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México en el Consejo de

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Héctor Fix Fierro

Héctor Fix Fierro

DERECHO EN EL MUNDO

Víctor Emilio Corzo* y Ernesto Eduardo Corzo**

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México

en el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas

México ha sido electo para ocupar un asiento en el Consejo de Seguridad y en el Consejo Económico y Social de Naciones Unidas. Esta elección, particularmente con respecto a la integración como miembro no permanente del

Consejo de Seguridad para el periodo 2021-2022, representa, sin duda alguna, un logro diplomático en sí. La hazaña no es más que el producto de la exitosa campaña —de cabildeo e intercambio de votos— que desplegó la cancillería mexicana para asegurar los 187 votos en la Asamblea General.

Entonces será la quinta ocasión en que el Estado mexicano colabora en el Consejo de Seguridad. Así,

México llega con la experiencia reciente requerida para participar activamente. Sus intervenciones anteriores se habían dado: primero, en 1946; segun do, en el periodo 1980-1981; tercero, en 2002-2003, y finalmente, de 2009 a 2010. Este factor resulta importante por el dinamismo que despliegan los miembros en el Consejo de Seguridad.

Es laudable la decisión de la actual administra ción de buscar que México siga ocupando posiciones importantes en el seno de organismos internacionales y que adquiera mayor influencia en la toma de decisiones de la comunidad internacional en los foros multilaterales. Particularmente, este empuje sepulta la visión errónea de que un mayor activismo en foros internacionales representa un riesgo de inmiscuirse en problemas ajenos o una violación al principio de no intervención en los asuntos internos de otros Estados.

En particular, el presidente Andrés Manuel López Obrador ha anunciado que México promoverá dentro del Consejo de Seguridad el cumplimiento de los derechos humanos y la cooperación para el desarrollo sustentable, evitará cualquier forma de discriminación, ayudará con inversiones y progra -

Fotografía: ONU

mas de desarrollo social y evitará que se imponga el poder hegemónico de las potencias. Si bien estos temas son comunes en Naciones Unidas, el Consejo de Seguridad no se ha caracterizado por ser el foro que lidera su discusión; por consiguiente, resultará muy interesante ver cómo México deja su sello —bajo esos objetivos— en las discusiones del Conse jo de Seguridad.

Aprendiendo de sus experiencias, la cancillería se ha preparado ya desde meses atrás para entrar de lleno a discutir la agenda de trabajo del Consejo de Seguridad. Dependiendo de los resultados que tenga la participación de México, podremos con cluir si fue favorable o desfavorable. Antes de ese momento, la elección de nuestro país debe verse simplemente como una oportunidad del actual gobierno para tratar de incidir en la agenda del Consejo de Seguridad y en la toma de decisiones para salvaguardar la paz y la seguridad mundial.

El Consejo de Seguridad como principal órgano político de las Naciones Unidas

Desde finales de la Segunda Guerra Mundial, las Naciones Unidas es la única organización interna cional con membresía universal en la que se discuten, entre otros temas, desde acciones para mantener la paz y la seguridad mundial hasta medidas para promover el respeto de los derechos humanos de las personas.

De conformidad con el artículo 7 de la Carta de las Naciones Unidas, la organización cuenta con seis órganos principales: una Asamblea General, un Consejo de Seguridad, un Consejo Económico y So cial, un Consejo de Administración Fiduciaria, una Corte Internacional de Justicia y una Secretaría.

Si bien uno de los principios consagrados en el artículo 2 de la Carta de las Naciones Unidas es la igualdad soberana —donde todos los Estados son iguales y todos representan un voto— en la prácti

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ca ese principio tiene más peso en el papel que en la realidad.

Lo anterior obedece a la existencia de dos categorías de Estados en el seno de las Naciones Unidas: los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad (esto es, Estados Unidos, China, Rusia, Francia y Reino Unido) y todos los demás Estados. Dependiendo en qué categoría de las anteriores se encuentre el Estado, variará el nivel de participación de su representación estatal —o de sus nacionales— en los principales organis mos de las Naciones Unidas.

Por ejemplo, de los seis principales organismos de Naciones Unidas, los Estados pueden aspirar a tener representación estatal sólo en cuatro: la Asamblea General (integrada por todos los miem bros de las Naciones Unidas), el Consejo de Seguridad (donde únicamente participan 15 miembros), el Consejo de Administración Fiduciaria (que al día de hoy se compone sólo por los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguri dad) y el Consejo Económico y Social (constituido por 54 miembros). La Secretaría de las Naciones Unidas y la Corte Internacional de Justicia quedan fuera, ya que por sus propias funciones su opera ción gira en torno de individuos y no de representaciones permanentes de los Estados.

De esta forma, si se es miembro permanente del Consejo de Seguridad se tiene garantizada la participación —aparte de tenerla en el mis mo consejo y en la Asamblea General— en el Consejo de Administración Fiduciaria. Asimis mo, durante 71 años existió una regla no escrita según la cual en la conformación de la Corte Internacional de Justicia siempre había un juez de la nacionalidad de cada uno de los miembros permanentes del Consejo de Seguridad. Esta regla se rompió en noviembre de 2017 cuando Reino Unido no logró que su candidato fuera electo juez de la Corte.

De aquí que se vuelva relevante el hecho de que México sea miembro originario de las Na ciones Unidas, ya que desde su conformación ha participado durante la Conferencia de San Francis co y a lo largo de la operación de esa organización siempre ha mantenido una presencia importante.

De los dos órganos a los que México fue electo resalta por su importancia el Consejo de Seguri dad. Aparte de ser el principal órgano con menor número de membresía, el Consejo de Seguridad es el único órgano de esa organización con la capacidad —conforme al capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas— de emitir resoluciones vinculantes para toda la comunidad internacional.

Sus funciones se abocan a mantener la paz y la seguridad internacional, por lo que puede reco mendar a los Estados la remisión de sus controversias a la Corte Internacional de Justicia. Asimismo, puede remitir una situación a la Corte Penal Internacional para que ésta investigue la eventual comisión de atrocidades masivas; pueden impo ner sanciones tanto a Estados como a individuos; puede autorizar el despliegue de una misión de paz o una intervención humanitaria, y puede crear tribunales internacionales o cualquier otro meca nismo que facilite la solución de conflictos.

En el Consejo de Seguridad no todos los miem bros son iguales. Desde los primeros borradores de lo que sería la Carta de las Naciones Unidas ya se vislumbraba que las cuatro grandes poten cias (esto es, Estados Unidos Rusia, China y Reino Unido; hasta la Conferencia de San Francisco se incluiría a Francia) tendrían un “derecho de veto” para salvaguardar sus intereses y bloquear las decisiones que se adoptaran dentro de la futura organización.

Esta dinámica derivaría de la visión que los líderes de los “cuatro grandes” tuvieron entonces durante la Conferencia de Yalta —que tuvo lugar en febrero de 1945 y que antecedió a la Conferen -

cia de San Francisco— donde expresaron su reticencia a someter cualquiera de sus futuras acciones a la opinión de las pequeñas naciones. Inclusive de esa reunión derivaría la célebre frase que Winston Churchill le dijo a Franklin Roosevelt y a Joseph Stalin: “El águila debe permitir a las pequeñas aves cantar, sin importarle qué canten”. De ahí que exista una Asamblea General, donde todos los paí ses están representados, discuten cualquier tema y sus resoluciones son meramente declaraciones políticas, y un Consejo de Seguridad, donde solamente participan 10 paí ses en adición a los cinco miembros permanentes, existe el derecho de veto y se pueden adoptar medidas vinculantes, las cuales pueden llegar a autorizar el uso de la fuerza.

Otra de las formas para garantizar que los miembros no permanentes del consejo no participen activamente es el corto periodo para el cual son electos. La breve duración de sus encargos evita que los miembros no permanentes cuen ten con el equipo requerido y el conocimiento de fondo de los temas que conforman la agenda de ese órgano. De ma nera que cuando empiezan a estar en la misma sintonía que los miembros permanentes, su mandato está por concluir.

Conclusión

La llegada de México al Consejo de Seguridad puede coin cidir con el advenimiento de una nueva administración en el gobierno de Estados Unidos. De llegar a la presidencia el demócrata Joe Biden, el liderazgo de ese país en las ins tancias multilaterales puede regresar. Y también es posible que se acabe el enfrentamiento que la administración Trump ha sostenido con diversos organismos internacio nales. De ser éste el caso, desde el Consejo de Seguridad México podrá coadyuvar a generar un nuevo dinamismo en la esfera mundial. Sin duda alguna, 2021 y 2022 serán dos años muy interesantes para la diplomacia mexicana.

* Doctor en Derecho y diplomático de carrera experto en Derecho internacional. Twitter: @VE_Corzo. ** Experto en arbitraje internacional, acreditado para ejercer en México y en Esta dos Unidos. Twitter: @EE_Corzo

Los MASC como una oportunidad en la contingencia

En el catastrófico escenario mundial a nivel económico que ha provocado la pandemia de coronavirus, el autor, presidente honorario del Instituto Iberoamericano de Derecho Concursal, afirma que más que pensar en juicios para resolver problemas de índole legal y financiera, es momento de recurrir a los medios alternativos de solución de controversias, que sin duda ofrecen una vía más eficiente y menos costosa para que las empresas y sus acreedores resuelvan sus conflictos.

Cuando hablamos de crisis en cualquier tiempo nos referimos a situaciones de me noscabo que pueden ser económicas, financieras, políticas y familiares, entre otras. Y no es necesario saber el inicio de ésta y cuál es ese justo momento en que debemos darle importan cia o actuar en consecuencia; esto puede ser bajo una conciencia o no, política o de la propia socie dad.

Hoy nos encontramos bajo una sorpresiva pandemia mundial (Covid-19, Sars-CoV-2), de la cual sabemos su origen, el sujeto cero que la ocasionó, y de la que nun ca nos imaginamos los efectos letales que le causarían al país de origen ni al mundo entero.

Pérdidas humanas confirman el pésimo sistema de salud en el mundo, pero principalmente en países subdesarrollados, y la Ciudad de México, con su actual gobierno, no se quedó atrás; la falsa información, los números to talmente irreales comparados con las fuentes informativas más pres tigiadas del mundo y el pésimo sistema nos hacen darnos cuenta simplemente de que el gobierno no se encontraba preparado para resolver esta emergencia.

Desde luego, no tenemos que mostrarnos sorprendidos, pero sí ignorantes, porque no debemos olvidar que en 2009 la influenza nos puso a prueba y no la valo ramos, aun cuando el gobierno del presidente Felipe Calderón Hinojosa tomó medidas radicales, que si bien detuvieron la econo mía de la Ciudad de México y de otros estados, ayudaron a que no se propagara más de lo debido, y aunque si bien es cierto que el virus golpeó al mundo porque se propagó, se tomaron medidas para que éste no causara mayores estragos.

Mi conclusión de esto es que si se hubiera canalizado y explora do la experiencia, hoy nos habría ayudado mucho, sobre todo para contar con equipos y con hospita les de primer nivel que atendieran a los infectados en mejores condi ciones y así evitar muchas muertes (hasta el momento de escribir este artículo han fallecido más de 23,000 personas), por lo que habrá uno o varios responsables, de esto no me queda la menor duda.

Ahora bien, éstas son víctimas que ya cobró y seguirá cobrando este virus, que, dicho sea de paso, no tiene cura todavía, sino sim ples paliativos. La enfermedad no permite a los enfermos tener una muerte digna, ahogados e intu bados, cuando se sabe práctica y científicamente que en la mayoría de los casos quien recibe ese pro cedimiento sufre un fallecimiento inminente.

Por otro lado, no debemos dejar de lado los terribles efectos emocionales de la familia por no poder despedirse de su ser queri do y carecer de una cremación o un entierro dignos.

Sin embargo, este sistema no fue el único que colapsó, ya que el país arrastraba una crisis eco nómico-financiera desde 2007; mercados financieros y econo mías colapsadas, Estados Unidos saliendo de una recesión, China queriendo ser la primera potencia económica del mundo, Alemania a la expectativa, la Unión Europea y la Zona Euro colapsadas por el Brexit... Todos estos antecedentes no han ayudado a enderezar el desastre en el sistema financie ro mundial, ya que no permiten tener un referente económico di rectriz que pueda alinear y dirigir la economía del mundo.

Hoy nos encontramos con la peor crisis que pueda recordar la historia. El mundo ha sufrido las epidemias de los cuarenta, las dos posguerras mundiales, la crisis de 1929 en América, que si bien no fue producto de la posguerra, fue letal económicamente para Estados Unidos y para otros países en un efecto dominó. Pero esta pandemia ha colocado al mundo en un estado económico verdade ramente crítico.

Hoy el mundo nos pone a prue ba nuevamente, pero con algo que es más grave: una pandemia que llegó para quedarse y una economía desbaratada que tar dará mucho tiempo en corregirse con las pocas medidas financieras de los Estados. No dejo de lado las anticipaciones de Europa y de Estados Unidos en ese sentido y las que acompañan la vía jurídica y jurisdiccional, con nuevas legis laciones o adiciones a las leyes ya existentes, con capítulos de emer gencia que esperemos no vayan a ser simples medidas inaplicables para un sistema jurídico total mente sobrepasado y colapsado con el cierre de sus instalaciones que dejaron, por lo menos en la

República mexicana, más de dos meses sin impartición de justicia, algo insólito que deja entrever la necesidad de un sistema más moderno y actualizado que nos ha llevado obligatoriamente hacia la digitalización, pues, digan lo que digan los detractores, hoy ya es una realidad: ya no hay vuelta ni paso hacia atrás.

Pero, ¿qué implica todo esto? ¿Dónde quedarán los comercian tes? ¿Mipymes, Pymes, pequeños, medianos y grandes empresa rios? ¿Quién soportará la planta productiva, la planta laboral? ¿Quién apoyará a los acreedores que no podrán soportar la inmi nente quiebra de sus estructuras y de sus infraestructuras creadas para producir y para mover la economía?

Pues bien, antes de pensar en juicios y llegar a la vía jurisdiccio nal, debemos abrir una oportunidad a los medios alternativos de solución de controversias (MASC); una reestructura con los acree dores será más eficiente, rápida y menos costosa a través de la me diación, la conciliación, el arbitraje y la negociación. Esta figura de bemos asumirla con un doble carácter: como negociadora y como un arte para saber negociar. Hoy debemos entender que el sistema judicial se verá saturado e inca pacitado para atender y resolver con prontitud los diversos juicios que se le presenten; si antes de la pandemia estaba sobresaturado, imaginémoslo ahora, tanto en lo local como en lo federal.

Recordemos que el sistema ju dicial está para emitir sentencias, que el mismo imparte a través del juzgador; sin embargo, la mayoría de las veces sus resoluciones no se cumplen, ya que el criterio o el estudio de las pretensiones del quejoso no los entendió o terminó interpretándolos en otro sentido y no en el que aquél pretendía o esperaba que se resolviera, dando como resultado un ganar-perder, porque lo más seguro es que se termine combatiendo el resul tado mediante una apelación o un amparo, lo cual llevará varios meses o años para que obtener una resolución. ¿Que sucede entonces con los MASC? Que la justicia que se resuelva será la que quieran las partes y estén en posibilidades de ejercer a través de un facilitador (tercero imparcial), que no tome ni imponga decisiones, sino que sólo acompañe conforme a ciertos principios, como la voluntariedad,

Una reestructura con los acreedores será más eficiente, rápida y menos cos tosa a través de la mediación, la conciliación, el arbitraje y la negociación.

la confidencialidad, la equidad, la honorabilidad y la igualdad entre las partes, y que además única mente conduzca el procedimiento. Con los MASC nadie obliga a nadie a llegar a un acuerdo y el resultado de esa negociación será un verda dero ganar-ganar o, en su caso, un perder-ganar o un ganar-perder, pero sólo mediante la voluntad de las partes, que concluirá en un acuerdo que restituirá el tejido social.

Obviamente, el resultado siem pre será mejor. Los MASC no son la panacea, pero sí constituyen un nuevo paradigma que ayudará a resolver los conflictos y las venta jas contra las desventajas serán infinitamente mayores para las partes, en tiempo, modo y lugar, así como mucho más económicas y, sobre todo, por ser mecanismos voluntarios, en cualquier momen to del procedimiento las partes se pueden retirar, para darse el tiempo necesario que requiera la negociación o para darla por terminada, y los términos de pres cripción no correrán mientras las partes se encuentren negociando.

En fin, estamos ante un cambio que también llegó para quedarse. Recordemos que en la actualidad los medios digitales ya se en cuentran en boga y con eficientes resultados, pero, ¡ojo!, éstos no sustituyen a la justicia tradicional, sino sólo son un medio eficaz, con garantía y con credibilidad, que da estabilidad emocional a las partes.

* Socio fundador de las sociedades Silva Oropeza y Asociados, S.A. de C.V., y Profesionales de la Mediación, S.C.

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