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GACETA DEL PARLAMENTO ANDINO EN SU XXXIV PERIODO ORDINARIO DE SESIONES DEL MES DE JUNIO INSTRUMENTOS DE PRONUNCIAMIENTO APROBADOS EN EL MES DE JUNIO DE 2009 RESOLUCIÓN No. 09 POR MEDIO DE LA CUAL SE LE OTORGA AL SEÑOR ALCALDE DE LIMA DR LUIS CASTAÑEDA LOSSIO LA CONDECORACIÓN “MEDALLA DE LA INTEGRACIÓN EN EL GRADO DE GRAN CRUZ “……………………... PAG-03 RESOLUCIÓN No. 010 CONFORMACIÓN DE COMISIONES…………………………………….. PAG-04 DECLARACIÓN DEL PARLAMANTO ANDINO EN EL CUADRAGESIMO ANIVERSARIO DE LA COMUNIDAD ANDINA. …………………………..PAG-06 PROYECTO DE DECISIÓN 001-06-09…………………………………… PAG-08 PROYECTO DE DECISIÓN 002-06-09 “CONSERVACION, PROTECCION, USO SOSTINIBLE Y RECUPERACION DE LOS PARAMOS ANDINOS DEL ECUADOR”………………………... PAG-09 PROYECTO DE DECISIÓN 003-06-09 DECLARAR ZONAS DE PROTECCIÓN Y DE INTERÉS NACIONAL PARA LA CONSERVACIÓN, PRESERVACIÓN, RECUPERACIÓN Y RESTAURACIÓN DEL ECOSISTEMA MANGLAR, LOS SECTORES DONDE EXISTEN Y SE DESARROLLAN LOS MANGLARES, SOBRETODO EN LAS ZONAS COSTERAS DEL ECUADOR………………………………………………. PAG-12 PROYECTO DE DECISIÓN 004-06-09 SOLIDARIDAD CON EL PUEBLO PERUANO Y BOLIVIANO POR EL FRIAJE EN LAS ZONAS ALTO ANDINAS” ………………………………………….PAG-14 PROYECTO DE DECISIÓN 005-06-09 INCLÚYASE DENTRO DE LOS PROGRAMAS DE ASISTENCIA INFANTIL Y JUVENIL DE LA REGION ANDINA, TALLERES DE MOTIVACION SOBRE PROTECCION Y CONSERVACION DEL MEDIO AMBIENTE…………. PAG-15
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PROYECTO DE DECISIÓN 006-06-09 MEDIANTE LA CUAL INVOCA A LA CÁMARA BAJA DEL PARLAMENTO ITALIANO A REVOCAR LA “LEY DE SEGURIDAD INTERIOR E INMIGRACION”………………………………………………………………. PAG-17 PROYECTO DE DECISIÓN 006-06-09 MEDIANTE LA CUAL INVOCA A LA CÁMARA BAJA DEL PARLAMENTO ITALIANO A REVOCAR LA “LEY DE SEGURIDAD INTERIOR E INMIGRACION”………………………………………………………………. PAG-18 PROYECTO DE DECISIÓN 007-06-09 POR MEDIO DE LA CUAL SE SOLCITA EL RECONOCIMIENTO DEL ESTATUS DE MIEMBRO PLENO EN EL PARLAMENTO LATINOAMERICANO, PARA LOS CONGRESISTAS DEL PARLAMENTO ANDINO PARLAMENTO DEL MERCOSUR, PARLAMENTO CENTROAMERICANO, ASAMBLEA PARLAMENTARIA DE LA COMUNIDAD DEL CARIBE CARICOM), PARLAMENTO AMAZÓNICO Y EL PARLAMENTO SURAMERICANO…………………………………………………………… PAG-19 PROYECTO DE DECISIÓN 08-06-09 CONTRA EL EMBARGO ESTADOUNIDENSE A CUBA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS………………………………………………. PAG-20 DECISION: MEDIANTE LA CUAL EXHORTA AL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS LEVANTAR EL EMBARGO COMERCIAL, ECONOMICO Y FINANCIERO A CUBA………………………………………………………………………….. PAG-30
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RESOLUCIÓN No. 09 POR MEDIO DE LA CUAL SE LE OTORGA AL SEÑOR ALCALDE DE LIMA DR LUIS CASTAÑEDA LOSSIO LA CONDECORACIÓN “MEDALLA DE LA INTEGRACIÓN EN EL GRADO DE GRAN CRUZ “. El Parlamento Andino reunido en el XXXIV Período Ordinario de Sesiones, celebrado en la ciudad de Lima D.C., República de Perú, durante los días 24, 25 y 26 de Mayo de 2009. CONSIDERANDO Que, de acuerdo al literal f) del artículo 93 del Reglamento General, el Parlamento Andino podrá conferir distinciones honoríficas a personas o instituciones que se destaquen por los servicios prestados a este órgano.
académico y político al servicio de estos valores superiores. Por los considerándoos antes expuestos el Parlamento Andino constituido en su Mesa Directiva; en uso de sus atribuciones y de conformidad a lo previsto en el Reglamento General.
Que, el señor alcalde de Lima Dr Luis Castañeda Lossio ha demostrado una gran vocación democrática e integracionista al servicio del fortalecimiento institucional del Parlamento Andino y en general de la Comunidad Andina en todos sus frentes de acción, constituyéndolo en un actor principal del Proceso de Integración Andino.
RESUELVE
Que, durante su alcaldía el Doctor Castañeda siempre ha estado presto a colaborar en los temas de la integración regional, consolidando a Lima como un epicentro
Publíquese y Notifíquese.
ARTÍCULO UNICO: Otorgar al señor Alcalde de Lima, Dr Luis Castañeda Lossio , la más alta condecoración de esta Institución que consiste en LA MEDALLA DE LA INTEGRACIÓN EN EL GRADO DE GRAN CRUZ por su valiosa participación y apoyo al proceso de Integración Andino.
Dada y firmada en la ciudad de Lima D.C., República de Perú a los veinticuatro días (24) días del mes de Mayo de 2009
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RESOLUCIÓN No. 010 CONFORMACIÓN DE COMISIONES El Parlamento Andino, en su XXXIV Periodo Ordinario de Sesiones, reunida en la ciudad de Lima, República de Perú, durante los días 24,25 y 26 de Mayo de 2009. CONSIDERANDO Que, el Reglamento General del Parlamento Andino establece que las Comisiones son órganos colegiados permanentes a través de las cuales, se ejercen las tareas básicas de análisis, evaluación, propuesta, control y armonización legislativa; en el ámbito de las atribuciones contempladas en el Artículo 43 del Acuerdo de Cartagena; así como en temas y asuntos que son de interés común para el fortalecimiento del proceso de integración andina. Corresponde a las Comisiones elaborar, estudiar, analizar y discutir propuestas de armonización legislativa en los temas que sean de su competencia. Los trabajos e informes finales elaborados por las Comisiones deberán ser puestos a consideración y aprobación de la Plenaria a través de la Mesa Directiva. Que a su vez, el mismo estatuto establece que la conformación de las comisiones está determinada por un parlamentario titular de cada país miembro. Los integrantes de las comisiones principales serán nombrados por la plenaria o en su receso por la mesa directiva, previo acuerdo entre las representaciones parlamentarias nacionales.
Que, a través de la decisión 1147 de la Plenaria del Parlamento Andino se conformaron las comisiones permanentes, así como se realizo la redistribución de dignidades de las mismas. Que, en el transcurso del 2006 al día de hoy se han presentado varios cambios en las delegaciones Parlamentarias, así como, en las comisiones, razón por la cual es necesario realizar un documento oficial que legalice los cambios antes mencionados. En uso de sus atribuciones y conforme a lo prescrito en el Reglamento General del Parlamento Andino, la Mesa Directiva. RESUELVE ARTÍCULO ÚNICO.- Ratificar y aprobar la conformación e integración de las cinco comisiones permanentes de funcionamiento de nuestro organismo, la misma que será en adelante la siguiente. COMISION PRIMERA De política exterior y relaciones parlamentarias PAIS Colombia
CARGO Presidente
Ecuador
Vicepresidente
Bolivia Perú
Miembro Miembro
NOMBRES Mauricio Parodi Patricio Zambrano Fabio Porcel Juan Mariategui
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COMISIÓN SEGUNDA De educación, cultura, ciencia, tecnología y comunicación. PAIS Perú
CARGO Presidente
Bolivia Colombia Ecuador
Vicepresidente Miembro Miembro
NOMBRES Rosa Marina León Ricardo Díaz Clara Pinillos Marcelo Doti
COMISION TERCERA De seguridad regional y desarrollo sostenible. PAIS Ecuador Bolivia
CARGO Presidente Vicepresidente
Colombia
Miembro
Perú
Miembro
NOMBRES Freddy Giler Pablo Pérez Petronovik William Ortega Elsa Malpartida
PAIS Bolivia Colombia
CARGO Presidente Vicepresidente
Ecuador
Miembro
Perú
Miembro
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NOMBRES Paulo Bravo Luis Fernando Duque Ivonne Juez de Baki Wilbert Bendezú
COMISIÓN QUINTA De asuntos sociales y desarrollo humano PAIS Perú
CARGO Presidente
Ecuador
Vicepresidente
Colombia
Miembro
Bolivia
Miembro
NOMBRES Auriestela Obando Wilson Sanchez Oscar Darío Pérez Patricia Humacata
Publíquese y Notifíquese. COMISIÓN CUARTA De asuntos económicos, de control, presupuesto y turismo
Dada y firmada en la ciudad de Lima D.C., República de Perú a los veinticuatro días (24) días del mes de Mayo de 2009.
DECLARACIÓN DEL PARLAMANTO ANDINO EN EL CUADRAGESIMO ANIVERSARIO DE LA COMUNIDAD ANDINA. La Plenaria del Parlamento Andino en el marco del XXXIV Periodo Ordinario de Sesiones del mes de mayo de 2009. CONSIDERANDO: Que, el Parlamento Andino constituye la expresión democrática
del Sistema Andino de Integración y por lo tanto representa y sirve al interés conjunto de los pueblos de la Comunidad Andina.
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Que, las condiciones actuales de una economía globalizada pero golpeada por crisis en los últimos días, hacen que la integración andina ratifique su vigencia, pero a su vez su necesidad de profundizar cada vez mas sus proyectos económicos, políticos, sociales y culturales. Que, hoy más que nunca es imprescindible seguir construyendo integración sobre los resultados positivos que hemos tenido como comunidad. Que, es necesario concentrar esfuerzos en la construcción de consensos mínimos que sirvan como base a una nueva visión de la Comunidad Andina, cada vez más dinámica, incluyente y competitiva. Que, debemos avanzar en una concepción de integración estable que fije objetivos a corto y largo plazo, sustentadas en políticas de Estado que permitan su implementación independientemente de los gobiernos de turno. Que, somos naciones hermanas que compartimos valores, idioma, cultura, alegrías y tristezas y por lo tanto la integración debería convertirse en una plataforma que nos permita desarrollarnos unidas en la búsqueda del bienestar de nuestros ciudadanos andinos. Que, se han venido presentando entre los piases hermanos que conforman la comunidad andina
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En uso de sus atribuciones la Plenaria del Parlamento Andino DECLARA. ARTICULO PRIMERO.- Hacer una llamado respetuoso a la Secretaría General de la Comunidad Andina, para que ahonde en sus esfuerzos para encontrar los mecanismos que permitan avanzar en de la profundización de la integración andina. ARTICULO SEGUNDO.- Exhortar a los Ministros de Relaciones Exteriores y muy en especial a los Presidentes de las Repúblicas Andinas para que en una visión democrática e integracionista encuentren una salida que permita que este legado que hoy cumple 40 años se pueda consolidar como una alternativa necesaria para el desarrollo de los pueblos andinos. ARTÍCULO TERCERO.- Ratificar nuestro compromiso con los ciudadanos Andinos y con los gobiernos de la sub-región de luchar en todo en cuanto este en nuestro alcance en pro del fortalecimiento y vigencia del proceso de integración andino. ARTICULO CUARTO.- Invocar de igual manera a los Señores Presidentes de las repúblicas andinas para que diriman sus controversias a partir del dialogo sincero, exaltando valores como la tolerancia y el máximo respeto, como presupuestos esenciales para la solución de controversias.
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Dada en la ciudad de Lima república de Perú, a los veintiséis (26) días
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del mes de Mayo de 2009 Notifíquese y publíquese
INSTRUMENTOS DE PRONUNCIAMIENTO A SER CONOCIDOS EN LAS SESIONES DEL MES DE JUNIO DE 2009. PROYECTO DE DECISIÓN 001-06-09 Por medio de la cual el Parlamento Andino crea una comisión que busque una solución imparcial y pacifica a los problemas que se están viviendo en la hermana república de Honduras La Plenaria del Parlamento Andino reunida en la ciudad de Bogotá República de Colombia en el marco del XXXIV Periodo ordinario de Sesiones; CONSIDERANDO Que, el Parlamento Andino un órgano común del Sistema Andino de Integración y como representante de los pueblos de la Comunidad Andina debe contribuir al afianzamiento del sistema democrático, de la paz y el pleno imperio de la justicia. Que, el 29 de junio de 2009 el Parlamento Andino realizó una declaración al respecto de los
hechos que se habían presentado en la república de Honduras por medio de la cual se rechazan los actos de violencia y se exalta al sostenimiento del régimen democrático. Que, La representación parlamentaria de Bolivia presentó un proyecto de declaración con respecto a los acontecimientos que se han venido presentando en la hermana república de Honduras. Que, a pesar de los buenos oficios de organismos internacionales, en el estado hondureño no ha superado la crisis política y jurídica que a la fecha esta evidenciando el mencionado país, lo cual esta generando la vulneración de derechos fundamentales y políticos de su población. Que, el Parlamento Andino es un convencido, que a través del dialogo y los buenos oficios se pueden
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encontrar soluciones concertadas en beneficio de los pueblos. La Plenaria del Parlamento Andino reunida en el mes de Julio del XXXIV Periodo Ordinario de Sesiones en la ciudad de Bogotá república de Colombia, y conforme a sus atribuciones reglamentarias: DECIDE: ARTÍCULO PRIMERO.- Facultar a la Señora Presidenta del Parlamento Andino Dra. Ivonne Juez de Baki para que con sus buenos oficios, apoye en el proceso de superación de la crisis política y jurídica que a la fecha esta afrontando el Estado hondureño.
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ARTICULO SEGUNDO.- Que, la presienta del Parlamento Andino, designe de ser procedente, una comisión de alto nivel que de manera imparcial pueda apoyar en el proceso de acercamiento entre las partes en conflicto, con el fin de hallar soluciones necesarias en beneficio del mantenimiento de la paz y el pueblo hondureño. Dado y firmado en la ciudad de Bogotá República de Colombia, a los 6 días del mes de Julio de 2009. Notifíquese y publíquese
PROYECTO DE DECISIÓN 002-06-09 “CONSERVACION, PROTECCION, USO SOSTINIBLE Y RECUPERACION DE LOS PARAMOS ANDINOS DEL ECUADOR” El Parlamento Andino reunido en el XXXIV Período Ordinario de Sesiones, celebrado en la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, durante los días 5, 6 y 7 de Julio de 2009. CONSIDERANDO Que la subregión Andina es una de las zonas de mayor riqueza natural en el mundo; los países miembros de la Comunidad Andina son megadiversos y concentran en conjunto aproximadamente el 25% de la diversidad biológica del
mundo, y que disponen de grandes reservas de recursos hídricos. Que el aprovechamiento insostenible de los ecosistemas, debido a la situación de pobreza afecta a gran parte de la población, lo cual acelera el proceso de degradación de recursos naturales y
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la pérdida de conocimiento tradicional ancestral sobre prácticas de conservación. Que los países Miembros de la Comunidad Andina han resaltado la necesidad de integrarse como bloque para enfrentar las oportunidades y retos que plantea la globalización y el desarrollo. Uno de estos retos es sin duda la armonización de las políticas ambientales y de desarrollo sostenible, de manera de poder alcanzar un crecimiento económico, que mejore la calidad de vida de la población respetando el medio ambiente. Que mediante Decisión Nº 1159 “Por medio de la cual se proponen acciones para la conservación del ambiente en la subregión andina”, considerando que, la reserva de biodiversidad que se encuentra en la Subregión andina es fundamental para la conservación de la vida en el planeta y su protección debe ser un mandato imperativo para toda la humanidad; Que el Páramo Andino, es un ecosistema alpino (de alta montaña) neotropical, que abarca más de 75000 km2 de los Andes del norte de Colombia, Ecuador, Venezuela y Perú. Que los páramos, especialmente los que rodean a los nevados, son de vital importancia, ya que actúan como esponjas que regulan y abastecen de agua a las comunidades. También las protegen de inundaciones y deslizamiento de
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lodo. De seguir calentándose el planeta, estas esponjas se secaran, cesando tanto la protección como las reservas del vital elemento. Que la actual Constitución de la República del Ecuador, Capítulo Séptimo “Derecho a la Naturaleza” en sus artículos 71 al 74 manifiesta entre otros: El Estado incentivará a las personas naturales y jurídicas y a los colectivos, para que protejan la naturaleza, promoverá el respeto a todos los elementos que forman un ecosistema; así como la naturaleza tiene derecho a la restauración. Esta restauración será independiente de la obligación que tienen el Estado y las personas naturales y jurídicas de indemnizar a los individuos y colectivos que dependan de los sistemas naturales afectados. El Estado aplicará medidas de precaución y restricción para las actividades que puedan conducir a la extinción de especies, la destrucción de ecosistemas ola alteración permanente de los ciclos naturales; Que la Comisión Tercera “De Seguridad Regional y Desarrollo Sustentable” tiene entre sus competencias el desarrollo sostenible, el medio ambiente, los temas de desarrollo agrario, entre otros aspectos relacionados con el desarrollo de los países andinos dentro del marco de proceso de integración subregional andino. La Plenaria del Parlamento Andino reunida en el mes de Julio del
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XXXIV Periodo Ordinario de Sesiones en la ciudad de Bogotá república de Colombia, y conforme a sus atribuciones reglamentarias
como políticas de Estado, y promover la conservación y protección de los Páramos Andinos del Ecuador.
DECIDE:
ARTICULO TERCERO.- Incitar a la Asamblea Nacional del Ecuador, a efectos de que se estudie, analice y se ponga en vigencia una ley que regule, proteja y preserve los Páramos Andinos Ecuatorianos.
ARTICULO PRIMERO.- Exhortar al Gobierno de la República del Ecuador, impulsar, promover, realizar estudios y evaluaciones necesarias de los Páramos Andinos Ecuatorianos para el establecimiento de zonas prioritarias de este ecosistema para su conservación y uso racional, ya que este ecosistema constituyen ecosistemas estratégicos a escala regional y global. ARTICULO SEGUNDO.Recomendar a las Autoridades Ambientales Ecuatorianas, declarar zonas o áreas naturales protegidas
ARTÍCULO CUARTO: Deléguese a la Comisión Tercera “De Seguridad Regional y Desarrollo sustentable”, el seguimiento de la presente Decisión para su respectivo cumplimiento. Dado y firmado en la ciudad de Bogotá República de Colombia, a los seis (6) días del mes de Julio de 2009. Notifíquese y publíquese.
PROYECTO DE DECISIÓN 003-06-09 DECLARAR ZONAS DE PROTECCIÓN Y DE INTERÉS NACIONAL PARA LA CONSERVACIÓN, PRESERVACIÓN, RECUPERACIÓN Y RESTAURACIÓN DEL ECOSISTEMA MANGLAR, LOS SECTORES DONDE EXISTEN Y SE DESARROLLAN LOS MANGLARES, SOBRETODO EN LAS ZONAS COSTERAS DEL ECUADOR. El Parlamento Andino reunido en el XXXIV Período Ordinario de Sesiones, celebrado en la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, durante los días 5, 6 y 7 de Julio de 2009.
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CONSIDERANDO Que la subregión Andina es una de las zonas de mayor riqueza natural en el mundo; los países miembros de la Comunidad Andina son megadiversos y concentran en conjunto aproximadamente el 25% de la diversidad biológica del mundo, y que disponen de grandes reservas de recursos hídricos. Que el aprovechamiento insostenible de los ecosistemas, debido a la situación de pobreza afecta a gran parte de la población, lo cual acelera el proceso de degradación de recursos naturales y la pérdida de conocimiento tradicional ancestral sobre prácticas de conservación. Que los países Miembros de la Comunidad Andina han resaltado la necesidad de integrarse como bloque para enfrentar las oportunidades y retos que plantea la globalización y el desarrollo. Uno de estos retos es sin duda la armonización de las políticas ambientales y de desarrollo sostenible, de manera de poder alcanzar un crecimiento económico, que mejore la calidad de vida de la población respetando el medio ambiente. Que mediante Decisión Nº 1159 “Por medio de la cual se proponen acciones para la conservación del ambiente en la subregión andina”, considerando que, la reserva de biodiversidad que se encuentra en la Subregión andina es fundamental para la conservación de la vida en el
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planeta y su protección debe ser un mandato imperativo para toda la humanidad; Que los manglares son un tipo de ecosistema irreemplazable y único y que tienen una enorme diversidad biológica con alta productividad, encontrándose tanto gran número de especies de aves como de peces, crustáceos, moluscos, etc.; Que la actual Constitución de la República del Ecuador, Capítulo Séptimo “Derecho a la Naturaleza” en sus artículos 71 al 74 manifiesta entre otros: El Estado incentivará a las personas naturales y jurídicas y a los colectivos, para que protejan la naturaleza, promoverá el respeto a todos los elementos que forman un ecosistema; así como la naturaleza tiene derecho a la restauración. Esta restauración será independiente de la obligación que tienen el Estado y las personas naturales y jurídicas de indemnizar a los individuos y colectivos que dependan de los sistemas naturales afectados. El Estado aplicará medidas de precaución y restricción para las actividades que puedan conducir a la extinción de especies, la destrucción de ecosistemas ola alteración permanente de los ciclos naturales; Que la Comisión Seguridad Regional Sustentable” tiene competencias el sostenible, el medio temas de desarrollo
Tercera “De y Desarrollo entre sus desarrollo ambiente, los agrario, entre
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otros aspectos relacionados con el desarrollo de los países andinos dentro del marco de proceso de integración subregional andino.
ecosistema tiene un altísimo valor ecológico favorable al medio ambiente, dentro del marco del calentamiento global.
La Plenaria del Parlamento Andino reunida en el mes de Julio del XXXIV Periodo Ordinario de Sesiones en la ciudad de Bogotá república de Colombia, y conforme a sus atribuciones reglamentarias
ARTÍCULO TERCERO.Recomendar a la Asamblea Nacional a través de la Comisión de Salud y Medio Ambiente acoja la propuesta de Ley de Conservación del Ecosistema Manglar presentado por los Pueblos Ancestrales del Ecosistema Manglar frente al Proyecto de Ley de Soberanía alimentaria y la Ley de aguas;
DECIDE: ARTICULO PRIMERO.- exhortar al Gobierno de la República del Ecuador, al Ministerio de Medio Ambiente y a las autoridades ambientales adoptar medidas para la conservación, preservación, recuperación y restauración de los manglares, tal como lo estipula el Capítulo Séptimo “Derecho de la naturaleza” en sus artículos 71, 72, 73 y 74 de la actual Constitución de la República, así como impulsar la Ley de Conservación del Ecosistema Manglar, en el marco de la ley Soberanía Alimentaria y la ley de aguas; ARTÍCULO SEGUNDO.- Solicitar al Gobierno ecuatoriano, recuperar las áreas del ecosistema manglar ocupadas ilegalmente, ya que este
ARTÍCULO CUARTO.El Parlamento Andino a través de la Presidencia y de la Comisión Tercera, entregará copia de esta Decisión al Gobierno ecuatoriano, a la Asamblea Nacional y al Ministerio de Medio Ambiente; ARTÍCULO QUINTO.- Deléguese a la Comisión Tercera “De Seguridad Regional y Desarrollo sustentable”, el seguimiento de la presente Decisión para su respectivo cumplimiento. Dado y firmado en la ciudad de Bogotá República de Colombia, a los seis (6) días del mes de Julio de 2009. Notifíquese y publíquese.
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PROYECTO DE DECISIÓN 004-06-09 SOLIDARIDAD CON EL PUEBLO PERUANO Y BOLIVIANO POR EL FRIAJE EN LAS ZONAS ALTO ANDINAS” El Parlamento Andino reunido en el XXXIV Período Ordinario de Sesiones, celebrado en la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, durante los días 5, 6 y 7 de Julio de 2009. CONSIDERANDO: Que, el friaje en las zonas alto andinas del Perú, viene registrando la muerte de 154 menores de a consecuencia de las enfermedades respiratorias. Que, asimismo, en Bolivia se viene desatando bajas temperaturas ocasionando de esta manera en los niños índices elevados de enfermedades infecciones respiratorias agudas. Que, estas cifras se irán elevando mientras no se tomen medidas adecuadas que permitan una atención a los pobladores de menores recursos. Que, este no sólo viene a hacer un problema del gobierno del Perú y Bolivia, sino de toda la comunidad andina, debiéndose asumir un compromiso más permanente por medio del Sistema Andino de Integración, órgano cuyo objetivo es coordinar y apoyar para el mejoramiento de la salud de nuestras regiones andinas. Que dentro de los objetivos del Parlamento Andino, es la de velar por el respeto de los derechos humanos y la calidad de vida de la población andina.
La Plenaria del Parlamento Andino reunida en el mes de Julio del XXXIV Periodo Ordinario de Sesiones en la ciudad de Bogotá republica de Colombia, y conforme a sus atribuciones reglamentarias DECIDE: ARTICULO PRIMERO.Solidarizarnos con el pueblo peruano y boliviano quienes vienen siendo afectados por las bajas cifras de temperatura - friaje, el mismo que esta originando la muerte de niños y la desaparición de cultivos y animales. ARTICULO SEGUNDO.- Solicitar al Organismo Andino de Salud Convenio Hipólito Unanue, institución del Sistema Andino de Integración, coordinar y apoyar para el mejoramiento de la salud de los pueblos afectados por el friaje en el país hermano del Perú, promoviendo acciones pertinentes para canalizar ayuda inmediata a las zonas vulnerables de esta nuestra región andina. Dado y firmado en la ciudad de Bogotá República de Colombia, a los seis (6) días del mes de Julio de 2009. Notifíquese y publíquese
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PROYECTO DE DECISIÓN 005-06-09 INCLÚYASE DENTRO DE LOS PROGRAMAS DE ASISTENCIA INFANTIL Y JUVENIL DE LA REGION ANDINA, TALLERES DE MOTIVACION SOBRE PROTECCION Y CONSERVACION DEL MEDIO AMBIENTE El Parlamento Andino reunido en el XXXIV Período Ordinario de Sesiones, celebrado en la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, durante los días 5, 6 y 7 de Julio de 2009. CONSIDERANDO Que, la región Andina es considerada como un importante centro de mega-diversidad y germoplasma en el mundo. Posee 84 de las 104 zonas de vida del planeta y 28 de las 32 categorías climáticas de la tierra; Que, la región andina es considerada como el "epicentro global de la biodiversidad", nuestra fauna silvestre es uno de los más diversos del mundo. Nuestra región, ocupamos el primer lugar entre todas las regiones del mundo en diversidad y endemismos de plantas vasculares, de aves, de anfibios y de vertebrados totales sin incluir a los peces, todo esto argumentos respaldan, sin discusión, esta sentencia. Incluyendo adicionalmente el hecho de ser centro de origen de especies de gran valor alimenticio no solo actual sino futuro.
Que, una serie de factores hacen que nuestros territorios andinos tenga una de las mayores diversidades biológicas de la tierra, mencionando su posición latitudinal predominantemente tropical, la presencia en nuestro litoral de dos corrientes de temperatura demarcadas, los diferentes pisos latitudinales, valles y paisajes de la Cordillera de los Andes y su integración territorial a las cuencas del Pacífico, Amazonas y del Titicaca; Que, la conservación del medio ambiente y nuestros recursos naturales es un asunto de vital importancia para la región andina. Siendo necesario que nuestras autoridades busquen mecanismos de conservación y protección. Que, no existe en nuestra región programas bases de concientización medio ambiental, debiéndose de esta manera difundir a nuestra sociedad a través de programas y
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talleres de motivación en nuestros infantes, sobre las riquezas de nuestra naturaleza, así como los factores que influyen para su destrucción; Que debe incluirse en los planes y programas de asistencia infantil y juvenil de la región andina, talleres de motivación sobre protección y conservación del medio ambiente” La Plenaria del Parlamento Andino reunida en el mes de Julio del XXXIV Periodo Ordinario de Sesiones en la ciudad de Bogotá república de Colombia, y conforme a sus atribuciones reglamentarias DECIDE: ARTICULO PRIMERO.- Exhortar a los Estados Miembros de la Comunidad Andina a fin que se adopten mecanismos de normatividad gubernamentales para
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que se incluya dentro de los Programas Sociales de Asistencia Infantil y Juvenil de la región andina, Talleres de Motivación sobre Protección y Conservación del Medio Ambiente” ARTICULO SEGUNDO.RECOMENDAR a los Ministerios del Medio Ambiente y de Asistencia Social de la región, sean las entidades responsables de diseñar, planear y ejecutar las acciones difusión formales y no formales; asimismo las actividades previstas en esta normatividad para el Programa Andino de Motivación Ambiental. Dado y firmado en la ciudad de Bogotá República de Colombia, a los seis (6) días del mes de Julio de 2009. Notifíquese
y
publíquese.
PROYECTO DE DECISIÓN 006-06-09 MEDIANTE LA CUAL INVOCA A LA CÁMARA BAJA DEL PARLAMENTO ITALIANO A REVOCAR LA “LEY DE SEGURIDAD INTERIOR E INMIGRACION”. El Parlamento Andino en las sesiones reglamentarias del mes de Julio del XXXIV Periodo Ordinario de Sesiones, celebrado en la ciudad de Bogotá el 5, 6 y 7 de Julio de 2009.
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CONSIDERANDO: Que, la cámara baja del Parlamento italiano aprobó una ley que convierte en delito el ingreso y permanencia de personas sin papeles en ese país, una de las medidas más polémicas y más impulsadas por el gobierno del primer ministro Silvio Berlusconi. Que, la Ley hace de la entrada o estadía en Italia sin autorización un delito castigable con una multa de entre 5.000 y 10.000 euros (6.840 y 13.670 dólares), y aunque no prevé cárcel para los ilegales, impone hasta tres años de prisión a quien alquile viviendas a los sin papeles. Que, la Ley instituirá la "esclavitud" en Italia al crear una clase de trabajadores sin ningún derecho, "en una condición de inferioridad material y moral". Que, el paquete de medidas de seguridad diseñado por el nuevo Gobierno de Silvio Berlusconi convierte automáticamente en delincuentes a todos los inmigrantes sin los papeles en regla. Que, la Ley establece los siguientes extremos: a) Crea un delito de inmigración y estancia clandestinas, reprimido con una multa de entre 5.000 y 10.000 euros; b) propicia la denuncia o, en otros términos, la delación ante la justicia de inmigrantes en situación irregular; c) amplia de 2 a 6 meses la retención de inmigrantes llamados irregulares en centros de identificación, que tienen características carcelarias; y d) posibilita que pueden crearse
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asociaciones de ciudadanos que hagan rondas para denunciar alteración del orden público y anotación de los sin techo. Que, para dificultar que los inmigrantes sin papeles vivan en el país, la legislación no duda en disparar al talón de Aquiles: impedir que consigan un techo bajo el que cobijarse y, como consecuencia, una dirección postal con la que empadronarse para acceder a los servicios sociales; quien alquile un piso o una habitación a un inmigrante sin papeles podrá ser encarcelado hasta a tres años, condenado a pagar 50.000 euros y perderá su apartamento, que será confiscado por el Estado. Que, las restricciones impuestas a los ciudadanos extracomunitarios se han visto precedidas de meses de declaraciones xenófobas por parte de la coalición que ha llegado al poder. Que, la crisis económica mundial que está golpeando con especial fuerza a Italia, el país con menor crecimiento de la zona euro y con uno de los mayores índices de precariedad laboral, “es el caldo de cultivo ideal para que calen estos mensajes racistas”. Que, de acuerdo a estadísticas, Italia está dentro de los países que mayor número de migrantes recibe por parte de la Región Andina. Esto sin tener en cuenta el número de indocumentados. Situación que lleva a afirmar que se verán
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negativamente afectados migrantes andinos ilegales.
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los
Que, la Organización defensora de los derechos humanos Amnistía Internacional (AI) denunció ayer la progresiva erosión de la tutela de los derechos humanos en Italia, sobre todo los de los grupos más vulnerables, tales como inmigrantes, minorías y solicitantes de asilo. Que, la Conferencia Episcopal Italiana (CEI) ha rechazado el proyecto de ley que ignora el objetivo de la integración social de los inmigrantes. Que, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), ha expresado que la nueva política del Gobierno va en contra del principio de no rechazo sancionado por la Convención de Ginebra de 1.951, que tiene aplicación también en aguas internacionales. Este principio fundamental, no conoce limitación geográfica, está contenido también en la normativa europea y en el ordenamiento jurídico italiano. Que, el organismo de la ONU para los refugiados (ACNUR), el Vaticano
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y organizaciones humanitarias manifestaron su indignación y acusaron al gobierno italiano de violar la Ley internacional. La Plenaria del Parlamento Andino reunida en el mes de Julio del XXXIV Periodo Ordinario de Sesiones en la ciudad de Bogotá republica de Colombia, y conforme a sus atribuciones reglamentarias DECIDE: ARTICULO UNICO: Invocar a la Cámara de Diputados del Parlamento italiano, la revocación de la “Ley de Seguridad Interior e Inmigración”, que vulnera la Convención de Ginebra de 1951 y el respeto por los Derechos Humanos, creando mecanismos de persecución y violencia indiscriminada, acentuando y promoviendo la xenofobia y el racismo, particularmente en ciudadanos inmigrantes andinos ilegales, cuya permanencia es considerable en Italia. Notifíquese y publíquese Dado en la ciudad de Bogotá, República de Colombia a los seis (6) días del mes de Julio de 2009.
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PROYECTO DE DECISIÓN 007-06-09 POR MEDIO DE LA CUAL SE SOLCITA EL RECONOCIMIENTO DEL ESTATUS DE MIEMBRO PLENO EN EL PARLAMENTO LATINOAMERICANO, PARA LOS CONGRESISTAS DEL PARLAMENTO ANDINO PARLAMENTO DEL MERCOSUR, PARLAMENTO CENTROAMERICANO, ASAMBLEA PARLAMENTARIA DE LA COMUNIDAD DEL CARIBE CARICOM), PARLAMENTO AMAZÓNICO Y EL PARLAMENTO SURAMERICANO El Parlamento Andino, reunido en sus sesiones reglamentarias del mes de Julio, del XXXIV Periodo Ordinario de Sesiones celebrado en la ciudad de Bogotá República de Colombia, durante los días 5, 6 y 7de Julio de 2009, CONSIDERANDO: Que el Parlamento Latinoamericano está constituido por los Congresos o Asambleas Legislativas de los Estados Partes democráticamente constituidos en América Latina; Que, en la Asamblea del Parlamento Latinoamericano participan los congresistas de los Parlamentos Regionales Subregionales e internacionales en calidad de Observadores; Que, la participación activa de los observadores de los parlamentos Regionales o Subregionales e Internacionales constituye un aporte importante para el fortalecimiento del proceso de Integración Latinoamericano Que en virtud de lo anterior es importante dotar a los observadores de los. Parlamentos Regionales o Subregionales e Internacionales, el estatus de miembros de pleno derecho del Parlamento Latinoamericano Que, para ello se debe enmendar el Artículo 40 del Tratado de
Institucionalización del Parlamento Latinoamericano, DECIDE: Articulo 1.Solicitar el reconocimiento del estatus de miembros de pleno derecho del Parlamento Latinoamericano, para los congresistas del Parlamento Andino, Parlamento de MERCOSUR, Parlamento Centroamericano, Asamblea Parlamentaría de la Comunidad del Caribe (CARICOM), Parlamento Amazónico y el Paramento Suramericano con las mismas atribuciones establecidas en el Tratado de institucionalización del Parlamento Latinoamericano, Artículo 2.- Elevar la presente Decisión a la próxima reunión de la Mesa Directiva del Parlamento Latinoamericano. Artículo 3.Realizar los procedimientos necesarios para enmendar el Articulo 4 del Tratado de institucionalización del Parlamento Latinoamericano. Notifíquese y publíquese
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Dado en la ciudad de Bogotá, República de Colombia a los seis
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(6) días del mes de Julio de 2009.
PROYECTO DE DECISIÓN 08-06-09 CONTRA EL EMBARGO ESTADOUNIDENSE A CUBA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El embargo de Estados Unidos contra Cuba (conocido en Cuba como el bloqueo) es un bloqueo comercial, económico y financiero impuesto sobre Cuba el 7 de febrero de 1962 con el objetivo de presionar al gobierno cubano. Fue convertido en ley en 1992 y 1995. Este bloqueo solamente impide la realización de transacciones económicas entre Cuba y Estados Unidos. Sin embargo, en 1999, el presidente Bill Clinton amplió el embargo comercial prohibiendo a las filiales extranjeras de compañías estadounidenses comerciar con Cuba por valores superiores 700 millones de dólares anuales. En 2009 el embargo sigue en pie y es uno de los más duraderos de la historia. Ha sido condenado quince veces por las Naciones Unidas, que reconocieron que lastra la economía cubana, y en la última votación solo contó con el apoyo de EE.UU., Israel, Palau e Islas Marshall.
ANTECEDENTES La cercanía geográfica de Cuba y Estados Unidos resultó en la formación de lazos políticos, económicos y sociales históricos. A pesar de su pasado como colonia española, la isla desarrolló importantes vínculos con su vecino del norte. En diciembre de 1898, tras la Guerra Hispanoestadounidense, el control de la isla pasó a los Estados Unidos. A pesar de concederle la independencia a Cuba en 1902, Estados Unidos continuaría interviniendo en la política cubana. En el ámbito económico, las inversiones estadounidenses, tan comunes en Latinoamérica, fueron claves en la producción de azúcar y tabaco, que eran luego exportados a Estados Unidos. El turismo estadounidense fue también sustancial, y las facilidades para exportar a los Estados Unidos crearon importantes vínculos comerciales.
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Cuando la revolución cubana derroto al gobierno de Fulgencio Batista, Fidel Castro llegó al poder. A pesar de que el gobierno estadounidense reconoció el gobierno revolucionario inicialmente, las relaciones entre ambos países se deterioraron cuando el nuevo gobierno cubano decretó la primera Ley de Reforma Agrícola el 17 de mayo de 1959. La Ley de Reforma Agrícola dio comienzo a las expropiaciones de las grandes propiedades agrícolas, muchas pertenecientes a empresas estadounidenses. La compensación, en bonos a veinte años con un interés del 4,5% sobre la base imponible, fue vista como inadecuada, y rechazada por Estados Unidos. Además, el gobierno de los Estados Unidos estaba preocupado por el sesgo pro-soviético de su vecino, en los albores de la Guerra Fría. Durante la crisis entre los gobiernos se produjo una escalada de medidas económicas: a cada nacionalización cubana, los Estados Unidos respondían con nuevas contramedidas, como la prohibición de toda exportación a Cuba el 19 de octubre de 1960. Embargo Ya existía un embargo armamentístico sobre Cuba desde marzo de 1958 cuando la guerra entre Batista y los rebeldes de Castro comenzó. En julio de 1960, en respuesta a las nacionalizaciones redujo la cuota de azúcar cubano a 700 000 toneladas.
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Por el contrario, la URSS accedió a comprar el resto en su lugar, mientras el gobierno de Castro continuaba con las expropiaciones. El presidente Dwight D. Eisenhower impuso el 19 de octubre de 1960 un embargo parcial y rompió las relaciones diplomáticas el 3 de enero de 1961. La Unión Soviética, en cambio, ofreció a Cuba precios preferentes para las exportaciones cubanas, especialmente en azúcar, y les vendió petróleo, también a precios preferentes. En respuesta este alineamiento de Cuba en el bando soviético en la Guerra Fría, el presidente John F. Kennedy amplió las medidas tomadas por Eisenhower mediante una orden ejecutiva, ampliando las restricciones comerciales el 7 de febrero y de nuevo el 23 de marzo de 1962 (De acuerdo con el antiguo ayudante presidencial Pierre Salinger, Kennedy le pidió que comprara miles de Habanos para uso futuro antes de que el embargo fuera efectivo). Durante la posterior Crisis de los misiles de Cuba Kennedy implantó restricciones en los viajes a Cuba el 8 de febrero de 1963, y se emitió las Regulaciones para el Control de los Recursos Cubanos (Cuban Assets Control Regulations en inglés) el 8 de julio de ese mismo año, bajo el Ley de Comercio con el Enemigo como respuesta al hospedaje de misiles en Cuba. Bajo esas medidas, los activos cubanos en Estados Unidos fueron congelados.
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La Organización de Estados Americanos impuso sanciones multilaterales a Cuba el 26 de julio de 1964, que fueron levantadas el 29 de julio de 1975. Las restricciones para los ciudadanos estadounidenses en los viajes a Cuba se suspendió el 19 de marzo de 1979; dado que el presidente Jimmy Carter se negó a renovar la regulación, que debía ser renovada cada seis meses. Las restricciones para el gasto de dólares en cuba fueron también reducidas. El presidente Ronald Reagan reinstauró el embargo comercial el 19 de abril de 1982. Esta ha sido modificada hasta convertirse en la normativa actual sobre los viajes de ciudadanos estadounidenses a Cuba, siendo Regulaciones para el Control de los Recursos Cubanos, 31 C.F.R. parte 515. Hoy día las leyes no prohíben a los ciudadanos estadounidenses viajar a Cuba per se, pero hace ilegal el realizar transacciones (gastar dinero, recibir regalos) en la mayoría de los casos sin permiso del gobierno estadounidense a través de la Oficina de Control de Recursos Extranjeros (licencia). El embargo fue reforzado en octubre de 1992 por la Ley de Democracia Cubana (popularmente la ley Torricelli) y en 1996 por la «Ley para la Libertad Cubana y la Solidaridad Democrática» (Ley Helms-Burton). La misma planteaba entre otros muchos artículos que las filiales estadounidense en terceros países no podían establecer ningún
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tipo de relación comercial con Cuba. Mientras Estados Unidos han buscado normalizar sus relaciones comerciales con otros estados comunistas, como China o Vietnam, la existencia de un fuerte lobby, mayoritariamente conservador, formado por exiliados cubanos, principalmente asentados en Florida ha dificultado un acercamiento a Cuba, especialmente por la influencia de los exiliados en un estado políticamente estratégico como Florida. Ni el Partido Demócrata de los Estados Unidos ni el Republicano han propuesto ningún cambio de relevancia (aunque el Partido Republicano ha sido tradicionalmente más favorable a aplicar "mano dura"). El título tercero de la Ley por la Solidaridad con la Libertad y la Democracia en Cuba (también conocida como ley Helms Burton) establece que cualquier compañía no estadounidense en "conocido trafico con propiedades de ciudadanos estadounidenses en Cuba confiscadas sin compensación" puede ser sujeto de un litigio que le puede impedir entrar en los Estados Unidos. Esta restricción se extiende al ámbito marítimo: los barcos atracados en Cuba no pueden entrar en Estados Unidos en un plazo de seis meses. No obstante, es importante tener en cuenta que el título tercero de esta ley incluye un mecanismo por el cual su aplicación puede ser suspendida por el presidente. Esta suspensión debe ser renovada cada seis meses y esto es tradicionalmente lo que ha ocurrido. La suspensión fue
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renovada por última vez el 17 de julio de 2006,y por lo tanto se mantendrá activa, por lo menos, en los seis meses siguientes a esa fecha. En 1999, el presidente Bill Clinton amplió el embargo comercial prohibiendo a las filiales extranjeras de compañías estadounidenses comerciar con Cuba por valores superiores 700 millones de dólares anuales. En respuesta a la presión de los agricultores estadounidenses, el embargo fue relajado por el Ley de Reforma de Sanciones y Mejora de las exportaciones, que fue aprobada por el Congreso de los Estados Unidos en octubre de 2000 y firmada por el presidente Clinton. La moderación del embargo permitió la venta de bienes agrícolas y medicinas por razones humanitarias. A pesar del inicial rechazo cubano, que vio en ello una maniobra política de los Estados Unidos, Fidel Castro aceptó la medida tras el huracán Michelle en noviembre de 2001, continuando desde entonces. Ante la creciente demanda de productos cubanos, legisladores partidarios del libre comercio, nombrados por los estados del Oeste y las grandes llanuras centrales (con fuerte influencia agrícola) han intentado desde 2000 suavizar o eliminar el embargo. Cuatro veces desde entonces, la Cámara de Representantes de los Estados Unidos ha apoyado levantar las restricciones al viaje,
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siendo apoyada en 2003 por primera vez por el Senado. Sin embargo, el presidente George W. Bush, vetó el proyecto de ley. Enfrentado a un veto, el Congreso abandonó su intento de eliminar las restricciones de viaje. Sin embargo, dichas restricciones son fáciles de evitar: basta viajar desde un tercer país (Canadá, México), dado que las autoridades cubanas no sellan pasaportes. Esto está penado legalmente en Estados Unidos, pero rara vez se persigue. En el año 2004, la administración de George W. Bush aplicó un nuevo paquete de medidas dentro de la llamada Comisión para la Asistencia a una Cuba Libre. Dentro de la gran gama de medidas tomadas, se limitan los viajes y envíos de remesas a solo los familiares cercanos (padres, abuelos, hijos, hermanos), además de alargar la espera para viajar a Cuba a tres años. Este plan arrecia la aplicación de las leyes Torricelli y HelmsBurton. Fue actualizado en el año 2006 con el objetivo de restringir aún más los viajes de los estadounidenses a Cuba con pena de cárcel o grandes multas (hasta de un millón de dólares); aparte de crear instituciones para perseguir las exportaciones cubanas de níquel y su utilización en la industria de terceros países, ron y tabaco, así también como las transacciones que Cuba pudiese realizar en dólares. Efectos del embargo Las Regulaciones para el Control de los Recursos Cubanos impusieron
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restricciones en la importación de productos cubanos en Estados Unidos y de estadounidenses en Cuba, y para las transacciones con Cuba o ciudadanos del país, así como congeló las inversiones cubanas en Estados Unidos y sus cuentas financieras bajo jurisdicción estadounidense, además de limitar el comercio. También ilegalizó la compra, por parte de ciudadanos estadounidenses, de bienes de consumo fabricados en Cuba fuera de Estados Unidos. En el 2006, dichas regulaciones están aun en vigor, reguladas por la Oficina de Control de Recursos Extranjeros del Departamento del Tesoro de Estados Unidos. Las penas criminales por violar el embargo van hasta diez años en prisión y multas de 1 millón de dólares estadounidenses si es por asuntos corporativos o 250 000 dólares si es por asuntos particulares. También existen penas civiles de 55 000 dólares. En 1958, los Estados Unidos suponían en 67% de las exportaciones cubanas y el 70 de sus importaciones. Cuba, por otro lado, suponía el 3% de las exportaciones estadounidenses y el 4% de las importaciones, siendo el séptimo socio comercial por tamaño en ambos aspectos. Sin embargo, en los primeros años del embargo, el comercio entre Cuba y Estados Unidos prácticamente desapareció. A pesar de todo, los subsidios de la URSS, junto a su trato comercial preferente, limitaron el impacto en
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las primeras décadas del embargo, llegando a su cima en los años ochenta, cuando Cuba recibió alrededor de 6000 millones por año. Cuba también encontró en los otros países socialistas mercado para sus exportaciones (especialmente azúcar y níquel), así como suministro de petróleo y maquinaria. El colapso del socialismo estatal en Europa oriental en 1989 y de la Unión Soviética dos años después causó una crisis económica en Cuba, perdiendo el 85 % de sus relaciones comerciales que eran con el campo socialista acentuándose los efectos del embargo. Desde entonces, Cuba ha desarrollado relaciones comerciales con el resto del mundo. Sin embargo, dado que el principal productor de la región es Estados Unidos, Cuba se ha visto obligada a recurrir a países mucho más lejanos para abastecerse de determinados productos, con los consecuentes gastos y complicaciones. A pesar de todo, Cuba ha sido capaz de sobrevivir al final de las ayudas soviéticas e iniciar una tímida recuperación basada en el turismo. El gobierno cubano estima que el impacto total del embargo en la economía de la isla es de 90 000 millones de dólares, incluyendo la pérdida de ganancias por exportaciones, los mayores costes de importaciones, las limitaciones en el crecimiento de la economía, y los daños sociales. La Comisión de Comercio Internacional de Estados Unidos estima que las pérdidas en
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exportaciones estadounidenses suponen 1200 millones de dólares anuales. Principales afectaciones del bloqueo a Cuba en millones de dólares: • Ingresos dejados de recibir por exportaciones y servicios $ 40 427,5 • Pérdidas por reubicación geográfica del comercio $ 19 592,0 • Afectaciones a la producción y los servicios $ 2 866,2 • Bloqueo 375,0
tecnológico
$
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• Afectaciones a los servicios a la población $ 1 565,3 • Afectaciones financieras $ 8 640,2
monetario
• Incitación a la emigración y robo de cerebros 6 533,8 Las exportaciones oficiales de Estados Unidos a Cuba en 1999 sumaron 4´7 millones de dólares, principalmente en ayuda médica, fármacos y demás ayuda humanitaria, siendo Cuba el último de los 180 importadores de productos agrícolas estadounidenses en 2000. Tras la suavización del embargo posterior, Cuba llegó al puesto 138 en 2001, al 45 en 2002, y se estima que en 2003 era el 33. Se estima unos 80 visitan incluyendo
que aproximadamente 000 estadounidenses Cuba anualmente, unos 3000 viajes de
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negocios. Las remesas que los expatriados cubanos en Estados Unidos envían a su país alcanzan los 1000 millones de dólares anuales. Muchas de estas remesas contradicen el espíritu, si no la letra, del embargo. Además, ciertos productos de lujo como los puros (o cigarros) habanos son demandados en Estados Unidos, de hecho, empresas como General Cigar aprovechando el embargo se apropiaron del nombre Cohiba para vender bajo dicho nombre tabaco no procedente de Cuba. En la cultura popular, aparecen asociados a personajes ricos y poderosos, que consiguen sus propios suministros ilegales de tabaco. Aunque parte de esta fama se debe a la escasez de los mismos producida por el embargo, el tabaco cubano tiene fama de ser uno de los mejores del mundo (aunque algunos expertos creen que últimamente, y debido a factores como la peor calidad del suelo por los efectos del embargo en el mercado de fertilizantes, su calidad ha declinado). Existen algunos cubanos en el exilio que critican al embargo porque les dificulta enviar dinero o bienes a sus familiares y comunicarse con ellos, pues los precios por minuto están en la última escala del listado ya que Cuba no tiene acceso a la red mundial por presión del mismo embargo. Mientras que muchos de los exiliados históricos tuvieron motivos políticos para exiliarse (evitar los peligros que para ellos suponía las reformas socialistas de la Revolución), muchos de los que
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se fueron en las oleadas posteriores tienen motivaciones principalmente económicas y son mucho más favorables a enviar dinero a sus familias en la isla y al levantamiento total del embargo. Críticas al embargo Algunos críticos del embargo remarcan la doble moral de aislar a Cuba por su socialismo, mientras se comercia con otros estados comunistas como China o Vietnam, con los mismos sistemas políticos y económicos que en Cuba son causas del embargo. El comercio con estos países, se defiende como una influencia benigna en los países comunistas, que los animaría a optar por el libre mercado. Ningún senador o congresista cubano-estadounidense (actualmente disponen de escaños los senadores Mel Martínez (republicano por Florida) y Robert Menéndez (demócrata por Nueva Jersey) y los congresistas Lincoln Díaz-Balart, Mario Díaz-Balart, e Ileana Ros-Lehtinen (republicanos por Florida) ) ha intentado impulsar alguna medida de similar cariz en Cuba. Para algunos, esta contradicción se debe, no a la política exterior del país, sino a la interior, siendo resultado de la importancia del lobby cubano y sus contribuciones en las elecciones del país. En respuesta a estas críticas, los que están de acuerdo con la política de los congresistas y senadores cubano-estadounidenses remarcan el hecho de que ninguno de ellos han votado por ningunas de
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las medidas para suavizar o eliminar las sanciones contra los otros países comunistas. Críticos de izquierda, incluyendo Noam Chomsky, aducen que el embargo tiene el objetivo de evitar el éxito del plan económico de Castro, evitando así que sirva de ejemplo en otros países latinoamericanos, documentos desclasificados de 1964 del Departamento de Estado también afirman que Castro representa una amenaza a la hegemonía de Estados Unidos y un desafió abierto a la Doctrina Monroe. Otros críticos se centran en la dudosa utilidad del embargo: argumentan que, en vez de influir en el gobierno cubano alejándolo del modelo socialista, en su momento le ató aún más a la URSS, de la cual pasó a depender económicamente. También se ha dicho que el embargo es útil al gobierno de Fidel Castro, lejos de perjudicarlo, porque le permite culpar a los Estados Unidos de las fallas de su gobierno, y a la vez presentarse como el defensor de los cubanos frente al embargo estadounidense. Es por esta razón que diversos sectores liberales creen que el embargo ha afianzado a Castro en el poder y evitado que Cuba adopte el libre mercado, y siga un camino similar a otros países comunistas. Empresarios y economistas han advertido también que el embargo deja a las empresas estadounidenses en desventaja en el mercado cubano tras su
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hipotético final, pues se enfrentarán a una competencia más firmemente asentada. Por ello, hicieron un llamamiento al final del embargo. El embargo cuenta con la oposición de la comunidad internacional. Así, las Naciones Unidas han aprobado varias veces resoluciones instando a Estados Unidos a levantar o al menos aligerar el embargo con amplia mayoría: en 2002 173 países votaron a favor, mientras sólo Israel, Estados Unidos y las Islas Marshall se oponían; en 2004, sólo EEUU, Israel, las Islas Marshall y Palaos se opusieron (con abstención de los Estados Federados de Micronesia). El 4 de febrero de 2003, la ONU realizó una votación sobre el fin del embargo. Solo Estados Unidos, Israel y las Islas Marshall votaron en contra del fin del mismo. De nuevo, el 8 de noviembre de 2005, las Naciones Unidas aprobaron una resolución instando al final del bloqueo, con la única oposición de Estados Unidos, Israel, Islas Marshall y Palau. La ley Helms-Burton ha sido objeto de críticas por parte de los gobiernos canadiense y europeo, que no aceptan las pretensiones extraterritoriales de Estados Unidos, ya que la ley incluye formas de castigar a compañías no estadounidenses que comercien con Cuba. En el Congreso del Canadá, la ley fue parodiada por Godfrey-Milliken Bill, que reclamó la devolución de las propiedades confiscadas tras la revolución estadounidense a los españoles.
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Más lejos llegó el Parlamento Europeo, que en 1996 declaró ilegal el acatamiento de la ley HelmsBurton por ciudadanos europeos. Aunque fue más simbólico que real, esta ley eliminó cualquier reclamación por parte de la ley a ciudadanos europeos. Según el Consejo Europeo "El Consejo, al mismo tiempo que reafirma su preocupación de fomentar la adopción de reformas democráticas en Cuba, recordó la profunda inquietud expresada por el Consejo Europeo con respecto a los efectos extraterritoriales del "Cuban Liberty and democratic Solidarity (Libertad) Act" adoptado por Estados Unidos y a las disposiciones legales similares relativas a Irán y Libia que están en estudio. Señaló las innumerables objeciones planteadas en el mundo contra esta ley. Invitó al Presidente B. Clinton a que renuncie a la aplicación de las disposiciones del título III y expresó su preocupación en cuanto a las medidas ya adoptadas para la aplicación del título IV de dicha ley. El Consejo definió una serie de medidas que podrían ser adoptadas por la Unión Europea en respuesta al perjuicio causado a los intereses de empresas de la Unión Europea como consecuencia de la aplicación de esta ley. Entre estas medidas figuran: 1. la consulta de un grupo especial de la Organización Mundial del Comercio para la solución de conflictos;
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2. modificaciones de procedimientos que regulan la entrada de representantes de empresas estadounidenses en los Estados miembros de la Unión Europea; 3. la utilización o la aprobación de una legislación en la Unión Europea destinada a neutralizar los efectos extraterritoriales de la legislación estadounidense; 4. el establecimiento de una lista de empresas estadounidenses que inician acciones previstas en el título III, que convendría supervisar. El Consejo encargó al Coreper que adoptara las disposiciones necesarias para la aprobación urgente de medidas comunitarias y medidas nacionales coordinadas." Varios líderes religiosos se han opuesto al embargo por diversas razones, incluyendo principalmente motivos humanitarios. El papa Juan Pablo II pidió el fin del embargo tanto en su visita pastoral a México en 1979 como en la visita que realizó en Cuba en 1998. El patriarca ortodoxo Bartolomé I tildó el embargo de "error histórico" cuando visito la isla el 25 de enero de 2004. Varios líderes religiosos estadounidenses también han mostrado su oposición al embargo. En 1998, los Discípulos de Cristo y la Iglesia Unida de Cristo, iglesias protestantes que suman dos millones de miembros, escribieron
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una carta conjunta a favor de aliviar la presión económica del embargo. Los reverendos Jesse Jackson y Al Sharpton y el imán Louis Farrakhan también son conocidos opositores al embargo. El 15 de mayo de 2002 el ex presidente Jimmy Carter habló en La Habana pidiendo el fin del embargo: "Nuestras dos naciones han estado atrapadas en un destructivo estado de beligerancia durante 42 años, y es hora de cambiar nuestra relación y forma de pensar y hablar". En declaraciones públicas, el ministro cubano de Relaciones Exteriores, Felipe Pérez Roque, ha calificado el embargo como "acto de genocidio". Algo que ha develado la complicación de una imposición, por muchos considerada absurda ya, ha sido el caso de una víctima inocente de dicho embargo. La señora Mary McCarthy, ciudadana canadiense radicada en Cuba y con 107 años de edad, se ha visto imposibilitada a retirar sus ahorros de $300 000 dólares debido a la prohibición que se indica. Recientemente y debido a las presiones de diversas autoridades internacionales el gobierno ha cedido a entregarle un poco de su dinero para solventar sus gastos de geriatría. En octubre de 2007, la ONU volvió a condenar el embargo ilegal y unilateral de Estados Unidos a Cuba, por una votación de 184 votos a favor y solo 4 en contra. Nuevamente, los opositores al fin
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del bloqueo fueron Estados Unidos, Israel, Islas Marshall y Palau.
Revocatoria de la expulsión de Cuba de la OEA
El Representante ante la ONU de Estados Unidos declaro que “Los problemas de Cuba no se deben a ninguna decisión de Estados Unidos sino al embargo a la libertad que el régimen cubano le impone a su propio pueblo”.
Los cancilleres americanos el miércoles 3 de junio de 2.009 en consenso acordaron revocar la resolución de 1962 que suspendió a Cuba de la OEA. El nuevo texto aprobado dice que la resolución adoptada en 1962 en Punta del Este, “mediante la cual se excluyó al gobierno de Cuba de su participación en el sistema interamericano, queda sin efecto” en la OEA. Señala también “la participación de Cuba en la OEA será el resultado de un proceso de dialogo iniciado a solicitud del gobierno de Cuba y de conformidad con las prácticas, los propósitos y principios de la OEA”.
Expulsión de Cuba de la OEA Cuba fue expulsada de la OEA en 1962, durante la octava reunión de cancilleres celebrada en la ciudad uruguaya de Punta del Este. Bajo presión de Estados Unidos, los países del continente aceptaron excluir al gobierno revolucionario, el cual consideraron no cumplía con los requisitos democráticos de la región.
DECISION: MEDIANTE LA CUAL EXHORTA AL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS LEVANTAR EL EMBARGO COMERCIAL, ECONOMICO Y FINANCIERO A CUBA El Parlamento Andino en las sesiones reglamentarias del mes de junio del XXXIV Periodo Ordinario de Sesiones de la Asamblea General, celebrado en la ciudad de ……………………., durante los días …… y …….. de …….. de 2.009. CONSIDERANDO: Que, el bloqueo de Estados Unidos contra Cuba es un embargo comercial, económico y financiero impuesto el 7 de febrero de 1962, cuyo objetivo era crear presión sobre el gobierno cubano. Que, el bloqueo de Estados Unidos contra Cuba fue convertido en ley en 1992 y 1995.
Que, en 1999, el presidente Bill Clinton amplió el embargo comercial prohibiendo a las filiales extranjeras de compañías estadounidenses comerciar con Cuba por valores superiores 700 millones de dólares anuales. Que, el embargo cuenta con la oposición de la comunidad internacional. Así, las Naciones Unidas han aprobado varias veces resoluciones instando a Estados
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Unidos a levantar o al menos aligerar el embargo con amplia mayoría. Que, la ley Helms-Burton ha sido objeto de críticas por parte de los gobiernos canadiense y europeo, que no aceptan las pretensiones extraterritoriales de Estados Unidos, ya que la ley incluye formas de castigar a compañías no estadounidenses que comercien con Cuba. Que, en 2008 el embargo sigue en pie y es uno de los más duraderos de la historia. Ha sido condenado quince veces por las Naciones Unidas, que reconocieron que lastra la economía cubana, y en la última votación solo contó con el apoyo de EE.UU., Israel, Palau e Islas Marshall. Que, en cifras, Cuba ha sido perjudicado por los siguientes rubros (en millones de dólares): ingresos dejados de recibir por exportaciones y servicios: 40,427.5; pérdidas por reubicación geográfica del comercio 19,592; afectaciones a la producción y los servicios: 2,866.2; bloqueo tecnológico: 9,375; afectaciones a los servicios a la población: 1,565.3; afectaciones monetario financieras: 8,640.2, e incitación a la emigración y robo de cerebros: 6,533.8. Que, pese a que en todas las votaciones no ha habido más de cuatro países en contra de levantar el bloqueo, Estados Unidos no ha escuchado la sugerencia de la ONU.
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Que, por sus objetivos oficialmente declarados y encubiertos, por su alcance y por los medios y acciones para conseguirlos, el bloqueo de los Estados Unidos contra Cuba califica como un acto de genocidio de acuerdo con lo estipulado por la Convención de Ginebra para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio de 1948, y como un acto de guerra económica, según lo establecido en la Conferencia Naval de Londres de 1909. Que, en varios países del mundo, se está llevando a cabo un movimiento de clamor para que se levante el embargo. Que, varios líderes religiosos se han opuesto al embargo por diversas razones, incluyendo principalmente motivos humanitarios. El papa Juan Pablo II pidió el fin del embargo tanto en su visita pastoral a México en 1979 como en la visita que realizó en Cuba en 1998. El patriarca ortodoxo Bartolomé I tildó el embargo de "error histórico" cuando visito la isla el 25 de enero de 2004. Que, varios líderes religiosos estadounidenses también han mostrado su oposición al embargo. Que, en 1998, los Discípulos de Cristo y la Iglesia Unida de Cristo, iglesias protestantes que suman dos millones de miembros, escribieron una carta conjunta a favor de aliviar la presión económica del embargo. Los reverendos Jesse Jackson y Al Sharpton y el imán Louis Farrakhan
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también son conocidos opositores al embargo. Que, El 15 de mayo de 2002 el ex presidente Jimmy Carter habló en La Habana pidiendo el fin del embargo: "Nuestras dos naciones han estado atrapadas en un destructivo estado de beligerancia durante 42 años, y es hora de cambiar nuestra relación y forma de pensar y hablar". Que, empresarios y economistas han advertido también que el embargo deja a las empresas estadounidenses en desventaja en el mercado cubano tras su hipotético final, pues se enfrentarán a una competencia más firmemente asentada. Por ello, hicieron un llamamiento al final del embargo. Que, en declaraciones públicas, el ministro cubano de Relaciones Exteriores, Felipe Pérez Roque, ha calificado el embargo como "acto de genocidio". Que, en el marco de la 39ª asamblea anual, en San Pedro de Sula, los cancilleres y representantes de los países miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA) acordaron la Resolución 662 que enmienda la exclusión de Cuba del organismo regional.
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Que, el Secretario de Estado adjunto de Estados Unidos para Asuntos Hemisféricos, Tomas Shannon, calificó de importante la decisión de la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (OEA) que permite que Cuba retorne a esta organización regional de la que fue expulsada en 1962. DECIDE: ARTICULO UNICO: Exhortar al gobierno de los Estados Unidos levantar el embargo comercial, económico y financiero impuesto el 7 de febrero de 1962 contra la República de Cuba, por ser un acto de genocidio de acuerdo con lo estipulado por la Convención de Ginebra para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio de 1948, y como un acto de guerra económica, según lo establecido en la Conferencia Naval de Londres de 1909, situación que ha imposibilitando el auge económico de esta nación. Notifíquese y publíquese Dado en la ciudad de Bogotá, República de Colombia a los ………….. ( ) días del mes de junio de 2009.