GESTIÓN DE LOS RESIDUOS SANITARIOS. PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE RIESGO BIOLÓGICO. NORMAS UNIVERSALES DE PROTECCIÓN
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SUMARIO 1. INTRODUCCIÓN 2. GESTIÓN DE LOS RESIDUOS SANITARIOS 2.1 Categorías de residuos 2.2 Gestión de los residuos sólidos urbanos
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2.3 Residuos sanitarios 2.4 Decreto 240/1994, de 22 de Noviembre, gestión de los residuos sanitarios 2.5 Operaciones de gestión intracentro 2.6 Operaciones de gestión extracentro
3. PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE RIESGO BIOLÓGICO 3.1 Normativa 3.2 Conceptos
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3.3 Vías de entrada de los agentes biológicos 3.4 Medidas para la reducción de riesgos
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3.5 Actuación en caso de accidente
4. NORMAS UNIVERSALES DE PROTECCIÓN
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4.1 Principios de las Precauciones Universales 4.2 Precauciones estándar
5. BIBLIOGRAFÍA
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INTRODUCCIÓN
El llevar a cabo una correcta gestión de los residuos, en este caso de tipo sanitarios, permiten disminuir el riesgo que estos pueden tener para la salud y el medio ambiente que nos rodea. El Gobierno Valenciano a través del Decreto 240/1994, de 22 Noviembre, por el que se aprueba el reglamento regulador de la gestión de los residuos sanitarios ayuda a garantizar la salud pública y la protección y defensa del medio ambiente. Para la Conselleria de Sanitat una de sus prioridades, en materia de Salud Pública, es la protección de la salud de los profesionales sanitarios en su labor profesional diaria. Por ello en el año 2005 se desarrolló un Programa de prevención de riesgo biológico en el ámbito sanitario. El objetivo es reducir al mínimo la incidencia de los contagios accidentales en los servicios sanitarios públicos de la Comunidad Valenciana y para ello introducen dispositivos de seguridad, así como programas formativos. Respecto a la prevención de accidentes de riesgo biológico en cuanto a normativa el RD 664/1997, de 12 Mayo, sobre protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo. La exposición a agentes biológicos afecta a una gran variedad de actividades y ocupaciones, siendo los trabajadores del sector sanitario uno de los colectivos más expuestos a este riesgo. Las enfermedades infecciosas a las que están expuestos los profesionales sanitarios hoy en día destacan Hepatitis B, Hepatitis C, SIDA, tétanos, tuberculosis, rubéola, etc 1 . La Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en el artículo 10, establece como competencias de la Administración Sanitaria, establecer pautas y protocolos de actuación para el desarrollo de las actividades sanitarias de los servicios de prevención.
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GESTIÓN DE LOS RESIDUOS SANITARIOS
Los residuos sanitarios son todos los residuos, cualquier que sea su estado, generados en centros sanitarios y veterinarios, incluidos los envases y residuos de envases, que los contengan o los hayan contenido. Los residuos se generan como consecuencia de la actividad desarrollada en los centros sanitarios de atención humana o veterinaria, de forma temporal o permanente 2 . La mayoría de las Comunidades Autónomas, en ejecución de sus competencias, han desarrollado normativa específica en materia de gestión de residuos sanitarios. En este caso, el Gobierno Valenciano ha creado el Decreto 240/1994, de 22 de Noviembre, por el que se aprueba el reglamento regulador de la gestión de los residuos sanitarios. Los tipos de residuos según su origen los podemos clasificar en 2 : • Residuos urbanos: los generados en los domicilios particulares, oficinas, comercios, así como todos los que no tengan la calificación de peligrosos. • Residuos peligrosos: aquellos que figuran en el listado aprobado por el RD 952/1997. Los que hayan sido aprobados como peligrosos por la normativa europea y los que pueda aprobar el gobierno. • Residuos radioactivos: material de desecho contaminado por sustancias radiactivas. • Residuos químicos: residuos contaminados con productos de naturaleza química. • Residuos sanitarios: son los generados en cualquier establecimiento con actividades de atención a la salud humana.
2.1 CATEGORÍAS DE RESIDUOS En el anexo 1 del Real Decreto 952/1997 aparece una tabla con las diferentes categorías de residuos: • • • • • • • • • • • • • • • •
Q1: Residuos de producción o de consumo no especificados en el anexo Q2: productos que no respondan a las normas Q3: productos caducados Q4: materias que se hayan vertido por accidente, que se hayan perdido o que hayan sufrido cualquier otro incidente Q5: materias contaminantes o ensuciadas por causas de actividades voluntarios Q6: elementos inutilizados (ejemplos: baterías fuera de uso, catalizadores gastados, etc) Q7: sustancias que hayan pasado a ser inutilizables Q8: residuos de procesos industriales Q9: residuos de procesos anticontaminación (ejemplos: polvo de filtros de aire, filtros gastados, etc) Q10: residuos de mecanización Q11: residuos de extracción y preparación de materias primas Q12: materia contaminada (ejemplo: aceita contaminado con PCB) Q13: materia, sustancia o producto cuya utilización esté prohibida por la ley Q14: productos que no son de utilidad Q15: materias, sustancias o productos contaminados procedentes de actividades de regeneración de suelos Q16: sustancia, materia o producto que no esté incluido en las categorías anteriores.
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2.2 GESTIÓN DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS
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La generación de residuos sólidos es un problema que afecta a todo tipo de poblaciones, adquiriendo especial importancia en los grandes núcleos urbanos. No hemos de olvidar que una gran parte de los residuos sólidos que se califican como basuras pueden significar recursos materiales y energéticos. La clasificación de los residuos sólidos puede tener en cuenta su origen y/o lugar de producción. La clasificación según su origen es la siguiente: • • • • •
Residuos sólidos urbanos Residuos sólidos industriales Residuos sólidos mineros Residuos sólidos agrícolas y forestales Residuos sólidos ganaderos
La gestión de los residuos sólidos urbanos comprende la recogida, almacenamiento, transporte, valorización y eliminación de los residuos. Las fases de gestión de los residuos son: • Prerrecogida: corresponde al almacenamiento doméstico que se lleva a cabo en recipientes de plástico o goma con bolsas desechables. • Recogida y transporte: comprenden el conjunto de operaciones de carga- transporte-descarga desde que los residuos se presentan hasta que se depositan en los puntos de tratamiento o plantas de transferencia. • Tratamiento: conjunto de operaciones encaminadas al aprovechamiento de los recursos contenidos en los residuos. Según la normativa, hay que dar prioridad a la prevención de residuos, reutilización, reciclaje y recuperación. Son procedimientos de eliminación el vertido controlado y la incineración. Son procedimientos de recuperación el compostaje, incineración, pirólisis, digestión anaerobia y la hidrogenación.
2.3 RESIDUOS SANITARIOS Los residuos sanitarios son todos los residuos, cualquier que sea su estado, generados en centros sanitarios y veterinarios, incluidos los envases y residuos de envases, que los contengan o los hayan contenido. Los residuos se generan como consecuencia de la actividad desarrollada en los centros sanitarios de atención humana o veterinaria, de forma temporal o permanente. Los residuos sanitarios se pueden clasificar en dos grandes apartados 3 : 1. Residuos sin riesgo específico, que incluye los siguientes grupos. a. Grupo I: residuos asimilables a urbanos. Son aquellos que no tienen que ver con la actividad sanitaria propiamente dicha. Por ejemplo: papel, vidrio, plástico, etc. b. Grupo II: residuos sanitarios no específico. Aquellos que se han generado como consecuencia de la actividad sanitaria, no presentan riesgo para la salud. Estos residuos están sujetos a requerimientos adicionales exclusivamente en el ámbito del centro sanitario. Incluyen material de curas, yesos, ropas y material de un solo uso. 2. Residuos de riesgo o específicos: incluyen los siguientes tres grupos: a. Grupo III: residuos sanitarios específicos o de biorriesgo. Son residuos con los que se han de llevar a cabo medidas de prevención en su manipulación, recogida, almacenamiento, transporte, tratamiento y disposición. En este grupo se incluyen: residuos sanitaros infecciosos, agujas y material punzante, vacunas vivas o atenuadas, sangre y hemoderivados. b. Grupo IV: residuos tipificados en normativas, citotóxicos. La gestión de estos residuos está sujeta a requerimientos especiales desde el punto de vista higiénico y ambiental. Se incluye: residuos químicos, citostáticos, medicamentos caducados, residuos radioactivos.
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Existen dos modelos de gestión externa de los residuos sanitarios: 1. Gestión clásica: se basa en el principio de que cualquier residuo que haya estado en contacto con un paciente, o que se haya contaminado con líquidos biológicos, es potencialmente infeccioso y por tanto debe eliminarse de forma distinta a los RSU. 2. Gestión avanzada: modelo que se aplica actualmente, trata de identificar aquellos residuos que presentan suficiente riesgo potencial de causar infección durante su manejo y eliminación. Los métodos de tratamiento de los residuos sanitarios especiales más utilizados son: incineración y autoclave.
2.4 DECRETO 240/1994, DE 22 DE NOVIEMBRE, GESTIÓN DE LOS RESIDUOS SANITARIOS
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En la Ley 42/1975, de 19 de Noviembre, sobre desechos y residuos sólidos urbanos, incluye en su ámbito de aplicación los residuos producidos como consecuencia de las actividades sanitarias en hospitales, centros de especialidades, centros de salud, etc. Se hace, pues, de todo punto conveniente dictar una normativa adicional que, siguiendo los criterios comunitarios establecidos en la Directiva 91/689/CEE, de protección de la salud humana y la del medio ambiente, procure una gestión integral de los residuos sanitarios generados o gestionados en la Comunidad Valenciana. La competencia de la Generalitat Valenciana para el desarrollo legislativo y la ejecución de la legislación estatal, así como para establecer normas adicionales de protección en materia de protección del medio ambiente, faculta para dictar una norma como la presente, Decreto 240/1994, de 22 de Noviembre. El objeto del Decreto es regular la gestión de los residuos generados por las actividades sanitarias, con el fin de garantizar la protección de la salud humana, la defensa del medio ambiente y la preservación de los recursos naturales. Gestión: conjunto de actividades destinadas a dar a los residuos sanitarios el destino final más adecuado, de acuerdo con sus características y en orden al cumplimiento de los objetivos del presente reglamento. Comprende las operaciones de manipulación, clasificación, recogida, almacenamiento, transporte, tratamiento y eliminación. Gestión intracentro: la realizada en el interior del centro sanitario que genera los residuos. Gestión extracentro: la realizada fuera del centro sanitario que genera los residuos.
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CLASIFICACIÓN RESIDUOS SANITARIOS GRUPO I
Asimilables a urbanos: material de oficinas, cartón, cafeterías, comedores, despachos, etc
GRUPO II
Residuos sanitarios no específicos: secreciones, material de curas, yesos, materiales de un solo uso contaminados con sangre.
GRUPO III
Residuos sanitarios infecciosos Residuos anatómicos Sangre y hemoderivados en forma líquida Agujas y material punzante y cortante Vacunas vivas y atenuadas Material contaminado procedente de hemodiálisis Cultivos y material contaminado de laboratorios de microbiología e inmunología Restos de animales en centros experimentales y de investigación
GRUPO IV
Residuos con metales, citostáticos, residuos de los laboratorios radiológicos, medicamentos caducados, etc. Tabla 1. Clasificación residuos sanitarios
El presente reglamento es de aplicación a los residuos sanitarios, entendiéndose por tales la totalidad de los residuos incluidos en los grupos II, III y, de entre los incluidos en el grupo IV, los residuos citostáticos. Dicho decreto no es de aplicación a los residuos radiactivos, grandes piezas anatómicas y cadáveres humanos y aguas residuales. El ámbito de aplicación del presente reglamento comprende todas las actividades de gestión de los residuos sanitarios generados en las actividades relacionadas con la atención de la salud humana, en todos los centros, servicios y establecimientos de protección de la salud, atención sanitaria y sociosanitaria, análisis, investigación y docencia, públicos o privados, de la Comunidad Valenciana, así como en los centros y servicios veterinarios asistenciales.
2.5 OPERACIONES DE GESTIÓN INTRACENTRO Recogida intracentro de los residuos sanitarios Se implantará un sistema de recogida selectiva y diferenciada de todos los tipos de residuos generados en el centro, atendiendo a la clasificación anteriormente expuesta, evitando las mezclas que supongan un aumento de su peligrosidad. Para los residuos de los grupos II y III se utilizarán bolsas o recipientes de un solo uso, cuyas características técnicas se adaptarán a los siguientes criterios: • • • • • • •
Estanquidad total Opacidad a la vista Resistencia a la rotura Asepsia total en su exterior Ausencia total en su exterior de elementos sólidos punzantes o cortantes Volumen no superior a 70 litros Cerramiento especial hermético de fácil apertura
Para los residuos citostáticos se utilizarán contenedores de un solo uso, de polietileno o poliestireno, de manera que permitan la incineración total, resistentes a químicos. Para los residuos cortantes y punzantes se utilizarán recipientes impermeables, estancos, rígidos y a prueba de corte.
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Transporte intracentro de los residuos sanitarios Los residuos sanitarios recogidos en las diferentes áreas o dependencias del centro se transportarán al almacén de residuos sanitarios del propio centro con una periodicidad máxima de doce horas. Los contenedores y sistemas de transporte utilizados para el traslado de los residuos al almacén no podrán ser utilizados para otro fin, y se desinfectarán después de cada operación.
Almacenamiento intracentro de los residuos sanitarios Los residuos se podrán almacenar dentro del centro que los ha generado, bajo un estricto control, un máximo de setenta y dos horas, prolongables a una semana si el almacén de residuos dispone de un sistema de refrigeración. El lugar de almacenamiento deberá estar bien ventilado e iluminado. El almacén deberá mantenerse cerrado, habrá de tener fácil acceso desde el exterior y deberá estar protegido de la intemperie, temperaturas elevadas, insectos y animales. El acceso estará solo permitido al personal autorizado.
2.6 OPERACIONES DE GESTIÓN EXTRACENTRO Gestión extracentro de los residuos sanitarios grupo II, grupo III y citostáticos Para la recogida, transporte, tratamiento, eliminación, y, en general, todas las operaciones de gestión extracentro de los residuos sanitarios del grupo II, III y de los residuos citostáticos, se estará a lo dispuesto en la Ley 20/1986, de 14 de Mayo, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos, y normativa complementaria, así como a lo establecido en la normativa vigente sobre el transporte de mercancías peligrosas por carretera que sea de aplicación.
Transporte extracentro de los residuos sanitarios Los vehículos de transporte de residuos sanitarios serán isotermos, de caja de carga cerrada, dotada de cierre de seguridad, impermeable al agua, estanca y de fácil desinfección. Tales vehículos no podrán ser empleados para el transporte de otra clase de residuos, y deberán ser homologados por la Conselleria de Medio Ambiente, previo informe de la Conselleria de Sanidad y Consumo. El transporte de los residuos sanitarios se realizará de forma separada para cada uno de los grupos anteriormente definidos.
Tratamiento y eliminación de los residuos sanitarios Tratamiento y eliminación residuos sanitarios Residuos sanitarios grupo III
Residuos grupo III cortantes y punzantes
Incineración
Esterilización en el mismo centro Neutralización química
Esterilización o desinfección, mediante vapor caliente a presión por técnica de autoclave
Residuos citostáticos
Incineración
Tabla 2. Métodos tratamiento y eliminación residuos. Gestión extracentro
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PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE RIESGO BIOLÓGICO
Para los profesionales sanitarios dedicados a las labores asistenciales el riesgo de exposición a sangre y otros fluidos corporales que puedan estar potencialmente contaminados por gérmenes patógenos sigue siendo el más frecuente y el mayor de los riesgos laborales evitables. En España, el Ministerio de Sanidad ha impulsado el desarrollo de políticas de prevención y fomento de la salud en un tema tan importante como es la bioseguridad para el profesional de la salud 5 . En la Comunidad Valenciana tras llevar a cabo una experiencia piloto se demostró que con la introducción de materiales de seguridad, unido a la formación, se obtenía una alta eficacia en la reducción de las inoculaciones accidentales. El número de accidentes se redujo en las unidades piloto un 78,7% respecto al mismo período del año anterior 1 . Aunque hay múltiples patógenos que pueden causar daño en el profesional sanitario por ser potencialmente transmisibles, siendo los más importantes el virus de la hepatitis B, hepatitis C y VIH. Éstos constituyen un grave problema de salud laboral por su elevada gravedad y los costes que conllevan. El riesgo biológico presenta una característica que lo diferencia de otros factores de riesgos laborales, la potencial transferencia del riesgo a toros trabajadores, familiares y a la comunidad, lo que incrementa aún más su interés para la Salud Pública. Según datos estadísticos, la mayor parte de los accidentes biológicos en profesionales sanitarios son debidos a cortes o pinchazos con instrumentos cortantes-punzantes. El 89% de las exposiciones accidentales son inoculaciones percutáneas, de las cuales el 87% son pinchazos. Las actividades en las que el profesional sanitario tiene mayor riesgo de accidente son 4 : • • • • •
Administración de medicación IM ó IV. Manipulación con sangre. Suturar. Agujas abandonadas. Reencapsular.
3.1 NORMATIVA Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, establece las obligaciones de la empresa para garantizar la salud y seguridad de los trabajadores en relación con los riesgos derivados del trabajo. RD 664/1997, de 12 de mayo, sobre protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo. Éste es el que mayor importancia tiene en el sector cuando se trata el tema de riesgo biológico en el lugar del trabajo. Decreto 26/2005, de 4 de febrero, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Sanidad, que atribuye a la Dirección General de Salud Pública las competencias sanitarias en salud laboral, estando entre ellas la de gestionar el sistema de información de riesgos biológicos en personal sanitario. Directiva 2010/32 UE del Consejo, que aplica el Acuerdo Marco para la prevención de las lesiones causadas por instrumentos cortantes y punzantes en el sector hospitalario y sanitario, que entró en vigor el 1 de junio del 2010. Primera vez que se especifica que se debe eliminar el uso innecesario de instrumental cortopunzante mediante la aplicación de cambios en la práctica. Orden ESS/1451/2013, de 29 de julio, por la que se establecen disposiciones para la prevención de lesiones causadas por instrumentos cortantes y punzantes en el sector sanitario y hospitalario, haciéndose presente en todos los centros en los que se realicen actividades sanitarias que impliquen el uso de este tipo de material.
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3.2 CONCEPTOS
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Accidente por riesgo biológico: contacto con sangre, tejidos u otros fluidos corporales potencialmente contaminados con agentes biológicos, a través de inoculación percutánea o contacto con una herida abierta, piel no intacta o mucosas, durante el desarrollo de actividades laborales. Agentes biológicos: microorganismos susceptibles de originar cualquier tipo de infección, alergia o toxicidad. En el RD 664/1997, de 12 de mayo los agentes biológicos se clasifican en función del riesgo de infección, en cuatro grupos 6 : • Agente biológico grupo 1: aquel que resulta poco probable que cause una enfermedad en el hombre. • Agente biológico grupo 2: aquel que puede causar una enfermedad en el hombre y puede suponer un peligro para los trabajadores, siendo poco probable que se propague a la colectividad. • Agente biológico grupo 3: aquel que puede causar una enfermedad grave en el hombre y presenta un serio peligro para los trabajadores, con riesgo de que se propague a la colectividad y existiendo profilaxis o tratamiento eficaz. • Agente biológico grupo 4: aquel que causando una enfermedad grave en el hombre supone un serio peligro para los trabajadores, con muchas probabilidades de que se propague a la colectividad y sin que exista profilaxis o tratamiento eficaz. Bioseguridad: medidas orientadas a disminuir el riesgo del trabajador de la salud de adquirir infecciones en el medio laboral. Grupo de riesgo de los agentes biológicos Agente biológico
Riesgo infeccioso
Riesgo propagación a la colectividad
Profilaxis o tratamiento eficaz
1
Poco probable cause enfermedad
No
Innecesario
2
Puede causar enfermedad
Poco probable
Posible generalmente
3
Puede provocar enfermedad grave
Probable
Posible generalmente
4
Provoca enfermedad grave
Elevado
No conocido en la actualidad
Tabla 3. Grupo de riesgo de los agentes biológicos
3.3 VÍAS DE ENTRADA DE LOS AGENTES BIOLÓGICOS
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• Vía dérmica (piel): a través de lesiones y/o roturas de la piel • Vía ocular (mucosas): a través de la conjuntiva • Vía parenteral (sangre, mucosas): consecuencia de inoculación por pinchazos, mordeduras, cortes, salpicaduras, etc. • Vía digestiva (fecal- oral): ingestión accidental, comer, etc. • Vía respiratoria: inhalación de aerosoles, aspiración de secreciones, estornudos, tos, etc.
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Ilustración 1. Vías de entrada agentes biológicos
3.4 MEDIDAS PARA LA REDUCCIÓN DE RIESGOS
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Cuando no sea posible la sustitución del agente biológico ni la sustitución o modificación del proceso utilizado, la exposición al agente debe ser reducida al mínimo para garantizar la seguridad de los trabajadores. Las medidas se agrupan en tres líneas: 1. Técnicas de trabajo: seguimiento estricto de unas buenas prácticas de trabajo apropiadas, para la manipulación segura de agentes biológicos. 2. Medidas de protección colectiva y de protección individual. 3. Diseño y construcción de la instalación. Además de proteger a los trabajadores, tienen como principal objetivo evitar la liberación o escape fuera de la zona de trabajo de los agentes biológicos manipulados. También se han de implantar materiales o dispositivos de bioseguridad, que son aquellos equipos o instrumentos que eliminan o disminuyen el riesgo de sufrir una exposición percutánea y mucocutánea. Deben ser incluidos al definir los procedimientos, técnicas o protocolos de actuación. Los materiales de seguridad se pueden agrupar en cuatro grandes grupos 5 : • • • •
Contenedor para elementos cortopunzantes. Dispositivos que evitan el uso de agujas. Dispositivos que minimizan o evitan el riesgo en el procedimiento de separación de la aguja. Dispositivos invasivos con mecanismos integrados de recubrimiento de la parte cortopunzante después de su uso.
Ilustración 2. Dispositivos bioseguridad
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3.5 ACTUACIÓN EN CASO DE ACCIDENTE Accidentes percutáneos • • • • •
Retirar el objeto con el que se ha producido el accidente Limpiar la herida con agua, sin restregar, dejando fluir la sangre durante 2-3 minutos Desinfectar la herida Cubrir la herida con un apósito Todos los accidentes deberán ser comunicados al responsable en la mayor brevedad de tiempo posible para registrarlo y comunicarlo al Servicio de Medicina Preventiva para que aplique las medidas profilácticas post- exposición adecuadas.
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NORMAS UNIVERSALES DE PROTECCIÓN 5
En 1981 McCormick y Maki describieron por primera vez las características de las lesiones por pinchazos entre el personal de salud y recomendaron una serie de estrategias de prevención. En los años 90 se establecen un único conjunto de precauciones que deben utilizarse para el cuidado de todos los pacientes, éstas son las Precauciones Estándar. Éstas son una síntesis de las principales recomendaciones contenidas en las Precauciones Universales. Las precauciones universales fueron implantadas en el año 1985 debido a la epidemia de VIH.
4.1 PRINCIPIOS DE LAS PRECAUCIONES UNIVERSALES • Son la estrategia fundamental para la prevención del riesgo laboral para todos los microorganismos vehiculizados por la sangre. • Sangre y otros fluidos corporales deben considerarse potencialmente infecciosos. • No existen pacientes de riesgo sino maniobras o procedimientos que conllevan riesgo. • Entre las precauciones universales encontramos: vacunación (inmunización activa), normas de higiene personal, elementos de protección de barrera, cuidado con los objetos cortantes y punzantes, esterilización y desinfección correcta de instrumentales y superficies.
4.2 PRECAUCIONES ESTÁNDAR Las precauciones estándar establecen que la sangre y cualquier fluido biológico, así como cualquier material que pueda transmitir infección, debe considerarse infeccioso. Dichas precauciones están diseñadas para reducir el riesgo de transmisión de microorganismos independientemente de que se conozca o no su origen. Las precauciones estándar incluyen: • • • • • • • • • •
Realizar higiene de manos. Uso de guantes. Uso de máscaras, protección ocular y facial. Uso de batas. Equipo de atención al paciente. Control medioambiental. Sábanas y ropa blanca. Eliminación de residuos. Salud laboral y patógenos transmitidos por la sangre. Ubicación de los pacientes.
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14 Normas de protección
PRECAUCIONES UNIVERSALES
PRECAUCIONES ESTÁNDAR
Inmunización activa Higiene personal Elementos de protección barrera Manejo objetos cortantes y punzantes Esterilización y desinfección
Higiene de manos Uso guantes Uso mascarilla, protección ocular y facial Uso batas Equipo de atención al paciente Control medioambiental Sábanas y ropa blanca Eliminación de residuos Salud Laboral Ubicación de los pacientes
Tabla 4.Normas universales y estándar de protección
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BIBLIOGRAFÍA 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.
Casanova S, S. E. (2007). Prevención de riesgo biológico en profesionales sanitarios de la Comunitat Valenciana. España: Generalitat. Conselleria de Sanitat. Gil, P. (2008). Medicina Preventiva y Salud Pública. Barcelona: Elsevier. Martí Sole M, A. E. (1995). NTP 372: Tratamiento de residuos sanitarios. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Mutualia. (s.f.). Manual para la prevención del riesgo biológico de accidente biológico. Mutualia. Sanidad, M. d. (2015). Guía de bioseguridad para los profesionales sanitarios. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. Trabajo, I. N. (2014). Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos. Madrid: INSHT. Valenciano, G. (22 de Noviembre de 1994). Decreto 240/1994, de 22 de noviembre. Reglamento regulador de la gestión de los residuos sanitarios. Valencia.
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