REVISTA POSGRADO AGOSTO

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El pensamiento flexible en el político de hoy Comunicación política digital y democracia en México

Demora de procesos judiciales por la pandemia de Covid 19

Acuerdos conclusivos: un medio del contribuyente y sus modificaciones


ÍNDIC E 04 LO RITUAL Y LO SIMBÓLICO: PERSPECTIVAS DEL ESPECTÁCULO POLÍTICO

Mtro. Rodrigo Reyes Martínez 14 EL PENSAMIENTO FLEXIBLE EN EL POLÍTICO DE HOY

Dr. Luis Alberco García Cruz 21 BREVÍSIMA INTRODUCCIÓN AL PENSAMIENTO DE LUIGI FERRAJOLI

Mtro. Roberto de Jesús Salas Cruz 42 DEMORA DE PROCESOS JUDICIALES POR LA PANDEMIA DE COVID 19

Mtro. Andrés de la Torre Álvarez 50 LA REALIDAD SOCIAL DEL FEMINISMO EN LA IDEOLOGÍA DE GÉNERO

Dr. José Antonio Vázquez Machuca 73 ACUERDOS CONCLUSIVOS: UN MEDIO DEL CONTRIBUYENTE Y SUS MODIFICACIONES

Mtro. Rubén Alejandro Hernández Nájera 82 COMUNICACIÓN POLÍTICA DIGITAL Y DEMOCRACIA EN MÉXICO

Dr. Helmer Ferras Coutiño

RECTOR: Gabriel Enrique Bravo del Carpio Doctor en Derecho Fiscal Egresado del INEF DIRECTORA: Susana Palacios Morales Maestra en Derecho Fiscal Egresado del INEF EDITORA: Laudith Garay Ruíz Maestra en Derecho Fiscal Egresado del INEF DISEÑO EDITORIAL: Vania Carolina Casillas Zúñiga Licenciada en Diseño Gráfico

5ta poniente norte 633-D Col. Centro C.P. 29000 Tuxtla Gutiérrez Chiapas, México. Pholio una revista editada por editorial INEF en coordinación con la FLDCH y el INEF 5ta poniente norte 633-D Col. Centro C.P. 29000 Tuxtla Gutiérrez Chiapas, México. Pholio es una publicación cientifica de Editorial INEF, revista posgrado, Agosto 2021. TODOS LOS DERECHOS RESERVADOS, PROHIBIDA SU REPRODUCCIÓN TOTAL O PARCIAL, INCLUYENDO CUALQUIER MEDIO ELECTRÓNICO O MAGNÉTICO PARA FINES COMERCIALES. Editor responsable: Gabriel Enrique Bravo del Carpio, número de reservante el Instituto de Estudios Fiscales de Autor 04-2005101310111300-102 Domicilio de la publicación 5ta poniente norte 633-D Col. Centro C.P. 29000 Tuxtla Gutiérrez Chiapas, México.


MENSAJE DEL RECTOR DR. GABRIEL ENRIQUE BRAVO DEL CARPIO RECTOR DE LA FLDCH/INEF

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oy en día requerimos a maestros y doctores especialistas en ciertas áreas de estudio para asegurar se brinde un servicio de calidad y profesional de acuerdo a lo que la sociedad demanda. Para lograrlo, necesitamos que la formación parta de la enseñanza comprometida y de calidad, enseñanza que solo puede ser dada por los mejores académicos del país. Por ello desde hace 25 años en el Instituto Nacional de Estudios Fiscales y en la Facultad Libre de Derecho de Chiapas nos hemos destacado por lograr la impartición de posgrados de alta calidad, gracias a la colaboración constante de reconocidos académicos de México y Latinoamérica, académicos que hoy aportan una parte de su gran sabiduría al permitirnos presentar tan importantes artículos para la edición de la revista Pholio Agosto 2021. A través de estas líneas, quiero agradecer a los que hoy escriben e invitar a todos nuestros alumnos de posgrado y estimados docentes que continúen investigando y accedan a este espacio de divulgación científica para plasmar y proteger sus ideas. Por otra parte, la preparación nunca termina,

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por ello aplaudimos y agradecemos a nuestros queridos alumnos que depositen su confianza en nuestras instituciones para continuar con sus estudios de posgrado, ya que nos hemos distinguido por ser instituciones preocupadas por lograr que realmente egresen como los mejores maestros y doctores del sureste y que cuenten con las herramientas para competir con los mejores del país. Por ello, queridos lectores, los invitamos a que continúen preparándose académicamente para asegurarles que seguirán creciendo profesionalmente, gracias al compromiso que el Instituto Nacional de Estudios Fiscales y la Facultad Libre de Derecho de Chiapas han perseguido a lo largo de este tiempo para consolidarse como la mejor casa de estudios. Reiteramos que la revista Pholio es un espacio libre, de saber científico, en donde nacen y convergen las diversas opiniones de los docentes y estudiosos del que hacer jurídico, por lo que extendemos nuestra gratitud y amplio reconocimiento a todos y cada uno de ellos, ya que con sus aportaciones logramos que este proyecto siga creciendo.

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Lo ritual y lo simbólico:

perspectivas del espectáculo político ABSTRACT:

El siguiente trabajo aborda el ejercicio político desde diversas perspectivas: lo simbólico, lo ritual y su naturaleza de espectáculo, considerando estas características como fundamentales para la comprensión de la política en sí misma. Bajo estos enfoques, se busca brindar un horizonte que nutra la interpretación de los hechos políticos con de manera transversal, apoyándose de manera implícita de disciplinas como la antropología, filosofía, lingüística, entre otras.

PALABRAS CLAVE:

Simbólico, ritual, espectáculo, política, interaccionismo simbólico, poder.

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Nada hay más misterioso en los hechos que lo simbólico, pues en él convergen todos los significados. ¿Cómo comprender el complejo actuar político desde una perspectiva amplia, que intente abarcar de manera integral la multiplicidad de significados? Sin duda, entender un hecho en su totalidad resulta imposible, sobre todo cuando se trata de un fenómeno social en el que convergen diversas áreas y que está sometido a diversos factores externos que cambian de manera constante; a pesar de lo anterior, intentaremos brindar las herramientas necesarias para comprender, si no en su totalidad, sí una parte importante del mismo des-

RODRIGO REYES MARTÍNEZ

MAESTRO EN PERIODISMO POLÍTICO, ESPECIALISTA EN COMUNICACIÓN POLÍTICA Y CAMPAÑAS ELECTORALES

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de una perspectiva que invite a analizar la política no sólo desde el empleo de las disciplinas tangibles y cuantificables, como podrían serlo la antropología, la psicología, la sociología, la economía, entre otras, sino también a través de la reflexión y al uso de la razón, partiendo de lo simbólico, lo discursivo, lo ritualístico y lo mitológico, apartado que desde la perspectiva histórica y literaria ha sido una forma para comprender al mundo. Asumimos que la política no es únicamente política, no es solo la relación visible entre individuos, instituciones, autoridades, procesos o, concretamente, la relación entre actores políticos; en la política siempre hay algo que va más allá de lo perceptible: existen rituales, interpretaciones, múltiples acciones que escapan a la mera apreciación en primer grado. Todo esto puede resumirse en una frase: la política es simbolismo. Esto no significa que se trate exclusivamente de un ejercicio simbólico, sino que la política, además de todas las interpretaciones que se han logrado, es, además, un hecho simbólico que debe analizarse como tal. Partiendo de lo anterior —y entendiendo el símbolo como una entidad compleja que va más allá del mero signo saussureano dotado de la dicotomía significado/significante1— podemos entrever que en la política intervienen situaciones más complejas y articuladas de las que podemos identificar a primera vista. El acto simbólico en la política es, entonces, su esencia misma, y como toda esencia, es generalmente invisible a la primera perspectiva. No debatiremos ahora las nociones metafísicas que analizan la esencia y su sentido, en cambio,

afirmaremos que, para entender cualquier esencia, en específico la esencia política, hay que someterla a análisis; hay que descifrar los múltiples símbolos políticos que se ocultan en los actores y sus receptores, en los lugares y en el tiempo, en los colores y en las formas, en el discurso y en el silencio. La naturaleza del símbolo, a diferencia del signo, es su multiplicidad de significados e interpretaciones, es su riqueza de relecturas posibles, su fuerte intensión comunicativa que puede moldearse a gusto para fines específicos. El símbolo puede manifestarse de diversas formas, pero en el ac-

tuar político destaca una por las otras: el discurso.2 Esto no implica que las demás herramientas carezcan de valor o de importancia, pero ¿qué sería de un ritual, de cualquier situación política, sin el poder de la palabra? Precisamente, es el discurso la herramienta por excelencia de la política. Desde el periodo helenístico, que recogía a los oradores y a los sofistas, desde las conjeturas platónicas acerca de su República, se sabía ya que el discurso, herramienta lingüística y simbólica, es por excelencia la estrategia de la comunicación, pero más importante, la estrategia de la persuasión

1 En su Curso de lingüística general, Ferdinand de Saussure indica que el signo lingüístico es una entidad arbitraria formada por la dualidad significado/significante. Más allá de términos semióticos, rama que Saussure no llegó a desarrollar, el padre de la lingüística define que, a diferencia del símbolo, el signo se puede definir como una entidad de un significado unilateral y unívoco, en tanto que el símbolo adopta múltiples formas y múltiples significados. 2 La definición de discurso es múltiple y puede atender a varios significados. Atendiendo una definición semiótica postestructuralista, apegada a los estudios de Jacques Derrida y de Louis Hjelmsev, podemos entender al discurso como cualquier manifestación comunicativa que posee un emisor, receptor y canal. Esto sugiere que un discurso no es únicamente fónico ni únicamente escrito, sino que un discurso puede ser, dicho lo anterior, un símbolo y su significado.

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que habría de ser utilizada por quienes buscan conseguir un objetivo particular.3 Platón intuía el poder de la palabra y de la retórica, de la creación de mitos y de pensamientos ideales; más allá, conocía y advertía el poder que el discurso puede provocar en aquellos que los escuchan. Foucault, por otro lado, describió las situaciones que legitiman el poder a través del discurso y detalló que el discurso en sí mismo no es aquello que comunica, sino que también comunican todos aquellos elementos que circunstancialmente existen en el espacio donde se articula.4 El discurso, al igual que la política, no es únicamente un discurso; en él se manifiestan diversos símbolos que legitiman su veracidad: quien emite el discurso emite un ejercicio de poder. Y este poder no se encuentra únicamente en la palabra, en la mera creación lingüística, sino que está acompañado de diversos símbolos que al mismo tiempo que comunican, persuaden y crean las condiciones necesarias para exponer aquello que quiere ser expuesto. El discurso, al igual que el texto requiere de un lector, necesita forzosamente de un receptor; todavía más importante,

3 Es bien sabido que Platón, en La República, cuestiona la veracidad de algunos poetas como creadores de ficciones y mitos, teniendo en cuenta que la poesía, al servirse de la retórica y lo fantástico, puede funcionar como un mecanismo político que inhiba de la realidad a los receptores 4 En El orden del discurso, Michel Foucault describe el poder del contexto y las figuras de autoridad al momento de emitir discursos, indicando que el significado está sometido a un ejercicio de poder: no importa sólo lo dicho, sino quién y cómo se dice.

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el discurso necesita condiciones, un espacio, un tiempo, para ser emitido. Son estos los factores los que empiezan a crear la situación necesaria para generar el ritual político, que también puede entenderse como un espectáculo. De lo simbólico se desprende, además, lo ritualístico, aquellas entidades que poseen un valor significativo único de acuerdo con su contexto, de acuerdo con el momento en el que se llevan a cabo y bajo cuáles circunstancias, bajo cuáles métodos, bajo qué mecanismos se deben someter para lograr el acto y el efecto esperado; y no sólo en dónde y cómo se llevan a cabo, sino también quién o quiénes lo ejecutan. Debemos preguntarnos si un discurso tendría el mismo valor si lo emite tal o cual persona bajo tal o cual condición. Poniendo un ejemplo burdo, el discurso de un académico no tendrá el mismo valor que el de una persona en situación de locura. Incluso, la mentira puede pasar desapercibida gracias al ejercicio de la retórica gracias a la imposición de una figura de poder, a través de un espacio determinado y consagrado. Foucault detalló este ejercicio en El orden del discurso, y es preciso retomarlo ahora en el quehacer político: muchas veces lo que se dice no significa por lo dicho, sino por quién es dicho, en dónde es dicho e, incluso, a quién es dicho. Es esta la razón por la cual damos al discurso, a la palabra, una importancia relevante por las demás circunstancias que rodean al ritual político: es gracias al discurso que las demás circunstancias del espectáculo político tienen sentido, pues se manifiestan en torno a él. Poniéndose al margen de las premi-

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sas de la lógica formal, debemos centrarnos en aquello que a esta podría parecerle absurdo, pues el mundo, y por consecuencia la política, no puede entenderse por una mera interpretación analítica, sino que deviene también de la experiencia; en muchas ocasiones, la rigurosidad lógica deja de lado interpretaciones valiosas: he ahí el espacio donde ocurre lo simbólico.5 El símbolo no puede entenderse bajo una perspectiva puramente formal, sino que exige

un panorama más amplio. Esto no lo aleja de la verdad, sino que, por el contrario, la complementa, pues brinda un panorama más extenso. En ese sentido, el espectáculo político debe entenderse no sólo a través de la racionalidad, sino también desde la parte ritualística e interpretativa, indicando, también, que no todas las interpretaciones son válidas: por lo anterior, es necesario contar con las herramientas necesarias para hacer un correcto análisis del hecho.

Vemos así que la política conlleva a lo simbólico, y lo simbólico, al mismo tiempo, conlleva lo ritualístico a la dramatización y en momentos a la teatralización de los temas de orden público. Bajo estas nociones son por las cuales interpretamos la política: como un acto simbólico y ritual, como un espectáculo para quienes la miran desde el exterior.6 Vemos, además, que el discurso y lo dicho no significan tanto en sí mismos, sino que adquieren un sentido y signi-

5 Podríamos mencionar que para pensadores de la filosofía analítica, como Bertrand Russel y Gottlob Frege, la interpretación simbólica se trata de ambigüedades o confusiones lingüísticas; no demeritamos su aportación, sino que complementamos el panorama con una apreciación desde otro campo. 6 Es importante detallar que el ritual es un ejercicio sagrado y fundador de la cultura. En Tótem y tabú, Sigmund Freud detalla que los rituales son aquellos elementos prohibidos pero necesarios para crear sociedades, culturas y figuras de poder.

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ficado que está ligado profundamente con su circunstancia. Pero ¿qué es el espectáculo político? Lejos de ser un mero show mediático, se trata de una compleja serie de mecanismos y acciones que tienen un fin determinado. No debemos caer en la ingenuidad: los actores políticos y sus artificios, en la mayoría de situaciones, están completamente conscientes de sus acciones, así como de sus fines. Dentro del ritual deben participar ciertos actores en un momento determinado. Esta inclusión implica, de alguna manera, una exclusión, pero esta exclusión no es forzosamente un aspecto negativo, sino que reafirma quiénes sí pueden formar parte del ritual. El espectáculo político es, entonces, una suerte de ritual en el que los actores se muestran a los espectadores como lo deseado, como lo esperanzador, como lo prohibido o bajo cualquier otra máscara que, antes de la escena, fue construida minuciosa y detalladamente. No hay nada de azaroso ni de arbitrario en su actuar, por más que así lo parezca. Es claro señalar que, si bien en la mayoría de situaciones estos espectáculos están diseñados para comunicar y persuadir, habrá algunos otros que sean producto de la casualidad o del descuido; sin embargo, son estos mismos desatinos los que reafirman que el espectáculo político está construido con una finalidad determinada. El ritual del espectáculo político tiene una multiplicidad de significados que no pueden entenderse de manera unilateral; para dotarlos de plena significancia, es necesario entender todo un marco so-

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ciohistórico y no sólo observarlos como un mero artilugio político, como un hecho aislado que no tiene relación con el exterior, sino que también es pertinente comprender todo un aparato ideológico que lo rodea. Esto viene a reafirmar nuestro anterior comentario que indicaba que el discurso no significa por sí mismo, sino que requiere de diversas situaciones contextuales para tener un

sentido pleno. De la misma forma, el espectáculo político, en sí mismo, carece de significado: como todo ritual, requiere de participantes, de espectadores, de actores, de artilugios, de objetos, de un tiempo y espacio determinado, de diversas circunstancias que, si no se cumplen, no puede considerarse completo. Dicho todo lo anterior y sentadas las primeras conjeturas respecto al espec-

táculo político, podemos analizar una situación específica para intentar interpretar los diferentes significados que en ella participan. Probablemente uno de los acontecimientos políticos más relevantes de la última década en México sea la toma de protesta de Andrés Manuel López Obrador como presidente de la nación. No sólo se trata del evento masivo, de

la consumación de una campaña política, sino de un ritual que posee ciertas características que van más allá de lo que en primera impresión se cree. Analicemos un solo hecho aislado: la toma del bastón de mando frente al pueblo de México. ¿Qué significó este hecho durante todo el ritual político llevado a cabo? En medio de un acto de purificación de pueblos indígenas, el bastón de

mando representa la mayor autoridad de este sector. La entrega del mismo, de manera voluntaria, y frente a la sociedad mexicana, va más allá de un acto de inclusión a los pueblos originarios de la nación; es una muestra de respaldo, de legitimización política por parte de las comunidades alejadas a las metrópolis. Todo esto no está explícito en ningún discurso, pues es el símbolo lo

que comunica, lo que transmite. Así, vemos que este ritual político no comunica únicamente por la acción, la entrega de un bastón, sino por quién ejecuta la acción y quién recibe la acción. Quienes presenciaron la acción tienen un papel igual de importante, pues fueron ellos los que atestiguaron el hecho y pueden dar fe del mismo, son, en términos coloquiales, cómplices de la acción: sin su

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mirada puesta en el hecho, este no hubiera significado. El espacio en el que se llevó a cabo es de igual importancia: el Zócalo de la Ciudad de México es un lugar histórico popular, un sitio recurrente al que asisten las personas, es un “lugar del pueblo”, a diferencia de otros espacios que representan lejanía o desconocimiento, como puede ser Palacio Nacional o el propio Senado de la República. El hecho de que el ritual del bastón de mando haya ocurrido en un espacio público, popular, crea un vínculo de mayor

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proximidad con los espectadores, pues se saben partícipes no sólo del acontecimiento, sino de la historia misma del lugar donde ocurre. Todo lo anterior es parte del ritual político, del espectáculo político, y tiene finalidades específicas: comunicar, legitimar, persuadir, sin usar palabras, sin hacerlo de manera explícita, sino de manera puramente simbólica. De esta manera, vemos cómo todos los elementos que conforman el ritual poseen un significado, una función determinada, un acto comunicativo y polí-

tico que, a primera vista, pueden pasar desapercibidos: es a través del análisis simbólico que se puede entender, de manera más íntegra, el espectáculo político. En anteriores textos intenté detallar con mayor precisión este acontecimiento señalando que: “Si recibir la banda presidencial en el Palacio Legislativo era la representación de la toma del poder político, la aceptación del bastón de mando y todo el contexto creado a su alrededor simbolizó la aceptación del poder popular y de una herencia sagrada del mundo indígena mexicano”.7 De esta manera, reafirmamos que el espectáculo político tiene su mayor peso discursivo no sólo en el hecho que acontece, sino en las múltiples interpretaciones que se hacen del mismo, las cuales se construyen de diversos artificios culturales ya establecidos en una cultura determinada, en este caso, la sociedad mexicana. Por lo anterior, está de más insistir en que el papel simbólico recae no sólo en el significado, sino en quienes lo interpretan, pues para que un ritual o espectáculo se conciba como lo que es, es necesario un público que lo interprete. Pero no es este el único ejemplo que podemos mencionar

Reyes, Rodrigo. El espectáculo político como estrategia de comunicación y persuasión. Pp. 100

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para reafirmar la importancia de los simbolismos dentro del quehacer político, dentro del espectáculo político. Cada hecho posee sus propios significados, siendo, de cierta manera irrepetible; sin embargo, debemos observar que en cada espectáculo político los elementos que lo conforman son, por lo general, los mismos: el discurso y quien lo emite, para quién lo emite, quiénes lo perciben y dónde y cuándo es emitido. Ejemplificando con otra situación, podemos detallar la figura de Donald

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Trump como líder de un sector determinado en los Estados Unidos. Esta figura no es arbitraria: detrás del espectáculo político que proyectaba la imagen del presidente estadounidense, existía un complejo aparato ideológico que se hacía valer de una figura específica que tiene un valor imprescindible en el imaginario colectivo. Como he señalado: “El arquetipo del héroe pareciera ser uno de los que se cumplen de manera más regular y sistemática a través de la historia mundial, nacional y regional,

desde tiempos mitológicos hasta la actualidad”.8 Partiendo de lo anterior, aseguramos que la figura heroica de Donald Trump se sirve de diversos símbolos que lo apoyaron durante todo su proceso electoral y legitimaron su discurso de poder en un sector determinado. Numerosos ejemplos podríamos citar en el quehacer político y en todos ellos llegaríamos a la conclusión de que el símbolo, si bien no es la totalidad de la explicación, es una parte fundamen-

Íbid.

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tal para entender los hechos. El espectáculo político, en su manera de ritual, se sirve de diversas situaciones socioculturales determinadas para satisfacer un fin específico. Más que un mero show, o un simple performance, se trata de hechos, de actos articulados y planificados para lograr un objetivo específico. Todo esto se logra a través de proyecciones simbólicas que pueden leerse y descifrarse con la perspectiva adecuada. El valor de lo simbólico recae, precisamente, en su multiplicidad de significados, los cuales, lejos de dar interpretaciones azarosas y ambiguas, ayudan a comprender el quehacer político. Como ritual, este se conforma de diversos actores y situaciones que desempeñan un papel fundamental. Lejos de entender los elementos ritualísticos y simbólicos como hechos que tergiversan la información, habría de darles la consideración necesaria para poder interpretar, de manera más amplia, cualquier panorama político.

BIBLIOGRAFÍA:

• Reyes, Rodrigo. El espectáculo político como estrategia de comunicación y persuasión. • De Saussure, Ferdinand. Curso de lingüística general. Buenos Aires, Argentina: Losada. • Foucault, Michel. El orden del discurso. Buenos Aires, Argentina: Tusquets. 1992. • Freud, Sigmund. Tótem y tabú. Buenos Aires, Argentina: Amorrortu. 1991.

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El pensamiento flexible en el político de hoy LUIS ALBERTO GARCÍA CRUZ

DOCTORANTE EN CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES

RESUMEN

Se describe una aproximación sobre la importancia del pensamiento flexible en las características personales de los políticos contemporáneos, ante retos como el cambio climático, pandemia COVID 19, desigualdad, pobreza socioeconómica, inseguridad, migración, ciudades inteligentes, industria sostenible, seguridad alimentaria, entre otros retos de suma importancia.

PALABRAS CLAVE:

Pensamiento flexible; político; características personales.

EL POLÍTICO TRADICIONAL

Las campañas políticas al menos en las cuatro últimas décadas tienen un común denominador, el aprovechar una de las industrias más desarrolladas en México, el acarreo, sin embargo, principalmente por la Pandemia COVID 19

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se han establecido nuevos protocolos de convivencia, entre otros aspectos, el de la sana distancia, lo que obliga a determinar nuevas acciones. El peligro latente de un rebrote de casos de personas infectadas por el virus SARS-COV-2 hace replantear las estrategias que las personas que se dedican a las campañas políticas, sobre todo para las actividades electorales en México del próximo año 2021. Definitivamente, es útil analizar este tipo de acciones que la mayoría de los políticos en México ocupan en sus mí-

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tines, basta con recordar los camiones o vehículos de transporte público, llenos de personas, que en ocasiones desconocen por quién están llegando a apoyar, basta con el saber que recibirán un donativo así como la tradicional torta y refresco, definitivamente si se le consulta a los organizadores, ellos señalan que todos los asistentes son gente convencida, que apoya al candidato. La mayoría de candidatos, al menos en los años recientes, gustan que sus mítines estén llenos de personas, aunque desconozcan el por qué están allí y uno

de las principales fuentes de asistentes son las personas mayores, quienes por recibir algo, están dispuestos a desplazarse a estos lugares. Otra guerra que caracteriza a los políticos que toman en tiempos electorales, es el de los spots de campañas políticas, en donde aprovechan para destacar su trayectoria, el maximizar los errores de sus oponentes o del candidato ubicado en el primer lugar en las encuestas y que se le percibe mayor interés de la sociedad. Aunque es sabido que parte de la sociedad espera escuchar propuestas y

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estrategias que tomarán cuando lleguen a asumir el puesto de elección popular sin embargo, más son aprovechados para desvirtuar las acciones de los oponentes. Así como se plantea el contexto de las últimas elecciones que han delimitado los políticos, es sabido que por las condiciones que tiene el país por la situación de Pandemia COVID 19, muchas de estas acciones deberán cambiar, así también por los cambios en las leyes que sancionan con mayor severidad el fraude electoral, es fundamental e importante que los políticos deban asumir nuevas conductas, estrategias y políticas para su actuar, es por ello que en este ensayo, planteamos un acercamiento a la importancia del Pensamiento Flexible como característica del político de hoy.

cian a cada sujeto según su manera de pensar) y tiene funciones.2 La resolución de problemas es una de las funciones del pensamiento, pero el enfrentamiento del político a los problemas exige el desarrollo de cualidades entre ellas la flexibilidad, y se señala especialmente a esta característica, por su papel en el desarrollo de la vida cotidiana de los hombres y mujeres, es la que le ha permitido sobrevivir y desarrollarse para convertirse en el amo del pla-

neta. Los tiempos actuales presentan nuevos y mayores retos que los que el hombre había enfrentado y es por ello que también exige del hombre mayor inteligencia y flexibilidad para enfrentar los problemas para tener mayores posibilidades de integrarse plenamente a la sociedad. Para el político contemporáneo es vital el contar con la capacidad de un pensamiento flexible, además de un conocimiento complejo, que le per-

EL PENSAMIENTO FLEXIBLE

La flexibilidad mental es mucho más que una habilidad o una competencia: es una virtud que define un estilo de vida y permite a las personas adaptarse mejor a las presiones del medio. Una mente abierta tiene más probabilidades de generar cambios constructivos que redunden en una mejor calidad de vida; una mente rígida no solo está más propensa a sufrir todo tipo de trastornos psicológicos, sino que, además, afectará negativamente al entorno en que se mueve.1 El pensamiento como forma superior de la actividad pensante consta de operaciones, cualidades (las que diferen-

Imagen 3: Flexibilidad del pensamiento.

Riso, Walter, El poder del pensamiento flexible, Grupo Editorial Norma, Bogotá, 2007, p.13. Díaz Lozada, Jorge A, La flexibilidad del pensamiento cualidad necesaria para la integración del individuo a la sociedad, propuesta de un modelo didáctico para propiciar su desarrollo a través de la resolución de problemas matemáticos, Santiago, no. 108, 2005, p. 438

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mita tener la aceptación de la mayoría de la sociedad, al verle como un solucionador de los múltiples problemas que cuenta una sociedad aunado a la limitada cantidad de recursos.

CARACTERÍSTICAS PERSONALES DE LOS POLÍTICOS

La política se ha expresado siempre a través de este tipo de iconos con los que se busca manifestar decisiones políticas o conceptos complejos como son los de autoridad, poder, gobierno, nación. Con la aparición de los

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medios de comunicación, este tipo de representación se convierte en una cuestión fundamental para políticos y ciudadanos insertos en el juego de la comunicación política. En las últimas décadas, la personalización de las campañas vuelve a plantear con fuerza la importancia de la imagen para el político, sobre todo cuando existe un medio capaz de llevar esa imagen hasta millones de espectadores, y que está exigiendo a los políticos una serie de dotes telegénicas para impactar en la opinión pública.3

Se afirma que la personalización es una estrategia electoral porque exige la intencionalidad por parte de quien dirige un proceso de elección de utilizar este tipo de estrategia. Por otro lado, la personalización implica una destreza, a través de la cual se busca conseguir un fin determinado: dar a conocer un proyecto político a través de las cualidades de un candidato. Decir que la persona es el centro de una estrategia de campaña es afirmar que el que comunica se sitúa en el centro de lo que se quiere decir y es el mo-

Orejuela Seminario, Sandra, Personalización política: la imagen del político como estrategia electoral, 2009

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tivo de la persuasión. En las campañas electorales personalizadas, el político se convierte en el contexto principal del mensaje. La personalización entonces, tiene como hilo argumentativo la figura y las cualidades del político-candidato, lo que se conoce con el nombre de imagen. Pensamiento flexible para un exitoso político. Por lo que se ha planteado es inminente que se manifieste sobre la importancia que los políticos actuales o contemporáneos asuman la cualidad de contar con un pensamiento flexible, que se permitan ellos mismos tomar decisiones disruptivas, creativas, sostenibles. La sociedad cada vez mejor informadas, gracias al internet entre otros medios de comunicación, adopta mayor simpatía con aquellos políticos que brinden soluciones concretas, reales y verdaderas a los diferentes retos que tiene la sociedad que le corresponde gobernar o representar. La sociedad percibe al político con pensamiento flexible a quien tiene rasgos y personalidad positiva, que genera empatía y necesidad de conocer; así como a aquel que se adapta a las circunstancias, que aprovecha cada uno de los recursos que dispone en bien de todos. También se les identifica como su apertura mental, así como a nuevas experiencias, son dinámicas y definitivamente se le agradece la capacidad de comprender y respetar los diferentes puntos de vista y la capacidad de visualizar la amplia gama de posibilidades de solución para resolver retos o problemas. La afabilidad que se asocia con la amabilidad, cortesía y cordialidad es

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una de las características que más agrada a los electores. Otra capacidad que se agradece es la del auto aprendizaje, lo que le permite explorar cosas nuevas, en ocasiones acciones disruptivas. Les agrada el conocimiento complejo y la creatividad, por consecuencia les permite tener un marco teórico conceptual y contextual amplio para poder tomar alguna decisión.

CONCLUSIÓN

En este momento de una nueva normalidad, con retos claros como el de mitigar y adaptarnos al cambio climático; superar la Pandemia Covid 19; la desigualdad en la sociedad que ha generado pobreza económica, carencia a servicios educativos y a la salud, seguridad alimentaria, vivienda digna, entre otros señalados por la Organización de las Naciones Unidas en los Objetivos de Desarrollo Sostenible, queda claro que se requieren de nuevos políticos, que cuenten con novedosas cualidades que brinden confianza en la sociedad para que se actúe de manera asertiva, enfocados al bien común y con mayor prosperidad, para ello, el pensamiento flexible, puede ser una de las características que más sea valorado en el político contemporáneo.

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Brevísima introducción al pensamiento de Luigi Ferrajoli

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ROBERTO DE JESÚS SALAS CRUZ

RESUMEN:

La presente obra narra de manera sucinta el pensamiento del maestro italiano Luigi Ferrajoli y explica de forma breve las principales características de su teoría garantista. Para ello se analizan las concepciones de la lógica deóntica y del derecho positivo según se desprende de sus principales obras para posteriormente definir los conceptos de derechos fundamentales y sus garantías, tan importantes para la conformación del moderno estado constitucional de derecho.

PALABRAS CLAVE: MAESTRANTE EN DERECHO CONSTITUCIONAL Y AMPARO

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Lógica deóntica, nomodinámica, derechos fundamentales, garantías, estado constitucional.

I. PROLEGÓMENOS

Luigi Ferrajoli es un jurista italiano de extensa carrera judicial y académica cuyas aportaciones al campo de la teoría general del derecho, así como al Derecho Penal, sobresalen a nivel mundial. Famoso además por la elaboración de una teoría del derecho y de la democracia fundamentada con una sólida base lógica y normativa que pretende integrar las diversas manifestaciones del derecho de acuerdo a las dimensiones lingüísticas en que puede analizarse. Esto es, su teoría axiomatizada del derecho pretende dar cuenta de la estructura y fundamentación del derecho y de la democracia en un único modelo teórico que tiende a la universalización del sa-

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ber jurídico reduciendo sus categorías a las estrictamente necesarias para describirlo, y cuyo análisis lógico se circunscribe a las relaciones entre conceptos previamente definidos dentro de su sistema, es decir, su sistema es un sistema formal deductivo, donde el cálculo lógico, las precisiones semánticas y las aplicaciones pragmáticas inciden directamente en la teoría del derecho, la dogmática jurídica así como la filosofía y sociología del derecho... En las siguientes páginas pretende-

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mos brindar al lector un primer y mínimo acercamiento a la obra y pensamiento del maestro florentino con el fin de hacer circular su pensamiento entre un mayor número de juristas, teniendo las bases necesarias para un critica de su modelo y tras una posterior y más profunda investigación personal poder aceptar/rechazar las propuestas ferrajolianas. Para tales efectos tomaremos como base documental varios títulos disponibles en internet, la mayoría escritos por él mismo, con el fin de que el lector

pueda fácilmente acceder a ellos en un futuro cercano. Sin embargo, se harán algunas referencias a obras de mayor envergadura incluyendo, por supuesto, Principia Iuris, la obra magna de Ferrajoli.

II. TEORÍA AXIOMÁTICA DEL DERECHO

Nuestro prolijo autor italiano emplea para la construcción de su teoría un método denominado por sí mismo como “axiomático” basado en un lenguaje artificial construido enteramente por el

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teórico a través de la estipulación de un número determinado de términos y de tesis primitivas (o postulados), para posteriormente obtener nuevos términos y nuevas tesis (o teoremas) definidos a través de los primitivos (llamados así ya que no se definen previamente) sobre la base de reglas de formación y transformación igualmente establecidos con anterioridad. La utilización de este método y lenguaje formalizado, es decir, expresado mediante notaciones estrictamente lógicas y deductivas, trae aparejada una serie importantísima de ventajas tales como la especificidad de todos sus términos y conceptos evitando la polivocidad de los mismos, la coherencia interna del discurso jurídico al disminuir en la mayor medida posible las contradicciones y vacíos, la transparencia respecto a porqué se eligen ciertos términos y tesis como primitivos e indemostradas evitando la regresión al infinito y tornando inútil la teoría, y la fecundidad del procedimiento seguido, o sea la posibilidad de alcanzar los cometidos de la misma dada la rigurosidad técnica y lógica del método empleado al permitir aceptar como verdaderas tesis que no son intuitivas a la mente del teórico y rechazar como falsas tesis que pueden parecer evidentes e intuitivas, así mantener una postura ideológicamente neutra, esto es, científica respecto a la misma.

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Dicho lenguaje pretende sintetizar las relaciones lógicas dentro de los sistemas jurídicos y derivar de ellas las implicaciones de la propia teoría respecto de su objeto que es el Derecho mismo, es decir, deriva las consecuencias normativas que la teoría le impone al Derecho, siendo estas básicamente dos: la completitud o plenitud del orden jurídico al permitir observar y remediar lagunas o vacíos y la coherencia interna del sistema jurídico, al permitir observar y remediar contradicciones y antinomias.

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La construcción de su método ha sido una tarea titánica con décadas de preparación, depuración y ampliación de la misma, pues aquella es de un alcance sumamente ambicioso al pretender la universalización de su alcance, o sea, poder dar cuenta de todos y de cualquier sistema jurídico, independientemente de sus contenidos concretos, de las ideologías que los inspiran o de su efectividad. Y es allí donde reside la tremenda importancia de la obra de Luigi Ferrajoli, pues es grato ejemplo de una

sólida teoría en beneficio de la práctica jurídica global con rigurosidad científica, técnica y ética. Otra de las características principales e interesantísimas de la postura ferrajoliana es lo que denominamos su “análisis semiológico” del discurso jurídico. Por semiología entendemos el estudio de los signos, significados y significantes que participan en la formación del sentido comunicacional o discursivo en un área del conocimiento determinada, es decir, estudia la manera en que los

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individuos perciben y reaccionan ante determinados símbolos, dotándoles de significado y llevando a cabo determinadas conductas como resultado. Para los efectos de la teoría jurídica, Ferrajoli divide el discurso del derecho en las tres dimensiones clásicas del estudio del lenguaje y la comunicación: la dimensión sintáctica, semántica y pragmática. La sintáctica hace referencia a los elementos de cálculo lógico dentro de la teoría general del derecho, esto es, los térmi-

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nos y reglas que permiten la derivación de consecuencias lógicas formalmente válidas; la semántica se refiere a la dogmática jurídica, es decir los contenidos formales y sustanciales concretos o positivos de las normas jurídicas y sus componentes); la pragmática, por su lado, se refiere a la justificación de los elementos fundamentales o primitivos de la teoría del derecho y a la crítica y proyección del derecho potencialmente ilegítimo, dada su disconformidad con

los contenidos o formas establecidos para su creación. De lo anterior se obtiene también una integración de los diferentes tipos de discurso que se entrelazan con el derecho: puesto que la teoría es meramente formal o estructural y no menciona nada de la justicia de sus contenidos ni tampoco de su eficiencia, se puede emplear el lenguaje propio de la dogmática jurídica para describir sus contenidos y elaborar estudios sobre los elementos de cada una de sus categorías jurídicas positivas; el lenguaje propio de la filosofía política, para criticar la justicia o equidad de las normas mediante conceptos políticos, filosóficos o morales; y finalmente se puede juzgar la menor o mayor satisfacción empírica de las normas a través de la sociología jurídica. Sin embargo, cualquiera de estos tipos de discurso (que se corresponden a los niveles del discurso antes mencionados: la sintáctica respecto de la teoría general del derecho, la semántica respecto a la dogmática jurídica, y la pragmática, respecto a la sociología y la filosofía política), conformando estos niveles y dimensiones a la

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ciencia jurídica, que se encarga de las relaciones entre las mismas respecto a un mismo objeto: el Derecho. Su teoría, como pudo adelantarse en las primeras líneas de este escrito, es una formal, basada fundamentalmente en lógica deóntica, una lógica dedicada al estudio de las deducciones posibles entre normas o enunciados jurídicos, re-

guladora de las consecuencias que las reglas imponen en la conducta de los sujetos, siendo las principales categorías deónticas la facultad, la obligación y la prohibición. Ferrajoli define a la deóntica como una “específica lógica modal aplicada al lenguaje prescriptivo y dirigida a establecer las condiciones de validez de las

inferencias de conclusiones prescriptivas a partir de premisas igualmente prescriptivas”.1 Por ende, la deóntica jurídica se encarga de cualificar las conductas de acción u omisión como facultativas, obligatorias o prohibidas, tanto respecto de sujetos individuales como colectivos, públicos o privados, según se desprenda del contenido de las reglas y principios

que rijan en un momento y lugar determinado. La teoría formal se limita así a asumir o definir conceptos, a instituir las relaciones sintácticas, desarrollar sus implicaciones y analizar la forma lógica y estructura normativa de los sistemas jurídicos.2 Así, es precisamente la estructura for-

mal de las normas y las relaciones entre ellas las que permanecen invariables de sistema a sistema, pudiendo hablarse de determinados axiomas lógicos que rigen el estudio teórico del Derecho. Estos axiomas lógicos, cualifican, como se dijo en párrafos precedentes, las conductas de los sujetos para imponer consecuencias jurídicas a su comisión u omisión.

Para Ferrajoli, entonces, la generalidad de las conductas de determinado sujeto puede actualizar alguna de las hipótesis siguientes: - Si de una acción no está permitida la comisión entonces está permitida la omisión - Si de una acción no está permitida la omisión entonces está permitida la

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Ferrajoli, Luigi, Principia Iuris: teoría del derecho y de la democracia, España, Trotta, 2011, p. 109. Ferrajoli, Luigi, Para una refundación epistemológica de la teoría del derecho, España: Anales de la Cátedra Francisco Suárez, núm. 44, 2010, p. 421.

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comisión - De una acción o está permitida la omisión o está permitida la comisión - De ninguna acción están no permitidas tanto la omisión como la comisión. Por tanto, de cualquier conducta necesariamente se regula expresa o implícitamente o bien su comisión o bien su omisión, sin poder no estar regulada en alguna de estas formas; ahora bien, de elegirse una de ellas, necesariamente se repele la otra, por lo que no es posible estar una conducta prohibida y permitida (u obligada) al mismo tiempo bajo las mismas condiciones o ámbitos de validez. Esto es una clara referencia al sistema de ontología y lógica jurídica desarrollada por García Máynez. Estas relaciones lógicas permiten extraer ya no tres sino cinco grandes cualificaciones deónticas: el permiso negativo, permiso positivo, facultad, obligación y prohibición, las cuales pueden dar cuenta de toda la fenomenología jurídica, pues necesariamente regulan por implicación lógica todas las conductas ya sea omitiendo establecer obligaciones constituyendo un permiso negativo; omitiendo establecer prohibiciones constituyendo un permiso positivo; estableciendo expresamente la posibilidad de hacer o no hacer algo constituyendo una facultad en sentido estricto; o bien expresamente vedando la realización de una conducta constituyendo una prohibición; y finalmente ordenando expresamente la comisión de alguna conducta constituyendo una obligación. Ahora bien, cabe resaltar que, si bien estas deducciones son lógicamente va-

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lidas, constituyendo incluso tesis analíticas a priori, lo cierto es que el derecho es un fenómeno artificial, positivo y volitivo dado que es un producto cultural del ser humano, institucionalizado mediante ficciones legales y, sobre todo, desde finales del siglo XIX, dependiente de la voluntad estatal en cuanto a su empírica creación y aplicación. Por tanto, el derecho moderno es un artificio institucional del hombre cuyo nacimiento responde a condiciones formales y sustanciales de

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la voluntad estatal. Es, en breve, no un sistema nomoestático como lo sería la moral o la geometría, sino un sistema nomodinámico, cuyas normas son introducidas positivamente por el legislador y no automáticamente añadidas por mera derivación lógica. Es esta característica, la de la nomodinámica, la principal aportación de Kelsen mediante su teoría pura del Derecho, la que permite estudiar al Derecho como un sistema ordenado en grados

donde las normas superiores definen las condiciones de validez de las todas las normas y actos jurídicos inferiores, aunque también las condiciones de existencia, pertenencia, vigencia y efectividad de los mismos. En palabras de Ferrajoli: Derecho positivo es, en efecto, en sentido amplio, cualquier sistema normativo en el que la existencia de una norma no siempre puede ser negada simplemente sobre la base de su incom-

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patibilidad con (o afirmada solo sobre la base de su implicación por) otra norma; en el que, dicho de otro modo, su existencia es esencialmente el efecto de un hecho empírico, es decir de un acto normativo, reconocible como tal no por los significados que expresa, sino por las formas de su producción. Podremos caracterizarlo como un sistema deóntico en el que entre sus reglas incluye las reglas necesarias y suficientes para la producción [de sus propias] reglas. Y este el sentido de su dinamicidad.3

3

De la misma manera es la estructura normativa en grados del Derecho moderno la que permite que existan divergencias deónticas entre los diversos actos jurídicos. Es decir, dado que existen condiciones específicas y concretas para tomar por validas a las normas jurídicas y dado que la propia existencia, pertenencia, vigencia y efectividad de dichas normas no se deducen lógicamente sino que es menester introducirlas o juzgarlas mediante actos jurídicos positivos, es perfectamente posible -dada la es-

tructura lógica y normativa del Derecho moderno antes explicada- que las normas que lógicamente debieran existir no existan, y que aquellas que no debiesen existir efectivamente lo hagan. Es posible, entonces, como se verá más adelante, la existencia de lagunas y antinomias, derivadas de los errores humanos al momento de la positivización de las normas jurídicas, generales o concretas, es decir, mediante legislación o mediante sentencia jurisdiccional. Para Ferrajoli, aunque pudiera sonar

Op. Cit. 1., p. 111-112.

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paradójico, es esta inminente imperfección del Derecho su mayor virtud, puesto que tales divergencias solo pueden tener origen en caso de que existan condiciones tanto formales como -sobre todo- sustanciales o materiales para el examen crítico de los actos jurídicos. Lo anterior pretende dar cuenta de que si bien el Derecho es nomodinámico -característica nacida dada la presencia de normas formales sobre la producción legislativa y cuya finalidad es dar cuenta de la existencia (y pertenencia) de normas-, también mantiene una base nomoestática -conformada por un conjunto de principios axiológicos elevados a la máxima categoría jurídica, es decir, constitucional o convencional- que derivan en normas sustanciales, materiales o de fondo, cuya finalidad es dar cuenta de la validez de los actos y normas inferiores. Estos principios axiológicos y normas sustanciales son precisamente los derechos fundamentales.

III. DERECHOS Y GARANTÍAS FUNDAMENTALES

Los derechos fundamentales

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son definidos por nuestro autor como “todos aquellos derechos subjetivos que corresponden universalmente a todos los seres humanos en cuanto dotados del estatus de persona, ciudadano o capaz de obrar,” y, a su vez, un derecho subjetivo es “toda expectativa adscrita a un sujeto por una norma jurídica”, mientras que el estatus se define como “la condición de un sujeto prevista por una norma jurídica, como presupuesto de su idoneidad para ser titular de situaciones

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jurídicas y/o autor de actos jurídicos.”4 Resalta el hecho de que, en Ferrajoli, el carácter “universal” de los derechos fundamentales no hace referencia a todos y cada uno de los seres humanos, sino que hace referencia al sentido lógico y avalorativo de una cuantificación referente a la clase o clases (universos) de sujetos que son titulares de los mismos, es decir, se refiere a “todos” los sujetos individuales que se encuentran dentro de la clase o categoría de “per-

sona”, “ciudadano” o “capaz de obrar”. De la misma forma, destaca el que, a fin de cuentas, por dichas características, la definición ferrajoliana de derecho fundamental es una definición teórica (y no dogmática, filosófica ni política) basada únicamente en los rasgos formales y estructurales independientemente del contenido y orientación con que puedan ser dichos derechos dotados de sentido, es pues “una definición estipulativa, elaborada en función de las finalidades expli-

Ferrajoli, Luigi, Derechos y garantías: la ley del más débil, España, Trotta, 2010, p. 37.

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cativas que es capaz de satisfacer.”5 Ahora, al momento de ser positivizados en el máximo rango jurídico posible, esto es, el constitucional y, en su caso, por ampliación, el convencional, estos derechos o expectativas fundamentales,-afirma Ferrajoli- se imponen normativamente al resto del orden jurídico en garantía de intereses y necesidades consideradas como vitales en el momento y lugar concreto de su estipulación normativa, tales como la vida, la dignidad, la libertad y la supervivencia. Sus características consisten en ser universales (en

el sentido ya explicado), iguales para todos (nadie disfruta ni más ni menos de la titularidad de dichos derechos), indisponibles (pues se encuentran excluidos de la voluntad de sus propios titulares al no poder renunciar a ellos y asimismo sustraídos a las decisiones de las mayorías políticas y a las del mercado), ex lege (al encontrarse necesariamente contenidos en normas jurídicas positivas), supraordenados (al encontrarse en la cúspide del sistema normativo y ser vinculante para todos los demás actos y omisiones jurídicas).6

Conforman, así, la dimensión sustancial (nomoestática) del derecho y de la democracia. Es decir, hacen referencia ya no a la forma, o sea al quién y cómo se decide, sino al contenido de las normas jurídicas, o sea al qué sí y qué no puede decidirse por nadie, incluyendo, como se adelantaba en párrafos anteriores, a la mayoría política o a los poderes salvajes del mercado, dependiendo, respectivamente, de si se trata de derechos fundamentales negativos (político-civiles) o positivos (sociales). Son, en general, fuentes de invalidación y deslegitimación de los actos y omisiones de autoridad, así como leyes del más débil, en alternativa a la ley “natural” del física, jurídica, política o económicamente más fuerte.7 Lo anterior, dado que con la constitucionalización de los derechos fundamentales y su imposición lógica y normativa sobre el resto del ordenamiento, se obtiene un cambio de paradigma en

Ferrajoli, Luigi, Los fundamentos de los derechos fundamentales, España, Trotta, 2009, p. 315. Op. Cit. 4, p. 50. 7 Íbid., p. 54. 5 6

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el que la ciencia jurídica ya no es solamente descriptiva de su objeto que es el derecho, sino que se convierte en una ciencia crítica y proyectiva: crítica en cuanto a las contradicciones y antinomias que no debieran existir pero sin embargo existen, y proyectiva puesto que tiene el deber de colmar los vacíos y lagunas de normas o actos que debieran existir y sin embargo no existen. Imponen y hacen patente la obligación de introducir las “normas implícitas” que lógicamente se derivan de la existencia de normas superiores y de expulsar o repeler las normas existentes que lógicamente no deberían existir. Pues bien, estos derechos fundamentales son expectativas positivas (de hacer) o negativas (de no hacer) en el sentido de que dada una determinada norma jurídica fundamental su contenido permite que, dada la cualificación deóntica que la misma hace de determinada conducta (facultativa, obligatoria o prohibida), se pueda esperar -no solo en un sentido subjetivo o psicologista, sino más bien en un sentido objetivo y normativo- que determinadas acciones u omisiones serán, o no, realizadas. En el caso de las expectativas negativas, el gobernado puede objetiva y jurídicamente

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esperar que ni la autoridad ni los demás particulares realizará cierta conducta (es decir, es espera su omisión) como por ejemplo privarle de la vida o evitar que se dedique al trabajo lícito que le acomode; por su parte, en el caso de expectativas positivas, el gobernado podrá esperar en el sentido ya indicado que bien el Estado u otros particulares realizaran cierta conducta (es decir, se espera su comisión) como por ejemplo, que el Estado construya, capacite y ponga en

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operación escuelas u hospitales públicos; respecto a la facultad, esta es, precisamente la ausencia de expectativa, dado que al no existir ni la obligación ni la prohibición de su conducta u omisión, no existe expectativa ni de lo uno ni de lo otro, quedando enteramente a la voluntad del sujeto, hasta el punto en que no afecte o incida negativamente en expectativas de terceros. Las garantías, de su lado, son la otra cara de la relación deóntica producida

por la positivización de alguna expectativa fundamental. Son, en general, las concretas obligaciones, prohibiciones, y la particularización de los sujetos vinculados a tales expectativas, que las satisfacen a nivel lógico, normativo y empírico. En otras palabras, las garantías son el medio de satisfacción de las implicaciones lógico-normativas derivadas de las expectativas positivas o negativas. Ferrajoli califica a las garantías como las modalidades que le dan la comple-

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tud deóntica del sistema jurídico. Esto puesto que... Al ser las expectativas positivas y negativas de un sujeto respectivamente la otra cara de la obligación y de la prohibición imputadas a otro y viceversa, no se dan, por consiguiente, en el plano teórico [lógico], expectativas sin obligaciones o prohibiciones correspondientes, ni tampoco prohibiciones u obligaciones sin expectativas. Ello quiere decir que la estipulación [positiva] de un derecho, al consistir siempre en la atribución de una expectativa, exige que sea identificable el sujeto titular del deber correspondiente […] de manera que, en su conjunto, las garantías equivalen a la suma de las obligaciones y prohibiciones que corresponden respectivamente a las expectativas positivas y negativas que garantizan y de cuya obediencia y no desobediencia depende la satisfacción de las primeras y la n violación de las segundas.8 Estas garantías, al hacer patentes las implicaciones lógicas y consecuencias normativas que trae aparejada la estipulación positiva de algún derecho fundamental, equivalen a la imposición de la formalización y concretización de los sujetos y conductas prohibidas u obligatorias precisamente para que el sistema jurídico sea consistente consigo

mismo. Generan, por así decirlo, una “obligación de segundo grado” que recae sobre el legislador o el intérprete como una “obligación de obligar (o prohibir)” a algún sujeto concreto, es decir, de encontrar y en su caso, introducir, el imperativo que constituye la garantía faltante. Se ve, así, como “la estipulación constitucional de estos derechos equivale en efecto a la imposición de la introducción legislativa de las prohibiciones y obligaciones correspondientes a los mismos.”9 En la misma línea, se puede observar cómo es esta obligación de segundo grado, o “metagarantía”, la que realiza y satisface la tesis teórica del nexo de implicación lógica entre expectativas (derechos) y garantías (obligaciones y prohibiciones),10 abriendo así la posibilidad de la existencia de un “derecho ilegítimo”, pues dada la estructura nomodinámica y el carácter artificial del derecho, como mencionábamos anteriormente, es posible que hagan falta dichas garantías o bien que se generen antinomias entre las mismas. Lo anterior puesto que plenitud y coherencia no son propiedades o rasgos intrínsecos del derecho, sino de la teoría y por tanto no implican el ser, sino el deber ser del derecho, que es precisamente lo que la teoría vuelve explícito.11

Op. Cit. 1, pp.187-188 Ídem., pp. 190-191. 10 Ferrajoli, Luigi, Las garantías constitucionales de los Derechos Fundamentales, España: Doxa, núm. 29, 2006, p. 30. 11 Op. Cit. 1, p. 865 8 9

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Ferrajoli reconoce la existencia de tres tipos básicos de garantía: - La garantía primaria positiva, consistente en obligaciones correspondientes a expectativas positivas (de prestación). - La garantía primaria negativa, consistente en prohibiciones correspondientes a expectativas negativas (de no lesión). - La garantía secundaria: consistente en aquellas condiciones de justiciabi-

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lidad (de anulación y sanción de actos y omisiones ilegítimos), las cuales intervienen en caso de violaciones de la expectativa normativa y de sus garantías primarias, ya positivas, ya negativas.12 En otras palabras, las primeras dos consisten en aquellas modalidades deónticas de prohibición y obligación a sujetos en concreto sobre determinadas conductas determinadas por el contenido y finalidad de las normas y las últimas consisten en la posibilidad de acu-

dir a los órganos jurisdiccionales para hacer cumplir coactivamente el contenido de los derechos o expectativas que debieron haber sido espontáneamente cumplidos, pero no lo fueron, ya sea anulando actos u omisiones inválidos y, en su caso, imponer las sanciones civiles, administrativas, penales, etc., que correspondan en caso de constituirse, a la vez, algún hecho ilícito. Buscan, pues, generalmente mediante un proceso, hacer efectivo un derecho subjetivo

Op. Cit. 9, pp. 25-29.

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cuando este pretenda limitarse o cuando haya sido violado, inobservado o cumplido solo parcialmente, es decir, actúa como una forma de asegurar que el contenido material del derecho se cumpla a cabalidad. Todo el paradigma descrito hasta el momento no es más que el resultado de la constitucionalización de determinados contenidos axiológicos bajo una forma universal, indisponible y sustraída a los poderes formales y materiales que rigen en un lugar y momento determinado, que provocan que la estipulación de los mismos, al ser la cúspide del orden jurídico, exijan la presencia de determinadas modalidades deónticas consideradas como debidas o idóneas para satisfacer las exigencias lógicas de la teoría, y por tanto, imponen normativamente su satisfacción al fungir aquellos principios axiológicos como expectativas fundamentales al estar contenidas en normas jurídicas.

IV. VIRTUDES DE LA TEORÍA GARANTISTA

Así la teoría axiomática de Luigi Ferrajoli consiste en un

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verdadero intento de sistematización absoluta del conocimiento jurídico en su estructura lógico-normativo, y por tanto, aplicable al estudio científico del derecho; permite además, la conjugación de los diversos tipos de discurso jurídico-político-sociológico para integrarlos en un solo modelo de ciencia jurídica, ya no solo descriptiva, sino crítica y proyectiva respecto a las antinomias y lagunas (el “derecho ilegitimo”) que la propia teoría permite develar y de las

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cuales impone asimismo su corrección, como condición de consistencia respecto al derecho o bien como condición para que el derecho sea consistente. Es decir, la teoría general del derecho cumple una función prescriptiva respecto de sí misma, como una imposición del Derecho sobre el propio Derecho. Sus principales categorías, para nosotros, consisten en el análisis lingüístico de: derecho, estado, democracia, lógica deóntica, constitución, control de

regularidad, derechos fundamentales, expectativas, modalidades, garantías, antinomias, lagunas. Con estos elementos, el maestro italiano desarrolla toda una teoría capaz de descubrir, describir y estudiar los fundamentos lógicos y normativos de todo sistema jurídico, analizándolo como un universo lingüístico performativo, esto es, capaz de transformar la realidad mediante sus prescripciones normativas y que, por tanto, puede concebir en su seno una serie de

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expectativas y garantías fundamentales que protejan a la persona del poder estatal o privado, mediante un autocontrol respecto de actos y omisiones inferiores al confrontarlos con la norma fundamental, de la cual derivan todas las fuentes del derecho, esto es, la constitución.

La constitución se comporta entonces como el puente entre el sistema axiomático formal y la realidad, pues es el soporte o continente de todos los elementos de la teoría, al constituirse en fuente de fuentes de las normas que son las que contienen las expectativas, garantías, y relaciones jurídicas fundamentales,

y que, al constituir igualmente un acto lingüístico, presenta todas las características propias del lenguaje y de la lógica. De la misma forma es el soporte que imprime supremacía, rigidez y en algunos casos irreformabilidad de determinados contenidos sustanciales. El sistema de Ferrajoli, es sin duda un modelo cons-

titucionalista, garantista y democrático al cumplir con los requisitos estipulados por Guastini,13 además de dar preferencia al análisis jurídico de los derechos por sobre el de los deberes y por brindar protección reforzada a grupos histórica y estructuralmente vulnerables, aún en contra de las decisiones indebidas de las

mayorías de cualquier tipo.

to análisis integral de la teoría y ciencia jurídica, estudiando y reformando los denominados conceptos jurídicos fundamentales. Se recomienda a quienes se encuentren interesados en introducirse a la obra de Luigi Ferrajoli la lectura de los siguientes títulos:

V. CONCLUSIONES

En síntesis, la brillantez expresada por Ferrajoli a lo largo de su por demás extensa bibliografía y experiencia en el ámbito académico y jurisdiccional consiste en un a la vez extenso y compac-

13 Las características propias de un estado o modelo jurídico constitucionalizado consisten en contar con: una constitución rígida, es decir escrita, garantizada por un proceso especial [reforzado] de modificación y donde existen principios constitucionales que no pueden ser modificados ni aún con el procedimiento especial reforzado; garantía judicial, es decir donde los actos u omisiones puedan ser sujetas de revisión por órganos jurisdiccionales, cualquiera que sea el modelo que se elija para tal efecto; fuerza vinculante, es decir capaz de producir efectos jurídicos inmediatos y obligatorios; además de que cuente con principios generales y normas programáticas o de principio; sobreinterpretación, es decir con aptitud de ser interpretada de modo literal o de modo extensivo; aplicación directa de sus normas, es decir que puedan ser aplicadas aún en ausencia de desarrollo constitucional, incluso en relaciones entre particulares; interpretación conforme, es decir que se adecuen y armonicen los significados de la ley a la constitución; influencia en las relaciones políticas, es decir que sea capaz de modelar la toma de decisiones políticas, siendo usada como un argumento a favor o en contra de determinada resolución política. Cfr. Guastini, Ricardo, Estudios de teoría constitucional, México: UNAM, 2016, pp. 154-164.

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mentales”, México: Revista Mexicana de Derecho Constitucional, núm. 15, 2006. _______, “Las garantías constitucionales de los derechos fundamentales”, España: Revista Doxa, núm. 29, 2006. _______, “Para una refundación epistemológica de la teoría del derecho”, España: Anales de la Cátedra Francisco Suárez, núm. 44, 2010.

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AG O S TO

Demora de procesos judiciales por la pandemia de Covid 19

ANDRÉS DE LA TORRE ÁLVAREZ

MAESTRANTE EN DERECHO PROCESAL, ORAL, MERCANTIL, CIVIL Y FAMILIAR

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RESUMEN

Diversos son los daños que ha sumado esta pandemia a nivel mundial, la cual está afectando prácticamente todas las actividades de los seres humanos. Caso en particular de análisis: la impartición de justicia en el país, la cual ha caído en una crisis de alta importancia, provocando que en los últimos meses, esta esencial función pública se ha visto suspendido en gran parte de la república mexicana, procurando la salud de todo el personal que labora en estas instituciones, por ende la continuidad de los procedimientos judiciales en sus distintas ramas se ha visto pausada, cubriendo con guardias algunas actividades de su función, sin

embargo estos no tiene el trámite que en una “normalidad” deberían de tener.

PALABRAS CLAVE -

Coronavirus Pandemia Juzgados Guardias Sentencias Inicios

Los coronavirus son una extensa familia de virus que pueden causar enfermedades tanto en animales como en humanos. En los humanos, se sabe que varios coronavirus causan infecciones respiratorias que pueden ir des-

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de el resfriado común hasta enfermedades más graves como el síndrome respiratorio de Oriente Medio (MERS) y el síndrome respiratorio agudo severo (SRAS). El coronavirus que se ha descubierto más recientemente causa la enfermedad por coronavirus COVID-19. El COVID 19 es la enfermedad infecciosa causada por el coronavirus que se ha descubierto más recientemente. Tanto este nuevo virus como la enfermedad que provoca eran desco-

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nocidos antes de que estallara el brote en Wuhan (China) en diciembre de 2019. Actualmente la COVID 19 es una pandemia que afecta a muchos países de todo el mundo. Los síntomas más habituales de la COVID-19 son la fiebre, la tos seca y el cansancio. Otros síntomas menos frecuentes que afectan a algunos pacientes son los dolores y molestias, la congestión nasal, el dolor de cabeza, la conjuntivitis, el dolor de garganta, la

diarrea, la pérdida del gusto o el olfato y las erupciones cutáneas o cambios de color en los dedos de las manos o los pies. Estos síntomas suelen ser leves y comienzan gradualmente. Algunas de las personas infectadas solo presentan síntomas levísimos. La mayoría de las personas (alrededor del 80%) se recuperan de la enfermedad sin necesidad de tratamiento hospitalario. Alrededor de 1 de cada 5 personas que contraen la COVID 19

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acaba presentando un cuadro grave y experimenta dificultades para respirar. Las personas mayores y las que padecen afecciones médicas previas como hipertensión arterial, problemas cardiacos o pulmonares, diabetes o cáncer tienen más probabilidades de presentar cuadros graves. Sin embargo, cualquier persona puede contraer la COVID 19 y caer gravemente enferma. Las personas de cualquier edad que tengan fiebre o tos y además respiren con dificultad, sientan dolor u opresión en el pecho o tengan dificultades para hablar o moverse deben solicitar atención médica inmediatamente. Si es posible, se recomienda llamar primero al profesional sanitario o centro médico para que estos remitan al paciente al establecimiento sanitario adecuado. La pandemia actual, puso en evidencia que similar al sector salud y muchos otros sectores, nuestras instituciones judiciales carecen de diversas cosas, evidenciando que requieren cambios profundos hacia la modernización y al uso de las nuevas tecnologías, es necesario el cambio hacia la ciberjusticia para que situaciones extraordinarias no obstaculicen los procesos. Desde que se ordenó el cierre de los Tribunales en el país, se ha venido violando el derecho humano de miles de justiciables a un acceso efectivo a la justicia, dejando de acatar lo establecido en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos

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Mexicanos que establece el derecho de toda persona para que: “se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial”. Es por ello la importancia de tener alternativas capaces para llevar todo tipo de procedimiento ante esta contingencia para así, darle trámite a cada persona imputada.

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La necesidad poblacional por no detener actividades ante situaciones imprevistas y excepcionales los lleva a buscar otras alternativas para realizar toda acción que se considere necesaria y aún más, cuando hay terceros que dependen del desahogo y trámite de éstas, para conocer sobre su situación legal. Ante esta situación el autor José Faustino Arango Escámez expresa que “la demanda de justicia por la socie-

dad es cada vez más creciente, y sin la implementación de las TIC, no sería posible dar un trato pronto y expedito a esa garantía constitucional consagrada, en el caso mexicano, en el arábigo 17 de la Constitución Federal”. Puesto que la tecnología en la actualidad es considerada una herramienta indispensable en muchos ámbitos, y en el Derecho no es la excepción. Sin embargo, esta herramienta se teme que no sea bien vista por la

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población, ya que se tiene una postura contrapuesta a la justicia. El autor Victorino Barrios Dávalos expresa que “en la población mexicana existe una percepción negativa sobre los responsables de impartir justicia; a esto hay que agregar que la ciudadanía sabe poco acerca de lo que hacen y sabe más sobre los salarios que perciben y que les permite llevar una vida llena de opulencia. Lo más grave es que existe la percepción de que un juez, jueza,

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magistrado o magistrada es fácilmente corruptible, y en general, que el sistema de justicia, en México, es corrupto.” Tomando en cuenta dicha postura y considerar la integración de una herramienta “desconocida” para la población que por esta razón podrá generar una “desconfianza”, es que este método no se ha implementado en la mayor parte del país, únicamente en la Ciudad de México y en Nuevo León. En el estado de Chiapas, se han

tomado distintas acciones ante el Covid-19, expidiendo con fecha 31 de marzo de 2020 el PROTOCOLO DE ACCIONES IMPLEMENTADAS ANTE LA POSIBLE PRESENCIA DE CORONAVIRUS COVID 19, EN EL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE CHIAPAS donde se acuerdan las siguientes medidas:

I. MATERIA JURISDICCIONAL

a) Se declaran inhábiles y se suspende la atención al público, así como

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los términos procesales del 19 de marzo al 19 de abril de 2020, en todos los órganos del Poder Judicial, con las siguientes excepciones: b) En el Sistema Penal Acusatorio Oral, se deberán reprogramarse las audiencias de trámite (no urgentes) c) Son improrrogables las determinaciones de carácter urgente, como son, enunciativamente las referentes a la calificación de detenciones, las vinculaciones a proceso, la implementación y modificación de medidas cautelares relacionadas con prisión preventiva. d) En Materia Penal (Sistema Tradicional), para asuntos detenidos, de término constitucional y urgente. En materia familiar, respecto de órdenes de protección. e) En las Salas Regionales Colegiadas en Materia Penal, quedaran guardias para conocer los asuntos relacionados que prevén los artículos 284 y 303 del Código Nacional de Procedimientos Penales. f) En Materia de Ejecución

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habrá guardias para casos urgentes. 1. Las audiencias suspendidas se reprogramaran de conformidad a las labores de cada órgano jurisdiccional. 2. Con la finalidad de evitar la concentración de personas y con ello la propagación del virus, se privilegiara el trabajo a distancia, haciendo uso de las herramientas tecnológicas que resulten necesarias, en el entendido de que no es un periodo vacacional.

II. MATERIA ADMINISTRATIVA

1. Únicamente podrán ingresar a los inmuebles de la institución el personal que labora en el Poder Judicial del Estado. No asistirán adultos mayores, embarazadas y personas con enfermedades crónico-degenerativas. 2. Se suspende la atención al público del Centro de Convivencia Familiar y aulas lúdicas, en función de la condición vulnerable del grupo poblacional

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que se atiende en dicho centro (niñas, niños y adolescentes). 3. La presente medida no suspende trámite para el pago y cobro de pensiones alimenticias. 4. Los órganos internos de acuerdo a la naturaleza de sus funciones contara con el personal de guardia necesario para la atención del servicio. De igual forma, como medida preventiva y en combate a la pandemia mundial, en el estado de Chiapas, como en otros estados de la República Mexicana, se implementaron días de guardias en sus distintos juzgados para así evitar aglomeraciones de personas en general como también de trabajadores de los mismos, asignándole días distintos para su atención y servicio a cada uno de ellos. En Tuxtla, se actualizan las fechas de recepción de promociones de los Juzgados y Salas Regionales del Tribunal Superior de Justicia del Estado, cuando en un mismo edificio, existan dos o más Órganos Jurisdiccionales y compartan el inmueble, quedando de la siguiente manera: Día Organo Jurisdiccional 2, 4, 8, 10, 15, 17, 22, 24, 29 Y 31 de marzo del 2021. Juzgado Primero de lo Familiar Juzgado Tercero de lo Familiar Juzgado Quinto de lo Familiar Juzgado Segundo del Ramo Civil Juzgado Cuarto del Ramo Civil 3, 5, 9, 11, 16, 18, 23, 25 Y 30 de marzo del 2021 Juzgado Segundo de lo Familiar Juzgado Cuarto de lo Familiar

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Juzgado Segundo Oral Mercantil Juzgado Primero del Ramo Civil Juzgado Tercero del Ramo Civil Este conjunto de protocolos y medidas preventivas son creadas con el fin de no sobre llenar los espacios e instalaciones destinadas al servicio de estas dependencias, sin embargo, esta situación, que de un inicio solo estaba prevista para unos pocos meses, se ha extendido hasta llegar ya al año

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de suspensión de labores, ocasionando un impacto de rezago en todos los asuntos judiciales que en ellos transitan, ya que únicamente se están recibiendo inicios y promociones, sin tener los términos de tiempo que hacen que los procesos sean continuos y se les dicte una sentencia resolutiva.

REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS

• Victorino Barrios Dávalos. (2019). Contralor del Poder Legislati-

vo. CDMX: Editor • Responsable: José Faustino Arango Escámez. (2019). CIBERJUSTICIA, UN ACERCAMIENTO A SU ESTUDIO COMO BUENA PRÁCTICA EN LA LABOR JUDICIAL. En Memoria del Primer Encuentro Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito sobre Buenas prácticas Para la Impartición de Justicia (614). México: Consejo de la Judicatura Federal.

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AG O S TO

La realidad social del feminismo en la ideología de género RESUMEN

Este artículo ofrece un análisis de lo que es la realidad social del feminismo en la ideología de género; el cual intenta comprender el desarrollo de los actos destructivos que ejercen ciertos tipos de personas; ante una sociedad pacifica mexicana. Si bien es cierto, la lucha de las mujeres por sus derechos fundamentales ha traspasado barreras inimaginables en la historia de México y de todo el mundo; pero tampoco les da el Derecho de que en sus protestas desarrollen actos vandálicos y violentos hacia la sociedad. Este grupo de personas feminis-

tas están luchando por la libertad de gene-ro, o sea es una causa perdida y es ir en contra de la naturaleza humana, el ser humano nace hombre o mujer porque su estructura celular biológicamente es diferente “No se puede defender lo indefendible”.

JOSÉ ANTONIO VÁZQUEZ MACHUCA

PALABRAS CLAVES

Realidad social, feminismo, ideología de género, grupo de personas.

SUMMARY

This article offers an analysis of what is the social reality of feminism in gender ideology; which tries to un-

DOCTORANTE EN CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES

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derstand the development of destructive acts carried out by certain types of people; before a peaceful Mexican society. While it is true, the struggle of women for their fundamental rights has crossed unimaginable barriers in the history of Mexico and the entire world; but neither does it give them the right to carry out acts of vandalism and violence towards society in their protests. This group of feminist people are fighting for gender freedom, that is, it is a lost cause and it is

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going against human nature, the human being is born male or female because their cellular structure is biologically different. "You cannot defend the indefendible."

KEYWORDS

Social reality, feminism, gender ideology, group of people.

INTRODUCCIÓN

El objetivo de este artículo es anali-

zar la realidad social, el feminismo y la ideología de género; realidad social:1 “conjunto de actuaciones multiformes de muchas personas que se comportan de determinadas maneras y que actúan las unas con las otras y para las otras, al margen unas de otras, y unas contra las otras. La sociedad es por tanto, un juego de fuerzas en constante actividad debido al influjo de factores endógenos y exógenos a ella misma.” Feminismo: Según María Moliner2

Muñoz Corvalán, J.: "La realidad social", en Contribuciones a las Ciencias Sociales, junio 2012, cotejado el 30 de enero 2021 de, www.eumed.net/rev/ccss/20/ Moliner, M. (1967). “Diccionario de uso del español” (1a. ed.). Madrid: Gredos.

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sería la “doctrina que considera justa la igualdad de derechos entre hombres y mujeres. Movimiento encaminado a conseguir la igualdad”. Ideología de género: El concepto de ideología de género enfoca su discurso en tres pilares: el matrimonio entre personas del mismo sexo y la adopción homopa-rental, la interrupción legal del embarazo y la identidad de género. Karina Bárcenas, investigadora del Instituto de Investigaciones Sociales de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), definió a la ideología de género como una estrategia de desinformación que se emplea en redes sociales y entre grupos de la sociedad civil para popularizar un discurso que va en contra de derechos de mujeres y de la comunidad LGBTI+.3 En últimas fechas se han estado suscitando diferentes tipos de manifestaciones de grupos feministas, expresando su inconformidad por el trato que se les está dando a las mujeres, en el ámbito laboral y la violencia doméstica, solicitando la igualdad de género, con discursos manipulados y engañoso con fines políticos que estos conllevan; y que por lo consiguiente no hacemos estas siguientes preguntas ¿Qué es la realidad social? ¿Cómo se construye la realidad social? ¿Por qué los medios de comunicación afectan la realidad social? ¿Qué es el feminismo? ¿Quién financia estos movimientos feministas? ¿Qué es la ideología de género? ¿Por qué afecta la lógica la ideología de género? ¿Qué significa igualdad de género? ¿Por qué grupos radicales feministas quieren implementar la igualdad de género? ¿Por qué está mal aplicada la igualdad de género? ¿Por qué no se les aplica la ley

3 Ávila, Y. (3 de agosto de 2019). Animal Político. Recuperado el 30 de enero de 2021, de Animal Político: https://www.animalpolitico.com/elsabueso/ideologia-degenero-desinformacion-derechos-mujeres-lgbti/

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a estos movimientos feministas subversivos? ¿Cómo es que los derechos humanos defienden a los grupos feministas? Es muy importante conocer la realidad social sobre la cual vamos analizar el tema, y de este modo entenderemos mejor la realidad.

LA REALIDAD SOCIAL

La sociología es la ciencia que estudia la realidad social,4 entonces el concepto es; conjunto de actuaciones única

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y exclusivamente de las personas; por lo cual, el comportamiento de las personas seria de la siguiente manera: unas contra otras, unas con otras y al margen, es decir si nosotros vamos a analizar el comportamiento de las personas de como interactúan; ¿qué alianzas están formando? ¿porque se están relacionando? y si vamos analizar; ¿porque las personas actúan al margen? esto suele suscitarse, cuando las personas nada màs se quedan observando cuando una

persona está cometiendo un delito y demás; y unas contra otras; es que en un momento dado pueden generar un conflicto entre las personas. Aquí también vamos hablar del juego de fuerzas tanto interno como externo; que es lo que está motivando a una persona a actuar de determinada manera, o bien que factores externos lo están presionando para actuar de determinada manera. También para entender la realidad social nosotros vamos a ubicarnos en los subsistemas básicos, en este caso son los grupos, ¿Cuál es el primer grupo que va a integrar una sociedad? La familia o bien los amigos, las comunidades en este caso serían los barrios, las colonias y demás, hasta llegar a las instituciones y en su momento a las naciones. Vamos a tratar de entender al ser humano, a la persona en lo individual; pero también la influencia que ejercen sobre de ella los factores externos, por ejemplo; la economía y demás, y las motivaciones de la actuación social es decir la ambición que puede tener una persona;

García Fernando, Manuel L. et al., El análisis de la realidad social Métodos y técnicas de investigación, Madrid, Alianza, 1986, p. 17.

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los aumentos que en un momento dado puede llevar a alguien a que luche por algo, por ejemplo; un trabajador que lucha por un aumento salarial y la libertad de decisión. También vamos a considerar lo que es el control social, para eso nos vamos a apoyar en el estudio de las normas que es lo que se entiende por un valor axiológico, y vamos también a enfocarnos a lo que es el poder como una forma de sometimiento y dominación social. También vamos a enfocarnos al

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uso que se les da a los sistemas de comunicación, que realmente sirven para reunir a las personas o para separarlas. Los elementos de la realidad social van a ser los siguientes; la interacción y la evolución, ustedes se preguntarán ¿porque la interacción? Porque el ser humano tiene que socializar con otros seres humanos e incluso con el medio ambiente. Y también se va hablar de una evolución; es decir el desarrollo de las sociedades o del progreso que está llevando el ser

humano, independientemente de si tuvo una evolución a partir de un género de un primate. Lo cierto es que la sociedad ha evolucionado o se está desarrollando; no son las mismas ideas del 2020 a las del 2000, ha habido cierto progreso o al juicio de algunos autores ciertos retrocesos. La realidad social va a reunir tres elementos; 1) lenguaje; es la forma en que nosotros nos vamos a comunicar con nosotros, y nos vamos a dar a entender, para esta forma no nada màs

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nos vamos a enfocar en el lenguaje verbal, sino también en el no verbal, es decir gestos, mensajes visuales y demás. 2) la convivencia; es la forma en que estamos interactuando como individuos. 3) las instituciones; son agrupaciones que tienen un objetivo en común y que realmente están cumpliendo su función o no, o cuál es su juego en la realidad que hoy tenemos. Para el estudio de la realidad social, se va a encargar la sociología que es una ciencia social, y su objeto

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de estudio son los fenómenos sociales es decir lo que está provocando el ser humano; cuales son las características de los fenómenos sociales; a) conocimiento, b) experiencias, c) construcciones auxiliares externas, y como estas <<influyen y evolucionan>>; en su momento nosotros habíamos establecido que un conocimiento es aprehensión intelectual de la realidad, es decir lo que nosotros observamos, como lo interpretamos, y a partir de eso nosotros vamos a generar

experiencias, lo que estamos viviendo también como lo vamos a interpretar o reinterpretar, las construcciones sociales externas se van a referir prácticamente a todo aquello que se está realizando por el ser humano y tiene su efecto incluso sobre los demás seres humanos. Bien; ¿Cuáles van a ser las características de esta realidad social? (Su origen). ¿Cuál va a ser la diferencia entre un fenómeno social y un fenómeno natural? (Como se producen). Un fenómeno natural prácti-

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camente nosotros no podemos predecir el origen, nosotros no vamos a predecir el origen de un tornado, no vamos a predecir el origen de un terremoto, simplemente llegan y ya. El fenómeno social tiene forzosamente que surgir a partir de la acción del ser humano y esta acción va a realizar o va a tener como consecuencia un comportamiento observable, algo que nosotros podemos estudiar, pero ese fenómeno también va a tener una naturaleza subjetiva y relativa; ¿Por qué? Porque va a quedar a juicio de la interpretación de una persona incluso el propio comportamiento va a quedar prácticamente en la decisión de la propia persona, no podemos saber cómo piensa una persona o como va actuar en determinadas circunstancias y es coercitivo porque nos está obligando a cambiar nuestra forma de comportarnos, por ejemplo; lo que está sucediendo con la pandemia; en efecto, tuvo un origen natural, la enfermedad es cien por ciento natural. Pero lo que se ocasiono a raíz de esta pandemia, es el comportamiento del ser humano; eso es el fenómeno social, por ejemplo; las compras de pánico, porque simplemente nos dijeron hay una enfermedad que en un momento dado es de fácil contagio,

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la gente no se esperó a recibir mayor información, y el comportamiento que nosotros podemos observar, es que corrieron a comprar papel higiénico, cuando lo cierto es que la enfermedad no produce algún tipo de síntoma que requiera el uso excesivo de papel higiénico, ahí está el comportamiento observable. Lo que le va a interesar a la sociología es ¿porque las personas cayeron en pánico? Cual fue el factor externo que hizo que las personas corrieran a comprar papel higiénico. La naturaleza subjetiva y relativa de este fenómeno social, es que, si a ustedes les preguntan posiblemente, pudieran decir que vieron muchas películas sobre pandemias y apocalipsis donde lo primero que pensaron era comprar algo de subsistencia, pero, sigue la pregunta en el aire, porque necesariamente papel higiénico y no realmente artículos para sobrevivir. Y coercitivo; porque nosotros quisiéramos o no, tuvimos que adaptarnos. Esta pandemia si ha generado un fenómeno social, se ha hablado incluso que se van a modificar, la forma en que va a interactuar las personas. Tenemos los ejemplos; A) la guerra, igualmente va a producir fenómenos observables, que también van a ser subjetivos, porque en un

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momento dado los soldados no saben muchas veces porque están peleando, solamente ellos acatan instrucciones. B) el fenómeno de la migración. C) la religión. Prácticamente estos van a modificar en ciertos momentos el comportamiento de las personas y van a tener consecuencias. 1) la revolución; vimos lo que fue en su momento la revolución industrial, la revolución científica y la revolución francesa, fenómenos sociales que incluso hasta la fecha tienen repercusiones, ejemplo; la revolución mexicana, también está el racismo y la pobreza que son elementos que, en su momento, hasta los sociólogos les van a dedicar un especial tratamiento. El Feminismo En este apartado haremos una breve reseña histórica del feminismo en México. Este data desde finales del siglo XIX y principios del XX como resultado de desventajas sociales y desigualdades, frente a los hombres que en ese tiempo eran màs marcadas que en la actualidad. Abarca la movilización entorno al sufragio femenino, las mujeres establecieron el sentimiento de lucha por sus derechos, nombrada; “Organización, Establecimiento y Lucha”. ya en septiembre de 1915 en Villahermosa, Tabasco, observa Alaíde Foppa, que se había realizado un Primer Congreso, aunque no se tiene registro alguno. El gobernador de aquella entidad, Francisco J. Mújica, agrega la autora, lanzó el decreto 170 por el cual se creó una escuela vocacional destinada a la cultura de la mujer bajo la idea de que: “la obra redentora del gobierno revolucionario no estará completa sin la liberación de la mujer”.5 Ya en el año de 1916 en Yucatán se dio el primer movimiento feminista; en diciembre de 1916 cuando se celebraron dos congresos encabezados principalmente por maestras y mujeres de la clase media, que buscaban crear consenso en torno a las reformas educativas y sociales; en el segundo congreso Hermila Galindo preparó una ponencia en defensa de lo que planteó en el primer congreso, pre-

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Alaíde Foppa, “El congreso feminista de Yucatán”, Fem, México, vol. 3, núm. 11, p. 55, noviembre a diciembre de 1979.

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sentó una posición igualitarista: “un alto ideal de libertad y progreso que, poniendo a la mujer al nivel del hombre, la comprenda no sólo nominalmente en la misma ilustración y justicia, sino que le otorgue los mismos derechos y las mismas prerrogativas que se conceden al sexo fuerte”.6 La ponencia de Hermila provocó reacciones de la prensa que la calificaron de inmoral. En estos primeros congresos feministas de principios del siglo XX las mujeres pudieron establecer un dialogo con el gobierno, debatir sus ideas y propuestas. Aunque sus peticiones innovadoras no prosperaron, descubrieron a mujeres de vanguardia que estaban luchando por la coeducación, la educación sexual y el sufragio femenino.7 Como primer logro del feminismo en nuestro país, realizan una reforma constitucional que reconocía el derecho al voto de las mujeres, fue impulsada durante el gobierno del Gral. Lázaro Cárdenas, pero desafortunadamente cae en el olvido en el término de su sexenio en 1940. En el año de 1935 el “Frente Pro-derecho de la Mujer”, fue una de las organizaciones emblemáticas de la primera ola del feminismo mexicano; en 1935 reunió a grupos de trabajadoras, maestras y campesinas de un amplio espectro ideológico, en sus inicios priorizo los derechos de trabajadoras y

6 Espinosa Damián, Griselda; Lau Jaiven, Ana (2011). “un fantasma recorre el siglo. Luchas feministas en México 1910-2010. México: UNAM-X/ITACA/CONACYT/ ECOSUR. p. 51. ISBN 978-607-7957-14-0 7 Espinosa Damián, Griselda; Lau Jaiven, Ana (2011). “un fantasma recorre el siglo. Luchas feministas en México 1910-2010. México: UNAM-X/ITACA/CONACYT/ ECOSUR. p. 53. ISBN 978-607-7957-14-0.

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campesinas, pero a los pocos meses se enfocó principalmente en la lucha por el sufragio, meta que por cierto no logro en sus cinco años de existencia, ya que su sufragio femenino se estableció en México hasta en 1953, una fecha tardía en comparación con otros países de América latina. La segunda ola del feminismo en México; se relaciona con el movimiento estudiantil de 1968 y su final con el ascenso del multiculturalis-

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mo y la diversidad sexual. En 1979 las feministas de la segunda ola formaron “El Frente Nacional por la Liberación y los Derechos de la Mujer”, este frente tenía una orientación Marxista, por ese motivo evitaron la palabra “feminismo” en su nombre y en la mayor parte de sus documentos, el estigma de ser una distracción de la lucha obrera, pesaba sobre el termino pues los partidos políticos comunistas de la primera mitad del

siglo XX, habían definido que el feminismo burgués, representaba los intereses de las mujeres adineradas y de clase media, y por lo tanto era contrario a las aspiraciones de clase de las mujeres proletarias; en 1980, en esta etapa al feminismo se le conoció como el estancamiento y despegue que llevo a la confrontación entre los integrantes de clase media, sectores urbanos y de los sindicatos; las grandes movilizaciones de la

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segunda ola, tienen el doble sentido de conmemorar a las sufragistas y formular exigencias, como el reconoci-miento al valor económico del trabajo doméstico y oportunidades entre mujeres y hombres y la despenalización del aborto. En 90’s la ola de feminismo se denominó de “Alianza y conversiones” se basó en la búsqueda de la democratización, las mujeres demandan la abolición del patriarcado, conscientes de que más allá del derecho al voto, la educación y otros logros de las feministas pioneras es la estruc-tura social lo que provoca

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las desigualdades y establece jerarquías que benefician a los varones, entran en el debate la sexualidad femenina, la violencia contra la mujer, la salud femenina y el aborto. El 9 de marzo del 2020 en México se vive un día sin mujeres, grupos de feministas utilizando redes sociales lanzaron la convoca-toría “El Nueve Nadie se Mueve”, es la frase que se viralizo cuando un colectivo de Veracruz llamadas “Brujas del Mar”, difundió la imagen que hacia el llamado a la solidaridad de todas las mujeres de México un día sin nosotras dice la propuestas en

que mujeres y niñas deben solidarizarse y unirse a un paro nacional, que consiste en no asistir a sus trabajos, escuelas, lugares públicos y no realizar compras; “Brujas del Mar” son originarias Veracruz, el estado con más feminicidios registrados en el 2019. Saltaron a las redes sociales a finales de septiembre pasado, a partir de una manifestación global a favor del aborto, una causa que la derecha más bien rechaza. Las mujeres buscan una vez más como lo han hecho a través de la historia “Hacer visible lo invisible”, esto es la realidad so-

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cial del feminismo; quieren que el aborto que es visible el Estado lo haga invisible para su conveniencia.

IDEOLOGÍA DE GENERO

Este es un tema que ha sido muy cuestionado por la mayor parte de la sociedad y de las clases políticas, pero nos hacemos la siguiente pregunta ¿qué es el género? “Es el conjunto de características sociales, culturales, políticas, psicológicas, jurídicas y económicas, asignadas según el momento histórico, a las personas en forma diferenciada de acuerdo al sexo. El género se construye a partir de la diferencia anatómica del orden sexual, no es sinónimo de mujer; hace referencia a lo socialmente construido. Refiere diferencias y desigualdades entre mujeres y hombres, por razones sociales y culturales que se manifiestan por los roles sociales (reproductivo, productivo y de gestión comunitaria), así como las responsabilida-des, el conocimiento o la prioridad en el uso, control, aprovechamiento y beneficio de los recursos;”8 y esto ha generado un gran revuelo en la sociedad mexicana y es por eso la razón de este artículo. Según el autor Jorge Scala nos dice; “toda ideología, no busca la verdad ni

el bien de los demás, sino solamente la conquista de sus voluntades, para utilizarlas con un fin espurio. Utiliza el engaño como un medio imprescindible para alcanzar su finalidad. La razón es obvia; quien pretende utilizar a los demás en su propio provecho, no puede decirlo abiertamente.”9 Este cuerpo ideológico utiliza la manipulación del “discurso” para lograr un verdadero “lavado de cerebro” igual que cualquier secta. ¿Cómo es utilizada esta práctica? Por los medios de comunicación10 y el sistema educativo. Porque estamos siendo “bombardeados de publicidad”, a través, de los medios de educación pública formales (la escuela) e informales (las masas). El vocablo “género” utiliza otros términos como son; opción sexual, igualdad sexual, derechos sexuales y reproductivos, salud sexual y reproductiva, igualdad y desigualdad de género, “empoderamiento” de la mujer, “patriarcado”, sexismo, ciudadanía, “derecho” al aborto, embarazo no deseado, “tipos” de familia, “androcentrismo”, “matrimonio” homosexual, sexualidad poliforma, “parentalidad”, heterosexualidad obligatoria y “homofobia”. Conocidos como lenguaje exotérico cuya función es confundir de manera arbitraria el géne-

8 Equivalencia Parlamentaria, Glosario, Año1, Número 1, CIMAC, México, Junio-Julio 2006, p.49. Véase LAGARDE, Marcela, Claves Feministas para el Poderío y la Autonomía de las Mujeres, Puntos de Encuentro, México, 1998 9 Scala Jorge, La ideología del Género o el género como herramienta de poder, Argentina, Logos, 2010, p. 8. 10 El principal éxito de los medios es hacernos creer que son medios de “comunicación”. En realidad, un medio de comunicación es, por ejemplo; el teléfono, porque intercomunica a dos personas. Los periódicos, las radios y la televisión, son unidireccionales, de modo que no hay propiamente comunicación alguna entre seres humanos, sino solo propaganda de ideas (propaganda) o publicidad de productos y servicios. Lo correcto es llamarlos medios de propaganda o, en todo caso, de masas.

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ro masculino, femenino o neutro de las palabras, por ejemplo; la mesa es de género femenino y el vaso es de género masculino, sin que haya relación sexual alguna. Las personas se acostumbran a usar la palabra sexo y género, ampliándola a un nuevo significado de “sexo construido sexualmente” por rivalidad al sexo biológico y afirmando que es “posible lo imposible”. Esta ideología da la libertad de construir el “género” con una autonomía absoluta, interpretando pri-

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mero: cada persona puede interpretar a su manera que es ser varón, y que es ser mujer, y podrá variar su interpretación cuanta veces lo crea conveniente. Segundo; también puede elegir así mismo si quiere ser varón o mujer, y cambiar de decisión a su conveniencia las veces que él decida. A esta iniciativa se le denomina “opción sexual”. En la “construcción del género” interviene la sociedad sobre lo que es ser varón o ser mujer, por lo que se afirma que el género se-

ría el sexo construido socialmente; este juego de palabra ha acarreado muchos problemas a la sociedad mexicana y tal vez al mundo entero, porque los que ostentan el poder existente deciden a su entera satisfacción, la condición legal en que podrán ejercer la sexualidad, los carentes de poder. Si la construcción del género fuera autónoma, se vulneraria la norma de la “heterosexualidad” para contraer matrimonios, es más seria una opción para quien así lo desee; como

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también lo sería la cohabitación sin compromiso, las relaciones ocasionales, la prostitución, la homosexualidad, la pederastia, el bestialismo, etc., cada persona elegiría lo que quiere y le guste. Y el Estado no estaría facultado para impedirlo; solamente que no existiera el consentimiento de algunas de las partes.

LA DESIGUALDAD DE GÉNERO.

Es el peor de los obstáculos para el desarrollo humano, se ha avanzado mucho en el 2020; pero todavía no se han alcanzado las metas de una justicia de género, ya que son muchas las desventajas que experimentan las niñas y mujeres, por ejemplo; discriminación en la salud, la educación, la representación política, el mercado de trabajo, etc., lo que repercute negativamente en su desarrollo de sus capacidades y su libertad de elección. Entonces se tendrá que aplicar la equidad de género como; “principio que, conscientes de la desigualdad existente entre mujeres y hombres, permite el acceso con justicia e igualdad de condiciones al uso, control, aprovechamiento y beneficio de los bienes, servicios, oportunidades y recompensas de la sociedad; lo anterior con el fin de lograr la participación de las mujeres en la toma de decisiones en todos los ámbitos de la vida social, económica, política, cultural y familiar.”11

IGUALDAD DE GENERO

En este artículo se hará un análisis exclusivamente de la igualdad de género para saber cuáles son los cambios necesarios que se necesitan y hacerlo reali-

11 Equivalencia Parlamentaria, Glosario, Año1, Número 2, CIMAC, México, Agosto-Septiembre 2006, p.49. Véase Paso a Paso, Guía Metodológica para aplicar el enfoque de género a proyectos, UNICEF-CONMUJER, México, 1998

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dad. Los cambios sociales no se dan de la noche a la mañana llevan su tiempo, como ya se ve reflejado en su artículo 4° fracción 1ª de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos donde nos dice: “El varón y la mujer son iguales ante la ley. Esta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.”12 Hay algo importante que decir aquí, que muchas personas están confundidas o no comprenden muy bien el significado de este artículo. Esto no quiere decir

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que la igualdad de hombres y mujeres sean lo mismo, aquí dice muy claro que los derechos, las responsabilidades y las oportunidades no pueden depender del sexo. En efecto: “las diferencias que existen entre el hombre y la mujer no provienen de la forma particular de sus órganos, de la presencia del útero, de la gestación o del modo de educación. Son de naturaleza más fundamental, determinada por la estructura misma de los tejidos y por la impregnación de todo

el organismo de sustancias químicas especificas… en realidad, la mujer difiere profundamente del hombre. Cada una de las células de su cuerpo lleva la marca de su sexo. Lo mismo ocurre con sus órganos y, sobre todo, con su sistema nervioso. Las leyes fisiológicas son inexorables como la del mundo sideral. No pueden ser sustituidas por los deseos humanos. Estamos obligados a aceptarlas como son.”13 Está muy claro que mujeres y hombres son distintos biológi-

Congreso de la Unión, Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, México, 1917, Ed. ASIF, p. 11. CARREL, Alexis, La incógnita del hombre. Barcelona, 1994, Ed. Iberia. (15" edición), págs. 100/1.

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camente. Pero ¿Qué es el género? El género es una teoría sociología que interpreta la realidad humana, de una manera particular; y ¿Por qué el enfoque de género es malo? Porque es inherentemente falso. En otras palabras; decir que un ser humano construye su identidad a lo largo de su vida es falso, un ser humano desde que es concebido ya tiene una identidad biológica, que es permanente y que no se puede modificar. El ser humano se puede mutilar, confundir, disfrazar, cambiarse de nombre legalmente, pero nunca podrá ganar la batalla contra la verdad o la realidad. Entonces educar en base a la mentira es algo que es inmoral, es como la inculcación a los antivalores, por ejemplo, el cinismo, el engaño, la mentira y es un modo de corromper a nuestros hijos, y en otras palabras es la vulneración de la inocencia, hay autores que se basan en “la declaración de los derechos del niño” que ha estado presente desde el siglo pasado y que dice: “que los niños tienen derecho a una educación en igualdad de oportunidades”, porque las oportunidades son para los hombres y las mujeres;

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no para el género, porque el género es una forma de interpretar al ser humano. Entonces el género lo que propone es la igualdad de género, que pretende decir; que no existen diferencias entre el hombre y la mujer, ni siquiera las diferencia que se asumen naturales. Por eso ellos hablan que la propia identidad se construye, entonces cuando el Estado apunta un igualitarismo visualiza al ciudadano como un medio que requiere reparación, que requiere ser corregido

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y es por eso que cuando uno escucha los discursos políticos, hablan de que se emplea el género como herramienta para formar a los ciudadanos. Necesitamos un enfoque de género para tener las mismas oportunidades, yo diría que no, porque lo señala la convención de los derechos de niño y la declaración internacional de los derechos de la mujer, todos fueron promulgados en las épocas 50s, 60s y 70s del siglo pasado y que todos hablan de igualdad de

oportunidades entre hombres y mujeres, o sea en ninguna época se empleó el término “Género”, en la política internacional, hasta, la convención del Cairo, y se plasmó por primera vez en un documento en la convención de Beijín, por lo tanto es falso decir que el género ha producido o a otorgado un derecho a la mujer o la igualdad de oportunidades, es falso y eso es faltar a la verdad histórica. Pero ¿qué es la identidad de género? Dice que uno puede ser hombre

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y mujer a la misma ves, o sea hombre físicamente y mujer mentalmente, pero eso inclusive vulnera la primera ley de la lógica; la primera ley de la lógica que es “la no contradicción”, que te dice que no pueden haber dos verdades opuestas a la vez y antes de ser validas; no se puede ser hombre y mujer a la vez, es ilógico, la primera ley de la lógica, vulneran las evidencia científicas, biológicas, medicas e inclusive cuando uno está muerto sus huesos siguen siendo según su sexo biológico sea hombre o mujer; y es lo que somos no por elección sino por naturaleza, no interviene el hombre, no interviene el Estado. Así es la realidad humana, entonces negar esta realidad humana y suplantarlo por un anhelo o un delirio, es precisamente infringir los derechos humanos, porque tenemos derechos no por ser interpretados o concebidos de alguna forma política, socioló-

gica o religiosa, tenemos derechos porque nos reconocemos humanos; reconocemos que nacemos libres y está en el artículo 1° de la declaración de los derechos humanos. En otras palabras, la única forma de exigir tolerancia o defender la libertad es reconocer que la libertad no es una dadiva de la iglesia, ni del Estado, ni de la mayoría, ni de la minoría todos somos libres. Y por el Estado se crea para que esa libertad sea respetada de todas las personas, el Estado se crea para im-

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pedir que esa libertad sea quebrantada por el delirio o el anhelo, en la exigencia o en el capricho de algún sector y que por lo consiguiente el Estado tiene el deber ante la constitución de respetar la identidad de todo ser humano; porque cual sería la consecuencia, que se le inculque una mentira a un niño diciéndole que siendo niño puede ser mujer; se le hormonice, e inclusive mutilando sus genitales inyectándole bloqueadores hormonales, como ya ha sucedido en otras partes del mundo y eso sería un abuso infantil. El problema se da cuan-

do el Estado pretende proteger un tipo de creencia en particular como lo es “la teoría de género”, entonces si alguien no se somete a la teoría de género, inmediatamente lo descalifican de homofóbico transfobico, en términos que ni siquiera existen en la lista de fobias de la psicología y que nunca han estado, porque son términos ideológicos cuya función es disuadir la crítica de un pensamiento; aquí se está confundiendo la libertad con la imposición. Imaginemos un caso, por ejemplo: el

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niño que le dice al papa, que se quiere vestir de princesa, el papa le dice que no, porque él nació niño y los niños son príncipes; el papa le explica a su hijo para que pueda entender y comprender su identidad como niño y hombre; como también el no avalara que alguien le diga que existe un tercer género, el papa le va a enseñar al niño que no existe otro género y que solamente hay dos cromosomas (X-Y). Hombre y mujer, como la naturaleza lo demanda; pero

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soy un “retrogrado”, “autoritario”, “una bestia”, “mente cerrada”, “no puedes obligar al niño”. Hay muchas personas que opinan de diferente manera y se les respeta, por la libertad de expresión que existe en México; pero que te quieran descuartizar por pensar diferentes que ellos eso ya es otra cosa muy diferente, y decía el papa; así como yo le obligo a comer verduras, a hacer sus tareas, a cepillarse los dientes, y a que duerma a una hora determinada, yo puedo elegir

que ropa comprarle; porque en la vida hay reglas y normas sociales, no se puede hacer todo lo que uno quiere, cuando quiere, como quiere y a la hora que quiere; y no por eso lo voy amar menos, muy al contrario. Él le dijo al niño, yo te voy a educar con todos los valores, normas, reglas sociales y verdades como mis padres me forjaron en mi infancia; y ya cumpliendo tu mayoría de edad puedes hacer lo que tú quieras con tu vida; cambiarte el nombre, cambiarte de reli-

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gión, volverte vegetariano etc., pero antes no voy a huir de mi responsabilidad de padre y mi obligación de enseñarte las cosas como son en su tiempo de formación.

CONCLUSIÓN

Después de haber analizado toda la información plasmada en este artículo he llegado a la conclusión, de que no se puede defender lo indefendible; ya que ciertos grupos de personas quieren legalizar: el matrimonio entre personas del mismo sexo, la adopción homoparental, la interrupción legal del embarazo y la identidad de género. Pero si bien es cierto, que toda persona tiene derecho a manifestar sus ideas públicamente, así lo fundamenta el artículo 6° Constitucional; solamente que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público, será sancionado administrativamente. Se ha visto reflejado públicamente que los medios de comunicación, distorsionan toda la información referente a estos grupos subversivos de mujeres y hombres vestidos de mujeres, que a todas luces se ve el odio y la violencia en sus marchas de protesta golpeando a los ciudadanos que se les atraviesen en su camino; destruyendo: oficinas de gobierno, negocios privados, y dañando el patrimonio cultural de México. Hay que recalcar

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que la lucha feminista se ha llevado a cabo por mujeres que han defendido los derechos de la mujer, y que lo han hecho siempre mediante el dialogo y no con la violencia con la que han estado imperando últimamente. Reflejando una gran ignorancia en sus peticiones ya que claramente se ven los tintes políticos que estas marchas conllevan. Demostrando tanto odio a la sociedad mexicana, y yo le agregaría que la sociedad no va a permitirles la idea irracional de “Legalizar el aborto”; creo que

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el gobierno a invertido en el sector salud sobre las pláticas de sexualidad y los anticonceptivos. El gobierno ya debe de poner mano firme sobre estos grupos de disque feministas y lo único que han demostrado es ignorancia y violencia, yo hago un exhorto al señor presidente de la República para que ya de una ves por todas actúe conforme a Derecho y ponga orden y paz ante esta situación que ya se salió de control, y que es aprovechado por la derecha para golpear al gobierno.

BIBLIOGRAFIA

1. Muñoz Corvalán, J.: "La realidad social", en Contribuciones a las Ciencias Sociales, junio 2012, cotejado el 30 de enero 2021 de, www.eumed. net/rev/ccss/20/ 2. Moliner, M. (1967). “Diccionario de uso del español” (1a. ed.). Madrid: Gredos. 3. Ávila, Y. (3 de agosto de 2019). Animal Político. Recuperado el 30 de enero de 2021, de Animal Político: https://www.animalpolitico.com/elsabue-

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so/ideologia-de-genero-desinformacion-derechos-mujeres-lgbti/ 4. García Fernando, Manuel L. et al., El análisis de la realidad social Métodos y técnicas de investigación, Madrid, Alianza, 1986, p. 17. 5. Alaíde Foppa, “El congreso feminista de Yucatán”, Fem, México, vol. 3, núm. 11, p. 55, noviembre a diciembre de 1979. 6. Espinosa Damián, Griselda; Lau Jaiven, Ana (2011). “un fantasma recorre el siglo. Luchas feministas en México 1910-2010. México: UNAM-X/ITACA/ CONACYT/ECOSUR. p. 51. ISBN 978607-7957-14-0. 7. Espinosa Damián, Griselda; Lau Jaiven, Ana (2011). “un fantasma recorre el siglo. Luchas feministas en México 1910-2010. México: UNAM-X/ITACA/ CONACYT/ECOSUR. p. 53. ISBN 978607-7957-14-0. 8. Equivalencia Parlamentaria, Glosario, Año1, Número 1, CIMAC, México, Junio-Julio 2006, p.49. Véase LAGARDE, Marcela, Claves Feministas para el Poderío y la Autonomía de las Mujeres, Puntos de Encuentro, México, 1998. 9. Scala Jorge, La ideología del Género o el género como herramienta de poder, Argentina, Logos, 2010, p. 8. 10. El principal éxito de los medios es hacernos creer que son medios de

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“comunicación”. En realidad, un medio de comunicación es, por ejemplo; el teléfono, porque intercomunica a dos personas. Los periódicos, las radios y la televisión, son unidireccionales, de modo que no hay propiamente comunicación alguna entre seres humanos, sino solo propaganda de ideas (propaganda) o publicidad de productos y servicios. Lo correcto es llamarlos medios de propaganda o, en todo caso, de masas. 11. Equivalencia Parlamentaria, Glosario, Año1, Número 2, CIMAC,

México, Agosto-Septiembre 2006, p.49. Véase Paso a Paso, Guía Metodológica para aplicar el enfoque de género a proyectos, UNICEF-CONMUJER, México, 1998. 12. Congreso de la Unión, Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, México, 1917, Ed. ASIF, p. 11. 13. CARREL, Alexis, La incógnita del hombre. Barcelona, 1994, Ed. Iberia. (15" edición), págs. 100/1.

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Acuerdos conclusivos:

un medio del contribuyente y sus modificaciones RUBÉN A. HERNÁNDEZ NÁJERA

MAESTRANTE EN DERECHO FISCAL

RESUMEN

Haremos un pequeño análisis sobre las modificaciones principales que se realizaron a los acuerdos conclusivos para el año 2021 y en cómo pueden a afectar a los contribuyentes. También se abarcan algunos puntos beneficiosos que esta figura tiene y su aprovechamiento. También veremos la importancia de hacer un uso adecuado de los acuerdos conclusivos y las consecuencias de no hacerlo. Abordaremos el tema desde un contexto actual. Los acuerdos están íntimamente relacionados con devolución de impuestos y justo es uno de los puntos que más importancia tiene dentro de las modificaciones. También entraremos un poco en el tema de la presunción de inexistencia de operaciones, pero desde una perspectiva diferente a la que normalmente se alude ya que veremos

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cómo afectan las modificaciones a la interacción entre acuerdos conclusivos y el supuesto antes mencionado. También será evidente el papel fundamental que tiene la Prodecon. Hoy sabemos que la defensa del contribuyente es fundamental para mantener el patrimonio de los mismos. Así como también tener una planificación que le permita actuar frente a las arbitrariedades de la autoridad. Como bien sabemos el papel de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) puede ser de suma importancia. Sobre todo, para aquellos que no tienen dentro de sus posibilidades acceder a servicios profesionales como puede ser las de un asesor fiscal. Para esa defensa efectiva tenemos, entre otras figuras, los acuerdos conclusivos. La misma es una herramienta que tiene el contribuyente como medio de defensa ante la autoridad fiscal. Esta figura tiene su origen en el Título Tercero “Facultades de Comprobación”, capítulo II “De los acuerdos conclusivos, Artículo 69-C del Código Fiscal de la Federación.1 Dicho capítulo, como su nombre lo indica, se dedica únicamente a los acuerdos conclusivos y en cómo deben funcionar. Así como los beneficios para los contribuyentes que lo soliciten. En dicho artículo nace una herramienta fundamental para el contribuyente que le ayuda a su defensa

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frente a las facultades de comprobación de la autoridad. Puede hacer uso de esta figura cuando no está de acuerdo con la resolución que la autoridad efectuó referente a cualquier tema: solicitud de saldos a favor de impuestos, auditorías, visitas domiciliarias etc. Mismo que es posible solo con la solicitud del propio contribuyente a la Prodecon. Una de las características más importantes de esta figura es que así, el contribuyente evita pasar por tribunales y conseguir la reso-

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lución del conflicto de forma más eficaz. Para este año, 2021, se realizaron diversas reformas al artículo 69-C del código, las cuales considero son de relevancia y que podrían ser un duro golpe a los derechos de los contribuyentes. Ya que esta reforma menciona bajo qué circunstancias no podrá aplicar la solicitud de acuerdo conclusivo a la Prodecon. Por lo que, dicha institución no podrá actuar como árbitro en esas circunstancias mencionadas entre la auto-

ridad fiscal y el contribuyente que esté en desacuerdo. En primer lugar, en el artículo 69-C,2 fracción I nos dice que no procederá la solicitud de adopción de acuerdos conclusivos respecto de las facultades de comprobación para cuando la autoridad verifica la procedencia de saldos a favor. En pocas palabras, si el Servicio de Administración Tributaria da negativa a una solicitud de devolución de saldo a favor, el contribuyente no podrá ha-

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cer uso de un acuerdo conclusivo con la Prodecon. En estas circunstancias, los contribuyentes quedarán con pocas opciones para poder recuperar los saldos a favor, por supuesto, si éstos últimos son legítimos y que estemos frente a una arbitrariedad de la autoridad. En este sentido, vemos cómo la autoridad deja con menos opciones a los contribuyentes y aplica candados en la ley. Además, sabemos que en ocasiones la autoridad comete algunas inconsistencias en las cuales el contribuyente común desconoce y que esas podrían

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ser vías para obtener una positiva de solicitud e impuesto y ahora con esta reformase ve limitada su capacidad de acción. Como sabemos, nos encontramos en épocas de pandemia. El COVID-19 ha dado un duro golpe a pequeñas y medianas empresas, sobre todo. También a aquellos que tienen como ingreso un salario. Por desgracia, justo en época de pandemia vemos el endurecimiento de la ley para solicitar devoluciones de saldos a favor que podrían ser de mucha utilidad para aquellos que esta pande-

mia ha dejado estragos. Otra característica de la reforma a este artículo se trata de cuando un contribuyente se encuentra en el supuesto de inexistencia de operaciones, también conocido como EFOS (Empresas Facturadoras de Operaciones Simuladas). Esto lo podemos ver en el artículo 69-C, fracción V del código. Esta fracción confirma lo que ya se tenía por entendido; no podríamos usar los acuerdos conclusivos como medio de defensa en la circunstancia en que la autoridad nos coloque en la lista negra como EFOS. Ya que, sin la adición de esta fracción, de por sí no era posible tomar este camino para defender una empresa dentro de estos supuestos. Dicho sea de paso, el supuesto de empresa simuladora lo podemos encontrar en el artículo 69-B del código. Y es que evidente, un supuesto tan complejo como lo es la suposición de inexistencia de operaciones no es para tomarlo tan a la ligera y reducir su resolución a un acuerdo conclusivo. Es necesario ir más allá para llegar a una conclusión certera por parte de la autoridad.

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Ahora, si bien es cierto que las empresas que deban comprobar la existencia de operaciones no pueden ocupar la solicitud de acuerdo conclusivo. No menciona nada al respecto de aquellos que realizaron operaciones con estas empresas. Es decir, quienes hayan adquirido bienes o servicios con supuestas EFOS. Los contribuyentes pueden hacer uso de los acuerdos conclusivos. En el caso en que el contribuyente haya tenido actividades económicas con un EFOS, y que además tenga en su poder todas las pruebas necesarias

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para señalar que esa empresa sí otorgó el servicio o que sí vendió un producto podría usar esta figura. Como sabemos, según el artículo 69-B, cuarto párrafo,3 una vez publicado un contribuyente en el diario oficial de la federación que no haya desvirtuado los hechos que le son imputados, todos los comprobantes emitidos por este contribuyente quedan sin validez fiscal. Por lo tanto, se deben eliminar de las deducciones que haya realizado el contribuyente con esos comprobantes. Así como también eliminar de la contabilidad. De la misma mane-

ra corregirse y presentar declaraciones complementarias de los ejercicios que correspondan. Los contribuyentes siempre hacemos uso de los beneficios fiscales que se nos otorga en la ley. Y así poder aprovechar una buena ventaja que nos brinde seguridad. Sin embargo, en ocasiones la autoridad percibe de forma negativa el uso que se le da a estos beneficios y, según su criterio, puede señalar que es un uso indebido o incluso agresivo. Tal fue el caso de las solicitudes para acordar acuerdos conclusivos. La cual, sufrió una

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reducción en los tiempos establecidos en ley para hacer la solicitud. La reducción del tiempo que tiene el contribuyente para hacer la solicitud de un acuerdo conclusivo me parece es una forma de limitar más las posibilidades de defensa. Ya que así la autoridad aumenta las probabilidades de seguir ejerciendo sus facultades y continuar el curso de la auditoría. Básicamente, recorta el tiempo para utilizar el acuerdo. Este tiempo se recortó hasta veinte días

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después del acta final, según el artículo 69-C, segundo párrafo. En contraste con lo que establecía la ley antes de la reforma, la cual establecía como tiempo límite hasta antes que la autoridad emita su notificación de resolución donde se determine diversas contribuciones omitidas que la autoridad señalara. Y por si aún podríamos tener dudas, el mismo artículo 69-C, fracción IV del código, menciona que no procederá la solicitud de adopción de

un acuerdo conclusivo cuando haya transcurrido el plazo de los veinte días después de que se haya levantado el acta final. Podríamos cuestionar un poco el actuar de algunos contribuyentes que aprovechaban el tiempo que se establecía en la ley. Ya que, como pudimos ver con anterioridad, el tiempo era más que suficiente para hacer la solicitud. Y es que les permitía ganar tiempo y así asegurar una mayor probabilidad para llegar a un acuer-

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do conclusivo. Aunque, por otro lado, era un beneficio que estaba plasmado en la propia ley y era difícil ignorar esa facilidad otorgada, sobre todo en casos en donde fuese de mucha utilidad. Tampoco podemos olvidar una parte importante que se menciona en el artículo 69-F del código.4 En él se menciona se suspenderán los plazos en los que la autoridad ejercerá sus facultades de comprobación una vez que se haga la correspondiente solicitud de acuerdo conclusivo ante la Prodecon. Sin duda, genera un alivio para quien está bajo las facultades de comprobación de la autoridad por que le permite, así, la posibilidad de que se pueda llegar a un acuerdo con la autoridad con la ayuda de la Prodecon. Una de las ventajas más importantes dentro de los acuerdos conclusivos, es la condonación de multas, estamos hablando del total de las multas generadas. Claro, esto solo se daría bajo la circunstancia de que es única ocasión en la cual se presentará esta condonación. Lo anterior es mencionado en el artículo 69-G del código. De la misma manera, hay que tener mucho cuidado, ya que la multa condonada no quiere decir que dará derecho a una devolución o compensación alguna. Sin duda, es un beneficio

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excelente exentar las multas que todo contribuyente está interesado en conseguir. Sobre todo, en momentos de crisis como las que se han suscitado en los últimos meses de pandemia. Por otro lado, la ley era implícita en el tema de las sentencias, no había una fracción que indicara que no se podía acudir a acuerdo conclusivo una vez dada la sentencia. Pues una vez sentenciado no hay nada más qué auditar y mucho menos qué revisar. Sin embargo, se realizaron modificaciones al artículo

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69-C, fracción III del código. Indica que no procederá la solicitud respecto de actos derivados de resoluciones o sentencias. Esta fracción a su vez me remite al artículo 69-H del mismo código. Mismo que menciona que las autoridades no podrán desconocer los acuerdos conclusivos. Sin duda beneficia al contribuyente en gran medida. Porque la autoridad se ve obligada a respetar ese acuerdo. Además, solamente procederá juicio cuando se compruebe que se trataron

de hechos falsos. Es evidente, si tiene elementos falsos pues carece de validez. Lo cual podría dejar abierta la posibilidad, por más mínima que ésta pueda parecer, de poder retomar los hechos ocurridos durante el acuerdo conclusivo. Y podría, incluso, jugar en contra del contribuyente por utilizar documentos falsos. Este artículo deja vulnerable al contribuyente por haber hecho uso de documentación falsa si ese haya sido el caso y que la autoridad lo haya detectado. Lo

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cual es un punto idóneo, para no dar pie o dejar impune a aquellos que utilizan documentación falsa como defensa. Debemos dar buen uso de los beneficios que nos ofrecen las leyes fiscales. Como mexicanos debemos aportar al fisco. Sin embargo, no debemos permitir que la autoridad abuse de sus facultades. La cultura en el tema fiscal es algo que debemos fomentar entre los ciudadanos mexicanos. Conocer esta figura es indispensable para

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poder hacer frente a los retos en el ámbito fiscal. De la misma manera es importante conocer las reformas que se dieron para el año 2021. Conocer los beneficios que la figura de acuerdos conclusivos tiene también es importante ya que, al menos en términos económicos no fueron modificados. Hablando específicamente de la condonación de multas. Así como los acuerdos conclusivos, existen más medios de defensa o figuras que nos podrán ayudar a defendernos de las posibles arbitra-

riedades de la autoridad fiscal. Que dicho sea de a paso, en ocasiones, son bastantes y frecuentes. No podemos olvidar que el asesoramiento juega un rol importante para todas aquellas personas, físicas o morales, que realicen actividades económicas dentro del territorio mexicano.

BIBLIOGRAFÍA

• Código Fiscal de la Federación, 2021, México. • Código Fiscal de la Federación, 2020, México.

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DERECHO CONSTITUCIONAL

Comunicación Política digital y democracia en México HELMER FERRAS COUTIÑO

DOCTORANTE EN CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES

RESUMEN

Ante una historia llena de pasajes oscuros debido al monopolio de la información ejercido por los propietarios de los medios de comunicación tradicionales, en México la aparición de las redes sociales marcó un parteaguas por la apertura que propició la posibilidad de establecer vínculos de comunicación directos entre candidatos surgidos de la oposición y ciudadanos, así como del conocimiento de hechos que de otra manera hubiesen permanecido en el anonimato. No obstante ahora el reto es alcanzar el equilibrio entre dicha apertura y el manejo responsable y veraz de lo que en ellas se halla.

Internet es el medio de comunicación que mayor cobertura e impacto ha alcanzado en los años recientes y entre sus múltiples aplicaciones comprende las estructuras llamadas redes sociales que permiten a los actores entablar y mantener canales y lazos de comunicación, lo que las convierte en la vía más utilizada por personas de los más diversos estratos, pues resultan sumamente prácticas para relacionarse con los demás. Sin embargo, de manera inevitable, es necesario advertir de los riesgos que su uso conlleva, pues dentro de esta red universal se encierra, junto con sus plausibles bondades, un aspecto oscuro y desconocido por muchos, que con

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frecuencia es utilizado por personas y organizaciones con fines ilegales, además de propiciar acceso a quienes no siempre poseen la capacidad de discernir entre lo falso y lo verdadero. Con todo y ello, resulta sumamente funcional ante las circunstancias presentes que estamos viviendo con un escenario inédito debido a la pandemia provocada por la COVID-19, que hace imprescindible ejercer medidas sanitarias que disminuyan al máximo los riesgos de propagación del virus, por lo que

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eventos y reuniones que provoquen altas concentraciones de personas, están descartados de antemano. En nuestro entorno este año es de suma importancia para el ámbito político, pues nos hallamos inmersos en tiempos electorales y los partidos tienen la necesidad de impulsar y posicionar a sus candidatos e innovar y adecuar sus antes tradicionales campañas para granjearse las simpatías y los votos ciudadanos y para ello el mejor recurso a su disposición son las nuevas tecnologías.

Ante los cambios producidos en la sociedad y la apremiante necesidad de salvaguardar a quienes toman parte en estos procesos, deberán generar sinergias que garanticen llevar exitosamente su mensaje, el cual deberá ser digerible y lo suficientemente atractivo para que produzca el efecto deseado, es decir, ser escuchados y entendidos a fin de obtener el triunfo en la contienda. Como es sabido, las redes sociales fomentan cada día más la participación directa del público en las diferentes ac-

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tividades, entre ellas las políticas (a diferencia de otros medios tradicionales como televisión, radio y prensa) y en la actualidad han alcanzado tales niveles de influencia y cobertura que son capaces de brindar acceso directo y gratuito a cada uno de los usuarios, lo que incrementa exponencialmente la probabilidad de que los ciudadanos interactúen directamente con los candidatos. Por naturaleza la comunicación forma parte intrínseca del ser humano, por lo consiguiente éste al empezar a organizarse en grupos y establecer mecanismos de interacción para poder dar a entender sus ideas para un determinado fin, buscó formas de expresión y de transmitir deseos, necesidades o información que considerara indispensable o importante; así nace como primera vía de entendimiento entre pares y posteriormente hacia grupos, partiendo desde la comunicación no verbal hacia la verbal, con lo que además crea las primeras reglas que establecen que para que la comunicación sea eficaz deberán interactuar entre sí un emisor, un mensaje, un medio, un receptor, códigos y referentes. Con el paso del tiempo el proceso ha venido evolucionando y el ser humano, en su afán

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de ser más explícito al momento de enviar una información, ha desarrollado infinidad de técnicas que permiten de una u otra forma llevar el mensaje a quien o quienes debe llegar y a su vez que quienes lo reciban puedan interpretarlo con claridad. La comunicación política cumple un papel muy importante con el desarrollo de las tecnologías de la información y la comunicación, las TIC´s, que han impactado en la construcción de una democracia más participativa pero, en contraparte, una sociedad no preparada para el uso y manejo de estos nuevos mecanismos podría ser presa de armas de destrucción en su contra. Es necesario destacar las grandes ventajas que nos dan las nuevas herramientas tecnológicas para la construcción de una democracia aún más plural, donde intervenga una sociedad informada y capaz de ser actora y protagonista en la toma de decisiones y con ello construir un nuevo modelo democrático donde la participación digital de la sociedad sea mucho más activa. Sería necesaria una transición de la democracia representativa o directa a una híbrida, donde la representatividad de los ciudadanos tenga en sí misma la verdadera voluntad de quienes los eligen; pero también existen grandes riesgos que el mal uso de estas herramientas tecnológicas podrían ocasionar en la destrucción de la democracia y llevarnos a una sociedad manipulada y controlada por grupos invisibles de poder que podría derivar en una anarquía, destruyendo lo construido durante años, lo que sig-

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nificaría la pérdida de una oportunidad histórica para dar sentido a la política y al gobierno democrático. ¿Es momento de regular los contenidos digitales para el fortalecimiento de la democracia?, ¿estamos listos para un modelo de democracia hibrida?, ¿qué nos espera ante el nacimiento de la inte-

ligencia artificial y el big data? “Los medios de comunicación de masas actúan como sistema de transmisión de mensajes y símbolos para el ciudadano medio. Su función es la de divertir, entretener e informar, así como inculcar a los individuos los valores, creencias y códigos de comportamiento que les ha-

rán integrarse a las estructuras institucionales de la sociedad”. Noam Chomsky1. En México la comunicación política tiene una larga historia por contar; es un hecho que la televisión adquirió trascendental importancia en la materia, pero tiene claroscuros en su uso para informar y también para desinformar

cuando así fue necesario. Lo importante de la comunicación política es incidir en la opinión del ciudadano, en este caso televidente; como bien sabemos las cadenas de televisión en México en los últimos años estuvieron controladas por un duopolio, Televisa y TV Azteca, que acaparaban todos los espacios de

este medio y establecían los contenidos que se podrían transmitir y en qué horarios, lo que generó un gran aparato de comunicación visual utilizado principalmente por el gobierno, su partido oficial y candidatos afines. Ejemplos, incluso a nivel mundial, tenemos muchos, por mencionar algunos: cuando el gobier-

no de Adolf Hitler transmitió los juegos olímpicos de Alemania en 1936 o en 1950 cuando, en México, se transmitió el informe de gobierno del entonces presidente Miguel Alemán Valdez o también cuando en 1969 los Estados Unidos transmitieron la llegada del hombre a la luna, un hecho histórico, en su afán

Pineda Cachero, Antonio. “El modelo de propaganda de Noam Chomsky: medios mainstream y control del pensamiento. Ámbitos. Universidad de Sevilla. Sevilla, España. Núm. 6, enero-junio de 2001. Dirección de internet: https://www.redalyc.org/pdf/168/16800612.pdf

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por demostrar al mundo su poderío tecnológico y alcanzar un triunfo hegemónico frente a los soviéticos, quienes también contendían en la carrera espacial. Otros más recientes y de gran relevancia política en México podrían ser: Los videoescándalos, el desafuero de Andrés Manuel López Obrador, la “niña” Frida Sofía tras el terremoto de 2017 o los casos Florence Cassez, Paulette, entre otros. Por los años 60´s se fue agrandando el encono entre las dos superpotencias surgidas a partir de la conclusión de la Segunda Guerra Mundial, dicha rivali-

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dad conllevó a la guerra fría. Los Estados Unidos, previendo una confrontación contra la Unión Soviética, desarrolló un sistema de comunicación que pudiera, en caso de iniciarse las hostilidades, mantener una interacción estable y segura, con lo que, a partir de 1969 nació el programa ARPANET – “ARPANET son las siglas de Advanced Research Projects Agency Network, es decir, la Red de la Agencia de Proyectos de Investigación Avanzada, organismo conocido ahora como Agencia de Proyectos de Investigación Avanzados de Defensa” Y un primer nodo fue instalado en la Universidad de

California, en Los Angeles y a partir de ahí inicia la era digital, el momento de dar el salto desde las comunicaciones analógicas, con los que se podría no sólo establecer comunicación si no también encriptar, almacenar, compartir y crear redes de comunicación entre uno a uno, uno a muchos y de muchos a muchos ordenadores, mientras que, a partir de 1991, se crea la World Wide Web, mejor conocida por las siglas WWW, es decir, el nacimiento del internet para uso de las masas. En sus inicios todo los sistemas eran estáticos, es decir, únicamente se podía

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construir una página en un lenguaje de programación de marcado muy básico HTML (hypertext markup language) y éstas eran páginas solamente informativas, no existía interacción entre el sistema y el usuario, por lo que únicamente podrían ser informativas y aun por lo complejo y costoso de estos equipos no permeaba hacia el público en general. Como es fácil deducir, estos sistemas eran usados principalmente por el gobierno, grandes corporativos y universidades de aquellos tiempos; hasta que a partir de 1996, con la implementación de nuevos sistemas de desarrollo de aplicaciones web, empezamos a ver las páginas dinámicas que permitían interactuar con el usuario, a quien le abría el acceso a la era de la comunicación hombre-máquina y permitiría establecer un crecimiento acelerado de las capacidades de los nuevos equipos y en consecuencia mayor rendimiento y portabilidad, lo que facilitaba el desarrollo de nuevos portales web así como el desarrollo de sistemas de escritorio complejos y eficientes. También en 1996 se lanzó

el primer mensajero instantáneo conocido como ICQ, que vino a evolucionar el correo electrónico y con el que se podía establecer una comunicación a base de textos en tiempo real; mientras que en 1997 se crea la “Sixdegrees”, el primer servicio que permitió crear un perfil en la web, agrupar a los contactos directos e intercambiar mensajes con ellos; es decir, la primera de lo que hoy en día se conoce como ''red social''. Su creador fue

Andrew Winreich, en la ciudad de New York.” 2 Trasladándonos a nuestros tiempos y espacios, podemos recordar un ejemplo de los ataques y contraataques que ahora podemos atestiguar gracias a la intervención de las redes sociales: “De esta manera, la campaña denominada “AMLO es un peligro para México” difundida por la radio y televisión predominante, fracasó al enfrentarse al

2 Madrid, Esteinou. “Las elecciones de 2018 y el triunfo de AMLO/Morena”. Núm. 89. enero-abril 2019 . pp. 13-28 https://cicsa.uaslp.mx/BCC/Donacion/Carpetas/05/2019_las_elecciones_de_2018_y/files/basic-html/page20.html Ayala P, Teresa. “Redes sociales, poder y participación ciudadana”. Revista Austral de Ciencias Sociales. Chile. Núm. 26. 2014. https://www.redalyc. org/pdf/459/45931862002.pdf

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papel desempeñado por las “benditas” redes sociales, Twitter, Facebook, YouTube y otras plataformas del ciberespacio que hicieron contrapeso a los canales tradicionales ofreciendo a los votantes, especialmente jóvenes, fuentes de información alternativas para contrastar los mensajes verticales de sus opositores.3 “Benditas redes sociales” fue precisamente la expresión del actual presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, hecha célebre desde el primero de julio de 2018; pero ¿a qué se refería el mandatario al expresarse así de lo que hoy conocemos como las herramientas tecnológicas de mayor trascendencia en la web? Como ya hemos recordado el duopolio de la televisión en México estaba controlado por dos grandes corporativos y éstos se encargaban de filtrar el contenido que se podía difundir en sus canales principales y filiales, como bien

es sabido subordinados al sistema político mexicano y por ende ejercían un peso y una fuerza muy importantes, quizá los más importantes en la toma de decisiones de los ciudadanos, lo cual conllevaba a un evidente conflicto de intereses pues de acuerdo con sus conveniencias y lo que les resultara de mayor rentabilidad económica y política, apoyaban a grupos de poder afines, lo que en nada

abonaba al desarrollo democrático del país. Es ahí precisamente, en las redes sociales, donde los aspirantes a espacios públicos de elección popular encuentran una puerta enorme que les permite llevar su mensaje político a los ciudadanos, en este caso usuarios, y romper así de tajo el bloqueo en que se mantenía a aquellos grupos o actores políticos que no eran parte de la élite del poder.4

Se calcula que aproximadamente 20 millones de usuarios accedían a las redes sociales en 2006, lo que vino creciendo con el paso de los años y para el proceso electoral de 2018, en México eran ya casi 80 millones con un 67% de penetración entre personas mayores de 6 años (véase gráfica 1). Los datos acá analizados nos dan un panorama muy claro de cómo las

“Six Degrees: cómo fue y quién creó la primera red social de internet, inspirada por la teoría de los "seis grados". BBC” News Mundo. 8 junio 2019. https://www.bbc.com/mundo/noticias-48558989 4 Calcáneo,Mauricio. “Internet, redes sociales y las elecciones del 2018 en México, ¿qué hacer?” Revista Nexos. México. Marzo 16, 2018. https://eljuegodelacorte.nexos.com.mx/?p=7883 3

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GRÁFICA 1 redes sociales fueron penetrando con gran celeridad entre la ciudadanía mexicana a tal grado que el nuestro llegó a ser el país número 21 en el mundo que las utiliza como medio de información y comunicación; pero aún más, somos la sexta nación en el planeta que pasa más tiempo en las redes sociales, con un aproximado de 3 horas y media diarias por usuario. (e-commerce, 2021).5 Esto por supuesto abrió un abanico

de oportunidades para todos los actores políticos en el país; entre ellas, la más importante fue tener comunicación digital directa con los ciudadanos para dar a conocer las alternativas que ofrecían en la política nacional; desde entonces ha sido una herramienta muy importante para todos los movimientos sociales en el país. Así pues, las redes sociales han jugado un papel muy importante en la

vida de los mexicanos y desde éstas se ha marcado la pauta de grandes movimientos sociales y espacios de interacción, así como encuentros entre grupos con diferentes formas de pensar y actuar, lo que por supuesto ayuda al desarrollo democrático de nuestro país; por poner un ejemplo podríamos mencionar el movimiento #YoSoy132, que se originó desde una red social y fue adoptado por muchos mexicanos ante el hartazgo

5 Madrid, Esteinou. “Las elecciones de 2018 y el triunfo de AMLO/Morena”. Núm. 89. enero-abril 2019 . pp. 13-28 https://cicsa.uaslp.mx/BCC/Donacion/Carpetas/05/2019_las_elecciones_de_2018_y/files/basic-html/page20.html Ayala P, Teresa. “Redes sociales, poder y participación ciudadana”. Revista Austral de Ciencias Sociales. Chile. Núm. 26. 2014. https:// www.redalyc.org/pdf/459/45931862002.pdf

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por un gobierno antidemocrático, sordo ante numerosas exigencias, sobre todo la de mayor seguridad y que demostraba ante este hecho la gran brecha que le separaba de la ciudadana como sinónimo de la degradación de la democracia construida históricamente. Después de su surgimiento y el posterior caso de Ayotzinapa, familiares de los desaparecidos, al ver la evidente influencia de las redes sociales, pasaron de las plataformas digitales a las calles, llevando a cabo movilizaciones en todos los rincones del país a fin de presionar al gobierno para que tomara cartas en el asunto y poder dar con los responsables de este tan lamentable hecho, lo que muchos analistas consideraban como un crimen de Estado. Como estos, hoy en día hay muchos más movimientos que se han consolidado a nivel nacional y han dado paso a que los tres niveles de gobierno se sientan presionados a modificar su actuar ya que las redes sociales, sin ser su principio la democratización de un país, están influyendo de manera tangible en su evolución y propicia mayor participación a actores sociales que por mucho tiempo fueron callados ante la inexistencia de una plataforma eficaz para ser escuchados y no sólo eso, si no tam-

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bién pueden aglutinar seguidores entre quienes simpatizan con sus posturas. “Las benditas redes sociales” han jugado un papel muy importante en los últimos años en la comunicación política digital y han logrado penetrar de manera eficaz entre actores políticos, ya mencionamos como ejemplo al actual presidente de México, pero de manera similar ayudaron en el triunfo del actual gobernador de Nuevo León, Jaime Heliodoro Rodríguez Calderón, mejor

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conocido como “el bronco” y al primer candidato independiente a diputado de Jalisco, Pedro Kumamoto, lo que nos deja patentes de cómo las redes sociales han sido protagonistas de grandes cambios en la democracia de muchos países y México no ha sido la excepción. “El exceso de participación que produce el fenómeno que Dahrendorf llamó, desaprobándolo, del ciudadano total, puede tener como efecto la saturación de la política y el aumento de la

apatía electoral. El precio que se debe pagar por el compromiso de pocos es frecuentemente la indiferencia de muchos. Nada es más peligroso para la democracia que el exceso de democracia.” 6 Sin embargo, a nivel internacional aún seríamos testigos de cómo transitaríamos de las “benditas redes sociales” al bloqueo de la cuenta de Twitter del expresidente de Estados Unidos, Donald Trump, tras la convocatoria que hicie-

Rovner, Helena. Et Al. “La mala educación ¿Qué pasó con la escuela en la Argentina? House Grupo editorial. https://books.google.com.mx/books

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ra a sus seguidores por considerar que había sido víctima de un fraude, luego de haber perdido las elecciones, para manifestarse en pleno Capitolio, llegado el día de oficializar el triunfo de Joe Biden. Este acontecimiento provocó la pérdida de vidas humanas y demostró la debilidad de una democracia que ha pretendido ser ejemplo mundial, pero que en esta ocasión dio muestra de que aún no estaba preparada para afrontar las “libertades” que las redes sociales ya habían otorgado a los ciudadanos. Siendo Estados Unidos el principal país con acceso a redes sociales, era evidente que el país más poderoso de América no estaba a la altura de esta situación y eso le costó a su democracia, que era ejemplo de participación ciudadana, ser vulnerada. Ya en otras ocasiones este país había también considerado las redes sociales como “benditas”; en las elecciones del expresidente Barack Obama; el conocido como ciberactivismo jugó un papel fundamental en la toma de decisión de los electores, en esa experiencia el mayor éxito de la estrategia del expresidente fue buscar en las redes sociales un mecanismo de captación de recursos económicos para su campaña y los ciudadanos se volcaron en franco apoyo al entonces candidato demócrata, pero también reveló un modelo de mercadotecnia política que puso en tela de juicio la integridad, honestidad y principal-

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mente la violación a la privacidad de los usuarios. Es en este ámbito donde surge el uso de una herramienta muy importante que habría sido desarrollada por la empresa Cambridge Analytica, una minería de datos tan inmensa que permitía conocer miles de ellos de cada usuario; todas las interacciones son almacenadas en grandes bases que crean una enorme cantidad de información digital conocida en

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conjunto como el big data, que detalla compras, tarjetas de crédito, puntos de visita, búsquedas realizadas en internet, a que páginas le da me gusta y comenta cada usuario, etc. Se calcula que esta empresa tendría por lo menos identificados 5,000 puntos de interés de cada usuario de las redes sociales, esto no lo hacían únicamente con el acceso a los datos personales, violentando la privacidad, si no también creaban aplicaciones

como encuestas o juegos donde al participar el usuario proporciona inconscientemente muchos datos adicionales de su propio comportamiento. Esta empresa fue creada primeramente para la participación en las elecciones de Estados Unidos, pero en una audiencia en los tribunales aceptó haber utilizado todo este conocimiento en decenas de naciones, entre las que sobresalen Brasil, México, Trinidad y

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Tobago, India, entre otros. La fuga de información más grande que la humanidad haya vivido en toda la historia del internet, fue un elemento clave para incidir en la toma de decisiones de los votantes, al enviar información precisa y muy específica, ya que conocían a la perfección

los gustos y costumbres de cada uno de estas plataformas, principalmente Facebook. Es mediante el manejo de estos grandes cúmulos de información que los estrategas políticos, con el apoyo de mercadólogos y otros especialistas, lograron de manera muy práctica su objetivo, ya que podían

predecir con un grado muy alto de asertividad lo que los votantes deseaban escuchar y así garantizar el voto. Las redes sociales y hoy también los mensajeros instantáneos han vulnerado de manera dolosa la información privada de los usuarios, tanto desde la computadora de escritorio

hasta los dispositivos móviles inteligentes. Es en estos momentos cuando debemos reflexionar profundamente acerca de la importancia que tienen las redes sociales y mensajeros instantáneos en su participación activa para la democracia, hoy ya de ma-

nera directa con los ciudadanos o electores y es precisamente en este punto donde se tiene que regular el hasta dónde esta libertad que ha dado grandes resultados en algunos aspectos también ha vulnerado en gran manera su aplicación eficaz, incluso en los países más desarro-

llados. Al respecto Norberto Bobbio nos dijo, muy adelantado a su tiempo, que “nada es más peligroso para la democracia, que el exceso de democracia”. Aún estamos a tiempo de considerar un nuevo modelo democrático, más participativo, donde las redes sociales y los mensajeros

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instantáneos con reglas claras puedan ayudar a la democracia, pero con una participación directa y efectiva. Al menos en nuestro país aún permanecen resabios de toda una larga tradición de oscurantismo político, sustentado en el oportunista manejo de la opinión pública a través de ocultar información y manipular la existente, llegando con frecuencia a grados indignantes de cinismo. Hechos como el movimiento estu-

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diantil de 1968 y el “halconazo” de 1971, por mencionar sólo dos de los más representativos, forman parte de esa historia no contada como noticia, a pesar de haber ocurrido en los tiempos de mayor auge de los medios tradicionales de comunicación. Es innegable que, de haber sucedido en nuestros días, contaríamos con innumerables evidencias, principalmente en video, y muchos detalles de ambos sucesos. Si bien es cierto que el acceso a los

medios, ahora a través de las redes sociales, no garantiza por sí mismo la imparcialidad ni objetividad de lo narrado (ejemplos antagónicos lo representan lo ocurrido durante el terremoto en México en septiembre de 2017 e incluso la pandemia que aún agobia al mundo con la Covid 19, en torno a los cuales abunda la desinformación), es evidente que representan una puerta abierta que pone a disposición de los usuarios una amplia gama de información.

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Francis Bacon engendró la frase “información es conocimiento”, misma que evolucionó a la aún vigente “información es poder”, por ello el afán de poseerla para ponerla al servicio de los intereses de quien la tiene. No obstante, en países como el nuestro, con largo historial de represión, era imprescindible un detonante como parteaguas a fin de superar esa condición. Así, paso a paso, conquista tras conquista, en materia de derechos humanos, de acceso a la información y a la democracia efectiva, entre otras, hemos venido siendo testigos de los frutos que han generado las más diversas luchas de tantos mexicanos, como sus legados. Hoy en día es prácticamente imposible que alguien pueda evadir el ojo censor de una ciudadanía cada vez más informada, precisamente porque cuenta con el acceso que las redes sociales le propician, lo que a su vez provoca que, en el caso concreto de las elecciones, pueda ejercer su voto de manera más acertada. En contraparte es indispensable que evitemos caer en la tentación de cerrar los ojos ante la realidad alterna, consistente en el hecho de que esa misma ciudadanía cuente con información pero no sepa canalizarla y darle utilidad.

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Recientemente se ha hecho común el término fake news, justamente como la base de un intento para advertir a quienes leen ciertas publicaciones, que las tales son falsas, sacadas de contexto o manipuladas en uno u otro sentido. Sin embargo, llega el momento en que la propia sociedad debe asumir la responsabilidad de sus actos y entre ellos la toma de decisiones a la hora de elegir; en sus manos está su propio desti-

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no y ello no es cosa menor, pero ante la oleada de información y la alta, baja o nula capacidad de cada uno para procesarla, es claro que aún tenemos camino que recorrer antes de llegar al justo medio, pues el secreto para que la comunicación política digital termine por afianzarse como factor determinante en la democracia de nuestro país, radica en el equilibrio entre la información al alcance y la capacidad de discernir acerca

de su veracidad.

PALABRAS CLAVE

• Comunicación política digital • Democracia • Internet • Comunicación directa • Redes sociales • Tecnologías de la información y comunicación • Benditas redes sociales

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