CNI-108

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Boletín Nº 108 mayo 2011

Mayores deducciones fiscales en las obras de mejora de vivienda l pasado 22 de abril en la reunión de Consejo de Ministros, se aprobaron nuevas medidas que amplían las deducciones fiscales existentes para la rehabilitación de las viviendas. El Real Decreto 5/2011 de 29 de abril, de medidas para la regularización y control del empleo sumergido y fomento de la rehabilitación de viviendas, se ha publicado el viernes 6 de mayo y se encuentra en vigor desde el sábado 7 de mayo. Este Real Decreto recoge las numerosas peticiones de colectivos profesionales afectados, entre las que se halla CNI, solicitando una ampliación de las medidas fiscales que ya publicó el Gobierno en el RD-ley6/2010, de 9 de abril, de medidas para el impulso de la recuperación económica y el empleo. En la Disposición final primera de este nuevo RD 5/2011, se definen con el título Modificación de la deducción por obras de mejora en la vivienda habitual en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas todas estas medidas que resumimos a continuación: ■ El tipo de deducción pasa del 10 % al 20 %.

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■ Se extiende a obras en viviendas distintas de la habitual, incluidas las de alquiler. ■ Se amplía el límite máximo de renta. Los contribuyentes con una base imponible igual o inferior a 53.007,20 € podrán beneficiarse en su totalidad de la deducción, rebajándose ésta progresivamente has-

ta quedar a cero para los contribuyentes con una base imponible superior a 71.007,20 € ■ La reforma eleva, asimismo, el límite máximo de base de deducción anual, que pasa de 4.000 € a 6.750 €. Esto significa que la deducción anual máxima de la que se puede beneficiar un contribuyente será de 1.350 € (el 20% de 6.750 €. ■ La deducción continuará teniendo carácter temporal y se podrá aplicar únicamente a las obras realizadas (cantidades satisfechas) hasta el 31 de diciembre de 2012. ■ Las obras deberán destinarse a la mejora de la habitabilidad de la vivienda: eficiencia energética y del uso del agua. Se mantienen, por tanto, las exclusiones referentes a obras en garajes, jardines, parques, piscinas, etc. ■ El derecho a la deducción en el IRPF exigirá factura detallada con todos los requisitos legales, incluyendo el desglose del IVA, que en muchos de los casos será el IVA reducido del 8 por 100 aplicable a las obras de renovación y reparación de viviendas. ■ Los medios de pago seguirán estando limitados a tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuenta en entidad de crédito. ■ No se admiten los pagos en metálico. Desde CNI valoramos positivamente medidas de este tipo, si bien seguimos trabajando a fondo para ampliar la legislación en el ámbito de la rehabilitación de las viviendas, donde todavía queda mucho por hacer.

En este número...

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mayo 2011 - Nº 108


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