Revista Tributaria Enero del 2022

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REVISTA TRIBUTARIA – TOMO I

Conforme al numeral (ii) de la letra k) del N° 3 de la letra D) del artículo 14, si los ingresos

brutos del giro del año anterior no exceden de 50.000 UF los PPM se efectuarán con una tasa de 0,25% sobre los ingresos respectivos

Tasa si los ingresos brutos del año anterior EXCEDEN de UF 50.000.Conforme al numeral (ii) de la letra k) del N° 3 de la letra D) del artículo 14, si los ingresos brutos del giro del año anterior exceden de 50.000 UF los PPM se efectuarán con una tasa de 0,50% sobre los ingresos respectivos

RENTAS QUE SE GRAVAN CON IMPUESTOS FINALES Los propietarios de una empresa acogida al régimen del N° 3 de la letra D) del artículo 14 quedarán gravados con impuestos finales sobre todas las rentas o cantidades que, a cualquier título, retiren, les remesen o les sean distribuidas desde la empresa, comunidad o sociedad

respectiva, siempre que no se trate de cantidades que ya han completado totalmente su tributación con los impuestos de la LIR, rentas exentas de los impuestos finales o de ingresos no constitutivos de renta

Orden de imputación de los retiros o distribuciones y momento que definen su situación tributaria.

La Pyme no aplicará un orden de imputación a los retiros, remesas o distribuciones de utilidades si no ha obtenido rentas con tributación cumplida, rentas exentas de los impuestos finales o ingresos no constitutivos de renta, que se controlen en el registro REX.

En los demás casos, para la aplicación de los impuestos finales, los retiros, remesas o distribuciones se imputarán conforme a lo dispuesto en el N° 4 de la letra A) del artículo 14

considerando las reglas especiales de este régimen. De acuerdo dicha norma, los retiros, remesas o distribuciones definen su tributación al término del ejercicio del año en que ocurren, imputándose en el orden cronológico en que se realicen, de las rentas o cantidades

acumuladas en los registros de rentas empresariales, según sus saldos al término del mismo año.


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EGRESOS

15min
pages 91-103

SITUACIONES ESPECIALES DE INGRESO

1min
page 87

INGRESOS

1min
page 90

RENTAS QUE SE GRAVAN CON IMPUESTOS FINALES

1min
page 82

EGRESOS

1min
page 80

A CONSIDERAR EN RELACIONADOS

1min
page 77

CAPITAL PROPIO TRIBUTARIO SIMPLIFICADO (CPTS

1min
page 78

EDITORIAL

1min
page 70

NORMAS DE RELACIÓN

7min
pages 62-65

GLOSARIO

0
page 71

EJERCICIOS

3min
pages 66-69

RENTA PRESUNTA PROVENIENTE DE LA ACTIVIDAD MINERA

3min
pages 60-61

AJENA O DE PASAJEROS

5min
pages 57-59

N° 2 RENTAS PRESUNTAS DEL ARTÍCULO 34 DE LA LIR

15min
pages 40-48

RENTA PRESUNTA PROVENIENTE DE LA ACTIVIDAD AGRÍCOLA

14min
pages 49-56

N° 1 CONTRIBUYENTES FACULTADOS PARA LLEVAR CONTABILIDAD SIMPLIFICADA

1min
page 39

CONTRIBUYENTES FACULTADOS PARA LLEVAR CONTABILIDAD SIMPLIFICADA

1min
page 37

ELOSARIO

0
page 33

N° 9 FACULTAD ESPECIAL DE REVISION DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS

3min
pages 30-31

CONTRIBUYENTES NO OBLIGADOS A LLEVAR CONTABILIDAD ALGUNA

1min
page 36

EDITORIAL

0
page 32

N° 8 INFORMACION ANUAL AL SERVICIO

1min
page 29

N° 1.- RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LOS PROPIETARIOS AFECTOS A IF

1min
page 13

N° 7 NORMAS PARA COMPENSAR RENTAS Y CREDITOS IMPROCEDENTES

2min
page 28

QUIENES DEBEN TRIBUTAR EN ESTE RÉGIMEN 14 LETRA A

1min
page 11

N° 5 DETERMINACION DEL CREDITO APLICABLE A LOS SOCIOS

1min
page 25

N° 2 REGISTROS TRIBUTARIOS DE LAS RENTAS EMPRESARIALES

16min
pages 14-22

IMPUESTO DE PRIMERA CATEGORIA

3min
pages 26-27

PRINCIPALES CARACTERIATICAS REGIMEN 14 A) – SEMI INTEGRADO

1min
page 10

ESTRUCTURA DEL ARTÍCULO 14 A DE LA LIR

0
page 12
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