Revista Gran Buenos Aires Profesional N° 39

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GRAN BUENOS AIRES

PROFESIONAL AÑO 9|NÚMERO 39|2010 - DELEGACIÓN AVELLANEDA

Avellaneda - Berazategui - Florencio Varela - Lanús - Quilmes

Nuevo Centro Cultural Municipal de Avellaneda

Hospital Alta Complejidad de Fcio. Varela Polo Temático Mueblero Maderero Berazategui

Casa de la Cultura-Municipio de Lanús

Casa de la Cultura de Quilmes AÑO DEL BICENTENARIO

Revista de las Delegaciones del Gran Bs. As. del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Bs. As. Delegación Avellaneda Delegación Lomas de Zamora Delegación Morón Delegación San Isidro Delegación San Martín 1

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Se necesita una gran perspectiva para desarrollar respuestas a la medida de todo un país. Conocemos muy bien a los 40 millones de argentinos y desarrollamos las más innovadoras líneas de seguros para cada una de sus necesidades.

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Editorial Dr. CP Daniel Julio García Delegado Presidente Delegación Avellaneda

Ya paso la primera década de este siglo XXI, para los no tan jóvenes veo sorprendido lo rápido que transcurrió, si parece que fue ayer que nos estábamos preocupando por saber si las computadoras podría mantener las fechas a la cero hora del cambio de siglo y era todo un tema de procuración. Recuerdo que ya mucho antes de ese evento nos estábamos inquietando por los grandes cambios que se venían presagiando sobre nuestra actividad profesional, en especial para los que nos desenvolvemos en forma particular. De que manera la tan ensalzada “globalización” llegaría a inmiscuirse en nuestra labor, nos veríamos acechados por entidades y tecnicismos llegados de otras latitudes. De cómo se ganarían nuestros mejores clientes. Hasta hubo amagues del sistema bancario intentando liquidar salarios, avanzando sobre esa parte importante de nuestro trabajo. Y actualmente existe en nuestra provincia un organismo que hasta no hace mucho se arrogaba la liquidación de impuestos. Como vemos pasó el tiempo y el panorama de nuestras actividades no termina de aclararse, conspiran mecanismos y dispositivos que la acosan. Quizás todo sucede porque se carece de una adecuada política impositiva, previsible, que perdure en el tiempo. Nos debemos los profesionales pugnar por ello y hagámoslo cada uno desde su posición. Por ahora no nos queda otra posibilidad que tratar de mejorar las ofertas pedagógicas. Desde nuestro rincón en reuniones de Delegados predomina un tema cual es discernir de qué modo podemos mejorar las ofertas instructivas a colegas y convocar a destacados profesores para que aporten lo suyo en los cursos programados. Estamos transitando una nueva década, soy medianamente optimista y como suelo decir prefiero ver el vaso medio lleno, mirar el horizonte positivo, albergar la esperanza que algo va a cambiar, por esto la tapa nos muestra algo que penetra en el futuro, emprendimientos con esperanzas. No obstante mantengámonos alerta, estemos bien actualizados, tengamos siempre algo más de lo habitual para brindarles a los comitentes, Desde esta posición nos brindamos a Uds. sin apartarnos de nuestra responsabilidad, esténse tranquilos.

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DELEGACIONES

DELEGACIÓN AVELLANEDA Monseñor Piaggio 42/44 Avellaneda (1870) Tel.: 4222-4312 / 3850 y 4201-7655 dlgavellaneda@cpba.com.ar RECEPTORÍA QUILMES Humberto 1º 227 Quilmes (1878) Tel.: 4257-0949 recepquilmes@cpba.com.ar

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DELEGACIÓN LOMAS DE ZAMORA Manuel Castro 535 Lomas de Zamora (1832) Tel.: 4292-7076/77 y 4244-6687 dlglomas@cpba.com.ar

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DELEGACIÓN MORÓN Av. Rivadavia 17675 Morón (1708) Tel.: 4628-2065, 4629-7407 y 4483-3623 dlgmoron@cpba.com.ar RECEPTORÍA LA MATANZA Entre Ríos 3026 San Justo (1754) Tel.: 4482-6979 receptoriamatanza@speedy.com.ar DELEGACIÓN SAN ISIDRO Ituzaingo 476/78 San Isidro (1642) Tel.: 4743-0900 cpcesani@fibertel.com.ar DELEGACIÓN SAN MARTÍN Sarmiento 1769 - San Martín Tel.: 4755-3647 / 4724-3896 dlgsanmartin@cpba.com.ar

1- Avellaneda 2- Berazategui 3- Florencio Varela 4- Lanús 5- Quilmes

RECEPTORÍA ESCOBAR Asborno 370 Belén de Escobar Teléfono: 03488 662329. RECEPTORÍA PILAR Victor Vergani 501 - Oficina 4 B Pilar Tel.: 02322-434667 agcep@speedy.com.ar

Gran Buenos Aires Profesional es una publicación bimestral propiedad del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires, Presidente: Dr. Alfredo D. Avellaneda. Septiembre de 2010. Delegaciones del Gran Buenos Aires. Av. Rivadavia 17675 (B1708EID) Morón, Bs. As. Argentina. Tel / fax: 011-4628-2065 / 4629-7407 / 4483-3623. Mail: dlgmoron@cpba.com.ar Propiedad Intelectual Nº 784414 Tirada 7800 ejemplares Todos los derechos reservados Se permite la reproducción total o parcial del material de esta publicación citando la fuente. Los textos que se publican son de exclusiva responsabilidad de sus autores y no expresan necesariamente el pensamiento de sus editores. Diseño e impresión Arte Gráfica NESDAN SRL / Virrey Cevallos 1975 / t. 4305-5357

www.cpba.com.ar Gran Buenos Aires Profesional

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STAFF

INDICE

Directores Responsables

EDITORIAL

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AUTORIDADES

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Dr. Daniel Julio García Delegación Avellaneda

Dr. Julio Daniel Carson Delegación Lomas de Zamora

Dra. Juliana Pantanetti Delegación Morón

ACTUACIÓN JUDICIAL - ABC judicial - Parte 2

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ADMINISTRACIÓN - Balanced Scorecard - Parte 2

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COOPERATIVAS - Resultados no asignados

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ECONOMÍA - Inflación ¿Síntomas o enfermedad?

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Dr. Ángel Roberto Acuña

DPPJ

Delegación San Isidro

- Trámites prederenciales urgentes y muy urgentes

Dr. Juan Carlos Mazzaschi

- Al Sr. Fernando Osvaldo Amieiro

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Delegación San Martín

- Emanuel Moriattis

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Consejo de Dirección Dr. Raúl Klag Delegación Avellaneda

Dra. Sandra Mónica Rizzo Delegación Lomas de Zamora

Dr. Pedro Damián Piva Dr. Luis Enrique Bacigaluppe Delegación Morón

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ENTREVISTA

IMPUESTOS - Ley 11.683

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- Inconstitucionalidad del impuesto a la ganancia mínima presunta.

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- Convenio multilateral determinación del coheficiente de gastos.

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INSTITUCIONAL - Noticias de la CAJA.

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- Informe del CAF.

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INTERÉS GENERAL - Experiencia en la expedición Bicentenario.

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- Postura y trabajo.

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Dr. Roberto Luis Bufelli

- Presidentes históricos.

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Delegación San Isidro

- El ejemplo de los profesionales.

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Dra. Marisa Garone

- Sociedades Comerciales

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ACTIVIDADES REALIZADAS EN NUESTRAS DELEGACIONES

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Delegación San Martín

Coordinación Dr. Luis Enrique Bacigaluppe Dra. Julia M. Tolfo Delegación Morón

SOCIEDADES

ACTIVIDADES - Cursos Delegación Avellaneda

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- Cursos Delegación Lomas de Zamora

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- Cursos Delegación Morón

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- Cursos Delegación San Isidro

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- Cursos Delegación San Martín.

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Fotos de Tapa • • • • •

Polo Temático Mueblero Maderero Berazategui: ubicado a metros del peaje Hudson (autopista Buenos Aires - La Plata). Son 33 ha. dedicadas a la exposición y comercialización de productos del sector y afines. Hospital de Alta Complejidad “El Cruce”, sito en Av. Calchaquí Nº 5401, Florencio Varela. Casa de la cultura de Lanús, sita en Sarmiento 1713, Lanús. Nuevo Centro Cultural Municipal de Avellaneda, “Antonio Hugo Caruso” ubicado en el edificio del viejo del Mercado de Abasto. Casa de la Cultura de Quilmes, sita en Rivadavia 496 Quilmes, frente a la plaza San Martín y lindando con la Catedral se impone por su estilo arquitectónico de principios de siglo.


Autoridades

Autoridades de la Delegación Avellaneda

SENTADOS: Jose Luis Minnisale, Secretario Hacienda Delegación, Raúl Puhl, Secretario Hacienda del CPCEPBA, Karina Ferreyra, Delegada, Raúl A. Klag, Consejero Pcial. Supl. PARADOS: Daniel Ameri, Director Caja Seg. Social CPCEBA, Enrique Moure, Prosecretario de Hacienda, Juan C. Olivetto, Prosecretario de Seg. Social, Daniel J. Garcia, Delegado Presidente, Alejandro Brescansin, Secretario de Seg. Social, José J. Ministro Chumbinho, Representante CPCEPBA, Luis Galli, Delegado VicePresidente, Carlos Garcia Vazquez, Prosecretario General, Jaime Obelleiro Redonda Representante CPCEPBA.

MESA DIRECTIVA: J.L.Minnisale,Secr.Hacienda/-J.C.Olivetto,Prosecr.Seg. Social-/A. Brescansin,Secr.Seg.Social/Inés Do Santos, Secr.General/ L. Galli,Del. VicePresidente/D.J. Garcia,Del. Presidente/E. Moure, Prosecr. Hacienda y C.Garcia Vazquez, Porsecr.Gral.

Personal de la Delegación Avellaneda

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Actuación Judicial

ABC Judicial

La tarea del profesional de Ciencias Económicas en la Justicia de la Provincia de Buenos Aires. Segunda Parte

Colaboración de la Comisión de Jóvenes de las delegaciones Lomas de Zamora y Morón,

Domicilio

de su residencia y de sus negocios. No debe ser confundido con la simple residencia que implica la permanencia en un lugar con carácter temporario y sin ánimo de vivir allí. Domicilio legal es el lugar donde la ley presume, sin admitir prueba en contra, que una persona reside de una manera permanente para el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus obligaciones aunque de hecho no este allí presente (art. 90 Código Civil). Con relación a los peritos, el artículo 5 establece los datos que deberán constar en la solicitud de inscripción, estableciendo en el inciso c) domicilio profesional dentro de la jurisdicción territorial del departamento judicial ante el que se solicita actuar. El perito, al igual que todo aquel que interviene en un proceso judicial, tiene obligación de constituir domicilio legal dentro del perímetro de la ciudad que sea asiento del respectivo juzgado o tribunal (art. 40 CPCC. Res 65/70 para San Isidro). El domicilio constituido debe constar en cada escrito que presente ante el Juzgado o tribunal (Acordada2514/ 93) Deberán comunicar los cambios de domicilio profesional, legal y/o real al organismo de contralor de las listas (art. 2) el que dejara constancia en el legajo personal del perito, sin perjuicio de ello, en el caso de cambio de domicilio legal deberán constituir nuevo domicilio en cada pro-

Dentro de los requisitos que debe cumplimentar el Perito para efectuar la inscripción debe constatar su domicilio profesional, domicilio legal o constituido y el domicilio real. El domicilio profesional es aquel que debe situarse dentro de la jurisdicción territorial del departamento judicial en el que se solicita actuar. En donde el profesional puede ser contactado por las partes y otros. Se aconseja dejar el número de contacto de este domicilio al momento de aceptar el cargo dentro del expediente. El domicilio legal o constituido es aquel que debe situarse dentro del perímetro que sea asiento del respectivo juzgado o tribunal. El domicilio real es aquel en donde estamos residiendo. RÉGIMEN DEL ACUERDO NQ 2728: Domicilio: clases, cambios (dentro y fuera de la jurisdicción). Efectos. Pericias pendientes. El domicilio es el lugar que la ley fija como asiento o sede de la persona, para la producción de determinados efectos jurídicos. Podemos distinguir el domicilio real y el legal. El domicilio real, según el artículo 89 del Código Civil es el lugar donde tienen establecido el asiento principal

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Actuación Judicial

ceso en que intervengan, requisito que no es suplido por la comunicación al organismo de contralor (artículo 23 Acordada 2873). El articulo 24 (ac. 2873) prevé el cambio de domicilio profesional constituido a otro fuera de su jurisdicción territorial del departamento judicial en el que se encuentra inscripto, ello determinara la eliminación del perito de las Listas vigentes, manteniendo la obligación de continuar con las pericias pendientes hasta tanto sea relevado por el, juez de la causa. En lo referente al lugar de realización de las pericias el articulo 25 (ac. 2873) establece que las pericias cuyo cumplimiento requiera el comparendo de personas deberá efectuarse en instalaciones adecuadas y dentro de los limites

Expresiones de términos jurídicos Dado que los textos Jurídicos con frecuencia presentan una forma errónea de interpretación entre el receptor y el emisor, intentaremos dar los elementos necesarios para una mejor interpretación de la praxis Jurídica. Con el objetivo de lograr un buen uso del lenguaje y comunicación en una profesión y en un ámbito, en la que la producción de de textos correctos y comprensibles desempeña un papel fundamental.

Reglas generales Debemos tener en cuenta al redactar un escrito decir todo lo necesario, pero nada mas que lo necesario, con lo cual evitaremos adelantar opiniones sobre temas que no hacen a la decisión del caso. Tratar de evitar la redacción de oraciones excesivamente extensas, cargadas de comas sin otro signo de puntuación. Uso de las mayúsculas, con el fin de dar a las mismas el sentido de respeto o reverencia, caemos en el error de llenar de innecesarias mayúsculas un escrito, estas son

aceptadas en los encabezamientos, pero no tanto en el interior del texto, por lo que es necesario el uso de ellas solo cuando sean imprescindibles.

Distintos uso del tiempo verbal La riqueza de la conjunción de los verbos nos permite el uso del modo y el tiempo apropiados en cada caso, pero lo importante es el uso de cada uno de ellos solo cuando es necesario y correcto.

Pretérito Imperfecto del Modo Subjuntivo Hemos encontrado muchas redacciones de Juristas donde emplean el uso del pretérito imperfecto del modo subjuntivo en expresiones tales como “La sentencia rechazo la demanda que promoviera el actor” Este tipo de tiempo se emplea para expresar la no realidad, expresa una duda; lo contrario al modo Indicativo que expresa la realidad. Por lo que la oración ejemplo tendría que haber sido redactada así: “La demanda fue Promovida” dado que se trata de un hecho que realmente ocurrió.

Modo Indicativo El pretérito perfecto compuesto, indica una acción reciente o correspondiente a un tiempo que aún no ha terminado: “El demandado ha promovido incidente de nulidad” (Lo ha promovido recientemente o el incidente no esta todavía resuelto). El pretérito perfecto simple indica una acción pasada y definitivamente concluida: “El demandado promovió un incidente de nulidad que fue rechazado en ambas instancias” El pretérito pluscuamperfecto indica una acción pasada, anterior a otra también pasada: “El Juez rechazó el incidente de nulidad que había promovido el actor”

Estimado Matriculado: Tenga presente que para ejercer la profesión tanto en relación de dependencia como en forma independiente en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires debe estar OBLIGATORIAMENTE matriculado en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires, de no hacerlo es ejercicio ilegal. Firmarle a un colega no matriculado, además de fomentar el ejercicio ilegal, también es pasible de sanciones que pueden llegar hasta la suspensión y cancelación de la matrícula por infracción al art. 2º, inc. i) del Código de Ética que sanciona la protección manifiesta o encubierta al ejercicio ilegal de la profesión.

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Administración

BALANCED SCORECARD (PARTE II) vinculados mediante la relación causa-efecto, o sea, deben expresarse en una secuencia de “si/entonces”. En el libro de Kaplan y Norton, “Cuadro de Mando Integral”, los autores ejemplifican esta relación del siguiente modo: “Si aumentamos la formación de los empleados en cuanto a los productos, entonces tendrán muchos más conocimientos con respecto a toda la gama de productos que pueden vender; si los empleados tienen más conocimientos sobre los productos, entonces mejorará la eficacia de sus ventas. Si mejora la eficacia de sus ventas, entonces mejorarán los márgenes promedio de los productos que venden”. Esa correlatividad entre los distintos indicadores deben ser confirmados en la realidad más allá del simple análisis en forma independiente y autónoma de cada uno de ellos. Por ejemplo, se tendrá que verificar que una política de capacitación y mejora del ambiente laboral, redunda en un mejoramiento en el tiempo de ejecución de los servicios, y que éstos, a su vez, generan mayor satisfacción de los clientes, lo que puede tener como correlato la reducción del plazo de cancelación de los créditos y/o incremento de la cartera de clientes, y que todo ello en definitiva, mejora la rentabilidad empresarial.

Dr. C.P. Ricardo Miyaji

Continuando con la temática que hemos comenzado en la entrega anterior, trataremos de llevarlo a un terreno más práctico desarrollando ejemplos donde se relacionan las cuatros perspectivas (financiera, clientes, procesos internos, y aprendizaje y crecimiento) a través de distintos indicadores financieros y no financieros. El BSC (Balanced Scorecard) es un modelo holístico de una empresa que permite no solo ejecutar una estrategia sino también comunicar a la organización sus objetivos alineando a directivos y empleados en pos de ellos mediante la integración de un conjunto de indicadores que mensuran la actuación conjunta. Los indicadores que conforman las cuatros (o más perspectivas) del Cuadro de Mando Integral deben estar

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Administración

Debemos considerar la existencia de dos tipos de indicadores en los BSC, los llamados “indicadores genéricos” del resultado que reflejan metas que son comunes a varias estrategias desplegadas por la organización tales como, la consecución de un ”share market” determinado, la satisfacción del cliente, la retención del cliente, el mejoramiento de las habilidades de los empleados; y otros, que son conocidos como “inductores de actuación” que están, en cambio, relacionados con una unidad de negocio de la empresa. Los indicadores genéricos equivalen a los “indicadores efectos” exponiendo la consecución de los objetivos estratégicos; y los inductores de actuación, son en cambio, los “indicadores causa” sobre los que toda la organización deberían focalizar para crear valor a la empresa.

2)

Eficacia del ciclo de fabricación: ------------------------------------------------------------------------------------------------= Tiempo de Proceso+Tiempo de Inspecciòn+Tiempo de Transp.+Tiempo de Espera/Almacen. Este indicador debería tender a 1 que es el objetivo del “Just in Time”. Indicadores de calidad: cantidad de desperdicios, número de reprocesos, ratio de productos conformes sobre total fabricado, etc.

3) Perspectiva del cliente: Cuota del mercado

EJEMPLO DE FACTORES CLAVES DE ÉXITO E INDICADORES PARA CADA UNA DE LAS PERSPECTIVAS a) Perspectiva de aprendizaje y crecimiento Resultado

Indicadores claves

Retención del empleado

Retención de clientes

Fuente: “Cuadro de Mando Integral” de Kaplan y Norton

PERSPECTIVA FINANCIERA

Satisfacción del empleado

Retención del empleado

Rentabilidad de clientes

Satisfacción de los clientes

Productividad del empleado

Retención del empleado

Adquisición de clientes

Retención del empleado

Medios

Fuente: “El Cuadro de Mando Integral” de Kaplan y Norton

b) Perspectiva del proceso interno Los procesos internos comienzan con el proceso de innovación identificando necesidades actuales y futuras de los clientes, siguiendo con los procesos operativos y concluyendo con el servicio de postventa. Lo que se trata es reducir el tiempo de los ciclos, mejorar la calidad, incrementar la productividad y reducir consecuentemente los costos. Ejemplos de ratios (Fuente “El Cuadro de Mando Integral de Kaplan y Norton): 1) Tiempo de Proceso (tiempo realmente aplicado a la fabricación)

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Todos los indicadores que integran las otras perspectivas, encadenados mediante la relación causa-efecto deben confluir en la mejora de la “perfomance” financiera tendiendo al cumplimiento de los objetivos a largo plazo de la organización. No obstante ello, estos indicadores que definen los objetivos financieros dependerán de la etapa del ciclo de vida de la empresa por el cual esté transitando, esto es: Crecimiento, Sostenimiento o Cosecha. En la etapa de Crecimiento pueden estar operando con bajo rendimiento del capital invertido y con “cashflow” negativo y los indicadores más acordes a esta etapa pueden ser: tasa de crecimiento de las ventas por sectores; porcentajes de ventas de nuevos productos, o de nuevos clientes. En la etapa de sostenimiento: rentabilidad por línea de producto, rentabilidad por clientes, porcentaje de ingresos de nuevas líneas. Y finalmente, en la etapa de recolección (o “vaca lechera”) los indicadores pueden ser: porcentaje de clientes no rentables, rentabilidad por líneas de productos o por clientes.


Administración

MAPA ESTRATEGICO, OBJETIVOS, METAS metas, por ejemplo: alcanzar una rentabilidad del 22% sobre las inversiones en el término de dos años. A continuación presentamos un ejemplo sencillo de un mapa estratégico de una unidad de negocio.

Con la elaboración del Mapa Estratégico que contempla las cuatro perspectivas, los factores claves de éxito y la interrelación entre los mismos, se deberán establecer los objetivos de cada una de estas perspectivas, traducirlos en valores mensurable a través de los indicadores, fijando

Perspectiva del cliente

Perspectiva Financiero

MAPA ESTRATEGICO Rentabilidad sobre capital Crecimiento de las ventas

Crecimiento de los margenes

Adquisición de nuevos clientes

Retención de clientes

Perspectiva de aprendizaje y crecimiento

Perspectiva proceso interno

Reducción tiempo introducción nuevos productos

Tiempo del ciclo pedido/entrega

Relación calidad - precio

Mejora constante en la calidad

Mejora comprensión del mercado

Mejora en la productividad

Elevar las competencias del personal Satisfacción del empleado

Disponibilidad de tecnología

CONCLUSIONES El Balanced Scorecard brinda a los directivos un eficaz instrumento para traducir la estrategia de la organización en un conjunto de indicadores permitiendo alinear a todos

los integrantes de la misma para alcanzar con éxito la misión establecida en un contexto altamente competitivo.

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Cooperativas

RESULTADOS NO ASIGNADOS C.P. Fernando Berguier

Anteriormente hablamos de normativa, propuestas y hasta de un desarrollo teórico, en esta oportunidad nos ocuparemos de un caso práctico que ha llegado a la comisión de entidades sin fines de lucro. No mencionaremos al profesional ni la entidad y quizás lo adaptaremos un poco para sacarle más provecho pero partimos de una problemática real. Pensemos en una cooperativa de trabajo que tomamos como clientes y observamos un resultado no asignado que proviene no solo del último ejercicio sino que se vino acumulando desde que comenzó su actividad hace cuatro años. El trabajo a realizar en esta oportunidad es preparar una propuesta de distribución para que sea tratada en la siguiente asamblea. Para ello, el primer paso es calcular el retorno; si bien en notas anteriores hablamos al respecto, vamos a mencionar que debemos descontar del resultado del ejercicio aquellos que provienen de operaciones ajenas a la gestión cooperativa; como ser un subsidio, inversiones transitorias (aunque la RT 24 establece “En aquellos casos que dichas inversiones puedan vincularse en forma directa con operaciones con asociados y/o no asociados deberán atribuirse a resultados por la gestión cooperativa con asociados y/o no asociados”), un alquiler ocasional de las instalaciones de la empresa, ventas de bienes de uso, etcétera. Obteniendo de esta forma el excedente repartible, sobre ello hay que deducir el quince por ciento correspondiente a la reserva, fondo de capacitación cooperativo y estímulo a los trabajadores. Resultado del ejercicio – Resultados ajenos a la gestión cooperativa = Excedente repartible Excedente repartible x 0,85% (el 15% corresponde en partes iguales al estímulo a los trabajadores, a la reserva legal y al fondo de promoción y capacitación cooperativo) = Retorno Retorno (en cooperativas de trabajo): monto que se va a distribuir entre los asociados de acuerdo al trabajo efectivamente realizado. Si posee empleados en relación de dependencia se deben considerar como un asociado más para el cálculo aunque con posterioridad no se le distribuya el retorno.

Lo primero que nos surgiría analizar es si fueron todos resultados positivos o si el monto que refleja el balance se encuentra neteado. Aún si fuesen todos positivos deberíamos proceder a un análisis más detallado porque al momento de deducirle los resultados ajenos a la gestión cooperativa nos podemos encontrar con un excedente repartible negativo. En este caso, una opción sería aplicar el resultado general de ese ejercicio a una cuenta del capital (reserva especial);

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teniendo que continuar el trabajo con los demás ejercicios. Otra opción, y puesto que la RT 24 no lo menciona específicamente se realiza el análisis aplicando el mismo criterio que en el caso de existir retorno positivo, sería calcular por separado el resultado positivo proveniente de la gestión no cooperativa y ver cuanto absorbe de resultado repartible que queda en negativo. Por qué proponemos este procedimiento cuando por lo general se “manda” a la reserva especial la diferencia. Porque entendemos que al no efectuarlo estaríamos repartiendo en ejercicios futuros parte de los resultado ajenos a la gestión cooperativa. Veamos un ejemplo simple. Se obtuvo un resultado negativo de $1.000 y a su vez un subsidio de $3.000; si lo neteamos y enviamos la diferencia a la reserva cuando distribuyamos al ejercicio siguiente sin recomponer los mil pesos que se compensaron los asociados se estarían retirando parte del subsidio y no se cumpliría con la teoría de que cada asociado recibe excedentes por lo que pagó de más / cobró de menos. Recordemos que el capital de las cooperativas se componen por las cuotas sociales aportadas por los asociados que serán devueltas cuando se retiren o se disuelva la entidad (en su valor nominal y deducidas las pérdidas si las hubiese) y por una parte que es propia de la cooperativa sin que los asociados tengan derechos sobre ella y en caso de disolución tendrá un fin social de acuerdo al estatuto. Si se obtiene un resultado negativo (o retorno negativo) hay que ver como se procede a su absorción. Una de las opciones es, como mencionamos en artículos anteriores, que en vez de distribuir teniendo en cuenta lo que se le “pagó” de menos a cada asociado se distribuya devolviendo, por parte de los asociados, lo que la cooperativa le distribuyó de más en los adelantos de excedentes. Esto implicaría realizar los cálculos como si fuese un retorno positivo y en vez de pagar la cooperativa le “cobra” a sus asociados. Otra opción sería la absorción por parte de resultados anteriores o futuros, pudiendo darse el caso que se mencionó con anterioridad que un asociado esté solventando a otro si no se dan las mismas transacciones. Si se elige esta opción, hay que considerar que no existen reservas constituidas puesto que todos los resultados se expresan en “resultados acumulados” o “resultados no asignados”; entonces como procedimiento podríamos plantearnos contabilizar las reservas de los ejercicios anteriores al que encontramos el problema (si fuese el primero ir constituyendo las reservas en los siguientes) para así absorber ese monto y en ejercicios siguientes reconstituirlas antes de repartir. Una vez que determinemos los retornos se debe proceder


Cooperativas

al cálculo del monto que le “corresponde” a cada trabajador; y decimos trabajador y no asociado porque si la cooperativa posee empleados en relación de dependencia se los debe tomar como un asociado para este cálculo aunque posteriormente ese importe pase a ser, al igual que el resultado ajeno a la gestión cooperativa, parte del capital. Como es una cooperativa de trabajo la distribución se calcula de acuerdo a las horas trabajadas y considerando las escalas para los anticipos de retornos que se utilizaron en cada ejercicio. A su vez, como corresponde a cuatro ejercicios diferentes, hay que tener en cuenta las relaciones correspondientes a cada año prestando atención a las personas que trabajaron en la cooperativa, sus horas y tareas desempeñadas y las escalas de cada momento. De esta forma si un asociado comenzó hace dos años será tenido en cuenta para los ejercicios correspondientes y si un trabajador dejó de ser asociado se debe calcular el excedente correspondiente a esa persona y se generará una deuda con él. A su vez vamos a poder observar que, así como las transacciones de los asociados con la cooperativa no van a ser iguales año a año, es posible que tampoco lo sean en el sentido cualitativo porque cambió de actividad, se modificaron las escalas o si existe un asociado que realiza distintas funciones cambió su composición. Haciendo una especie de conclusión podemos decir que partimos de una situación irregular puesto que la cooperativa está en “falta” ya que si existen montos destinados a la capa-

citación cooperativa y al incentivo de los trabajadores se deben usar en el año posterior a ser generados. No obstante puede ser que la situación se presente y nosotros debamos preparar un plan de saneamiento. Si hay un resultado positivo en los ejercicios no significa que la tarea sea más sencilla; considerando que se debe separar el resultado proveniente de la gestión cooperativa de aquel que es ajeno a ella y realizar a absorción correspondiente. Sería lo más justo realizar el cálculo de los excedentes distribuidos de más y que cada asociado deba devolver lo que se le distribuyó de más. Esto no significa que lo asociados deban realizar erogaciones, sino que se puede contabilizar en una cuenta del activo y en el futuro, cuando haya a distribuir se cancelan esas cuentas. En este caso tendríamos un problema si existió un asociado que trabajó hasta ese ejercicio; en este supuesto habría que ver la posibilidad de cobrar esa acreencia y en todo caso será un incobrable. Esto podría traernos algunos inconvenientes puesto que nuestros clientes nos pueden plantear que estamos realizando una interpretación que los desfavorece pero el asociado no se puede distribuir el resultado proveniente, por ejemplo, de un subsidio, ya sea en este ejercicio o en los siguientes; al igual que puede estar disconforme cuando se plantea que no existe monto a distribuir aun cuando se observa un resultado positivo, puesto que éste no proviene de operaciones con asociados.

Estudio Jurídico Marinelli y Asociados

Dr. José Luis Marinelli Abogado especialista en Negocios Societarios (U.N.A)

Sarmiento 1574 piso 3 of. A y D – Ciudad Autónoma de Bs. As. Teléfonos: 4383 8626 / 4384 5621 E-mail: juridico@estudiomarinelli.com.ar estudiomarinelli@estudiomarinelli.com.ar

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Economía

“INFLACIÓN, ¿síntoma o enfermedad?” Con la presencia de la Comisión de Desarrollo Profesional, integrada por los Dres. Osvaldo Zona, Roberto Gedeon y Marcelo Hugo Fernandez, el pasado 14 de Mayo en el Salón de Usos Múltiples de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires, se llevó a cabo un evento titulado “Inflación: ¿Síntoma ó Enfermedad?“. El mismo fue propiciado por el Plan Fénix Agrupación Universitaria El Germen, la Asociación de Economía para el Desarrollo Argentino (AEDA), con un panel compuesto por los economistas Esteban Kiper de Aeda, Marina Dal Poggetto del Estudio Bein y Asociados y Ricardo Aronskind del Plan Fénix, el cual consideramos de interés para los matriculados de Ciencias Económicas, y la reseña que se publica confiamos que será de vuestra utilidad conceptual. El viernes 14 de mayo se dio cita en la Facultad de Ciencias Económicas de la UBA a un debate sobre la inflación organizada por la Agrupación Universitaria El Germen, la Asociación de Economía para el Desarrollo Argentino (AEDA) y el Plan Fénix titulado “Inflación: ¿Síntoma o Enfermedad?”. Frente a una asistencia de casi 150 personas, mayormente estudiantes universitarios, se escucharon posturas y análisis muy distintos a los que generalmente circulan en los principales medios de comunicación. Los tres destacados economistas que compusieron el panel no dudaron en admitir la enorme importancia de que se discutan estos temas en los ámbitos académicos para poder dar opiniones con fundamentos teóricos. Los tres coincidieron al decir que el modelo de tipo de cambio real competitivo que rige en la Argentina desde 2002 genera presiones inflacionarias por sus propias características. Por su parte, el economista Esteban Kiper de AEDA afirmó que “un esquema macroeconómico que apunta al crecimiento acelerado, el pleno empleo, la mejora en los ingresos reales y la sostenibilidad externa mediante un tipo de cambio real competitivo genera presiones inflacionarias ya que limita la capacidad de absorber el impacto de los shocks de términos de intercambio sobre la inflación doméstica” Kiper destacó las medidas tomadas para limitar dicho impacto, como la política de retenciones, los subsidios por el lado de los costos y las políticas como el aumento de los salarios nominales, la Asignación Universal por Hijo y el aumento de las jubilaciones por el lado de los ingresos como logros de la actual administración. Kiper mostró que a diferencia del resto de los países de América Latina que optaron por apreciar la moneda nominalmente frente a los shocks inflacionarios, la Argentina prefirió depreciar la moneda para mantener un tipo de cambio competitivo para su sector industrial. Marina Dal Poggetto, economista del Estudio Bein y Asociados, si bien coincidió en que el tipo de cambio real depreciado genera tensiones inflacionarias, planteó sus dudas acerca de poder mantener este esquema con una política fiscal expansiva, a diferencia de Kiper que planteó la necesidad de una política fiscal expansiva para morigerar los impactos de la inflación en los ingresos de la población generados por los shocks externos. Dal Poggetto se diferenció al afirmar “que el gasto

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crezca por encima de la recaudación no esteriliza el excedente de pesos generado por el sector externo sino que es un factor de expansión monetaria”, lo que alimentaría el proceso inflacionario. Además, remarcó que si bien el tipo de cambio nominal puede continuar apreciándose, el tipo de cambio real terminará ajustando a menos que el gobierno reduzca el nivel de crecimiento del gasto y contenga la aceleración de la puja distributiva. Por su lado, Ricardo Aronskind, miembro del Plan Fénix, relativizó el problema al recordar que en los últimos sesenta años de historia argentina sólo durante el lapso de nueve años que duró la convertibilidad la inflación se mantuvo totalmente controlada. Aronskind hizo hincapié en el rol que juegan las expectativas al recordar “el papel de los medios de comunicación y ciertos economistas que con lecturas intencionadas de la situación políticas operan sobre el comportamiento de los agentes individuales” retroalimentando el proceso inflacionario. A su vez, señaló cuestiones estructurales al asegurar que ciertos cuellos de botella como el del mercado cárnico generan aceleraciones inflacionarias como las de principio de año porque la oferta no responde a la demanda sino a los ciclos de reproducción. Por último, resaltó que a diferencia de los años noventa donde el mercado laboral fue destruido y se aplicaron políticas de flexibilización, el aumento del poder de negociación de los sindicatos durante los últimos años debido al aumento del empleo y la reapertura de las paritarias generó una puja distributiva con el sector empresarial que también genera presiones inflacionarias. Hay que agregar que los tres economistas no dudaron en responsabilizar el gobierno por la sensación de incertidumbre y el aumento de las expectativas inflacionarias que genera la falta de estadísticas confiables merced a la intervención del INDEC. Para concluir, si bien los panelistas expusieron distintos enfoques sobre el proceso inflacionario, afirmaron que la aceleración causada por problemas en el mercado de carnes a principio de año se redujo considerablemente y no dudaron en alejar los fantasmas de una escalada de precios incontrolable en el mediano plazo.


Dirección Provincial de Personas Jurídicas (DPPJ)

TRAMITES PREFERENCIALES, URGENTES Y MUY URGENTES Dr. CP Francisco De Gennaro

mites: Plazos en Delegaciones: Plazos de cumplimiento se cuentan desde que el mismo ingresó a la Sede de la D.P.P.J., de La Plata. Obviamente el convenio no lo indica, su consecución a los 15 días es en la misma sede, por lo que las delegaciones deberán sumar el plazo de correo interno de ingreso y egreso. Observaciones: Los plazos se cumplen para trámites sin observaciones. En el caso de haberlas deberán cumplirse las mismas, con la presentación complementaria que corresponda. Feria administrativa: Los plazos correrán con la salvedad de la disposición que la D.P.P.J., emite todos los años que determina hasta que fecha se computarán trámites especiales, urgentes y muy urgentes. Modalidades y Condiciones para trámites de cuatro y un día: Plazos de cumplimiento se cuentan desde que el mismo ingresó a la Sede de la D.P.P.J., de La Plata, hasta las 10 horas. Para los que lleguen con posterioridad a esa hora se computarán a partir del día siguiente. Fecha de inicio de los trámites: Según el Convenio que aprobara el Dec. Nº 914/10 comenzarían a regir a partir del 02/08/10 y 01/09/10. No obstante la D.P.P.J. Emitió con fecha 12/07/10 la Disposición D.P.P.J. Nº 40/10 (B.O.P.B.A. 23/07/10) Estableció nuevas fechas de entrada en vigencia: Trámites urgentes de 4 días: 15/09/10 Trámites muy urgentes de 1 día: 15/10/10 Trámites urgentes de 4 días: Que inician el 02/08/10. I.b) 14 Rúbricas por cada tres libros de sociedades comerciales: pesos trescientos diez ($ 310). II. Tasas adicionales por servicios a mutuales: b) Tasas adicionales por servicios de trámites urgentes (en tiempo de cuatro días): 5. Rúbrica de libros (cada tres libros): pesos trescientos cuarenta y cinco ($ 345). Trámites muy urgentes de 1 día: Que inician el 02/08/10. I.c) 14 Rúbricas por cada tres libros de sociedades comerciales: pesos cuatrocientos ochenta ($ 480). II. Tasas adicionales por servicios a mutuales: c) Tasas adicionales por servicios de trámites muy urgentes (en tiempo: un día): 5. Rúbrica de libros (cada tres libros): pesos cuatrocientos diez ($ 410). Trámite especial de 15 días: No habiéndose establecido la fecha de vigencia, en el sitio de Internet de la D.P.P.J., http://www.mjus.gba.gov.ar/pers_juridicas/; en el link que dice “Tasas fiscales” (http://www.mjus.gba.gov.ar/ pers_juridicas/html/tasas_fiscales.htm), se detalla que el mismo comienza el 02/08/10. Recordándose que el mis-

Por la sanción de la Ley Nº 14.028 (B.O.P.B.A.: 24/09/09) que establece las tasas retributivas de trámites preferenciales, urgentes y muy urgentes. Todo para trámites ingresados ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas, para sociedades comerciales, asociaciones civiles, fundaciones y mutuales. Básicamente la Ley crea dentro de los trámites preferenciales para sociedades comerciales: Trámite especial de 15 días: Con valores detallados en la Ley para cada tipo de trámite con cifras de $150,00; $ 160,00; $ 230,00; $ 240,00; $ 290,00 y $ 310,00. Debiendo tenerse presente que los días se cuentan desde el día siguiente que el trámite ingresó a la Sede de La Plata de la D.P.P.J., también, que los plazos corresponden a expedientes sin observaciones. Podemos decir que el trámite especial de 15 días reemplaza al anterior en el que se abonaba $ 135,00. Trámites urgentes de 4 días: Con valores detallados en la Ley para cada tipo de trámite con cifras de $ 225,00; $ 230,00; $ 240,00; $ 345,00; $ 310,00; $ 360,00; $ 440,00 y $ 460,00. Debiendo tenerse presente que los cuatro días se cuentan desde que el trámite ingresó, hasta las 10 horas, en la Sede de La Plata de la D.P.P.J., también, que los plazos corresponden a expedientes sin observaciones. Trámites muy urgentes de 1 día: Con valores detallados en la Ley para cada tipo de trámite con cifras de $ 345,00; $ 360,00; $ 380,00; $ 390,00; $ 480,00; $ 550,00; $ 580,00 $ 610,00 y $ 690,00. Debiendo tenerse presente que los cuatro días se cuentan desde que el trámite ingresó, hasta las 10 horas, en la Sede de La Plata de la D.P.P.J., también, que los plazos corres-ponden a expedientes sin observaciones. Para servicios a Mutuales: Trámite especial de 15 días: Con valores detallados en la Ley para cada tipo de trámite con cifras de $ 170,00 y $ 280,00. Trámites urgentes de 4 días: Con valores detallados en la Ley para cada tipo de trámite con cifras de $ 210,00 y 345,00. Trámites muy urgentes de 1 día: Con valores detallados en la Ley para cada tipo de trámite con cifras de $ 240,00 y $ 410,00. Asimismo, por Decreto P.B.A. Nº 914/10 se aprueba el convenio entre la D.P.P.J., el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires, el Colegio de Escribanos y el Colegio de Abogados, ambos también de la provincia. En el referido convenio que aprueba el decreto, entre otras cosas, se acuerda: Modalidades y Condiciones Generales a todos los trá15

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Dirección Provincial de Personas Jurídicas (DPPJ)

mo reemplaza al anterior de $ 135,00 Cuenta de los Trámites Preferenciales, Urgentes y Muy Urgentes: En el sitio de Internet mencionado precedentemente, la D.P.P.J., informa que las Tasas Retributivas se abonarán únicamente en el Banco de la Provincia de Buenos Aires Nº 2000-59622/4. Mediante boleta de interdepósito cuyo titular es el “Ente Coop. D.P.P.J.” El instructivo mencionado informa que la cuenta que se utilizaba del Banco de Galicia no tiene más vigencia. Trámites Múltiples. Acumulación de Tasas Fiscales y Tasas Retributivas de Trámites: En la Tabla del Decreto Nº 914/10 se aclara: “A partir de la entrada en vigencia del sistema, los expedientes que se inicien con TRÁMITES MÚLTIPLES abonarán por cada uno de ellos la correspondiente tasa fiscal y tasa adicional por trámite especial”. Más lo publicado en el sitio de Internet Mencionado corresponde advertir a los usuarios: Si se presenta: Vg.: Cesión de Cuotas sin reforma + Cambio de Gerentes, abona tasa por Cesión de cuotas

CÓDIGO MATERIAS D.P.P.J.

Tasa fiscal $ 80,00; por cambio de Gerentes Tasa fiscal $ 45,00. O sea, los dos timbrados mencionados o uno de un total de $ 125,00 A su vez, si se ingresa por Delegación un arancel de delegación de $ 63,00, Más el valor por trámite preferencial según el siguiente cuadro. Tipo Preferencia

Esp 15 días

Urgente 4 días

Muy Urgente 1 día

Cesión cuotas

230,00

345,00

580,00

Art.60 Cbio Gte.

230,00

345,00

580,00

Total a depositar

460,00

690,00

1.160,00

MATERIA DESCRIPCION CÓDIGOS LEY 14.028 ART. 3 INC. I

TASA ESPECIAL 15 DIAS

ADICIONAL E 4 DIAS

TRÁMITE IMPORTES 1 DIA

30

RESTITUCION

1-A

$ 240.00

$ 360.00

$ 610.00

102

SOLICITA MATRICULA

1-A

$ 240.00

$ 360.00

$ 610.00

13

CONSTITUCION ACE

1-A

$ 240.00

$ 360.00

$ 610.00

100

CONSTITUCION C.C.

1-A

$ 240.00

$ 360.00

$ 610.00

22

CONSTITUCION CIVILES

1-A

$ 240.00

$ 360.00

$ 610.00

203

CONSTITUCION DE S.A.P.E..M

1-A

$ 240.00

$ 360.00

$ 610.00

23

CONSTITUCION FUNDACIONES

1-A

$ 240.00

$ 360.00

$ 610.00

103

CONSTITUCION POR ESCISION

1-A

$ 240.00

$ 360.00

$ 610.00

6

CONSTITUCION S.A.

1-A

$ 240.00

$ 360.00

$ 610.00

11

CONSTITUCION S.C.

1-A

$ 240.00

$ 360.00

$ 610.00

9

CONSTITUCION S.C.A.

1-A

$ 240.00

$ 360.00

$ 610.00

14

CONSTITUCION S.C.I

1-A

$ 240.00

$ 360.00

$ 610.00

10

CONSTITUCION S.C.S.

1-A

$ 240.00

$ 360.00

$ 610.00

381

INSCRIPCION ENTE ADMINISTRADOR PARQUE INDUSTRIAL

1-A

$ 240.00

$360.00

$610.00

372

INSCRIPCION CONTRATO U.T.E.

1-A

$ 240.00

$ 360.00

$ 610.00

373

INSCRIPCION CONTRATO A.C.E.

1-A

$ 240.00

$ 360.00

$ 610.00

8

CONSTITUCION S.R.L.

. 1-A

$ 240.00

$ 360.00

$ 610.00

43

CONSTITUCION SOC. ESTADO

1-A

$ 240.00

$ 360.00

$ 610.00

44

CAMBIO DE DENOMINACION

1-B

$ 240.00

$ 360.00

$ 610.00

76

CAMBIO DE DOMICILIO

1-B

$ 240.00

$ 360.00

$ 610.00

144

CAMBIO DE CIERRE DE FECHA DE EJERCICIO

1-B

$ 240.00

$ 360.00

$ 610.00

45

CAMBIO DE CEDE SOCIAL

1-B

$ 240.00

$ 360.00

$ 610.00

117

CONVERSION CAP. COMANDITARIO EN COMANDITADO

1-B

$ 240.00

$ 360.00

$ 610.00

108

CONVERSION CAP. COMANDITADO EN COMANDITARIO

1-B

$ 240.00

$ 360.00

$ 610.00

289

INSCRIPCION DE CONTRATO DE CONSORCIO

1-B

$ 240.00

$ 360.00

$ 610.00

Gran Buenos Aires Profesional

16


Dirección Provincial de Personas Jurídicas (DPPJ)

46

PRORROGA DEL PLAZO DE DURACION

1-B

$ 240.00

$ 360.00

$ 610.00

241

REDUCCION DEL PLAZO DE DURACION

1-B

$ 240.00

$ 360.00

$ 610.00

101

REFORMA C.C.

1-B

$ 240.00

$ 360.00

$ 610.00

64

REFORMA CACEMP

1-B

$ 240.00

$ 360.00

$ 610.00

25

REFORMA CIVILES

1-B

$ 240.00

$ 360.00

$ 610.00

26

REFORMA COMERCIALES

1-B

$ 240.00

$ 360.00

$ 610.00

63

REFORMA U.T.E

1-B

$ 240.00

$ 360.00

$ 610.00

134

TEXTO ORDENADO

1-B

$ 240.00

$ 360.00

$ 610.00

231

REFORMA DE CONTRATO DE U.T.E.

1-B

$ 240.00

$ 360.00

$ 610.00

48

AUMENTO DENTRO DEL QUINTUPLO

2

$ 230.00

$ 345.00

$ 580.00

2

AUMENTO DE CAPITAL

2

$ 240.00

$ 360.00

$ 610.00

279

CREACION DEL PROGRAMA DE EMISION DE OBLIGACIONES NEGOC.

2

$ 240.00

$ 360.00

$ 610.00

62

EMISION OBLIGACIONES NEGOCIABLES

2

$ 240.00

$ 360.00

$ 610.00

24

REDUCCION CAPITAL

2

$ 240.00

$ 360.00

$ 610.00

159

REINTEGRO DE CAPITAL

2

$ 240.00

$ 360.00

$ 610.00

83

OBLIGACIONES NEGOCIABLES

2

$ 230.00

$ 345.00

$ 580.00

343

ADJUDICACION DE CAPITAL COMANDITADO POR DISOLUC.

3

$ 230.00

$ 345.00

$ 580.00

146

ADJUDICACION DE CUOTAS

3

$ 230.00

$ 345.00

$ 580.00

244

ADJUDICACION DE CUOTAS EN REMATE JUDICIAL

3

$ 230.00

$ 345.00

$ 580.00

377

ADJUDICACION DE CUOTAS FIDEICOMITIDAS

3

$ 230.00

$ 345.00

$ 580.00

177

ADJUDICACION DE CUOTAS POR DISOLUCION CONYUGAL

3

$ 230.00

$ 345.00

$ 580.00

333

ADJUDICACION DE CUOTAS POR DISOLUCION SOCIAL

3

$ 230.00

$ 345.00

$ 580.00

345

ADJUDICACION DE HIJUELA

3

$ 230.00

$ 345.00

$ 580.00

181

ADJUDICACION DE PARTES DE INTERES

3

$ 230.00

$ 345.00

$ 580.00

276

ADJUDICACION EXTRAJUDICIAL DE CAPITAL COMANDITADO

3

$ 230.00

$ 345.00

$ 580.00

160

ADJUDICACION JUDICIAL DE CAPITAL COMANDITARIO

3

$ 230.00

$ 345.00

$ 580.00

384

ADJUDICACION JUDICIAL DE CUOTAS

3

$ 230.00

$ 345.00

$ 580.00

370

ADJUDICACION JUDICIAL DE PARTES DE INTERES

3

$ 230.00

$ 345.00

$ 580.00

109

CESION CAPITAL COMANDITARIO

3

$ 230.00

$ 345.00

$ 580.00

75

CESION DE CAPITAL COMANDITADO

3

$230.00

$ 345.00

$ 580.00

5

CESION DE CUOTAS

3

$ 230.00

$ 345.00

$ 580.00

154

CESION DE CUOTAS CON RESERVA DE USUFRUCTO

3

$ 230.00

$ 345.00

$ 580.00

176

CESION DE DERECHOS HEREDITARIOS

3

$ 230.00

$ 345.00

$ 580.00

281

CESION DE LA GARANTIA FIDUCIARIA

3

$ 230.00

$ 345.00

$ 580.00

111

CESION DE PARTES DE INTERES

3

$ 230.00

$ 345.00

$ 580.00

182

CESION DE PARTES DE INTERES

3

$ 230.00

$ 345.00

$ 580.00

229

CESION DE PARTICION

3

$ 230.00

$ 345.00

$ 580.00

325

CESION FIDUCIARIA DE CUOTAS

3

$ 230.00

$ 345.00

$ 580.00

312

CESION GRATUITA DE CUOTAS FIDEICOMITIDAS

3

$ 230.00

$ 345.00

$ 580.00

204

DONACION DE CAPITAL COMANDITADO

3

$ 230.00

$ 345.00

$ 580.00

212

DONACION DE CAPITAL COMANDITADO CON RESERVA DE USUFRUCTO

3

$ 230.00

$ 345.00

$ 580.00

17

Gran Buenos Aires Profesional


Dirección Provincial de Personas Jurídicas (DPPJ)

214

DONACION DE CAPITAL COMANTIDARIO

3

$ 230.00

$ 345.00

$ 580.00

135

DONACION DE CUOTAS

3

$ 230.00

$ 345.00

$ 580.00

140

DONACION DE CUOTAS CON RESERVA DE USUFRUCTO

3

$ 230.00

$ 345.00

$ 580.00

141

DONACION DE PARTES DE INTERES

3

$ 230.00

$ 345.00

$ 580.00

142

DONACION DE PARTES DE INTERES CON RESERVA DE USUFRUCTO

3

$ 230.00

$ 345.00

$ 580.00

178

RETROCESION

3

$ 230.00

$ 345.00

$ 580.00

326

CONTRATO DE FIDEICOMISO

3

$ 230.00

$ 345.00

$ 580.00

311

CONTRATO DE FIDEICOMISO DE ADMINISTRACION GRATUITA

3

$ 230.00

$ 345.00

$ 580.00

282

CONTRATO DE FIDEICOMISO DE GARANTIA

3

$ 230.00

$ 345.00

$ 580.00

245

EXTINCION DE FIDEICOMISO

3

$ 230.00

$ 345.00

$ 580.00

220

RETROCESION DE CAPITAL COMANDITADO

3

$ 230.00

$ 345.00

$ 580.00

165

DONACION CON RESERVA DE REVERSION

3

$ 230.00

$ 345.00

$ 580.00

310

INSCRIPCION DE USUFRUCTO

3

$ 230.00

$ 345.00

$ 580.00

39

DECLARATORIA DE HEREDEROS

4

$ 160.00

$ 240.00

$ 390.00

347

ACEPTACION DE CARGO DE ADMINISTRADOR PROVISORIO

4

$ 160.00

$ 240.00

$ 390.00

234

INSCRIPCION DE SUCESION TESTAMENTARIA

4

$ 160.00

$ 240.00

$ 390.00

15

DIRECTORIO/GERENTES

5

$230.00

$ 345.00

$ 580.00

216

INSCRIPCION DE AGENTE INSTITORIO

5

$230.00

$ 345.00

$ 580.00

339

RENUNCIA DE ADMINISTRADOR

5

$230.00

$ 345.00

$ 580.00

31

REVALUO CONTABLE

6

$230.00

$ 345.00

$ 580.00

16

DISOLUCION

7

$230.00

$ 345.00

$ 580.00

161

DISOLUCION DE SOCIEDAD IRREGULAR

7

$230.00

$ 345.00

$ 580.00

322

DISOLUCION JUDICIAL

7

$230.00

$ 345.00

$ 580.00

110

DISOLUCION SIN LIQUIDACION

7

$230.00

$ 345.00

$ 580.00

127

DISOLUCION SIN LIQUIDACION POR ESCISION

7

$230.00

$ 345.00

$ 580.00

126

DISOLUCION SIN LIQUIDACION POR FUSION

7

$230.00

$ 345.00

$ 580.00

352

DISOLUCION SIN LIQUIDACION POR FUSION POR ABSORCION

7

$230.00

$ 345.00

$ 580.00

302

DISOLUCION Y LIQUIDACION JUDICIAL DE SOCIEDAD DE HECHO

7

$230.00

$ 345.00

$ 580.00

21

LIQUIDACION

7

$230.00

$ 345.00

$ 580.00

147

REVALUO TECNICO

7

$230.00

$ 345.00

$ 580.00

226

CAMBIO DE LIQUIDADOR

7

$230.00

$ 345.00

$ 580.00

365

LIQUIDACION JUDICIAL

7

$230.00

$ 345.00

$ 580.00

105

NOMBRAMIENTO DEL LIQUIDADOR

7

$230.00

$ 345.00

$ 580.00

41

2º TESTIMONIO

8

$ 150.00

$ 225.00

$ 380.00

382

2º TESTIMONIO VIA JUDICIAL

8

$ 150.00

$ 225.00

$ 380.00

156

3§ TESTIMONIO

8

$ 150.00

$ 225.00

$ 380.00

342

4º TESTIMONIO

8

$ 150.00

$ 225.00

$ 380.00

32

SISTEMA CONTABLE MECANIZADO

9

$ 230.00

$ 345.00

$ 580.00

236

SISTEMA MECANIZADO EN DISCOS OPTICOS

9

$ 230.00

$ 345.00

$ 580.00

27

REGULARIZACION

10

$ 310.00

$ 460.00

$ 690.00

28

RECONDUCCION

10

$ 310.00

$ 460.00

$ 690.00

17

ESCISION

11

$ 290.00

$ 440.00

$ 690.00

185

ESCISION-FUSION

11

$ 290.00

$ 440.00

$ 690.00

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18


Dirección Provincial de Personas Jurídicas (DPPJ)

33

TRANSFORMACION

11

$ 290.00

$ 440.00

$ 690.00

19

FUSION

11

$ 290.00

$ 440.00

$ 690.00

211

FUSION POR ABSORCION

11

$ 290.00

$ 440.00

$ 690.00

4

CAM. JURISDICCION-EGRESA

12

$ 240.00

$ 360.00

$ 690.00

3

CAM. JURISDICCION-INGRESA

12

$ 240.00

$ 360.00

$ 690.00

107

CANCELACION EN JURISDICCION DE ORIGEN

12

$ 240.00

$ 360.00

$ 690.00

55

CERTIF. DE VIGENCIA

13

$ 150.00

$ 230.00

$ 345.00

73

RUBRICA DE LIBRO

14

$ 230.00

$ 310.00

$ 480.00

1

APERTURA DE SUCURSAL

15

$ 240.00

$ 345.00

$ 550.00

148

APERTURA FILIAL / CIVIL

15

$ 240.00

$ 345.00

$ 550.00

264

COMUNICA APERTURA DE SUCURSAL - ART. 64° DISP. DPPJ 12/2003

15

$ 240.00

$ 345.00

$ 550.00

172

ANOTACION DE LITIS

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

193

APERTURA DE CONCURSO PREVENTIVO

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

97

ARTICULO 299

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

293

ARTICULO 21° - LEY DE FUNDACIONES

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

89

CANCELACION

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

96

CANCELACION DE INSCRIPCION DE SUCURSAL

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

70

CANCELACION DE MATRICULA

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

280

CANCELACION DE PRENDA SOBRE CUOTAS

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

255

CANCELACION DE PROPIEDAD FIDUCIARIA

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

358

CANCELACION DE USUFRUCTO

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

334

CESE DE REPRESENTACION PERMANENTE

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

200

CLAUSURA DE QUIEBRA

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

155

COMISION NORMALIZADORA

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

360

COMUNICA ASAMBLEA

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

336

COMUNICA DESIGNACION DE VEEDOR

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

240

COMUNICA INTERVENCION

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

53

COMUNICA IRREGULARIDADES

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

138

COMUNICA QUIEBRA

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

115

COMUNICA TRABA DE EMBARGO

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

275

CONCURSO PREVENTIVO

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

283

CONSTITUCION DE PRENDA SOBRE CUOTAS

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

65

CONTROL DE GESTION

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

267

CONVOCATORIA A ASAMBLEA

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

274

CONVOCATORIA JUDICIAL A ASAMBLEA

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

38

DENUNCIA

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

71

DESESTIMIENTO DE TRAMITE

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

158

DESIGNACION COMISION FISCALIZADORA

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

273

DESIGNACION COMISION NORMALIZADORA

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

213

DESIGNACION DE ADMINISTRADOR

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

324

DESIGNACION DE ADMINISTRADOR PROVISORIO

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

233

DESIGNACION DE CONSEJO DIRECTIVO

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

249

DESIGNACION DE REPRESENTANTE

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

251

DESIGNACION DE SINDICO

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

42

DISTRACTO

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

19

Gran Buenos Aires Profesional


Dirección Provincial de Personas Jurídicas (DPPJ)

92

EJERCICIO ECONOMICO

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

145

EXCLUSION JUDICIAL DE SOCIO

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

351

EXTINCION DE EMBARGO (ARTICULO 207º CPCC)

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

329

FORMULA PRESENTACION

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

50

GESTION INTERVENTOR

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

196

IMPUGNACION AL PEDIDO DE PERSONERIA

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

69

IMPUGNACION DE ASAMBLEA

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

137

INCORPORACION DE SOCIO

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

349

INFORME DE MEDIDAS CAUTELARES

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

80

INHIBICION GRAL. DE BIENES

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

243

INSCRIPCION DE PODER

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

61

INSCRIPCION DE PRENDA

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

94

INTERPONE RECURSO

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

20

INTERVENCION

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

77

LEVANT. DE INHIBICION

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

348

LEVANTAMIENTO DE MEDIDA CAUTELAR

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

258

LEVANTAMIENTO DE PROHIBICION DE NO INNOVAR

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

139

LEVANTAMIENTO DE QUIEBRA

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

116

LEVANTAMIENTO TRABA DE EMBARGO

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

237

LIBRAMIENTO DE OFICIOS

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

95

MEDIDA CAUTELAR

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

87

NULIDAD DE ASAMBLEA

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

133

PROHIBICION DE ENAJENAR

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

248

PROHIBICION DE INNOVAR

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

295

REEMPADRONAMIENTO DE ASOCIACIONES CIVILES

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

294

REEMPADRONAMIENTO DE SOCIEDADES COMERCIALES

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

120

REINSCRIPCION DE EMBARGO

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

195

REINSCRIPCION DE INHIBICION GENERAL DE BIENES

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

361

REINSCRIPCION DE MEDIDA CAUTELAR

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

29

RESERVA NOMBRE

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

246

RESTITUCION DE BIENES FIDEICOMITIDOS

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

215

RETIRO DE MIEMBRO

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

149

RETIRO DE PARTE/S

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

230

RETIRO DE PARTICIPANTE

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

183

RETIRO DE SOCIO

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

250

RETIRO E INCORPORACION DE PARTICIPANTE

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

143

RETIRO SOCIO POR CONVENIO HOMOLOGADO JUDICIALEMENTE

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

376

SOLICITA ABSTENCION DE INSCRIPCION

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

58

SOLICITA BUSQUEDA EXPTE.

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

184

SOLICITA COPIA DE RESOLUCION

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

357

SOLICITA EXCIMICIÓN DE REEMPADRONAMIENTO

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

34

SOLICITA INFORME

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

Gran Buenos Aires Profesional

20


Dirección Provincial de Personas Jurídicas (DPPJ)

67

SOLICITA INTERVENCION

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

319

SOLICITA INTIMACION

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

298

SOLICITA NORMALIZACION

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

331

SOLICITA PRORROGA

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

151

SOLICITA PRORROGA DE ASAMBLEA

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

354

SOLICITA PRORROGA DE REEMPADRONAMIENTO

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

157

SOLICITA REMOCION

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

91

SOLICITA VISTA

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

180

SOLICITUD DE COPIA DE FOLIO DE INCRIPCION CERTIFICADA

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

189

SOLICITUD DE DESARCHIVO

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

47

SOLICITUD DE FOTOCOPIAS

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

375

SOLICITUD DE NO INNOVAR

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

84

STA. COPIA DE ESTATUTO

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

85

STA. COPIA DE LEGAJO

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

81

STA. COPIAS CERTIFICADAS

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

335

SUSPENSION DE ASAMBLEA

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

290

SUSPENSION JUDICIAL DE ASAMBLEA

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

99

VARIOS

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

35

VEEDOR

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

260

VEEDOR JUDICIAL

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

129

CONTROL CUMPLIMIENTO DE RESOL. ADMINISTRATIVA

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

256

SOLICITA INFORME SOBRE RUBRICA DE LIBROS

16

$ 160.00

$ 230.00

$ 360.00

225

ADECUACION DE SOCIEDAD EXTRANJERA ART. 124º

17

$ 310.00

$ 460.00

S/T/E*

60

APERTURA SUCURSAL SOCIEDAD EXTRANJERA (118º)

17

$ 310.00

$ 460.00

S/T/E*

369

APERTURA DE DELEGACION DE FUNDACION EXTRANJERA

17

$ 310.00

$ 460.00

S/T/E*

192

ASIGNACION DE CAPITAL

17

$ 310.00

$ 460.00

S/T/E*

221

ASIGNACION DE CAPITAL A SUCURSAL DE SOCIEDAD EXTRANJERA

17

$ 310.00

$ 460.00

S/T/E*

315

CAMBIO DE DOMICILIO DE SUCURSAL POR ART. 118°

17

$ 310.00

$ 460.00

S/T/E*

124

CAMBIO DE ENCARGADO ARTICULO 118§

17

$ 310.00

$ 460.00

S/T/E*

123

CAMBIO DE ENCARGADO DE SUCURSAL

17

$ 310.00

$ 460.00

S/T/E*

122

CAMBIO DE REPRESENTANTE

17

$ 310.00

$ 460.00

S/T/E*

125

CAMBIO DE REPRESENTANTE ARTICULO 123 §

17

$ 310.00

$ 460.00

S/T/E*

187

CAMBIO DE REPRESENTANTE DE SUCURSAL ART. 118°

17

$ 310.00

$ 460.00

S/T/E*

378

CAMBIO DE SEDE SOCIAL DE RADICACION DE SOC. EXTRANJERA ART. 123º

17

$ 310.00

$ 460.00

S/T/E*

131

CANCELACION DE INSCRIPCION DE SUCURSAL DE S.EXTRANJERA

17

$ 310.00

$ 460.00

S/T/E*

263

CANCELACION INSCRIPCION ARTICULO 123°

17

$ 310.00

$ 460.00

S/T/E*

59

RADICACION SOCIEDAD EXTRANJERA (123§)

17

$ 310.00

$ 460.00

S/T/E*

249

DESIGNACION DE REPRESENTANTE

17

$ 310.00

$ 460.00

S/T/E*

266

RENUNCIA REPRESENTANTE SOCIEDAD EXTRANJERA ART. 118°

17

$ 310.00

$ 460.00

S/T/E*

21

Gran Buenos Aires Profesional


Dirección Provincial de Personas Jurídicas (DPPJ)

202

SOCIEDAD EXTRANJERA COMUNICA MODIFICACION

17

$ 310.00

$ 460.00

S/T/E*

197

INSCRIPCION ART. 124° - LEY 19550

17

$ 310.00

$ 460.00

S/T/E*

54

CONFORMACION DE MUTUALES

18

$ 280.00

$ 345.00

$ 410.00

118

APROBACION REGLAMENTOS MUTUALES

18

$ 280.00

$ 345.00

$ 410.00

374

INSCRIPCION DE MUTUAL EN PCIA. BS.AS

18

$ 280.00

$ 345.00

$ 410.00

86

APERTURA FILIAL MUTUAL

19

$ 280.00

$ 345.00

$ 410.00

385

CAMBIO DE DOMICILIO MUTUAL

20

$ 280.00

$ 345.00

$ 410.00

317

ADECUACION DE ESTATUTO A LEY 20321

21

$ 280.00

$ 345.00

$ 410.00

121

REFORMA MUTUALES

21

$ 280.00

$ 345.00

$ 410.00

386

RUBRICA DE LIBROS MUTUAL

22

$ 280.00

$ 345.00

$ 410.00

387

SISTEMA MECANIZADO MUTUAL

23

$ 280.00

$ 345.00

$ 410.00

388

COPIA CERTIFICADA ISNT. INSCRIPTOS MUTUAL

24

$ 280.00

$ 345.00

$ 410.00

389

CERTIFICADO DE VIGENCIA MUTUAL

25

$ 280.00

$ 345.00

$ 410.00

* S/T/E no tiene trámite de un día por su complejidad A partir de la entrada en vigencia del sistema, los expedientes que se inicien con TRAMITES MULTIPLES abonaran por cada uno de ellos la correspondiente tasa fiscal y la tasa adicional por trámite especial

Actualice sus datos! Ud y nosotros necesitamos contar con el dato actualizado de su teléfono y dirección de e-mail. LLame a su Delegación o escríbanos un mail indicando sus nuevos datos. De esta forma Ud. podrá recibir información de su interes.

Raúl Juan Puhl

Jorge E. De Carli

Contador Público

Abogado

Leandro De Carli Abogado

Asesoramiento Contable, Impositivo y Jurídico integral a Empresas y Profesionales. Representación y defensas ante Organismos Fiscales (Nacional, Provinciales o Municipales). Recursos Administrativos, Contencioso Administrativos y Tributario. Constitución, desarrollo y auditoría de Sociedades. Nicolás Videla 450 ‒ Quilmes - Prov. de Bs. As. Tel.: 4253 - 9037 - 5648 ‒ 4734 / 44 raulpuhl@fibertel.com.ar jorgedecarli@fibertel.com.ar leandrodecarli@fibertel.com.ar

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22


Entrevista

Visita al Sr. Intendente de San Fernando,

SR FERNANDO OSVALDO AMIEIRO Realizada por las autoridades de la Delegación San Isidro.

tención de apertura hacia la comunidad que pensamos lograr con las siguientes acciones. Difundir la misión de nuestro Consejo. Promover la participación de las comisiones de estudio con el Sector Público, el Sector Privado y las ONG Participar de actos públicos y foros de opinión a través de las Autoridades de la Delegación. Difundir pautas para la recepción adecuada de denuncias sobre comportamientos inadecuados de nuestros matriculados en el medio. Con el Señor Intendente Gustavo Osvaldo Amieiro se convino continuar fomentando los lazos de integración entre las instituciones.

Continuando con las actividades programadas para el presente año y en el marco de las propuestas formuladas al momento de ser elegidos como nuevas autoridades de la Delegación San Isidro, representantes de su Mesa Directiva efectuaron una visita al Señor intendente de la municipalidad de San Fernando Osvaldo Amieiro . La intención de las visitas es en principio hacer conocer a las autoridades de estas comunas que la Delegación de San Isidro del Consejo Profesional, abarca el ámbito territorial de estas municipalidades y que integran la “Región Metropolitana Norte”. En estas reuniones expresamos además, nuestra in-

Ignacio José López 4865-0469 lopez@ilopez.com.ar Por el mismo precio: MAS SERVICIO, MEJOR ATENCIÓN Consúltenos 23

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Entrevista

EMANUEL MORIATIS De estudiante de Ciencias Económicas a Campeón del Tusrimo Carretera Entrevista realizada por el Dr. C.P. Fernando Klag

cias económicas? En ese momento al automovilismo lo veía como un hobbie, entonces empecé a trabajar en el negocio de mi familia. Y a la vez estudiar algo que me gustara y que pueda servirme en un futuro.

Muchos de nosotros practicamos y/o seguimos apasionadamente distintos deportes como fútbol, tenis, básquet, automovilismo, vóley, etc. como un hobbie , pero pocos son los que convierten dicho esparcimiento en su actividad principal y/o comercial. Hoy estamos entrevistando a EMANUEL MORIATIS, actual campeón Nacional del TC- Turismo Carretera, quien hace varios años atrás se perfilaba como un colega más. Siempre fue un apasionado de los autos, de competir en una carrera y su primer incursión se inicio corriendo en cuatricíclos, donde salió campeón argentino. Los que saben de automovilismo aseguran que para ser un piloto completo es necesario haber pasado sí o sí por un kart o un monoposto. Pero hay excepciones a las reglas. Se subió a un auto de carrera recién a los 18 años, ya finalizados sus estudios secundarios, cuando debutó en el campeonato argentino Copa Citroen en 1998. Ese mismo año, empezó en la Universidad de Buenos Aires a estudiar ciencias económicas, pensando que su pasión no se convertiría en su fuente de ingresos.

¿Por qué te habías decidido a estudiar cien-

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Por lo visto no fue así. Contame un poco de la facultad. ¿Cuantas materias aprobaste? El primer año de cursada fue el que tuve mas tiempo y donde aprobé la mayoría de las materias. En total tengo aprobadas 8 materias. La verdad, todo se me dio muy rápido y cada vez se me complicaba mas seguir los estudios. En el 99 me incorpore al Turismo Nacional Clase 2 y empecé a conseguir mis primeros podios y logré mi primer título. Sentía que podía ser un piloto profesional. Asi que me dedicaba mucho más a los autos que a estudiar. En tercer año de la facultad ya estaba corriendo en dos categorías, no tenía más tiempo para estudiar, tenía que faltar a clases y dejé, dedicándome de lleno a esto.

Se puede decir que llegaste rápido a todo. Realmente sí. Cuando empecé, veía a las categorías grandes como algo muy lejano. En realidad, para mí era un sueño. Llegué al TC con mucho trabajo y esfuerzo.

Vos demostraste que no es tan necesario empezar por los kart y los monoposto... Es bueno porque aprendes a poner a punto un auto. Tanto los kart como los monoposto


Entrevista

como copiloto tuyo en el TC.

son autos muy difíciles de poner a punto para una pista y cualquier cambio pequeño que haces, el auto cambia su performance de manera radical. Pero creo que con práctica, esfuerzo y dedicación todo se logra y se puede aprender de otras maneras. Tuve la suerte de estar al lado de buenos profesionales y cuando estás dispuesto a aprender, todo resulta más fácil de asimilar.

Si, ni hablar. Después de ese accidente dije nunca mas llevaba a un amigo como copiloto. Aquel día, el de arriba nos ayudo.

En ese momento, ¿pensaste en dejar el TC? Al principio si. Uno corre y no se da cuenta de que podes sufrir algún accidente, que te podes lastimar. Cuando lo ves tan de cerca decís “¿Qué hago acá?, que ganas de estar aca arriesgando..”

En que año llegaste al TC Los buenos resultados fueron el trampolín para llegar al TC Pista en el 2001 y en el 2002 gane mi primer carrera en el TC pista y ese mismo año pase al TC. Por suerte, siempre conté con el apoyo de mi familia.

Ahora corren sin copiloto Más o menos desde el 2006 porque hubo un par de accidentes donde fallecieron copilotos. Venían de la historia del TC, antes eran rutas de 1000 kilómetros, el copiloto cargaba nafta desde dentro del auto... Hasta que se convirtieron en espectadores de lujo. Nosotros tenemos comunicación con radio por boxes. Era mucho riesgo. Si chocas y te pasa algo, te pasa a vos.

En el TC usas el casco con fotos de ellos. A quien se le ocurrió? Se me ocurrió a mí mientras dormía. Alguna vez había visto que el Bocha Ciantini puso una foto de Enzo Francescoli en su casco, entonces se ve que esa idea me quedó dando vueltas en la cabeza mientras soñaba y un día me levanté de dormir con la decisión de hacer un casco con toda la familia. Aproveché un cumpleaños para sacarles las fotos y no les dije nada. Y después, cuando ya lo tenía listo con toda la familia reunida (papá Angel, mamá Catalina y sus hermanas María Sol, María Belén y María Jesús) se los mostré y quedaron contentísimos. Y la verdad es que está muy lindo, quedó bárbaro. Encima el casco vino con el campeonato, qué más se puede pedir...

¿Qué sentís en el cuerpo cuando estás dentro del auto? Ahora estoy muy acostumbrado porque tengo carrera todas los fines de semana pero cuado estoy de vacaciones necesito subirme a un auto para acelerar, para sacar la adrenalina del cuerpo. En la semana entreno y los fines de semana estoy arriba del auto de carrera, así que te pasas para el otro lado.

Al dia de hoy estas en 3 categorías distintas. ¿Cómo se hace para manejar tres autos tan distintos?

Por eso a la suerte, con la que se te relacionó mucho últimamente, hay que ayudarla... –Reconozco que la suerte estuvo de mi lado en la definición de Buenos Aires en 2009, porque Pechito López y Jonatan Castellano se despistaron por una mancha de aceite y yo seguí en carrera. Y la fortuna me siguió acompañando este año en la apertura de la temporada en Mar de Ajó, cuando se queda Guido Falaschi y vuelvo a ganar. Esta vez la suerte de campeón está conmigo, así como en otras oportunidades no me acompañó. Hubo un año en que estaba en condiciones de pelear por el campeonato y en una carrera clave se me rompió el motor y chau pelea por el título. Así que si la suerte estuvo de mi lado también es meritorio haberle sacado provecho.

Es difícil de explicar, porque en verdad son los tres muy diferentes. El TC es una tracción trasera, con mucha potencia, y se maneja de una manera. Después, el TC2000 tracción delantera, con mucha carga aerodinámica y también con mucha potencia. Y el Turismo Nacional es con tracción delantera, sin cargas aerodinámicas y con un poco menos de potencia que el TC2000, pero también tiene lo suyo. Los tres se manejan en forma distinta. Y tratar de andar rápido en las tres categorías es un desafío grande para cualquier piloto. Es decir, manejar lo puede manejar cualquiera, pero intentar ganar esas décimas en cada vuelta con cada auto no es nada fácil. Hay que estar bien concentrado y atento, porque cada auto se lleva de una manera distinta a un límite distinto. Es bravo, hay que estar bien preparado mentalmente. Y

Sin contar el accidente en el 2004 de Walter

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Entrevista

transmite permanentemente. Y de pronto ser el Nº 1 de la categoría es algo muy fuerte.

¿Cómo se manifiestan los hinchas? Todo el tiempo me sorprenden con remeras y banderas que llevan mi imagen o mi nombre. La verdad, no lo podes creer; y hasta bautizaron Moriatis a una peña en Sanford, provincia de Santa Fe. Yo nunca anduve por ahí, así que espero ir muy pronto a conocerlos. Y también en Facebook te manifiestan con sus comentarios un cariño increíble. Con la gente te llevas una sorpresa tras otra, porque llama la atención cómo se identifican y viven intensamente lo bueno y lo malo que a uno le pasa en la vida deportiva. Y ahora que las cosas están saliendo bien, se los ve más felices.

Te sentís un Idolo de Ford?

si bien no hay que volverse loco, hay que trabajar en una forma especial en cada auto. Para los que nos gusta correr, imagínate... es espectacular.

Y mas si en una llevas el Nº1 Es increíble, pero todavía me sigue generando una sensación extraña, muy linda, pero extraña. La gente se te acerca y te dice ‘che campeón’, y yo los miro y pienso: me lo dijo a mí o se equivocó. El Turismo Carretera es muy pasional y eso la gente te lo

No, sigo pensando lo mismo, porque para ser ídolo hay pilotos con mucha trayectoria y con muchas cosas ganadas. En cambio yo siento que todavía estoy arrancando. Y si bien ya llevo 11 victorias y un título, me falta bastante por recorrer y sobre todo mucho por aprender para que los hinchas me consideren su ídolo. Es cierto que últimamente viví cosas muy locas, como por ejemplo que al ganar tres carreras seguidas (La Plata, Buenos Aires y Mar de Ajó) igualé nada menos que la marca de Emilio Satriano registrada en 1990. Qué sé yo, todo se va dando así. Yo siempre pienso que me falta, pero hay que reconocer que crecí bastante como piloto. Tengamos en cuenta que ya cumplí 30 años (el 19 de enero último), ya no soy el que empezó a los 22. Pero estoy convencido de que todavía tengo tiempo para crecer aún más y disfrutar del automovilismo.

Al dia de hoy que tu hobbie se convirtió en tu actividad profesional. Cuales mas practicas?? Al día de hoy mucho tiempo no tengo, pero cuando me los hago, practico boxeo, snowboard y futbol con amigos. Así es Emanuel Moriatis, que también aporta su simpatía y conocimientos como panelista de un programa de Carburando por TyC Sports, junto con su colega y amigo Matías Rossi. Orgulloso de ser de Lanús y agradecido de que siempre le haya tocado ser piloto en muy buenos equipos. Aunque, seguramente, él habrá brindado lo suyo para que las estructuras se esmerasen en que permanezca integrando su staff. Con el 1 a flor de piel y guardado en el alma, la vida le sonríe y el la disfruta. Y seguramente hubiese sido un excelente CONTADOR PUBLICO.

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27 Comenzará a correr desde la fecha de notificación de la resolución firme que la imponga.

Rectificación de DD JJ antes de corrida las vista y no es reincidente en las infracciones del artículo 46 ni en la del artículo agregado a su continuaciónà las multas se reducirán a UN TERCIO (1/3) de su mínimo legal. Cuando la pretensión fiscal fuese aceptada una vez corrida la vista pero antes de operarse el vencimiento del primer plazo de QUINCE (15) días acordado para contestarlaà la multa se reducirá a DOS TERCIOS (2/3) de su mínimo legal. Consentida la determinación de oficio la multa se reduce a su mínimo legal. Si el saldo total de los gravámenes adeudados, previamente actualizados, no excediera de PESOS UN MIL ($ 1.000) no se aplicará sanción si el mismo se ingresara voluntariamente, o antes de vencer el plazo de 15 días. Se evaluará, al momento de la graduación, el nivel de cumplimiento de los deberes formales para el control del cumplimiento de las obligaciones tributarias derivadas de transacciones internacionales. * Recurso de apelación ante TFN – L. 11683 art. 76 inc b) * Recurso de reconsideración ante el superior - L. 11683 art. 76 inc a)

Prescripción para hacerla efectiva

Parámetros de graduación aplicables

Vías recursivas

Suma graduable: De 1 a 4 veces el gravamen dejado de pagar o retener.

Plazo de 5 años contados a partir del 1º de enero siguiente al año en que haya tenido lugar la violación del deber.

Culpa

Prescripción para aplicarla

Dar

Supuestos contemplados: Omisión de pago mediante: a) La no presentación de DD JJ: b) Presentación de dd jj inexactas; c) Omitiere actuar como agente de retención o de percepción: d) Omitiere la presentación de determinaciones de ingreso de pagos a cuenta o anticipos: e) Presentare determinaciones o declaraciones inexactas de pagos a cuenta o anticipos. Cuando se trate de transacciones entre empresas locales y empresas del exterior.

Descripción de la conducta típica antijurídica

La renta nacional. La hacienda pública.

Omisión

Sanción

Bien jurídico tutelado

Art. 45 3r. párrafo

Aspecto Subjetivo

Vías recursivas

Tipo de obligación o deber

* Recurso de apelación ante TFN – L. 11683 art. 76 inc b) * Recurso de reconsideración ante el superior - L. 11683 art. 76 inc a)

Parámetros de graduación aplicables

Acción

Rectificación de DD JJ antes de corrida las vista y no es reincidente en las infracciones del artículo 46 ni en la del artículo agregado a su continuaciónà las multas se reducirán a UN TERCIO (1/3) de su mínimo legal. Cuando la pretensión fiscal fuese aceptada una vez corrida la vista pero antes de operarse el vencimiento del primer plazo de QUINCE (15) días acordado para contestarlaà la multa se reducirá a DOS TERCIOS (2/3) de su mínimo legal. Consentida la determinación de oficio la multa se reduce a su mínimo legal. Si el saldo total de los gravámenes adeudados, previamente actualizados, no excediera de PESOS UN MIL ($ 1.000) no se aplicará sanción si el mismo se ingresara voluntariamente, o antes de vencer el plazo de 15 días.

Normas

Comenzará a correr desde la fecha de notificación de la resolución firme que la imponga.

Prescripción para hacerla efectiva

Supuestos contemplados: Omisión de pago mediante: a) La no presentación de DD JJ: b) Presentación de dd jj inexactas; c) Omitiere actuar como agente de retención o de percepción: d) Omitiere la presentación de determinaciones de ingreso de pagos a cuenta o anticipos: e) Presentare determinaciones o declaraciones inexactas de pagos a cuenta o anticipos.

Suma graduable: Entre el 50% y el 100% del gravamen dejado de pagar, retener o percibir.

Plazo de 5 años contados a partir del 1º de enero siguiente al año en que haya tenido lugar la violación del deber.

Culpa

Descripción de la conducta típica antijurídica

Sanción

Prescripción para aplicarla

Dar

Aspecto Subjetivo

La renta nacional. La hacienda pública.

Omisión

Art. 45 1er. párrafo

Tipo de obligación o deber

Bien jurídico tutelado

Acción

Normas

Impuestos

LEY 11683:

Sinopsis de las sanciones pecuniarias.

Dr. CP. Alfredo T F Destuniano

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Descripción de la conducta típica antijurídica El ilícito consiste defraudar al Fisco Nacional valiéndose de declaraciones engañosas u ocultaciones maliciosas, que generen un menor ingreso del impuesto que correspondería.

Sanción Suma graduable: De 2 hasta 10 veces el importe del tributo evadido (término utilizado por la norma).

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Rectificación de DD JJ antes de corrida las vista y no es reincidente en las infracciones del artículo 46 ni en la del artículo agregado a su continuaciónà las multas se reducirán a UN TERCIO (1/3) de su mínimo legal. Cuando la pretensión fiscal fuese aceptada una vez corrida la vista pero antes de operarse el vencimiento del primer plazo de QUINCE (15) días acordado para contestarlaà la multa se reducirá a DOS TERCIOS (2/3) de su mínimo legal. Consentida la determinación de oficio la multa se reduce a su mínimo legal. Si el saldo total de los gravámenes adeudados, previamente actualizados, no excediera de PESOS UN MIL ($ 1.000) no se aplicará sanción si el mismo se ingresara voluntariamente, o antes de vencer el plazo de 15 días.

Parámetros de graduación aplicables

* Recurso de reconsideración ante el superior - L. 11683 art. 76 inc a)

* Recurso de apelación ante TFN – L. 11683 art. 76 inc b)

Comenzará a correr desde la fecha de notificación de la resolución firme que la imponga.

Prescripción para hacerla efectiva

Vías recursivas

Plazo de 5 años contados a partir del 1º de enero siguiente al año en que haya tenido lugar la violación del deber.

Mediante declaraciones engañosas u ocultaciones maliciosas que perjudiquen al Fisco exteriorizando quebrantos, total o parcialmente, superiores a los procedentes utilizando esos importes superiores para compensar utilidades sujetas a impuestos, ya sea en el corriente y/o siguientes ejercicios.

Prescripción para aplicarla

Hacer

Suma graduable: De 2 hasta 10 veces del importe que surja de aplicar la tasa máxima del imp. a las Ganancias, sobre el quebranto impugnado por la AFIP

Presunción de dolo con supuestos del a. 47 que invierten la carga de la prueba.

La renta nacional. La hacienda pública.

Comisión u Omisión

Bien jurídico tutelado

Art s/nº a cont art 46

Descripción de la conducta típica antijurídica

Sanción

Aspecto Subjetivo

Vías recursivas

Tipo de obligación o deber

* Recurso de apelación ante TFN – L. 11683 art. 76 inc b) * Recurso de reconsideración ante el superior - L. 11683 art. 76 inc a)

Parámetros de graduación aplicables

Acción

Rectificación de DD JJ antes de corrida las vista y no es reincidente en las infracciones del artículo 46 ni en la del artículo agregado a su continuaciónà las multas se reducirán a UN TERCIO (1/3) de su mínimo legal. Cuando la pretensión fiscal fuese aceptada una vez corrida la vista pero antes de operarse el vencimiento del primer plazo de QUINCE (15) días acordado para contestarlaà la multa se reducirá a DOS TERCIOS (2/3) de su mínimo legal. Consentida la determinación de oficio la multa se reduce a su mínimo legal. Si el saldo total de los gravámenes adeudados, previamente actualizados, no excediera de PESOS UN MIL ($ 1.000) no se aplicará sanción si el mismo se ingresara voluntariamente, o antes de vencer el plazo de 15 días.

Normas

Comenzará a correr desde la fecha de notificación de la resolución firme que la imponga.

La renta nacional. La hacienda pública.

Presunción de dolo Que invierte la carga de la prueba (Art. 47)

Aspecto Subjetivo

Prescripción para hacerla efectiva

Hacer

Tipo de obligación o deber

Plazo de 5 años contados a partir del 1º de enero siguiente al año en que haya tenido lugar la violación del deber.

Comisión u Omisión

Acción

Prescripción para aplicarla

Bien jurídico tutelado

Art. 46

Normas

Impuestos

LEY 11683:

Sinopsis de las sanciones pecuniarias.


* Recurso de reconsideración ante el superior - L. 11683 art. 76 inc a)

* Recurso de apelación ante TFN – L. 11683 art. 76 inc b)

Rectificación de DD JJ antes de corrida las vista y no es reincidente en las infracciones del artículo 46 ni en la del artículo agregado a su continuaciónà las multas se reducirán a UN TERCIO (1/3) de su mínimo legal. Cuando la pretensión fiscal fuese aceptada una vez corrida la vista pero antes de operarse el vencimiento del primer plazo de QUINCE (15) días acordado para contestarlaà la multa se reducirá a DOS TERCIOS (2/3) de su mínimo legal.

Parámetros de graduación aplicables

Vías recursivas

Comenzará a correr desde la fecha de notificación de la resolución firme que la imponga.

Los agentes de retención o percepción que mantengan en su poder tributos, después de vencidos los plazos en que debieran ingresarlo (retención indebida de tributos).

Descripción de la conducta típica antijurídica

Prescripción para hacerla efectiva

De 2 hasta 10 veces el tributo retenido o percibido

Suma graduable:

Sanción

Plazo de 5 años contados a partir del 1º de enero siguiente al año en que haya tenido lugar la violación del deber.

Culpa

Aspecto Subjetivo

Prescripción para aplicarla

Hacer

Tipo de obligación o deber

La renta nacional. La hacienda pública.

Comisión

Acción

Bien jurídico tutelado

Art. 48

Normas

Impuestos

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Impuestos

TORNEOS “BICENTERARIO” DE GOLF

Organizan Delegaciones del Gran Bs As. del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Pcia. Bs.As. En todos los casos deberá informar, nombre y apellido, título, matrícula Delegación Avellaneda: 10 de septiembre, en el Ranelagh Golf Club. profesional (No y Consejo), handicap, matrícula AAG, horario preferido, mail de contacto. Las Delegaciones Lomas de Zamora, Morón, San Martín y San Isidro, confirmaEl horario le será confirmado 48 hs. Antes del torneo. rán a la brevedad los días en que se realizarán sus torneos en el radio de cada Para los otros torneos, al igual que las fechas, el costo, contactos será informauna de sus jurisdicciones. do a la brevedad.

Fecha Confirmada:

Inscripciones: Ranelagh Golf Club: $ 100.- pudiendo ser modificado para la fecha programada si el club variara su costo actual del green fee. Horario 9,30 hs. De lograr el número adecuado de participantes se realizarán salidas simultaneas, si no será de acuerdo al horario que se le otorgue. El costo incluye únicamente el derecho a participar en cada uno de los torneos. De acuerdo a la modalidad de salidas a adoptar, se prevee realizar un almuerzo de camaradería, con la entrega de premios, el costo del mismo será informado a los participantes, antes de su salida, o de ser posible vía los correos electrónicos indicados por los participantes. Las inscripciones se podrán hacer a través de los siguientes medios

Participantes: Profesionales de Ciencias Económicas, matriculados. Invitados: Cada Profesional podrá invitar a un jugador no profesional.

Modalidad de juego Medal Play Categorías, tres para los profesionales (0 a 12, 13 a 18 y 19 a 36 de handicap), dos para los no profesionales (0 a 18, 19 a 36 de handicap). Si el número de inscriptos no supera el mínimo de 10 participantes para alguna categoría, éstas se unificarán a otras, lo que se le informará a los participantes, antes de comenzar el juego.

Premios al 1º y 2º de cada categoría.

TE 011 42224312 / 011 42223850 / 011 32017655 Correo Electrónico: chumbi@speedy.com.ar

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Reglamento:

Las reglas serán las que la AAG prevee para esta modalidad de juego, y las que cada Club tenga en forma particular para ello.

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Impuestos

LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION DECRETO LA

INCONSTITUCIONALIDAD DEL IMPUESTO A LA GANANCIA MINIMA PRESUNTA. ALTERNATIVAS PARA RECUPERAR LO PAGADO EN EL PASADO Y PARA DEJAR DE PAGAR EN EL FUTURO Dr. CP. Oscar A. Fernández

se configura en el sub examine, y como se verá, este aspecto de la decisión es irrevisable por el Tribunal”. “En efecto, la cámara, sobre la base de la pericia contable de fs. 224/228 —no objetada por las partes— concluyó que los resultados de la sociedad arrojan pérdidas que “ ... obstarían a descontar el impuesto del que aquí se trata e incrementarían aun más el detrimento contable e impositivo, circunstancia que desvirtúa la [existencia de una] “ganancia presunta””. “El Estado Nacional nada ha expresado en el recurso extraordinario acerca de la ponderación de la prueba realizada por el a quo y, además, al concederse dicho recurso solamente en cuanto a la inteligencia de las normas federales y ser desestimado en lo relativo a la arbitrariedad planteada, el apelante tampoco dedujo el recurso de queja”. “Que, en las condiciones relatadas en este pronunciamiento, corresponde concluir que el medio utilizado por el legislador para la realización del fin que procura, no respeta el principio de razonabilidad de la ley, y por lo tanto, las normas impugnadas

(Contador Público -U.B.A-, Especialista en Derecho Tributario -Universidad Austral-)

Abogado Mariano G. Moya (Abogado -U.B.A.-)

La Corte Suprema de Justicia de la Nación en autos “HERMITAGE S.A.” de fecha 15 de junio de 2010, decretó la inconstitucionalidad del impuesto a la ganancia mínima presunta porque en el caso de contribuyentes con quebrantos acumulados el mismo entre en clara colisión con el sacro principio de capacidad contributiva. La Corte en primer lugar hace suyos los argumentos de la Cámara en los siguientes términos: “el tribunal a quo consideró que surge de la ley una presunción de renta fundada “en la existencia de activos en poder del contribuyente”, motivo por el cual existe “una marcada desconexión entre el hecho imponible y la base imponible” (fs. 268), en tanto se grava una manifestación de capacidad contributiva presunta, que considera solo al activo para la base imponible, sin tener en cuenta la existencia de pasivos. En esa línea de razonamiento, puso de relieve que, según las conclusiones del peritaje contable producido en autos, en los ejercicios de los años 1995, 1996 y 1998 la actora registró pérdidas que obstarían a descontar el impuesto aquí considerado. En consecuencia, tuvo por acreditada la ausencia de capacidad contributiva, la cual es el “soporte inexcusable de la validez de todo gravamen”. Luego la Corte analiza la validez de aquellas leyes que como el impuesto a la ganancia mínima presunta utilizan presunciones en materia tributaria (en el caso de renta), a la hora de afirmar, con atinada pluma que: “la problemática de las presunciones en materia tributaria es el resultado de la tensión de dos principios: el de justicia tributaria y el de capacidad contributiva, y es por ello, que “requieren un uso inteligente, concreto y racional””. Finalmente a la hora de decretar la inconstitucionalidad del gravamen la Corte sostiene que: “ …. el legislador, sin tener en cuenta las modalidades propias que pueden adquirir explotaciones tan diversas, ha supuesto —sobre la base de la existencia y mantenimiento de sus activos— que dichas explotaciones, en todos los casos, obtendrán una renta equivalente al 1% del valor de éstos, y no ha dado fundadas razones para impedir la prueba de que, en un caso concreto, no se ha obtenido la ganancia presumida por la ley”. “Que, la iniquidad de esta clase de previsión, se pondría en evidencia ante la comprobación fehaciente de que aquella renta presumida por la ley, lisa y llanamente, no ha existido”. “Según lo ha juzgado el a quo, esta última situación es la que

ESTUDIO FERNANDEZ, MOYA & ASOCIADOS

[FM&A] Abogados / Contadores

Dr. Oscar A. Fernandez (C.P.N.) Dr. Mariano G. Moya (Abogado) Dr. Fernando H. Marino (C.P.N.) * Procedimiento Fiscal - Atención de inspecciones (AFIP / ARBA) - Determinaciones de Oficio (T.F.N - C.N.A.C.A.F - C.S.J.N) (T.F.A.B.A. - Justicia Provincial - S.C.J.P.) - Penal Tributario - Clausuras y sus distintas vías recursivas - Ejecuciones Fiscales / Apremios - Multas y Sanciones * Consultoría Tributaria

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son constitucionalmente inválidas en su aplicación al caso, lo que así se declara”.

CONCLUSIÓN Como se puede ver, en aquellos casos de contribuyentes que demuestren haber tenido quebrantos acumulados, la Corte sostiene que la renta presumida por el legislador, del 1% del activo, deviene inconstitucional por violación del principio de capacidad contributiva. Si no hay renta real no puede haber renta presunta. Ahora bien cual es el camino para recuperar el impuesto a la ganancia mínima presunta pagado en el pasado, el instituto de la

repetición tipificado en la ley 11.683. En cuanto el impuesto futuro se abren por lo menos dos vías alternativas: a) una es la interposición de una Acción Declarativa de Certeza en los términos del art. 322 del C.P.C.C.N., solicitando a su vez una medida cautelar de no innovar con la finalidad de frenar al accionar del fisco hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo; b) y otra es esperar que el fisco realice la determinación de oficio, y frente a ello interponer los recursos previstos en la ley 11.683, al respecto se debe mencionar que frente a una sentencia adversa en el Tribunal Fiscal de la Nación se pierde el efecto suspensivo.

Inscripción Peritos Acordada S.C.P.B.A. 2728/96 Recordamos a los colegas que durante el mes de septiembre se realiza la inscripción de peritos para actuar durante el año 2011, la misma se lleva a cabo en las Delegaciones y Receptorías del Consejo Profesional. Son requisitos para la realización del trámite: Fotocopia del Título Universitario; Original y Copia del Certificado del Curso de Capacitación; Original y Copia del Documento de Identidad y tener paga la matrícula.

La Ley 10.620 en su art. 166 determina que "Las certificaciones, informes y dictámenes,

NO TENDRAN VALIDEZ SIN LA AUTENTICACIÓN de la firma por parte del Consejo Profesional. El matriculado firmante que no cumpliere con esta obligación, será responsable de los daños y perjuicios que ocasione y será pasible, además, de las sanciones previstas en el código de ética y por esta ley".

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CONVENIO MULTILATERAL DETERMINACIÓN COEFICIENTE DE GASTOS RESOLUCIÓN GENERAL (CA) 4/2010. “Un ser sin estudio es un ser incompleto” (Simón Bolívar – 1783 / 1830) Dr. CP Eduardo Horacio Porcelli Dra. Abogada Carla Porcelli

La Comisión Arbitral, órgano interpretador de las disposiciones del Convenio Multilateral, ha dictado recientemente la Resolución General Nº 4/2010 del 19/05/20102, incorporando dentro de los gastos computables a las cargas sociales por entender que las mismas son representativas de la actividad y corresponde su inclusión en la determinación del coeficiente.

1.- Introducción

2.- Gastos computables y no computables

El Convenio Multilateral del 18/08/1977 que fuera suscripto por la totalidad de las provincias, la Municipalidad de Buenos Aires y el Gobierno nacional en representación de los territorios federales, regula la distribución de la base imponible del impuesto sobre los ingresos brutos, eliminando, de esta forma, la superposición tributaria existente a la fecha de su dictado dada la gravabilidad de la totalidad de los ingresos por las diversas jurisdicciones donde el contribuyente ejercía su actividad. El convenio tiene especialmente en cuenta las diferentes actividades que los contribuyentes desarrollan en forma simultánea en más de una jurisdicción. La base imponible se distribuye, en los Regímenes Especiales teniendo en cuenta las especiales características de ciertas y determinadas actividades y en el Régimen General, para las demás actividades generalizadas, atribuyendo los ingresos (base imponible) en función de los parámetros más representativos de la actividad y que los agrupa en dos grandes conjuntos: Ingresos y Gastos. De tal modo, con la actividad desarrollada en un ejercicio se determinan los coeficientes de asignación de la base imponible a las diferentes jurisdicciones a aplicarse en el año calendario inmediato siguiente. El 50 % de los ingresos se distribuye entre las diferentes jurisdicciones en función del sustento territorial de los mismos; y el restante 50 % de los ingresos en función de los gastos atribuibles a cada jurisdicción. De esta forma se determinan dos coeficientes, uno para los ingresos y otro para los gastos, en cada jurisdicción, que ponderados por la participación y luego sumados (coeficiente unificado) se aplicarán en la distribución de los ingresos que conforman la base imponible del año calendario siguiente. Para determinar el coeficiente de gastos debe tenerse especialmente en cuenta lo normado por el artículo 3º, donde se establece específicamente aquellos gastos que no deben computarse1 para la determinación del mismo. 1

El Convenio Multilateral, en su artículo 3º, enumera taxativamente los gastos no computables. Doctrinariamente existen varias hipótesis referidas a la exclusión de ciertos gastos (no computables) a los efectos de la determinación del coeficiente de gastos. A saber: 1) Los gastos excluidos se corresponden con aquellos que están motivados en la actividad de terceros y no en la propia del contribuyente; 2) Los gastos no computables deben su naturaleza a la dificultad en la apropiación a las diferentes jurisdicciones, y 3) Se discriminan en virtud de su falta de aptitud para exteriorizar la magnitud de la actividad realizada en cada jurisdicción. A mi entender, la inserción en gastos no computables se debe analizar según las característica de cada gasto, puesto que las diferentes hipótesis doctrinarias son aplicables en virtud de ellas. De tal manera las compras de mercaderías y materias primas que conforman el costo no se incorporan como gasto computable para la determinación del coeficiente dado que no denotan en forma directa actividad del contribuyente, sino de terceros, y pueden distorsionar por lo variable de su magnitud la participación de las diferentes jurisdicciones en la base imponible determinada.

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Convenio Multilateral – Art. 3º: No se computarán como gastos: a) El

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costo de la materia prima adquirida a terceros destinada a la elaboración en las actividades industriales, como tampoco el costo de las mercaderías en las actividades comerciales. Se entenderá como materia prima, no solamente la materia prima principal, sino todo bien de cualquier naturaleza que fuere que se incorpore físicamente o se agregue al producto terminado. b) El costo de las obras o servicios que se contraten para su comercialización. c) Los gastos de propaganda y publicidad. d) Los tributos nacionales, provinciales y municipales (impuestos, tasas, contribuciones, recargos cambiarios, derechos, etc.). e) Los intereses. f) Los honorarios y sueldos a directores, síndicos y socios de sociedades, en los importes que excedan del uno por ciento (1 %) de la utilidad del balance comercial. Resolución General (CA) 4/2010 – Art. 1º: Las cargas sociales a cargo del empleador se computarán como gasto en los términos del artículo 3 del Convenio Multilateral...

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Impuestos

Los gastos de publicidad y propaganda, en especial los de orden institucional, no denotan sustento territorial puesto que su finalidad es generalizada en el conocimiento de la empresa o el producto y por ende su apropiación a determinada jurisdicción puede ser discutida. Los servicios de comercialización se encuentran excluidos de los gastos computables porque los mismos se relacionan en forma directa con los ingresos y su inclusión provocaría una distorsión entre la separación que el legislador considero para la determinación de los coeficientes de gastos e ingresos (50 % cada uno). Los intereses no se consideran puesto que, por el principio de universalidad de los pasivos (económicamente conforman el costo de financiamiento de la totalidad de los activos), no tendría sentido su discriminación jurisdiccional y por otra parte no denotan actividad del contribuyente. Con la restricción dispuesta (del 1% de las ganancias comerciales) sobre los honorarios y sueldos a directores, síndicos y socios de sociedades, se trató de prevenir que el contribuyente tuviese en sus manos una herramienta para distorsionar el coeficiente en virtud de sus conveniencias tributarias. Por último, nos queda por analizar la exclusión referida a “los tributos nacionales, provinciales y municipales (impuestos, tasas, contribuciones, recargos cambiarios, derechos, etc.). Es mi parecer que dicha exclusión está motivada en dos grandes argumentaciones: a) Para los impuestos provinciales y municipales, la exclusión es necesaria porque aquella jurisdicción que por tasa diferencial tenga más gravabilidad se vería beneficiada con una ampliación de su participación al incorporar un mayor gasto dentro de su jurisdicción. b) Los impuestos nacionales, porque su atribución a determinada jurisdicción, en una gran cantidad de tributos (ganancias, IVA, Impuesto a los débitos-créditos, etc.) sería dificultosa dado el carácter generalizado que revisten los mismos y en aquellos que se aplican sobre el patrimonio o los activos (impuesto s/los bienes personales, ganancia mínima presunta, etc.), conformarían una atribución basada en la concentración de capital y no en la actividad desarrollada. Para otros tipos de tributos, su exclusión se corresponde con una liberalidad del legislador, puesto que pese a denotar actividad y en muchos casos con preciso sustento territorial poder apropiar específicamente a cada jurisdicción el tributo (impuesto inmobiliario, ABL y otras tasas municipales, contribuciones de mejoras, etc.) no se consideran para el cálculo del coeficiente dentro de los gastos computables.

4.- Conclusiones La Resolución General 4/2010 que fuera dictada el 19/05/2010, no sólo replantea la inclusión de las cargas sociales a los efectos de la determinación del coeficiente de gastos, sino que además por la fecha de su dictado, los contribuyentes ya habían liquidado el anticipo del mes de 3

3.- Contribuciones sociales Con relación a este ítem, el Convenio los excluye específicamente al referirse a los tributos, pues incorpora dentro de de su normativa el término contribuciones. Pese a ello, determinadas jurisdicciones, Buenos Aires y Capital, en sus determinaciones tributarias incluían a las mismas por considerarlo un gasto representativo de la ac-

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tividad del contribuyente. Al respecto, la Comisión Arbitral en el año 2008 se pronunció mediante la Resolución 26/2008 en un caso particular, en el sentido que las contribuciones sociales formaban parte de los tributos nacionales y por lo tanto no debían incluirse como gasto computable para la determinación del coeficiente respectivo3. Si bien es cierto que las contribuciones sociales al determinarse su monto en virtud de los sueldos y remuneraciones del personal conforman un gasto representativo de la actividad, debe tenerse especialmente en cuenta: 1) Que como gasto computable se han incorporado las remuneraciones abonadas al personal, y 2) Que por su naturaleza, pese a su factible atribución jurisdiccional, las mismas se encuentran dentro de las especies tributarias. Con relación a lo manifestado en el párrafo anterior, es dable interpretar que el legislador no desconocía la existencia de las contribuciones patronales, al momento del acuerdo plenario que diera procedencia al Convenio Multilateral y que al dictar la norma (artículo 3 del CM) lo hizo excluyendo la totalidad de las especies tributarias, incluyendo a las contribuciones patronales. Por otra parte, tal como surge del texto del Convenio, al incorporarse las remuneraciones y no las contribuciones sociales, dio por sentado que la actividad se encontraba adecuadamente representada con la inclusión de las primeras. De igual manera procedió con la restricción establecida con relación a las remuneraciones y honorarios de los administradores y fiscalizadores de las sociedades. Una sana hermenéutica del texto normativo no permite la inclusión de las contribuciones patronales para la determinación del coeficiente de gastos. Es por lo expuesto que sorprende la nueva interpretación que efectúa la Comisión Arbitral con el dictado de la Resolución General 4/2010, que se contrapone incluso a la Resolución 26/2008 que fuera suscripta por los mismos firmantes actuales y que produce un efecto inverso al esperado. Crea dudas sobre la corrección en su aplicación.

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Resolución (CA) 26/2008 (20/05/2008) – Cía. Internacional de Tecnología y Servicios S.A. / Rentas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Considerandos:...para la doctrina y la jurisprudencia como así también para la AFIP existe criterio sentado de que estos conceptos (contribuciones sociales) forman parte de los tributos nacionales y deben encuadrarse en dicho inciso ( d) del artículo 3 )... Art. 1º: Hacer lugar a la acción interpuesta por la firma Compañía Internacional de Tecnología y Servicios S.A. contra la Resolución Nº 4719/DGR/06, dictada por la Dirección General de Rentas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires –Expte. CM Nº 638/2007- por las razones expuestas en los considerandos de la presente…


Impuestos

específico de cada jurisdicción (v.g. Impuestos Inmobiliario o de Patentes) o permitir el cómputo de la totalidad de las remuneraciones de los administradores y síndicos? Es muy amplio y dificultoso el desarrollo de las tareas de Contador Público independiente, por la diversidad de las materias y los conocimientos actualizados que deben poseer los profesionales, como para adicionarle nuevas cargas con interpretaciones de dudosa legitimidad y oportunidad en su aplicación.

abril y efectuado las correcciones correspondientes a los tres primeros meses del año calendario estando pendiente las presentaciones de las declaraciones juradas, y por tanto, no existe claridad en el momento a partir del cual debe aplicarse la nueva metodología. Por último, cabe preguntarse: ¿No correspondería, por aplicación del mismo criterio, incorporar otros impuestos en el cálculo del coeficiente, ya que los mismos también pueden asignarse territorialmente y conforman un gasto

Sabías que??? ... Nuestro Consejo a nivel Provincial adhirió como invitado extra – Región para participar en las Olimpiadas Regionales 2010 a realizarse en San Luis Capital entre los días 27/28/29 y 30 de Octubre de 2010. Las disciplinas deportivas a desarrollarse son las mismas de cada evento a nivel nacional y la particularidad es que nuestro Consejo participará sin preclasificación, esto quiere decir que podremos presentar la cantidad de equipos que consideremos conveniente en cada disciplina, desde ya, especialmente en los deportes por equipos. Desde Sede Central ya se ha reservado una cantidad significativa de participaciones innominadas para asegurarnos los lugares a ocupar. Para más datos sobre: valor de inscripción de participantes y acompañantes, lugares de alojamiento, formas de traslado, etc. solicitamos dirigirse a la Comisión de Deportes de cada Delegación donde se lo podrá asesorar convenientemente. No deje de participar representando a nuestro Consejo. ... Podes consultar los números anteriores del la revista ingresando en www.cpba.com.ar Biblioteca Virtual.

seccióndelegaciones

Dr. Eduardo Horacio PORCELLI Contador Público (U.B.A.)

Dr. Héctor Luis OLIVETO Dr. Eduardo Daniel RIZZO Dra. Carla PORCELLI Abogados RECURSOS ADMINISTRATIVOS Y JUDICIALES DETERMINACIONES DE OFICIO MULTAS Y SANCIONES CLAUSURAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL Y PROVINCIAL EJECUCIONES FISCALES Tribunal Fiscal de la Nación Tribunal Fiscal de la Prov. de Bs. As. Dirección General Impositiva Dirección General de Rentas Prov. de Buenos Aires Ciudad de Bs. As. Municipalidades

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Institucional

NOTICIAS CAJA

“BENEFICIOS PREVISIONALES” Dr.C.P. Luis E. Bacigaluppe Comisión Fiscalizadora C.S.S.P.C.E.P.B.A.

citud. Dicha condición de ininterrumpidos e inmediatos anteriores a la fecha de solicitud solo se encuentra afectada por cancelaciones o suspensiones matriculares que el afiliado pudiera registrar dentro de los 10 años considerados. Jubilación por Invalidez: Se otorga a pedido expreso del afiliado, se concede al afiliado que quede incapacitado en forma absoluta y per-

Esta vez, me voy a referir a los tipos de Beneficios Previsionales que establece la Ley 12724 y los requisitos para su otorgamiento.

manente para ejercer la profesión.(Incapacidad mínima: 66% de la

Tipos:

Pensión: Se otorga por deceso de afiliado activo o jubilado. Son bene-

capacidad laborativa valorada según BAREMO NACIONAL).

Jubilación Ordinaria

ficiarios el cónyuge supérstite en concurrencia con los hijos solteros

Jubilación Parcial

menores de 21 años y a cargo del causante a la fecha de deceso. Se

Jubilación por Invalidez

extiende la edad hasta los 25 años si se encuentran cursando regu-

Pensión

larmente estudios secundarios o superiores. Los hijos incapacitados

Beneficio Anual Complementario

para el trabajo, al deceso del causante, son beneficiarios de la pen-

Requisitos Legales:

sión sin límite de edad.

Jubilación Ordinaria: Se otorga a pedido expreso del afiliado y se

Queda equiparado al cónyuge la o el conviviente que acredite haber

debe acreditar un mínimo de 65 años de edad y 30 años de servicios

vivido en público y aparente matrimonio, al menos durante 5 años inme-

con aportes.

diatos anteriores al deceso. Se reduce a 3 años si hay hijos en común.

Jubilación Parcial: Se otorga a pedido expreso del afiliado y se debe

Beneficio Anual Complementario: Se otorga en 2 cuotas equivalen-

acreditar un mínimo de 65 años de edad y 10 años de servicios con

tes al 50% de cualquiera de los beneficios anteriores, pagaderos con

aportes ininterrumpidos e inmediatos anteriores a la fecha de soli-

los beneficios de junio y diciembre.

* Precios de transferencia * Planificación fiscal * Recupero de créditos fiscales * Tramitación de beneficios fiscales * Atención de inspecciones de tributos nacionales, provinciales y municipales. * Recursos administrativos y judiciales. * Defensas penales

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Institucional

INFORME DEL C. A. F. do de las causas civiles y penales que tramitan por ante los distintos Departamentos Judiciales de la Provincia de Buenos Aires e hizo entrega a los Miembros del Comité de una planilla con el respectivo detalle. Se trataron las denuncias recibidas entre el 30/04/2010 y el 03/06/2010. Se adoptó decisiones acerca de 24 expedientes presentados para su estudio derivándolos a las Delegaciones para completar la instrucción de los respectivos sumarios. En cuanto concierne y se refiere a la Resolución de Mesa Directiva Nº 2708, creadora del Comité se pospone para la próxima reunión el estudio de la misma a los efectos de poder proceder a su agiornamiento para adecuarla a los tiempos que corren. Se informa la renuncia al cargo de Miembro Titular del Comité del C. P. ÁNGEL PAGANO de la Delegación San Martín, nombrándose en su reemplazo al C. P. WALTER POLLO, matriculado, también de la Delegación San Martín, tanto la renuncia del Miembro saliente como el nombramiento del nuevo Miembro ya han sido aceptadas por las autoridades de la Mesa Directiva del Consejo. Se fijó la fecha del 06 de Agosto de 2010 a las 10.00 hs. en Sede Provincial, para la nueva reunión del Comité.

Dr. CP Roberto Bufelli Vicepresidente C.A.F.

El día 04 de Junio de 2010 y a partir de las 11.00 hs. en Sede Central, el Comité de Acción Fiscalizadora del Ejercicio Ilegal de las Profesiones en Ciencias Económicas llevó a cabo su reunión Nº 196, con la asistencia de cinco de sus miembros como así también del Asesor Letrado Dr. Juan G. Posbeyikian y del Secretario Administrativo Dr. Oscar Etchegoyen. Se destaca que durante la reunión y para tratar temas de interés propios del Comité se recibió la visita del Señor Presidente del Consejo, Dr. Alfredo D. Avellaneda y de la Señora Secretaria General del mismo, Dra. Diana S. Valente. Asimismo se recibió el informe de las actividades desarrolladas por la Presidencia del Comité en el período que abarca la anterior reunión de fecha 30/04/2010 y la presente. Luego el Dr. Posbeyikian pasó a realizar un pormenorizado informe del esta-

De izquierda a derecha: Oscar Etchegoyen, Carlos Gonçalves, Walter Pollo (asume sus funciones en el CAF), Laura E. Sarafouglu, Angel Pagano (deja sus funciones en el CAF), Juan G. Posbeyikian, Abogado, Roberto L. Bufelli Daniel Ferrari, Claudio Mendez, Delegado Fiscalizador Deleg. San Isidro de visita de trabajo. 37

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Nuevos beneficios para miembros del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires. Banco Itaú presentó nuevos beneficios para los miembros del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires. Entre ellos se destacan la posibilidad de acceder a un Paquete de Servicios sin cargo con las tarjetas Visa y MasterCard emitidas por Banco Itaú. Este paquete contempla Caja de Ahorro en pesos y dólares, Cuenta Corriente, Tarjeta de Crédito Visa Itaú sin cargo de emisión ni de renovación y Tarjeta de Débito para realizar compras, con un 5% de reintegro del IVA. Además permite participar del programa Sumá & Ganá con el que los consumos se transforman en puntos para canjear por premios del catálogo de productos. Finalmente este paquete cuenta con las ventajas de un programa de beneficios exclusivo para clientes de Banco Itaú. • • • •

Entre ellos se destacan: Beneficios con Tarjeta de Débito: Cines y heladerías: 50% de descuento, los días viernes y sábados. Librerías: 20% de descuento los días viernes y sábados.

Beneficios con Tarjetas de Crédito: Híper Rodo: 10% de descuento + 12 cuotas sin interés, todos los días, con Tarjetas de Crédito Itaú. MacOnline: 10% de descuento + 12 cuotas sin interés, todos los días, con Tarjetas de Crédito Itaú. Más información sobre estos y otros beneficios, así como su vigencia se pueden encontrar en www.itau.com.ar Asimismo el Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires puede acceder a la Tarjeta de Crédito Itaú TAM la cual permite sumar puntos y viajar a Brasil, Latinoamérica y el mundo. El programa tiene como ventaja diferencial no establecer cupos para canje de premios en vuelos dentro de América del Sur, ya que los asientos disponibles a la venta también lo están para la redención de puntos. Sus características principales: otorga 1.33 puntos por cada dólar consumido (o su equivalente en pesos), los puntos tienen una duración de hasta cuatro años, las compras en cualquier negocio del país o del exterior acumulan puntos, así como las compras con tarjetas adicionales. Y al solicitar las tarjetas además reciben puntos de bienvenida. Es más, al solicitar la tarjeta Itaú TAM MasterCard los consumos hasta diciembre de 2010 suman un 50% más de puntos.

Para más información los interesados pueden comunicarse al 0810-345-4800 de lunes a viernes de 10 a 19 y los sábados de 14 a 19.



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Mendoza, 25 de Mayo de 2010.

MI EXPERIENCIA EN LA “EXPEDICIÓN BICENTENARIO” Si queres contarnos tu viaje, hacelo a gbaprofesional@gmail.com Dr. Juan José Niño Contador Público (UBA)

Con motivo de celebrar este año, el Bicentenario de la Patria, se llevó a cabo la llamada “Expedición Bicentenario” a la cual fui invitado a participar. La misma fue concebida por un grupo de montañistas, aficionados y profesionales, que con ganas de hacer partícipe e integrar a los festejos del Bicentenario de La Patria a deportes no convencionales, como el montañismo, la escalada, mountain bike, buceo, kayak, trekking, running, carreras de aventura. Para ello convocaron a todos los que realizan este tipo de actividades deportivas. El mismo se basará en cuatro objetivos: Deportivo, Social, Cultural y Medio Ambientales. “Expedición Bicentenario” quiere dejar un legado en el tiempo a través de los sueños y proyectos de nuestros niños para un país futuro. Alumnos de distintos Colegios de la Zona Norte trasladaron en un papel sus sueños y proyectos para las generaciones futuras, éstos se guardaron en las cajas entregadas por la organización “Expedición Bicentenario” junto con otros recordatorios que llevaremos de cada Institución. Asimismo he llevado un recordatorio y una medalla de la Delegación San Isidro, en representación de los matriculados con un mensaje para los matriculados del futuro. Estas cajas serán depositadas por cada expedición en los lugares a los que ellas accedan, en el caso del Grupo Pared-Sur, será enterrada en la cumbre del C° Plata, en Mendoza a 6.000mts de altura, con coordenadas en puntos de GPS, para su futura localización y apertura en el Tricentenario de La Patria. Para mí fue un desafío personal significativo ya que era la primera vez que iba a compartir con otros siete integrantes una experiencia de esa envergadura. Gracias al consejo del profesor Eduardo Martín, estuve entrenando durante dos meses antes para estar en condiciones físicas para enfrentar este desafío personal y grupal. El día 19 de Mayo, partimos desde Buenos Aires hacia Mendoza integrando la misma los siguientes: Prof. Eduardo Martín (Jefe de la Expedición), Prof. Eduardo Perro-

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ne, Lic. Alejandra Giorgiutti, Dr. Leandro Seoane (Médico Emergentólogo del Hospital Austral), Dr. Marcelo Papasidero (Médico Clínico del Hospital Austral), Srta. Teodora Lacroze y el Suboficial Principal del Ejército Argentino Efraín Estrada. Llegamos al refugio de montaña “Vallecitos” a 2.900 mts sobre el nivel del mal, cercano a la ciudad de Mendoza y estuvimos en el mismo hasta el día 24 de Mayo, aclimatándonos, haciendo trekking desde allí. En esos días hicimos cumbre en los siguientes cerros: “Andresito” 3.150 mts, “Lomas Blancas” 3.850 mts, “San Bernardo “a igual altura y “El Estudiante” a 3.950 mts. A su vez hicimos trekking hasta “Piedra Grande” a 3.150 mts. El día 24 de Mayo iniciamos la subida hasta el campamento base “El Salto” a 4.300 mts. Fue un día muy duro dado que caminamos ocho horas, cargando nuestra mochila con aprox. 8kg., llegando aproximadamente a las 16:00 hs. Las mulas habían llevado los elementos necesarios, llamados “petates” y de inmediato, antes de que bajara el sol, armamos las carpas ya que desciende abruptamente la temperatura. Esa noche hubo vientos de hasta 60 Km. por hora sufriendo como consecuencia, fuera de las carpas, temperaturas de 26 grados bajo cero y dentro de las mismas 7 grados bajo cero. A las tres de la mañana, del día 25 seguía el mal tiempo, por consiguiente se decidió esperar a que el clima mejorara. El día 26, a las cuatro de la mañana, comenzamos la subida a la cumbre del “Cerro Plata” de 6.100 mts. O sea debíamos sortear un desnivel de 1.800 mts en diez horas de ascenso y cuatro horas para descender. El tiempo no mejoraba, el pronóstico no fue nada alentador, por esa razón a los 4.500 mts aproximadamente, por prudencia, decidí regresar al campamento base ya que el frío era muy intenso estando expuesto a una hipotermia y sin la esperanza de que el pronóstico mejorara. Al regresar solo, a la luz de la linterna, me invadieron dos sensaciones intensas. Sentí preocupación a perderme en el regreso, ya que era de noche y los senderos son confusos, tanto que me di cuenta que había llegado a la carpa porque tropecé con ella (no se veía a más de un metro). La otra fue la de sentir una fuerte presencia de Dios en medio de un silencio majestuoso, estábamos solo El y yo nadie mas, sólo interrumpido por el viento y la nieve que no dejaba de soplar y caer.


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pesar de no haber conocido antes de la misma, a ninguno de los integrantes que participaron conmigo. Pudimos vivir y compartir todo el proyecto en comunidad. Se afianzó mi amor y atracción por la vida en la montaña. Rescato, que si bien en poco tiempo se preparó la expedición, somos capaces de hacer y generar muchos proyectos si nos lo proponemos. No tengamos miedo frente a los contratiempos que se nos puedan presentar en la vida diaria ya que como en la montaña, son sólo escalones para seguir ascendiendo a nuestra “montaña personal”, superándonos día a día. Le doy gracias a mis hijos e hijas y a mis hermanos que me alentaron a realizar esta aventura. A la mesa de la Delegación San Isidro, que me apoyó a efectuar este sueño en todo momento. Y por último, quiero compartir con ustedes, que como Institución, sigamos teniendo siempre nuestra “Expedición”.

Al poco tiempo de haber arribado al campamento, noté que, detrás de mí, fueron regresando de a poco los otros integrantes del grupo debido a diferentes inconvenientes que se encontraron en el camino. Sólo pudieron hacer cumbre, el suboficial Efraín Estrada, perteneciente al Ejército Argentino destinado en “Puente del Inca” destacamento de “Cazadores de Montaña”, totalmente aclimatado a estas severas condiciones climáticas y la Srta. Teodora Lacroze que trabaja, todo el año, en el centro de ski de “Las Leñas” como auxiliar de pista. Ellos lograron llegar y dejar EL TESTIMONIO CON TODOS LOS MENSAJES. La misión y el objetivo que nos propusimos, estaba cumplido. Si bien, no pudimos llegar todos a la cumbre, se vivió, en esos días un fuerte trabajo en equipo, sabíamos que si llegaba uno de los integrantes, llegaba todo el grupo. He aprendido muchísimas cosas de esta experiencia, a

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POSTURA Y TRABAJO Incidencia en la toma de decisiones La medicina identifica un género lesional conocido como enfermedad profesional. Una enfermedad profesional se desarrolla en el ejercicio de nuestra profesión, en función de la especificidad de ésta, y las primeras en identificarse fueron aquellas referidas a oficios, actividad física o manual que por repetición de maniobras generaban un proceso inflamatorio, como primer estadio lesional. Como ejemplo, una de las lesiones más antiguamente descriptas por la medicina laboral fue la “tendinitis del filetero de pescado”, hoy tenemos lesiones más modernas, como la inflamación en el codo conocida como “codo de tenista”, que afecta tanto a alguien que juega al tenis con preparación insuficiente como a un trabajador que utiliza un destornillador rutinariamente. La identificación de lesiones profesionales surge desde el mismo ámbito laboral, relacionado directamente con la efectividad y el costo profesional.

Juan Carlos Silva Kinesiólogo – Entrenador deportivo www.puro-deporte.com

¿Por qué surge esta lesión? Simple. Por ejemplo todos conocemos lo que se siente después de estar algunas horas sentados frente a un monitor. Cuando esta situación se repite sistemáticamente todos, o casi todos los días de nuestra vida, generamos adaptaciones. Se establecen tensiones de acomodación a la carga que representa la postura de trabajo. Estas tensiones se instalan lenta e insidiosamente, no somos concientes de ello, por lo cual se trata de un proceso silencioso que instala las bases para una enfermedad crónica. Así, los profesionales manifiestan comúnmente dolores musculares y articulares como los primeros síntomas de un proceso que en sí es mucho más complejo y que afecta nuestra capacidad ejecutiva y de selección de variables, en fin, nuestra capacidad profesional. Nuestro sistema nervioso regula el estado muscular de base, el tono o tensión muscular. El tono muscular aumenta en las situaciones de estrés, desde el estrés fisiológico, una respuesta normal de adaptación, hasta lo que comúnmente conocemos como estrés; ese estado de alerta continuo que todos conocemos muy bien, desgraciadamente. La adaptación postural es el primer mecanismo que se pone en marcha ante una carga de trabajo dada, el ejemplo del monitor, y esta adaptación depende tanto de la postura en sí como de la cantidad de horas que estamos en ella. Cuando estamos sentados algunas horas las curvas

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fisiológicas, normales, de la columna vertebral se modifican afectando ritmos respiratorios y circulatorios, y fundamentalmente musculatura paravertebral y de la cintura escapular, los hombros. Los músculos de la nuca están en una tensión constante sosteniendo la cabeza frente al monitor, ante una gran exigencia visual y discriminativa, razón básica por la cual los profesionales padecen comúnmente cervicalgias, cervicobraquialgias, lumbalgias, etc, como elementos emergentes de un proceso más profundo, con implicancias complejas y difíciles de medir a nivel profesional.

¿Cual es el costo? En condiciones normales, el cuerpo funciona automáticamente, no somos concientes de cómo nos sentamos, como caminamos, como nos movemos para lo cotidiano, entonces el cerebro se ocupa de cosas importantes, como tomar decisiones. Pero cuando hay dolor o malestar físico esta situación se modifica y tomamos decisiones en un marco de contaminación sensorial, y lo más grave es que nos adaptamos a este marco al punto de considerarlo nuestra normalidad.

El costo profesional aumenta, inevitablemente. A priori, la adaptación postural a las cargas de trabajo es


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inevitable, pero, tanto en función de la salud, nuestro capital más importante, como de la efectividad profesional, el trabajo debe contemplar mecanismos de compensación continua y prevención de estas lesiones. Una actividad postural, basada en el conocimiento de la dinámica de la profesión debe formar parte del día a día de nuestro trabajo. En próximos núnernos nos referiremos puntualmente a la sobrecarga postural en columna vertebral, y que mecanismos de prevención podemos poner en marcha.

ESTUDIO CONTABLE

Méndez y Asociados

Director Titular Dr. Claudio Méndez

SR. CONTRIBUYENTE:

Si Usted necesita determinar cuanto, cuanto y como debe pagar sus impuestos, y busca asesoramiento, asegúrese quien lo haga sea un Contador Público, que es el único que tiene mandato legal para presentar dicho servicio.

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Sociedades Argentinas Sociedades Uruguayas Gestión de Trámites en Uruguay y Brasil Asesoramiento Legal Asesoramiento en Organización de Empresas Asesoramiento en Comercio Exterior Asesoramiento en Seguridad Industrial

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PRESIDENTES HISTORICOS Prof. Raúl Omar Chizzolini rchizzolini@speedy.com.ar

Durante el período 1862-1880 se desarrollaron las denominadas Presidencias Históricas o Presidencias Liberales, encabezadas por Bartolomé Mitre, Domingo Faustino Sarmiento y Nicolás Avellaneda. Un porteño y dos provincianos protagonizaron una de las etapas más constructivas del pasado nacional o, mejor dicho, el inicio de un proceso histórico que se extendió a lo largo de décadas en las que la Argentina alcanzó el rango de potencia mundial. Los tres presidentes, aunque provenientes de distintas filiaciones políticas, tuvieron en común un proyecto de país a largo plazo, construido sobre cimientos muy sólidos basados en el fomento de la educación, el ordenamiento institucional y territorial del país y la inmigración. Los tres, sin solución de continuidad ni revanchismos estériles, trabajaron junto a un elenco de destacados colaboradores para fundar la Argentina Moderna. La honestidad y la capacidad fueron el común denominador que caracterizó

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los mandatos de Mitre, Sarmiento y Avellaneda, hombres que hoy podrían mostrar su declaración jurada sin ocultamientos ni sonrojos, hombres que dejaron la presidencia con el mismo patrimonio con el que ingresaron. Mitre, fundó el primer partido político nacional orgánico, basado en una doctrina cuya difusión no necesitaba de masivas concurrencias alquiladas. Ese partido fue el pilar para su acceso a la Presidencia. En Sarmiento, que no tenía partido, aunque luego será protagonista activo de la creación del Partido Autonomista Nacional, pesó su prestigio y reconocimiento tanto en el interior como en Buenos Aires. Avellaneda, como Ministro de Instrucción Pública de su antecesor, recorrió la geografía nacional fundando escuelas, con lo que su imagen se elevó políticamente sin necesidad de abultadas chequeras. Así, con estos pergaminos llegaron a la presidencia estos tres destacados hombres de nuestra historia, en medio de adversidades y consecuentes complicaciones, pero con proyectos y realizaciones, y sin tediosos discursos grandilocuentes, vacíos de contenido que solo sirven para el aplauso rentado de selectas tribunas obsecuentes. Gobernaron, y eso fue suficiente, porque para ellos gobernar era poblar, educar, crecer, conciliar, sin caer en la bajeza de reflotar odios del pasado para ocultar las incapacidades del presente.


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EL EJEMPLO DE LOS PROFESIONALES Dr. CP Roberto Bufelli Vicepresidente C.A.F.

durante el acto de jura de nuevos matriculados y entrega de medallas a los Colegas que cumplieron 25 y 50 años con la profesión en la Delegación San Martín. Aquí se desarrollaba normalmente el acto para el que fuéramos gentilmente convocados y antes de finalizar el mismo y pasar al vino de honor, de estilo en estas celebraciones, la Cra. Myriam Cutrono, solicitó la palabra a las autoridades de la Delegación. Grande fue la sorpresa, para todos los presentes, cuando la Colega nombrada procedió a enaltecer las bondades de nuestro sistema jubilatorio y de acción social, recomendando a todos los nuevos matriculados la observancia del cumplimiento de sus normas para que la misma pueda crecer y seguir manteniendo la obra que realiza ayudando a cientos o miles de matriculados que necesitan de ella, más grande aún fue el asombro de los presentes cuando pasó a realizar un encendido apoyo de todos aquellos matriculados que realizamos tareas en la estructura del Consejo Profesional o de la Caja de Seguridad Social, entregando nuestro tiempo y formación en forma totalmente desinteresada y para bien de la matrícula.

Recientemente he tenido la satisfacción de participar de dos hechos que enaltecen a quienes fueron sus directos protagonistas y deberían enorgullecer a toda nuestra profesión. Cronológicamente y no por orden de importancia, debo mencionar en primer término el desinteresado gesto realizado por nuestro Colega Cr. FRANCISCO MARIO ALBERTO GUARAGNA, matriculado de la Delegación de San Isidro. Las autoridades de esa Delegación, oportunamente, solicitaron al nombrado la participación como Auditor Externo de los Estados Contables de nuestro Consejo Profesional por los años 2009/2010. El nombrado, Delegado Suplente de la misma ejerció y ejerce las tareas inherentes a dicho nombramiento y percibió una retribución, la cual, en gran parte y en forma totalmente desinteresada fue donada a la Comisión de Solidaridad, creada en la Delegación para paliar, seguramente solo en parte, las necesidades de comedores públicos de la zona de influencia. Vaya nuestro afectuoso reconocimiento al autor de tan noble gesto. El otro evento destacable, al menos para quienes ejercemos responsabilidades dentro de la estructura de nuestro Consejo Profesional o de nuestra Caja de Seguridad Social, fue el ocurrido

En estas breves palabras vaya mi reconocimiento a estos dos matriculados y en sus personas a otros tantos que seguramente, fueron, son y serán capaces de proceder de la misma manera en similares circunstancias. Esto nuevamente, nos hace agradecer el pertenecer a la comunidad del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires.

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SOCIEDADES COMERCIALES Parte 3

Dra. CP y Abogada Lucila Scinica

Estipulaciones nulas: Serán nulas las estipulaciones que hagan: Que algunos de los socios reciban todos los beneficios o que se los excluya de ellos, o que sean liberados de contribuir en las perdidas. Que se le restituyan los aportes con un premio designado o con sus frutos ( haya o no ganancias ). Que aseguren al socio su capital o ganancias eventuales Que las totalidad de las ganancias y aun de las prestaciones a la sociedad, pertenezcan al socio o socios sobrevivientes. Que determinen un precio para la adquisición de la parte de un socio por otro, que se aparta notablemente de su valor real al tiempo de hacerla efectiva. Si se ordena una publicación y no se determina el órgano que debe hacerla ni los días que debe cumplirse, se deberá efectuar por una sola vez en el diario de publicaciones legales de la jurisdicción que corresponda.

Fondo común: El fondo común o capital social es la suma de los aportes realizado. Los aportes podrán ser bienes, marcas, servicios, derechos, patentes, etc. En las sociedades de responsabilidad limitada y por acciones, el aporte debe ser de bienes determinados susceptibles de ejecución forzada. Si los aportes son derechos, estos deberán estar debidamente instrumentados y deberán referirse a bienes susceptibles de ser aportados y que no sean litigiosos. Cuando los aportes sean créditos, la sociedad será cesionaria de los mismos. El aportante responde por la existencia y legitimidad del crédito. En el caso que el crédito no pueda ser cobrado a su vencimiento, el socio deberá aportar una suma de dinero en forma efectiva en 30 días. Si son títulos cotizables en bolsa, podrán ser aportados hasta por su valor de cotización. Si son bienes gravados se considerara su valor deduciendo el gravamen. Otro tipo de aporte es el uso y goce de bienes pero debe dejarse estipulado expresamente, de lo contrario se presume que se aporto la propiedad.

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En caso de perdida del aporte de uso y goce ( parcial o total ), salvo pacto en contrario, será el socio el que la soporta siempre que no fuere imputable a la sociedad o a otro socio. En caso de disolución, el socio podrá exigir la devolución en el estado en que se encuentre. En caso de evicción(1) podrá excluirse al socio y será responsable por los daños ocasionados. El socio responsable de evicción podrá sustituir el bien por otro de igual especie y calidad sin dejar de ser responsable por los daños ocasionados. Cuando se suscribe el capital en una sociedad se considera que se ha aportado el 100%. Si es dinero, el aporte puede ser del 25% como mínimo en el acto constitutivo y el 75% restante podrá hacerse en un plazo máximo de 2 años. El dinero debe ser de curso legal, si es en dólares debe hacerse la conversión al momento del aporte. No existe sociedad comercial sin aporte de los socios Los bienes pasan a ser dominio de la sociedad. Los aportes se transformarán en el capital social y este se dividirá en acciones, en cuotas o por parte de interés. En el contrato social se establece como se realizará el ejercicio social donde se volcarán todas las operaciones de la sociedad, para luego realizar los balances ( estado patrimonial, activos, pasivos, etc ) y la disposición de las utilidades. Todo el ejercicio social va ha ir plasmado en el legajo para poder ser oponible a terceros. Las ganancias van ha poder distribuirse cuando sean líquidas y realizadas, es decir que consten en el balance gral. aprobado por la asamblea gral. de socios en el cierre del ejercicio (por eso la importancia de la fecha de cierre del ejercicio). El primer ejercicio podrá ser mayor o menor a 12 meses. Régimen de nulidad : La nulidad causa el aniquilamiento de los efectos propios del acto y esta establecida expresamente en la ley. Toda sanción va ha actuar en razón de la causa originaria y dicha sanción será contemporánea a la celebración del acto. La nulidad puede ser absoluta o relativa. La nulidad absoluta puede ser declarada de oficio por el juez, la causal nunca prescribe y no se puede subsanar. En la nulidad relativa la parte ha sido afectada y le pide al juez que haga una apreciación judicial para que lo subsane ( falta un dato o es erróneo ). Existe una diferencia de la nulidad en una sociedad civil y en una comercial. En la primera se aniquilan todos los efectos desde el momento que fue celebrado el contrato ( es retroactivo ), mientras que en las comerciales es desde el día que lo declara el juez, siendo todo lo anterior válido y continuando sus efectos ( no se retrotrae en el tiempo )


Sociedades

Si hay nulidad que afecte el vínculo de un socio con la sociedad, no producirá la nulidad, anulación o resolución del contrato, salvo que la participación o la prestación de ese socio se considere esencial. Si una sociedad es de dos socios, el vicio de la voluntad hará anulable al contrato. Si la sociedad es de más de dos socios, el contrato será anulable cuando los vicios afecten la voluntad de los socios que posean la mayoría del capital. Es nula la constitución de una sociedad de los tipos no autorizados por la ley. Si se omite cualquier requisito esencial no tipificante ( comunes a toda sociedad ), hace anulable al contrato pudiendo subsanarse antes de su impugnación judicial. Los requisitos tipificantes son los que caracterizan a un tipo de sociedad. Las sociedades de objeto ilícito son nulas de nulidad absoluta. Los terceros de buena fe podrán alegar la existencia de la sociedad, sin que los socios puedan alegar la nulidad. Los socios no podrán alegar la existencia de la sociedad, ni aún para demandar a terceros o para reclamar la restitución de los aportes, la división de la ganancia o la contribución a las perdidas. Una vez que se ha declarado la nulidad, se procederá a la liquidación de la sociedad por quien designe el juez. Habiendo cumplido con el pasivo social y los daños causados, el remanente va al estado para el fomento de la educación común de la jurisdicción respectiva. Los socios, administradores responderán en forma ilimitada y solidariamente por el pasivo social y los perjuicios causados.( no hay beneficio de excusión ) Si la sociedad tiene un objeto licito pero realiza actividades ilícitas, se procederá a su disolución y liquidación ( a pedido de parte o de oficio ), igual que las sociedades con objeto ilícito. Los socios que puedan probar su buena fe, podrán recuperar su porcentaje del remanente de la liquidación y no serán responsables en la forma que se establece en caso de una sociedad ilícita. Si la sociedad tiene un objeto prohibido en razón del tipo, serán nulas de nulidad absoluta. Se les aplicará todo lo referente a una sociedad de objeto ilícito, salvo lo referente al remanente de la liquidación que, si no hay disposición que diga lo contrario, se distribuirá en proporción a la participación de cada socio en las ganancias. La diferencia de un objeto ilícito a uno prohibido es que el primero es contrario a la ley, a la moral y al orden publico, mientras que el prohibido en razón del tipo social es aquello que no se permite para una sociedad determinada ( un banco o una compañía de seguro debe funcionar en una S.A. y no en una colectiva )

votos suficientes como para formar la voluntad social en las reuniones sociales o asambleas ordinarias.

Sociedades vinculadas Son vinculadas cuando una participa en más de un 10% del capital de la otra. Si participa en más de un 25% deberá comunicárselo a fin de que en su próxima asamblea ordinaria tome conocimiento del hecho.

Sociedad no constituida regularmente: Pertenecen a este grupo las sociedades de los tipos autorizados que no se regularizaron (irregulares) y las sociedades de hecho que tengan un objeto comercial ( único caso donde se analiza el objeto ). También serán consideradas sociedades irregulares aquellas que se inscribieron pero tienen un vicio que deben subsanar y nunca lo hacen. Estas sociedades se regularizan adoptando uno de los tipos previstos en esta ley. Una vez regularizadas, estas sociedades no se disuelven, sino que continúan como regularizadas manteniendo los efectos de los derechos y obligaciones anteriores como la responsabilidad anterior de los socios. La regularización puede ser pedida por cualquiera de los socios debiendo comunicárselo a los demás en forma fehaciente. Convocada la reunión, lo que se resuelva deberá ser por mayoría de socios. En caso afirmativo, deberá otorgarse el instrumento correspondiente, cumplirse las formalidades del tipo y solicitarse la inscripción registral dentro de los 60 días de recibida la ultima notificación. En caso negativo o si la inscripción no fue solicitada en término, cualquier socio podrá exigir la disolución de la sociedad desde la fecha de la resolución social denegatoria o desde el vencimiento del plazo para la inscripción sin que los demás socios puedan requerir nuevamente la regulación. Cualquiera de los socios podrá exigir la disolución de la sociedad. Esta se producirá en la fecha en que el socio haya notificado fehacientemente su decisión a todos los consocios, salvo que la mayoría de éstos resuelva regularizarla dentro de los 10 días y solicite la inscripción dentro de los 60 días ( desde la ultima notificación ). En caso que proceda la regulación, los socios que votaron contra la misma ( y no quieren continuar en la sociedad regularizada ) tienen derecho a una suma de dinero equivalente al valor de su parte a la fecha del acuerdo social que la dispone. Si existen operaciones pendientes, el socio participará en los beneficios o soportará sus pérdidas y la sociedad podrá retener la parte del socio hasta concluir las operaciones en curso. El socio responderá hacia terceros por las obligaciones sociales hasta la inscripción de la modificación del contrato en el Registro Publico de Comercio. La protección legal será a partir de la inscripción, salvo acuerdo con los acreedores. Los socios y administradores quedarán obligados solidariamente por las operaciones sociales, sin que puedan invo-

Sociedades controladas Se consideran sociedades controladas cuando una sociedad (controlante) posee una participación y el porcentaje de

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Sociedades

car el beneficio de excusión ni las limitaciones que se funden en el contrato social. Ni la sociedad ni los socios pueden oponer a terceros o entre si, los derechos o defensas establecidos en el contrato social, pero la sociedad si podrá ejercer los derechos emergentes de los contratos celebrados. Respecto a terceros, cualquier socio representa a la sociedad. La existencia de la sociedad puede acreditarse por cualquier medio de prueba.

reducir el capital indebidamente integrado.

Los socios:

El socio oculto tiene responsabilidad subsidiaria, ilimitada y solidaria por las obligaciones sociales. Un pacto en contrario no es oponible a terceros. Socio del socio El socio del socio carece de la calidad de socio y de toda acción social.

El estado de socio se adquiere cuando, en el estatuto de la sociedad, quede estipulado nuestro nombre como socio de dicha sociedad, y es a partir de ese momento que nacen derechos y obligaciones. En las sociedades de hecho o en las irregulares no se consideran a las partes como socios.

Capacidad: El socio deberá tener la libre disposición de los bienes. Una persona tiene la libre disposición de los bienes después de la mayoría de edad ( 21 años ). Con la emancipación que se obtiene a los 18 años, igualmente el menor no tiene la “libre” disposición de los bienes. Por lo tanto un menor no puede formar una sociedad salvo que sea una sociedad familiar o que sea por causa de una herencia, donde el juez de la sucesión deberá aprobar el contrato constitutivo. La responsabilidad del menor nunca es ilimitada por lo tanto solo podrá formar una sociedad del tipo S.R.L o S.A ( siempre con una responsabilidad limitada ). En caso de violar esta disposición, hará responsable solidaria e ilimitadamente al representante del menor y a los socios mayores de edad por los daños y perjuicios causados al menor. Los esposos pueden integrar entre si sociedades por acciones y de responsabilidad limitada. Cuando uno de los cónyuges adquiera por cualquier título la calidad de socio del otro en sociedades de distinto tipo que las anteriores, dicha sociedad deberá transformarse en el plazo de 6 meses o uno de los esposos deberá ceder su parte a otro socio o a un tercero en el mismo plazo, de lo contrario la sociedad es nula. Las sociedades anónimas y en comandita por acciones podrán formar parte como socias, solo de sociedades por acciones. Ninguna sociedad podrá participar en otra por un monto superior a sus reservas libres y a la mitad de su capital y de las reservas legales.( salvo aquellas cuyo objeto sea exclusivamente financiero o de inversión o que el exceso en la participación resultare del pago de dividendos en acciones o por la capitalización de reservas. Será nula la constitución de sociedades o el aumento de su capital mediante participaciones reciprocas, y hará responsable en forma ilimitada y solidaria a los fundadores, administradores, directores y síndicos, teniendo 3 meses para

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Socio aparente El socio aparente es aquel que presta su nombre como socio pero no es considerado como tal por los verdaderos socios, tenga o no parte en las ganancias de la sociedad. Respecto a terceros, si será considerado como socio por sus obligaciones y responsabilidades y tendrá acción contra los socios para ser indemnizado por lo que pagare.

Socio oculto

Derechos y obligaciones de los socios Los derechos y obligaciones del socio aparecen desde la fecha de inscripción del estatuto. El derecho mas importante es el derecho a la información, lo que le permite solicitar, en cualquier momento, la exhibición de los libros de inventario y balance (1 ) y el diario, los cuales podrán pedirse al administrador o al sindico ( según el tipo de sociedad de que se trate ). Otro derecho que posee el socio es el de participar en las reuniones sociales para que pueda expresar su voluntad. Dentro de las obligaciones o deberes que tiene el socio es el deber de lealtad ya que debe trasmitir confianza, no debe tener ningún interés en contrario con la sociedad, debe prestar colaboración permanente y debe fidelidad a la sociedad. Jamas puede ir en contra de ella. Otros de los deberes será el soportar las perdidas por ejemplo en el momento de la liquidación cuando los fondos no sean suficientes ( ver beneficio de excusión ) Si se produce un daño a la sociedad por dolo o culpa por parte de un socio o por el que no siéndolo la controle tendrá la obligación de indemnizar sin que pueda alegar compensación por otros negocios exitosos realizados. Cuando un socio utilice fondos o efectos de la sociedad para uso propio o de terceros quedará obligado a traer a la sociedad la ganancia resultante y las perdidas serán por cuenta suya.

Administración y representación Dentro de las sociedades se va ha elegir un órgano de administración ( esfera interna ) y un órgano de representación ( esfera externa ). La esfera interna será la que se encarga de los libros, registros, etc. La esfera externa es la que nos representa frente a terceros En sociedades pequeñas los dos órganos podrán estar unidos en una misma persona mientras que en una S.A el representante será el director.


Sociedades

El administrador o representante obliga a la sociedad por todos los actos que no sean notoriamente extraños al objeto social El accionar de este representante estará limitado por los limites del objeto social; los actos que notoriamente quedan fuera del objeto social, lo harán a él personalmente responsable ( doctrina ULTRA VIRES ). La designación del administrador se hace en las reuniones sociales con validez desde la fecha que figura el acto de nombramiento y el anterior administrador seguirá teniendo responsabilidad por los actos aun en ejecución. Toda designación o cesación de los administradores debe ser inscripta en los registros correspondientes e incorporada al legajo de la sociedad para que sea oponible a terceros.

Existen 3 casos o “tipos de perdón” en donde puede extinguirse su responsabilidad, salvo violación de la ley estatuto La sociedad aprueba la gestión o realiza una transacción con el administrador ( quitus) La sociedad no aprueba la gestión pero renuncia a iniciarle acciones (1) VISTO el expediente Nº 759/03 caratulado “MARÍA MARCELINA ADORNETTO s/ Denuncia”, ( Comision Nacional de Valores ) “ Que la diligencia de un buen hombre de negocios establecida por el artículo 59 de la LSC fija un estándar de conducta, y el legislador ha pretendido en él idoneidad y eficiencia en el desempeño de las funciones de los administradores y representantes de la sociedad. Que el patrón de apreciación de conducta que brinda el artículo 59 de la LSC – “diligencia del buen hombre de negocios” – impone la previsión de acontecimientos que no resultan absolutamente desacostumbrados en el ámbito de la actividad de la que se trata según la experiencia común (Cám. Nac. Com., Sala D, 9/11/95, “Estancia Procreo Vacunos S.A. c. Lenzi Carlos, y otros”). Que, a su vez, tal como acertadamente enseña Alberto Verón (“Sociedades Comerciales, Ley 19.550 y modificatorias – Comentada, Anotada y Concordada” – Tomo I), la noción de “buen hombre de negocios” establece una auténtica responsabilidad profesional, ya que implica capacidad técnica, experiencia, conocimientos.”

El administrador puede o no ser socio. El socio que deja de ser administrador sigue teniendo la calidad de socio pero no podrá opinar sobre su anterior gestión. La ley establece que el plazo máximo de administración será de 3 ejercicios, por lo que en caso de continuar deben ser reelegidos. El nombramiento del nuevo administrador deberá llevarse al registro publico para que pueda ser oponibles a terceros.

La revocación puede hacerse con o sin causa. El administrador podrá renunciar en cualquier momento pero sin causar perjuicio a la sociedad, por lo tanto no podrá ser en forma intempestiva ni dolosa porque de lo contrario responderá en forma personal . Los administradores de la sociedad deben obrar con lealtad y con la diligencia de un buen hombre de negocio.(1) Los que faltaren a sus obligaciones serán responsables en forma solidaria e ilimitada por los daños que resulten de su acción u omisión. Cuando haya responsabilidad del administrador este podrá ser eximido de la misma cuando este no haya participado de la gestión que se tomó o cuando este haya participado pero haya dejado asentada en forma expresa su protesta. Otro situación es cuando no puede eximirse de la responsabilidad pero se extingue la misma.

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Actividades realizadas en nuestras delegaciones

DESPIDAMOS EL AÑO JUNTOS!!! Avellaneda: Sábado 4 de Diciembre 21,30. Lugar a confirmar. Lomas: Sábado 20 de noviembre, 13 horas, Quinta Los Laureles, Dr. Medel 1386- Monte Grande. Morón: Viernes 10 de diciembre, 21.30 horas en “El Mangrullo”, Autopista Richieri Km 20, Ciudad Evita. San Martín: Sábado 27 de noviembre, en la Delegación San Martín, horario a confirmar. San Isidro: Viernes 26 de noviembre, Club San Fernando, Sarmiento y Escalada s/n.

AVELLANEDA

Día del Niño El pasado 7 de agosto, se realizó la fiesta del día del niño en la Delegación Avellaneda. Los chicos disfrutaron del teatro de sombras, shows de magia y globología. También hubo sorpresas y regalos para todos.

Reunión de las mesas del Consejo y de la Caja en nuestra delegación, el día viernes 13 de Agosto de 2010.

Jura de nuevos matriculados en nuestra delegación, realizada el viernes 13 de Agosto de 2010.

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Actividades realizadas en nuestras delegaciones

LOMAS DE ZAMORA

Exposición Realizada el día 16/07 en Lomas de Zamora, a cargo de María Magdalena Sorhobigarat.

Día del Niño El 7 de agosto festejamos el día del niño con la presencia de Ripayasotos que animaron una tarde maravillosa.

Peña El sabado 17 de julio a las 21Hs se realizó en nuestra delegación una peña de la cual fueron parte los artistas Andres Tuzzi acompañado por Julia Otero Martinez y Ariel “ cata” Gutierrez;

Tel./Fax: 4790-3242 roberto@estudio-bufelli.com.ar hernan@estudio-bufelli.com.ar 51

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Actividades realizadas en nuestras delegaciones

MORÓN Taller de procedimiento clase II Realizado en Dlg Morón el 03/08 Disertante: Dr. Oscar Fernandez

SAN MARTÍN

Jura y Entrega de Medallas Delegación San Martín

SAN ISIDRO El dia 4 de junio de 2010 se llevo a cabo la ceremonia de jura de nuevos matriculados y entrega de medallas a los colegas que cumplieron 25 y 50 años. Nos despertó especial admiración el Dr. Juan Ramón Miramont que cumplió 50 años con la profesión.

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Actividades realizadas en nuestras delegaciones

S O C I E D A D E S

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• SERVICIOS PARA EL CONTADOR CONSTITUCIONES S.A. – S.R.L. – S.C.A. – ASOC. CIVILES – FUNDACIONES TRAMITES REGISTRALES EN IGJ (CAPITAL FEDERAL) Y DPPJ (LA PLATA) CAMBIO DE DIRECTORIO Y/O GERENCIA - CAMBIO DE DOMICILIO SOCIAL CESIONES DE CUOTAS DE S.R.L. – RECONDUCCIONES – PRORROGAS DEL PLAZO AUMENTOS DE CAPITAL SOCIAL INFERIOR Y SUPERIOR AL QUINTUPLO CAMBIO DE JURISDICCION DESDE Y HACIA CAPITAL FEDERAL SOCIEDADES EXTRANJERAS – NACIONALIZACION POR ART. 124 LSC.

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Actividades

Cursos Delegación Avellaneda Fecha

Tema

Docentes

Horario

7 y 14 de Septiembre de 2010

Responsabilidad del Auditor (incluye papeles de trabajo)

Dr. Gustavo Montanini

7 a 21 hs. Total 8 hs.

Septiembre de 2010

Curso Interdisciplinario Intensivo de Administración de Consorcios de Propiedad Horizontal

Dr. Raúl Magnorsky

a confirmar

Inicio 21/09/2010 12/10/2010 - 26/10/2010 9/11/2010 - 23/11/2010 30/11/2010

Curso sobre Normas Contables Profesionales

Dra. Ana María Pett Dr. Norberto Martinez Tejeda

17 a 21 hsTotal 24 hs

29/09 - 27/10 - 24/11

Ciclo de Actualización Tributaria y Previsional

Dr. Jorge Guglielmucci

18 a 21 hs

27/10/2010

Ciclo de Actualización Tributaria y Previsional

Dr. Jorge Guglielmucci

18 a 21 hs

24/10/ 2010

Ciclo de Actualización Tributaria y Previsional

Dr. Jorge Guglielmucci

18 a 21 hs

Matriculados $ 110 Otros Consejos $ 130 Jóven Profesional $ 105

Matriculados $ 500 Jóven Profesional $ 475 Otros Consejos $ 575 Se puede abonar con dos cheques de pago diferido

Para más información: Telefonicamente al 4222-3850-4312 / 4201-7655 - email : dlgavellaneda@cpba.com.ar

Receptoría Quilmes Fecha

Tema

Docentes

Horario

Jueves 16-09-2010

Actualizacion Normas Contables

Dra. Ana M. Petti

16:00 a 20:00 hs.

Miércoles 22-09-2010

Actualizacion Normas Contables

Dra. Ana M. Petti

16:00 a 20:00 hs.

Miércoles 29-09-2010

Actualizacion Normas Contables

Dra. Ana M. Petti

16:00 a 20:00 hs.

Miércoles 06-10-2010

Actualizacion Normas Contables

Dra. Ana M. Petti

16:00 a 20:00 hs.

Miércoles 13-10-2010

Actualizacion Normas Contables

Dra. Ana M. Petti

16:00 a 20:00 hs.

a confirmar 2° quinc.octubre

Exportaciones

Dr. Alejandro Crivella

16:00 a 20:00 hs.

Para más información: Telefonicamente al 4257-0949-6217 - E-mail : recepquilmes@cpba.com.ar - Humberto I nro. 227-Quilmes

C.P.C.E.P.B.A.-DELEGACIÓN AVELLANEDA - Instituto de Postgrado e Investigación Técnica Inicio 29 de septiembre de 2010

CARRERA DE POSTGRADO: ESPECIALIZACION EN TRIBUTACION en convenio con la Universidad Nacional de Mar del Plata

Director Académico: Dr. Juan Oklander Coordinadores Académicos: Dres. Cristobal Cortés, Marcelo Gómez y Carlos Concalves. DIPLOMA OTORGADO: ESPECIALISTA EN TRIBUTACION: expedido por la UNMdL. Régimen de Admisión: Ser Contador Público, graduado en Universidades Públicas o Privadas con reconocimiento oficial. Estar matriculado en el C.P.C.E.P.B.A. y no adeudar importe alguno en concepto de ejercicio profesional. Excepcionalmente podrán inscribirse profesionales de otros C.P.C.E. con matrícula al día o de otras profesiones admitidas por la U.N.M.d.P con matrícula habilitada en sus respectivas instituciones profesionales. Metodología de cursado y sistema de evaluación: Los módulos que componen la Carrera se dictarán con clases presenciales

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durante dos años lectivos sucesivos a partir de la iniciación. La carga horaria total de la carrera será de 360 horas asistenciales. Asignaturas - Eje temático Principios de la tributación Procedimiento, sanciones y otros aspectos generales de la tributación. Imposición sobre Rentas y Patrimonios Imposición sobre los consumos Total horas

Carga horaria 48 88 88 88 90 360

Duración estimada: 27 meses Arancel: General: $11.000,00 Jóven Graduado: $ 10450,00 Matrícula: $ 900,00 (que se tomará como pago a cuenta del arancel total). El pago implica el reconocimiento como alumno de la carrera. Lugar de realización: Monseñor Piaggio 42- Avellaneda. Formas de Pago: ContadoCheques diferidos propios - Crédito de la CSSPCEPBA - Tarjeta de Crédito Visa del Banco Francés INFORMES / INSCRIPCIÓN Delegación Avellaneda - C.P.C.E.P.B.A. - Calle: Monseñor Piaggio 42-Avellaneda - por mail a: dlgavellaneda@cpba.com.ar - Telefónicamente al ( 011 ) 4222-3850/4312


Actividades

Comisiones de la Delegación Avellaneda Impuestos Dr. Obelleiro Redonda Dr. Raúl Antonio Klag Dra. Adriana Belotte Dr. Roberto Gedeon Dr. Marcelo Fernandez Dr. Luis Tomás Felice Dr. Alejandro Brescancin Dr. Martin Garobbio Cursos Dr. Luis Galli Dr. Raúl Puhl Dr. Roberto Gedeon Dr. Marcelo Fernandez Dra. Karina Ferreyra Dr. Guillermo Maehamasaki Dr. Hernás Suppes

Dr. Alfredo Bies Dra. Mariana Schegvitz Justicia / sindicatura y pericial Dra. Inés do Santos Dr. Obelleiro Redonda Jaime Dr. Daniel Julio Garcia Cultura y deportes Dr. José J. Ministro Chumbinho Dra. Laura Belis Informatica Dr. Miguel Lardo Jovenes graduados Dr. Juan C. Oliveto do Santos Dr. Alejandro Brescancin Dr. Alfredo Bies Contabilidad y auditoria Dr. Raúl Puhl

Dra. Laura Belis Enlace con organismos y otras entidades Dr. Luis Felice Dr. Alejandro Brescancin Dra. Adriana Belotte Dr. Roberto Gedeon Dr. Marcelo Fernandez Cooperativas y pymes Dr. Carlos Garcia Vazquez Dr. José Luis Minissale Dr. Juan C. Oliveto do Santos Dr. Alberto Rodriguez Dr. Enrique Moure

Comisión Receptoría Quilmes Justicia en Quilmes: Dr. Miguel Ángel Lipka

Cursos Delegación Lomas de Zamora Capacitación dentro del Ciclo de Conferencias gratuitas: REGIMENES DE INFORMACION – HONORARIOS DIRECTORES – JURISPRUDENCIA JUDICIAL Y ADMINISTRATIVA Docentes a Cargo: Dr. Juan Verrina- Dra. Daniela Brugnoli Día de dictado: jueves 2 de septiembre Horario: 19 a 21 Hs Entrada sin Cargo ADMINISTRACIÓN DE CONSORCIOS Docente a cargo: Dr. Maximiliano Jorge Álvarez Día de dictado: jueves 23 de septiembre Horario: 19 a 21 Hs. Entrada sin Cargo FORMAS DE GARANTIA PARA LA FINANCIACION DE PYMES Docente a cargo: Funcionarios FOGABA Día de dictado: jueves 17 septiembre Horario: A confirmar Entrada sin Cargo REGULARIZACION DE SOCIEDAD DE HECHO A S.R.L. CON APORTE DE UN FONDO DE COMERCIO Docentes a cargo: Dras. Lucila Alicia Scinica y Nelly Bressan Día de dictado: jueves 21 de octubre Horario: 19 a 21 Hs. Entrada sin Cargo Cursos: PRÁCTICA PROCESAL. ACORDADA 2728

Docentes a Cargo: Dres. Tobías Antonio Bonerba, Emilio Julio Bianco Días de dictado: martes y miércoles Horario: 18:30-21:30 Hs. Comienzo: 7 de septiembre Costo: $360 Total de reuniones: 16 ACTUALIZACIÓN EN NORMAS CONTABLES PROFESIONALES Docentes a Cargo: Dres. Julio Daniel Carson, Alberto Veiras, Daniel Ernesto Nuciforo, Héctor Mauricio Paulone, Rubén Oscar Telechea. Días de dictado: miércoles Horario: 19:30-21:30 Hs. Comienzo: 8 de septiembre Total de reuniones: 6 Costo: Matriculados CPCEPBA $240, Matriculados en otras Jurisdicciones $300, Jóvenes Graduados Y estudiantes avanzados $120. TALLER DE IMPUESTOS A LAS GANANCIAS – NIVEL II Docentes a cargo: Dres: Roberto Córdoba, Gustavo Magariños Comienzo: Miércoles 22 de septiembre Horario: 19 a 21 Hs. CUPO LIMITADO: 30 ALUMNOS

EXPOSICION DE PINTURA - RECITAL DE MUSICA FOLKLORICA Y CIUDADANA Sábado 18 de septiembre 19.00 y 21.00 horas

Escapada a Isla Martín García Sábado 23 de octubre 10 horas FIESTA DE FIN DE AÑO – ALMUERZO EN QUINTA LOS LAURELES sabado 20 de noviembre 13.00 horas

EXPOSICION DE PINTURA - RECITAL DE TANGO Y MUSICA LATINOAMERICANA Sábado 16 de octubre 19.00 y 21.00 horas

“La resignación es un suicidio cotidiano.” Balzac Integran la comisión el Dr. Hugo Alberto Aquino y Dra Lucila Alicia Scinica

EXPOSICIÓN DEL TALLER EXPERIMENTAL DE ARTES VARIAS Viernes 22 de octubre 19 horas

Les recordamos que ya abrió sus puertas el Centro de Mediación Lomas. Para consultas e informes comunicarse al 4292-7076/77 y al 4244-6687, por mail a mediacion.lomas@cpba.com.ar o Manuel Castro 535 Lomas de Zamora.

“La búsqueda del diálogo facilita la solución del conflicto” 55

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Actividades

Comisiones de la Delegación de Lomas de Zamora Cooperativas, Mutuales y otros entes de Interés Comunitario Reuniones: El primer miércoles de cada mes. Responsable: Dr. Maximiliano Jorge Álvarez. Acción Fiscalizadora Reuniones: Consultar en Delegación Responsable: Dr. Jacobo Mario Waisberg Actuación Judicial Reuniones: 4º martes de cada mes Responsable: Dra. Adriana Elena Donato Centro y Comisión de Mediación Reuniones: 2º lunes de cada mes 19 hs. Responsable: Dra. Susana Mabel Costa Contabilidad Reuniones: 4º miércoles de cada mes a partir de Abril 2010 de 16.00 a 18.00 hs. Responsable: Dr. Hugo Alberto Aquino Cultura Reuniones: 1º y 3º Miércoles de cada mes 18 hs. Responsable: Dra. Lucila Alicia Scinica Cursos Reuniones: Consultar en Delegación Responsable: Dr. Alberto Veiras

Deportes Reuniones: Consultar en Delegación Responsable: Dr. Leonardo Esteban Lara Impuestos Reuniones: todos los Martes, 19:30 hs. Responsable: Dr. Néstor José Epíscopo Jóvenes Graduados Reuniones: 2º y 4º Miércoles del mes 19 hs. Responsable: Dr. Juan Martín Tagliavini PyMES Reuniones: Consultar en Delegación Responsable: Dr. Julio Daniel Carson Sindicatura Concursal Reuniones: Consultar en Delegación Responsable: Dra. María Alicia Bertolot Boletín Reuniones: Consultar en Delegación Responsable: Dra. Sandra Mónica Rizzo Destacamos que, si bien las comisiones prevén un horario de reunión prefijado, si no es miembro concurrente habitual, es conveniente llamar previamente a la Delegación para confirmar su asistencia y la confirmación de la reunión.

Consultas Técnicas Los integrantes de la Mesa Directiva de la Delegación Lomas de Zamora quieren agradecer en este espacio, la colaboración desinteresada de los profesionales asesores, a quienes hoy la conforman y a los que por razones laborales y personales ya no la integran, a todos muchas gracias. Societarias Dr. Francisco Antonio De Gennaro Tel.: 4202-7090 (11 a 13Hs) Dra. Lucila Alicia Scinica Tel.: 4233-5578 (14:30 a 17hs) Impositivas Dra. Irene Nilda Kagami Tel.: 4244-5987 (14 a 18Hs) Dr. Daniel Marcelo Romero Tel.: 4242-1656/ 4582 O 4202-0288 Dr. Roberto Jesús Córdoba Tel.: 02225-423407 Dr. Gustavo Emilio Magariños Tel.: 4292-9827 Actuación Judicial Dr. Emilio Julio Bianco Tel.: 4202-1153 Dra. Sandra Mónica Rizzo Tel.: 4299-4555 smrizzo@speedy.com.ar Dra. María Alicia Bertolot Tel.: 4202-5101

Dra. Susana Mabel Costa Tel.: 4243-1203 (de 14 a 19Hs) estudiosmcosta@ciudad.com.ar Dra. Susana Beatriz Baffini Tel.: 4244-7127 Dra. Adriana Elena Donato. Tel.: 4245-8943 (Lun.- Mart.- Juev. 14 a 18 Hs) Dra. Yolanda Gaglione Tel.: 4282-1108 (14:30 a 18Hs) Contabilidad Dr. Daniel Ernesto Nuciforo Tel.: 4202-5101 Dr. Rubén Oscar Telechea Tel.: 0221-15-4760682 Dr. Alberto Veiras averias@ciudad.com.ar Dr. Julio Daniel Carson Tel.: 15-57623625 Dr. Hugo Alberto Aquino Tel.: 15-51487071 haaquino1@hotmail.com

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Laboral Dra. Nelly Elisa Bressan Tel.: 4297-1744 (Martes y Miércoles. 14 a 18 Hs)

Sindicatura Concursal Dra. María Alicia Bertolot Tel.: 4202-5101 Dra. Sandra Mónica Rizzo Tel.: 4299-4555

Propiedad Horizontal Dra. Cristina Maritato Tel.: 4244-5225

Mutuales Y Cooperativas Dr. Maximiliano Jorge Álvarez Tel.: 15-59972091 maxiunlz@yahoo.com.ar


Actividades

Cursos Delegación Morón Fecha y horario

Tema

Expositor

7 de Septiembre y 1 de Noviembre de 18.30 a 21.30 hs.

Taller de Procedimiento. Tiene como objetivo capacitar al profesional en Ciencias Económicas para la atención de inspecciones de AFIP

Dr. Oscar Fernández

Octubre-Noviembre

- Sociedades: DPPJ//IGJ, Teoría con casos puntuales, Presentación de Estados Contables. En tres módulos, comparativos entre CABA y Pcia Bs. As. - Economía-Finanzas: Inversiones personales, que hacer con los ahorros?

Nota: Los cursos se llevarán a cabo en la medida de cubrirse el cupo mínimo de inscriptos requeridos Informes e Inscripción:Delegación Morón - Av. Rivadavia 17675 - Morón, Telefónicamente a los siguientes Números: 4628-2065 / 4629-7407 / 4483-3623 o vía correo electronico a dlgmoron@cpba.com.ar

Autoridades y días de reunión de las subcomisiones que funcionan en delegación Morón SUBCOMISIONES

AUTORIDADES

DIAS DE REUNION

ACTUACION ANTE ORGANISMOS PUBLICOS

Pte: Dra. Gladys Ladelfa Sec. 1: Dr. Pablo Espósito Sec. 2: Dr.Alberto A. Boccaloni

Ultimo Lunes de cada mes 18:30 hs.

ECONOMIA

Pte. Dr. Mazza Domingo J.

FORO DEBATE PROFESIONAL ABIERTO

Coordinadores: Dra. Cancelo Alicia Dr. Enrique Vázquez

2do Jueves de cada mes 19:00 hs.

IMPUESTOS Y RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Dr. Rodriguez Jorge Roberto Dr. Videla Roberto Alejandro

Dr. Rodriguez – 1ro y 2do Lunes 18:30 hs. Dr. Videla - 4to Lunes 18:30 hs.

JOVENES GRADUADOS

Pte. Dr. Javier Vecchio Sec. Dra. Carla Lombardi

4to Jueves de cada mes 19:30 hs.

JUSTICIA

Pte. Dra. María del Carmen Cacosso Sec. Dra. Norma Suarez

4to Jueves de cada mes 18:00 hs.

PROF. QUE ACTUAN EN LA FUNCION PUBLICA

Pte. Dr. Bouvet Jorge E. Sec. Dr. Farberoff Rodolfo F.

2do Lunes de cada mes 16:00 hs.

SEGURIDAD SOCIAL

Pte.: Dr. Piva Pedro Vicepresidente Dr. Bacigaluppe Luis E.

Todos los miércoles 13 a 15 hs.

SINDICATURA CONCURSAL

Pte. Dra. Rodríguez Maria Cristina Vicepresidente: Dr. Vecchio Javier

4to jueves de cada mes 18:00 hS.

Prof. de Ciencias Económicas del Ambito Municipal

Pte. Dra. Stile Marcela A. Sec. Dra. Adriana Noemí Nadal

3ro jueves de cada mes 16:30 hs.

Cursos Delegación San Isidro Fecha

Horario

Tema

Expositor

Arancel

Todos los viernes

21hs

Curso de Salsa

Sra. Natalia Guigui

A confirmar

10/12/2010

14 a 18hs

Examen Curso de Practica Procesal

Dr. Jose Luis Flori

Sindicos Libre $ 120

Detalle de costo de cursos de Actualizaciòn para cada caso: 1) Joven Matriculado 2) Matriculado en C.P.C.E.P.B.A. 3) Matriculado en otra Jurisdicción Informes e Inscripción: Delegación San Isidro (Ituzaingo 476 -San Isidro-) ó telefónicamente al 4743-0900 de 9 a 15 hs. o vía correo electrónico a: cpcesani@fibertel.com.ar.

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Actividades

Comisiones de trabajo Fecha

Horario

Comisión de trabajo

2° Miercoles del mes

19:00

Pymes

2° Miercoles del mes

19:00

Judiciales

3° Miercoles del mes

19:00

Jóvenes

3° Miercoles del mes

19:00

Cursos

4° Jueves del mes

19:00

Impuestos, Previsional y Auditoria

Cabe destacar que las comisiones no son aranceladas

Cursos Delegación San Martín Septiembre

21

Dr. Oscar A. Fernández

Actualización Impositiva

Escobar

Septiembre

29

Dr. Oscar A. Fernández

Actualización Impositiva

San Martín

Octubre

27

Dr. Oscar A. Fernández

Actualización Impositiva

San Martin

Noviembre

24

Dr. Oscar A. Fernández

Actualización Impositiva

San Martin

Noviembre

25

Dr. Oscar Raúl Magnorsky

Actualización Laboral

San Martin

Costo de los cursos: Matriculados en CPCE PBA $50,00 / Matriculados en Otras Jurisdicciones $80,00 / Jóvenes Graduados $25,00.

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Todo éste sueño de dar clases comenzó a fines del 2005, Es algo mágico, algo inexplicable…… Amamos la Salsa y queremos transmitírtelo de la manera más profesional…. Nos cambió la vida !!!!!!!, ……….queremos compartirlo con vos!!!!!!!!

También brindamos : * * * * *

Clases de Salsa estilo cubano en parejas. Clases de Ritmos Caribeños para Mujeres. Clases de bachata, chachachá, merengue, conga, regeatton, son cubano, salsa estilo cubano y salsa tradicional. Clases individuales. Shows para Eventos.

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Nuestros Objetivos: ….Es que te diviertas, que te desenchufes y sobre todas las cosas que aprendas a bailar esto tan lindo que se llama "salsa" !!!!!!! Te esperamos!!!!! Naty y Pablo

Tel: 15-5731-8547 (dejar msj.) - cubaniasalsa@hotmail.com - www.cubaniasalsa.com.ar


Entrevista

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