Gaceta octubre 2007

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PRONUNCIAMIENTOS APROBADOS EN EL MARCO DE LAS SESIONES REGLAMENTARIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL XXXI PERIODO ORDINARIO DE SESIONES DEL PARLAMENTO ANDINO

RESOLUCIONES DE LA MESA DIRECTIVA

RESOLUCION No. 01…………………3 PLANES DE ACCIÓN 2008 – 2010 DE LAS OFICINAS DE REPRESENTACIÓN PARLAMENTARIA NACIONAL Y DE LAS COMISIONES PERMANENTES

RESOLUCION No. 02…………………6 MODIFICACIÓN AL ARTÍCULO 59 DEL REGLAMENTO GENERAL

RESOLUCIÓN No. 03…………………7 RATIFICACIÓN DEL SECRETARIO GENERAL DEL PARLAMENTO ANDINO, DOCTOR RUBÉN VÉLEZ NÚÑEZ, POR UN NUEVO PERÍODO DE CUATRO AÑOS COMPRENDIDOS ENTRE EL 31 DE DICEMBRE DE 2007 Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 2011 RESOLUCION No. 04…………………8 ORIENTACIÓN, COORDINACIÓN Y DIRECCIÓN DE LAS SOLICITUDES PRESENTADAS POR EL HONORABLE PARLAMENTARIO ANDINO JUAN MARIÁTEGUI


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DECISIONES APROBADAS POR LA PLENARIA DECISIÓN 1193………………………10 MEDIANTE LA CUAL SE REFORMAN EL ARTÍCULO 59 DEL REGLAMENTO GENERAL

DECISIÓN 1194………………………12 RATIFICACIÓN DEL SECRETARIO GENERAL DEL PARLAMENTO ANDINO, DOCTOR RUBÉN VÉLEZ NÚÑEZ, POR UN NUEVO PERÍODO DE CUATRO AÑOS COMPRENDIDOS ENTRE EL 31 DE DICIEMBRE DE 2007 Y EL 31 DICIEMBRE DE 2011

DECISIÓN 1195………………………13 ASISTENCIA SOCIAL Y MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS BÁSICOS DE LOS REFUGIADOS EN LA FRONTERA ECUATORIANA

DECISIÓN No. 1196………………….15 ESTABLECIMIENTO DE MECANISMOS NORMATIVOS QUE PERMITAN A LOS PAISES DE LA COMUNIDAD ANDINA SANCIONES CON PENAS PRIVATIVAS DE LA LIBERTAD A QUIENES ESPECULEN CON ELEVAR LOS PRECIOS EN ÉPOCAS DE CONMOCIÓN NACIONAL O DESASTRES NATURALES

RECOMENDACIONES APROBADAS POR LA PLENARIA

RECOMENDACIÓN No. 198………16 INCLUSIÓN DE LOS TEMAS RELACIONADOS CON LOS DERECHOS HUMANOS EN LA COMUNIDAD ANDINA EN LOS PROGRAMAS ACADÉMICOS DE LA UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR

RECOMENDACIÓN No. 199………..18 CREAR EL FONDO MUTUO DE ASISTENCIA ANDINA PARA APOYO EN DESASTRES NATURALES


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PROYECTOS DE PRONUNCIAMIENTO A SER CONOCIDOS Y DEBATIDOS EN EL MARCO DE LAS SESIONES REGLAMENTARIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL XXXI PERIODO ORDINARIO DE SESIONES DEL PARLAMENTO ANDINO PROYECTO DE PRONUNCIAMIENTO No. PD 001 – 1007…………………...21

PROYECTO DE DECISION No. PD 002 – 1007…………………………….23

INFORMES Y DOCUMENTOS TÉCNICOS INFORME Y DOCUMENTO TÉCNICO No. IDT 001- 1007…………………………27

PRONUNCIAMIENTOS APROBADOS EN EL MARCO DE LAS SESIONES REGLAMENTARIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL XXXI PERIODO ORDINARIO DE SESIONES DEL PARLAMENTO ANDINO RESOLUCIONES DE LA MESA DIRECTIVA RESOLUCION No. 01 PLANES DE ACCIÓN 2008 – 2010 DE LAS OFICINAS DE REPRESENTACIÓN PARLAMENTARIA NACIONAL Y DE LAS COMISIONES PERMANENTES

La Mesa Directiva, reunida el día veinticinco (25) de Septiembre de 2007, en la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, en las sesiones reglamentarias del mes de Septiembre del XXXI Periodo Ordinario de Sesiones,

CONSIDERANDO Que, el artículo 43 del Acuerdo de Cartagena establece que el Parlamento Andino debe participar en la promoción y orientación del proceso de


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integración subregional andina, con miras a la consolidación de la integración latinoamericana. Que, de conformidad al Artículo 43 del Reglamento General la Mesa Directiva tiene entre sus funciones: a) Orientar, coordinar, dirigir, ejecutar y supervisar las actividades y tareas de los diferentes dignatarios del Parlamento Andino, con el fin de lograr una mejor organización interna para una eficiente labor deliberativa y administrativa. b) Asegurar el eficiente funcionamiento de las Comisiones, promoviendo el desarrollo permanente de su gestión y efectuando una adecuada coordinación y seguimiento de sus actividades, asimismo, dirimir los conflictos de competencia que se suscitaren entre éstas. d) Establecer mecanismos que permitan la información y el seguimiento de las actividades de los Órganos e Instituciones del Sistema Andino de Integración. m) Elaborar una agenda anual de actividades, la misma que debe ser aprobada por la Plenaria. Que, mediante la Decisión No. 1153 del IX Periodo Extraordinario de Sesiones, se aprobó el Plan Estratégico de Desarrollo Institucional del Parlamento Andino, “que logre incorporarlo de manera relevante y

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protagónica al Sistema Andino de Integración, a fin de cumplir un papel más destacado y reconocido dentro del proceso con miras a consolidar en los próximos años su democratización, a través de la plena definición y ejercicio de los poderes comunitarios” Que, el mencionado Plan Estratégico de Desarrollo Institucional del Parlamento Andino, define ocho grandes ejes temáticos cuyo abordaje se debe hacer a través de espacios de debate de alto contenido político y técnico en el ámbito regional, que retroalimenten y orienten la reflexión sobre algunos cuestionamientos y dilemas presentes en la región. Estos ejes son: • •

• •

La consolidación democrática y la gobernabilidad en la Subregión; La profundización de la Integración y la viabilidad de los actuales modelos de desarrollo económico; La democratización del proceso de toma de decisiones en el espacio supranacional; La evolución de la integración definida por estrategias intergubernamentales a una orientada por políticas de Estado; El fortalecimiento del Sistema Andino de Integración como un espacio de coordinación y planificación de las políticas comunitarias; La definición comunitaria de un proyecto de cultura ciudadana para la paz y la integración;


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• •

La construcción y plena vigencia del derecho comunitario; El diseño de una agenda política y social sudamericana;

Que, el artículo 59 del Reglamento General del Parlamento Andino establece las Competencias de las Comisiones y el artículo 62 del mismo instrumento reglamentario consagra que las Oficinas de Representación Parlamentaria Nacional son órganos de enlace y coordinación con la Secretaría General, las Comisiones, la Mesa Directiva y demás miembros del Parlamento Andino; En uso de sus atribuciones y conforme a lo prescrito en su Reglamento General, la Mesa Directiva. RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Encargar a los Vicepresidentes presentar el Plan de Acción 2008 – 2010 de las respectivas Oficinas de las Representaciones Parlamentarias Nacionales; y a las Comisiones Permanentes del Parlamento Andino, presentar sus correspondientes Planes de Acción 2008 – 2010 de conformidad a los temas supranacionales de la Comunidad Andina.

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Los Planes de Acción 2008- 2010 de que trata el presente artículo, deberán ser presentados en las Sesiones Reglamentarias del mes de Octubre del XXXI Periodo Ordinario de Sesiones.

ARTÍCULO SEGUNDO. Tomar como base para la elaboración de los Planes de Acción 2008 - 2010 el Plan Estratégico de Desarrollo Institucional del Parlamento Andino aprobado mediante la Decisión No. 1153 del IX Periodo Extraordinario de Sesiones. ARTÍCULO TERCERO. Designar a la Oficina Central, en cabeza del Secretario General, Doctor Rubén Vélez Núñez, para que armonice y presente ante la Plenaria una propuesta unificada de Plan de Acción Institucional 2008 – 2010 para su correspondiente aprobación y entrada en vigencia. Notifíquese y publíquese Dado en la ciudad de Bogotá, República de Colombia a los veinticinco (25) del mes de Septiembre de 2007.


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RESOLUCION No. 02 MODIFICACIÓN AL ARTÍCULO 59 DEL REGLAMENTO GENERAL La Mesa Directiva, reunida el día veinticinco (25) de Septiembre de 2007, en la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, en las sesiones reglamentarias del mes de Septiembre del XXXI Periodo Ordinario de Sesiones,

Acreditaciones, a un número de cinco en consideración a un representante por cada Representación Parlamentaria Nacional;

CONSIDERANDO

En uso de sus atribuciones y conforme a lo prescrito en su Reglamento General, la Mesa Directiva. RESUELVE

Que, de acuerdo al literal p) del Artículo 43 del Reglamento General es competencia de la Mesa Directiva conocer las propuestas de reforma al Reglamento General presentadas por los miembros del Parlamento Andino y presentarlas a la Plenaria;

ARTÍCULO ÚNICO: Presentar para consideración y debate de la Plenaria la propuesta de reformar la última parte del Artículo 59 del Reglamento General, correspondiente a la Comisión de Ética y Acreditaciones de la siguiente manera:

Que, de conformidad con el Artículo 59 del Reglamento General, la Comisión Especial de Ética y Acreditaciones estará conformada por tres miembros principales de diferentes nacionalidades, quienes cumplirán funciones por cada Periodo Ordinario de Sesiones; Que, la Plenaria en consideración a los criterios de proporcionalidad y participación, en el marco de las Sesiones Reglamentarias de Agosto del XXXI Periodo Ordinario de Sesiones debatió sobre la necesidad de ampliar el número de miembros de la Comisión Especial de Ética y

“ARTÍCULO 59. (…) COMISIÓN ESPECIAL DE ÉTICA Y ACREDITACIONES.- Esta Comisión estará integrada por representantes principales de los países que integran el Parlamento Andino, quienes tendrán las siguientes funciones: (…). “ Notifíquese y publíquese Dado en la ciudad de Bogotá, República de Colombia a los veinticinco (25) del mes de Septiembre de 2007.


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RESOLUCIÓN No. 03 RATIFICACIÓN DEL SECRETARIO GENERAL DEL PARLAMENTO ANDINO, DOCTOR RUBÉN VÉLEZ NÚÑEZ, POR UN NUEVO PERÍODO DE CUATRO AÑOS COMPRENDIDOS ENTRE EL 31 DE DICEMBRE DE 2007 Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 2011 La Mesa Directiva, reunida el día veinticinco (25) de Septiembre de 2007, en la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, en las sesiones reglamentarias del mes de Septiembre del XXXI Periodo Ordinario de Sesiones, CONSIDERANDO Que, el literal l) del artículo 43 del Reglamento General establece que es función de la Mesa Directiva poner a consideración de la Plenaria el nombre del candidato a Secretario General para su designación y evaluar el desempeño de la Secretaría General; Que, el Doctor RUBÉN VÉLEZ NÚÑEZ, Secretario General del Parlamento Andino, cumple su período en Diciembre del presente año; Que, es importante notificar al Ministerio de Relaciones Exteriores del

Ecuador con la debida antelación, para que emita al correspondiente Acuerdo Ministerial, otorgando los fondos necesarios para el pago de las remuneraciones del Secretario General, conforme al Reglamento; Que, el trabajo realizado por el Secretario General a cargo de la Oficina Central ha contribuido al fortalecimiento institucional y al cumplimiento de las atribuciones otorgadas por Acuerdo de Cartagena al Parlamento Andino; Que, el proceso de elecciones directas que cursa actualmente en Colombia, así como la necesidad de avanzar en este mismo proceso en la República de Bolivia demandan la experiencia y dedicación que el Doctor Rubén Vélez ha demostrado en sus labores como Secretario General;


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En uso de sus atribuciones y conforme a lo prescrito en su Reglamento General, la Mesa Directiva. RESUELVE

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comprendidos entre el 31 de Diciembre de 2007 hasta el 31 de Diciembre de 2011. Notifíquese y publíquese

ARTÍCULO ÚNICO: Solicitar a la Plenaria la ratificación del ciudadano ecuatoriano Doctor Rubén Vélez Núñez, en el cargo de Secretario General del Parlamento Andino, para un nuevo período de cuatro años

Dado en la ciudad de Bogotá, República de Colombia a los veinticinco (25) del mes de Septiembre de 2007.

RESOLUCION No. 04

ORIENTACIÓN, COORDINACIÓN Y DIRECCIÓN DE LAS SOLICITUDES PRESENTADAS POR EL HONORABLE PARLAMENTARIO ANDINO JUAN MARIÁTEGUI La Mesa Directiva, reunida el día veinticinco (25) de Septiembre de 2007, en la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, en las sesiones reglamentarias del mes de Septiembre del XXXI Periodo Ordinario de Sesiones, CONSIDERANDO

Que, de acuerdo al Reglamento General dentro de las funciones de la Mesa Directiva se encuentran las siguientes: a) Orientar, coordinar, dirigir, ejecutar y supervisar las actividades y tareas de los diferentes dignatarios del Parlamento Andino, con el fin de lograr una mejor organización


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e)

f)

o)

r)

interna para una eficiente labor deliberativa y administrativa; Disponer la distribución de los diferentes temas entre las Comisiones y el Plenario. En receso de la Plenaria, interpretar el alcance y sentido de todos los actos normativos emitidos por cualquier órgano del Parlamento Andino Conocer las propuestas de reforma al Reglamento General presentadas por los miembros del Parlamento Andino y presentarlas a la Plenaria. Las demás que le permitan cumplir cabalmente con su rol directivo.

Que, el Parlamentario Andino por la República del Perú presentó un Proyecto de Decisión para la modificación del Reglamento General del Parlamento Andino como cuestión previa a la aprobación del proyecto de Código de Ética a cargo de la Comisión de Ética y Acreditaciones del Parlamento Andino, el cual en la parte decisoria propone lo siguiente: “La Comisión de Ética y Acreditaciones del Parlamento Andino debe formular el proyecto de modificación del Reglamento General del Parlamento Andino como cuestión previa al proyecto de Código de Ética, de conformidad con la exposición de motivos de este instrumento”. Que, dentro de las Competencias que le otorga el Artículo 59 del Reglamento General, a la Comisión de Ética y

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Acreditaciones no se establece la de formular proyectos de modificación al Reglamento General del Parlamento Andino En uso de sus atribuciones y conforme a lo prescrito en su Reglamento General, la Mesa Directiva. RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Que de conformidad al Reglamento General del Parlamento Andino, no es competencia de la Comisión de Ética y Acreditaciones presentar proyectos de Reforma al Reglamento General como cuestión previa a la presentación de la propuesta de Código de Ética Parlamentario. ARTÍCULO SEGUNDO: Informar al Honorable Parlamentario Andino Juan Mariátegui que de conformidad al Reglamento General del Parlamento Andino, en su condición de Parlamentario Andino, en su propio nombre y representación, puede presentar directamente las propuestas de Reforma al Reglamento General que considere pertinentes, observando las disposiciones consagradas en el mencionado instrumento reglamentario para tal fin. Notifíquese y publíquese Dado en la ciudad de Bogotá, República de Colombia a los veinticinco (25) del mes de Septiembre de 2007.


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DECISIONES APROBADAS POR LA PLENARIA DECISIÓN 1193 MEDIANTE LA CUAL SE REFORMAN EL ARTÍCULO 59 DEL REGLAMENTO GENERAL

El Parlamento Andino en las Sesiones Reglamentarias del mes de Septiembre de su XXXI Período Ordinario de Sesiones, celebradas en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, durante los días 24, 25 y 26 de Septiembre de 2007. CONSIDERANDO Que, de acuerdo a disposiciones Reglamentarias es competencia de la Plenaria aprobar las reformas reglamentarias; Que, Mesa Directiva en cumplimiento de lo establecido en el literal p) del Artículo 43 del Reglamento General conoció de la propuesta de reforma del Reglamento y la puso a consideración

de la Plenaria para el correspondiente debate y aprobación. Que, de conformidad con el Artículo 59 del Reglamento General, la Comisión Especial de Ética y Acreditaciones estará conformada por tres miembros principales de diferentes nacionalidades, quienes cumplirán funciones por cada Periodo Ordinario de Sesiones; Que, la Plenaria en consideración a los criterios de proporcionalidad y participación, en el marco de las Sesiones Reglamentarias de Agosto del XXXI Periodo Ordinario de Sesiones debatió sobre la necesidad de ampliar el número de miembros de la Comisión Especial de Ética y Acreditaciones, a un número de cinco


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en consideración a un representante por cada Representación Parlamentaria Nacional; Por los considerandos antes expuestos, el Parlamento Andino, constituido en su Plenaria; en uso de sus atribuciones y de conformidad a lo previsto en el Reglamento General DECIDE ARTÍCULO PRIMERO: Modificar la última parte del Artículo 59 del Reglamento General, correspondiente a la Comisión Especial de Ética y Acreditaciones, de la siguiente manera: “ARTÍCULO 59. (…)

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el Parlamento Andino, quienes tendrán las siguientes funciones: (…). “ ARTÍCULO SEGUNDO: Designar como miembros de la Comisión de Ética y Acreditaciones del Parlamento Andino para un periodo de dos años a los siguientes Parlamentarios: Por la República de Bolivia: H.S. Luis Vásquez Villamor Por la República de Colombia: H.S. Oscar Darío Pérez Por la República de Ecuador: P.A. Marcelo Dotti Almeida Por la República del Perú: P.A. Auristela Obando Morgan Por la República de Chile: H.D. Claudio Alvarado Notifíquese y publíquese

COMISIÓN ESPECIAL DE ÉTICA Y ACREDITACIONES.- Esta Comisión estará integrada por representantes principales de los países que integran

Dado y firmado en la ciudad de Bogotá, República de Colombia a los veintiséis (26) días del mes de Septiembre de 2007.


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DECISIÓN 1194 RATIFICACIÓN DEL SECRETARIO GENERAL DEL PARLAMENTO ANDINO, DOCTOR RUBÉN VÉLEZ NÚÑEZ, POR UN NUEVO PERÍODO DE CUATRO AÑOS COMPRENDIDOS ENTRE EL 31 DE DICIEMBRE DE 2007 Y EL 31 DICIEMBRE DE 2011 El Parlamento Andino en las Sesiones Reglamentarias del mes de Septiembre de su XXXI Período Ordinario de Sesiones, celebradas en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, durante los días 24, 25 y 26 de Septiembre de 2007.

la Plenaria del Parlamento Andino la ratificación al Doctor Rubén Vélez Núñez, como Secretario General de dicho organismo para un período de cuatro años comprendido entre el 31 de Diciembre de 2007 y al 31 de Diciembre de 2011;

CONSIDERANDO

Que, la mencionada Decisión se toma con la debida antelación que le permita al Secretario General, Doctor Rubén Vélez Núñez realizar los trámites correspondientes ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Ecuador;

Que, el ciudadano Ecuatoriano Doctor RUBÉN VÉLEZ NÚÑEZ, Secretario General del Parlamento Andino, cumple su período en Diciembre del presente año; Que, es importante resaltar que ha sido el Gobierno de la República del Ecuador a través de su Ministerio de Relaciones Exteriores que mediante Acuerdo Ministerial, ha otorgando los fondos necesarios para el pago de las remuneraciones del Secretario General, conforme al Reglamento;

Por los considerandos antes expuestos y previo conocimiento y solicitud de la Mesa Directiva, el Parlamento Andino, constituido en su Plenaria; en uso de sus atribuciones y de conformidad a lo previsto en el Reglamento General

Que, el Doctor Rubén Vélez Núñez se ha constituido en un pilar fundamental para el fortalecimiento institucional del Parlamento Andino a través de su invaluable apoyo desde la Secretaría General de este Organismo;

ARTÍCULO PRIMERO: Ratificar al ciudadano ecuatoriano Doctor Rubén Vélez Núñez, en el cargo de Secretario General del Parlamento Andino, para un nuevo período de cuatro años comprendidos entre el 31 de Diciembre de 2007 hasta el 31 de Diciembre de 2011.

Que, la Mesa Directiva, a través de la Resolución No. 03, del 25 de septiembre de 2007 resolvió solicitar a

DECIDE


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ARTÍCULO SEGUNDO: Agradecer a la hermana República del Ecuador, en la persona de su Excelentísima Ministra de Relaciones Exteriores, Doctora María Fernanda Espinosa por el apoyo brindado a nuestro Órgano, que hace posible la presencia del Doctor Rubén Vélez Núñez como Secretario General de esta Institución. Al mismo tiempo de notificarle de esta Decisión, muy comedidamente solicitarle, dicte el correspondiente Acuerdo Ministerial que garantice las

remuneraciones que le corresponda al mencionado funcionario. ARTÍCULO TERCERO: Incorporar una disposición transitoria en el Reglamento General del Parlamento Andino. Notifíquese y publíquese Dado y firmado en la ciudad de Bogotá, República de Colombia a los veintiséis (26) días del mes de Septiembre de 2007.

DECISIÓN 1195 ASISTENCIA SOCIAL Y MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS BÁSICOS DE LOS REFUGIADOS EN LA FRONTERA ECUATORIANA

El Parlamento Andino en las Sesiones Reglamentarias del mes de Septiembre de su XXXI Período Ordinario de Sesiones, celebradas en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, durante los días 24, 25 y 26 de Septiembre de 2007.

CONSIDERANDO Que, entre los objetivos del Acuerdo de Cartagena, está el de fortalecer la solidaridad subregional y reducir las diferencias existentes entre los Países Miembros, así como el mejorar el nivel


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de vida de los habitantes de la subregión; Que, en virtud de las calamidades naturales y de los efectos de la violencia de los grupos armados al margen de la ley que generan desplazamiento forzado de los hermanos campesinos e indigenas de la República de Colombia los han forzado a refugiarse en la frontera norte de Ecuador durante periodos indeterminados; Que, reconociendo que el drama de los refugiados y desplazados pertenece a la Seguridad Regional que debe ser preocupación de la Comunidad Andina e internacional; Que, el Parlamento Andino, Órgano Deliberante y de Control de la Comunidad Andina, representan de los pueblos de la subregión, debe manifestar su profunda preocupación de que estos refugiados y desplazados, particularmente mujeres, niños y ancianos están en una situación deprimente, y que por tanto requieren cuidados especiales; Por los considerandos antes expuestos, el Parlamento Andino, constituido en su Plenaria; en uso de sus atribuciones y de conformidad a lo previsto en el Reglamento General DECIDE ARTÍCULO PRIMERO: Hacer un llamado a los gobiernos de los Países Miembros de la Comunidad Andina, a

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los Representantes de los Órganos e Instituciones del Sistema Andino de Integración y a las Naciones Unidas a través del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) a dar pasos efectivos para facilitar, ayudar y supervisar a los desplazados y refugiados en el Ecuador. ARTÍCULO SEGUNDO: Enfatizar la importancia de la solidaridad andina y la disposición de compartir la responsabilidad en prestar ayuda social inmediata, resolver la cuestión de los refugiados y urgir a los representantes de los Órganos e Instituciones del Sistema Andino de Integración a cooperar en los esfuerzos para aliviar la carga del Ecuador que ha recibido gran número de refugiados y desplazados. ARTÍCULO TERCERO: Exhortar al gobierno de la República de Colombia a buscar los medios para la asistencia social y mejoramiento de los servicios básicos de los refugiados en la frontera ecuatoriana, estudiando la viabilidad de establecer en un lugar de la frontera colombo ecuatoriana un centro de asistencia y albergue para los refugiados y desplazados provenientes de Colombia. Notifíquese y publíquese Dado y firmado en la ciudad de Bogotá, República de Colombia a los veintiséis (26) días del mes de Septiembre de 2007.


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DE CISIÓN No. 1196 ESTABLECIMIENTO DE MECANISMOS NORMATIVOS QUE PERMITAN A LOS PAISES DE LA COMUNIDAD ANDINA SANCIONES CON PENAS PRIVATIVAS DE LA LIBERTAD A QUIENES ESPECULEN CON ELEVAR LOS PRECIOS EN ÉPOCAS DE CONMOCIÓN NACIONAL O DESASTRES NATURALES El Parlamento Andino en las Sesiones Reglamentarias del mes de Septiembre de su XXXI Período Ordinario de Sesiones, celebradas en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, durante los días 24, 25 y 26 de Septiembre de 2007. CONSIDERANDO Que, el 15 de agosto en la República de Perú se presentó un sismo de una magnitud de 7,9 en la escala abierta de Richter que sacudió el centro y sur de Perú y ocasionó la muerte de más de 500 personas; más de 1.000 heridos y un promedio de 70% de las ciudades afectadas en ruinas; edificios destruidos, carreteras destrozadas. Que, a consecuencia de ello, muchos comerciantes inescrupulosos, se aprovecharon de la situación terrible de las necesidades que pasaba la población y optaron en incrementar escandalosamente los precios de bienes de primera necesidad, pasajes

de transportes y materiales de construcción, lucrándose con el dolor ajeno de las victimas del desastre. Que, dentro de las atribuciones del Parlamento Andino está la de sugerir a los Órganos e Instituciones del Sistema Andino de Integración, las acciones o decisiones que tengan por objeto o efecto la adopción de modificaciones, ajustes o nuevos lineamientos generales con relación a los objetivos programáticos y a la estructura institucional. Por los considerandos antes expuestos, el Parlamento Andino, constituido en su Plenaria; en uso de sus atribuciones y de conformidad a lo previsto en el Reglamento General. DECIDE ARTICULO ÚNICO: Exhortar a los gobiernos de los países miembros de la Comunidad Andina a diseñar una normativa que permita sanciones


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ejemplarizadoras con penas privativas de la libertad a quienes especulen con elevar los precios de la canasta básica en épocas de Conmoción Nacional o Desastres Naturales.

Notifíquese y publíquese Dado y firmado en la ciudad de Bogotá, República de Colombia a los veintiséis (26) días del mes de Septiembre de 2007.

RECOMENDACIONES APROBADAS POR LA PLENARIA RECOMENDACIÓN No. 198 INCLUSIÓN DE LOS TEMAS RELACIONADOS CON LOS DERECHOS HUMANOS EN LA COMUNIDAD ANDINA EN LOS PROGRAMAS ACADÉMICOS DE LA UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR El Parlamento Andino en las Sesiones Reglamentarias del mes de Septiembre de su XXXI Período Ordinario de Sesiones, celebradas en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, durante los días 24, 25 y 26 de Septiembre de 2007. CONSIDERANDO Que, a través de la Decisión 586 del 7 de mayo de 2004, se aprueba el Programa de Trabajo para la Difusión y Ejecución de la Carta Andina para la

Promoción y Protección de los Derechos Humanos, en la cual se acuerda que los países andinos debe organizar programas regionales para difundir los principios de la Carta mediante la designación de las Direcciones de Derechos Humanos de los Ministerios de Relaciones Exteriores o departamento que trate esta temática; Que, el Parlamento Andino órgano deliberante y de control del Sistema Andino de Integración de conformidad


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a su Tratado Constitutivo, tiene entre otros propósitos el de coadyuvar a la promoción y orientación del proceso de integración de la Comunidad Andina, velar por el respeto a los Derechos Humanos dentro del marco de los instrumentos internacionales vigentes sobre la materia de todas las partes contratantes y el de promover en los pueblos de la subregión andina la toma de conciencia y la más amplia difusión de los principios y normas que orientan el establecimiento de un nuevo orden internacional; Que, el Artículo 43 del Acuerdo de Cartagena, le otorga al Parlamento Andino entre otras las atribuciones para participar en la promoción y la orientación del proceso de la Integración Subregional Andina, con miras a la consolidación de la integración latinoamericana, así como la atribución para sugerir a los órganos e instituciones del Sistema Andino de Integración, las acciones o decisiones que tengan por objeto o efecto, la adopción de modificaciones, ajustes o nuevos lineamientos generales con relación a los objetivos programáticos y a la estructura institucional del Sistema Andino de Integración; Que, la Universidad Andina Simón Bolívar fue creada por el Parlamento Andino en 1985 y forma parte del Sistema Andino de Integración en su condición de institución académica que dentro de su ámbito de acción, debe contribuir a profundizar la integración subregional andina, promover su proyección externa y consolidar y robustecer las acciones relacionadas

con

el

proceso

de

integración.

Que, los objetivos de la Universidad son la investigación, la enseñanza universitaria y la prestación de servicios, especialmente para la transmisión y desarrollo de conocimientos científicos y tecnológicos, el desarrollo de la cultura y el fomento al espíritu de cooperación y coordinación entre las universidades de la Comunidad Andina. Que, la Universidad Andina Simón Bolívar, para cumplir con los objetivos y metas para los que fue creada, contribuye al desarrollo de la educación superior en la Comunidad Andina mediante la ejecución de diversas actividades académicas que se realizan tanto en su Sede Central como en sus unidades descentralizadas en la subregión. En términos generales se pueden concretar estas actividades en: Por los considerandos antes expuestos, el Parlamento Andino, constituido en su Plenaria; en uso de sus atribuciones y de conformidad a lo previsto en el Reglamento General RECOMIENDA ARTÍCULO ÚNICO: A la Universidad Andina Simón Bolívar incluir dentro del pensum de los programas académicos el tema de los Derechos Humanos en el marco de la Comunidad Andina, esto es, la Carta Andina de Promoción y Protección de los Derechos Humanos, el Programa de Difusión de la Carta Andina de Derechos Humanos, la Declaración de Machu Picchu, la Carta Social Andina.


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(26) días del mes de Septiembre de 2007.

Notifíquese y publíquese Dado y firmado en la ciudad de Bogotá, República de Colombia a los veintiséis

RECOMENDACIÓN No. 199 CREAR EL FONDO MUTUO DE ASISTENCIA ANDINA PARA APOYO EN DESASTRES NATURALES El Parlamento Andino en las Sesiones Reglamentarias del mes de Septiembre de su XXXI Período Ordinario de Sesiones, celebradas en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, durante los días 24, 25 y 26 de Septiembre de 2007. CONSIDERANDO Que, el 29 de noviembre de 1974, los Ministros de Salud de los países del área Andina (Bolivia, Colombia, Chile, Ecuador, Perú y Venezuela) firmaron el Convenio Hipólito Unanue. Dicho convenio fija como objetivo mejorar la salud humana en los países del área para lo cual deberán iniciarse acciones coordinadas con miras a contribuir de esa forma a "promover el desarrollo

equilibrado y armónico de los países miembros" y "procurar un mejoramiento del nivel de vida de los habitantes de la subregión"; Que, entre otros objetivos se trataron temas fronterizos de salud, especialmente los vinculados con las enfermedades transmisibles y con las migraciones poblacionales; la desnutrición; la protección maternoinfantil; la educación sanitaria de las poblaciones; la contaminación ambiental; la salud ocupacional; Que, en 1987, los Ministros de Salud aprobaron un Plan de Acción Conjunta para el Área Andina, denominado "Cooperación Andina en Salud" (CAS);


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Que, en 1992, los Ministros de Salud, reunidos en Santafé de Bogotá, discutieron los resultados obtenidos a través de los cinco años de formalización de la CAS, llegando a la conclusión de que, aún eran insatisfactorios; Que, los Ministros de Colombia, Chile, Ecuador, Perú, Venezuela y Bolivia, se reunieron en Santa Cruz, para definir nuevas acciones y estrategias que les permitan fortalecer el área de salud, dentro de realización del XXVIII Reunión de Ministros de Salud del Área Andina (REMSAA); Que, la Cooperación Andina de Salud (CAS) tiene como propósito "aunar esfuerzos para contribuir a mejorar las condiciones de salud de la población andina"; Que, a la fecha, las prioridades estratégicas de la CAS se han establecido como áreas programáticas, y cada una está a cargo de uno de los países. Las áreas y países responsables son: a) Salud Maternoinfantil (Bolivia); b) Control de las Enfermedades Transmisibles Prevalentes (Ecuador); c) Saneamiento Ambiental (Perú); d) Preparación para Desastres y Atención de Emergencias (Colombia); e) Prevención y Control de la Farmacodependencia (Colombia); f) Desarrollo de los Servicios de Salud (Venezuela); y g) Modernización de los Sistemas de Salud (Chile); Que, es necesarios que los gobiernos de la subregión continúen desarrollando políticas de seguridad

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agroalimentaria, de asistencia agroalimentaria, de medicinas y atención médica directas en los sectores de escasos recursos y, particularmente, para los menores en edad escolar; Que, los desastres suceden de improviso y normalmente afectan a un amplio sector de la población, concentrándose en los sectores de menores recursos económicos; Que, salvar una vida es directamente proporcional a la inmediatez con la que se brinde ayuda y en muchas ocasiones la disponibilidad de recursos se convierte en una limitante; Que, el recaudar fondos periódicamente facilita el proceso de desembolso, así como la eficiente administración de los mismos y que cuando se cuenta con una base monetaria es factible anticiparse a lo hechos y en muchas ocasiones ayudar a prevenir o disminuir el impacto de los desastres; Por los considerandos antes expuestos, el Parlamento Andino, constituido en su Plenaria; en uso de sus atribuciones y de conformidad a lo previsto en el Reglamento General RECOMIENDA ARTÍCULO PRIMERO: A la Comisión de la Comunidad Andina, revisar próximamente la viabilidad financiera de crear el Fondo Mutuo de Asistencia Andina brindando los lineamientos generales para la organización y


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funcionamiento del mismo en la búsqueda de atender los desastres que se presenten al interior de la Comunidad Andina de manera inmediata, programada y eficaz. ARTICULO SEGUNDO: A la Reunión de Ministros de Salud del Área Andina y al Convenio Hipolito UnanueOrganismo Andino de Salud a diseñar un estudio de factibilidad operativa para la creación del “Fondo Mutuo de Asistencia Andina”, que permita afrontar posibles brotes epidémicos y cooperación asistencial en salud a consecuencia de los desastres naturales, en los países miembros, aliviando de esta manera sus presupuestos individuales de cada país miembro.

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de Desastres (CAPRADE), definir las líneas de acción sobre las que el Fondo Mutuo de Asistencia Andina empezará a incidir, así como identificar los principales requerimientos económicos de las zonas en desastres. ARTÍCULO CUARTO: A las Comisiones Cuarta y Quinta del Parlamento Andino, trabajar conjuntamente al seguimiento de la presente Recomendación e informar periódicamente a la Plenaria del Parlamento Andino. Notifíquese y publíquese Dado y firmado en la ciudad de Bogotá, República de Colombia a los veintiséis (26) días del mes de Septiembre de 2007.

ARTÍCULO TERCERO: Al Comité Andino para la Prevención y Atención

PROYECTOS DE PRONUNCIAMIENTO A SER CONOCIDOS Y DEBATIDOS EN EL MARCO DE LAS SESIONES REGLAMENTARIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL XXXI PERIODO ORDINARIO DE SESIONES DEL PARLAMENTO ANDINO


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PROYECTO DE PRONUNCIAMIENTO No. PD 001 – 1007

1. AUTOR Honorable Senador por la República de Bolivia, Ricardo Alberto Díaz Presidente de la Comisión Segunda “De Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología y Comunicaciones” 2. EXPOSICION DE MOTIVOS. La Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas – ONU, aprobó la Declaración de Derechos de los Pueblos Indígenas este jueves 13 de septiembre de 2007, esta declaración que protege los derechos humanos, a la tierra y los recursos naturales de los 370 millones de indígenas en el mundo, Los pueblos originarios de todo el mundo tienen a partir de ahora el derecho a la autodeterminación, al control de su tierra y sus recursos naturales, y la preservación de su cultura y sus tradiciones, según la declaración aprobada por la Asamblea General de la ONU en Nueva York. A pesar de la resistencia de Estados Unidos, Canadá, Australia y Nueva Zelanda donde los aborígenes reclaman vastas tierras con ricas reservas, 143 de los 192 países representados en la Asamblea General decidieron adoptar la Declaración Universal de Derechos de los Pueblos Indígenas. Once naciones se abstuvieron del voto.

Este documento establece el derecho a la autodeterminación de los indígenas, incluyendo el “derecho a la autonomía o autogobierno en temas relacionados con sus asuntos internos y locales, así como caminos y formas para financiar sus funciones autónomas”. Los indígenas en todo el mundo, particularmente en países en vías de desarrollo, se quejan de malos tratos, violaciones de los derechos humanos y pérdida de libertades personales así como de sus tierras en sus propios territorios. Los territorios donde viven los indígenas no pueden ser utilizados con fines militares ni, como era frecuente en el pasado, para el depósito de residuos tóxicos, indica el texto. Los indígenas no pueden ser desplazados de sus tierras o territorios, mientras que su relocalización no puede ser llevada a cabo sin consentimiento previo, tras una decisión tomada con libertad. Los 46 artículos de la declaración otorgan a los indígenas gran cantidad de derechos, la mayoría de ellos tomados de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, así como de otros tratados sobre los derechos humanos y las libertades políticas y civiles.

3. TÍTULO


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APROBACION DE LA RESOLUCIÓN DE LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS – ONU 4. CONSIDERANDOS Que, habiendo sido aprobada el 13 de septiembre de 2007, la histórica Resolución de la Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos Indígenas – ONU, en la que se reconoce los derechos humanos, la tierra y los recursos naturales de los 370 millones de indígenas, resolución votada por 143 de sus 192 países miembros. Que, se trata del mayor reconocimiento a los derechos de los pueblos originarios del planeta en la historia universal plagada de exterminio, explotación y discriminación aberrantes

naturales de sus territorios, la preservación de sus conocimientos tradicionales y la autodeterminación. El indígena tiene derecho al disfrute pleno de todos los recursos humanos y libertades fundamentales reconocidas por la Carta Fundamental de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, derechos que no eran completamente aceptados por la comunidad internacional Que, de manera histórica las Naciones Unidas consideran que los indígenas en ejercicio de su derecho de libre determinación tienen derecho a la autonomía o autogobierno. Esta puntualización es sin lugar a dudas una de las conquistas más importantes de los pueblos originarios, los que tienen derecho a promover, desarrollar y mantener sus estructuras institucionales 5. ARTICULADO

Que, con esta resolución se reivindica a centenares de millones de indígenas que dieron sus vidas desde que el navegante genovés Cristóbal Colón, desembarcó, por error de cálculo, en el nuevo mundo a fines de 1492, y desde esa fecha comenzó la lucha de resistencia contra un dominio extranjero. Que, este documento internacional aprobado por la ONU y que esta compuesto de 46 artículos y señalan puntualmente el respeto a los derechos de los pueblos indígenas del mundo, incluye la propiedad de su tierras, acceso a los recursos

ARTÍCULO PRIMERO.- Acoger con beneplácito la aprobación de la Resolución de la “Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos Indígenas – ONU” de fecha 13 de septiembre de 2007 y expresar su reconocimiento por la aprobación de este documento de importancia histórica al Consejo de las Naciones Unidas. ARTICULO SEGUNDO.- Difundir en el área de la Comunidad Andina, a través de las diferentes representaciones del Parlamento Andino el contenido de la


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Declaración objeto de la presente

Decisión.

PROYECTO DE DECISION No. PD 002 – 1007

1. AUTOR. Honorable Parlamentaria Wilma Salgado, miembro de la Comisión Primera. 2. EXPOSICION DE MOTIVOS. El pago del servicio de la deuda externa continúa absorbiendo importantes recursos económicos de los países en desarrollo deudores, limitando su capacidad de realizar inversiones en la atención de necesidades básicas de su población, razón por la que la mayoría de la misma continúa sumida en condiciones de pobreza e incluso indigencia, situación que atenta contra el sistema democrático en los países deudores. Si bien se ha reconocido a nivel internacional, la existencia de corresponsabilidad entre deudores y acreedores en el origen y profundización del problema de la deuda externa de los países en desarrollo, en la práctica, la carga del ajuste se ha colocado exclusivamente sobre los países deudores, sin considerar la responsabilidad de los países acreedores, que a través de sus políticas comerciales y financieras

influyen sobre la situación financiera de los países en desarrollo. En el orden internacional, el manejo de la deuda externa tiene que ver con el funcionamiento del sistema monetario y financiero internacional, que desde 1971, en que el Presidente Richard Nixon abandonó la convertibilidad del dólar con el oro, a la paridad fija que estuvo vigente en toda la posguerra, se impuso de hecho un sistema monetario y financiero internacional en el que circulan a nivel internacional, monedas fiduciarias, cuya emisión es controlada exclusivamente por los países industrializados que regulan la liquidez mundial, expandiéndola o reduciéndola, según sus propias conveniencias, sin tomar en cuenta las necesidades del mundo en desarrollo. El tratamiento de la deuda externa, cuyo peso ha recaído exclusivamente sobre los países deudores y dentro de ellos, sobre los sectores más desprotegidos de la población, no constituye solamente un problema económico internacional, sino sobre todo un problema político internacional, que se evidencia en las prioridades con las que se asignan los recursos


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financieros por parte de los bancos centrales de los países industrializados. Así, mientras los bancos centrales de dichos países y regiones, emiten miles de millones de dólares, para evitar las pérdidas de los especuladores financieros en los mercados de valores, se mantienen severas limitaciones de acceso al financiamiento internacional por parte de los gobiernos de los países deudores, sometidos además a una elevada condicionalidad en términos de manejo de la política económica, que limita sus márgenes de maniobra para la ejecución de programas de reducción de la pobreza. El manejo de la deuda externa, al promover la concentración de la riqueza a nivel mundial y en consecuencia el aumento de la desigualdad y la pobreza, atenta contra los derechos humanos consagrados en varios instrumentos internacionales suscritos y reconocidos por los países acreedores, incluyendo el derecho al desarrollo económico, social y ambientalmente sustentable, que significa el derecho a alimentación sana y nutritiva, vivienda, vestido, empleo, educación, servicios de salud y medio ambiente saludable. Estos derechos están reconocidos en las Constituciones de los países deudores y en los tratados y convenios internacionales, pero no están siendo cumplidos. El Parlamento Andino tiene entre los propósitos de su creación, el de velar por el respeto de los derechos humanos dentro del marco de los

instrumentos internacionales vigentes, promover en los pueblos de la Subregión Andina la toma de conciencia y la más amplia difusión de los principios y normas que orientan el establecimiento de un nuevo orden económico internacional, y la de contribuir al afianzamiento de la paz y justicia internacionales. Frente a la injusticia impuesta por el manejo de la deuda externa, iglesias, movimientos y organizaciones sociales de todo el mundo, han preparado una “Semana de acción global contra la deuda y las instituciones financieras”, así como “por el repudio y la anulación de las deudas multilaterales, la promoción de auditorias integrales y el fin de los condicionamientos”, que tendrá lugar entre el 14 y el 21 de octubre 2007, incluyendo la exigencia al Congreso Norteamericano de la aprobación de una ley que anule la deuda de los países en desarrollo.

3.

TITULO

RESPALDAR VIGOROSAMENTE LAS ACCIONES A SER DESARROLLADAS EN LA SEMANA DE ACCION GLOBAL POR UN TRATAMIENTO ALTERNATIVO DE LA DEUDA EXTERNA, POR PARTE DE ORGANIZACIONES SOCIALES Y ECLESIASTICAS DE TODO EL MUNDO. 4.

CONSIDERANDOS

Que el pago del servicio de la deuda externa continúa absorbiendo


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importantes recursos económicos de los países en desarrollo deudores, limitando su capacidad de realizar inversiones en la atención de necesidades básicas de su población, razón por la que la mayoría de la población continúa sumida en condiciones de pobreza e incluso miseria, situación que atenta contra el sistema democrático en los países deudores. Que si bien se ha reconocido a nivel internacional, la existencia de corresponsabilidad entre deudores y acreedores en el origen y profundización del problema de la deuda externa de los países en desarrollo, en la práctica, la carga del ajuste se ha colocado exclusivamente sobre los países deudores, sin considerar la responsabilidad de los países acreedores, que a través de sus políticas comerciales y financieras influyen sobre la situación financiera de los países en desarrollo. Que el manejo de la deuda externa tiene que ver con el funcionamiento del sistema monetario y financiero internacional, que desde 1971 en que el Presidente Richard Nixon abandonó la convertibilidad del dólar con el oro, a una paridad fija que había estado vigente en toda la posguerra, se impuso de hecho un sistema monetario y financiero internacional en el que circulan a nivel internacional, monedas fiduciarias, cuya emisión es controlada exclusivamente por los países industrializados que regulan la liquidez mundial, expandiéndola o reduciéndola, según sus propias

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conveniencias, sin tomar en cuenta las necesidades del mundo en desarrollo. Que el tratamiento de la deuda externa, cuyo peso ha recaído exclusivamente sobre los países deudores y dentro de ellos, sobre los sectores más desprotegidos de la población, no constituye solamente un problema económico internacional, sino sobre todo un problema político internacional, que se evidencia en las prioridades con las que se asignan los recursos financieros por parte de los bancos centrales de los países industrializados. Así, mientras éstos emiten miles de millones de dólares, para evitar las pérdidas de los especuladores financieros en los mercados de valores, se mantienen severas limitaciones de acceso al financiamiento internacional por parte de los gobiernos de los países deudores, sometidos además a una elevada condicionalidad en términos de manejo de la política económica, que limita sus márgenes de maniobra para la ejecución de programas de reducción de la pobreza. Que el manejo de la deuda externa, al promover la concentración de la riqueza a nivel mundial y en consecuencia el aumento de la desigualdad y la pobreza, atenta contra los derechos humanos consagrados en varios instrumentos internacionales suscritos y reconocidos por los países acreedores, incluyendo el derecho al desarrollo económico, social y ambientalmente sustentable, que significa el derecho a alimentación sana y nutritiva, vivienda, vestido,


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empleo, educación, servicios de salud y medio ambiente saludable. Estos derechos están reconocidos en las Constituciones de los países deudores y en los tratados y convenios internacionales, pero no están siendo cumplidos.

condicionamientos”, que tendrá lugar entre el 14 y el 21 de octubre 2007, incluyendo la exigencia al Congreso Norteamericano de la aprobación de una ley que anule la deuda de los países en desarrollo. 5. ARTICULADO.

Que el Parlamento Andino tiene entre los propósitos de su creación, el de velar por el respeto de los derechos humanos dentro del marco de los instrumentos internacionales vigentes, promover en los pueblos de la Subregión Andina la toma de conciencia y la más amplia difusión de los principios y normas que orientan el establecimiento de un nuevo orden económico internacional, y la de contribuir al afianzamiento de la paz y justicia internacionales.

ARTICULO PRIMERO: Respaldar vigorosamente las acciones que realicen las organizaciones sociales e iglesias de todo el mundo, durante la “SEMANA DE ACCION GLOBAL CONTRA LA DEUDA”, POR UN TRATAMIENTO ALTERNATIVO DE LA DEUDA QUE RESPETE LOS DERECHOS ECONOMICOS Y SOCIALES DE LOS PUEBLOS DE LOS PAISES DEUDORES EN DESARROLLO.

Que, frente a la injusticia impuesta por el manejo de la deuda externa, iglesias, movimientos y organizaciones sociales de todo el mundo, han preparado una “Semana de acción global en contra de la deuda externa y por el respeto a los derechos económicos y sociales de los pueblos de los países deudores en desarrollo”, así como “por el repudio y la anulación de las deudas multilaterales, la promoción de auditorias integrales y el fin de los

ARTICULO SEGUNDO: Delegar a la Parlamentaria Andina Wilma Salgado, adelante una investigación sobre las posibilidades de generación de mecanismos alternativos y soberanos de financiamiento para los países miembros de la Comunidad Andina y del MERCOSUR, inclusive mediante la emisión de una moneda fiduciaria latinoamericana, dentro del proyecto de construcción de la Unión de Naciones Sudamericanas.


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INFORMES Y DOCUMENTOS TÉCNICOS INFORME Y DOCUMENTO TÉCNICO No. IDT 001- 1007 DOCUMENTO BORRADOR “PROPUESTA DE REFORMA INSTITUCIONAL EN LA COMUNIDAD ANDINA”

Secretaria General del Parlamento Andino BOGOTÁ, COLOMBIA OCTUBRE 2007 PRESENTACIÓN El proceso de integración subregional andino ha tenido muchos capítulos, protagonistas: etapas, retos, aciertos y desaciertos, que evidencian el presente de nuestra integración andina. Sin embargo, hoy en día, en un mundo producto de la interrelación de los pueblos y la inminente globalización de la economía, la política y los dinamismos sociales, se torna apremiante que el órgano democrático de la Comunidad Andina inste a los actores del Sistema Andino de Integración a considerar el pragmatismo de sus políticas y la verdadera funcionalidad de la institución que se ha creado desde el Acuerdo de Cartagena en 1969. Los retos que hoy afrontamos como andinos son más apremiantes que hace más de 38 años. Es por eso que

una reforma institucional no sólo es viable sino primordialmente inminentemente. La iniciativa de elaborar una propuesta de Reforma Institucional surge en septiembre del 2006 y se materializa a través de la conformación de un equipo de trabajo de el Centro Andino de Investigación, Capacitación y Desarrollo Legislativo – CADEL, órgano adscrito de carácter técnico y académico de la Secretaria General del Parlamento Andino y expertos de talla internacional, tales como Rubén Martínez, Profesor de la Universidad de Valencia, Tomás Peribonio, ex Ministro de Comercio de la República del Ecuador, entre otros. En razón de lo anterior, se inició un fuerte trabajo académico e investigativo que culmino con la redacción de un documento de 150 páginas, que incluye un diagnostico general de la Comunidad Andina junto a un capítulo de conclusiones y propuestas institucionales para la CAN. Esta primera versión se publicada en la Gaceta Oficial del Parlamento Andino


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en noviembre de 2006 y es presentado en Plenaria y las Comisiones del Parlamento Andino. Dicho debate motivo a las Oficinas de Representación Nacional del Parlamento Andino en cabeza de los parlamentarios para presentar sus aportes, ideas e inquietudes e incluirlas en la propuesta de Reforma Institucional. Posteriormente, el 22 y 23 de febrero de 2007 con motivo del Taller de Reflexión del proceso de integración de la CAN, convocado por el Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores y la Comisión, el Secretario General del Parlamento Andino, Doctor Rubén Vélez Núñez presenta el documento de Reforma Institucional, versión en la cual se incluyen la visión parlamentaria andina y las conclusiones de los talleres de reflexión sobre la integración andina llevados a cabo de septiembre de 2006 a febrero de 2007.

actualización de la propuesta “Reforma Institucional del CAN”.

de

No obstante, para lograr que esta propuesta de Reforma Institucional fuera recubierta con un carácter democrático y legítimo, se convoca a esta reunión técnica con la sociedad civil, la academia y los Órganos e Instancias del Sistema Andino de Integración en aras de concertar una serie de estrategias propositivas sobre la reorientación institucional de la Comunidad Andina como bloque de integración. Finalmente, como resultado de este proceso técnico, académico y político se pondrá a consideración de la Presidencia Protempore de la Comunidad Andina la propuesta de Reforma Institucional de la Comunidad Andina.

INTRODUCCIÓN Luego, en la Sesión reglamentaria de Agosto del XXXI Periodo Ordinario de Sesiones de la Plenaria del Parlamento Andino se discutió la propuesta de Reforma con el parlamento del MERCOSUR, quienes hicieron recomendaciones sobre el papel del Órgano Deliberante de la Comunidad Andina en la democratización del proceso de integración subregional. En este mismo sentido, en el mes de Septiembre se socializaron los observatorios nacionales de seguimiento a la integración, encuentros técnicos que proveyeron información crucial para una nueva

En el año 1969se suscribe el Acuerdo de Cartagena, nace el Grupo Andino con el propósito de fomentar una integración cerrada 1 , a través de la implementación de programas sectoriales de industrialización sustentados en el modelo de desarrollo reinante en la época: Industrialización por Sustitución de Importaciones- ISI. No obstante, el surgimiento de nuevos 1

Este tipo de integración fue planteada por el economista Raul Prebish desde la Comisión Económica para América Latina y el Caribe-CEPAL a finales de los años cuarenta y se enmarcó en el surgimiento de la corriente de pensamiento denominada estructuralismo latinoamericano o escuela estructuralista del desarrollo.


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retos en la dinámica mundial y la necesidad de profundizar la integración, demandó la introducción de reformas tanto a la constitución como a la estructura institucional del Acuerdo de Cartagena. En este sentido, se determinó una estructura institucional que podría contribuir a alcanzar los objetivos propuestos, como la construcción del mercado ampliado mediante la conformación de una unión aduanera. Se conformó un órgano de naturaleza comunitaria, la Junta del Acuerdo de Cartagena, y tres órganos de carácter intergubernamental, la Comisión, el Comité Consultivo y el Comité Asesor Económico y Social CAES. A finales de los ochenta los Presidentes Andinos se comprometieron a revivir el proceso de integración andino, imprimiéndole nuevas metas a la integración más allá de lo comercial y económico. Con la firma del Protocolo Modificatorio de Quito se planteaba la necesidad de enfatizar en el regionalismo abierto, esta nueva proyección del proceso de integración andino se definió mediante el Protocolo de Trujillo en 1996, el cual permitió que la Comunidad Andina empezara a funcionar formalmente el 1 de Agosto de 1997. Esta gran reforma al proceso se mantiene vigente hasta la actualidad, sin embargo ha tenido un avance demasiado lento. Si se analiza desde el progreso de las etapas de integración económica, existe una Zona de Libre Comercio, una fase de Unión Aduanera

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sin esperanzas desde la Decisión 669 del 2007, donde se define que Bolivia, Colombia y Ecuador muevan libremente sus respectivas tarifas arancelarias nacionales, a partir del primero de agosto hasta el 31 de enero de 2008, limitándose a la normativa de la Organización Mundial del Comercio, hecho que deja agonizando al Arancel Externo Común andino –AEC-.Sin embargo, el estancamiento no se ha producido únicamente en el ámbito comercial, sino también en el político y social. A nivel político, el proceso de integración aún sigue siendo vulnerable a los cambios de gobierno de las naciones andinas, lo que ha permitido que la concepción sobre integración y el cumplimiento de los compromisos adquiridos en el marco de la misma, se vean condicionados por la ideología política del gobernante de turno en cada país andino. En el ámbito social, podemos identificar que el papel de la Comunidad Andina no es realmente conocido a nivel de los ciudadanos de la subregion. Quizá algunas de las razones de la fragilidad del proceso se pueden encontrar en la escasa voluntad política, en la reducción de los compromisos andinos a simples acuerdos diplomáticos, en la concentración de poder en los órganos intergubernamentales del Sistema Andino de Integración (Consejo Presidencial Andino, Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores y Comisión), y en la correspondiente reducción de funciones y autonomía de los órganos de carácter supranacional


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o comunitario (Parlamento Andino y Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina). Una muestra de ello se ve reflejada en cuanto al Parlamento Andino, ya que a pesar de ser el órgano fundamental que genera el involucramiento de la sociedad civil, tiene una función básicamente declarativa y deliberativa sin ningún poder decisorio y de carácter realmente vinculante. Es por esto razón, que el presente estudio busca generar una propuesta borrador a través de una reforma a la estructura institucional del proceso de integración, que brinde un peso real a los órganos e instituciones comunitarios, dando el primer paso para eliminar aquellas barreras que han dificultado la consolidación del proceso de integración andino. El documento de propuesta de Reforma Institucional de la CAN, contempla el una evaluación por periodos a los lineamientos y avances de la Comunidad Andina en cabeza de los Secretarios Generales de la CAN desde 1997 hasta el 2007, en su orden, Sebastián Allegret, Guillermo Fernández de Soto, Allan Wagner Tizón, Alfredo Fuentes Hernández y Freddy Elhers y adicionalmente incluye una reflexión sobre los cuatro principales ejes de acción de la Comunidad Andina, institucionalidad, mercado común, nueva agenda multidimensional y democratización al interior de la CAN. Posteriormente, se culmina el documento con una serie de reflexiones finales y las propuestas sugeridas para la reforma institucional

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de la CAN, basado en las debilidades de la subregion como institución supranacional. CAPÍTULO I EL CONCEPTO DE LA INTEGRACION DESDE EL PARLAMENTO ANDINO La integración constituye una opción de política exterior y una interacción estatal, donde la decisión de emprender el proceso es voluntaria y deliberada; su desarrollo es gradual conforme a lo estipulado por los Estados Miembros, persigue objetivos de interés comunitario y su función principal es lograr su consolidación. Los principales beneficiarios de este proceso son la sociedad civil y los Estados. Lo que quiere decir que la integración es el marco donde se construyen realidades sociopolíticas con un determinado grado de interdependencia, incluyendo proyectos nacionales que involucran a la ciudadanía en el proceso integracionista en aras de extender los beneficios a todas las capas de la sociedad. CAPITULO II EVALUACION DE LA INTEGRACION ANDINA (19972005)


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1997-2002 2 Luego de la reforma del Protocolo de Trujillo, la Secretaría General de la CAN asume las funciones de la antigua Junta del Acuerdo de Cartagena. Dicha gestión se inició en cabeza de Sebastián Alegrett, quien afrontó el gran reto de definir la funcionalidad de la Secretaría General de la CAN a la luz del Protocolo Modificatorio de Trujillo como carta de navegación para el funcionamiento del nuevo Sistema Andino de Integración. En el caso de la participación de entidades sociales, con la colaboración del Consejo Económico y Social de España se logró que empezaran a reunirse los Consejos Consultivos Empresarial y Laboral, regularmente e incluso en forma conjunta, es así que en los años 2000 y 2001 ambas instancias consultivas se pronunciaron conjuntamente y elevaron a los jefes de Estado su opinión sobre la agenda del Consejo Presidencial (Secretaría General de la CAN 1997-2002, p. 4). En ampliación de este ámbito de acción deben destacarse los avances en la construcción de una Agenda Social Andina, así como la creación de una propuesta para un foro de participación de la sociedad civil en la marcha del proceso de integración. En este último caso, cabe mencionar la creación de una Mesa Indígena establecida a partir de la Declaración de Macchu Pichu (julio de 2001) y

materializada a través de la Decisión 524 como instancia consultiva en el marco del Sistema Andino de Integración, para promover la participación activa de los pueblos indígenas en los asuntos vinculados con la integración subregional, en sus ámbitos económico, social, cultural y político (Secretaría General de la CAN 1997-2002, p. 74). Adicionalmente, se aprobó un marco normativo para el funcionamiento adecuado del Consejo Consultivo Laboral Andino, en concordancia con el Artículo 44 del Acuerdo de Cartagena, hecho que quedó plasmado en la aprobación de las Decisiones 441, 464 y 494. Adicionalmente, se impulsó la aprobación del Reglamento del Consejo Consultivo Laboral Andino, a fin de organizar eficientemente el trabajo interno de dicha institución consultiva. Cabe mencionar la propuesta de un Plan Integrado para el Desarrollo Social – PIDS, con el fin de subsanar los niveles de pobreza en los países de la subregión. Igualmente se manifestó la necesidad de reformar el Convenio Simón Rodríguez, “para constituirlo como en un mecanismo de participación tripartito y paritario, en el que los gobiernos y los representantes de ambos sectores pudieran dialogar y concertar los asuntos de mutuo interés para el perfeccionamiento y profundización del proceso de integración” (Secretaría General de la CAN 1997-2002, p. 73).

2

Secretaría General de la Comunidad Andina. “Balance de una Gestión: 1997-2002”. Documento Oficial.

Reflexión


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El periodo 1997 – 2002 en la CAN fue de gran importancia ya que se evidenció el primer intento de funcionamiento con base a lo establecido en el Protocolo de Trujillo. En lo informado por la CAN, se denota la creación de varios pilares fundamentales para la participación de la Sociedad Civil en el proceso de integración, entre ellos las sesiones del Consejo Consultivo Laboral y Empresarial, la reforma al Convenio Simón Rodríguez y la creación del Plan Integrado de Desarrollo Social – PIDS. Si bien se notan esfuerzos, no se concreta ningún desarrollo en el fortalecimiento del eje social en la integración ni mucho menos existe una alusión directa para subsanar la falta de voluntad política. 2003 La Secretaría General de la CAN, bajo la dirección del Embajador Guillermo Fernández de Soto, fundamentó sus lineamientos de acción en dos aspectos. El primero de ellos, la defensa de la institucionalidad andina en el marco del Sistema Andino de Integración, fue protagonista en el año 2003 de la implementación de una segunda generación de políticas de integración que buscaron ir más allá del ámbito comercial. Se elaboraron 230 documentos técnicos, 80 informes finales de reuniones y 105 documentos informativos de diversa índole. Adicionalmente, conforme a lo

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dispuesto en la normativa comunitaria, la CAN editó 106 Gacetas Oficiales del Acuerdo de Cartagena que contenían las Resoluciones antes mencionadas, los Procesos, Providencias o Autos emitidos por el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina (Secretaría General de la Comunidad Andina 2003, p.3). Desde septiembre de 2002 al 2003 se llevaron a cabo reuniones ordinarias del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores y de los Ministros de Economía y Hacienda, Comercio, Agricultura, Energía y Minas, Ambiente, Transporte y Obras Públicas. Igualmente realizaron ocho reuniones de la Comisión de la Comunidad Andina, de las cuales una fue ampliada con los Ministros de Energía. A ello se suman la realización en la sede de la CAN de casi 100 reuniones a nivel técnico, con la participación de más de 1.900 participantes. El segundo aspecto en el cual se enfocó el trabajo de la CAN, fue en los avances de la agenda multidimensional, a la luz del X Consejo Andino de Cancilleres en marzo de 2003, donde se propuso otorgarle mayor importancia a la dimensión política y social de la integración, “con el criterio de fortalecer e impulsar el proceso de integración, a partir de un “modelo flexible” de inserción internacional, con base en el principio de geometría variable, que responda activamente a las exigencias del entorno global. En ese sentido, he sugerido que el alcance del esquema


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de integración debe superar el campo comercial y concentrarse, desde una perspectiva multidimensional, en áreas que son centrales al proceso de desarrollo de los países andinos: agenda social, mercado común, política externa común, desarrollo sostenible, integración física y desarrollo fronterizo” (Secretaría General de la Comunidad Andina: 2003, p. 4). Sin embargo, el trabajo dado a la dimensión social del proceso de integración se limitó al eje de la salud, dejando de lado la base social y la educación como estrategia sociales contundentes en la Comunidad Andina (Secretaría General de la Comunidad Andina 2003, p. 4.). Como perspectivas a futuro, la CAN plantea en este periodo la promoción y adopción de un Plan Integrado de Desarrollo Social, “que desde una óptica integral, constituya una herramienta para apoyar los esfuerzos nacionales en materia de desarrollo social y en particular, en lo concerniente a la articulación de las dinámicas sociales con aquellos elementos que estructuran la competitividad de los países andinos y de sus regiones, especialmente en los aspectos referidos a la promoción del capital humano (salud, educación, entrenamiento laboral) y del capital social (instituciones y gobernabilidad)” (Secretaría General de la Comunidad Andina 2003, p.4). Reflexión

De manera general se puede observar que aunque la CAN ha buscado enfocarse más en el aspecto multidimensional de la integración subregional andina, los esfuerzos en el ámbito social son muy bajos en comparación con el enfoque que se le da al ámbito comercial de la misma. Igualmente, se desconoce estrategia alguna para el remedio de la falta de voluntad política. 2004 En el marco de la Cumbre Presidencial de Quirama, el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores aprobó las Decisiones 545, 546 y 547 con los textos de los tres Instrumentos Sociolaborales Andinos: Migración Laboral, Seguridad Social y Seguridad y Salud en el Trabajo (Secretaría General de la CAN 2004, p.36). Durante el segundo semestre de 2003, se realizaron dos talleres técnicos subregionales para avanzar en la elaboración de los reglamentos de estos tres Instrumentos Sociolaborales, los cuales debían ser aprobados para entrar en vigencia en el segundo semestre de 2004. En cuanto a los temas de formación y capacitación laboral y fomento del empleo, durante el primer semestre de 2003 se realizaron dos talleres subregionales en los que se aprobaron lineamientos para su desarrollo en el marco del Plan Integrado de Desarrollo Social (PIDS). Asimismo, la VII Reunión del Consejo Asesor de Ministros de Trabajo (Ginebra, junio 2004) encomendó a la Organización Internacional del Trabajo


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la preparación de bases para la formulación de normativas comunitarias en ambos ejes temáticos (Secretaría General de la CAN 2004, p.36). En este año, como se menciona anteriormente, hay un mayor enfoque social en la labor de la CAN, representada por el Secretario General, Allan Wagner Tizón. Se destaca la elaboración del reglamento interno para el funcionamiento de la Mesa Indígena a través de la Decisión 524 3 , con la creación del reglamento, se delegó la responsabilidad a los Congresos Nacionales acreditar a los miembros de dicha Mesa de Trabajo para así realizar la primera reunión de la Mesa Indígena (Secretaría General de la CAN 2004, p.36). Reflexión Si bien el informe de la CAN fue riguroso al rendir cuentas en cuanto a los avances de la integración multidimensional de la subregión andina, aún se denota el enfoque económico y comercial que prima en la agenda de trabajo de la Secretaría. 2005-2006 Este periodo fue iniciado por Allan Wagner y concluido por Alfredo Fuentes, como Secretario General de la Comuniadad Andina, hasta la posesión en el 2007 del nuevo 3

Secretaría General de la Comunidad Andina. “Informe de la Secretaría General de la Comunidad Andina ante el XIV Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores”. Lima, 2004.

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Secretario General, el exparlamentario andino, Freddy Elhers El contexto que explica la situación actual de los países andinos se puede encontrar desde “fines de la década de los noventa [momento en el cual] los Países Miembros de la Comunidad Andina se habían visto enfrentados a un panorama desafiante, caracterizado por un débil crecimiento económico e insuficiente generación de empleo, el impacto de los choques externos sobre sus economías y, más recientemente, por las dificultades derivadas de complejas transiciones políticas y el incremento de la conflictividad social. A la persistencia de situaciones de pobreza, exclusión y desigualdad, se suma el desafío de la inserción internacional de los países andinos en la economía global, expresada en múltiples negociaciones regionales, hemisféricas y globales, que imponen nuevos y exigentes retos a la integración. La confluencia de tareas de gran envergadura derivadas de la agenda interna y externa de nuestros países, ha contribuido a revalorizar en la actualidad el papel de la integración en la Subregión y su papel central en el fortalecimiento de la democracia y la recuperación de la dimensión del desarrollo, en la auspiciosa perspectiva de la construcción de la Comunidad Sudamericana de Naciones.” (Secretaría General de la CAN 2005, p.I). Con base en dicho preámbulo, en el 2005 la CAN buscó crear un Nuevo


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Diseño Estratégico con nuevos objetivos y un plan de acción específico que siguiera profundizando el proceso de integración comercial, la creación de la Comunidad Suramericana de Naciones, la asociación con la Unión Europea y un riguroso desarrollo de la Agenda Social. En este último aspecto se destaca la creación del Plan Integrado de Desarrollo Social – PIDS aprobado en el 2004. Siguiendo la aprobación del PIDS, se realizaron las siguientes gestiones: -

Se conformaron cinco Comités Nacionales del PIDS (actualmente cuatro con la salida de Venezuela), que integraron a Ministerios y organismos del Estado responsables de los temas sociales, así como a entidades académicas y organizaciones no gubernamentales. Por encargo del Consejo Andino de Ministros de Desarrollo Social (CADS), cada Comité Nacional tenía la responsabilidad de coordinar la formulación en detalle de los diversos proyectos del PIDS. A la fecha de entrega del informe de gestión, los Comités de Colombia, Ecuador y Perú se encontraban plenamente operativos, mientras que los Comités de Bolivia y Venezuela aún no habían iniciado sus labores.

-

Se adoptó una metodología y un procedimiento común para el desarrollo en detalle de los perfiles de proyectos contenidos en el PIDS. Para ello se llevó a cabo un taller metodológico en Bolivia, con el auspicio de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA) y la Comisión de la Unión Europea. En el taller, realizado en mayo 2005, participaron representantes de los cinco Comités Nacionales PIDS.

-

Se concretaron alianzas estratégicas con la cooperación internacional, particularmente con el IICA, la Comisión de la Unión Europea, la OPS/OMS, el Convenio Andrés Bello, OIT, FAO, AECI y UNESCO. El primer producto de este proceso es el considerable avance logrado en la formulación del proyecto “Foro Andino de Desarrollo Rural”, responsabilidad del Comité PIDS del Ecuador, que contó con un decidido apoyo técnico del IICA y la AECI. (Secretaría General de la CAN 2005, p.35).

De igual manera, se avanzó en el eje de Desarrollo Rural y Seguridad Alimentaria como un tema convergente


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entre el desarrollo económico y el fortalecimiento de la sociedad civil de las comunidades andinas, al cual no se le había dado la suficiente importancia en gestiones pasadas dado el enfoque comercial del proceso de integración. En materia de educación para la integración, se efectuaron coordinaciones con la Universidad Andina Simón Bolívar, el Convenio Andrés Bello y UNESCO, con el fin de poner en marcha la Decisión 594 sobre la inclusión de la cátedra de integración en los pensums andinos, mediante un programa de trabajo para la introducción de contenidos de integración en los planes y programas de estudios de la educación básica, primaria y secundaria de los Países Miembros. En mayo de 2005, la Secretaría General co-organizó con la Comisión de la Unión Europea y el BID, el Seminario “Integración y Cohesión Social en la Subregión Andina: Elementos para una estrategia comunitaria”, en el que se examinaron los diversos aspectos que comprende el desafío de la cohesión social en el contexto andino (Secretaría General de la CAN 2005, p.36, p.38) Por último, y en relación con el fortalecimiento de la participación democrática en la CAN, se buscó consolidar el trabajo del Consejo Consultivo Laboral y Empresarial. A la fecha de entrega del documento de gestión de la CAN, se habían realizado cinco reuniones conjuntas con los Consejos. Siguiendo esa misma línea, Bolivia y Venezuela ratificaron el Protocolo Sustitutorio del Convenio

Simón Rodríguez, dejando a Colombia como el último país pendiente para la ratificación de dicho Convenio. Reflexión En el 2005 se denotan mayores visos de fortalecimiento del eje social en el proceso de integración, donde se destaca la labor del Plan Integrado de Desarrollo Social – PIDS como un primer acercamiento a un desarrollo social sostenible en la subregión andina. 2007- Hoy El 22 de febrero de 2007, asumió como Secretario General de la Comunidad Andina el ecuatoriano Freddy Ehlers, quien desde ese mismo momento se ha enfocado en los temas de protección ambiental. Por tal motivo, la Comunidad Andina afronta una nueva etapa en la que el medio ambiente es una prioridad: el agua, la biodiversidad y el cambio climático son tres elementos vitales para la supervivencia de la vida. El plan de acción de la Secretaría general de la Comunidad Andina, se enmarca dentro de una estrategia de Integración Integral, la cual se refiere a una integración que contribuya efectivamente al desarrollo humano sustentable y equitativo para vivir bien. Una integración con respeto por la biodiversidad y las asimetrías, que aglutine diferentes formas de pensamiento, modelos y enfoques; y que sea convergente hacia la


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conformación de la Unión de Naciones Sudamericanas.

-

Este programa integral debe contemplar el desarrollo en los ámbitos políticos, sociales, culturales, ambientales y comerciales, enfatizando en los siguientes puntos: -

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-

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-

Combatir la pobreza, desigualdad y exclusión social. Recuperar la armonía con el equilibrio entre el hombre y la naturaleza. Mejorar la competitividad de las empresas y la productividad de las economías andinas. Incorporar a los pequeños productores en los procesos de integración. Impulsar una política exterior común que genera beneficios para toda la población. Fortalecer las democracias participativas y los derechos humanos en la Comunidad Andina. Posibilitar la participación social y los espacios de diálogo de la sociedad civil.

Desarrollo Productivo Comercial Administración y Gestión

Este planteamiento permitirá concentrar esfuerzos institucionales en acciones concretas y evaluables periódicamente. Igualmente, el programa propuesto por el nuevo Secretario General, se muestra adaptable a los cambios que se vayan suscitando en el acontecer internacional. Reflexión En los primeros ocho meses del Secretario General de la Comunidad Andina, Freddy Elhers resulta difícil realizar un diagnóstico de la evolución del plan de acción. Sin embargo, es de resaltar los avances hechos en materia de política exterior con el inicio de las negociaciones con la Unión Europea, los acercamientos con China, la adhesión de Panamá como posible nuevo miembro asociado de la Comunidad Andina, los acercamientos de Venezuela para reintegrarse al bloque andino, entre otros.

CAPÍTULO III El cumplimiento de estas líneas de acción se hará a través de seis (6) áreas de trabajo, distribuidas de la siguiente manera: -

Agenda Social Agenda Ambiental Cooperación política Relaciones Internacionales

y

REFLEXION SOBRE LA INTEGRACIÓN EN LA REGIÓN ANDINA 1. INSTITUCIONALIDAD Antecedentes


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La primera ola de regionalismo en América Latina surge a finales de los cincuenta y principio de los sesenta, con la creación de la Asociación Latinoamericana de Libre ComercioALALC, donde Bolivia, Brasil, Colombia, Chile, Ecuador, México, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela suscribieron el Tratado de Montevideo en 1960. Sin embargo, no se establecieron mecanismos para lograrlo ni plazos para adquirir compromisos; solamente se definió un calendario de negociación dividido en periodos de tres años, en que solo se alcanzó la primera fase, generando su fracaso como proyecto de integración latinoamericana 4 . Como resultado de esta integración fallida, los países andinos planearon su propia integración: el 26 de mayo de 1969 las Repúblicas de Bolivia, Colombia, Chile, Ecuador y Perú, suscribieron en Bogotá, el Acuerdo de Cartagena 5 , que dio nacimiento al 4

Dicho fracaso generó la transformación en 1980 de la ALALC en la Asociación Latinoamericana de Integración-ALADI mediante la firma del Tratado de Montevideo en 1980. El objetivo principal de la ALADI fue la conformación de un Mercado Común Latinoamericano mediante una liberalización comercial más flexible, sin plazos, ni limites, otorgando mayor énfasis a los acuerdos bilaterales y plurilaterales (Acuerdos de Alcance Parcial y Preferencias Arancelarias Regionales, PAR). Después de 26 años de existencia la ALADI ha realizado dos negociaciones con un desmonte del 20% de desgravaciones arancelarias a través del PAR. En conclusión, la ALADI ha limitado sus funciones a constituirse como un centro depositario de los acuerdos de integración en América Latina. 5 Este acuerdo de integración Subregional denominado Acuerdo de Cartagena, se originó en la declaración de Bogota de 16 de agosto de 1966, los firmantes decidieron crear una comisión mixta para proponer la medidas requeridas para el cumplimiento de todos los compromisos asumidos

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Pacto o Grupo Andino. Cuatro años después de su creación, se incorpora la República de Venezuela en 1973, tras una serie de negociaciones. Sin embargo, en octubre 30 de 1976 denuncia el Acuerdo de Cartagena, la República de Chile, bajo el régimen de Augusto Pinochet, ya que a que su estrategia librecambista, no convergía con la etapa proteccionista del Grupo. El Acuerdo de Cartagena contempló una estructura institucional conformada por un órgano principal de naturaleza comunitaria (la Junta del Acuerdo de Cartagena 6 ), y tres órganos de carácter intergubernamental (la Comisión 7 , el Comité Consultivo 8 y el Comité Asesor Económico y Social-CAES 9 ). Sin embargo, desde 1969 a 1989 se fueron en la declaración, para proponer las medidas que sean indispensables para materializar los mismos, e impulsar la formación del Mercado Común Regional. Pejoves, J. El Sistema de Solución de Controversias en la Comunidad Andina. Documentos sobre la Integración Andina. Secretaria General de la Comunidad Andina. 6 La Junta o el Secretariado Permanente del Acuerdo, era el órgano técnico comunitario del Acuerdo, conformado por tres Miembros colegiados de los Países andinos. La Junta velaba por el cumplimiento de las normas, tenia la labor ante la Comisión de proponer mecanismos para acelerar el logro de los objetivos del Acuerdo. Tenía la potestad de emitir Resoluciones de carácter obligatorio. 7 Órgano máximo de decisión política, conformado por los ministros y viceministro de integración y desarrollo. Su función principal era la de legislar mediante Decisiones. El papel fundamental de la Comisión era el de formular y adoptar medidas para el logro de los objetivos del Acuerdo. 8 El Comité Consultivo estaba integrado por los representantes de los Países Miembros y tenia la función de participar en asesoramiento y promoción de la Junta y analizar las proposiciones de la misma antes de presentarla ante la Comisión. 9 El CAES estaba conformado por los empresarios y los trabajadores y tenia la función de hacer participes a estos sectores del proceso de integración.


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creando una serie de organismos complementarios mediante Tratados y Acuerdos Internacionales, los cuales conformarían el futuro Sistema Andino de Integración: • 1968- La Corporación Andina de Fomento-CAF • 1970- El Convenio Andrés Bello • 1971- El Convenio Hipólito Unanue • 1796- El Convenio Simón Rodríguez • 1978Fondo Andino de Reservas o Fondo Latinoamericano de Reservas • 1979- El Tribunal Andino de Justicia-TAJ • 1979- Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores • 1979- El Parlamento Andino No obstante, en las dos primeras décadas de la integración no se registraron mayores avances debido a factores como: el retiro de Chile en 1976, el inicio de la “década perdida” de Latinoamérica y la falta de voluntad política de los gobiernos para continuar el proceso, generando un incumplimiento general de los compromisos del Acuerdo de Cartagena (estancamiento del programa de liberación, abandono de los programas de industrialización, aplicación de restricciones comerciales entre ellos, flexibilización del Arancel Externo Mínimo Común - AEMC, entre otros). Por estas razones, América Latina inicia la época del regionalismo abierto. Se conforma el Mercado Común del

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Sur- MERCOSUR en 1991 (en la categoría de bloque subregional), y se generan iniciativas de acuerdos preferenciales de libre comercio, como el Área de Libre Comercio-ALCA (1994) y la firma del NAFTA (Tratado de Libre Comercio entre Canadá, Estados Unidos y México-1994). En 1987 los Presidentes andinos suscriben el Protocolo Modificatorio de Quito que amplía los plazos del programa de liberación comercial, sustituye los Programas Industriales por Programas y Proyectos de Integración Industrial y Convenios de Complementación. Este nuevo aire logra una reactivación del Pacto Andino, comprometiendo a los presidentes a reunirse semestralmente para seguir desarrollando el relanzamiento de la integración andina bajo el modelo de “desarrollo hacia fuera”. Mediante el Acta de la Paz en Bolivia (1990) se definió profundizar los compromisos económicos mediante la conformación de la Zona de Libre Comercio para 1994. Igualmente se transformó la estructura institucional, los órganos se clasificaron en principales: Comisión (se fortaleció su función legislativa), Junta (se le otorgo la potestad de hacer propuestas a los Estados sin presentarlas ante la Comisión), Tribunal de Justicia (se incorporó como órgano principal y se replanteó la responsabilidad del control de la legalidad, de interpretación y solución de conflictos, asumidos antes por la Comisión y la Junta) y el Parlamento Andino ( al igual que el


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tribunal, fue integrado como principal y se definió como una institución de cooperación política sin capacidad decisoria, integrado por parlamentarios designados en cada nación); y en auxiliares: Consejo Consultivo Empresarial, Consejo Consultivo Laboral y los consejos que estableciera la Comisión (Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, el cual cobro más relevancia desde que en Machu Picchu se transformaron las reuniones de Presidentes Andinos como mecanismos de especial importancia para la integración económica, política, social y cultural. Como consecuencia, se crea igualmente el Consejo Presidencial Andino en mayo de 1990). La suscripción del Protocolo Modificatorio del Acuerdo de Cartagena de Trujillo, transformó desde agosto de 1997 el Grupo Andino en la Comunidad Andina, organización subregional integrada por Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela, y los órganos e instituciones del Sistema Andino de Integración SAI. Se especifica la conformación del Sistema Andino de Integración conformado por los siguientes órganos e instituciones 10 :

1. El Consejo Presidencial Andino; 2. El Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores; 3. La Comisión de la Comunidad Andina; 10

Ampliación, remitirse documento completo. CADEL “Reforma Institucional en la Comunidad Andina”, Noviembre de 2006

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4. La Secretaría General de la Comunidad Andina; 5. El Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina; 6. El Parlamento Andino; 7. El Consejo Consultivo Empresarial; 8. El Consejo Consultivo Laboral; 9. La Corporación Andina de Fomento; 10. El Fondo Latinoamericano de Reservas; 11. El Convenio Simón Rodríguez, los Convenios Sociales que se adscriban al Sistema Andino de Integración y los demás que se creen en el marco del mismo; 12. La Universidad Andina Simón Bolívar; 13. Los Consejos Consultivos que establezca la Comisión; y, 14. Los demás órganos e instituciones que se creen en el marco de la integración Subregional andina. La nueva estructura institucional del proceso subregional andino recogió en el SAI los órganos e instituciones de composición (intergubernamental, supranacional y/o comunitarios y otras instituciones), que habían sido creados desde 1969. Entre los órganos intergubernamentales, encontramos al Consejo Presidencial Andino, el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores y la Comisión. Seguidamente, los órganos comunitarios o supranacionales que son: Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, Parlamento


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Andino, Secretaria General de la CAN, Corporación Andina de Fomento-CAF y Fondo Latinoamericano de ReservasFLAR, a pesar de que éstas dos últimas permitieron la participación de otros países, siguen manteniendo su estatus supranacional. Y en el grupo de Otras Instituciones encontramos: los Convenios Sociales (Convenio Hipólito Unanue-Organismo Andino de Salud y al Convenio Simón Rodríguez), a Instituciones Educativas como la Universidad Andina Simón Bolívar; a las Instituciones Consultivas (Consejo Consultivo Empresarial y Consejo Consultivo Laboral) y a los Consejos Sectoriales y Comités Sectoriales. Reflexión A pesar de las constantes crisis y reformas estructurales durante estos 37 años, la Comunidad Andina no ha logrado consolidar un proceso de integración fuerte en la arena internacional, por lo cual se puede concluir que: la institucionalidad andina responde a un énfasis cada vez mas intergubernamental y menos comunitario, lo que convierte al bloque subregional en una “Organización Supranacional 11 o como algunos la han definido en una “Organización de Integración” 12 .

Sin embargo, si se configura a la Comunidad Andina como organización supranacional, se está refiriendo al termino de supranacionalidad como la “cesión (…) del ejercicio de competencias soberanas, no de la soberanía (…), [dicha cesión] se efectúa mediante atribución y no a través de una transferencia de soberanía, por consiguiente no se trata de un acto jurídico definitivo” 13 . Por lo cual los órganos e instituciones del SAI tienen un carácter funcional ya que aún dependen de las competencias delegadas por los Estados Miembros, razón por la cual cuando se habla de “Supranacional” no se hace referencia a un Súper-estado pero tampoco a una soberanía absoluta del Estado-Nación al interior de la Comunidad Andina Teniendo en cuenta lo anterior, podemos sugerir las siguientes acciones: 1. Fortalecer y hacer realmente aplicable la normativa supranacional mediante el obligatorio cumplimiento y la correspondiente preeminencia sobre las leyes nacionales de las Decisiones adoptadas por los diferentes órganos comunitarios del Sistema Andino de Integración. 2. Evaluar la pertinencia legal, la vigencia y la aplicabilidad de las decisiones existentes en el ordenamiento jurídico andino, con el objetivo de armonizar leyes sobre temáticas afines y

11

Sobrino, J (2001). Integración y Supranacionalidad en la Comunidad Andina. Documento informativo SG/di 303. Lina. Secretaria General de la Comunidad Andina. 19 de marzo de 2003.pp. 3, citado por Casas, A (2005). Integración regional y Desarrollo en los Países Andinos. Ecuador. Universidad Andina Simón BolívarInstitución Universitaria de la Compañía de Jesus. Corporación Editora Nacional pp.199. 12 Ibíd., p. 199.

13

Ibíd.


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derogar aquellas que no sean aplicables a la realidad actual. 3. Promover una verdadera coordinación entre los órganos intergubernamentales, comunitarios y las otras instituciones del Sistema Andino de Integración, a través del establecimiento de programas de trabajo conjunto, reuniones técnicas y diseño de mecanismos de seguimiento efectivos para el desarrollo de las actividades propuestas. 2. MERCADO COMÚN a. PRIMERA ETAPA Durante la primera etapa de integración económica andina (1969-1987) se planteó como prioridad la consolidación de la zona de Libre Comercio, que debía culminar al alcanzar un arancel cero para los productos originarios de los mercados de Bolivia, Ecuador, Venezuela y Colombia 14 . Dichos programas de liberación se enmarcaron dentro del esquema proteccionista que caracterizaba al proceso en su comienzo, establecidos bajo un carácter gradual, irrevocable y automático. 14

Perú se mostró reticente desde un principio a aplicar el Programa de Liberación y se autoexcluyó de este en 1992. La retirada del Perú del Programa de Liberación supuso un periodo de crisis en la CAN que duró hasta 1997 cuando Perú estuvo a punto de abandonar el proceso de integración, aunque finalmente los Países encontraron una formula para que se mantuviera dentro del Grupo y se fuera incorporando gradualmente al Programa. Casas, Ángel Maria (2005). Integración regional y Desarrollo en los Países Andinos. Ecuador. Universidad Andina Simón Bolívar- Institución Universitaria de la Compañía de Jesus. Corporación Editora Nacional.

En una primera etapa, debía entrar en vigencia un Arancel Externo Mínimo Común (AEMC–que consistía en un nivel mínimo de arancel frente a terceros) y, en una segunda etapa, el Arancel Externo Común – AEC propiamente dicho. Sin embargo, los avances en su negociación fueron lentos y sólo se logró establecer el AEMC. El proceso se paralizó a finales de los setenta y gran parte de los ochenta 15 . Reflexión En este periodo, la integración regional era concebida como una oportunidad para eliminar el escenario de baja productividad de la economía latinoamericana a través de la proyección de tres dimensiones: “la aceleración del crecimiento, la expansión y diversificación de las exportaciones y el avance de la industrialización” 16 , todo lo anterior bajo un concepto de fuerte proteccionismo. La integración cerrada prevaleció hasta finales de la década del ochenta, momento en el que se inicia la tercera ola de globalización y la era del regionalismo abierto. 17 En esta primera etapa del proceso, el acercamiento a la fase de Mercado Común fue mínima, sólo se armonizaron algunos instrumentos de 15

Información extraída de la página de la Comunidad Andina (2006), estadísticas de los Países andinos. Disponible en: http://www.comunidadandina.org/comercio/union.ht m. Recuperado el 17 de octubre de 2006. 16 Casas, Cit., p. 51 17 Ampliación, remitirse documento completo. CADEL “Reforma Institucional en la Comunidad Andina”, Noviembre de 2006


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Comercio Exterior, debido al incumplimiento de acuerdos de los Países Miembros, las principales causas de la primera crisis del proceso de integración fueron: 1. Incumplimiento de los compromisos derivados del programa de liberación comercial. 2. Se dejaron de aplicar los programas de desarrollo industrial conjunto, como resultado del abandono de la planificación. 3. Los países comenzaron a modificar en forma unilateral algunas políticas comunitarias a nivel comercial y financiero. 4. Se flexibilizó la aplicación del Arancel Externo Mínimo Común y no se cumplió con la adopción del Arancel Externo Común en los plazos previstos. En síntesis, la falta de voluntad politica de las naciones participantes del Grupo Andino y la crisis correspondiente promovida por los incumplimientos motivó el relanzamiento del proceso de integración andino. b. SEGUNDA ETAPA Dicho proceso inicio en 1987 con el Protocolo Modificatorio del Acuerdo de Cartagena (Protocolo de Quito), que se propuso revivir el proceso. En 1989 se levantaron las medidas que impedían el funcionamiento de la Zona de Libre Comercio (ZLC). Y los países acordaron abstenerse de aplicar medidas unilaterales que restringieran

el libre comercio entre los países andinos. En 1991 se aprobó un cronograma mediante el cual se eliminaban de manera gradual todas aquellas listas de excepción de productos al Programa de Liberación. En ese mismo año en Colombia, se aprobaron los estatutos del Acta de Barahona en los que se establecieron los plazos y los niveles para el desmonte total de las listas de excepciones de la integración comercial andina. Ya para 1993 la Zona de Libre Comercio entró en plena vigencia el 1 de enero para Bolivia, Colombia, Ecuador y Venezuela, Perú no hizo parte de este acuerdo. Entre 1992 y 1994, se vivió una etapa de interrupción de los encuentros presidenciales debido a distintos problemas de orden político, como “el distanciamiento diplomático entre Perú y Venezuela y el reinicio del conflicto armado en la frontera peruanoecuatoriana.” 18 . Sin embargo, para finales de los años noventa, se volvió a retomar un impulso dentro del proceso integrador fundamentado esencialmente en el deseo de consolidar fases más avanzadas de integración, como el Mercado Común. En primera instancia, Perú en 1997 19 18

Vieira, Edgar, Alternativas para la Comunidad Andina frente al ALCA y a MERCOSUR, en Escenarios Alternativos para las Integración Andina, Editorial Observatorio Andino de la Universidad Javeriana, Bogotá, Colombia. 19 El 25 de Agosto de 1992, se adopto la Decisión 321 suspensión Temporal del Perú, a partir de la cual éste país suspendió sus obligaciones respecto a la ZLC y el AEC hasta el 31 de Diciembre de 1993, posteriormente, en 1994, se aprobó la incorporación


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propuso su incorporación gradual a la ZLC y quedó como miembro observador frente al AEC y en segunda instancia se reanudaron las reuniones presidenciales, pero esta vez con encuentros anuales, sin embargo seguía prevaleciendo el incumplimiento de compromisos comerciales y la falta de voluntad politica primaba como característica fundamental de los acuerdos comunitarios andinos. Consecuencia de lo anterior, los Presidentes, reunidos en Cartagena de Indias, Colombia en el año 1999 establecieron que a más tardar en el año 2005 debería constituirse el Mercado Común Andino y avanzar en la liberalización de servicios, capitales y personas, partiendo de la consolidación de la zona de libre comercio, el establecimiento del arancel externo común y los avances normativos en servicios, capitales y personas. c. AVANCES DEL MERCADO COMÚN

característica específica de la ZLC Andina, es permitir que “todos los productos de su universo arancelario [estén] liberalizados y ningún producto sujeto a excepción” 21 Se han desarrollado distintos mecanismos para este fin: la Nomenclatura Arancelaria Común, aprobada el 21 de Julio de 1989 en Perú; la eliminación de incentivos como subsidios, normas antidumping, entre otras. Reflexión Muchas de esas medidas, y las controversias que se desarrollan alrededor de ellas, no logran ser solucionadas efectivamente por los órganos jurídicos, ya que, en la mayoría de las ocasiones éstos resultan ignorados por los propios Países Miembros. 22 No obstante, se resaltan distintos beneficios 23 derivados del funcionamiento de la Zona de Libre Comercio Andina:

1. Libre Circulación de Bienes

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Zona de Libre Comercio Andina: “La Zona de Libre Comercio Andina funciona desde 1993 entre Bolivia, Colombia, Ecuador y Venezuela. A ella se incorporó gradualmente Perú desde 1997 hasta culminar dicho proceso el 31 de diciembre de 2005” 20 . La

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del Perú en tres etapas y finalmente el 30 de Julio de 1997se logró la reincorporación plena de éste País Miembro tanto a la ZLC y al AEC. Ibíd. 210. 20 Información extraída de la página de la Comunidad Andina (2006), estadísticas de los Países andinos. Disponible en:

Crecimiento del comercio intracomunitario Incremento del componente manufacturero en exportaciones al interior de la Subregión.

http://www.comunidadandina.org/comercio/zona_1.h tm. Recuperado el 20 de octubre de 2006. 21 Casas, Cit., p. 241. 22 Ampliación, remitirse documento completo. CADEL “Reforma Institucional en la Comunidad Andina”, Noviembre de 2006 23 Información extraída de la página de la Comunidad Andina (2006, 20 de Octubre), estadísticas de los Países andinos. Disponible en: http://www.comunidadandina.org/comercio/zona_1.h tm. Recuperado el 20 de octubre de 2006.


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Generación de herramientas para competir en mercados mas sofisticados Generación de empleo de alta calidad, debido primordialmente al aumento en las exportaciones manufactureras.

Lo anterior permite a Bolivia, Colombia y Ecuador mover libremente sus respectivas tarifas arancelarias nacionales, a partir del primero de agosto hasta el 31 de enero de 2008, limitándose a la normativa de la Organización Mundial del Comercio.

Unión Aduanera Andina: En 1994, la Comunidad Andina adoptó el Arancel Externo Común- AEC. Sin embargo, entró en funcionamiento hasta 1995. El AEC contiene una estructura escalonada de cuatro niveles (5,10, 15 y 20 por ciento), que se aplican a los productos, teniendo en cuenta el grado de elaboración. No obstante, este tipo de condiciones incluyen también importantes excepciones 24 a determinados productos. Como menciona Ángel María Casas esta situación “deja insatisfechos a los técnicos de la Secretaria General de la Comunidad Andina, quienes han manifestado que esta estructura arancelaria no recoge las diferencias en la composición sectorial productiva de los cinco países, ni las diferencias en la utilización de los factores productivos en el interior de cada uno” 25 .

Con ello el comercio andino estará sujeto, a trabas y trámites en frontera que en un espacio de unión aduanera, debían desaparecer. Es por ello que se hace importante analizar escenarios que podrían darse tras esta nueva situación que enfrenta la ya muy debilitada integración andina.

-

-

Sin embargo, con la Decisión 669 del 2007 se terminaron las pocas esperanzas de vida que tenía el Arancel Externo Común Andino –AEC-. 24

Los sectores mas efectivamente protegidos con la actual estructura del AEC son la agroindustria, el textil, el agropecuario, la química, el plástico, el cuero y el automotor. Y están relativamente desprotegidos la minería, la química básica, el papel, las editoriales, la maquinaria y la metalurgia. Casas, Cit, p. 247. 25 Ibíd, p. 242

Reflexión La Decisión 699 del 2007 en el largo plazo terminaría por erosionar la fase de Unión Aduanera en la Comunidad Andina, ya que se están desmontado las principales herramientas de protección de la Comunidad Andina, como el Arancel Externo Común –AECy el Sistema Andino de Franjas de Precios –SAFP. Asimismo, estamos frente a un aumento de las importaciones, transformación que incrementaría el déficit comercial en la subregion andina y lesionaría la zona de libre comercio andina. Por ello la Decisión 699, al interpretarse como la autonomía arancelaria para cada nación, estanca la posible consolidación de la Unión Aduanera y por ende del Mercado Común Andino. 2. Libre Circulación de Servicios


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“La CAN aprobó en 1998 la liberalización del comercio de servicios subregionales: telecomunicaciones, transporte, finanzas, turismo, educación y salud, entre otros” 26 . Se establece que las acciones deben enfocarse hacia el sector del transporte en específico, fomentando la libre circulación del transporte de carga por carretera al interior de la subregion, como también la libre movilización de los distintos tipos de transporte. Sobre la homologación o el reconocimiento de títulos, se acordó el reconocimiento y homologación de títulos al interior de la CAN y se encargó al Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores, a los Ministros de Educación y a la Secretaría General de la Comunidad, desarrollar una propuesta para ser presentada al Consejo Presidencial Andino. De igual forma, “en el campo de las telecomunicaciones y de las tecnologías de la información, la Comunidad Andina debe concretar el proyecto, para dotarse definitivamente de un satélite en la órbita geoestacionaria del Ecuador, así mismo se acordaron normativas comunitarias sobre comercio electrónico, armonización de requisitos y procedimientos sobre normas comunes para la interconexión, el uso de espectros y los servicios satelitales, áreas fundamentales para mejorar las

26

Casas, Cit., p. 270.

condiciones de competitividad en la subregión.” 27 Posteriormente, a través de la Decisión 439 de 2005, emanada por la Comisión, en respuesta a una directriz presidencial, se establecen una serie de principios y normas para la liberalización del comercio intrasubregional de servicios, mediante la eliminación de las medidas restrictivas al interior de la CAN. Finalmente, con la aprobación de la Decisión 659 de 2006 sobre Libre Comercio de Servicios Financieros, se dio un importante avance en el proceso de consolidación de la integración andina, al definir reglas claras sobre el sector de servicios con miras al establecimiento de una Zona Andina de Libre Comercio de Servicios. Reflexión Es necesario completar las disposiciones diseñadas para la libre circulación de servicios en el mercado andino y fortalecer el diseño de normas comunitarias en lo que concierne a los servicios financieros y profesionales. Por tal motivo, es imperioso que los Ministerios de Comercio de cada país redefinan las metas propuestas en aras de otorgarle un nuevo aire a la Decisión 439 del 2005. 3. Libre Circulación de Capitales La normativa andina se caracterizó por un altísimo nivel proteccionista, se 27

Vieira, Cit, p.51.


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establecían condiciones demasiado restrictivas a las empresas y al capital extranjero, se obligaba a las empresas a convertirse en nacionales o mixtas como condición necesaria para recibir los beneficios del mercado ampliado, además brindaba plena libertad a los Países Miembros de utilizar reglas más estrictas o restrictivas si lo consideraban necesario. Como resultado de la nueva dinámica mundial de regionalismo abierto, se otorga un papel significativo a la inversión extranjera disminuyendo casi al mínimo las restricciones existentes hasta ese momento. El “Régimen Común para el Tratamiento a la Inversión Extranjera otorga a los inversionistas extranjeros los mismos derechos y obligaciones que los nacionales (…) Además, elimina todo tipo de autorizaciones previas a las que anteriormente estaban sujetos los inversionistas extranjeros (…) y abre el mercado subregional a favor de los productos producidos por las empresas extranjeras” 28 . Reflexión El concepto de libre circulación de capitales, al interior de la Comunidad Andina, es uno de los ejes fundamentales para el funcionamiento y el desarrollo del Mercado Común Andino. No obstante, los resultados de dicha propuesta distan mucho de las metas trazadas, por lo tanto debería replantearse una nueva ruta a partir de 28

Casas, Cit., pp. 272-273.

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acciones de cooperación y concertación entre los organismos sectoriales nacionales. En pro de lograr una libre circulación de capitales en la subregión, la Comunidad Andina debería trabajar conjuntamente con la Corporación Andina de Fomento- CAF en una normativa con la cual se logre adelantar proyectos como el establecimiento de sucursales bancarias en cada país de la subregión, permitiendo realizar transacciones bancarias. Así mismo, es necesario replantear el acervo comunitario de inversiones, ya que éste debe estar dirigido a establecer normas claras y debidamente monitoreadas por un eficaz sistema de solución de controversias. 4. Libre circulación de personas La Comunidad Andina ha desarrollado avances desde la década del setenta que buscan suprimir los requerimientos policiales o aduaneros a las personas que cruzan fronteras intracomunitarias por turismo, trabajo o cambio de residencia. Mediante la Decisión 113 y 116 de 1977 relativas al Instrumento Andino de Seguridad Social y de Migración Laboral se dio el primer paso en la materia junto a la Decisión 582 que establece un “Programa Andino de Desarrollo e Integración turística”; aunque estas reglamentaciones tuvieron inconvenientes de aplicabilidad, constituyeron las bases fundamentales para revestir de importancia el tema de la libre


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circulación de personas en la subregion andina. Veinte años después se reinician los trabajos en el tema y se acuerda la Decisión 397 de 1996 que contempla la creación de la Tarjeta Andina de Migración-TAM, la cual tiene como objetivo promover el control estadístico del flujo migratorio al interior de los Países Miembros, no obstante se establece que el uso de la TAM, no excluye la presentación del pasaporte o visa o cualquier otro documento que exija la legislación nacional o comunitaria. En la Decisión se delega a los países miembros la responsabilidad de distribuir la TAM en sus respectivos territorios. Es en el año 2001 que se inicia el verdadero camino hacia el logro de la libre circulación de personas, esto se dio a través de la Decisión 503, que determina el Reconocimiento de documentos nacionales de identificación, como estrategia para la eliminación de requisitos de visa y pasaportes entre los países Miembros. De esta forma en el artículo primero de la citada decisión se establece que “los nacionales de cualquiera de los países miembros podrán ser admitidos o ingresar en calidad de turistas mediante la sola presentación de uno de los documentos nacionales de identificación, sin el requisito de visa consular y para una permanencia de hasta 90 días”, con la salvedad de que dicho documento debe ser válido y vigente en el país emisor.

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Si bien la decisión atañe básicamente a lo ciudadanos y ciudadanas andinos en su calidad de turistas, se establece que éstos gozaran de los mismos beneficios y derechos de los nacionales del País Miembro, referidas a migración, orden interno, seguridad pública y seguridad nacional. No obstante, se establece que los turistas no podrán realizar actividades remuneradas ni lucrativas, salvo lo que se haya convenido anteriormente en materia de migración temporal o en convenios de integración fronteriza que se suscriban entre los países miembros. Esta Decisión esta siendo aplicada por Bolivia, Colombia, Ecuador (exigen certificado judicial a colombianos, debido a medidas preventivas, causa del conflicto interno) y Perú desde su entrada en vigencia en enero del 2002. Otro de los mecanismos andinos en dicha temática es, el Pasaporte Andino, creado mediante Decisión 504 del 2003, el cual podrá ser utilizado por los nacionales de los Países Miembros en sus movimientos intracomunitarios, esta herramienta debió haber entrado en vigencia en diciembre de 2006 29 . Este documento se encuentra acorde con las especificaciones internacionales de seguridad y de facilitación migratoria a través de la Decisión 525 del 2002. Pero es en el año 2003 donde se acuerdan cuatro normas comunitarias 29 Desde el año 2004 esta siendo expedido en Ecuador, desde el veinte de septiembre del 2005 en Perú, en Bolivia desde enero de 2007 y en Colombia se encuentran avanzado en el tema.


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que permitieron materializar aún mas la posibilidad de constituir un espacio andino libre de restricciones. En su orden son, la Decisión 545 “Instrumento Andino de Migración Laboral”, con la que se busca que en los Estados Miembros establezcan progresivamente normas que permitan la libre circulación y permanencia de los ciudadanos y ciudadanas andinos en la subregión con fines laborales; la Decisión 546 “Instrumento Andino de Seguridad Social” posteriormente sustituida por la 583 en el 2004, en la que se pretende preservar el derecho de los migrantes laborales andinos a percibir las prestaciones de seguridad social y garantizar la conservación de sus derechos adquiridos en cualquier País Miembro en donde se encuentre trabajando; la Decisión 547 “Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo”, sustituida por la 584 de 2004, diseñada con el objeto promover y regular las acciones que se deben desarrollar en los centros de trabajo de los Países Miembros para disminuir o eliminar los daños a la salud del trabajador, mediante la aplicación de medidas de control y el desarrollo de las actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados del trabajo; y la Decisión 548 que instituyo el “Mecanismo Andino de Cooperación en materia de Asistencia y Protección Consular y Asuntos Migratorios”, busca servir de apoyo a los ciudadanos andinos que por cualquier razón se encuentren fuera de su país de origen, para tal efecto establece la coordinación de diferentes acciones y

esfuerzos en pro de garantizar la protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos andinos, en materia consular, de seguridad social y laboral. Actualmente, se encuentra reglamentada la Decisión 584Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el trabajo a través de la Resolución 957, mecanismo que el Consejo Consultivo laboral andino (CCLA) y su órgano técnico el Instituto laboral andino (ILA) se incorporó como una de sus prioridades, contribuyendo en la difusión y capacitación mediante:

Se publicaron dos ediciones (2,000 ejemplares) de la mencionada normativa comunitaria que fueron distribuidos en los cuatro países andinos, incluyendo Venezuela. La Decisión No. 584 “Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo” y su Reglamento, la Resolución No. 957 se encuentran colgadas en la página Web, a través del siguiente link http://www.ila.org.pe/publicacion es/docs/decision_584.pdf ¾ Realización seminarios nacionales e inclusión en los currículos de formación sindical a distancia de los aspectos fundamentales de la Decisión No. 584. ¾ Plan Regional Andino de Salud de los Trabajadores y Trabajadoras cuyo principal eje es la difusión de Decisión No. 584 “Instrumento Andino de


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Seguridad y Salud en el Trabajo” y su Reglamento, la Resolución No. 957. Así mismo, en el Ministerio de Protección Social de la República de Colombia y en la legislación laboral de ese país se aplica el concepto de trabajo consignado en la Decisión 584 de la Comunidad Andina en lo concerniente a riesgos profesionales, lo cual implica un paso relevante en la incorporación operativa de la normativa andina en libre circulación de personas. En este mismo sentido, Colombia se encuentra desarrollando el Plan Andino en Salud y Seguridad en el Trabajo y ha capacitado a varios trabajadores en la existencia del instrumento andino. Por otra parte, en lo relacionado con el Reglamento del Instrumento Andino de Migración Laboral se ha logrado culminar las negociaciones en un cien por ciento en diciembre del 2006, sin embargo, en el momento de hacer la revisión final de documento en los primeros meses 2007, la hermana República de Bolivia quien acababa de cambiar su estructura de Estado, presenta ante el Comité Andino de Autoridades de Seguridad Social y el Subcomité Andino de Autoridades en Migración Laboral una moción, donde manifiestan que su nuevo gobierno se abstiene en este momento de pronunciarse alrededor del tema de los tres instrumentos y de los mismos reglamentos, ya que es necesario que los equipos técnicos analicen hasta donde podían acercar a sus nuevas estructuras y políticas de su Estado estos proyectos. Por tal motivo, el

Subcomité Andino de Migración Laboral se encuentra a la espera de dicho análisis en Bolivia para continuar el proceso de reglamentación. Finalmente, el reglamento del Instrumento Andino de Seguridad Social- Decisión 583, esta aprobado en su mayoría, sin embargo, las naciones andinas presentaron cambios en los sistemas de pensiones, lo cual obligo a reiniciar el proceso. Reflexión A pesar de la existencia de los anteriores instrumentos normativos y de su gran importancia, no son totalmente aplicados debido a su flexibilidad en el aspecto preeminente de la norma comunitaria y de la ausencia de herramientas de aplicación y de control a los avances registrados en cada nación andina. Por lo cual seria adecuado llevar a cabo cuatro etapas que fomenten la consolidación del espacio andino libre de restricciones para las personas. La primera es recomendar al Consejo de Ministros de Trabajo- CAMT reactivar la negociación de los reglamentos del Instrumento Andino de Migración Laboral (Decisión 545) y del Instrumento de Seguridad Social (Decisión 583), con el fin de otorgar verdadera aplicabilidad a dichos mecanismos, de manera que estableciendo unos lineamientos claros, sin excepciones y obligatorios, las herramientas migratorias a nivel laboral generen beneficio a nuestros


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ciudadanos(nas) a través de la inclusión de los mismas en los planes nacionales. Asimismo, realizar un seguimiento de la aplicación de la Decisión 584 “Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo” junto a su reglamento y al Plan Andino de Seguridad y Salud en los ministerios correspondientes de Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú. En este mismo sentido, es necesario exhortar a los gobiernos de los países de la Comunidad Andina y a las autoridades competentes nacionales, a unificar los criterios de migración y emigración andina, de conformidad a las Decisiones 503 y 504 del 2001 “Reconocimiento de documentos nacionales de identificación” y “Pasaporte Andino”. Especialmente en lo concerniente a la obligatoriedad del certificado judicial para los ciudadanos colombianos en el momento de ingresar a territorio ecuatoriano y al establecimiento del Pasaporte Andino en la República de Colombia para movimientos intracomunitarios de los ciudadanos. En segundo lugar, es adecuado diseñar un documento que permita a los ciudadanos (nas) transitar libremente por el espacio andino en calidad de trabajadores. Es decir, una Tarjeta Laboral Andina de Identificación que garantice la igualdad de trato en los Países Miembros y asegure el cumplimiento de los Derechos Económicos y Sociales en cualquier lugar del territorio andino. Para tal fin, se recomienda identificar los alcances del Instrumento

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Andino de Migración Laboral como marco normativo de la Tarjeta Laboral Andina. En tercera instancia, es necesario crear una red andina, que permita que un ciudadano (na) de la subregion expida un certificado andino de seguridad social, que confirme su afiliación en el país de origen o de la anterior residencia y permita extender las prestaciones económicas y sociales al país donde se traslada. Por tal motivo, es adecuado considerar los acuerdos existentes entre seguros sociales andinos y realizar un estudio de financiación (presupuesto comunitario, aporte nacional, etc) con el objeto de constituir un Fondo de Financiación Comunitario para la Seguridad Social y Pensional. Finalmente, seria conveniente que el componente de libre circulación de personas estuviera acompañado de una politica pública supranacional que busque identificar los principales mecanismos, que hagan más operativos los instrumentos existentes en la materia mediante planes de acción posibles y desarrollables en el mediano plazo, los cuales deben contemplar paquetes integrales para el trabajador (a) andino, como la seguridad social, la seguridad en el trabajo, el reconocimiento y homologación de los títulos académicos, etc. Sin embargo, la efectividad de los mecanismos andinos existentes y la operatividad de los planes de acción


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que se puedan formular dependen principalmente de la voluntad politica de Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú, como componente esencial para la consecución real de los propósitos anteriormente descritos. Por lo cual, el compromiso nacional con los intereses comunitarios debe constituirse como el más cercano objetivo alcanzar al interior de la Comunidad Andina. Reflexión General sobre el Mercado Común Andino Luego de ocho años del establecimiento de la meta del mercado común, este no se ha logrado consolidar debido a la falta de compromiso político para otorgar adecuado cumplimiento a la normativa diseñada para tal fin. No obstante, actualmente es necesario replantear la importancia de avanzar hacia un Mercado Común Andino no solamente en el ámbito comercial, sino en el fortalecimiento de la libre circulación de servicios, capitales y personas. 3. NUEVA AGENDA MULTIDIMENSIONAL “POLÍTICA EXTERIOR COMÚN, COOPERACIÓN POLÍTICA Y SOCIAL EN LA CAN” a. POLÍTICA COMÚN 30

EXTERIOR

30 El panorama actual de la Comunidad Andina: Una visión general a los 37 años de historia del proceso de integración. Documento de trabajo del Centro Andino de Investigación, Capacitación y Desarrollo Legislativo CADEL [inédito].

“En 1979, en Lima, los gobiernos andinos firmaron el Instrumento Constitutivo del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores del Grupo Andino, cuya primera atribución era la de formular la Política Exterior conjunta. Sin embargo, el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores fue finalmente incorporado al ordenamiento jurídico del Acuerdo de Cartagena, mediante la adopción de su Reglamento General, en el cual se establece que son funciones y atribuciones de dicha instancia, entre otras, las de formular la política exterior de los Países Miembros en los asuntos que sean de interés Subregional, así como orientar y coordinar la acción externa de los diversos órganos e instituciones del Sistema Andino de Integración” 31 De esta manera, al año siguiente, en el Protocolo de Sucre de junio de 1997, el Consejo de Ministros es delegado por parte de los Jefes de Estado a establecer una Agenda de Política Exterior que sirva de base para definir la Política Exterior Común, así como la estrategia comunitaria que permita la proyección de la Comunidad Andina en el contexto internacional". 32 Es así como la Política Exterior Común (PEC) de la CAN se ha institucionalizado como la herramienta 31

Artículo 6 del Reglamento General del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores adoptado en la ciudad de Quito el 25 de junio de 1997. 32 Información extraída de la página de la Comunidad Andina (2006, 20 de Octubre). Disponible en: www.comunidadandina.org. Recuperado el 20 de octubre de 2006.


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adecuada para la consecución de varios objetivos primordiales, como lo son una mayor presencia e influencia a nivel regional como global, el fortalecimiento de la identidad y la cohesión andina, al igual que el reconocimiento de la importancia de cinco países como bloque regional.

andinos en las ofertas de liberación comercial y mantener un apropiado intercambio de información y consultas en el desarrollo de las negociaciones, en un marco de transparencia y solidaridad, según lo establece la mencionada Decisión 598. Reflexión

Para la conquista de los anteriores objetivos, la PEC de la CAN, utiliza mecanismos como el de cocería única, con el objeto de adoptar posiciones comunes y acciones conjuntas. La PEC tiene preestablecido unos lineamientos principales de carácter político, económico y socio-cultural, los cuales representan los intereses de la Comunidad. Por otro lado, y funcionando de manera paralela a la PEC, se encuentra la política exterior nacional. Dicha Política se ve respaldada normativamente por la Decisión 598/04 de la CAN, por medio de la cual se esclarece la capacidad de los Países miembros para negociar acuerdos comerciales con terceros países, prioritariamente de forma comunitaria o conjunta y excepcionalmente de manera individual. Sin embargo, es importante aclarar que en el caso en que un país decida optar por entablar negociaciones de manera independiente debe comprometerse a preservar el ordenamiento jurídico andino en las relaciones entre los Países Miembros de la Comunidad Andina, tomar en cuenta las sensibilidades comerciales presentadas por los otros socios

En materia de Política Exterior, la CAN actualmente ha empezado a formar una estrategia unificada en los Países Miembros, sin embargo no hay que desconocer que ha pasado difíciles momentos, debido a las dificultades que se presentan para elaborar una Política Exterior Común que respalde los diferentes intereses de los estados Miembros. Esto ha atrasado la aplicación de la vocería única. Dicha situación, demuestra una compleja debilidad institucional del proceso integrador, exponiendo claramente la existencia de intereses disímiles entre los países que conforman la Subregion, lo cual hace imposible la aplicación de este mecanismo, ya que en dichos países priman los intereses individuales sobre los colectivos, lo cual impide tener una posición común frente a los diversos escenarios internacionales. Al no poder crear una vocería única, por medio de la cual se alcance una posición unánime de los países miembros del bloque regional andino, se pierde la relevancia dentro de los procesos de negociación, dejando entre ver la debilidad de la región en este trascendental aspecto.


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Como ejemplo de esta situación podemos hacer referencia a la primera etapa de negociaciones del Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos y los países andinos (Perú, Ecuador y Colombia), en las cuales se intentaron definir posiciones conjuntas para incrementar su capacidad negociadora. Sin embargo, dichas posiciones nunca llegaron a tener la contundencia y unanimidad necesarias, debido a que primaron los intereses particulares sobre los colectivos. Lo anterior refleja que existen profundas discrepancias que impiden la adopción de una Política Exterior Común fortalecida por la adopción de mecanismos a través de los cuales se puedan fijar posiciones únicas en escenarios de negociación con terceros, lo cual podría evitarse si se logra obtener los consensos necesarios para avanzar de manera armónica en aquellos temas en los cuales convergen los intereses comunes de los países miembros de la CAN. No obstante, a pesar de los obstáculos mencionados anteriormente, cabe destacar que después de un complejo camino, finalmente se dio inicio a la ronda de negociaciones con la Unión Europea en búsqueda de un Acuerdo de Asociación. El discurso celebrado por el Presidente de Colombia, Álvaro Uribe Vélez, instó a las mesas a darle celeridad a los acuerdos con el fin que la firma de este tratado pudiera darse en tiempo récord.

Otro aspecto a rescatar es el nuevo impulso que ha ido tomando la conformación de la Unión de Naciones Sudamericanas (UNASUR), en donde la Comunidad Andina ha tenido trascendental liderazgo. Junto con estos dos grandes pasos en política exterior, está la búsqueda de un acuerdo de libre comercio con la República Popular de China, cuyos acercamientos están previstos para iniciarse a finales del presente año; de igual forma se incluye la posible asociación con los países de la región Asia Pacífico (APEC). Finalmente, y tal vez el hecho mas relevante en esta materia, después del Acuerdo de Asociación, es el reintegro de Chile a la Comunidad Andina, en calidad de Miembro Asociado, este evento le dio al bloque andino un nuevo aire, después de los amargos momentos que implicaron la denuncia del Acuerdo de Cartagena por parte de la República Bolivariana de Venezuela. En agenda está concretar la adhesión de Panamá como posible nuevo miembro asociado, avanzar en los acercamientos con México con el mismo estatus del anterior y por último, definir cual será la decisión de Venezuela con relación a su retorno a la Comunidad Andina, según lo expresado por el Presidente Hugo Chávez en su última visita oficial a Colombia. b. COOPERACIÓN POLÍTICA a. Cultura


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En materia de cultura, la CAN ha diseñado una Politica Cultural Común compuesta por tres campos de acción, las industrias culturales, la preservación y protección del patrimonio cultural y el desarrollo de una cultura de integración en los planes y programas de estudios en escuelas y colegios, bajo la orientación del Consejo Andino de Ministros de Educación y Responsables de las Políticas Culturales. Industrias Culturales: Se llevaron a cabo talleres nacionales que permitieron: ¾ Identificar la necesidad de formular una normativa comunitaria andina para facilitar la circulación de la producción cultural andina subregional y la protección de los conocimientos tradicionales. ¾ Establecer estrategias y mecanismos comunitarios para la producción, coproducción y distribución de bienes culturales, ¾ Impulsar y coordinar mecanismos contra la piratería y defensa derechos de autor a través del establecimiento de redes y sistemas de articulación gubernamentales y privados.

¾ Desarrollar acciones conjuntas para la formación y especialización de capital humano vinculado con las industrias creativas. Diversidad Cultural ¾ Es necesario que los países miembros de la Comunidad Andina ratifiquen su compromiso con instrumentos internacionales como la Convención para la Diversidad Cultural de la UNESCO y la Carta Cultural Iberoamericana. ¾ Es imperativo posicionar el tema de diversidad cultural como un tema transversal dentro de la agenda social. Es decir, que se otorgue un enfoque o un tratamiento diferencial para los grupos étnicos, personas discapacitadas, poblaciones desplazadas en las agendas intersectoriales de los distintos entes encargados de la política social andina. Patrimonio inmaterial

cultural

material

e

Patrimonio Cultural Material ¾ Compromiso de los países andinos junto a Argentina y


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Chile con el Proyecto Qhapaq Ñan, que busca fundamentalmente convertir este camino principal andino en parte del Patrimonio de la UNESCO. ¾ Consolidar el acompañamiento de la Comunidad Andina en el proceso de identificación y valoración de patrimonio ecológico con ayuda del Centro de Patrimonio Mundial ya que puede constituir un potencial con recursos para el desarrollo de turismo cultural en la región. Patrimonio Cultural Inmaterial ¾ La acción conjunta de la Comunidad Andina se enmarca dentro del Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Material e Inmaterial CRESPIAL, con sede en Cusco, Perú, en el cual confluyen no solo los países de la Comunidad, sino que también los demás países latinoamericanos, especialmente los de Sudamérica. Patrimonio Arqueológico y tráfico ilícito de bienes culturales ¾ La Decisión 588 de 2004 de la Comunidad Andina sobre la protección y recuperación de bienes de patrimonio cultural, así como la Convención de 1970 de la UNESCO; constituyen los marcos normativos sobre los cuales se realizan las actuaciones en materia de lucha contra el tráfico.

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¾ Existen convenios bilaterales para el tratamiento de este tema entre Colombia, Perú, Ecuador y Bolivia. Asimismo, se proyecta la realización de una conferencia conjunta con estos tres países, para la restitución de unos bienes arqueológicos que están en Dinamarca y que están en proceso de discusión. ¾ La República de Colombia planteó en el marco de la Comunidad Andina el diseño de un marco conjunto de acción para la restitución de bienes en países extranjeros o extracomunitarios y la regulación de comercio de patrimonio cultural, a través de talleres de capacitación, actividades de difusión y de refuerzo de presencia de los entes de control en los pasos de frontera de los países miembros de la Comunidad Andina. Avances en zonas fronterizas ¾ En materia de integración fronteriza en la frontera de Ecuador y Perú, se estableció el Proyecto Leer sin frontera, que tiene como objetivo fortalecer el tejido social de las comunidades fronterizas, especialmente de las familias en condición de vulnerabilidad, a través de la puesta en marcha de proyectos de promoción de lectura que favorezcan nuevos procesos relacionales entre los diversos segmentos de la población, tanto desde su propia cultura


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como desde sus imaginarios de cultura. Reflexión Es imperativo trabajar de manera conjunta en la definición de mecanismos conjuntos de financiación y articular de una forma cada vez más consistente a la Corporación Andina de Fomento en áreas de financiación y de cooperación en materia de fortalecimiento de las industrias culturales de la región. b. Educación Cátedra de Integración La cátedra de integración fue institucionalizada mediante Decisión 594 del 2004, la cual estipula introducir esta cátedra en el currículo de educación básica en los Países Miembros de la Comunidad Andina a través de planes de acción y programas de trabajo, desarrollados por la Secretaria General de la Comunidad Andina, los Ministros de Educación y Cultura, el Convenio Andrés Bello y la Universidad Andina Simón Bolívar. En cumplimiento a la Decisión 594, las instancias mencionadas diseñaron un programa de trabajo denominado Educación para la Integración que contó con la participación de equipos consultores en cada país andino, quienes elaboraron un informe sobre la enseñanza de la integración andina con un alto énfasis en historia e interculturalidad presentado ante un

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seminario internacional, organizado por la Secretaria General de la Comunidad Andina y la Universidad Andina Simón Bolívar en Quito, Ecuador, los días 2 y 3 de febrero de 2006. Este documento sistematizó la información obtenida en las naciones andinas y formuló una propuesta para los Ministros y los Presidentes Andinos. La propuesta principal de este documento, hace referencia a que la cátedra de integración sea considerada como un eje transversal en todos los planes educativos, especialmente en las asignaturas de historia, geografía y educación en valores. Esto implica que los planes y programas deben incluir el tema dentro de los contenidos de las áreas o módulos del currículo. No obstante, el programa plantea que en un momento determinando se deben impartir conocimientos específicos de la integración. Adicional a esta temática, el programa incluye contenidos generales, conceptuales y programáticos, para docentes y alumnos, como también proyectos complementarios. Reconocimiento y Homologación de títulos En el tema de reconocimiento y homologación de los certificados de educación y títulos de profesionales al interior de la Comunidad Andina, se encargo la elaboración de una propuesta temática en este ámbito, en el marco del XVI Consejo Presidencial a el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, reunido con los Ministros de Educación y con el apoyo


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de la Secretaría Comunidad.

General

de

la

Por tal motivo en la Decisión 601 mediante la cual se aprueba el Plan Integrado de Desarrollo Social, se establece una serie de proyectos de armonizaciones subregionales de metodologías, criterios y prioridades sobre formación y capacitación laboral. En virtud de lo anterior y como consecuencia de la III Conferencia Regional sobre Empleo y con base en las consultorías auspiciadas por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de España y la Agencia Española de Cooperación Internacional- AECI, se considero fundamental impulsar y ejecutar en un proyecto de certificación de competencias y homologación de títulos andinos, el cual se encuentra en proceso de elaboración y consulta técnica en la Secretaria General de la Comunidad Andina. En este mismo sentido, el día 23 de junio de 2006 se suscribe un Acuerdo de Intención sobre Reconocimiento de Títulos y Procesos de Certificación de Competencias Laborales entre Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú en el nivel técnico-profesional, donde participaron las siguientes instituciones: INFOCAL: Fundación para la Formación y Capacitación Laboral. BOLIVIA SENA: Servicio Nacional de Aprendizaje. COLOMBIA SECAP: Servicio Ecuatoriano de Capacitación Profesional. ECUADOR

SENATI: Servicio Nacional de Aprendizaje en Trabajo Industrial. PERÚ INCE: Instituto Nacional de Cooperación Educativa. VENEZUELA (Observador) La principal conclusión de dicho encuentro fue encargar a la Secretaría General de la Comunidad Andina, la elaboración de una norma comunitaria que refrende la homologación de títulos y certificados de las Instituciones de Formación Técnica-Profesional. Consecuencia de lo anterior, en el mes de marzo del 2007 se lleva a cabo la Primera Reunión de Expertos Subregionales en Materia de Prestación de Servicios Profesionales, donde se acordó iniciar la negociación entre Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y la Secretaría General CAN para desarrollar un “Documento Base de un proyecto de decisión para el sistema de reconocimiento mutuo de títulos” que esta haciendo desarrollado por el Comité de Seguimiento del PIDS en Bolivia. Así mismo, se presentaron los requisitos nacionales y estándares de calidad mínimos que se siguen en cada país andino para emitir un titulo profesional, lo cual permite conocer los diferentes sistemas de acreditación. Difusión y mayor utilización Tecnologías de información comunicación (TIC) y el Desarrollo la Ciencia, la Matemática y Comunicación.

de y de la

Colombia lidera el programa del Plan Integrado de Desarrollo


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Social “Calidad y Equidad en Educación: Red Andina para el Desarrollo de las Ciencias, la Matemática y la Comunicación”.

El programa tendrá una duración de dos años y un costo total de US $ 2’268.439. Asimismo, incluirá, una experiencia piloto de mejoramiento de la calidad de la educación (Ciencias, Matemáticas y Comunicación) en educación básica, formación de docentes en el manejo de nuevas tecnologías para la educación, expansión del uso de tecnologías de información y comunicación en la educación, y finalmente implementación de redes interactivas (Red de Adecuación de Contenidos y Red de Diseminación de Contenidos), (Redes de Creadores de Soluciones Estratégicas y Red de Portales Educativos)

Otras Acciones Red de Cooperación Intercultural MultilingüeRECIM: Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Paraguay son miembros plenos de la RECIM, lo cual permite la defensa de la educación multicultural bilingüe como instrumento de afianzamiento de la identidad cultural y el desarrollo de los recursos humanos.

Mesa Educativa Binacional Zona Fronteriza ColombiaEcuador (Junio 2007). Dirigido a etnias habitantes en zona de frontera. Se diseñaron los siguientes proyectos: “Diagnóstico cualitativo y cuantitativo de la educación indígena en la zona de frontera”, “Foro Binacional Fronterizo de Educación para Pueblos Étnicos” y “Formación de maestros en: Escuela y Desplazamiento”. Proyectos Convenio Andrés Bello • •

Alfabetización en fronteras (Perú, Ecuador, Venezuela, Colombia) Tabla de Equivalencias sobre reconocimiento de estudios, títulos y certificados de educación primaria/básica y media/secundaria no técnica”

Reflexión Es necesario, iniciar un proceso de construcción de identidad andina y de identificación con la Comunidad desde los primeros años escolares, a través del conocimiento de pueblos hermanos y del mismo concepto de integración, no sólo comercial sino social y cultural, en todos los niveles de formación educativa. Sin embargo, la existencia de la Comunidad Andina junto a sus alcances debe ser puesta en conocimiento desde los últimos años


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de la educación primaria hasta la carrera universitaria de manera directa y autónoma y no incluida en otras competencias académicas. c. Lucha Antidrogas El tema de la lucha antidrogas y erradicación de cultivos ilícitos afecta a toda la región. Los gobiernos se comprometieron a realizar esfuerzos individuales y en conjunto con el fin de contrarrestar los efectos de esta problemática a través de la Iniciativa Regional Andina-IRA, el Plan Andino Antidrogas, en el cual se incluyen políticas como la adopción de mecanismos como la Ley de Promoción Comercial y Erradicación de la Droga - ATPDEA y las políticas de control de estupefacientes (Decisión 602/04). Reflexión Es necesario dar prioridad a la concertación de posiciones sobre el tema de las drogas como fenómeno comunitario, que afecta a la totalidad del territorio andino, por tanto, se debe otorgar un tratamiento andino y no excluyente a cada nación o situación bilateral. d. Seguridad y Paz El tema de la seguridad y el fomento de la confianza, se sustenta en el "Compromiso de Lima: Carta Andina para la Paz y la Seguridad, Limitación y Control de los Gastos Destinados a la Defensa Externa”. Los acuerdos

alcanzados en dicho documento están dirigidos a definir una política de seguridad externa de la CAN, caracterizando una zona de paz en dicha región, limitando el gasto militar a fin de orientar estos recursos a la inversión social y profundizando la cooperación para la lucha contra el terrorismo y el tráfico ilícito de armas, entre otros. Esta política ha sido adoptada por los países miembros de la CAN a través de directrices presidenciales y decisiones (552/03 y 587/04), en donde se adelantaron acciones contra el tráfico de armas y la creación de una zona de paz.

Reflexión A pesar de la normativa existente, se identifica la ausencia de canales de dialogo a nivel comunitario tanto de los órganos e instituciones del Sistema Andino de Integración como de los propios Países Miembros para analizar y tomar medidas conjuntas sobre los temas de seguridad, paz y gobernabilidad democrática en la Comunidad Andina, lo cual indica una subutilización de las normas existentes y una deficiencia de espacios de dialogo y concertación politica. e. Democracia En materia de democracia, desde la firma del Acuerdo de Cartagena, los países se comprometieron a participar democráticamente en cada una de las instituciones y decisiones que realiza la


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CAN a través del diseño de diversos mecanismos normativos. Reflexión Es de carácter expedito que los países de la Comunidad Andina ratifiquen y apliquen los instrumentos democráticos existentes a nivel andino y sudamericano, con el objetivo de hacerlos efectivos ante eventuales crisis internas o bilaterales entre las naciones. Algunos de estos instrumentos son: 1. La Declaración del Consejo Presidencial Andino sobre Democracia e Integración, suscrita en Santafé de Bogotá el 7 de agosto de 1998 2. El Mecanismo de Consulta y Concertación Política, inicialmente conocido como el Grupo de los Ocho y, a partir de su ampliación, como el Grupo de Río. Dicho grupo, suscribe la Declaración sobre Defensa de la Democracia en 1997. 3. La Decisión 458 del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, a través de la cual se aprobaron los "Lineamientos de la Política Exterior Común", la cual tiene entre sus principales principios el de la vigencia del orden democrático fundado en la participación ciudadana y en la justicia social 4. El Protocolo Adicional al Acuerdo de Cartagena "Compromiso de la Comunidad Andina por la democracia"

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mediante el cual se establece el orden democrático y el Estado de Derecho, como requisitos para la integración y la cooperación andina. Además en caso de ruptura establece procedimientos. En el marco de la I Cumbre sudamericana, celebrada el 1 de septiembre del 2000 en la ciudad de Brasilia, los presidente aprobaron tres instrumentos principales, la "cláusula democrática", la zona de paz sudamericana, el mecanismo de diálogo político y la acción conjunta ante terceros. El "Compromiso de la Comunidad Andina por la Democracia", iniciativa del Perú para la adopción de una "Carta Democrática Interamericana", lo que se concretó el 11 de septiembre del 2001 La Declaración de Machu Picchu sobre la Democracia, los Derechos de los Pueblos Indígenas y la Lucha contra la pobreza, suscrita el 29 de julio del 2001. Los Cancilleres de los países de la Comunidad Andina, MERCOSUR y Chile establecieron en La Paz, Bolivia, el día 17 de julio de 2001, un Mecanismo de Diálogo y Concertación Política, dirigido a facilitar la concertación de acciones conjuntas en las áreas de cooperación política, integración económica e infraestructura física, relaciones


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exteriores e intercambio de información, así como aspectos sociales y culturales, entre otros.

seguimiento a la aplicación de dicho instrumento de Derechos Humanos. Reflexión

f. Derechos Humanos En el marco de la Comunidad Andina, se suscribe la Carta Andina para la Promoción y Protección de los Derechos humanos, el 26 de Julio de 2002 en Guayaquil, Ecuador, como un mandato ético - político para los países de la subregión. En dicho documento los países de la subregion se comprometen a velar por la universalización y plena aplicación de los Derechos Humanos, respetando de esta manera la diversidad económica, cultura, social, étnica y de genero. Adicionalmente, como complemento y apoyo a lo dispuesto en la Carta Andina para los Derechos Humanos, se expidió la Decisión 586 del 7 de mayo de 2004 que establece un Programa de Trabajo para la Difusión y Ejecución de la Carta Andina para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos, que establece una coordinación permanente entre todos los organismos gubernamentales, no gubernamentales, comunitarios y nacionales para el cumplimiento de este instrumento, mediante el diseño por cada Cancilleria Andina de un programa de seguimiento con los organismos locales involucrados en este mandato, con el objeto de remitirlo ante la Secretaria General de la Comunidad Andina y al Parlamento Andino, organismos que según la mencionada Carta, deberán hacerle

Teniendo en cuenta que la aplicabilidad de la Carta Andina de Promoción y Protección de los Derechos Humanos y su correcta difusión esta limitada debido a su carácter declarativo y que adicionalmente el Plan de Trabajo para Difusión y Ejecución de la Carta Andina de Derechos, aprobado mediante Decisión 586 del 2004, solo ha sido implementado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Ecuador, articulándolo con acciones nacionales, es necesario reformular los siguientes aspectos: 1. Sugerir al Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores a modificar la Carta Andina para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos, eliminando su carácter declarativo y otorgándole preeminencia y vinculabilidad en los países andinos a través del principio de “irreversibilidad de compromisos 2. Concienzar a los Países Miembros a que una vez modificada la Carta Andina de Derechos Humanos, se ratifique en cada Congreso Nacional, con el objeto de otorgar pleno carácter vinculante, como norma supranacional y expedita en Derechos Humanos en la subregion andina. 3. Motivar a los Ministerios de Relaciones Exteriores de Bolivia, Colombia y Perú a elaborar el


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plan nacional de seguimiento y ejecución de la Carta Andina de DDHH, en cumplimiento al ítem tercero de la Decisión 586 del 07 de mayo de 2004, que aprueba el Plan de Trabajo para Difusión y Ejecución de la Carta Andina de Derechos g. Política de Difusión El Acuerdo de Cartagena dispone en su Artículo 131 que los Países miembros emprenderán acciones en el campo de la comunicación social, orientadas a difundir un mayor conocimiento del patrimonio cultural, histórico y geográfico de la subregión, de su realidad económica y social y del proceso andino de integración. Para este tema el Consejo Presidencial Andino dispuso encargar a la Secretaria General de la CAN para llevar a cabo esta labor con la colaboración de la CAF. A través de la Decisión 527/02 se dieron lineamientos propios para la difusión en los países para difundir el proceso de integración. La politica de difusión busca convertirse en una herramienta para dar a conocer a personas e instituciones los avances, aciertos y proyectos de la CAN, con el objetivo de hacer cada día más importante la integración Andina en el diario vivir de los ciudadanos y ciudadanas andinos. Un avance en esta área es la publicación de información por medios de comunicación (televisión, prensa, radio y nuevas tecnologías de la información).

Reflexión A pesar de los avances registrados nos encontramos frente a una falta de reconocimiento de la sociedad civil frente al proceso de integración andino tanto de sus beneficios como del proceso decisorio, por lo tanto es necesario desarrollar mecanismos de consulta más asequibles a la sociedad civil y una estrategia educativa que capacite a la sociedad sobre la Comunidad Andina, su importancia y sus alcances. c. COOPERACION SOCIAL “AGENDA SOCIAL” 33 La Agenda Social compuesta por:

Andina

esta

1. Migraciones y sus aspectos Sociolaborales: Migraciones intra-andinas e Instrumentos Sociolaborales (Ver Libre Circulación de personas) 34 , Formación y Homologación (Ver Reconocimiento y Homologación de Títulos) 35 y Migraciones hacia países desarrollados (Esta pendiente de aprobación los 33 El panorama actual de la comunidad andina: Una visión general a los 37 años de historia del proceso de integración. Documento de trabajo del Centro Andino de Investigación, Capacitación y Desarrollo Legislativo-CADEL [Inédito]. 34

Vid infra. Mercado Común Andino- Avances del Mercado Común- Libre Circulación de Personas. 35 Vid infra. Nueva Agenda Multidimensional “Política Exterior Común Cooperación Política y Social en la CAN”- Educación- Reconocimiento y Homologación de Títulos.


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lineamientos de la Política Exterior Común Andina de Migraciones con miras a establecer una voceria única del fenómeno migratorio frente a los países desarrollados, principales receptores de ciudadanos andinos en sus territorios, especialmente en lo relacionado con la Unión Europea) Uno de los objetivos fundamentales de la Comunidad Andina es eliminar las fronteras o hacerlas invisibles. Permitir la libre circulación de los ciudadanos dentro de la subregion, logra que la sociedad civil se sienta beneficiada por el proceso de alianza entre las naciones participantes de la Comunidad, lo cual otorga legitimidad. No obstante, lograr una libre circulación de ciudadanos y ciudadanas demanda profundos esfuerzos en la medida en que los Países Miembros deben pasar primero por distintas etapas que vayan preparando y acomodando las legislaciones y las políticas internas a una convergencia andina o comunitaria. Es por esto, que la consolidación de la libre circulación de personas en la Comunidad Andina, se ha convertido en uno de los aspectos prioritarios en la Agenda Comunitaria, el objetivo principal de este componente

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debe estar enfocado a construir un espacio andino que permita el libre transito de ciudadanos y ciudadanas andinos en calidad de turistas, trabajadores, inversionistas, entre otros. 2. Políticas Sociales: Programa de Cooperación Horizontal en Políticas Sociales, Proyectos Sociolaborales del PIDS, Educación, Otros Proyectos del PIDS, Estrategia Andina de Cohesión Social. a) Programa de Cooperación Técnica Horizontal en Políticas Sociales – PACTHO: Herramienta necesaria para intercambiar experiencias nacionales en políticas sociales a través del fortalecimiento de los Comités de Seguimiento del PIDS y fortalecer la coordinación entre los Comités, la Secretaria General de la Comunidad Andina, la sociedad civil y académica en el desarrollo de la agenda social y la estrategia de cohesión social andina. b) Proyectos Sociolaborales del PIDS: Incluye proyectos sobre formación, capacitación laboral y fomento del empleo con énfasis en la certificación de competencias y homologación de competencias; capacitación y


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gestión y capacitación empresarial, ha quedado postergado para la agenda del 2008.

formación de recurso humano de las MYPES en materia de gestión y capacitación empresarial y la creación de una Red de Oficinas Andinas para la prestación de servicios integrados para el empleo. Dichos proyectos estarán a cargo del Comité PIDS de Bolivia, para que analice la propuesta técnica y luego busque un consenso subregional.

c) Educación: Educación) 36

d) Otros proyectos del PIDS: Incluye subproyectos de seguridad alimentaría, gestión sustentable de recursos hídricos, salud, fomento del empleo e interculturalidad, entre otros.

Se han llevado a cabo talleres nacionales de definición de criterios sobre Certificación de Competencias y Homologación de Titulaciones y la Creación de una RED DE OFICINAS DE EMPLEO ANDINAS para la prestación de servicios integrados en cada país miembro y se proyecta que para el mes de noviembre del año en curso se finalice el Proyecto de Certificación de Competencias y Homologación de titulaciones y el Proyecto de la Red de Oficinas de Empleo Andinas. Finalmente, en lo relacionado con el tercer proyecto sobre Capacitación y formación de los recursos humanos de las MYPES, en materia de

(Ver

e) Estrategia Andina de Cohesión Social: Existen tres líneas de acción para llevar a cabo la Estrategia Andina de Cohesión Social. La primera denominada convergencia de objetivos y metas sociales de los Países Miembros se concreto a través de la creación del PACTHO y de la Decisión 647 que crea el Sistema de Indicadores Sociales de la CAN. En la segunda línea de acción, se encuentra la constitución de un Fondo Social Andino, que esta a la espera de reconstituir el Grupo de Trabajo de Alto Nivel creado por el Consejo de Cancilleres en el 2005 conformado por las cancillerias, los Ministros de 36

Vid infra. Nueva Agenda Multidimensional “Política Exterior Común Cooperación Política y Social en la CAN”- Educación.


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Consultivos Empresarial y Laboral, el diálogo y la concertación de los intereses de los pueblos indígenas de la CAN, la participación de los consumidores, la de autoridades municipales y la de redes académicas y de organizaciones sociales. Por tanto, las principales instancias de participación son: el Parlamento Andino, los Consejos Consultivos Laboral y Empresarial, la Mesa de Defensa de los Derechos de los Pueblos Indígenas, Mesa de Defensa de los Derechos del Consumidor 37 (que se encargará de promover la activa participación de las instituciones, públicas y privadas, vinculadas con la defensa de los derechos del consumidor en los Países Miembros de la Comunidad Andina), Consejo Consultivo de Autoridades Municipales y la Red Andina Académica y de Organizaciones SocialesRAOOS. Por otra parte, se incluye en esta línea de acción la futura organización del Consejo Económico y Social Andino-CESA junto al lobby político necesario para la ratificación del protocolo sustitutorio del Convenio Simón Rodríguez por parte del Congreso de Colombia.

Hacienda o Finanzas andinos y el Consejo Asesor de Desarrollo Social con el objeto de iniciar el diseño de una propuesta de viabilidad del fondo en conjunto con la CAF. Finalmente en la tercera línea de acción, Promoción de análisis y políticas para el desarrollo de los cuatro ejes de trabajo de la Estrategia Andina de Cohesión Social: inequidad socio-económica, discriminación étnico-cultural, asimetrías territoriales y debilidad institucional, se retomaron las siguientes acciones: impulsar la estrategia andina de desarrollo territorial que incluya corredores de desarrollo e integración fronteriza, promocionar la interculturalidad; desarrollar las actividades de la Mesa Indígena; y fomentar la aplicación de la Carta Andina de Promoción y Protección de DDHH, entre otras. 3. Participación Social: Participación Ciudadana, Formación en Integración Andina e Interculturalidad. 1. Participación Ciudadana: El tema de la participación de la sociedad civil en el proceso de integración, se manifiesta a través de la formulación y presentación de las opiniones o puntos de vista de los Consejos

Formación Andina: 37

en Integración Consolidar los

En marzo del 2005 mediante Decisión 593 se crea como una nueva instancia consultiva


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programas de pasantias en los diferentes Órganos e Instituciones del Sistema Andino de Integración. Ver información complementaria (Educación) 38 Interculturalidad: El Programa Intercultural Andino del Plan Integrado de Desarrollo SocialPIDS fue asignado al Comité Nacional de Seguimiento del PIDS en Colombia, el cual ha demostrado su intención de ceder su responsabilidad a otro País Miembro. Adicionalmente existen otros componentes que fomentan la interculturalidad: Mesa Indígena, creada desde el 2002 (hasta el momento ha sido imposible instalarla); y la Decisión 594 introduce los valores y contenidos de integración en el currículo escolar. 4. Ciencia, Educación

Tecnología

y

Las iniciativas comunitarias en relación con la innovación tecnológica se encuentran enmarcadas en la Decisión 179 que crea el Consejo de Ciencia y TecnologíaCACYT y la Decisión 213 que regula su estructura, objetivos y funcionamiento.

38

Vid infra. Nueva Agenda Multidimensional “Política Exterior Común Cooperación Política y Social en la CAN”- Educación- Cátedra de Integración.

Las actividades del Consejo y del proyecto de Innovación Tecnológica han sido orientadas al fortalecimiento institucional y la aplicación del concepto de innovación tecnológica como fusión de la ciencia con la actividad productiva. Para estos efectos, el CACYT nombró un grupo de trabajo para que con la coordinación de la Secretaría General de la Comunidad Andina elabore un Programa Andino de Innovación Tecnológica- PAITEC, el cual se ha terminado y cuenta con actividades prioritarias para estimular los procesos de innovación tecnológica como factor estratégico de la competitividad empresarial, particularmente de la pequeña y mediana empresa. El PAYTEC contiene los siguientes temas: fortalecimiento de los sistemas nacionales de innovación tecnológica, el fomento de la innovación, estudio de las legislaciones para su adecuación a las nuevas realidades existentes y la formulación de un Programa Andino de Prospectiva Tecnológica. Finalmente, se tiene previsto realizar la XVI reunión del CACYT con el objeto de analizar la continuidad de los temas previstos en el Programa Andino de Innovación Tecnológica.


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5. Desarrollo Fronterizo: Gestiones para el financiamiento y coordinación de la ejecución de proyectos de desarrollo e integración fronteriza. Las regiones fronterizas se constituyen como bisagras de la integración andina y sudamericana, situación por la cual propender por una mejor calidad de vida en dichas zonas es de vital importancia para los Países Miembros, especialmente en lo relacionado con la infraestructura sanitaria, educación, capacitación laboral, y de preservación y conservación del medio ambiente. Para tal fin, se determinan dos líneas de acción: gestiones para el financiamiento y coordinación de la ejecución de los proyectos de desarrollo e integración fronteriza y otras acciones en el marco de la Política Comunitaria para la Integración y Desarrollo Fronterizo. a. Gestiones para el financiamiento y coordinación de la ejecución de los proyectos de desarrollo e integración fronteriza: En cumplimiento de la Decisión 501 del 2002, los Países Miembros deben elaborar de manera conjunta planes, programas y proyectos de

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Desarrollo Fronterizo, para lo cual pueden solicitar apoyo de la SGCAN o del Banco de Proyectos de Integración y Desarrollo FronterizoBPIF y solicitar financiamiento de organismos financieros. Para tal efecto, el Grupo Técnico de Alto Nivel de Desarrollo FronterizoGANIDF, determinó en el 2005, la necesidad de contar con un régimen que regule las relaciones de carácter binacional, de manera que los proyectos de inversión en frontera, sean registrados y promovidos en sus etapas de formulación, financiamiento, aprobación seguimiento y evaluación de su impacto. Recientemente, en la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia se acordó: preparar el Estudio de Viabilidad y Reglamento del Fondo Regional de Inversión Fronteriza; conformar un Comité Técnico de Ejecución para las Zonas de Integración Fronteriza, diseñar y poner en marcha el Sistema regional de Informaciones sobre Inversión en Fronteras, entre otras.


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b. Otras acciones en el marco de la Política Comunitaria para la Integración y Desarrollo Fronterizo: Se definen dos actividades, en primera instancia, identificar acciones encaminadas a satisfacer las necesidades en las Zonas de Integración Fronteriza- ZIF, con miras a elevar la calidad de vida de las poblaciones y el desarrollo de sus instituciones. En segundo lugar, fortalecer el dialogo, la consulta y la cooperación entre las autoridades de las ZIF y las poblaciones, con miras a realizar acciones que permitan impulsar la integración y el desarrollo económico y social. Reflexión La amplitud de la Agenda Social Andina permite que sus objetivos se dispersen y en muchas ocasiones se alejen de la realidad nacional de cada País Miembro y de la propia viabilidad institucional y financiera de la Comunidad Andina. Por tanto, es necesario redefinir los objetivos con el fin de que sean más realizables y menos retóricos. Para esto, es necesario diseñar proyectos y herramientas concretas y evaluables para cada eje a través de la asignación

especifica de responsabilidades a un órgano o institución del Sistema Andino de Integración para desarrollar un eje o subproyecto determinado. Posteriormente, es de suma urgencia propiciar espacios de intercambio de experiencias sobre los resultados obtenidos en cada nación, con el objeto de identificar los avances o retrocesos. 4. LA DEMOCRATIZACION EL INTERIOR DE COMUNIDAD ANDINA

EN LA

a. DÉFICIT DEMOCRÁTICO “El papel del Parlamento Andino” En los últimos años ha estado presente en la discusión sobre los temas transversales a la integración, la manera como ésta termina afectando las democracias representativas. De igual manera, se ha venido debatiendo acerca del papel que cumplen los parlamentos regionales elegidos democráticamente por vía directa en el fortalecimiento de los procesos de integración de los Estados vinculados a los mismos. Con relación a esto, últimamente se ha venido discutiendo entorno a lo que se conoce como el Déficit Democrático en la Integración 39 . Es así como, frente a los procesos de integración se pueden esbozar dos afirmaciones, según el modelo de integración del que se este tratando: la primera de ellas hace referencia al desarrollo del déficit democrático cuando se ven ampliadas 39

Ver “El Fortalecimiento de la Democracia en la Comunidad Europea", Documento institucional de la Comisión Europea 1993


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las competencias congeladas, para favorecer la creación de una zona de libre comercio. La segunda premisa, menciona que el debilitamiento democrático se da progresivamente cuando se transfieren las competencias a los órganos supranacionales a través de sucesivas reformas constitucionales. Es así como el déficit democrático, afecta a los Parlamentos Nacionales en sus competencias quitándoselas para transferirlas o congelarlas, por vía indirecta se está cercenando la capacidad de decidir de los ciudadanos. Por otro lado, se observa que el ejecutivo de alguna manera absorbe estas atribuciones transferidas o congeladas, ejerciéndolas en virtud de su atribución de manejar las relaciones internacionales, ya en un estadio de integración con un control mínimo por parte del parlamento. En segunda instancia, y como prolongación de la anterior idea, se observa como estos poderes regulativos que han perdido los Parlamentos Nacionales, cuando no se le han cercenado totalmente al Estado Nación, le han sido asignados a instancias supranacionales conformadas por miembros de los ejecutivos nacionales, y/o a instancias que siendo supranacionales no responden en su conformación a los principios establecidos por el sistema político de la democracia representativa. Este aspecto enunciado es la segunda forma como se observará el problema del déficit democrático en la integración y frente

al mismo se considera pertinente plantear las siguientes cuestiones: ¿a quién responden estos funcionarios supranacionales?, ¿qué medio de control democrático los somete?, ¿a qué riesgos se ven ellos sometidos en el ejercicio de sus funciones? Frente a los anteriores cuestionamientos es posible decir que los Estados inmersos en este tipo de procesos pueden encontrarse (sin ser conscientes de ello) frente a un debilitamiento de la democracia representativa como se conoce, en pro del fortalecimiento de un poder ejecutivo supranacional, del cual no se tiene claridad respecto a qué reglas responde. Una visión preliminar requerirá, entonces, un breve recuento de la evolución de los parlamentos regionales y subregionales, previo a la definición del caso particular del proceso andino de integración. La experiencia del Parlamento Europeo ofrece indicios importantes sobre la posible evolución de los parlamentos regionales en América Latina, y en especial del Parlamento de la Comunidad Andina. El Parlamento Europeo parte de una situación de notoria inferioridad 40 y un papel débil frente al poder legislativo supranacional 40

Para analizar la historia de la conformación institucional del Parlamento Europeo, se recomienda la lectura de LINDE PIAGUE, Enrique “Derecho de la Unión Europea” Madrid, Marcial Pons, 1996. La literatura de derecho institucional Europeo es suficientemente ilustrativa a este respecto por cuanto permite entender como se fue dando progresivamente el traslado de competencias a ésta Institución supranacional.


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conformado por el ejecutivo, logrando solo una competencia de preconsulta. En cuanto al poder de control, disponía de la moción de censura a la Comisión. Claro que esto sin disponer del poder de investidura. Su poder de control se vio adicionalmente fortalecido con el establecimiento de preguntas orales desde 1973. Frente al problema del déficit democrático de la dimensión parlamentaria en el caso europeo, es necesario decir que estos problemas comenzaron a resolverse efectivamente desde la firma del Acta Única Europea en 1987, después de una larga lucha para consolidarse. Sin embargo es con las reformas de Masstricht y Amsterdam que se ha venido definiendo el papel del Parlamento Europeo como órgano colegislativo y de control en la Unión Europea. Es necesario decir que a partir de la realización del proceso de elecciones directas, el Parlamento Europeo ha venido incrementando progresivamente su poder en un proceso de integración que se va consolidando sobre un sistema democrático maduro. Prueba del rol que juega la democracia en la integración europea, son los Tratados de Maastricht (1992) y Ámsterdam (1997). En lo que hace referencia a la integración andina, la Comunidad Andina, en los últimos años, al igual que otros modelos de integración subregionales, ha presentado un reforzamiento de su dimensión política.

Dicho cambio, se debe a la concienzación de que los procesos de integración efectivamente deben superar el aspecto meramente económico, trascendiendo, cada día más, hacia objetivos comunes en lo político y lo social. El reforzamiento de la dimensión política de la integración, tradujo la necesidad de plantear una política que fortaleciera la posición de los Estados Miembros de la CAN en el ámbito internacional y la urgencia de incentivar la participación de la sociedad civil en el proceso de integración. El fortalecimiento, no sólo a nivel económico, sino también a nivel político y social, ha conducido a que la CAN se constituya como el proceso de integración Subregional “con el tejido institucional más amplio y desarrollado” 41 del continente americano. Sin embargo, el camino por recorrer es aun muy largo. Si se observa cuidadosamente la estructura institucional del Sistema Andino de Integración- SAI, es posible afirmar que ésta reproduce una estructura estatal. En primera instancia cuenta con una Rama GubernativaEjecutiva, compuesta por el Consejo Presidencial Andino, máximo órgano del Sistema; la Comisión y el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, órganos normativos del SAI; y la Secretaría General de la Comunidad Andina, órgano técnico 41

MALDONADO, Hector. “30 Años de Integración Andina: Balances y Perspectivas”. Secretaría General de la Comunidad Andina. Lima, mayo 1999.


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para la administración del proceso y con potestades cuasijudiciales en las controversias que suscita la marcha del proceso de integración. Del análisis estructural del SAI, se deduce la existencia de una Rama Parlamentaria deliberante no legislativa y parcialmente representativa del poder popular, actualmente en proceso de implementar en los cuatro países miembros, la elección directa de sus representantes, el Parlamento Andino, órgano que no tiene aún poder legislativo y cuenta con un exiguo poder fiscalizador. Del estudio de sus competencias, contempladas en el artículo 43 del Protocolo de Trujillo, modificatorio del Acuerdo de Cartagena, se establecen entre otras atribuciones del Parlamento Andino, la posibilidad de participar a través de sugerencias en la formación normativa, la capacidad de realizar observaciones al presupuesto de los otros órganos del SAI, y de hacer un examen de la marcha del proceso de integración y del cumplimiento de sus objetivos, requiriendo para esto informes periódicos de los otros órganos del SAI. La democratización del proceso de integración se convierte en un elemento indispensable para la formación de una voluntad política común más fuerte y representativa, que permita el efectivo avance del proceso, al convertirlo en un compromiso político que involucra al poder soberano del ciudadano y no sólo a los gobiernos.

Las elecciones directas de 42 Parlamentarios Andinos en todos los países de la Subregión es uno de los pasos más importantes en el avance por democratizar el proceso. Trujillo, en este sentido, establecía que esto tendría que ser una realidad antes del año 2002. Sin embargo, no es suficiente ésta consagración normativa. También se requiere otorgarle al Parlamento Comunitario dos funciones necesarias en cualquier sistema democrático: La capacidad decisoria de los representantes del soberano y un mayor control político sobre la marcha del proceso. Por otra parte, la existencia de un vasto órgano legislativo comunitario, que ejerza su función de control político y el fortalecimiento de las competencias de los órganos ejecutivos y jurisdiccionales del SAI, puede determinar el aumento de la coordinación necesaria entre sus órganos, de cara a obtener un desarrollo constante del proceso de integración andina. Finalmente, encontramos un Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina que emula la rama judicial estatal. Reflexión Una primera conclusión frente al papel del Parlamento Andino en el marco del proceso de integración, radica 42

Actualmente se han efectuado Elecciones Directas de Parlamentarios Andinos en Ecuador y Perú. Con respecto a Colombia ya ase aprobó la ley y se proyecta tener elecciones directas en el año 2010.


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entonces, en la falta de capacidad del SAI para orientar una participación más activa del Órgano Deliberante, que implique una efectiva democratización del Proceso Andino de Integración. En segunda instancia, se observa como pertinente, el fortalecimiento de sus competencias, por cuanto las actuales no son suficientes para garantizar el principio de soberanía popular en las decisiones adoptadas en el marco del SAI. En tercera instancia, se observa la necesidad de que en el Sistema Andino de Integración se asuman posiciones decididas a favor de incluir mayor participación democrática en la toma de decisiones, sin dejar de lado el contexto histórico de nuestro proceso integrador, en este sentido el fortalecimiento del Parlamento Andino es una alternativa a considerar, en el proceso de perfeccionamiento del proceso de integración andino. Finalmente, se concluye que el fortalecimiento del Parlamento Andino conlleva la necesaria consolidación del Proceso de Integración, por cuanto la participación democrática de los pueblos de la Subregión podría dar un impulso definitivo a los compromisos adoptados en el marco del Acuerdo de Integración Subregional Andino. b. PARTICIPACION DE LA SOCIEDAD CIVIL EN EL PROCESO DE INTEGRACION Antecedentes

Durante los últimos 37 años, la subregión andina ha recorrido un largo camino para consolidar su integración en el marco del Pacto Andino, hoy Comunidad Andina. La participación de la sociedad civil cobra importancia debido a que el objetivo de toda integración en el ámbito social es buscar crear mecanismos de legitimación ante los ciudadanos de la Institucionalidad Supranacional y afianzar la integración política y económica, creando una conciencia de identidad comunitaria. 43 . Por lo cual, la integración andina no debe ser un proceso exclusivamente económico intergubernamental o interestatal. Por el contrario, necesita el concurso activo de los actores políticos y de la sociedad civil para adquirir vigencia, en el marco de la globalización y del sistema de principios y valores aceptados por las democracias contemporáneas. 44 En el caso de la Comunidad Andina, podemos identificar una ausencia de visibilidad en las naciones que lo conforman y una escasa extensión de sus beneficios a los ciudadanos y ciudadanas andinos, proyectando de esta manera el déficit de planeación democrática en el diseño de programas 43

En este sentido, es importante observar las dos Cartas Sociales que se han expedido en el Marco de la Comunidad Andina. Igualmente, las últimas reuniones del Consejo Presidencial Andino en las cuales se ha renovado el compromiso con el avance e implementación de una Agenda Social Comunitaria que permita elevar el nivel de bienestar de los ciudadanos de la Comunidad Andina. 44 Las Elecciones Directas de Parlamentarios Andinos en todos los países de la Subregión es uno de los pasos más importantes para democratizar el proceso de integración y de esta manera asegurar la integración.


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sociales y de la consiguiente ausencia de participación de la sociedad civil en el proceso de integración andino. De conformidad a diversas Directrices Presidenciales en los últimos años se ha intentado impulsar y canalizar la inclusión de la sociedad civil en el proceso de integración Subregional andino a través del desarrollo de tres ejes fundamentales: el primero se ha proyectado mediante la labor de los Consejos Consultivos Empresarial y Laboral Andinos-CCEA Y CCLA, que han mantenido reuniones constantes y tiene entre sus actividades de largo plazo, conformar un Consejo Económico y Social Andino-CESA y de igual manera han coordinado eventos como la Conferencia Regional Andina sobre Empleo en sus versiones del 2004 y 2005. Igualmente, ha participado en la constitución del Observatorio Laboral Andino-OLA, como instrumento estadístico para evaluar la situación sociolaboral andino y el cual se encuentra en la fase piloto en la página de los Ministros de Trabajo en la subregión andina (www.camtandinos.org). Asimismo en este eje, podemos mencionar el trabajo del Parlamento Andino, como Órgano Deliberante de la Comunidad Andina, el cual ha logrado que Ecuador y Perú ya elijan, por sufragio universal y directo, en Colombia se elijen por primera vez en el 2010 parlamentarios andinos y en Bolivia se realice el correspondiente lobby político para incluirlo como parte del articulado de la Asamblea Constituyente, por lo que la legitimidad

del proceso de integración se podría ver afianzado a través de la democracia representativa como parte del paquete integral de democratización junto a la democracia participativa. Por otra, el segundo eje esta compuesto por la participación de actores no gubernamentales en la definición de algunos programas como, “la Estrategia Regional de Biodiversidad, el Plan Integrado de Desarrollo Social, la Estrategia Andina para la Prevención y Atención de Desastres, entre otras” 45 . Como resultado de lo anterior se han venido conformado redes en diferentes temáticas como la académica, la periodística, etc. El último gran campo de trabajo son las instancias consultivas, como la Mesa de Trabajo sobre Derechos de los Pueblos Indígenas (2002), la cual no se ha activado, debido a que no se han designado y acreditado los representantes de cada nación; la Mesa Andina de Participación de la Sociedad Civil para la Defensa de los Derechos del Consumidor (2003), instancia que aún no entra en funcionamiento y el Consejo Consultivo Andino de Autoridades Municipales (2004. Con el anterior diagnostico, podemos analizar que a pesar de la existencia de instituciones como el Parlamento Andino e instancias como los Consejos 45

Secretaria General de la Andina(2006), “Comunidad Andina: perspectivas” [documento informativo]

Comunidad Avances y


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Consultivos Laboral y Empresarial, la Mesa Indígena y la recientemente creada Mesa del Consumidor, la incidencia de la sociedad civil no se desarrolla a través de la participación democrática, ya que se limita a la creación de un marco institucional que permite la organización de la misma al interior de un gran Sistema Andino de Integración-SAI, como requisito indispensable de legitimidad superficial, pero no como la necesidad de convocar diferentes actores sociales en escenarios neutrales que desarrollen una convergencia de propósitos, donde prime el interés comunitario. Esto se debe principalmente al desconocimiento de las autoridades de la Comunidad Andina de los mecanismos ha implementar para desarrollar una efectiva participación. Otra de las razones fundamentales de la escasa participación de la sociedad civil en el proceso de integración andino, se debe a que el tipo de participación implementada en la Comunidad Andina es “formal y/o instrumental, el cual enfatiza en las formas y en el cumplimiento de las normas” 46 pero no en el verdadero proceso de participación ciudadana. Lo anterior ha generado que sus políticas se basen en meras declaraciones programáticas, lo cual ha dado respuestas tardías y claramente insuficientes a los problemas de los ciudadanos y las ciudadanas andinas. Esta clase de participación concebida como un proceso formal, desarrollada con el único propósito de cumplir 46

Ibíd.

exigencias normativas y de legitimar decisiones tomadas con antelación, ha limitado el libre desarrollo de la participación democrática en la Comunidad Andina, evitando que los procedimientos decisorios sean transparentes y democráticos. Reflexión Teniendo en cuenta lo anterior, surge la necesidad de establecer una verdadera participación democrática, como complemento de la democracia representativa expresada en el Parlamento Andino, que evite la creación de infinidad de instancias consultivas que se limiten a opinar o sugerir sobre un tema específico y que por el contrario promueva la participación con poder decisorio para proponer y determinar sobre diferentes ámbitos, especialmente en lo que concierne a la redistribución del poder, del dinero, de las funciones, entre otros. Es decir, desarrollar una verdadera planeacion participativa mediante la construcción del concepto de ciudadanía al interior del proceso de integración, la cual debe ser activa en la toma de decisiones. Estas políticas de participación ciudadana, constituyen el eje rector de la participación democrática y la base de legitimación de todo proceso político. Dicha participación requiere de una sociedad civil que se involucre en los procesos de decisión que conlleven a tomar determinaciones que reconozcan las necesidades sociales y la diversidad de las poblaciones que


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habitan los territorios, dando cuenta de la realidad existente. CAPÍTULO IV REFLEXIONES FINALES A pesar que a lo largo del texto se desarrolla una breve reflexión acerca de los avances generales y en los tres ejes principales del proceso de integración andino a nuestro juicio, institucionalidad, mercado común y democratización en el interior de la Comunidad Andina, a continuación presentaremos conclusiones generales acerca del desarrollo de la integración andina durante estos 37 años.

a) A nivel institucional se identifica una ausencia de determinación en el tipo de estructura institucional (intergubernamental o supranacional), asimismo se visualiza concentración de poder en algunos órganos andinos y vacíos en el carácter de la norma supranacional. b) Se resalta la existencia del déficit democrático en referencia al papel del Parlamento Andino, como Órgano Deliberante en la Comunidad Andina y en este mismo orden de ideas, se determina una ausencia de participación democrática constructiva por parte de la sociedad civil en el proceso

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de integración, características que pueden configurar la Comunidad Andina como excluyente y deslegitimizado . c) A pesar de la existencia de un marco de acción trazado por el Acuerdo de Cartagena a través de los Órganos del SAI para la correcta aplicación de políticas comunitarias en el marco de la nueva agenda multidimensional andina. Éstas aún no poseen un alcance realmente comunitario y en la mayoría de las ocasiones son lineamientos retóricos y dispersos, lo cual hace que no cumplan con el fin para lo que fueron creados, ni con el propósito de beneficiar a la sociedad civil en general. d) No se está guardando coherencia entre los mandatos presidenciales y varias políticas nacionales instrumentadas, otorgándole más importancia a las consideraciones locales que a los intereses comunitarios. e) Se apela peligrosamente a la adopción de medidas restrictivas unilaterales y de la suscripción de tratados de libre comercio con terceros países, desconociendo el instrumental normativo a nivel comercial del cual


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dispone la integración andina. El número de incumplimientos en el Arancel Externo Común y en el ya finalizado Programa de Liberación, muestran un bajo nivel de compromiso por parte de las naciones. f)

Se está desinstitucionalizando el proceso, al no acatar los fallos de los órganos de la integración subregional, como el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, lo cual puede ocasionar un complejo vacío institucional. La “desinstitucionalización” del proceso se ve agravada por las serias limitaciones existentes, donde los propósitos expresados en Trujillo en 1996 al crear la Comunidad Andina y buscar fortalecer el Sistema Andino de Integración – SAI, no se han logrado cumplir, ya que el énfasis dado en la estructura institucional a entes ejecutivos como los Ministerios, participantes en los Consejos y en la Comisión, ha descuidado el papel de entes de supervisión y de control jurídico y político como el Tribunal de Justicia y el Parlamento Andino. Esto ha conducido a la ausencia de una voluntad política constante y coherente de

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parte de los Estados, dejando que prime la voluntad gubernamental a través del ejecutivo y no la voluntad del Estado. Lo anterior, contribuye a la inexistencia de espacios deliberativos de resolución democrática que permitan una eficaz decisión política y administrativa del proceso, en momentos en que se debería estar avanzando en un estado de democratización. Dicha situación se muestra como imposible de alcanzar ante la absorción de competencias por los entes ejecutivos y por el limitado y recortado funcionamiento del SAI, que no ha podido operar como el foro de concertación equilibrada entre los diversos organismos responsables de la marcha del proceso. CAPÍTULO IV PROPUESTAS Como se ha observado a lo largo de este documento en la Comunidad Andina es necesario mirar el fortalecimiento de las instituciones, desde una perspectiva verdaderamente democrática. La integración de la Comunidad, se estanco en el nivel gubernamental y no ha podido trascender a la integración entre los pueblos, estos se debe principalmente a cuatro debilidades:


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1. La escasa voluntad política de los Estados Miembros para cumplir compromisos comunitarios. 2. Desinstitucionalización del proceso de integración 3. Ausencia de una incorporación efectiva de la ciudadanía andina en el proceso de integración. 4. La falta de educación sobre la integración ha causado un desconocimiento del proceso de integración andino en todas las capas de la sociedad civil andina. Por tal motivo, la integración andina requiere de una Reforma Institucional que busque asignar más funciones y poderes a los órganos comunitarios con el fin de democratizar y articular el proceso de integración hacia adentro y hacia afuera con la participación de la sociedad civil representada en el Parlamento Andino. Es por ello, que la Secretaría General del Parlamento Andino diseña cuatro estrategias que otorguen las bases necesarias para romper las barreras que han impedido la evolución del proceso de integración.

1. LA VOLUNTAD POLÍTICA Para fortalecer la integración andina y llevar a cabo una reforma institucional y una revolución social y educativa a nivel andino, es preciso que los Estados Miembros se comprometan

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plenamente, otorgando preeminencia a los intereses comunitarios, por encima de los nacionales y de los gubernamentales. Éste ha sido el principal factor que ha atentado contra la correcta evolución del proceso en sus fases económicas, sociales y políticas. Por tanto, el primer y más importante aspecto a reformular es que la integración andina se enmarque dentro de las políticas nacionales de Estado, más no de gobierno, debido a que durante 38 años de vigencia se ha visto influenciada y obstaculizada por la orientación que cada gobierno le otorga a su política exterior. 2. NUEVA AIRE EN LA INSTITUCIONALIDAD ANDINA Para este eje es imperioso reformular dos aspectos: 1. Es necesario que los Estados transfieran competencias nacionales a los organismos supranacionales o comunitarios que componen el SAI. Es decir, la propuesta estaría encaminada a otorgar mayor autonomía y poder decisorio a los órganos supranacionales o comunitarios (Parlamento Andino y Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina), función que hasta el momento se encuentra en manos de los órganos intergubernamentales (Consejo Presidencial Andino, Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores y la Comisión). Lo


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anterior se desarrollaría a través de los siguientes cambios: Con respecto a las funciones del Consejo Presidencial Andino y el Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores, deben tener un carácter exclusivamente político y diplomático, en lo que concierne a la orientación del proceso de integración andino y a su política exterior. Estas actividades deben estar orientadas a consolidar el relacionamiento con terceros países y bloques regionales, como la Unión Europea, mediante el Acuerdo de Asociación, Asia-Pacifico, a través del apoyo para el ingreso de Colombia y Ecuador en la Cooperación Económica para el Asia-Pacifico-APEC y la Comunidad Sudamericana de Naciones por medio de la convergencia entre la CAN y el MERCOSUR. Por otra parte, la Comisión, que hasta ahora es un órgano de carácter intergubernamental conformada por los Ministros de Industria y Comercio de cada país miembro, debe transformarse en un órgano supranacional, constituido por Miembros plenipotenciarios y dedicados a cumplir con la ejecución de actividades integrales en todos los ámbitos de la Comunidad Andina.

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La elección de dichos plenipotenciarios y del Secretario General de la Comunidad Andina, debe contar con el visto bueno del Parlamento Andino, el cual calificará la idoneidad del candidato, para que luego, el ejecutivo de cada país pueda proceder a su nombramiento. Con respecto a la función normativa, se debe emprender un camino de transformación a través del cual la Comisión y el Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores deberán garantizar la participación del Parlamento Andino en el proceso previo a la toma de decisiones supranacionales, mediante la instrumentación de un mecanismo de opinión o dictamen previo emitido por parte del Órgano Deliberante, con el fin de democratizar el proceso ante los ciudadanos. Para tales fines se deberá aplicar con rigurosidad el Reglamento del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores (Decisión 407 de la CAN – artículo 6 literal g) con el objeto de que en dicha instancia se estudien las propuestas del Parlamento Andino y se debe aplicar lo mismo en el Reglamento de la Comisión de la Comunidad Andina que deberá adoptarse en reemplazo de la Decisión 471 (Actual Reglamento de la Comisión).


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Asimismo, el Parlamento Andino tendrá que dedicarse con mayor ahínco a la armonización legislativa en temas de interés andino, principalmente en lo que concierne al tema ambiental, laboral y comercial. Con el objetivo de dar cumplimiento al literal e, del articulo 43 del Acuerdo de Cartagena, en el cual se le atribuye al Parlamento Andino, participar en la generación normativa del proceso mediante sugerencias a los Órganos del SAI, a través de proyectos de normas sobre temas de interés común, para su incorporación en el ordenamiento jurídico de la Comunidad Andina. Con relación al aspecto judicial de la Comunidad Andina y considerando que el órgano encargado es el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, el cual tiene entre sus atribuciones, controlar la legalidad de las normas comunitarias mediante la acción de nulidad; interpretar las normas que conforman el Ordenamiento Jurídico de la Comunidad Andina; asegurar la efectividad de los derechos sustantivos de las personas sujetas a su jurisdicción; salvaguardar el espíritu de la integración; dirimir los conflictos; y garantizar el respeto de la igualdad jurídica de las partes y del debido proceso. El Parlamento Andino propone un

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replanteamiento institucional al Tribunal de Justicia en las siguientes dimensiones: a. OBLIGATORIEDAD Y CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS ANDINAS Establecer mecanismos más expeditos que permitan el acatamiento inmediato de lo ordenado en las Sentencias del Tribunal Andino de Justicia, sobre todo en lo relacionado con los incumplimientos. b. PRINCIPIO DE LAS DOS INSTANCIAS Considerar dentro de la estructura procesal el establecimiento de la doble instancia, esto es, crear Juzgados Andinos Nacionales, inicialmente funcionarían en las capitales de los países miembros como órganos jurisdiccionales jerárquicamente inferiores, los cuales se encarguen de resolver en primera instancia los conflictos que se generen en cumplimiento y aplicación de la normativa comunitaria. El Tribunal Andino de Justicia asumiría el carácter de Tribunal Supremo de Segunda Instancia, donde se conocería de las apelaciones y/o acciones procesales a que hubiere lugar como resultado de los fallos


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emitidos por los Andinos Nacionales.

Juzgados

El objetivo de esta propuesta está orientado además de garantizar el debido proceso en lo que se refiere al derecho a Impugnar las Sentencias, a poner a funcionar todo el aparato jurisdiccional andino de una manera más práctica y funcional. c. DESIGNACIÓN DE LOS MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL ANDINO DE JUSTICIA Y DE LOS JUECES ANDINOS NACIONALES Modificar la manera como se hace la designación de los Magistrados del Tribunal Andino de Justicia, y establecer que el Parlamento Andino y la Comisión sean los encargados de hacer la designación correspondiente a propuesta de cada uno de los gobiernos de los países miembros. Esta designación se hará bajo los criterios de idoneidad para el cargo, experiencia, y demás criterios propios para desempeñarse ante el máximo Tribunal de la CAN. Adicionalmente, y de acuerdo a la propuesta de crear Jueces Andinos Nacionales, se debe establecer el criterio de nombramiento. Para esto se propone que dicho

nombramiento lo haga el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, previo concepto favorable de la Comisión y del Parlamento Andino. 2. En segunda instancia, a raíz de los acontecimientos sucedidos en la Comunidad Andina en el año 2006 con la salida de uno de sus socios, se hizo evidente la vulnerabilidad presupuestal y financiera que el actual sistema de cuotas genera en los principales órganos del Sistema Andino de Integración para su normal funcionamiento (SGCAN, Parlamento Andino y Tribunal Andino de Justicia). Los recursos con los que se han mantenido las principales instituciones a través del sistema de cuotas tienen un alto nivel de riesgo porque dependen de la aprobación presupuestal de los gobiernos nacionales. Esto genera demoras en la asignación de los recursos, afectando directamente el flujo de caja y en términos generales, la seguridad financiera y de funcionamiento de estas instituciones. Teniendo en cuenta lo anterior, el Parlamento Andino quiere invitar al Tribunal Andino de Justicia y a la Secretaría General de la Comunidad Andina a estudiar nuevos mecanismos de financiación con el objetivo que los recursos para el funcionamiento de cada uno de estos organismos se obtengan


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de fondos o fuentes relacionadas con el comercio comunitario. De abrirse la discusión, habría que tener en cuenta el modo de operar del presupuesto de la Unión Europea, que es el modelo que el Parlamento Andino invita a estudiar a profundidad con el ánimo de entender su funcionamiento, recoger su experiencia y conocimientos a nivel de conceptos, fórmulas y estrategias. De esta manera, se desarrollaría una propuesta que busque consolidar bases financieras más robustas en el interior del SAI. 3.

¡UN PROCESO DE INTEGRACION ANDINO DESDE SU BASE SOCIAL!

Desde el surgimiento de iniciativas de integración a mediados del siglo XX, como el Mercado Común Centroamericano-MCCA, el Pacto Andino, hoy Comunidad Andina y la Propia ALALC, se ha identificado una ausencia de participación de actores de la sociedad civil, tanto de movimientos sociales como actores políticos formales como los partidos políticos. La tendencia en estos grupos subregionales desde su creación ha sido “la incorporación de actores sociales mediante el tripartismo 47 , lo cual permite que la integración de sectores como el laboral y el empresarial sea de carácter consultivo, en los cuales el mecanismo de 47

El tripartismo involucra la participación del sector intergubernamental junto al empresarial y laboral, estos últimos con un carácter netamente consultivo.

representación se realiza mediante los principales gremios y representantes del gobierno” 48 Lo anterior nos muestra que este incipiente proceso de incorporación no va más allá de constituirse como un avance en la institucionalización de las comunidades subregionales: no ha desarrollado modalidades distintivas de participación a nivel subregional, ha reducido la misma a un carácter consultivo que limita su campo decisorio y lo adecua a las necesidades de los organismos intergubernamentales que integran los bloques subregionales de integración. Esta situación ha generado que la sostenibilidad y legitimidad de los procesos de integración no sean perdurables, que los beneficios no se distribuyan equitativamente a la sociedad civil y que las decisiones se tomen sin tener en cuenta los millones de personas cuyos intereses se ven afectados con este tipo de determinaciones internacionales. En otras palabras, los actuales procesos de integración se han visto perjudicados por un “déficit democrático de grandes dimensiones, causado principalmente por la limitada participación o marginalización de actores y por el protagonismo excluyente de los actores gubernamentales de la integración en

48

Serbin, Andrés (1997 Enero-Febrero), Globalización y Sociedad Civil en los Procesos de Integración, en Nueva Sociedad, núm. 147. p.44


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la formulación de la direccionalidad, orientación y liderazgo” 49 . Esto ha conllevado a una elitización de los procesos integracionistas ocasionado por la involución del mismo. “Lo que nace en principio como una iniciativa de gobierno, de arriba hacia abajo y cargado de alta voluntad política tiene que transformarse posteriormente en una iniciativa sentida por la sociedad civil en su conjunto, que es en definitiva la fuerza motriz que tendrá que asumir la materialización del proyecto y el impacto socio-económico” 50 . En el caso de la Comunidad Andina, podemos analizar que a pesar de la existencia de instituciones como el Parlamento Andino e instancias como los Consejos Consultivos Laboral y Empresarial, la Mesa Indígena y la recientemente creada Mesa del Consumidor, la incidencia de la sociedad civil no se desarrolla a través de una correcta participación. Esto se debe principalmente, y en primer lugar, a la falta de preparación para opinar y participar por parte de los representantes nacionales ante las instancias ya existentes en lo que concierne a las temáticas que influyen directamente en grupos diferentes a la gran empresa. En segundo lugarm instancia, a la ausencia de compromiso por parte de los gobiernos de conformar una base social decisoria en dichos procesos. Es decir, a la 49

Grandi, Jorge (1997, julio-diciembre). Déficit Democrático y Social en los Procesos de Integración, en Estudios Internacionales, vol. 30, núm. 119-120, Santiago de Chile. pp.441-443 50 Ibíd., p.443

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inexistencia de una metodología clara y concreta sobre cómo se debe participar al interior de un proceso de integración por parte de la sociedad civil y de las autoridades gubernamentales y comunitarias. Por lo anterior, surge la necesidad de avanzar en dos dimensiones fundamentales: 1. La primera está encaminada a llevar a cabo las elecciones directas de parlamentarios ante el Parlamento Andino en la totalidad de naciones, de conformidad al mandato presidencial consignado en el Protocolo de Trujillo de 1996 en su disposición transitoria séptima, que dispone:

SÉPTIMO: Las elecciones por sufragio universal y directo de los representantes ante el Parlamento Andino deberán realizarse dentro de un plazo de cinco años. Adicionalmente, con el ánimo de profundizar en el tema electoral andino, se dicta el Protocolo adicional sobre elecciones directas y universales de sus representantes en 1997, cuyo contenido en el tema es el siguiente: “ART1: El presente Protocolo establece los procedimientos que se adoptarán en los Procesos Electorales que se celebren en los Países Miembros del Parlamento


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Andino para la elección, mediante Sufragio Universal, Directo y Secreto de sus Representantes. Las elecciones por Sufragio Universal y Directo de los Representantes ante el Parlamento Andino deberán realizarse dentro de un plazo de 5 años” Diez años después de haber aprobado los anteriores instrumentos normativos, los avances han sido los siguientes: ¾ La República Bolivariana de Venezuela fue el primer país que llevo a cabo el procedimiento de Elecciones Directas de Parlamentarios Andinos. No obstante, con la Denuncia del Acuerdo de Cartagena hecha por el gobierno venezolano en abril del 2006, Venezuela ya no pertenece al Parlamento Andino. ¾ En Ecuador se incorporó mediante el artículo 7 de la Ley de Elecciones que establece que por sufragio popular directo y secreto se elegirá Presidente y Vicepresidente de la República, representantes ante el Parlamento Andino, diputados al Congreso Nacional, prefectos provinciales y

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consejeros provinciales, alcaldes y concejales municipales, y Miembros de las juntas parroquiales rurales. Hasta el momento se han llevado a cabo en dos ocasiones elecciones directas de representantes ante el Parlamento Andino, la primera en el 2002 y la segunda el 15 de octubre del 2006. ¾ En lo que respecta a Perú, se adoptó en el año 2004 la Ley 28360 por medio de la cual se establecen los procedimientos para la elección de Representantes peruanos ante el Parlamento Andino, lo cual permitió que en el 2006 se lograran realizar las elecciones directas de sus representantes ante el Parlamento Andino. ¾ En el caso de Colombia, de conformidad a la Ley No. 1157 del 2007, en el año 2010 en la misma fecha de las elecciones al Congreso de la República de Colombia se elegirán mediante sufragio universal y directo los parlamentarios andinos. ¾ Finalmente, en Bolivia, el Parlamento Andino le ha formulado una propuesta a la Asamblea Nacional


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preocupante aún que Bolivia no tenga incorporada la ley de elecciones directas, lo cual requiere la aprobación urgente de una decisión presidencial que dictamine un plazo perentorio a Bolivia para incluir dicha ley en su articulado constitucional en pro de realizar la elección de representantes ante el Parlamento Andino por la República de Bolivia mediante el sufragio universal y directo.

Constituyente Boliviana, con el objeto de incluir un artículo en la nueva Constitución, en los siguientes términos: Los representantes Bolivianos ante el Parlamento Andino se eligen de manera directa, universal, libre y secreta, en una circunscripción electoral única, en número de cinco (5) titulares y dos (2) suplentes por cada uno de ellos calificados como primer y segundo suplente que los suplirán en ese orden en caso de ausencia temporal o definitiva de conformidad con lo establecido en el Reglamento General del Parlamento Andino. Los Parlamentarios Andinos se elegirán en las elecciones de Presidente, Vicepresidente y Congreso de la República por un período igual al de los Congresistas de la República y les serán aplicables las mismas normas sobre deberes, prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades que rigen para los Senadores. Sin embargo y a pesar de haber alcanzado logros, es

Por otra parte, y con el fin de regular los procedimientos electorales andinos, es necesario avanzar en el tema del Régimen Electoral Uniforme en los Países andinos, el cual tiene como objeto establecer un estatuto electoral andino buscando establecer un sistema de elección uniforme andino de los Representantes Titulares y Suplentes ante el Parlamento Andino. En este sentido, se debe potenciar el papel del Consejo Electoral Andino – CEA, impulsado por el Parlamento Andino, e insertado al Sistema Andino de Integración mediante la Decisión 551 de la Comunidad Andina 51

51

Ver Decisión 551 del 2003. Dicho instrumento consagra la creación del Consejo Electoral Andino, como miembro del Sistema Andino de Integración, el cual estará conformado por los titulares de los órganos electorales de los Países Miembros de la Comunidad Andina; y el cual tiene en sus atribuciones, emitir opinión ante el Consejo Andino


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2. La segunda dimensión está constituida por la necesidad de fomentar la identificación de los habitantes del territorio andino como ciudadanos y ciudadanas andinos, a través de la libre circulación de personas en cualquier condición en el territorio andino con trato nacional, una educación en integración desde los primeros niveles y el fomento de la solidaridad entre pueblos hermanos mediante contundentes políticas de difusión. 4. LA REVOLUCION EDUCATIVA “UNA ESTRATEGIA INTEGRACIONISTA” Uno de los problemas más evidentes del proceso de integración andino es el escaso reconocimiento con el que cuenta el proceso al interior de los ciudadanos de la subregión. A pesar de que lleva 38 años de existencia sólo unos pocos sectores en de Ministros de Relaciones Exteriores y la Secretaría General de la Comunidad Andina en los ámbitos de su competencia, cuando así se lo requieran; elaborar y recomendar la aprobación del Estatuto Electoral Andino y sus reformas; auspiciar mecanismos de cooperación horizontal y asistencia técnica entre los órganos electorales de la región; supervisar y observar los procesos de elección directa de los parlamentarios andinos; sugerir medidas para el perfeccionamiento de la legislación electoral interna relacionada con la elección de los Parlamentarios andinos en cada País Miembro; entre otras. [en línea], http://www.comunidadandina.org/normativa/dec/D55 1.htm, recuperado el 21 de noviembre de 2006.

la sociedad tienen conocimiento de lo que significa realmente la Comunidad Andina, sus características, alcances y potencialidades, acentuándose de manera preocupante la percepción de que la integración andina ha sido creada bajo parámetros estrictamente comerciales con el objeto de generar beneficios al sector productivo y limitando su análisis a las esferas de la tecnocracia y la academia. En el caso de la Comunidad Andina se han desarrollado los siguientes 52 avances : en el marco del V Consejo Presidencial Andino, celebrado en Caracas en 1991, se acordó la iniciativa de estudiar la cuestión de “armonizar los textos de enseñanza de historia, haciéndolos compatibles con la integración andina y latinoamericana”. Seis años después, el IX Consejo Presidencial Andino, realizado en Sucre, Bolivia, encomendó al Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores junto a los Ministros del Educación y con el apoyo del Convenio Andrés Bello, elaborar y preparar un proyecto de políticas educativas y culturales para consolidar un programa de valores ciudadanos para la integración andina. Dicho mandato se complemento a través del XI Consejo Presidencial Andino, en Cartagena de Indias, Colombia en 1999, donde se instó a 52

Los antecedentes de la Comunidad Andina fueron extraídos del Documento Oficial, Enseñanza de Integración en los Países Andinos (2006), Secretaria General de la Comunidad Andina, Universidad Andina Simón Bolívar y Convenido Andrés Bello. Impresión coauspiciada por la Unión Europea., pp.19-20.


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que estas políticas educativas reforzaran la identidad andina como el ejercicio de la interculturalidad en los pueblos andinos. Por tanto, en el mes de abril del mismo año, en el marco de la I Reunión de Ministros de Educación y Cultural, se definió una estrategia y un plan de acción que contemplaron un Programa para una Cultura de Integración.

estableció que la temática de la integración debía ser incorporada en los programas y contenidos escolares de los Países Miembros y se adicionó los planes de acción y programas de trabajo, desarrollados por la Secretaría General de la Comunidad Andina, los Ministros de Educación y Cultura, el Convenio Andrés Bello y la Universidad Andina Simón Bolívar.

Sin embargo, la inclusión de la cátedra de integración en los programas educativos andinos tiene sus antecedentes en el XIII Consejo Presidencial Andino de 2001, donde se encomendó, en primera instancia a los Ministros de Educación, diseñar un currículo armonizado, a fin de incorporar los valores y la cultura de la integración andina en los programas de educación. En segundo lugar, instruyó a la Secretaría General de la Comunidad Andina y a la Universidad Andina Simón Bolívar la preparación y ejercicio del Proyecto Cátedra Bolívar de Integración.

El programa de trabajo Educación para la Integración y sus equipos consultores en cada país andino elaboraron un informe sobre la enseñanza de la integración andina con un alto énfasis en historia e interculturalidad presentado ante un seminario internacional, organizado por la Secretaria General de la Comunidad Andina y la Universidad Andina Simón Bolívar en Quito, Ecuador, los días 2 y 3 de febrero de 2006. Este documento sistematizó la información obtenida en las naciones andinas y formuló una propuesta para los Ministros y los Presidentes Andinos.

Todas estas iniciativas fueron formalizadas en la Decisión 588 de 2003, aprobada por el Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores, en reunión previa al XIV Consejo Presidencial Andino. Dicha Decisión esta orientada a “incorporar la materia de Integración Andina en el diseño curricular de la Educación Media” y en tal sentido, contempló la adopción de los lineamientos de un proyecto que hiciera cumplir este propósito, por los Ministros de Educación. La cobertura de la cátedra se amplió a través de la Decisión 594 del 2004, en la cual se

La cátedra de integración fue concebida como un eje transversal en todos los planes educativos, especialmente en las asignaturas de historia, geografía y educación en valores. Esto implica que los planes y programas deben incluir el tema dentro de los contenidos de las áreas o módulos del currículo. No obstante, el programa plantea que en un momento determinando se deben impartir conocimientos específicos de la integración. Adicional a esta temática, el programa incluye contenidos generales, conceptuales y


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programáticos, para docentes y alumnos, como también proyectos complementarios. Sin embargo, estas iniciativas aún no han tenido aún un alcance práctico. Sus disposiciones tienen un carácter demasiado general y sin ningún principio realmente vinculante que obligue a los Ministerios de Educación nacionales a poner el plan de trabajo en ejecución. De igual forma, no se ha generado ningún tipo de control que verifique si ésta disposición se podría poner en práctica a futuro. Por lo tanto, la propuesta del presente

finalización del pregrado con carácter imperativo. Dicha cátedra puede abarcar temas históricos, teóricos y actuales de la integración, según en el grado que sea dictada. c. Exhortar al Consejo de Ministros de Educación y Responsables de Políticas Culturales a realizar gestiones necesarias para llevar a cabo la incorporación obligatoria en los pénsum académicos de la cátedra de integración, ya que de esta forma se fomentará una cultura e identidad integracionista desde los primeros años escolares.

estudio en la dimensión educativa

CAPÍTULO VI

consiste en: a. Reformar los diferentes planes de acción y de trabajo propuestos otorgándoles, en primer lugar, un carácter de norma comunitaria con principios de “irreversibilidad de los compromisos”, cuya aplicación sea de cumplimiento obligatorio por parte de todos los Estados. b. Se debe especificar que durante la educación básica primaria, se imparta obligatoriamente los conocimientos de la integración de manera transversal en materias como historia, geografía y valores, tal como lo menciona el informe. Sin embargo, el estudio especifico de la integración como una cátedra independiente debe establecerse desde el primer grado de secundaria hasta la

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