Gaceta noviembre 2007

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PRONUNCIAMIENTOS APROBADOS EN EL MARCO DE LAS SESIONES REGLAMENTARIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL XXXI PERIODO ORDINARIO DE SESIONES DEL PARLAMENTO ANDINO RESOLUCIONES DE LA MESA DIRECTIVA RESOLUCION No. 05 ………………...4 ORIENTACIÓN, COORDINACIÓN Y DIRECCIÓN PARA LA ELABORACIÓN DE LOS PLANES DE ACCIÓN 2008 2010 DE LAS OFICINAS DE REPRESENTACIÓN PARLAMENTARIA NACIONAL Y DE LAS COMISIONES PERMANENTES

RESOLUCION No. 09………………..9 OFICINA PERÚ DE LA UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR

RESOLUCION No. 07………………...6 MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 67 DEL REGLAMENTO GENERAL

RESOLUCION No. 10 ……………….11 AUTORIZACIONES PARA LA REALIZACIÓN DE LOS EVENTOS EL ROL EDUCATIVO DE LA INTEGRACIÓN ANDINA EN EL FORO DE COOPERACIÓN ECONÓMICA ASIA PACÍFICO – APEC Y ASAMBLEA EUROLATINOAMERICANA: EL ROL DE LA EDUCACIÓN INTEGRACIONISTA Y LA EQUIDAD DE GÉNERO EN EL DESARROLLO DE EUROPA Y AMÉRICA LATINA.

RESOLUCION No. 08………………..8 ORGANIZACIÓN DE LA REUNIÓN DE LA ASAMBLEA TRANSATLÁNTICA EUROLATINOAMERICANANA

RESOLUCION No. 11……………….12 ADQUISIÓN DEL INMUEBLE PARA LAS RESIDENCIAS PARLAMENTARIAS

RESOLUCIÓN No. 06…………………5 CRITERIOS DE PUBLICACIÓN DE ARTÍCULOS EN EL PERIÓDICO INSTITUCIONAL “EL CONDOR”


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RESOLUCION No. 12……………….13 ADQUISICIÓN DE INMUEBLE PARA EL INSTITUTO DE ALTOS ESTUDIOS SOBRE LA INTEGRACIÓN Y EL DESARROLLO LEGISLATIVO

ACUERDO COMISIÓN DE ÉTICA Y ACREDITACIONES ACUERDO No. CEYA 001…………..14 CONSTITUCIÓN DE LA COMISIÓN DE ÉTICA Y ACREDITACIONES

DECISIONES APROBADAS POR LA PLENARIA

DECISIÓN No. 1197………………….15 RESPALDO A LA EJECUCION DEL PROYECTO “SEMILLAS SAGRADAS”, ENMARCADO EN LA INICIATIVA “PROYECTO INTERINSTITUCIONAL PARA LA CONSTRUCCION DE UNA POLITICA DE VALORIZACION DE LOS PRODUCTOS ANDINOS”. DECISION No.1198…………………..17 RESPALDAR VIGOROSAMENTE LAS ACCIONES A SER DESARROLLADAS EN LA SEMANA DE ACCION GLOBAL POR UN TRATAMIENTO ALTERNATIVO DE LA DEUDA EXTERNA, POR PARTE DE ORGANIZACIONES SOCIALES Y ECLESIASTICAS DE TODO EL MUNDO.

DECISIÓN No. 1199………………….20 RECHAZO POR LA XENOFOBIA A CIUDADANOS ANDINOS EN TERRITORIO ESPAÑOL. DECISIÓN No. 1200………………….21 AMNISTIA MIGRATORIA A CIUDADANOS ANDINOS EN LA REPÚBLICA DE CHILE. DECISIÓN No. 1201………………….22 APROBACION DE LA RESOLUCIÓN DE LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS – ONU


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PROYECTOS DE PRONUNCIAMIENTO A SER CONOCIDOS Y DEBATIDOS EN EL MARCO DE LAS SESIONES REGLAMENTARIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL XXXI PERIODO ORDINARIO DE SESIONES DEL PARLAMENTO ANDINO PROYECTO DE PRONUNCIAMIENTO No. PD 001 – 1107…………………..24

PROYECTO DE PRONUNCIAMIENTO No. PD 003-1107……………………..33

PROYECTO DE DECISION No. PD 002 – 1107…………………………………30

PROYECTO DE PRONUNCIAMIENTO No. PR 001 – 1107……………………45

INFORMES Y DOCUMENTOS TÉCNICOS INFORME Y DOCUMENTO TÉCNICO No. IDT 001- 1107…………………..56

INFORME Y DOCUMENTO TÉCNICO No. IDT 002- 1107…………………..60

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PRONUNCIAMIENTOS APROBADOS EN EL MARCO DE LAS SESIONES REGLAMENTARIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL XXXI PERIODO ORDINARIO DE SESIONES DEL PARLAMENTO ANDINO RESOLUCIONES DE LA MESA DIRECTIVA RESOLUCION No. 05 ORIENTACIÓN, COORDINACIÓN Y DIRECCIÓN PARA LA ELABORACIÓN DE LOS PLANES DE ACCIÓN 2008 - 2010 DE LAS OFICINAS DE REPRESENTACIÓN PARLAMENTARIA NACIONAL Y DE LAS COMISIONES PERMANENTES La Mesa Directiva, reunida el día veinticuatro (24) de Octubre de 2007, en la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, en las sesiones reglamentarias del mes de Octubre del XXXI Periodo Ordinario de Sesiones, CONSIDERANDO Que, mediante Resolución No. 01 del 25 de septiembre de 2007 de la Mesa Directiva le encargó a los Vicepresidentes presentar el Plan de Acción 2008 – 2010 de las respectivas Oficinas de las Representaciones Parlamentarias Nacionales; y a las Comisiones Permanentes del Parlamento Andino, presentar sus correspondientes Planes de Acción 2008 – 2010 de conformidad a los temas supranacionales de la Comunidad Andina. En uso de sus atribuciones y conforme a lo prescrito en su Reglamento General, la Mesa Directiva.

RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Solicitar a los Vicepresidentes y a las Comisiones Permanentes que en la elaboración de los correspondientes Planes de Acción 2008 – 2010, abstenerse de incluir actividades o eventos en las fechas que de conformidad al Reglamento General están fijadas para la realización de las Sesiones tanto de la Plenaria como de las Comisiones. ARTÍCULO SEGUNDO. Presentar máximo hasta el 15 de noviembre del año en curso a la Oficina Central del Parlamento Andino los Planes de Acción 2008 – 2010 tanto de las Oficinas de las Representaciones Parlamentarias como de las Comisiones Permanentes, para presentar un documento armonizado único para debate y aprobación de la Plenaria en las Sesiones Reglamentarias de Noviembre del XXXI Periodo Ordinario de Sesiones.


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Notifíquese y publíquese Dado en República

la ciudad de de Colombia

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veinticuatro (24) del mes de Octubre de 2007. Bogotá, a los

RESOLUCIÓN No. 06 CRITERIOS DE PUBLICACIÓN DE ARTÍCULOS EN EL PERIÓDICO INSTITUCIONAL “EL CONDOR” La Mesa Directiva, reunida el día veinticuatro (24) de Octubre de 2007, en la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, en las sesiones reglamentarias del mes de Octubre del XXXI Periodo Ordinario de Sesiones, CONSIDERANDO Que, de conformidad al Artículo 148 del Reglamento General del Parlamento Andino el medio escrito de información oficial del Parlamento Andino es el periódico El Cóndor, en el cual las representaciones parlamentarias participarán a través de corresponsalías. Las informaciones de las representaciones parlamentarias y sus actos de coordinación y

funcionamiento, se podrán publicar bajo la figura de periódicos informativos internos. Que, la Dirección de Comunicaciones ha presentado un documento a la Mesa Directiva en el que se establecen los criterios de publicación de artículos en el Periódico El Cóndor. En uso de sus atribuciones y conforme a lo prescrito en su Reglamento General, la Mesa Directiva. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Aprobar los criterios de publicación de artículos en el Periódico El Cóndor


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presentados por la Dirección de Comunicaciones de la Oficina Central del parlamento andino, los cuales hacen parte integral de la presente Resolución.

Nacionales, a través de los Vicepresidentes, el documento objeto de la presente Resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO. Poner en conocimiento de los departamentos de prensa de las Oficinas de las Representaciones Parlamentarias

Dado en la ciudad de Bogotá, República de Colombia a los veinticuatro (24) del mes de Octubre de 2007.

Notifíquese y publíquese

RESOLUCION No. 07 MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 67 DEL REGLAMENTO GENERAL La Mesa Directiva, reunida el día veinticuatro (24) de Octubre de 2007, en la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, en las sesiones reglamentarias del mes de Octubre del XXXI Periodo Ordinario de Sesiones, CONSIDERANDO

Que, de acuerdo al literal p) del Artículo 43 del Reglamento General es competencia de la Mesa Directiva conocer las propuestas de reforma al Reglamento General presentadas por los miembros del Parlamento Andino

y presentarlas a la Plenaria; Que, el Reglamento General del Parlamento Andino en su Artículo 67 establece que el Centro Andino de Investigación, Capacitación, Desarrollo y Armonización Legislativa, CADEL, es el organismo técnico y académico adscrito a la Secretaría General del Parlamento Andino. Su objetivo y atribuciones generales son la investigación, la asesoría, la formación, la capacitación y la prestación de servicios vinculados con el desarrollo y el fortalecimiento del Sistema Andino de Integración, de las


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instituciones democráticas y el impulso y la potenciación de los Derechos Comunitario y Parlamentario. Que, la Secretaría General del Parlamento ha presentado una propuesta mediante la cual se modifican los de Estatutos del CADEL con relación a lo que sería el Instituto de Altos Estudios sobre la Integración y Desarrollo Legislativo. En uso de sus atribuciones y conforme a lo prescrito en su Reglamento General, la Mesa Directiva. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Presentar para consideración y debate de la Plenaria la propuesta de modificar el Artículo 67 del Reglamento General, correspondiente al Centro Andino de Investigación Capacitación y Desarrollo Legislativo CADEL de la siguiente manera: “ARTÍCULO 67.- EI Instituto de Altos Estudios sobre la Integración y el Desarrollo Legislativo es el Organismo Técnico – Académico, creado por el Parlamento Andino, adscrito a la Secretaría General, con autonomía presupuestaria y administrativa, encargado de coadyuvar al cumplimiento efectivo de sus atribuciones y objetivos generales: la investigación, asesoría,

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formación, capacitación y prestación de servicios vinculados con el desarrollo y fortalecimiento del sistema y las instituciones democráticas, los procesos de integración, el impulso y la potenciación de los derechos comunitario y parlamentario con visión latinoamericanista. El Instituto se regirá por las disposiciones constantes en el ordenamiento jurídico de la Comunidad Andina, los instrumentos básicos del Parlamento Andino; y por su propio reglamento interno. Los funcionarios del Instituto gozarán de las prerrogativas y privilegios que el derecho internacional les brinde para el ejercicio pleno de funciones. ARTÍCULO SEGUNDO.- Aprobar los Estatutos del Instituto de Altos Estudios sobre la Integración y el Desarrollo Legislativo presentados por la Secretaría General del Parlamento Andino, los cuales hacen parte integral de la presente Resolución.

Notifíquese y publíquese Dado en la ciudad de Bogotá, República de Colombia a los veinticuatro (24) del mes de Octubre de 2007.


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RESOLUCION No. 08 ORGANIZACIÓN DE LA REUNIÓN DE LA ASAMBLEA TRANSATLÁNTICA EUROLATINOAMERICANANA La Mesa Directiva, reunida el día veinticuatro (24) de Octubre de 2007, en la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, en las sesiones reglamentarias del mes de Octubre del XXXI Periodo Ordinario de Sesiones, CONSIDERANDO Que, en la segunda quincena del mes de mayo del año 2008 se llevará a cabo la Cumbre Presidencial Eurolatinoamericana en la ciudad de Lima, Perú; Que, Asamblea Eurolatinomericana ha acordado reunirse en el marco de las Cumbres Presidenciales Eurolatinoamericanas; Que, el literal g) del Artículo 43 del Acuerdo de Cartagena establece que una de las atribuciones del Parlamento Andino es la de promover relaciones de cooperación y coordinación con los Parlamentos de

los Países Miembros, los Órganos e Instituciones del Sistema Andino de Integración, así como con los Órganos Parlamentarios de Integración o cooperación con terceros países; Que, de conformidad con el Artículo 28 del Reglamento General del Parlamento Andino, es función del Secretario General promover reuniones de coordinación y enlace con las oficinas de las representaciones parlamentarias nacionales para una oportuna ejecución del Plan de Actividades y otros aspectos inherentes al fortalecimiento institucional del Parlamento Andino. En uso de sus atribuciones y conforme a lo prescrito en su Reglamento General, la Mesa Directiva. RESUELVE:


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ARTÍCULO PRIMERO.- Designar a la Parlamentaria Andina Rosa Marina León, Vicepresidenta de la Oficina de la Representación Parlamentaria del Perú, en su calidad de Vicepresidenta de la Comisión de Asuntos Sociales, Inmigración, Medio Ambiente y Cultura de la Eurolat, en coordinación con la Secretaría General del Parlamento Andino la organización de la reunión de la Asamblea Eurolatinoamericana a llevarse a cabo en la primera quincena del mes de mayo de 2008 en la cuidad de Lima, Perú. Para tal fin, podrán gestionar y adelantar todas las acciones que consideren pertinentes ante las autoridades de la República

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del Perú y demás instituciones públicas o privadas, nacionales o internacionales que permitan cumplir con la presente designación ARTÍCULO SEGUNDO.- De las actividades y gestiones realizadas se deberá informar periódicamente a la Mesa Directiva del Parlamento Andino. Notifíquese y publíquese Dado en la ciudad de Bogotá, República de Colombia a los veinticuatro (24) del mes de Octubre de 2007.

RESOLUCION No. 09 OFICINA PERÚ DE LA UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR La Mesa Directiva, reunida el día veinticuatro (24) de Octubre de 2007, en la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, en las sesiones reglamentarias del mes de Octubre del XXXI Periodo Ordinario de Sesiones, CONSIDERANDO

Que, el Consejo Superior de la Universidad Andina Simón Bolívar autorizó a la Parlamentaria Rosa Marina León, miembro de la Comisión Segunda de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología y Comunicaciones a adelantar las gestiones pertinentes para la


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implementación de la Oficina Perú de la Universidad Andina Simón Bolívar; Que, se hace necesario dar un mayor impulso y respaldo a las gestiones de la Parlamentaria Rosa Marina León para el cumplimiento de la designación hecha a su persona por el Consejo Superior de la Universidad Andina Simón Bolívar;

En uso de sus atribuciones y conforme a lo prescrito en su Reglamento General, la Mesa Directiva. RESUELVE:

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ARTÍCULO PRIMERO.- Respaldar las acciones y gestiones realizadas por la Parlamentaria Andina Rosa Marina León, Miembro de la Comisión Segunda del Parlamento Andino y miembro del Consejo Superior de la Universidad Andina Simón Bolívar, para la implementación de la Oficina Perú de la Universidad Andina Simón Bolívar. ARTÍCULO SEGUNDO.- Solicitar a la Oficina de la Representación Parlamentaria del Perú apoye a través de recursos humanos y logísticos las actividades y gestiones requeridas para la implementación de la Oficina Perú de la Universidad Andina Simón Bolívar. Notifíquese y publíquese Dado en la ciudad de Bogotá, República de Colombia a los veinticuatro (24) del mes de Octubre de 2007.


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RESOLUCION No. 10 AUTORIZACIONES PARA LA REALIZACIÓN DE LOS EVENTOS EL ROL EDUCATIVO DE LA INTEGRACIÓN ANDINA EN EL FORO DE COOPERACIÓN ECONÓMICA ASIA PACÍFICO – APEC Y ASAMBLEA EUROLATINOAMERICANA: EL ROL DE LA EDUCACIÓN INTEGRACIONISTA Y LA EQUIDAD DE GÉNERO EN EL DESARROLLO DE EUROPA Y AMÉRICA LATINA. La Mesa Directiva, reunida el día veinticuatro (24) de Octubre de 2007, en la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, en las sesiones reglamentarias del mes de Octubre del XXXI Periodo Ordinario de Sesiones, CONSIDERANDO Que, dentro de los propósitos del Parlamento Andino se encuentran los de: d) Promover la participación de los pueblos como actores del proceso de integración andina; e) Fomentar el desarrollo de una conciencia comunitaria andina; f) Promover en los pueblos de la Subregión andina la toma de conciencia y la más amplia difusión de los principios y normas que orientan el establecimiento de un nuevo orden internacional; En uso de sus atribuciones y conforme a lo prescrito en su

Reglamento Directiva.

General,

la

Mesa

RESUELVE: ARTÍCULO ÚNICO.- Autorizar a la Honorable Parlamentaria Andina Rosa Marina León, Vicepresidenta de la Representación Parlamentaria del Perú y Miembro de la Comisión Segunda, la organización y ejecución a nombre del Parlamento Andino de los eventos: “EL ROL EDUCATIVO DE LA INTEGRACIÓN ANDINA EN EL FORO DE COOPERACIÓN ECONÓMICA ASIA PACÍFICO – APEC” y “ASAMBLEA EUROLATINOAMERICANA: EL ROL DE LA EDUCACIÓN INTEGRACIONISTA Y LA EQUIDAD DE GÉNERO EN EL DESARROLLO DE EUROPA Y AMÉRICA LATINA”. Notifíquese y publíquese Dado en la ciudad de Bogotá, República de Colombia a los veinticuatro (24) del mes de Octubre de 2007.


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RESOLUCION No. 11 ADQUISIÓN DEL INMUEBLE PARA LAS RESIDENCIAS PARLAMENTARIAS La Mesa Directiva, reunida el día veinticuatro (24) de Octubre de 2007, en la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, en las sesiones reglamentarias del mes de Octubre del XXXI Periodo Ordinario de Sesiones,

sin embargo por incumplimiento de la contraparte el negocio no se llevó a cabo. En uso de sus atribuciones y conforme a lo prescrito en su Reglamento General, la Mesa Directiva.

CONSIDERANDO RESUELVE: Que, la Mesa Directiva mediante Resolución No. 10 del 26 de marzo de 2007, autorizó a la Secretaría General iniciar las gestiones necesarias para la compra de la casa y las correspondientes adecuaciones civiles para la construcción de las residencias de los Parlamentarios Andinos, las mismas que serán puestas a conocimiento y consideración de la Mesa Directiva; Que, mediante la Resolución No. 22 del 27 de Mayo de 2007 la Mesa Directiva autorizó a la Secretaría General comprar la casa contigua a la Sede Central del Parlamento Andino;

ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar a la Secretaría General del Parlamento Andino un aumento de hasta CUATROCIENTOS MIL DÓLARES AMERICANOS ($ 400.000.00) adicionales para adquirir un inmueble destinado a las residencias parlamentarias. ARTÍCULO SEGUNDO.- Los rubros requeridos para cubrir la adquisición autorizada mediante la presente Resolución, serán cubiertos con cargo al Fondo de Reserva de la Oficina Central del Parlamento Andino.


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Dado en República

la ciudad de de Colombia

Bogotá, a los

veinticuatro (24) del mes de Octubre de 2007.

RESOLUCION No. 12 ADQUISICIÓN DE INMUEBLE PARA EL INSTITUTO DE ALTOS ESTUDIOS SOBRE LA INTEGRACIÓN Y EL DESARROLLO LEGISLATIVO La Mesa Directiva, reunida el día veinticuatro (24) de Octubre de 2007, en la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, en las sesiones reglamentarias del mes de Octubre del XXXI Periodo Ordinario de Sesiones, CONSIDERANDO Que, de conformidad a lo aprobado mediante la Resolución No. 07 del 24 de octubre del presente año, se aprobaron los Estatutos del Instituto de Altos Estudios Sobre Integración y Desarrollo Legislativo, en los cuales se establece que el Instituto gozará de autonomía administrativa y financiera, así como de una sede propia; En uso de sus atribuciones y conforme a lo prescrito en su

Reglamento Directiva.

General,

la

Mesa

RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar a la Secretaría General del Parlamento Andino ha adelantar las gestiones y negociaciones necesarias para la adquisición de un inmueble destino al Instituto de Altos Estudios sobre Integración y Desarrollo Legislativo, que podrá preferentemente estar situado en un área rural. ARTÍCULO SEGUNDO.- Los rubros requeridos para cubrir la adquisición autorizada mediante la presente Resolución, serán cubiertos con cargo al Fondo de Reserva de la Oficina Central del Parlamento Andino.


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Dado en la ciudad de Bogotá, República de Colombia a los veinticuatro (24) del mes de Octubre de 2007.

Notifíquese y publíquese

ACUERDO COMISIÓN DE ÉTICA Y ACREDITACIONES ACUERDO No. CEYA 001 CONSTITUCIÓN DE LA COMISIÓN DE ÉTICA Y ACREDITACIONES La Comisión de Ética y Acreditaciones reunida el día veinticinco (25) de Octubre de 2007, en la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, en las sesiones reglamentarias del mes de Octubre del XXXI Periodo Ordinario de Sesiones,

Reglamento General del Parlamento Andino; Que, para el ejercicio de las competencias y funciones de la Comisión de Ética y Acreditaciones resulta necesario designar a su Presidente, Vicepresidente y Parlamentario Investigador;

CONSIDERANDO Que, el articulo 58 del Reglamento General del Parlamento Andino prevé entre la comisiones del Parlamento Andino, la comisión de Ética y Acreditaciones; Que, las competencias y funciones de la Comisión de Ética y Acreditaciones están previstas en el articulo 59 del

Por lo anterior, en uso de sus atribuciones y conforme a lo prescrito en el Reglamento General y en la Sesión de la Comisión de Ética y Acreditaciones de fecha 25 de Octubre de 2007, SE ACUERDA: ARTÍCULO

PRIMERO.

Designar


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como presidente de la Comisión de Ética y Acreditaciones al Parlamentario Andino MARCELO DOTTI ALMEIDA. ARTÍCULO SEGUNDO. Designar como Vicepresidente de la Comisión de Ética y Acreditaciones al Senador OSCAR DARÍO PÉREZ. ARTÍCULO TERCERO. Designar como Parlamentario Investigador de la Comisión de Ética y Acreditaciones al Parlamentario Andino LUIS VASQUEZ VILLAMOR.

ARTÍCULO CUARTO. Designar como Secretario de la Comisión de Ética y Acreditaciones a la Doctora CAROLINA BLANCO ALVARADO, Funcionaria de la Secretaria General del Parlamentario Andino Notifíquese, publíquese

comuníquese

y

Dado en la ciudad de Bogotá, República de Colombia a los veinticinco (25) del mes de Octubre de 2007.

DECISIONES APROBADAS POR LA PLENARIA DECISIÓN No. 1197 RESPALDO A LA EJECUCION DEL PROYECTO “SEMILLAS SAGRADAS”, ENMARCADO EN LA INICIATIVA “PROYECTO INTER-INSTITUCIONAL PARA LA CONSTRUCCION DE UNA POLITICA DE VALORIZACION DE LOS PRODUCTOS ANDINOS” El Parlamento Andino en la Sesión Reglamentaria de Octubre del XXXI Periodo Ordinario de Sesiones, celebradas en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, durante los días 26, 25 y 26 de Octubre de 2007.

CONSIDERANDO Que, la seguridad alimentaria tiene que ser una prioridad de las políticas, tanto de salud como de agricultura,


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en los países andinos; Que, la seguridad alimentaria es la única política internacionalmente aceptada, que permite construir sistemas de producción agrícola fuertes y lo suficientemente sostenibles, que garanticen el acceso de la población a alimentos baratos, nutritivos y culturalmente apropiados para las comunidades a las cuales sirven. Que, es deber de los organismos que conforman el Sistema Andino de Integración promover el desarrollo de sistemas auto generativos de producción de alimentos y una autosuficiencia para generar además procesos industriales y semiindustriales de manufactura, procesamiento y comercialización con una fuerte base regional y no únicamente local. Que, el desmantelamiento de los sistemas productivos tradicionales en la Región Andina puede ocasionar una pérdida neta de la capacidad de acceso de poblaciones en situación de pobreza y extrema pobreza a alimentos nutritivos. Que, el 10 de noviembre de 2005 mediante Decisión No. 1130, el Parlamento Andino respaldó la Iniciativa “Proyecto Inter-institucional para la Construcción de una Política de Valorización de los Productos Andinos”, para que los gobiernos de los países miembros de la CAN promuevan la producción y consumo de productos andinos.

Que, el proyecto “Semillas Sagradas”, elaborado por la Fundación Smith Nagal, está dirigido a reforzar la capacidad de generación y difusión de conocimientos ancestrales, culinarios y nutricionales, a través de posicionamiento del cultivo de la quinua y otros alimentos andinos, como la kywicha, como un elemento fundamental de la estrategia para contribuir al logro de la soberanía alimentaria en las comunidades de la serranía ecuatoriana; Por los considerandos antes expuestos, el Parlamento Andino, constituido en su Plenaria; en uso de sus atribuciones y de conformidad a lo previsto en el Reglamento General DECIDE ARTÍCULO UNICO. Avalar y respaldar la ejecución del Proyecto “Semillas Sagradas: la Quinua y la Kywicha”, elaborado por la Fundación Smith Nagal, e instar a los Gobiernos de los países miembros para que tomen la experiencia de este programa piloto y la repliquen en cada uno de sus países, como una herramienta para mejorar su seguridad y soberanía alimentaria, a través de la priorización del cultivo y el consumo de productos andinos tradicionales. Notifíquese y publíquese. Dado y firmado en la ciudad de Bogotá, República de Colombia a los veintiséis (26) días del mes de


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octubre de 2007.

DECISION No. 1198 RESPALDAR VIGOROSAMENTE LAS ACCIONES A SER DESARROLLADAS EN LA SEMANA DE ACCION GLOBAL POR UN TRATAMIENTO ALTERNATIVO DE LA DEUDA EXTERNA, POR PARTE DE ORGANIZACIONES SOCIALES Y ECLESIASTICAS DE TODO EL MUNDO. El Parlamento Andino en la Sesión Reglamentaria de Octubre del XXXI Periodo Ordinario de Sesiones, celebradas en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, durante los días 26, 25 y 26 de Octubre de 2007. CONSIDERANDO Que, el pago del servicio de la deuda externa continúa absorbiendo importantes recursos económicos de los países en desarrollo deudores, limitando su capacidad de realizar inversiones en la atención de necesidades básicas de su población, razón por la que la mayoría de la población continúa sumida en condiciones de pobreza e incluso miseria, situación que atenta contra el sistema democrático en los países deudores.

Que, si bien se ha reconocido a nivel internacional, la existencia de corresponsabilidad entre deudores y acreedores en el origen y profundización del problema de la deuda externa de los países en desarrollo, en la práctica, la carga del ajuste se ha colocado exclusivamente sobre los países deudores, sin considerar la responsabilidad de los países acreedores, que a través de sus políticas comerciales y financieras influyen sobre la situación financiera de los países en desarrollo; Que, el manejo de la deuda externa tiene que ver con el funcionamiento del sistema monetario y financiero internacional, que desde 1971 en que el Presidente Richard Nixon abandonó la convertibilidad del dólar con el oro, a una paridad fija que había estado vigente en


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toda la posguerra, se impuso de hecho un sistema monetario y financiero internacional en el que circulan a nivel internacional, monedas fiduciarias, cuya emisión es controlada exclusivamente por los países industrializados que regulan la liquidez mundial, expandiéndola o reduciéndola, según sus propias conveniencias, sin tomar en cuenta las necesidades del mundo en desarrollo; Que, el tratamiento de la deuda externa, cuyo peso ha recaído exclusivamente sobre los países deudores y dentro de ellos, sobre los sectores más desprotegidos de la población, no constituye solamente un problema económico internacional, sino sobre todo un problema político internacional, que se evidencia en las prioridades con las que se asignan los recursos financieros por parte de los bancos centrales de los países industrializados. Así, mientras éstos emiten miles de millones de dólares, para evitar las pérdidas de los especuladores financieros en los mercados de valores, se mantienen severas limitaciones de acceso al financiamiento internacional por parte de los gobiernos de los países deudores, sometidos además a una elevada condicionalidad en términos de manejo de la política económica, que limita sus márgenes de maniobra para la ejecución de programas de reducción de la pobreza; Que, el manejo de la deuda externa, al promover la concentración de la riqueza a nivel mundial y en

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consecuencia el aumento de la desigualdad y la pobreza, atenta contra los derechos humanos consagrados en varios instrumentos internacionales suscritos y reconocidos por los países acreedores, incluyendo el derecho al desarrollo económico, social y ambientalmente sustentable, que significa el derecho a alimentación sana y nutritiva, vivienda, vestido, empleo, educación, servicios de salud y medio ambiente saludable. Estos derechos están reconocidos en las Constituciones de los países deudores y en los tratados y convenios internacionales, pero no están siendo cumplidos; Que, el Parlamento Andino tiene entre los propósitos de su creación, el de velar por el respeto de los derechos humanos dentro del marco de los instrumentos internacionales vigentes, promover en los pueblos de la Subregión Andina la toma de conciencia y la más amplia difusión de los principios y normas que orientan el establecimiento de un nuevo orden económico internacional, y la de contribuir al afianzamiento de la paz y justicia internacionales; Que, frente a la injusticia impuesta por el manejo de la deuda externa, iglesias, movimientos y organizaciones sociales de todo el mundo, han preparado una “Semana de acción global en contra de la deuda externa y por el respeto a los derechos económicos y sociales de los pueblos de los países deudores en desarrollo”, así como “por el


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repudio y la anulación de las deudas multilaterales, la promoción de auditorias integrales y el fin de los condicionamientos”, que tendrá lugar entre el 14 y el 21 de octubre 2007, incluyendo la exigencia al Congreso Norteamericano de la aprobación de una ley que anule la deuda de los países en desarrollo. Por los considerandos antes expuestos, el Parlamento Andino, constituido en su Plenaria; en uso de sus atribuciones y de conformidad a lo previsto en el Reglamento General. DECIDE ARTICULO PRIMERO: Respaldar vigorosamente las acciones que realicen las organizaciones sociales e iglesias de todo el mundo, durante la “SEMANA DE ACCION GLOBAL CONTRA LA DEUDA”, POR UN TRATAMIENTO ALTERNATIVO DE LA DEUDA QUE RESPETE LOS DERECHOS ECONOMICOS Y SOCIALES DE LOS PUEBLOS DE LOS PAISES DEUDORES EN DESARROLLO.

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ARTICULO SEGUNDO: Solicitar a la Parlamentaria Andina Wilma Salgado, para que con apoyo de los Parlamentarios Andinos interesados y la Comisión IV, coordinen con las instituciones financieras de Sistema Andino de Integración, como el FLAR y la CAF; junto con otras instituciones económico-financieras de la región y el Instituto de Altos Estudios de Integración y Desarrollo, anteriormente CADEL, la elaboración de una investigación sobre las posibilidades de generación de mecanismos alternativos y soberanos de financiamiento para los países miembros de la Comunidad Andina y del MERCOSUR, mediante la emisión de una moneda fiduciaria latinoamericana, dentro del proyecto de construcción de la Unión de Naciones Sudamericanas. Notifíquese y publíquese. Dado y firmado en la ciudad de Bogotá, República de Colombia a los veintiséis (26) días del mes de octubre de 2007.


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DECISIÓN No. 1199 RECHAZO POR LA XENOFOBIA A CIUDADANOS ANDINOS EN TERRITORIO ESPAÑOL El Parlamento Andino en la Sesión Reglamentaria de Octubre del XXXI Periodo Ordinario de Sesiones, celebradas en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, durante los días 26, 25 y 26 de Octubre de 2007.

Parlamento Andino velar por el respeto de los Derechos Humanos y la calidad de vida de la población andina, en el marco de los objetivos e instrumentos de la integración subregional y de la comunidad internacional en esta materia;

CONSIDERANDO Que, la prensa internacional ha mostrado ante la opinión pública los maltratos y actos de violencia que un ciudadano español arremete en un tren en la ciudad española de Barcelona contra una ciudadana de nacionalidad ecuatoriana; Que, a consecuencia de este acto deplorable y de discriminación racial, la Ministra de Relaciones Exteriores de Ecuador, María Fernanda Espinosa, a petición del presidente Rafael Correa se ocupará personalmente de las gestiones legales del caso de la menor ecuatoriana agredida; Que, la ministra agradeció las muestras de apoyo de los gobiernos de Colombia, Perú y Bolivia y quiso subrayar que este ha sido un acontecimiento penoso, pero aislado, ya que en general España y el pueblo español ha recibido con los brazos abiertos a los ecuatorianos"; Que, es objetivo fundamental del

Por los considerandos antes expuestos, el Parlamento Andino, constituido en su Plenaria; en uso de sus atribuciones y de conformidad a lo previsto en el Reglamento General DECIDE ARTICULO UNICO: Expresar su total rechazo ante este acto cobarde y violento, solidarizándose con el gobierno del Ecuador y con la victima de nacionalidad ecuatoriana por el ataque propinado en represalia a su condición de migrante en España. En este mismo sentido, condenamos el incremento de la xenofobia en terceros países hacia ciudadanos andinos y latinoamericanos, hecho que corresponde a una violación de los Derechos Humanos. Notifíquese y publíquese. Dado y firmado en la ciudad de Bogotá, República de Colombia a los veintiséis (26) días del mes de octubre de 2007.


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DECISIÓN No. 1200 AMNISTIA MIGRATORIA A CIUDADANOS ANDINOS EN LA REPÚBLICA DE CHILE El Parlamento Andino en la Sesión Reglamentaria de Octubre del XXXI Periodo Ordinario de Sesiones, celebradas en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, durante los días 26, 25 y 26 de Octubre de 2007. CONSIDERANDO Que, el gobierno de Chile anunció que a partir del 5 de noviembre próximo entrará en vigencia en ese país una amnistía migratoria que permitirá regularizar la situación de unos 15 mil inmigrantes ilegales peruanos; Que, la amnistía, que se extenderá hasta el 5 de febrero del 2008, también alcanza a unos 2 mil bolivianos y a otros 3 mil inmigrantes argentinos, ecuatorianos y de otras nacionalidades, todos los cuales totalizan unos 20 mil extranjeros residentes de manera irregular en Chile;

Que, la respectiva amnistía, cuya finalidad es permitir que los inmigrantes accedan a beneficios sociales y empleos estables; Que los inmigrantes ilegales –en su mayoría dedicados a labores de baja calificación como empleo doméstico o trabajadores del sector construccióndeben tener un trato igualitario y los mismos beneficios y obligaciones que los trabajadores chilenos; Que, dichas medidas, fortalecerán las fronteras para impedir que sigan ingresando inmigrantes ilegales al país; Que, el Parlamento Andino tiene como objetivo fundamental contribuir al proceso de integración latinoamericana como uno de los instrumentos fundamentales para el desarrollo sustentable y armónico de la región;


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Por los considerandos antes expuestos, el Parlamento Andino, constituido en su Plenaria; en uso de sus atribuciones y de conformidad a lo previsto en el Reglamento General

beneficio a 2 mil bolivianos, 3 mil inmigrantes argentinos, ecuatorianos y de otras nacionalidades, todos los cuales totalizan unos 20 mil extranjeros residentes de manera irregular en Chile.

DECIDE Notifíquese y publíquese. ARTICULO UNICO: Expresar nuestro mayor reconocimiento y felicitación al gobierno de Chile por haber otorgado beneficios de amnistía migratoria a unos 15 mil inmigrantes ilegales peruanos, alcanzando también dicho

Dado y firmado en la ciudad de Bogotá, República de Colombia a los veintiséis (26) días del mes de octubre de 2007.

DECISIÓN No. 1201 APROBACION DE LA RESOLUCIÓN DE LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS – ONU El Parlamento Andino en la Sesión Reglamentaria de Octubre del XXXI Periodo Ordinario de Sesiones, celebradas en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, durante los días 26, 25 y 26 de Octubre de 2007. CONSIDERANDO

Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos Indígenas – ONU, en la que se reconoce los derechos humanos, la tierra y los recursos naturales de los 370 millones de indígenas, resolución votada por 143 de sus 192 países miembros.

Que, habiendo sido aprobada el 13 de septiembre de 2007, la histórica Resolución de la

Que, se trata del mayor reconocimiento a los derechos de los pueblos originarios del


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planeta en la historia universal plagada de exterminio, explotación y discriminación aberrantes Que, con esta resolución se reivindica a centenares de millones de indígenas que dieron sus vidas desde que el navegante genovés Cristóbal Colón, desembarcó, por error de cálculo, en el nuevo mundo a fines de 1492, y desde esa fecha comenzó la lucha de resistencia contra un dominio extranjero.

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sin lugar a dudas una de las conquistas más importantes de los pueblos originarios, los que tienen derecho a promover, desarrollar y mantener sus estructuras institucionales Por los considerandos antes expuestos, el Parlamento Andino, constituido en su Plenaria; en uso de sus atribuciones y de conformidad a lo previsto en el Reglamento General DECIDE

Que, este documento internacional aprobado por la ONU y que esta compuesto de 46 artículos y señalan puntualmente el respeto a los derechos de los pueblos indígenas del mundo, incluye la propiedad de su tierras, acceso a los recursos naturales de sus territorios, la preservación de sus conocimientos tradicionales y la autodeterminación. El indígena tiene derecho al disfrute pleno de todos los recursos humanos y libertades fundamentales reconocidos por la Carta Fundamental de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, derechos que no eran completamente aceptados por la comunidad internacional

ARTÍCULO PRIMERO.- Acoger con beneplácito la aprobación de la Resolución de la “Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos Indígenas – ONU” de fecha 13 de septiembre de 2007 y expresar su reconocimiento por la aprobación de este documento de importancia histórica al Consejo de las Naciones Unidas. ARTICULO SEGUNDO.- Difundir en el área de la Comunidad Andina, a través de las diferentes representaciones del Parlamento Andino el contenido de la Declaración objeto de la presente Decisión. Notifíquese y publíquese.

Que, de manera histórica las Naciones Unidas consideran que los indígenas en ejercicio de su derecho de libre determinación tienen derecho a la autonomía o autogobierno. Esta puntualización es

Dado y firmado en la ciudad de Bogotá, República de Colombia a los veintiséis (26) días del mes de octubre de 2007.


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PROYECTOS DE PRONUNCIAMIENTO A SER CONOCIDOS Y DEBATIDOS EN EL MARCO DE LAS SESIONES REGLAMENTARIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL XXXI PERIODO ORDINARIO DE SESIONES DEL PARLAMENTO ANDINO PROYECTO DE PRONUNCIAMIENTO No. PD 001 – 1107 1. AUTOR PARLAMENTARIO ANDINO JUAN MARIÁTEGUI, PRESIDENTE DE LA COMISION I DE POLITICA EXTERIOR Y RELACIONES PARLAMENTARIAS 2. EXPOSICION DE MOTIVOS. TRATAMIENTO JURIDICO DEL TEMA AMBIENTAL EN EL ACUERDO DE CARTAGENA Y EN ORDENAMIENTO JURIDICO CONEXO DERECHO PRIMARIO En el Acuerdo de Cartagena de 1969 ( Derecho primario) no se hace expresa mención al término ambiente y desarrollo sostenible, dado el contexto en que aun no se asumía stricto sensu los llamados derechos de tercera generación, como es el tema ambiental. El articulo 3ro. del Acuerdo de Cartagena dispone que para alcanzar los objetivos del acuerdo se emplearán entre otros mecanismos :

“la armonizacion gradual de políticas económicas y sociales y la aproximación de las legislaciones nacionales en las materias pertinentes y se pondrán en marcha los programas de desarrollo agropecuario, de liberación de intercambio comercial y de industrialización subregional y como mecanismos se adelantarán programas de acciones y cooperación económica y social , entre las que se cuentan: e) acciones para el aprovechamiento y conservación de los recursos naturales y del medio ambiente”, es decir como


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acción de cooperación económica y social, la que es calificada como un alcance genérico. El Art. 57 del capitulo IV del Acuerdo de Cartagena, Programas de Desarrollo Industrial establece: “ los países miembros se obligan a promover un proceso de desarrollo industrial conjunto, para alcanzar entre otros los siguientes objetivos :c) La óptima utilización de los recursos disponibles en el área, especialmente a través de la industrialización de los recursos naturales”. Es decir, relaciona el tema

industrial con los recursos naturales. El articulo 68 del capitulo IV también determina que “la Secretaria General de la Comunidad Andina puede realizar o promover acciones de cooperación y modernización industrial a la que se le debe incluir el aprovechamiento racional y la utilización sostenible de los recursos naturales de la zona”

El articulo 100 del Acuerdo de Cartagena establece que se pueden realizar programas conjuntos para el aprovechamiento y conservación de los recursos naturales del sector, que solo se refieren al tema agropecuario. El capitulo XIV del Acuerdo de Cartagena, articulo 146 afirma: “ Los países miembros emprenderán acciones conjuntas que permitan un mayor aprovechamiento de sus recursos naturales renovables y no renovables y la conservación y el mejoramiento del medio ambiente” .Pero sucede que esta mención se encuentra dentro del Capitulo que se denomina “ Cooperación Económica

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y Social” y no un capítulo autónomo sobre medio ambiente por lo que el tratamiento siempre ha sido y es de carácter complementario. El tema de los recursos naturales se ligan a otros programas, generando lógicamente limitaciones juridicas y de toma de decisión . En el Protocolo de Sucre que revisa todo el texto del Acuerdo de Cartagena no se incluye el tema ambiental como política integracionista hecho contraproducente a las legislaciones internas ( Constituciones Políticas) de los paises andinos en las que se encuentra integrado el concepto de desarrollo sostenible como deber y como meta social de los Estados miembros. Esta formulación orgánica es antagónica con la realidad de la subregión andina que son portadores de una gran diversidad biológica siendo una de las mas importantes fuentes de vida dentro del contexto mundial.

Los conceptos tales como desarrollo sostenible, calidad de vida, utilización sostenible de la biodiversidad , uso y manejo racional de los recursos naturales recursos genéticos y otros no se encuentran en el acuerdo pero si en las normas secundarias ( decisiones). Es importante incluir el tema ambiental en las demás dimensiones no ambientales pero también el hecho de brindarle autonomía al tema


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en la estructura del Acuerdo de Cartagena, como es la articulación política en la creación del Consejo Consultivo Ambiental Andino. DERECHO SECUNDARIO A nivel de derecho secundario la Comunidad Andina expresa el tema ambiental a través de la Comisión de la Comunidad la que ha adoptado decisiones sobre el régimen común en bioseguridad, protección de los conocimientos, innovaciones y prácticas tradicionales de las Comunidades Indígenas, afroamericanas y locales, propuesta de Estrategia Nacional de Biodiversidad, Plan de Acción Ambiental Andino, Inventario de la Biodiversidad de la Región. Esta comisión se ha manifestado por medio de las Decisiones Andinas, creando comités técnicos tales como la Decisión 345 de 1993 (Comité de Expertos en Variedades Vegetales) y la Decisión 435 de 1998 (Comité Andino de Autoridades Ambientales), esta última es el eje central de la protección ambiental andina en la actualidad y quien se le debe reportar los informes de la gestión de ambos Comités. El Comité Andino de Autoridades Ambientales en julio de 2001 aprobó los “Lineamientos para la gestión ambiental y el desarrollo sostenible en la Comunidad Andina”, en julio de 2002 la “Estrategia Regional de Biodiversidad para los países del Trópico Andino” y en noviembre de

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2002 se decidió crear el “Plan Andino de Seguimiento de la Cumbre de Johannesburgo” sobre cambio climático, biodiversidad y recursos hídricos aprobándose en setiembre del 2006 la “Agenda Ambiental Andina 2006-2010” sobre acciones de carácter subregional en materia de medio ambiente y desarrollo sostenible siendo el eje fundamental de dicho plan el fortalecimiento de capacidades en Comercio, Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, Educación Ambiental y Producción y Consumo Sostenible, orientada entre otros objetivos a la integración con los esquemas de la CAN, Mercosur y otros. Decisión que ha sido ratificada en la XVII Reunión Ordinaria del Consejo Presidencial Andino, Tarija Bolivia de junio de 2007. Por su parte el indicado Comité tiene como función formular propuestas de estrategias en materia ambiental. Es necesario hacer expresa mención que la Secretaria General de la Comunidad Andina tiene a su cargo el Programa de Gestión Ambiental y Desarrollo Sostenible que tiene entre sus funciones el de apoyar a los países miembros en la definición y ejecución de la agenda ambiental andina, facilitar la concertación de posiciones conjuntas de los países y canalizar la cooperación técnica y financiera regional e internacional hacia los objetivos andinos. NECESIDAD DE CREACION DEL ORGANO CONSULTIVO AMBIENTAL ANDINO


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La labor de la Comisión y los Comités que ella ha creado ubica el tema ambiental en un rango jurídico complementario. Hasta la fecha no existe un avance estratégico sobre protección del Medio Ambiente en el origen de los órganos del Sistema Andino de Integración, esto es en los Protocolos Modificatorios del Acuerdo de Integración subregional Andino de Trujillo de 1996 y Sucre del 1997. No existe en ese sentido un Órgano Consultivo Ambiental sin embargo se ha mantenido el Consejo Consultivo Empresarial y el Consejo Consultivo Laboral, debiéndose asumir el tema Medio Ambiental con la misma prioridad de los antes mencionados, valga la oportunidad para incorporar la creación de un Consejo Consultivo Ambiental como órgano del Sistema Andino de Integración . Por su parte en la Estructura del Sistema Andino de Integración, artículo sexto del Acuerdo de Cartagena en su última parte manifiesta la posibilidad de creación de órganos e instituciones que se crean en el marco de la integración sub regional andina En este sentido resulta pertinente hacer llegar la propuesta al Consejo Presidencial Andino en su condición de máximo organo del sistema, integrado por los Jefes de Estado de los países miembros del Acuerdo de Cartagena con la finalidad que emita directrices hacia la constitución del

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Consejo Consultivo Ambiental, incorporando el tema ambiental como política de integración subregional modificando la Estructura actual del SAI adicionando el Consejo Consultivo Ambiental y su ejecución organizativa por el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores en coordinación con la Comisión de la Comunidad Andina la misma que tiene en la actualidad entre sus líneas de acción al Comité Andino de Autoridades Ambientales, por lo que esta propuesta debe ser remitida al Presidente del Consejo Presidencial Andino para su propuesta y aprobación. En esta perspectiva se debe incidir en la necesidad de articular ésta temática ambiental hacia la interacción del Consejo Consultivo Ambiental Andino con la Comisión Primera de Política Exterior y Relaciones Parlamentarias y Comisión Tercera de Seguridad Regional y Desarrollo Sustentable del Parlamento Andino, toda vez que ambas están relacionadas con la propuesta de generación de mecanismos teóricos y prágmáticos relacionados con el tema ambiental. El objetivo radica en promover políticas conjuntas de desarrollo sostenible y gestión ambiental en los ámbitos regionales y extra regional en forma prioritaria y conjunta En este sentido el Consejo Consultivo Ambiental Andino sería una institución consultiva del Sistema Andino de Integración cuya función


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es la de emitir opinión ante el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores , la Comisión o la Secretaria General a su solicitud o por propia iniciativa sobre los programas o actividades del proceso de integración subregional andina en materia ambiental y el desarrollo de estas mediante su Reglamento General. 3. TÍTULO PROPUESTA DE CREACION DEL CONSEJO CONSULTIVO AMBIENTAL COMO ORGANO DEL SISTEMA ANDINO DE INTEGRACION. 4. CONSIDERANDOS Que, partiendo de una visión integral de la participación comercial de los países hegemónicos con los países latinoamericanos, se aprecia en el contexto regional actual dos fenómenos, por un lado la firma del Tratado de Libre Comercio TLC a instancia de los Estados Unidos cuya mecánica es de forma bilateral con algunos países de Latinoamérica y por otro lado la Unión Europea que realiza tratativas comerciales como bloque integracioanista de Europa, con el bloque integracionista de algunos países de Latinoamérica. de ahí la necesidad de la subsistencia de la Comunidad Andina de Naciones. Situación que se manifestó en la víspera de la Declaración de Tarija de data reciente. Que, el indicado Tratado de Libre

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Comercio opta por asumir el tema ambiental con la misma prioridad que otros temas comerciales pues el nexo entre ambos es el desarrollo sostenible de ahí que en los casos del TLC con los países de Centroamérica y otros han aprobado la constitución del Consejo de Asuntos Ambientales. Este Consejo tiene entre sus fines generar mecanismos que aseguren el cumplimiento de las leyes ambientales, promover la conciencia pública en la protección ambiental entre otros objetivos. Que, el Tratado del Acuerdo Subregional Andino o Acuerdo de Cartagena es de larga data, sin embargo en el tema de protección jurídica del medio ambiente no se encuentra a la vanguardia, en tanto que hasta la fecha no se ha constituido el Consejo Ambiental Andino como Organo del Sistema Andino de Integración, sin embargo se ha mantenido el Consejo Laboral y Empresarial Andino, dando al tema ambiental un rango jurídico complementario. Que, con mayor fundamento la constitución del Organo Consultivo en materia ambiental es una necesidad exigible si tenemos en cuenta que se trata de países miembros de cara con la integración (no con tratativas de carácter unilateral) y ésta al tener un potencial basado en su diversidad genética y otras bondades de la naturaleza indispensables para la vida intergeneracional frente a aquellas potencias que tienen de


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hegemónico su tecnología Que, en este sentido la creación del Consejo Consultivo Ambiental responde a que el tema ambiental es uno de lo fenómenos de amenaza a la seguridad internacional y hemisféricas, por lo que su garantía jurídica es de indiscutible necesidad. Este hecho es una forma de responder en forma más coordinada y articulada , lo que permitirá materializar acuerdos y su ejecutabilidad en la preservación de recursos naturales internos y fronterizos compartidos y la sostenibilidad de la región para salvaguardar la defensa ambiental de los territorios de los países miembros. Que, la Declaración de Tarija ratificó la importancia de “la protección del medio ambiente y el uso sostenible de la biodiversidad , el agua y la reducción de los efectos del cambio climático” y

reiteró la voluntad de los países andinos de “desarrollar la diversificación de fuentes de energía, precautelando el medio ambiente y la seguridad alimentaria de los pueblos”.

Que, el Acuerdo de Cartagena, artículo sexto en su última parte manifiesta la posibilidad de creación de órganos e instituciones que se crean en el marco de la integración sub regional andina Que, es atribución del Parlamento Andino participar con sugerencias en la generación normativa del Proceso Andino de Integración para su incorporación en el ordenamiento

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jurídico de la Comunidad Andina, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 43 e) del Acuerdo de Cartagena y artículo 5 del Reglamento General del Parlamento Andino en cuanto a su función legislativa. 5. ARTICULADO ARTÍCULO PRIMERO.- Proponer al Consejo Presidencial Andino en su condición de máximo Órgano del Sistema Andino de Integración, emita directrices hacia la constitución del Consejo Consultivo Ambiental Andino, incorporando el tema ambiental como política de integración subregional modificando la Estructura actual del SAI adicionando el Consejo Consultivo Ambiental y su ejecución organizativa por el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores en coordinación con la Comisión de la Comunidad Andina la misma que tiene en la actualidad entre sus líneas de acción al Comité Andino de Autoridades Ambientales, por lo que esta propuesta debe ser remitida al Presidente del Consejo Presidencial Andino para su aprobación. ARTICULO SEGUNDO.- Proponer la necesidad de articular ésta temática ambiental hacia la interacción del Consejo Consultivo Ambiental Andino con la Comisión Primera de Política Exterior y Relaciones Parlamentarias y Comisión Tercera de Seguridad Regional y Desarrollo Sustentable del Parlamento Andino, toda vez que ambas están relacionadas con la


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propuesta de generación de mecanismos teóricos y prágmáticos relacionados con la protección ambiental, promoviendo políticas conjuntas de desarrollo sostenible y gestión ambiental en los ámbitos regional y extra regional en forma prioritaria y conjunta. ARTICULO TERCERO.que es función del

Proponer Consejo

Consultivo Ambiental Andino emitir opinión ante el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, la Comisión o la Secretaria General a su solicitud o por propia iniciativa sobre los programas o actividades del proceso de integración subregional andina en materia ambiental y el desarrollo de estas mediante su Reglamento General.

PROYECTO DE DECISION No. PD 002 - 1107 1. AUTOR. Honorables Parlamentarios Juan Mariátegui, Presidente de la Comisión Primera y Wilma Salgado, miembro de la Comisión Primera. 2. EXPOSICION DE MOTIVOS. DECLARACION DE HUAQUILLAS Y ZARUMILLA 18 y 19 de octubre de 2007 Los miembros de la Asamblea Fronteriza Ecuador-Perú, instalada en su Primera Reunión, realizada durante los días 18 octubre de 2007, en la ciudad de Huaquillas (República del Ecuador) y 19 de octubre de 2007, en la ciudad de Zarumilla (República del Perú), observan con complacencia los trabajos realizados por esta y convienen en formular la siguiente: DECLARACION DE HUAQUILLAS Y ZARUMILLA

1. El

Parlamento Andino ha creado la Asamblea Fronteriza Ecuador-Perú, mediante la Decisión 1180, en su XXX Período Ordinario de Sesiones, celebrado en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, celebrado durante los días 27, 28, 29 y 30 de mayo de 2007;

2. Que el Parlamento Andino ha

diseñado una propuesta de acciones que, inherente a sus responsabilidades, busca contribuir decididamente con el cumplimiento de las Directrices Presidenciales sobre Agenda Social e Integración y Desarrollo Fronterizo, contenidas en las Actas de Lima (junio de 2000) y Carabobo (junio de 2001); 3. Que,

sobre la base de la experiencia de la Decisión 184


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de 1087, el Parlamento Andino ha creado la Asamblea Regional Fronteriza Colombo Venezolana; 4. Que,

la creación de las Asambleas Fronterizas permiten fomentar, desde una perspectiva democrática, la participación activa del Parlamento Andino con los legisladores nacionales, autoridades regionales y locales, así como los demás actores políticos, económicos, sociales y culturales de la región fronteriza común; ACUERDAN

1. Dotar a la Asamblea fronteriza

Ecuador-Perú de una infraestructura organizativa formada por una dirección colegiada de dos presidentes en la persona del Ing. Montgomery Sánchez Reyes, Prefecto de la Provincia de El Oro y el Ing. Wilmer Dios Benites, Presidente Regional de Tumbes. 2. Conformar

un Directorio Binacional, organizado en dos capítulos nacionales, formado por siete miembros plenos por cada uno de los capítulos de nacionales, más delegados observadores.

Integran los primeros Directorios de la Asamblea Fronteriza Ecuador-Perú

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Por la República del Ecuador: • Ing. Montgomery Sánchez Reyes, Prefecto de la Provincia De El Oro • Ing. Alberto Game, Rector de la Universidad Técnica de Machala • Lcdo. Manuel Aguirre Piedra, Alcalde Huaquillas • Ing. Félix Salazar, Presidente de la Cámara de Comercio de Huaquillas • Dr. Jorge Sánchez Armijos, Diputado de la Provincia de El Oro • Ing. Susana Guarnizo, Directora Ejecutiva de PREDESUR • Dr. Wilson Sánchez, Vicepresidente del Parlamento Andino de Ecuador Por la República del Perú • Ing. Wilmer Dios Benites, Presidente Regional de Tumbes • Dr. Napoleón Puño Lecarnaqué, Rector de la Universidad Nacional de Tumbes • Sr. Félix Garrido Rivera, Alcalde de Zarumilla • Sr. Mateo Guerrero, Presidente de la Cámara de Comercio de Zarumilla • Ing. Carlos Cánepa La Cotera , Congresista de la República • Dr. Segismundo Cruces Ordinola, Director del Proyecto Especial Puyango-Tumbes • Dr. Juan Mariátegui, Parlamentario Andino, Presidente de la Comisión Primera de “Política y Relaciones Parlamentarias”


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3. Dotarle

de

una Secretaría Técnica Permanente, designada por los Parlamentarios Andinos, mencionados en el acápite 1), que estará a cargo del Ing. Segundo Noblecilla Bravo, Gerente de la Corporación de Desarrollo Fronterizo (CODEFRON), cuya sede es la ciudad de Huaquillas, Ecuador.

dados en ambos países para una integración positiva y de amplio espectro. Tercero: Generar programas de desarrollo fronterizo para integrar y complementar procesos con beneficios sociales, principalmente en desarrollo, educación y salud. Dado en Zarumilla, Tumbes a los 19 días del mes de octubre de 2007

4. La Asamblea Fronteriza crea

un observatorio de la región fronteriza Ecuador-Perú, para lo cual administrará un sitio web específico. 5. La

Asamblea Fronteriza Ecuador-Perú, se reunirá de manera periódica en la sede, en la ciudad de Huaquillas.

6. La

Asamblea Fronteriza se dota de las siguientes disposiciones que normarán la marcha de la misma:

Son Objetivos de los Directorios: Primero: Facilitarán procesos y funciones que permitan trabajar a las personas e instituciones en torno a los objetivos de la integración fronteriza creando un clima de confianza, amistad y en términos de hermandad, solidaridad y reciprocidad. Segundo: Observar y supervisar el cumplimiento de los dispositivos

3.

TITULO

INSTITUCIONALIZACIÓN DE LA ASAMBLEA FRONTERIZA ECUADOR PERÚ 4.

CONSIDERANDOS

Que, la Asamblea Fronteriza Ecuador Perú, organizada por el Parlamento Andino, se efectuó durante los días jueves 18 y viernes 19 de octubre en las ciudades de Huaquillas y Zarumilla, con la finalidad de contribuir al cumplimiento de las Directrices Presidenciales sobre Agenda Social e Integración y Desarrollo Fronterizo, contenidas en las Actas de Lima (junio de 2000) y Carabobo (junio de 2001). Que, la organización y desarrollo de tal evento se realizó por cuenta de los Parlamentarios Andinos de la Comisión Primera de Política Exterior y Relaciones Parlamentarias, Juan Mariátegui por la parte peruana y Wilma Salgado por la ecuatoriana, para fomentar una participación


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activa de este organismo supranacional en el desarrollo de las zonas de frontera, conjuntamente con los Gobiernos Provinciales y Cantonales y otros actores políticos, económicos y sociales de la región fronteriza común. 5. ARTICULADO. ARTICULO PRIMERO: Aprobar la DECLARACION DE HUAQUILLAS Y ZARUMILLA suscrita en el marco de la Asamblea Fronteriza Ecuador Perú que se llevó a cabo los días 18 y 19 de octubre de 2007, y cuyo texto hace parte integral de la presente Decisión.

ARTICULO SEGUNDO: Aprobar la conformación de una Asamblea Fronteriza dotada de una infraestructura organizativa a cargo de un Directorio Binacional formado por siete miembros plenos de los dos capítulos nacionales (ver declaración adjunta) y dirigido por dos presidentes: por Ecuador el Ing. Montgomery Sánchez Reyes, Prefecto del Gobierno Provincial Autónomo de El Oro y por Perú el

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Ing. Wilmer Dios Benites, Presidente Regional de Tumbes. ARTICULO TERCERO: Establecer una Secretaría Técnica Permanente, a cargo del Ing. Segundo Noblecilla Bravo, que funcionará en la Sede Permanente que se establecerá en la ciudad de Huaquillas, con un local apropiado y gratuito que ha sido ya asignado para el efecto. ARTICULO CUARTO: Impulsar el desarrollo de un Observatorio de la región fronteriza, con ayuda del cual, la Asamblea Fronteriza se reunirá de manera periódica en Huaquillas y Zarumilla. ARTICULO QUINTO: Establecer el Directorio Binacional, el cual deberá facilitar procesos y funciones que efectúen personas e instituciones en torno a los objetivos de la integración fronteriza; observar y supervisar el cumplimiento de disposiciones conducentes a una integración positiva y de amplio espectro; y, generar programas de desarrollo fronterizo para integrar y complementar acciones principalmente en lo ámbitos de educación, salud y apoyo a la producción.

PROYECTO DE PRONUNCIAMIENTO No. PD 003-1107 1. AUTOR. 2. EXPOSICION DE MOTIVOS. Honorable Parlamentario Fredy Giler Arteaga, Miembro de la Comisión tercera de Seguridad Regional y Desarrollo Sustentable

La Subregión Andina se constituye en una importante reserva de biodiversidad que debe convertirse en


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una prioridad, no solo para las autoridades de los Estados miembros de la Comunidad Andina, sino en general para toda la sociedad, quienes deben entender que los recursos naturales se convierten no solo en un bien geoestratégico sino en un mecanismo de supervivencia de la humanidad. En virtud de lo anterior el Parlamento Andino logró que el Consejo Presidencial Andino, en su reunión de Quito de 2004, respaldará la creación del Instituto Andino de Biodiversidad el cual tendrá por objeto sensibilizar a todos los actores de la sociedad sobre la importancia de la protección del ambiente a través de la conformación de un centro de investigación multidisciplinario que aporte todos los insumos necesarios para sacar provecho sostenible de la biodiversidad andina. En este orden de ideas, resulta pertinente señalar que al interior del Parlamento Andino se han dado una serie de pasos tendientes a la puesta en marcha del Instituto Andino de Biodiversidad los cuales han servido, entre otras cosas, a la formulación de unos Estatutos, los cuales han sido detenidamente estudiados por la Comisión Tercera y ahora se elevan a consideración de la Plenaria para que esta adopte una Decisión aprobatoria que permita que este nuevo paso sea superado a favor de la implementación de este importante proyecto.

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POR MEDIO DE LA CUAL SE APRUEBAN LOS ESTATUTOS DEL INSTITUTO ANDINO DE BIODIVERSIDAD 4. CONSIDERANDOS Que, el Consejo Presidencial Andino, en el marco de la reunión celebrada en la ciudad de Quito en el año 2004, mediante la directriz 33 aprobó la creación del Instituto Andino de Biodiversidad; Que, es de vital importancia para la continuación de la fase de implementación del Instituto Andino de Biodiversidad, la aprobación de sus Estatutos con el objeto de que los mismos se conviertan en la base jurídica para el adecuado funcionamiento del mencionado Instituto; Que, la Plenaria del Parlamento Andino es la encargada de aprobar el mencionado instrumento; 5. ARTICULADO. ARTICULO ÚNICO: Aprobar los Estatutos del Instituto Andino de Biodiversidad, los cuales hacen parte integral de la presente Decisión ESTATUTOS DEL INSTITUTO ANDINO DE BIODIVERSIDAD (IAB) CAPITULO I ANTECEDENTES, CONSTITUCIÓN,

3. TITULO


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DOMICILIO, DURACIÓN, NATURALEZA, FINALIDADES Y FACULTADES ANTECEDENTES: El Instituto Andino de Biodiversidad, de conformidad con lo establecido en la decisión 1070 del Parlamento Andino, y en la directriz presidencial 33 del Acta de San Francisco de Quito, es el organismo subregional autónomo y subsidiario que sirve de instrumento al Parlamento Andino, para promover investigaciones interdisciplinarias sobre la protección del ambiente y la biodiversidad, la recolección y compilación de la información científica y técnica en los países de la subregión andina, en concordancia con las metas de la estrategia regional de biodiversidad. El IAB se regirá por sus propios estatutos y reglamentos, estatutos que a continuación describimos: ARTÍCULO 1: De la Constitución y Domicilio.Constitúyase con aplicación en todos los países de la Comunidad Andina y con domicilio en el territorio de la Comunidad Andina al Instituto Andino de Biodiversidad (IAB) con sede en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, República del Ecuador, como persona jurídica sujeta al derecho comunitario andino, con finalidad científica, independiente de la de sus miembros, que se regirá por las disposiciones de este Estatuto, su Reglamento, Tratado, Acuerdos, o resoluciones

aplicables. El IAB, mantendrá subsedes u oficinas de enlace en cada uno de los países miembros de la Comunidad Andina y se regirá por el reglamento que cada país de la subsede del IAB establezca, normativa que debe estar en concordancia con estos estatutos. ARTÍCULO 2: De la Naturaleza y Duración.- El Instituto Andino de Biodiversidad, es un organismo subregional autónomo, de naturaleza comunitaria, supranacional y subsidiario que sirve de instrumento al Parlamento Andino para realizar y promover investigaciones interdisciplinarias sobre la protección del ambiente y la biodiversidad, así como la recolección y compilación de la información científica y técnica en la subregión andina con la finalidad de precautelar la riqueza de los recursos naturales existentes bajo la óptica del desarrollo sostenible, no tiene fines de lucro, ni persigue fines o actividades políticas y no podrá efectuar, en consiguiente, actividades de tal índole. El IAB tendrá el tiempo de duración indefinida y podrá disolverse de conformidad a este estatuto y demás normas pertinentes. ARTÍCULO 3: De sus Finalidades y Facultades.Como finalidad principal coordinará sus actividades en concordancia con la Estrategia Regional de Biodiversidad, con el propósito de precautelar la biodiversidad y promover el desarrollo


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sostenible en la Comunidad Andina. Para el cumplimiento de su finalidad el Instituto Andino de Biodiversidad tendrá entre otras las siguientes facultades: a) Realizar, difundir, articular y financiar con recursos propios o de terceros, proyectos y/ o programas de apoyo al desarrollo de la Estrategia Regional de Biodiversidad en coordinación con instituciones afines nacionales o extranjeras- así como con instituciones académicas la generación de programas de investigación dirigidas a propiciar el cuidado de la biodiversidad y el desarrollo sostenible. b) Patrocinar, financiar y realizar investigaciones científicas con el propósito de ejercer un especio de coordinación y articulación de la capacidad científica instalada en la subregión para la conservación y uso sostenible de la diversidad biológica precautelar el medio ambiente y apoyo al desarrollo de la Estrategia Regional de Biodiversidad. c) Armonizar las legislaciones existentes en cada uno de los países miembros de la Comunidad Andina relacionadas a cuidado ambiental, manejo sustentable de la biodiversidad entre otros.

generar una base de datos que registre las diferentes especies existentes en el territorio de los países miembros de la CAN, las amenazas a las que están expuestas y programas para precautelar su existencia. e) Obtener los recursos necesarios para llevar a cabo sus actividades, ya sea a título gratuito u oneroso, para lo cual podrá suscribir contratos de préstamos, nacionales o internacionales, aceptar donaciones, herencias o legados; y, en fin realizar todo acto o contrato que sea necesario o conveniente para el cumplimiento de sus objetivos; f) Establecer vínculos de relación con instituciones dedicadas a actividades similares en el país o en el exterior; representarlas y suscribir convenios con éstas para el mejor cumplimiento de sus fines; g) Promover, directa o indirectamente, con instituciones académicas, científicas públicas o privadas, nacionales o internacionales, intercambios de capacitación para desarrollar programas acordes a la Estrategia Regional de Biodiversidad. h)

Mantener con instituciones

públicas o privadas, nacionales o d) Organizar, financiar y difundir programas de capacitación para promover la riqueza de la biodiversidad existente en los países de la Comunidad Andina. Así como,

extranjeras de similares objetivos estrecha relación para que las


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actividades del Instituto Andino de

posteriormente ingresen en esta calidad. Cada País Miembro delegará un representante que cumpla con los requisitos que establece este Estatuto.

Biodiversidad coadyuven al cumplimiento o ejecución de programas u objetivos de protección b) ambiental y de la biodiversidad y de esta manera contribuir también en el fortalecimiento de la Comunidad Andina.

i) Establecer alianzas estratégicas con otras organizaciones o instituciones públicas o privadas, nacionales o internacionales, que faciliten el cumplimiento de los objetivos del Instituto Andino de Biodiversidad y, j) En general, ejecutar todos los actos permitidos por este estatuto, su reglamento y demás leyes que tengan relación con sus finalidades. CAPITULO II DE LOS MIEMBROS ARTÍCULO 3.- Los Miembros son de dos clases: activos y honorarios. a)

Son miembros activos los delegados por cada uno de los gobiernos de los países miembros de la Comunidad Andina y los que

Son miembros honorarios las personas naturales o jurídicas (nacionales y/o extranjeras) que se identifican con los fines del Instituto y que sean designados como tales por la asamblea general por considerar que prestan o han prestado servicios relevantes de reconocimiento internacional en las áreas de actividad del Instituto Andino de Biodiversidad.

ARTICULO 4.- Para ser admitido como miembro activo se requiere de la aprobación de su solicitud por el Consejo Superior de Investigación Científica (CSIC) quienes para ser aceptados deberán demostrar ante las autoridades del (CSIC) la acreditación académica de PHD en temas afines al desarrollo sostenible, biodiversidad, derecho comunitario de reconocidas universidades o reconocimiento internacional por su aporte al desarrollo sostenible y cuidado de la biodiversidad. Los representes de los países deben reunir estas mismas condiciones. ARTÍCULO 5.- Son derechos y obligaciones de los miembros activos, en forma enunciativa, los siguientes:


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a) Participar con voz y voto en las sesiones de la asamblea general; b)

Elegir y ser elegidos para las funciones directivas de la fundación e integrar los organismos y las comisiones permanentes o temporales que se formen;

c) Entregar el aporte inicial y los extraordinarios que fije la asamblea general; d)

ARTICULO 7.- Los miembros del IAB perderán su calidad de tales: a) Cuando el País miembro al que pertenece denuncie el Acuerdo de Cartagena en las condiciones establecidas en el Art. 135 del referido Acuerdo; b)

Colaborar, activamente, para que se cumplan los fines generales y los programas del IAB; y,

e) Los demás que sean determinados en este estatuto, reglamento y demás disposiciones internas.

Las personas jurídicas, por entrar en estado de terminación o cierre definitivo de sus actividades; o, disolución y consecuente liquidación, declaradas por las autoridades u organismos competentes;

c) Por muerte, en el caso de personas naturales; y,

ARTICULO 6.Los miembros honorarios tendrán, en forma enunciativa, los siguientes derechos y obligaciones:

Por exclusión resuelta por la asamblea general con el voto de las dos terceras partes de los miembros del IAB, cuando el socio incurra en cualquiera de las siguientes causas:

a)

Participar en las sesiones y en otros espacios de IAB que fueren expresamente convocados, con voz pero sin voto;

-

b) Coadyuvar al cumplimiento de los fines del IAB; y,

-

c) Los demás que sean determinados en este estatuto, reglamento y demás disposiciones internas.

d)

-

Cuando sea declarado judicialmente (entiéndase mediante sentencia ejecutoriada) en insolvencia o quiebra; Cuando se ausentare, y a pesar de ser requerido, no vuelve ni justifica la causa de su ausencia; Por entorpecer el proceso de consolidación de la


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-

-

Comunidad Andina. Por faltas graves al cumplimiento de las obligaciones del IAB, con este estatuto, reglamento y demás disposiciones internas. El País Miembro nombrara otro delegado

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máximo organismo del IAB y está conformado por todos los miembros (activos y honorarios). Será dirigido por un presidente, contará con un secretario, que serán elegidos de entre sus miembros. El CSIC tendrá como sus órganos el Consejo Rector y la Junta de Gobierno

CAPITULO III

DE LA ORGANIZACION ARTICULO 8.- Su Órgano máximo de gobierno estará conformado por expertos de la más alta calidad profesional y científica que representen a los países miembros de la Comunidad Andina, previa consulta a los Ministerios de Medio Ambiente, Ciencia y Tecnología, según corresponda, quienes presentarán a los candidatos a la plenaria del Parlamento Andino a través de la Secretaría para su designación; teniendo en consecuencia los siguientes organismos y funcionarios: a) Consejo Superior de Investigación Científica b) Consejo Rector c) Directores de Proyectos CAPITULO IV Del Consejo Superior de Investigación Científica ARTÍCULO 9- Consejo Superior de Investigación Científica (CSIC) es el

ARTÍCULO 10.- Las sesiones de CSIC podrán ser: ordinarias y extraordinarias. CSIC de manera ordinaria se reunirá cada tres meses en la ciudad sede del IAB, dentro del primer trimestre de cada año (a contarse dentro de los noventa días siguientes al cierre del ejercicio económico anual que terminará el 31 de diciembre de cada año) para tratar sobre los asuntos constantes en el artículo 15 de este estatuto. La convocatoria a las sesiones ordinarias la efectuará el Presidente del CSIC, por lo menos con ocho días de anticipación a la fecha de la reunión a través de una publicación realizada en la Gaceta Oficial del Parlamento Andino o por el medio que el CSIC considere más conveniente. ARTÍCULO 11.De manera extraordinaria el CSIC sesionará cada vez que la convoque su Presidente por su iniciativa o por pedido de las dos terceras partes de los socios activos del IAB, para tratar los asuntos específicos que,


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obligatoriamente, deberán constar en la convocatoria para validez de la sesión. La convocatoria de ésta se la realizará con setenta y dos horas de anticipación al día de la sesión. Tanto para las sesiones ordinarias, como para las extraordinarias las convocatorias serán hechas por cualquier medio de comunicación escrito, o electrónico, en comunicación personal o, circular a cada miembro o a su representante adjuntando a la misma el correspondiente orden del día. ARTÍCULO 12.- Para que haya quórum en las reuniones del CSIC, se requerirá de la concurrencia de la mitad más uno de los socios activos del IAB; Si no hubiere quórum en la primera convocatoria, sesionarán en segunda convocatoria, con cualquier número de miembros que concurran una hora después de la señalada para la primera convocatoria. ARTÍCULO 13.- Cada miembro activo tendrá derecho a un voto en la sesión del Consejo. Los acuerdos y resoluciones del CSIC serán tomados por mayoría simple de votos de los asistentes, excepto cuando por estatuto se requiera de otra mayoría. Los votos en blanco y las abstenciones no se sumarán a la mayoría y los socios activos que sean personas naturales no podrán representar a personas jurídicas miembros del IAB;

Las resoluciones del CSIC serán obligatorias para todos los miembros, hayan o no estado presentes. ARTÍCULO 14.- Son atribuciones y deberes del CSIC: a)

Generar las Políticas del IAB;

b) Conocer y resolver sobre los informes del Consejo Rector, La Junta de Gobierno del Director de Proyectos, Director ejecutivo, el balance anual, el presupuesto y el plan de trabajo para el respectivo ejercicio económico, así como sobre aspectos de política general; c)

Nombrar y/o remover de sus funciones, por causas debidamente justificadas, a los Directores y funcionarios, y nombrar sus respectivos reemplazos

d) Reformar e interpretar, de manera obligatoria, este estatuto; e)

Aprobar el establecimiento de oficinas de enlace o subsedes en las ciudades capitales de los países miembros de la CAN

f)

Determinar los aportes extraordinarios que los miembros deban entregar al CSIC para la fundación;

g)

Resolver sobre la realización de los actos, contratos y negocios jurídicos a los que se


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hace referencia en el Art. 2, literal e), de este estatuto; h)

Acordar la disolución y posterior liquidación de bienes y activos del IAB

e)

Dar las directrices generales para el contenido y publicación de la revista que mensualmente editara el IAB.

f)

Las demás que señalen este estatuto, reglamento y demás disposiciones normativas pertinentes. CAPITULO V DEL CONSEJO RECTOR (CR)

ARTÍCULO 15.- El Consejo Rector del IAB, estará conformado por un número impar de vocales que serán profesionales de reconocida trayectoria en el ámbito del cuidado ambiental, de la biodiversidad o del desarrollo sostenible, quienes deberán ser delegados de los países miembros de la Comunidad Andina con sus respectivos suplentes, durarán dos años en sus funciones y podrán ser reelegidos indefinidamente. No obstante el vencimiento de sus respectivos períodos, continuarán ejerciendo sus funciones hasta que sean legalmente reemplazados. Los vocales suplentes reemplazarán a los principales, en orden de elección, en caso de renuncia, ausencia o impedimento temporal o

definitivo; ARTÍCULO 16.- El Director Ejecutivo del Consejo Rector será designado de entre sus miembros para un período de dos años, pudiendo ser reelegido indefinidamente. En caso de ausencia temporal o definitiva será reemplazado por otro miembro de acuerdo al orden alfabético, hasta que se designe al nuevo Director Ejecutivo ARTÍCULO 17.- La convocatoria a las sesiones del Consejo Rector la realizará el presidente de ese organismo, con tres días de anticipación a la fecha de la reunión mediante carta, fax o, e mail. Tres vocales podrán solicitar al presidente la reunión del Consejo Rector, especificando los temas o puntos a tratarse. Si el presidente no aceptare esta petición, el director ejecutivo o los tres vocales, según sea el caso, podrán convocar a sesión de Consejo Rector. ARTÍCULO 18.- El quórum para las sesiones del Consejo Rector se lo determinará con la presencia de tres vocales principales o alternos habilitados (incluido entre ellos al presidente) en el caso de que el directorio esté compuesto por cinco vocales y si estuviere compuesto de siete vocales el quórum será de cuatro vocales. ARTÍCULO 19.- Cada vocal tendrá derecho a un voto y las decisiones se tomarán por mayoría simple de los asistentes.


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necesarios para el funcionamiento del IAB;

ARTÍCULO 20.- Son atribuciones y deberes del Consejo Rector: a)

Ejecutar las políticas adoptadas por el CSIC y generar programas para el cumplimiento de las finalidades del IAB;

b)

Aprobar los convenios con fundaciones, ONG, organismos y entidades, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, de financiamiento o cooperación, que apoyen los fines del IAB;

i)

Autorizar al director ejecutivo la constitución de apoderados, procuradores (generales y/o especiales) y la celebración de contratos cuando éstos sobrepasen el monto determinado por el CSIC;

j)

Conocer el balance anual, los estados financieros, los informes del director ejecutivo y someterlos a conocimiento y aprobación del CSIC;

k)

Autorizar la compra, venta, arrendamiento, constitución de gravámenes, o cualquier otra forma que implique la transferencia de domino de bienes muebles e inmuebles;

m)

Recomendar, al CSIC, el establecimiento de oficinas o representaciones dentro o fuera del país;

m)

Crear o suprimir funciones administrativas o técnicas y determinar las remuneraciones de los correspondientes funcionarios a solicitud del director ejecutivo;

n)

Recomendar Al CSIC en forma escrita y debidamente justificada la disolución y/o liquidación del IAB;

ñ)

Crear

c) Gestionar el financiamiento de sus programas en el país o en el exterior; d)

Realizar el plan anual de trabajo y el presupuesto que serán presentados al CSIC para su aprobación;

e) Recomendar al CSIC la incorporación de nuevos miembros; f)

Sesionar, cada mes

g)

Nombrar al Director Ejecutivo para un período de hasta cuatro años, pudiendo ser reelegidos y removerlos de sus funciones por causas debidamente justificadas y, señalar su remuneración y la de los vocales;

h)

Expedir los instructivos

reglamentos e que sean

buen

y

conformar

las


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comisiones que sean necesarias, las mismas que se regirán por el respectivo reglamento; y,

y CR respectivamente y presidirlas; c)

Delegar, transitoriamente, sus funciones a un miembro del directorio que sea designado por este para tal efecto;

d)

Reemplazar, temporalmente, en sus funciones al director ejecutivo previo conocimiento del directorio; y,

e)

Atender los demás asuntos que fueren asignados por los órganos del IAB.

o) Las demás contempladas en este Estatuto. ARTÍCULO 21.- Son atribuciones y deberes de los vocales: a)

Asistir a las sesiones del CSIC, Consejo Rector y de las sesiones, a las que fueren convocados;

b)

Colaborar con la buena marcha del IAB y con el cumplimiento de sus finalidades; y,

c)

Cumplir las disposiciones Consejo Rector e informar de sus actividades. CAPITULO VI DE LOS PRESIDENTES Y DIRECTOR EJECUTIVO

ARTÍCULO 22.- Los Presidentes ejercerán sus funciones por un período de dos años y sus atribuciones y deberes serán las siguientes:

ARTÍCULO 23.- El director ejecutivo del IAB será elegido por los miembros del CSIC o del CR para un período de cuatro años pudiendo ser reelegido. En caso de renuncia, ausencia o imposibilidad para el cumplimiento de sus funciones, será reemplazo, temporalmente, por el presidente del CR. En caso de ausencia definitiva del director ejecutivo el directorio podrá encargar temporalmente y en forma interina tales funciones a un vocal designado por mayoría simple de votos de sus miembros, hasta nombrar un nuevo director ejecutivo. ARTÍCULO 24.- Son deberes atribuciones del Director Ejecutivo: a)

a)

Cumplir y vigilar el cumplimiento de las resoluciones del CSIC y del CR, respectivamente.

b)

Convocar a sesiones del CSIC

y

Representar legal, judicial y extrajudicialmente, al IAB en todas sus actividades y relaciones ante los organismos nacionales e internacionales, para la consecución de las fines del IAB;


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CSIC y del CR; y, b)

c)

d)

Cumplir y hacer cumplir las resoluciones del CSIC y del CR ; Planificar y programar actividades del IAB concordancia con resoluciones del CSIC

las en las

Realizar los actos administrativos y económicos necesarios para cumplir con los programas del IAB ;

l)

Las demás que señalen este estatuto, reglamento y demás disposiciones normativas.

ARTÍCULO 25.- Solo si el CSIC lo requiere, se designara un auditor par que revise las cuentas del instituto y de sus diferentes órganos. CAPITULO VII DEL PATRIMONIO Y RECURSOS

e)

Preparar la proforma presupuestaria y los balances mensuales y anuales y someterlos a consideración y aceptación del CSIC

f) Recaudar presupuestados;

los

ingresos

g)

Asistir a las sesiones del CSIC con voz informativa;

h)

Presentar al CSIC informes que le solicitados;

i)

Solicitar al CR la creación o supresión de funciones administrativas o técnicas y determinar las remuneraciones de los correspondientes funcionarios.

los sean

j)

Nombrar al personal del IAB y removerlo por causas legalmente justificadas;

k)

Actuar como secretario del

ARTICULO 29.- El patrimonio del IAB estará compuesto por un porcentaje de los aportes proporcionados por los países miembros de la CAN a un fondo fiduciario creado exclusivamente para generar mecanismos de protección para la biodiversidad;; por aportes que recibiere de personas naturales o jurídicas, instituciones u organismos públicos o privados, nacionales o extrajeras; los bienes que en el futuro adquiera y otros ingresos que percibiere –en forma ordinaria y/o extraordinaria- por cualquier concepto sea a titulo gratuito u oneroso. ARTICULO 30.- El IAB podrá, para el cumplimiento de sus fines, adquirir, enajenar, arrendar y gravar bienes muebles o inmuebles; obtener préstamos de uso o de consumo; suscribir convenios de cooperación y asistencia técnica y financiera; efectuar inversiones; y, en general, promover programas que sirvan para el mejor cumplimiento de los fines del


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IAB. ARTICULO 31.- El IAB administrará sus actividades cubriendo sus costos de operación. Los excedentes que obtuviere de sus ejercicios económicos se los destinará al incremento de su patrimonio y reservas. CAPITULO VIII

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miembros del IAB como tampoco ninguna persona que tenga parentesco en segundo grado de afinidad o tercero de consanguinidad con los miembros del IAB, tendrá derecho, a título alguno, sobre los bienes de la misma y, por consiguiente, no podrá recibir ni todo ni parte de ellos en caso de disolución salvo que se haya establecido condiciones contractuales especiales en los actos de aportación.

DE LA DISOLUCION Y LIQUIDACION DISPOSICIONES TRANSITORIAS ARTICULO 32.- El IAB se disolverá por decisión del CSIC mediante resolución acordada en una sesión convocada, expresamente, para el efecto, previa recomendación del CR, por no cumplir con sus finalidades o por otras causales determinadas en este estatuto, reglamento y demás disposiciones normativas. Acordada la disolución con la votación favorable de las dos terceras partes de los asistentes, el CR nombrará un liquidador. Los bienes del IAB, o el producto de los mismos, serán transferidos -una vez pagado la totalidad del pasivo- a la institución o instituciones públicas o privadas nacionales o extrajeras con finalidades similares a las del IAB que decida el CSIC. Ninguno de los

PRIMERA.- EL CSIC del IAB determinará el aporte de los miembros fundadores y designará un directorio temporal que se encargará del trámite y aprobación de este estatuto por parte de la autoridad competente. SEGUNDA.- Una vez aprobado y registrado el estatuto del IAB el presidente temporal, previa decisión del directorio, convocará a una asamblea general extraordinaria para la elección de los vocales principales que integrarán el directorio y de sus alternos, en el número que determine CSIC conforme a este estatuto, reglamento y demás disposiciones normativas.

PROYECTO DE PRONUNCIAMIENTO No. PR 001 – 1107 1. AUTOR. Honorable Parlamentaria Wilma

Salgado, miembro de la Comisión Primera.


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2. EXPOSICION DE MOTIVOS. El 17 de septiembre del 2007 en Bogotá, Colombia, se iniciaron las negociaciones de un Acuerdo de Asociación entre la Comunidad Andina, CAN, y la Unión Europea, UE, regiones entre las que además de existir una enorme diferencia en el nivel de desarrollo, - la UE se encuentra disputando la calidad de primera potencia económica mundial con Estados Unidos, esto es el primer lugar a nivel mundial por su capacidad de producción, medida por el tamaño de su PIB-, existe una enorme diferencia entre la capacidad de concertación de acuerdos que ha tenido la UE entre sus países miembros, para las negociaciones conjuntas con terceros países y regiones, frente a la debilitada capacidad de la CAN, luego de que sus países miembros han preferido las negociaciones bilaterales, por las dificultades en concertar posiciones, detrás de las cuales existen visiones radicalmente distintas y hasta opuestas sobre la forma de enfrentar el proceso de globalización en marcha, que se refleja en la búsqueda de acuerdos de libre comercio con países de todos el mundo, de dos de los cuatro países miembros de la CAN: Perú y Colombia, frente al rechazo a los mismos en Ecuador y Bolivia, en donde se ha impuesto el NO AL TLC. Un indicador de la enorme diferencia en el nivel de desarrollo existente entre la CAN y la UE, es el monto al que asciende el producto interno

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bruto de la CAN, 280.4 mil millones de dólares, que equivale apenas al 1.8% del PIB de la UE, que asciende a 15.082.7 mil millones de dólares, intercambiando productos industrializados que exporta la UE a la CAN, sobre todo máquinas para clasificar, cribar, reparar o lavar tierras, piedras y otras materias sólidas (por parte de Bolivia); aparatos emisores de radiotelefonía o radiotelegrafía (por parte de Colombia y Ecuador); y, aviones y aeronaves (por parte de Perú), con productos primarios que exportan los países de la CAN a la UE: Minerales de zinc y concentrados, hulla bituminosa, café sin descafeinar y sin tostar, ferro níquel, bananos, camarones, langostinos, preparaciones y conservas de pescado, minerales de cobre y sus concentrados. Para la CAN, la UE constituye el segundo lugar de destino de sus exportaciones (18% de las mismas fueron a la UE en el 2006), a mucha distancia de Estados Unidos que sigue siendo el principal destino (46% en 2007), mientras para la UE, la CAN es un mercado marginal (1% de sus exportaciones fueron a CAN). JUGADOR EXPERIMENTADO Para la CAN, esta negociación conjunta entre los países miembros y la UE, constituye un verdadero desafío de concertación de posiciones entre ellos, debido al predominio de negociaciones bilaterales en los últimos años, mientras que para la Unión Europea, esta negociación es un ejercicio más,


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dada la larga experiencia de negociaciones de acuerdos de asociación con países y regiones de prácticamente todo el mundo, tales como: • Con Balcanes Occidentales: Albania, Antigua Yugoslavia, Macedonia, Bosnia Herzegovina, Croacia, Serbia, Montenegro), • Con Países de la Cuenca del Mediterráneo, Marruecos, Argelia, Túnez, Egipto, Israel, Jordania, Líbano, Siria, Turquia, Chipre y Malta, • Con Países del Consejo de Cooperación de Estados Arabes del Golfo: Arabia Saudita, Bahreim, Emiratos Arabes Unidos, Kuwait, Oman y Qatar. Condición europea conformen Unión Aduanera, • Con 77 países África, Caribe y Pacífico (ACP), que desde la fundación GATT 1948, tuvieron tratamientos preferenciales, en calidad de ex colonias de algunos de los países que forman la Unión Europea, como Francia e Inglaterra. El Acuerdo de Cotonou, vigente desde Abril 2003, reemplazó a Convención Lomé vigente desde 1975.

2000) y con Chile (en vigencia desde 2003); y, está en negociaciones con el MERCOSUR, que fueron suspendidas por las posiciones divergentes con la Unión Europea en los mismos temas que trabaron las negociaciones de la Ronda Doha: Agricultura, servicios e inversiones y compras públicas. La UE condicionó al MERCOSUR, el perfeccionamiento de la UNIÓN ADUANERA, para reabrir las negociaciones. Para que la Unión Aduanera sea considerada perfecta, se requiere un arancel externo común aceptado por todos los países miembros del MERCOSUR y libre circulación de bienes y servicios, entre los países miembros.

En América Latina, la UE ha suscrito acuerdos de asociación con México (en vigencia desde

El Diálogo Político, entre la CAN y la UE no es nuevo. De hecho, el marco institucional del Diálogo Político

La UE ha iniciado además conversaciones con miras a un acuerdo de asociación con los países del Mercado Común Centroamericano: Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua y Costa Rica. COMPONENTES DEL ACUERDO DE ASOCIACION CAN- UNION EUROPEA Como todos los acuerdos de asociación, el acuerdo CAN-UE tiene tres componentes básicos: • Diálogo político • Cooperación; y, • Acuerdo de Libre Comercio DIALOGO POLITICO


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constituye la declaración conjunta suscrita entre ambos bloques el 30 junio 1996, en Roma, Italia, en el que se establecen reuniones entre Presidentes del Consejo Presidencial Andino con el Consejo de la UE; y entre Ministros de Relaciones Exteriores con el objeto de examinar temas de interés común. Dicho marco institucional reemplazó al diálogo informal que es mucho más antiguo. Dentro del diálogo político, el tema prioritario para la UE ha sido la lucha contra las drogas, tanto que UE estableció con la CAN, un Mecanismo de Diálogo Especializados en Materia de Lucha contra las Drogas, que se inició en 1995. El apoyo de la UE a la lucha contra las drogas se remonta al 13 de diciembre de 1990, cuando el Consejo Europeo aprobó el SGPDROGA, “bajo el principio de responsabilidad compartida frente al problema de la droga”, régimen especial de preferencias arancelarias para la Comunidad Andina, que reemplazó al Sistema Generalizado de Preferencias que ya estaba vigente, siguiendo la tendencia del ATPDEA (tratamiento preferencial arancelario a los países andinos a cambio de su compromiso de lucha contra las drogas), establecido por Estados Unidos. Tanto el SGP como el SGP-DROGA permitían que casi la totalidad de productos industriales y una lista de bienes agrícolas y pesqueros ingresen al mercado europeo exentos de aranceles. Este sistema de preferencias arancelarias,

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después de tantos años de vigencia, constatamos que NO PROMOVIO LAS EXPORTACIONES INDUSTRIALES, vista la lista de productos básicamente primarios que exporta la CAN a la UE hasta ahora. COOPERACION. La Cooperación entre la UE y la CAN tampoco es un componente nuevo dentro del Acuerdo de Asociación. De hecho la CAN fue la primera región en América Latina que suscribió un Acuerdo de Cooperación con UE, denominado de segunda generación, en 1983, dado su énfasis en la cooperación para el desarrollo (salud, desarrollo rural, agricultura, educación) El 26/Junio/92 se firmó un nuevo Acuerdo Marco de Cooperación, que entró en vigencia desde 1998, denominado de tercera generación, al incluir un artículo mediante el cual se sujetan las relaciones de cooperación al respeto de los principios democráticos y de los derechos humanos, incorporándose la “cooperación avanzada” hacia el comercio, inversiones, finanzas, ciencia y tecnología; y hacia la promoción del fortalecimiento y consolidación del proceso de integración subregional andino, además de diversificar los instrumentos de cooperación (Decisión 329 de CAN). ACUERDO DE DIALOGO POLITICO Y COOPERACION. En todo caso, la UE y la CAN


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negociaron un nuevo Acuerdo de Diálogo Político y Cooperación, considerado la primera fase o un paso previo a la negociación de un Acuerdo de Asociación Luego de dos rondas de negociación: la primera en Bruselas, del 6 al 8 de mayo 2003; y la segunda, en Quito, 14 y 15 de octubre 2003, se acordó el texto del Acuerdo de Diálogo Político y Cooperación, que se suscribió en la Tercera Cumbre entre AL Caribe y UE, en Guadalajara, México, Mayo 2004. Mediante la Decisión 595, el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores y la Comisión aprobaron el 11 de julio 2004, el Acuerdo de Diálogo Político y Cooperación, acordando la extensión de la cooperación a nuevos campos: • • • • • •

Económica y financiera, Ciencia, tecnología y sociedad de la información, Cultura, educación y audiovisual, Reforma del Estado y administración pública, Cooperación social adicionalmente: Inmigración ilegal, delincuencia organizada, terrorismo, participación social en la cooperación, etc.

CONDICION UE: ACUERDO DE ASOCIACION SEA BIRREGIONAL. La UE estableció como una condición para la negociación del Acuerdo de Asociación con la CAN, que dichas

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negociaciones sean birregionales y no bilaterales, “dadas las diferencias existentes en cuanto a peso económico y desarrollo” entre la UE y la CAN, condición que explica el esfuerzo que están realizando los países andinos para participar conjuntamente en esta negociación. Las tensiones entre los países miembros, fueron sin embargo, muy altas en la víspera del inicio de la negociación, dando lugar a que Perú estuviera a punto de retirarse de la CAN en Junio por discrepancias entre su política de firmar acuerdos de libre comercio con la mayor cantidad posible de países, frente a la posición de Bolivia de no incluir servicios y compras públicas en negociaciones con UE. Bolivia también planteó la posibilidad de retirarse de la CAN, si su posición no era respetada. Las discrepancias entre los países miembros de la CAN fueron por el momento superadas, mediante la adopción de un acuerdo de negociación flexible (Decisión 667, del 8 de junio 2007), según el cual, se reconocen las diferencias en niveles de desarrollo y enfoques económicos entre países miembros, se establece que las Asimetrías entre CAN y UE, así como al interior de CAN, “serán reconocidas y reflejadas en los compromisos que las Partes asuman, asegurando un Trato Especial y Diferenciado para Bolivia y Ecuador”, dejando además abierta la posibilidad de que los compromisos que resulten del Acuerdo de Asociación vinculen o no a todos los países miembros de la CAN. Esto


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significa que si bien la negociación es conjunta, los compromisos solo serán vinculantes para los países que los suscriban, sistema similar al que adoptó el GATT, desde su fundación en 1948, frente a la dificultad de lograr consensos entre todos los países miembros. Vistas las dificultades iniciales y las discrepancias en las posiciones de los países miembros frente a los temas de interés para la UE en negociaciones similares, esta negociación de un Acuerdo de Asociación con la UE, es un reto de supervivencia para la CAN, como espacio de concertación de posiciones entre los países miembros. RAYAR LA CANCHA EN 14 MESAS DE NEGOCIACION En la primera semana de negociaciones hacia un Acuerdo de Asociación entre la UE y la CAN, del 17 al 21 de septiembre en Bogotá, Colombia, los negociadores manifestaron que procedieron a RAYAR LA CANCHA, en las 14 mesas de negociación establecidas: Acceso a mercados, Normas de origen, Compras públicas, Competencia, Propiedad intelectual, Instrumentos de defensa comercial, Solución de controversias, SERVICIOS E INVERSIONES, Medidas Sanitarias y fitosanitarias, Asuntos institucionales, Asuntos aduaneros y facilitación del comercio, Obstáculos técnicos al comercio, COMERCIO Y DESARROLLO

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SOSTENIBLE; y, Asimetrías y tratamiento especial y diferenciado. En las mesas de negociación establecidas, podemos destacar la existencia de una mesa sobre COMERCIO Y DESARROLLO SOSTENIBLE, que no existió en otras negociaciones de la UE, mesa muy importante para los países andinos poseedores de una de las mayores riquezas en biodiversidad del mundo, así como con abundantes fuentes de uno de los recursos naturales más preciados en el mundo, como es el AGUA. La otra mesa de negociación que vale la pena destacar, es la de SERVICIOS E INVERSIONES, mesa en la que se concentra el mayor interés de los países de la UE, considerando que alrededor del 75% de su PIB proviene de actividades de servicios. PRIORIDAD UE: INVERSIONES Y PÚBLICAS.

SERVICIOS, COMPRAS

En el tema de los Servicios, la UE ha mostrado particular interés en: – Servicios Profesionales, incluidos servicios esenciales como salud y educación, – Telecomunicaciones, – Energía, – Servicios Medioambientales, sobre todo manejo y distribución del AGUA, – Servicios Financieros (establecimiento de bancos, empresas de


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seguros, fondos de pensión, manejo de activos financieros y consultorías); y, – Servicios de Transporte y distribución, La UE exige TRATO NACIONAL, esto es que sus proveedores de servicios en nuestros países, tengan el mismo tratamiento que los proveedores locales, incluido en las compras por empresas o instituciones públicas, sobre todo en sectores relacionados con el AGUA, LA ENERGIA Y EL TRANSPORTE. INFLUENCIA DE RONDA DOHA EN ACUERDO DE ASOCIACION El TELON DE FONDO de las negociaciones bilaterales en general, y de las negociaciones birregionales, como las iniciadas entre la UE y la CAN, constituyen las negociaciones multilaterales que se llevan a cabo en la Organización Mundial del Comercio, OMC, como la Ronda Doha, iniciada en el 2001, con la participación de 148 países miembros, incluidos los países andinos miembros de la CAN, negociaciones que fueron suspendidas en julio 2006, debido a las diferencias irreconciliables entre la demanda de los países en desarrollo, de que los países industrializados liberalicen y disminuyan los subsidios que conceden a sus productos agrícolas, versus el interés de los países industrializados e incluso de algunos países en desarrollo como la India o Brasil, de que los restantes países en desarrollo liberalicen y

concedan trato nacional a los servicios, inversiones y compras públicas por parte de proveedores extranjeros, BLINDANDO SU POSICION, esto es, asumiendo el compromiso de que ningún gobierno pueda a futuro modificar dichas concesiones, sin sufrir represalias. GANADORES DOHA

Y

PERDEDORES

Todos los estudios realizados desde 2005, por el Banco Mundial, UNCTAD, FAO, Carnegie for International Peace, Tufts University y Research and Information System for Developing Countries (RIS), muestran que las propuestas de la Ronda Doha colocan a los países en desarrollo, en especial a los más pobres, entre los mayores perdedores, a no ser que: • Se eliminen los subsidios a la agricultura en USA Y UE, y los países industrializados permitan el acceso a sus mercados de productos agrícolas procedentes de los países en desarrollo. El sector agrícola ocupa al 40% de la fuerza laboral de los países en desarrollo, en contraste con menos del 4% de la fuerza laboral de los países industrializados ocupada en dicho sector. • Se establezcan mecanismos de salvaguarda a ser usados por los países en desarrollo para proteger la seguridad alimentaria y el desarrollo rural, • Se liberalice el movimiento


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temporal de personas naturales, como modalidad de prestación de servicios, Los países industrializados cumplan los compromisos de asistencia técnica, financiera y apertura de mercados a productos procedentes de países en desarrollo, conforme a las ofertas contempladas en Declaración Ministerial inicial de Ronda Doha, adoptada el 14 de noviembre 2001.

3. TITULO. PREVENIR A LA SECRETARIA GENERAL DE LA CAN, ASI COMO A LOS DEMAS ORGANOS DEL SISTEMA ANDINO DE INTEGRADION, SOBRE LAS OPORTUNIDADES Y RIESGOS QUE CONLLEVA EL ACUERDO DE ASOCIACION ENTRE LA CAN Y LA UNION EUROPEA. 4. CONSIDERANDOS. Que, el 17 de septiembre del 2007 en Bogotá, Colombia, se iniciaron las negociaciones de un Acuerdo de Asociación entre la Comunidad Andina, CAN, y la Unión Europea, UE, regiones entre las que además de existir una enorme diferencia en el nivel de desarrollo, que se refleja en el hecho de que el PIB de los países de la CAN equivale apenas al 1.8% del PIB de los países de la UE, existe una enorme diferencia entre la capacidad de concertación de acuerdos que ha tenido la UE entre sus países miembros, para las

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negociaciones conjuntas con terceros países y regiones, frente a la debilitada capacidad de la CAN, luego de que sus países miembros han preferido las negociaciones bilaterales, por las dificultades en concertar posiciones, detrás de las cuales existen visiones radicalmente distintas y hasta opuestas sobre la forma de enfrentar el proceso de globalización en marcha, que se refleja en la búsqueda de acuerdos de libre comercio con países de todos el mundo, de dos de los cuatro países miembros de la CAN: Perú y Colombia, frente al rechazo a los mismos en Ecuador y Bolivia, en donde se ha impuesto el NO AL TLC. Que, el Acuerdo de Asociación CANUNION EUROPEA tiene tres componentes, como todos los acuerdos de esa naturaleza: Diálogo político, Cooperación; y, Acuerdo de Libre Comercio Que, tanto el Diálogo Político como la Cooperación entre la CAN y la UE, no son nuevos, siendo el tema prioritario dentro del Diálogo Político el tema de lucha contra las drogas desde 1990 en que el Consejo Europeo aprobó el Sistema Generalizado de Preferencias Droga –SGP DROGA-, régimen especial de preferencias arancelarias para la Comunidad Andina, que reemplazó al Sistema Generalizado de Preferencias que ya estaba vigente, siguiendo la tendencia del ATPDEA (tratamiento preferencial arancelario a los países andinos a cambio de su compromiso de lucha contra las drogas),


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establecido por Estados Unidos. Que, tanto el SGP como el SGPDROGA permitían que casi la totalidad de productos industriales y una lista de bienes agrícolas y pesqueros ingresen al mercado europeo exentos de aranceles. Este sistema de preferencias arancelarias, después de tantos años de vigencia, constatamos que NO PROMOVIO LAS EXPORTACIONES INDUSTRIALES, vista la lista de productos básicamente primarios que exporta la CAN a la UE hasta ahora. Que, la UE y la CAN negociaron ya un nuevo Acuerdo de Diálogo Político y Cooperación, considerado la primera fase o un paso previo a la negociación de un Acuerdo de Asociación, suscrito en la Tercera Cumbre entre AL Caribe y UE, en Guadalajara, México, Mayo 2004. Que, mediante la Decisión 595, el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores y la Comisión aprobaron el 11 de julio 2004, el Acuerdo de Diálogo Político y Cooperación, acordando la extensión de la cooperación a nuevos campos: • Económica y financiera, • Ciencia, tecnología y sociedad de la información, • Cultura, educación y audiovisual, • Reforma del Estado y administración pública, • Cooperación social • adicionalmente: Inmigración ilegal, delincuencia organizada, terrorismo,

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participación social cooperación, etc.

en

la

Que, la UE ha establecido como una condición para la negociación del Acuerdo de Asociación con la CAN, que dichas negociaciones sean birregionales y no bilaterales, “dadas las diferencias existentes en cuanto a peso económico y desarrollo” entre la UE y la CAN, condición que explica el esfuerzo que están realizando los países andinos para participar conjuntamente en esta negociación. Que, las tensiones registradas en vísperas del inicio de las negociaciones con la UE fueron superadas mediante la adopción de un acuerdo de negociación flexible (Decisión 667, del 8 de junio 2007), según el cual, se reconocen las diferencias en niveles de desarrollo y enfoques económicos entre países miembros, se establece que las Asimetrías entre CAN y UE, así como al interior de CAN, “serán reconocidas y reflejadas en los compromisos que las Partes asuman, asegurando un Trato Especial y Diferenciado para Bolivia y Ecuador”, dejando además abierta la posibilidad de que los compromisos que resulten del Acuerdo de Asociación vinculen o no a todos los países miembros de la CAN. Esto significa que si bien la negociación es conjunta, los compromisos solo serán vinculantes para los países que los suscriban, sistema similar al que adoptó el GATT, desde su fundación en 1948, frente a la dificultad de lograr consensos entre todos los países


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miembros. Que la UE ha mostrado en las negociaciones de otros Acuerdos de Asociación que sus prioridades giran en torno al tema de los servicios, mostrando particular interés en: – Servicios Profesionales, incluidos servicios esenciales como salud y educación, – Telecomunicaciones, – Energía, – Servicios Medioambientales, sobre todo manejo y distribución del AGUA, – Servicios Financieros (establecimiento de bancos, empresas de seguros, fondos de pensión, manejo de activos financieros y consultorías); y, – Servicios de Transporte y distribución, Que, la UE exige TRATO NACIONAL, esto es que sus proveedores de servicios en nuestros países, tengan el mismo tratamiento que los proveedores locales, incluido en las compras por empresas o instituciones públicas, sobre todo en sectores relacionados con el AGUA, LA ENERGIA Y EL TRANSPORTE. Que, el TELON DE FONDO de las negociaciones bilaterales en general, y de las negociaciones birregionales, como las iniciadas entre la UE y la CAN, constituyen las negociaciones multilaterales que se llevan a cabo en

la Organización Mundial del Comercio, OMC, como la Ronda Doha, iniciada en el 2001, con la participación de 148 países miembros, incluidos los países andinos miembros de la CAN, negociaciones que fueron suspendidas en julio 2006, debido a las diferencias irreconciliables entre la demanda de los países en desarrollo, de que los países industrializados liberalicen y disminuyan los subsidios que conceden a sus productos agrícolas, versus el interés de los países industrializados e incluso de algunos países en desarrollo como la India o Brasil, de que los restantes países en desarrollo liberalicen y concedan trato nacional a los servicios, inversiones y compras públicas por parte de proveedores extranjeros, BLINDANDO SU POSICION, esto es, asumiendo el compromiso de que ningún gobierno pueda a futuro modificar dichas concesiones, sin sufrir represalias. Que, todos los estudios realizados desde 2005, por el Banco Mundial, UNCTAD, FAO, Carnegie for International Peace, Tufts University y Research and Information System for Developing Countries (RIS), muestran que las propuestas de la Ronda Doha colocan a los países en desarrollo, en especial a los más pobres, entre los mayores perdedores, a no ser que: •

Se eliminen los subsidios a la agricultura en USA Y UE, y los países industrializados permitan el acceso a sus mercados de productos


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agrícolas procedentes de los países en desarrollo. El sector agrícola ocupa al 40% de la fuerza laboral de los países en desarrollo, en contraste con menos del 4% de la fuerza laboral de los países industrializados ocupada en dicho sector. Se establezcan mecanismos de salvaguarda a ser usados por los países en desarrollo para proteger la seguridad alimentaria y el desarrollo rural, Se liberalice el movimiento temporal de personas naturales, como modalidad de prestación de servicios, Los países industrializados cumplan los compromisos de asistencia técnica, financiera y apertura de mercados a productos procedentes de países en desarrollo, conforme a las ofertas contempladas en Declaración Ministerial inicial de Ronda Doha, adoptada el 14 de noviembre 2001.

Que, el Parlamento Andino es el órgano deliberante común del proceso de integración subregional, entre cuyas atribuciones se encuentra la de “Participar en la promoción y orientación del proceso de integración subregional andina, con miras a la consolidación de la integración latinoamericana”, siendo su obligación prevenir sobre los riesgos así como sobre las oportunidades de negociaciones en las que participan los países miembros.

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5. ARTICULADO. ARTICULO PRIMERO: Prevenir a la Secretaría General de la Comunidad Andina, así como a los demás órganos del Sistema Andino de Integración, sobre la necesidad de considerar las oportunidades y los riesgos que la negociación de un Acuerdo de Asociación entre la UE y la CAN, conlleva para los países andinos. ARTICULO SEGUNDO: Señalar el hecho de que si bien los riesgos han sido evaluados por las instituciones que calcularon los efectos de la Ronda Doha, los resultados dependen de la capacidad que tengamos los países andinos, de manejar las enormes asimetrías en nivel de desarrollo frente a la UE, mediante: – La constitución de Fondos de cohesión social y de disminución de asimetrías, fondos que en Europa favorecieron a países más atrasados dentro de UE, – La exigencia de reciprocidad en derecho de establecimiento para proveedores de servicios, esto es que nuestros proveedores de servicios, incluidos servicios intensivos en mano de obra, tengan el mismo derecho de un trato de igualdad en los


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países de la UE, como el que ellos exigen para sus proveedores de servicios en nuestros países, La asociación para la prestación de todo tipo de servicios entre la UE y la CAN (que puede ser pública, colectiva o privada), Preservar el derecho a impulsar políticas de seguridad alimentaria y desarrollo rural, Así como establecer mecanismos que garanticen que la UE cumpla con la cooperación financiera, transferencias tecnológicas y acceso a su mercado, libre de medidas no arancelarias.

ARTICULO TERCERO: Destacar que el análisis de los intereses de la Unión Europea en otros Acuerdos de Asociación, muestra que los países

andinos, miembros de la Comunidad Andina, debemos concentrarnos en lograr un trato de igualdad para nuestros proveedores de servicios aquí y allá, con asociaciones para la prestación de todo tipo de servicios igualmente aquí y allá, para evitar que el “trato especial” que se termine imponiendo, sea a favor de los proveedores de servicios procedentes de los países miembros de la Unión Europea, en los campos en los que no pudieron lograr dicho objetivo en la Ronda Doha. ARTICULO CUARTO: A los Organismos del Sistema de Integración Andino, Ministerios de Relaciones Exteriores y de Comercio Exterior, así como a las instituciones públicas que participan en el proceso de integración, promover el debate del contenido del artículo “Repensando el modelo de Integración Andina” entre sus funcionarios, preparado por la Parlamentaria Andina del Ecuador: Dra. Wilma Salgado, ex profesora de Relaciones Internacionales de la Universidad Andina Simón Bolívar.

INFORMES Y DOCUMENTOS TÉCNICOS INFORME Y DOCUMENTO TÉCNICO No. IDT 001- 1107 MEMORANDO No. 067 HIB-PAECU PARA: Dr. BONAERGES VILLAGOMEZ SECRETARIO NACIONAL

REPRESENTACION NACIONAL Dr. EDGAR MORA DIRECTOR ADMINISTATIVO-FINANCIERO


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ASUNTO: INFORME DE ACTIVIDADES: FORO “COMERCIO Y CAMBIO CLIMÁTICO” 4 Y 5 de Octubre/2007, GINEBRA FECHA: de 2007

Quito, 17 de Octubre

De acuerdo a lo prescrito por el Reglamento de Viáticos de la Oficina Nacional del Parlamento Andino, detallo a continuación el Informe de Actividades realizadas con motivo de mi participación en el Foro “Comercio Sustentable y Cambio Climático” llevado a cabo en la ciudad de Ginebra, Suiza, los días 4 y 5 de Octubre del año en curso. Dicho foro organizado por el Parlamento Europeo y la Unión Interparlamentaria abordó temas relacionados al impacto del comercio en el medio ambiente, y contó con la participación de representantes de gobiernos, parlamentos, sociedad civil, academia y medios de comunicación. Me permito comentarle que mi intervención como panelista se centró en el análisis del impacto de la comercialización de la aleta del tiburón en el frágil ecosistema de la Islas Galápagos. En otro tema expuse el Proyecto de dejar el petróleo bajo tierra en el Yasuní. Debo manifestar que ambos tópicos suscitaron el interés de los asistentes, produciendo un importante debate

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alrededor de los mismos. Estimo que el Foro se constituyó en una valiosa oportunidad para evaluar la necesidad de que el comercio y la protección del medio ambiente, no sean consideradas categorías antagónicas, sino más bien concertadas. En el tema de mi participación “Comercio y cambio climático”, intervino como moderador el Sr.Patrick Baert, Articulista de la Agencia Francesa de Prensa, y como expositores a más de quien suscribe, en mi calidad de Parlamentaria Andina y ex Ministra de Comercio Exterior, también intervinieron la Sra. Elisa Ferreira, Miembro del Parlamento Europeo y ex Ministra de Ambiente de Portugal, y lo señores Shakeel Mohamed y Awni Behnam, Presidente del Instituto Océanico, por lo que este panel fue de gran nivel tanto por su contenido como por el perfil de sus expositores. Adjunto copia de mi intervención en idioma inglés, seguido de lo cual se abrió un foro con preguntas y respuestas sobre el tema de la referencia. Además tuve la oportunidad de reunirme con el representante de Ecuador ante la Organización Mundial de Comercio, OMC, Dr. César Montaño y los funcionarios diplomáticos ecuatorianos en ese país, con quienes intercambiamos temas de comercio, exportaciones, inversión extranjera, trabajo y


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analizamos la situación política y económica por la que este momento atraviesa nuestro país.

del decreto ministerial 2130, por el cual se prohíbe la pesca incidental y venta de las aletas del tiburón.

Atentamente, Ivonne Baki PARLAMENTARIA ANDINA

Este tema fue abordado en su todo su espectro, así desde la fundación he trabajado, mediante campañas de concientización, para reducir la demanda que de la aleta del tiburón existe en el mercado asiático. Como ministra sugerí medidas menos dañinas para impulsar la pesca artesanal, como subsidio del precio del diesel y otorgar créditos para nuevas embarcaciones y equipos.

INTERVENCION DE LA PARLAMENTARIA ANDINA IVONNE BAKI EN EL FORO COMERCIO Y CAMBIO CLIMÁTICO GINEBRA OCTUBRE 4 Y 5 DE 2007 LA MEJOR OPCION: COMBINAR EL COMERCIO LIBRE CON UNA POLITICA MEDIOAMBIENTAL APROPIADA. Mi trayectoria al frente de la Fundación Galápagos Forever como defensora de la fauna y flora de las Islas Galápagos, ha influido en todos los ámbitos de mi desempeño público. Así el asumir el cargo de Ministra de Industrias, Comercio, Pesca y Competitividad de mi país significó para mí un reto personal, en muchos aspectos, sin duda uno de los más significativos y que traen a mi mente mayores satisfacciones constituye sin duda el tratamiento ecológico que le dimos a temas de comercio. Temas que hasta entonces habían sido abordados desde una perspectiva simplista y unidireccional.

Para abordar la disyuntiva de desarrollo del comercio y protección de medio ambiente, se debe pensar en términos de complementariedad y no de contradicción. La experiencia de algunos países en Europa Oriental en regímenes que no favorecían un libre comercio, pero sin embargo depredaron de manera alarmante el ambiente, refleja que ni la falta de comercio garantiza un ambiente sano, ni al contrario como se puede apreciar en la experiencia de los países nórdicos, un crecimiento del comercio exterior, y de la economía necesariamente va aparejada de un deterioro ambiental.

Desde la Fundación identificamos como principales desafíos la pesca ilegal del tiburón y de pepino de mar.

Contra algunos pronósticos, el libre comercio trae avances en materia de tecnología y prácticas de manejo que derivaron en cambios ambientales positivos.

En estos aspectos desde el Ministerio a mi cargo impulsé la promulgación

El libre comercio estimula en gran medida el crecimiento económico, el


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cual es a su vez indispensable para crear riqueza. Y a mayor riqueza, mejores condiciones de salud ambiental. De hecho, los más grandes avances en medio ambiente que ha hecho la humanidad han venido de la mano con el progreso económico: mejores sistemas de agua potable y alcantarillado, mejor alimentación, más recursos para luchar contra las plagas, y en general mayores posibilidades de construir una infraestructura ambiental, operada por profesionales calificados. Igualmente, los avances científicos que vienen con el desarrollo han dado origen a tecnologías más limpias y amigables con el medio ambiente. ECUADOR: Ambiente

Comercio

y

¾

¾

Medio

¾ El Ecuador es un país mega diverso en términos culturales y biológicos. Se encuentra entre las 17 naciones que albergan entre el 60 y 70 porciento de la diversidad conocida del mundo a pesar de abarcar menos del 0.2% de la superficie del planeta. ¾ Salvar al planeta puede llegar a ser un buen negocio. Casi año y medio después de que Ecuador entró al Mercado de Desarrollo Limpio (MDL), los resultados están a la vista. De tres proyectos registrados entre febrero y abril del 2006, se pasó a nueve a agosto de este año. ¾ El registro, otorgado por una

¾

¾

Junta Ejecutiva, con sede en Alemania y constituida bajo la rectoría de Naciones Unidas, permite a un proyecto obtener certificados de reducción de emisiones de carbono (CERs) o bonos verdes. Los nueve proyectos moverán cerca de USD 22 millones hasta el 2013 a través de la venta de bonos. Así lo muestran las cifras de la Corporación para la Promoción del Mecanismo de Desarrollo Limpio (Cordelim). No todos pueden acceder a este mercado, solo lo harán aquellos proyectos que garanticen el desarrollo de energías alternativas que eviten el uso de agentes contaminantes como el dióxido de carbono (CO2) o el metano. De allí que los proyectos más atractivos son los hidroeléctricos o los de biomasa. El potencial es amplio. Ecuador tiene 41 proyectos más en trámite de registro. Según datos de Cordelim, el país pudiera producir hasta 3,2 millones de bonos verdes al año con estos proyectos. Esto, a un precio promedio de USD 10 por bono (que paga una t de CO2), movería alrededor de USD 224 millones en siete años. Pero la obtención de los CER es un proceso complejo que puede tomar hasta dos años. De los nueve proyectos registrados, tres ya recibieron


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los primeros CER. Estos son: las hidroeléctricos Abanico y Sibimbe, y la generación eléctrica con bagazo de caña del Ingenio San Carlos. Los otros seis están en monitoreo, paso previo a recibir los bonos y algunos negocian con compradores. ITT entra al mercado voluntario ¾ En el Ecuador se ha emprendido la campaña “Mantener el crudo en la tierra” para proteger el parque Yasuní, la mayor fuente de petróleo de Ecuador con reservas probadas de cerca de 1.000 millones de barriles y declarada por la UNESCO reserva mundial de la biosfera en 1989. ¾ Pese al potencial del proyecto de mantener las reservas de crudo en tierra, el ITT no puede entrar al Mercado de

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Desarrollo Limpio (MDL), al menos, no aún. ¾ Antes es necesario crear una metodología de cálculo para estimar la reducción de emisiones que produciría el proyecto. Dentro del MDL solo se contemplan proyectos relacionados con la forestación y reforestación de bosques. El caso del ITT se refiere a la preservación de bosques. El proyecto entra en el mercado de aportes voluntarios. ¾ La propuesta de salvar al Parque Nacional Yasuní recibió el respaldo de la Iniciativa Global Clinton (CGI, en inglés). ¾ La idea de no explotar petróleo en el bloque IshpingoTambococha-Tiputini (ITT), en pleno Yasuní, fue uno de los 20 proyectos seleccionados por CGI, impulsada por el ex presidente estadounidense Bill Clinton.

INFORME Y DOCUMENTO TÉCNICO No. IDT 002- 1107

INFORME DEL VIAJE A LA CIUDAD DE GINEBRA SUIZA, PARA PARTICIPAR EN LA 117 ASAMBLEA DE LA UNION INTERPARLAMENTARIA DESARROLLADA LOS DIAS 8, 9, Y, 10 DE OCTUBRE DE 2OO7.

El presente informe tiene relación al

viaje que realicé conjuntamente con el H. Wilson Sánchez a la Ciudad de Ginebra Suiza, donde se desarrolló la 117 Asamblea de la Unión Interparlamentaria durante los días 8, 9, y 10 de Octubre del año en curso. El viaje lo efectúe por la ruta QuitoMiami-Paris-Ginebra, y el regreso por la ruta Ginebra-Paris-Roma-New


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York-Miami-Quito, conforme lo justifico con los pases a bordo que acompaño. La asamblea Interparlamentaria es el organismo más antiguo cuenta con 117 años de historia y engloba a 40.000 Parlamentarios de 143 países del mundo. En este foro mundial en el cual tuve el honor de representar al Parlamento Andino, se privilegia por el constante diálogo, incluso entre países no amigos o con graves problemas contenciosos en curso, por lo que el Parlamento ha sido un eje importante en el debate y decisiones de propuestas amigables como el caso del bloque Soviético en la época de la guerra fría, en el de Arabia Saudita, y en esta Asamblea el caso de Birmania Irán e Irak. Pero también apoya los procesos de formación y consolidación de la democracia. Derechos humanos, comercio, desarrollo sostenible y calentamiento global. En la Asamblea que se desarrolló en Ginebra-Suiza se trabajo en las tres comisiones permanentes que son: Paz y seguridad Internacional; Desarrollo sostenible financiación y comercio, y democracia y derechos humanos, habiendo presentado una propuesta que fue entregado a la mesa de relatores, cuyo tema es EL ROL DE LOS PARLAMENTARIOS EN LOGRAR UN EQUILIBRIO RAZONABLE ENTRE SEGURIDAD NACIONAL, SEGURIDAD HUMANA Y EVITAR LA AMENAZA CONTRA LA DEMOCRACIA, cuyo texto íntegro, adjunto una copia para

constancia. Los tres días que duró la Asamblea, se caracterizó por discutir y aprobar temas que fueron conocidos por las comisiones permanentes, y un tema urgente como el caso de Birmania, cuya democracia a sido vulnerada por un golpe de Estado, y finalmente adjunto el listado oficial de delegados en donde consta en la página 73 los nombres y apellidos de mi persona y del H. Wilson Sánchez. Atentamente, H. FREDDY GILER ARTEAGA Parlamentario Andino de Ecuador

EL ROL DE LOS PARLAMENTARIOS EN LOGRAR UN EQUILIBRIO RAZONABLE ENTRE LA SEGURIDAD NACIONAL, SEGURIDAD HUMANA Y EN EVITAR LA AMENAZA CONTRA LA DEMOCRACIA Ponente: Parlamentario Andino, Freddy Giler Arteaga Parlamento Andino Comunidad Andina (CAN) Evento: Unión Interparlamentaria 117 Asamblea y Reuniones Conexas (discusiones sobre los artículos, elegidos para el debate durante la Asamblea 118 a desarrollarse en abril del 2008) Lugar: Ginebra- Suiza, Octubre de 2007. Los Parlamentarios que en el mundo entero hemos sido elegidos


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mediante sufragio universal y directo, por los ciudadanos de los países que representamos, nos constituimos en la expresión democrática de la decisión ciudadana, por la que, estamos obligados a generar mecanismos que faciliten la promoción y orientación del imperio de la libertad, de la justicia social, y de la democracia en su mas amplio ejercicio participativo. Sin duda, los parlamentarios en ejercicio de funciones de órganos supranacionales compartimos la responsabilidad de afianzar el sistema democrático, de la paz y la justicia internacional, así como el derecho a la libre autodeterminación de los pueblos a través de la generación de programas que impulsen el desarrollo sostenible en el que la biodiversidad se preserve como fuente de bienestar para la vida del ser humano y la armonía con el desarrollo y crecimiento económico. No es posible luchar contra la pobreza, si nuestro accionar parlamentario no promueve el despertar de una conciencia solidaria y respetuosa con la vida. Las economías no pueden ser sostenidas sino intercambiamos la tecnología valorando el conocimiento ancestral y propendiendo la inserción de la cultura como un elemento articulador para el crecimiento económico. Nuestros pueblos aborígenes son una lección permanente de que la

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exclusión genera asimetrías y menoscaba el derecho a las libertades fundamentales. Es hora de que nuestros pueblos sean dirigidos con verdadero criterio social por el que nos comprometamos a impulsar a que no exista Parlamento que no priorice la satisfacción de necesidades básicas, esto es, que todos los gobiernos establezcan metas concretas para suministrar agua potable de calidad, luz eléctrica, telefonía básica, atención preventiva y curativa de la salud y educación básica de calidad. Empezando por los pueblos abandonados, inhóspitos, en aquellos donde efectivamente la tasa de retorno de cualquier proyecto sea difícil calcular, porque si tenemos desarrollo con grandes cinturones de miseria jamás creceremos como personas de bienestar sino como lobos de nuestro propio ser. América latina y el mundo, no pueden abstraerse a una corriente globalizadora, sí puede despertar a una conciencia de solidaridad por el manejo eficiente y oportuno de los recursos públicos, así como, de impulsar la inversión social que priorice, sobre todo, las relaciones comerciales internacionales con verdadero propósito de crecimiento y desarrollo en las que, se propenda la eliminación de medidas que distorsionan las condiciones de competencia, como las ayudas encubiertas a la protección y, emprender en un intercambio que no ponga freno a la industrialización de


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los países en vías de desarrollo y sobre todo que genere condiciones para el desarrollo humano. Como Parlamentario Andino, soy responsable de manifestar a ustedes el objetivo de nuestros sistemas de integración, de interrelacionarnos como tales, aportando así a la seguridad jurídica de las organizaciones internacionales constituidas en base a los principios del derecho comunitario, por el cual la Comunidad Andina en sus treinta y ocho años de vida ha generado la adhesión de varios países en calidad de asociados, tales como Chile y el MERCOSUR, con el propósito de que, nuestros objetivos de contribuir con la paz mundial se fortalezca en las negociaciones comunitarias como bloques que buscamos disminuir las asimetrías y generar crecimiento armónico y equilibrado de nuestros pueblos. Complementariamente, creo oportuno resaltar los tres puntos básicos del Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Andina:

bilaterales, por tanto debe considerarse el esfuerzo que cada país miembro realiza para participar conjuntamente de ésta negociación. La experiencia de los procesos de integración de derecho comunitario vislumbra la aplicación de cooperación social y solidaria intra y extracomunitaria para efectivamente promover bienestar social; por tanto, los criterios de solidaridad que han permitido la consolidación de la UE debe primar en el acuerdo de asociación con la CAN. Finalmente, el acuerdo de negociación no debe ser considerado como un desafío de supervivencia para la CAN sino un espacio en el que conjunta y complementariamente se convenga en negociaciones que sentarán precedentes a la imperiosa necesidad de quitar el freno al crecimiento a los países en desarrollo, incluir los temas de los tratados de la Ronda de Doha, estimular la competencia sana y promover la cooperación para: •

1. Diálogo político 2. Reforzamiento de la cooperación, y 3. Acuerdo de libre Comercio, en el marco de las normas de la OMC. En este sentido, las diferencias existentes en cuanto a valor económico y desarrollo, entre la UE y CAN obliga a pensar que solo es posible acuerdos birregionales y no

• •

La constitución de fondos de cohesión social y de disminución de asimetrías, fondos que en Europa favorecieron a países mas atrasados dentro de la UE Exigencia de reciprocidad en derecho de establecimiento para proveedores de servicios Asociación para la prestación de todo tipo de servicios (pública, colectiva o privada)


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Preservar el derecho a impulsar políticas de seguridad alimentaria y desarrollo rural Establecer mecanismos que garanticen que la UE cumpla con cooperación financiera, transferencias tecnológicas y acceso a su mercado, libre de medidas no arancelarias.

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Con estos criterios el Acuerdo de Asociación sería la herramienta idónea para contribuir en el cumplimiento de metas por un mundo libre de miseria.

H. FREDDY GILER ARTEAGA Parlamentario Andino


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