FICHA 7
Trabajo a turnos/nocturno
» Objetivo preventivo Se debe realizar el trabajo a turnos o nocturno en condiciones organizativas que minimicen las alteraciones biológicas y las disfunciones de la vida familiar y social.
» Qué es El trabajo a turnos es toda forma de organización del trabajo según la cual los trabajadores ocupan sucesivamente los mismos puestos de trabajo, según un cierto ritmo, continuo o discontinuo, implicando para el trabajador la necesidad de prestar sus servicios en horas diferentes de un mismo periodo determinado de días o de semanas según un determinado patrón de rotación. El trabajo a turnos puede o no incluir trabajo nocturno. Por otra parte, existen muchas formas distintas de organizar el tiempo de trabajo según turnos rotativos.
El trabajo a turnos puede o no incluir trabajo nocturno. Por otra parte, existen muchas formas distintas de organizar el tiempo de trabajo según turnos rotativos
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El trabajo nocturno es aquel que tiene lugar por la noche. Según el Estatuto de los Trabajadores es el que se produce entre las diez de la noche y las seis de la mañana, considerándose trabajador nocturno a aquel que realice normalmente en periodo nocturno una parte no inferior a tres horas de su jornada diaria de trabajo, así como aquel que se prevea que pueda realizar en tal periodo una parte no inferior a un tercio de su jornada de trabajo anual de tal forma que se realicen, al menos, tres horas de la jornada diaria o un tercio de la jornada de trabajo anual en periodo nocturno. La legislación laboral española establece las limitaciones y obligaciones en materia de trabajo a turnos y nocturno.