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PROYECTOS DE PRONUNCIAMIENTO A SER CONOCIDOS Y DEBATIDOS EN EL MARCO DE LAS SESIONES REGLAMENTARIAS DE ABRIL DEL XXXII PERIODO ORDINARIO DE SESIONES REGLAMENTARIAS DEL PARLAMENTO ANDINO
PROYECTO DE PRONUNCIAMIENTO PD No. PD 001 – 0408…………………………2 PROYECTO DE PRONUNCIAMIENTO PD No. PD 002 – 0408…………………………4 PROYECTO DE PRONUNCIAMIENTO PD No. PD 003 – 0408……………………….10
PROYECTO DE PRONUNCIAMIENTO PD No. PD 004 – 0408……………………….11 PROYECTO DE PRONUNCIAMIENTO PD No. PD 005 – 0408……………………….16 PROYECTO DE PRONUNCIAMIENTO PD No. PD 006 – 0408………………………20 PROYECTO DE PRONUNCIAMIENTO PD No. PD 007 – 0408………………………23
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PROYECTOS DE PRONUNCIAMIENTO A SER CONOCIDOS Y DEBATIDOS EN EL MARCO DE LAS SESIONES REGLAMENTARIAS DE ABRIL DEL XXXII PERIODO ORDINARIO DE SESIONES REGLAMENTARIAS DEL PARLAMENTO ANDINO
PROYECTO DE PRONUNCIAMIENTO PD No. PD 001 – 0408
1. AUTOR Honorable Parlamentario Freddy Giler Arteaga, Presidente de la Comisión Primera “De Política Exterior y Relaciones Parlamentarias.” 2. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Ante los graves problemas suscitados por las inundaciones que afectan a los territorios de Bolivia, Ecuador y Perú, El Parlamento Andino exhorta a todos los órganos del SAI a desplegar acciones de cooperación inmediata que incidan directamente en el alivio del estado de necesidad y zozobra que viven los habitantes damnificados de los Países Miembros de la Comunidad Andina. Es imperioso que los demás Países Miembros de la CAN, como los órganos del SAI emprendan en coordinación de acciones para motivar a los organismos de cooperación internacional y conjuntamente con ellos apoyar a través de la ejecución de programas y proyectos la mitigación de las consecuencias que sufren los damnificados. 3. TITULO APOYO
A
LOS
PAÍSES
MIEMBROS DE LA COMUNIDAD ANDINA AFECTADOS POR LAS INUNDACIONES. 4. CONSIDERANDOS Que, el Acuerdo de Cartagena establece en su artículo 1: “promover el desarrollo equilibrado y armónico de los Países Miembros, en condiciones de equidad, mediante de integración y la cooperación económica y social...” Que, el Tratado Constitutivo del Parlamento Andino en su artículo 11 literal g) establece como propósitos del Parlamento Andino “promover relaciones de cooperación con los Parlamentos de los Países Miembros, los órganos e instituciones del Sistema Andino de Integración, así como con los Órganos Parlamentarios de Integración o Cooperación con Terceros Países”. Que, el Artículo 59 del Reglamento General del Parlamento Andino establece que la Comisión Primera de “Política Exterior y Relaciones Parlamentarias” conoce sobre los asuntos de interés subregional y por lo tanto le corresponde entre otros temas: • Realizar el seguimiento a la
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política exterior común formulada por el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores.
Bolivia, Ecuador y Perú y en especial contribuyan a satisfacer las necesidades de los damnificados.
• Participación comunitaria en foros y organizaciones políticas comunitarias. Exposición de Motivos.
ARTÍCULO SEGUNDO: COPRADE y el PREDECAN en coordinación con los Ministerios de Estado de cada país afectado por las inundaciones generen de manera inmediata un plan de contingencia para que con la participación de los Órganos del SAI y países terceros solidarios con la CAN emprendan en acciones de ejecución de programas y proyectos en pro de mejoras para los damnificados, y en los países de la CAN se socialice una estrategia para prevención de desastres.
Ante los graves problemas suscitados por las inundaciones que afectan a los territorios de Bolivia, Ecuador y Perú, El Parlamento Andino exhorta a todos los órganos del SAI a desplegar acciones de cooperación inmediata que incidan directamente en el alivio del estado de necesidad y zozobra que viven los habitantes damnificados de los Países Miembros de la Comunidad Andina. Es imperioso que los demás Países Miembros de la CAN, como los órganos del SAI emprendan en coordinación de acciones para motivar a los organismos de cooperación internacional y conjuntamente con ellos apoyar a través de la ejecución de programas y proyectos la mitigación de las consecuencias que sufren los damnificados. El Parlamento Andino en el ejercicio de sus competencias decide: 5. ARTICULADO ARTÍCULO PRIMERO: COPPRADE y el PREDECAN generen de manera inmediata las directrices para contrarrestar los problemas suscitados por las inundaciones en los territorios de
ARTÍCULO TERCERO: EL COPRADE Y PREDECAN motiven a los países extracomunitarios andinos a contribuir a través de sus organismo de cooperación de fondos no reembolsable a realizar programas y proyectos de cooperación en los territorios afectados por las inundaciones con el propósito de mitigar las consecuencias de los desastres naturales ocasionados, así como contribuir al alivio del estado de zozobra que viven los damnificados. ARTÍCULO CUARTO: La CAP priorice y facilite el financiamiento para proyectos de ejecución a realizarse en los territorios de los países afectados por las inundaciones con el propósito de que contribuya a aliviar a situación de emergencia en la que se encuentran inmersos os Países Miembros de la CAN.
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PROYECTO DE PRONUNCIAMIENTO PD No. PD 002 – 0408
1. AUTOR PARLAMENTARIO ANDINO JUAN MARIÁTEGUI, MIEMBRO DE LA COMISION 1 DE POLITICA EXTERIOR Y RELACIONES PARLAMENTARIAS.
2. EXPOSICION DE MOTIVOS
DE LOS INSTRUMENTOS Y FUNCION DE LAS COMISIONES DEL PARLAMENTO ANDINO
El Sistema Andino de Integración está conformado entre otros órganos, por el Parlamento Andino. El Tratado Constitutivo que le da nacimiento data del 25 de octubre de 1979 suscrito por los Gobiernos de Bolivia, Ecuador, Colombia, Perú y Venezuela. La Comisión de la Comunidad Andina mediante Decisión 563 Codificó el cuerdo de Cartagena el 25 de junio de 2003 que sustituyó a la Decisión 406 del 25 de junio de 1997. La primera Decisión del Parlamento Andino se emitió el 31 de Agosto de 1980. Se observa que durante 27 años del inicio de su gestión se han emitido más de 1200 Decisiones, entre otros instrumentos. Es innegable que durante estos 27 años los Parlamentarios Andinos
han aportado su experiencia y generado iniciativas que han dado lugar a las decisiones antes mencionadas. Pero no existe una labor de control y seguimiento de estas propuestas ni un balance general de los efectos e impacto que hayan tenido y que sean de conocimiento y objeto de discusión en las Plenarias que se convocan en la sede central. Se observa asimismo la creación de organismos subsidiarios y adscritos, como es la Universidad Simón Bolívar, el Centro Andino de Investigación, Capacitación, Desarrollo y Armonización Legislativa CADEL que se encuentra adscrita a la Secretaria General del Parlamento Andino y el Instituto Andino de Biodiversidad, de conformidad con lo establecido por el Capítulo VII del Reglamento General del Parlamento Andino. El aparato burocrático de estas instituciones no han llegado a ligarse en forma estrecha con los Parlamentarios Andinos, toda vez que no existe una mecánica clara de interacción que se vea reflejado en las Comisiones que es el órgano principal de gestión del Parlamento Andino. Sin embargo, dado el nuevo contexto político internacional al que estamos asistiendo, la mecánica tradicional resulta totalmente inviable. Por otro lado, nos encontramos ante
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una realidad contradictoria. Esto es, cada país integrante del Parlamento Andino vive su propia realidad política y social cuya vivencia afecta a la institución. Solo Ecuador y Perú son Parlamentarios elegidos por sufragio universal y directo, lo será Colombia en el 2010 y Bolivia sigue siendo por representación. En la práctica, se observa que la Secretaria General del Parlamento Andino hace denodados esfuerzos por mantener la prosecución tangible de la institución del Parlamento Andino. Sin embargo, existe un cierto descontento de los Parlamentarios cuando ejercen el cargo sin lograr objetivos resultados para el país de donde provienen y en general para la Comunidad Andina. El Parlamentario proponente, observa que a 1 año y 8 meses en el ejercicio del cargo de Parlamentario Andino, el país de su procedencia hace uso de los recursos para las 8 sesiones ordinarias que se materializan en la última semana de cada mes y por tres días del Perú hacia la ciudad de Bogotá, Colombia. Lo propio hacen los demás países miembros. Es decir, son entre 24 días y 30 días de encuentro al año. En los días de permanencia en la ciudad de Bogotá, Colombia, solo medio día se utiliza para el trabajo en las Comisiones que contempla el Reglamento General. Es decir, la labor de las Comisiones se reduce a 4 días de labor efectiva al año. Solo basta con hacer lectura de las agendas de los últimos meses que encarecen la labor efectiva del
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Parlamento Andino. Los Parlamentarios de elección directa, esto es Perú y Ecuador cuentan con un staff de profesionales remunerados por el país miembro, quienes en la práctica con la dirección y conducción del Parlamentario hacen las propuestas que serán futuras decisiones o instrumentos generados por el Parlamento Andino. En los Parlamentarios por Representación, su función debe atender tanto al Parlamento de su país de origen como al Parlamento Andino. La iniciativa necesaria en un primer momento, de que las Comisiones cuenten con personal de la Secretaria General del Parlamento Andino fue oportuna y necesaria pero no suficiente. Es innegable que a las Comisiones constituidas en el Reglamento General se las debe dotar de normas que la hagan dinámica y el centro de debate de las Sesiones Ordinarias del Parlamento Andino, proponiendo la urgente y necesaria reestructuración del Reglamento General que en esta materia nos rige, en aras de lograr que las Comisiones sean el motor principal de gestión del Parlamento Andino. La motivación de esta iniciativa se hace a su vez necesaria por que no debemos olvidar que estamos en pleno siglo XXI, con profundas transformaciones que afectan el escenario de integración de los países andinos. Tan solo cabe mencionar que el Perú es el único país de la Comunidad Andina que
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es miembro de APEC (Foro de Cooperación Económica Asia Pacífico), habiendo elegido al Perú en Noviembre de 2003 como sede de la XVI Cumbre de dicho Foro a realizarse en noviembre del presente año. Asimismo el único modelo frente a la Comunidad Internacional es la de América Latina — Unión Europea, cuyo centro de debate son temas políticos, económicos y de cooperación, siendo en Mayo de 2008 en la ciudad de Lima, Perú, la Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno. El Parlamento Andino debe responder en forma efectiva frente a este reto internacional. 3. TITULO “REESTRUCTURACION DE LA DINAMICA DE LAS COMISIONES DEL PARLAMENTO ANDINO FRENTE AL NUEVO ESCENARIO INTERNACIONAL, MODIFICANDO LOS ARTS 49, 66, 57, Título III Capitulo 1, 77, Título II Capítulo IV del Reglamento General del Parlamento Andino.” 4. CONSIDERANDOS Que, durante 27 años del inicio de gestión del Parlamento Andino se han emitido más de 1200 Decisiones, entre otros instrumentos. Que, no existe una labor de control y seguimiento de estas propuestas ni un balance general de los efectos e impacto que hayan tenido y que sean de conocimiento y objeto de
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discusión en las Plenarias que se convocan en la sede central, realidad que hace necesaria la modificación del art. 49 del Reglamento General, respecto al Capitulo IV: Las Comisiones, a pesar que en el mismo texto dicho artículo se determina entre las tareas básicas la función de control, lo que sugiere un desarrollo de esta norma. Que, existen organismos subsidiarios y adscritos, como es la Universidad Simón Bolívar, el Centro Andino de Investigación, Capacitación, Desarrollo y Armonización Legislativa CADEL que se encuentra adscrita a la Secretaria General del Parlamento Andino y el Instituto Andino de Biodiversidad, de conformidad con lo establecido por el Capítulo VII del Reglamento General del Parlamento Andino, cuyo aparato burocrático no ha llegado a ligarse en forma estrecha con los Parlamentarios Andinos, toda vcz que no existe una mecánica clara de interacción que se vea reflejado en las Comisiones que es el órgano principal de gestión del Parlamento Andino. Que, por esta razón se hace necesaria modificar el Capítulo VII “ Organismos Subsidiarios y Adscritos” adicionando un artículo que le siga al art. 65 que aborde este tema. Que, el Parlamentario proponente, observa que a 1 año y 8 meses en el ejercicio del cargo de Parlamentario Andino, el país de su procedencia hace uso de los recursos para las 8 sesiones
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ordinarias que se materializan en la última semana de cada mes y por tres o cuatro días del Perú hacia la ciudad de Bogotá, Colombia. Lo propio hacen los demás países miembros. Es decir, son 24 días y 30 días de encuentro al año. En los días de permanencia en la ciudad de Bogotá, Colombia, solo medio día se utiliza para el trabajo en las Comisiones que contempla el Reglamento General. Es decir, la labor de las Comisiones de reducen a 4 días de labor efectiva al año. Solo basta con hacer lectura de las agendas de los últimos meses que encarecen la labor efectiva del Parlamento Andino. Que, es innegable que a las Comisiones constituidas en el Reglamento General se las debe dotar de normas que la hagan dinámica y el centro de debate de las Sesiones Ordinarias del Parlamento Andino, proponiendo la urgente y necesaria reestructuración del Reglamento General que en esta materia nos rige, en aras de lograr que las Comisiones sean el motor principal de gestión del Parlamento Andino. ARTICULADO ARTÍCULO PRIMERO: Adicionar a las funciones del Presidente, consignadas en el Artículo 23, el siguiente texto: “Corresponde al Presidente Parlamento Andino:
del
m) Elevar en consulta a Comisiones sus propuestas asuntos de especialización o interés institucional. De tratarse
las en de de
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un pronunciamiento de carácter urgente, se hará por fax además de medio electrónico suficiente.”. ARTICULO SEGUNDO: Modificar el Artículo 36 que será reemplazado por el siguiente texto: “Sesiones Solemnes: La Plenaria se reunirá en Sesión Solemne para recibir a los Jefes de Estado o de Gobierno; para conmemorar actos de trascendental importancia para la institución siempre que así lo declare la Mesa Directiva mediante Resolución difundida en la Gaceta Oficial con 15 días de anticipación a la Sesión convocada. Corresponde al Presidente responder el discurso o intervención del visitante. En las Sesiones Solemnes la Plenaria no tratará asuntos de carácter político o administrativo de la institución. Las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias son prioritarias a las Sesiones Solemnes, lo que significa que el tiempo que se le concede a la Sesión Solemne será lo requerido y necesario de manera que no afecte a la marcha institucional ni afecte la labor Parlamentaria”. ARTICULO TERCERO: Adicionar al Artículo 49 el siguiente texto: ”Las Comisiones luego de generar propuestas en el ámbito de su competencia y su aprobación por la Plenaria y que no se relacione con los Organismos Subsidiarios y Adscritos, deberán realizar una acción de control y seguimiento de dichas propuestas Para estos
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efectos cada Comisión adecuará su estructura de trabajo interno. Todas las Comisiones, en el último mes de las sesiones ordinarias deberán entregar & Pleno, un balance general de los efectos e impacto que han tenido las propuestas aprobadas por el Parlamento Andino. Asimismo, deberán proponer las deficiencias encontradas al momento de ponerse en práctica dicho instrumento que justifique la intervención del Pleno para su modificación.” ARTICULO CUARTO: Modificar el Artículo 57 adicionando el siguiente texto: “Los informes serán realizados por el Presidente de la Comisión o al que elijan entre sus miembros” ARTICULO QUINTO: Adicionar al Artículo 66, el siguiente texto: “Artículo 66: De la Interacción de las Comisiones con los Organismos Subsidiarios y Adscritos.Los Organismos Subsidiarios y Adscritos creados o por crearse deberán alcanzar a los miembros integrantes de las Comisiones Principales señaladas en el Reglamento General del Parlamento Andino, según su especialidad, las propuestas para su debate en la Plenaria del Parlamento Andino. De ser aprobada, propondrán el Balance y efectos de dichas propuestas, quienes de ser el caso serán invitados a las Comisiones Principales para que emitan el informe correspondiente en forma
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personal o vía tele conferencia. Le corresponde al Secretario General la coordinación de estas gestiones y al Secretario de las Comisiones pertinentes la elaboración de la agenda que incorpore esta labor”. ARTICULO SEXTO: Añadir un Articulado al Título III Capítulo 1 que será el siguiente texto, como artículo siguiente al Artículo 71:
“Artículo. Del tiempo efectivo de la labor parlamentaria.- El tiempo efectivo de la labor parlamentaria en la sede central será de tres días como mínimo. Los días de labor se iniciarán a las 9 AM con una tolerancia de 15 minutos y concluirá a las 6 PM con el interregno de 1:30 hora para uso del almuerzo correspondiente. Los días podrán ser ampliados por acuerdo de la Plenaria o en su defecto por la Mesa Directiva. Los Parlamentarios que no estuvieren al inicio de la Sesión por tardanza o falta o se retiren luego de iniciada la sesión, deberá justificar dicho acto ante la Mesa Directiva y de conformidad con las causales determinadas en el artículo 74, fuerza mayor o acontecimiento imprevisible. De quedar consentida la resolución que declare injustificable dicho acto, será publicado en la Gaceta Oficial del Parlamento Andino. El primer día será destinado a la labor en las Comisiones Principales u otras creadas o por crearse. El segundo día será destinado al
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debate de los informes de las Comisiones Principales, según orden que determinará la Presidencia de la Mesa Directiva. El Tercer día será destinado a la formulación de instrumentos propuestos por los Parlamentarios, Secretario General del Parlamento Andino, altos funcionarios que tuvieren rango de ministros, órganos legislativos de los países miembros, órganos o instituciones que conforman el Sistema Andino de Integración, agentes diplomáticos acreditados para participar ante el Parlamento Andino y demás consignadas en el primer artículo del Titulo III, Capítulo 1. De existir Sesión Solemne, ésta no puede afectar los tres días mínimos del tiempo efectivo de la labor parlamentaria, en cuyo caso la Presidencia de la Mesa Directiva deberá disponer la ampliación de los días de sesión”. ARTICULO SEPTIMO: Modificar el Artículo 77 añadiendo: “j) Funcionarios de la Secretaría General, funcionarios procedentes de la Representación Parlamentaria Nacional de cada país miembro”. ARTICULO OCTAVO: Adicionar un Articulado al Titulo II, Capítulo IV Luego del Artículo 55. “Artículo. De las Coordinaciones de los Parlamentarios con las
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Secretarías de las Comisiones del Parlamento Andino durante el interregno de las sesiones ordinarias y extraordinarias.- El Secretario de las Comisiones deberá remitir el Acta de la Sesión anterior vía correo electrónico a los miembros de las Comisiones. Dichos miembros tendrán 3 días hábiles para remitir sus observaciones. Luego de este procedimiento, el Secretario de las Comisiones levantará el Acta Final y lo remitirá para conocimiento de los miembros de la Comisión a la que pertenezca, debiendo registrarlo en Libro autorizado por el Secretario General para dejar constancia de la labor del Secretario de la Comisión. Este acto lo impulsará el Secretario de la Comisión a los dos días de finalizada la Sesión Plenaria Ordinaria o Extraordinaria. El Secretario de la Comisión a su vez coordinará vía correo electrónico con los funcionarios que determine los Parlamentarios Miembros de la Comisión, con quienes determinarán los temas a tratar en las Comisiones y los que serán materia de la Plenaria. Los funcionarios de la Secretaria General apoyarán esta labor, pero la decisión de las tareas que se tratarán son de exclusiva competencia de los Parlamentarios miembros de las Comisiones. Todos estos actos deberán ser registrados por el Secretario de la Comisión.”
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PROYECTO DE PRONUNCIAMIENTO PD No. PD 003 – 0408 1. AUTOR Honorable parlamentaria Andina Elsa Guevara miembro de la comisión III “De seguridad regional y Desarrollo sustentable” 2. EXPOSICION DE MOTIVOS El 25 de Mayo de 1809 marca el inicio de la revolución Alto peruana que se extendería por todo el continente en el decurso de 16 años y que bañaron las tierras americanas con la sangre de miles de patriotas y la muerte de los chapetones que defendían a la monarquía española que por más de trescientos años explotaron a estas tierras dignas de mejor suerte. Muchos investigadores de los sucesos de Chuquisaca explican que la influencia de las ideas de la Revolución Francesa y las doctrinas de los enciclopedistas en la preparación del espíritu revolucionario en los abogados y estudiantes de la Universidad más famosa del continente, fueron el resultado de los sucesos de esa época- Pero, más lógico sería atribuir al descontento general contra las malas autoridades y los privilegios, la mayor proporción del fermento sedicioso que se formaba entre la población criolla y mestiza. Ese día se reunieron los Oidores en una casa particular y “después de larga deliberación, pasaron un oficio a Pizarro intimándole la entrega del mando” Pizarro ordenó el inmediato apresamiento de los Oidores y solo fue detenido el fiscal Zudáñez, porque los otros se dieron prisa
para esconderse. Zudáñez fue cogido preso al entrar la noche y alborotaba dando voces anunciando que lo conducían al patíbulo, con la manifiesta intención de provocar la explosión que se venía preparando. “Y sucedió lo que quería y esperaba que sucediese; alborotó se el pueblo, de por sí levantisco y en la ciudad hubo gran movimiento de gente que acudía a la plaza principal y a la Audiencia. Muchos se subieron a los campanarios y comenzaron a echar a vuelo las campanas; otros prendían fogatas en las calles Desde la Audiencia disparaban cañonazos y descargas de fusilería para amedrentar pueblo. Pizarro ordena la libertad de Zudáñez, pero ya el pueblo se había amotinado y atacaron la Audiencia y tomaron preso a Pizarro; salió éste escoltado por la muchedumbre y conducido por los revolucionarios. Nadie salió herido, no se derramó una gota de sangre” cuenta René Moreno. “Con un Pizarro comenzó la dominación de España; con otro Pizarro principia la separación” fue la ironía de la historia. 3. TITULO PROYECTO DE DECISIÓN POR MEDIO DE LA CUAL SE DECIDE LLEVAR A CABO LA SESIÓN DE HONOR EN LA CIUDAD DE SUCRE, EL 25 DE MAYO DE 2009 4. CONSIDERANDO Que, el 25 de mayo 1809, fue lanzado el primer grito libertario en América latina, de la opresión de más de 300 años de
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dominación Española. Que, este acontecimiento, emergió de la ciudad de Charcas hoy Sucre, suceso que marco la ruta de la libertad para todos los pueblos del Alto y bajo Perú. Que, es digno de rendir homenaje por tan noble gesto heroico, porque gracias a estas ideas revolucionarias, los pueblos latinoamericanos gozamos de libertad, igualdad y democracia 5. ARTICULADO:
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Parlamento Andino en pleno, el 25 de mayo de 2009, en la ciudad de Sucre, República de Bolivia, como un justo homenaje al Bicentenario del Primer Grito Libertario de América. ARTÍCULO SEGUNDO: Se encomienda a Secretaria General efectuar la coordinación logística necesaria con las autoridades de la Ciudad de Sucre para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo precedente.
ARTICULO PRIMERO.Llevar adelante la Sesión solemne del
PROYECTO DE PRONUNCIAMIENTO PD No. PD 004 – 0408 1. AUTOR. Comisión Segunda “de Educación, Ciencia, Cultura, Tecnología y Comunicaciones”. 2. EXPOSICION DE MOTIVOS. La Unión Europea ha priorizado el apoyo a actividades y programas de Desarrollo Social, como una línea de acción con la cual pretende aportar al mejoramiento de la situación de extrema pobreza e inequidad a la cual de encuentra sometida una alta proporción de ciudadanos en los países de la ecoregión andina. De manera proactiva, ASCUN convocó la participación de las asociaciones universitarias de la región andina para formular conjuntamente una propuesta tendiente a favorecer el desarrollo metodológico para la intervención social, como expresión de responsabilidad autónoma
universitaria, y documentar el impacto que estas actividades de intervención producen en las comunidades, como consecuencia del desarrollo de programas y proyectos académicos, investigativos o de servicio social adelantadas por las instituciones de Educación Superior de la Región Andina. Las asociaciones, en representación de la institucionalidad universitaria, han venido impulsando la conformación de un espacio común para la educación superior en el ámbito andino, convencidas que desde la academia se construye confianza y cultura que favorece enormemente la integración. El 18 de marzo pasado en la ciudad de Lima, con motivo de la reunión preparatoria de la Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno, sus representantes comprometieron su decisión política, académica y
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administrativa para crear el Consejo de Educación Superior de los Países Andinos, como estrategia para respaldar la integración de la Comunidad Andina desde los escenarios propios de la educación superior y sus aspectos sustanciales en materia de cultura, ciencia y tecnología, respetando sus respectivas diversidades, pero al mismo tiempo, logrando las sinergias recíprocas que posibilitan consolidar fortalezas prospectivas. Consideraron así mismo, que el Consejo constituye la mejor instancia para implementar la Declaración de Lima del 7 de diciembre de 2007 por una “Comunidad Andina de Educación Superior”, uno de cuyos apartes destaca precisamente el compromiso de continuar la construcción de una visión andina de la educación superior que desarrolle entre otros, el tema de la responsabilidad social universitaria. La temática de la Responsabilidad Social Universitaria se desarrolló como contenido académico del Pleno Universitario en el año 2005 y a su vez, es componente del documento rectoral “Políticas 2006 – 2010, De la Exclusión a la Equidad”, en el cual se plantea la necesidad de la presencia universitaria en la búsqueda de soluciones a la complejidad social que caracteriza actualmente a nuestras comunidades. ASCUN ha tenido el acompañamiento de la Universidad Católica del Perú que ha formado parte de la Red del BID en “Ética y Desarrollo” y ha implementado proyectos con comunidades
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marginadas en zonas rurales del Perú. A este trabajo conjunto se sumó la Universidad de Deusto de España, institución aprestigiada por su valiosa experiencia en el tema de Responsabilidad Social, la cual mostró interés en vincularse a esta iniciativa. Establecido un acuerdo de voluntades entre las instituciones, se avanzó en el diseño y formulación de una propuesta técnica con el fin de solicitar a la UE, a través de la CAN, el apoyo financiero y técnico de la iniciativa. La fase de prediseño, sensibilización y desarrollo de la propuesta, requirió de actividades técnicas que fueron apoyadas financiera y técnicamente por ASCUN, poniendo de manifiesto su interés por asumir un liderazgo proactivo frente a la problemática social. Los aspectos metodológicos y operativos (participación y compromiso), así como de sensibilización hacia los distintos actores en cada uno de los países, fueron producto del trabajo integrado y elaborado conjuntamente en reuniones de análisis y consenso. Justificación La Proyección Social de la Educación Superior se ha venido trabajando en el contexto social a través de esfuerzos aislados, de impacto limitado y poco dimensionado, en aspectos puntuales y en gran medida por iniciativas particulares voluntarias, sin el adecuado apoyo institucional ni de los organismos del Estado.
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Por el contrario, se requiere que la Universidad aporte conocimientos y reflexiones que permitan el planeamiento de políticas sociales, las cuales orienten la labor del Estado y de los organismos de servicio y de Cooperación Internacional. Las universidades constituyen actores claves para la promoción hacia un verdadero desarrollo humano sostenible, que sea inclusivo para las poblaciones marginadas que puedan ser beneficiarios directos del desarrollo tecnológico y de la aplicación de un conocimiento en favor de la dignificación de la vida de las personas y de las comunidades. Estas iniciativas universitarias comprenderán una cobertura de nivel internacional, ampliando su trabajo en el contexto de los países de la Comunidad Andina, aunando esfuerzos y potenciando la capacidad de investigación y análisis, para avanzar, a través de la acción mancomunada, hacia la conformación de un espacio común andino para la educación superior, la ciencia y la cultura. Un proyecto social universitario permitirá a alumnos, docentes e investigadores, acercarse de manera analítica a las problemáticas sociales, permitiéndoles conocer de cerca realidades que agobian a un sinnúmero de comunidades caracterizadas por los altos niveles de necesidades básica insatisfechas, de marginación social, de inequidad y de baja productividad, permitiéndose por este mecanismo generar en la comunidad académica un sano sentido de solidaridad y de justicia,
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que no puede ser conocido de otra forma, contando con adecuado soporte científico y debidamente organizado y verificado. Objetivo Diseñar, validar y promover una propuesta sistémica de intervención social que contribuya a mejorar la situación de las sociedades andinas y promueva un mayor compromiso misional de la Universidad como agente de transformación social, a partir de los Objetivos de Desarrollo del Milenio y teniendo en cuenta las experiencias de iniciativas sociales desarrolladas por las universidades andinas en ámbitos de vulnerabilidad social. Características del modelo de intervención El modelo de intervención, concebido desde una comunidad de aprendizaje, se caracteriza como el más prometedor para superar limitaciones intrínsecas de los proyectos sociales emprendidos desde la universidad. Son sus características las siguientes: • • • •
Interdisciplinariedad e ínterinstitucionalidad Vinculación con la malla curricular de uno o varios programas Incorporación e integración de la generación de conocimiento Comunicación permanente de logros y alcances del proyecto con los actores sociales
El Proyecto está estructurado por
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fases, de manera secuencial, y con definición de contenidos específicos para cada una de ellas. -
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Fase Uno: Establecer factores clave de una propuesta de intervención social universitaria, a partir de las experiencias previas de los proyectos universitarios de la Región Andina. Fase Dos: Validar la propuesta sistémica a través de la intervención social universitaria en proyectos comunitarios específicos. Fase Tres: Promover la propuesta sistémica de intervención social, en los estamentos de conglomerado universitario, así como en las agencias de apoyo gubernamental.
Cobertura y duración La cobertura geográfica del proyecto tiene concebida una participación de los países de la Región Andina y la República de Chile con su proyecto social “Construye País”, de tal manera que se involucra a las asociaciones universitarias de cada uno de los países: ASCUN de Colombia, El Consejo de Rectores de las Universidades de Chile – CRUCH, el Consejo Nacional de Educación Superior- CONESUP del Ecuador, La Asamblea Nacional de Rectores del Perú – ANR, la instancia competente del Viceministerio de educación superior de Bolivia y la Asociación Nacional Venezolana de Rectores de Universidades AVERU. Se espera la participación de
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distintos Organismos Internacionales como IESALC/UNESCO, la SECAB, y la Comunidad Andina, CAN. El proyecto ha sido diseñado para con una duración de 44 meses. 3. TÍTULO RESPALDO AL PROYECTO PARA EL DESARROLLO DE LA RESPONSABILIDAD SOCIAL UNIVERSITARIA EN EL AMBITO ANDINO HACIA LA CONSOLIDACIÓN DE UN ESPACIO ANDINO PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR, LA CIENCIA, LA TECNOLOGÍA Y LA INNOVACIÓN. 4. CONSIDERANDOS Que, de conformidad al Artículo 43 del Acuerdo de Cartagena son atribuciones del Parlamento Andino las siguientes: a) Participar en la promoción y orientación del proceso de la integración subregional andina, con miras a la consolidación de la integración latinoamericana; (…) d) Sugerir a los órganos e instituciones del Sistema las acciones o decisiones que tengan por objeto o efecto la adopción de modificaciones, ajustes o nuevos lineamientos generales con relación a los objetivos programáticos y a la estructura institucional del Sistema; Que, la Plenaria del Parlamento Andino mediante Recomendación
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No. 200 aprobada en el marco de las Sesiones Reglamentarias del mes de noviembre del XXXI Periodo Ordinario de Sesiones del Parlamento Andino, en su artículo segundo recomendó a la Comisión Segunda del Parlamento Andino, establecer los canales de cooperación con la Red de Universidades Andinas REDUAN, con el Consejo Andino de Ciencia y Tecnología, el Instituto Colombiano para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología “Francisco José de Caldas” – COLCIENCIAS, con el Convenio Andrés Bello, con la Secretaría General de la Comunidad Andina, con la Universidad Andina Simón Bolívar y con las demás instituciones y organismos competentes que considere convenientes, con el fin de avanzar en las propuestas y acciones que tengan por objeto la consolidación del Espacio Común Andino para la Educación Superior, la Ciencia, la Tecnología y la Innovación; Que la Asociación Colombiana de Universidades ASCUN, convocó la participación de las asociaciones universitarias de la región andina para formular conjuntamente una propuesta tendiente a favorecer el desarrollo metodológico para la intervención social, como expresión de responsabilidad autónoma universitaria, y documentar el impacto que estas actividades de intervención producen en las comunidades, como consecuencia del desarrollo de programas y proyectos académicos, investigativos o de servicio social adelantadas por las instituciones de Educación Superior de la Región
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Andina; Que, establecido un acuerdo de voluntades entre las instituciones Universitarias del Área Andina, se avanzó en el diseño y formulación de una propuesta técnica (Proyecto) con el fin de solicitar a la UE, a través de la CAN, el apoyo financiero y técnico de la iniciativa. La fase de prediseño, sensibilización y desarrollo de la propuesta, requirió de actividades técnicas que fueron apoyadas financiera y técnicamente por ASCUN, poniendo de manifiesto su interés por asumir un liderazgo proactivo frente a la problemática social. Los aspectos metodológicos y operativos (participación y compromiso), así como de sensibilización hacia los distintos actores en cada uno de los países, fueron producto del trabajo integrado y elaborado conjuntamente en reuniones de análisis y consenso; Que, el objetivo del Proyecto de Responsabilidad Social Universitaria presentado por ASCUN a la Unión Europea consiste en diseñar, validar y promover una propuesta sistémica de intervención social que contribuya a mejorar la situación de las sociedades andinas y promueva un mayor compromiso misional de la Universidad como agente de transformación social, a partir de los Objetivos de Desarrollo del Milenio y teniendo en cuenta las experiencias de iniciativas sociales desarrolladas por las universidades andinas en ámbitos de vulnerabilidad social; Que, el Proyecto de Responsabilidad Social Universitaria
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presentado por ASCUN permite avanzar hacia la consolidación del Espacio Común Andino para la Educación Superior, la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, ya que a través de su modelo de intervención contribuye a consolidar la Interdisciplinariedad e ínterinstitucionalidad, la vinculación con la malla curricular de uno o varios programas, la Incorporación e integración de la generación de conocimiento, la Comunicación permanente de logros y alcances del proyecto con los actores sociales, permito acercar a las instituciones Universitarias en el marco del Proceso Andino de Integración. 5. ARTICULADO ARTÍCULO PRIMERO: Respaldar el Proyecto de Responsabilidad Social Universitaria presentado por la Asociación Colombiana de Universidades ASCUN. ARTÍCULO SEGUNDO: Solicitar a la Secretaría General de la Comunidad Andina considerar la
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priorización del Proyecto de Responsabilidad Social Universitaria, dentro de los proyectos sociales a financiar en el presente año con los aportes hechos por la Unión Europea para tal fin. ARTÍCULO TERCERO: Encargar a la Comisión Segunda del Parlamento Andino hacer el Seguimiento al Proyecto de Responsabilidad Social Universitaria presentado por ASCUN, debiendo presentar informes periódicos a la Plenaria. ARTÍCULO CUARTO: Solicitar a la Secretaría General de la Comunidad Andina, promover la participación del Parlamento Andino a través de la Comisión Segunda, en todas las actividades relacionadas con los temas de Educación, Ciencia, Cultura, Tecnología e Innovación en la subregión andina, así como remitir informes periódicos sobre el desarrollo de estos temas a la Secretaría General del Parlamento Andino.
PROYECTO DE PRONUNCIAMIENTO PD No. PD 005 – 0408
1. AUTOR Honorable Parlamentario Andino Marcelo Dotti, miembro de la comisión II “De educación ciencia y tecnología.”
2. EXPOSICION DE MOTIVOS.
La integración física de territorios y personas es la condición fundamental e indispensable para el éxito de cualquier proceso de integración entre naciones del mundo. Es por ello que el capítulo XI del Acuerdo de Cartagena, constitutivo del ya largo proceso de integración de las naciones andinas,
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se ocupa expresamente de la integración física. Al respecto, los artículos correspondientes a este capítulo señalan lo siguiente: Artículo 116.- Los Países Miembros desarrollarán una acción conjunta para lograr un mejor aprovechamiento del espacio físico, fortalecer la infraestructura y los servicios necesarios para el avance del proceso de integración económica de la Subregión. Esta acción se ejercerá principalmente en los campos de la energía, los transportes y las comunicaciones, y comprenderá las medidas necesarias a fin de facilitar el tráfico fronterizo entre los Países Miembros. Para tal efecto, los Países Miembros propenderán al establecimiento de entidades o empresas de carácter multinacional, cuando ello sea posible y conveniente para facilitar la ejecución y administración de dichos proyectos. Artículo 117.- La Comisión, a propuesta de la Secretaría General, adoptará programas en los campos señalados en el artículo anterior con el fin de impulsar un proceso continuo destinado a ampliar y modernizar la infraestructura física y los servicios de transportes y comunicaciones de la Subregión. Estos programas comprenderán, en lo posible: a) La identificación de proyectos específicos para su incorporación en los planes nacionales de desarrollo y el orden de prioridad en
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que deben ejecutarse; b) Las medidas indispensables para financiar los estudios de preinversión que sean necesarios; c) Las necesidades de asistencia técnica y financiera para asegurar la ejecución de los proyectos; y d) Las modalidades de acción conjunta ante la Corporación Andina de Fomento y los organismos internacionales de crédito para asegurar la provisión de los recursos financieros que se requieran. Artículo 118.- Los programas de que trata el artículo anterior, así como los Programas y Proyectos de Integración Industrial, deberán comprender medidas de cooperación colectiva para satisfacer adecuadamente los requerimientos de infraestructura indispensables para su ejecución y contemplarán de manera especial la situación del Ecuador y las características territoriales y el enclaustramiento geográfico de Bolivia. Por otra parte, y en función de la importancia que el Acuerdo de Cartagena asigna a la integración física, su Comisión Técnica, en su décimo primer período de sesiones ordinarias celebrado en Caracas, del 29 de mayo al 1 de junio de 1973, emitió la decisión 71 cuya primera disposición señala: Artículo 1.- Crear el Consejo de Integración Física que tendrá como función asesorar a los órganos principales del Acuerdo en la
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definición de políticas comunes en materia de transportes, comunicaciones y energía, y en la preparación de los programas de inversión y acciones conjuntas correspondientes.
positivos para dicho fortalecimiento. Por el contrario, a pesar del largo período transcurrido en el proceso de integración subregional, hasta ahora esos resultados son más pobres y absolutamente limitados.
Cabe destacar además que, en el marco de los objetivos señalados y de las medidas operativas como la creación del Consejo de integración física, los órganos pertinentes del Sistema Andino de Integración (SAI) y en especial la Junta del Acuerdo de Cartagena primero y luego la Comisión Técnica de la CAN han emitido varias resoluciones que apuntan a facilitar el cumplimiento de dichos objetivos, en el área específica del transporte de mercaderías y personas, habiéndose promulgado las que constan en anexo.
Frente a esta realidad, es indispensable que el Parlamento Andino inicie un trabajo en profundidad, sistemático y sostenido en el tiempo, de aplicación de su atribución estatutaria de “examinar la marcha del proceso de integración subregional a través de los informes anuales de los órganos de los Convenios y Acuerdos Andinos y de las informaciones que juzgue conveniente solicitarles”
Por otra parte, los órganos pertinentes del sistema andino de integración han expedido además muchas y muy variadas disposiciones, normas y decisiones dirigidas a orientar y administrar operativamente los componentes específicos de las comunicaciones, de la infraestructura vial, de la circulación de personas, del desarrollo de áreas fronterizas y de otros aspectos propios de la integración física de nuestros países y pueblos andinos. Lo señalado en los párrafos precedentes demuestra que la integración física de la CAN tiene las bases legales y técnicas suficientes para fortalecerla y darla eficiencia permanente. Sin embargo, en la práctica, esas bases no se han traducido en resultados
El cumplimiento de dicho trabajo requiere de la creación de una nueva Comisión Permanente del Parlamento cuyos objetivos y funciones estén centrados en el seguimiento continuo de los avances y de las realizaciones del proceso de la integración física de nuestros territorios y pueblos andinos. 3. TITULO CREACION DE LA COMISION DE INTEGRACION FISICA Y TRANSPORTE EN EL PARLAMENTO ANDINO 4. CONSIDERANDO Que la integración física de territorios y el transporte de personas, bienes, servicios y capitales son condición fundamental e indispensable para el éxito de cualquier proceso de integración entre naciones del mundo;
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Que la integración física de los países miembros de la CAN tiene las bases legales y técnicas suficientes para fortalecerla y darla eficiencia permanente. Sin embargo, en la práctica, esas bases no se han traducido en resultados positivos para dicho fortalecimiento. Por el contrario, a pesar del largo período transcurrido en el proceso de integración subregional, hasta ahora esos resultados son más vale limitados; Que frente a esta realidad, es indispensable que el Parlamento Andino inicie un trabajo en profundidad, sistemático y sostenido en el tiempo, de aplicación de su atribución estatutaria de “examinar la marcha del proceso de integración subregional a través de los informes anuales de los órganos de los Convenios y Acuerdos Andinos y de las informaciones que juzgue conveniente solicitarles”; Que el cumplimiento de dicho trabajo requiere de la creación de una nueva Comisión Permanente del Parlamento cuyos objetivos y funciones estén centrados en el seguimiento continuo de los avances y de las realizaciones del proceso de la integración física de nuestros territorios y pueblos andinos;
Que el Reglamento General del Parlamento establece lo siguiente en cuanto a la creación de Comisiones:
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a) La Asamblea del Parlamento podrá crear Comisiones Especiales o Ad-Hoc para el conocimiento de asuntos específicos o de urgencia, a las cuales se les fijará en forma precisa sus objetivos, funciones y el plazo de cumplimiento; y, b) La Asamblea podrá crear a su criterio, el número necesario de Comisiones para lograr un adecuado y efectivo ejercicio de las atribuciones del Parlamento Andino.
5. ARTICULADO ARTICULO PRIMERO.- Crear la Comisión Sexta de Integración Física y Transporte como nuevo órgano especializado y permanente del Parlamento Andino; ARTICULO SEGUNDO.La Comisión Sexta se integra con un parlamentario en representación de cada uno de los países miembros del Parlamento. El plenario de cada Representación Nacional designará a su representante dentro de los 15 días siguientes a la adopción de la presente decisión y comunicará su designación al Secretario General del Parlamento. El Parlamentario a quien la Comisión Sexta designe su Presidente designará a su vez al Relator- Coordinador Técnico de la misma; ARTICULO TERCERO.La Comisión Sexta tendrá las siguientes funciones permanentes: a)
Recopilar, analizar, hacer
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b)
el seguimiento permanente y la evaluación periódica de las decisiones, resoluciones, normas y medidas técnicas y administrativas que los órganos del Sistema Andino de Integración adopten en materia de la integración física de los países miembros de la CAN. Estas acciones se ejercerán principalmente en los campos de la energía, los transportes y las comunicaciones. La Comisión se ocupará preferentemente de las áreas de frontera; Elaborar y someter al conocimiento y
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aprobación del Plenario del Parlamento propuestas de recomendaciones sobre normas, regulaciones técnicas y jurídicas, medidas administrativas, proyectos y homologación de leyes y reglamentos en los campos señalados en el literal anterior; y, ARTICULO CUARTO.- La Comisión Sexta elaborará y presentará al Plenario del Parlamento el Plan Operativo correspondiente al cumplimiento de sus funciones en la primera sesión ordinaria inmediatamente siguiente a la que decida su creación.
PROYECTO DE PRONUNCIAMIENTO PD No. PD 006 – 0408 1. AUTOR
relacionamiento con la naturaleza.
Honorable Parlamentario Andino Ricardo Díaz vicepresidente de la comisión II “De educación Ciencia y Tecnología”
Si bien en el siglo XIX, en manos de científicos europeos, su uso se extendió como un famoso tónico y elixir multivitamínico, con la síntesis de la cocaína en 1860 y la revolución que ello supuso en el mundo de la cirugía, se desató también una fiebre de usos no médicos, propios de la cultura consumista, que terminaron desvirtuando la aplicación sagrada de esta noble planta.
2. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La hoja de coca ha sido consumida durante milenios por las poblaciones indígenas de América, formando parte de las altas culturas andinas, quienes crearon una diversidad de formas de uso benéfico, vinculadas al mundo de lo sagrado, tanto como a la nutrición, al trabajo, la reciprocidad y el
En 1949, las NNUU enviaron al Perú y Bolivia una Comisión de Estudio, que con tan sólo una estadía de 19 días en Bolivia, dictaminó injustamente que se considere a la hoja de coca como
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una sustancia tóxica y a sus usuarios como toxicómanos. Esta visión, basada en entrevistas con mayordomos de haciendas e ingenieros de minas, formaba parte de un arraigado prejuicio occidental anti-indígena, compartido con las capas más antinacionales de la oligarquía de nuestros países. En un dictamen de la Comisión de Expertos de la OMS, este estudio se oficializó, y sirvió de base para la inclusión de la hoja de coca en la Lista 1 de estupefacientes de la Convención Única de 1961, que además decretó la abolición del akhulliku en un plazo de 25 años. Sin embargo, el akhulliku o pijjcheo de la coca no sólo continuó entre la población indígena, también se difundió y se extendió a capas mestizas y criollas de la población, cruzando las fronteras hacia el norte de la Argentina y otros países. Esta universalización del hábito se sustenta en la experiencia de sus múltiples poderes nutritivos y medicinales, en los cuales, la combinación de vitaminas, minerales y alcaloides, tiene efectos benéficos sobre el organismo, generando energía, previniendo múltiples enfermedades y curando muchas otras. Investigadores del Instituto Boliviano de Biología de la Altura (Bolivia), así como de la Universidad de Harvard (EEUU), la Universidad Agraria La Molina (Perú) y la Universidad de Caldas (Colombia) han reconfirmado sus valores medicinales y nutritivos, brindando un respaldo científico a la experiencia de millones de usuarios en toda la región andina. La propia Organización Mundial de la Salud, en un estudio terminado en 1995,
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aunque todavía inédito, afirmó que la hoja de coca consumida en estado natural no ocasiona daños a la salud, y que deben estudiarse sus potencialidades como medicina y alimento y la factibilidad de su uso en contextos distintos al del mundo indígena. En base a una muestra de nuestra sagrada hoja de coca, varios estudios, han comprobado que, comparadas con un promedio de otros 50 productos vegetales de América Latina, estas hojas tienen más calorías (305 por 100 gr. Comparadas con 279), mas proteínas (18,9 g. 11,4 g.) más carbohidratos (46,2 g. 37, 1 g) más fibra (14, 4 g. 3,2 g.) más ceniza (9,0 g 2,0 g.) más calcio (1540 mg. 99 mg), más fósforo (911 mg 270 mg.) más hierro (45, 8 mg, 3,6 mg.) más vitamina A (11, 000 UI 135 UI), y más riboflavina (1, 91 mg. 0,18 mg). El contenido de aceite en la coca era más bajo que el promedio de las 50 plantas alimenticias (5,0 g. Por 100 g. comparado con 9,9 g.) como también el de jugos humedecedores (6,5 g. 40, 0 g.), tiamina (0,35 mg. 0,38 mg.), niacina (1,3 mg. 2,2 mg) y ácido ascórbico (1,4 mg. 13,0 mg.). La ingerencia de 100 g. de hojas de coca de Bolivia, satisfacerían con creces la Ración dietética recomendada, tanto para el hombre como para la mujer, de calcio, hierro, fósforo, vitamina A, vitamina B-2 y vitamina E. La estrategia del Estado boliviano de revalorizar la hoja de coca, tiene como antecedentes estos esfuerzos de la comunidad internacional, así como el clamor de los productores, consumidores y
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usuarios industriales de la hoja de coca, que han evidenciado de múltiples formas que su uso no provoca daños a la salud humana, y que es más bien un factor de cohesión social, un derecho cultural y religioso, y una medicina y alimento de gran potencial nutricional y económico (industrialización) para nuestro país. Asimismo, la estrategia de revalorizar el uso tradicional indígena de la hoja de coca, así como su transformación industrial, se consideran como formas más eficaces de evitar su desvío hacia la economía ilícita.
3. CONSIDERANDO
Que la hoja de coca es de uso y consumo generales en Bolivia, y no se ha reportado hasta ahora daños a la salud mental o física de las poblaciones consumidoras y más bien ha constituido durante milenios un complemento alimenticio y medicinal de alto valor, Que, según el Censo Nacional de Población y Vivienda del 2001, el 62% de la población boliviana se ha auto-identificado como indígena, Que, siendo los pueblos indígenas una mayoría en Bolivia, sus derechos culturales, económicos e intelectuales deben ser una prioridad del Estado boliviano, Que, la hoja de coca tiene altos valores nutricionales y medicinales, amparados por la práctica de la medicina tradicional preventiva y terapéutica, protegida por la
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Organización Mundial de la Salud y confirmada por la ciencia occidental, Que, la hoja de coca puede consumirse en estado natural o en preparados industriales de uso benéfico para la población indígena y con potencial de universalizarse hacia todas las poblaciones del mundo, Que, los pueblos indígenas y el pueblo boliviano, tienen derecho a la práctica de su propia medicina, y al reconocimiento de la misma por el sistema nacional de salud pública, y que este derecho ha sido amparado por el Convenio 169 de la OIT Art. 25, párr. 2 que señala: “Los gobiernos deberán asumir la responsabilidad de desarrollar (…) una acción coordinada y sistemática con miras a proteger los derechos de estos pueblos y garantizar el respeto de su integridad”, lo que incluye sus costumbres y tradiciones y sus instituciones”, ratificado por el gobierno boliviano mediante ley 1257 de 1991. Que, la Cosmovisión del Pueblo Kallawaya ha sido declarada Obra Maestra el Patrimonio Oral e Intangible de la Humanidad por UNESCO el 6 de noviembre del 2003, y que al menos 62 remedios de su farmacopea incluyen entre sus ingredientes a la hoja de coca,
Que, los pueblos indígenas del mundo han creado una plataforma ante el Consejo Económico Social de la ONU para defender su derecho patrimonial a sus conocimientos, inventos y medicinas, para protegerlos del saqueo (patentes privadas) por
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grandes empresas farmacéuticas y de alimentos, Que, el Parlamento Andino a los 23 días del mes de octubre de 2006 ha declarado a la Hoja de coca en su estado natural, Patrimonio cultural de los Pueblos andinos, debido a que está permanentemente presente en el uso medicinal, rituales ancestrales sociales y religiosos de los pueblos andinos. Por cuanto el Honorable Congreso Nacional,
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4. ARTICULADO Ar Se declara a la hoja de coca en estado natural (Eritroxilum Coca), como patrimonio cultural, natural, científico e inalienable de la población boliviana. Art. 2. Se declara a la hoja de coca como planta sagrada y recurso natural, ancestral, médico y ritual de los pueblos indígenas de Bolivia, amparado por el Convenio 169 de la OIT, ratificado por ley 1257 de la República (1991).
PROYECTO DE PRONUNCIAMIENTO PD No. PD 007 – 0408 1. AUTOR Comisión Quinta 2. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Hasta hace algunas décadas, el desarrollo se medía única y exclusivamente por el crecimiento económico de un país, a través del PIB per cápita, indicador que muestra la “cantidad de bienes y servicios que cada persona de un país podría comprar en un año, si los ingresos se distribuyeran por igual, para cada habitante” 1 .
tener en cuenta factores como el acceso a los servicios públicos, los niveles de alfabetización o las condiciones de salud, no refleja las condiciones de vida de la población. De esta manera, la utilización del PIB per cápita como único indicador de desarrollo, puede hacer que se omita la existencia de “países con un ingreso elevado, pero con condiciones de vida inferiores a otros países que tienen un nivel de ingreso más bajo” 2 .
Sin embargo, para muchos economistas este indicador ha resultado insuficiente a la hora de hacer comparaciones del nivel de desarrollo entre países, pues, al no
En ese contexto, el PNUD (Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo) decidió utilizar, en el año 1990, el Índice de Desarrollo Humano (IDH). Este índice está compuesto por varios indicadores sociales, razón por la cual resulta útil para establecer
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2
Ver Departamento Nacional de Planeación de la República de Colombia. Documento electrónico, disponible en el sitio Web http://www.sanmartin.edu.co/foros/documentos/c omo_medir_el_desarrollo1.ppt#358,9,Diapositiv a9
Ver Departamento Nacional de Planeación de la República de Colombia. Documento electrónico, disponible en el sitio Web http://www.sanmartin.edu.co/foros/documentos/c omo_medir_el_desarrollo1.ppt#361,10,Diapositi va
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comparaciones países.
generales
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entre
Con la adopción de este nuevo índice, el PNUD cambió radicalmente la tradición de medir el desarrollo a través del PIB, restándole importancia al crecimiento económico como único factor importante y, aceptando que el desarrollo es un concepto multidimensional, que depende también de otros factores, ligados al bienestar de las personas. Así pues, para medir el desarrollo humano se construyen índices que corresponden a la idea de que el subdesarrollo es una carencia de capacidades básicas más que una carencia de ingreso per se (Anand y Ravallion, 1993) y “se acepta la idea de que crecimiento y desarrollo son conceptos relacionados, pero distintos” 3 . Es por eso que, el PNUD ha definido el desarrollo humano como “el proceso de ampliación de las posibilidades de elegir de los individuos, que tiene como objetivo expandir la gama de oportunidades abiertas a las personas para vivir una vida saludable, creativa y con los medios adecuados para desenvolverse en su entorno social” 4 .
3
Ver López-Calva Luís F y Vélez Grajales, Roberto. “El concepto de desarrollo humano, su importancia y aplicación en México”. Estudios sobre Desarrollo Humano, PNUD México. Nº 2003-1. México, Octubre, 2003.p 4. 4 Ver López-Calva Luís F y Vélez Grajales, Roberto. “El concepto de desarrollo humano, su importancia y aplicación en México”. Estudios sobre Desarrollo Humano, PNUD México. Nº 2003-1. México, Octubre, 2003.
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El IDH es un índice compuesto que se mide a través de 5 : • PIB per cápita: este indicador mide si la gente tiene un ingreso suficiente para disfrutar tanto de la propiedad como de los bienes básicos. En este punto, es importante resaltar que el PIB per cápita es un promedio, que no tiene en cuenta la desigual distribución de los ingresos y de la riqueza. Por eso, se usa también el índice de Gini 6 • Esperanza de vida (IEV): Este indicador busca establecer si las personas tiene una vida larga y saludable, pues mide el impacto de las prácticas culturales que protegen la salud, los programas de prevención y atención, la
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Ver Departamento Nacional de Planeación de la República de Colombia. Documento electrónico, disponible en el sitio Web http://www.sanmartin.edu.co/foros/documentos/c omo_medir_el_desarrollo1.ppt#366,16,¿Cómo se mide el IDH? 6 El Coeficiente de Gini es una medida de la desigualdad ideada por el estadístico italiano Corrado Gini. Normalmente se utiliza para medir la desigualdad en los ingresos, pero puede utilizarse para medir cualquier forma de distribución desigual. El coeficiente de Gini es un número entre 0 y 1, en donde 0 se corresponde con la perfecta igualdad (todos tienen los mismos ingresos) y 1 se corresponde con la perfecta desigualdad. El índice de Gini es el coeficiente de Gini expresado en porcentaje, y es igual al coeficiente de Gini multiplicado por 100. Aunque el coeficiente de Gini se utiliza sobre todo para medir la desigualdad en los ingresos, también puede utilizarse para medir la desigualdad en la riqueza. Este uso requiere que nadie disponga de una riqueza neta negativa. Ver Medina, Fernando. 2001. Consideraciones sobre el índice de Gini para medir la concentración del ingreso. CEPAL, Santiago de Chile.
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seguridad pública y el saneamiento ambiental. Educación (INE): (tasa de analfabetismo y tasa de matrícula combinada) este indicador busca determinar si las personas tiene un nivel educativo que les permita aumentar la capacidad de dirigir su propio destino. La educación sintetiza varias dimensiones del desarrollo humano: 1. Como capital humano, mide la inversión que la sociedad hace en las personas. 2. Como factor de producción, es el principal motor de crecimiento. 3. Como aumento de las potencialidades humanas, permite que las personas accedan y disfruten de la cultura universal.
El concepto de desarrollo humano hace énfasis en el carácter instrumental del acceso a bienes y servicios, concibiéndolos únicamente como un medio para poder alcanzar un plan de vida o una realización individual plena. En este sentido, el análisis del IDH es de vital importancia para medir el desarrollo socio-económico, especialmente en países en desarrollo, tales como miembros de la CAN. Para Bolivia, Ecuador, Colombia y Perú se presentan altos índices de desigualdad y exclusión social, que no pueden ser medidos con un indicador puramente económico como es el PIB per
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cápita. Y, aunque el caso de Chile (miembro asociado), es diferente porque presenta altos índices de desarrollo humano, es innegable que el IDH integra en su modelo características socio-económicas que reflejan más acertadamente la situación social del país, mientras que el simple análisis del PIB ignora a las personas como tales. 3. TÍTULO MEDIANTE LA CUAL, EL PARLAMENTO ANDINO CREA LA COMISIÓN ESPECIAL DE DESARROLLO HUMANO COMPUESTA POR LOS PARLAMENTARIOS ANDINOS POR LA REPÚBLICA DE CHILE. 4. CONSIDERANDOS Que, los indices de desarrollo humano en los países andinos demuestran que el subdesarrollo es una carencia de capacidades básicas más que una carencia de ingreso per capita; Que, los países andinos poseen índices de desarrollo humano alarmantes lo cual reafirma su alto nivel de desigualdad y exclusión social; Que, Chile como miembro asociado de la Comunidad Andina presenta un mejor nivel de vida para sus ciudadanos, lo cual puede ser ejemplo para el diseño de programas y proyectos sociales en Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú; Que, el Parlamento Andino tiene dentro de sus objetivos velar por el
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respeto a los Derechos Humanos y la calidad de vida de la población andina; Que, el artículo 34 literal h del Reglamento General del Parlamento Andino, otorga a la plenaria la facultad de crear Comisiones Especiales para el tratamiento de asuntos específicos o de urgencia; 5. ARTICULADO ARTÍCULO PRIMERO: Crear la Comisión Especial de Desarrollo Humano, compuesta por los Parlamentarios Andinos de la República de Chile y liderada por el Parlamentario Andino Carlos Ignacio Kuschel debido a su condición de miembro de la Comisión Quinta “De asuntos sociales y desarrollo humano”. ARTÍCULO SEGUNDO: Establecer como objetivo de esta Comisión, el diagnostico de los índices de desarrollo humano en los países andinos con el propósito de adecuar experiencias exitosas de carácter
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social en Chile a las realidades de los pueblos andinos. ARTÍCULO TERCERO: Otorgar a la Comisión Especial de Desarrollo Humano las atribuciones necesarias para: designar un presidente y un vicepresidente; solicitar información para el seguimiento en dicha temática a los Órganos e Instancias del Sistema Andino de Integración y/o las autoridades nacionales competentes; reunirse cuando lo considere necesario con el fin de debatir sobre el tema de su competencia; y presentar proyectos de pronunciamiento que estén orientados a mejorar los índices de desarrollo humano en la subregion andina. ARTICULO QUINTO: Encargar a la Comisión Especial Desarrollo Humano la presentación de un informe ejecutivo de carácter propositivo sobre los índices de desarrollo humano en la subregion andina ante la Plenaria de la Sesión Reglamentaria de Agosto del XXXIII Periodo Ordinario de Sesiones.