Revista EL PACTO septiembre

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La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos cumplirá cien años de haber sido expedida por el Congreso Constituyente de 1917 el día 31 de enero próximo, promulgada por el Presidente constitucionalista don Venustiano Carranza el 5 de febrero siguiente y de su entrada en vigor el día primero de mayo posterior a estas fechas. Como lo dispuso el Plan de Guadalupe, firmado el 26 de marzo de 1913, después de restituir los poderes federales y de recobrar la legalidad constitucional, las entidades federativas deberían replicar ese mismo proceso dentro de sus territorios. En Jalisco inició el día 22 de marzo de 1917 en atención al mandato del Primer Jefe del Ejército Constitucionalista. Nuestra Constitución local fue expedida y promulgada el mismo día 8 de julio en memoria de la entrada del Ejército Constitucionalista a Guadalajara tres años antes, y puesta en vigor el día 2 de agosto de 1917. Rememorando esas importantes fechas, los Poderes de la Unión de nuestro país crearon un Comité conmemorativo para celebrar el centenario de tan importantes hechos; en Jalisco los Poderes locales hicieron lo propio, cuyo Comité estatal es presidido por el Gobernador constitucional del Estado, el Mtro. Jorge Aristóteles Sandoval Díaz. De conformidad al acuerdo que lo crea, la Dirección General de este Instituto asumió la doble función de Secretaría Técnica y titular de la Comisión Editorial del mencionado comité estatal. Por esa razón, en las próximas ediciones de este órgano informativo hasta terminar el año próximo se publicarán temas relacionados con el constitucionalismo y el federalismo. En este número se incluyen avances de investigación, como es el caso de la contribución editorial del Dr. José de Jesús Covarrubias Dueñas. En otros, los artículos son segmentos que estarán seriados y no guardan una relación secuencial. El Archivo Histórico de Jalisco nos ha enviado para esta ocasión un artículo que hace referencia al retorno del federalismo durante la década de los cuarenta del siglo XIX. El tema de las constituciones cristeras como un proyecto de nación es narrado por el Dr. Jesús Rodríguez Gurrola. En relación al contexto actual del constitucionalismo y el federalismo el líder estatal del Partido Acción Nacional expresa sus opiniones sobre estos conceptos, y la Dra. Bárbara Leonor Cabrera Pantoja nos ofrece la perspectiva de un análisis puntual acerca de la forma como se han venido relacionando en el texto constitucional el federalismo y la participación de la sociedad en los asuntos públicos. Los temas habituales como la información político electoral, las biografías y las descripciones bibliográficas continúan sin cambio. Esperamos que este material publicado sea de utilidad a nuestros lectores. Invitamos a participar al público en general con un texto que sea objetivo, no exceda las 2 mil 500 palabras (incluyendo pies de página, bibliografía y cuadros) y sea enviado al correo: inaotalt@hotmail.com a mediados de los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre de cada año. Adicionalmente comunicamos que el Instituto Nacional de Derechos de Autor (INDAUTOR) ha tenido a bien autorizar para nuestra revista EL PACTO el Número Internacional Normalizado de Publicaciones Seriadas (ISSN). S e p t i e m b r e 2 0 16


Revista de información, Divulgación y Análisis del Federalismo Instituto de Estudios del Federalismo “Prisciliano Sánchez” CONSEJO EDITORIAL Mtro. José Joaquín Osorio Goicoechea Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente Mtra. María de Lourdes Cabezas Muñiz Universidad Autónoma de Guadalajara Dr. Arturo Martínez Sánchez Universidad del Valle de Atemajac Dr. Daniel Peralta Cabrera Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey. Campus Guadalajara Dr. Edmundo Romero Martínez Universidad Panamericana Dra. Edith Roque Huerta Universidad de Guadalajara Dr. Roberto Arias de la Mora El Colegio de Jalisco Lic. José Gorgonio Ponce Rodríguez Benemérita Sociedad de Geografía y Estadística del Estado de Jalisco Mtra. Magdalena González Casillas Premio Jalisco de Literatura 2014 y ciudadana distinguida Dr. José de Jesus Covarrubias Dueñas Experto constitucionalista Lic. Paulina Carvajal de Barragán Ciudadana distinguida Profesor Ernesto Hernández Ruvalcaba SNTE Sección 16 Lic. Pedro Vargas Ávalos Asociación de Cronistas Municipales del Estado de Jalisco A.C.

, Año 5, N°19, septiembre 2016, es una publicación trimestral

Editada y publicada por el Instituto de Estudios del Federalismo Domicilio de la publicación: Juan Álvarez N° 2440 Colonia, L adrón de Guevara, C.P. 44600, Municipio de Guadalajara, Jalisco. http://www.ief.jalisco.gob.mx Correo: institutofederalismo@jalisco.gob.mx Editor responsable: Francisco Javier Jiménez Campos Arte y diseño: José Luis López González Corrector de estilo: Fanny Enrigue L ancaster Jones Número de Certificado de Reserva otorgado por el Instituto Nacional de Derechos de Autor: 04-2014-102414264000-102 Número de Certificado de Licitud de Título y de Contenido: 16040 ISSN 2395-924X Teléfono: 01 (33) 30 30 18 00 Opción 1 y E xt. 50200 Impreso en: Impresos R evolución 2000 S.A. de C.V. Calle Libertad N°19 Colonia Centro C.P. 44100, Municipio de Guadalajara, Jalisco. Este Número se terminó de imprimir en el mes de septiembre de 2016, con un tiraje de 300 ejemplares. Los artículos firmados se consideran responsabilidad exclusiva de su autor y no necesariamente coinciden con los puntos de vista del IEF. Se autoriza la reproducción parcial o total de los trabajos que aparecen en esta revista, siempre que se cite su procedencia y se envíe a este Instituto un ejemplar de la publicación en que éstos sean reproducidos. El material tomado de otras fuentes no puede reproducirse sin autorización. Toda solicitud al respecto deberá enviarse directamente a las fuentes respectivas.


Índice Centenarios Constitucionales Los Constituyentes de 1916 a 1917 JOSÉ DE JESÚS COVARRUBIAS DUEÑAS

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Aportaciones Jaliscienses al Constitucionalismo

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El poder Constituyente de 1917 Constituciones Cristeras. Un proyecto de nación JESÚS RODRÍGUEZ GURROLA

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La Entrevista

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La participación social Federalismo y participación social en México BÁRBARA LEONOR CABRERA PANTOJA

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El retorno al Federalismo y la guerra México-Estadounidense ARCHIVO HISTÓRICO DE JALISCO

Otra perspectiva del Federalismo/ Miguel Ángel Martínez Espinosa JOSÉ DE JESÚS COVARRUBIAS DUEÑAS

Federalismo Mexicano

La voz de Guadalajara en 1917 LUIS M. RIVERA

Documentos Históricos Los Convenios de Lagos (14 de agosto de 1823) EL EDITOR

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De Nuestra Biblioteca La Revolución Mexicana. Los años Constitucionalistas MAURICIO BERUBEN SANTANA

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Constituyentes Jaliscienses de 1917

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Información Básica Político Electoral Municipal

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Lic. e Ing. Ambrosio Ulloa MAURICIO BERUBEN

Atoyac / Autlán FRANCISCO JIMÉNEZ

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Centenarios Constitucionales

Por: José de Jesús Covarrubias Dueñas*

Los Constituyentes de 1916 a 1917 * Director General del Instituto de Estudios del Federalismo “Prisciliano Sánchez”.

Por cerca de 61 días, del 1° de diciembre de 1916 al 31 de enero de 1917, se instaló el Congreso Constituyente que determinó el rumbo que debe ser México, en el paradigma de Normas Rectoras en el planeta y que sienta las bases de Los Derechos Planetarios (Cfr. Covarrubias Dueñas, José de Jesús: Los Derechos Planetarios, Porrúa, México, 2011). En dicho Congreso Constituyente Federal, se registraron 213 representantes del pueblo, el contingente mayoritario fue de Jalisco con 20, de manera formal, se registraron 20, siendo, de igual forma, el número mayoritario de participantes; además, el Presidente de dicho Congreso fue un jalisciense: Luis Manuel Rojas Arreola, sin olvidar que el Presidente Honorífico del Congreso Constituyente de 1856 a 1857, fue otro excelso jalisciense: José María Valentín Gómez Farías (Cfr. Covarrubias Dueñas, José de Jesús: Dos Siglos de Constitucionalismo en México, Porrúa, segunda edición, México, 2014). Debemos dejar en claro que la cuna del constitucionalismo y del pacto federal en nuestro país es Jalisco y que aquí se gestaron los grandes proyectos de la República, desde el siglo XIX; así, la Constitución Política de México de 1917, es el gran proyecto político, económico y social de la República, que todavía no hemos cumplido; por ello, es menester que las nuevas generaciones de niños y jóvenes se enteren de lo que le hemos aportado a México y al planeta para proyecto de las nuevas generaciones; se ha dejado un legado al planeta que las nuevas generaciones deben tomar como el estandarte de proyección de los grandes valores principios e intereses del planeta (Cfr. Covarrubias Dueñas, José de Jesús: Planetología, Porrúa, México, 2015).

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| Los Constituyentes de 1916 a 1917

José de Jesús Covarrubias Dueñas


EL PACTO La representación en el Congreso Constituyente de 1916 a 1917, fue de la siguiente manera: I. Aguascalientes (2): 1. Aurelio González. 1860–1927. Comerciante de 57 años. Suplente: Archivaldo Eloy Pedroza. No participaron en la firma de la Norma Rectora. 2. Daniel Cervantes Gutiérrez. 1857-1925. Químico Farmacéutico. 60 años. Suplente: Gonzalo Ortega. II. Baja California (1): 3. Ignacio Roel. 1885–1962. Médico de 32 años. Suplente: Matías Gómez. III. Campeche (2): 4. Juan Zubarán. 5. Herminio Pérez Abreu. No firmaron la Norma Rectora o CPEUM. IV: Coahuila (5): 6. Manuel Aguirre Berlanga. 1887–1953. Abogado de 30 años.Suplente: José Rodríguez González. Maestro Normalista. 7. Ernesto Meade Fierro. 1888–1962. Periodista de 29 años. Suplente: Toribio de los Santos. 8. José María Rodríguez. 1871–1946. Médico de 46 años. Suplente. Eduardo Guerra. 9. Jorge Von Versen. 1882–1944. Periodista de 35 años. Suplente: Silvano Pruneda. 10. Manuel Cepeda Medrano. 1886–1974. Maestro Normalista de 31 años. Suplente: José Santos. V. Colima (1): 11. Francisco Ramírez Villarreal. 1890–1982. Abogado de 27 años. Suplente: Concepción Rivera. VI. Chiapas (5, un titular no firmó la Norma Rectora): 12. Enrique Suárez. 1881–1933. Abogado de 36 años. Suplente: Francisco Rincón. 13. Enrique Cruz. No participó en la firma de la Norma Rectora. Suplente: Lisandro López. 1873–1947, Abogado de 41 años. 14. Cristóbal Castillo LLavén. 1856-1932. Ingeniero de 61 años. Suplente: Amadeo Ruiz. 15. Almicar Vidal. 1890–1978. Ingeniero de 27 años. 16. Daniel Cepeda. 1856–1941. Abogado de 61 años. Suplente: Daniel Robles. VII. Chihuahua (1): 17. Manuel Prieto. 1888–1950. Empleado público de 39 años. VIII. Distrito Federal (12, dos titulares y un suplente no firmaron la Norma Rectora ): 18. Ignacio Pesqueira. 1857–1940. General y Abogado de 60 años. Suplente: Claudio Tirado. 19. Lauro López Guerra. 1876–1917, de 41 años. Suplente: Javier Rayón. 20. Gerzayn Ugarte. 1881–1955. Maestro de 36 años. Suplente: Ernesto Garza Pérez. 21. Amador Lozano. 1858–1945. Economista de 59 años. Suplente: Serapio Aguirre.

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Centenarios Constitucionales Félix Fulgencio Palavicini. 1881–1952. Ingeniero y Periodista de 36 años. Suplente: Francisco Cravioto. 23. Rafael Martínez. 1881–1949. Periodista de 36 años. No firmó la Norma Rectora. Suplente: Carlos Duplán. 1890–1959, Ingeniero de 27 años. 24. Rafael de los Ríos. 1890–1948. Abogado de 27 años. Suplente: Ramón Ross y Reyes. 25. Arnulfo Silva. 1872–1936, de 45 años. Suplente: Amancio García García. 26. Antonio Norzagaray Angulo. 1888–1918. General de División de 29 años. Suplente: Francisco Espinoza. 27. Fernando Vizcaíno y suplente: Clemente Allende, no participaron en la firma de la Norma Rectora. 28. Ciro Ceballos. 1873–1938. Literato de 44 años. Suplente: Isidro Lara. 29. Alfonso Herrera Mendoza. 1870–1948. Maestro de 47 años. Suplente: Gabriel Calzada. IX. Durango (7): 30. Silvestre Dorador. 1871–1930. Impresor de 46 años. Suplente: Carlos Rivera. 31. Rafael Espeleta Parra. 1857–1940. Abogado de 60 años. Suplente: Francisco Pérez. 32. Antonio Gutiérrez Rivera. 1884–1977. Empleado Público de 23 años. Suplente: Mauro Moreno. 33. Fernando Castaños. 1888–1956. Abogado de 29 años. Suplente: Salvador Castaños. 34. Fernando Gómez Palacios. 1881–1924. Médico de 36 años. Suplente: Celestino Simental. 35. Alberto Terrones Benítez. 1887–1981. Abogado de 30 años. Suplente: Antonio Hernández. 36. Jesús de la Torre. Murió en 1918 (¿?). Suplente: Jesús Silva. X. Guanajuato (17, un titular no firmó la Norma Rectora): 37. Ramón Frausto. 1879–1919. General de 38 años. Suplente: Apolonio Sánchez. 38. Vicente Valtierra. 1880–1929. Ingeniero de 37 años. Suplente: Pedro Arizmendi. 39. José Natividad Macías. 1857–1948. Abogado de 60 años. Suplente: Enrique Pérez. 40. Jesús López Lira. 1888–1962. Abogado de 29 años. Suplente: Jesús Patiño. 41. David Peñaflor Gutiérrez. 1888–1917. Militar de 29 años. Suplente: Luis Alcocer. 42. José Villaseñor Lomelí. 1876–1945. Obrero de 41 años. Suplente: Juan Garcidueñas. 43. Antonio Madrazo. 1875–1941. Ingeniero de 42 años. No firmó la Norma Rectora. Suplente: Santiago Manrique. 1880–1936. Obrero de 37 años. 44. Hilario Medina. 1891–1964. Abogado de 26 años. Suplente: Federico González. 45. Manuel Aranda Valdivia. 1869–1952. Ingeniero en Minería de 28 años. Suplente: Alberto Villafuerte. 22.

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| Los Constituyentes de 1916 a 1917

José de Jesús Covarrubias Dueñas


EL PACTO Enrique Colunga Meade. 1877–1946. Abogado de 41 años. Suplente: Félix Villalobos. 47. Ignacio López. 1876–1935. Ingeniero en Minería de 41 años. Suplente: José Serrato. 48. Alfredo Robles Domínguez, no firmó la Norma Rectora. Suplente: Francisco Díaz Barriga. 1888–1934. Médico de 29 años. 49. Fernando Lizardi Santana. 1883–1957. Abogado de 34 años. Suplente: David Ayala. 50. Nicolás Cano. 1880–1942. Minero de 37 años. Suplente: Pilar Espinoza. 51. Gilberto Navarro. 1877–1919. Teniente Coronel de 40 años. Suplente: Sabás González Rangel. 52. Luis Fernández Martínez. 1890–1934. Periodista de 27 años. Suplente: Miguel Hernández Murillo. 53. Carlos Ramírez Llaca. 1885–1939. Comerciante de 32 años. Suplente: Guillermo Carrillo. XI. Guerrero (3): 54. Fidel Jiménez Leyva. 1869–1921. Pasante en Derecho con 48 años. Suplente: Jesús Castañeda. 55. Fidel Guillén Zamora. 1890-1970. Médico de 27 años. 56. Francisco Figueroa. 1870–1936. Profesor de 47 años. Suplente: José Castrejón Fuentes. XII. Hidalgo (10): 57. Antonio Guerrero. 1886–1938. Militar de 31 años. Suplente: Benjamín García. 58. Leopoldo Ruiz Labastida. 1878–1924. Maestro de 39 años. Suplente: Erasmo Trejo. 59. Alberto González. 1879–1942. Abogado de 38 años. Suplente: Antonio Peñafiel. 60. Matías Rodríguez. 1876–1945. Coronel de 41 años. Suplente: Crisóforo Aguirre. 61. Rafael Vega Sánchez. 1888–1946. Artista de 29 años. Suplente: Eustorgio Sánchez. 62. Alfonso Cravioto. 1884–1955. Abogado de 33 años. Suplente: Lauro Alburquerque. 63. Ismael Pintado Sánchez. 1889–1939. Abogado de 28 años. Suplente: Alfonso Sosa. 64. Refugio Mercado Fuentes. 1876–1938. Abogado de 41 años. Suplente: Leoncio Campos. 65. Alfonso Mayorga Olivares. 1886–1924. Comerciante de 31 años. Suplente: Gonzalo López. XIII. Jalisco (20): 66. Luis Manuel Rojas Arreola. 1871–1949. Abogado de 46 años. Suplente: Carlos Cuervo. 67. Marcelino Dávalos Vázquez. 1871–1923. Abogado de 46 años. Suplente: Tomás Morán. 68. Federico Ibarra. 1880–1935. Abogado de 37 años. Suplente: Luis Gómez. 69. Manuel Dávalos Ornelas. 1879–1939. Maestro Normalista de 39 años. Suplente: Francisco Villegas. 46.

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Centenarios Constitucionales Francisco Martín del Campo. 1886–1951. Abogado de 31 años. Suplente: Manuel Martín del Campo. 71. Bruno Moreno. 1867–1945. Contador de 50 años. Suplente: Gilberto Dalli. 72. Gaspar Bolaños. 1884–1931. Empleado Público de 33 años. Suplente: Manuel Bouquet. 73. Ramón Castañeda y Castañeda. 1870–1926. Abogado de 47 años. Suplente: Alberto Macías. 74. Juan de Dios Robledo. 1894–1941. Pasante en Derecho de 23 años. Suplente: Rafael Degollado. 75. Jorge Villaseñor. 1884–1931. Ingeniero de 33 años. Suplente: José Jorge Farías. 76. Amado Aguirre. 1863–1949. Ingeniero en Minas y General, 54 años. Suplente: Salvador Brihuega. 77. José Solórzano. Abogado de 28 años. Suplente: Gabriel González Franco. 78. Ignacio Ramos Praslow. 1885–1978. Abogado de 32 años. Suplente: Rafael Obregón. 79. Francisco Labastida Izquierdo. 1874–1950. Ingeniero de 42 años. 80. José Manzano. 1886–1972. Coronel de 31 años. Suplente: Miguel Martínez. 81. Joaquín Aguirre Berlanga. 1885–1929. Empleado Público de 32 años. Suplente: Pablo Suárez. 82. Esteban Baca Calderón. 1887–1957. Maestro y General Brigadier de 30 años. Suplente: Conrado Oseguera. 83. Paulino Machorro y Narváez. 1887–1957. Abogado de 30 años. Suplente: Bernardino Germán. 84. Sebastián Allende. 1880–1947. Coronel de 47 años. Suplente: Carlos Villaseñor. 85. Rafael Ochoa. 1877–1918. Abogado de 40 años y su suplente, Gregorio Preciado, no firmaron la Norma Rectora. XIV. Estado de México (13 y tres titulares y dos suplentes no firmaron la Norma Rectora): 86. Aldegundo Villaseñor. 1888–1918. Periodista de 29 años. 87. Fernando Moreno. 1883–1932. Médico de 34 años. Suplente: Salvador Sandoval. 88. Enrique O ´Farril. 1886–1936. Abogado de 31 años. Suplente: Abraham Estévez. 89. Guillermo Ordorica. 1874–1944. Abogado de 43 años. Suplente: Prócoro Dorantes. 90. José Reynoso. 1868–1945. Ingeniero en Minas de 49 años. Suplente: Apolinar Juárez. 91. Jesús Fuentes Dávila y su suplente Gabriel Calzada, no firmaron la Norma Rectora. 92. Macario Pérez y su suplente Antonio Basurto, no firmaron la Norma Rectora. 93. Antonio Aguilar. 1873–1963. Abogado de 41 años. Suplente: José Aguilar. 70.

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EL PACTO Juan Manuel Giffard. 1889–1933. Abogado de 28 años. Suplente: Emilio Cárdenas. 95. José Franco Espinoza. 1887–1916. Médico de 29 años, falleció previo a la promulgación de la Norma Rectora y firmó su suplente, Manuel Hernández. 1885–1931, abogado de 32 años. 96. Enrique Enríquez. 1887–1971. Abogado de 30 años. Suplente: Carlos Ángeles. 97. Donato Bravo Izquierdo. General de 27 años. Suplente: Modesto Romero Valencia. 98. Rubén Martí. 1877–1970. Empresario cubano de 40 años. Suplente: David Espinoza. XV. Michoacán (17 y una fórmula no firmaron la Norma Rectora): 99. Francisco Ortiz Rubio. Suplente: José Ruiz. 1878–1962. Médico de 39 años. 100. Alberto Peralta. 1890–1950. Empleado Público de 27 años. Suplente: Rubén Moreno. 101. Cayetano Andrade. 1890–1962. Pasante en Medicina de 27 años. Suplente: Carlos García de León. 102. Salvador Herrejón, no participó en la firma de la Norma Rectora. Participó su suplente: Uriel Avilés. 1885–1956. Impresor de 27 años. 103. Gabriel Cervera. 1885–1958. Profesor de 32 años. Suplente: Enrique Parra. 104. Onésimo López Couto. Suplente: Francisco Martínez González. 105. Salvador Alcaraz Romero. 1880–1949. Ingeniero Civil de 37 años. Suplente: Sidronio Sánchez Pineda. 106. Pascual Ortiz Rubio, no firmó la Norma Rectora. Participó su suplente, Manuel Martínez Solórzano. 1862–1924, Médico de 55 años. 107. Martín Castrejón no participó, lo hizo su suplente, Alberto Alvarado. 1878–1933, Abogado de 39 años. 108. Martín Castrejón. 1879–1920. Agricultor 38 años. Suplente: Roberto Sepúlveda. 109. José Álvarez. 1885–1973, Contador de 32 años. Suplente: Vicente Medina. 110. José Silva Herrera. 1875–1932, Abogado de 42 años. Suplente: Ignacio Gómez. 111. Rafael Márquez. 1882–1923, Coronel de 35 años. Suplente: Joaquín Silva. 112. Amadeo Betancourt. 1976–1953, Médico de 41 años. Suplente: Abraham Mejía. 113. Francisco José Múgica Velázquez. 1884–1954. General de 33 años. Suplente: Antonio Navarrete. 114. Jesús Romero Flores. 1885–1985. Profesor de 32 años. Suplente: Luis G. Guzmán. 115. Florencio González y el suplente José de la Peña, no firmaron la Norma Rectora. XVI. Morelos (3): 116. Antonio Garza Zambrano. 1880–1934. Agricultor de 37 años. Suplente: Armando Emparan. 117. José Gómez. 1888–1935, Abogado de 29 años. 118. Álvaro Alcázar. 1881–1951. Coronel de 36 años. Suplente: Enrique Ruiz. 94.

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Centenarios Constitucionales XVII. Nuevo León (6): 119. Manuel Amaya. Murió en 1932. Empleado Público de 32 años. Suplente: Luis Guimbarda. 120. Nicéforo Zambrano. 1862–1940, Empleado Público de 55 años. Suplente: José Lorenzo Sepúlveda. 1885 o 1888–1937, Empleado Público de 29 años. 121. Luis Ilizarrituri. 1886–1928, Abogado de 31 años. Suplente: Wenceslao Gómez Garza. 122. Ramón Gámez. 1881–1920. Coronel e Ingeniero de 36 años. Suplente: Adolfo Cantú Jáuregui. 123. Reynaldo Garza. 1864–1944, Agricultor de 53 años. Suplente: Jesús Garza. 124. Agustín Garza González. 1873–1957, Médico de 44 años, no participó en la firma de la Norma Rectora. Suplente: Plutarco González. 1870– 1931. Abogado de 47 años. XVIII. Oaxaca (9, una fórmula no firmó la Norma Rectora): 125. Salvador González Torres. 1885–1918. General Brigadier de 32 años. Suplente: Francisco León Calderón. 126. Israel Castillo no firmó la Norma Rectora. Suplente: Juan Sánchez. 1889–1932. Abogado de 28 años. 127. Leopoldo Payán. 1872–1950. Abogado de 45 años. Suplente: Manuel Santaella. 128. Luis Espinoza. Murió en 1926. Suplente: José Vázquez Vasconcelos. 129. Manuel Herrera. 1890–1933. Abogado de 27 años. Suplente: Pablo Allende. 130. Manuel García Vigil y su suplente Pastor Santa Ana no firmaron la Norma Rectora. 131. Celestino Pérez. Murió en 1982. Abogado. Suplente: Antonio Salazar. 132. Crisóforo Rivera Cabrera. Murió en 1955. Suplente: Miguel Ríos. 133. Gerardo López Miró, no firmó la Norma Rectora. Suplente: José Gómez. 1892–1924. Coronel y Agricultor de 25 años. XIX. Puebla (18): 134. Daniel Guzmán, no firmó la Norma Rectora. Suplente: Salvador Guzmán. 1888–1962. Médico de 29 años. 135. Rafael Cañete. 1856–1922. Abogado de 61 años. Suplente: Enrique Contreras. 136. Miguel Rosales. 1870–1928. De 47 años. Suplente: Federico Ramos. 137. Gabriel Rojano. 1888–1965, pasante en Derecho de 29 años. Suplente: Rafael Rosete. 138. David Pastrana Jaimes. 1883–1953. Abogado de 44 años. Suplente: Jesús Domínguez. 139. Froilán Cruz Manjárrez. 1894–1937. Periodista de 33 años. Suplente: Manuel Acuña. 140. Antonio de la Barrera. 1884–1959. Teniente Coronel de 33 años. Suplente: Luis Bravo. 141. José Rivera. 1887–1923. Maestro y Mayor del Ejército, 30 años. Suplente: Aurelio Aja. 142. Epigmenio Martínez. Murió en 1932. Coronel. Suplente: Anacleto Merino.

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| Los Constituyentes de 1916 a 1917

José de Jesús Covarrubias Dueñas


EL PACTO 143. Pastor Rouaix. 1874–1950. Ingeniero de 43 años. Suplente: Irineo Villarreal. 144. Luis Navarro Garza. Coronel. Suplente: Rómulo Munguía. 145. Porfirio del Castillo. 1884–1957. Coronel y Maestro Normalista, de 33 años. Suplente: Celerino Cano. 146. Federico Dinorín. 1882–1954. Teniente Coronel de 35 años. Suplente: Joaquín Díaz Ortega. 147. Gabino Bandera y Mata. 1888–1926. General de 29 años. 148. Leopoldo Vázquez Mellado y suplente: Ricardo Márquez Galindo, no firmaron la Norma Rectora. 149. Gilberto de la Fuente. 1871–1956. Coronel y Médico de 46 años. Suplente: Manuel Nieva. 150. Alfonso Cabrera. 1881–1959, médico de 36 años. Suplente: Agustín Cano. 151. José Verástegui. 1882–1920. Empleado Público de 35 años. Suplente: Cándido Nieto. XX. Querétaro (3): 152. Juan Frías. 1884–1918. Abogado de 33 años. Suplente: Enrique Domínguez. 153. Ernesto Perusquía. 1887–1946. 30 años. Suplente: Julio Herrera. 154. José María Truchuelo. 1890–1953. Abogado de 27 años. Suplente: Jesús Rivera. XXI. San Luis Potosí (8, dos no firmaron la Norma Rectora): 155. Samuel de los Santos. 1886–1959, pasante en Derecho de 31 años. Suplente: Filiberto Ayala. 156. Arturo Méndez. 1868–1945. Médico de 51 años. 157. Rafael Cerda, no firmó la Norma Rectora. Suplente: Rafael Martínez Mendoza. 1888–1961. Abogado. 158. Rafael Nieto. 1884–1926. Comerciante de 33 años. Suplente: Cosme Dávila. 1973–1946. Sastre de 43 años. 159. Dionisio Zavala. Cochero de 35 años. Suplente: Enrique Córdova Cantú. 160. Gregorio Tello. 1886–1976. Maestro Normalista de 31 años. 161. Julián Ramírez y Martínez, no firmó la Norma Rectora. 162. Rafael Curiel. 1883–1955. Empleado Público de 34 años. Suplente: Hilario Menéndez. XXII. Sinaloa (5): 163. Pedro Zavala. 1876–1921. Ingeniero Militar de 41 años. Suplente: Juan Francisco Vidales. 164. Andrés Magallón. 1882–1862. Tipógrafo de 35 años. Suplente: José Valadéz. 165. Carlos Ezquerro. 1875–1928. Empleado Público de 41 años. Suplente: Mariano Rivas. 166. Cándido Avilés. 1881–1980. Agricultor de 26 años. Suplente: Primo Beltrán. 167. Emiliano García. 1876–1951, pasante en Medicina, 41 años. Suplente: Antonio Castro. XXIII. Sonora (4, uno no firmó la Norma Rectora): 168. Luis Monzón. 1872–1942. Profesor de 45 años. Suplente: Cesáreo Soriano.

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Centenarios Constitucionales 169. Flavio Bórquez. 1869–1928. Empleado Público de 48 años. Suplente: Manuel Padrés. 170. Ramón Ross. 1864–1934. Empleado Público de 53 años. Suplente: Ángel Porchas. 171. Eduardo García, no firmó la Norma Rectora. Suplente: Juan de Dios Bojórquez. 1892–1967. Ingeniero Agrónomo de 25 años. XXIV. Tabasco (3, uno no firmó la Norma Rectora): 172. Rafael Martínez de Escobar. 1889–1927. Abogado de 28 años. Suplente: Fulgencio Casanova. 173. Antenor Sala, no firmó la Norma Rectora. Suplente: Santiago Ocampo, murió en 1955. 174. Carmen Sánchez Magallanes. 1891–1941. Maestro normalista de 26 años. Suplente: Luis Gonzalí. XXV. Tamaulipas (4): 175. Pedro Chapa. 1890–1973. Coronel y Arquitecto de 27 años. Suplente: Alejandro Guerra. 176. Ceferino Fajardo. 1885–1954. Profesor de 32 años. Suplente: Daniel Córdova. 177. Emiliano Próspero Nafarrete. 1882–1918. Militar de 35 años. Suplente: José María Herrera. 178. Fortunato de Leija. 1865–1918. Abogado de 51 años. Suplente: Félix Acuña. XXVI. Tepic (3): 179. Cristóbal Limón. 1883–1964. Teniente Coronel de 34 años. 180. Suplente: Marcelino Cedano. 1888–1962. Mayor y Maestro normalista de 29 años. 181. Juan Espinoza Bávara. 1877–1950. Profesor de 40 años. Suplente: Guillermo Bonilla. XXVII. Tlaxcala (3): 182. Antonio Hidalgo Sandoval. 1876–1972. General de 41 años. Suplente: Felipe Xicoténcatl. 183. Modesto González Galindo. 1874–1933. 43 años. Suplente: Juan Torrentera. 184. Ascención Tépatl. 1883–1918, agricultor de 34 años. Suplente: Fausto Centeno. XXVIII. Veracruz (18, dos no firmaron la Norma Rectora): 185. Saúl Rodiles. 1885–1951. Maestro Normalista de 32 años. Suplente: Alberto Herrera. 186. Adalberto Tejeda, no firmó la Norma Rectora. Suplente: Enrique Meza. 1889–1944. Abogado de 28 años. 187. Benito Ramírez. 1891–1945. Coronel y Abogado de 25 años. Suplente: Heriberto Román. 188. Rodolfo Curti y suplente, Jenaro Ramírez, no firmaron la Norma Rectora. 189. Eliseo Céspedes. 1892–1969. Coronel de 40 años. Suplente: Joaquín Bello. 190. Josafat Márquez. 1884–1964. Maestro Normalista de 33 años. Suplente: Augusto Aillaud. 191. Alfredo Solares. 1872–1935. Actor de 45 años. Suplente: Gabriel Malpica. 192. Alberto Román. 1872–1942. Médico de 45 años. Suplente: Martín Cortina.

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EL PACTO 193. Silvestre Aguilar. 1884–1955. Empleado Público de 30 años. Suplente: Miguel Limón Uriarte. 194. Ángel Juarico. 1856–1931. Talabartero de 61 años. Suplente: Domingo Jiménez. 195. Heriberto Jara Corona. 1879–1968. General Brigadier de 28 años. Suplente: Salvador Gonzalo García. 196. Victorio Góngora. 1876–1947. Ingeniero de 43 años. Suplente: Epigmenio Ocampo. 197. Cándido Aguilar. 1889–1960. General de División, de 38 años. Suplente: Carlos Gracidas. 1888–1954. Tipógrafo de 29 años. 198. Marcelo Torres Angulo. 1876–1948. Médico de 41 años. Suplente: Moisés Rincón. 199. Galdino Casados. 1878–1934. Teniente Coronel y Maestro de 39 años. Suplente: Donaciano Zamudio. 200. Juan de Dios Palma. 1874–1918. Maestro Normalista de 43 años. Suplente: León Medel. 201. Fernando Pereyra. 1882–1965. Capitán y Telegrafista de 35 años. XXIX. Yucatán (5, una fórmula no firmó la Norma Rectora): 202. Antonio Ancona Albertos. 1883–1953. Periodista de 53 años. Suplente: Ramón Espadas. 203. Enrique Recio. 1884–1927. Abogado de 33 años. Suplente: Rafael Gamboa. 204. Héctor Victoria. 1886–1926. Ferrocarrilero de 31 años. Suplente: Felipe Valencia. 205. Manuel González y Felipe Carrillo, no firmaron la Norma Rectora. 206. Miguel Alonso Romero. 1890–1964. Médico de 27 años. Suplente: Juan Ortiz. XXX. Zacatecas (7, un titular no firmó la Norma Rectora): 207. Adolfo Villaseñor. 1888–1971. Ingeniero de 29 años. Suplente: Rafael Simoní Castelvi. 208. Julián Adam. 1882–1976. Topógrafo de 35 años. Suplente: Rodolfo Muñoz. 209. Jairo Dyer. 1869–1925. Médico de 48 años. Suplente: Narciso González. 210. Rosendo López, no firmó la Norma Rectora. Suplente: Andrés Arteaga. 1886–1944, Abogado y Maestro Normalista de 31 años. 211. Antonio Cervantes. 1885–1935. Agricultor de 32 años. 212. Juan Aguirre Escobar. 1874–1954. Coronel y Obrero de 43 años. Suplente: Jesús Hernández. De los anteriores datos, tenemos que hubo representantes de 30 entes federados, el mayor contingente registrado fue el de Jalisco, que tuvo catorce representantes del Estado de Jalisco y en otros, tuvo seis representantes que nacieron en el Estado; del total de veinte, seis nacieron en Guadalajara y 14 en Jalisco. Del total de los Constituyente de 1916 a 1917, diecinueve estudiaron en Guadalajara o en el Estado de Jalisco las profesiones de Abogado (8); Ejército (4 y uno, además, periodismo); 3 Ingeniería; 3 profesores (uno, además, militar); 1 Contaduría y 1 Medicina.

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Centenarios Constitucionales Los jaliscienses (nacidos en Guadalajara y en Jalisco) que integraron el Congreso Constituyente Federal de 1916 a 1917, fueron: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. 20.

Luis Manuel Rojas Arreola (Presidente del Congreso Constituyente). Marcelino Dávalos Vázquez. Federico E. Ibarra. Manuel Dávalos Ornelas. Francisco Martín del Campo. Bruno Moreno. Ramón Castañeda y Castañeda. Juan de Dios Robledo. Jorge Villaseñor. Amado Aguirre. José Solórzano. Francisco Labastida Izquierdo. José Manzano. Sebastián Allende. Aurelio González (representó a Aguascalientes y nació en San Juan de los Lagos, Jalisco). Daniel Cervantes (representó a Aguascalientes y nació en San Juan de los Lagos, Jalisco). Aldeguindo Villaseñor (representó al Estado de México y nació en Ayutla, Jalisco). Rafael Martínez Mendoza (representó a San Luis Potosí y nació en Guadalajara, Jalisco). Cristóbal Limón (representó a Tepic y nació en Yahualica, Jalisco). Marcelino Cedano (representó a Tepic y nació en Teocuitatlán de Corona, Jalisco).

Además de lo anterior, tenemos a los representantes de Jalisco al Congreso Federal Constituyente de 1916 a 1917: 1. 2. 3. 4. 5. 6.

Gaspar Bolaños, nació en Morelia, Michoacán de Melchor Ocampo y podríamos decir que fue jalisciense de adopción. Ignacio Ramos Praslow, nació en Sinaloa, pero estudió, se arraigó e hizo su desarrollo en Guadalajara. Joaquín Aguirre Berlanga, nació en Coahuila de Zaragoza y fue adoptado en Jalisco. Esteban Baca Calderón, nació en Tepic, séptimo Cantón de Jalisco, convertido a territorio en 1884 y el nacimiento de nuestro Congresista fue en el año de 1887. Paulino Machorro Narváez, nació en Durango y representó a Jalisco. Rafael Ochoa, nació en Michoacán de Ocampo y se arraigó en Jalisco.

De lo anterior se desprende que seis representantes de Jalisco ante el Congreso Federal Constituyente de 1916 a 1917, eran Federalistas y liberales; muchos de ellos, estudiaron, se formaron y se arraigaron en Jalisco.

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EL PACTO Además de lo anterior, debemos destacar, el hecho de que hubo otros dos Congresistas que nacieron en Tepic y Acaponeta en 1876 y 1877, en el entendido de que se elevó, como se expresó, el Séptimo Cantón de Jalisco a Territorio en el año de 1884 y el espíritu constitucionalista, federalista y liberal, estaba impregnado de las ideas de los jaliscienses -como de alguna manera lo sigue estando-, dichos representantes fueron: 1. 2.

Andrés Magallón, quien nació en Tepic en 1876 y representó a Sinaloa. Juan Espinoza, quien nació en Acaponeta en 1877 y representó a Tepic.

Con los anteriores datos, podemos afirmar que la representación de Jalisco, de su pensamiento constitucionalista, federal y liberal, fue determinante en dicho Congreso Constituyente de 1916 a 1917, sin dejar de evidenciar que su Presidente fue Luis Manuel Rojas Arreola, quien nació en Ahualulco, Jalisco. Así, la presencia de los jaliscienses, su trascendencia e influencia en el constitucionalismo, federalismo y liberalismo, ha sido básica y determinante a lo largo de la historia, dado el espíritu de esta región que ama a México. Como colofón del Congreso Constituyente Federal de 1916 a 1917, tenemos que de los 213 congresistas, 55 fueron Abogados y cerca de 5, pasantes en Derecho; luego los militares, médicos, profesores, empleados públicos, profesionistas y personas que ejercieron diversos oficios; sin lugar a dudas, el Congreso Constituyente Federal más diverso, plural y que incluyó a los espectros del pueblo que históricamente no habían sido tomados en cuenta, en el entendido de que tampoco se incluyeron a todos los grupos de México, como son las comunidades autóctonas, pueblos originarios y campesinado, cuando el sector rural en 1910 era más del 80% del área total. Como estructuras organizativas del Congreso Constituyente Federal de 1916 a 1917, fueron: la Mesa Directiva, dos comisiones revisoras de credenciales, dos comisiones constitucionales y la Comisión de Estilo. Cerca del 30% del total de los representantes, no fueron originarios del ente federado por el que asistieron al Congreso Constituyente y de los 30 Estados participantes, casi en el 70 de ellos, algunos de sus representantes, no fueron originarios del ente representado. La edad promedio de los constituyentes fue de 34 años. Hubo un representante que nació en Cuba (Martí). Fuentes consultadas: Archivo General de la Nación. Covarrubias Dueñas, José de Jesús: Enciclopedia Política de México, tomo V, volumen 8: Congresos Constituyentes y Legislaturas de México, Siglos XIX–XX, Senado de la República, Instituto Belisario Domínguez, Obra Conmemorativa del Bicentenario de la Independencia de México y del Centenario de la Revolución de México de 1910, México, 2010, pp. 265 y ss. Covarrubias Dueñas, José de Jesús: Dos Siglos de Constitucionalismo en México, Porrúa, segunda edición, México, 2014, en especial, la tercera parte: Constitución Política de México de 1917, pp. 667 y ss. Diario de los Debates del Congreso Constituyente de Querétaro 1916–1917, edición facsimilar, Cámara de Diputados, México, 1989. Los Derechos del Pueblo Mexicano, ediciones elaboradas por el Congreso Federal, en ocho ediciones.

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Aportaciones Jaliscienses al Constitucionalismo

Por: Archivo H. de Jalisco*

El retorno al Federalismo y la

guerra México-estadounidense El retorno y fusilamiento de Agustín Iturbide, primer emperador de México, obligó a los monarquistas mexicanos a reconsiderar el republicanismo como alternativa política; los sueños fraguados con los Tratados de Córdoba se habían esfumado de momento; el abrazar el centralismo resultaba una salida temporal en su intención de mantenerse en la lucha y debate político contra los liberales y federalistas. Una Constitución centralista fue promulgada 1836. Antonio López de Santa Anna, el caudillo, en su intento de combatir a los separatistas texanos, es capturado tras ser derrotado en la Batalla de San Jacinto; a cambio de su vida reconoce la independencia de Texas. El orgullo nacional demandaba un desagravio, uno heroico y patriótico; los

centralistas y su régimen de las Siete leyes no respondieron a este reclamo popular. A las claras, el régimen tambaleaba lo mismo en lo financiero que en lo político. A cuatro años de su derrota a manos de Samuel Houston, Santa Anna estaba de nuevo sentado en la silla presidencial sorteando la paradoja: reactivar el proyecto monárquico (con príncipe europeo y todo) o instaurar un dictadura militar. (Vázquez , 1996, pág. 32) El Estado mexicano carecía de rumbo y sus políticos daban golpes de timón; el Congreso antes de decidir entre dictadura y monarquía es disuelto por Santa Anna, en 1842; sus enemigos le responden con un levantamiento armado. Con el apoyo de la guarnición y el ayuntamiento de la Ciudad de México, José Joaquín de Herrera asume la presidencia. Una junta de Notables asume el poder y se da a la tarea de establecer, en 1843, un centralismo moderado conocido como las Bases Orgánicas. (Vázquez , 1996, pág. 32). Este nuevo centralismo ofreció más autonomía a las provincias y puso restricciones al denominado cuarto poder o el Supremo poder conservador (fiscal y árbitro de los otros tres poderes); sin embargo, la mayor amenaza por sortear venía de fuera; un conflicto con los Estados Unidos resultaba inminente;

* Colaboración del Dr. Fabián Acosta Rico. Jefe del Departamento de Investigación y Divulgación del Archivo Histórico de Jalisco (AHJ).

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EL PACTO la manzana de la discordia seguía siendo Texas. Su anexión a la Unión Americana sería el preámbulo de nuevas pérdidas territoriales para México. En su momento, el conde Aberdeen le sugirió al gobierno de Santa Anna reconocer la independencia de Texas como requisito para después acudir al arbitraje de Francia e Inglaterra en la delimitación de una frontera que pusiera restricciones al expansionismo estadounidense, en su marcha hacía el Río Bravo y las costas del Pacífico. Santa Anna despreció este oportuno recurso diplomático heredándoles así un problema internacional a los hombres que ambicionaban arrebatarle el poder. El general Mariano Paredes y Arrillaga no lo pensó mucho para apuntarse a la “rifa del tigre”. El presidente Herrera, con sacrificios y apuros, reunió 6 mil hombres; le ordenó al general marchar con este improvisado ejército a combatir a los invasores estadounidenses. Tras una escala en San Luis Potosí, Paredes retorna a la capital y destituye al presidente. Como un tiburón que olfatea la sangre de una presa, el gobierno de Washington, al saber de la destitución de Herrera, le indicó al general Zacarías Taylor acelerar su marcha con rumbo al Río Bravo. Sin una declaración formal, México estaba en guerra y su soberanía nacional comprometida. En el peor momento vio Paredes concretadas sus ambiciones políticas; se le hundía el barco, y no tardó en descubrir que la cartografía del centralismo no le funcionaba para llevarlo a puerto seguro. (Sierra, 1981, pág. 33) Si eran malos tiempos para gobernar, peor resultaban para hacerle al reformador. Superado por la crisis de estado y aconsejado por Lucas Alamán (líder e ideólogo de los conservadores

mexicanos), Paredes decide continuar con su proyecto constitucionalista. Dicho sea de paso, los conservadores habían abandonado el desprestigiado centralismo y se definían abiertamente defensores de la imposición de una monarquía presidida por un príncipe extranjero. El propio Alamán redactó la convocatoria para el constituyente; inspirado en su padre ideológico Edmundo Burker: precisó en el documento que el pueblo elector quedaría dividido por clases que contarían con una representación, cuyas proporciones o porcentajes estarían sugeridas por los rangos de importancia económica y relevancia política de cada clase. …era constitución de una aristocracia preparatoria de la monarquía, y esto era efectivamente; era la eterna asamblea de notables, con que todas las revueltas militares procuraban sancionar sus triunfos… (Sierra, 1981, pág. 34) Dada su debilidad financiera y militar, México necesitaba amigos en el extranjero que pudieran socorrerlo en su lucha contra los invasores estadounidenses. El viraje hacia el monarquismo le abrogaba al gobierno un aliado que de muy poco le servía: España. El ministro español, Salvador Bermúdez de Castro, encabezaba una conspiración cuya meta era la entronización en México de un príncipe de la casa reinante en España; secundaban el proyecto el propio Alamán, el jesuita Basilio Arrillaga y comerciante español Lorenzo Carrera: “La Corona española había aprobado un presupuesto para el proyecto y a principios de 1846 buscaba la anuencia de Gran Bretaña y Francia”. (Vázquez , 1996, pág. 34) S e p t i e m b r e 2 0 16 |

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Aportaciones Jaliscienses al Constitucionalismo En México la causa monárquica no gozaba de los plácemes de las clases populares; Alamán sufrió persecución y palpó el descontento del ciudadano de a pie, en las calles no faltaban agitadores que promovían un asalto a la casa del ministro español, pues corría el rumor que allí estaba escondido el patriarca intelectual de los conservadores. (Riva Palacios, 1981, pág. 138). Los coqueteos diplomáticos entre México y España sólo animaban más los ímpetus imperialistas del gobierno de Washington; una alianza hispánica entre estas dos naciones rubricada por un príncipe español resultaba inamisible para los intereses regionales estadounidenses; había que impedir ésta reconciliación y reencuentro España-México y de paso dejar en claro, al resto de las naciones del continente, que la única alineación geopolítica que podían adoptar era la delineada por la Doctrina Monroe: “América para los americanos”. El presidente norteamericano Polk, ya iniciadas las hostilidades, hizo su declaración de guerra pretextando las peores razones: los ejércitos mexicanos habían invadido Texas (ahora bajo la soberanía de Washington) y ello obligaba a combatirlos hasta el restablecimiento de la paz. El gobierno mexicano hizo también su pronunciamiento bélico en el mes de junio. (Sierra, 1981, pág. 35). El anterior balance de la situación, le daba la razón a las facciones liberales opositoras al régimen de Paredes sobre que la crisis interna (alzamientos) y externa (invasión) derivaban, por igual, de los delirios monárquicos de un grupúsculo político oligárquico que abanderaba los intereses de las dos instituciones con mayor influencia y poder en el país: la Iglesia y el Ejército. En estas circunstancias, la solución a todos

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los males del país parecía cifrarse en un urgente retorno al modelo republicanofederal. El 15 de abril, Juan Álvarez, en el sur de México, se pronunciaba por el federalismo y el retorno de Santa Anna; las guarniciones de Mazatlán y Guadalajara le siguieron el ejemplo. (Vázquez , 1996, pág. 37) La asonada armada conocida como el Plan de la Ciudadela acogió a todos estos levantamientos y plasmó, en un documento, sus banderas políticas comunes: restablecer la Constitución de 1824 (y con ella el federalismo) y sentar de nuevo en la silla presidencial Santa Anna. La proclamación del plan la realizó Mariano Salas, el 4 de agosto; días después de que Paredes, ya nombrado presidente por el Congreso, saliera, sin idea ni posibilidades de triunfo, a combatir a los invasores. La participación de Jalisco en el restablecimiento del orden constitucional federalista Dos meses y medio antes del pronunciamiento de la Ciudadela, como lo refiere el historiador Pérez Verdía, desde Guadalajara, los señores Cumplido, Angulo, Dávila y López Portillo unidos a los militares Yáñez, Montenegro, Garay y Xicoténcatl, todos de filiación liberal, confabularon un plan para concretar el derrocamiento de Paredes. El 20 de mayo de 1846, el coronel Santiago Xicoténcatl, cuando hacia el relevo de la Guardia de Palacio, al frente del batallón de Lagos, arremetió con sus soldados sobre el edificio al grito: “Viva la República”. “Muera el Príncipe extranjero”: “El batallón de San Juan se negó hacer armas contra los asaltantes que sin dificultad se adueñaron del Palacio para aprehender al gobernador Antonio Escobedo y al comandante Pánfilo Galindo”. (1952, pág. 401).

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EL PACTO

Muchos de los artículos de la proclama presentada por los pronunciados los veremos replicarse en el Plan de la Ciudadela; en el primero desconocían la convocatoria del 27 de enero, expedida por el presidente Paredes, dado que su intención era poner las bases para la instauración de la monarquía con un príncipe extranjero encabezándola. En el segundo, se llamaba a constituir un nuevo Congreso federal, bajo las leyes electorales de 1824, cuyo primer encargo sería restablecer la república, adoptando la forma de gobierno que la voluntad popular juzgara conveniente; enfatizando que sólo la monarquía quedaría descartada, dado que la nación había dado pruebas suficientes de aborrecer dicha institución. En el sexto, loándolo como fundador de la república y disculpándole sus errores, nombraba caudillo del pronunciamiento a Santa Anna. (Verdía, 1952, pág. 405). Fuerzas leales al presidente, comandadas por el general Pacheco, pusieron bajo sitio a Guadalajara en el afán de sofocar el pronunciamiento; el derrocamiento de Paredes dio fin al amago de la ciudad, el 12 de agosto. Acto seguido, quedó instalado un consejo

de gobierno. Tras la promulgación del decreto del 22 de agosto de 1846, que restablecía el viejo orden constitucional federalista, los liberales jaliscienses triunfantes reorganizaron el Estado con apego a la Constitución de 1824 (Muriá, 1981, pág. 56). Una nueva legislatura emanó de elección extraordinaria que entró en funciones el 17 de noviembre; los nuevos diputados nombraron gobernador interino a Joaquín Angulo, quien prestó juramento el 23 de noviembre (Verdía, 1952, pág. 417). Mientras tanto, en la escena nacional nada había cambiado para bien: los ejércitos estadounidenses mantenían su marcha victoriosa al interior del país, mas el ánimo de los mexicanos se solazaba en dos espejismos que prometían revertir la situación. Para el pueblo la esperanza se cifraba en el retorno de Santa Anna; en cambio, para la élite liberal la restauración del orden constitucional del 24 resultaba decisiva para poner a la nación de pie y lista para hacer frente a cualquier adversidad. El desarrollo posterior y sobre todo el resultado final de la guerra convertirán las ilusiones y esperanzas de políticos y ciudadanos en atávica decepción. S e p t i e m b r e 2 0 16 |

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Aportaciones Jaliscienses al Constitucionalismo

El retorno de Santa Anna El deseado, “el salvador de México”, desembarcó la tarde del domingo 16 de agosto, del Vapor Árabe, en el Muelle de Veracruz. La aclamación popular de los porteños enmarcó su retorno. Le acompañaban Crecencio Rejón, Antonio Haro y Tamariz, y Juan Nepomuceno Almonte. (Riva Palacios, 1981, pág. 138) Salvo el primero, ninguno de estos personajes trascenderá como gran defensor del republicanismo y el federalismo. Haro y Tamariz, cinco años después, realizará las gestiones política para restablecer la dictadura santanista; y Almonte, por parte, será un ferviente conspirador al servicio de Luis Napoleón III y de su proyecto de instaurar en México una monarquía pro francesa, presidida por Maximiliano de Habsburgo. Los sublevados del Plan de la Ciudadela le apostaban a la persona equivocada en sus intenciones de regresar a la nación al orden constitucional del 24. El hijo predilecto de Manga de Clavo, el héroe que perdió una pierna en la Guerra de los Pasteles, carecía de talento para gobernar y tampoco poseía las grandes habilidades militares; pero, sin duda, ninguno como él sabía decirle a la gente lo que deseaba escuchar; con sus dotes demagógicas enajenó el alma nacional. Como lo señalan los autores de

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México a través de los siglos, después de poner pie en tierra y cosechar su tributo de aplausos y vivas, enfiló a la primera imprenta con la urgencia de publicar su manifiesta a los mexicanos. En ésta declaraba que había salido de La Habana el día 8 del corriente: “con el único objeto de veniros a ayudar a salvar la patria de sus enemigos interiores y exteriores…” (Riva Palacios, 1981, pág. 138). Y expiando con acusaciones las propias culpas, señalaba a los monarquistas como los causantes de la crisis que agobiaba al país por anteponer su agenda política a las necesidades y deseos del pueblo; los acusaba de errar en su cálculo e intención de traer un príncipe extranjero a hacerse cargo del país cuando ni los ánimos ni las circunstancias favorecían en lo absoluto tal proyecto. Por su necesidad y cerrazón, advertía Santa Anna, Alamán, Paredes y todos sus partidarios habían provocado, casi de manera directa, que los Estados Unidos nos despojaran de Texas y avanzaran con sus ejércitos al interior de la República. (Riva Palacios, 1981, pág. 139) La Ley General del 22 de agosto de 1846 La veneración que le profesaban a Santa Anna sus partidarios a veces rayaba en lo delirante: el Diario Oficial, en su número del 21 de agosto lo llamaba: “Hombre verdaderamente grande hasta en sus errores”. Siendo objetivo, en buena medida, a este personaje le debe la nación mexicana la sana sepultura del centralismo; en el costal de promesas con el que descendió del Árabe, una que, para variar, si cumplió fue el restablecer la Constitución de 1824. José Mariano Salas se encargó de darle cumplimiento a la disposición y junto con sus correligionarios del Plan de la Ciudadela expidió el correspondiente decreto

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Archivo Histórico de Jalisco


EL PACTO el 22 de agosto de 1846. La geografía política de México regresó a sus trazos y nominaciones anteriores a los de 1834: La ley general del 22 de agosto de 1846 también dispuso que la nomenclatura territorial fuese la misma que había existido hasta antes de 1834: los partidos volvieron a llamarse departamentos y los distritos, cantones: en tanto el departamento de Jalisco recuperaba legalmente su carácter y nombre de estado. (Muriá, 1981, pág. 56) Si la Capital y los poderes nominales y de facto concentrados en ella, mal pudieron en poco más de diez años de vigencia de la Constitución de 1836 (las Siete Leyes) procurarle a la nación unidad y crear cierta sinergia entre las entidades centralistas, ahora con una guerra de invasión encima, los regionalismos y las fuerzas separatistas, autonómicas o independentistas, no requerían de un decreto para hacer valedera la restauración de un federalismo desorganizado y casi tribal. La invasión estadounidense favoreció dicha restauración federalista y a la vez se benefició de ella (el remedio, dadas las circunstancias, resultó peor que la enfermedad). La favoreció porque al estar comprometidos los poderes centrales facticos, principalmente el Ejército nacional, combatiendo con el invasor, muchos de los gobiernos de los recién restablecidos estados, como el de Yucatán, tuvieron todo el margen y la libertad para restablecer y fortalecer su soberanía sobre sus fronteras estatales; mientras sus territorios no estuvieran en riesgo de ser ocupados, los marines y soldados yanquis podían marchar sin apuros rumbo a la

capital. Esta desunión y falta de sentido nacional fue la que desanimó, desorganizó y entorpeció la defensa de la nación y, por ende, le facilitó la victoria al invasor: …en estados como Guanajuato, México y Zacatecas el celo autonomista los llevó a negar recursos que parecen haber tenido… otras entidades, como Yucatán, con sus intereses divididos entre Campeche y Mérida y separada de la República por el centralismo, mantuvo la separación a pesar de la restauración federal para proteger su comercio y sus puertos del bloqueo norteamericano; después ante el desencadenamiento de la temida Guerra de Castas, estuvo dispuesta a renunciar a su soberanía a cambio de protección extranjera. (Vázquez, 1996, pág. 42) Al federalismo mexicano le faltan varias décadas para madurar y no depender en su instauración de avatares históricos como la Guerra México-estadounidense. Cómo bien lo dicen los autores de la obra Historia de Jalisco (dirigida por José María Muriá) las derrotas de las armas mexicanas en su lucha contra la invasión desalentaron las apologías al federalismo y a la Constitución de 1824 (1981, pág. 64). Además, la facción política contraria al republicanismo-federalista, los conservadores, había recibido un duro golpe con la expedición del decreto del 22 de agosto de 1846; pero aún no estaban derrotados, el triunfo del liberalismo mexicano y de su modelo de nación aún tenía muchas batallas por librar.

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El Poder Constituyente de 1917

Por: Jesús Rodríguez Gurrola

Constituciones Cristeras. Un proyecto de nación

La llamada Guerra Cristera (1926-1929), ha sido un conflicto armado que se enmarca como una de las guerras civiles más crueles y dolorosas que se hayan sufrido en el país. Según diversos analistas y estudiosos de la historia, es el resultado y conclusión de diversas asonadas y conflictos, que datan desde la misma conquista española: La lucha del indio mexicano por conservar sus costumbres, por sobrevivir a los infortunios de la esclavitud, a los azotes y mutilaciones que les imponían los conquistadores, generó en ellos una especie de odio con sordina, que a pesar de las buenas intenciones de muchos frailes y de algunas familias españolas por alivianar sus sufrimientos, ilustrándoles la vida de los santos y los dogmas de la fe católica, no lograron ni siquiera mellar los mitos y temores que anidaban en su conciencia. En el texto La lucha entre el poder civil y el clero, de Emilio Portes Gil, al hacer un estudio de los cronistas de la época, se lee: “El indio sustituyó su idolatría por otra religión que no entendía, el temor lo hizo realizar la conversión y era curioso observar durante la conquista. Cómo el indio debajo del altar o de la cruz enterraba sus ídolos. . . En los cimientos de todos los templos de la República encontramos la huella de los ‘teocallis’ como en el fondo del supuesto catolicismo del indígena, encontramos también sus viejas creencias idolátricas”. Por su parte, Carlos Fuentes en su obra Tiempo Mexicano afirma al respecto: “El temor de los indígenas que profesaba a sus deidades, crueles y sanguinarias, se había trasladado a las condenas eternas que predicaban los sacerdotes católicos, sumiendo por consiguiente la conciencia del indio en un mundo de terror y de temor cotidiano, sin saber a ciencia cierta a qué dogma o tabú obedecer, por lo que bajo su vestimenta de manta y ataviado con cruces e imágenes católicas de todo tipo, dejaba ver a la menor oportunidad su ajuar de plumas, sus collares con la figura de sus dioses, sus fetiches de piedra, sus manojos de hierbas mágicas”. * Licenciado en Derecho y en Letras Latinoamericanas. Doctor en Letras Romanticas por la Universidad Paul Valery de Montpellier

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Extensos y copiosos resultan los documentos referentes a este tema: Samuel Ramos, Octavio Paz, Fuentes, los cronistas de la Colonia, los innumerables documentos que se acumulan en bibliotecas y archivos tanto de la Iglesia católica como de instituciones educativas y lo mismo en colecciones oficiales y privadas, pero los he citado como preámbulo para ubicar aunque sea someramente una de tantas causas que intervinieron en la formación del carácter del mexicano de esa época narrada, en la que a la primera lectura puede verse cómo sobresalen su temperamento religioso, su cuasi dependencia de los mitos y supersticiones y el temor al premio o al castigo en el más allá. Reproducidas a lo largo de tres siglos estas condiciones, fue fácil para los dueños del poder económico, conducir por cualquier camino a esa masa parda de pobladores, que ansiaban algún resquicio por donde dar salida a sus reprimidos impulsos. Teóricamente se puede establecer que en ese tipo de conciencia cabe la posibilidad de concretarse el llamado espíritu del milenarismo no-consciente, propuesto por los semánticos y estudiosos del lenguaje. Dicho milenarismo, se puede definir brevemente como un concepto que aunque muy antiguo sobrevive y, se puede reproducir en cualquier momento, sobre todo en las sociedades en las que a lo largo de su existencia han vivido y permanecido bajo la tutela de diversas formas de explotación, en las que sin recato alguno les son secuestrados sus valores y sus más elementales derechos humanos. Cada fin de milenio o principio de uno nuevo aparece súbitamente esta creencia, “como la posibilidad de instauración de una felicidad definitiva largamente esperada y alimentada por la esperanza de ver finalizadas sus penurias. Así la famosa espera mesiánica, como lo consigan los estudiosos de la teoría citada, muy lejos de incitar a una resignación pasiva e inmóvil, encierra grandes vicisitudes y, las muchedumbres no esperan más que un signo para movilizarse e intervenir en las voluntades sociales y políticas”. . . El mileniarismo, en consecuencia, “puede aportar una contestación mítica, apta para compensar la impotencia y remediar las desesperaciones, el conflicto entre el bien y el mal puede resolverse por el salto milenarista. La religión, que la más de las veces es freno y traba para la evolución y la acción, se revela en ocasiones un acelerador temible; el milenarismo, con su tan característica dialéctica de la espera y la acción, con su interpretación de lo profano y lo sagrado, puede desempeñar el papel de catalizador y de motor en ciertas sociedades en mutación. ”Así pervive el milenarismo, latente, reprimido por las ortodoxias pero dispuesto a surgir en caso de una crisis”. Tal podría ser el caso de los movimientos “yihadistas” pues en su imaginario religioso existe una divinidad, un dios contestatario del orden social y económico establecido, que justifica todos los medios por alcanzar la felicidad en los tiempos sin fin de sus creencias. En ese ámbito de convicciones y dogmas surgió primero la lucha de Independencia, después la guerra de Reforma y la guerra contra la intervención S e p t i e m b r e 2 0 16 |

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El Poder Constituyente de 1917 francesa, movimientos de los cuales emanaron las Constituciones de 1824 y la 1857, que son el antecedente normativo de la Constitución vigente. En la elaboración de cada una de esas constituciones tuvieron presencia los más destacados intelectuales del país, pero en la promulgación de cada una de ellas también se hizo presente el rechazo de la clerecía mexicana y, obviamente, de los dueños de las tierras y minas, renglones en donde se focalizaba y se producía la riqueza de la época. La Constitución de 1917, proclamada el 5 de febrero de ese año, entró en vigor el siguiente primero de mayo, pero los ánimos de la guerra civil estaban aún caldeados, apenas se comenzaba a estructurar el nuevo país que nacía con la Constitución recién promulgada. Precisamente el 24 de febrero del mismo año para tal efecto, el Episcopado Mexicano elaboró y redactó una protesta contra la Constitución de los revolucionarios, que fue difundida tanto en el país, como en diversas ciudades del extranjero y que a la letra dice: “Después de haber sufrido por tres años las angustias consiguientes a los males gravísimos que la peste, el hambre, y la guerra, otros hechos han venido a empeorar nuestra amarga situación”. . . La Constitución dictada en Querétaro el 5 de febrero último. . . eleva a Estado la persecución religiosa. . . Este código hiere los derechos sacratísimos de la Iglesia Católica, de la sociedad mexicana y los individuos. . . arranca de cuajo los pocos derechos que la Constitución de 1857 mantenía en su articulado, desconoce a la Iglesia como sociedad y a los católicos como individuos. Luego hace referencia a poner en tela de juicio la validez de la joven Constitución y amaga ya, aunque disfrazadamente, con acudir a métodos reivindicatorios no pacíficos. “Nos hallamos muy lejos (dicen) de aprobar la rebelión armada contra la autoridad constituida, sin que esta sumisión pasiva (. . .) signifique aprobación o aceptación intelectual y voluntaria (. . .) Protestamos pues contra la fracción IV del artículo 130, que NO reconoce personalidad alguna a las agrupaciones religiosas denominadas iglesias y que reglamenta el culto religioso”. Igualmente protestaron contra el artículo tercero, que proclama la libertad de enseñanza y su carácter laico. Protestaron también contra lo establecido en el artículo 5º, que prohíbe el establecimiento de órdenes monásticas. Sus diatribas se dirigen asimismo contra la fracción II del artículo 27 constitucional, que niega a las asociaciones religiosas, el derecho de adquirir, poseer o administrar bienes raíces o capitales impuestos sobre ellos. El gobierno mexicano expidió poco después el 4 de enero de l926, la Ley Reglamentaria del referido artículo 130 constitucional y enseguida propuso la reforma al Código Penal Federal, modificación que establece sanciones para quienes infrinjan lo establecido en el artículo citado. Esto genera una inmediata respuesta de la jerarquía católica, Monseñor Mora 24

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EL PACTO

y del Río, Arzobispo de México, hace una declaración en el periódico El Universal que textualmente dice: “. . .La protesta que los creyentes mexicanos formulamos contra la Constitución de 1917, en los artículos que se oponen a la libertad y dogmas religiosos se mantiene firme. . . en el sentido de que se emprenderá una campaña contra las leyes injustas y contrarias al derecho natural. . . El Episcopado, clero y católicos, no reconocemos y combatiremos los artículos tercero, quinto, y ciento treinta de la Constitución vigente…”. Así, mientras las disputas seguían desarrollándose entre ambos bandos, diversas organizaciones cívico-religiosas se constituyeron para secundar las querellas del clero: La Liga Nacional Defensora de la Libertad Religiosa, la Asociación Católica de la Juventud Mexicana, y otras más que cobijadas y alentadas por la mayoría de los curas, presbíteros y jerarcas clericales, mantenían viva la idea de un enfrentamiento que tarde o temprano sucedería. El domingo 15 de agosto de 1926, mataron en Chalchihuites, municipio y localidad del estado de Zacatecas, al señor cura Luis Batis junto con tres jóvenes, los apresaron y se los llevaron escoltados por la caballería militar. En esos momentos llegó Pedro Quintanar, quien con otros hombres decididos, se fueron detrás de sus captores. Cuando los federales se dieron cuenta que los seguían, mataron a los cuatro cautivos y se fueron. Cuentan que Pedro al llegar al lugar del asesinato, se hincó ante el cuerpo aún caliente del Señor Cura y con su sangre se persignó diciendo “Yo vengaré esta sangre”. (ilustrar con la imagen de Pedro Quintanar) Según la cronología de la revuelta cristera, aquí nació la cristiada, éste sería el inicio del movimiento suscitado contra el gobierno del General Calles. Muchos actos de heroísmo y de barbarie como el narrado, se habrían de reproducir en todos los espacios donde había prendido la insurrección, y mientras el movimiento crecía y se difundía en algunos estados del país, los altos jerarcas del clero se daban a la tarea de buscar a como diera lugar, que la jerarquía del Vaticano les autorizara emprender la lucha armada, aunque habrá que señalar que esto nunca sucedió y muchos integrantes de la clerecía mexicana tampoco estuvieron de acuerdo en tomar el camino de las armas para solucionar el conflicto. CONSTITUCIONES CRISTERAS La Constitución de los cristeros fue “Aprobada y jurada hasta morir o vencer el primero de enero de 1928. Y protestamos -continúa el juramentoante la Nación entera y ante el mundo civilizado, que nuestra actitud NO obedece a ambiciones materiales y personales, sino al deber de hacer libre a nuestra Patria en todos los órdenes, para su felicidad y su progreso. Firmada en las montañas de Michoacán y en las montañas de Jalisco”.

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El Poder Constituyente de 1917 1).- La primera edición de este documento que salió a la luz pública, pertenece al ejemplar firmado por Vicente Lombardo Toledano el 27 de junio de 1963, quien asegura en el mismo texto, que un original escrito a máquina le fue entregado por un alto jerarca del movimiento cristero, mismo que se encuentra en los archivos del Instituto de Investigaciones Sociales de la UNAM, y fue donado por el Licenciado Miguel Palomar y Vizcarra, quien fuera uno de los fundadores de la Liga Nacional Defensora de la Libertad Religiosa. 2).- La segunda edición de esta Constitución que se ha llamado de Lombardo, es la que ha sido impresa por la UNAM, Septiembre de 2005, el texto fue tomado de los archivos mencionados “que se componen aproximadamente de 12 mil fojas, los extremos de la documentación tienen un volumen de 217 cajas metálicas más ocho cajas archivadoras que suman aproximadamente 19.4 metros lineales de documentos”. 3).- La tercera imagen corresponde a una edición muy poco conocida, es la Constitución de los Cristeros del Norte de Jalisco, también llamada “Ordenanza” y fue editada el 5 de junio de 1928 en la población de Huejuquilla el Alto, Jalisco. 4).- Y la cuarta imagen corresponde a una edición de Autor que tuve oportunidad de coordinar junto con varios compañeros y en la que aparece como autor Jesús García Carrillo. 5).- Esta última imagen corresponde a la edición del anterior texto, editada en agosto de 2013 por el Centro Universitario del Norte de Jalisco de la Universidad de Guadalajara, y contiene la Constitución de Lombardo y la Constitución de Huejuquilla, además de otros documentos, como un manifiesto del General Enrique Gorostieta, la Ley Calles, y los documentos relativos a la resolución de la PGR con motivo del conflicto armado. En una breve descripción de los principios doctrinales que comprenden los documentos ilustrados, se puede ver: primero, en una especie de exordio, la pertenencia ideológica de los autores, así como su marcada tendencia clerical en sus fines y propósitos constitucionales: 26

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EL PACTO

CONSTITUCIÓN DE LOMBARDO Capítulo primero.- De la Soberanía Nacional.- Artículo I DIOS, es el Origen de todo lo que existe.- La nación mexicana, en cumplimiento de su principal obligación reconoce y rinde vasallaje a DIOS OMNIPOTENTE SUPREMO CREADOR DEL UNIVERSO.” Seguidamente en 242 artículos, establece los nuevos principios sobre los que habría de girar la Constitución y el Estado mexicano. Haciendo énfasis en el desconocimiento de las leyes hoy conocidas como de garantías sociales, pero sobre todo elimina el sistema presidencial: “Artículo 238.- Se suspende, anula y deroga, el sistema PRESIDENCIAL y el llamado PRESIDENTE con todo su gabinete, dependencias y subalternos el sistema gubernativo de los Estados y sus Gobernadores, con sus dependencias y subalternos; El llamado CONGRESO DE LA UNIÓN, y todos sus DIPUTADOS Y SENADORES Y LAS LEGISLATURAS DE LOS ESTADOS con sus Diputados y todos sus subalternos; todos los procedimientos que coarten la libertad de acción del Comercio y las Industrias y demás fuentes de producción, reduciéndose el sistema Tributario al Capítulo expreso, Quedando únicamente EN PLENO ejercicio, La Suprema Corte de Justicia y todo su sistema con sus dependencias y subalternos”. Se anulan también las leyes de Reforma y la Constitución de 1917, pero manifiesta con especial energía la anulación de las leyes siguientes: Artículo 233.- Todas las leyes, decretos, reglamentos o disposiciones que pugnen o estén en la menor contradicción con los mandatos expresos de esta Ley Fundamental o sean contrarios a su espíritu de Libertad de Igualdad en el derecho y de Justicia SE DEROGAN, declarándose expresamente NULAS, las leyes llamadas de REFORMA, LA LEY AGRARIA, La LEY DEL TIMBRE, la Ley de Relaciones Familiares, la de INSTRUCCIÓN PÚBLICA, las de Reglamentación de Religiones y Cultos, las llamadas Constituciones de los Estados y la de Querétaro de 1917”. Sigue enumerando: Se anulan “Los Códigos Civiles, Penales, y de Procedimientos Civiles y Penales, de todos los Estados, Distrito y Territorios; Las leyes sobre minas, petróleo, agua, y los aranceles fiscales y los Códigos de Comercio; y todos los reglamentos municipales y todas las leyes militares; la LEY DE AMPARO, la Ley del TRABAJO, la de Instituciones de Crédito y todas las demás Leyes Federales, de los Estados y Distrito Federal. . . Artículo 234.- A efecto del sumo respeto que se debe al PODER JUDICIAL, para que cumpla su alta misión, esta Constitución concede a la Suprema Corte de Justicia de la Nación en ejercicio, Continuidad Constitucional, SIEMPRE que reconozca esta Constitución como Ley Suprema y se ajuste a sus mandatos…” Continúa estableciendo los métodos y formas en que habrá de constituirse el GOBIERNO GENERAL, que supliría al SISTEMA PRESIDENCIAL. S e p t i e m b r e 2 0 16 |

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El Poder Constituyente de 1917 “En caso de que esta Suprema Corte emita su reconocimiento. . . Deberá. Primero.- Llamar a los Magistrados de los Tribunales de los Estados para que formen con el concurso de los Magistrados de la propia Suprema Corte, el GOBIERNO GENERAL que deberá integrarse conforme al Capítulo Vll.- Artículo 76.- Se instituye un GOBIERNO GENERAL, el que a raíz de su integración se dividirá en Poderes: Judicial, Legislativo, Ejecutivo, y Municipal, con lo que gobernará el país. Artículo 78.-Este artículo se refiere a La formación de los Poderes Federales y División del Gobierno General… l.- Del total de magistrados llamados o electos. . . se elegirán 15 magistrados, estos formarán la SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN. ll.- Enseguida se elegirán 12 magistrados quienes se pondrán al frente de las Doce Audiencias de Gobierno o sea los distintos Departamentos Administrativos. lll. - . . .Se elegirá un magistrado que será el Procurador General de Justicia de la Nación. lV.- . . .Se elegirá otro magistrado que será EL ALCALDE DE LA CIUDAD DE MÉXICO. V.- Y último. Los Magistrados restantes, formarán la Corte Suprema de Gobierno, en la que se depositan el PODER LEGISLATIVO Y EL PODER EJECUTIVO. El PODER MUNICIPAL, lo forman los ayuntamientos de los municipios, constituyendo este poder, parte integrante del GOBIERNO GENERAL. Artículo 238.- A excepción de los funcionarios de la Suprema Corte de Justicia a partir del primero de enero de 1928. . . Los miembros de los llamados poderes Legislativo y Ejecutivo quedan total y absolutamente desconocidos y anulados. . . Desde el día primero de enero de 1928, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, asumirá INTERINAMENTE el carácter de Gobierno Provisional, procediendo desde luego al cumplimiento de los mandatos de esta Ley Fundamental”. En este mismo apartado establece la libertad que se concede a los ciudadanos de ejercer la violencia si es necesario para que la citada Ley sea cumplida. “TODOS LOS OPOSITORES DE LA PRESENTE CONSTITUCIÓN SE DECLARAN Y QUEDAN FUERA DE LA LEY. SI PRETENDEN SEGUIR, Y CONTINUAR, COMO FUNCIONARIOS O AUTORIDADES. . . Los vecinos de las poblaciones deberán organizarse para evitar y perseguir la anarquía. Artículo 242.- . . .Los ciudadanos en todo tiempo, cuando siendo conculcados sus derechos, y haya recurrido a todos los medios que esta Constitución propone y establece. . . Los ciudadanos, con todo derecho se darán por cualquier medio las garantías que el caso requiera”.

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EL PACTO

CONSTITUCIÓN DE HUEJUQUILLA En cuanto a la Constitución llamada de Huejuquilla, en la que se dieron a la estampa los discursos y discusiones de una especie de Congreso Constituyente inaugurado en las poblaciones de Mexquitic y Huejuquilla el Alto, los congresistas que la elaboraron le dieron el nombre de Ordenanza General Para el Funcionamiento de las Autoridades Judiciales, Administrativas Y Militares. Este ordenamiento se juró en las poblaciones de Huejuquilla y Mezquitic, localidades ubicadas en el Norte de Jalisco, las que por sus naturales condiciones orográficas, permanecieron por mucho tiempo aisladas de los centros culturales y aún religiosos, por lo que para los habitantes de esas regiones la única forma de comunicarse con Guadalajara era sortear los peligrosos caminos que los separaban de la capital del estado, por lo que aún con iguales riesgos les parecía más cómodo buscar las veredas que los llevaran a la capital de Zacatecas. Dadas estas condiciones geográficas en esas entidades, aunadas a la casi nula existencia de escuelas oficiales, el movimiento cristero tuvo una gran aceptación, y movidos a su vez los pobladores por sus tradiciones sociales y religiosas, hicieron que la guerra civil llamada por Jean Meyer, la Cristiada, prendiera con gran fuerza, sobre todo porque en esas zonas del Estado, la Reforma Agraria ya había hecho el reparto de algunas tierras, formando en los ejidos los comisariados ejidales, que fueron víctimas del hostigamiento, tanto de los miembros del clero como de los hacendados, pues no aceptaban que sus latifundios fueran alcanzados por la acción de la Reforma Agraria mencionada. Por ello los campesinos posesionarios de las tierras repartidas fueron el soporte de la Constitución de 1917, pues para que defendieran sus recién obtenidas parcelas se les proporcionaron armas de fuego, cartuchos y arneses para sus animales de carga. Lamentablemente hasta la fecha no se consigna un documento en donde se aclaren los medios y las medidas que se tomaron para dotar de armas a los campesinos, a quienes se les llamó durante guerra “los agraristas”; en los relatos de enfrentamientos de cristeros contra lo que ellos llamaron “el enemigo”, junto a los soldados federales aparecen los “agraristas”, de ahí, es de suponer la crueldad que se escenificó en las batallas, pues tanto agraristas como cristeros, vivían en los mismos pueblos, eran familiares, eran sus compadres. Expresa el texto de la Ordenanza: “Con el fin de llevar a la práctica los deseos de la LIGA NACIONAL DEFENSORA DE LA LIBERTAD RELIGIOSA en lo relativo a la administración civil de los pueblos dominados por el movimiento libertador, el jefe Organizador infrascrito, de acuerdo con el Centro Local de Valparaíso, ha acordado se celebre una Junta de Autoridades Administrativas y Judiciales con el objeto de orientar el criterio de los encargados de administrar y gobernar”. Así reza la circular mediante la cual S e p t i e m b r e 2 0 16 |

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El Poder Constituyente de 1917 se convoca a la elaboración de la citada ordenanza, publicada en Huejuquilla el Alto, Jalisco el 8 de mayo de 1928. A los pocos días de la publicación de este documento, se inició el Congreso, al que los organizadores quisieron dar el nombre de Junta Regional. En dichas reuniones de trabajo se analizaron las circunstancias de la guerra, las causas de la misma y se dieron los lineamientos que deberían seguir los ejércitos cristeros. Después de discutir en asambleas generales estos temas, la Comisión permanente expuso sus conclusiones, en las que se indican consignas meramente basadas en los dogmas y mandamientos del credo católico, de las que sólo se mencionarán algunas: “Artículo Primero.- La JUNTA. . . RECONOCE como suprema autoridad en el movimiento libertador a la LIGA NACIONAL DEFENSORA DE LA LIBERTAD RELIGIOSA. Artículo Segundo.- Reconoce como suprema ley para la nación la Constitución Política de 1857 reformada. . . por el Señor René Capistrán Garza. Artículo 10.- Quedan estrictamente obligados los presidentes municipales a perseguir la inmoralidad en todas sus formas, pero especialmente la embriaguez, el juego, y la prostitución. Artículo 11.- Quedan por lo mismo autorizados para decomisar toda clase de bebidas embriagantes, tirándolas enseguida. Artículo 12.- Quedan obligados a castigar administrativamente el uso de modas inmorales. Artículo 13.- Tienen obligación de perseguir el amasiato. Artículo 14.- Quedan obligados los presidentes municipales a establecer escuelas en todos los lugares de su municipio”. Señala después, en el resto de sus 54 artículos y dos transitorios, una serie de prohibiciones y obligaciones en el mismo tenor tanto para los órganos administrativos y judiciales como para los integrantes del ejército libertador. Concluye este Congreso el 5 de junio de 1928 en la población de Huejuquilla el Alto, Jalisco. Si se pudiera hacer alguna conclusión de estos ordenamientos se podría decir que ambos contienen el espíritu de una sociedad imbuida por las ideas moralistas emanadas de los textos religiosos y en ambas también se puede apreciar el odio hacia la Constitución de 1917. Mediante este documento, los intelectuales del movimiento cristero se manifiestan por un orden centralista, contrario al federalismo que se establece en la Constitución de 1917, al eliminar en su propuesta normativa las constituciones de los estados, anula el presidencialismo y propone un estado corporativo, ajeno a los derechos de la ciudadanía y protege los intereses de los terratenientes y hacendados de todo tipo, ataca la Ley Agraria, regresando al país a los tiempos de la Hacienda y se prioriza la educación confesional 30

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EL PACTO

anulando la que debe impartir el Estado mexicano, la cual deberá ser laica y ajena a las supersticiones y fanatismos. Al entrar en vigor la Constitución de 1917, como se ha mencionado, la jerarquía católica, en respuesta porque “destruía en buena parte el ser y quehacer de la Iglesia en México -dice Tomás de Híjar Ornelas, cronista de la arquidiócesis de Guadalajara, en su artículo publicado en el semanario del 24 de julio de 2016, que tituló La cristiada: una trágica guerra civil que pudo NO haber sido-. En reacción a ello el Episcopado dispuso la suspensión del culto en los templos. . . Los 38 obispos que había en México, ordenaron a su clero dejar los templos y ejercer su ministerio en la clandestinidad el mismo día en que entrara en vigor la Ley Calles”. Continúa diciendo: “La intolerancia de Calles y la de los Obispos dio pie a la más sangrienta guerra en la Historia de México”, relata en el mismo documento, “que quien más influyó en casi todos los 38 obispos residentes en México, para tomar la gravísima decisión de suspender. . . el culto en los templos, fue un grupo pequeño de obispos intransigentes, como el de Durango, y algunos religiosos de la Compañía de Jesús, de la Provincia de México”. El 22 de junio de 1929 el licenciado Emilio Portes Gil, Presidente de la República, anunció que el conflicto entre el clero y el gobierno había concluido, habiendo aceptado los representantes de la iglesia católica, acatar incondicionalmente la Constitución de 1917 y las leyes en vigor, agregando que el gobierno no reconocía personalidad alguna a la Iglesia, puesto que la Carta Magna es terminante en ese sentido. Parafraseando al escritor Colombiano Gabriel García Márquez, “los tiempos de cien años de soledad, habían por fin terminado”.

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Entrevista

Con Miguel Ángel Martínez Espinosa*

OTRA PERSPECTIVA DEL FEDERALISMO

Nota del editor. Como es de su conocimiento, el Instituto de Estudios del Federalismo “Prisciliano Sánchez” tiene dentro de su programa de difusión de esta doctrina política, la realización de una serie de entrevistas con personajes del medio público, sean estos integrantes de algún órgano de gobierno o del algún instituto político, con el propósito de promover el conocimiento las diversas perspectivas que sobre el federalismo se tienen. Para el caso que nos ocupa, el Director General de este Instituto recientemente obtuvo las opiniones de Miguel Ángel Martínez Espinosa, en su calidad de dirigente estatal del PAN, que a continuación se pone en manos de sus lectores en esta su edición número 19. DR. JOSÉ DE JESÚS COVARRUBIAS DUEÑAS. Muy buenos días, muchas gracias, sr. Miguel Ángel Martínez Espinosa, Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional, quien nos ha hecho el favor de recibirnos. Y dada su experiencia como legislador local, legislador federal, como hombre de letras, de cultura, que respetamos mucho, vimos su entrada aquí al Partido Acción Nacional, nos gustó mucho su mensaje de retomar los principios de los fundadores y coincidimos en aquello que hay que retomar. En ese orden de ideas, venimos a que nos oriente, que usted sugiera qué opina del federalismo como una forma de organización política, qué considera: si es pertinente o si está desfasado. ¿Cuál es su opinión, sr. Presidente? DR. MIGUEL ÁNGEL MARTÍNEZ ESPINOSA. Bueno, tanto la idea del federalismo como la de municipio son ideas fundamentales para el PAN, están contenidas en su ideario, dibujadas en sus principios de doctrina, y fueron bien argumentadas y bien difundidas por constitucionalistas que militaron en el PAN, como Manuel Herrera y Lasso, el propio Manuel Gómez Morín, fundamentalmente.

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| Entrevista Con Miguel Ángel Martínez Espinosa


EL PACTO Partimos de la base de que un país tan diverso como México, no puede gobernarse bien con un gobierno central y que, en ese sentido, se deben respetar las identidades y las autonomías locales. Creo que México, luego de muchos años de debatirse entre un federalismo que estaba en el texto de la Constitución, y un centralismo, producto del presidencialismo que vivíamos en el país, me parece que pues pasó del furor de la lista, a una recentralización de muchas de las decisiones fundamentales para la nación. Mucho trabajó costó desde, por ejemplo, en el ámbito educativo, que es un ámbito que conozco bien, desde 1983, con la firma del Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica, pues la tarea de evitar que la autoridad federal controlara cada una de las escuelas del país, y fuera entregándole a las entidades federativas la administración escolar. Mucho tiempo costó, mucho esfuerzo, mucho trabajo para que prácticamente de un plumazo se borrara el federalismo educativo, a través de la concentración otra vez de la nómina de educación en el Fondo Nacional Educativo, que sustituye al Fondo de Aportaciones para la Educación Básica. Pasa lo mismo en materia de asentamientos humanos. Y pasa lo mismo en Salud y en otras esferas de la administración. Puede ocurrir lo mismo en Seguridad Pública. Sucede lo mismo en otros ámbitos. En ese sentido, pues sí vemos que la autonomía local ha perdido peso frente a una regresión centralizadora por parte de esta administración. Nosotros esperamos, bueno y en el ámbito electoral, doctor, que tú conoces muy bien, también está presente esta regresión centralizadora: ahora tenemos el disparate de tener magistrados de tribunales locales electos por el Senado de la República, y órganos electorales de las entidades federativas designadas por las autoridades centrales del país, aunque sufragadas por supuesto con recursos de los erarios locales, lo cual no deja de ser un desarreglo de nuestro sistema. Creo que, si bien es cierto que se perdió un poco de control al entregar atribuciones, decisiones y recursos a las entidades federativas sin que mediaran los debidos controles, y en algunas entidades se abusó de estas facultades y de estos recursos, pues no era la solución el volver a centralizarlo todo, sino más bien establecer para la federación los mecanismos de control que evitaran los desvíos del poder público. Me parece que esta tendencia tendrá que revertirse porque, insisto en esta idea fundamental, un país tan grande, tan diverso como éste, no puede gobernarse bien en una república que centralice y que cometa injusticias, tratando de manera igual las realidades que son diferentes. JJCD. Muchas gracias, Presidente. Dada su experiencia, que es muy amplia, en materia política y que usted ha transitado por los tres niveles de gobierno, ya que ha sido regidor, diputado local, diputado federal, que ha formado parte de la Secretaría de Educación Pública a nivel federal, ¿Usted qué problemas fundamentales ve en este momento en Guadalajara, en Jalisco, en México?, ¿Cuál considera usted que es la problemática más relevante? MAME. Bueno, pues ligado al ámbito de lo que estamos hablando, creo que hay varios temas en los que el país no ha acabado de hacer una adecuada distribución de competencias entre federación, estados y municipios. Y eso provoca fugas de autoridad y provoca fallas en la administración pública. El tema de la inseguridad pública, por ejemplo, me parece que de una manera muy precaria el país está debatiendo la organización del sistema federal en materia de prevención del delito y de combate a la delincuencia; hay en este ámbito la creencia de que si se centraliza el mando de

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Entrevista la policía se van a resolver los problemas, pero en realidad no ha ocurrido así, aquí en Jalisco tenemos Mando Único y tenemos multiplicación de delitos, sobre todo del ámbito patrimonial. Me parece que hay otro tipo de desarreglos en este tema de la distribución de competencias federación, estados y municipios, están provocando verdaderos desastres. Los desastres urbanos, por ejemplo, cuando no se define con precisión cuál es el ámbito de competencia de la federación, estados y municipios, y las interrelaciones que permitan planear el crecimiento poblacional y organizar la prestación de los servicios públicos fundamentales. Me parece que en este ámbito también, el tema del medio ambiente tiene muchos vacíos y muchos huecos que han permitido que crezcan situaciones como la que padecemos en el Estado, cuando tenemos alguno de los ríos más contaminados del mundo, el río Santiago, y pues parece que ninguna autoridad se siente facultada para intervenir en la solución del problema; yo he consultado el asunto con autoridades locales, que le señalan atribuciones al Gobierno Federal y viceversa, es decir, por una inadecuada distribución de competencias y organización de las funciones públicas, pues padecen los servicios fundamentales. JJCD. Muy bien. ¿Usted considera que el federalismo concebido como una forma de organización política de distribución de poderes, de equilibrio -incluso los norteamericanos lo bautizaron como el Check and Balance, etc.-, piensa que dada esa problemática, un federalismo digamos actualizado podría ser una estrategia que pudiera servir, coadyuvar para esa posible solución de problemas? MAME. Es imprescindible, no solamente referido al ámbito conceptual de que los gobiernos locales tengan autonomía, sino sobre todo a la organización de competencias entre los niveles del poder público, los controles, los pesos y contrapesos que debe haber en la organización política para que las cosas funcionen bien. Conozco de manera particular el ámbito de lo educativo y yo puedo decir que en Jalisco no sólo durante el periodo en que yo tuve mi cargo en la Secretaría de Educación, sino desde administraciones anteriores, de diferente partido incluso, había un manejo razonable de los recursos públicos y había economías muy relevantes que servían para la construcción de escuelas. No ocurría así en Oaxaca, en Chiapas, en Guerrero, en Michoacán y en otras entidades federativas, donde había desorden y dispendio, donde se le había entregado a las secciones sindicales el control de la educación y la habían utilizado para otros fines; pero extender soluciones que estaban diseñadas para Oaxaca, Guerrero, Michoacán, etc., a todo el país, prescindiendo de considerar las diferencias, me parece que es un disparate. Lo que debe hacerse es organizar bien la distribución de competencias entre federación, estados y municipios, y los mecanismos que permitan evitar los abusos en el ejercicio de las atribuciones que se le encomiendan a los municipios, al Estado y a la federación. Esa organización hay que construirla, no basta solamente definirla de manera conceptual o ideológica, sino sobre todo implica una construcción y un diseño que está en el ámbito del Derecho Constitucional, me parece que instituciones como el Instituto del Federalismo, pues en este ámbito deben encontrar un nicho y una oportunidad, como para proponer, no anclados en el pasado y en la romántica o épica batalla entre federalistas y centralistas del siglo XIX, sino sobre todo de cara a la necesidad presente, pues, aportar en el diseño constitucional de una mejor organización política y jurídica.

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| Entrevista Con Miguel Ángel Martínez Espinosa


EL PACTO JJCD. Muchas gracias, Presidente. ¿Usted, de acuerdo a lo que nos ha hecho el favor de comentar y la experiencia que nos está compartiendo, qué le sugeriría a nuestros actuales gobernantes del nivel municipal, del nivel estatal y del nivel federal? ¿Qué orientación, consejo, qué les diría, ya sea o en lo personal como ciudadano, dada su experiencia política, o como Presidente del Partido Acción Nacional, o como usted considere? MAME. Que nos demos el tiempo de pensar el largo plazo y la organización del sistema. Me parece que son cosas que nuestra peculiar manera de organizar políticamente ha impedido. Pues creo que ahora pueden encontrar un espacio que les favorezca, a propósito del tema de la reelección legislativa y de alcaldes; me parece que en épocas pasadas la falta de posibilidad de continuidad en los congresos y en los ayuntamientos, pues impedía que se tuviera una visión de más largo plazo. Creo que ahora los legisladores podrán tomarse el tiempo suficiente para pensar en el largo plazo y hacer un diseño que, yo estoy convencido que implicará un esfuerzo de pensamiento, de planteamiento, de discusión, de más de tres años. JJCD. Señor Presidente, ¿Algo más que usted quiera agregar, algún otro comentario o lo que usted quiera hacernos el favor de compartir? MAME. De otro lado, que no se pierda de vista la relevancia del municipio, o sea, esta vocación por el federalismo tiene que complementarse bien con una convicción acerca de la relevancia que tiene el municipio mexicano. Y en ese sentido, bien lo definía justamente Efraín González Luna, quien decía que el municipio era como la piel sensible que rodea al cuerpo, que le da protección y seguridad, que le brinda calor y abrigo, y que le aporta su sensibilidad; me parece que el gobierno municipal es el gobierno que los ciudadanos tienen más al alcance de la mano. En mi diálogo con presidentes municipales, mientras fui Secretario de Educación, yo les advertía a éstos que para mí la primera autoridad en materia educativa era la autoridad municipal. En el municipio, cuando falta un maestro, no van con la autoridad educativa a reclamarlo, sino al presidente municipal. Y, en ese sentido, dotar a los ayuntamientos de las herramientas suficientes como para prestar bien los servicios públicos fundamentales, me parece que es muy relevante. Claro, con los debidos contrapesos, evitando el dispendio, el derroche, la ostentación de los presidentes municipales, el sobre endeudamiento en los municipios, etc. Pero esas medidas de control hay que diseñarlas y hay que establecerlas a la par que se mira cómo crecen los municipios. JJCD. Muchas gracias, agradecemos al sr. Presidente Miguel Ángel Martínez Espinosa, Presidente del Partido Acción Nacional del Comité Directivo Estatal en Jalisco, por su tiempo, sus conceptos, y yo pienso que sus comentarios indudablemente enriquecerán el acervo del Instituto y de Jalisco. Muchas gracias. MAME. Muchas gracias, Doctor. (*) Presidente del Comité Directivo Estatal del PAN en Jalisco.

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La participación social

Por: Bárbara Leonor Cabrera Pantoja*

FEDERALISMO Y PARTICIPACIÓN SOCIAL EN MÉXICO Estoy a favor de un gobierno que sea vigorosamente frugal y sencillo. Thomas Jefferson

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Bárbara Leonor Cabrera Pantoja


EL PACTO I. Preámbulo Hablar de federalismo y participación social debiera ser en nuestros días una condición ineludible, toda vez que forman parte del mismo espectro: la palestra político-ciudadana. Éste es un concepto que no se explica sin el otro. En esta tesitura, en este artículo para la revista EL PACTO, se presenta un recorrido por estas temáticas que conducen a comprender la realidad del Estado mexicano. PRIMERA PARTE. EL FEDERALISMO 1.1 ¿Qué es el federalismo? La historia del federalismo está consignada en diversos textos y artículos de difusión, por lo que este artículo da comienzo con su definición, necesaria de dar a conocer para comprender los temas subsecuentes. Federalismo es un modo de concebir la organización política y económica del Estado mexicano; representado por la república federal y popular [Carbonell, 2009: 656]. En otras palabras, puede definirse como una forma de organizar el poder político y de estructurar al Estado. Su esencia es la de una estructura institucional dual y la autonomía política que conservan las partes; esto es, la capacidad para decidirse a sí mismas: “autogobierno más gobierno compartido” [Elazar, 1990: 32] En México, su premisa es que lo que no está expresamente atribuido a las autoridades federales, es competencia estatal. Lo cual puede parecer claro y sencillo; no obstante, no lo es. El federalismo en México es una materia compleja. 1.2 Distribución de competencias y concurrencia: ¿Quién debe tomar las decisiones? La distribución de competencias es el pilar del sistema federal, toda vez que su objetivo es repartir las tareas en esa dualidad que mencioné en el punto anterior. Es justamente con dicha distribución competencial que se conoce el ámbito de actuación de cada cual: se percibe el poder de la federación; así como el papel que * Es Doctora en Derecho. Investigadora parlamentaria en el Instituto de Investigación y Estudios Legislativos del Poder Legislativo de Jalisco. Escritora. Científica social. Divulgadora del conocimiento. Columnista. Presidenta del Comité Editorial de la Revista de divulgación científica Quaestionis, así como autora de la Sección “Internet y Derecho” de dicha publicación. Miembro de Internet Society, capítulo México. Integrante de la Red de Investigadores Parlamentarios de la Cámara de Diputados [México]. Líneas de investigación, generación y aplicación del conocimiento: Tecnologías de la información y Comunicación [TIC], Redes Sociales, Sociedad Civil y Derecho Parlamentario. Especialista en el Proceso de Investigación Científica en las Ciencias Sociales. Autora de varios libros y diversos artículos de divulgación científica [http://bit.ly/1lBkSsH]. Perfil profesional completo en LinkedIn: Dra. Bárbara Leonor Cabrera Pantoja. Invito a adentrarse a la lectura de estas temáticas y a intercambiar puntos de vista; twitter: @BarbaraCabrera

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La participación social tienen los Estados, en sus respectivos ámbitos de acción. En este orden de ideas, puede verse cómo los niveles de competencia crean una división normativa: la federal y la local. Para conocer la disposición federal es necesario analizar los artículos 73 [enumera las facultades del Congreso] y el 124 [hace referencia a las facultades residuales]; aunque no son los únicos; como toda regla tiene sus excepciones, lo que torna a la distribución de competencias como un ente complejo. Vgr., se lee en el segundo párrafo del artículo 24 de la Constitución Federal que “El Congreso no puede dictar leyes que establezcan o prohíban religión alguna”. Continuando con la lectura del texto constitucional acerca del sistema de competencias, se encuentran las prohibiciones a las entidades federativas, mismas que pueden ser absolutas o relativas. Las primeras están enlistadas en el artículo 117. Mientras que las relativas, suponen la intervención del Congreso de la Unión para hacerlas realidad [véase el artículo 118]. Luego tenemos las facultades concurrentes [conocidas también como paralelismo de las competencias o facultades coincidentes], que incrementan el grado de dificultad para saber a qué nivel de autoridad le corresponde la toma de decisiones y, en dado caso, a quién debe dirigirse el ciudadano. Este tipo de competencias son las que ejercen paralelamente la federación y las entidades federativas, a continuación los supuestos: [Carbonell, consultado 29-junio-2016]. a) Que exista simultaneidad reguladora absoluta; esto es, que coexistan a la vez y de forma indistinta leyes federales y locales en una misma materia. Vgr. las leyes encaminadas a combatir el alcoholismo [artículo 117]. b) Que tal simultaneidad sea solo parcial, en tanto la Constitución asigne algunos aspectos de una materia a la federación y otros a las entidades federativas. Vgr. en materia de salud, la Federación puede legislar acerca de salubridad general [artículo 73, fracción XVI] y los estados sobre salubridad local. d) Que sea la federación, a través del Congreso de la Unión, la que regule una materia y las entidades federativas y los municipios se ajusten a lo dispuesto por la legislación federal. Vgr. seguridad nacional [artículo 73, fracción XXIII]; educación [artículo 73, fracción XXV]; asentamientos urbanos [artículo 73, fracción XXIX, inciso c]; protección al ambiente [artículo 73, fracción XXIX, inciso g]; y, en materia de culto religioso [artículo 130, último párrafo].

Finalizo este punto, advirtiendo la complejidad del sistema federal mexicano, aludiendo a José Ma. Serna de la Garza, quien cita a Carpizo:

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EL PACTO La propia Constitución establece una serie de principios que definen facultades como las siguientes: facultades atribuidas a la Federación; facultades atribuidas de manera expresa o tácita, a las entidades federativas; las facultades prohibidas a la Federación; las facultades prohibidas a las entidades federativas tanto de manera absoluta como relativa; facultades coincidentes; las facultades coexistentes; las facultades de auxilio; y, por último, las facultades derivadas de la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación [Serna, 2013: 314]. En síntesis, estamos ante una diversidad de competencias que, tal como están expuestas a lo largo del texto constitucional, implican un andamiaje institucional complejo. Llega el momento de transitar hacia la segunda parte de este documento, que tiene como objetivo plantear tópicos relativos a la participación social en relación con el federalismo. SEGUNDA PARTE. LA PARTICIPACIÓN SOCIAL 2.1 Paradigma de la participación social Este tipo de participación es la actividad organizada, racional y consciente, por parte de un determinado grupo social, con el objeto de expresar iniciativas, necesidades o demandas, de defender intereses y valores comunes, de alcanzar objetivos económicos, sociales o políticos y de influir, directa o indirectamente, en la toma de decisiones para mejorar la calidad de vida de la comunidad [Habitat International Coalition, consultado 28-junio-2016]. La participación social se expresa en diversas formas, por ejemplo los movimientos sociales, las organizaciones no gubernamentales [ONGs] y las asociaciones de vecinos; y aquellas estructuras que permitan la intervención y consecución de objetivos de determinado sector de la población. En esta tesitura, en este paradigma de la participación social, surgen dos interrogantes ¿de qué manera se lleva a cabo?; y si existen los instrumentos, ¿Por qué este tipo de participación no influye aún de manera contundente en el rumbo del federalismo? Para dar respuesta a la primera cuestión, sépase que existen diversidad de instrumentos que pueden ser utilizados por los ciudadanos sea de manera individual o agrupados, para participar, tomar decisiones, emitir una opinión, pedir a sus representantes y gobernantes ejecutar o no tal o cual acción, entre otras situaciones. Tal es el caso del sufragio, iniciativa popular, solicitudes de acceso a la

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La participación social información, referéndum, plebiscito, utilización de servicios de internet como: foros de discusión, peticiones como Change.org y redes sociales; entre otros. En el caso específico del Estado de Jalisco, recientemente se aprobó una reforma constitucional en materia de participación ciudadana [Periódico Oficial El Estado de Jalisco: 16-junio-2016] que incluye los siguientes instrumentos de participación social: gobierno abierto, plebiscito, referéndum, ratificación constitucional, iniciativa popular, iniciativa popular municipal, presupuesto participativo, revocación del mandato, consulta popular, contraloría social, cabildo abierto y juntas municipales; los que para ser instrumentados requieren legislación secundaria; misma que ya fue aprobada en el Congreso del Estado, la que al momento de concluir la redacción de este artículo continúa en el Poder Ejecutivo, en proceso de promulgación. Los anteriores, constituyen solo algunos de los mecanismos para llevar a cabo este tipo de participación. Invito a que transitemos al siguiente tema, con el cual doy contestación a la segunda de las preguntas planteadas. 2.2 Percepción ciudadana acerca del federalismo Después de hablar del sistema de competencias que de suyo trae el federalismo mexicano, es relevante conocer la apreciación que tienen los ciudadanos respecto a éste y a cuestiones limítrofes; de manera tal que se genere un punto de vista de la ruta de aquél en relación con este tipo de participación. Al respecto, tomo como base el documento “Percepciones sobre el federalismo en México, Encuesta Nacional de Federalismo”, [Barceló, 2015] auspiciado por la Universidad Nacional Autónoma de México. Interesan para efectos del presente artículo, 5 de sus rubros que denomino de la siguiente manera: situación política del país, ciudadanos informados, interés en la política, la política en la vida diaria y toma de decisiones. a) Situación política del país

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EL PACTO De las siguientes palabras, ¿con cuál está usted más de acuerdo para describir la situación política del país? Los resultados se aprecian en la siguiente gráfica, en la que se mencionan los 4 primeros lugares: b) Ciudadanos informados ¿Con qué frecuencia acostumbra leer, ver o escuchar noticias o programas sobre política o asuntos públicos? Véase la siguiente gráfica, donde se presentan los 4 primeros lugares de esos resultados:

c) Interés en la política ¿Qué tanto se interesa usted en la política? En la siguiente gráfica se muestran los resultados de los primeros 4 lugares:

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La participación social d) La política en la vida diaria ¿Qué tanto piensa usted que la política tiene que ver con su vida diaria? los resultados se presentan en la siguiente gráfica, se mencionan los 4 primeros lugares:

e) Toma de decisiones En su opinión, ¿Cómo deberían tomarse las decisiones importantes para el país? A continuación, en la siguiente gráfica se muestran los 3 principales resultados:

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EL PACTO Con los resultados anteriores, es posible ver en general como el ciudadano ve preocupante la situación que impera en el país; sin embargo, ocasionalmente se informa, lo cual redunda en la escasez de su interés en la política. Las opiniones ciudadanas oscilan entre percibir que la política nada, poco o algo tiene que ver con su vida diaria. Ahora bien, en cuanto a la toma de decisiones, la opinión ciudadana acerca de qué nivel de autoridad debe llevarlas a cabo, las respuestas están orientadas a que sean compartidas; no obstante, destaca que ese porcentaje no llega al 50%. Esto responde el por qué aún la participación no influye de manera contundente en el sistema federal. Lo cual enlazo con el último tema de este artículo que tiene que ver con ese desapego; y por ende, la poca intervención y opinión en temas adyacentes a la ruta del federalismo en México. 2.3 Fenómeno de desafección Tratándose de la desafección, estamos ante un término poco preciso, pero que la mayoría de quienes lo utilizamos coincidimos en que con éste se describe la desconfianza ciudadana hacia la política, políticos, gobierno y autoridades; y es así debido a que las demandas ciudadanas rebasan la capacidad de respuesta del sector político y gubernamental, en este orden de ideas las instituciones públicas son vistas como ineficaces, ineficientes, lentas, ociosas y costosas; ello genera precisamente el aludido fenómeno de desafección. Y se genera por el deterioro de las relaciones que el ciudadano tiene con quienes ocupan un espacio en la palestra pública.

Refiere Campanario que: Un síntoma de la desafección es el desapego de un creciente número de ciudadanos hacia los valores democráticos de convivencia. (…) A la hora de analizar sus causas es fundamental concebir al ciudadano, no como un individuo aislado y racional, sino como un sujeto sensible a los cambios de su entorno y que reacciona frente a los estímulos sociales. (…) En otras palabras, en democracia el ciudadano tiende a reaccionar frente a su propia posición en el sistema [Campanario: consultado 30-junio-2016].

Retomando estas ideas, es posible advertir que las causas del fenómeno de desafección son: crisis económicas, falta de oportunidades, creciente corrupción, casos de impunidad debidamente divulgados y documentados, imposición de reformas legislativas, falta de acercamiento a la ciudadanía y a la realidad imperante por parte de representantes y gobernantes, políticas públicas inadecuadas e inalcanzables, desaprobación del trabajo de las autoridades, entre otros. Y aunque ese desapego ciudadano es visto de manera negativa, llegando a advertirlo como un obstáculo grave para el desarrollo de una democracia sana, desde mi perspectiva es ineludible que se lea como la existencia de ciudadanos

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La participación social cada vez más críticos, participativos y exigentes con el sistema, lo que incide en la manera en que es y debe ser planteado el sistema federalista. II. Comentarios finales

Sin duda estamos en una época con un esquema federal cuyos avances ocurren más lento respecto a las necesidades de una sociedad cada vez más demandante, donde se está inmerso en un proceso de mundialización. Se da la paradoja de que se cuenta con múltiples herramientas tecnológicas que posibilitan estar informados, opinar, participar e incidir en los asuntos públicos que a todos atañen; no obstante, ese fenómeno de desafección provoca el desinterés en los asuntos públicos. En esta tesitura, es importante generar el debate para que el federalismo, tal como lo conocemos desde la etapa posrevolucionaria, vaya más allá de la anquilosada lógica del centralismo y de complejidad en la distribución de competencias, con la consecuente desorientación del ciudadano. Actualmente estamos ante un texto Constitucional que data de aquellas épocas, reformados sus artículos en 684 ocasiones [Cámara de Diputados, consultado 7-julio-2016], el cual debe ser analizado y desde mi perspectiva dotar de un nuevo Pacto Social a las nuevas generaciones; y de esta manera encauzar la ruta del federalismo y la participación social. Es ineludible crear nuevas fórmulas que hagan posible entrar en una nueva dinámica socio-política, legislativa y gubernamental.

Escanea el Código QR para leer “Refundación del Estado mexicano y nuevo Pacto Social” [Cabrera: marzo 2015]

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EL PACTO III. Fuentes de investigación y consulta Bibliográficas Barceló Rojas, Daniel A., SERNA de la Garza, José Ma., y VALADÉS, Diego, (2015), Percepciones sobre el federalismo en México, Encuesta Nacional de Federalismo, Universidad Nacional Autónoma de México, disponible en http://www.losmexicanos. unam.mx/federalismo/libro/index.html Elazar, Daniel J., (1990), Exploración del federalismo, Hacer, Barcelona. Serna de la Garza, José Ma., (2013), “Federalismo y sistemas de distribución de competencias legislativas”, en Antonio María Hernández y Diego Valadés [coordinadores], Estudios sobre federalismo, democracia y derechos humanos. Homenaje a Pedro J. Frías, Universidad Nacional Autónoma de México. Hemerografía Carbonell Sánchez, Miguel, (consultado 29-junio-2016), “El Estado Federal en la Constitución mexicana: una introducción a su problemática”, en Biblioteca Jurídica Virtual de la UNAM, Revista Jurídica. Boletín mexicano de Derecho Comparado, disponible en http://www.juridicas.unam.mx/publica/rev/boletin/cont/91/art/art4.htm#P17 Diccionario Carbonell, Miguel [coordinador], (2009), Diccionario de derecho constitucional. Tomo I. A-F, Porrúa, Universidad Nacional Autónoma de México. Documento de investigación Cabrera Pantoja, Bárbara Leonor (marzo 2015), Refundación del Estado mexicano y nuevo Pacto Social, Cámara de Diputados LXII Legislatura, disponible en http:// www.diputados.gob.mx/sedia/sia/redipal/CRV-VIII-02-15.pdf Legislación Cámara de Diputados (consultado 7-julio-2016), Reformas Constitucionales por artículo. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de enero de 2016, disponible en http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cpeum_art.htm Periódico Oficial El Estado de Jalisco, (16 de junio de 2016), núm. 38, sección V, disponible en http://periodicooficial.jalisco.gob.mx/sites/periodicooficial.jalisco.gob. mx/files/06-16-16-v.pdf Webgrafía Campanario, Carlos (consultado 30-junio-2016), ¿Qué es la desafección política?, ¿cuáles son sus causas?, en Espejos cóncavos. Blog de análisis político y social, disponible en https://espejosconcavos.net/2015/09//21/que-es-la-desafeccion-politica-cuales-son-sus-causas/ Habitat International Coalition América Latina, (consultado 28-junio-2016), Participación social, disponible en www.hic-al.org/glosario_definicion.cfm?id_entrada=41

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Federalismo mexicano

Por: Luis M. Rivera*

LA VOZ DE GUADALAJARA EN 1917 * Director de la Gaceta Municipal de Guadalajara Nota del editor Transcurría el décimo día después de haber sido publicada en el Diario Oficial de la Federación, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en 1917, la que a su vez reformaba la del 5 de febrero de 1857, cuando el gobierno municipal de Guadalajara dio a conocer a los tapatíos un texto elaborado por Luis M. Rivera, con motivo de este extraordinario acontecimiento (*). Ha de recordarse que también recientemente, el día 6 de febrero el Primer Jefe del Ejército Constitucionalista había decretado la convocatoria a elecciones extraordinarias para presidente de la República, diputados federales y senadores al Congreso de la Unión, con la intención de que tomaran posesión de sus cargos el primero de mayo de ese mismo año (**). Elección que, vale recordar, fue ganada por don Venustiano Carranza con el 98% de los votos emitidos, sobre su oponente Pablo González. El citado personaje como director del órgano informativo oficial del gobierno de Guadalajara escribió en siete párrafos la trascendencia liberal que permeaba y se transmitía desde el código de 1857 hasta el que se había aprobado recientemente. El momento en que daba a conocer a los habitantes el ayuntamiento de Guadalajara el comentario sobre la nueva Constitución, transmitía al ambiente político la efervescencia típica de todo proceso electoral. Para entonces los tapatíos reconocían al Gobierno municipal como un órgano formado por tres partes: El Departamento Ejecutivo, formado por el Presidente, el Vicepresidente y el Secretario General. Otra de ellas se denominó Consejo Deliberante formado por 16 concejales propietarios y los 11 suplentes formaban la tercera de éstas. Puesto que una vez terminado el proceso del Constituyente general los estados deberían realizar lo propio, como se decretaría posteriormente el 22 de marzo, con la intención de que las nuevas autoridades electas en Jalisco, tomaran posesión de sus cargos antes del primero de julio (***), las diversas tendencias políticas locales

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| La voz de Guadalajara en 1917

Luis M. Rivera


EL PACTO ya estaban preparadas para movilizar a sus mejores cuadros que competirían por alguna curul en el congreso estatal o en el Poder Judicial. Buena parte de ellos estaban colocados como miembros del Gobierno municipal en Guadalajara, como Manuel Bouquet Jr., siendo el Vicepresidente; Federico H. Ruiz, como Secretario del Ayuntamiento; y Narciso D. Aceves, como titular de la Comisión de Hacienda. A quienes después se les vio participando como candidatos al Congreso de Jalisco. En esta coyuntura político electoral que vivía la sociedad capitalina, se puede interpretar la emoción con la que escribió el autor de dicho texto, y que se aprecia en su forma original conteniendo el mensaje alusivo a la nueva Carta Magna que actualmente nos rige, en el número 2 de la Gaceta Municipal publicada el jueves 15 de febrero de 1917 bajo el título: La Promulgación de la Carta Magna, el cual se reproduce tal cual como fue publicado hace 99 años por Luis M. Rivera, Director de la Gaceta Municipal de Guadalajara.

(*) Gaceta Municipal de Guadalajara. Jueves 15 de febrero de 1917. N° 2. AHG. (**) Decreto N° 6 promulgado por don Venustiano Carranza el 6 de febrero de 1917. SEGOB. (***) Decreto N° 13 promulgado por don Venustiano Carranza el 22 de marzo de 1917. SEGOB.

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Documentos históricos

Por: El Editor

LOS CONVENIOS DE LAGOS (14 de agosto de 1823)

Difícil e insistente, pero al final de cuentas eficaz fue la lucha por la construcción del Estado federal en nuestro país. A este respecto existen grandes aportaciones de ideólogos y políticos jaliscienses del siglo XIX, como el Contrato de Asociación para la República de los Estados Unidos de Anáhuac o el Pacto Federal de Anáhuac, y sus respectivos autores, Francisco Severo Maldonado y Prisciliano Sánchez. Hurgando en la historia también podemos encontrar momentos y testimonios que se han quedado olvidados quizá por considerarse de importancia menor, pero relevantes al fin, como lo es el caso de Los Acuerdos de Lagos, firmados en el mes de agosto de 1823.

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| Los Convenios de Lagos

El Editor

Vale recordar que este evento se ubica en pleno proceso de gestación del Constituyente de 1824. Y que todo inicia por el incumplimiento de los artículos 1° y 2° del Plan de Casamata, suscrito el primero de febrero de 1823, en contra del Emperador Agustín I, proclamado por Antonio López de Santa Anna, Nicolás Bravo y Vicente Guerrero. En dicho documento se comprometían a convocar un nuevo Congreso constituyente, al que Guadalajara se había adherido desde el 27 de febrero. A raíz de lo cual Iturbide tuvo que abdicar, siendo sustituido por el triunvirato rotativo e integrado por Nicolás Bravo, Guadalupe Victoria y Pedro


EL PACTO Celestino Negrete, que duraría hasta que el segundo de ellos protestara como el primer presidente de la República en octubre de 1824. A raíz de que el Soberano Congreso designó a este núcleo gubernativo y declaró insubsistentes al Plan de Iguala como a los Tratados de Córdoba, dejando de hecho a la nación en libertad para constituirse como le acomodara, la relación entre el Triunvirato y la provincia de Nueva Galicia como líder del movimiento autonomista, hasta poco antes de promulgar la Constitución federal, se describe con los siguientes eventos secuenciales, hasta el momento en que se firman los Acuerdos de Lagos. La exigencia de Nueva Galicia era convocar a un nuevo Congreso constituyente, y en tanto esto no sucediera, tanto el gobernador como su Diputación Provincial no reconocerían al Gobierno de México y se pronunciarían por el federalismo. Acto seguido el Triunvirato mandó separar el mando político del militar en Guadalajara para someter a los federalistas de Jalisco, lo que no pudo consumarse. La respuesta de los locales fue cumplir la proclama por el federalismo el 5 de junio de 1823. Esto lo manifestaron también en el Congreso general los diputados García Salinas, Gómez Farías y Prisciliano Sánchez, logrando obtener el voto general. La tendencia se vio fortalecida con la creación del Estado Libre y Soberano de Jalisco. No obstante, la rivalidad entre el centro y Guadalajara llegó hasta promulgada el Acta Constitutiva de la Federación del 31 de enero de 1824. Pues aún ya definido el derrotero hacia el federalismo y constituido Jalisco como Estado soberano,

el Supremo Gobierno (Negrete, Victoria y Bravo), logró que el partido de Colima se separara de Jalisco para restarle fuerza a Quintanar, el 20 de junio de 1823. No satisfecho con ello, se recordará que el Gobierno central de México comisionó a Nicolás Bravo y a Pedro Celestino Negrete para invadir Jalisco en represalia por no haber reconocido a José Joaquín Herrera como jefe político. Es así que por parte de Jalisco Quintanar, Pedro Vélez y Cayetano Portugal fueron al encuentro de los enviados del centro en la ciudad de Lagos con el propósito de llegar a un arreglo, precisamente en donde se suscribieron Los Acuerdos de Lagos (A), el 14 de agosto de 1823, los cuales en síntesis consistieron en seguir la ruta federal a cambio de que Jalisco y Zacatecas se comprometieran a acatar las disposiciones del centro. El texto íntegro del documento se muestra a continuación. LOS CONVENIOS DE LAGOS 1. Los Estados de Xalisco y Zacatecas repiten de nuevo, que reconocen al Congreso y Supremo Gobierno de México, como centro de unión de los Estados de Anáhuac. 2. Se obedecerán por dichos Estados todas las órdenes y determinaciones de ambos Supremos Poderes, en todo lo que se dirija á la felicidad general de la Nación. 3. En consecuencia contribuirán los mismos Estados con la parte que les corresponda para los gastos generales de la Nación y coope-

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Documentos históricos rarán con todos sus recursos y fuerzas para sostener su independencia y libertad. 4.Las providencias que emanan del Soberano Congreso y Supremo Poder Ejecutivo de la Nación que solo interesen á los Estados de Xalisco y Zacatecas, serán puntualmente obedecidas, siempre que no se opongan al sistema de República federada, y á la felicidad de los mismos Estados teniéndose por interinas hasta la revisión del nuevo Congreso constituyente. 5. Los Diputados del futuro Congreso no podrán constituir á la Nación en otra clase de Gobierno que el de República federada, por ser conforme á la voluntad general que no debe contrariarse. 6. Aunque el futuro Congreso general debe ocuparse principalmente del arreglo de las bases de federación y de la formación de la Constitución general de los Estados federados, podrá en los casos urgentes y que interesen al bien estar general de la Nación tomar las determinaciones que tuviere por convenientes en clase de meras providencias, ínterin se reúne el Congreso Constitucional. 7. La ley de Convocatoria, será cumplida en toda su estensión en lo que respecta al Congreso futuro general, pero no podrá este constituir á la Nación, si no en la forma que prescribe el artículo 5 y los artículos adicionales de estos Estados sobre la ratificación de las bases de fe-

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| Los Convenios de Lagos

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deración y constitución de los Estados federados por los Congresos Provinciales, sobre que cada Estado no tenga más que un voto en el Congreso, y sobre la revocabilidad de los poderes de los Diputados, no se deben estimar como leyes para toda la nación, que no podían dar los Estados de Xalisco y Zacatecas, si no como una instrucción para sus respectivos Diputados, á fin de que pidan al futuro Congreso general la debida declaración en la materia. 8. Los Congresos Provinciales de que hablan los siete últimos artículos adicionales, se formarán del modo que se dispone en los mismos artículos, para que los Estados de Xalisco y Zacatecas formen su Constitución particular, y arreglen su gobierno interior; pero en lo que interese al bien general de la Nación se arreglarán los mismos Congresos á lo que se disponga en las bases de federación y en la Constitución general de los Estados federados. 9. Los Reglamentos de gobierno provisionales de los Estados de Xalisco y Zacatecas de 16 de junio y 12 de julio últimos continuarán en puntual observancia, así como estas aclaraciones, mientras no se variaren por los Congresos Provinciales en lo que dice relación á lo interior del mismo Estado, ó por el Congreso futuro general en lo que toque á la felicidad general de la Nación. 10. Respecto á que es uno el Ejército permanente de la


EL PACTO

Nación á que pertenecen las divisiones del mando de los Exmos. Señores D. Nicolás Bravo y D. Luis Quintanar, se retirarán éstas inmediatamente á los puntos que estimen convenientes los respectivos Gefes, con arreglo a las órdenes del Supremo gobierno, sin conservar el uno respecto del otro, ninguna aptitud hostil; entendiéndose que en cuanto á las órdenes para el retiro de las tropas de estos Estados, se observará el artículo 4. 11. No se podrá hacer cargo alguno á los que creyendo equivocadamente que estaban en oposición las ideas del Supremo Gobierno con las de los Estados de Xalisco y Zacatecas, prestaron á uno y otro cualesquiera auxilios ó servicios. Sesiones celebradas en la Villa de Lagos. Por los Señores. Comisionados del Exmo. Sr. D. Nicolás Bravo. Con los de las Exmas. Diputaciones provinciales de los Estados libres de Xalisco y Zacatecas... Lagos, Imp. De Mariano Rodríguez impre-

sor de Gobierno 1823, pp. 10-12. Como bien se sabe, las hostilidades no cesaron, pues Quintanar, otrora iturbidista, converso federalista, Jalisciense por adopción y queretano de nacimiento, no inspiraba buenos recuerdos al Supremo Gobierno, pues para el mes de junio de 1824, ya constituida la República y promulgada la Constitución federal, arremetió nuevamente contra Jalisco, capturando y deportando a Quintanar hacia Acapulco. Aunque el camino hacia el federalismo ya estaba allanado una vez proclamado por el Congreso general, después de los Acuerdos de Lagos, el hecho de que se hayan llevado a cabo deja de manifiesto la convicción y entereza tanto en el plano de las armas como en el de las convicciones, de quienes desde siempre, habitantes de estas tierras, se han caracterizado como republicanos y federalistas. (A) http://portalsej.jalisco.gob.mx/sites/default/files/software/sfthistoria/ apendice/lagos.html

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De nuestra biblioteca

Por: Mauricio Beruben*

LA REVOLUCIÓN MEXICANA Los años constitucionalistas

Esta obra, escrita por Charles C. Cumberland, famoso latinoamericanista nacido en Texas, Estados Unidos, en 1914, constituye uno de sus textos más importantes; su estudio abarca el periodo de 1913 a 1920, juzgado como uno de los más críticos de ese conflicto. Dicho trabajo podría ser considerado la segunda parte del libro que lo lanzó a la fama, La Revolución mexicana: Génesis bajo Madero. Esta investigación comienza con el Golpe de Estado del “Chacal”, Victoriano Huerta, y los posteriores asesinatos de Francisco I. Madero y José María Pino Suárez. El gobernador de Coahuila, Venustiano Carranza, desconoce el gobierno de Huerta, se levanta en armas y proclama el Plan de Guadalupe, brota entonces el llamado Movimiento Constitucionalista (1913-1917). Éste culmina con el nacimiento * Politólogo jalisciense.

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| La Revolución Mexicana. Los años constitucionalistas Mauricio Beruben


de una nueva Carta Magna y el establecimiento de un frágil gobierno liderado por Carranza; se expone también la caída de este último, debida al Plan de Agua Prieta, encabezado por el General Álvaro Obregón. La obra se encuentra dividida en los siguientes temas: “Preludio del conflicto”, que aborda la situación de México durante el Porfiriato, así como la llegada de Madero al poder y la situación política que le tocó afrontar y la manera en que se fue gestando el cuartelazo que le dio fin a su gobierno; “El papel de los ejércitos”, una excelente descripción de las batallas de los constitucionalistas contra las fuerzas golpistas; “El frente político”, sobre cómo se vivían la relaciones entre poderes después del Golpe de Estado, así como toda la clase de problemas a los que se enfrentaron tanto el gobierno usurpador como el movimiento de Venustiano Carranza; “Huerta y Wilson” nos habla de la relación que tenían el Embajador estadounidense Henry Lane Wilson y el Dictador, y cómo el embajador lo ayudó en su gobierno; “La campaña final contra Huerta” nos relata una serie de importantes batallas que terminarían dando fin al gobierno del dictador. Posteriormente, en el apartado “La guerra de los ganadores”, se narra la contienda de los constitucionalistas contra el Villismo y en menor medida contra el Zapatismo; en “El proceso de cambio en el Periodo Preconstitucional”, podemos observar todas las leyes y decretos emitidos por los principales líderes revolucionarios como Carranza, Villa, Zapata, etc., mismos que enarbolan las principales cuestiones de la revolución; “La cuestión internacional de la soberanía” expone una serie de retos que Carranza y compañía tuvieron que afrontar para recuperar la soberanía perdida de México durante el Porfiriato y los daños causados a los extranjeros durante la Revolución; “Una nueva Constitución” muestra todo el proceso para crear una nueva Carta Magna; por último, en “El Gobierno Constitucional y Carranza” se analizan las situaciones a las que se vio obligado el gobierno de Don Venustiano y el levantamiento del Plan de Agua Prieta, que acabó con su mandato y con su vida. Sin lugar a dudas el trabajo de Cumberland es bastante completo, ya que toma como fuentes diversos documentos oficiales tanto de México como de los Estados Unidos para elaborar un excelente análisis de uno de los movimientos sociales más importantes del siglo XX. Una obra indispensable para todo aquel interesado en la Revolución mexicana.

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Constituyentes Jaliscienses

Por: Mauricio Beruben Santana*

Lic. e Ing. Ambrosio Ulloa En el marco del Comité para la Conmemoración del Centenario de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la particular del Estado de Jalisco en vigor (CCCPEUM) continuaremos con la presentación de los Constituyentes locales en esta sección. El presente artículo tratará sobre un ilustre jalisciense que ha pasado desapercibido en la Historia local pero que sin embargo es un personaje que merece un reconocimiento mayor; el Licenciado e Ingeniero Ambrosio Ulloa no solamente destacó en el ámbito de la Ingeniería donde su legado en el estado es grande sino que también se preocupó por los asuntos públicos del país como podremos observar en la siguiente reseña biográfica.

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| Lic. e Ing. Ambrosio Ulloa

Mauricio Beruben Santana


Ambrosio Ulloa González nació el 7 de diciembre de 1859 en Guadalajara, fue hijo de Antonio Ulloa Flores y Tiburcia González Espinoza. Realizó su formación en su ciudad natal, cursó la preparatoria en el Liceo de Varones y su instrucción en Ingeniería y Derecho en el Instituto de Ciencias de Jalisco. Una vez terminados sus estudios contrajo matrimonio con la Lorenza Martínez Negrete, con quien tuvo cinco hijos: Fausto (Diputado Suplente por el Distrito XIII en el Congreso Constituyente de Jalisco), Salvador, Daniel, Luis y Roberto. En el campo de la ingeniería destacó por los trabajos llevados a cabo en la construcción del Mercado Corona, la proyección y ejecución del Banco de Jalisco, así como la realización de la cúpula de la Catedral de Guadalajara, entre otros. Por otra parte, junto con otros destacados ingenieros como José Tomás Figueroa y Carlos F. de Landero fundó la Escuela Libre de Ingenieros en 1902, misma que funcionó hasta 1925, año en el que fue suplantada por la Facultad de Ingeniera de la Universidad de Guadalajara. Algunos de los alumnos más destacados de esta institución son: Luis Barragán, Ignacio Díaz Morales y Aurelio Aceves. Además de ser un destacado ingeniero, Ulloa también sobresalió en el campo de la política desde muy temprana edad. De 1881 fungió como Munícipe Cuarto Suplente de Guadalajara. Del 28 de febrero

al 9 de septiembre de 1882 tuvo el cargo de Alcalde Constitucional de Guadalajara. De 1889 a 1890 fue Munícipe Propietario de Guadalajara. Con el triunfo de la Revolución maderista participó en las elecciones a Gobernador del Estado. Más adelante en 1917, fue electo por el Distrito XI con cabecera en Colotlán a la Legislatura XXV del Congreso de Jalisco, encargada de redactar una nueva Constitución para el Estado. Después volvió a ser electo al Congreso de Jalisco en la XXVI Legislatura (1919-1921). Cabe mencionar que el Licenciado Ulloa también fue escritor: Realizó trabajos tanto científicos como periodísticos, colaboró en el diario El Informador. Ulloa falleció el 5 de junio de 1933 debido a una afección cardiaca. Fuentes bibliográficas: De la Torre De la Torre, Federico y García Corzo, Rebeca Vanesa. (2008). Monografías de arquitectos del siglo XX, Ambrosio Ulloa. Secretaría de Cultura, Gobierno de Jalisco. México. De la Vega, José Octavio. (2008). Legislaturas y Legisladores 1823-2008. Congreso del Estado de Jalisco. Guadalajara, Jalisco. López, Juan. (1987). Guadalajara y sus mandatarios de 1532 a 1986. Gobierno del Estado de Jalisco, Secretaría General de Gobierno, Unidad Editorial. Guadalajara, Jalisco. * Politólogo jalisciense. S e p t i e m b r e 2 0 16 |

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Información básica político electoral municipal

Por: Francisco Jiménez* * Editor.

ATOYAC

En el río Atóyatl = río, Co= Lugar en náhuatl BREVE HISTORIA ELECTORAL Atoyac es un municipio de tradición campesina que tuvo un sistema de partido hegemónico hasta la elección de 1997, cuando por primera vez llega al poder un partido diferente al PRI. Como en varios municipios de la zona sur de Jalisco, la familia Zuno Arce se posicionó como el factor principal en la designación de candidatos por el PRI a principios de 1970. Esta situación, que permaneció así hasta la década de 1980, bien podría constituirse en un momento dado como el origen de una fuerza política distinta salida del propio partido gobernante, que primero encontró espacio electoral en el desaparecido Partido Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional en 1992, cuando su cabeza visible, el ex priista Alfredo Arreola Jiménez registró su candidatura por ese partido. Mientras mantuvo su registro esta fuerza disidente del priismo se conservó con el membrete de cardenismo como la segunda opción electoral. Si se recuerda el PFCRN perdió su registro en 1996, por lo que en Atoyac tanto sus líderes como sus seguidores se transfirieron al Partido Acción Nacional. Es así que en el proceso electoral de 1997 cardenistas y panistas lanzan la candidatura de José de Jesús González Fregoso, obteniendo el triunfo por apenas el 2% arriba del candidato del PRI. A partir de entonces la alternancia en la presidencia municipal se ha dado entre el PRI y el PAN, reforzado por la disidencia priista originada a principios de la década de 1990.

56

| Información básica político electoral municipal

Francisco Jiménez


EL PACTO

ATOYAC INTEGRACIÓN DEL CUERPO EDILICIO (2015-2018) PARTIDO

CARGO

PRI

PRESIDENTE

Lic. Rubén Velasco Gutiérrez

PROPIETARIO

Rogelio René Rodríguez Rodríguez

SUPLENTE

PRI

REGIDOR

Heriberto Gómez Villalvazo

Oswaldo Isaías Castro Ángel

PRI

REGIDOR

D. Perla Celina Peña Becerra

Elizabeth Jiménez Sánchez

PRI

REGIDOR

Gerardo Chávez Gutiérrez

José Ma. Sosa Jiménez

PRI

REGIDOR

Ma. Araceli Paniagua Barajas

María Felícitas Coronel García

PRI

REGIDOR

Lic. Francisco Javier de la Cruz Jiménez

Enrique Contreras Larios

PRI

SÍNDICO

Yareli Anguiano Galván

Claudia Ivette Rentería Larios

PVEM

RP

Fátima Georgina Fajardo Zubieta

PAN

RP

Apolonio de la Cruz Toscano

PAN

RP

José Luis Rodríguez Barajas

PAN

RP

María Ampelia Chávez Sosa

SECRETARIO GENERAL

Salvador Ramírez Gómez

Fuente: IEPCEJ y Portal del gobierno municipal.

En las últimas dos elecciones municipales el Partido Revolucionario Institucional ha tenido un repunte importante gracias a la coalición realizada con el Partido Verde Ecologista de México en 2012, sin cuyo voto el priista Hugo Contreras no hubiera llegado a la presidencia municipal durante el periodo 2012-2015, pues el candidato Martín Arreola Jiménez, una de las cabezas del grupo de ex priistas que se fueron al PAN en 1997, con su propio voto sin coalición superó al voto individual del PRI. La limitada mejoría del PRI parece afianzarse, pues en la elección de 2015 pudo conservar el poder sin acudir a la coalición con otro partido. Esta situación deja ver una de las características de Atoyac que consiste en la polarización en dos sentidos. Por un lado está la disputa por el poder entre solo dos partidos, el PRI y el PAN; por el otro, se observa que la diferencia de votos entre el partido ganador y su más cercano competidor, durante los últimos nueve comicios municipales, o es muy amplia o es menor al 5% entre uno y otro. Llegado el caso que en la elección de munícipes en 2012 y 2015 de hecho corresponden a un empate técnico, pues la diferencia ha sido menor al 0. 5%.

LAS PRINCIPALES FUERZAS LOCALES

El sistema de fuerzas políticas que han estado interactuando en el ámbito municipal está sustentado en dos opciones electorales: el PRI y el PAN. La posibilidad de una tercera opción ha sido muy remota, toda vez que ese lugar lo han tenido desde el PFCRN, el PAN, el mismo PRI, el PVEM, Partido Movimiento Ciudadano e incluso hasta los votos de candidatos no registrados, como fue el caso de la elección celebrada en el año 2000, cuando solo hubo dos candidatos registrados. En estas condiciones políticas se pueden entender las siguientes características. El promedio de los votos obtenidos por el PAN entre 1995 y 2015 es de 41%; el voto promedio del PRI es del 42%, lo que les da una solidez similar. Haciendo notar que la votación más baja obtenida por estos partidos ha sido la de 1995 para el primero de ellos (11%), y la S e p t i e m b r e 2 0 16 |

57


Información básica político electoral municipal del 2006 para el segundo (36%); en oposición, la más alta ha sido la del año 2000 para el primero (57%), la que de hecho es la más alta de la historia en este municipio, y la del 2003 para el segundo (49%). Si se tomara en cuenta el abstencionismo como una forma de manifestación política de la ciudadanía, y el hecho de no acudir a las urnas como una forma de participar en rechazo a las opciones con registro, podría entonces hablarse de una tercera fuerza local, siempre presente, muy constante pero no preocupante, pues sus registros más altos (2006 y 2009) han sido del 39% y durante las elecciones de 2012 y 2015 se mantuvieron en el 33%. ATOYAC Elección de Munícipes Partido

1995

1997

Votos

%

PAN

446

PRI

1825

2000 votos

2003

votos

%

%

11

1876

48

2163

47

1804

46

1546

3

12

0

2006

votos

%

57

933

40

1809 807

2009

votos

%

25

2193

56

49

1387

36

22

votos

2012 %

votos

2015

49

1586

38 5

%

votos

%

1981

45

1752

38

1918

44

1761

39

181

4

59

1

PRD

29

1

130

205

PFCRN

1392

36

SUMA PRI PVEM

2000

PRD/PT

225

SUMA PRI NAL

1632

SUMA PT MC

PVEM

Otros (1)

20

N.R.

0

NULOS

202

5

71

VÁLIDA

3717

95

LISTADO NOMINAL

4580

ABSTENCIÓN

TOTAL

6

40

46

212

2015

5

518

11

31

9

162

212

362

10

61

2

8

0

8

0

138

3

2

0

1

0

2

3

0

103

3

77

2

1

0

0

0

103

2

3867

98

3709

97

3571

97

3805

98

3991

97

4374

100

4452

98

100

5147

100

5599

100

5959

100

6343

100

6817

100

6578

100

6776

100

661

14

1209

23

1772

32

2277

38

2453

39

2687

39

2202

33

2220

33

3919

100

3938

100

3827

100

3682

100

3890

100

4130

100

4376

100

4556

67

Simbología

28

0

Ganador

Segundo lugar

Tercer lugar

(1) Incluye la suma de la votación de todos aquellos partidos que, en cualquiera de los ocho últimos procesos electorales (1995-2015), no han alcanzado ni por lo menos el tercer lugar. NOTA: El porcentaje de cada partido está calculado en base a su votación obtenida y la votación total emitida; el porcentaje de abstencionismo está calculado en base al listado nominal y la votación emitida. Fuente: Elaboración propia en base a datos del INE y el IEPCEJ.

VOTO LINEAL/VOTO DIFERENCIADO El comportamiento electoral de los ciudadanos de Atoyac, por lo menos desde que existen registros oficiales, entre 1992 y 2015 se encuentra bastante definido. Trátese de cualquier elección no se encuentra por ningún lado el voto diferenciado.

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| Información básica político electoral municipal

Francisco Jiménez


EL PACTO En las cinco ocasiones en que ha ganado el PRI han sido como lo que se conoce comúnmente como de “carro completo” e igualmente ha sucedido en el caso del PAN en sus cuatro ocasiones en que ha obtenido el triunfo. Con la salvedad de que el PAN lo ha hecho con sus propios votos mientras que el PRI ha tenido que recurrir al voto coaligado con el PVEM. ATOYAC

PAN

Senador

PRI

PRI

PAN

PAN

Diputado Federal

PRI

PRI

PAN

PAN

Gobernador

PRI

Diputado Local

PRI

PRI L

Presidente Municipal Emisión del Voto Épocas

P

I

2012

PRI

I 2009

Presidente de la República

P 2006

2000

I

1997

P

94/95

I

91/92

Cargo

P

2015

I

2003

Tendencia del voto lineal/diferenciado (1992-2015)

PAN

PRI/PVEM

PAN

PRIP VEM

PRI

PAN

PAN

PRIP VEM

PRI PVEM

PAN

PAN

PRI PVEM

PAN

PAN

PRI

PAN

PAN

PRI PVEM

PRI PVEM

PRI

PAN

PAN

PRI

PAN

PAN

PRI PVEM

PRI

L

L

L

L

L

L

L

L

NO CONCURRENTE

(I): Intermedia; (P): Presidencial; (L): Lineal; (D): Diferenciada. propia a partir de los datos del INE y el IEPCEJ.

CONCURRENTE FUENTE: Elaboración

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Información básica político electoral municipal

AUTLÁN DE NAVARRO Aótlan: Junto al acueducto

Aótli =Acueducto Óhtli = Camino (huella), Tlanti= diente por el sonido tlan BREVE HISTORIA ELECTORAL Es del conocimiento público el hecho de que algunos descendientes y amistades del ex gobernador Marcelino García Barragán, nativo del municipio de Cuautitlán, se hayan asentado en el municipio de Autlán de Navarro. Esto logró crear una corriente política incluso regional que predominó hasta ocurrido su deceso, el 3 de septiembre de 1979. La inconformidad hacia esta situación originó la formación paulatina de diversos grupos de oposición a dicha corriente. Al principio fue a través del PARM, logrando ganar la presidencia municipal en 1977-1979; enseguida se transformó en PDM y después fortaleció al PAN, hasta que a través de este partido llego al poder e igualmente sucedió con el más joven de los partidos de oposición: el Partido Movimiento Ciudadano. La terminación de tal monopolio del poder se transformó en la diáspora priista que a partir del año 1995 aqueja a la clase política predominante, como lo demuestra el crecimiento electoral del Partido Acción Nacional, fortalecido con militantes del PRI, y últimamente también al Partido Movimiento Ciudadano. Terminando también así con el sistema de candidato único que se practicaba en los procesos internos del partido que siempre había gobernado, a partir de cuando la disidencia priista se volvió una práctica común. Abierta la época de la alternancia en 1995 se puede hablar de dos líneas de tendencia. Una que inicia precisamente cuando el PAN llega al poder y que consiste en dos opciones preferidas por el electorado, que da paso a otro escenario en el proceso electoral del 2012, cuando la alternancia se incrementa a tres opciones: PRI, PAN y PMC, siendo hasta el 2015 los únicos partidos que han llegado al poder.

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| Información básica político electoral municipal

Francisco Jiménez


EL PACTO La interacción entre la clase política y el electorado locales ha determinado que la transferencia de votos y de cuadros políticos de un partido a otro se haya convertido en la nueva realidad. Esto ha dado como resultado que el perfil electoral municipal de Autlán de Navarro lo definan como los rasgos más importantes los siguientes. AUTLÁN DE NAVARRO INTEGRACIÓN DEL CUERPO EDILICIO (2015-2018) PARTIDO

CARGO

PROPIETARIO

SUPLENTE

PRI/PVEM

PRESIDENTE

FABRICIO ISRAEL CORONA VIZCARRA

LUIS FERNANDO HORTA COBA

PRI/PVEM

REGIDOR

ANA ANGELITA DEGOLLADO GONZÁLEZ

LOURDES GUILLERMINA GARCÍA CORONA

PRI/PVEM

REGIDOR

OSCAR ZEPEDA QUIÑONES

ADRIAN ZÁRATE RUEDA

PRI/PVEM

REGIDOR

IRMA LETICIA RODRÍGUEZ RAMÍREZ

MARÍA DE JESUS PEÑA HERNÁNDEZ

PRI/PVEM

REGIDOR

JUAN CARLOS SOLORIO QUEZADA

PEDRO MANCILLA MARTÍNEZ

PRI/PVEM

REGIDOR

PAZ ADRIANA CASILLAS ARÉCHIGA

VERÓNICA EDITH GUTIÉRREZ FLORES

PRI/PVEM

REGIDOR

GERARDO CARRIZALES QUINTERO

VÍCTOR RAFAEL AMBRIZ MORÁN

PRI/PVEM

REGIDOR

CECILIA GALLARDO RODRÍGUEZ

CECILIA CASTILLO BRAMBILA

PRI/PVEM

SÍNDICO

ALEJANDRO GARCÍA BARBOSA

ALDO CÁRDENAS OSORIO

PAN

RP

FRANCISCO JAVIER GÓMEZ MICHEL

PRD

RP

FELIPE FLORES GÓMEZ

PRD

RP

ARMANDO MARTÍNEZ LÓPEZ

PMC

RP

ARMANDO PÉREZ OLIVA

PMC

RP

LUIS ROGELIO MANCILLA FLORES

SECRETARIO GENERAL

Pablo César Radillo Urista

Fuente: IEPCEJ y Portal del gobierno municipal.

La brecha más estrecha entre el partido ganador y su más cercano competidor ha sido la que arrojó el proceso electoral del año 2006, cuando el PAN ganó la elección, siendo del 4% sobre el candidato del PRI. Mientras que la más holgada fue la del año 2000, cuando el candidato del PRI Armando Pérez Oliva (hoy regidor por el Partido Movimiento Ciudadano) obtuvo el triunfo electoral sobre el candidato del PAN con el 28%. Lo preocupante es que independiente de quién haya llegado al poder, cada vez lo hace con un menor respaldo del electorado. Es decir, quien ganó la elección en 1995 lo hizo con el 56%, mientras que quien gobierna desde 2015 apenas logró el 30% de la votación general emitida.

LAS PRINCIPALES FUERZAS LOCALES

Entre 1995 y 2015 el voto promedio del PAN es del 37% y el del PRI es del 40%, haciendo la observación de que en los últimos dos procesos electorales (2012 y 2015) el PRI ha logrado ese nivel debido a sus coaliciones con el PVEM. Por lo que respecta a los peores y los más altos registros logrados por ambos partidos, se tiene que la cifra más baja del PAN fue la del año 2015 (14%) y la más alta la del año 1995, cuando por primera vez llegó al poder (56%); mientras que la más baja del PRI fue la del año 2012 (28%) y la más alta la del año 2000 (59%).

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Información básica político electoral municipal Las principales fuerzas electorales que tradicionalmente se distinguieron desde 1995 hasta el 2009 fueron el PRI y el PAN; a partir de la elección de 2012 se suma como una tercera opción el Partido Movimiento Ciudadano. Hasta antes de ello, si bien existió la mencionada tercera opción electoral, ésta estuvo siempre muy distante de la segunda, lugar en que estuvo situado mayoritariamente el PRD, que luego fue ocupado por el Partido Movimiento Ciudadano y enseguida por el propio PAN, después de haber sido el partido gobernante durante cuatro ocasiones. Ahora bien, si se considerara la abstención como una alternativa electoral, la situación se torna más preocupante pues entre 1995 y 2015 en cuatro ocasiones el porcentaje de ésta ha sido mayor que el partido ganador, y en otras dos han empatado, por consecuencia en solo dos ocasiones el partido ganador ha superado a la abstención. Lo cual se acentúa en su tendencia hacia la alza, siendo los registros mayores el de 2009 y el de 2015, que ascendió al 49% en ambos casos. Es así que puede considerarse al abstencionismo una fuerza electoral importante. AUTLÁN DE NAVARRO Elección de Munícipes Partido

1995

1997

2000

2003

2006

2009

2012

2015

votos

%

votos

%

votos

%

votos

%

votos

%

votos

%

votos

%

votos

%

PAN

9987

56

6489

35

5715

31

9385

48

9950

44

8580

39

7401

27

3,301

14

PRI

6957

39

9205

49

10846

59

8391

43

8944

40

6873

31

6929

25

6611

28

PFCRN

123

1

811

PRD

193

PRD/PT

1504

SUMA PRI PVEM

PC

21

3

SUMA PRI NAL

SUMA PT MC

MC

1

Otros (1)

130

N.R.

0

NULOS

383

VÁLIDA L.N.

2205

1

1051

12

0

6

4

429

2

447

7842

0

4849

22

7116

32

28

10562

21

4,908

0

2

7

38

5,293

23

341

2

319

2

586

3

1666

7

799

4

2638

10

2836

11

9

0

334

2

12

0

44

0

124

1

36

0

6

0

2

415

2

16

0

414

2

409

2

598

3

840

3

558

2

17300

98

18270

98

17897

98

19176

98

22064

98

21530

97

26880

97

22,949

98

24410

72

28590

65

32382

56

36330

54

40416

56

43777

51

44743

62

46113

100

ABSTENCIÓN

6727

28

9905

35

14101

44

16728

46

17899

44

21525

49

16987

38

22600

49

TOTAL

17683

100

18685

100

18281

100

19602

100

22517

100

22252

100

27756

100

23,513

51

Simbología

Ganador

Segundo lugar

Tercer lugar

(1) Incluye la suma de la votación de todos aquellos partidos que, en cualquiera de los ocho últimos procesos electorales (1992-2012), no han alcanzado ni por lo menos el tercer lugar. NOTA: El porcentaje de cada partido está calculado en base a su votación obtenida y la votación total emitida; el porcentaje de abstencionismo está calculado en base al listado nominal y la votación emitida. Fuente: Elaboración propia en base a datos del INE y el IEPCEJ.

62

| Información básica político electoral municipal

Francisco Jiménez


EL PACTO VOTO LINEAL/VOTO DIFERENCIADO Entre 1992 y 2015 han transcurrido nueve procesos electorales. Durante ese periodo, en cinco ocasiones el voto ha sido emitido de forma lineal y en otras cuatro lo ha sido de manera diferenciada. Según lo indica el mapa electoral derivado de este comportamiento en el municipio de Autlán, los resultados obtenidos para elegir a quienes ocuparon cargos de representación locales, nada tienen que ver con el contexto en el que se desarrollaron los procesos electorales para renovar los escaños federales, tanto en el Poder Legislativo como en el Ejecutivo. Las elecciones lineales ganadas por los candidatos del PRI fueron la de 1991-1992, 1997 y 2015. La explicación es que, en el primer caso, aun se vivía en la etapa del partido hegemónico, por lo cual el PRI no tuvo ninguna dificultad de lograr “carro completo”; para 1997 la gubernatura, el distrito local y la alcaldía estaba en manos del PAN, pero la trayectoria del candidato priista a la presidencia municipal, Javier Galván Guerrero logró recuperar el voto a su favor para todos los candidatos de su partido; en el caso de la elección de 2015 fueron los tres candidatos priistas, a la diputación federal, la local y a la presidencia municipal, cuyo trabajo, imagen, así como los efectos de la coalición con el PVEM, lo que influyó para recuperar el voto de Autlán y del municipio a favor del PRI. El PAN ha ganado dos elecciones de forma lineal. La de 2006 tiene su respuesta en la efectividad de la campaña realizada por Emilio González Márquez en Jalisco, pero sin duda contribuyeron factores locales como el hecho de que el PAN tuviera como candidato a un ex priista, quien seguramente se llevó una parte del voto priista; otro factor fue el voto del PRI que se transfirió hacia el candidato del PRD, el universitario Ing. Eleuterio Vidrio López, así como la parte que emigró al Partido Nueva Alianza. Escenario diferente, aunque también debido a factores locales, fue el voto lineal emitido a favor de Acción Nacional en 2009. En principio el PRI llevaba un candidato reciclado con una derrota electoral acumulada en 2003; y, por otro lado, apareció como una nueva opción en la izquierda la figura de Felipe Flores Gómez encabezando la planilla del Partido Movimiento Ciudadano, que logró llevarse una buena parte del voto panista y del PRI, resultando el PAN como el tercer beneficiado. Igualmente fueron factores locales los que provocaron el voto diferenciado en cuatro ocasiones. En 1995 se debió al voto de castigo, cuando el PAN capitalizó el descontento generalizado en Jalisco llegando a la gubernatura del estado. En 2003 el electorado le dio el triunfo a los candidatos priistas a diputados federal y local, pero votó el candidato panista a la alcaldía y en 2012 cambio sus preferencias locales hacia los candidatos del PMC. Lo cual indica su rechazo a las opciones priistas locales y su aceptación a las opciones priistas federales. Esto es lo que ha motivado el voto lineal y diferenciado. AUTLÁN DE NAVARRO Tendencia del voto lineal/diferenciado (1991-2015)

PRI

Senador

PRI

PRI

PRI

Diputado Federal

PRI

PRI

PRI

Gobernador

PAN

Diputado Local

PAN

PRI

PRI

PAN

L

D

Presidente Municipal Emisión del Voto Épocas

I

P

I

P

I

PAN

PRI

PRI

PRI

PAN

PRI

PRI

PRI

PAN

PAN

MC

PRI/PVEM

PRI

PRI

PAN

PAN

PAN

PT/MC

PRI/PVEM

L

D

D

L

L

D

L

NO CONCURRENTE

2015

2012

PAN

2009

2003

1997

Presidente de la República

P 2000

94/95

I

91/92

P

2006

I Cargo

PAN

PRI

PAN

PRI

PAN

PAN

PRI

PRI

CONCURRENTE

(I): Intermedia; (P): Presidencial; (L): Lineal; (D): Diferenciada. FUENTE: Elaboración propia a partir de los datos del INE y el IEPCEJ.

S e p t i e m b r e 2 0 16 |

63


Directorio CONS E J O G E N E RAL D E L INSTITUTO D E E STUDIOS D E L F E D E RALISMO “ PRISCILIANO S Á NCH E Z ” (JUNTA DE GOBIERNO) Mtro. Jorge Aristóteles Sandoval Díaz Gobernador del Estado de Jalisco y Presidente del Consejo General Diputado Felipe de Jesús Romo Cuéllar Presidente de la Mesa Directiva del Congreso del Estado Magistrado Salvador Cantero Aguilar Representante del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco Dr. José de Jesús Covarrubias Dueñas Director General del Instituto de Estudios del Federalismo “Prisciliano Sánchez”

Dr. Arturo Martínez Sánchez Universidad del Valle de Atemajac (UNIVA) Mtro. Francisco Peña R azo/Dra. Edith Roque Huerta Universidad de Guadalajara Dr. Roberto Arias de la Mora Colegio de Jalisco

Dr. Daniel Peralta Cabrera Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey, Campus Guadalajara (ITESM) Mtro. José Joaquín Osorio Goicoechea Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente (ITESO) Mtra. María de Lourdes Cabezas Muñiz Universidad Autónoma de Guadalajara (UAG)

Lic. José Gorgonio Ponce Rodríguez Benemérita Sociedad de Geografía y Estadística del Edo.

Dr. Edmundo Romero Martínez Universidad Panamericana

Profesor Ernesto Hernández Ruvalcaba SNTE Sección 16

Francisco Padilla López Ciudadano distinguido

Lic. Paulina Carvajal de Barragán Ciudadana distinguida y miembro de la Benemérita Sociedad de Geografía y Estadística del Estado

Profesor R amón Mata Torres Ciudadano distinguido Dr. Jaime Preciado Coronado Ciudadano distinguido

Mtra. Magdalena González Casillas Ciudadana distinguida

Lic. Pedro Vargas Ávalos Presidente fundador del IEFE y Consejero honorario

http://www.ief.jalisco.gob.mx IMPRESO Y HECHO EN MÉXICO

Tiraje 300 ejemplares Correo: institutofederalismo@jalisco.gob.mx




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