142 - Bogotá Salud

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Director: Norberto Patarroyo L. - Edición N° 142 – Julio 3 de 2013 ENTREGA DE MEDICAMENTOS A AFILIADOS NO PODRÁ SER MAYOR A 48 HORAS. El Ministerio de Salud y Protección Social estableció los lineamientos que se deben tener en cuenta en ambos regímenes para la entrega oportuna de medicamentos a los afiliados. De acuerdo con la Resolución 1604 de 2013 se deberá dar cumplimiento al mecanismo excepcional de entrega de medicamentos en un lapso no mayor a 48 horas en el lugar de residencia y/o trabajo del afiliado cuando este lo autorice como consecuencia de la entrega incompleta de los mismos. El Ministerio dijo en un comunicado de prensa que de esta manera se busca la entrega a tiempo las medicinas que requieren los pacientes para mejorar y mantener su salud por parte de las EPS e IPS de ambos regímenes. “Se entiende que el plazo establecido de 48 horas comprende el tiempo transcurrido después que el afiliado reclama los medicamentos”, expresa la resolución. Estas disposiciones deben ser acatadas y cumplidas por las Empresas Administradoras de Planes de Beneficios y su red de prestación de servicios, e inclusive todas las instituciones del Sistema General de Seguridad Social en Salud pertenecientes a los regí-menes exceptuados. De igual forma, para tener un estricto seguimiento de inspección, vigilancia y control en la entrega de los medicamentos se crea el Sistema de Seguimiento, Monitoreo y Control. “Tendrá como finalidad servir de herramienta de información a las autoridades sanitarias y permitirá la formulación de políticas, toma de decisiones y monitoreo que requiere el sistema en cada uno de sus componentes”, establece la norma. COLOMBIANOS TIENEN MÁS Y MEJOR ACCESO A LA INFORMACIÓN SOBRE EL DESEMPEÑO DE SUS EPS. El Ministerio de Salud y Protección Social y la Defensoría del Pueblo suscribieron el Convenio 139 de 2013, dirigido a brindar a los ciudadanos una mayor y mejor información sobre los derechos y deberes que tienen como usuarios del sistema, el desempeño de las Entidades Promotoras de Salud (EPS) y la evaluación que otros usuarios dan a las mismas. El Ministro de Salud y Protección Social, Alejandro Gaviria Uribe, aseguró que con este convenio se brindará información que ayudará a los usuarios a exigir sus derechos y a tomar mejores decisiones. “Consideramos que el trabajo entre las dos instituciones, que aprovecha las competencias de cada una de ellas, es una excelente herramienta para desarrollar los medios necesarios para que los colombianos gocen de manera efectiva del derecho a la salud”, estimó el Ministro. Entre los puntos más importantes del convenio se destaca la divulgación masiva de los derechos y deberes que tiene los usuarios en el Sistema General de Salud. Así como dar a conocer a los usuarios los mecanismos de protección con los que cuentan para hacer respetar sus derechos.


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