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ENERO 2023 • Pág 24 # 51 •

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Novedades farmacéuticas

Cannabis medicinal: ¿mito o realidad?

Por Dr. Q.F. Eduardo Savio

Las especialidades farmacéuticas de cannabis medicinal son un término que designa a los derivados de la planta Cannabis sativa que se usan para aliviar los síntomas causados por determinadas enfermedades. La investigación vinculada al uso terapéutico del cannabis medicinal continúa generando información valiosa acerca de sus potenciales beneficios y riesgos. Han proliferado artículos de todo tipo asociados al uso de sus componentes individuales, mezclas purificadas de la planta o derivados sintéticos en formas farmacéuticas sólidas, líquidas u otras. Muchos pacientes y agentes de la salud están considerando a los productos del cannabis o a sus principios activos como una alternativa para el tratamiento de afecciones que no tienen respuesta a fármacos convencionales. Se ha popularizado el uso del denominado “aceite de cannabis” en el tratamiento empírico de diversas afecciones como la epilepsia refractaria, el dolor neuropático, el cáncer y el glaucoma. Como consecuencia se ha creado expectativa en los pacientes y sus familiares, en el potencial terapéutico de diferentes productos. Los productos a través de los cuales se puede acceder a los tratamientos en base a cannabis medicinal y terapéutico son:

• Especialidades farmacéuticas

registradas ante el Ministerio de

Salud Pública de acuerdo a la normativa vigente, incluyendo Medicamentos Fitoterápicos Nuevo y

Tradicional. • Especialidades vegetales registradas ante el Ministerio de Salud

Pública de acuerdo a la normativa vigente. En un futuro, cuando la ley 19.847 sea reglamentada, se incluirá además la siguiente posibilidad:

• Formulaciones magistrales

prescriptas por médico tratante y elaboradas por químicos farmacéuticos en farmacias autorizadas específicamente para realizar preparaciones magistrales a base de extractos de cannabis o cannabinoides estandarizados, provenientes de empresas habilitadas por el Departamento de Medicamentos para la producción de materia prima vegetal con actividad farmacológica. Estas preparaciones magistrales podrán contener exclusivamente principios activos derivados del cannabis.

¿En qué se fundamentan sus acciones? La Cannabis sativa contiene muchos compuestos activos. Los más conocidos son el delta-9 tetrahidrocanabinol (THC) y el canabidiol (CBD). Luego del descubrimiento de los receptores donde actúan estas sustancias (CB1 y CB2), se identificaron tres familias de endocannabinoides o cannabinoides endógenos que actúan en los mismos receptores que los exógenos (sistema endocannabinoide). La acción de los cannabinoides es mediada a través de receptores CB1 presentes principalmente en el sistema nervioso central y de receptores CB2 en tracto gastrointestinal, sistema nervioso periférico, bazo y células del sistema inmune. THC actúa principalmente como agonista parcial de los receptores CB1 y CB2 y se le describen efectos antiinflamatorios, antieméticos, relajante muscular, analgésico y psicogénico. CBD puede actuar a través de una variedad de mecanismos, incluyendo agonismo parcial y antagonismo de los receptores cannabinoides, lo que probablemente explica su acción ansiolítica. Se le atribuyen efectos anti-

Marco regulatorio

El 20 de diciembre de 2019 el Poder Ejecutivo promulga la Ley N°19.847, la cual estableció el marco legal del Programa Nacional de Cannabis Medicinal y Terapéutico. En su artículo 1 declaró de interés público las acciones tendientes a proteger, promover y mejorar la salud pública mediante productos de calidad controlada y accesibles, en base a cannabis o cannabinoides, así como el asesoramiento médico e información sobre beneficios y riesgos de su uso. Posteriormente, el Decreto N°246/021, del 28 de julio de 2021, actualizó el marco jurídico aplicable al control y regulación de la importación, exportación, plantación, cultivo, cosecha, producción, adquisición, almacenamiento, comercialización, distribución y uso del cannabis y sus derivados para la investigación científica y uso medicinal.

inflamatorios, neuromoduladores, antipsicóticos y antiepilépticos. Medicamentos que se comercializan en Uruguay En la actualidad existen diversas especialidades farmacéuticas que cuentan con aprobación por las autoridades sanitarias y sus correspondientes registros. La diferencia fundamental radica en si contienen derivados de cannabis naturales o sintéticos. Las presentaciones de cannabidiol disponibles en el mercado son para uso sistémico o tópico. En forma farmacéuticas orales, gotas o soluciones, se disponen en las siguientes concentraciones y presentaciones: • 20 mg/mL en presentaciones de 10 y 30 mL • 30 mg/mL en presentaciones de 10 y 30 mL • 50 mg/mL en presentaciones de 10, 15, 20, 30, 50 y 100 mL • 100 mg/mL en presentaciones de 10, 15, 20, 30, 50 y 100 mL En forma farmacéutica de uso tópico, se disponen de: • Crema de 150 g • Geles postsolares, en presentaciones de 100, 150, 200 y 250 g Perspectiva para la farmacia La dispensación de los productos prescriptos bajo fórmula magistral a los pacientes, se hará exclusivamente en las farmacias autorizadas para tal fin, las cuales realizarán la revisión de la formulación establecida en la prescripción y la puesta en forma farmacéutica con procedimientos que pueden incluir entre otros: dilución, concentración, fraccionamiento, mezclado y envasado. Los laboratorios de preparados magistrales de las farmacias tienen que contemplar los criterios establecidos por las Buenas Prácticas de Preparaciones Magistrales. En la Farmacopea de Estados Unidos, versión vigente (USP), existe una guía que incluye aspectos de infraestructura, de funcionamiento, del personal, de garantía de calidad. Es una oportunidad para aquellas farmacias que quieran incorporar esta posibilidad, ir preparando debidamente el área, los procedimientos y el personal para brindar un nuevo servicio farmacéutico a la sociedad, sabiendo que existe una demanda y donde un elemento clave sigue siendo el acceso a toda la población de medicamentos seguros y eficaces.

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