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GACETA OFICIAL PARLAMENTO ANDINO XXXVIII PERIODO ORDINARIO DE SESIONES SESIONES REGLAMENTARIAS DE ABRIL 2011

INSTRUMENTOS DE PRONUNCIAMIENTO APROBADOS

RESOLUCIONES RESOLUCIÓN 11 ―POR MEDIO DE LA CUAL SE ELIGE LA FIRMA DE AUDITORÍA EXTERNA 2011-2012‖…………………………………………………2 RESOLUCIÓN No. 12 ―RATIFICACIÓN DE LAS RESOLUCIONES Y DECISIONES ADOPTADAS POR LA PLENARIA Y MESA DIRECTIVA SOBRE EL PROCEDIMIENTO PARA LAS COMUNICACIONES INSTITUCIONALES‖ RESOLUCIÓN No. 13 ―POR MEDIO DE LA CUAL SE APRUEBA LA REFORMULACIÓN PRESUPUESTAL VIGENCIA 2011‖………………………...3

DECISIONES DECISION No. 1277 ―POR MEDIO DE LA CUAL SE APRUEBA LA EJECUCIÓN PRESUPUESTAL DE LA OFICINA CENTRAL DEL PARLAMENTO ANDINO DEL AÑO 2010‖………………………………………….4 DECISION No. 1278 ―APROBACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS Y EL BALANCE GENERAL DE LA VIGENCIA 2010 AUDITADOS POR LA FIRMA AUDITORA DLM INTERNATIONAL S.A.‖………………………………………….5 DECLARACIÓN DECLARACIÓN DEL PARLAMENTO ANDINO 26 DE ABRIL DE 2011……………………………………………………………………………………..7 PROYECTO DE RECOMENDACIÓN No. 001-2011 ―PROYECTO DE RECOMENDACIÓN DE FOMENTO A LA CULTURA DEL EMPRENDIMIENTO, LA INNOVACIÓN, EL LIDERAZGO Y LA TECNOLOGÍA‖………………………………………………………………………...9


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RESOLUCIÓN No. 11 POR MEDIO DE LA CUAL SE ELIGE LA FIRMA DE LA AUDITORÍA EXTERNA 2011-2012 La Mesa Directiva del Parlamento Andino, reunida reglamentariamente en la ciudad de Bogotá Republica

de Colombia, el veintiséis (26) de abril de 2011, en el marco de su XXXVIII Periodo Ordinario

CONSIDERANDO Que, según lo dispuesto en el literal a) del artículo 43 del Reglamento General, la Mesa Directiva del Parlamento Andino tiene como una función principal orientar, coordinar, dirigir, ejecutar y supervisar las actividades y tareas de los diferentes dignatarios del Parlamento Andino, con el fin de lograr una mejor organización interna para una eficiente labor deliberativa y administrativa; Que, de conformidad con el literal a) del Artículo 28 del Reglamento General del Parlamento Andino, es función del Secretario General organizar y asumir bajo su responsabilidad, la gerencia administrativa y técnica especializada de la Oficina Central, sujeta a la supervisión de la Mesa Directiva; Que, el Parlamento Andino con la finalidad de contar con claridad en sus cuentas contables, ha decidido contar con una auditoría externa que audite los estados financieros y el balance general del Parlamento

Andino, de conformidad a los principios generalmente aceptados y con las normas internacionales de contabilidad; Que, por parte de la Secretaria General se puso en conocimiento de la Mesa Directiva en aras de cumplir con las finalidades de la contratación, un cuadro comparativo de las diferentes ofertas, especificaciones y cotizaciones de las Siguientes empresas ( C & M Consultores S.A., Crowe Horwath S.A., BDO Audit S.A., DLM Internacional); para llevar a cabo la selección de una nueva firma de auditoría externa para la vigencia 2011-2012, la cual revise los procesos adelantados al interior de la institución para propender por su claridad, exactitud y transparencia en el manejo de los recursos recibidos; Por los considerandos antes expuestos, la Mesa Directiva en uso de sus atribuciones reglamentarias;

RESUELVE ARTÍCULO ÚNICO: Seleccionar a la Firma BDO Audit S.A. quien proveerá los servicios profesionales de auditoría externa del Parlamento

Andino para la vigencia 2011-2012, por un valor anual de DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTIÚN MIL DÓLARES AMERICANOS


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(U$18.421). Notifíquese y publíquese. Dado y firmado en la ciudad de Bogotá República de Colombia a los veintiséis (26) días del mes de abril de 2011.

P.A. WILBERT BENDEZÚ CARPIO Presidente

DR. RUBÉN VÉLEZ NÚÑEZ Secretario General

RESOLUCION No. 12 POR MEDIO DE LA CUAL SE RATIFICAN LAS RESOLUCIONES Y DECISIONES ADOPTADAS POR LA PLENARIA Y MESA DIRECTIVA SOBRE EL PROCEDIMIENTO PARA LAS COMUNICACIONES INSTITUCIONALES

La Mesa Directiva del Parlamento Andino, reunida reglamentariamente en la ciudad de Bogotá República de Colombia, a los veintiséis (26)

días del mes de abril de 2011, en el marco de su XXXVIII Periodo Ordinario de Sesiones

CONSIDERANDO Que, en virtud del literal C del Artículo 27 del Reglamento General del Parlamento Andino, el Secretario General debe realizar el despacho de las comunicaciones recibidas y decretar su curso correspondiente para conocimiento del Presidente y Vicepresidentes o Comisiones según el caso; Que, la Mesa Directiva, así como la Plenaria de la Institución han resuelto en varias oportunidades regular de manera estricta el procedimiento las comunicaciones entre los Parlamentarios y el Secretario General; Que, con el fin de lograr una mejor

articulación de las actividades institucionales, y una adecuada implementación de las políticas, objetivos y estrategias para el fortalecimiento institucional, los Planes de Acción de las Comisiones del Parlamento Andino deberán ser sometidos a conocimiento y coordinación de la Mesa Directiva, de conformidad a lo establecido en el Reglamento General literales a), b), e), p) y q) del Artículo 43; Por lo antes expuesto, en uso de sus atribuciones y conforme a lo prescrito en el Reglamento General del Parlamento Andino, la Mesa Directiva.


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RESUELVE ARTICULO PRIMERO.- Ratificar las Resoluciones de la Mesa Directiva y Decisiones de la Plenaria que han regulado el procedimiento respecto a las comunicaciones o peticiones de carácter oficial entre los miembros del Parlamento Andino y la Secretaria General, las mismas que deben realizarse mediante notas escritas, en relación al tema en cuestión y con firma del Parlamentario o Secretario General según el caso. ARTICULO SEGUNDO.Para mantener el orden institucional no

se dará tramite a solicitudes hechas por funcionarios, si no lleva la firma del Parlamentario correspondiente; todo con el fin de evitar malos entendidos y buscar una comunicación más fluida que beneficie el trabajo Parlamentario. ARTÍCULO TERCERO.Las comunicaciones suscritas por Parlamentarios Andinos dirigidas a autoridades y dignidades fuera del Parlamento deberán ser conocidas y notificadas a la Secretaria General para conocimiento de la Presidencia o Vicepresidencias.

Notifíquese y publíquese

Dado en la ciudad de Bogotá, República de Colombia a los veintiséis (26) días del mes de abril de 2011.

P.A WILBERT BENDEZÚ CARPIO Presidente

Dr. RÚBEN VÉLEZ NÚÑEZ Secretario General

RESOLUCION No. 13 POR MEDIO DE LA CUAL SE APRUEBA LA REFORMULACIÓN PRESUPUESTAL VIGENCIA 2011 La Mesa Directiva del Parlamento Andino, reunida reglamentariamente en la ciudad de Bogotá República de Colombia, a los veintiséis (26)

días del mes de abril de 2011, en el marco de su XXXVIII Periodo Ordinario de Sesiones

CONSIDERANDO Que, mediante Resolución No. 46 del 14 de diciembre de 2011, la Mesa Directiva del Parlamento Andino aprobó en primera instancia

el proyecto de Presupuesto General para la vigencia 2011, de conformidad a lo dispuesto en el


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literal h) del artículo Reglamento General;

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del

Que, por parte de la Secretaria General se presentó el día 26 de abril de 2011 a la Mesa Directiva en sesión reglamentaria del citado mes; el documento de reformulación presupuestal que modifica el documento aprobado en primera instancia el 14 de diciembre del año

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anterior, el mismo que fue consultado y consensuado con los miembros de Mesa y otros parlamentarios Andinos; Por lo antes expuesto, en uso de sus atribuciones y conforme a lo prescrito en el Reglamento General del Parlamento Andino, la Mesa Directiva.

RESUELVE ARTICULO PRIMERO.- Aprobar el documento de reformulación presupuestal presentado por la Secretaria General, el mismo que modifica la Resolución No. 46 de 2011.

Presupuestal a la Plenaria del Parlamento Andino para su conocimiento, debate y aprobación conforme a disposiciones reglamentarias en la Sesión del día 26 de abril de 2011 en horas de la tarde.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Remitir dicho proyecto de reformulación

Notifíquese y publíquese Dado en la ciudad de Bogotá, República de Colombia a los veintiséis (26) días del mes de abril de 2011.

P.A WILBERT BENDEZÚ CARPIO Presidente

Dr. RÚBEN VÉLEZ NÚÑEZ Secretario General

DECISIÓN No. 1277 POR MEDIO DE LA CUAL SE APRUEBA LA EJECUCIÓN PRESUPUESTAL DE LA OFICINA CENTRAL DEL PARLAMENTO ANDINO DEL AÑO 2010 La Plenaria del Parlamento Andino reunida en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, a los

veintiséis (26) días del mes de abril de 2011,

CONSIDERANDO Que,

de

conformidad

a

los

dispuesto en el literal g) del Artículo


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28 del Reglamento General, el Secretario General del Parlamento Andino, deberá preparar y presentar, el proyecto de presupuesto anual, así como los estados financieros y la ejecución presupuestal de la Oficina Central del Parlamento Andino para ser puesto en conocimiento de la Mesa Directiva; Que, el literal g) del Artículo 43 del Reglamento General establece que la Mesa Directiva aprobará en primera instancia el proyecto de presupuesto anual comunitario, así como los estados financieros y la ejecución presupuestal de la Oficina Central del Parlamento Andino presentados por la Secretaria General; Que, mediante la Decisión 1257 del 27 de mayo de 2010, la Plenaria del Parlamento Andino aprobó el Presupuesto General de la Oficina Central para la vigencia 2010;

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2010 se ha ejecutado el 100% del presupuesto general de la Oficina Central – 2010 aprobado por la Plenaria; Que, la Mesa Directiva reunida de manera Extraordinaria reunida el día 29 de enero del 2011, conoció el informe presentado por la Secretaria General sobre el informe de ejecución presupuestal 2010 de la Oficina Central del Parlamento Andino; Que, en el marco de las Sesiones Reglamentarias del mes de marzo del 2011, la Secretaria General entrego a los Parlamentarios Andinos los documentos respectivos sobre el informe de ejecución Presupuestal de la Vigencia 2010; Por los considerandos antes expuestos, en uso de sus atribuciones reglamentarias y de conformidad a los establecido en el Reglamento General la Plenaria del Parlamento Andino,

Que, al 31 de diciembre del año

DECIDE ARTÍCULO ÚNICO: Aprobar la Ejecución Presupuestal de la Oficina Central del Parlamento Andino correspondiente al año 2010, presentado y sustentado por

la Secretaria General a la Mesa Directiva, y entregado a los Parlamentarios Andinos en las Sesiones Reglamentarias del mes de Marzo de 2011.

Notifíquese y publíquese. Dado y firmado en la ciudad de Bogotá, República de Colombia a los veintiséis (26) días del mes de enero de 2011.

P.A. WILBERT BENDEZÚ CARPIO Presidente

DR. RUBÉN VÉLEZ NÚÑEZ Secretario General


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DECISIÓN 1278 APROBACIÓN DE LOS ESTADOS FINACIEROS Y EL BALANCE GENERAL DE LA VIGENCIA 2010 AUDITADOS POR LA FIRMA AUDITORA DLM INTERNACIONAL S.A. La Plenaria del Parlamento Andino, reunida el veintiséis (26) de abril de 2011, en la ciudad de Bogotá

república de Colombia, en el marco de su XXXVIII Periodo Ordinario de Sesiones;

CONSIDERANDO Que, el artículo 31 del reglamento general establece, que la plenaria es el Órgano supremo de conducción y toma de decisiones del Parlamento Andino; Qué, de conformidad con el literal g) del Artículo 28 del Reglamento General del Parlamento Andino, es función del Secretario General preparar y presentar, con el apoyo del área Administrativa y Financiera de la Oficina Central, los Estados Financieros y la Ejecución Presupuestal para ser puesto en conocimiento de la Mesa Directiva; Que, la Secretaria General del Parlamento Andino presentó la documentación correspondiente al

dictamen de los auditores independientes DLM International S.A, a los Estados Financieros y Balance General de la vigencia 2010; a la Mesa Directiva reunida en el marco de su reunión extraordinaria del 17 de marzo del año en curso en la ciudad de Lima, Perú; de igual forma, dicha documentación se puso en conocimiento de los Parlamentarios Andinos en el marco de las Sesiones del mes de Marzo del XXXVIII Periodo Ordinario; En uso de sus atribuciones reglamentarias y de conformidad a lo establecido en el Reglamento General la Plenaria del Parlamento Andino,

DECIDE ARTÍCULO ÚNICO: Aprobar los Estados Financieros y Balance General del Parlamento Andino al 31 de diciembre de 2010, auditados por la Firma DLM International como

firma auditora independiente; documentos presentados y entregados por la Secretaria General del Parlamento Andino a la Plenaria del Parlamento Andino.

Dada y firmada en la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia a los veintiséis (26) días del mes de abril de 2011. Notifíquese y publíquese.

P.A. WILBERT BENDEZÚ CARPIO Presidente

DR. RUBÉN VÉLEZ NÚÑEZ Secretario General


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DECLARACIÓN La Plenaria del Parlamento Andino reunida en la ciudad de Bogotá República de Colombia durante los

días 25, 26 y 27 de abril de 2011;en el marco de su XXXVIII Periodo Ordinario de Sesiones,

CONSIDERANDO Que, en el Artículo 42 del Acuerdo de Cartagena se establece que el Parlamento Andino es el órgano deliberante del Sistema Andino de Integración, de naturaleza comunitaria y representa a los pueblos de la Comunidad Andina; Que, de conformidad al numeral g) del Artículo 43 del Acuerdo de Cartagena, se establece que el Parlamento Andino debe promover relaciones de cooperación y coordinación con los Parlamentos de los Países Miembros, los órganos e instituciones del Sistema, así como con los Órganos Parlamentarios de integración o cooperación de terceros países; Que, el Acuerdo de Cartagena establece la obligación de promover el desarrollo equilibrado y armónico de los Países Miembros, en condiciones de equidad, mediante la integración y la cooperación económica y social; Que, el Artículo 59 del Reglamento General del Parlamento Andino establece dentro de las competencias de la Comisión Tercera conocer sobre temas de desarrollo agrario y desastres naturales, entre otros; Que, en la Agenda Estratégica Andina aprobada en febrero de 2010, se establece promover proyectos de medición del impacto

de situaciones que afectan el ambiente de los países andinos, basado en estándares internacionales y fortalecer la gestión de prevención y atención de desastres en la Comunidad Andina mediante el Comité Andino de Prevención y Atención de Desastres (CAPRADE) y buscar recursos adicionales de cooperación internacional; Que, el Comité Andino para la Prevención y Atención de Desastres (CAPRADE) fue creado mediante la Decisión 529 del año 2002, con el objeto y competencia de contribuir a la reducción del riesgo y del impacto de los desastres naturales y antrópicos que puedan producirse en el territorio de la subregión andina, a través de la coordinación y promoción de políticas, estrategias y planes, y la promoción de actividades en la prevención, mitigación, preparación, atención de desastres, rehabilitación y reconstrucción, así como mediante la cooperación y asistencia mutuas y el intercambio de experiencias en la materia; Que, en el territorio colombiano, 1.018 municipios en 28 de los 32 departamentos han sido afectados por la actual ola invernal, dejando un saldo de 3.043.412 de damnificados, durante el último año, que equivalen a 714.000 familias;


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En uso de sus atribuciones y conforme a lo prescrito en el

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Reglamento General, la Plenaria del Parlamento Andino:

DECLARA ARTÍCULO PRIMERO: El Parlamento Andino expresa su solidaridad al Presidente de la República de Colombia, Dr. Juan Manuel Santos Calderón, y al pueblo colombiano por la trágica situación que afronta el territorio nacional a causa de la actual ola invernal. ARTÍCULO SEGUNDO: Hacer un llamado al Comité Andino de Prevención y Atención de Desastres (CAPRADE) para que genere de manera inmediata las directrices para contrarrestar los problemas suscitados por las inundaciones en el territorio colombiano y en especial contribuyan a satisfacer las necesidades de los damnificados. ARTÍCULO TERCERO: Solicitar al

CAPRADE, que en coordinación con el Ministerio del Interior y de Justicia a través del Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres de Colombia, se promueva de manera inmediata un plan de contingencia para que con la participación de los órganos e instituciones del SAI y demás países andinos se emprendan programas y proyectos en pro de mejorar las condiciones de los damnificados. ARTÍCULO CUARTO: Hacer un llamado a la Corporación Andina de Fomento, para que priorice y facilite el financiamiento de proyectos a realizarse en las zonas afectadas por las inundaciones en la República de Colombia.

Notifíquese y publíquese,

Dada en la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, a los veintiséis (26) días del mes de abril de 2011.

P.A. WILBERT BENDEZÚ CARPIO Presidente

DR. RUBÉN VÉLEZ NÚÑEZ Secretario General

PROYECTOS DE INSTRUMENTOS DE PRONUNCIAMIENTO PROYECTO DE RECOMENDACIÓN No. 001-2011 “PROYECTO DE RECOMENDACIÓN DE FOMENTO A LA CULTURA DEL EMPRENDIMIENTO, LA INNOVACIÓN, EL LIDERAZGO Y LA TECNOLOGÍA” AUTOR: PARLAMENTARIA ANDINA LUISA DEL RÍO


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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Justificación del Proyecto: En los países miembros de la Comunidad Andina, actualmente existe una problemática de desempleo y exclusión, que día a día se está evidenciando más y más. El índice de desempleo en Colombia para el año 2010 según el DANE fue del 11.8%, en el Ecuador según el Banco Central del Ecuador en los últimos años está en el 9.10%; en Perú según el INDEX tiene una tasa del 6.7% y en Bolivia alcanzó para el año 2010 el 7.8% SEGÚN REPORTÓ EL Instituto Nacional de Estadística (INE). Es así como, frente a la problemática de desempleo y menor porcentaje de población pensionada, se presenta el fenómeno del emprendimiento como una alternativa de desarrollo social que pretende renovar y reestructurar la educación en los países andinos para así formar autoempleo. El fenómeno emprendimiento puede definirse, dentro de las múltiples acepciones que existen del mismo, como el desarrollo de un proyecto que persigue un determinado fin económico, político o social entre otros, y que posee ciertas características, principalmente que tiene una cuota de incertidumbre y de innovación. Así mismo, en aras de formular e implementar lineamientos, programas y proyectos para fortalecer las capacidades de gestión y aprovechamiento para cada uno de los países miembros

de la subregión andina en materia de desarrollo, y crear un vínculo en el sistema educativo y sistema productivo nacional mediante la formación de competencias básicas como son competencias laborales competencias ciudadanas y competencias empresariales a través de una cátedra transversal de emprendimiento. Y con base en los lineamientos y demás preceptos contenidos en el Acuerdo de Integración Subregional Andino (Acuerdo de Cartagena), es importante propender el desarrollo productivo de las micro y pequeñas empresas innovadoras generando competencias en igualdad de oportunidades, expandiendo la base productiva y su capacidad emprendedora para así liberar las potenciales creativas de generar trabajo de mejor calidad. En este sentido, los países miembros de la subregión andina deben contemplar en sus legislaciones y planes estratégicos en cuanto a intervención del territorio y desarrollo de actividades productivas, especialmente en materia de transformación de empresas, creación de empresas competentes articuladas con las cadenas y clusters productivos (entendidos estos como el conjunto de empresas, agentes u organizaciones que inciden en la elaboración de un producto o en la presentación de un servicio y que están geográficamente próximas) reales relevantes para la región y con un alto nivel de planeación y visión a largo plazo.


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Porque es necesario fomentar el emprendimiento? • Porque el 60% de la población de América Latina es menor de 30 años y está enfrentando grandes cambios sociales, económicos, tecnológicos y políticos que han afectado para siempre el mercado laboral a nivel mundial. Vivimos en una nueva economía. • Porque genera innovación y talento. Si hay más empresas, estas compiten por atender bien a sus clientes y en ese proceso se ven obligados a innovar. • Porque genera empleos. Si hay más empresas, hay más puestos de trabajo. En los últimos 10 años las grandes corporaciones han reducido su dotación de trabajadores mientras que los nuevos negocios han creado empleo. • Porque hay una problemática llamada desempleo y exclusión; cuyo remedio es la oportunidad del emprendimiento.

Objetivo General.

Este pronunciamiento busca recomendar a cada uno de los países de la subregión que en el sistema educativo formal y no formal se establezca:

1. La formación en valores que caracterizan la figura del emprendedor. 2. El fomento de una mayor conciencia empresarial en la sociedad y en los programas de enseñanza.

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Esto mediante la creación de un conjunto de principios normativos que sienten las bases para una política de Estado y un marco jurídico e institucional, que promuevan el emprendimiento y la creación de empresas; para establecer así mecanismos para el desarrollo de la cultura empresarial y el emprendimiento a través del fortalecimiento de un sistema público y la creación de una red de instrumentos de fomento productivo.

Objetivos Específicos. Estandarizar la formación integral en aspectos y valores como desarrollo del ser humano y su comunidad: autoestima, autonomía, sentido de pertenencia a la comunidad andina, trabajo en equipo, solidaridad, asociatividad y desarrollo del gusto por la innovación, estímulo a la investigación y aprendizaje permanente.

Ser un elemento integrador y coordinador de los diferentes sujetos involucrados en los procesos de creación de empresas en los países miembros de la comunidad Andina, tanto desde el punto de vista de cambio de mentalidad y de la difusión de una cultura emprendedora, como desde la perspectiva de apoyo específico a los nuevos emprendedores.

Crear la red internacional de la comunidad andina para el emprendimiento que estarán integradas por entidades de los Estados miembros, las instituciones de educación superior de los países miembros, gremios de empresarios


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y Asociaciones de empresarios de los miembros entre otros.

Jóvenes países

Difusión de la cultura para el emprendimiento en la televisión pública de los estados miembros de la CAN.

Antecedentes Normativos:

Históricos

y

A nivel del Estado colombiano, se cuenta con los siguientes Antecedentes: • En 1930 se dieron los primeros ejemplos de emprendimiento en Colombia: Los inmigrantes. • En 1948 se dio la creación del SENA, el emprendimiento y la formación. • 1982. Primeros centros de Desarrollo Empresarial. • 2004. Ley 905 de Mipymes. • 2006. Ley de emprendimiento 1014. • El último estudio llamado ‗The Global Technology Report‘, señala que Colombia hace parte del grupo de naciones que mejoraron el uso de las TIC. Es quinto en la región en el ranking y ocupa el puesto 58 entre 138 países. • Por encima de Colombia están Chile (39), Uruguay (45), Costa Rica (46) y Brasil (56). • Uruguay ascendió 20 puestos en 2 años y Costa Rica tiene un alto grado de preparación entre los ciudadanos más interesados en las TIC (Costa Rica es el séptimo país en el mundo en preparación individual para usar las TIC). • A nivel regional América Latina está rezagada: Perú (89),

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Honduras (103), Ecuador (108), Venezuela (119), Paraguay (127), Nicaragua (128) y Bolivia (135). Según el informe, en estos países se abusa de las regulaciones y hay baja prioridad a la tecnología. • Los establecimientos de educación formal se observa que únicamente el 27,7% tiene computador y del total de computadores, el 12,8% está en desuso.

Relación con la Integración: La subregión andina a pesar de tener una división políticoadministrativa distinta, está soportada sobre una población que está en continuo movimiento y crecimiento. Se otorgaron 18 becas por la integración resultado del concurso impulsado por el Consejo de Universidades Andinas (CONSUAN). Con estas becas se ha promovido la movilidad de estudiantes universitarios de la subregión. Adicionalmente se apoyo la participación de 22 estudiantes del postgrado en integración de la Universidad Andina Simón Bolívar y, con el apoyo de la fundación del Instituto Caldense para el liderazgo, se formaron 150 maestros a nivel regional en temas vinculados a la integración, creándose una red de maestros. En el 2010 la Universidad Andina Simón Bolívar sede en el Ecuador, Obtuvo el certificado que acredita como Universidad de excelencia y calidad esta certificación fue emitida por la Comisión Andina de Evaluación y acreditación. Trabajos desarrollados en la CAN:


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RED DE ESCOLARES ANDINOS CENIT El CENIT1 es un encuentro de líderes escolares orientado al intercambio de ideas, convirtiéndose así en un foro de debates sobre temas de actualidad, creado por el Colegio Santa Margarita de Perú y realizado por sus representantes estudiantiles denominados ―Prefects‖. La preparación de los temas, la promoción, gestión, organización y dirección son tareas realizadas por los propios estudiantes, quienes al final de este encuentro elaboran las conclusiones como producto de los debates, discusiones y reflexiones en base al tema central previamente planteado. El CENIT en el 2003 se convirtió en un Encuentro Escolar Internacional en el que participaron profesores y estudiantes de varios colegios de los países andinos. En esa oportunidad, los participantes acordaron realizar este encuentro internacional escolar cada año bajo el nombre de CENIT Internacional. Así pues, en el marco del Proyecto SOCICAN en el 2010, esta iniciativa se convierte en una Red propiamente dicha. La iniciativa es llevada a cabo por los estudiantes y profesores de los colegios involucrados con el apoyo y/o el auspicio de los ministerios de Educación y la Secretaría General de la CAN. Participantes: Pueden participar los distintos colegios de los países miembros de la Unión de Naciones Suramericanas: Bolivia, Colombia, Ecuador, Venezuela, Chile, 1

CENIT: http://www.santamargarita.edu.pe/publico/c enit/index.htm

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Argentina, Paraguay, Uruguay y Perú. Podrán asistir entre ocho y diez colegios por país, debidamente representados por delegaciones integradas por seis alumnos y dos docentes. Ponencias: Cada colegio participante - conformado por docentes y alumnospodrá presentar ponencias vinculadas al tema central del CENIT. No obstante, cada colegio asistente podrá presentar sus experiencias o proyectos con relación a iniciativas sobre liderazgo escolar. Certificación: Al final del CENIT internacional se entregará a cada asistente un diploma de participación, suscrito por el Secretario General de la Comunidad Andina y por el Director del Colegio Santa Margarita. El esquema de realización del CENIT Internacional contempla el siguiente plan de trabajo: Conferencias principales: A cargo de los alumnos organizadores del CENIT Internacional. Los temas guardan relación con los aspectos de liderazgo, ética, acción humana, participación, proyectos y desafíos escolares, entre otros. A estas conferencias asisten también los profesores participantes. Conferencias de los colegios: Previamente al inicio del CENIT, los colegios participantes preparan sus conferencias para exponerlas ante el pleno. De esta forma se enriquece el diálogo y la exposición de ideas. Conferencias de la Comunidad Andina: La Comunidad Andina toma parte


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del CENIT Internacional desarrollando temas institucionales que promueven la integración. Participan destacados funcionarios. Charlas y trabajos en grupo: Formados por grupos, alumnos y profesores, por separado, realizan diversos trabajos grupales, donde luego de una charla dirigida se produce un debate y elabora conclusiones que son luego presentadas al pleno a través de los representantes de cada colegio de la Red CENIT.

Actividades culturales y deportivas: Con la finalidad de crear un clima de integración y de promover la cultura y el deporte entre alumnos y profesores, los países participantes preparan números artísticos y comparten momentos de sano esparcimiento. Asimismo, tienen espacios de tiempo para realizar visitas turísticas.

CONSEJO UNIVERSITARIO ANDINO: El CONSUAN2 se establece en Cartagena de Indias Colombia (5 de junio de 2008) como un Organismo no gubernamental, sin fines de lucro, dedicado a favorecer y profundizar la integración y la colaboración interuniversitaria en aspectos académicos, investigativos, de gestión y servicio social universitario. Esta constituido por las Asociaciones, Consejos o Asambleas Nacionales representativos de las Universidades de los Países Andinos. En representación de Colombia se encuentra la 2

Consejo Universitario http://consuan.org/

Andino:

Asociación Colombiana Universidades ASCUN.

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de

PROYECTO EDUCIMAC “CALIDAD Y EQUIDAD EN EDUCACIÓN”: El proyecto de Calidad y Equidad de la Educación (EDUCIMAC)3 de la Comunidad Andina (CAN) con el apoyo de la Unión Europea (UE), promueve la Red Andina de Calidad y Equidad de la Educación, la Escuela Virtual Andina, la conformación de una Comisión Andina de Contenidos Educativos y acciones de capacitación docente en los cuatro países. Este proyecto es impulsado en el marco de la Decisión 601 de la CAN ―Plan Integral de Desarrollo (PIDs)‖, la Agenda Estratégica Andina 2010 y los acuerdos del Consejo Andino de Ministros de Educación, que priorizan la educación de calidad y con equidad, comprometiendo la mutua colaboración para lograr el intercambio de experiencias entre las autoridades, docentes y alumnos de los países andinos.

COMPETENCIAS LABORALES: Se están impulsando en la subregión dos proyectos socio laborales contemplados en el Plan Integrado de Desarrollo Social: la creación de una Red Andina de Oficinas de Empleo y la Certificación de Competencias Laborales. Lo anterior, se especifica en el Informe Anual de Labores de la Secretaría General de la CAN (julio 2009 – junio 2010)4. El primer 3

Educimac http://didactica.udea.edu.co/fnt/users/redandina-de-calidad-y-equidad-de-laeducaci%C3%B2n 4

Informe Anual de Labores de la Secretaría General de la Comunidad Andina (julio 2009 – junio 2010): http://intranet.comunidadandina.org/Documentos


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proyecto, Certificación de Competencias, tiene como objetivo establecer los mecanismos operativos comunes que permitan certificar competencias y destrezas laborales alcanzadas por los trabajadores comunitarios con validez en los cuatro países andinos. El segundo proyecto, creación de una Red de Oficinas Andinas para la prestación de servicios integrados para el empleo, tiene por finalidad facilitar el acceso de los ciudadanos andinos a las ofertas de empleo en la subregión, a través de servicios de información actualizada y accesible. Dicha información, será progresivamente visualizada a través de la plataforma del Observatorio Laboral Andino (OLA). Ambos proyectos cuentan con recursos del Programa Regional Andino AECID-CAN.

Relación con las Atribuciones del Parlamento: De conformidad con el Artículo 43 del Acuerdo de Cartagena, el Parlamento Andino, es el órgano Deliberante y de Control Político del Sistema Andino de Integración, encargado de coadyuvar a la promoción y orientación del proceso, así como de presentar sugerencias a los órganos e instituciones del Sistema las acciones o decisiones que tengan por objeto o efecto la adopción de modificaciones, ajustes o nuevos lineamientos generales con relación a los objetivos programáticos y a la estructura institucional del Sistema. De igual forma, es atribución del Parlamento Andino participar en la generación normativa del proceso mediante sugerencias a los órganos /DInformativos/SGdi949.pdf

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del Sistema de Proyectos de normas sobre temas de interés común, para su incorporación en el ordenamiento jurídico de la CAN. Grado de incidencia sociedad civil:

en

la

La inversión en Educación Según el informe de la CEPAL de 2010 ―Panorama Social de América Latina”, es el soporte para luchar contra la pobreza; es entonces la educación la clave para lograr el desarrollo económico de los países. Es en virtud a esta premisa que los países más avanzados planean su crecimiento basado en la adecuación de modelos educativos en los temas que considera más trascendentales para su futuro. El gasto público en educación se constituye en un aporte esencial en la generación de igualdad de oportunidadesi en todo el proceso educativo, es por eso que los gobiernos de los países miembros de la CAN, deben generar políticas que permitan alcanzar la universalidad en el ingreso al sistema educativo en todos sus niveles ya que los mismos, tienen un efecto directo en el mejoramiento de las condiciones de vida de los ciudadanos. El acceso al sistema educativo no es solamente la preocupación de los gobiernos, ni es la que genera igualdad de oportunidades es también la calidad en educación la que debe promoverse de manera igual, es por esto que el incremento de coberturas y calidad en la educación son los verdaderos gestores del desarrollo económico, político y social de nuestros pueblos. Tener una fuerza laboral calificada es la base esencial para innovar, entendida esta como la “capacidad de generar bienes y servicios de


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una forma creativa, metódica, ética, responsable y efectiva‖ii; la innovación es directamente proporcional al conocimiento, a las destrezas o habilidades, a la experiencia y la creatividad de las personas. Retos de la Integración en materia de emprendimiento: Mejorar la calidad del sistema educativo. inclusión del uso de las tecnologías de la información y comunicaciones en el proceso educativo. La universalización del idioma ingles u otra lengua. Promover el emprendimiento a través del desarrollo de competencias creativas. Promover las ciencias básicas. El Profesorado debe ser especializado y se debe modernizar los programas de formación de los docentes. la universalización de la banda ancha como un servicio público para toda la población. Articular el estudio, el trabajo y de la educación técnicovocacional —de nivel medio y superior— con el mercado laboral.

BENEFICIARIOS: Habitantes de los países de Ecuador, Perú, Bolivia y Colombia que hacen parte de la subregión andina y que gracias a esta recomendación podrán percibir una mejor calidad de vida. Hoy, ya vemos pasos firmes hacia la consolidación de un futuro construible desde el ahora, en donde veremos una creciente generación de empresas

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innovadoras; las alianzas estratégicas entre la academia y las empresas donde de manera conjunta promuevan innovación, colocándonos en posición para asumir los retos de un mercado globalizado y llevándonos a ser líderes en latino América. Con esta recomendación buscamos a personas más proactivas, en la enseñanza formal y no formal se establezca la formación en valores que caracterizan la figura del emprendedor, el fomento de una mayor conciencia empresarial en la sociedad y en los programas de enseñanza con una visión de empresa, diseñar y dinamizar un modelo que diagnostique la gestión de las empresas (mercados, finanzas, técnicos, etc.) y faciliten planes de acción que permitan el mejoramiento continuo de las mismas y su sostenibilidad en el largo plazo. CONSIDERACIONES

Que, dentro de los propósitos del Parlamento Andino se encuentran los de: b) Sustentar, en la Subregión Andina el pleno imperio de la libertad, de la justicia social y de la democracia en su más amplio ejercicio participativo; c) Velar por el respeto de los derechos humanos dentro del marco de los instrumentos internacionales vigentes sobre la materia para todas las Partes Contratantes; d) Promover la participación de los pueblos como actores del proceso de integración andina;


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e) Fomentar el desarrollo de una conciencia comunitaria andina; f) Promover en los pueblos de la subregión andina la toma de conciencia y la más amplia difusión de los principios y normas que orientan el establecimiento de un nuevo orden internacional; h) Contribuir al afianzamiento de la paz y justicia internacionales. Que el Parlamento Andino es el órgano deliberante y de Control Político de la Comunidad Andina, representante de los pueblos andinos, con atribuciones para: a) Participar en la promoción y orientación del proceso de la integración subregional andina, con miras a la consolidación de la integración latinoamericana; d) Sugerir a los órganos e instituciones del Sistema las acciones o decisiones que tengan por objeto o efecto la adopción de modificaciones, ajustes o nuevos lineamientos generales con relación a los objetivos programáticos y a la estructura institucional del sistema; e) Participar en la generación normativa del proceso mediante sugerencias a los órganos del Sistema de proyectos de normas sobre temas de interés común, para su incorporación en el ordenamiento jurídico de la Comunidad Andina, f) Promover la armonización de las legislaciones de los Países Miembros, y, g) Promover relaciones de cooperación y coordinación con los Parlamentos de los Países

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Miembros, los órganos e instituciones del Sistema, así como con los órganos parlamentarios de integración o cooperación de terceros países. Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 7 del Reglamento General, el Parlamento Andino constituye la expresión democrática del Sistema Andino de Integración. Consecuentemente, representa y sirve al interés conjunto de los pueblos de la Comunidad Andina. En sus actuaciones conciliará los principios de su ordenamiento supranacional con los principios de soberanía y autonomía de cada uno de los Estados Andinos; Que una adecuada integración económica de la subregión andina contribuye eficazmente al fortalecimiento y establecimiento de adecuados niveles de desarrollo para cada país miembro; Que, la Agenda Estratégica de la Comunidad Andina 2010, aprobada por el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, en el numeral III. Integración comercial y complementación económica, promoción de la producción, el comercio y el consumo sostenible establece que se debe: A: Fortalecer el comercio andino de conformidad con lo establecido en el Acuerdo de Cartagena., fomentar iniciativas a favor de los pequeños productores, impulsando el comercio con justicia y solidaridad, entre otras formas, que promuevan inclusión económica social. B. Impulsar la responsabilidad social, ambiental y tecnológica de los emprendimientos económicos. Entre otros.


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Por los considerandos expuestos, y de conformidad a sus atribuciones reglamentarias, la Plenaria del Parlamento Andino:

RECOMIENDA Artículo 1. Objeto: A los Gobiernos y Poderes Legislativos de los Países Miembros, así como a los Órganos e Instituciones del Sistema Andino de Integración, establecer y promover, a nivel comunitario y a nivel nacional en el marco de los mecanismos supranacionales establecidos en el Ordenamiento Jurídico de la Comunidad Andina, mecanismos que promuevan: a) El espíritu emprendedor en todos los estamentos educativos del país, en el cual se propenda y trabaje conjuntamente sobre los principios y valores que establecen las Constituciones nacionales de los países miembros; b) Disponer de un conjunto de principios normativos que sienten las bases para una política de Estado y un marco jurídico e institucional, que promuevan el emprendimiento y la creación de empresas; c) Establecer mecanismos para el desarrollo de la cultura empresarial y el emprendimiento a través del fortalecimiento de un sistema público y la creación de una red de instrumentos de fomento productivo; d) Crear un vínculo del sistema educativo y sistema productivo nacional mediante la formación en competencias básicas, competencias laborales, competencias ciudadanas y competencias empresariales a través de una cátedra transversal de emprendimiento; entendiéndose como tal, la acción formativa

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desarrollada en la totalidad de los programas de una institución educativa en los niveles de educación preescolar, educación básica, educación básica primaria, educación básica secundaria, y la educación media, a fin de desarrollar la cultura de emprendimiento; e) Propender por el desarrollo productivo de las micro y pequeñas empresas innovadoras, generando para ellas condiciones de competencia en igualdad de oportunidades, expandiendo la base productiva y su capacidad emprendedora, para así liberar las potencialidades creativas de generar trabajo de mejor calidad, de aportar al sostenimiento de las fuentes productivas y a un desarrollo territorial más equilibrado y autónomo; f) Buscar a través de las redes para el emprendimiento, el acompañamiento y sostenibilidad de las nuevas empresas en un ambiente seguro, controlado e innovador. Artículo 2. Definiciones: Para efectos de la presente recomendación se tendrán en cuenta las siguientes definiciones: a) Cultura: Conjunto de valores, creencias, ideologías, hábitos, costumbres y normas, que comparten los individuos en la organización y que surgen de la interrelación social, los cuales generan patrones de comportamiento colectivos que establece una identidad entre sus miembros y los identifica de otra organización; b) Emprendedor: Es una persona con capacidad de innovar; entendida esta como la capacidad de generar bienes y servicios de una forma creativa, metódica, ética,


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responsable y efectiva; c) Emprendimiento: Una manera de pensar y actuar orientada hacia la creación de riqueza. Es una forma de pensar, razonar y actuar centrada en las oportunidades, planteada con visión global y llevada a acabo mediante un liderazgo equilibrado y la gestión de un riesgo calculado, su resultado es la creación de valor que beneficia a la empresa, la economía y la sociedad; d) Empresarialidad: Despliegue de la capacidad creativa de la persona sobre la realidad que le rodea. Es la capacidad que posee todo ser humano para percibir e interrelacionarse con su entorno, mediando para ello las competencias empresariales; e) Formación para el emprendimiento. La formación para el emprendimiento busca el desarrollo de la cultura del emprendimiento con acciones que buscan entre otros la formación en competencias básicas, competencias laborales, competencias ciudadanas y competencias empresariales dentro del sistema educativo formal y no formal y su articulación con el sector productivo; f) Planes de Negocios. Es un documento escrito que define claramente los objetivos de un negocio y describe los métodos que van a emplearse para alcanzar los objetivos. La educación debe incorporar, en su formación teórica y práctica, lo más avanzado de la ciencia y de la técnica, para que el estudiante esté en capacidad de crear su propia

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empresa, adaptarse a las nuevas tecnologías y al avance de la ciencia, de igual manera debe actuar como emprendedor desde su puesto de trabajo. Artículo 3. Responsabilidad social. Al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores de la Comunidad Andina, disponer mediante una norma comunitaria la obligatoriedad de una ley de fomento al emprendimiento, la innovación, el liderazgo y la tecnología a los diferentes congresos y gobiernos, que formulen e impulsen iniciativas de responsabilidad social y creación empresarial. Artículo 4. Aplicación de Principios de Emprendimiento. Al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores de la Comunidad Andina, y a los congresos y gobiernos de los países miembros, disponer mediante una norma comunitaria y/ nacional, la obligatoriedad de la aplicación de los principios por los cuales se regirá toda actividad de emprendimiento son los siguientes: a) Formación integral en aspectos y valores como desarrollo del ser humano y su comunidad, autoestima, autonomía, sentido de pertenencia a la comunidad, trabajo en equipo, solidaridad, asociatividad y desarrollo del gusto por la innovación y estímulo a la investigación y aprendizaje permanente; b) Fortalecimiento de procesos de trabajo asociativo y en equipo en torno a proyectos productivos con responsabilidad social; c) Reconocimiento de la conciencia, el derecho y la responsabilidad del desarrollo de las personas como individuos y como integrantes de una comunidad; d)


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Apoyo a procesos de emprendimiento sostenibles desde la cultura ambienta y regional.

interlocutores válidos de las instituciones responsables de la operación.

Artículo 5. Red Andina de Emprendimiento: Al Consejo Presidencial Andino, disponer al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores y a la Comisión la creación de una red andina para el emprendimiento, que tendrá por objeto entre otras: a) Establecer políticas y directrices orientadas al fomento de la cultura para el emprendimiento; b) Formular un plan estratégico andino para el desarrollo integral de la cultura para el emprendimiento; c) Conformar mesas de trabajo con diferentes sectores de los países miembros donde se represente la población civil en por lo menos un 80%; d) Ser articuladoras de organizaciones que apoyan acciones de emprendimientos innovadores y generadores de empleo en el país; e) Desarrollar acciones conjuntas entre diversas organizaciones que permitan aprovechar sinergias y potenciar esfuerzos para impulsar emprendimientos empresariales; f) Las demás que consideren necesarias para su buen funcionamiento.

Artículo 7. Enseñanza obligatoria. Al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores de la Comunidad Andina, y a la Comisión disponer mediante una norma comunitaria la obligatoriedad de que en todos los establecimientos oficiales o privados que ofrezcan educación formal incluir en sus programas de estudio: A. La definición de un área específica de formación para el emprendimiento y la generación de empresas, la cual debe incorporarse al currículo y desarrollarse a través de todo el plan de estudios. B. Transmitir en todos los niveles escolares conocimiento, formar actitud favorable al emprendimiento, la innovación y la creatividad y desarrollar competencias para generar empresas. C. Diseñar y divulgar módulos específicos sobre temas empresariales denominados ―Cátedra Empresarial‖ que constituyan un soporte fundamental de los programas educativos de la enseñanza, con el fin de capacitar al estudiante en el desarrollo de capacidades emprendedoras para generar empresas con una visión clara de su entorno que le permita asumir retos y responsabilidades.

Artículo 6. Creación de Mesas de Trabajo. Al Consejo Presidencial Andino, disponer al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores la creación de mesas de trabajo para el emprendimiento, que tendrá por naturaleza ser un espacio de discusión y análisis para que todas las instituciones que conforman la Red, se sientan partícipes y logren desarrollar acciones con base en los lineamientos contemplados por las mismas. Podrán convertirse en

Articulo 8.Actividades de Información: A la Secretaría General de la CAN, Promover actividades como ferias empresariales, foros, seminarios, macro ruedas de negocios, concursos y demás actividades orientadas a la promoción de la cultura para el emprendimiento de acuerdo a los parámetros establecidos en esta recomendación


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Notifíquese y Publíquese, Dada y firmada en la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia a los ________ (___) días del mes de Mayo de 2011.

P.A. WILBERT BENDEZÚ CARPIO Presidente i ii

RUBÉN VÉLEZ NÚÑEZ Secretario General

Panorama social-2010, CEPAL LEY 1014 DE 2006 (Enero 26).De fomento a la cultura del emprendimiento


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