Gaceta mayo 2008

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XXXXII PERIODO ORDINARIO DE SESIONES SESIONES REGLAMENTARIAS DEL MES DE ABRIL

RESOLUCIONES DE MESA DIRECTIVA RESOLUCION No 15………………2 POR MEDIO DE LA CUAL SE RESUELVE LLEVAR A CABO UNA SESIÓN SOLEMNE DEL PARLAMENTO ANDINO EN EL MES DE MAYO DE 2009 EN LA CIUDAD DE SUCRE REPUBLICA DE BOLIVIA.

RESOLUCIÓN No.16………………4 AUTORIZACIÓN A LA PRESIDENCIA PARA LA COMPRA DEL CAMPUS DEL INSTITUTO DE ALTOS ESTUDIOS SOBRE LA INTEGRACIÓN Y EL DESARROLLO LEGISLATIVO.

DECISIONES DECISION No.1211………………..6 ORGANIZACIÒN DE UN FORO SOBRE SEGURIDAD ALIMENTARIA. DECISION No.1212………………..7 POR MEDIO DE LA CUAL SE BUSCA APOYO PARA LOS PAÍSES MIEMBROS DE LA COMUNIDAD ANDINA AFECTADOS POR LAS INUNDACIONES. DECISION No.1213………………9 AUTORIZACIÓN A LA PRESIDENCIA PARA LA COMPRA DEL CAMPUS DEL INSTITUTO DE ALTOS ESTUDIOS SOBRE LA INTEGRACIÓN Y EL DESARROLLO LEGISLATIVO.

DECISION No.1214………………11 CONFORMACIÓN DE UNA COMISIÓN ESPECIAL PARA LA REVISIÓN Y REFORMA DEL REGLAMENTO GENRAL. DECISIÓN No. 1215……………12 POR MEDIO DE LA CUAL SE APRUEBA LAS MODIFICACIONES AL ESTATUTO DE LA UNIVERSIDAD ANDINA SIMOSN BOLIVAR. DECISION No. 1216……………24 POR MEDIO DE LA CUAL SE ELIGE A LOS MIEMBROS DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR.

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DECLARACIONES

DECLARACIÓN…………………..25 AL RESPECTO DE LA SITUACIÓN DE BOLIVIA

DECLARACION ………………….27 AL RESPECTO DEL PROBLEMA DE ECUADOR Y COLOMBIA

DECLARACIÓN…………………..26 AL RESPECTO DEL LLAMAMIENTO A LA COMUNIDAD INTERNACIONAL A CREAR CONSENSOS EN CONTRA DEL TERRORISMO.

PROYECTO DE PRONUNCIAMIENTO PD No. 001-0508……………………28 PROYECTOS DE PRONUNCIAMIENTO A SER CONOCIDOS Y DEBATIDOS EN EL MARCO DE LAS SESIONES REGLAMENTARIAS DE MAYO DEL XXXII PERIODO ORDINARIO DE SESIONES REGLAMENTARIAS DEL PARLAMENTO ANDINO

DOCUMENTOS TÉCNICOS A SER CONOCIDOS POR LA PLENARIA EN EL MES DE MAYO DE 2008………………………………………………………..28

XXXXII PERIODO ORDINARIO DE SESIONES SESIONES REGLAMENTARIAS DEL MES DE ABRIL RESOLUCIONES DE MESA DIRECTIVA RESOLUCION No 15 POR MEDIO DE LA CUAL SE RESUELVE LLEVAR A CABO UNA SESIÓN SOLEMNE DEL PARLAMENTO ANDINO EN EL MES DE MAYO DE 2009 EN LA CIUDAD DE SUCRE REPUBLICA DE BOLIVIA. La Mesa Directiva del Parlamento Andino reunida en el Marco del XXXII Periodo Ordinario de Sesiones Ordinarias del mes de abril;

CONSIDERANDO Que, el Reglamento General dispone que la Plenaria del Parlamento Andino se reunirá en Sesión Solemne para conmemorar actos de trascendental importancia para la institución. 2


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Que, el 25 de Mayo de 1809, fue lanzado en la ciudad de Charcas hoy denominada Sucre, el primer grito de Independencia en América Latina. Que, este acontecimiento trazó un antecedente fundamental en la consolidación de los procesos de independencia de los pueblos latinoamericanos. Que, el reglamento General del Parlamento Andino dispone que excepcionalmente y previa consulta de la Mesa Directiva podrán realizarse sesiones ordinarias en ciudades deferentes a la sede central de este organismo.

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ARTÍCULO PRIMERO: Llevar a cabo una Sesión Solemne de este organismo en la ciudad de Sucre Republica de Bolivia el día 25 de Mayo de 2009, como justo homenaje al Bicentenario del Primer Grito Libertario de América Latina. ARTICULO SEGUNDO: Se solicita a la Secretario General del Parlamento Andino, efectuar la coordinación logística necesaria con las autoridades de la ciudad de Sucre con el fin de dar cumplimiento a la presente resolución. Dada en la ciudad de Lima república de Perú, a los veinticinco (25) días del mes de Abril de 2008

La Mesa Directiva en uso de sus atribuciones Reglamentarias; Notifíquese y Publíquese RESUELVE

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RESOLUCIÓN No.16

AUTORIZACIÓN A LA PRESIDENCIA PARA LA COMPRA DEL CAMPUS DEL INSTITUTO DE ALTOS ESTUDIOS SOBRE LA INTEGRACIÓN Y EL DESARROLLO LEGISLATIVO.

La Mesa Directiva del Parlamento Andino, reunida en la ciudad de Lima, República de Perú, el veinticinco (25) de Abril de 2008,

CONSIDERANDO

Que, la Mesa Directiva mediante Resolución No. 10 aprobada el día 26 de Marzo de 2007, en el marco de las Sesiones Reglamentarias del mes de Marzo del XXX Periodo Ordinario de Sesiones, autorizó a la Secretaría General iniciar las gestiones necesarias para la compra de la casa y las correspondientes adecuaciones civiles para la construcción de las residencias de los Parlamentarios Andinos, las mismas que serán puestas a conocimiento y aprobación de a Mesa Directiva; Que, mediante Resolución No. 22 aprobada el día 27 de Mayo de 2007, en el marco de las sesiones reglamentarias del mes de Mayo del XXX Periodo Ordinario de Sesiones, autorizó a la Secretaria General comprar la casa contigua a la Sede Central del Parlamento Andino, por un monto equivalente a la suma de DOSCIENTOS CUARENTA MILLONES DE PESOS COLOMBIANOS M/CTE ($240.000.000.oo), los cuales serían pagados con cargo a los Fondos de

Reserva de a Oficina Central del Parlamento Andino; Que, mediante Resolución No. 11 aprobada e día 24 de Octubre de 2007, en el marco de las sesiones reglamentarias del mes de Octubre del XXXI Periodo Ordinario de Sesiones, la Mesa Directiva autorizó a la Secretaría General del Parlamento Andino un aumento de hasta CUATROCIENTOS MIL DÓLARES AMERICANOS ($ 400.000.00) adicionales para adquirir un inmueble destinado a las residencias parlamentarias los cuales serían cubiertos con cargo al Fondo de Reserva de la Oficina Central del Parlamento Andino. Que, mediante Decisión 1202 adoptada en el marco de las Sesiones Reglamentarias del mes de Octubre del XXXI Periodo Ordinario de Sesiones, la Plenaria aprobó la modificación al Artículo 67 del Reglamento General del Parlamento Andino, con e Ni de modificar el Centro Andino de !investigación, Capacitación y Desarrollo Legislativo CADEL en el Instituto de Altos Estudios sobre la Integración y el Desarrollo Legislativo, como el Organismo Técnico — Académico, creado por el Parlamento Andino, adscrito a la Secretaría General, con autonomía 4


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presupuestaría y administrativa, encargado de coadyuvar al cumplimiento efectivo de ni. atribuciones y objetivos generales: la investigación, asesoría, formación, capacitación y prestación de servicios vinculados con el desarrollo y fortalecimiento del sistema y las instituciones democráticas, los procesos de integración, el impulso y la potenciación de los derechos comunitario y parlamentario con visión latinoamericanista. Que, mediante la Resolución No. 12 aprobada el 24 de Octubre de 2007, en el marco de las sesiones reglamentarias del mes de Octubre del XXXI Periodo Ordinario de Sesiones, se autorizó a la Secretaría General del Parlamento Andino adelantar las gestiones y negociaciones necesarias para la adquisición de un inmueble destino al Instituto de Altos Estudios sobre Integración y Desarrollo Legislativo, que podrá preferentemente estar situado en un área rural; los rubros requeridos para cubrir dicha adquisición, serán cubiertos con cargo al Fondo de Reserva de a Oficina Central del Parlamento Andino; Que, mediante resolución No 05 del ocho de Febrero de 2008 en su artículo segundo se resuelve ratificar la autorización al Secretario General, Doctor Rubén Vélez Núñez, para adelantar las gestiones necesarias para la adquisición de un predio, que podrá preferentemente estar situado en un área rural, así como para realizar las construcciones civiles que se requieran para la adecuación del campus del Instituto del Altos

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estudios sobre la Integración y el Desarrollo Legislativo. Que, en Mesa Directiva realizada el 25 de Marzo de 2008, se expuso que la adquisición del predio es con cargo a los recursos aportados por el gobierno de Colombia para el funcionamiento de la Oficina Central y la Oficina Nacional. Que, el Secretario General designo una comisión técnica conformada por la asesora jurídica, un miembro del área financiera y un miembro del Instituto de Altos Estudios para que realicen todas las gestiones encomendadas por este órgano Parlamentario, para la adquisición de un lote para el funcionamiento del Instituto de Altos Estudios en Integración y Desarrollo Legislativo. Que, tras un proceso de selección objetiva el lote calificado es la finca villa del carmen ubicada en la vereda el Rosal, dadas las excelentes condiciones, precio y comodidad En uso de sus atribuciones y conforme a lo prescrito en el Reglamento General, La mesa Directiva en pleno:

RESUELVE ARTICULO PRIMERO.- Someter a conocimiento y ratificación de la Plenaria la autorización acordada a la Presidencia del Parlamento Andino, para que previas las formalidades de ley, adquiera un bien inmueble, ubicado en el área rural de la ciudad de Bogotá Republica de Colombia, el mismo

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que servirá como un centro de investigación y capacitación para el desarrollo de los programas tanto del instituto de altos estudios en integración y desarrollo legislativo y para el desarrollo de actividades del Parlamento Andino y los órganos que l componen.

Notifíquese y publíquese Dada en la ciudad de Lima república de Perú, a los veinticinco (25) días del mes de Abril de 2008.

DECISIONES DECISION No.1211 ORGANIZACIÒN DE UN FORO SOBRE SEGURIDAD ALIMENTARIA La Plenaria del Parlamento Andino, reunida en la ciudad de Lima, República de Perú, el veintisiete (27) de Abril de 2008,

CONSIDERANDO Que, el Parlamento Andino constituye la expresión democrática del Sistema Andino de Integración y por lo tanto representa y sirve al interés conjunto de los pueblos de la Comunidad Andina. Que, en las Sesiones Ordinarias del mes de Abril de 2008, la Plenaria del Parlamento Andino, expresó un especial interés por la problemática alimentaría que se está presentando en los últimos meses la cual

perjudica de manera directa a los pueblos de la Comunidad Andina. Que, es función de la actividad Parlamentaria coadyuvar en la búsqueda de soluciones creativas a los problemas que se presentan en las sociedades a las que se representa; En uso de sus atribuciones la Plenaria del Parlamento Andino

DECIDE ARTICULO PRIMERO: Organizar un foro andino sobre seguridad alimentaría con la participación de representantes de la FAO, Naciones Unidas, Ministerios de Agricultura, Secretaría General, Instituto de Altos Estudios en Integración y 6


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Desarrollo Legislativo, con el objeto de construir un modelo mancomunado que pueda ser implementado por la normatividad de nuestros países con el fin de prevenir una crisis alimentaría en la zona Andina. ARTICULO SEGUNDO: Encargar a representación parlamentaria de la Republica de Chile ante el Parlamento Andino en cabeza de la Honorable Parlamentaria Alejandra

Sepúlveda, la organización del evento, el cual se llevaría a cabo la ciudad de Santiago de Chile en el mes de Noviembre del año en curso. Dada en la ciudad de Lima república de Perú, a los veintisiete (27) días del mes de Abril de 2008

Notifíquese y Publíquese

DECISION No.1212 POR MEDIO DE LA CUAL SE BUSCA APOYO PARA LOS PAÍSES MIEMBROS DE LA COMUNIDAD ANDINA AFECTADOS POR LAS INUNDACIONES. La Plenaria del Parlamento Andino, reunida en la ciudad de Lima, República de Perú, el veintisiete (27) de Abril de 2008, CONSIDERANDO Que, el Acuerdo de Cartagena establece la obligación de promover el desarrollo equilibrado y armónico de los Países Miembros, en condiciones de equidad, mediante de integración y la cooperación económica y social.

Que, el Tratado Constitutivo del Parlamento Andino en su artículo 11 literal g) establece como propósitos del Parlamento Andino “promover relaciones de cooperación con los Parlamentos de los Países Miembros, los órganos e instituciones del Sistema Andino de Integración, así como con los Órganos Parlamentarios de Integración o Cooperación con Terceros Países”. Que, ante los graves problemas suscitados por las inundaciones que 7


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afectan a los territorios de Bolivia, Ecuador y Perú, el Parlamento Andino exhorta a todos los órganos e instituciones del Sistema Andino de Integración –SAI- a desplegar acciones de cooperación inmediata, que incidan directamente en el alivio del estado de necesidad y zozobra que viven los habitantes damnificados de los Países Miembros de la Comunidad Andina. Que, es imperioso que los demás Países Miembros de la Comunidad Andina, emprendan en coordinación con los órganos e instituciones competentes las acciones necesarias para llevar a cabo la mitigación de las consecuencias que sufren los damnificados. En uso de sus atribuciones y conforme a lo prescrito en el Reglamento General, La Plenaria del Parlamento Andino: DECIDE ARTÍCULO PRIMERO: Exigir al CAPRADE y a PREDECAN generar de manera inmediata las directrices para contrarrestar los problemas suscitados por las inundaciones en los territorios de Bolivia, Ecuador y Perú y en especial contribuyan a satisfacer las necesidades de los damnificados. ARTÍCULO SEGUNDO: Solicitar a CAPRADE y a PREDECAN en coordinación con los Ministerios de

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Estado de cada país afectado por las inundaciones generen de manera inmediata un plan de contingencia para que con la participación de los Órganos del SAI y terceros países emprendan programas y proyectos en pro de mejorar las condiciones de los damnificados. ARTÍCULO TERCERO: Exhortar a CAPRADE y PREDECAN motivar a los países extracomunitarios andinos, contribuir a través de sus organismos de cooperación de fondos no reembolsable, con el fin de realizar programas y proyectos en los territorios afectados por las inundaciones, con el propósito de mitigar las consecuencias de los desastres naturales ocasionados, así como, contribuir al alivio del estado de zozobra que viven los damnificados. ARTÍCULO CUARTO: Hacer un llamado a la Corporación Andina de Fomento CAF, para que priorice y facilite el financiamiento de proyectos de ejecución a realizarse en los territorios de los países afectados por las inundaciones, con el propósito de aliviar la situación de emergencia que se esta viviendo en las zonas de desastre. Notifíquese y publíquese Dada en la ciudad de Lima república de Perú, a los veintisiete (27) días del mes de Abril de 2008.

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DECISION No.1213 AUTORIZACIÓN A LA PRESIDENCIA PARA LA COMPRA DEL CAMPUS DEL INSTITUTO DE ALTOS ESTUDIOS SOBRE LA INTEGRACIÓN Y EL DESARROLLO LEGISLATIVO.

La Plenaria del Parlamento Andino, reunida en la ciudad de Lima, República de Perú, el veintisiete (27) de Abril de 2008, CONSIDERANDO

Que, la Mesa Directiva mediante Resolución No. 10 aprobada el día 26 de Marzo de 2007, en el marco de las Sesiones Reglamentarias del mes de Marzo del XXX Periodo Ordinario de Sesiones, autorizó a la Secretaría General iniciar las gestiones necesarias para la compra de la casa y las correspondientes adecuaciones civiles para la construcción de las residencias de los Parlamentarios Andinos, las mismas que serán puestas a conocimiento y aprobación de a Mesa Directiva; Que, mediante Resolución No. 22 aprobada el día 27 de Mayo de 2007, en el marco de las sesiones reglamentarias del mes de Mayo del XXX Periodo Ordinario de Sesiones, autorizó a la Secretaria General comprar la casa contigua a la Sede Central del Parlamento Andino, por

un monto equivalente a la suma de DOSCIENTOS CUARENTA MILLONES DE PESOS COLOMBIANOS M/CTE ($240.000.000.oo), los cuales serían pagados con cargo a los Fondos de Reserva de a Oficina Central del Parlamento Andino; Que, mediante Resolución No. 11 aprobada e día 24 de Octubre de 2007, en el marco de las sesiones reglamentarias del mes de Octubre del XXXI Periodo Ordinario de Sesiones, la Mesa Directiva autorizó a la Secretaría General del Parlamento Andino un aumento de hasta CUATROCIENTOS MIL DÓLARES AMERICANOS ($ 400.000.00) adicionales para adquirir un inmueble destinado a las residencias parlamentarias los cuales serían cubiertos con cargo al Fondo de Reserva de la Oficina Central del Parlamento Andino. Que, mediante Decisión 1202 adoptada en el marco de las Sesiones Reglamentarias del mes de Octubre del XXXI Periodo Ordinario de Sesiones, la Plenaria 9


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aprobó la modificación al Artículo 67 del Reglamento General del Parlamento Andino, con e Ni de modificar el Centro Andino de !investigación, Capacitación y Desarrollo Legislativo CADEL en el Instituto de Altos Estudios sobre la Integración y el Desarrollo Legislativo, como el Organismo Técnico — Académico, creado por el Parlamento Andino, adscrito a la Secretaría General, con autonomía presupuestaría y administrativa, encargado de coadyuvar al cumplimiento efectivo de ni. atribuciones y objetivos generales: la investigación, asesoría, formación, capacitación y prestación de servicios vinculados con el desarrollo y fortalecimiento del sistema y las instituciones democráticas, los procesos de integración, el impulso y la potenciación de los derechos comunitario y parlamentario con visión latinoamericanista. Que, mediante la Resolución No. 12 aprobada el 24 de Octubre de 2007, en el marco de las sesiones reglamentarias del mes de Octubre del XXXI Periodo Ordinario de Sesiones, se autorizó a la Secretaría General del Parlamento Andino adelantar las gestiones y negociaciones necesarias para la adquisición de un inmueble destino al Instituto de Altos Estudios sobre Integración y Desarrollo Legislativo, que podrá preferentemente estar situado en un área rural; los rubros requeridos para cubrir dicha adquisición, serán cubiertos con cargo al Fondo de Reserva de a Oficina Central del Parlamento Andino;

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Que, mediante resolución No 05 del ocho de Febrero de 2008 en su artículo segundo se resuelve ratificar la autorización al Secretario General, Doctor Rubén Vélez Núñez, para adelantar las gestiones necesarias para la adquisición de un predio, que podrá preferentemente estar situado en un área rural, así como para realizar las construcciones civiles que se requieran para la adecuación del campus del Instituto del Altos estudios sobre la Integración y el Desarrollo Legislativo. Que, en Mesa Directiva realizada el 25 de Marzo de 2008, se expuso que la adquisición del predio es con cargo a los recursos aportados por el gobierno de Colombia para el funcionamiento de la Oficina Central y la Oficina Nacional. Que, una vez que el Secretario General ha realizado todas las gestiones encomendadas por este órgano Parlamentario, para la adquisición de un lote para el funcionamiento del Instituto de Altos Estudios en Integración y Desarrollo Legislativo. Que, tras un proceso de selección objetiva el lote calificado es la finca villa del carmen ubicada en la vereda el Rosal, dadas las excelentes condiciones, precio y comodidad En uso de sus atribuciones y conforme a lo prescrito en el Reglamento General, La mesa Directiva en pleno:

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RESUELVE ARTICULO PRIMERO.- Someter a conocimiento y ratificación de la Plenaria la autorización acordada a la Presidencia del Parlamento Andino, para que previas las formalidades de ley, adquiera un bien inmueble, ubicado en el área rural de la ciudad de Bogotá Republica de Colombia, el mismo que servirá como un centro de investigación y capacitación para el

desarrollo de los programas tanto del instituto de altos estudios en integración y desarrollo legislativo y para el desarrollo de actividades del Parlamento Andino y los órganos que l componen. Dada en la ciudad de Lima república de Perú, a los veintisiete (27) días del mes de Abril de 2008. Notifíquese y publíquese

DECISION No.1214 CONFORMACIÓN DE UNA COMISIÓN ESPECIAL PARA LA REVISIÓN Y REFORMA DEL REGLAMENTO GENRAL. La Plenaria del Parlamento Andino, reunida en la ciudad de Lima, República de Perú, el veintisiete (27) de Abril de 2008,

En uso de sus atribuciones y conforme a lo prescrito en el Reglamento General, La mesa Directiva en pleno:

CONSIDERANDO

RESUELVE

Que, los honorables parlamentarios andinos han realizado una serie de solicitudes de reforma al Reglamento General,

ARTICULO UNICO.- Se autoriza la Señora Presidenta Dra Ivonne Baki, conforme una comisión especial, integrada por un parlamentario de cada una de las representaciones Nacionales a la cual se sumara el Secretario General, con el fin de llevar a cabo un análisis completo del reglamento y las solicitudes de reforma del mismo, el cual deberá ser presentado a la Mesa Directiva.

Que, según el Reglamento General la competencia para conocer en primera instancia las reformas a los instrumentos normativos de esta corporación es la Mesa Directiva.

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Dada en la ciudad de Lima república de Perú, a los veintisiete (27) días del mes de Abril de 2008.

Notifíquese y publíquese

DECISIÓN No. 1215 POR MEDIO DE LA CUAL SE APRUEBA LAS MODIFICACIONES AL ESTATUTO DE LA UNIVERSIDAD ANDINA SIMOSN BOLIVAR. La Plenaria del Parlamento Andino, reunida en la ciudad de Lima, República de Perú, el veintisiete (27) de Abril de 2008, CONSIDERANDO Que, el articulo XIX de los estatutos de la Universidad Andina Simón Bolívar, dispone que la iniciativa en la reforma de la normatividad interna de esta institución esta en cabeza del Consejo Superior. Que, el Consejo Superior de la Universidad, se reunió el 16 de Febrero del 2008 y resolvió aprobar la propuesta de reformas al estatuto y delegar al presidente de ese organismo para que realizara la presentación de los mismos al Parlamento Andino. Que, la comisión segunda se reunió en la ciudad de Quito, el día 10 de abril de 2008 con el fin de estudiar y aprobar en primera instancia las correspondientes modificaciones al

Estatuto de la Universidad, lo cual fue aprobado por unanimidad. En uso de sus atribuciones y conforme a lo prescrito en el Reglamento General, La Plenaria del Parlamento Andino:

RESUELVE ARTÌCULO PRIMERO.- Aprobar el proyecto de reformas al estatuto de la Universidad Andina Simón Bolívar cuyo texto hace parte de la presente resolución, el cual en los apartes referidos se leerá de la siguiente manera: Texto a reformar ARTICULO I. DEFINICION 2. La Universidad Andina Simón Bolívar es un organismo de derecho público internacional, creado por el Parlamento Andino. Forma 12


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parte del Sistema Andino de Integración y sus actividades cubren todos los países de la Comunidad Andina. Texto reformado

Sedes Nacionales, Sedes Académicas Locales y Oficinas establecidas en ciudades y localidades de los países de la Comunidad Andina.

ARTICULO I. DEFINICION

Texto a reformar

2. La Universidad Andina Simón Bolívar es una institución de derecho público internacional, creado por el Parlamento Andino. Forma parte del Sistema Andino de Integración y sus actividades cubren todos países de la Comunidad Andina con proyección a otros sistemas de integración.

ARTICULO VI. ORGANIZATIVA

Texto a reformar

b) El Presidente del Consejo Superior.

ARTICULO INFRAESTRUCTURA

ESTRUCTURA

1. La Universidad Andina funciona en forma descentralizada en todos los países de la Comunidad Andina. Los órganos y autoridades de dirección central de la Universidad son los siguientes: a) El Consejo Superior.

II. c) El Rector de la Universidad.

La Universidad Andina desarrolla sus actividades de investigación, enseñanza y prestación de servicios principalmente a través de su Sede Central y de una red de sedes nacionales y oficinas establecidas en ciudades y localidades de los países de la Comunidad Andina

d) El Consejo Académico.

Texto reformado

b) El Comité Académica.

ARTICULO INFRAESTRUCTURA

e) El Comité de Coordinación Académica de la Sede Central. 2. En cada país donde se establece la Universidad, las autoridades son: a) El Rector de la Sede Nacional.

de

Coordinación

II.

La Universidad Andina desarrolla sus actividades de investigación, enseñanza y prestación de servicios principalmente a través de su Sede Central y de una red de

3. Las oficinas establecidas en Bolivia y en países donde no haya sede nacional dependen de la Sede Central. Las demás dependen de la sede nacional respectiva. Tienen las autoridades que establecen los reglamentos.

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Texto reformado ARTICULO ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

VI.

1. La Universidad Andina funciona en forma descentralizada en todos los países de la Comunidad Andina. Los órganos y autoridades de dirección de la Universidad son los siguientes:

a) El Consejo Superior b) El Presidente del Consejo Superior c) El Consejo Académico, presidido por el Rector de la Sede Central. 2. En cada país donde se establece la Universidad, las autoridades son: a) En Bolivia, el Rector de la Sede Central; y en cada uno de los demás países, el Rector de la Sede Nacional; b) El Comité de Coordinación Académica de la sede; 3. En Bolivia las sedes académicas locales forman parte de la Sede Central, y en los demás países forman parte de la respectiva sede nacional. Para su funcionamiento académico, cada sede local, contará con su director y con un Comité de Coordinación Académica;

4. Las oficinas de enlace administrativo establecidas en Bolivia y en países donde no haya sede nacional dependen de la Sede Central. Las demás dependen de la sede nacional respectiva. Tienen las autoridades que establecen los reglamentos. Texto a reformar ARTICULO SUPERIOR

VII.

EL

CONSEJO

1. El Consejo Superior es el máximo organismo de dirección de la Universidad y está constituido de la siguiente manera: d) El Rector de la Universidad de San Francisco Xavier de Chuquisaca, o quien lo subrogue. 2. La Asamblea del Parlamento Andino mantendrá un criterio de alternabilidad de procedencias nacionales al elegir al Presidente del Consejo Superior de la Universidad Andina. 3. Los miembros principales y alternos que establece este artículo, deben ser ciudadanos de los países de la Comunidad Andina, poseer título académico, relevante experiencia en la educación superior o la cultura. Duran cuatro años en sus funciones. 4. Son atribuciones del Consejo Superior: c) Designar al Rector de la Universidad y a los rectores de las sedes nacionales; d)

Crear las sedes nacionales; 14


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e) Analizar y aprobar el Plan General Académico de la Universidad presentado por el Rector; 5. El Consejo Superior se reúne en la Sede Central de la Universidad Andina en forma ordinaria dos veces cada año y en forma extraordinaria en el lugar y fecha en que es convocado por el Presidente. 6. Los rectores de las sedes nacionales asisten con derecho a voz a las reuniones del Consejo Superior.

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2. Al elegir al Presidente del Consejo Superior de la Universidad Andina, el Parlamento Andino mantendrá un criterio de alternabilidad de procedencias nacionales. 3. Los miembros principales y alternos que establece este artículo, deben ser ciudadanos de los países de la Comunidad Andina, poseer título académico, relevante experiencia en la educación o la cultura. Duran cinco años en sus funciones. 4. Son atribuciones Consejo Superior:

del

Texto reformado ARTICULO VII. EL CONSEJO SUPERIOR 1. El Consejo Superior es el máximo organismo de dirección de la Universidad y está constituido de la siguiente manera: d) Un miembro principal y su respectivo alterno por cada país, elegidos por la Plenaria del Parlamento Andino, a propuesta de su Comisión de Educación y Cultura; e) Los rectores de la Sede Central y de las sedes nacionales; y f) Un representante de todos los docentes de la universidad, con su respectivo alterno, electos de acuerdo al reglamento correspondiente.

c) Designar al Rector de la Sede Central y a los rectores de las sedes nacionales; d) Crear las nacionales y las académicas locales;

sedes sedes

e) Analizar y aprobar el Plan General Académico de la Universidad presentado por el Consejo Académico; 5. El Consejo Superior se reúne, previa convocatoria del Presidente, en forma ordinaria dos veces al año; una en cada semestre. Una vez en la Sede Central de la Universidad y otra en el lugar donde sea convocado. Podrá reunirse en forma extraordinaria en el lugar y fecha en que sea convocado por el Presidente. 6. Los directores de las sedes académicas locales y de las oficinas podrán ser 15


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convocados, con derecho a voz a determinadas reuniones del Consejo Superior.

3. Son atribuciones y deberes del Presidente:

Texto a reformar ARTICULO VIII. EL PRESIDENTE DEL CONSEJO SUPERIOR 1.

El Presidente del Consejo Superior es el representante directo del Parlamento Andino en la Universidad Andina. Su función primordial es velar por que la institución responda a sus objetivos. Es electo por un período de cuatro años por la Asamblea del Parlamento Andino, a propuesta de su Comisión de Educación y Cultura. 3. Son atribuciones y deberes del Presidente

d)

Presentar a conocimiento del Consejo Superior las propuestas para la designación de Rector de la Universidad y rectores de las sedes nacionales; Texto reformado ARTICULO VIII. PRESIDENTE CONSEJO SUPERIOR

Comisión de Educación Ciencia y Tecnología.

EL DEL

1. El Presidente del Consejo Superior es el representante directo del Parlamento Andino en la Universidad Andina, y como máxima autoridad su función primordial es velar por que la institución responda a sus objetivos. Es electo por un período de cinco años por la Plenaria del Parlamento Andino, a propuesta de su

a) Presidir el Consejo Superior y en esa calidad ejercer la representación legal general de la institución. (agregado este literal) d) Presentar a conocimiento del Consejo Superior las propuestas para la designación de rector de la Sede Central y rectores de las sedes nacionales, a base de la consulta formulada para el efecto a la respectiva comunidad universitaria, y Texto a reformar ARTICULO IX. EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD 1 1. El Rector es el principal funcionario de coordinación, dirección académica y administrativa de la Universidad. Es nombrado por el Consejo Superior para un período de cuatro años. 2. Para ser designado Rector de la Universidad se requiere ser ciudadano de cualquier país de la Comunidad Andina, poseer título académico, haber ejercido la docencia universitaria por al menos ocho años, haber estado relacionado a las actividades de la Universidad

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En la propuesta de reforma a los Estatutos de la Universidad Andina Simón Bolívar, se invierte el orden de los Artículos IX y X

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Andina y poseer relevante trayectoria en el campo de la educación superior. 3. Son atribuciones y deberes del Rector de la Universidad: a) Formular el plan general académico y las políticas presupuestarias para la Universidad y presentarlo para su discusión y aprobación al Consejo Superior; b) Gestionar y coordinar los proyectos internacionales que lleva adelante la Universidad. c) Dirigir las actividades que la Universidad realiza en su Sede Central; Texto reformado ARTICULO X. EL RECTOR DE LA SEDE CENTRAL 1. El Rector de la Sede Central es el principal funcionario de representación, coordinación, dirección académica y administrativa de la Universidad. Es nombrado por el Consejo Superior para un período de cinco años. 2. Para ser designado Rector de la Sede Central se requiere ser ciudadano de cualquier país de la Comunidad Andina, mayor de 35 años, poseer título o grado académico, haber ejercido la docencia universitaria por al menos ocho años, la cátedra en la Universidad Andina por al menos cuatro años y poseer relevante trayectoria en el campo de la educación superior.

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3. Previamente a la elección de Rector de la Sede Central, el Presidente del Consejo Superior realizará una consulta entre los diversos estamentos de la sede, de cuyos resultados informará al Consejo, para orientar su decisión. El Reglamento General correspondiente contendrá las regulaciones para la realización de esa consulta. 4. Son atribuciones y deberes del Rector de la Sede Central: a) Formular las políticas presupuestarias para la Sede Central y presentarlas para su discusión y aprobación al Consejo Superior.

b) Gestionar y coordinar los proyectos internacionales que se lleven a cabo en la sede Central; c) Dirigir las actividades que la Universidad realiza en su Sede Central, sedes académicas locales que forman parte de la misma y oficinas dependientes; d) Presentar informes de actividades al Consejo Superior; e) Formular el proyecto de presupuesto de la Sede Central y sus balances financieros, y someterlos al Consejo Superior para su aprobación; f) Celebrar convenios de cooperación académica a nombre de la Sede Central; g) Designar al personal de dirección académica y administrativa, a los académicos y empleados de la Sede Central; 17


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h) Autorizar reajustes del presupuesto y contratación de créditos de la Sede Central hasta por el 25 % de su monto;

i) Las demás que se establecen este Estatuto y los reglamentos. 4. El Rector de la Sede Central ejerce sus funciones en la ciudad de Sucre, con jurisdicción en toda la republica de Bolivia ejerce Como principal funcionario de dirección tiene la más alta jerarquía académica y administrativa sobre los rectores de las sedes nacionales y de más directivos de la institución, con quienes debe mantenerse en estrecho contacto. 5. A falta temporal del Rector será sustituido por el funcionario académico que establezca el Reglamento General correspondiente. Si la falta es definitiva, el Consejo Superior designará a la persona que reemplace al Rector hasta la conclusión de su período estatutario.

b) Los rectores de las sedes nacionales; c) Los directores de las oficinas de aquellos países donde no haya sede nacional, y d) Un representante del personal académico de la Sede Central y de cada una de las sedes nacionales. 2. Los deberes, atribuciones y forma de funcionamiento del Consejo Académico serán establecidos en el Reglamento General de la Universidad. Texto reformado ARTICULO IX. EL CONSEJO ACADEMICO 1. El Consejo Académico es un organismo de coordinación académica de la Universidad. Está integrado de la siguiente manera: a) El rector de la Sede Central, que lo presidirá; b) Los rectores sedes nacionales;

de

las

Texto a reformar ARTICULO X. ACADEMICO

EL

CONSEJO

1. El Consejo Académico es un organismo de coordinación académica de la Universidad. Está integrado de la siguiente manera: a) El Rector de la Universidad, que lo presidirá:

c) Los directores de las sedes académicas locales; y

d) Un representante del personal académico de la Sede Central y de cada una de las sedes nacionales, que tendrán sus respectivos alternos. 2. Son deberes y atribuciones del Consejo Académico; 18


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a) Formular el plan general académico de la Universidad y presentarlo para su discusión y aprobación al Consejo Superior; b) Coordinar los proyectos internacionales que lleva adelante la Universidad en la Comunidad Andina; c) Establecer los criterios de evaluación para la realización de programas académicos y concesión de títulos y grados; d) Autorizar la realización de programas internacionales, cuando el Consejo Superior no se haya reservado esa atribución para situaciones especiales. En cuyo caso deberá presentar su informe al Consejo, y e) Los demás que se establezcan en los reglamentos, y los que le encargue el Consejo Superior.

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respectivo. Están sometidos jerárquicamente al Consejo Superior y al Rector de la Universidad. 4. Son atribuciones y deberes del Rector de la Sede Nacional: a) Dirigir las actividades que la Universidad realiza en la respectiva sede; b) Presentar informes de actividades al Consejo Superior; al Presidente y al Rector de la Universidad; c) Someter al Consejo Superior los balances financieros de la sede y el proyecto de presupuesto anual; d) Celebrar convenios de cooperación académica a nombre de la sede; e) Designar a los miembros de la planta académica administrativa de la sede y las oficinas dependientes: f) Autorizar reajustes del Presupuesto de la sede hasta por el 25% de su monto

Texto a reformar ARTICULO XI. LOS RECTORES DE LAS SEDES NACIONALES

g) Emitir por resolución normas de funcionamiento de los programas y actividades administrativas que se desarrollan en la sede, y

1. Los rectores de las sedes nacionales son funcionarios de coordinación y dirección académica de la Universidad en cada país. Son nombrados por el Consejo Superior por un periodo de cuatro años.

h) Las demás que establecen este Estatuto y los reglamentos.

3. Los rectores de las sedes nacionales ejercen sus funciones con jurisdicción en el país

5. A falta temporal del Rector de Sede, será sustituido por el funcionario que determine el Reglamento General. Si la falta es definitiva, el Consejo 19


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Superior designará a la persona que lo reemplace hasta la conclusión de su período estatutario Texto reformado ARTICULO XI. LOS RECTORES DE LAS SEDES NACIONALES 1. Los Rectores de las sedes nacionales son los principales funcionarios de representación, coordinación, dirección académica y administrativa de la Universidad en la sede respectiva. Son nombrados por el Consejo Superior para un período de cinco años. 3. Previamente a la elección de rectores de las sedes nacionales, el Presidente del Consejo Superior realizará una consulta entre los diversos estamentos de cada sede, de cuyos resultados informará al Consejo, para orientar su decisión. El Reglamento General respectivo contendrá las regulaciones para la realización de esa consulta. 4. Son atribuciones y deberes del rector de la Sede Nacional: a) Formular las políticas presupuestarias para la Sede Nacional y presentarlas para su discusión y aprobación al Consejo Superior. b) Gestionar y coordinar los proyectos internacionales que se lleven a cabo en su sede;

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c) Dirigir las actividades que la Universidad realiza en su respectiva Sede; d) Presentar informes de actividades al Consejo Superior y a su Presidente; e) Formular el proyecto de presupuesto de la Sede y sus balances financieros, y someterlos al Consejo Superior para su aprobación; f) Celebrar convenios de cooperación académica a nombre de la Sede;

g) Designar al personal del dirección académica y administrativa, a los académicos y empleados de la sede, las sedes académicas locales y las oficinas dependientes; h) Autorizar reajustes del presupuesto y contratación de créditos de la Sede hasta por el 25 % de su monto; i) Las demás que establecen este Estatuto y los reglamentos. 4. Los Rectores de las Sedes Nacionales ejercen sus funciones con jurisdicción en el país respectivo. 5. Ante una falta temporal del Rector de la Sede Nacional será sustituido por el funcionario académico que establezca el Reglamento General correspondiente. Si la 20


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ausencia es definitiva, el Consejo Superior designará a un nuevo rector.

6. La Universidad Andina establecerá un mecanismo de acreditación y control académico de sus programas.

Texto a reformar Texto reformado ARTICULO XII. LOS COMITES DE COORDINACION ACADEMICA Para asistir al Rector de la Universidad y a los rectores de las sedes en la conducción de la Sede Central y de las sedes nacionales según el caso, funcionará en cada una de ellas un Comité de Coordinación Académica, designado cada dos años. La integración y las funciones del Comité de Coordinación Académica serán establecidas en los reglamentos de la Universidad. Texto reformado ARTICULO XII. COMITES COORDINACION ACADEMICA

LOS DE

En las Sede Central, las sedes nacionales y las sedes académicas locales, funcionará un Comité de Coordinación Académica, designado cada dos años. La integración y las funciones del Comité de Coordinación Académica serán establecidas en los reglamentos de la Universidad. Texto a reformar ARTICULO XIII. MODALIDADES DE ACCION

ARTICULO XIII. MODALIDADES DE ACCION 6. La universidad prioriza la realización de actividades de cooperación con los órganos e instituciones del Sistema Andino de Integración, con los órganos y con los gobiernos nacionales. Texto a reformar ARTICULO XV. TITULOS Y GRADOS 4. Los títulos que la Universidad confiere son expedidos en la Sede Central o en la Sede nacional respectiva, donde se llevará el correspondiente registro. En este segundo caso, deberán ser refrendados por el Rector y el Secretario General en la Sede Central, donde también se llevará el registro. Las certificaciones se concederán en la Sede Central, las sedes nacionales o las oficinas, según el caso. Texto reformado ARTICULO XV. TITULOS Y GRADOS 3. Los títulos que la Universidad confiere son expedidos en la Sede Central o en la Sede Nacional respectiva, donde se llevará el correspondiente registro. En 21


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este segundo caso, se refrendan en la Sede Central, donde también se llevará el registro. Las certificaciones se concederán en la Sede Central, las sedes nacionales o las sedes académicas locales, según el caso.

1. Una política permanente de la Universidad Andina Simón Bolívar es la evaluación sistemática de todas sus actividades académicas y administrativas, en el marco de estándares internacionales de acreditación.

Texto a reformar ARTICULO XVI. PERSONALIDAD JURÍDICA 2. De acuerdo con las atribuciones establecidas en este Estatuto, el Consejo Superior, su Presidente, el Rector y los rectores de sedes nacionales ejercerán la representación legal de la Universidad Andina Simón Bolívar, en el ámbito de sus competencias. Texto reformado ARTICULO XVII. PERSONALIDAD JURIDICA De acuerdo con las atribuciones establecidas en este Estatuto, el Consejo Superior, su Presidente, el Rector de la Sede Central y los rectores de las sedes nacionales ejercerán la representación legal de la Universidad Andina Simón Bolívar, en el ámbito de sus competencias. Los directores de las sedes académicas locales actuaran por delegación del rector Disposiciones nuevas ARTICULO EVALUACION ACREDITACION

2. La universidad se someterá a las normas y procedimientos de evaluación y acreditación que establezca el Consejo Superior y las que establezca el Sistema Andino de Integración. 3. La universidad podrá someterse a normas y procedimientos de evaluación y acreditación establecidas en los países en que funciona, cuando sus autoridades así lo decidan y siempre que sean compatibles con sus propias reglas, y no constituyan obstáculo para su funcionamiento académico.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

PRIMERA.Cuando se establezca inicialmente una sede en un país, quienes ejerzan la rectoría o la dirección, según el caso, no requerirán cumplir con los años de vinculación a la universidad que se establecen en los requisitos para su elección.

XVI. Y

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SEGUNDA.-El Plenario del Parlamento Andino previa postulación de la Comisión segunda, procederá a elegir Presidente y miembros del Consejo Superior para un nuevo periodo de cinco años. Los miembros principal y suplente del Consejo Superior que, según el Estatuto deben ser electos por los profesores, lo serán dentro de los tres meses posteriores a la aprobación de las reformas a este estatuto. Para ello, por esta vez, el presidente del Consejo Superior convocará a la elección y emitirá las normas que deban aplicarse.

TERCERA.Los rectores cumplirán los periodos para los que fueron electos. El rector de la Universidad en ejercicio mantendrá esa calidad hasta la finalización de su mandato.

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CUARTA.- Cuando un país asociado a la Comunidad Andina manifieste su voluntad de pertenecer a la Universidad Andina Simón Bolívar, el Parlamento Andino a propuesta del Consejo Superior, establecerá los procedimientos y mecanismos de esa vinculación.

ARTICULO SEGUNDO.Encargar a la Secretaría General la codificación del estatuto final de la Universidad Andina Simón Bolívar el cual deberá publicarse en la gaceta oficial del Parlamento Andino el mes siguiente a la aprobación por parte de la Plenaria. Dada en la ciudad de Lima república de Perú, a los veintisiete (27) días del mes de Abril de 2008. Notifíquese y publíquese

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DECISION No. 1216 POR MEDIO DE LA CUAL SE ELIGE A LOS MIEMBROS DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR. La Plenaria del Parlamento Andino, reunida en la ciudad de Lima, República de Perú, el veintisiete (27) de Abril de 2008,

Ernesto Alban Presidente Miembros por Colombia: Principal Luís Fernando Duque Alterna Clara Isabel Pinillos

CONSIDERANDO Miembros por Perú Principal Rosa Marina León Alterno Cesar Larraury Sánchez Que, en la decisión 1215 del Parlamento Andino se modifican los estatutos de la Universidad Andina Simón Bolívar.

Miembros por Ecuador Principal Gustavo Jalk Alterno Ec Luís Bilbao

Que, en dicha modificación se aprueba la conformación de un nuevo consejo Superior para un período reglamentario.

Miembros por Bolivia Principal Bernardo Wayor Suplente José Luís Gutiérrez

Que, estatutariamente le corresponde al Parlamento Andino proponer y elegir algunos de los miembros de Consejo Superior.

ARTICULO SEGUNDO: Los miembros principales y suplentes del Consejo Superior que, según el Estatuto deben ser electos por los profesores, lo serán dentro de los tres meses posteriores a la aprobación de las reformas a este estatuto. Para ello, por esta vez, el presidente del Consejo Superior convocará a la elección y emitirá las normas que deban aplicarse.

En uso de sus atribuciones y conforme a lo prescrito en el Reglamento General, La Plenaria del Parlamento Andino:

RESUELVE ARTICULO PRIMERO.Los miembros del Consejo Superior de la Universidad Andina, estará integrado para el nuevo periodo estatutario de la siguiente manera:

Dada en la ciudad de Lima república de Perú, a los veintisiete (27) días del mes de Abril de 2008. Notifíquese y publíquese

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DECLARACIONES DECLARACIÓN AL RESPECTO DE LA SITUACIÓN DE BOLIVIA La Plenaria del Parlamento Andino en el marco del XXXII Periodo Ordinario de Sesiones del mes de Abril de 2008.

CONSIDERANDO: Que, entre uno de los propósitos del Parlamento Andino está el de sustentar en la subregiòn andina el pleno imperio de la libertad, de la justicia social y la democracia en el más amplio espacio participativo. Que, es importante velar por el respeto de los derechos humanos, en el marco de los instrumentaos internacionales, así como, contribuir el afianzamiento de la paz y la justicia internacional. Que, la hermana Republica de Bolivia esta atravesando actualmente una crisis interna de carácter político e institucional que pone en grave riesgo la paz, la unidad y la vigencia plena del estado de derecho. En uso de sus atribuciones la plenaria del Parlamento Andino

DECLARA

ARTICULO PRIMERO: Exhortar al Gobierno de la Republica, el Congreso Nacional y los Prefectos de los departamentos y en general a toda la sociedad boliviana, a buscar los medios adecuados a través del dialogo, que permitan una solución concertada a las controversias existentes. ARTICULO SEGUNDO: Hacer un llamado fraterno a todos los actores políticos y sociales de Bolivia, para que logren conseguir un gran acuerdo nacional que beneficie, el fortalecimiento de las instituciones democráticas, el bienestar económico y social del pueblo boliviano. ARTICULO TERCERO: Exhortar al hermano pueblo de Bolivia a la reflexión y fortalecimiento de la unidad nacional, propiciando de esta manera el restablecimiento del orden institucional y democrático como el más alto bien de la sociedad.

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Dada en la ciudad de Lima república de Perú, a los veintisiete (27) días del mes de Abril de 2008

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Notifíquese y Publíquese

DECLARACIÓN AL RESPECTO DEL LLAMAMIENTO A LA COMUNIDAD INTERNACIONAL A CREAR CONSENSOS EN CONTRA DEL TERRORISMO.

La Plenaria del Parlamento Andino en el marco de su XXXII Periodo Ordinario de Sesiones del mes de Abril de 2008;

y la libertad en democracia. Rechazando de manera decidida todas las acciones terroristas. En uso de sus atribuciones, la Plenaria del Parlamento Andino:

CONSIDERANDOS DECLARA Que, el Parlamento Andino es el órgano democrático del Sistema Andino de Integración, en cuyo seno se representa el sentir de los pueblos de la Comunidad Andina. Que, a lo largo de su historia los países andinos han encausado todos sus esfuerzos, a combatir, en el marco del Derecho Internacional, al terrorismo en todas sus manifestaciones. Que, es de vital importancia para los Países Andinos, el logro de consensos internacionales que recojan el sentir nuestros pueblos y permitan fortalecer la paz, la justicia

ARTICULO UNICO: Exhortar a la Organización de las Naciones Unidas, Organización de Estados Americanos, Comunidad Andina, así como a los órganos e instituciones de la Comunidad Europea, y en general a todos los Organismos Internacionales, para que se condenen de manera enérgica al secuestro y los delitos contra la vida e integridad de las personas, perpetrados por grupos armados al margen de la ley, como delitos de Lesa Humanidad.

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Dada en la ciudad de Lima república de Perú, a los veintisiete (27) días del mes de Abril de 2008

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Notifíquese y publíquese

DECLARACION AL RESPECTO DEL PROBLEMA DE ECUADOR Y COLOMBIA

La Plenaria del Parlamento Andino en el marco de su XXXII Periodo Ordinario de Sesiones del mes de Abril de 2008;

CONSIDERANDO:

Que, en la actualidad las relaciones entre las hermanas republicas de Colombia y Ecuador no han sido restituidas, convirtiéndose esta situación en un obstáculo evidente para desarrollo del proceso SubRegional Andino; Que, es importante recuperar la confianza entre los países de la Comunidad Andina, al sustituir la cultura de la confrontación, por la cultura del dialogo y la concertación como mecanismo de solución de controversias; Que, uno de los objetivos de la Zona Andina de Paz, es la de garantizar el cumplimiento de la

prohibición del uso de la fuerza entre los Países Miembros. En uso de sus atribuciones y de conformidad con el Reglamento General, la Plenaria del Parlamento Andino

DECLARA ARTICULO PRIMERO: Ratifica el llamado a los Señores Presidentes de las Republicas del Ecuador y Colombia, para que dentro del pensamiento integracionista de nuestro Libertador Simón Bolívar, busquen de manera conjunta e inmediata el reinicio de sus relaciones diplomáticas y retomen de forma urgente el dialogo fraterno y solidario que estos pueblos hermanos han mantenido en toda su vida republicana. ARTICULO SEGUNDO: Delegar a la Mesa Directiva del Parlamento Andino coordinada por su Presidenta, Ivonne Baki, la 27


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búsqueda e implementación de los instrumentos que permitan recuperar la confianza y el dialogo entre los países vecinos para lograr una convivencia fluida en la frontera y en general en toda la Subregión. ARTICULO TERCERO: Solicitar, al Consejo de Cancilleres convoque de manera urgente y de conformidad a la normativa Andina, una reunión ampliada del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores con los representantes

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de los Órganos e Instituciones del Sistema Andino de Integración, que permita implementar los mecanismos necesarios para superar las dificultades que hoy afectan adversamente al desarrollo y vinculación de nuestros pueblos. Dada en la ciudad de Lima república de Perú, a los veintisiete (27) días del mes de Abril de 2008 Notifíquese y publíquese

PROYECTO DE PRONUNCIAMIENTO PD No. 001-0508 PROYECTOS DE PRONUNCIAMIENTO A SER CONOCIDOS Y DEBATIDOS EN EL MARCO DE LAS SESIONES REGLAMENTARIAS DE MAYO DEL XXXII PERIODO ORDINARIO DE SESIONES REGLAMENTARIAS DEL PARLAMENTO ANDINO

1. AUTOR Honorable Parlamentaria Andina Auristela Obando Morgan Presidenta de la Comisión EXPOSICIÓN DE MOTIVOS: Según la Organización Mundial de la Salud (OMS, 2001), discapacidad es un término Genérico que incluye déficit, limitación en la actividad y restricción en la participación. Discapacidad es toda restricción o

ausencia (debido a una deficiencia) de la capacidad de realizar una actividad en la forma o dentro del margen que se considera normal para un ser humano. La discapacidad se caracteriza por excesos o insuficiencias en el desempeño de una actividad rutinaria normal, los cuales pueden ser temporales o permanentes, reversibles o surgir como consecuencia directa de la deficiencia o como una respuesta 28


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del propio individuo, sobre todo la psicológica, a deficiencias físicas, sensoriales o de otro tipo. La pérdida de la audición se reconoce desde miles de siglos. Los antiguos griegos aborrecían el metal por el efecto de los ruidos en la audición; esto es registrado en el primer siglo de nuestra era por un escritor llamado Plinio "el viejo" en su libro "Historia Natural", cuando menciona que las personas que vivían cerca de las Cataratas del Nilo quedaban sordas. Pocas personas conocen la sordoceguera como discapacidad, y cuales son las limitaciones de estas personas, la sordoceguera es una discapacidad única que tiene su propia identidad. La sordoceguera es "una discapacidad multisensorial que impide a la persona valerse de los sentidos del oído y de la vista. No necesariamente ha de ser una pérdida total de los dos sentidos. El grupo de sordociegos totales es muy reducido, aproximadamente de un 5 a un 10 % del total del colectivo de personas sordociegas, así pues, la mayoría de los sordociegos poseen algún resto auditivo y/o visual". La sordoceguera puede ser congénita o adquirida. Asimismo, los ciegos que luego han perdido el oído y los sordos que posteriormente han perdido la vista también son considerados sordociegos. Como podemos observar, la sordoceguera es una discapacidad que difiere de la sordera y de la ceguera, pues las limitaciones de un sordociego no

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son iguales a las de un sordo ni a las de un ciego. Además ellos requieren siempre de un auxilio permanente, de un guía intérprete para su comunicación con el mundo exterior y su desplazamiento, es decir una atención especial y permanente, terapias específicas y de rehabilitación que le permitan desarrollarse como seres humanos. Los problemas de comunicación muchas veces lo hacen sentirse excluido y rechazado por las comunidades de sordos y comunidades de ciegos. El desarrollo defectuoso del lenguaje, la audición y la visión provoca limitaciones sociales, laborales, alteraciones psicosociales y psicopersonales, colocándolos en desventajas con el resto de la sociedad. Un sordo ciego tiene varios métodos de comunicación dependiendo del origen de su discapacidad. Los sordociegos merecen un lugar propio dentro de la sociedad y dentro del mundo de los discapacitados así lo a comprendido la mayoría de los países, entre ellos nuestro país. La ONU también a tomado cartas en el asunto es por ello que se ha creado una federación mundial de sordociegos. En este contexto, la comisión V de Asuntos Sociales y Desarrollo Humano del Parlamento Andino concientes de las características de la discapacidad de los sordo ciegos (ausencia de los sentidos de la visión y audición), y de sus particulares necesidades que la convierte en diferente y única 29


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3. CONSIDERANDOS: Que, el Parlamento Europeo aprobó la Declaración Nº 1/2004 del 12 de abril de 2004 donde reconoce la sordoceguera como discapacidad específica que necesita ayuda por parte de personas con conocimientos especializados. La propuesta fue presentada por la EDN (European Deafblind Network y la EDF (European Disability Forum. Que, asimismo se pidió a las instituciones de la Unión Europea y a los Estados Miembros que reconozcan y respeten los derechos de las personas sordociegas, concretamente su discapacidad como distinta y específica. Que, el Parlamento Español, La Comisión No Permanente para las Políticas Integrales de la Discapacidad del Parlamento Español aprobó, el veintinueve de noviembre del dos mil cinco, y por unanimidad, la Proposición de Ley Nº 161/000800 relativa a la sordoceguera como discapacidad que afecta gravemente las habilidades diarias necesarias para poder llevar una vida mínimamente autónoma. Que, el Parlamento Colombiano por Ley Nº 982 de agosto del dos mil cinco establece las normas tendientes a la equiparación de oportunidades para las personas sordas y sordociegas y se dictan otras disposiciones. Que, el numeral 16 del artículo 1° define a la sordoceguera como una limitación única caracterizada por una deficiencia auditiva y visual, ya

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sea parcial o total, que trae como consecuencia dificultades en la comunicación, orientación, movilidad y el acceso a la información. 4. ARTICULADO ARTICULO ÚNICO: Exhortar a los Estados Miembros de la Comunidad Andina de Naciones a fin que adopten medidas legislativas, ejecutivas y administrativas que conlleven al reconocimiento nacional de la sordoceguera como discapacidad Única y a la implementación de servicios especializados para satisfacer las necesidades de dicho grupo humano en las diferentes áreas como son educación, salud, fomento al empleo y desarrollo humano.

RECTIFICACIONES Por solicitud expresa del Parlamentario Andino Juan Mariategui se publica nuevamente la decisión 1209, con su anexo, el cual fue omitido en la gaceta del mes de Marzo del presente año. DECLARACION DE HUAQUILLAS Y ZARUMILLA 18 y 19 de octubre de 2007 Los miembros de la Asamblea Fronteriza Ecuador-Perú, instalada en su Primera Reunión, realizada durante los días 18 octubre de 2007, en la ciudad de Huaquillas (República del Ecuador) y 19 de octubre de 2007, en la ciudad de Zarumilla (República del Perú), observan con complacencia los

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trabajos realizados por esta y convienen en formular la siguiente:

legisladores nacionales, autoridades regionales y locales, así como los demás actores políticos, económicos, sociales y culturales de la región fronteriza común; ACUERDAN

DECLARACION DE HUAQUILLAS Y ZARUMILLA

1. El Parlamento Andino ha creado la Asamblea Fronteriza Ecuador-Perú, mediante la Decisión 1180, en su XXX Período Ordinario de Sesiones, celebrado en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, celebrado durante los días 27, 28, 29 y 30 de mayo de 2007;

2. Que el Parlamento Andino ha diseñado una propuesta de acciones que, inherente a sus responsabilidades, busca contribuir decididamente con el cumplimiento de las Directrices Presidenciales sobre Agenda Social e Integración y Desarrollo Fronterizo, contenidas en las Actas de Lima (junio de 2000) y Carabobo (junio de 2001);

3. Que, sobre la base de la experiencia de la Decisión 184 de 1087, el Parlamento Andino ha creado la Asamblea Regional Fronteriza Colombo Venezolana; 4. Que, la creación de las Asambleas Fronterizas permiten fomentar, desde una perspectiva democrática, la participación activa del Parlamento Andino con los

1.

Dotar a la Asamblea fronteriza Ecuador-Perú de una infraestructura organizativa formada por una dirección colegiada de dos presidentes en la persona del Ing. Montgomery Sánchez Reyes, Prefecto de la Provincia de El Oro y el Ing. Wilmer Dios Benites, Presidente Regional de Tumbes.

2.

Conformar un Directorio Binacional, organizado en dos capítulos nacionales, formado por siete miembros plenos por cada uno de los capítulos de nacionales, más delegados observadores.

Integran los primeros Directorios de la Asamblea Fronteriza EcuadorPerú Por la República del Ecuador: • Ing. Montgomery Sánchez Reyes, Prefecto de la Provincia De El Oro • Ing. Alberto Game, Rector de la Universidad Técnica de Machala • Lcdo. Manuel Aguirre Piedra, Alcalde Huaquillas • Ing. Félix Salazar, Presidente de la Cámara de Comercio de Huaquillas • Dr. Jorge Sánchez Armijos, Diputado de la Provincia de El Oro • Ing. Susana Guarnizo, Directora Ejecutiva de PREDESUR

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Dr. Wilson Sánchez, Vicepresidente del Parlamento Andino de Ecuador

Por la República del Perú • Ing. Wilmer Dios Benites, Presidente Regional de Tumbes • Dr. Napoleón Puño Lecarnaqué, Rector de la Universidad Nacional de Tumbes • Sr. Félix Garrido Rivera, Alcalde de Zarumilla • Sr. Mateo Guerrero, Presidente de la Cámara de Comercio de Zarumilla • Ing. Carlos Cánepa La Cotera , Congresista de la República • Dr. Segismundo Cruces Ordinola, Director del Proyecto Especial Puyango-Tumbes • Dr. Juan Mariátegui, Parlamentario Andino, Presidente de la Comisión Primera de “Política y Relaciones Parlamentarias” Dotarle de una Secretaría Técnica Permanente, designada por los Parlamentarios Andinos, mencionados en el acápite 1), que estará a cargo del Ing. Segundo Noblecilla Bravo, Gerente de la Corporación de Desarrollo Fronterizo (CODEFRON), cuya sede es la ciudad de Huaquillas, Ecuador.

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manera periódica en la sede, en la ciudad de Huaquillas. 6. La Asamblea Fronteriza se dota de las siguientes disposiciones que normarán la marcha de la misma: Son Objetivos de los Directorios: Primero: Facilitarán procesos y funciones que permitan trabajar a las personas e instituciones en torno a los objetivos de la integración fronteriza creando un clima de confianza, amistad y en términos de hermandad, solidaridad y reciprocidad. Segundo: Observar y supervisar el cumplimiento de los dispositivos dados en ambos países para una integración positiva y de amplio espectro. Tercero: Generar programas de desarrollo fronterizo para integrar y complementar procesos con beneficios sociales, principalmente en desarrollo, educación y salud. Dado en Zarumilla, Tumbes a los 19 días del mes de octubre de 2007 3. TITULO INSTITUCIONALIZACIÓN DE LA ASAMBLEA FRONTERIZA ECUADOR PERÚ 4. CONSIDERANDOS

4. La Asamblea Fronteriza crea un observatorio de la región fronteriza Ecuador-Perú, para lo cual administrará un sitio web específico.

5.

La Asamblea Fronteriza Ecuador-Perú, se reunirá de

Que, la Asamblea Fronteriza Ecuador Perú, organizada por el Parlamento Andino, se efectuó durante los días jueves 18 y viernes 19 de octubre en las ciudades de Huaquillas y Zarumilla, con la finalidad de contribuir al cumplimiento de las Directrices Presidenciales sobre Agenda Social 32


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e Integración y Desarrollo Fronterizo, contenidas en las Actas de Lima (junio de 2000) y Carabobo (junio de 2001). Que, la organización y desarrollo de tal evento se realizó por cuenta de los Parlamentarios Andinos de la Comisión Primera de Política Exterior y Relaciones Parlamentarias, Juan Mariátegui por la parte peruana y Wilma Salgado por la ecuatoriana, para fomentar una participación activa de este organismo supranacional en el desarrollo de las zonas de frontera, conjuntamente con los Gobiernos Provinciales y Cantonales y otros actores políticos, económicos y sociales de la región fronteriza común. 5. ARTICULADO. ARTICULO PRIMERO: Aprobar la DECLARACION DE HUAQUILLAS Y ZARUMILLA suscrita en el marco de la Asamblea Fronteriza Ecuador Perú que se llevó a cabo los días 18 y 19 de octubre de 2007, y cuyo texto hace parte integral de la presente Decisión. ARTICULO SEGUNDO: Aprobar la conformación de una Asamblea Fronteriza dotada de una infraestructura organizativa a cargo de un Directorio Binacional formado por siete miembros plenos de los dos capítulos nacionales (ver declaración adjunta) y dirigido por

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dos presidentes: por Ecuador el Ing. Montgomery Sánchez Reyes, Prefecto del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro y por Perú el Ing. Wilmer Dios Benites, Presidente Regional de Tumbes. ARTICULO TERCERO: Establecer una Secretaría Técnica Permanente, a cargo del Ing. Segundo Noblecilla Bravo, que funcionará en la Sede Permanente que se establecerá en la ciudad de Huaquillas, con un local apropiado y gratuito que ha sido ya asignado para el efecto. ARTICULO CUARTO: Impulsar el desarrollo de un Observatorio de la región fronteriza, con ayuda del cual, la Asamblea Fronteriza se reunirá de manera periódica en Huaquillas y Zarumilla. ARTICULO QUINTO: Establecer el Directorio Binacional, el cual deberá facilitar procesos y funciones que efectúen personas e instituciones en torno a los objetivos de la integración fronteriza; observar y supervisar el cumplimiento de disposiciones conducentes a una integración positiva y de amplio espectro; y, generar programas de desarrollo fronterizo para integrar y complementar acciones principalmente en lo ámbitos de educación, salud y apoyo a la producción.

DECISIÓN No. 1209 INSTITUCIONALIZACIÓN DE LA ASAMBLEA FRONTERIZA ECUADOR PERÚ El Parlamento Andino en las Sesiones Reglamentarias del mes

de Noviembre de su XXXI Período Ordinario de Sesiones, celebradas 33


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en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, durante los días 25, 26, 27 y 28 de Noviembre de 2007.

CONSIDERANDO Que, la Asamblea Fronteriza Ecuador Perú, organizada por el Parlamento Andino, se efectuó durante los días jueves 18 y viernes 19 de octubre en las ciudades de Huaquillas y Zarumilla, con la finalidad de contribuir al cumplimiento de las Directrices Presidenciales sobre Agenda Social e Integración y Desarrollo Fronterizo, contenidas en las Actas de Lima (junio de 2000) y Carabobo (junio de 2001). Que, la organización y desarrollo de tal evento se realizó por cuenta de los Parlamentarios Andinos de la Comisión Primera de Política Exterior y Relaciones Parlamentarias, Juan Mariátegui por la parte peruana y Wilma Salgado por la ecuatoriana, para fomentar una participación activa de este organismo supranacional en el desarrollo de las zonas de frontera, conjuntamente con los Gobiernos Provinciales y Cantonales y otros actores políticos, económicos y sociales de la región fronteriza común. Por los considerándoos antes expuestos, el Parlamento Andino, constituido en su Plenaria; en uso de sus atribuciones y de conformidad a lo previsto en el Reglamento General.

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DECIDE: ARTICULO PRIMERO: Aprobar la DECLARACION DE HUAQUILLAS Y ZARUMILLA suscrita en el marco de la Asamblea Fronteriza Ecuador Perú que se llevó a cabo los días 18 y 19 de octubre de 2007, y cuyo texto hace parte integral de la presente Decisión. ARTICULO SEGUNDO: Aprobar la conformación de una Asamblea Fronteriza dotada de una infraestructura organizativa a cargo de un Directorio Binacional formado por siete miembros plenos de los dos capítulos nacionales (ver declaración adjunta) y dirigido por dos presidentes: por Ecuador el Ing. Montgomery Sánchez Reyes, Prefecto del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro y por Perú el Ing. Wilmer Dios Benites, Presidente Regional de Tumbes. ARTICULO TERCERO: Establecer una Secretaría Técnica Permanente, a cargo del Ing. Segundo Noblecilla Bravo, que funcionará en la Sede Permanente que se establecerá en la ciudad de Huaquillas, con un local apropiado y gratuito que ha sido ya asignado para el efecto. ARTICULO CUARTO: Impulsar el desarrollo de un Observatorio de la región fronteriza, con ayuda del cual, la Asamblea Fronteriza se reunirá de manera periódica en Huaquillas y Zarumilla. ARTICULO QUINTO: Establecer el Directorio Binacional, el cual deberá facilitar procesos y funciones que efectúen personas e instituciones en torno a los objetivos de la 34


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integración fronteriza; observar y supervisar el cumplimiento de disposiciones conducentes a una integración positiva y de amplio espectro; y, generar programas de desarrollo fronterizo para integrar y complementar acciones

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principalmente en lo ámbitos de educación, salud y apoyo a la producción. Notifíquese y publíquese Dado y firmado en la ciudad de Bogotá, República de Colombia a los Veintiséis (26) días del mes de noviembre del año 2007.

DOCUMENTOS TÉCNICOS A SER CONOCIDOS POR LA PLENARIA EN EL MES DE MAYO DE 2008. FORO DE COOPERACION ECONOMICA DEL ASIA PACIFICO - APEC – Elaborado por: El Instituto de Altos Estudios para la Integración y el Desarrollo Legislativo –IDL. En términos generales, el Foro de Cooperación Económica de Asia Pacífico o APEC es el espacio para impulsar el crecimiento económico, comercial, de inversiones y de cooperación en los países miembros que tienen cuenca sobre el pacífico. El bloque representa, en conjunto, el 48% del comercio mundial y el 56% del PIB de todo el mundo, reúne más de 2500 millones de personas y es la región más dinámica económicamente en todo el mundo, generando cerca del 70% del crecimiento económico global en sus primeros 10 años 2 .

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Datos sacados de la página web: www.asimet.cl/apec.htm

Debido a la evolución que había tenido el concepto de cooperación de los países de la cuenca del pacífico, buscado obtener un mayor bienestar social y económico a través de la interdependencia económica, se crea por iniciativa de Australia en 1994, un organismo gubernamental que optimizaría dichas ventajas, llamado Foro de Cooperación Económica de Asia Pacífico -APEC- (Asia Pacific Economic Co-operation, por sus siglas en inglés). APEC es un mecanismo informal de diálogo y consulta sobre temas económicos y comerciales, de ahí su reconocimiento como un foro abierto de países miembros. En la 35


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práctica no cuenta con un sistema de instituciones, aunque si tiene un carácter gubernamental, consensual, basado en el regionalismo abierto. Este Foro produce acuerdos, no tratados y las decisiones se toman por consenso, como se mencionó anteriormente. Su fin es lograr la eliminación de barreras al comercio y a la inversión de bienes; tiene como objetivo alcanzar libre flujo de servicios y capitales a más tardar en el año 2010, para las economías desarrolladas; y para las economías en vía de desarrollo en el 2020. Su Dirección Ejecutiva la ejerce una Economía (que es como el grupo llama a los países miembros) en un periodo de un año. Durante ella se albergan reuniones Cumbres y de Ministros. Actualmente la Dirección Ejecutiva está en manos de Perú. Así mismo, la APEC apoya el sostenimiento del crecimiento de la región mediante la interdependencia económica en el ámbito regional y global. Objetivo implementado en las siguientes estrategias: 1) Intercambio de información y consultas sobre políticas y

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experiencias de crecimiento económico. 2) Desarrollo de estrategias para reducir los impedimentos al flujo de bienes, servicios e inversiones; 3) La promoción de inversiones, comercio, flujos financieros y desarrollo de la infraestructura de la región; 4) Cooperación en sectores específicos como: energía, medio ambiente, pesca, turismo, transporte y telecomunicaciones. A su vez, APEC divide sus actividades en tres áreas de acción: Cooperación Técnica y Económica (ECOTECH), Facilitación y Liberalización del Comercio (TILF) y Facilitación de Negocios. Actualmente son miembros del organismo 21 economías: Australia, Brunei Darussalam, Canadá, República de Corea, Chile, República Popular China, Estados Unidos, Filipinas, Hong Kong (China), Indonesia, Japón, Malasia, México, Nueva Zelanda, Papua Nueva Guinea, Perú, Federación Rusa, Singapur, Tailandia, Taipei Chino (Taiwán) y República Socialista de Vietnam.

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Fuente: Página web del Ministerio de Agricultura del Perú Temas Actuales de Discusión: ¾ Impulsar la reforma estructural de APEC para fortalecer el marco institucional y el funcionamiento de los mercados. ¾ Respaldar las negociaciones para la liberalización del comercio en la OMC y la agenda de desarrollo de la Ronda de Doha. ¾ Luchar contra la corrupción y asegurar la transparencia para promover la gobernabilidad. ¾ Comercio seguro: ratificar todas las convenciones universales básicas antiterroristas, como soporte del crecimiento económico; promoción de la sociedad basa en el conocimiento. ¾ La forma como la proliferación de Regional Trade Agreements

(RTAs) y Free Trade Agreements (FTAs) pueden hacer una contribución positiva al proceso de liberalización comercial y a la creación de un Área de Libre Comercio.

Colombia y Ecuador en búsqueda de entrar al APEC Estas dos economías andinas ya han presentado su solicitud formal de entrar al APEC desde mediados de la década pasada. Sin embargo, hay que tener en cuenta que el grupo cerró hace diez años la entrada a nuevos miembros, al considerar que la expansión complicaría la capacidad de la organización regional para decidir mediante la fórmula del consenso. 37


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La esperanza para los andinos, hasta la cumbre de septiembre de 2007 en Sydney - Australia, estaba puesta en que dicha decisión fuera reconsiderada, pues por un lado vencía el plazo de diez años de moratoria a la entrada de nuevos socios; y por otro, Perú asumía la dirección protémpore del bloque, lo que en teoría daría mayor voz a las solicitudes de Colombia y Ecuador. A pesar de esto, no hubo consenso al respecto y por el contrario el debate se concentró en aspectos del calentamiento global. Las economías consideraron aplazar el debate de nuevos miembros hasta 2010: “21. Se ha discutido el punto de nuevas membresías en APEC y hemos acordado que es importante considerar la posibilidad de aceptar nuevos miembros, pues de esta manera se ha ganado fortaleza en la APEC y la búsqueda de la integración regional y la apertura de las economías ha mejorado. Hemos acordado re-examinar nuevas membresías en 2010”. 3 De acuerdo a un documento de la cancillería colombiana llamado 3

FIFTEENTH APEC ECONOMIC LEADERS’ MEETING, “STRENGTHENING OUR COMMUNITY, BUILDING A SUSTAINABLE FUTURE”. Sydney, Australia, 9 September 2007. Extractado de http://203.127.220.67/etc/medialib/apec_media_library/dow nloads/news_uploads/2007aelm.Par.0007.File.tmp/07_aelm _AELMStatement.pdf. el día 08/05/2008

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“¿Qué es la APEC? 4 , se argumenta que desde la perspectiva del comercio o la inversión para el país, estar al margen de APEC, no se considera como una pérdida para nuestras economías, “dado que las ofertas de liberalización espontánea de un país APEC cualquiera, siguen el principio de nación más favorecida de la OMC” 5 . Sin embargo, la APEC ofrece la posibilidad a los países no miembros de participar en las actividades de sus Grupos de Trabajo en calidad de invitado. Colombia ha participado en varias reuniones de los Grupos de Trabajo de Energía (desde 1996), Telecomunicaciones y Tecnología (desde 1997), y Promoción Comercial (desde 2000). Por lo tanto, a pesar de la negativa del bloque de aceptar nuevos socios, tanto Colombia y Ecuador deben seguir participando en las diferentes mesas de trabajo como lo han venido haciendo, pues el desarrollo de las relaciones con los países de la cuenca del pacífico, independientemente si hacen parte o no del bloque, son una gran motivación política para llevar a cabo una inserción integral al pacífico, lo cual implica acompañar acciones de carácter bilateral con los avances multilaterales. Aunque ciertamente no hay consecuencias negativas directas con la negación de aceptar nuevos socios al bloque, esta asociación si nos ofrece estímulos al comercio y las 4

http://www.cancilleria.gov.co/WebContentMan ager/webapp/display.jsp?sid=9905&pid=7268 5 IBID

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inversiones, además de incontables contactos y relaciones comerciales con las 21 economías que hacen parte de APEC.

voluntad política de total reconocimiento de la problemática, para que los proyectos no queden solamente en papel.

SEGURIDAD ALIMENTARIA: UN RETO PARA LOS PAISES ANDINOS

En razón de lo anterior, tenemos que hablar de un concepto que enmarca toda la problemática del hambre y que desde hace varios años ha ido tomando importancia ya que se ha vuelto un tema de debate trascendental para los Gobiernos y la Secretaria General de la Comunidad Andina; “la seguridad alimentaría” es un concepto que ha ido evolucionando en el tiempo, atendiendo a situaciones coyunturales y a los diferentes desarrollos intelectuales de cada década.

Elaborado por: El Instituto de Altos Estudios para la Integración y el Desarrollo Legislativo –IDL. En América Latina más de 96 millones de personas, es decir el 18,6% de la población total de la región, se encuentra en situación de pobreza extrema, es decir, más de 52 millones de personas están sufriendo el flagelo del hambre 6 y como consecuencia de ello debe ser prioritario para los gobiernos Latinoamericanos y en especial de los Gobiernos Andinos, el establecer políticas y programas consistentes, para combatir la marginación y con ello el hambre ya que el mayor numero de población que padece de este terrible mal, esta asentada justamente en los países miembros de la Comunidad Andina. Por esto, los países Andinos deben unirse bajo el marco de la Comunidad Andina para apoyar la creación de iniciativas regionales para la lucha contra este flagelo social, las cuales son el primer paso y el mas importante para la erradicación definitiva del hambre, no obstante, se debe tener en cuenta que en este tema se necesita de una expresión de

En la década del 70, con los altos precios del petróleo, la reducción de las existencias en las bodegas mundiales de los granos y la intensión de utilizar los embargos de granos básicos, con fines políticos, se le da una configuración al concepto de seguridad alimentaría en la disponibilidad de los alimentos a nivel nacional y mundial. Para la década de los 80’s con la liberalización del comercio se empieza a interrelacionar el hambre con la pobreza y se define el concepto de seguridad alimentaría como “la mera existencia de suficientes alimentos” 7 pero lo que este concepto no contemplaba es el acceso efectivo de toda la población a los alimentos. Para los años 90 se empieza a debatir que la disponibilidad y el acceso a los alimentos tampoco

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CEPAL. (2005). Objetivos de Desarrollo del Milenio: Una mirada desde América Latina y el Caribe.

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Salcedo S. (2005). Un marco teórico para la seguridad alimentaría. Santiago de Chile.

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garantizaban una adecuada alimentación, por tanto, se le agrega al concepto de seguridad alimentaría la concepción de un “buen uso o aprovechamiento de los alimentos” 8 . Ya para el siglo XXI se puede llegar a un concepto de seguridad alimentaría complejo, definiéndose como “la estabilidad en cuanto a la disponibilidad de los alimentos y el acceso efectivo de la población a ellos” 9 , siendo una tarea importante de los Gobiernos el garantizar una adecuada tabla de alimentos que garantice una nutrición estable y balanceada, para contrarrestar no solo el hambre sino también los elevados índices de desnutrición. Pero a partir de la configuración de un concepto claro, se va torneando un debate alrededor del dilema si la seguridad alimentaría es un derecho fundamental o un derecho económico, social y cultural. En este documento se expone a la seguridad alimentaría como un derecho económico, social y cultural a partir del siguiente concepto jurídico que ha sido elaborado por la Secretaria General del Parlamento Andino. LA SEGURIDAD ALIMENTARÍA COMO DERECHO ECONÓMICO SOCIAL Y CULTURAL: En razón a la necesidad de diseñar políticas comunitarias que aseguren la disponibilidad de alimentos sanos a la totalidad de sectores sociales de Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú mediante el saneamiento básico, programas de educación en 8

Ibíd. P. 1 Lora. A. (2005). Concepción de la seguridad alimentaria en el siglo XXI. FAO.

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nutrición y salud física y sicológica, protección a la producción agrícola frente a negociaciones con terceros países y el control a través de normativas andinas de los cultivos transgénicos, nos permitimos desarrollar las siguientes líneas: Al analizar los aspectos referenciados anteriormente, se concluye que los mismos ostentan de conexión directa con los derechos constitucionales de carácter económico social y cultural, es decir derechos de subsistencia o de bienestar social 10 , puesto que buscan garantizar las condiciones mínimas de existencia digna a todos los ciudadanos andinos; es por lo anterior que cuando se analiza política y jurídicamente la noción de seguridad alimentaría, estamos, sin lugar a equívocos, en la contextualización de los derechos económicos, sociales y culturales En este orden de ideas, cuando se intenta tipificar dentro del marco normativo, la noción de seguridad alimentaría, es indispensable su elevación a nivel constitucional y legal, como quiera que la misma, se constituye compromiso básico de los Estados con el hombre en sociedad 11 . Para el efecto, dicho compromiso es una obligación estatal superior que acompaña a la propia concepción del sistema jurídico político, y que se manifiesta a través de normas jurídicas que regulan las condiciones básicas para la posible realización del

10 GUZMAN Federico, Los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, p11 11 PECES Barva, Teoría de los Derechos Fundamentales, Ver capitulo referente al concepto y fundamento de los derechos fundamentales.

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estado Social y Democrático de Derecho 12 . Los derechos económicos sociales y culturales y dentro de los mismos el derecho a la seguridad alimentaría, son derechos de status Positivo, es decir, son derechos que obligan al Estado a reconocer capacidad jurídica a los individuos para reclamar pretensiones positivas para su efectividad 13 , en otras palabras, son derechos que se tipifican como prebendas de orden económico, social y cultural a favor de los individuos, subsidiados o sufragados por el Estado mismo. Es por lo anterior, que los citados derechos son derechos de crédito y como consecuencia de ello, exigen no solo la mera declaración constitucional o legal, sino el establecimiento de los correspondientes servicios públicos, con su respectiva previsión presupuestaria y adecuado control sobre la actividad administrativa 14 . El argumento principal a favor de los derechos económicos sociales y culturales es la libertad, y en este sentido, es pertinente anotar, que la libertad es solo real cuando se poseen las condiciones de la misma, es decir de los bienes materiales, como presupuesto de autodeterminación; es por ello que la doctrina constitucional a previsto a los derechos económicos sociales y culturales como derechos de 12 DE ASIS ROIG Rafael, Deberes y obligaciones de la Constitución, Ver capitulo del concepto y fundamento de los derechos fundamentales 13 ALEXY, Teoría de los Derechos Fundamentales, Ver capitulo: “Objeto y Tarea de una Teoría de los Derechos Fundamentales” 14 CASCAJO Castro Jose, Cuadernos y Debates Centro de Estudios Constitucionales Madrid 1988, Ver Capitulo referente a la Tutela Constitucional de los Derechos Sociales

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carácter de instrumental; lo cual está en concordancia con lo que manifiesta Calamendrei, quien indica que los derechos sociales constituyen la premisa indispensable para asegurar a todos los ciudadanos el goce efectivo de las libertades políticas 15 .

LOS PROBLEMAS DE SEGURIDAD ALIMENTARIA EN LA REGION ANDINA: Las fuentes de inseguridad alimentaría en los países andinos son diversas, ya que existen muchas limitaciones estructurales comunes que impiden que los productores aprovechen por completo las oportunidades que generan los mercados, y que en ocasiones incluso obstaculizan la implementación adecuada de ciertas iniciativas de fomento productivo. El autor Alberto Lora Aguacha, en su obra “Políticas de seguridad alimentaría en los países de la Comunidad Andina” identifica las siguientes limitaciones para el tema de Seguridad Alimentaría: • La baja productividad de los factores de producción en el sector agrícola, ya que en los países andino se presenta una gran concentración de campesinos pobres en aéreas muy pobres donde los terrenos son poco productivos, sumado a esto hay un bajo nivel tecnológico y educativo, lo que impide que se desarrollen economías de escala.

15 CASCAJO Castro Jose, Cuadernos y Debates Centro de Estudios Constitucionales Madrid 1988, Ver Capitulo referente a la Tutela Constitucional de los Derechos Sociales

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• Hay problemas en la investigación y transferencia de tecnología, debido a una falta de armonización y focalización hacia sectores y regiones prioritarias. Por otro lado, el deterioro de los recursos naturales, debido al manejo inadecuado de los suelos, de los bosques y de los recursos marinos, en especial en la amazonia y las zonas alto andinas (planicies y laderas), han impedido que los terrenos sean completamente productivos porque muchos de ellos por ese manejo inadecuado han presentado problemas de baja calidad en la producción o en el peor de los casos infertilidad. • La deficiente infraestructura y sistema de información de mercado, ha ido encareciendo los costos de producción que ha impedido muchas veces el acceso de muchos productos a los mercados de bienes y servicios lo que está mermando la competitividad de los agricultores en especial los más pequeños. • En cuanto a los minifundios y la pequeña propiedad que están consolidando alrededor de un 70% de las exportaciones Andinas, se están viendo afectados por la polarización y concentración de la estructura productiva, por parte de los grandes productores, afectando al sistema comercial andino.

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En razón de lo anterior, se puede decir que estos limitantes que se identifican en la Comunidad Andina, se le pueden sumar el problema de desempleo que se presenta al interior de todos los países de la Comunidad Andina, lo que afecta directamente el nivel de ingreso, generando desigualdad entre los pueblos. Según la clasificación del Banco Mundial, “todos los países andinos son considerados países de ingresos medios bajos, es decir, aquellos cuyos ingresos per cápita varían entre US$ 766 y US$ 3.035” 16 , a esto se le debe sumar la desigualdad en la distribución del ingreso que aqueja a buena parte del mundo. Pero no todos los problemas de inseguridad alimentaría son debidos a los procesos agrícolas o a aspectos económicos; otra fuente de inestabilidad en la disponibilidad y acceso a los alimentos en los países Andinos, ha sido los diversos cambios climáticos que ha afectado a la región Andina, ya que en la última década se han presentado sequías, inundaciones, fuertes vientos y heladas que han afectado la producción de algunos alimentos, como la papa. Todo esto a coadyuvado a que la seguridad alimentaría sea un tema amplio y de vital importancia para los gobiernos Andinos ya que cada grupo poblacional, tiene distintos grados de vulnerabilidad frente a este tema. La seguridad alimentaría en la Comunidad Andina, enfrenta una 16

Banco Mundial. Disponible en: hptt:/ www.bancomundial.org/ categorias/economia/banco%20mundial.htm. Recuperado el: 9 de Mayo de 2008

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limitante importante ya que muchos de los hogares, especialmente pobres, no tienen acceso a agua potable o a un sistema de manejo de aguas residuales, conforme para que cualquier tipo de alimento pueda ser conservado y no tengan que consumir productos en estado de descomposición, como es el caso de muchos pobladores de escasos recursos que tienen la oportunidad de acceder a un litro de leche, pero desafortunadamente, por falta de una nevera, se daña el producto o tienen que consumirlo con una serie de bacterias que son adquiridas por no tener la refrigeración necesaria, ya sea porque no tienen el electrodoméstico indicado o simplemente porque no tiene acceso a servicios públicos básicos. UN RETO PARA LOS PAISES ANDINOS Los países andinos deben contemplar la creación de una política de Seguridad Alimentaría que sea efectiva y eficiente, teniendo en cuenta que debe ser integral, es decir, debe contemplar: la participación de las instituciones estatales; debe incorporar las dimensiones productivas, medioambientales, socioeconómicas, culturales y sanitarios; debe realizar acciones de manera coordinada a nivel local, regional, nacional y supranacional; y contar con un oportuno sistema de seguimiento y evaluación, para que así sea una política flexible pero verídica. Por el carácter multisectorial de la seguridad alimentaría, es necesario fortalecer las comisiones multisectoriales a nivel regional,

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nacional y local, que permita dirigir, coordinar y evaluar las acciones encaminadas a la creación de estrategias sobre seguridad alimentaría, sólidas y multidimensional. Todo lo anterior debe ayudar a promover y generar alianzas, acuerdos y compromisos con el sector privado, la sociedad civil organizada y la cooperación internacional con el fin de consolidar la institucionalidad en seguridad alimentaría y nutricional en sus distintos niveles descentralizados. A nivel comunitario, se debe pensar en una armonización de políticas agropecuarias, donde se unifiquen las especificaciones y los conceptos agrícolas, para que al interior de los países andinos se hable un mismo idioma, para que el acceso a mercados sea más fácil y así poder garantizar el acceso a alimentos nutritivos y equitativamente para todos los pobladores de la región. No obstante, lo anterior debe estar sustentado en una base de dediciones comunitarias y normas de aplicación regional, que dicten directrices y lineamientos para enmarcar actividades conjuntas en el campo de la agricultura y la seguridad alimentaría regional. Finalmente, es necesario contemplar la necesidad de establecimiento de economías de escala a nivel regional, esto ayudaría a maximizar el trabajo y esfuerzo de muchas de las instituciones de investigación que luchan para explorar nuevas tácticas de producción que ayude a reducir costos que ayudaría a incentivar a explotación agrícola. 43


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Todo lo anterior, apoyado en la incorporación de aspectos de seguimiento y evaluación de las iniciativas implementadas en la región, con el objeto de monitorear la ejecución y maximizar el impacto de las actividades, además de extraer lecciones para su utilización en otros bloques de integración.

reforzando el multilateralismo en las relaciones internacionales, a través del establecimiento de mecanismos de diálogo y cooperación con otros bloques regionales. Este acuerdo deberá conducir a reforzar los lazos políticos entre ambas regiones y sobre todo a la suscripción de un pacto de libre comercio.

LAS TERCERA RONDA DE NEGOCIACIÓN DEL ACUERDO DE ASOCIACIÓN CAN-UE

La directriz 21 establecida en la Declaración de Santa Cruz en enero de 2002, reiteró el propósito del Consejo de Presidentes de avanzar en la búsqueda de un Acuerdo de Asociación con la UE. A partir de ese momento se adelantó una agenda en doble vía con miras a lograr que el Sistema General de Preferencias (SGP) se convirtiera en una negociación a término indefinido, pues el sistema de preferencias actual tiene vencimiento en 2013.

Elaborado por: El Instituto de Altos Estudios para la Integración y el Desarrollo Legislativo –IDL. En este documento se presenta un resumen muy puntual de lo que significó la tercera ronda de negociaciones entre la Unión Europea y la Comunidad Andina, en búsqueda de un Acuerdo de Asociación entre estos dos bloques de países. Cabe resaltar que fue aquí, en Quito, donde se empezaron a sentir avances sustanciales pues en las pasadas rondas de Bogotá y Bruselas, solo se llegaron a consensos superficiales sobre la forma en que se llevaría la negociación, mas no hubo avances en lo sustantivo y de fondo. Se verá de manera muy precisa los acuerdos hasta el momento de los tres grupos en que se compone esta negociación (de cooperación, de dialogo político y aspectos comerciales). I. Introducción La búsqueda de un Acuerdo de Asociación con la Unión Europea (UE), es uno de los resultados que pretende obtener la política exterior común de la Comunidad Andina,

Estableciendo un paralelo entre los acuerdos comerciales que actualmente tiene la CAN con la UE y los EEUU respectivamente, el Acuerdo de Asociación se podría comparar con el TLC firmado bilateralmente por Colombia y Perú con los Estados Unidos. Por ser negociaciones indefinidas, (la europea caracterizada por ser bloque a bloque y además del componente comercial, hay un componente político y de cooperación. El norteamericano netamente comercial y bilateral). Mientras que el ATPDEA y el SGP plus son negociaciones a termino definido enfocados en otorgar alivios a los países andinos comprometidos en la lucha antidrogas.

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De llegar a firmar un Acuerdo de Asociación con la UE, no solo se ampliaría la oferta exportable andina, sino le daría a lo empresarios de ambos lados mayor seguridad y estabilidad debido a la existencia de políticas de comercio estables e indefinidas. Con relación al comercio entre los dos bloques, la UE ocupa el segundo lugar de destino de las exportaciones comunitarias (10% de total exportado, USD 10183 millones), luego de los EEUU quien es su principal socio. 17 Sin embargo para la UE, la CAN no alcanza a representar el 1% de sus importaciones. En los sectores alimenticios, manufacturas y procesados, se tiene que los productos mas favorecidos por el SGP son: • Productos alimenticios: Café crudo o verde sin descafeinar, frutas frescas y congeladas (excepto banano, fresas y limones), legumbres frescas y congeladas, pescados, crustáceos y moluscos. • Productos manufacturados: Textiles y confecciones, cueros y sus manufacturas, calzado y sus partes componentes, tabaco. frutas • Productos procesados: secas, concentrados de frutas, jugos de frutas, encurtidos, conservas de frutas y verduras, palmitos en conserva, aceites vegetales. Desde mediados de la década de los noventa hasta ahora, el comercio con la UE ha presentado

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variaciones con el tiempo, pues crece y decrece permanentemente. La balanza comercial de la Comunidad Andina con la UE ha sido superavitaria, en los períodos 1994–1996 y el 2002–2005. Contrariamente, en el período 1997–2001, la balanza comercial ha sido deficitaria 18 . Con respecto a la Inversión Extranjera Directa (IED) proveniente de la UE, ésta ha tenido permanentes variaciones y esto se debe a que estas inversiones básicamente provienen de programas de privatización de empresas estatales o concesiones de infraestructura y servicios; y su evolución dependió básicamente de los cronogramas establecidos en cada país. Los principales países de origen de inversiones de la UE han sido España, Reino Unido, Países Bajos y Francia; mientras que sus destinos fueron principalmente en Perú y Colombia. Finalmente, el ex Secretario General de la Comunidad Andina Dr. Allan Wagner, logró que la Comisión Europea dispusiera establecer un programa de cooperación a mediano plazo para que los países andinos aprovechen las ventajas que derivarán del Acuerdo de Asociación en materia de comercio e inversiones, especialmente para Bolivia. De esa manera se asegurará que el Acuerdo de Asociación sea un importante instrumento para el desarrollo, la cohesión social y la gobernabilidad democrática de los

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Series Estadísticas de la Comunidad Andina. www.comunidadandina.org

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países andinos, así como para reducir las asimetrías existentes al interior de la CAN.

II. Tercera Ronda de Negociaciones Quito, Ecuador 21 -25 de abril de 2008 Grupo I (De Dialogo Político) En esta sesión se trabajó sobre los textos y contrapropuestas intercambiados entre ambas partes en Bruselas y Bogotá, tratándose los siguientes temas: • • • • • • • •

Objetivos del Diálogo Político Áreas del Diálogo Político No proliferación de armas de destrucción masiva Lucha contra el terrorismo Delitos Graves de Preocupación Internacional y la Corte Penal Internacional Multilateralismo Migración Lucha contra la pobreza y promoción de la cohesión social

En el Grupo I, se creó el Grupo de Asuntos Horizontales con el objeto de intercambiar percepciones sobre la estructura general y sobre los objetivos y las estructuras que podría tener el Acuerdo. De esta manera se realizaron progresos en los principios generales inherentes al Acuerdo (el buen gobierno y Estado de Derecho); además se alcanzaron acuerdos con respecto a la cooperación, fortalecimiento institucional y del multilateralismo, crímenes de preocupación internacional y Corte Penal Internacional.

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Grupo II (De Cooperación) Como en la mesa de dialogo político, en Cooperación también se trabajaron los textos y contrapropuestas intercambiados entre ambas partes en las dos rondas anteriores. En especial sobre los Principios de la Cooperación y aspectos de Democracia, Derechos Humanos, Buen Gobierno, Estabilidad, Justicia, Libertad y Seguridad. Específicamente se discutieron los siguientes temas: • Principios de la Cooperación. • Democracia y derechos humanos. • Modernización del Estado, Administración Pública y descentralización. • Lucha contra las drogas. • Lavado de dinero y activos. • Armas pequeñas y ligeras. • Estado de derecho y fortalecimiento institucional. • Protección de datos personales. Asimismo, se negociaron artículos referidos a los siguientes temas: • Cohesión Social, • Asuntos Poblacionales, • Empleo y protección social, • Salud • Educación y capacitación, • Género, • Pueblos indígenas, afrodescendientes y minorías, • Personas desplazadas, refugiadas y desmovilizados de grupos armados al margen de la Ley. • Personas con discapacidad. • Seguridad alimentaria.

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De acuerdo al informe entregado por los negociadores (el cual está en profundidad en la página web de la Comunidad Andina), se alcanzaron acuerdos preliminares con respecto a la lucha contra las drogas ilícitas, lavado de dinero y de activos, armas pequeñas y ligeras, modernización del Estado y de la Administración Pública, género, empleo y protección social, educación y capacitación, entre otros. Con miras a entregar avances sustanciales en la ronda de Bruselas de junio de 2008, se avanzó en desarrollar trabajos concernientes a los mecanismos de cooperación, específicamente en migración, sociedad de la información, cooperación científica y tecnológica, integración regional, medio ambiente y cultura. Grupo III (De Comercio) El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo del Perú, Eduardo Brandes, quien a su vez se desempeña como Coordinador del Grupo de Comercio de la delegación de la Comunidad Andina, ejerció la vocería andina. Por parte de la Unión Europea lo hizo Rupert Schlegelmilch, Jefe Negociador de la Comisión Europea para el Grupo de Comercio. En resumidas cuentas, hubo satisfacción por el cumplimiento de los compromisos asumidos en el marco de la II Ronda, los cuales permitieron adelantar los trabajos en las reuniones de los 14 subgrupos y de la coordinación del Grupo de Comercio. El Grupo de Comercio, desarrolló la siguiente Agenda: 1. Pautas y lineamientos para el trabajo de los Subgrupos de

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Comercio: Se acordó negociar las salvaguardias agrícolas en el Subgrupo de Acceso a Mercados, incluyendo aranceles y medidas no arancelarias (agricultura). Se conviene que las normas técnicas sectoriales sobre textiles, confecciones y calzado, se negocien en el ámbito del Subgrupo de Obstáculos Técnicos al Comercio. 2. Definición de lo sustancial del comercio: La CAN puso a consideración el reconocimiento de las asimetrías entre ambos bloques y resaltó la importancia de tener en cuenta el alcance de las negociaciones arancelarias. Finalmente, se coincidió en la importancia de llegar a un acuerdo en las asimetrías con miras a tener un acceso efectivo a los mercados. 3. Comentarios generales sobre las Ofertas Arancelarias y de Servicios Iniciales: La UE reitera su disposición de ser más ambiciosa en la eliminación arancelaria e invita a la CAN a seguir el mismo camino, aunque reconoce el esfuerzo andino en la oferta presentada. Las partes subrayaron la necesidad de respetar en sus ofertas las disposiciones de la OMC, en particular el artículo XXIV de GATT. La CAN señaló la necesidad que la UE presente una mejor y mas completa oferta para la IV Ronda, invita a consolidar el SGP Plus y diversificar y profundizar la liberalización comercial. La UE, por su parte, subrayó la necesidad para la CAN de alinear su oferta de servicios, en

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particular frente al artículo V del GATT. El banano es parte integrante de la negociación del Acuerdo de Asociación y se acordó que se tendrán en cuenta los desarrollos en el marco multilateral. 4. Plan de Trabajo de la Comunidad Andina sobre Libre Circulación de Bienes: La delegación andina presentó las acciones a desarrollar en los años 2008 y 2009 en Aduanas y Facilitación del Comercio, Obstáculos Técnicos al Comercio, y Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, a través de un informe llamado “Plan de Trabajo de la Comunidad Andina sobre libre circulación de bienes”. 5. Cronograma y compromisos para las siguientes Rondas de Negociación CAN-UE: Se acordó efectuar una Mini Ronda en

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Bruselas para reunir a los Subgrupos de Servicios, Establecimiento y Movimiento de Capitales (inversiones); Propiedad Intelectual; y, Comercio y Desarrollo Sostenible. La CAN remitirá, a más tardar el 30 de mayo, propuestas de texto sobre Propiedad Intelectual y Comercio y Desarrollo Sostenible. Adicionalmente, la CAN presentará antes de dicha Ronda, el Plan de Trabajo sobre Libre Circulación de Servicios. 6. Cooperación y Asistencia técnica de la UE a la CAN: El bloque europeo realizó una presentación de la Cooperación regional y bilateral con la Comunidad Andina y sus Países Miembros con miras a posibles apoyos en el marco del pilar comercial del Acuerdo de Asociación.

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