MODULO 1 TEMA 2

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Módulo 1 Programación didáctica de acciones formativas para el empleo.

MÓDULO 1 PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA DE ACCIONES FORMATIVAS PARA EL EMPLEO

Unidad 2 Certificado de profesionalidad

1 Unidad 2. Certificado de profesionalidad


Módulo 1 Programación didáctica de acciones formativas para el empleo.

INDICE

1. Certificado de profesionalidad 2. Programación didáctica vinculada a certificación profesional

OBJETIVOS

1. Conocer el concepto de certificado de profesionalidad. 2. Aprender la estructura del certificado de profesionalidad. 3. Reconocer una programación didáctica vinculada a la certificación profesional. 4. Conocer las características del certificado de profesionalidad.

2 Unidad 2. Certificado de profesionalidad


M贸dulo 1 Programaci贸n did谩ctica de acciones formativas para el empleo.

ESQUEMA

3 Unidad 2. Certificado de profesionalidad


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1. Certificado de profesionalidad.

Un certificado de profesionalidad es un documento que acredita a un trabajador/a en una cualificación profesional del Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales. Son emitidos

por

el

Servicio

Público de Empleo Estatal (SPEE)

y

por

la

Administración Laboral de las Comunidades

Autónomas,

con carácter oficial y validez en todo el territorio nacional. Es decir, acreditan las competencias profesionales que capacitan para el desarrollo de una actividad laboral y que han sido adquiridas mediante acciones de formación profesional ocupacional y continua, programas de formación y empleo, contratos de aprendizaje y para la formación, la experiencia laboral u otras vías no formales de formación. Los certificados de profesionalidad y su formación asociada tienen como objetivo dar respuesta a las necesidades de la sociedad del conocimiento, basada en la competitividad, la 4 Unidad 2. Certificado de profesionalidad


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empleabilidad, la movilidad laboral y el fomento de la cohesión y la inserción laboral

1.1 Características

Los

certificados

acreditan

con

carácter

oficial

las

competencias profesionales que capacitan para el desarrollo de una actividad laboral con significación en el empleo. Se trata, por tanto, de proporcionar a los trabajadores la formación requerida por el sistema productivo y acercar los certificados a la realidad del mercado laboral. Los certificados de profesionalidad y su formación asociada tienen como objetivo dar respuesta a las necesidades de la sociedad del conocimiento, basada en la competitividad, la empleabilidad, la movilidad laboral y el fomento de la cohesión y la inserción laboral. Los certificados, que se obtienen por una parte, tras superar todos los módulos formativos que integran el certificado de profesionalidad y, por otra, mediante los procedimientos para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales 5 Unidad 2. Certificado de profesionalidad


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adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, pueden constituirse en un instrumento de acreditación de competencias para el desarrollo de una actividad laboral, son el instrumento de acreditación oficial de las cualificaciones profesionales del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales en el ámbito de la administración laboral. CARACTERISTICAS Perfil

Configura un perfil profesional, entendido como

profesional

el conjunto de competencias profesionales identificables en el sistema productivo y reconocido en el mercado laboral.

Cualificación Cada Certificado de Profesionalidad acredita profesional

una Cualificación Profesional del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

Validez

Carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

Expedición

Expedidos por el Servicio Público de Empleo Estatal y los órganos competentes de las Comunidades Autónomas.

El Real Decreto 34/2008 de 18 de Enero en relación al certificado de profesionalidad dice: 6 Unidad 2. Certificado de profesionalidad


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La oferta de formación profesional para el empleo vinculada

al

Catálogo

Nacional

de

Cualificaciones

Profesionales estará dirigida a la obtención de los certificados de profesionalidad. 

La oferta formativa dirigida a la obtención de los certificados de profesionalidad, tendrá carácter modular con el fin de favorecer la acreditación parcial acumulable de la formación recibida y posibilitar al trabajador que avance en su itinerario de formación profesional

Cuando la formación vaya dirigida a la obtención de certificados de profesionalidad, en su desarrollo se respetarán los contenidos de los módulos formativos y los requisitos que se determinen

Entre sus finalidades están el facilitar el aprendizaje permanente de todos los ciudadanos mediante una formación abierta, flexible y accesible, y favorecer, tanto a nivel nacional como europeo, la transparencia del mercado de trabajo a empleadores y a trabajadores.

7 Unidad 2. Certificado de profesionalidad


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1.2 Vías de adquisición

“El certificado de profesionalidad se puede obtener a través de la superación de todos los módulos formativos correspondientes al certificado de profesionalidad, o mediante los procedimientos para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación que se establezca en el desarrollo normativo del artículo 8.4 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional. También se podrán obtener mediante la acumulación de acreditaciones parciales de las unidades de competencia que comprenda el certificado de profesionalidad” (Art, 8 Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad.) Formativa A través de la superación de todos los módulos formativos asociados al certificado de profesionalidad correspondiente. 

Obtener un certificado de profesionalidad realizando un curso

8 Unidad 2. Certificado de profesionalidad


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Para obtener un certificado de profesionalidad por esta vía se tendrá que cumplir el siguiente requisito: haber realizado con evaluación positiva todos los módulos formativos y el módulo de prácticas de los cursos del Plan de Formación para el Empleo de Aragón que configuran un certificado de profesionalidad. En los programas de formación en alternancia con el empleo,

los

contenidos

de

la

formación

serán

los

correspondientes a los módulos formativos asociados a las unidades de competencia de los certificados de profesionalidad. Tendrán dicha consideración las acciones formativas de los contratos para la formación y los programas públicos de formación y empleo (Escuelas Taller y Casas de Oficio y Talleres de Empleo). Los trabajadores que hayan completado con evaluación positiva

la

formación

asociada

a

un

certificado

de

profesionalidad que haya sido derogado, dispondrán de un plazo de cinco años para solicitar su expedición a contar desde la entrada en vigor del Real Decreto que los deroga, siempre que dicha formación se haya realizado durante la vigencia del real decreto que regule el mismo. 

Requisitos de acceso a la formación de certificados de profesionalidad 9 Unidad 2. Certificado de profesionalidad


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Nivel 1: a los alumnos que accedan a las acciones de formación de los certificados de profesionalidad de nivel 1 de cualificación no se les exigirán requisitos académicos ni profesionales. Niveles 2 y 3: para acceder a la formación de los módulos formativos de los certificados de profesionalidad de los niveles de cualificación profesional 2 y 3 los alumnos deberán cumplir alguno de los requisitos siguientes: 1. Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para el nivel 2 o título de Bachiller para el nivel 3 2. Estar en posesión de un certificado de profesionalidad del mismo nivel del módulo o módulos formativos y/o del certificado de profesionalidad al que se desea acceder 3. Estar en posesión de un certificado de profesionalidad del nivel 1 de la misma familia y área profesional para el nivel 2 o de un certificado de profesionalidad de nivel 2 de la misma familia y área profesional para el nivel 3. 4. Cumplir el requisito académico de acceso a los ciclos formativos de grado medio para el nivel 2 o de grado superior para el nivel 3, o bien haber superado las correspondientes pruebas de acceso reguladas por las administraciones educativas.

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5. Tener superada la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años y/o de 45 años. 6. Tener los conocimientos formativos o profesionales suficientes que permitan cursas con aprovechamiento la formación. 

Conocimientos formativos Las Administraciones laboral y educativa para quienes no

cumplan con los requisitos de los apartados a) al e) y en concordancia con el apartado f), a través, de sus Centros de Formación, facilitarán cursos de formación en la modalidad presencial y a distancia que permita acceder a los alumnos a los respectivos certificados. 

Exención módulo de formación práctica en centros de trabajo.

Según el artículo 5 bis del Real 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad, modificado por Real Decreto 1675/2010, de 10 de diciembre, podrán solicitar la exención de la realización del módulo de formación práctica: 

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o

los alumnos de programas de formación en alternancia con el empleo (como contratos de formación, escuelas taller, talleres de empleo…) en el área del correspondiente certificado

o

así como los que acrediten una experiencia laboral de al menos tres meses, que se corresponda con las capacidades recogidas en los citados módulos del correspondiente certificado de profesionalidad.

Para acreditar la experiencia laboral y solicitar la exención del módulo de formación práctica deberán presentar junto con la solicitud del certificado de profesionalidad, la siguiente documentación: 

En el caso de trabajadores por cuenta ajena:

o

Certificación de la empresa en la que conste específicamente la duración del contrato, la actividad desarrollada y el periodo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad.

o

Vida laboral

12 Unidad 2. Certificado de profesionalidad


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En el caso de trabajadores autónomos o por cuenta propia: o

Alta en el censo de obligados tributarios, con una antigüedad mínima de tres meses.

o

Declaración del interesado de las actividades más representativas.

Comprobada la documentación que acredita la experiencia laboral se emitirá certificación por la Dirección Gerencia que eximirá de realizar el módulo de formación práctica en los cursos conducentes a certificados de profesionalidad. Experiencia A través de los procedimientos para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación. Existe una aplicación llamada ACREDITA, que el Ministerio de Educación pone a tu disposición para comprobar qué puedes obtener de la Acreditación de Competencias y de qué modo puedes conseguir una titulación oficial.

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Requisitos de participación

a) Poseer la nacionalidad española, haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta de familiar de ciudadano o ciudadana de la Unión Europea, o ser titular de una autorización de residencia o, de residencia y trabajo en España en vigor, en los términos establecidos en la normativa española de extranjería e inmigración. b) Tener cumplidos en el momento de realizar la solicitud 18 años,

cuando

se

trate

de

unidades

de

competencia

correspondientes a cualificaciones profesionales de nivel I y 20 años para los niveles II y III. c) Tener experiencia laboral y/o formación relacionada con las competencias profesionales que se quieren acreditar: 1. En el caso de experiencia laboral. Justificar, al menos 3 años, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en total, en los últimos 10 años transcurridos antes de realizarse la convocatoria. 2. En el caso de formación. Justificar, al menos 300 horas, en los últimos 10 años transcurridos antes de realizarse la convocatoria. En los casos en los que los módulos formativos asociados a la unidad de competencia que se pretende acreditar contemplen una duración inferior, se 14 Unidad 2. Certificado de profesionalidad


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deberán acreditar las horas establecidas en dichos módulos. 

Inscripción y documentación

La inscripción debe realizarse dentro del plazo que establece la convocatoria correspondiente. Deberá presentarse la siguiente documentación: a) Fotocopia del DNI en vigor, o en su caso, pasaporte o NIE en vigor, y certificado de registro de ciudadano comunitario o la tarjeta de familiar de ciudadano o ciudadana de la Unión, y permiso de residencia o de residencia y trabajo. b) Historial personal y/o formativo para el que se seguirá el modelo de curriculum europeo. c) Documentación justificativa de la experiencia laboral que se exija legalmente. 

Duración

Tiene una duración aproximada de 5 meses, aunque se pueden establecer plazos mayores en la convocatoria.

15 Unidad 2. Certificado de profesionalidad


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 Procedimiento

de

evaluación

y

acreditación

de

competencias profesionales Este procedimiento consta de tres fases distintas: 1. Asesoramiento, que será obligatorio. Se revisa la documentación aportada por el candidato sobre su historial profesional y formativo y un asesor ayudará a completarlo si es necesario. Se emitirá un informe orientativo con la valoración del asesor sobre la conveniencia de que se pase a la 2ª fase. 2. Evaluación de la competencia profesional. La comisión de evaluación

analizará

el

informe

del

asesor

y

la

documentación aportada por el aspirante. Cuando en la fase de evaluación se compruebe que las evidencias no son suficientes, se podrán realizar pruebas de competencias. 3. Acreditación. Tras la última fase, a los candidatos/as que superen el proceso de evaluación, se les expedirá una acreditación de cada una de las unidades de competencia en las que hayan demostrado su competencia profesional y se les asesorará sobre sus posibilidades  Realización de pruebas necesarias Cuando en la fase de evaluación se compruebe que las evidencias no son suficientes, se deben realizar pruebas de 16 Unidad 2. Certificado de profesionalidad


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competencias en condiciones lo más reales posibles y observaciones en el puesto de trabajo para comprobar aquellos aspectos que no hayan quedado totalmente demostrados. 

¿Cuando se termine se dará un certificado profesionalidad o un título de formación profesional?

Este procedimiento sólo acredita las competencias profesionales. Si la persona candidata cumple los requisitos para la obtención de un certificado de profesionalidad o de un título de formación profesional podrá realizar los trámites necesarios para su obtención. Si se trata de certificados de profesionalidad deberá solicitar su expedición aportando la documentación necesaria dirigida al Servicio de Formación de Empleo de la Comunidad Autónoma en cuestión.

1.3 Estructura de la formación profesional

El Certificado de profesionalidad nos indica el desarrollo de cada uno de los módulos formativos, la duración, los requisitos de espacios, instalaciones y equipamientos, y las prescripciones sobre formadores y alumnos que garanticen la calidad. 17 Unidad 2. Certificado de profesionalidad


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Para conseguir la acreditación de esta formación, nos hemos de ajustar a los requerimientos indicados en el Certificado de Profesionalidad.

Identificación del certificado de profesionalidad 

Denominación del certificado. Se relaciona con la función principal. Es reconocible en el sector.

Familia profesional en la que queda incluido, según criterios de afinidad

de

la

competencia

profesional. 

Nivel establecido: son 5 los 18 Unidad 2. Certificado de profesionalidad


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niveles y se otorgan en función del grado de complejidad, autonomía y responsabilidad, que es necesario para realizar una actividad laboral. 

Código alfanumérico constituido por la abreviatura de la familia profesional, una letra y cuatro dígitos.

Cualificación profesional de referencia, con la cual se relaciona el certificado.

Unidades de competencia, que configuran la estructura básica del certificado.

Competencia general: relación, de forma abreviada, de las funciones, conocimientos y capacidades en el ejercicio de la actividad profesional.

Entorno profesional, que indica, a modo orientativo, el ámbito profesional: sectores productivos, ocupaciones y puestos de trabajo relevantes, o tipo de organizaciones, área o servicio dentro de la organización.

Duración en horas de la formación asociada.

Relación de módulos formativos del Catálogo Modular de FP asociados a cada una de las unidades de competencia que constituyen el certificado.

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Perfil profesional El perfil profesional del certificado de profesionalidad se determina por la cualificación profesional o por las unidades de competencia a las que da respuesta el certificado.

Incluirá

información los

sobre

requisitos

necesarios según la legislación

vigente,

en su caso, para el ejercicio profesional. 

Datos de identificación: denominación, nivel y código de la unidad de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

Realizaciones

profesionales: establecen

el

comportamiento esperado de la persona, en forma de consecuencias o resultados de las actividades que realiza. 

Criterios de realización: indican el nivel aceptable de realización profesional que satisface los objetivos de las organizaciones

productivas.

Sirven

para

evaluar

la

competencia profesional.

20 Unidad 2. Certificado de profesionalidad


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Realizaciones

profesionales:

establecen

el

comportamiento esperado de la persona, en forma de consecuencias o resultados de las actividades que realiza. 

Contexto profesional: descripción, de forma orientativa, de los medios de producción, productos y resultados del trabajo, información empleada o creada y todos los elementos de idéntica naturaleza que se consideren necesarios para encuadrar la realización profesional.

Formación del certificado La formación del certificado es el desarrollo de cada uno de los módulos formativos del Catálogo Modular de Formación Profesional asociados a cada unidad de competencia del certificado de profesionalidad. Así mismo incluirá la duración, los requisitos de espacios, instalaciones y equipamientos, que responderán siempre a medidas de accesibilidad y seguridad de los participantes y las prescripciones sobre formadores y alumnos que garanticen la calidad de la oferta 

Datos de identificación: constituido por la denominación, nivel, código, unidad de competencia a la que está asociado y duración de la formación expresada en horas.

Capacidades: se establecen los resultados esperados en las personas al finalizar el módulo formativo. Si existen 21 Unidad 2. Certificado de profesionalidad


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capacidades que deben completarse con un entorno real de trabajo, se indican también en este apartado. 

Criterios de evaluación: se trata de las concreciones de cada capacidad, que muestran el grado que es aceptable en la misma. Establecen el alcance y el nivel de la capacidad y el contexto en el cual se va a evaluar.

Contenidos formativos: los que son necesarios para adquirir las competencias a las que se asocia.

Requisitos del contexto formativo: son los espacios, las instalaciones y el perfil profesional del formador o formadora.

La formación estará compuesta por unidades de competencia y estas a su vez por módulos formativos. 

Unidades de Competencia: se entiende por acción formativa la dirigida a la adquisición y mejora de las competencias

profesionales

de

las

cualificaciones

profesionales, y, en su caso, unidades de competencia del certificado, pudiéndose estructurar en varios módulos con objetivos, contenidos y duración propios. 

Módulos formativos: Entendemos como módulo formativo del certificado de profesionalidad el bloque coherente de formación asociado a cada una de las unidades de competencia que configuran la cualificación acreditada 22 Unidad 2. Certificado de profesionalidad


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mediante el certificado de profesionalidad. Cada módulo formativo

incluirá

los

datos

de

identificación,

las

especificaciones de la formación y los parámetros del contexto formativo para impartirlo. 

Unidades formativas: Los Módulos formativos que tengan una duración superior a 90 horas podrán subdividirse en Unidades Formativas que en ningún caso serán de duración inferior a 30 horas. Con carácter general el número máximo de unidades formativas en que se podrá subdividir cada módulo no será superior a tres. Cada unidad formativa incluirá los datos de identificación, capacidades, criterios de evaluación y contenidos. Las unidades formativas, que se recogerán en el fichero de especialidades formativas, serán certificables siempre que se hayan desarrollado con los requisitos de calidad establecidos para impartir el módulo al que pertenecen. La certificación tendrá validez en el ámbito de la Administración laboral. La superación de todas las unidades formativas definidas para el módulo, siempre que el participante curse de forma consecutiva al menos una unidad formativa por año, dará derecho a la certificación de módulo formativo y a la acreditación de la unidad de competencia correspondiente.

23 Unidad 2. Certificado de profesionalidad


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Requisitos mínimos de espacio, instalaciones y equipamientos Artículo 12.

Centros que impartan acciones formativas

correspondientes a los certificados de profesionalidad. 1.

Los

centros

que

impartan

acciones

formativas

correspondientes a certificados de profesionalidad deberán reunir los requisitos especificados en los reales decretos que regulen dichos certificados. 2. Las acciones formativas correspondientes a certificados de profesionalidad sólo podrán impartirse en los siguientes centros: a) Centros Integrados de Formación Profesional conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1558/2005, de 23 de diciembre, por el que se regulan los requisitos básicos de Los Centros integrados de formación profesional. En estos centros, la programación de la oferta modular asociada a unidades de competencia incluidas en títulos de formación profesional y certificados de profesionalidad será la misma. b) Centros o entidades de formación públicos y privados acreditados por la Administración laboral competente según lo establecido en el artículo 9 del Real Decreto 395/2007 de 23 de 24 Unidad 2. Certificado de profesionalidad


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marzo, por el que se regula el Subsistema de Formación Profesional para el Empleo. c) Centros de Referencia Nacional, según lo dispuesto en el artículo 11.7 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional y en la norma que regule los requisitos de dichos Centros. (REAL DECRETO 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad). Prescripciones de los formadores “Artículo 5.Formadores. 1. Las prescripciones sobre formación y experiencia profesional para la impartición de los certificados de profesionalidad son las recogidas

en

el

apartado

IV

de

cada

certificado

de

profesionalidad y se deben cumplir tanto en la modalidad presencial como a distancia. 2. De acuerdo con lo establecido en el artículo 13.3 del Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, podrán ser contratados como expertos para impartir determinados módulos formativos que se especifican en el apartado IV de cada uno de los anexos de los certificados de profesionalidad, los profesionales cualificados con

25 Unidad 2. Certificado de profesionalidad


Módulo 1 Programación didáctica de acciones formativas para el empleo.

experiencia profesional en el ámbito de la unidad de competencia a la que está asociado el módulo. 3. Para acreditar la competencia docente requerida, el formador/a o persona experta deberá estar en posesión del certificado de profesionalidad de Formador ocupacional o formación equivalente en metodología didáctica de formación profesional para adultos. Del requisito establecido en el párrafo anterior estarán exentos: 1. Quienes estén en posesión de las titulaciones universitarias oficiales de licenciado en Pedagogía, Psicopedagogía o de Maestro en cualquiera de sus especialidades, de un título universitario de graduado en el ámbito de la Psicología o de la Pedagogía, o de un título universitario oficial de posgrado en los citados ámbitos. 2. Quienes posean una titulación universitaria oficial distinta de las indicadas en el apartado anterior y además se encuentren en posesión del Certificado de Aptitud Pedagógica o de los títulos profesionales de Especialización Didáctica y el Certificado de Cualificación Pedagógica. Asimismo estarán exentos quienes acrediten la posesión del Máster Universitario habilitante para el ejercicio de las Profesiones reguladas de Profesor de Educación Secundaria 26 Unidad 2. Certificado de profesionalidad


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Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Escuelas Oficiales de Idiomas. 3. Quienes acrediten una experiencia docente contrastada de al menos 600 horas en los últimos siete años en formación profesional para el empleo o del sistema educativo. 4. Los formadores que impartan formación a distancia deberán contar con formación y experiencia en esta modalidad, en el uso de las tecnologías de la información y la comunicación, así como reunir los requisitos específicos que se establecen para cada certificado de profesionalidad. A tal fin, las autoridades competentes desarrollarán programas y actuaciones específicas para la formación de estos formadores.” (Real Decreto 1077/2012, de 13 de julio, por el que se establecen cinco certificados de profesionalidad de la familia profesional Electricidad y electrónica que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad.)

27 Unidad 2. Certificado de profesionalidad


M贸dulo 1 Programaci贸n did谩ctica de acciones formativas para el empleo.

Estructura del certificado

28 Unidad 2. Certificado de profesionalidad


M贸dulo 1 Programaci贸n did谩ctica de acciones formativas para el empleo.

29 Unidad 2. Certificado de profesionalidad


Módulo 1 Programación didáctica de acciones formativas para el empleo.

1.4 Formación profesional y en línea

Las

estadísticas

nos muestran que la Formación ofrece

Profesional un

alto

porcentaje de inserción laboral

por

eso

era

necesario ofertar una modalidad que hiciera posible combinar la formación con la actividad laboral o con otras actividades. La oferta de Formación Profesional se flexibiliza y permite cursar estos estudios en regímenes de enseñanza presencial o a distancia, respondiendo así a las necesidades de los ciudadanos. La

Formación

Profesional

en

línea

está

dirigida

especialmente a aquellas personas que no pueden cursar Formación Profesional en los centros educativos y en el horario presencial. La estructura modular de los ciclos formativos de Formación Profesional, que ya hemos visto en este mismo tema, 30 Unidad 2. Certificado de profesionalidad


Módulo 1 Programación didáctica de acciones formativas para el empleo.

permite que cada alumno decida, en esta modalidad, de manera autónoma, de qué módulos quiere matricularse en función de sus circunstancias personales y su disponibilidad. Los requisitos de acceso y el número de horas son similares a la modalidad presencial. Se ha de puntualizar que la evaluación final para cada uno de los módulos profesionales exigirá, a pesar de tratarse de unan formación en línea, la superación de pruebas presenciales y se armonizará con procesos de evaluación continua. 1.5 Conceptos claves Formación al en Internet 

Unidad de competencia:

Conjunto de realizaciones profesionales con valor y significado en el empleo. Realizaciones profesionales que establecen el comportamiento esperado de la persona, en forma de consecuencias o resultados de las actividades que realiza 

Cualificación profesional

-Conjunto de competencias profesionales con significación para el empleo, que pueden ser adquiridas mediante formación modular u otros tipos de formación, y a través de la experiencia 31 Unidad 2. Certificado de profesionalidad


Módulo 1 Programación didáctica de acciones formativas para el empleo.

laboral. - Nivel de capacitación profesional en cuanto a conocimientos profesionales y destrezas que ha de poseer un individuo para el desempeño de una ocupación. Se puede tener una cualificación profesional (proveniente de la formación no reglada o de la Acreditaciones profesionales 

Acreditación profesional

A nivel general la definición de acreditación sería: certificaciones, mediante un documento, de que la persona posee las facultades necesarias para desempeñar un cometido. La valoración la realiza un organismo externo según unos criterios y estándares establecidos. Para acreditar las competencias profesionales y obtener el Certificado de Profesionalidad, primero se han de evaluar si el candidato las tiene adquiridas y se ha de determinar así si es competente o aún no, para realizar una función laboral determinada. Si no tiene adquiridas estas competencias, se han de identificar aquellas áreas de desempeño que deben ser fortalecidas, utilizando la formación u otros medios, para llegar al nivel de competencia requerido.

32 Unidad 2. Certificado de profesionalidad


Módulo 1 Programación didáctica de acciones formativas para el empleo.

La

Administración

laboral

competente

expide

los

certificados de profesionalidad a quienes lo hayan solicitado y demuestren

haber

superado

todos

los

módulos

correspondientes a dicho certificado, o bien hayan obtenido el reconocimiento y la acreditación de todas las unidades de competencia

que

lo

componen.

Esta evaluación y acreditación de competencias las realiza cada Comunidad Autónoma según sus propios criterios - experiencia laboral) y no estar acreditada (certificada mediante documento 

Las familias profesionales

Son un conjunto de profesiones agrupadas según criterios de afinidad formativa. Cada familia reúne aquellos ciclos formativos con suficientes características comunes, según los siguientes criterios: o

La afinidad formativa, es decir la similitud de conocimientos y procedimientos de cada ciclo formativo

o

La semblanza entre los procesos tecnológicos utilizados y los productos o servicios creados a nivel profesional

o

En algunos casos la familia profesional coincide con el sector industrial. 33 Unidad 2. Certificado de profesionalidad


Módulo 1 Programación didáctica de acciones formativas para el empleo.

Ocupación

Agrupación de actividades profesionales pertenecientes a diferentes puestos de trabajo con características comunes, cuyas tareas se realizan con normas, técnicas y medios semejantes y responden al mismo nivel de cualificación 

Puesto de trabajo

Actividad laboral en una empresa concreta

2. Programación didáctica vinculada a certificación profesional Subsistema de la Formación Profesional para el Empleo La planificación es un aspecto esencial de cualquier actividad organizada y sistemática y hace referencia, en general, a la previsión de unos medios para conseguir unas metas determinadas. Continuamente estamos planificando, haciendo planes. A la hora de pensar en cualquier tarea que vayamos a Ilevar a cabo, con toda seguridad nos preguntamos, si es el caso, con quien, cómo la vamos a hacer, que necesitamos para hacerla, en qué momento, etcétera, en definitiva, estamos iniciando el proceso de planificación. Cuanto más compleja sea la tarea que vayamos a realizar, más necesidad tendremos de 34 Unidad 2. Certificado de profesionalidad


Módulo 1 Programación didáctica de acciones formativas para el empleo.

planificarla. Cuando hablamos del proceso de enseñanzaaprendizaje, a esa planificación y elaboración de un plan que prevea su puesta en práctica, suele recibir el nombre de Programación. La Programación, en el contexto pedagógico, es el conjunto de acciones mediante las cuales se transforman las intenciones educativas más generales en propuestas didácticas concretas que permitan alcanzar los objetivos previstos de forma planificada y no arbitraria. Programar es, por tanto, realizar un diseño de cómo queremos orientar la acción antes de que esta ocurra

improvisadamente.

Los

términos

programación,

planificación, diseño... se refieren al proceso de toma de decisiones mediante el cual el profesor prevé su intervención educativa de una forma deliberada y sistemática (De Pablo y otros, 1992). La necesidad de diseñar una programación que sistematice el proceso en el desarrollo de la acción didáctica está ampliamente justificada porque (Imbernón, 1992), (Pérez, 1995): 

Nos ayudará a eliminar el azar (en sentido negativo), lo cual no significa eliminar la capacidad de añadir nuevas ideas, corregir errores, rectificar previsiones, etcétera.

Evitará pérdidas de tiempo. 35 Unidad 2. Certificado de profesionalidad


Módulo 1 Programación didáctica de acciones formativas para el empleo.

Sistematizará y ordenará el proceso de enseñanzaaprendizaje.

Permitirá adaptar el trabajo pedagógico a las características culturales y ambientales del contexto. Al mismo tiempo, frente a algunas concepciones cerradas y

rígidas la Programación ha de contar con la suficiente flexibilidad y apertura para dejar posibilidades a la creatividad y a la reforma de sus elementos. El hecho de estar decidiendo continuamente los medios más idóneos para Ilegar a donde pretendemos convierte a la Programación en una actividad siempre dinámica, no

acabada

ni

rígida.

Su

función

será

determinar

constantemente las prácticas educativas adecuadas al contexto para la consecución de los objetivos previstos.

2.1 Características de la programación didáctica

1. Va dirigida a los adolescentes mayores de 16 años que no hayan obtenido el graduado en educación secundaria. 2. El programa contempla tres finalidades: Desarrollar y potenciar su madurez personal, preparar para la vuelta al sistema reglado preferentemente a través de la prueba de acceso a los ciclos Formativos de Grado Medio y preparar para la inserción activa y profesional. 36 Unidad 2. Certificado de profesionalidad


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3. La programación didáctica impartirá cualificaciones enteras de nivel uno de profesionalidad de acuerdo con la definición que de ellas se realice en el Catálogo de cualificaciones profesionales como sumatorio de las unidades de competencia de cualificación. También será posible certificar unidades de competencia. 4. Los contenidos a impartir resultan de la combinación entre los contenidos de la propuesta- marco y los contenidos descritos en la formación asociada a la unidad de competencia. 5. Se opta por una metodología globalizadora basada en la resolución de problemas. 6. Los materiales referencia para los centros será la Propuesta- Marco para los programas de Iniciación Profesional y los documentos realizados por el Instituto de Cualificaciones Profesionales. También se podrán utilizar los Diseños Curriculares de Iniciación Profesional.

37 Unidad 2. Certificado de profesionalidad


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2.2 Propuesta curricular Formación de demanda y oferta

Desde el marco educativo que proporciona el Bloque de Iniciación Profesional se deben diseñar procesos de enseñanzaaprendizaje que favorezcan la formación y el aporte de competencias del alumnado para incorporarse al sistema productivo en los niveles referenciados. Se debe tener presente que dicha formación y en consecuencia, las competencias que se deben adquirir no deben limitarse a las destrezas y habilidades técnicas para desarrollar determinados procesos, sino que deben proporcionar un amplio conjunto de capacidades que cubran la nueva concepción de la profesionalidad que incluye además de competencias técnicas competencias sociales (colabora con otras personas de forma comunicativa y constructiva, capacidad de coordinación, capacidad de responsabilidad, y capacidad de decisión) así como competencias de carácter más metodológico que resaltan el tipo de procedimientos que se desarrollan ante la tarea

encomendada(

planificación,

reflexión,

selección…)

Además deben fomentar otra serie de capacidades que promuevan el desarrollo personal y la posible inserción en el sistema educativo. 38 Unidad 2. Certificado de profesionalidad


Módulo 1 Programación didáctica de acciones formativas para el empleo.

Por lo tanto, en el nivel uno de profesionalidad en un Centro de Iniciación Profesional se debe pretender que se alcance además de lo que comúnmente se ha entendido por profesión (es decir, técnicas, herramientas, modos de hacer) otro tipo de capacidades profesionales (sistemáticas, relacionales, respuesta a las contingencias…) y también otras de tipo cognitivo, sociolaboral, de equilibrio personal… La propuesta curricular de las cualificaciones se basará en los siguientes puntos: 

Objetivos

Contenidos

Unidades de trabajo

Proyectos integrado de aprendizaje

Criterios de evaluación.

39 Unidad 2. Certificado de profesionalidad


Módulo 1 Programación didáctica de acciones formativas para el empleo.

3. Resumen.

Desde el marco educativo que proporciona el Bloque de Iniciación Profesional se deben diseñar procesos de enseñanzaaprendizaje que favorezcan la formación y el aporte de competencias del alumnado para incorporarse al sistema productivo en los niveles referenciados. Se debe tener presente que dicha formación y en consecuencia, las competencias que se deben adquirir no deben limitarse a las destrezas y habilidades técnicas para desarrollar determinados procesos, sino que deben proporcionar un amplio conjunto de capacidades que cubran la nueva concepción de la profesionalidad que incluye además de competencias técnicas competencias sociales (colabora con otras personas de forma comunicativa y constructiva, capacidad de coordinación, capacidad de responsabilidad, y capacidad de decisión) así como competencias de carácter más metodológico que resaltan el tipo de procedimientos que se desarrollan ante la tarea

encomendada(

planificación,

reflexión,

selección…)

Además deben fomentar otra serie de capacidades que promuevan el desarrollo personal y la posible inserción en el sistema educativo.

40 Unidad 2. Certificado de profesionalidad


Módulo 1 Programación didáctica de acciones formativas para el empleo.

Por lo tanto, en el nivel uno de profesionalidad en un Centro de Iniciación Profesional se debe pretender que se alcance además de lo que comúnmente se ha entendido por profesión (es decir, técnicas, herramientas, modos de hacer) otro tipo de capacidades profesionales (sistemáticas, relacionales, respuesta a las contingencias…) y también otras de tipo cognitivo, sociolaboral, de equilibrio personal… La propuesta curricular de las cualificaciones se basará en los siguientes puntos: 

Objetivos

Contenidos

Unidades de trabajo

Proyectos integrado de aprendizaje

Criterios de evaluación.

41 Unidad 2. Certificado de profesionalidad


Módulo 1 Programación didáctica de acciones formativas para el empleo.

7. Bibliografía.

 BUNK, G.P. (1994) La transmisión de las competencias de la formación y perfeccionamiento profesionales, Revista Europea de Formación Profesional, 1, 8-14.  Ley 5/2002 de las Cualificaciones y de la Formación Profesional.  Equipo IFES, Agustina Lapeña, Mª Carmen González. La formación continúa de los trabajadores: manual del formador. Instituto de Formación y Estudios Sociales. 1994  BUNK, G.P. (1994) La transmisión de las competencias de la formación y perfeccionamiento profesionales, Revista Europea de Formación Profesional, 1, 8-14.  Falgueras,

F.:

“Formación

profesional”:

Horizonte

Empresarial, 1990.  Genovard, C.: “Descripción del sistema de formación profesional”, Ed CEDEFOP, Bellaterra, 1985  Sarramona, Jaime. La formación Continua Laboral. Biblioteca Nueva. 2002

42 Unidad 2. Certificado de profesionalidad


Módulo 1 Programación didáctica de acciones formativas para el empleo.

 SELLIN, B. (1989) Reconocimiento y/o correspondencia de cualificaciones profesionales no universitarias en los estados

miembros

de

las

Comunidades

Europeas,

Formación Profesional, 3, 5-10.

43 Unidad 2. Certificado de profesionalidad


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