se requiere un profesional que lo acompañe día a día en su quehacer dentro de la compañía y que a su vez, sea el orientador para generar valor.

El Contador debe estar constantemente actualizado, profesionalizándose y con una visión empresarial, no sólo estar enfocado en los temas fiscales, sino que coadyuve en el crecimiento y en la mejora de las diferentes actividades de toda empresa, generando productividad dentro de la misma. Si se logra consolidar el Estado de Derecho, la seguridad y la justicia, resultarán tiempos de desarrollo y de crecimiento para México. El Contador que tenga visión empresarial, se prepare para los cambios del futuro de México y además sea competitivo globalmente pues aunque atienda mercados locales, ayudará a los empresarios a ser exitosos. Siendo el compañero del empresario, si el Contador tiene la visión, se anticipa, planea ayuda y aconseja, orientará a las empresas para el crecimiento. Hay que reconocer que en el tema de cultura empresarial, la sociedad mexicana necesita evolucionar para obtener mayores grados de competitividad y una mayor disposición al cambio para mejorar tecnológicamente en los diferentes procesos y más aun si el Contador ayuda a administrar mejor los recursos, a ahorrar y reinvertir, se generarán empresas de un nivel mayor.

EL CONTADOR ES EL GRAN COMPAÑERO DEL EMPRESARIO Y POR LO TANTO, DEBE SER VISIONARIO.

Una problemática real, es que la Autoridad no ha generado los criterios de auditoría sobre las empresas que van a empezar a elaborar sus reportes de Contabilidad Electrónica y es ahí donde puede haber un riesgo. Por ello, es importante que el SAT genere los criterios de auditoría en Contabilidad Electrónica, así como los procedimientos para que la empresa entregue sus informes en tiempo y en forma.

La Función y Visión del Contador Público

En palabras del Mtro. Castañón, en el país se necesitan más Contadores empresariales, avocados hacia la generación de valor a través de las industrias humanas, es decir, donde se desarrolle también la creatividad de los individuos.

Particularmente en COPARMEX, dentro de los 65 centros empresariales tiene una cantidad importante de socios con despachos contables que generan valor en las comunidades empresariales y que además, son líderes de grupos de trabajo que se asesoran y orientan de manera integral a las empresas. El Presidente de COPARMEX, hace un reconocimiento a la profesión contable por su evolución a lo largo del tiempo, y su ardua labor de acompañamiento de las actividades empresariales en México. No solamente como servicios profesionales, sino como una empresa de servicios integrales para los negocios, convirtiéndose en despachos de acompañamiento para la pequeña y mediana empresa. Febrero 2015

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Avances

Reformas

al C贸digo Fiscal del Distrito Federal En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del pasado 22 de diciembre de 2014, se publicaron las modificaciones al C贸digo Fiscal del Distrito Federal para el ejercicio de 2015, de las cuales hacemos un extracto.

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En términos generales, se aplicó un 3.96% de incremento en las tablas, tarifas y cuotas que establece el Código Fiscal. Artículo 2.- BUZÓN TRIBUTARIO Al igual que para impuestos federales, también en este código se prevé la utilización del buzón fiscal que se llamará “Teso Buzón Fiscal CDMX”. Artículo 49.- DEVOLUCIÓN DE SALDOS A FAVOR Se establece que si la devolución no es procedente y se efectúa, se causarán recargos sobre las cantidades devueltas indebidamente y a partir de la fecha de devolución. La Secretaría realizará las devoluciones mayores a setenta y ocho veces la unidad de cuenta de la Ciudad de México, únicamente mediante transferencia electrónica1. Cuando la devolución sea mediante cheque, el contribuyente tendrá 120 días hábiles para su cobro, ya que en caso de que no lo realice, el monto de la devolución causará abandono a favor del fisco sin que medie resolución alguna. Artículo 52.- COMPENSACIÓN Se aclara que cuando el contribuyente solicite la compensación de saldos, la contribución o aprovechamiento a pagar, no causará recargos durante el tiempo que la Autoridad resuelva la procedencia de dicha compensación. Artículo 57.- DERECHOS DE LOS CONTRIBUYENTES Se adiciona el derecho a que las facultades de revisión, se concluyan dentro de los plazos establecidos y se comunique al contribuyente las conclusiones de la Autoridad, respecto a dicha revisión. Que las multas impuestas por la Autoridad, estén debidamente fundamentadas y motivadas. Artículo 58.- CONTRIBUYENTES

OBLIGADOS A DICTAMINARSE

Quienes hayan tenido en el año anterior, inmuebles con un valor superior a $26,982,818.00.

Quienes en el año anterior al que se dictamina, hayan prestado servicios de hospedaje y que en el ejercicio a dictaminar percibieran un monto mayor o igual a $10,396,000.00 como contraprestación a los servicios prestados. Como novedad en este artículo, se establece que NO están obligados a dictaminar el cumplimiento de las obligaciones fiscales a que se refiere dicho artículo las Delegaciones, Dependencias y Órganos desconcentrados de la Administración Pública del Distrito Federal. Artículo 59.- PRESENTACIÓN

DE CONSTANCIAS

Respecto al plazo para la presentación de las constancias, para comprobar que se es socio activo de la Asociación y de cumplimiento a la Norma de Educación Continua expedida por dicha Asociación, se establece que la citada presentación será dentro de los tres primeros meses del año en que se pretenda presentar avisos o dictámenes.

Artículo 61.- AVISO PARA PRESENTACIÓN DE DICTAMEN

Se modifica el plazo para presentar este aviso al 15 de marzo, antes era a más tardar al 15 de febrero.

Artículo 64.- PRESENTACIÓN DEL DICTAMEN

Concordante con lo anterior, la presentación del dictamen será a más tardar el último día hábil del mes de mayo, antes era el 30 de abril.

1 La Unidad de Cuenta a la que se refiere el artículo 49, es una cantidad que sustituye al salario mínimo y que fue creada por la Ley de la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México. (Dicha Ley se abordará al final del documento). Febrero 2015

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Artículo 68.- PAGO DE DIFERENCIAS

Se modifica el plazo para presentar este aviso al 15 de marzo, antes era a más tardar al 15 de febrero. Concordante con lo anterior la presentación del dictamen será a más tardar el último día hábil del mes de mayo, antes era el 30 de abril.

Cuando en el dictamen se envíen diferencias a cargo, la Autoridad podrá requerirlas hasta en dos ocasiones sin que dichos requerimientos constituyan el inicio de facultades de comprobación. Por cada requerimiento no atendido, se impondrá una multa en los términos del Código.

Artículo 71.- CONSERVACIÓN DE DECLARACIONES

Se establece que el contribuyente deberá conservar las declaraciones y comprobantes de pago de contribuciones durante un plazo de cinco años, contados a partir de la fecha de presentación de la última declaración, o de que realizó el pago, en su caso.

Artículo 73.- FACULTADES DE LA AUTORIDAD

En la fracción III, se aclara que la Autoridad podrá suspender o restringir el suministro del agua, a través de la tubería que conforma el cuadro donde está el medidor, en la tubería de la banqueta o arroyo y superficies que pertenecen a la vía pública. Adicionalmente, se aclara que los usuarios no domésticos, que no paguen derechos de agua a su cargo, la Autoridad podrá suspender el servicio de descarga a la red de drenaje. Artículo 90.- REGLAS PARA

LA VISITA DOMICILIARIA

Se aclara en la fracción II, que la Autoridad podrá sellar o colocar marcas en nuestra documentación, siempre que dicho aseguramiento no impida la realización de las actividades del contribuyente.

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EXCELENCIA PROFESIONAL

Se considera que no se impide la realización de actividades, cuando no se asegure contabilidad o correspondencia relacionada con las actividades del mes en curso y los dos anteriores. Artículo 94.- VISITAS DE INSPECCIÓN O VERIFICACIÓN

Se adiciona un segundo párrafo para aclarar que tratándose de los impuestos sobre espectáculos públicos y loterías, rifas, sorteos y concursos, la visita de inspección o verificación podrá dirigirse al organizador y/o responsable del evento, cuando se desconozca el nombre del promotor de dicho evento.

Artículo 98 TER.-

PROCEDIMIENTOS ELECTRÓNICOS

Finalmente reglamentaron el tema del uso de sistemas electrónicos, ya que en el Código se mencionaba que el cumplimiento de algunos aspectos fuera en forma electrónica sin que hubiera reglamentación al respecto. Dicha reglamentación, la incluyeron en este artículo y a manera de resumen comentaremos que todos los procedimientos a que se refiere el Código, serán realizados a través del “Teso Buzón Fiscal CDMX” y podremos entrar y consultarlo vía la página de la Secretaría de Finanzas. Ahí podremos ver las notificaciones de las Autoridades y enviar documentos digitales. Se especifican los días y horas hábiles de recepción y entrega de documentación, forma y requisitos que deberán reunir las notificaciones, etcétera.


Artículo 113 En este artículo se encuentra la tabla para calcular el impuesto sobre adquisición de inmuebles, donde se muestra cómo el incremento tanto en esta, como en todas las tablas y cuotas contenidas en el Código, fue del 3.96%. Artículo 131.- DESCUENTO POR PRONTO PAGO Para el pago del impuesto predial de 2015, cuando el mismo se haga en forma anticipada, los descuentos serán del 8% si se realiza el pago de los seis bimestres en el mes de enero y del 5%, si se realiza en febrero. Artículo 133.- EXENTOS DEL PAGO DEL

IMPUESTO PREDIAL

Se establece que estos contribuyentes deberán revalidar su declaratoria de exención cada dos años, con anterioridad era cada cinco. Artículo 177.- SUSPENSIÓN DE SERVICIO

DE AGUA

Se recalca que la suspensión de la toma de agua podrá realizarse en la tubería que conforma el cuadro donde se aloja el medidor o por la ubicada en la banqueta o arroyo. Artículo 449 SEPTIMUS.- RECURSO DE

REVOCACIÓN

Se adiciona el artículo 449 SEPTIMUS para asentar que en la promoción y substanciación del recurso de revocación en línea, la Firma Electrónica Avanzada vinculará y responsabilizará al promovente con el contenido del documento electrónico, de la misma forma que la firma autógrafa lo hace del documento que la contiene en el recurso tradicional e incluso, en este artículo se aclara lo que implica el uso de dicha Firma Electrónica. Por ejemplo, implica la integridad y la autenticidad del contenido del documento firmado electrónicamente, entre otras. Artículo 453.- IMPOSICIÓN DE SANCIONES Se establece que para garantizar el debido respeto y protección de los derechos humanos de los contribuyentes, las Autoridades para la imposición de sanciones, deberán emitir resolución debidamente fundada, motivada y

considerando varios requisitos adicionales que en el mismo artículo se enumeran. Artículo 474 BIS.- SANCIONES POR EMBARGOS Se crea este nuevo artículo para señalar que quienes quebranten los sellos colocados por la Autoridad Fiscal en los bienes embargados, en los términos de lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 387, o impidan de cualquier forma que los mismos sean visibles, se les impondrá una multa del 60% al 90% de las contribuciones o aprovechamientos omitidos.

LEY DE LA UNIDAD DE CUENTA DE LA CIUDAD DE MEXICO

Objeto.- Establecer la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México como medida de valor, en sustitución del salario mínimo para la determinación de las sanciones y multas administrativas, conceptos de pago y montos de referencia previstas en las normas locales vigentes en el Distrito Federal. Concepto.- Unidad de Cuenta de la Ciudad de México, es el valor expresado en pesos que se utilizará de manera individual o por múltiplos de esta, para determinar sanciones y multas administrativas, conceptos de pago y montos de referencia, previstas en las normas locales vigentes en el Distrito Federal. Salario mínimo.- Las referencias que se hagan del salario mínimo en las normas locales vigentes, se entenderán hechas a la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México a partir de enero de 2015. Valor.- El valor inicial de la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México para el año de 2015, será de $69.95. Actualización.- El monto de la Unidad de la Cuenta de la Ciudad de México vigente en el mes de diciembre de cada año, se debe actualizar a partir del 1 de enero del año siguiente.

C.P.C. Carlos Alejandro González Pacheco Presidente de la Comisión de Impuestos Locales de la AMCPDF

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Cuestión Fiscal

Lo relevante de la Resolución Miscelanea 2015 En el presente artículo, comentaremos algunas de las reglas más relevantes que debe tener presente el contribuyente para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, ya que el 30 de diciembre de 2014 fue publicada la Resolución Miscelánea Fiscal 2015, en donde se mencionan nuevamente reglas de la Resolución Miscelánea Fiscal 2014 que continúan vigentes para este año 2015. Debemos considerar que la estructura de la Resolución Miscelánea Fiscal 2015 cambió, eliminándose el Título II dejando solo el Título I.

Código Fiscal de la Federación

Emisión de Comprobantes de Personas Físicas Regla 2.2.7. Continúa la facilidad para las personas físicas de utilizar la FIEL para emitir Comprobantes Fiscales, en lugar de un certificado de sello digital. Devolución Automática para Personas Físicas Regla 2.3.1. Para que proceda la devolución automática del saldo a favor del ISR que las personas físicas presenten en su declaración anual, deberán enviar su declaración utilizando la FIEL cuando el importe del saldo a favor sea igual o mayor de $40,000.00. No aplica esta regla para quienes presenten su declaración anual por ingresos por salarios y utilicen el formato de declaración simplificada de la página del SAT, estas personas la enviarán utilizando su RFC y contraseña. Tampoco procede la devolución automática del saldo a favor de ISR de la persona física, cuando el monto del saldo sea superior a $150,000.00 o $100,000.00 si se utilizó la forma simplificada que se indica en el párrafo anterior.

Suspensión de Actividades para Personas Morales Regla 2.5.14. Continúa la posibilidad para las personas morales de presentar el aviso de suspensión de actividades, el cual tendrá una vigencia de 2 años, con la posibilidad de que al término del plazo se presente otro aviso con duración de 1 año más, lo que significa que se podrá suspender por 3 años, y al término se debe presentar el aviso para reanudar las actividades, de no hacerlo, el SAT reanudará en forma automática al contribuyente. Los requisitos para la suspensión son: • Que el domicilio tenga estatus distinto a no localizado. • Que esté al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, acreditándolo con la opinión del 32-D. • Que no se encuentre publicado en la página del SAT como contribuyente incumplido o que realiza operaciones inexistentes.

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• Que el CSD no haya sido revocado por la Autoridad, por ser un contribuyente que no ha presentado tres declaraciones de forma consecutiva o cinco no consecutivas.

Comprobantes con Público en General Regla 2.7.1.23. Continua la regla de emitir el CFDI global por las operaciones realizadas con público en general de forma diaria, semanal o mensual y además, para los del RIF podría ser bimestral y en su caso, incluir el número de folio o de operación de los Comprobantes simplificados emitidos al público en general. Expedición de CFDI de Nóminas Regla 2.7.5.3. Los contribuyentes podrán expedir los CFDI por las remuneraciones que cubran a sus trabajadores o a contribuyentes asimilados a salarios, antes de la realización de los pagos correspondientes o dentro del plazo señalado, en función al número de sus trabajadores o asimilados a salarios, posteriores a la realización efectiva de dichos pagos conforme a lo siguiente: Número de trabajadores o asimilados a salarios De 1 a 50 De 51 a 100 De 101 a 300 De 301 a 500 Más de 500

Día hábil 3 5 7 9 11

En el caso de pagos por separación o con motivo de la ejecución de resoluciones judiciales o laudos, los contribuyentes podrán generar el CFDI a más tardar el último día hábil del mes en que se haya realizado la erogación.

Operaciones Relevantes Regla 2.8.1.16. Se da a conocer el calendario para la presentación de la información de operaciones relevantes del ejercicio 2015, la cual se presenta utilizando el formato 76 para quedar de la siguiente manera: Declaración del mes: Enero, febrero y marzo Abril, mayo y junio Julio, agosto y septiembre Octubre, noviembre y diciembre

Fecha límite en que se deberá presentar: Último día del mes de mayo de 2015 Último día del mes de agosto de 2015 Último día del mes de noviembre de 2015 Último día del mes de febrero de 2016


Dictamen Fiscal Regla 2.13.12. Se establece que el plazo para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros y la información adicional, se presentará a más tardar el 30 de julio del año inmediato posterior en lugar del plazo que establece el artículo 32 del CFF que es el 15 de julio.

Informativa sobre la Situación Fiscal Regla 2.20.1. Para la presentación de la declaración informativa de la situación fiscal se deberá utilizar la herramienta DISIF (32H-CFF) y se tendrá que enviar por Internet. Donatarias también utilizan “Mis Cuentas” Regla 2.8.1.6. Las donatarias autorizadas deberán utilizar la plataforma “Mis Cuentas”, es decir, aquellas sociedades y asociaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles que hayan obtenido ingresos hasta $2’000,000.00, de esta forma cumplirán con su obligación de llevar y subir su contabilidad a la página del SAT. No Conservan Contabilidad Regla 2.8.1.7. Se establece que aquellos contribuyentes utilicen “Mis Cuentas”, se les libera de la obligación de conservar la contabilidad y tener a disposición de la autoridad obligaciones establecidas en los artículos 30 y 30-A del CFF. Dictamen de Enajenación de Acciones Regla 2.19.13. Se indica que el dictamen de enajenación de acciones se elabora en el SIPRED, conforme a las reglas establecidas en el anexo 16-B de la Resolución Miscelánea Fiscal 2015 y se enviará por Internet.

Impuesto Sobre la Renta

Deducibles los Salarios Pagados en Efectivo Regla 3.3.1.6. Continúa la posibilidad de deducir la nómina si se paga en efectivo, siempre que se tenga el CFDI de los pagos realizados a los trabajadores. Aviso por Deducción de Créditos Incobrables Regla 3.3.1.24. Se da por cumplida la obligación de presentar la información de las cuentas incobrables que hace deducibles el contribuyente, si es de los que opta por dictaminarse y en el anexo del dictamen de la conciliación contable fiscal se incluye el dato de la cuenta incobrable. Cálculo de la PTU Regla 3.9.9. Para el cálculo de la PTU del ejercicio 2014 los contribuyentes que hayan obtenido pérdidas por fluctuación cambiaria y optaron por deducirlas en cuatro ejercicios fiscales a partir de cuando se obtuvieron, podrán seguir deduciendo de la base de la PTU las cantidades que corresponden hasta que las terminen.

RIF, aun cuando la persona física sea socio o integrante de una persona moral que tribute en el Título III de la LISR, o sea integrante de una asociación deportiva. Familiares en RIF Regla 3.13.3. Podrán estar en RIF aun cuando sean partes relacionadas, siempre que no exista una relación comercial o influencia de negocios que derive en un beneficio económico entre cónyuges o personas con quienes tengan relación de parentesco en los términos de la Legislación Civil. Deducible el Pago de Combustible en RIF si es en Efectivo Regla 3.13.4. Se les sigue permitiendo a los RIF poder hacer deducibles el pago en efectivo de los combustibles que utilicen para realizar su actividad. Deducción cuando su negocio está en casa para RIF Regla 3.13.5. También continúa la facilidad a los del RIF que en su casa habitación destinen parte del espacio para realizar sus actividades, consiste en poder deducir en base a metros cuadrados la renta que paguen o si es de su propiedad, entonces la deducción de inversiones, los impuestos prediales y las contribuciones locales que erogue por el inmueble. Disminución de Pérdidas Fiscales para RIF Regla 3.13.8. En relación a las pérdidas que obtuvieron los contribuyentes personas físicas cuando tributaban en régimen general de las actividades empresariales o en el régimen intermedio y cambiaron a RIF, si tenían pérdidas pendientes de amortizar, pueden disminuirlas de la base para el cálculo del impuesto ahora que están en RIF. Cómputo del Plazo para Permanecen en el RIF Regla 3.13.9. Se establece que el cómputo del plazo para la permanencia en el RIF es considerar como año de tributación el periodo de 12 meses, que va desde la fecha en que se dio de alta en el régimen, hasta el mismo día del siguiente año de calendario.

RIF en Suspensión de Actividades Regla 3.13.10. Cuando se presente Suspensión de actividades estando tributando en RIF y posteriormente se reanude actividades, el plazo de suspensión se considerará dentro del compto para determinar la permanencia en el RIF, esto es, que aplicará el porcentaje de reducción computando los años desde que entró al RIF. Pérdida de la Reducción del 100% Regla 3.13.11. Cuando se exceda en un año de tributación en el RIF de $100,000.00, se perderá el derecho a aplicar la reducción del 100% a partir del bimestre siguiente al que ocurra y, aplicará el porcentaje de reducción que corresponda a los años transcurridos desde su ingreso al RIF.

RIF con Salarios o Intereses Regla 3.13.1. Podrán estar en el RIF aquellos contribuyentes que además de sus ingresos de este régimen obtengan ingresos por sueldos, asimilables o intereses y en su conjunto no excedan de los $2,000,000.00.

Estas son algunas de las reglas de la Miscelánea Fiscal 2015 relevantes y de aplicación general.

Socios de Personas Morales en RIF Regla 3.13.2. Se incluye nuevamente la posibilidad de tributar en

L.C.C. Luis Fernando Poblano Reyes Presidente de la Comisión de Capacitación a Distancia de la AMCPDF Febrero 2015

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Legis

Nuevo Formato de Declaración Anual El Servicio de Administración Tributaria tiene disponible en su portal, la nueva plataforma para que las personas morales puedan presentar su Declaración Anual 2014. Esta nueva plataforma informática, promete un proceso más sencillo y práctico, y viene a sustituir al antes utilizado programa DEM junto con sus siguientes Formularios: Formulario 18 “Personas Morales del Régimen General” Formulario 19 “Personas Morales Consolidación” Formulario 20 “Personas Morales del Régimen Simplificado” Formulario 21 “Personas Morales con Fines no Lucrativos”

• Consolidación diferido • Simplificado • Con fines no lucrativos • Opcional para grupo de sociedades

integradoras • Coordinados • Actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras.

También cuenta con las siguientes funciones: • Cálculos aritméticos • Firmado electrónico de la declaración • Recibo bancario al pago de las contribu-

ciones federales • Servicio de reimpresión de acuse de recibo

Se tiene acceso a la aplicación con el RFC y la contraseña (Antes CIEC).

Ahora, todo se resume a la Nueva Aplicación de Declaración Anual para personas morales, que puede ser descargada o utilizada en línea desde el portal del SAT y que incluye las siguientes novedades:

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Se tienen las opciones de llenar la declaración, consultar la declaración, imprimir acuses, consultar declaraciones pagadas e incluso se establece una opción para poder importar la declaración.

Flexibilidad

Formularios para ocho regímenes fiscales: • General • Consolidación

Características

Una vez ingresando al sistema se visualiza el siguiente Menú Principal:

El llenado de la información, se realiza en un formato semejante al DeclaraSAT y se puede revisar, modificar, guardar e imprimir dentro de la misma aplicación, además de que es posible consultar otras declaraciones de ejercicios diferentes, normales y complementarios, reimprimir acu-


Se puede guardar el archivo de la declaración en la ubicación que desee seleccionar, pudiendo modificar el nombre del archivo.

La declaración se envía a través de la misma aplicación mediante la FIEL. ses, etc. Además, todo lo que se capture, queda guardado hasta por 30 días.

Declaraciones Complementarias

Ahora, presentar una declaración complementaria será más fácil, ya que la aplicación permite el prellenado, teniendo que modificar solamente los rubros necesarios.

La información principal que debe capturarse es la siguiente: • Datos informativos • Estado de Resultados • Balance • Inversiones • Costo de Ventas Fiscal • Conciliación Contable Fiscal • Datos de deducciones • Cifras al Cierre • PTU • Dividendos o utilidades distribuidos • Determinación de ISR • Determinación del Pago de ISR

Una vez concluida la captura de la información, el sistema muestra el previo de la Declaración a fin de que se pueda guardar o imprimir y revisar la información capturada.

Línea de Captura

Al enviar la declaración, en el acuse de recibo de la declaración, se genera una línea de captura con el mismo esquema de Pago Referenciado, y contiene ligas para accesar y pagar mediante el portal del Banco Autorizado.

En resumen, se estima que ahora será más fácil y práctico, el llenado y envío de la Declaración Anual para las Personas Morales, así como el pago de las contribuciones resultantes.

C.P.C. Salvador López Camacho Presidente de la Comisión Fiscal de la AMCPDF. Febrero 2015

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Entre Contadores

Los medios electrónicos como

herramienta efectiva

de control fiscal

Derivado del Encuentro Fiscal Universitario que se realizó en las instalaciones de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos, Colegio Profesional en el Distrito Federal, en donde estudiantes de diversas Instituciones Educativas, mostraron sus conocimientos en temas contables, te presentamos el siguiente ensayo elaborado por el equipo ganador del Tercer Lugar. Los medios electrónicos, forman parte de nuestra vida comercial cotidiana desde el principio de la sociedad humana. En la actualidad, la mayoría de los pueblos alrededor del mundo dependen de ellos, pues se han convertido en una forma práctica de transmitir y administrar nuestra información contable, además de constituir una vía útil y rápida de comunicación. La documentación que integra la contabilidad cada día se vuelve más voluminosa, ocasionando importantes costos relacionados con el almacenamiento y dificultad en la obtención de información. Asimismo, las catástrofes naturales (terremotos, huracanes e incendios) ocasionan pérdidas

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EXCELENCIA PROFESIONAL

materiales importantes en la documentación comprobatoria de los usuarios de la información financiera, quienes se enfrentan a un grave problema práctico legal, fiscal y contable para soportar las operaciones amparadas por documentación original. Ante este escenario, la digitalización representa una opción no sólo para ahorrar espacio y recursos, sino para prevenir hechos inesperados para las empresas y además, conforman una prueba que demuestra ante las Autoridades Fiscales que las operaciones y documentaciones son auténticas. El presente ensayo propone una visión global del cumplimiento de las obligaciones impositivas más destacadas que se han generado en nuestro país en las últimas décadas, con


Conscientes del impacto de las Tecnologías de la Información y la Comunicación en la sociedad mexicana, las Autoridades saben que utilizarlas generará mayores ingresos para el Estado y menor evasión y elusión fiscal.

motivo de la utilización de los medios electrónicos como una herramienta efectiva de control y comprobación fiscal de que los gravámenes de los contribuyentes son reales y correctamente determinados. También da cuenta de un panorama general del beneficio que nuestro país ha obtenido en los últimos años gracias a estas herramientas, y cómo ha sido su crecimiento respecto a los demás países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).

En la actualidad, el impacto que han generado las Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) ha sido trascendental en el mundo, no solamente en los medios de comunicación y comercialización, sino también en la facturación electrónica y el pago de las contribuciones vía Internet. Las TIC se han implementado hace décadas en el registro de la contabilidad y recientemente el sistema tributario de México comenzó a implementarlas. Es por ello, que el Contador Público mexicano tiene la necesidad y ante todo la obligación, de actualizarse respecto a las cuestiones tecnológicas. Creemos con gran firmeza que el conocimiento y la experiencia de las generaciones pasadas nos ayudarán a enriquecernos de la historia y la transformación de éstas tecnologías, así como nosotros los ayudaremos a ellos a integrarse a esta nueva era del conocimiento.

El marco contable actual, las Normas de Información Financiera (NIF) mexicanas, así como las Normas Internacionales de Información Financiera (IFRS, por sus siglas en inglés), han garantizado que la forma de registrar las operaciones contables cumpla con características primarias de confiabilidad, suficiencia y veracidad, estos principios deben ser aplicados en cualquier sistema de contabilidad informática.

Es primordial entender, que las TIC, se definen como “aquellas herramientas y métodos empleados para recabar, retener, manipular o distribuir información. La tecnología de la información se encuentra generalmente asociada con las computadoras y las tecnologías afines aplicadas a la toma de decisiones”. Por lo tanto, al señalar “tecnologías de la información”, nos referimos a los medios que el ser humano ha creado con el fin de hacer más fácil el intercambio de información y conocimiento con otros seres humanos.

En la legislación fiscal mexicana han emergido diversas disposiciones que hacen referencia a soportes informáticos, como son las relativas al pago mediante transferencias electrónicas, contabilidad electrónica, presentación de declaraciones por medio de Internet, digitalización de documentos y la Firma Electrónica (FIEL); los cuales han evolucionado a través de los años y constituyen una prueba plena de la realización de operaciones, lo que genera una imperiosa necesidad de dotar de seguridad jurídica a los contribuyentes con el aprovechamiento de las últimas tecnologías en el registro y conservación de la información.

El uso de las TIC no podría ser desapercibido para nuestras Autoridades Fiscales y en la actualidad se han convertido en su herramienta preferida de recaudación. Conscientes del impacto de las Tecnologías de la Información y la Comunicación en la sociedad mexicana, las Autoridades saben que utilizarlas generará mayores ingresos para el Estado y menor evasión y elusión fiscal. Asimismo, tratarán de incorporar a 28 millones de personas que se encuentran laborando en la informalidad, (cifras de la encuesta nacional de ocupación y empleo del segundo trimestre de 2014 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI)). Febrero 2015

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Los medios electrónicos como herramienta de fiscalización, representan una evolución positiva y muy importante para la recaudación de contribuciones y para el manejo de la información financiera de las entidades económicas de nuestro país. Sin embargo, también es una realidad que viviendo en una era globalizada un gran número de personas alrededor del mundo no cuentan con un acceso a las tecnologías de la información, incluyendo al principal vehículo de comunicación mundial, el Internet.

para la generación, procesamiento, transmisión y resguardo de los documentos fiscales de manera digital. A partir de enero de 2011 inició paulatinamente su uso generalizado con base en el artículo 29 del CFF. En abril de 2011 México fue reconocido con el premio a la “Innovación de la Administración Tributaria”, otorgado por el Centro Interdisciplinario de Administraciones Tributaria (CIAT) por el uso de la “factura electrónica” como una herramienta de control en el sistema fiscal mexicano. Debemos dejar en claro que este instrumento en específico no sólo se refiere a lo que antes se conocía como “factura”, este término engloba más de lo que representa.

Los medios electrónicos sirven como una medida de control eficaz, esto se refleja en el incremento del número de contribuyentes en más del 100% por los ejercicios fiscales transcurridos entre el año 2006 y 2014. Esto obliga a la Autoridad a crecer y Las Tecnologías de Información actualizarse en el manejo de datos e y Comunicación en nuestro información electrónica, porque con el país, se han convertido en un manejo de estos datos se puede triangular de manera más sencilla y exacta las instrumento de recaudación operaciones de todos los contribuyentes. muy útil para las Autoridades Debido a la instauración de la Reforma Fiscales. Además, de que Fiscal del ejercicio 2014, se espera que generan una menor evasión y aumenten el número de contribuyentes cautivos para el ejercicio 2015 en 10%, lo elusión fiscal. que equivaldría a 1.9 billones de pesos.

Medios electrónicos utilizados por el Sistema Tributario Mexicano

El CFDI es todo aquel comprobante que cumple con una serie de requisitos fiscales, la cadena original de timbre, el número de certificado del sello digital del emisor, el folio fiscal; requisitos que se conocen como “timbrado de CFDI”. De acuerdo a lo anterior, podemos decir que integra también los recibos de nómina, de retenciones, de honorarios y cualquier otro comprobante que se emita mediante un proveedor autorizado de certificación (PAC) y que tenga que ser enviado al SAT para su validación.

El uso de los medios y documentos electrónicos representa un importante camino para simplificar y reducir las cargas administrativas para el cumplimiento de las obligaciones El aspecto negativo de los Comprobantes Fiscales Digitales fiscales. El Código Fiscal de la Federación (CFF) en su y la Facturación Electrónica, es lo relativo al considerable artículo 17–D cuarto párrafo, define al documento digital, como porcentaje de empresas en México, principalmente en zonas rurales que no tienen acceso todo mensaje de datos que contiene a Internet, lo cual limita sus información o escritura generada, Actualmente, es importante posibilidades de cumplir en enviada, recibida o archivada por medios electrónicos ópticos o de cualquier otra que el Contador Público se vaya forma con esta obligación fiscal. tecnología. actualizando en los diferentes

aspectos tecnológicos que contribuyan a su quehacer contable.

a) Comprobantes Fiscales Digitales En diversas disposiciones fiscales, se establece la obligación para las personas físicas y morales, de expedir Comprobantes Fiscales por las actividades que realicen, estos Comprobantes deberán reunir los requisitos establecidos en los artículos 29 y 29-A del CFF.

b) Facturación Electrónica La Facturación Electrónica es un mecanismo de comprobación fiscal basado en el aprovechamiento de medios electrónicos

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c) Contabilidad Electrónica La contabilidad para efectos fiscales se integra por los libros, sistemas y registros contables, papeles de trabajo, estados de cuenta, cuentas especiales, control de inventarios y métodos de valuación, discos y cintas, o cualquier otro medio procesable de almacenamiento de datos, los equipos o sistemas electrónicos de registro fiscal y sus respectivos registros, además de la documentación comprobatoria de los asientos respectivos, así como toda la documentación e información relacionada con el cumplimiento de las disposiciones fiscales, la que acredite sus


ingresos y deducciones y a la que obliguen otras leyes, según el artículo 28 del CFF. Para los efectos del artículo 28, fracción tercera del CFF y 34 de su reglamento, los contribuyentes obligados a llevar contabilidad, responsables solidarios o terceros con ellos relacionados, excepto aquellos que registren sus operaciones en la nueva herramienta electrónica “Mis Cuentas”, deberán llevarla en sistemas electrónicos con capacidad de generar archivos XML (eXtensible Markup Language), considerado como el único formato para contener la información fiscal determinada por el SAT. El punto a favor de esta herramienta de fiscalización, es que el SAT podrá estar fehacientemente seguro que los impuestos que enteran los contribuyentes son realmente a los que se hacen acreedores. d) Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) Es una obligación fiscal prevista en la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA) para las personas físicas y morales, la cual consiste en proporcionar mensualmente al SAT información sobre las operaciones con sus proveedores. No debe descartarse que el uso del CFDI permita a la Autoridad eliminar este tipo de declaraciones informativas, en la medida que la misma información electrónica permita confrontar electrónicamente al emisor y al receptor de las facturas electrónicas. e) Pagos Provisionales y Definitivos en Línea (Pago Referenciado) El “Servicio de Pago Referenciado” se basa en la presentación directa ante el SAT, de las declaraciones provisionales y definitivas y el pago del impuesto en bancos utilizando el servicio de depósito referenciado, es decir, mediante una línea de captura, este servicio sustituye al “Esquema de Pagos Electrónicos” que se presentaba directamente en las instituciones bancarias. A partir de enero de 2014 todos los pagos de impuestos se deben efectuar a través del pago referenciado. Las ventajas de este nuevo sistema de los medios electrónicos, es que ya no hay necesidad de hacer cálculos de impuestos, ya que éste servicio los determina automáticamente; además permite eliminar las obligaciones de presentar avisos “en cero” y presentar declaraciones de correcciones de datos; importantes facilidades de tributación para los contribuyentes. f) Sistema de Presentación del Dictamen Fiscal (SIPRED) El SIPRED es una de las mejores herramientas de la Autoridad Fiscal en nuestro país que a lo largo de su existencia ha

proporcionado una mayor comodidad fiscal al contribuyente; las ventajas más representativas de este sistema, desde el punto de vista del contribuyente, incluyen: a) Comodidad de enviar el Dictamen Fiscal por Internet, sin tener que presentarlo en forma personalizada ante la Administración Local que corresponda, b) reducción de costos en el proceso, lo que incluye almacenamiento y ahorro de papel, c) seguridad jurídica al utilizar la Firma Electrónica (FIEL) para firmar digitalmente la información, d) seguridad lógica al momento en que la información viaja encriptada a través de la red y e) automatización de actividades y menor posibilidad de error u omisiones en el trabajo.

Conclusiones Generales

Los medios electrónicos son una eficiente herramienta de control fiscal para la recaudación de impuestos, su adecuada implementación será un útil instrumento para que México alcance los niveles de competitividad esperados por los ciudadanos. Sin embargo, es necesario que las Autoridades Fiscales realicen un mayor esfuerzo para mejorar su infraestructura tecnológica. La tecnología para el pago de impuestos federales está a la vanguardia; pero en un país donde todavía no se erradica por completo el analfabetismo y el nivel económico no permite a gran parte de la población acceder a la tecnología, ni al sistema bancario, resulta ilógico que la única forma de pago de impuestos sea precisamente la electrónica. Como reclamo constante de la OCDE, sitúa a México como el país con menor ingreso fiscal respecto el Producto Interno Bruto (PIB) entre sus miembros, pero este ingreso fiscal no debe ubicarse como si los impuestos fueran bajos, como en general se quiere interpretar, sino que gran parte de la población no cubre gravámenes, sobre todo la economía informal provocando que el peso recaiga en pocos contribuyentes. La invitación a integrarse al esfuerzo para que todos los ciudadanos cubran los gastos públicos, sólo podrá dar resultado si el principio de comodidad fiscal, aplica en cuanto a simplicidad, precisión, claridad y sobre todo a la facilidad de pago. Sergio Xavier Corona Domínguez. Herminio Huizar Nava. Karen Nayeli Ríos Pérez. José Francisco Tellez Salinas. Omar Francisco Vázquez Martínez. Estudiantes de la Licenciatura en Contaduría de la ESCA Santo Tomás, IPN Febrero 2015

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Foro

Continuando con la línea del Foro de discusión, te presentamos la respuesta a la problemática planteada en el número 178 de tu Revista Excelencia Profesional.

¿Qué piensas de que la recaudación prevista en la Ley de Ingresos de la Federación 2015, aumente aproximadamente un 12%, si nos prometieron que los impuestos no se incrementarían?

Para lograr la recaudación prevista en la Ley de Ingresos 2015,

3. Contribuyentes incumplidos: En el comunicado de prensa del

tener que subir los impuestos.

(SAT) informa que como efecto de la publicación de la lista de

podemos encontrar varias formas de allegarse de recursos sin

1. Incremento en la tasa del ISR: Con la Reforma Fiscal que entró en vigor el 1º de enero de 2014, la tasa del Impuesto Sobre la

Renta (ISR) para personas físicas, pasó de una tasa máxima del 30% al 35%. Este hecho ha generado ingresos adicionales provenientes de los contribuyentes cautivos.

2. Régimen de Incorporación Fiscal: El RIF, que entró en vigor el 1º de enero de 2014 ha generado gran expectativa de recaudación

de impuestos, sobre todo de Impuesto Sobre la Renta e Impuesto

al Valor Agregado. Según datos del Servicio de Administración

Tributaria (SAT), los contribuyentes incorporados durante el

20 de enero de 2015, el Servicio de Administración Tributaria contribuyentes incumplidos exceptuados de la reserva fiscal en términos del artículo 69 del Código Fiscal de la Federación, durante 2014 se recaudaron más 25,957 millones de pesos.

Como parte de las innovaciones de la Reforma Hacendaria, a partir

de enero de 2014 el SAT publica los datos como, nombre, razón

social y RFC de contribuyentes que tienen créditos firmes, créditos exigibles, créditos cancelados, créditos condonados y sentencias ejecutorias. Actualmente la lista de incumplidos contiene datos

de 109,423 contribuyentes, entre personas físicas y personas morales.

2014 son más de 4 millones, esto genera un fuerte impacto en

Si bien no se incrementaron los impuestos, lo que genera el

años se llegue al 100% del pago, no deja de lado que ahora los

de contribuyentes y las medidas de recaudación que está llevando

los ingresos, ya que si bien se tienen estímulos para que en diez contribuyentes cautivos seamos más.

incremento en la recaudación es sin duda el incremento en la base a cabo la Autoridad.

L.C.C. Hortencia Vázquez Vázquez

Para nuestro próximo número, te dejamos a tu consideración la siguiente pregunta:

¿Qué opinas de los resultados obtenidos del programa implementado por el SAT en 2014 “Cobro Persuasivo”?

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EXCELENCIA PROFESIONAL


CURSOS

HASTA

3

INFORMATIVA DE SUELDOS, SALARIOS Y CARGA BACHT Expositor: L.C.C. Carlos Gutiérrez Pérez

30 ene

H. 16:00 a 21:00

4

H. 16:00 a 21:00

5 P U N T OS N . A . A .

REFORMAS FISCALES 2015 (CON DECRETOS, ACUERDOS, FACILIDADES ADMINISTRATIVAS Y RESOLUCIÓN MISCELÁNEA 2015) Expositor: C.P.C. Miguel Ángel Díaz Pérez

02 feb

5 P U N T OS N . A . A .

9

H. 16:00 a 21:00

NUEVO REGLAMENTO GENERAL DE INSPECCIÓN DEL TRABAJO Y APLICACIÓN DE SANCIONES, OBLIGACIONES Y RECOMENDACIONES PARA SU CUMPLIMIENTO Expositor: Lic. Tania González Covarrubias

05 feb

5 P U N T OS N . A . A .

10

H. 16:00 a 21:00

11

H. 09:00 a 14:00

DECLARACIÓN INFORMATIVAS, DIM Y OTRAS Expositor: L.C.C. Julio D. Reyes Rivero 5 P U N T OS N . A . A .

FACILIDADES ADMINISTRATIVAS POR SECTORES Y DECRETOS Expositor: C.P.C. Salvador López Camacho

06 feb

09 feb

5 P U N T OS N . A . A .

16

H. 09:00 a 14:00

DETERMINACIÓN DE LA PRIMA DE SEGURO DE RIESGO DE TRABAJO Y EMPRESAS PRESTADORAS DE SERVICIO PA R A C U MP LI MI EN T O D E LA N .A .A . D EL I M S S 2 01 5

Expositor: Lic. Emmanuel Ramos Guzmán

H. 09:00 a 14:00

TALLER DE NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA PARA PYMES Expositor: Dr. Jorge E. González Guayda

13 feb

20 P U N T OS N .A .A .

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H. 09:00 a 14:00

TALLER DE CONTRIBUCIONES LOCALES D.F. Expositor: C.P.C. y E.F. Vicente Velázquez Meléndez

13 feb

5 P U N T OS N . A . A .

18

H. 09:00 a 14:00

23

H. 16:00 a 21:00

DECLARACIÓN ANUAL DE PERSONAS MORALES 2014 Expositor: Fernando Robles Montiel 5 P U N T OS N . A . A .

TRATAMIENTO DE LAS PRESTACIONES PARA EFECTOS DEL IMSS-INFONAVIT Y LEYES CORRELATIVAS

PA R A C U MP LI MI EN T O D E LA N .A .A . D EL I M S S 2 01 5

Expositor: L.C. Juvenal O. Villaverde Crisantos

16 feb

19 ene

5 P U N T OS N . A . A .

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H. 16:00 a 21:00

25

H. 16:00 a 21:00

RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL Expositor: C.P.C. Luis Guillermo Delgado Pedroza

20 feb

5 P U N T OS N . A . A .

TALLER DE DECLARACIÓN ANUAL P.M. 2014 AUTOMATIZADO IN D I S P EN S A B LE LA P T OP

Expositor: L.C.C. Julio D. Reyes Rivero 5 P U N T OS N . A . A .

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3,600.00

2,672.00

4,000.00

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4,000.00

2,972.00

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900.00

668.00

1,000.00

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12 feb

5 P U N T OS N . A . A .

17,19,24 y 26

ASOCIADOS

23 feb

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DÍA

Para ofrecerle un mejor servicio recuerde que es obligatorio reservar el curso que desea tomar y realizar con anticipación el pago en cualquiera de las siguientes modalidades: *TARJETAS DE DÉBITO Y CRÉDITO VISA O MASTER CARD;* DEPÓSITO O TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA EN LAS SIGUIENTES CUENTAS BANAMEX, S.A. (ASOCIADOS: 870-562728 más referencia, CLABE para transferencias 002180087005627280/ NO ASOCIADOS: 236-6979886, CLABE para transferencias 002180023669798865). *CHEQUE: solo se aceptarán pagos con tres días hábiles de anticipación al inicio del curso. En caso de devolución del mismo se aplicará un cargo del 20% + IVA sobre el valor del cheque, con base en el artículo 193 de la “Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito”. ***En caso de depósito o transferencia, favor de enviar copia del comprobante a facturacion@amcpdf.org.mx y/o facturacion2@amcpdf.org.mx*** En cancelaciones con menos de 48 horas antes del evento, se aplicará una penalización del 25% sobre la cuota del mismo. La AMCP se reserva el derecho de no iniciar cualquiera de los grupos, modificar fechas y/o expositores por causas ajenas a su voluntad con el fin de asegurar la calidad y el objetivo del programa o en su caso de no reunir un mínimo de 10 personas.

CALENDARIO DE CURSOS DEL MES DE FEBRERO DE 2015



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