NIIF Boletín informativo
al día
Edición N° 20 - Noviembre de 2015
Contenido 02
IASB decide tentativamente la fecha de vigencia de la nueva norma de arrendamientos NIIF 16
04
Vida útil de los activos no se determina por plazo de aseguradora
06
Taxonomía NIIF 2015 en español
08
Nuevo proyecto de decreto en materia NIiF
10
Paso a paso para consultar traducciones oficiales de las NIIF en Colombia
IASB DECIDE TENTATIVAMENTE LA FECHA DE VIGENCIA DE LA NUEVA NORMA DE ARRENDAMIENTOS NIIF 16 “Pidieron a IASB decidir la fecha de vigencia para IFRS próximo sobre arriendos. El equipo de trabajo (staff) recomendó una fecha de vigencia del 1 de enero de 2019 ; con aplicación anticipada permitida, pero sólo si la empresa también está aplicando la NIIF 15 ingresos procedentes de los contratos con clientes. La retroalimentación de los encuestados del ED 2013 y revelación adicional fue que la mayoría de los encuestados pensaba que 3 años eran necesarios para implementar la norma. El personal también considera que la NIIF 9 y la NIIF 15 tienen una fecha del 1° de enero de 2018 y existe alguna interacción entre estos y el nuevo estándar de arrendamiento. Discusión y decisión de la IASB Todos los miembros de la Junta estuvieron de acuerdo con la recomendación del equipol. No Hubo preocupaciones importantes planteadas por la Junta durante el debate.
Recorrido (ver Agenda Documento 3A) Un gran defecto en el borrador de la nueva norma de arrendamientos fue distribuida a las partes seleccionadas en julio de 2015. La revisión puso de relieve algunos asuntos que el equipo de trabajo considero deberían ser devueltos a el IASB para ser aclarados en una reunión pública. Estas situaciones no afectan la aprobación de IASB para proceder formalmente con la NIIF, pero proporcionan a la Junta la oportunidad de comentar más cambios significativos al borrador. Modificaciones de arrendamiento tratados como un nuevo contrato de arrendamiento por separado. El borrador requeriría que el arrendatario reconozca un nuevo contrato de arrendamiento al inicio del período ampliado mientras que una modificación sería reconocida
Para continuar leyendo el artículo siga el enlace correspondiente a las páginas 2 y 3 que se encuentra en la pestaña “Información” bajo este boletín.
2
en la fecha en que los términos modificados han sido convenidos. Inconsistencias fueron identificadas en el tratamiento de las modificaciones del arrendamiento dependiendo de si la opción de ampliación ya estaba incluida en el contrato o posteriormente fue incluida en el proceso de revaluación. El equipo de trabajo recomienda que una modificación de arrendamiento debería ser tratada como un nuevo arriendo sólo si la modificación aumenta el alcance del contrato de arrendamiento mediante la adición del derecho a utilizar uno o más activos subyacentes, debido a que el arrendatario no tiene el control del activo subyacente hasta que el activo subyacente” La información anterior fue tomada de: www.nicniif.org
Imagen 3
VIDA ÚTIL DE LOS ACTIVOS NO SE DETERMINA POR PLAZO DE ASEGURADORA “La Sección 17 de la NIIF para pymes y la NIC 16 se refieren al tratamiento de los bienes que conforman las propiedades, planta y equipo; no tienen diferencias en cuanto al requerimiento sobre la vida útil. Al respecto, ambos estándares indican que la vida útil es el tiempo en el cual la entidad espera obtener los beneficios económicos derivados del activo. Por esta razón se entiende que la información contable debe establecer períodos reales de utilidad de los bienes, y no simplemente aplicar los indicados en la norma tributaria, según la cual los vehículos se deprecian a 5 años, las maquinarias a 10, los inmuebles a 20, computadores a 5, y el software se amortiza a 3 años; esto en razón a que la vida útil debe calcularse con un enfoque financiero y no fiscal.
4
La vida útil de un activo no la establece una aseguradora, sino quien tenga el conocimiento pertinente respecto del activo particular y de cómo se consume. Si la entidad documentó de manera acertada y suficiente, que ese activo tiene vida útil, por ejemplo, indeterminada o indefinida, así se tomará para los estados financieros. El hecho de que una aseguradora limite el plazo, o la asegurabilidad a un término de 15 años, no es obstáculo para que la vida útil del activo se considere indefinida; simplemente la entidad en sus revelaciones informará que este activo tiene vida útil de X tiempo (que puede ser indeterminado) y explicará los motivos; adicionalmente informará que el activo está asegurado por un plazo de 15 años, y ahí están las revelaciones necesarias para entender la realidad de ese activo.
En síntesis, el hecho de que la aseguradora solamente respalde el activo por 15 años, no quiere decir que la vida útil tenga que ser por ese mismo período. Si el activo se considera intangible deben tenerse en cuenta otros puntos adicionales, pues si este tiene una vida útil indefinida o indeterminada, en las NIIF Plenas, la NIC 38 en su párrafo 88 establece que no se amortizan; el valor en el que queden reconocidos en el Estado de Situación Financiera de Apertura, será con el que permanecerán a lo largo del tiempo sin tener que amortizarlo; sin embargo, para las pymes, la Sección 18 que habla de los intangibles, establece que ningún intangible con vida útil indeterminada podrá tener más de 10 años de vida útil; si la vida útil está determinada contractualmente, se podrán utilizar esos años como vida útil.”
Tomado de: actualicese.com Si desea seguir leyendo el artículo, siga el enlace correspondiente a las páginas 4 y 5 que se encuentra en la pestaña “Información” debajo de este boletín.
5
NIIF
NIIF
NIIF
NIIF
TAXONOMÍA NIIF 2015 NIIF NIIF EN ESPAÑOL
NIIF
NIIF
NIIF
NIIF
NIIF
NIIF
NIIF
NIIF
NIIF
NIIF N
NIIF
NIIF
NIIF
NIIF
NI
NIIF
NIIF
NIIF
NIIF
NI
6
NIIF
IIF
IIF
“Las etiquetas en español de la Taxonomía NIIF de 2015 están ahora incluidas en la traducción del Libro Rojo de 2015. La Taxonomía NIIF es un sistema de clasificación que contiene nombres de elementos y características relacionadas. Los nombres de elementos permiten a las entidades marcar la información a revelar en la versión electrónica de los estados financieros preparados según las NIIF, de manera que los usuarios puedan acceder a la información y organizarla más fácilmente. Los nombres de los elementos disponen de etiquetas que describen su significado contable. xIFRS es la versión electrónica de las NIIF que integra el contenido de la Taxonomía NIIF. Por primera vez, los usuarios de xIFRS pueden ver las etiquetas de los elementos de la taxonomía en español directamente en la traducción al español del Libro rojo.”
NIIF
La descarga de los archivos de la taxonomía en español, están disponibles en el enlace correspondiente a las páginas 6 y 7 que encontrará en la pestaña “Información” debajo de este boletín.
NIIF
Tomado de: NIC- NIIF
NIIF 7
NUEVO PROYECTO DE DECRETO EN MATERIA NIIF Tomado de: Comunidad contable - LEGIS
8
“El Ministerio de Hacienda y Crédito Público ha dado a conocer un nuevo proyecto de decreto en el que se incluyen ciertas medidas que podrían mitigar el impacto de la convergencia a NIIF en las entidades vigiladas por la Superintendencia de Economía Solidaria. Quizá el punto más importante tratado en este documento se refiere a la inclusión de una excepción en la aplicación del anexo del decreto 3022 del 2013 en lo que respecta a la preparación de los estados financieros individuales y separados para las carteras de crédito, casos para los cuales sería la misma Superintendencia de Economía Solidaria quien definiría las normas técnicas especiales, interpretaciones y guías en materia de contabilidad e información financiera. Además de los mencionados, dentro del documento se incluyen otros aspectos de importancia sobre el tratamiento de las NIF en las entidades vigiladas por la Superintendencia mencionada anteriormente.” Si quiere conocer el documento mencionado, siga el enlace correspondiente a las páginas 8 y 9 que se encuentra en la pestaña “Información” debajo de este boletín.
9
PASO A PASO PARA CONSULTAR TRADUCCIONES OFICIALES DE LAS NIIF EN COLOMBIA Consultar información sobre NIIF en la web, puede llegar a ser complicado. En actualicese.com, nos enseñan cómo consultar paso a paso las traducciones oficiales vigentes para Colombia. Dirígase a la siguiente dirección web: www.ctcp.gov.co “ Si es la primera vez que ingresa, el siguiente paso consiste en marcar la casilla “acepto términos y condiciones” y dar clic para ingresar a la venta de registro. Si usted ya ha ingresado anteriormente, solo tendrá que hacer clic en el botón “ya estoy registrado”.
En caso de ser la primera vez en ingresar, se abrirá una interfaz de registro, donde deberá registrarse suministrando unos datos básicos, como aparecen en la imagen.
10
Al finalizar esta etapa recibirá un correo electrónico de confirmación en el que se relaciona un enlace de activación que usted debe seguir. Dicho mensaje probablemente llegará a su bandeja de correos no deseados. Por medio de este enlace podrá verificar su inscripción e ingresar al contenido que ha sido dispuesto para consulta de los colombianos.
El siguiente paso consiste en seleccionar el tipo de información que se desea consultar, dando clic en el logo “IFRS” si quiere consultar la traducción al español de las Normas Internacionales de Información Financiera y sus interpretaciones, o haciendo clic en el logo “IFAC” si desea acceder a cualquiera de las siguientes opciones: la Norma Internacional de Auditoría, Norma Internacional de Control de Calidad, Norma Internacional sobre Compromisos de Revisión, Norma Internacional para Compromisos de Aseguramiento, Norma Internacional sobre Servicios Relacionados o al Glosario de Términos
11
del Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento.
Para permitir el acceso a la información indicada en el anterior punto, el sistema le solicitará ingresar el correo electrónico suministrado en el proceso de registro, como se indica en la imagen siguiente.
Nota: en caso en que el usuario ya se encuentre registrado, se omitirá el paso 3.”
12
Contenido tomado de: actualicese.com
Si desea ver el contenido completo del artículo, siga el enlace correspondiente a la página 10 que se encuentra en la pestaña “Información” debajo de este boletín
13
INFORMACIÓN Teléfonos: +57 (4) 4119537- 3221814 / 300 205 9981 Dirección: Calle 35 No. 76- 09 Of. 207 E-mail: enfoquesytendencias@enfoquesytendencias.com